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En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del mismo nombre, siendo las 14:00 catorce horas del día Veintisiete de Marzo del año dos mil quince, en el Salón de Cabildos del Palacio Municipal, fecha y hora señalada para que tenga verificativo la Sexta Sesión Ordinaria de Cabildo del año 2015, de la Administración Municipal para el periodo 2012-2015, da inicio estando presentes: El Lic. Mario García Valdez, Presidente Municipal; los Regidores CC. Jesús Eduardo Noyola Bernal; Claudia Cecilia Coronado Pacheco; Víctor Manuel Medina Trejo; Alma Ruth Castillo Zúñiga; María Guadalupe Félix Meza; Luis Gerardo Aldaco Ortega; Marín Trejo Resendíz; Jorge Luis Pérez Ávila; Oliver Meade Hervert; Leticia de Jesús Gómez Gómez; Eduardo Acebo Zarzosa; Gabriela Meade Pons; María Eloísa Landaverde Trejo; Juan José Aguilar Espinoza; y las Síndicas María Eugenia Rivera Fernández y Mariana García Alcalde; todos ellos integrantes del H. Ayuntamiento de la Capital para el trienio 2012-2015; asimismo se encuentran presentes el Lic. Juan Ramón Nieto Navarro, como Secretario General del H. Ayuntamiento y el Lic. Jesús José Bolaños Guangorena, como Tesorero Municipal.------------------------------------------------------ -- Instalado el acto, se abre la Sesión bajo el siguiente: ----- ----------------------- Orden del Día -------------------------- I.- Lista de Asistencia. ---------------------------------- II.- Declaración de validez de la Sesión.------------------ III.-Solicitud del Regidor Eduardo Acebo Zarzosa, relativa a crear en forma permanente el programa “Encuentros de la Salud”; ----------------------------------------------- IV.- Dictamen que presenta la Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Públicas.---------------------------- V.- Solicitud del Presidente Municipal, Lic. Mario García Valdez.------------------------------------------------ VI.- Clausura; --------------------------------------------- -- Como punto I del Orden del Día.- En uso de la palabra, el Lic. Juan Ramón Nieto Navarro, Secretario General del H. Ayuntamiento, conforme al artículo 19 del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí, procede a pasar lista de asistencia, da cuenta al Ciudadano Presidente Municipal, Lic. Mario García Valdez, que se encuentran presentes catorce Regidores y dos Síndicos.--------------------------------------- -- Como punto II del Orden del Día.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; artículos 20 y 46 del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí, el Presidente Municipal, Lic. Mario García Valdez, Presidente Municipal, declara que esta Sesión de Cabildo es válida, en virtud de que existe quórum, por lo que las decisiones y acuerdos que se tomen en ella tendrán validez y serán obligatorios. -------------------------------------------- -- Como punto III del Orden del Día.- Solicitud del Regidor Eduardo Acebo Zarzosa, relativa a crear en forma permanente el programa “Encuentros de la Salud”. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, hace del conocimiento de los presentes que se recibió escrito del Regidor Eduardo Acebo Zarzosa, solicitando se agendara un punto dentro del orden del día, por lo que le concedo el uso de la voz para que dé a conocer su petición. Hace uso de la voz, el Regidor Eduardo Acebo Zarzosa, señalando que en virtud de que la documentación

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En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del mismo nombre, siendo las 14:00 catorce horas del día Veintisiete de Marzo del año dos mil quince , en el Salón de Cabildos del Palacio Municipal, fecha y hora señalada para que t enga verificativo la Sexta Sesión Ordinaria de Cabildo del año 2015, de la Administración Municipal para el periodo 2012 -2015, da inicio estando presentes: El Lic. Mario García Valdez, Presidente Municipal; los Regidores CC. Jesús Eduar do Noyola Bernal; Claudia Cecilia Coronado Pacheco; Víctor Ma nuel Medina Trejo; Alma Ruth Castillo Zúñiga; María Guadalupe F élix Meza; Luis Gerardo Aldaco Ortega; Marín Trejo Resendíz; J orge Luis Pérez Ávila; Oliver Meade Hervert; Leticia de Jesús Gómez Gómez; Eduardo Acebo Zarzosa; Gabriela Meade Pons; María E loísa Landaverde Trejo; Juan José Aguilar Espinoza; y las Síndicas María Eugenia Rivera Fernández y Mariana García Alc alde; todos ellos integrantes del H. Ayuntamiento de la Capital para el trienio 2012-2015; asimismo se encuentran presentes el Lic. Juan Ramón Nieto Navarro, como Secretario General del H. Ayuntamiento y el Lic. Jesús José Bolaños Guangorena, como Tesor ero Municipal.----------------------------------------- --------------- Instalado el acto, se abre la Sesión bajo el sig uiente: ----- ----------------------- Orden del Día --------------------------

I.- Lista de Asistencia. ----------------------------- ----- II.- Declaración de validez de la Sesión.--------------- --- III.- Solicitud del Regidor Eduardo Acebo Zarzosa, relati va a

crear en forma permanente el programa “Encuentros d e la Salud”; ------------------------------------------- ----

IV. - Dictamen que presenta la Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Públicas.------------------------ ----

V.- Solicitud del Presidente Municipal, Lic. Mario Gar cía Valdez.-------------------------------------------- ----

VI.- Clausura; ---------------------------------------- ----- -- Como punto I del Orden del Día .- En uso de la palabra, el Lic. Juan Ramón Nieto Navarro, Secretario General d el H. Ayuntamiento, conforme al artículo 19 del Reglament o Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí, procede a pasar lista de asistencia, da cuenta al Ciudadano Presidente Munic ipal, Lic. Mario García Valdez, que se encuentran presentes ca torce Regidores y dos Síndicos.-------------------------- ------------- -- Como punto II del Orden del Día.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; artículos 20 y 46 del Reglamento Interno del Munici pio Libre de San Luis Potosí, el Presidente Municipal, Lic. Mari o García Valdez, Presidente Municipal, declara que esta Sesi ón de Cabildo es válida, en virtud de que existe quórum , por lo que las decisiones y acuerdos que se tomen en ella tendrán validez y serán obligatorios. ------------------------------- ------------- -- Como punto III del Orden del Día.- Solicitud del Regidor Eduardo Acebo Zarzosa, relativa a crear en forma pe rmanente el programa “Encuentros de la Salud”. En uso de la voz , el Secretario General del H. Ayuntamiento, hace del co nocimiento de los presentes que se recibió escrito del Regidor Ed uardo Acebo Zarzosa, solicitando se agendara un punto dentro de l orden del día, por lo que le concedo el uso de la voz para qu e dé a conocer su petición. Hace uso de la voz, el Regidor Eduardo Acebo Zarzosa, señalando que en virtud de que la do cumentación

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fue circulada en tiempo y forma, solicita se dispen sa la lectura de la misma. En uso de la voz, el Secretario Genera l del H. Ayuntamiento, somete a consideración de los miembro s del Cabildo, la dispensa de la lectura solicitada, por lo que quienes se encuentran a favor sírvanse manifestarlo levantando su mano. Hecho lo anterior se contabiliza y se apru eba POR MAYORÍA DE VOTOS.---------------------------------- --------------- se incorpora a la presente Sesión el Regidor Mar co Antonio Zavala Galeana.------------------------------------ ------------- -- Se inserta petición, como sigue: -- San Luis Potosí, S.L.P., marzo 10 del 2015, C.C. INTEGRANTES DE LA COMISION PERMANENTE DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES. ARQ. EDUARDO ACEBO ZARZOSA, en mi carácter de regidor integrante de esta H. Comisi ón Permanente y con apoyo en los artículos 1, 2, 12, 13, 29, frac ción I, 30, fracción I y V, 31, inciso b, fracción I, 74 fracci ón III y X, 89 fracción XV de la Ley Orgánica del Municipio Lib re del Estado de San Luis Potosí, 1, 2, 3, 4, 6 fracción VII, 53, 73 fracción V, 108 bis, fracciones I, III, IV, V, VI, VIII, IX, X del Reglamento Interno del Municipio de de San Luis Po tosí, S.L.P., me permito presentar a su consideración: PROPUESTA POR LA CUAL SE CREA EN FORMA PERMANENTE EL PROGRAMA DENOMINADO “ENCUENTROS DE LA SALUD”, LOS CUALES SE REALIZARÁN CADA DOS MES ES EN EL MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ, SIENDO COORDINADOS P OR LA COMISIÓN PERMANENTE DE ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES, PARA LO CUAL SE DESTINARÁ ANUALMENTE LA PARTIDA PRESUPUESTAL CORRESPONDIENTE, conforme a los siguientes: CONSIDERANDOS. PRIMERO. El Gobierno municipal es el ente público más cerca no a la sociedad, el cual a través de sus órganos de gob ierno presta los servicios públicos más elementales como lo son seguridad pública, rastro, alumbrado público, parques y jardi nes, obras públicas, catastro, etc. Con fecha primero de octub re de 2012, se toma protesta como integrante del H. Cabildo del Ayuntamiento de San Luis Potosí, fecha a partir de la cual se i niciaron los trabajos para la conformación e instalación formal de la Comisión Permanente de Atención a Grupos Vulnerable s. Dentro de las actividades que ha desarrollado la Comisión Per manente de Atención a Grupos Vulnerables, son los eventos deno minados Encuentros de la Salud, donde se ha logrado la part icipación de entidades públicas, privadas, asociaciones civiles, fundaciones, etc. Las instituciones que han participado son, ent re otras, el I.M.S.S., Cruz Roja; Jurisdicción Sanitaria número 1; Seguro Popular; Facultad de Estomatología; XII Zona Milita r; Fundación Aurora; Fundación Itzcoatl del Bajío; Banco de alim entos; D.I.F. Municipal; Prodem; Seguridad Pública Municipal; Fue rzas Municipales; Seguridad Vial; Instituto Tecnológico Julio Verne; Registro Civil; Protección Civil Municipal; Institu to para Ciegos y Débiles Visuales “Ezequiel Hernández Romo” , Dirección Deporte Municipal; Atención a la Mujer; Dirección d e Cultura; Dirección de Desarrollo Social, Cáritas, A.C., etc. SEGUNDO. Los servicios que se brinda a la población que acu de a los eventos son atención médica como: vacunación, corte de cabello, toma de presión arterial, medición de peso, medició n de glucosa, revisión dental, atención psicológica, atención y o rientación familiar, adicciones, asesoría legal, alimentación y nutrición, educación vial, primeros auxilios, examen de la vis ta, etc. Dichos servicios médicos preventivos son de carácte r

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esencialmente gratuitos, por los cuales las accion es médicas son canalizadas a la población más necesitada y vu lnarable del Municipio de San Luis Potosí. Hasta la presente fec ha se han llevado a cabo trece Encuentros de la Salud, en las siguientes Colonias y/o Fraccionamientos: Plaza del Carmen, Ba rrio de San Sebastián, El Saucito, Colonia Progreso, María Ceci lia, Barrio de Tequisquiapam, Los Magueyes, El Terremoto, Las T erceras, Barrio de Tlaxcala, Prados de San Vicente, Mision d el Palmar, Infonavit Morales, Fraccionamiento El Aguaje, en l os cuales se ha brindado más de cuarenta mil acciones de salud. Los beneficios que se han logrado en dichos eventos son de tal impacto que el beneficio es inmediato, razón por la cual a la presente fecha se ha incrementado el esfuerzo para acercar dichos eventos a la población más necesitada y vuln erable de nuestro municipio. Es por lo anterior que considero que dichos eventos deben institucionalizarse para que en un fu turo inmediato se establezca como un programa permanente para que independientemente de la persona que presida la Com isión Permanente de Atención a Grupos Vulnerables, dicho programa de Encuentros de la Salud, continúe su realización cad a dos meses, como se ha realizado a la presente fecha. La suma d e esfuerzos de todas las instituciones públicas y privadas que participan en la realización de los Encuentros de la Salud, se ha logrado conjuntar bajo un mismo propósito como lo es la ate nción médica preventiva, provocando con ello una cultura de la s alud en la población más vulnerable de nuestra sociedad. Los E ncuentros de la Salud, son posible gracias a la unión de esfuerz os de todos los participantes, ya sea instituciones públicas, p rivadas, etc. Por lo cual resulta importante su realización desde las juntas preparatorias y evaluaciones de los mismos. Asimism o, dichos Encuentros de la Salud, requiere de la canalización de recursos humanos, financieros, etc., razón por la cual se re quiere que se destine una partida presupuestal que permita concr etar la realización de las actividades inherentes a los ser vicios que se brinda a la población. Es por ello que propongo la creación institucional y formal de los Encuentros de la Salu d, en forma permanente y con un recurso presupuestal que permit a su realización. Todos los esfuerzos que se han realiza do hasta la presente fecha en los Encuentros de la Salud, tiene n una materialización e impacto fundamental en la salud d e los potosinos, es por ello que pongo a su consideración el presente acuerdo para que con la aprobación de este H. Cabil do se instituya en forma permanente los Encuentros de la Salud. TRANSITORIOS. PRIMERO. Se crea en forma permanente el Programa denominado Encuentros de la Salud”, el cual se real izará cada dos meses. SEGUNDO. Dicho programa será coordinado por la Comisión Permanente de Atención a Grupos Vulnerable s. TERCERO. Para la realización de los eventos denominados Encu entros de la Salud, se destinará la partida presupuestal necesar ia. CUARTO. El presente Decreto de reforma y adición, entrará e n vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Ofi cial del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí. QUINTO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan expresamente al presente Decreto. Así fue acordado y aprobado en el Salón de Cabildos de Palacio Municipal, en Sesión Ordinaria del H. Cabil do de San Luis Potosí, S.L.P., a los 27 días de marzo de 2015 dos mil

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quince. ATENTAMENTE, REGIDOR ARQ. EDUARDO ACEBO ZARZOSA, PRESIDENTE DE LA COMISION PERMANENTE DE ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES. En uso de la voz, el Regidor Eduardo A cebo Zarzosa, señala lo siguiente: “ Breves palabras nada más si me permiten, miren el Ayuntamiento y la Comisión de Grupos Vulne rables, han estado haciendo los encuentros de la salud, este Pr ograma se hace cada dos meses en la Ciudad de San Luis Potosí y consiste en que participan varias Asociaciones , Institucion es públicas y privadas, Fundaciones, Institutos, Universidades qu e participan de una forma gratuita para llevar Servicios Médicos gratuitos a la población, sobre todo a la gente más necesitada de nuestro Municipio que está en la periferia de la Ciudad, es tos Servicios de Salud van desde corte de cabello que es un aspec to de la salud, hasta mamografías, déjenme decirle que hasta la actualidad llevamos trece encuentros de la salud en donde hemos atendido a más de veinte mil personas de escasos re cursos y que esta mayoría de veinte mil personas carecen de cobe rtura social, no tienen Seguro Social, ISSSTE o Seguro Popular, p or lo cual tiene más profundidad llevar estos servicios, tambi én déjenme comentarles que sumamos más de cuarenta mil accione s de salud que llevamos a esta gente más necesitada del Munici pio de San Luis y uno de los objetivos de estos encuentros de la salud es crear una cultura de la salud, una medicina prevent iva ya que se carece de esto y la ciudadanía va al médico cuando ya tiene el problema encima, déjenme también comentarles que ha y dos enfermedades por ejemplo el cáncer de mama y la dia betes que son enfermedades silenciosas que van avanzando y por ne gligencia no se va a ver al médico y trae consecuencias fatales. De tal suerte que a nivel nacional una de las mayores muer tes es por esas dos enfermedades, porque no se atiende a tiemp o, no tenemos la cultura de la salud, no tenemos una medicina pre ventiva, como ustedes saben una de las funciones del Ayuntamiento pues es llevar servicios a la población y este pudiera ser uno más este servicio de salud y finalmente ya casi para termina r yo estoy convencido, estamos convencidos de que es un proyec to de un costo-beneficio muy grande, a un costo muy bajo lle va beneficio a una gran parte de la población, por lo que nuest ro resumen es que puede ser un buen proyecto para esta administra ción que deje asentado este programa que es en beneficio de la po blación, insisto, insistimos, ahora también déjenme comentar les que hay algunas inconsistencias pero tenemos que comenzar p or algo y estas inconsistencias nos llevan a solicitar Señor Secretario de que se pase a la Comisión de Hacienda para su revis ión de estas inconsistencias y que haya un mayor sustento tanto legal como económico y poder finalmente sacara adelante este p royecto en beneficio de la ciudadanía de San Luis y en benefic io de este gran proyecto de esta administración, es cuánto”. E n uso de la voz, la Regidora Gabriela Meade Pons, señala lo sig uiente: “Con su permiso, únicamente yo sugeriría de ser posible que fuera una Comisión conjunta de Grupos Vulnerables con Haciend a porque de esta manera quedaría más claro lo que es el proyect o del asunto de Salud y el asunto económico en la de Hacienda”. El Secretario General del H. Ayuntamiento, señala que si están de acuerdo lo pasaríamos entonces a las tres Comisiones, Hacienda , Grupos Vulnerables y Salud, o una reunión ampliada el tema lo vale. Si, bien una reunión ampliada convocada por la Comisión de

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Hacienda”. En uso de la voz la Regidora Eloísa Land averde Trejo, básicamente con permiso de los compañeros de este Cabildo, felicitar la iniciativa del compañero Regidor en pr incipio, y la segunda pregunta es ¿tiene algún costo ahorita actu almente? ¿Cuál es el mínimo promedio del que invierte el Ayu ntamiento?, todos los servicios como usted lo ha dicho son a t ravés de la gestión social que usted realiza, pero ¿hay algún c osto básico para el Ayuntamiento?, es cuánto”. En uso de la voz el Regidor Eduardo Acebo Zarzosa , señala lo siguiente: “Si es un costo mínimo porque la mayoría, todas las Asociaciones, I nstituciones que participan son de forma gratuita, realmente eso ha sido el resultado de un encuentro verbal con estas Instituc iones, por ejemplo con el General de la Doceava Zona Militar, todo ha sido verbal y el costo es mínimo para el Ayuntamiento qu e consiste en toldos y sillas y algún refrigerio, eso es todo”. E l Secretario General del H. Ayuntamiento, señala que son de los puntos que se verían en la Comisión ampliada de Hacienda”.------- ------------- -- Como punto IV del Orden del Día.- Dictamen que presenta la Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Públicas.- En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, hac e del conocimiento de los presentes que se recibió escrit o del Presidente de la Comisión de Alumbrado y Obras Públ icas, solicitando se agendara un punto dentro del orden d el día, por lo que con fundamento en el artículo 89 fracción VI II del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luís Potosí, se presenta el dictamen de la Comisión señalada. En vi rtud de lo anterior, hace uso de la voz el Regidor Oliver Mead e Hervert, Presidente de la Comisión para dar lectura al mismo . En uso de la voz, el Regidor Oliver Meade Hervert, señala que como es de su conocimiento el Dictamen, ya que fue previamente circulado en tiempo y forma, solicito autorización para omitir l a lectura del mismo”. En virtud de lo anterior se somete a consideración la dispensa de la lectura del dictamen, a solicitud de l Presidente de la Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Públ icas, por lo que se les solicita a los miembros del Cabildo proc edan a votar levantando su mano. Hecho lo anterior se contabiliz a y se aprueba POR UNANIMIDAD.---------------------------- --------------------------- Se inserta el dictamen para constanc ia, como sigue: HONORABLE CABILDO MUNICIPAL. PRESENTE. Los integrantes de la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas presenta mos ante el Pleno de este Cabildo los Acuerdos tomados en la Se sión de Comisión celebrada el día de hoy Miércoles 25 DE MARZO DEL DOS MIL QUINCE, a efecto de que se proceda al análisis, discusión y, en su caso, aprobación del siguiente: DICTAMEN: PRIMERO.- Se pone a consideración de los presentes la aprobación para la solicitud que presenta la Dirección General de Cata stro y Desarrollo Urbano, respecto a la Autorización del Fraccionamiento “LAS FUENTES”, ubicado en calle Mon tepío No. 400, Fracción El Aguaje de esta ciudad. Por lo c ual se presenta la siguiente información: 1) DATOS GENERALES

El proyecto de lotificación a desarrollarse cuenta con la siguiente información: Tipo de proyecto: FRACCIONAMIENTO Nombre: “ LAS FUENTES”

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Domicilio Oficial: CALLE MONTE PIO #400, FRACCION EL AGUAJE.

Propietario: DESARROLLOS LOCK DE SAN LUIS, S.A. DE C.V.

2) ANTECEDENTES DE PROPIEDAD

Instrumento Número Diez Mil Ochenta y Cuatro. Libro Doscientos Treinta y seis, de fecha 04 de marzo del año dos mil quince, celebrado ante la fe del Notario Públic o Titular de la Notaria Numero Veintiuno, con ejercicio en el primer Distrito Judicial del Estado, Lic. Gerardo Parra Dá valos, Abogado, que contiene el Acta de Fusión de Predios. Inscrito en el Registro Público de la Propiedad con el folio electrónico 177038, 184349, de fecha 17 de marzo d e 2015. Superficie Total del Predio: 45,458.92 Cuarenta Y C inco Mil

Cuatrocientos Cincuenta y Ocho Punto Noventa y Dos Decímetros Cuadrados.

MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE: 9.27 nueve metros veintisiete centímetros, linda con calle Sin Nombre. AL SUR: 193.65 ciento noventa y tres metros sesenta y

cinco centímetros, linda con propiedad privada. AL ESTE: En cuatro líneas quebradas partiendo del norte a

sur, la primera 254.28 doscientos cincuenta y cuatro metros veintiocho centímetros, linda con calle Sin Nombre; la segunda 15.82 quince metros ochenta y dos centímetros, linda con propiedad privada; la tercera 93.91 noventa y tres metros noventa y un centímetros, linda con propiedad privada; la cuarta 127.15 ciento veintisiete metros quince centímetros, linda con propiedad privada.

