enrique garcía: «filosofía política en la edad media: la perspectiva de walter ullmann»

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Page 1: Enrique García: «Filosofía Política en la Edad Media: la Perspectiva de Walter Ullmann»

Puede interpretarse que la Edad Media resulta del choque de dos

mundos distintos: (a) del mundo romano; y (b) del mundo de los bárbaros

germanos. Desde el punto de vista político, esos pueblos se definen así: (a) los

romanos se caracterizaron por el culto al emperador, cabeza de gobierno y

pontífice máximo, dueño y señor de su mundo, el Imperio; y (b) los bárbaros

germanos se caracterizaron por sus costumbres de tradición ancestral y derecho

consuetudinario, mediante los cuales el gobernante obtenía su poder por

consenso. Estas dos formas de organización política se conocieron como: (a)

«forma descendente», en la que es el gobernante quien dicta la norma; y (b)

«forma ascendente», en la que la fuente originaria del poder reposaba en la

base. Los gobiernos «formalizados» desde la perspectiva de las concepciones

teocrático-descendentes asumieron un cariz monárquico, no constitucional y de

férreo control sobre sus súbditos. Los gobiernos «formalizados» desde la

perspectiva de las concepciones ascendentes, exhibían inclinaciones

democráticas y representativas.

Ahora bien, aunque las formas teocrático-descendentes predominaron

durante toda la Edad Media, el germen del populismo y la idea de soberanía del

pueblo, habían aparecido, en el siglo XIII, cristalizadas por siglos de

enfrentamiento entre papado e Imperio. Un breve recorrido por la senda del

desarrollo de la idea política teocrático-descendente durante los siglos VII-XII,

mostraría la intención del papado de ubicarse, en el plano político, por encima

del emperador, y la reacción de éste por deshacerse de la tutela papal a través

del concepto de Estado. El papado se manifestó como la representación del

esquema teocrático-descendente, toda vez que la institución pontificia era

creación de quien había otorgado a Pedro (¿?-67) los poderes para «atar y

desatar» (Mateo 18:18-19) Los papas argumentaron que Pedro había cedido su

poder a Clemente (finales del siglo I), el primer obispo de Roma. Este era el

expediente que los legitimaba, ya que, según la teoría papal, los pontífices no se

sucedían unos a otros, sino que cada nuevo Papa ocupaba su cargo sustituyendo

directamente a Pedro. De tal suerte, se «hacía» que el cargo fuese lo importante

y que quien lo ocupase fuera lo accesorio. Siendo así, se conseguían dos

objetivos: (a) afirmar la «eterna» monarquía de Pedro; y (b) un accionar

legitimado cuando se asumía el « cargo»

La principal ventaja del papado frente a los gobernantes, sus

oponentes, era el dominio que poseía en cuanto a lo que concierne al derecho

romano, que articulaba al Oriente bizantino y a los reinos occidentales

emergentes y, sobre todo, al dominio y exclusividad ejercidos conforme y según

la Biblia en la versión de la Vulgata que traducía el lenguaje legal romano.

Page 2: Enrique García: «Filosofía Política en la Edad Media: la Perspectiva de Walter Ullmann»

En base a esta monopolización del derecho romano y de la Biblia, el

Papa se concebía a sí mismo como el único poseedor de la totalidad del poder,

con lo cual reunía en sí mismo una cierta forma de «Estado» Puesto que sus

poderes derivaban del propio Jesucristo, el Papa, en cierto modo, era ajeno a la

comunidad, hallándose al margen y por encima de ella. Nada le debía al cuerpo

de creyentes que constituía la Iglesia. Ni su poder, que venía de Dios. La

comunidad, nada podía hacer para revocárselo. Por otra parte, considerando que

el Papa tenía el poder de «atar y desatar», cualquier poder individual venía a ser

concebido como concesión o gracia del Papa, y comportaba, entonces, una

derivación del mismo poder papal. De tal suerte, la argumentación basada en la

Biblia, fue esgrimida para «crear» el concepto de soberanía entendido como

sujeto de todo poder, aquél a quien sus súbditos no podrían reclamarle nada, ya

que, en su carácter de soberano, quedaba al margen y por encima del resto de la

comunidad.

En el contexto estrictamente romano, el emperador pasó de ser un

príncipe a ser un monarca que ejercía como Rey y sacerdote. Esto, fue enfatizado

por el cristianismo, ya que a un solo Dios en el cielo, le correspondería,

obviamente, un único monarca en la tierra. La teocracia se vio fuertemente

impulsada por el traslado de la capital del Imperio a Constantinopla, ya que en

Oriente prevalecía la tradición de reyes-sacerdotes impuestos por la divinidad.

