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EN LETRA GRANDE ¡Y SIMPLE!

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EN LETRA

GRANDE¡Y SIMPLE!

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MetLife Enfermedades Graves

¡Bienvenido!

Gracias por confiar en nosotros contratando MetLife Enfermedades Graves. Desde hoy, cuentas con un respaldo

económico para enfrentar las nueve enfermedades o intervenciones quirúrgicas que están establecidas en tu póliza.

Felicitaciones.

Este documento incluye respuestas a las principales inquietudes que pudieras tener sobre el seguro que acabas de contratar. Si necesitas conocer en detalle tu producto, revisa la póliza

adjunta a este folleto.

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Eres parte de MetLife.

Ahora, disfruta la vida. Nosotros nos encargamos del resto.

Como cliente MetLife, cuentas con diversos beneficios y convenios pensados especialmente para ti. Consulta sobre ellos en

www.metlife.cl accediendo como cliente, con tu RUT y clave secreta.

Recuerda que siempre estamos disponibles para ti.

En caso de cualquier requerimiento, no dudes en contactar

a tu Asesor

También nos puedes contactar a través del Portal de Clientes, llamando a nuestro Centro de Atención al Cliente al teléfono 600 390 3000, o acercándote a cualquiera de nuestras sucursales a lo largo del país.

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¿Qué es MetLife Enfermedades Graves?1

Ya estás protegido ante:

Es un Seguro de Salud que te otorga cobertura hasta cumplir los 71 años de edad, pagando una indemnización si durante la vigencia de tu póliza eres diagnosticado o sometido, según corresponda, a alguna de las siguientes enfermedades o intervenciones quirúrgicas: infarto al miocardio, cirugía de válvulas cardíacas, injerto aórtico, angioplastia por balón, accidente vascular cerebral, insuficiencia renal crónica, trasplante de órganos mayores, enfermedad de alzheimer y enfermedad de parkinson.

La frecuencia con que pagarás este seguro será mensual y contarás con el primer mes de cobertura sin costo.

©PNTS

EnfermedadesGraves

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2 ¿Qué protección te entrega tu seguro?

Protección Básica

Considera el pago de una indemnización de UF400 en caso de que se te diagnostique alguna de las siguientes enfermedades, o seas sometido a alguna de las intervenciones quirúrgicas que se señalan a continuación, durante la vigencia de la póliza y antes de cumplir los 71 años de edad:

• Infartoalmiocardio,entendida como la muerte de una porción del músculo cardíaco, causada por irrigación inadecuada de la parte afectada y puesta de manifiesto por el típico dolor del pecho, la aparición de modificaciones electrocardiográficas que no existían y elevación de las enzimas cardiacas.

• Cirugíadeválvulascardíacas,entendida como la cirugía realizada a corazón abierto para reemplazar o dilatar válvulas cardíacas, por defectos valvulares ocurridos con posterioridad al inicio de la vigencia de la póliza.

• Injertoaórtico,realizado por enfermedad de la aorta que requiere la ruptura de la misma y su reemplazo quirúrgico por un injerto. Se considera sólo la porción torácica y abdominal de la aorta, pero no sus ramas.

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• Angioplastia por balón, realizada por las técnicas de balón, láser o

cualquier otra, para corregir estenosis importantes, cuando menos setenta por ciento (70%) de dos o más arterias coronarias, siempre que ésta haya sido considerada como tratamiento necesario por un médico cardiólogo.

• Accidente vascular cerebral, entendido como un incidente cerebrovascular que da lugar a secuelas que duren más de 24 horas y que incluyen infarto del tejido cerebral, hemorragia y embolismo, todos de una fuente extra craneana. La evidencia del daño neurológico permanente deberá ser confirmada por un neurólogo, como mínimo 12 semanas después del suceso.

• No se considerarán dentro de la cobertura los síntomas cerebrales de migraña, lesión cerebral causada por un traumatismo o hipoxia y enfermedad vascular que afecte al ojo o al nervio óptico, y las alteraciones isquémicas del sistema vestibular.

• Insuficiencia renal crónica, entendida como la etapa final de la insuficiencia renal, por fallo funcional, crónico e irreversible de ambos riñones, que hace necesaria la diálisis renal sistemática o el trasplante renal.

• Trasplantedeórganosmayores,realizado al asegurado como receptor del trasplante de uno de los siguientes órganos: corazón, pulmón, hígado, riñón, médula ósea o páncreas, cuando el órgano del asegurado esté lesionado o enfermo.