AL OESTE: En tres líneas quebradas partiendo del norte a sur 153.28 ciento cincuenta y tres metros veintiocho centímetros linda con propiedad privada; 31.46 treinta y un metros cuarenta y seis centímetros linda con propiedad privada; 160.89 ciento sesenta metros ochenta y nueve centímetros, linda con propiedad privada.

3) DESCRIPCION GENERAL DEL PROYECTO A. LICENCIA DE ALINEAMIENTO Y NÚMERO OFICIAL.

Con fecha 16 de enero del 2015, la Dirección de Administración y Desarrollo Urbano, emitió la Licen cia de Alineamiento y Número Oficial, con folio 39222, con la siguiente información: Superficie de terreno 45,458.92 cuarenta y cinco mil

cuatrocientos cincuenta y ocho punto noventa y dos decímetros cuadrados.

B. DICTAMINACIÓN DE USO DE SUELO.

La Dirección de Catastro y Desarrollo Urbano emitió el Dictamen de Factibilidad de Uso de Suelo para un De sarrollo Habitacional denominado “Las Fuentes”, en el que se menciona que en base al Plano CPE-14 de Zonificación Secunda ria del Suelo del Plan de Centro de Población Estratégico p ara las ciudades de San Luis Potosí y Soledad de Graciano S ánchez, publicado el 21 de agosto del año 2003 el predio se

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encuentra en un zona marcada como Habitacional Dens idad Media Baja con clave H2, cuyas características son las siguientes:

− HABITACIONAL DE DENSIDAD MEDIA BAJA “H2”

NORMAS DE USO DE SUELO: Densidad máxima Poblacional (Hab. /Ha): 210 Habitantes por Hectárea. Densidad máxima viviendas unifamiliares /Ha: 42 viviendas unifamiliares por Hectárea. Densidad neta máxima: una vivienda por cada 140.00 metros cuadrados, Frente mínimo del lote: 8.00 metros Superficie mínima de lote: 140.00 metros cuadrados Coeficiente de utilización (CUS): 1.7 veces, Coeficiente de ocupación (COS): 65 %, Altura máxima: 3 niveles o 9.00 metros

C. DATOS DEL PROYECTO Y ESPECIFICACIONES TECNICAS:

ÁREA DE DONACIÓN INTERIOR DEL CONDOMONIO PARA ÁREA VERDE AUTORIZADA, SEGÚN LO MANIFESTADO POR EL ARTÍCULO 17 7, 184 Y 215 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, PUBLICADA EL 07 DE OCTUBRE DEL 2000 Y ÚLTIM A MODIFICACIÓN DE FECHA 26 DE DICIEMBRE DE 2014. LA FORMALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE ESCRITURACIÓN DEL ÁREA DE DONACIÓN A FAVOR DEL H. AYUNTAMIENTO DEBERÁ EFECTUARSE EN EL MISMO ACTO EN QUE CONSTE LA PROTOCOLIZACIÓN DEL ACTA DE LOTIFICACIÓN. EL INCUMPLIMIENTO DE LA ESCRITURACIÓN RESPECTIVA, DEJARA SIN EFECTO LA APROBACIÓN DEL DESARROLLO, GIR ÁNDOSE LA NOTIFICACIÓN RESPECTIVA A CATASTRO MUNICIPAL, Y AL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO; SIN PERJUIC IO DE LAS DEMÁS SANCIONES QUE SE HAGA ACREEDOR EL TITULAR DE LA AUTORIZACIÓN. EN TODA COLINDANCIA CON PROPIEDAD PRI VADA EL ÁREA DE DONACIÓN DEBERÁ CONTAR CON MURO DE COLINDANCIA DE 2.00 METROS DE ALTURA. 4) DICTAMINACIÓN DE MESA COLEGIADA: A. DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA Y ASEO PÚBLICO. Mediante el oficio de DEAP/1300/2014 de fecha 28 d e Noviembre del 2014, la Dirección de Ecología y Aseo Público, emitió la Resolución de Impacto Ambiental del proyecto por me dio del cual hace del conocimiento al solicitante que la activid ad que pretende desarrollar es viable y deberá cumplir con las condiciones siguientes:

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En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del mismo nombre a los 28 veintiocho días del mes de noviembr e del año 2014 dos mil catorce, se emite Resolución que Autor iza Condicionadamente por 1 año la solicitud de Informe Preventivo, relativo al proyecto denominado: "Fraccionamiento L as Fuentes", promovido por la empresa Desarrollos Lock de San Lu is S. A. de C. V., representada por el C. Juan Carlos Ramírez d el Río con ubicación en Boulevard Antonio Rocha Cordero # 305 Piso 2 Interior 2 Privadas del Pedregal, San Luis Potosí, S.L.P. 1. De la solicitud . 1.1 Que con fecha 10 (diez) de octubre de 2014, se recibió en esta Dirección , un IP por parte de la empresa relativa al proyecto especificando que se realizar í a en la ubicación del proyecto , a f i n de construir un fraccionamiento de viviendas de interés social medio, minimizando los impactos a mbientales que se generan de l as actividades productivas dando cumplimiento a la normatividad ambiental vigente . 2. Del trámite que siguió la solicitud . 2.1 Se admitió l a solicitud de IP dándole el número CO/2723/2014 de fecha 27 de octubre de 2014 . 2. 2 Se llevó a cabo visita de verificación al predio en la ubicación del Proyecto a pet i ción del Promovente el día 08 de septiembre de 2014 , por parte del Ing . Saúl Sierra Segura , con la finalidad de corrobora r el contenido del informe y analizar las características de los predios colinda ntes a efecto de elim i nar posibles áreas de riesgo . 2. 3. El día 26 de noviembre de 2014 se recibió en esta Dirección la información ad i cional solicitada, se procede a resolver. 3. Competencia. 3. 1 La Dirección es competente para resolver el prese nte asunto , toda vez que se trata de una solicitud de evaluació n de la IP con respeto a la construcción de un fracci onamiento de viviendas de interés social medio. Lo anterio r con fundamento en los siguientes preceptos legales . Ar t ículos 4 ° párrafo quinto y 8 ° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Art í culos 8 ° fracción XIV y 35 bis 2 de la Ley General del Equil ibrio Ecológico y la Protección al Ambiente . Artículos 8 ° fracción XX, 119 fracción I y 121 de la Ley Ambiental del Es tado de San Luis Potosí; 2 ° fracción XX y 34 fracción I del Reglamento de Ecología del Municipio de San Luis Po tos í . 4. Del análisis de la solicitud. 4.1 De las constancias integradas del presente expe diente tenemos que el proyecto, consta de 44 páginas y ane xos del IP, las cuales contiene entre otras especificaciones la siguiente información, datos de identificación, referencias n ormativas, información relevante, identificación y estimación de las emisiones, descargas y residuos cuya generación pre vea, así como las medidas de control que se pretenden llevar a ca bo, identificación de los impactos ambientales signific ativos o relevantes, y la determinación de las acciones y me didas para su prevención y mitigación, programa de reforestación, planos de localización del área en la que se pretende realiza r el

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proyecto, información adicional y bibliografía, lo anterior en complimiento con el artículo 124 de la Ley Ambienta l del Estado de San Luis Potosí. 4.2 El proyecto consiste en la construcción de un fraccionamiento habitacional que constará de 139 lo tes habitacionales, con una superficie total de 45, 458 .92 m2. 4.3 De conformidad con el IP la actividad a realiza r y derivado del análisis y evaluación practicada a los document os incluidos en el mismo, se considera no constituye un riesgo p ara el equilibrio ecológico, siempre y cuando se sujete a las normas oficiales mexicanas aplicables, los impactos ambientales derivados de las emisiones contaminantes a la atmós fera, ruido, aguas residuales y suelo, y que cuenten con las med idas necesarias. 4.4 En virtud de que la obra se ajusta a lo precept uado en el artículo 119 fracción I y 127 BIS fracción 11 de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, la Direcci ón debe establecer la modalidad de autorización, encontránd onos que por las especificaciones de la obra procede una Autoriz ación Condicionada en los términos del 127 BIS fracción 1 1 de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí. 5. Condicionantes. Ahora bien, derivada de la autorización condicionad a procede a establecer las medidas que la Dirección impone como requisitos para la realización de las obras en los siguientes términos. 5.1 La Empresa, será la única responsable de llevar a cabo las medidas de prevención, mitigación, restauración, co ntrol de impactos ambientales atribuibles al desarrollo del proyecto y a las que se comprometió a cumplir las cuales están e stablecidas en su IP. 5.2 La Empresa es el único titular de los derechos y obligaciones derivadas del presente resolutivo, por lo que queda bajo su más estricta responsabilidad la validez de los contratos civiles, mercantiles o laborales que haya firmado p ara dar legalidad a las obras y actividades que involucra e l Proyecto autorizado, así como el cumplimiento y las consecue ncias legales que corresponden aplicar a la Dirección y/o a otras autoridades. 5.3 En caso de que la Empresa, desista de ejecutar el Proyecto motivo de esta resolución, deberá comunicarlo en fo rma escrita a la Dirección al momento de que ello ocurra, a efect o de adoptar las medidas necesarias con el fin de que no produzc an alteraciones nocivas al ambiente. 5.4 La Empresa, en caso supuesto de que decida real izar modificaciones al Proyecto, deberá solicitar la aut orización respectiva a esta Dirección, con la información suf iciente y detallada que permita a la autoridad analizar si el o los cambios decididos alteran de manera significativa e l Proyecto original, así como lo establecido en los Términos y Condicionantes del presente oficio de resolución. Para lo anterior, la Empresa deberá notificar dicha situación a la Dirección, previo al inicio de las actividades d el Proyecto que se pretendan modificar. 5.5 Queda prohibido desarrollar actividades distint as a las señaladas en la presente resolución. 5.6 La Empresa deberá comunicar por escrito y con c inco días de anticipación, la fecha de arranque de operaciones d el Proyecto

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autorizado así como de su conclusión dentro de los tres días posteriores a que esto ocurra a la Dirección. 5.7 De conformidad con lo establecido en el Artícul o 127 de la l.ey Ambiental del Estado de San Luis Potosí, la pr esente autorización se refiere únicamente y exclusivamente a los aspectos ambientales de las actividades descritas e n el Proyecto. Por ningún motivo, la presente autorizaci ón constituye un permiso de inicio de actividades, ni reconoce o valida la legítima propiedad y/o tenencia de la tierra; por l o que quedan a salvo las acciones que determine la propia Direcc ión, las autoridades federales, estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias. 5.8 De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 34 del Reglamento de Ecología, para el Municipio de San Lu is Potosí, S.L.P, las actividades del Proyecto autorizadas est arán sujetas a la descripción contenida en el Informe Preventivo de Impacto Ambiental y a los planos incluidos en ésta, así com o lo dispuesto en la presente autorización. 5.9 La Empresa deberá de apegarse a las normas ambi entales vigentes en la entidad federativa de San Luis Potos í y demás ordenamientos jurídicos en materia de protección al ambiente y otras que resulten aplicables durante el desarrollo del proyecto, coadyuvando con la Dirección en cualquier tema de índole ambiental. 5.10 La Empresa aprovechará y dará seguimiento a lo s programas que la Dirección considere necesarios para la corre cta observancia ecológica dentro del municipio. 5.11 Los residuos considerados como peligrosos será n manejados conforme lo establece la NOM-052-SEMARNAT/1993, y l as zonas destinadas a colocar productos químicos, ya sea par a su almacenamiento o su uso, deberán de contar con guar niciones, trincheras y fosa de captación para casos de derram es. Los residuos de la construcción y de los materiales utilizados para montaje, instalación, tales como: botes y resi duos de pintura, estopas, trapos y papeles impregnados con aceite o pintura, grasas, solventes y aceites gastados prove nientes de la lubricación de equipos y maquinaria, serán deposita dos en contenedores especiales, para su posterior envío a un centro de reciclaje, o bien, a una estación de transferencia de residuos peligrosos autorizados por la SEMARNAT, debiendo en viar copias respectivas a la Dirección, de la carta de compromi so entre la Empresa y el centro de estación de transferencia qu e reciba los residuos. 5.12 Para la transportación de los residuos industr iales no peligrosos de manejo especial, estos se deberán man ejar de conformidad a la NOM-161- SEMANART/2013 y deberá pr esentar el contrato con la prestadora de servicio que realice el transporte, quien deberá contar con su respectiva a utorización por SEGAM, en caso que lo realice la misma empresa deberá contar con su autorización correspondiente para tal efecto . 5.13 Los residuos sólidos urbanos (basura) de cualq uier clase, deberá ser depositada en los sitios destinados ex p rofeso y posteriormente ser trasladada al sitio indicado por las autoridades municipales; y nunca deberá depositarse al aire libre.

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5.14 El manejo de los Residuos Sólidos Urbanos gene rados durante la etapa de operación del fraccionamiento, será res ponsabilidad de la Empresa, en tanto no sea municipalizado de ac uerdo a lo que señala la Ley de Desarrollo Urbano. 5.15 Deberá dar aviso a la Dirección en el eventual caso de derrames de materiales o residuos. 5.16 La Empresa deberá de dar aviso a la Dirección, respecto de cualquier actividad relacionada con triturar, mezcl ar y esparcir, los residuos vegetales, producto del desp alme del terreno, con la finalidad de incorporar materia org ánica al suelo, o en su caso depositarios en el sitio que in diquen la autoridad competente correspondiente. 5.17 El material generado por los trabajos de nivel ación y excavación (tierra vegetal) se debe almacenar tempo ralmente en sitios específicos, evitando con ello la creación d e barreras físicas, que impidan el libre desplazamiento de la fauna a los sitios aledaños, y bordos que modifiquen la topogra fía e hidrodinámica de terrenos inundables, así como el a rrastre de sedimentos a los cuerpos de agua cercanos, para su posterior reutilización en la etapa de restauración de la zon a. 5.18 La Empresa deberá presentar un informe sobre e l programa de reforestación a la Dirección así como de su impleme ntación, con la finalidad de compensar y/o rehabilitar las áreas afectadas dicho programa deberá apegarse a lo establecido en el Reglamento de Parques y Jardines, además de lo manifestado en el IP. 5.19 Realizar un mantenimiento a los vehículos y ma quinaria utilizados en la construcción para minimizar la gen eración de emisiones. 5.20 Las emisiones a la atmósfera producidas por la utilización de vehículos en la etapa de construcción del Proyec to, deberán cumplir con lo establecido en la NOM-041-SEMARNAT-9 3 y en la NOM-045-SEMARNAT-93. 5.21 La transportación de materiales deberá hacerse en vehículos tapados con lonas para evitar la dispersión de polv os. Así mismo estos deberán ser barridos al final de cada viaje. 5.22 En el caso de que no existan servicios sanitar ios al interior del predio, deberá contratarse la renta de letrinas portátiles, a fin de evitar la dispersión de los re siduos sanitarios que pudieran generar los trabajadores en estas etapas del Proyecto, de acuerdo a lo establecido en la NOM -031-STPS-2011, así como presentar copia del documento compro batorio de su contratación y de su adecuada disposición. 5.23 En el caso de que fuera necesaria la utilizaci ón de maquinaria pesada durante las etapas de preparación del sitio y construcción, deberá realizarse dentro de los horar ios de trabajo normal y manteniendo el nivel de ruido en l os límites permisibles de la NOM-081-SEMARNAT-1994, (65 db de 22:00 a 6:00 hrs. y 68 db de 6:00 a 22:00 hrs.). 5.24 Deberá de utilizar agua tratada en las etapas de preparación del sitio, urbanización y construcción, así como en la irrigación para el Proyecto de reforestación. 5.25 Cumplir con las recomendaciones emitidas por l a Dirección de Protección Civil Municipal, deberá cumplir con l as medidas de seguridad emitidas por dicha autoridad sobre este r especto, conforme al oficio DPCM/1245-V/2014.

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5.26 La Empresa NO podrá depositar materiales o res iduos en áreas aledañas al proyecto, ni efectuar trabajos di stintos a los señalados en el presente resolutivo, aunque sea de manera temporal. 5.27 La Empresa NO podrá depositar al aire libre re siduos sólidos urbanos, estos deberán ser trasladados y de positados en el Tiradero Controlado de Peñasco mediante la obten ción del permiso correspondiente o bien mediante la contrata ción de una empresa de servicios autorizada. 6. Alcances de la Autorización Condicionada. 6.1 Se circunscribe a que se realice la construcció n de un fraccionamiento habitacional en la ubicación del pr oyecto. 6.2 La Empresa deberá realizar las obras y acciones de mitigación, restauración y control de todos aquello s impactos ambientales atribuibles a la realización y operació n del proyecto en cuestión. 6.3 Esta autorización se otorga sin perjuicio de qu e la Empresa tramite, y en su caso obtenga otras autorizaciones, licencias, permisos y similares, que sean requisito para la re alización de las obras motivo de la presente, o bien, para su operación u otras fases cuando así lo consideren la s leyes y reglamentos que corresponda aplicar a esta Direcció n y/o a otras autoridades federales, estatales y municipales. 6.4 La presente resolución a favor de la Empresa es personal. En caso de pretender transferir los derechos y obligac iones contenidos en este documento, su titular deberá com unicarlo por escrito a esta autoridad, quien determinará lo proc edente y, en su caso, acordará la transferencia. 6.5 Serán nulos de pleno derecho todos los actos qu e se efectúen en contravención a lo dispuesto en la presente auto rización. De tal efecto, el incumplimiento por parte de la Empre sa a cualquiera de los términos y condiciones establecid os en esta autorización, invalidará el alcance del presente re solutivo sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previst as en los ordenamientos que resulten aplicables. 6.6 La Empresa será el único responsable de ejecuta r las obras y gestiones necesarias para mitigar, restaurar y cont rolar todos aquellos impactos ambientales adversos, atribuibles a la realización de las actividades autorizadas que no h ayan sido consideradas en el informe preventivo de impacto am biental, y en la información adicional presentada. 6.7 La Empresa será el responsable ante la Direcció n de cualquier ilícito, en materia de impacto ambiental, en el que incurran las compañías o el personal que se contrat e para la ejecución del Proyecto. Por tal motivo deberá vigil ar que las compañías o el personal que se contrate, para desar rollar las actividades mencionadas en el acaten los Términos y las Condicionantes a los cuales queda sujeta la present e autorización. 6.8 La Empresa deberá mantener en el sitio del proy ecto, copia completa del Informe Preventivo de Impacto Ambienta l, de los planos del proyecto así como de la presente resoluc ión, para efectos de mostrarlas a las autoridades competentes que así lo requieran. Asimismo la Empresa para la autorización de futuras obras que complementen o se requieran para ampliar el Proyect o, deberá

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hacer referencia a esta resolución y presentar el ú ltimo informe del cumplimiento de los Términos y las Condicionant es, con el objeto de verificar las implicaciones del Proyecto sobre los diferentes factores del ambiente y considerar los i mpactos sinérgicos y/o acumulativos que se pudieran present ar. 6.9 La Dirección vigilará el cumplimiento de los té rminos establecidos en el presente instrumento, así como l os ordenamientos que resulten aplicables en materia de impacto ambiental, pudiendo de igual forma ordenar la suspe nsión temporal, parcial o total de la obra autorizada en este instrumento normativo conforme a lo establecido en la Ley Ambiental del Estado. 7. De la vigencia de la Autorización Condicionada. 7.1 La vigencia de 1 año comenzará a partir del día siguiente de la notificación de la presente y podrá ser revalida da a juicio de la Dirección, siempre y cuando la Empresa lo sol icite por escrito a esta Autoridad dentro de los treinta días naturales de antelación a la fecha de su vencimiento y se haya c umplido con la totalidad de las condicionantes impuestas en est a resolución. RESOLUTIVOS PRIMERO.- Se AUTORIZA DE MANERA CONDICIONADA el IP a la empresa por conducto de su promovente. SEGUNDO.- En consecuencia es procedente a realizaci ón del proyecto. B. DIRECCIÓN DE CATASTRO Y DESARROLLO URBANO. La Dirección de Catastro y Desarrollo Urbano, emiti ó el Dictamen de Impacto Urbano favorable, en base a los artículo s 137 y 145 de la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Sa n Luis Potosí, teniendo en cuenta las consideraciones sigu ientes:

a. Se deberá respetar en todo momento los lineamientos mencionados en el estudio de impacto urbano present ado, teniendo que considerar tanto al momento de la cons trucción como durante el funcionamiento del fraccionamiento industrial, la mitigación de impactos en la zona, mencionados dentro del estudio de impacto urbano.

b. El proyecto de lotificación se deberá integrar a la estructura urbana de la zona, tal como se plantea e n el estudio presentado.

c. Se deberá respetar el trazo de vialidades existente s, así como la continuación de estas.

d. El proyecto se deberá integrar a la estructura urba na de la zona, tal como se plantea en el estudio presentado.