Como gobernante secular, la palabra del emperador era ley también en lo civil, y

como vicario de Cristo, y por ende responsable ante Dios de las acciones de su

pueblo, lo era también en cuanto a la doctrina: el «cesaropapismo»

Fue Justiniano (483-565) quien introdujo la idea de soberanía con

argumentos diferentes a los esgrimidos por el papado: la Historia, es decir el

hecho del gobierno en sus manos, la manifestación explícita de la teocracia, la

coronación, en la que se convertía en personaje sacro, por la cual proclamaba

que todos los habitantes del Imperio eran súbditos suyos.

La postura del emperador estribaba en que la Iglesia era, antes que

nada, romana, al igual que el Papa, y como tales, estaban bajo su jurisdicción, ya

que él era el emperador de los romanos. La posición del Papa era, en definitiva,

la contraria: el Imperio era cristiano, y por lo tanto, el emperador cristiano debía

someterse a sus designios, ya que él era la cabeza de la cristiandad

institucionalizada en la Iglesia. El problema de fondo no consistía en una lucha

entre Iglesia y Estado o Imperio, sino en la pugna por el poder sobre un mismo

cuerpo, entre el gobernante clerical y el gobernante secular.

Frente a las propias tesis imperiales, fundamentadas en que por la

coronación se obtenía el poder directamente de Dios, el papado sostuvo que el

poder del emperador no le pertenecía, puesto que emanado de Dios, comportaba

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un favor de éste. Como representante de Cristo en la tierra, el papado tenía, por

derecho, la tutela, según el principio de auctoritas, de lo secular, cuyo

gobernante solamente tendría potestas [1]

El dominio que el emperador ejerciera conforme al derecho romano

era suficientemente grande y demasiado firme. También lo era su posición y el

peso de la Historia, como para que cristalizara la pretensión del obispo de Roma.

De tal suerte, abandonó la puja abierta contra Constantinopla y se centró en los

reinados bárbaros de Occidente, recientemente emergentes. Concibiendo un

campo infecundo en el Imperio, puntualizó una teoría cristocéntrica del poder

según la cual sus manifestaciones, incluso las que conferían mando a los reyes,

descendían de Dios.

El mundo romano occidental ya había renunciado a la idea de la

política ascendente que caracterizaba a la organización germánica. La ruptura

de los lazos con el pueblo, negando el derecho a elegir a su rey, lo convertía en

súbdito sin legitimidad para resistir. Los reinos occidentales también fueron

influidos por la Vulgata y el derecho romano, pero no contaban ni con la Historia

como recurso, ni con la capacidad necesaria para oponerse al venerado Pedro.

Para liberarse de la tutela de Bizancio, el papado recurrió a la llamada

«Donación de Constantino [(272-337)]», según la cual, sólo la graciosa concesión

de Silvestre I (270-335) permitió que el emperador siguiese ciñendo la Corona,

pues, reconociendo la superioridad del obispo como representante de Cristo, se

la había entregado Constantino.

De admitir este documento, Constantino tendría dos opciones: (a)

reafirmar el carácter romano de su gobierno (lo que lo implicaba como

depositario de un favor papal, y por tanto sometido a él); o (b) negarlo (lo que lo

implicaba como un mero reyezuelo griego Aprovechando la devoción que

Occidente le profesaba a Pedro, y la influencia que ejercía la Vulgata, el Papa

atrajo hacia su campo a la familia real franca [Pipino (715-768) y sus sucesores]

y, basándose en la «Donación», les «transfirió» la Corona Imperial,

convirtiéndola en su protectora. Con esta acción, el adversario bizantino vino a

ser eliminado políticamente.

La diferencia esencial, vital para el papado, entre el bizantino, legítimo

heredero de la tradición imperial, y el nuevo emperador de los romanos,

1[?] Entre los romanos se dio una muy interesante separación entre auctoritas y potestas; quien tenía auctoritas no necesariamente tenía potestas. En cambio, quien tenía potestas solía tener auctoritas. La potestas consiste en un conjunto de facultades que son otorgadas a una persona de acuerdo con unas formalidades bien definidas. Queda bien claro que la potestas es un poder que no emana de la condición personal del titular. Auctor es el que está por encima de los demás por sus conocimientos, por su experiencia, por su comportamiento. La auctoritas es algo que pertenece a la persona misma, algo incorporado biográficamente a la persona. Lo propio de la auctoritas es dar consilium, es decir proporcionar aquello que la razón aconseja. Véase Magnavacca, Silvia; Léxico técnico de filosofía medieval, op. cit., p. 164.