• La cobertura sólo comprende el trasplante de todo el órgano y no de fracciones de éste.

• No estará cubierto el trasplante autólogo, es decir aquellos trasplantes en donde el donante y el receptor son la misma persona.

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• Enfermedad de Alzheimer, entendido como el deterioro de la capacidad intelectual o el comportamiento anormal, puesto de manifiesto por el estado clínico y los cuestionarios estandarizados acerca de la enfermedad de Alzheimer, o de alteraciones orgánicas irreversibles, excluyendo neurosis y enfermedades psiquiátricas, que dan por resultado disminución importante del funcionamiento social y que requiere supervisión continua del asegurado. El diagnóstico deberá ser confirmado clínicamente por un médico especialista.

• Enfermedad de Parkinson, entendida como la enfermedad degenerativa del sistema nervioso central. El diagnóstico inequívoco deberá ser hecho por un neurólogo.

Para los fines de la cobertura de esta enfermedad, deben cumplirse los siguientes rasgos de la enfermedad:

••

No pueda controlarse con medicación.Existencia de signos de evolución progresiva del daño.Confirmación de la inhabilidad del pacienteasegurado para realizar sin asistencia, treso más de las siguientes actividades de lavida diaria: bañarse, vestirse, ir al baño;salir o entrar en la cama o en una silla; ycomer.Está excluida la enfermedad inducida pormedicamentos o tóxicos.

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Importante:

• El Monto de Indemnización opera para cada una de las enfermedades o intervenciones quirúrgicas cubiertas por este seguro. Esto significa que el diagnóstico de alguna enfermedad o realización de alguna intervención quirúrgica y el consiguiente pago de la indemnización de UF400, no afecta la vigencia de la cobertura de la póliza para el resto de las enfermedades o intervenciones.

• El MontodeIndemnización de UF400 se pagará sólo una vez por cada una de las enfermedades o intervenciones quirúrgicas establecidas en la póliza.

• La cobertura de tu seguro MetLife Enfermedades Graves tiene un períododecarenciade60días, contados a partir de la fecha de inicio de vigencia de tu póliza. En caso de que se te diagnostique una de las enfermedades o seas sometido a alguna de las intervenciones quirúrgicas definidas en la póliza dentro del período de carencia, no operará la cobertura respecto de esa enfermedad o intervención.

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ConvenioAdicional:

MetLife Enfermedades Graves te otorga el siguiente convenio adicional de Asistencia, al que podrás acceder las 24 horas del día, los 365 días del año, llamando al (02) 2 797 6115:

• Orientación médica telefónica, todas las veces que lo necesites sobre lassiguientes situaciones:

Pauta de actuación ante urgencias médicas concretas, indicación del tipode tratamiento que se debiera requerir y el establecimiento de salud máscercano para recibir atención médica.

Información sobre pruebas diagnósticas o tratamientos prescritos.

Información sobre efectos secundarios y contraindicaciones dedeterminados fármacos, orientación para la obtención de un tratamientomédico en un centro asistencial.

Información de proveedores y centros asistenciales públicos y privados alos cuales podrías dirigirte, con su dirección y teléfono de contacto.

Información sobre las características de toxicidad de sustancias tóxicas.

Orientación sobre consultas básicas y naturales para los estados maternoinfantil y tercera edad.

Información sobre ubicación de farmacias de turno que estén atendiendoen horario continuado las 24 horas del día.

Coordinación de prestaciones necesarias en caso de requerir atenciónmédica domiciliaria o traslado en ambulancia. Los costos de atenciónmédica domiciliaria serán de tu cargo.

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• Orientación nutricional telefónica: todas las veces que lo necesites, respecto a materias como alimentación, dieta y control de peso.

• Enfermería a domicilio: Podrás solicitar una enfermera a domicilio y tendrás un máximo de 2 eventos por año, 3 sesiones por evento y hasta UF 1,5 por sesión. Esto supone que frente a algún requerimiento provocado por una enfermedad o accidente, podrás solicitar hasta 3 atenciones vinculadas con ese evento y cada una de ellas no podrá exceder las UF 1,5. Esto aplica sólo respecto de 2 eventos en el año.

Este convenio adicional de asistencia, que se incorpora sin costo alguno para ti, es otorgado por AUXILIA SERVICIOS ASISTENCIA y no constituye cobertura. La Compañía se reserva el derecho de suspender su aplicación sin que esto implique una indemnización o devolución alguna de dinero.