C. DIRECCION DE BOMBEROS METROPOLITANOS A través del oficio DIPI 198, de fecha 17 de Enero del 2015, el H. Cuerpo de Bomberos otorgó Visto Bueno emitiendo las siguientes recomendaciones: De acuerdo a su solicitud para la revisión de los p lanos del proyecto para construcción de "Fraccionamiento Las Fuentes", ubicado en Monte Pío No. 400, Fracción Del Aguaje, Municipio de San Luis Potosí, S.L.P. Propietario Desarrollos Loc k de San Luis S.A de C.V., Perito Responsable de Obra Ing. José H umberto Moreno Terrones y después de haber revisado los pla nos, le otorgamos el Visto Bueno y le recomendamos que inst ale lo siguiente:

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Es necesario construir obras hidráulicas en coordin ación con Autoridades del Municipio e INTERAPAS, para frenar, controlar y conducir las aguas pluviales que bajan de la sierra de San Miguelito y deberán también contemplar el encausami ento adecuado de esta agua en colonias aguas abajo para evitar da ños y problemas de inundaciones. Realizar compactación del terreno de acuerdo al res ultado del estudio de mecánica de suelo. Los niveles de pavimentos terminados deberán contar con pendientes adecuados para drenar el agua hacia fuer a del fraccionamiento y evitar inundaciones y encharcamie ntos dentro del mismo. Instalar en cada casa habitación 1 Detector de humo y 1 Extintor de polvo químico seco de 3 kilos. El arco proyectado en planos, deberá de contar con una altura libre de 4.50 mts. Es requisito necesario que los muros colindantes al lado sur y oriente del terreno, sean reforzados con muro de pi edra para que estos protejan a las casas en estos costados de las bajadas de agua de las partes altas de la zona y de la sierra.

D. DIRECCIÓN DE PROTECCION CIVIL MUNICIPAL: Mediante el oficio DPCM/1244-V/2014, de fecha 11 de septiembre del año 2014, la Dirección de Protección Civil Muni cipal, emitió el Análisis de Riesgos realizado al proyecto, que a la letra dice: OBJETO DEL DICTAMEN Este análisis de riesgo quedara Sujeto a la Factibi lidad de Compatibilidad Urbanística que en su momento sea av alado por Cabildo y/o Subdirección de Administración y Desarr ollo Urbano. Para dar cumplimiento a lo indicado en el artículo 184 de la ley General de Protección Civil publicada el 06 de Juni o del 2012 donde se establece como delito grave la construcció n, edificación, realización de obras de infraestructur a y los asentamientos humanos que se lleven a cabo en una z ona determinada sin elaborar un análisis de riesgos y, en su caso, definir las medidas para su reducción tomando en co nsideración la normatividad aplicable y los Atlas municipales, estatales y el Nacional y no cuenten con la autorización de la autoridad correspondiente, y de conformidad a la SOLICITUD re alizada por la Lic. María del Socorro Sierra Rivera, donde soli cita un análisis de riesgos para el Predio ubicado en Calle Monte Pio No. 400 de la col. Fracción El Aguaje de esta Ciuda d, se procede a emitir opinión técnica, para así poder concluir s i el referido predio, presenta algún RIESGO, que pudiese poner en peligro la integridad física de las personas y sus bienes. VISITA FISICA Y ANÁLISIS DE RIESGOS Para determinar físicamente la existencia del predi o, así como las condiciones físicas de la zona, que es el motiv o del presente dictamen, me presente en el predio ubicado en Calle Monte Pio No. 400 de la Col. Fracción El Aguaje de esta Ciudad, Con una vocación de uso de suelo catalogado como Ha bitacional de Densidad Baja, identificado con la "H2". Este predio de acuerdo al Atlas de Riesgos, y al an álisis de "Fallas y Fracturas", se localiza en una zona donde el nivel de riesgo asociado a subsidencia es MEDIO, al momento de la inspección no se detectaron asentamientos o desliza miento de

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suelo, pero no queda descartada la posibilidad, de que se manifieste en un futuro. En el análisis a "Zonas ln undables", No hace referencia de afectación por inundación. CLASIFICACIÓN DE RIESGO Realizándose las observaciones anteriores del estad o que guarda el referido predio al momento de la inspección, se determina un RIESGO BAJO de afectación a la integridad física de las personas y sus bienes. CONCLUSIONES PRIMERO.- Se concluye primeramente la IDENTIDAD del predio ubicado en Calle Monte Pio No. 400 de la Col. Fracc ión El Aguaje de esta Ciudad, por haberlo tenido a la vista, al q ue se describe, en planos y referencias en los bancos de información de esta área. SEGUNDO.- Se concluye que el predio ubicado en Call e Monte Pio No. 400 de la Col. Fracción El Aguaje de esta Ciuda d, al momento de realizar la inspección y al análisis de riesgo r espectivo, representa un RIESGO BAJO de afectación a los biene s y a la integridad física de las personas. Se presenta Estudio de Geofísica elaborado por Ing. Enrique Woge Martin del Campo, Representante legal WE, donde exp resa lo siguiente: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES En el predio del Fraccionamiento Las Fuentes ubicad o en la zona urbana de San Luis Potosí se realizó un estudio geo físico consistente en la ejecución de tres perfiles geoelé ctricos de resistividad con el sistema dipolo con un espaciami ento entre electrodos de a = 10 mts. Los perfiles están ubicad os con las siguientes coordenadas: Del análisis de dichos perfiles, nos muestra claram ente que el subsuelo está constituido por materiales sedimentar ios y conforman tres capas bien definidas. Los perfiles realizados manifiestan condiciones nor males, los valores de resistividad detectados presentan condic iones muy homogéneas, lo que nos indica una secuencia estrati gráfica hasta la profundidad Investigada sin variaciones ni disco ntinuidades geológicas. El terreno en sí, y hasta el momento de la ejecució n del presente estudio, no presento ningún problema de in estabilidad geológica que pudiera afectar el proyecto, de const rucción que se tiene planeado. CONDICIONANTES A QUIEN CORRESPONDA, EN LA APLICACIÓN DEL ANALISIS DE RIESGOS PRIMERO.- Este análisis de riesgo quedará Sujeto él la Factibilidad de Compatibilidad Urbanística que en s u momento sea avalado por Cabildo y/o la Subdirección de Administ ración y Desarrollo Urbano. SEGUNDO.- El presente Análisis de Riesgos es genera do por las condiciones físicas del PREDIO y sus medidas de red ucción, son UNICAMENTE aplicables para trámites previos, para r egistro de proyecto de Autorización de Fraccionamientos, Licen cia de Uso de Suelo, para construcción, así como la Licencia de C onstrucción. TERCERO.- El tipo de proyecto de construcción, en e ste PREDIO (Fraccionamiento), deberá ser revisado de manera in dependiente a este análisis de riesgos, en dicha revisión se emit irán las

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observaciones y medidas de seguridad en materia de Protección Civil. Por lo cual está Dirección no tiene ningún inconven iente en que continúe con sus trámites. Se emite el presente DICTAMEN, mismo que fue realiz ado con el apoyo de la información del Atlas de Riesgos, métod os y técnicas aplicables al caso y de conformidad a mi leal saber y entender.

E. DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL: Factibilidad Vial otorgada por la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial, de la Dirección General de Segu ridad Pública Municipal, JIV/1548/14, de fecha 17 de septiembre d el 2014, en la cual se hace del conocimiento lo siguiente: En atención a su solicitud realizada a esta Direcci ón General de Seguridad Pública Municipal, por medio de la Mesa C olegiada de Dictaminacion, donde hace referencia a la construcc ión del Desarrollo Habitacional "Las Fuentes", ubicado en c alle Monte Pio No. 400, Fracción El Aguaje; solicitando la Fac tibilidad de Impacto Vial del mismo, comunico a usted lo siguien te: Se deberá contemplar por parte de la empresa ejecut ante que el acceso y salida del proyecto se encuentren libres d e obstáculos, como postes, árboles, o cualquier otra instalación que pueda obstaculizar el libre acceso, así como para mejor v isibilidad de los conductores en general. Toda afectación a estos obstáculos deberá tener permiso correspondiente para su reubic ación y los gastos serán por parte de la empresa. Deberá respetar en todo momento los lineamientos ma rcados en el Estudio de Impacto Vial o en su caso, en los planos de señalización y proyecto del fraccionamiento, presen tados a esta Dirección General de Seguridad Pública Municipal. La instalación y habilitación de los dispositivos v iales contemplados en los planos de señalización, así com o la ejecución de los diferentes proyectos de mejoramien to geométrico de la vía pública y dispositivos viales especiales que en su caso sean acordados, será por cuenta de la empresa y bajo la supervisión de la Jefatura de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial. Esta factibilidad no ampara ni exime de responsabil idad a la empresa por los daños que se ocasionen a terceros, al Municipio o al medio ambiente con motivo del dictamen, además de los problemas de impacto vial y social que se generen a futuro por la construcción y funcionamiento del fraccionamient o ya que los mismos serán responsabilidad de la empresa promotor a y/o fraccionador. Los problemas viales monitoreados y que sean genera dos o agravados por el propio funcionamiento del fraccion amiento, será responsabilidad de la empresa la participación econ ómica que generen las modificaciones para la seguridad vial, bajo la supervisión de la Jefatura de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial. Por lo que la Dirección General de Seguridad Pública Municipal se reserva los derechos de emitir dictámenes de solución, en los términos mencionados. La Dirección General de Seguridad Pública Municipal , a través de la Jefatura de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial, se reserva el derecho de proponer a futuro al gún cambio en los dispositivos y en los proyectos aprobados, así como cambio en los sentidos de circulación sobre las avenidas a dyacentes y

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demás vialidades involucradas, para una mejor fluid ez vehicular sobre esta zona para los cuales, los gastos que se generen serán por cuenta de la empresa promotora. Por lo antes expuesto y atendiendo a lo solicitado, la Dirección General de Seguridad Pública Municipal OTORGA LA FA CTIBILIDAD VIAL CONDICIONADA para la construcción del Desarrol lo Habitacional "Las Fuentes", ubicado en calle Monte Pio No. 400, Fracción El Aguaje;; la cual tendrá vigencia de UN AÑO a partir de la fecha de la presente. Para la observancia del cumplimiento de los comprom isos antes establecidos y por las facultades conferidas, la Di rección General de Seguridad Pública Municipal a través de la Jefatura de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial, se reserva el derecho de emitir recomendaciones y disp osiciones que modifiquen los compromisos aquí establecidos en el momento que así juzgue conveniente para la seguridad vial en ge neral. Con la finalidad de no invadir competencia de otras autoridades en la materia, la presente factibilidad se aplicará exclusivamente para los efectos del impacto vial de l proyecto antes descrito, conforme a los planos presentados y de acuerdo a las observaciones expresadas en el presente escrito . Para cualquier modificación o ampliación al diseño de urbanización del mencionado proyecto, así como camb ios de uso y destinos del suelo, esta Factibilidad Vial quedará sin efecto, por lo que se deberá realizar un nuevo trámite para obtener un nuevo documento. La presente no exime de modo alguno a la empresa de la obligación de obtener autorización, factibilidad, p ermiso o licencia de alguna Autoridad Federal, Estatal, Muni cipal u organismo correspondiente; que en uso de sus atribu ciones y a la aplicación de otros ordenamientos legales se requie re obtener con independencia de esta Factibilidad de Impacto V ial.

F. INTERAPAS Estudio de Factibilidad Positiva de Agua Potable y Drenaje Sanitario expedido por el INTERAPAS bajo el número IN/DPC/SF/EST/073/14, Expediente 2031/14, de fecha 19 de septiembre del 2014. Con fundamento en los Artículos 2°, 79, 92, 100 Y 1 56 de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí, publica do en el Periódico Oficial del Estado con fecha 12 de enero de 2006, 28 fracción IX y 40 fracción 111 del Reglamento Intern o de INTERAPAS, de fecha 23 de Septiembre de 2006, publi cado en el Periódico Oficial del Estado; el Organismo Intermun icipal Metropolitano de Agua Potable, Alcantarillado, Sane amiento y Servicios Conexos de los Municipios de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, INTERAPA S, a través del suscrito Director General, por este conducto me permito comunicar lo siguiente: Dando cumplimiento al Artículo 158 de la Ley referi da, y en virtud de la aceptación manifestada de los requisit os marcados en la resolución IN/DPC/SF/RES/105/14, expediente 2 031/14, del fraccionamiento denominado "LAS FUENTES", para 139 viviendas tipo medio, en predio ubicado Calle S/N, Fracción e l Aguaje, en el Municipio de San Luis Potosí, S.L.P. se le hace entrega del

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"ESTUDIO DE FACTIBILIDAD POSITIVO", con el objeto d e dar continuidad a su trámite. Así mismo le manifiesto lo siguiente:

1. El presente estudio tendrá una vigencia de tres mes es a partir de su recepción.

2. Deberá de presentar su proyecto de urbanización 3. Deberá de presentar sus proyectos de agua potable y drenaje

sanitario del predio por separado 4. Una vez autorizados sus proyectos de agua potable y drenaje

sanitario deberá de Presentarse a efectuar el pago de Tarifas y Cuotas Vigentes.

5. El Estudio de Factibilidad Positivo es de carácter administrativo y no implica ningún tipo de autoriza ción para iniciar obras de infraestructura hidráulicas, sanitarias, pluviales.

1.- ANTECEDENTES: El fraccionamiento denominado "LAS FUENTES" con núm ero de expediente INTERAPAS 2031/14, promovido por la empr esa DESARROLLOS LOCK DE SAN LUIS, S.A. de C. V., a través de su representante legal el C . Juan Ramírez del Río, en el cual se pretende construir un total de 139 viviendas de tip o medio, se ubica en calle S/N, fracción El Aguaje, en el munic ipio de San Luis Potosí, S . L.P . , en un predio cuya superficie total es de 42,149.82 metros cuadrados con las siguientes colin dancias : Al Norte: Calle S/N . Al Sur : Propiedad Privada. Al Oriente: Propiedad privada. Al Poniente : Propiedad Privada . Cabe mencionar, que el fraccionamiento en cuestión se - encuentra fuera del área de factibilidad para la prestación d e los servicios de agua potable y drenaje sanitario otorg ados por el INTERAPAS y los permisos para ocupar y/o cruzar los derechos de vía, derechos de paso y vías públicas así como para realizar modificaciones y afectaciones a la infraestructura existente de cualquier tipo pública y privada, serán responsabil idad del fraccionador, mismos que deberán ser presentados al Organismo Operador con el propósito de verificar que la infra estructura hidráulica y sanitaria por construir de parte del p romotor , quede debidamente ubicada en área pública y debidamente autorizada . Así mismo, los levantamientos topográficos deberán ser referidos al nivel medio del mar a través de bancos debidamen te establecidos exclusivamente por el INEGI o el INTER APAS. 2.- ESTUDIOS TÉCNICOS. Para la determinación de los caudales de agua potab le por abastecer y de agua residual por drenar , se efectuó el cálculo correspondiente para el requerimiento de los gastos medio diario, máximo diario y máximo horario para el sumi nistro de agua potable, de igual manera se generó el correspo ndiente para el desalojo de agua residual de los caudales medio , máximo instantáneo y máximo extraordinario , mismos que se pueden consultar en la tabla No . 1 del presente estudio . 2.1.- AGUA POTABLE: El fraccionamiento contará con un total de 139 vivi endas tipo medio, por lo que considerando la dotación per capi ta conforme a las recomendaciones de la Comisión Nacional del Agu a de 250

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litros por habitante al día para vivienda de tipo t radicional, el gasto máximo diario requerido resultó de 2.25 li tros por segundo conforme a la tabla No . 1 del presente estudio . Es importante mencionar , que la red interna del fraccionamiento deberá ser calculada para el gasto máximo horario , el cual resultó de 3.49 litros por segundo . Las tomas domiciliarias deberán apegarse al detalle proporcionado por este Organismo Operador en el pla no SPP-FLF-AP1, siendo indispensable el suministro de tubería de poliet i leno con alma de aluminio o similar siempre y cuando cumplan con la certificación oficial. 2.2.- DRENAJE SANITARIO. De la tabla No. 1 , se desprende que el gasto máximo extraordinario resultó de 7.34 litros por segundo p ara las 139 viviendas de tipo medio. Aunado a lo anterior, la velocidad del flujo en cua lquier tubería, no deberá ser inferior a 0.40 metros por s egundo para el gasto mínimo de diseño de 1.50 litros por segund o. Las descargas domiciliarias deberán estar constitui das con tubería de polietileno de alta densidad, con diámet ro mínimo de 15 centímetros y pendiente mínima de 0.010, conform e a lo dispuesto en el plano SPP-FLF-DS2. 3.- DICTÁMEN y RESOLUCIÓN Los servicios de agua potable y drenaje sanitario c on factibilidad positiva, se podrán ofrecer por el INT ERAPAS para el fraccionamiento denominado "LAS FUENTES" con núm ero de expediente 2031/14, como a continuación se describe : 3.1.- AGUA POTABLE: El gasto máximo diario para 139 viviendas de tipo m edio resultó de 2.25 litros por segundo, podrá ser ofrecido por el INTERAPAS hasta que se lleve a cabo la incorporación del sist ema de agua potable, proveniente de la Presa el Realito hacia l os tanques de almacenamiento y de la conducción de agua desde est os tanques hacia las redes hidráulicas de la ciudad, todo lo a nterior como se indica en el plano SPP-FLF-AP1. 3.2- DRENAJE SANITARIO: De la tabla No. 1, se desprende que el gasto máximo extraordinario para 139 viviendas de tipo medio, re sultó ser de 7.34 litros por segundo, El punto de descarga se ubica sobre el drenaje sani tario existente de 107 centímetros de diámetro sobre el B oulevard Antonio Rocha Cordero en su lado norte en el cruce con Camino Antigua al Aguaje, mismo que cuenta con capacidad, pendiente y profundidad suficiente para recibir los efluentes d el predio en cuestión, sitio desde el cual el fraccionador deber á construir una línea de conducción de drenaje con una longitud aproximada hasta la entrada del fraccionamiento en cuestión de 450 metros como se indica en el plano SPP-FLF-DS2 anexo al pre sente estudio. 3.3.- DRENAJE PLUVIAL. En lo que respecta a escurrimientos pluviales gener ados por este desarrollo, éstos deberán ser transitados por pavim ento dentro del fraccionamiento, no permitiéndose la descarga d e patios frontales, azoteas y estacionamientos en el drenaje sanitario, independientemente del resultado del cálculo del ga sto máximo extraordinario. Aunado a lo anterior, dichos escurr imientos no

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podrán ser obstruidos por bardas, cercas, topes o b oyas vehiculares o cualquier edificación u obstáculo que impida el libre tránsito de los mismos dentro del predio, no permitiéndose la salida de dichos escurrimientos hacia el exterio r del mismo, con el propósito que no provoquen daños a propiedad es inmediatas aguas abajo, conforme a lo establecido por la Ley G eneral de Protección Civil y las leyes y reglamentos estatale s y municipales, tendientes a la prevención, protección y salvaguarda de las personas en su integridad física , sus bienes y el entorno. Es recomendable que conforme a los resultados del e studio hidrológico que deberá llevar a cabo el promotor pa ra determinar el volumen de agua que genera una tormenta de diseñ o para 5 años de periodo de retorno, se diseñen y construyan las obras necesarias para evitar que los escurrimientos pluvi ales que genere este nuevo centro de población fluyan hacia las vialidades externas a éste, incrementando el riesgo de afectaciones a terceros aguas abajo del fraccionami ento en cuestión, entre las obras que pudieran requerirse s e mencionan pozos de absorción, tanques de retención para almac enamiento temporal de aguas pluviales en la salida del fracci onamiento o varios en los sitios convenientes e inclusive colec tores pluviales con un cuerpo receptor u propiedad para s u descarga, con la debida autorización de la dependencia corres pondiente para máxima eficiencia en su captación con la capac idad que resulte del estudio hidrológico antes citado y para almacenar provisionalmente el volumen producido por 5 torment as de diseño, pudiéndose aprovechar el agua almacenada para el ri ego de jardines y recarga del acuífero entre otros usos, c onforme a las disposiciones que emitan la Unidad de Protección Ci vil Municipal y la Dirección Catastro Desarrollo Urbano y Nuevos Proyectos del H. Ayuntamiento de San Luis Potosí. Así mismo, una vez que el fraccionamiento "LAS FUENTES" cuente con la debida autorización por parte del H. Ayuntam iento, en apego al artículo 159 de la Ley de Aguas para el Es tado de San Luis Potosí, el promotor deberá continuar con los t rámites ante el INTERAPAS presentando los planos del proyecto ej ecutivo de las redes de agua potable y drenaje sanitario para su revisión definitiva, pago o elaboración del convenio de pago s y entrega de la factibilidad correspondiente por parte de est e Organismo Operador para posteriormente llevara a cabo la supe rvisión y recepción de las obras. POR LO ANTERIOR SE PONE A C ONSIDERACIÓN DE LOS PRESENTES, LA SOLICITUD QUE PRESENTA LA DIRE CCION GENERAL DE CATASTRO Y DESARROLLO URBANO, RESPECTO A LA AUTORIZACION DEL FRACCIONAMIENTO LAS FUENTES, UBICADO EN CALLE MONTEPIO NO. 400, FRACCION EL AGUAJE, EL CUAL ES APROBADO POR MAYORIA DE VOTOS, CON 3 VOTOS A FAVOR, 2 VOTOS EN CONTRA DE LOS REGID ORES JORGE LUIS PEREZ AVILA Y LUIS GERARDO ALDACO ORTEGA Y 2 A BSTENCIONES DE LOS REGIDORES MARCO ANTONIO ZAVALA GALEANA Y VICTOR MANUEL MEDINA TREJO. En uso de la voz, el Secretario Gener al del H. Ayuntamiento, señala que si no hay comentarios al respecto, se somete a consideración de los miembros del Cabildo el PRIMER bloque del dictamen que presenta la Comisión Perman ente de Alumbrado y Obras Públicas; y de conformidad con lo que establecen los artículos 55 y 57 del Reglamento Int erno, se procede a realizar la votación en forma económica y simple, por