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consistía en que Pipino sí aceptaba el magisterio de la Iglesia en cuestiones de fe.

En poco tiempo los reyes francos pasaron, hacia el siglo VIII, de ser reclamados

por el Papa en auxilio ante los lombardos, a apersonarse en Roma para ser

investidos, en ocasión de la Coronación de Carlomagno, hacia el año 800,

buscando legitimación para su nuevo poder.

Así fue cómo un pensamiento político abstracto se traspuso hacia el

ordenamiento legal, ya que los sucesores de Carlomagno aceptaron que el

verdadero Imperio Romano sólo podía obtenerse de manos del Papa. Con esta

estrategia, el Papa se autoconfería cierto primado: con el rito de la coronación y

el ungimiento, aparecería intermediando entre Dios y el rey. Se volvía, de tal

suerte, superior a éste, en especial en cuanto el emperador, para acentuar su

estatus por encima del pueblo, se convertiría en «funcionario» de la Iglesia.

En una evolución posterior de la teoría política forjada por los

pontífices, el emperador llegó a ser tenido como simple miembro auxiliar de la

Iglesia. Brazo armado cuya función consistió en salvaguardar a la comunidad de

creyentes y en reprimir el mal. Esta inclinación papal quedó reflejada en la teoría

de las dos espadas [2], según la cual, el Papa poseía el poder temporal y el poder

espiritual, por designio divino. Sin embargo, el poder temporal le era concedido

al emperador mediante la Coronación. En cuanto se refiere al mal a reprimir por

el emperador, la Naturaleza del mismo sólo podía definirla el pontífice, el único

con competencia en legislación doctrinal. Las leyes eclesiásticas, y aún más

siendo el emperador parte del clero, tendrían preminencia sobre las seculares,

dado que la función de la ley era hacer justicia. Dios era justicia, y el Papa,

concebido como hacedor de las leyes eclesiásticas, era su Vicario. Este papel,

que también ejercieron los emperadores, lo desarrollaban también los reyes. A

ellos se les aplicaban los mismos postulados, con dos diferencias principales: (a)

no los coronaba el obispo de Roma, sino un obispo regular; y (b) en el rito de la

coronación se les situaba en un trono. En una sociedad como la medieval, tan

afecta a los símbolos, esto comportaba realzar su soberanía.

Se puede afirmar que en la Edad Media existió una verdadera

hierocracia, un gobierno sagrado. Co0nformado por el Papa como sucesor de

Pedro, debía y podía dirigir a la comunidad de creyentes, la Iglesia; el

gobernante laico, rey o emperador, sólo era el auxiliar armado del clero del que

formaba parte y su función no era autónoma.

Ante este dominio que el papado tenía sobre la teoría política, la

praxis, por el contrario, se inclinaba claramente a favor del gobernante laico. El

2[?] Cuya formulación definitiva y más clara fue expuesta por Bonifacio VIII (1294-1303) en la Bula Unam Sactam contra el rey francés Felipe IV (1268-1314), en una época tardía en la que el papado caía ya en decadencia. Fue con Inocencio III (1198-1216) que la teocracia estuvo más cerca de ser llevada a la práctica en su totalidad.

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sistema de «Iglesia en propiedad» Siguiendo el principio de concesión y gracia,

los laicos, desde el señor feudal hasta el emperador, construían parroquias,

monasterios y sedes episcopales, creando los cargos, y ejerciendo el derecho de

designar a sus candidatos. El intento del papado de acabar con esta peligroso

cuadro, originaría la Querella de las Investiduras, en la que se puso de relieve la

impotencia del imperio en lo referente al derecho. Intentó defender su postura

alegando el derecho de la costumbre, a lo que el Papa se negó. La postura del

papado consistía en que la propiedad era consecuencia de la gracia divina y por

tanto, jurisdicción del Papa, quien ante la indignidad, podía incluso arrebatar

propiedades. El intringulis se zanjó con una relativa victoria del papado, pues no

fue sino hasta el siglo XII que su proyecto consistente en que la iglesia en

propiedad pasase a ser iglesia bajo patronato o protección del laico, no se hizo

realidad.

