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UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Alumna:
Génesis Pérez
C.I. 24.325.976
Sección: SAIA
Barquisimeto, 2015
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Para comenzar vamos hablar del Derecho Penal Especial el cual
estudia la clasificación de los delitos. Nuestro código penal venezolano
clasifica las diversas especies del delito en los diferentes ordenamientos
jurídicos, dicha clasificación puede llevarse a cabo conforme a una infinita
diversidad de criterios, podemos decir que en nuestra legislación en materia
penal acoge como base la naturaleza propia del objeto del delito, es decir, el
bien jurídico tutelado colectivo o individual.
El código penal venezolano se encuentra estructurado de la siguiente
manera: 546 artículos, dividido en tres libros, el primer libro De las
Disposiciones Generales sobre los Delitos y Falta, las Personas, el segundo
libro De las Diversas Especies de Delito y el tercer libro De las Faltas en
General. El código penal venezolano clasifica los delitos según el interés
ofendido al cometerse el delito, el bien protegido o tutelado de la siguiente
forma:
1. De los Delitos contra la Independencia y la Seguridad de la Nación.
2. De los Delitos contra la Libertad.
3. De los Delitos contra la Cosa Pública (Derogado por la Ley contra la
Corrupción).
4. De los Delitos De los Delitos contra la Administración de Justicia.
5. De los Delitos contra el Orden Público.
6. De los Delitos contra la Fe Pública.
7. De los Delitos contra la Conservación de los Intereses Públicos y
Privados.
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8. De los Delitos contra las Buenas Costumbres y el Buen Orden de las
Familias.
9. De los Delitos contra las Personas.
10.De los Delitos contra la Propiedad.
Acerca de los tipos penales básicos, especiales y subordinados
podemos decir:
Tipo Básico: se describe como la conducta independiente, igualmente
se aplica de forma independiente a otros tipos.
Tipo Especial: estos son los tipos con componente adicional referido a
los elementos del tipo básico. Se aplican de forma independiente
también.
Tipo Subordinado: estos son aquellos tipos que existen únicamente
por el tipo básico al cual van referido; cualifican la conducta, el sujeto,
o el objeto del tipo, prevén una sanción menor o mayor según sea el
caso, atenuantes o agravantes de responsabilidad.
Al mismo tiempo vamos hablar de los Delitos Contra Las Personas, en
estos se presentan varios tipos penales que atentan contra bienes jurídicos
tutelados como lo son la vida, la integridad física y moral.
El Homicidio es un delito que consiste en matar a otra persona. Es una
conducta reprochable, es decir típica, antijurídica y por regla general culpable
que consiste en atentar contra el bien jurídico de la vida de una
persona física.
Podemos decir que dentro del Homicidio encontramos dos tipos de
sujetos:
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Sujeto Activo: Es aquel que ejecuta la conducta de acción o de
omisión, para producir el resultado muerte, es decir, el homicida.
Sujeto Pasivo: Es el individuo titular de la vida humana, la víctima del
Homicidio. El muerto.
El artículo 405 nos señala lo siguiente: "El que intencionalmente haya
dado muerte a alguna persona será penado con presidio de doce a dieciocho
años". La conducta aquí establecida es la del Homicidio Intencional el cual
puede ser: Simple, Agravado (art. 407) o Calificado (art. 406).
El homicidio según nuestro código penal nos habla del homicidio en sus
diferentes formas: voluntario, concausal, parricidio, magnicidio, homicidio
culposo, infanticidio, homicidio en riña, homicidio en riña, delito de aborto,
homicidio preterintencional.
Homicidio Intencional Simple articulo 405 C.P: Cuando existe la intención
positiva de inferir la muerte a la víctima. Es decir que el sujeto activo tiene la
capacidad de querer y entender las consecuencias de su conducta y producir
el resultado muerte. Cuando se tiene toda la intención de dar muerte a
alguien. Para que se consume este hecho punible es necesaria la existencia
de los siguientes elementos:
Destrucción de una vida humana.
Intención de Matar.
Que la muerte del sujeto pasivo sea el resultado, exclusivamente, de
la acción u omisión del agente.
Por último, que exista una relación de causalidad entre la conducta
positiva o negativa del agente y el resultado Típicamente antijurídico.
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En este delito el sujeto activo al igual que el pasivo son indiferentes, no
existe una tipología específica que defina a los individuos que en
determinado momento puedan ser parte del mismo.
Para culminar podemos acotar que El Homicidio Intencional Simple,
puede ser cometido a través de diferentes medios de perpetración, ya sean
directos o indirectos; de acción u omisión; físicos o morales.
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BIBLIOGRAFÍA
www.acienpol.msinfo.info/bases.pdf
www.tuabogadodefensor.com/delitos-contra-personas
www.monografias.com.Derecho
www.megatareas.com/doc/6525/Delitos-contra-personas.html