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lo que se solicita a los miembros de este Cabildo, procedan a votar levantando su mano. Hecho lo anterior se cont abiliza y se aprueba POR MAYORÍA DE 14 votos a favor, 3 TRES vot os en contra DE LOS REGIDORES JESÚS EDUARDO NOYOLA BERNAL, JORGE LUIS PÉREZ ÁVILA Y LUIS GERARDO ALDACO ORTEGA y 1 una abstenc ión DE LA REGIDORA ALMA RUTH CASTILLO ZÚÑIGA.---------------- --------------- SEGUNDO.- Se pone a consideración de los present es la aprobación para la solicitud que presenta la Direcc ión General de Catastro y Desarrollo Urbano, respecto a la Auto rización del Fraccionamiento “LORETTO RESIDENCIAL”, ubicado en C amino a Paisanos No. 151, Fracción del Saucito de esta ciu dad. Por lo cual se presenta la siguiente información:

1) DATOS GENERALES

El proyecto de lotificación a desarrollarse cuenta con la siguiente información:

Tipo de proyecto: FRACCIONAMIENTO Nombre: “ LORETTO RESIDENCIAL” Domicilio Oficial: CAMINO A PAISANOS # 151, FRACCION SAUCITO Propietario: POTOSINA DE CONSTRUCTORES, S.A. DE C.V. Domicilio de la Empresa: LIBRADO RIVERA #405-B, INTERIOR

208, COL. DEL VALLE 2) ANTECEDENTES DE PROPIEDAD

Compraventa con Reserva De Dominio, Instrumento num ero noventa y nueve mil quinientos treinta y uno, volumen dos mil ochocientos cuarenta y siete, de fecha dieciocho de diciembre d el dos mil doce, bajo la fe del Lic. Bernardo González Courtad e, Notario Público número once, en ejercicio en esta Capital. Registrado ante la Dirección General del Registro Público de la Propiedad del Estado de San Luis Potosí, bajo el folio 213934 de fecha 29 de Julio del 2013. Superficie Total del Predio: 7,974.53 (siete mil no vecientos setenta y cuatro metros cincuenta y tres decímetros cuadrados). MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE: En dos líneas: la primera de oriente a poniente 41 .60

cuarenta y un metros sesenta centímetros, linda con el Rio Paisanos; la segunda en dirección Sureste 148.1 7 ciento cuarenta y ocho metros diecisiete centímetro s, linda con propiedad particular;

AL SUR: en tres líneas: la primera de Poniente a Oriente 26.42 veintiséis metros cuarenta y dos centímetros, la segunda en dirección sureste 45.74 cuarenta y cinco metros setenta y cuatro centímetros, linda con propiedad privada;

AL SURESTE: En dos líneas: la primera en dirección Noreste 24. 94 veinticuatro metros noventa y cuatro centímetros, l a segunda en la misma dirección 72.15 setenta y dos metros quince centímetros, linda con propiedad priv ada;

AL PONIENTE: 27.00 veintisiete metros, linda con propiedad privada. 3) DESCRIPCION GENERAL DEL PROYECTO

D. LICENCIA DE ALINEAMIENTO Y NÚMERO OFICIAL:

Con fecha 03 de Febrero del 2015, la Dirección de A dministración y Desarrollo Urbano, emitió la Licencia de Alineami ento y Número Oficial, mediante el folio 43780, con la siguiente información:

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Superficie Total del Predio: 7,974.53 (siete mil no vecientos setenta y cuatro metros cincuenta y tres decímetros cuadrados). DICTAMINACIÓN DE USO DE SUELO: La Dirección de Administración y Desarrollo Urbano emitió el Dictamen de Factibilidad de Uso de Suelo para un De sarrollo Habitacional denominado “LORETTO RESIDENCIAL”, en el que se menciona que en base al plano CPE-14 de Zonificació n Secundaria del suelo del Plan de Centro de Población Estratégi co para las ciudades de San Luis Potosí y Soledad de Graciano S ánchez, publicado el 21 de agosto del año 2003, el predio c uenta con el siguiente uso de suelo: COLINDANTE AL RIO PAISANOS: FRANJA DE ESPACIOS VERDES, ABIERTOS Y RECREATIVOS, CLAVE “EV” RESTO DEL PREDIO: HABITACIONAL DE ALTA DENSIDAD “H4” NORMAS DE USO DE SUELO: Densidad máxima Poblacional (Hab. /Ha): 325 Habitan tes por Hectárea. Densidad máxima viviendas unifamiliares /Ha: 65 viv iendas unifamiliares por Hectárea. Densidad neta máxima: una vivienda por cada 90.00 m etros cuadrados, Frente mínimo del lote: 6.00 metros Superficie mínima de lote: 90.00 metros cuadrados Coeficiente de utilización (CUS): 2.5 veces, Coeficiente de ocupación (COS): 80 %, Altura máxima: 4 niveles, 12.00 mts. Autorización al coeficiente de ocupación del suelo y alturas, de las Normas de Uso de Suelo del Plan de Centro de Po blación Estratégico para las ciudades de San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, lo anterior por acuerdo en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 30 de abril del año 2013. DATOS DEL PROYECTO Y ESPECIFICACIONES TECNICAS: LA FORMALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE ESCRITURACIÓN DEL ÁREA DE DONACIÓN A FAVOR DEL H. AYUNTAMIENTO DEBERÁ EFECTUARSE EN EL MISMO ACTO EN QUE CONSTE LA PROTOCOLIZACIÓN DEL ACTA DE LOTIFICACIÓN. EL INCUMPLIMIENTO DE LA ESCRITURACIÓN RESPECTIVA, DEJARA SIN EFECTO LA APROBACIÓN DEL DESARROLLO, GIR ÁNDOSE LA NOTIFICACIÓN RESPECTIVA A CATASTRO MUNICIPAL, Y AL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO; SIN PERJUIC IO DE LAS DEMÁS SANCIONES QUE SE HAGA ACREEDOR EL TITULAR DE LA AUTORIZACIÓN. EN TODA COLINDANCIA CON PROPIEDAD PRI VADA EL ÁREA

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DE DONACIÓN DEBERÁ CONTAR CON MURO DE COLINDANCIA DE 2.00 METROS DE ALTURA. 4) DICTAMINACIÓN DE MESA COLEGIADA: G. DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA Y ASEO PUBLICO Mediante el oficio 763/DEAP/2013, de fecha 05 de Se ptiembre de 2013, la Dirección de Ecología y Aseo Público, emit ió el análisis de escrito y anexos: Conforme a las atribuciones que determinan el artíc ulo 8° de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protecció n al Ambiente, artículos 8° y 119 de la Ley Ambiental de l Estado de San Luis Potosí y los artículos 2° y 43 Reglamento de Ecología para el Municipio de San Luis Potosí, S.L.P., hago de su conocimiento que respecto a su escrito y anexos del Proyecto “Desarrollo Habitacional Loretto Residencial” con p retendida ubicación en Camino a Paisanos #151 Fracción del Sa ucito en la ciudad de San Luis Potosí, presentado ante esta Dir ección de Ecología y Aseo Público, para manifestar que es VIA BLE y derivado del análisis realizado al mismo, con funda mento en el artículo 123 de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, me permito manifestar que es necesario complementar su estudio con la siguiente información: Deberá tramitar en caso de proceder el cambio de us o de suelo forestal ante la SEMARNAT con fundamento a lo estab lecido en el artículo 118 fracc. XIII párrafo tercero del Ley Am biental del Estado De San Luís Potosí y al artículo 16 de la Le y General de Desarrollo Forestal Sustentable, y presentar en su oportunidad copia de dicha autorización ante esta Dirección. Deberá de complementar su información presentando p royecto de reforestación, que incluya plano descriptivo especi ficando tipo y cantidad de los 100 árboles citados en el listado de materiales naturales previsto en el proyecto, cons iderando lo establecido en los artículos 33 al 43 del Reglament o de Parques y Jardines, así como incluyendo en este mismo los á rboles que se conservaran, lo anterior previo a cualquier activid ad en el sitio. Deberá especificar el banco de donde obtendrá el ma terial para relleno y compactación el cual debe contar con la a utorización de la Secretaria de Ecología y Gestión Ambiental (S EGAM), como lo marca el artículo 60 de la Ley Ambiental del Est ado de San Luis Potosí. Deberá así mismo consultar con dicha Secretaria el sitio autorizado para la disposición final de escombros g enerados, haciendo del conocimiento de esta Dirección el desi gnado para este fin. Deberán de cumplir con los niveles máximos permisib les de acuerdo a la NOM-041-SEMARNAT-2006 Y 045-SEMARNAT-2 006 en los vehículos que se utilizaran en la bra y específicam ente aquellos que entren en la categoría para verificación vehicu lar federal y municipal. Deberá especificar el tipo de agua a utilizar en la s etapas de humedecimiento del terreno, construcción y la de ir rigación para el proyecto de reforestación. Deberá contemplar para efectos de la obtención de l a autorización de impacto ambiental, el contar con lo s contratos de las empresas y/o particulares que realicen la re colección de los residuos sólidos urbanos, residuos industriales no

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peligrosos, así como los registros de estos ante l as autoridades competentes y los que prestaran el serv icio de los sanitarios portátiles, a su vez esta última deberá acreditar donde dispone sus residuos. H. DIRECCIÓN DE CATASTRO Y DESARROLLO URBANO La Dirección de Catastro y Desarrollo Urbano, emiti ó el Dictamen de Impacto Urbano favorable, en base a los artículo s 137 y 145 de la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Sa n Luis Potosí, teniendo en cuenta las consideraciones sigu ientes:

a. Se deberá respetar en todo momento los lineamientos mencionados en el estudio de impacto urbano present ado, teniendo que considerar tanto al momento de la cons trucción como durante el funcionamiento del fraccionamiento industrial, la mitigación de impactos en la zona, mencionados dentro del estudio de impacto urbano.

b. El proyecto de lotificación se deberá integrar a la estructura urbana de la zona, tal como se plantea e n el estudio presentado.

c. Se deberá respetar el trazo de vialidades existente s, así como la continuación de estas.

d. El proyecto se deberá integrar a la estructura urba na de la zona, tal como se plantea en el estudio presentado.

I. DIRECCION DE BOMBEROS METROPOLITANOS Oficio DIPI 219, de fecha 20 de Enero de 2015, el H . Cuerpo de Bomberos otorgó Visto Bueno emitiendo las siguient es recomendaciones:

• Se recomienda que los escurrimientos pluviales, sea n destinados al rio Paisanos, por lo cual la terminac ión de pavimentos deberá tener la nivelación adecuada para drenar el agua y conducirla hasta el mencionado río , para que de tal forma se eviten los encharcamientos e inundaciones en el fraccionamiento.

• Realizar compactación del terreno de acuerdo al res ultado del estudio de mecánica de suelo.

• Es sumamente necesario que la construcción de casas , sea reformado desde su cimentación, no se observan grie tas ni fallas geológicas en terreno, sin embargo, por su proximidad a la existente se recomienda este refuer zo con rinchido de mamposteo y cadena.

• Instalar 1 Detector de humo y 1 Extintor de polvo q uímico seco de 3 kilos por cada casa.

• No colocar arcos en acceso, caso contrario éste deb erá de tener una altura libre de 4.50 mts.

En cuanto a la vivienda vertical, es importante que se tenga en cuenta lo siguiente:

• Tener acceso para vehículos de emergencia, de maner a que puedan ingresar hasta el frente de cada edificio.

• Las escaleras deberán cumplir los requisitos del Ar tículo 104° del Reglamento de Construcciones.

• Instalar 1 Detector de humo y un extintor de polvo químico seco de 3 kilos por cada departamento.

• Instalar lámparas para alumbrado de emergencia en c ada nivel de la escalera.

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• La instalación de Gas LP deberá de ser de acuerdo a la NOM-004 SEDG 2004.

A. DIRECCIÓN DE PROTECCION CIVIL MUNICIPAL Análisis de Riesgos realizado al proyecto por la Di rección de Protección Civil Municipal, oficio DPCM/0914-F/2015 /, de fecha 27 de Febrero del año 2015, que a la letra dice: OBJETO DEL DICTAMEN Para dar cumplimiento a lo indicado en el artículo 84 de la Ley General de Protección Civil publicada el 06 de Juni o del 2012 donde se establece como delito grave la construcció n, edificación, realización de obras de infraestructur a y los asentamientos humanos que se lleven a cabo en una z ona determinada sin elaborar un análisis de riesgos y, en su caso, definir las medidas para su reducción, tomando en c onsideración la normatividad aplicable V 105 Atlas municipales, estatales y el Nacional y no cuenten con la autorización de la autoridad correspondiente, y de conformidad a la SOLICITUD re alizada por Potosina de Constructores y/o Ing. Juan Manuel Cruz Cervantes, en su carácter de dueño, donde solicita un dictamen de protección civil para el proyecto de Fraccionamient o LORETTO RESIDENCIAL que consta de 20 lotes para vivienda un ifamiliares y 4 módulos verticales para 12 Departamentos Habitaci onales cada uno, ubicado en Camino a Paisanos No. 151, Fracción del Saucito, en esta ciudad, que pudiese poner en peligro la int egridad física de las personas y sus bienes. VISITA FISICA Y ANÁLISIS DE RIESGOS Para determinar físicamente la existencia del predi o donde se pretende desarrollar este proyecto de Fraccionamien to Loretto Residencial, así como las condiciones físicas de la zona, que es el motivo del presente dictamen, me presente en el predio ubicado en Camino a Paisanos No. 151, Fracción del Saucito, en esta ciudad. Este predio sobre el cual se proyecta la construcci ón de desarrollo habitacional, de acuerdo al Atlas de Rie sgos, y al análisis de "Fallas y Fracturas", se localiza en un a zona donde el nivel de riesgo asociado a subsidencia es MEDIO, y que de acuerdo al Estudio de Geofísica realizado por el In g. Carlos Cham Amaral, el 28 de FEBRERO DEL 2013 se concluye lo siguiente: "El subsuelo del área donde se tiene el proyecto de construir el "Fraccionamiento Loretto Residencial", esto formado por una misma unidad litológica que corresponde a un depósi to de origen aluvial que rellena a la fosa tectónica que forma e l Valle Tangamanga, de acuerdo con los valores de resistivi dad registrados, junto con las observaciones de campo, se pudieron agrupar dos rangos de valores que definen a sendos unidades geoeléctricas. Lo localización del terreno en la corta de "Riesgos de Hundimientos y Agrietamientos" (anexa), muestra que se encuentra en el límite de dos áreas marcadas con tonalidades roja y naranja. En la imágenes donde se presentan, los límites del terreno del futuro Fraccionamiento LORETTO RESIDENCIAL, el perf il de isorresistividades y la proyección de la falla Aero puerto, se puede distinguir que por lo franja donde atravieso dicha proyección no se nota ningún rasgo anómalo en el pe rfil de isorresistividades que pueda asociarse con alguna f alla, las

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discontinuidades de la capa tepetatosa, como antes se comentó, tienden a cerrarse por encima del primer nivel de i nvestigación que se encuentra teóricamente a los 3 metros de pro fundidad por lo que se considera que más superficialmente, siga lateralmente de forma continua. De acuerdo con los resultados del estudio geofísico y las interpretaciones comentadas se determina que lo fec ha de su elaboración, no se encontraron rasgos anómalos que sugieran lo existencia de algún accidente geológico a través de esta línea de prospección. 2. Comisión Estatal del Agua. Oficio CEA/ DS/2013/0 274, determina respetar la superficie de 573.72 m2 que q ueda señalada en el plano CN-l de fecha septiembre del 2013 y que corresponde a la zona estatal del Rio Paisanos. 3. Resolución INTERAPAS. Oficio IN/PDC/SF/RES/113/1 3, respecto a lo pluvial, se indica deberá de efectuar estudio Hi drológico integral y proyecto para la ejecución de los obras pluviales necesarios para garantizar la captación, desalojo y disposición de las aguas pluviales. Además deberá respetarse lo s cauces naturales y verificar que no se provoquen daños a t erceros o a su fraccionamiento. CLASIFICACIÓN DE RIESGO Realizándose las observaciones anteriores del estad o que guarda el referido predio al momento de la inspección, se determina un RIESGO BAJO de afectación a las personas, sus los b ienes y a la integridad física de las personas. CONCLUSIONES PRIMERO.- Se concluye primeramente la IDENTIDAD del predio donde se pretende llevar a efecto el Proyecto de Fraccion amiento Loretto Residencial, siendo el mismo el que se ubic a en Camino a Paisanos No. 151, Fracción del Saucito, en esta ciu dad, por haberlo tenido a la vista, al que se describe en pl anos y referencias en los bancos de información de esta ár ea. SEGUNDO.- Se concluye que el predio donde se preten de llevar a efecto el Proyecto de Fraccionamiento Loretto Resid encial, siendo el mismo el que se ubica en Camino a Paisano s No. 151, Fracción del Saucito, en esta ciudad, al momento de realizar la inspección y al análisis de riesgos respectivo, rep resenta un RIESGO BAJO de afectación a la integridad física de las personas y sus bienes. CONDICIONANTES A QUIEN CORRESPONDA, EN LA APLICACIÓN DEL ANALISIS DE RIESGOS PRIMERO.- El presente Análisis de Riesgos es genera do para las condiciones físicas del PREDIO, y sus medidas de re ducción son UNICAMENTE aplicables para trámites de Autorización de Fraccionamientos, Licencia de Uso de Suelo para con strucción, así como para la Licencia de Construcción. MEDIDAS DE REDUCCION 1. AI proyectar la construcción de las viviendas de este fraccionamiento, se recomienda reforzar los sistema s constructivos de cimentación, cumplir con las deter minaciones de capacidad de carga que deriven de la mecánica de su elo y del estudio realizado por el Ing. Carlos Cham Amaral, p ara prevenir asentamientos que provoquen daños estructurales a l a infraestructura de agua potable y drenaje.

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2. Deberá presentar el Estudio de Factibilidad Posi tiva de Interapas para el escurrimiento pluvial dentro de e ste desarrollo que deberá ser por la superficie de la v ialidad, la cual deberá tener pendiente adecuada y cumplir con las rasantes de pavimento que indique la autoridad en materia, r espetando la topografía para drenar el agua pluvial y así evitar problemas de estancamiento o inundaciones en las viviendas de es te desarrollo: 2. Proyectar los terraplenes para desplante de vivi endas con niveles más elevados que los de banquetas para evit ar inundaciones de viviendas. 3. No proyectar la construcción de bordos, bardas, muros, portones, cercas o cualquier otro obstáculo en los límites de este predio o dentro de las calles de este desarrol lo ya que esto interfiere el libre escurrimiento de agua pluv ial y provoca inundaciones. 4. Las zonas habitacionales no deberá tener colinda ncia con instalaciones de alto riesgo, almacenaje de explosi vos, que tengan fuente de emisión de radiación directa o ind irecta y/o que utilicen o almacenen productos químicos. Se emite el presente DICTAMEN, mismo que fue realiz ado con el apoyo de la información del Atlas de Riesgos, métod os y técnicas aplicables al caso y de conformidad a mi leal saber y entender.

B. DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL La factibilidad vial fue emitida a través del ofici o JIV/0194/15, de fecha 02 de Marzo del 2015, en la c ual se hace del conocimiento lo siguiente: a) Se deberá contemplar por parte de la empresa ejecut ante que el

acceso y salida del proyecto se encuentren libres d e obstáculos, como postes, árboles, o cualquier otra instalación que pueda obstaculizar el libre acceso, así como pa ra mejor visibilidad de los conductores en general. Toda afe ctación a estos obstáculos deberá tener permiso correspondien te para su reubicación y los gastos serán por parte de la empr esa.

b) Deberá respetar en todo momento los lineamientos ma rcados en el Estudio de Impacto Vial o en su caso, en los pla nos de señalización y proyecto del fraccionamiento, presen tados a esta Dirección General de Seguridad Pública Municip al.

c) La instalación y habilitación de los dispositivos v iales contemplados en los planos de señalización, así com o la ejecución de los diferentes proyectos de mejoramien to geométrico de la vía pública y dispositivos viales especiales que en su caso sean acordados, será por cuenta de l a empresa y bajo la supervisión de la Jefatura de la Sección Se xta del Estado Mayor de Ingeniería Vial.

d) Esta factibilidad no ampara ni exime de responsabil idad a la empresa por los daños que se ocasionen a terceros, al Municipio o al medio ambiente con motivo del dictam en, además de los problemas de impacto vial y social que se ge neren a futuro por la construcción y funcionamiento del fraccionamiento ya que los mismos serán responsabil idad de la empresa promotora y/o fraccionador.

e) Los problemas viales monitoreados y que sean genera dos o agravados por el propio funcionamiento del fraccion amiento, será responsabilidad de la empresa la participación económica

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que generen las modificaciones para la seguridad vi al, bajo la supervisión de la Jefatura de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial. Por lo que la Dirección G eneral de Seguridad Pública Municipal se reserva los derechos de emitir dictámenes de solución, en los términos mencionados .

f) La Dirección General de Seguridad Pública Municipal , a través de la Jefatura de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial, se reserva el derecho de proponer a futuro algún cambio en los dispositivos y en los proyectos aprobados, así como cabio en los sentidos de circulación sobre las avenidas adyacentes y demás vialidades involucradas , para una mejor fluidez vehicular sobre esta zona para los cu ales, los gastos que se generen serán por cuenta de la empres a promotora.

g) Por lo antes expuesto y atendiendo a lo solicitado, la Dirección General de Seguridad Pública Municipal OT ORGA LA FACTIBILIDAD VIAL CONDICIONADA para la Construcción del Complejo denominado "Loretto Residencial; la cual t endrá vigencia de UN AÑO a partir de la fecha de la prese nte.

h) Para la observancia del cumplimiento de los comprom isos antes establecidos y por las facultades conferidas, la Di rección General de Seguridad Pública Municipal a través de la Jefatura de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial, se reserva el derecho de emitir recomendaciones y disp osiciones que modifiquen los compromisos aquí establecidos en el momento que así juzgue conveniente para la seguridad vial e n general.

i) Con la finalidad de no invadir competencia de otras autoridades en la materia, la presente factibilidad se aplicará exclusivamente para los efectos del impact o vial del proyecto antes descrito, conforme a los planos pres entados y de acuerdo a las observaciones expresadas en el pre sente escrito.

j) Para cualquier modificación o ampliación al diseño de urbanización del mencionado proyecto, así como camb ios de uso y destinos del suelo, esta Factibilidad Vial quedar á sin efecto, por lo que se deberá realizar un nuevo trám ite para obtener un nuevo documento.

k) La presente no exime de modo alguno a la empresa de la obligación de obtener autorización, factibilidad, p ermiso o licencia de alguna Autoridad Federal, Estatal, Muni cipal u organismo correspondiente; que en uso de sus atribu ciones y a la aplicación de otros ordenamientos legales se req uiere obtener con independencia de esta Factibilidad de I mpacto Vial.