El campo secular, viendo la indefensión en la que sobrenadaba el

Imperio en cuanto a su relación con el Papa, comenzó a cultivarse, dado que

hasta entonces la cultura estaba circunscripta en manos eclesiásticas.

Comenzaron las diatribas contra el papado. Su fracaso se debió a que

argumentaban en base a los mismos principios cristológicos que usaba la

cancillería papal. En el fondo, lo que los autores antipapales buscaban era un

concepto que delimitase terminantemente qué cuestiones pertenecían al campo

temporal y cuáles al espiritual, línea por demás difusa en tanto un poder como

otro procedían de Dios. Lo que necesitaban era crear una dicotomía en un

espacio hasta ahora único. Reclamaban, tal vez sin saberlo, un concepto de

Estado, Concepto que llegó de la mano de Aristóteles (384 a.C-322 a.C), cuyo

triunfo se debió a los avances en ciencias que mediante la observación y la

experimentación fueron centrando sus estudios en el fenómeno. En lo relativo al

ser humano, este fenómeno era el hombre, en contraposición a la visión

cristocéntrica medieval según la cual lo importante era el creyente. Con el

bautismo, el hombre se renovaba, dejaba de existir y se convertía en creyente

partícipe de la divinidad. Otro aliciente para la aceptación de las teorías

aristotélicas fue la estructura interna de la sociedad, que se configuraba

mediante principios también ascendentes, encarnados en la celebración de

asambleas populares y comunidades aldeanas [3]

3[?] El campesinado, más que mediante principios ascendentes, se organizaba de forma horizontal, sin jefes; excepción hecha de los lazos de dependencia vasalláticos con los señores feudales. Estas formas organizativas, más que un apoyo a las concepciones ascendentes y al concepto de Estado como afirma Ullmann, son de hecho contrarias al mismo, por cuanto rechazan el poder. A fin de cuentas, el poder descendente o el ascendente(demoliberalismo), no deja de ser poder y como tal es utilizado por las élites para coartar la libertad de los oprimidos. Véase Ullman, Walter; Historia del pensamiento político en la Edad Media (trad. Rosa Viloro Piñal), Editorial Ariel, Barcelona, España, 1983.

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Page 6: Enrique García: «Filosofía Política en la Edad Media: la Perspectiva de Walter Ullmann»

Sabemos que por los principios aristotélicos, el hombre es un animal

político que como tal pertenece a la Naturaleza, y como ente político al orden

civil. Estado, entonces, conviene con un ente natural. Esto le confiere un

carácter autónomo respecto a la Iglesia: el Estado era resultado de una evolución

natural, la Iglesia era directa creación de Dios. Igual que la Naturaleza tiende al

bien, el Estado, máxima expresión de la evolución natural, también tiende al

bien. Esa finalidad, ha de alcanzarse por medio de la ley. Los autores medievales

tomaron los postulados aristotélicos y los adaptaron al cristianismo. Santo

Tomás, sintetizador de su obra, añadió a la máxima aristotélica mencionada la

afirmación de que el hombre es, también, un animal social. El Estado, según

Tomás, es una congregación de ciudadanos. Siguiendo a Aristóteles, categoriza a

los hombres en hombres como tales, por la ética, y en ciudadanos, por la ley, y

como para el Filósofo, el Estado es un producto de la Naturaleza y para su

funcionamiento no necesita elementos divinos. Es más, siendo un ente natural

tendiente al bien, cualquier interferencia de lo sobrenatural podría desvirtuar su

contenido y alterar su fin. La Iglesia, por su parte, es un producto

completamente sobrenatural creado por Dios. Su única función es la de

complementar al Estado, cuya autonomía se define por su participación en la

divinidad. La ley positiva del gobierno temporal, deriva de la natural, y ésta a su

vez de la divina. Por consiguiente, la ley positiva es capaz de diferenciar el bien y

el mal, y tiene poder coactivo. A la Iglesia se le otorga la función de complemento

del Estado en la medida en que gracia y naturaleza dejan de entenderse como

términos opuestos, y la dicotomía hombre/creyente deja de ser tal. Con el

bautismo, el hombre natural no desaparece, sino que es perfeccionado. De tal

suerte, la Iglesia, concebida como cuerpo de creyentes, perfecciona al Estado,

concebido como cuerpo de ciudadanos.