Este servicio sólo operará dentro de los límites urbanos de ciudades de más de 20 mil habitantes.

La solicitud de atención se debe realizar con 4 horas de anticipación, y será coordinada entre las 8 y las 24 horas, a excepción de continuidad de tratamientos y considera la realización de los siguientes procedimientos:

Para acceder a la atención solicitada, deberás presentar laindicación escrita en la receta médica.

Toma de presión arterial.Administración de medicamentos intramusculares, subcutáneos e intravenosos.Instalación de sonda foley, sonda nasogástrica, fleboclisis.Curaciones.

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3 ¿Quénocubretu seguro?

Además de las exclusiones contenidas en las definiciones y descripción de las enfermedades o intervenciones quirúrgicas, MetLife Enfermedades Graves no cubrirá las situaciones o enfermedades que tengan su causa mediata o inmediata en alguno de los siguientes hechos:

• SIDA o presencia del virus VIH.• Leucemia linfocítica crónica.• Suicidio, tentativa de suicidio o enfermedad intencionalmente causada o

lesiones autoinfringidas, ya sea en estado de cordura o demencia.• Riñas o alborotos populares en los que hubiere intervenido el asegurado.• Riesgos nucleares.• Padecimientos congénitos.• Trasplantes que sean procedimientos de investigación.• Intoxicación o encontrarse el asegurado en estado de ebriedad, o bajo los

efectos de cualquier narcótico o droga a menos que hubiese sido administrado por prescripción médica. Para los efectos de la presente exclusión, se considerará que el asegurado se encontraba en estado de ebriedad, cuando la concentración de alcohol en la sangre sea igual o superior al límite legal vigente a la fecha del siniestro. Los estados a que se refiere la presente exclusión se acreditarán mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes.

Para mayor información sobre la extensión y exclusiones de tu seguro, revisa tu póliza.

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4 ¿Qué pasa si no pagas tus primas?

En caso de vivir situaciones que no te permitan pagar la prima de tu póliza, tendrás un plazo de gracia de 30 días para regularizar tu situación. En caso de no hacerlo, el contrato de seguro terminará anticipadamente. Durante el plazo de gracia, seguirás contando con la protección de tu seguro.

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5 La póliza tiene vigencia de 1 año y se renueva de manera automática siempre que estés al día en el pago de las primas y tengas una edad menor a la edad máxima de cobertura. No obstante lo anterior, podrás terminarla en cualquier momento, notificando por escrito a la Compañía.

La póliza podrá ser terminada anticipadamente en las siguientes situaciones:• No pago de las primas a la fecha de su respectivo vencimiento, transcurrido el periodo de gracia.• Si omitieras o falsearas información que altere el riesgo asumido por la Compañía.

¿Cuándoterminaelseguro?

6 ¿Quiénrecibeelpagodetuseguro?

El pago de la o las indemnizaciones de MetLife Enfermedades Graves, se realizará directamente a ti. En caso de fallecimiento se pagará la indemnización a los herederos legales según posesión efectiva.

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7 ¿Qué hacer en caso de diagnóstico de enfermedades o intervenciones quirúrgicascubiertasporlapóliza?

En caso que te diagnosticaran alguna de las enfermedades o fueses sometido a alguna de las intervenciones quirúrgicas cubiertas por la póliza durante la vigencia de la misma, tú o alguien de tu confianza deberá dar aviso por escrito a la Compañía para lo cual dispondrán de 90 días corridos, contados desde la fecha en que hayas sido sometido a una intervención quirúrgica o hayas sido diagnosticado por primera vez de alguna enfermedad cubierta por esta póliza y que pudiera ser motivo de indemnización.

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8 ¿Qué hacer en caso de ser candidato a trasplante de órganos?

En caso que haber sido definido como candidato a trasplante de órganos por la institución hospitalaria o reguladora correspondiente, debes notificar previamente y por escrito a la Compañía, previo a efectuarse el transplante, de lo contrario no será cubierto por este seguro.

El presente documento sólo aplica para pólizas emitidas a partir del 1 de diciembre de 2012 y constituye sólo un informativo que resume las condiciones que rigen este seguro. Para mayor información consulta las Condiciones Generales, depositadas en la Superintendencia de Valores y Seguros bajo el código POL 312121 y las Condiciones Particulares de la póliza.

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www.metlife.cl600 390 3000Agustinas 640, Santiago.PEANUTS © PNTS, INC.