POR LO ANTERIOR SE PONE A CONSIDERACIÓN DE LOS PRESENTES, LA SOLICITUD QUE PRESENTA LA DIRECCION GENERAL DE CATASTRO Y DESARROLLO URBANO, RESPECTO A LA AUTORIZACION DEL FRACCIONAMIENTO “LORETTO RESIDENCIAL”, UBICADO EN C AMINO A PAISANOS NO. 151, FRACCION DEL SAUCITO DE ESTA CIUD AD, EL CUAL ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS PRESENTES. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, señala que si no hay comentarios al respecto, SE SOMETE A CONSIDERACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CABILDO EL SEGUNDO BLOQUE DEL DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN PERMANENTE DE ALUMBRADO Y OBRAS PÚBLICAS; Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA

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ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SE SOLICITA A LOS MI EMBROS DE ESTE CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO. HECHO LO ANTERIOR SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 17 VOTOS A FAVOR Y 1 UNA ABSTENCIÓN DE LA REGIDORA GABRIELA ME ADE PONS.------------------------------------------------------- ------------- TERCERO.- Se pone a consideración de los presentes la aprobación para la solicitud que presenta la Dirección General de Catastro y Desarrollo Urbano, respecto a la Autorización del Fraccionamiento Industrial “INTERPUERTO PARQUE LOGI STICO FASE V, AMPLIADA ubicado en Eje 140 No. 1101, Fracción El T errero de esta ciudad. Por lo cual se presenta la siguiente información:

1) DATOS GENERALES

El proyecto de lotificación a desarrollarse cuenta con la siguiente información:

Tipo de proyecto: FRACCIONAMIENTO INDUSTRIAL Nombre: “INTERPUERTO PARQUE LOGÍSTICO FASE V AMPLIADA” Domicilio Oficial: EJE 140 #1101, FRACCIÓN EL TERRERO Propietario: TRANSPARQUE INTERPUERTO, S. A DE C.V. Domicilio de la Empresa: FRAY JOSÉ DE ARLEGUI #1074, COL.

VIRREYES. 2) ANTECEDENTES DE PROPIEDAD

Escritura número 35,331 del tomo 1509 de fecha 19 d e marzo del 2015, en la cual se hace constar la FORMALIZACION D E FUSION DE INMUEBLES QUE OTORGA la sociedad TRANSPARQUE INTERP UERTO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE previa la auto rización correspondiente otorgada mediante el oficio 44032 e xpedida por Dirección de Catastro y Desarrollo Urbano, para que dar bajo lo siguiente: Superficie Total del Predio: 1´871,339.22 metros cuadrados. MEDIDAS Y COLINDANCIAS:

TENIENDO COMO ANTECEDENTE LOS SIGUIENTES INMUEBLES: 1.- Parcela Identificada con el numero 201 Z1 P1/1 del ejido El Terrero Delegación de Vila de Pozos, San Luis Po tosí, con una superficie de 0-90-28.39 ha., noventa áreas, ve intiocho punto treinta y nueve centiáreas. 2. - Parcela identificada con el numero 204 Z1 P1/1 , ubicada en el Ejido El Terrero , Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí, con una superficie 00-84-07.01 ochenta y cuatro áre as , siete punto una centiáreas 3.- Parcela identificada con el número 205 Z1 P1/1 , ubicada en el

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Ejido el Terrero , Delegación de Villa de Pozos , San Luis Potosí , con una superficie 1-52-40.60 una hectárea , cincuenta y dos áreas , cuarenta punto sesenta centiáreas. 4. - Parcela identificada con el numero 207 Z1 P1/1 del ejido El Terrero , de la Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí , con una superficie de 0-12-13.38 has. , doce áreas , trece punto treinta y ocho centiáreas. 5.- Parcela identificada con el número 208 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero" , pertenece a la Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí , con una superficie de 1-45-16.98 (una hectárea, 45 áreas, dieciséis punto noventa y ocho centiáreas ) 6.- Parcela identificada con el número 209 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", pertenece a la Delegac i ón de Villa de Pozos, San Luis Potosí , con una superficie de 1-37-86.28 (una hectárea , treinta y siete áreas , ochenta y seis punto ve i ntiocho centiáreas) . 7.- Parcela identificada con el número 210 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero ", pertenece a la Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí , con una superficie de 1-42-80.18 (una hectárea , cuarenta y dos áreas , ochenta punto dieciocho centiáreas) . 8.- Parcela identificada con el número 211 Z1 P1/1 del ejido El Terrero , Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí , con una superficie de 0-64-36.30 has sesenta y cuatro áreas , treinta y seis punto treinta centiáreas. 9.- Parcela identificada con el numero 212 Z1 P1/1 del ejido El Terrero , de la Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí , con una superficie de 0-99-98.86 has noventa y nuev e áreas noventa y ocho punto ochenta y seis centiáreas . 10.- Parcela identificada con el número 213 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos Sa n Luis Potosí, con una superficie de 02-67-95.33 (dos hect áreas , sesenta y siete áreas, noventa y cinto punto treint a y tres centiáreas). 11.- Parcela identificada con el número 214 Z1 P1/1 ubicado en el Ejido El Terrero, Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí, con una superficie 1-07-13.61 una hectáreas, siete áreas, trece punto sesenta y un centiáreas. 12.- Parcela identificada con el número 215 Z1 P1/1 ubicado en el Ejido El Terrero , Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí, con una superficie 0-80-33.13 ochenta áreas , treinta y tres punto trece centiáreas. 13.- Parcela identificada con el número 216 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos Sa n Luis Potosí, con una superficie de 1-38-29.53 (una hectá rea , treinta y ocho áreas , veintinueve punto cincuenta y tres centiáreas). 14.- Parcela identificada con el número 218 Z1 P1/1 ubicado en el Ejido El Terrero , Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí, con una superficie 01-71-03.82 Hs. Una hectárea, se tenta un áreas , tres punto ochenta y dos centiáreas. 15.- Parcela identificada con el numero 219 Z1 P1/1 del ejido El Terrero, Delegación de Villa de Pozos, San Luis Pot osí, con una superficie de 0-28-73.91 Ha. , veintiocho áreas, setenta y tres punto noventa y un centiáreas. 16.- Parcela identificada con el numero 220 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido " El Terrero" , Delegación de Villa de Pozos San Luis Potosí, con una superficie de 1- 77-39.91 (un hectá rea, setenta

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y siete áreas , treinta y nueve punto noventa y un centiáreas. 17.- Parcela identificada con el número 221 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido " El Terrero" , Delegación de Villa de Pozos San Luis potosí, con una superficie de 1-32-83.91 (una hectá rea, treinta y dos áreas , ochenta y tres punto noventa y unas centiáreas) . 18.- Parcela identificada con el número 222 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos Sa n Luis potosí, con una superficie de 1-75-24.54 (una hectá rea , setenta y cinco áreas, veinticuatro punto cincuenta y cuatro centiáreas). 19.- Parcela identificada con el 223 Z1P1/1 CON SUPERFICIE: 3-01-64.60 (tres hectárea, un áreas, sesenta y cuatro pu nto sesenta centiáreas) 20,- Parcela identificada con el numero 224 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos Sa n Luis Potosí con una superficie: 1-27-82.55 (una hectárea , veintisiete áreas , ochenta y dos punto cincuenta y cinco centiáreas). 21. - Parcela ide nt ificada con el número 225 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido " El Terrero ", Delega ción de Villa de Pozos, San Luis Potosí, con una superficie de 0-97-45.19 (noventa y siete áreas, cuarenta y c i nco punto diecinueve centiáreas). 22. - Parcela identificada con el número 226 Z 1 P1/1 ubicada en el Ejido " El Terrero ", Delegación de Villa de Pozos San Luis Potosí, con una superficie de 1-07-72.38 ( una hectárea , siete áreas, setenta y dos punto treinta y ocho centiárea s) . 23.- Parcela identificada con el numero 227 Z1 P1/1 del Ejido El Terrero de la Delegación de Villa de Pozos , San Luis Potosí, con una superficie de 1-02-21.14 Ha. , una hectárea , dos áreas , veint i ún punto catorce centiáreas. 24.- Parcela identificada con el número 228 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos San Luis Potosí con una superficie de 2-43-85.60 (dos hectár eas, cuarenta y tres áreas, ochenta y cinco punto sesenta centiár eas). 25.- PARCELA identificada con el numero 229 Z1P1/1 SUPERFICIE: 1-33-80.95 (una hectárea, treinta y tres áreas, och enta punto noventa y cinco centiáreas). 26.- Parcela identificada con el número 230 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos San Luis Potosí, con una superficie de 0-66-03.54 (sesenta y seis áreas, tres punto cincuenta y cuatro centiáreas). 27.- Parcela identificada con el numero 231 Z1 P1/1 SUPERFICIE: 1-48-42.43 (una hectárea, cuarenta y ocho áreas, cu arenta y dos punto cuarenta y tres centiáreas). 28.- Parcela identificada con el numero 232 Z1 P1/1 del Ejido El Terrero de la Delegación de Villa de Pozos, San Lui s Potosí, con una superficie de 00-50-87.20, cincuenta áreas, och enta y siete punto veinte centiáreas. 29.- Parcela identificada con el número 233 Z-1P1 u bicada en el ejido El Terrero, Delegación de Pozos, San Luis Po tosí, con una superficie de 00-79-58.07 setenta y nueve áreas cin cuenta y ocho punto siete centiáreas. 30.- Parcela identificada con el número 234 Z-1P1/1 ubicada en el ejido El Terrero, Delegación de Pozos, San Luis Potosí, con una superficie de 1-97-86.07, una hectárea, noventa y siete áreas, ochenta y seis punto siete centiáreas. 31.- Parcela identificada con el número 235 21 P1/1 ubicado en el Ejido El Terrero, Delegación de Villa de Pozos, San Luis

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Potosí, con una superficie 0-96-61.00 has. Noventa y seis áreas sesenta y un centiáreas. 32.- Parcela identificada con el numero 236 2-1 P1/ 1 ubicada en el ejido El Terrero, Delegación de Pozos, San Luis Potosí, con una superficie de 0-66-10.44 sesenta y seis áreas, diez punto cuarenta y cuatro centiáreas. 33.- Parcela identificada con el número 23721 P1/1 ubicado en el Ejido El Terrero, Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí, con una superficie 1-80-99.23 una hectárea ochenta áreas, noventa y nueve punto veintitrés centiáreas. 34.- Parcela identificada con el numero 23821 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos Sa n Luis Potosí con una superficie de 0-62-26.14 (sesenta y dos áre as, veintiséis punto catorce centiáreas). 35.- Parcela identificada con el número 23921 P1/1 ubicado en el Ejido El Terrero, Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí, con una superficie 2-77-81.12 dos hectáreas, setent a y siete áreas, ochenta y un punto doce centiáreas. 36.- Parcela identificada con el número 240 21 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos San Luis Potosí, con una superficie de 2-73-88.94 (dos hectá reas, setenta y tres áreas, ochenta y ocho punto noventa y cuatro centiáreas). 37.- Parcela identificada con el número 241 21 P1/1 ubicado en el Ejido El Terrero, Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí, con una superficie 2-03-24.84 dos hectáreas , tres áreas, veinticuatro punto ochenta y cuatro centiáreas. 38.- Parcela identificada con el número 242 21 P1/1 ubicado en el Ejido El Terrero, Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí, con una superficie 1-37-32.78 una hectáreas , treinta y siete áreas, treinta y dos punto setenta y ocho cen tiáreas. 39.- Parcela identificada con el número 243 21 P1/1 ubicado en el Ejido El Terrero, Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí, con una superficie 1-19-80.25 una hectárea, diecinueve áreas, ochenta punto veinticinco centiáreas. 40.- Parcela identificada con el número 244 21 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos San Luis Potosí, con una superficie de 1-06-52.08 (una hectá rea seis áreas, cincuenta y dos centiáreas). 41.- PARCELA identificada con el numero 245 21P1/1 SUPERFICIE: 1-04-69.76 (una hectárea, cuatro áreas, sesenta y n ueve punto sesenta y seis centiáreas). 42.- Parcela identificada con el número 24621 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos Sa n Luis Potosí, con una superficie de 0-95-27.92 (noventa y cinco áreas, veintisiete punto noventa y dos centiáreas). 43.- PARCELA identificada con el numero 247 21 P1/1 CON SUPERFICIE: 1-22-11.00 (una hectárea, veintidós áre as, once centiáreas). 44.- Parcela identificada con el número 248 21 P1/1 del ejido El Terrero Delegación de Villa de Pozos, San Luis Poto sí, con una superficie de 2-88-47.03 dos hectáreas ochenta y oc ho áreas cuarenta y siete punto tres centiáreas. 45.- Parcela identificada con el número 24921 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos Sa n Luis Potosí, con una superficie de 02-22-89.17 (dos hect áreas, veintidós áreas, ochenta y nueve punto diecisiete c entiáreas).

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46.- Parcela identificada con el número 250 21 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos San Luis Potosí, con una superficie de 00-96-36.39 (noventa y seis áreas, treinta y seis punto treinta y nueve centiáreas). 47.- Parcela identificada número 251 21 p1/1 ubicad a en el ejido "el terrero", pertenece al municipio de San Luis Po tosí, estado de San Luis Potosí, que acredita una superficie de 01-57-65.36 (una hectárea, cincuenta y siete áreas, sesenta y c inco punto treinta y seis centiáreas). 48.- Parcela identificada con el numero 252 21 p1/1 ubicada en el ejido "el terrero", pertenece al municipio de §. an Luis Potosí, estado de San Luis Potosí, que acredita una superficie de 1-14-8905 (una hectárea, catorce áreas, ochenta y nueve punto cinco centiáreas). 49.- Parcela identificada con el número 25321 P1/1 ubicada en e! Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos Sa n Luis Potosí con una superficie de 1-18-14.76 (una hectárea, die ciocho áreas, catorce punto setenta y seis centiáreas). 50.- Parcela identificada con el número 254 21 P1/1 ubicado en el Ejido El Terrero, Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí, con una superficie 00-71-02.98 has. Setenta y un áreas, dos punto noventa y ocho centiáreas. 51.- Parcela identificada con el numero 255 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos San Luis Potosí, con una superficie: 03-19-71.54 (tres hectá rea, diecinueve áreas, setenta y un punto cincuenta y cu atro centiáreas). 52.- Parcela identificada con el número 257 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos San Luis Potosí, con una superficie de 1- 12-90.29 (unas hec táreas, doce áreas, noventa punto veintinueve centiáreas) FOLIO REAL 97251 53.- Parcela identificada con el número 258 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido El Terrero, Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí, con una superficie de: 1-83-82.42 una hectá reas, ochenta y tres áreas, ochenta y dos punto cuarenta y dos ce ntiáreas. 54.- Parcela número 259-Z1 p1/1 ubicada en el ejido “el terrero”, pertenece al municipio de san Luis potosí , estado de san Luis potosí que acredita una superficie de 1-05 -71.37 (una hectárea cinco áreas, setenta y un punto treinta y siete centiáreas). 55.- Parcela identificada con el numero 262 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido “El Terrero”. Delegación de Villa de Pozos , San Luis Potosí, con una superficie de 3-39-00.30 (tres hect áreas, treinta y nueve áreas, ´punto treinta centiáreas). 56. Parcela identificada con el numero 263 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido “El Terrero” Delegación de Villa de Pozos San Luis Potosí, con una superficie de 01-17-58.54 (una hectárea. Di ecisiete áreas, cincuenta y ocho punto cincuenta y cuatro ce ntiáreas). 57.- Parcela identificada con el número 264 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos San Luis Potosí, con una superficie de 1-20-57,08 (una hectá rea, veinte áreas, cincuenta y siete punto ocho centiáreas), 58.- Parcela identificada con el numero 265 Z1 P1/1 del Ejido El Terrero de la Delegación de Villa de Pozos, San Lui s Potosí, con una superficie de 00-76-74.34 setenta y seis áreas, setenta y cuatro punto treinta y cuatro centiáreas,

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59.- Parcela identificada con el número 266 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos San Luis Potosí, con una superficie de 01-04-75.72 (una hect área, cuatro áreas, setenta y cinco punto setenta y dos centiáre as). 60.- Parcela identificada con el número 267 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos San Luis Potosí, con una superficie de 0-84-49,35 (ochenta y cuatro áreas, cuarenta y nueve punto treinta y cinco centi áreas), 61,- Parcela identificada con el número 269 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos San Luis Potosí, con una superficie de 1-33-57,51 (una hectá rea, treinta y tres áreas, cincuenta y siete punto cincuenta y u nas centiáreas), 62,- Parcela identificada con el numero 270 Z1 P1/1 del Ejido El Terrero de la Delegación de Villa de Pozos, San Lui s Potosí, con una superficie de 00-78-36.78 setenta y ocho áreas, treinta y seis punto setenta y ocho centiáreas, 63.- Parcela identificada con el número 271 Z1 P1/1 ubicada en el Ejido "El Terrero", Delegación de Villa de Pozos San Luis Potosí, con una superficie de 1-81-50.65 (una hectá rea, ochenta y un áreas, cincuenta punto sesenta y cinco centiár eas), 64.- Parcela identificada con el número 272 Z1 P1/1 del Ejido El Terrero Delegación de Villa de Pozos, San Luis Poto sí, con una superficie de: 2-03-35,15 dos hectáreas, tres áreas , treinta y cinco punto quince centiáreas. 65.- Parcela identificada con el número 273 Z1 p1/1 ubicada en el ejido "el terrero", pertenece al municipio de Sa n Luis Potosí, estado de San Luis Potosí, que acredita una superficie de 2-85-08.62 (dos hectáreas, ochenta cinco áreas, ocho punto sesenta y dos centiáreas). 66.- Parcela número 202 Z-1 P1/1 del ejido El Terre ro, del municipio de San Luis Potosí, San Luis Potosí, con una superficie de 1-06-55,75 HA., una hectárea, seis ár eas, cincuenta y cinco punto setenta y cinco centiáreas. 67.- Parcela número 203 Z-1 P1/1 del ejido El Terre ro, del municipio de San Luis Potosí, San Luis Potosí, con una superficie de 1-32-48,90 HA., una hectárea, treinta y dos áreas, cuarenta y ocho punto noventa centiáreas. 68.- PARCELA NUMERO 206 Z-1 P1/1 DEL EJIDO EL TERRE RO, DEL MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, SAN LUIS POTOSI, CON UNA SUPERFICIE DE 0-71-21.44 HA., SETENTA Y UN ÁREAS, V EINTIÚN PUNTO CUARENTA Y CUATRO CENTIÁREAS, 69.- PARCELA NUMERO 217 Z-1 P1/1 DEL EJIDO EL TERRE RO, DEL MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, SAN LUIS POTOSI, CON UNA SUPERFICIE DE 0-31-13,36 HA., TREINTA Y UN ÁREAS, T RECE PUNTO TREINTA Y SEIS CENTIÁREAS, 70.- PARCELA NUMERO 260 Z-1 P1/1 DEL EJIDO EL TERRE RO, DEL MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, SAN LUIS POTOSI, CON UNA SUPERFICIE DE 1-07-84.40 HA., UNA HECTÁREA, SIETE Á REAS, OCHENTA Y CUATRO PUNTO CUARENTA CENTIÁREAS, 71.- Parcela identificada con el numero 261 Z-1 P1/ 1 ubicada en el ejido El Terrero, Delegación de Villa de Pozos, San Luis Potosí, con una superficie de 00-08-75,08 ocho áreas, seten ta y cinco punto ocho centiáreas, 72.- Parcela número 268 Z-1 P1/1 DEL EJIDO EL TERRE RO,

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DELEGACION VILLA DE POZOS, DE ESTE ESTADO DE SAN LU IS POTOSI, EL QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 0-88-30,91 hectáreas. 73.- Parcela identificada con el número 256 Z1 P1/1 UBICADA EN EL EJIDO "EL TERRERO", DELEGACION DE VILLA DE POZOS SAN LUIS POTOSI, CON UNA SUPERFICIE DE 0-83-64,68 (ochenta y tres áreas, sesenta y cuatro punto sesenta y ocho centiáreas) 74.- PARCELA FUSIONADA UBICADA EN EL EJIDO EL TERRE RO, SAN LUIS POTOSI CON UNA SUPERFICIE DE 88-54-79.40 Hectáreas (ochenta y ocho guion cincuenta y cuatro guion setenta y nueve punto cuarenta) Fusión que ha sido Solicitada con el cuad ro de construcción que se transcribe en el reverso de la presente hoja. 3) DESCRIPCION GENERAL DEL PROYECTO

E. LICENCIA DE ALINEAMIENTO Y NÚMERO OFICIAL: Con fecha 23 de marzo del 2015, la Dirección de Adm inistración y Desarrollo Urbano, emitió la Licencia de Alineam iento y Número Oficial, mediante el folio 44220, con la sig uiente información:

Superficie total del predio 1´871,339.22 metros cu adrados F. DICTAMINACIÓN DE USO DE SUELO: La Dirección de Catastro y Desarrollo Urbano emitió el Dictamen de Factibilidad de Uso de Suelo para un Fraccionamiento Industrial denominado “Interpuerto Parque Logístico Fase V Ampliada”, en el que se menciona que en base al plano CPE-14 de Zonificación Secundaria del suel o del Plan de Centro de Población Estratégico para las ciudade s de San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, publicad o el 21 de agosto del año 2003, el predio a desarrollar se cla sifica en Industria Ligera “IL” y según lo manifestado en la Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 13 de marzo del año 2 015 dos mil quince, en la que el Ayuntamiento Constitucional de l Municipio de San Luis Potosí, aprobó el Cambio de Uso de Suelo de los predios ubicados colindantes al Fraccionamiento Ind ustrial Interpuerto Parque Logístico Fase V, marcado por el Plan de Centro de Población Estratégico para las ciudades d e San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez con un uso de suelo de Área Silvestre con clave “AR-AS”, Área Natural de P rotección al Patrimonio Paisajístico y de Recarga con clave “ AN-PPRE” y Espacios Verdes, Abiertos y Recreativos con clave “ EV”, asignándole el uso de Industria Ligera con clave “I L”, el predio cuenta con las siguientes características:

− INDUSTRIA LIGERA “IL” NORMAS DE USO DE SUELO: Frente mínimo del lote: 20.00 metros Superficie mínima de lote: 400.00 metros cuadrados Coeficiente de utilización (CUS): 1.8 veces, Coeficiente de ocupación (COS): 60 %, Altura máxima: 3 niveles, 15.00 mts.