En suma, la idea teocrática-descendente supone que la divinidad crea

la Iglesia, que se divide en funciones: la espiritual, encabezada por el Papa, y la

temporal, encabezada por el poder secular del rey-emperador. Como el Papa es

el Vicario de Dios, y el rey es persona eclesiástica, lo temporal depende de los

designios de lo espiritual, y se convierte en un auxiliar de éste. Por el contrario,

según la idea tomista, Dios crea dos órdenes: (a) el natural, de cuyo seno surge el

Estado encargado de lo temporal y compuesto de ciudadanos; y (b) el

sobrenatural, encarnado en la Iglesia y encargado de lo espiritual. La Iglesia es

un complemento del Estado, el ciudadano se perfecciona con el bautismo

volviéndose creyente. Ambos, Estado e Iglesia, son autónomos.

La creación de este concepto de Estado, permitió a Felipe IV (1605-

1665) triunfar en su querella con Bonifacio (1235-1303), pero todavía la Iglesia

podía argumentar que ciudadano y creyente eran una y la misma cosa, las dos

caras de una misma moneda. Ante esta posibilidad los autores «antipapales»

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avanzaron un paso más: Marsilio de Padua (1275-1342) afirmó que los lazos

entre la Naturaleza y Dios eran materia de fe, y por tanto, indemostrables. Para

él, la gracia divina ni siquiera podía mejorar al Estado. Así, lo fundamental de su

obra estriba en que concluye con el principio de soberanía del pueblo: si la

función del Estado y la ley es proporcionar el bienestar en la vida, y los

ciudadanos son los que se van a ver afectados por ella, sólo estos tienen por

derecho la capacitación para decidir la sustancia de esa ley. Es el principio de la

soberanía del pueblo, de la teoría ascendente del gobierno que afectará también

a la Iglesia: si la doctrina va a afectar a la vida de los creyentes, a estos, y no al

Papa, corresponde fijarla. El concepto de soberanía del pueblo implica que éste

tiene el derecho de sustituir legalmente a los gobernantes, porque si el rey tenía

poder es porque se lo concedía el pueblo.

Por el sistema aristotélico-tomista, el concepto de propiedad también

se ve alterado. La propiedad no es ya producto de la gracia divina, sino producto

del trabajo. Las implicaciones que esta renovación teórica tuvo en el plano de lo

real fue frustrante pese a las pujas entre gobernantes laicos y papado, a aquellos

les resultaba más fructífero asentarse en el poder reforzando sus lazos con el

Papa, que arriesgarlo renovando la vieja unión con el pueblo. El máximo intento

de renovación fue el resucitar de la vieja aspiración del episcopado de participar

en la fijación de la doctrina. Estamos hablando del Conciliarismo, que no

responde al principio de soberanía del pueblo porque excluye a los laicos de las

decisiones.

El resurgir de la teoría ascendente en el siglo XIII no fructificó en su

momento, aunque sentó las bases para su resucitar del siglo XVIII. Locke (1632-

1704) y el demoliberalismo, quizá no compartían los argumentos aristotélicos,

pues para ellos el Estado no es producto de la Naturaleza sino un ente artificial

fruto de un contrato, pero sí eran herederos del tomismo por el principio de

soberanía popular. A los Estados regidos por la teoría descendente, en la que

sólo la Gracia concede a los súbditos algunos derechos, se debe contraponer el

modelo feudal inglés, según el cual, los vasallos tienen derechos como resultado

de los puntos del contrato. Estos derechos están tipificados en una ley de 1215.

Esta ley creó el concepto de Corona, en nombre de la cual se justificaba la

resistencia al papado. Para el Locke, el tipo de gobierno teocrático-descendente,

solamente podría ser eliminado, en la medida en que obstara a la acción legal,

mediante una acción revolucionaria, mientras que el gobierno caracterizado por

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el feudalismo [4], más compatible con la teoría ascendente, llevaría una línea

evolutiva y podría ser cambiado mediante un procedimiento pacífico.

4[?] «Un tipo feudal de gobierno no era una cuestión doctrinal, ... se trataba de algo ... hecho por el hombre, jamás disociado de necesidades prácticas, y en consecuencia dotado de una adaptabilidad, de un poder de acomodación y de una flexibilidad que ninguna ideología pura puede exhibir. Ello puede incluso explicar(...)el carácter gradualmente progresivo de las formas democráticas de gobierno ... han experimentado una evolución histórica que arranca de la aparición original del gobierno feudal real» Véase Ullman, Walter; Historia del pensamiento político en la Edad Media (trad. Rosa Viloro Piñal), Editorial Ariel, Barcelona, España, 1983, p. 219.

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