G. DATOS DEL PROYECTO Y ESPECIFICACIONES TECNICAS:

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LA FORMALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE ESCRITURACIÓN DEL ÁREA DE DONACIÓN A FAVOR DEL H. AYUNTAMIENTO DEBERÁ EFECTUARSE EN EL MISMO ACTO EN QUE CONSTE LA PROTOCOLIZACIÓN DEL ACTA DE LOTIFICACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO AUTORIZADO. EL INC UMPLIMIENTO DE LA ESCRITURACIÓN RESPECTIVA, DEJARA SIN EFECTO L A APROBACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO, GIRÁNDOSE LA NOTIFICACIÓN RESPECTIVA A CATASTRO MUNICIPAL, Y AL REGISTRO PÚBLICO DE LA PRO PIEDAD Y DEL COMERCIO; SIN PERJUICIO DE LAS DEMÁS SANCIONES QUE SE HAGA ACREEDOR EL TITULAR DE LA AUTORIZACIÓN. EN TODA COL INDANCIA CON PROPIEDAD PRIVADA EL ÁREA DE DONACIÓN DEBERÁ CONTAR CON MURO DE COLINDANCIA DE 2.00 METROS DE ALTURA. 4) DICTAMINACIÓN DE MESA COLEGIADA:

J. SECRETARÍA DE ECOLOGÍA Y GESTIÓN AMBIENTAL: Mediante el oficio ECO.03.0500/2015, de fecha 17 de marzo del 2015, la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental , emitió la Manifestación de Impacto Ambiental del proyecto por medio del cual hace del conocimiento lo siguiente: Resolución que Autoriza Condicionadamente por 1 año la solicitud del Informe Preventivo de Impacto Ambient al relativo al proyecto denominado: "Parque Logístico Fase V Ampliada" promovido por la empresa "Transparque Int erpuerto, S.A. de C.V.", representada por el Lic. Milton Jesú s Martínez Melgarejo con ubicación en la Av. Central No. 500, Interpuerto - Parque Logístico. CP. 78395. Delegaci ón La Pila, Municipio de San Luis Potosí, S.L.P. 1. De la solicitud. 1.1. Que con fecha 09 de octubre del 2015, se recib ió en SEGAM, un IP por parte de la empresa relativa al pr oyecto, especificando que se realizaría en la ubicación del proyecto, a fin de dar ampliar un parque industrial, en un pr edio de 1,871 302.151 m2. 2. Del trámite que siguió la solicitud. 2.1 Se admitió la solicitud del IP y ER dándole el número de expediente interno IA.- 035/2015. 3. Competencia. 3.1. La SEGAM es competente para resolver el presen te asunto, toda vez que se trata de de una solicitud de evalua ción de IP con respeto a la ampliación de un parque industrial para industria ligera, en un predio de 1,871 302.151 m2, el cual contará con 8 manzanas y 18 lotes para albergar ind ustria ligera, su Infraestructura y servicios que comprend en; suministro de energía eléctrica, canales pluviales, red de drenaje, vialidades, áreas verdes, planta de tratam iento de aguas negras, pozo profundo, sistemas contra incend io y telefonía. 3.2. Lo anterior con fundamento en los siguientes p receptos legales. Artículos 118 fracción VI, 123 Y 124 de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí. Artículo 3 9 de la Ley Orgánica del Estado de San Luis Potosí. Artícul os 1 0, 3° Y 64, de la Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de San Luis Potosí, 6° fracción XVII del Reglamento In terior de la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental del E stado de San Luis Potosí y 5° del Reglamento de la Ley Ambie ntal en

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Materia de Evaluación de Impacto Ambiental y Riesgo del Estado de San Luis Potosí. 4. Del análisis de la solicitud. 4.1. El promovente, en su carácter de representante legal de la empresa quien acredita su personalidad mediante el instrumento público número 108,599 libro 3435 pasad o ante la fe la Lic. Josué Martínez Aristegui, notario públic o adscrito a la Notaria Pública No. 1 de la Ciudad de San Luis Potosí, S.L.P.; es responsable dellP el cual pretende lleva rse a cabo dentro de las instalaciones de la ubicación de la e mpresa. 4.2. De las constancias integradas del presente exp ediente tenemos que el proyecto, consta de 366 páginas del IP, las cuales contiene entre otras especificaciones la sig uiente información, datos de identificación e información básica que comprende la descripción general de la obra, identi ficación de las sustancias o productos que van a emplearse, identificación y estimación de las emisiones, desca rgas y residuos, descripción del ambiente, identificación de los impactos ambientales planos de localización del áre a y condiciones adicionales, más anexos. 4.3. La empresa, representada legalmente por el pro movente, para ampliación de un parque industrial, en un pred io de 1,871 302.151 m2, en las siguientes coordenadas ext remas UTM datum WGS 84, Zona 14:

Coordenadas UTM Este (X) Norte (Y)

303778 2438822 304300 2436549 302571 2436548

4.4. En virtud de que la obra se ajusta a lo precep tuado en el artículo 118 fracción VI, de la Ley Ambiental del E stado, la SEGAM, debe establecer la modalidad de autorización , encontrándonos que por las especificaciones de la o bra procede una Autorización Condicionada en los términos del 1 27 BIS fracción 11 de la Ley Ambiental del Estado de San L uis Potosí. 5. Condicionantes. Ahora bien, derivada de la autorización condicionad a procede a establecer las medidas que la SEGAM impone como req uisitos para la realización de las obras en los siguientes términos. 5.1. La empresa, será la única responsable de lleva r a cabo las medidas de prevención, mitigación, restauración , control de impactos ambientales atribuibles al desarrollo d el proyecto y a las que se comprometió a cumplir, contemplados en el IP y el ERA que se identificaron las siguientes:

Medida de Mitigación

1 Con la finalidad de evitar los impactos que se deri van de la eliminación de la cubierta vegetal, aunque esta sea de matorrales, se deberá reforestar la zona

2 El promovente del proyecto deberá evitar la compact ación del suelo en las áreas donde no se requiera, procurando evitar la utilización de maquinaria pesada que favorezca la compactación del suelo

3 Se recomienda que todas las áreas que no van a ser construidas mantengan su cubierta original y que las áreas de circulación vehicular y peatonal se construyan con material permeable, para ello existe una alternativ a denominada concreto permeable

4 Se recomienda la reforestación de todas aquellas ár eas desmontadas y que las vialidades se construyan con material permeable, fa voreciendo de esta manera la infiltración del agua en estas superficies

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5 El entorno inmediato del proyecto Parque Logístico Fase V Ampliado; conservará parcialmente sus características en cuanto a vegeta ción

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Deberá preverse de contar con sistemas aeróbicos pa ra el tratamiento de aguas residuales mismos que deberán tener un mantenimient o adecuado para evitar que por mal funcionamiento se saturen y viertan aguas sin trata r al medio. Los residuales inorgánicos no reciclables deberán acopiarse en tam bos debidamente tapados para su posterior depósito en el basurero municipal

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Además de las medidas de consumo racional de agua p ropuestas por el proyecto, el promovente de la obra deberán fomentar el acopio de agua de lluvia y llevar un control periódico del consumo de agua que se consume con el fin de evitar consumir volúmenes superiores a los racionalmente utilizados, particul armente durante el estiaje.

8 Deberá preverse de realizar una verificación periód ica de las pérdidas o fugas que presenten los equipos e instalaciones a fin de evit ar perdida del recurso

9 El sistema de generación de energía mediante celdas deberá considerar que la utilización de baterías puede generar contaminación al medio, cumpliendo con lo establecido por la CFE en el sentido de usar baterí as secas

10 Uso de la maquinaria exclusivamente cuando la ac tividad lo requiera

11 Uso de la maquinaria solamente en horario de tra bajo

12 Proponer el uso de silenciadores en los vehículos q ue ocasionen exceso de ruido por los escapes de estos

13 Establecer limitantes tanto de velocidad como de us o, para los vehículos y maquinaria que labore en el lugar de la construcción del conju nto habitacional

5.2. Los residuos considerados como peligrosos debe rán ser manejados conforme lo establece la NOM-052-SEMARNAT /1993, y las zonas destinadas al almacenamiento temporal de comb ustible, ya sea para su almacenamiento o su uso deberán de cont ar con guarniciones, trinchera y fosa de captación para ca sos de derrames. 5.3. Los residuos de manejo especial (cartón, vidri o, escombro, etc.), deberán manejarse conforme a la legislación local, entre lo que se encuentra registro para generadores y que quien hace el transporte deberá ser autorizado por la SEGAM (plazo 30 días naturales) 5.4. Los residuos sólidos urbanos (basura) de cualq uier clase, deberá ser depositada en los sitios destinados ex p rofeso y posteriormente ser trasladada al sitio indicado por las autoridades municipales; y nunca deberá depositarse al aire libre. 5.5. Deberá establecer las acciones, sistemas y con troles necesarios para evitar la contaminación de la atmós fera en todas las etapas del proyecto, por lo que deberá realizar riego con agua en todas las superficies de trabajo para evita r la suspensión de partículas. Dichos riegos se realizar án con la frecuencia necesaria para lograr dicho propósito. A unado a esto, se utilizará maquinaria en buen estado para minimiz ar las emisiones de gases de combustión. 5.6. Deberá presentar a esta secretaría el programa de vigilancia ambiental, que implementara para facilit ar el cumplimiento de metas durante cada una de las etapa s del proyecto, en un término de 10 días contados a parti r de recibido el presente resolutivo. 5.7. Elaborar para su implementación, un programa d e reforestación, con la finalidad de compensar y/o re habilitar las áreas afectadas, contar con barreras de árboles en el interior y exterior de la empresa y regeneración de áreas verd es, en un término de 10 días contados a partir de recibido el presente resolutivo.

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5.8. El material generado por los trabajos de nivel ación y excavación (tierra vegetal) se debe almacenar de ma nera temporal en sitios específicos, evitando con ello la creació n de barreras físicas, que impidan el libre desplazamiento de la fauna a los sitios aledaños, y bordos que modifiquen la topogra fía e hidrodinámica de terrenos inundables, así como el a rrastre de sedimentos a los cuerpos de agua cercanos, para su posterior reutilización en la etapa de restauración de la zon a. 5.9. Deberá prevenir la erosión por lluvia o viento durante todo el proceso de construcción y operación del proyecto . Para ello, se recomienda mantener la cobertura vegetal de las áreas no destinadas a la obra, así como cubrir de vegetación todo cuerpo desnudo que sea vulnerable a la erosión por vientos y lluvias, y construir en la periferia del proyecto canales de d esviación de agua de lluvia y evitar que esta ingrese al parque industrial. 5.10. No podrá derramar combustibles, aceites o cua lquier otra sustancia que contamine los suelos o las zonas de e scorrentías. 5.11. En un término de 10 días hábiles, la empresa deberá presentar una propuesta en la que se destine un por centaje del área total del predio, para su conservación natural con la finalidad de minimizar o compensar el impacto causa do por la pérdida de vegetación, así como contribuir a la inf iltración natural de agua pluvial. 5.12. Deberá contar con sistemas de tierras y parar rayos conforme las Normas Oficiales Mexicanas NOM-063-SCF I-2001 y NOM-022-STPS. 5.13. Deberá presentar dictamen por un perito regis trado ante la Secretaría de Energía, en donde se validen sus inst alaciones eléctricas. 5.14. Deberá contar con medidas preventivas y con p rogramas de contingencias, que incluya rutas de evacuación y pu ntos de reunión. 5.15. La presente resolución a favor de la empresa, es solamente para la misma, por lo que en caso de pretender tran sferir los derechos y obligaciones contenidos en este document o, deberá comunicarlo por escrito a esta autoridad. Se consid era conveniente señalar que la transferencia de los der echos de la resolución procederá solo en el caso de que él o la interesada en desarrollar el proyecto, ratifique en nombre pro pio ante esta Secretaría, la decisión de sujetarse, apegarse y responsabilizarse de los derechos y obligaciones im puestos en esta resolución del proyecto. 5.16. La empresa deberá mantener en la ubicación de l proyecto una copia completa del estudio de Impacto ambiental , de los planos del proyecto así como de la presente resoluc ión, para efectos de mostrarlas a las autoridades competentes que así lo requieran. 5.17. Se apercibe a la empresa que en caso de incum plimiento de las condicionantes expuestas en la presente resoluc ión, invalidará el alcance del presente oficio sin perju icio de la aplicación de las sanciones previstas en los ordena mientos que resulten aplicables. 5.18. Se informa a la empresa que deberá dar las fa cilidades a esta Secretaría para realizar inspecciones a efecto de vigilar el cumplimiento de los términos establecidos en el presente instrumento.

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6. Alcances de la Autorización Condicionada. 6.1 Se circunscribe a que se realice la la ampliaci ón de un parque industrial para industria ligera, en un pred io de 1,871 302.151 m2, el cual contará con 8 manzanas y 18 lot es para albergar industria ligera, su Infraestructura y ser vicios que comprenden; suministro de energía eléctrica, canale s pluviales, red de drenaje, vialidades, áreas verdes, planta de tratamiento de aguas negras, pozo profundo, sistemas contra inc endio y telefonía, en la ubicación del proyecto. 7. De la vigencia de la Autorización Condicionada. 7.1 La vigencia de la autorización es por el términ o de 1 un año, que inicia al momento de la notificación de es ta autorización, misma que podrá ser prorrogable siemp re que se solicite 30 días antes del término de la vigencia. y se hayan cumplido con las condicionantes impuestas en esta r esolución. RESOLUTIVOS PRIMERO.- Se AUTORIZA DE MANERA CONDICIONADA el IP a la empresa por conducto de su promovente. SEGUNDO.- En consecuencia en procedente la realizac ión del proyecto.

K. DIRECCIÓN DE CATASTRO Y DESARROLLO URBANO: La Dirección de Catastro y Desarrollo Urbano, emiti ó el Dictamen de Impacto Urbano favorable, en base a los artículo s 137 y 145 de la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Sa n Luis Potosí, teniendo en cuenta las consideraciones sigu ientes:

a. Se deberá respetar en todo momento los lineamientos mencionados en el estudio de impacto urbano present ado, teniendo que considerar tanto al momento de la construcción como durante el funcionamiento del fraccionamiento industrial, la mitigación de impact os en la zona, mencionados dentro del estudio de impacto urbano.

b. El proyecto de lotificación se deberá integrar a la estructura urbana de la zona, tal como se plantea e n el estudio presentado.

c. Se deberá respetar el trazo de vialidades existente s, así como la continuación de estas.

d. El proyecto se deberá integrar a la estructura urba na de la zona, tal como se plantea en el estudio presenta do.

L. DIRECCION DE BOMBEROS METROPOLITANOS: A través del oficio DIPI 263, de fecha 27 de febrer o de 2014, el H. Cuerpo de Bomberos otorgó Visto Bueno emitiendo las siguientes recomendaciones: Por medio de la presente y en repuesta a su solicit ud, para la revisión del proyecto, Interpuerto Parque Logístico Fase V Ampliada, ubicado en domicilio arriba mencionado, y después de haber revisado los planos, le otorgamos el Visto Bu eno y le recomendamos que instale lo siguiente, (se cancela oficio anterior DIPI 763/14 del mes de abril del 2014) .

• En primer lugar y siendo de suma importancia le recomendamos que los canales de agua pluvial lleven la misma continuidad hacia los existente en las etapas I, II Y III; Además deberán de construir obras sobre los canales para el control y frenado de estas corrient es.

• Cabe señalar que deberán de tener sumo cuidado con el encausamiento y destino final de estas aguas pluvia les,

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con el fin de no afectar o que no causen problemas en zonas aguas abajo, tanto del mismo parque industria l de las etapas anteriores, como en las comunidades de l a zona baja.

• En cuanto a la Red de contra Incendio solicitamos q ue los hidrantes de piso colocados en la vía pública, se d eberá de instalar uno a cada 100 metros de separación, es ta ampliación obliga a que haga un nuevo cálculo de su sistema.

M. DIRECCIÓN DE PROTECCION CIVIL MUNICIPAL: Mediante el oficio DPCM/01716-A/2015, de fecha 06 d e marzo del 2015, la Dirección de Protección Civil Municipal, e mitió el Análisis de Riesgos realizado al proyecto, que a la letra dice: OBJETO DEL DICTAMEN Este Análisis de Riesgos es únicamente por ubicació n del predio y formará parte del Estudio de Impacto Urbano que p resentará ante la Subdirección de Administración y Desarrollo Urbano para trámite de Dictamen de Factibilidad, y/o autorizaci ón de Licencia de Uso de Suelo de impacto significativo. Artículo 129 fracciones VI, XII, XIV Y Artículo 137 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí. Para dar cumplimiento a lo indicado en el artículo 84 de la Ley General de Protección Civil publicada el 06 de Juni o del 2012, donde se establece como delito grave la construcció n, edificación, realización de obras de infraestructur a y los asentamientos humanos que se lleven a cabo en una z ona determinada sin elaborar un análisis de riesgos y, en su caso, definir las medidas para su reducción, tomando en c onsideración la normatividad aplicable y los Atlas municipales, estatales y el Nacional y no cuenten con la autorización de la autoridad correspondiente y de conformidad a la SOLICITUD rea lizada por el Lic. Milton Jesús Martínez Melgarejo, Representante Legal Transparque Interpuerto, S.A. de C.V., donde solici ta un análisis de riesgos para el predio ubicado en el Ej e 140, Delegación de la Pila, de esta Ciudad, se procede a emitir opinión técnica, para así poder concluir si el refe rido predio, presenta algún RIESGO, que atente contra la integri dad física de las personas, los bienes o el entorno. VISITA FISICA Y ANÁLISIS DE RIESGOS Para determinar físicamente la existencia del predi o, así como las condiciones físicas de la zona, que es el motiv o del presente dictamen, me presente en el domicilio ubic ado en el Eje 140, Delegación de la Pila, de esta Ciudad, mismo q ue se ubica en una zona en vía de urbanización; con una Vocació n de USO de Suelo catalogada como Industria ligera con la Clave “IL”. Se observa que cercano al predio pasan Vías del FF CC. En este predio, de acuerdo al Atlas de Riesgos de l a carta de "fallas y fracturas", el nivel de peligro asociado a subsidencia es BAJO. Al momento de la inspección en este predio no se detectaron agrietamiento o asentamientos de suelo, pero no se descarta la posibilidad de que se pueda manifestar en un futuro. En el análisis a "Zonas inundables", NO Se hace ref erencia de afectación por inundación. CLASIFICACIÓN DE RIESGO Al realizarse las observaciones anteriores al estad o que guarda el referido predio, al momento de la inspección, se determina un

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RIESGO BAJO de afectación a la integridad física de las personas, los bienes y el entorno. CONCLUSIONES PRIMERO.- Se concluye primeramente, la IDENTIDAD de l predio donde se solicita este análisis de riesgos, siendo el mismo el que se ubica en el Eje 140, Delegación de la Pila, de esta Ciudad, por haberlo tenido a la vista, al que se de scribe en planos y referencias en los bancos de información d e esta área. SEGUNDO.- Se concluye que el predio donde se solici ta este análisis de riesgos, ubicado en el Eje 140, Delegac ión de la Pila, de esta Ciudad, al momento de realizar la ins pección y al análisis de riesgos respectivo, representa un RIESG O BAJO de afectación a la integridad física de las personas y los bienes. CONDICIONANTES A QUIEN CORRESPONDA, EN LA APLICACIÓN DEL ANÁLISIS DE RIESGOS PRIMERO.- Este Análisis de Riesgos es únicamente po r ubicación del predio y formará parte del Estudio de Impacto U rbano que presentará ante la Subdirección de Administración y Desarrollo Urbano para trámite de Dictamen de Factibilidad, yl o autorización de licencia de Uso de Suelo de impacto significativo. Artículo 129 fracciones VI, XII, XIV Y Artículo 137 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Sa n Luis Potosí. SEGUNDO.- El presente Análisis de Riesgos es genera do para las condiciones físicas del predio, y sus medidas de re ducción son UNICAMENTE aplicables para el trámite de licencia d e Uso de Suelo para construcción, así como para la licencia de Construcción, y para cuando el Uso de Suelo sea com patible para la actividad proyectada , TERCERO.- El tipo de proyecto de construcción en es te predio, deberá ser revisado de manera independiente a este análisis de riesgos, en dicha revisión se emitirán las observac iones y medidas de seguridad en materia de protección civil , debiendo cumplir estrictamente con las Normas de Uso de Suel o y las especificaciones de la Licencia de Construcción. CUARTO.- Para la revisión del Proyecto de Construcc ión se deberá presentar anexo a la solicitud, la Licencia de Uso de Suelo y la Licencia de Construcción. MEDIDAS DE REDUCCION QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS INTERESADOS O PROPIETARIOS UNA VEZ QUE SEA FACTIBLE LA COMPATIBIL IDAD URBANISTICA PRIMERO.- Toda vez que de acuerdo al Atlas de Riesg os carta de "Fallas y Fracturas", el predio se localiza en una zona donde el nivel de riesgo asociado a subsidencia es BAJO, y a unque hasta el momento NO existen indicios de afectación por ag rietamientos o asentamientos del suelo en este predio, y pronost icar o descartar un proceso de esta naturaleza a corto, me diano o largo plazo es difícil sin un sustento técnico, por lo ta nto, deberá realizar es geofísico en el cual se establezcan las condiciones del suelo a las profundidades de influencia del pro yecto; estos estudios con sus observaciones y conclusiones por e specialistas, deben ser un sustento para que los analistas estruc turales diseñen los tipos de cimentaciones para el proyecto de vivienda e infraestructura de acuerdo a los esfuerzos que se presentan en el suelo.

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SEGUNDO.- Contemplar obras hidráulicas para el cont rol, conducción y disposición de los escurrimientos pluv iales y evitar afectaciones a este inmueble, o propiedades privadas colindantes. Esta zona NO es susceptible de inundac ión. La saturación de las redes de drenaje con los escurrim ientos pluviales es muy probable que se presenten en esta zona, por lo cual deberán tomar las medidas preventivas para evi tar regresión de agua negra a través de la infraestructura hacia su propiedad. TERCERO.- Una vez autorizada la compatibilidad urba nística, deberá presentar ante la Dirección de Protección Ci vil Municipal el proyecto de construcción, para su análisis y eva luación.

N. DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL: La Factibilidad Vial fue emitida a través del ofici o JIV/0266/15, de fecha 24 de marzo del 2015, en la c ual se hace del conocimiento lo siguiente: En atención a su solicitud realizada a esta Direcci ón General de Seguridad Pública Municipal, por medio de la Mesa C olegiada de Dictaminación, donde hace referencia a la construcc ión del proyecto denominado "Parque Logístico Fase V", ubic ado en Eje 140; el cual sufre modificación de proyecto por "In terpuerto Parque Logístico Fase V Ampliada" solicitando la Fa ctibilidad de Impacto Vial del mismo, le informo que sigue vigent e la emitida en fecha de 03 de diciembre de 2014, en lo que corr esponde a los pagos correspondientes; comunico a usted lo siguien te:

a) Por lo citado anteriormente, se especifica que la presente factibilidad tiene una vigencia al 03 de diciembre de 2015.

b) Se deberá contemplar por parte de la empresa ejecut ante que el acceso y salida del proyecto se encuentren l ibres de obstáculos, como postes, árboles, o cualquier ot ra instalación que pueda obstaculizar el libre acceso, así como para mejor visibilidad de los conductores en general. Toda afectación a estos obstáculos deberá tener permiso correspondiente para su reubicación y los g astos serán por parte de la empresa.

c) Deberá respetar en todo momento los lineamientos ma rcados en el Estudio de Impacto Vial o en su caso, en los planos de señalización y proyecto del fraccionamiento, presentados a esta Dirección General de Seguridad P ública Municipal.

d) La instalación y habilitación de los dispositivos v iales contemplados en los planos de señalización, así com o la ejecución de los diferentes' proyectos de mejoramie nto geométrico de la vía pública y dispositivos viales especiales que en su caso sean acordados, será por cuenta de la empresa y bajo la supervisión de la Jefatura de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial.

e) Esta factibilidad no ampara ni exime de responsabil idad a la empresa por los daños que se ocasionen a tercero s, al Municipio o al medio ambiente con motivo del dictam en, además de los problemas de impacto vial y social qu e se generen a futuro por la construcción y funcionamien to del fraccionamiento ya que los mismos serán responsabil idad de la empresa promotora y/o fraccionador.

f) Los problemas viales monitoreados y que sean genera dos o agravados por el propio funcionamiento del

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fraccionamiento, será responsabilidad de la empresa la participación económica que generen las modificacio nes para la seguridad vial, bajo la supervisión de la Jefatura de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial. Por lo que la Dirección General de Seguridad Pública Municipal se reserva los derechos de emitir dictámenes de solución, en los términos mencionados.

g) La Dirección General de Seguridad Pública Municipal , a través de la Jefatura de la Sección Sexta del Estad o Mayor de Ingeniería Vial, se reserva el derecho de proponer a futuro algún cambio en los dispositivos y en los proyectos aprobados, así como cambio en los sen tidos de circulación sobre las avenidas adyacentes y demá s vialidades involucradas, para una mejor fluidez veh icular sobre esta zona para los cuales, los gastos que se generen serán por cuenta de la empresa promotora.

h) Por lo antes expuesto y atendiendo a lo solicitado, la Dirección General de Seguridad Pública Municipal OT ORGA LA FACTIBILIDAD VIAL para del proyecto denominado "Interpuerto Parque Logístico Fase V Ampliada", ubi cado en Eje 140; la cual tendrá vigencia de UN AÑO a par tir de la fecha de la presente.

i) Para la observancia del cumplimiento de los comprom isos antes establecidos y por las facultades conferidas, la Dirección General de Seguridad Pública Municipal a través de la Jefatura de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial, se reserva el derecho de emitir recomendaciones y disposiciones que modifiquen los compromisos aquí establecidos en el momento que así juzgue conveniente para la seguridad vial en genera l.

j) Con la finalidad de no invadir competencia de otras autoridades en la materia, la presente factibilidad se aplicará exclusivamente para los efectos de; impact o vial del proyecto antes descrito, conforme a los planos presentados y de acuerdo a las observaciones expres adas en el presente escrito.

k) Para cualquier modificación o ampliación al diseño de urbanización del mencionado proyecto, así como camb ios de uso y destinos del suelo, esta Factibilidad Vial qu edará sin efecto, por lo que se deberá realizar un nuevo trámite rara obtener un nuevo documento.

l) La presente no exime de modo alguno a la empresa de la obligación de obtener autorización, factibilidad, p ermiso o licencia de alguna Autoridad Federal, Estatal, Municipal u organismo correspondiente; que en uso d e sus atribuciones y a la aplicación de otros ordenamient os legales se requiere obtener con independencia de es ta Factibilidad de Impacto Vial.

O. COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA: Carta de Factibilidad Positiva Zona Industrial expe dida por la Comisión Estatal del Agua con número de oficio CEA/ DT/15/384, de fecha 09 de marzo del 2015, que a la letra dice: Con atención a su escrito de fecha 26 de febrero de l año en curso, dónde nos solicita actualizar la autorizació n emitida en nuestro oficio CEA/DTZI/14/1203, y en seguimiento a los trámites

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realizados por la empresa su cargo, ante la Comisió n Estatal del Agua, relativos a el otorgamiento de la factibilida d positiva para la prestación de los servicios públicos de agu a potable, alcantarillado y saneamiento de aguas residuales, e n el desarrollo Industrial denominado "INTERPUERTO PARQU E LOGISTICO FASE V AMPLIADA"

a. Ubicación.- Zona Sureste de la Ciudad de San Luis P otosí sobre el eje 140 zona industrial.

b. Superficie.- 187 has. c. Desarrollo.- Construcción de un total de 8 manzanas

Industriales, con su urbanización. Me permito comentarle que habiendo dado cumplimient o a lo que establecen los artículos 154, 155, 156, 157 Y 158 d e la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí; artículo s egundo de los Lineamientos para la Incorporación de Nuevos Fracci onamientos o Desarrollos Urbanos que Requieran Factibilidad para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcant arillado y Saneamiento, del Organismo Operador INTERAPAS, publ icados en el Periódico Oficial del Estado en su edición extraord inaria de fecha 23 de Septiembre del 2006; se determinó que e s factible la dotación de agua potable, el servicio de alcantaril lado sanitario y el servicio de saneamiento de aguas res iduales, para el referido desarrollo. Es menester comentarle que con fundamento en el Cap ítulo 11 relativo a la incorporación de nuevos fraccionamien tos y desarrollos urbanos, que establece la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí, específicamente en su ar tículo 162, los fraccionadores deberán construir por su cuenta las instalaciones y conexiones necesarias de conformida d con el Estudio de Factibilidad para Agua Potable, Drenaje Sanitario Saneamiento de Aguas, Autorizado y que dichas obras pasaran a ser propiedad de esta Comisión. Así mismo, la presente factibilidad, para la dotaci ón de los servicios públicos en el desarrollo industrial en m ención que se otorga para el presente, no condiciona el uso del s uelo que otorgan las autoridades municipales correspondiente s. Se deberá considerar que con fundamento en el artíc ulo 160 de la Ley de Aguas para el Estado de San· Luis Potosí, la presente factibilidad no podrá ser transferida en beneficio de predio o persona alguna sin previo consentimiento de la Comi sión, y su vigencia será de nueve meses calendario a partir de esta fecha, y condicionada a que se cumplan a satisfacción todo s los requisitos documentados en este procedimiento. En e l entendido de que cualquier cambio en el proyecto o en la apli cación de el mismo, una vez que ha sido otorgada esta factibilid ad, será considerado como infracción y se hará acreedor a la s sanciones que establece la Ley en la materia. Es importante comentar que para la contratación del servicio de agua potable, los usuarios de los lotes, deberán pa gar a la Comisión, el importe del contrato y los medidores q ue se instalaran en los límites de los predios, como lo e stablece el artículo séptimo decreto 409, que establece la Ley de Cuotas y Tarifas del Organismo Operador INTERAPAS, publicado en el Periódico Oficial del Estado en su edición extraord inaria de fecha 28 de Diciembre del 2014.

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1. ANTECEDENTES El denominado desarrollo industrial INTERPUERTO PAR QUE LOGISTICO FASE V AMPLIADA, con números de oficio SIN con fech a 26 de febrero de 2015, oficio SIN con fecha 03 de marzo d e 2015, promovido por la empresa TRANSPARQUE INTERPUERTO S. A. DE C.V., representada por el Lic. Milton Jesús Martínez Melg arejo, en el cual se pretende construir un desarrollo industrial compuesto por 9 manzanas industriales con su urbanización, se ubica en el Eje 140 de la Zona Industrial, Delegación La Pila, municipio de San Luis Potosí, S.L.P., en un predio de t ' 871, 3 39.22 metros cuadrados con la siguiente colindancia:

• Al norte con el Eje 140 • Al este con la Vías del Ferrocarril a San Luis Poto sí

México-Laredo El desarrollo industrial contara con 1'462,817.967m etros cuadrados de área vendible, 714,868.108metros cuadr ados de área verde, 105,652. 726metros cuadrados de área de vial idad, 22,771.420 metros cuadrados de canales pluviales, 2,292.108metros cuadrados de planta de tratamiento de aguas negras y 10,256.87 metros cuadrados de pozo profund o, tanque de regulación agua potable, sistema contra incendio y telefonía, todo lo anterior conforme al plano de lotificación con título PLAN MAESTRO INTERPUERTO PARQUE LOGISTICO FASE V AMPLIADA, del mes de marzo del año 2015. 2. ESTUDIOS TECNICOS. 2.1 AGUA POTABLE El proyecto se presenta para una población de 20,50 4 usuarios, y una densidad de 173 usuarios/ha, una dotación de 15 0 Its/usuarios/turno. Un gasto medio diario de 35.60 I.p.s., gasto máximo diario de 49.83 I.p.s.y un gasto máximo hora rio de 77.24I.p.s. Se proyectan 114.27 metros de tubería de 10 pulgada s; 2,680.42 metros de tubería de 8 pulgadas; 812.96 metros de t ubería de 6 pulgadas; 210.46 metros de tubería de 4 pulgadas, y 208.66 metros de tubería de 2 pulgadas, de P.V.C. espiga-c ampana RD-26 con anillo de acero encapsulado en hule fijo en la campana; 1 válvula de compuerta de 10 pulgadas de diámetro; 3 válvulas de compuerta de 8 pulgadas de diámetro; 1 válvula de c ompuerta de 6 pulgadas de diámetro; 1 válvula de compuerta de 4 p ulgadas de diámetro; 1 válvula de compuerta de 2 pulgadas de d iámetro y 18 tomas domiciliarias. Todo conforme al plano con tít ulo RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA DOMESTICA V ETAPA AMPLIADA. La alimentación de agua, será desde el pozo que se ubicada en la parte inferior del desarrollo, adecuando el equipo de bombeo para garantizar el gasto y presión requeridos. 2.2 ALCANTARILLADO SANITARIO Para el drenaje sanitario el proyecto se realizara con una población de 20,504 usuarios, determinada por los l otes proyectados en el área de desarrollo, el esquema de solución del sistema de drenaje sanitario corresponde a tuberías de diámetros de 30 centímetros de polietileno corrugad o, descargando en planta de tratamiento. Con una dotación de 150 litros/usuario/turno y apor tación del 80%, se determinó un gasto mínimo 14.24 litros por segundo, un gasto máximo instantáneo de 75.18 litros/segundo. Y gasto máximo extraordinario de 112.77 litros/segundo.

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Considerando el coeficiente de Harmon de 2.64 y un coeficiente de seguridad de 1.5 La descarga será a planta de tratamiento ubicada en el lote 2 de la manzana V. El trazo de la red considera la pendiente del terre no natural en aquellos tramos que fue posible establecerlo de est a forma respetando el rango de pendientes mínimas de 1.0 mi lésimas y máxima de 48 milésimas, proyectándose tuberías de p olietileno corrugado de 30 centímetros de diámetro, como un si stema holgado para prevención de gastos mayores, la cual evita el azolve al transitar el gasto mínimo de 1.5 litros/segundo cor respondiente a la descarga de un W.C. 2.3 DRENAJE PLUVIAL Para el drenaje pluvial se consideró proyectar los escurrimientos en forma superficial a través de las vialidades del desarrollo, considerando una estructura de capt ación, conducción y descarga para un periodo de retorno de 10 años como lo marcan las especificaciones de diseño de la Comi sión Nacional del Agua. Un tiempo de concentración de 5 a 35 minu tos y una intensidad de lluvia de 6.8 a 18.4 cm/hr. Se utiliz ó el método racional para el cálculo del gasto. Se proyectaron los siguientes canales:

Canal Area (m2) Cuenca canal 1 154 , 317.93 Cuenca exterior canal 2 778 , 666.79 Cuenca interior canal 2 347,255.38 Cuenca canal 3 201,522 . 86 Cuenca exterior canal 4 108 , 677 . 06

.• Cuenca interior canal 4 21,551 . 13 --Cuenca exterior canal 5 778 , 666 . 79 --Cuenca interior canal 5 703 , 096 . 17

Cuenca exterior canal 5A 2'234 , 437.02

Cuenca interior canal 5A 1'075 , 406.37 Lo anterior según el plano con título DRENAJE PLUVI AL I FASE V AMPLIADA, DRENAJE PLUVIAL 11 FASE V AMPLIADA Y a la MEMORIA TECNICA DESCRIPTIVA DRENAJE PLUVIAL. 3 DICTAMEN Y RESOLUCIÓN. 3.1 AGUA POTABLE La alimentación de agua será desde el pozo ubicado en la parte inferior del desarrollo industrial adecuando el equ ipo de bombeo para garantizar el gasto y presión requeridos a tra vés de tubería de 10" con un gasto máximo horario de 77.24 I.p.s como se muestra en el plano ejecutivo de construcción co n título RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA DOMESTICA FASE V AMPLIADA. Para la población de 20,504 usuarios, y una densida d de 173 usuarios/ha, una dotación de 150 Its/usuarios/turno . Un gasto medio diario de 35.60 I.p.s., gasto máximo diario d e 49.83 I.p.s. y un gasto máximo horario de 77.24 I.p.s. El trazo de la red corresponde a un sistema abierto debido a la distribución de la tubería que alimenta al desarrol lo , se proyectó de tuber í a P . V. C. espiga-campana RD-26 con anillo de acero encapsulado en hule fijo en la campana . Se proyectan 114 . 27 metros de tubería de 10 pulgadas; 2 , 680.42 metros de tubería de 8 pulgadas ; 812 . 96 metros de tubería de 6 pulgadas ;

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210.46 metros de tubería de 4 pulgadas , y 208.66 metros de tubería de 2 pulgadas , es el que produci r á la velocidad más aproximada a la recomendada para evitar sedimentaci ón y suministrar el gasto requerido por cada una de las tomas domiciliarias . Las tuberías serán alojadas en zanja conforme al plano con clave RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA DOMESTI CA FASE V AMPLIADA. Referente a la factibilidad de agua potable en el F racc . Interpuerto Parque Logístico Fase V Ampliada, local izado en el eje 140 s/n Km . 4. 3 y aliado poniente de las vías del Ferrocarril México-Laredo, se comunica que no se cu enta con la infraestructura hidráulica en el lado poniente de d ichas vías, ya que nuest r a infraestructura hidráulica de PV.C. RD-26 de 6 pulgadas de diámetro , llega únicamente a unos metros del lado oriente de dichas vías del Ferrocarril, y no existe proyecto alguno para la extensión de dicha infraestructura h idráulica hacia la zona requerida por ustedes, por lo que nos vemos imposibilitados en proporcionar el servicio en dich o predio , sin embargo existe la posibilidad de proporcionar el se rvicio en el lado oriente de las vías del Ferrocarril, para el l ado poniente y tendría que ser por cuenta de TRANSPARQUE INTERPU ERTO, S. A. DE CV., el llevar a cabo la infraestructura , permisos y trámites necesarios con qu i en corresponda para llevar el servicio de agua en esta zona . Derivado de la petición anterior el representante l egal de TRANSPARQUE INTERPUERTO, S.A. DE CV., manifiesta en su oficio s/n con fecha 28 de octubre de 2014 estar de acuerd o en desarrollar las obras de infraestructura para la pr estación del servicio de agua potable en el desarrollo, incluyen do los trámites y consecución de permisos necesarios para el mismo fin . En el futuro , el punto de conexión de agua potable será vértice de nuestra l ínea que se ubica del lado oriente de las vías del ferrocarril a una distancia de 350 a 400 metros de tubería P.V.C. RD-26 de un diámetro de 6 pulgadas para lo c ual dicha empresa deberá presentar el proyecto ejecutivo de e sta infraestructura hidráulica ante esta Comisión para darle validez; una vez validado deberá ser construido por esa empresa y supervisado por esta Comisión. Estas obras pasara n a ser propiedad de esta Comisión. Esto es independiente d e la infraestructura hidráulica, sanitaria y pluvial que dentro del predio de desarrollo la empresa tiene proyectado. Dando cumplimiento al Decreto 409 de la Ley de Cuot as y Tarifas para la prestación de servicios de agua potable, al cantarillado y saneamiento, publicado el 28 de diciembre de 2013 , en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Lu is Potosí, el cual tiene un costo de $38,755.09 (treinta y ocho m il setecientos cincuenta y cinco pesos 09/100 M.N.) in cluido el impuesto al valor agregado el cual deberá estar cub ierto por dicha empresa. Una vez cumplidas dichas peticiones será FACTIBLE p roporcionar el servicio de agua potable. 3.2 ALCANTARILLADO SANITARIO En lo que respecta a la factibilidad del drenaje sa nitario, le solicitamos se dirija con el organismo operador INT ERAPAS, ya que son los encargados del servicio antes mencionad o en la Zona Industrial de S.L.P.

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3.3 DRENAJE PLUVIAL Para el drenaje pluvial se consideró proyectar los escurrimientos dentro de lo posible en forma superf icial a través de las vialidades del desarrollo, consideran do una estructura de captación, conducción y descarga, par a un periodo de retorno de 10 años como lo marcan las especificaciones de d iseño de la Comisión Nacional del Agua. La información de este proyecto se encuentra en el "Informe de los estudios hidrológic os de WTC Industrial parque logístico Fase V y proyecto de ca nales pluviales" La descarga final de los escurrimientos del desarro llo se realiza a través de la "zanja de Damasio". El drenaje pluvial considera escurrimientos superfi ciales a través de las vialidades con captación en bocas de tormenta y conducción en canal trapezoidal La longitud de las rejillas pluviales corresponde a l ancho de las vialidades con valores de 15.50 metros y 0.80 m etros de ancho, los canales contaran con taludes 1.5:1 sin r evestimiento. El cálculo hidráulico del sistema se muestra en la memoria técnica, anexa a este documento. Los detalles representativos que integran el proyec to se muestran en el plano con título DRENAJE PLUVIAL I F ASE V AMPLIADA YDRENAJE PLUVIAL 11 FASE V AMPLIADA. Respecto a la factibilidad y visto bueno de la CEA de los escurrimientos pluviales, arroyos naturales y diseñ o de canales que se encuentran dentro de la cuenca del proyecto con descarga a la "Zanja de Damasio", actualmente la zanja se en cuentra rebasada en su capacidad, inundando colonias aledañ as a la misma, esto con las condiciones actuales de las cue ncas hidrológicas que naturalmente le aportan. Por esto y aun cuando los canales dentro de su propiedad cumplen con las condiciones hidráulicas para el correcto desalojo de las aguas pluviales en el interior de su desarrollo, será necesario que se comprometa en dar el apoyo para que se ejecute una solución in tegral en esa zona, a la problemática de inundaciones, y lleve a cabo la elaboración de un "Estudio Integral del manejo del agua pluvial en la Zanja Damasio", que considere todas las aport aciones a la zanja, hasta su conducción aguas abajo de la carret era 57, por lo que esta anuencia queda condicionada a que se cu mpla con dicho estudio en un plazo de tres meses según el of icio con numero CEA/DTEC/EYP/15/0382 con fecha 09 de marzo d e 2015. POR LO ANTERIOR SE PONE A CONSIDERACIÓN DE LOS PRESENTES, LA SOLICITUD QUE PRESENTA LA DIRECCION GENERAL DE CATASTRO Y DESARROLLO URBANO, RESPECTO A LA AUTORIZACION DEL FRACCIONAMIENTO INDUSTRIAL “INTERPUERTO PARQUE LOGISTICO FASE V AMPLIADA, UBICADO EN EJE 140 NO. 1101, FRACCION EL TERRERO DE ESTA CIUDAD, EL CUAL ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS PRESENTES. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, señala que si no hay comentarios al r especto, se somete a consideración de los miembros del Cabildo el TERCER bloque del dictamen que presenta la Comisión Perman ente de Alumbrado y Obras Públicas; y de conformidad con lo que establecen los artículos 55 y 57 del Reglamento Int erno, se procede a realizar la votación en forma económica y simple, por lo que se solicita a los miembros de este Cabildo, procedan a

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votar levantando su mano. Hecho lo anterior se cont abiliza y se aprueba POR UNANIMIDAD DE VOTOS.------------------- ------------- -- CUARTO.- Se aprueba POR MAYORIA CON 3 VOTOS A F AVOR Y 2 VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES JORGE LUIS PEREZ AVILA Y JUAN JOSE AGUILAR ESPINOZA EL CAMBIO DE USO DE SUELO DEL PREDIO UBICADO EN AVENIDA DE LAS BEGONIAS #105, FRACC. ORQ UÍDEA, DELEGACIÓN MUNICIPAL DE VILLA DE POZOS, MARCADO POR EL PLAN DE CENTRO DE POBLACIÓN ESTRATÉGICO PARA LAS CIUDADES DE SAN LUIS POTOSÍ Y SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ CON UN USO DE SUELO DE HABITACIONAL DENSIDAD MEDIA BAJA CON CLAVE “H2”, AS IGNANDOLE EL USO DE COMERCIAL CENTRAL CON CLAVE “CC” PARA QUE SEA COMPATIBLE CONSTRUIR Y FUNCIONAR UNA PLAZA COMERCIAL; así mismo deberá cubrir previo a desarrollar cualquier acción urbaní stica en el predio mencionado el pago correspondiente al concep to de Licencia de Cambio de Uso de Suelo según lo manifes tado por la Ley de Ingresos para el Municipio de San Luis Potos í en el ejercicio fiscal aplicable, dicho pago deberá reali zarse ante la Dirección de Catastro y Desarrollo Urbano. En uso d e la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, señala que si no hay comentarios al respecto, se somete a consideración de los miembros del Cabildo el CUARTO bloque del dictamen que presenta la Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Pública s; y de conformidad con lo que establecen los artículos 55 y 57 del Reglamento Interno, se procede a realizar la votaci ón en forma económica y simple, por lo que se solicita a los mi embros de este Cabildo, procedan a votar levantando su mano. Hecho lo anterior se contabiliza y se aprueba POR MAYORÍA DE 12 votos a favor, 3 TRES votos en contra DE LOS REGIDORES JES US EDUARDO NOYOLA BERNAL, LUIS GERARDO ALDACO ORTEGA Y JUAN JOSÉ AGUILAR ESPINOZA; y 2 dos abstenciones DE LOS REGIDORES MAR IN TREJO RESENDIZ Y ALMA RUTH CASTILLO ZÚÑIGA.-------------- --------------- En esta votación se encontraba fuera del Salón d e Cabildos el Regidor Jorge Luis Pérez Ávila.-------------------- --------------- QUINTO.- Se aprueba POR MAYORIA CON 3 VOTOS A FAVOR Y 2 VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES JORGE LUIS PEREZ AVILA Y JUAN JOSE AGUILAR ESPINOZA EL CAMBIO DE USO DE SUELO DEL PREDIO UBICADO EN CAMINO DE ACCESO 9 SIN NÚMERO (LOTE 2), FRACC. GRAN JAS LAS MERCEDES, DELEGACIÓN MUNICIPAL DE VILLA DE POZOS, M ARCADO POR EL PLAN DE CENTRO DE POBLACIÓN ESTRATÉGICO PARA LAS CI UDADES DE SAN LUIS POTOSÍ Y SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ CON UN USO DE SUELO DE HABITACIONAL DENSIDAD ALTA CON CLAVE “H4”, ASIGNAND OLE EL USO DE COMERCIAL CENTRAL CON CLAVE “CC” PARA QUE SEA COMPATIBLE CONSTRUIR Y FUNCIONAR UNA ESTACIÓN DE AUTOCONSUMO DE COMBUSTIBLE así mismo deberá cubrir previo a desarrollar cualqu ier acción urbanística en el predio mencionado el pago corresp ondiente al concepto de Licencia de Cambio de Uso de Suelo segú n lo manifestado por la Ley de Ingresos para el Municipi o de San Luis Potosí en el ejercicio fiscal aplicable, dicho pago deberá realizarse ante la Dirección de Catastro y Desarrol lo Urbano. Si no hay comentarios al respecto, se somete a consideración de los miembros del Cabildo el QUINTO bloque del dicta men que presenta la Comisión Permanente de Alumbrado y Obra s Públicas; y de conformidad con lo que establecen los artículos 55 y 57 del Reglamento Interno, se procede a realizar la votaci ón en forma económica y simple, por lo que se solicita a los mi embros de este Cabildo, procedan a votar levantando su mano. Hecho lo

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anterior se contabiliza y se aprueba POR MAYORÍA DE 12 VOTOS A FAVOR, TRES EN CONTRA DE LOS REGIDORES JESÚS EDUARDO NOYOLA BERNAL, LUIS GERARDO ALDACO ORTEGA Y JUAN JOSÉ AGUI LAR ESPINOZA Y 2 DOS ABSTENCIONES DELA REGIDORA GRABIELA MEADE PONS Y MARÍA ELOÍSA LANDAVERDE TREJO. En esta votación se encont raba fuera del salón de Sesiones el Regidor Jorge Luis Pérez Á vila.-------- -- SEXTO.- Se pone a consideración de los presentes la aprobación para la solicitud que presenta la Sindic atura Municipal respecto a la Autorización para destinar como áreas verdes las superficies relativas a las áreas de don ación ubicadas en el Fraccionamiento Campiña Residencial de esta ciudad. Por lo cual se presenta la siguiente infor mación: PRIMERO.- Mediante ocurso ingresado por el ingeniero Francis co Correa Viramontes, Representante Legal de Promocion es HABI, S.A de C.V, a esta Sindicatura el 23 de octubre del 20 14, solicitó:

“…le sea designado el uso y destino de suelo de éstas áreas de donación en particular como áreas verdes, acuerdo al artículo 177 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado, las superficies 510.77m2, 1,531.46m2, 519.11m2, 522.52m2, 571.57m2, 523.06m2,522.52m2, 534.13m2, y 523.06m2. Asimismo, con el fin de propiciar el cuidado de los vecinos, hacia estas áreas, nos comprometemos a dejar equipadas dichas áreas verdes como tales, con el mobiliario que permita convertirlas en puntos de esparcimiento para disfrute y aprovechamiento de lo s vecinos,. Me permito adjuntar el proyecto ejecutivo para cada una de estas áreas verdes… .”

SEGUNDO.- Mediante oficio número S.S/828/2014, de fecha 14 d e Noviembre de 2014, se solicitó al Licenciado Pedro Mario Hidalgo Martínez, Oficial Mayor de este H. Ayuntamiento, in formara lo relativo a los antecedentes de la propiedad y el us o y destino de las áreas de donación del Fraccionamiento la Cam piña Residencial. Por oficio CP/908/2014, de fecha 26 de noviembre de l 2014, el Lic. Carlos Hugo Rodríguez Regil, Coordinador de Pa trimonio Municipal, dependiente de la Oficialía Mayor, infor mó que “ …El total de las áreas de donación del mencionado desar rollo habitacional se encuentran legalizadas a favor del Municipio de San Luis Potosí; a la fecha han sido equipadas como áreas verdes y esparcimiento, la mayoría con juegos infantiles, excepto el área con superficie de 1,531.46m2… ”. Por lo tanto es procedente analizar la petición hec ha por el Ing., Francisco Correa Viramontes, Representante Le gal de Promociones HABI, S.A de C.V, de equipar las áreas recreativas de conformidad con lo establecido por el artículo 1 77° fracción II de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí.

CONSIDERANDO PRIMERO.- Esta Sindicatura es competente para conocer el asun to y de su tramitación ante la Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Públicas de conformidad con lo establecido po r los artículo 115 fracción II de la Constitución Polític a de los Estados Unidos Mexicanos, 114 fracción II, de la Co nstitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Po tosí; 75 fracciones I y X de la Ley Orgánica del Municipio L ibre de San Luis Potosí; 157 fracción IV, 176 y 177 fracción I I inciso d)

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de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de San Lu is Potosí; 1, 2, 6 fracciones VII, XXX, 73 Fracción II, 95 fracci ones I, III, XIV, 111, 162 fracción XXIII incisos a), d) y e) de l Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luís Potosí. SEGUNDO.- Es facultad de la Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Públicas, vigilar que el uso y destino de los bienes municipales se realice conforme a lo ordenado por l as leyes y reglamentos vigentes, misma que se estipula en el artículo 95 fracción XIV del Reglamento Interno del Municipio d e San Luis Potosí. TERCERO.- La Ley de Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí, establece en su artículo 157 fracción IV, q ue las áreas de donación son aquellas que deben cederse gratuita mente por el fraccionador al Ayuntamiento, para las correspondie ntes obras de equipamiento urbano y la prestación de servicios pú blicos, señalando además que se compone del porcentaje que al efecto se establece para los fraccionamientos, el que será so bre la base del quince por ciento del área vendible del terreno . Por otro lado el artículo 177° fracción II inciso d ) de la referida norma, impone la obligación de que el Ayun tamiento reserve en las áreas de donación de que se trate, e l cincuenta por ciento para área verde, la cual quedará al cuid ado de los vecinos del fraccionamiento; y el resto deberá ser utilizado exclusivamente para equipamiento urbano. CUARTO.- La propuesta hecha llegar a esta Sindicatura por l a referida Sociedad Mercantil, consiste en que al fra ccionamiento La Campiña Residencial, le sea autorizado utilizar como área verde el 49.99% del área de donación equivalente a 5,758.2 metros para los colonos del fraccionamiento referid o, bajo las siguientes condiciones: a).- La obligación de respetar las medidas y colind ancias del predio propiedad del ayuntamiento, quedando el prom otor, obligado al cuidado y mantenimiento del destino oto rgado, hasta en tanto se conforme la Junta de Mejoras del fracci onamiento en mención. b).- Todo equipamiento e infraestructura que se dis ponga en dichas áreas, de acuerdo al destino otorgado, pasar á a ser parte del patrimonio municipal. c).- El destino que se dará a esta área propiedad m unicipal, será el del equipamiento para área verde de uso rec reativo, el cual consiste en lo siguiente:

1.- Área de Donación uno con una superficie de 510. 77 m2, habilitada con 1 juego para niños, 2 bancas de conc reto acabado pulido, 1 caminamiento peatonal de tezontle con guarnición tipo cuadrada y 11 árboles. 2.- Área de Donación dos con una superficie de 1,53 1.46 m2, habilitada con arcilla, mezquite o pirul, bibliotec a, bancas y concreto. 3.- Área de Donación tres con una superficie de 519 .11 m2, habilitada con 1 juego para niños, 2 bancas de conc reto acabado pulido, 1 caminamiento peatonal de tezontle con guarnición tipo cuadrada y 12 árboles. 4.- Área de Donación cuatro con una superficie de 5 22.52 m2, habilitada con 1 juego para niños, 2 bancas de concreto acabado pulido, 1 caminamiento peatonal de tezontle con guarnición tipo cuadrada y 12 árboles.

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5.- Área de Donación cinco con una superficie de 57 1.57 m2, habilitada con Barda de block de concreto, aplanada y pintada de 2mts de altura, asador hecho de block y terminado con aplanado de mezcla, quiosco metálico prefabricado sobre firme de concreto estampado, caminamientos de arcilla delimitados con guarnición de block de concreto pintado, cisterna de 5,000 lts co n bomba 1HP, 4 bancas metálicas pintadas, registro subterrá neo de CFE de 2.3 x 2.5 mts. 6.- Área de Donación seis con una superficie de 523 .06m2, habilitada con Barda de block y terminado con aplan ado de mezcla, palapa hecha de losa de concreto de 5.0 x 4 .0 mts. Recubierta de teja, columna de block de concreto ap lanada y pintada, firme de concreto estampado de 5.0 x 7.8 m ts., caminamientos delimitados con guarnición de block d e concreto pintado, juego de madera para exteriores t ratada, con dos resbaladillas, escaladora, cancha de futbol con dos porterías tubulares, acabadas con pintura esmalte, malla ciclónica de protección en cancha de futbol, cister na de 5,000 lts con bomba 1Hp, 4 bancas metálicas pintada s, registro de cablecom de 1.30 x 0.80 mts. 7.- Área de Donación siete con una superficie de 52 2.52 m2, habilitada con cancha de basquetbol de concreto de 20.1 x 10.0 m. con un tablero metálico tubular de basquetb ol pintado con esmalte en color, resbaladilla y colump ios metálicos tubulares pintados en esmalte, colocadas en arenero circular de 6.80 ml de diámetro con guarnic ión rectangular de concreto, volatín metálico tubular p intado en esmalte, colocado en arenero circular de 5.92 ml de diámetro, delimitado con guarnición rectangular de concreto, 2 bancas metálicas tubulares pintadas co n pintura esmalte, 2 basureros metálicos tubulares pi ntadas con pintura esmalte, registro de cablecom 1.30 x 0. 80. 8.- Área de Donación ocho con una superficie de 534 .13 m2, habilitada con cancha de basquetbol de concreto de 19 x 10.5 m. con un tablero metálico tubular de basquetb ol pintado con esmalte en color , resbaladilla y colum pios metálicos tubulares pintados en esmalte, colocados en arenero circular de 6.20 ml de diámetro, delimitado con guarnición rectangular de concreto, volatín metálic o tubular pintado en esmalte, colocado en arenero cir cular de 5.60 ml de diámetro, delimitado con guarnición rect angular de concreto, 2 bancas metálicas tubulares pintadas con pintura esmalte, 2 basureros metálicos tubulares pi ntadas con pintura esmalte, registro de cablecom de 1.30 x 0.80. 9.- Área de Donación nueve con una superficie de 52 3.06m2 habilitada con cancha de basquetbol de concreto de 20 x 10 m. con un tablero metálico tubular de basquetbol pi ntado con esmalte de color, resbaladilla y columpios metá licos tubulares pintados en esmalte, colocados en arenero circular de 6.80 ml de diámetro, delimitado con gua rnición rectangular de concreto, resbaladilla metálica tub ular pintada en esmalte, colocada en arenero circular de 6.00 ml de diámetro, delimitado con guarnición rectangular de concreto, 2 bancas metálicas tubulares pintadas con pintura

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esmalte y 2 basureros metálicos tubulares pintadas con pintura esmalte. d) Los promotores del destino otorgado quedan oblig ados a colocar un letrero visible en donde se estipule que dicho predio es propiedad municipal destinada a área verd e y recreativa.

QUINTO.- Una vez analizada la referida propuesta por esta sindicatura, se considera que es jurídicamente fact ible la validación de dicho proyecto y autorización de uso y destino de área verde en los términos solicitados por el petic ionario, en virtud de que tal y como se desprende de la solicit ud presentada por el representante legal de Promociones Habi, S.A de C.V, así como de la información vertida por el Lic. Carlos H ugo Rodríguez Regil, Coordinador de Patrimonio Municipal, y del i nstrumento 20,658 del tomo 648 de la Notaria Pública Numero 29 , inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Estado de S an Luis Potosí bajo los folios 208351, 208352, 208353, 2083 54, 208355, 208356, 208749, 208752 y 208753 la referida socied ad cumplió con la obligación de ceder a título gratuito al H. Ayuntamiento de San Luis Potosí el 15% del la superficie vendib le que es de 11,518.20m2, que en el caso que nos ocupa 5,758.2 mts2 que equivale al 49.99% del área de donación, serán habi litados y utilizados como área verde al cuidado de los vecino s del fraccionamiento en mención, dejando un área de dona ción de 5,760 mts2 para equipamiento urbano, en beneficio social. Por consiguiente, una vez que se analizo la propues ta por esta Sindicatura, se considera que es jurídicamente fact ible la autorización de dicho proyecto para el uso y desti no de área verde, en virtud que el fraccionamiento Buenaventur a cumplió con su obligación de ceder al H. Ayuntamiento en forma gratuita el 15% del total de la superficie vendible. Ahora bien , de esa superficie total el 49.99% se solicita sea destinad o a área verde, quedando la misma al cuidado de los vecinos del fraccionamiento; y por lo que hace al 50.01% restan te equivalente a 5,760 mts2, será destinado exclusivam ente para el equipamiento urbano en beneficio social, cumpliendo dicho proyecto con la obligación establecida en los prece ptos legales 157 fracción IV, 176 y 177 fracción II inciso d) de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí. Por lo anteriormente expuesto, se:

RESUELVE PRIMERO: Esta Sindicatura es competente para conocer y resol ver el presente dictamen. SEGUNDO.- Esta Sindicatura considera jurídicamente procedent e la solicitud de uso y destino formulada por el Ing. para destinar la superficie de 5,758.2 m2 para área verd e del Fraccionamiento la Campiña Residencial ubicado en l as áreas de donación UNO, DOS, TRES, CUATRO, CINCO, SEIS, SIETE , OCHO y NUEVE equivalentes al 49.99% de la donación hecha p or dicho fraccionamiento, en términos y con sujeción a lo di spuesto en los considerandos tercero, cuarto y quinto del pres ente dictamen. TERCERO.- Sométase la solicitud objeto del presente dictamen a

la consideración, análisis y en su caso aprobación de la Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Públicas.

Viene de la Página No. 54 del Acta No. 89, de la Se xta Sesión Ordinaria del día 27 de Marzo 2015.

POR LO ANTERIOR SE PONE A CONSIDERACIÓN DE LOS PRESENTES, LA SOLICITUD QUE PRESENTA LA SINDICATURA MUNICIPAL, RE SPECTO A LA AUTORIZACION PARA DESTINAR COMO AREAS VERDES LAS SUPERFICIES RELATIVAS A LAS AREAS DE DONACION UBICADAS EN EL FR ACCIONAMIENTO “CAMPIÑA RESIDENCIAL” UBICADO EN LA DELEGACION DE VILLA DE POZOS, POR LO CUAL ES APROBADO POR MAYORIA CON 3 V OTOS A FAVOR Y 2 ABSTENCIONES DE LOS REGIDORES JUAN JOSE AGUILAR ESPINOZA Y VICTOR MANUEL MEDINA TREJO. ATENTAMENTE, Lic. Olive r Meade Hervert, Presidente de la Comisión de Alumbrado y O bras Públicas, Lic. Juan José Aguilar Espinoza, Vocal de la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, señala que si no hay c omentarios al respecto, se somete a consideración de los miembros del Cabil do el SEXTO bloque del dictamen que presenta la Comisi ón Permanente de Alumbrado y Obras Públicas; y de conformidad con lo que establecen los artículos 55 y 57 del Reglamento Int erno, se procede a realizar la votación en forma económica y simple, por lo que se solicita a los miembros de este Cabildo, procedan a votar levantando su mano. Hecho lo anterior se cont abiliza y se aprueba POR MAYORÍA DE 14 votos a favor y 3 TRES ab stenciones DE LOS REGIDORES ALMA RUTH CASTILLO ZÚÑIGA, LUIS GERAR DO ALDACO ORTEGA Y JUAN JOSÉ AGUILAR ESPINOZA.- En esta votac ión se encontraba fuera del Salón de Sesiones el Regidor J orge Luis Pérez Ávila.--------------------------------------- ------------- -- Como punto V del Orden del Día .- Solicitud del Presidente Municipal, Lic. Mario García Valdez.- En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, hace del co nocimiento de los presentes que se recibió escrito del Presidente Municipal, Lic. Mario García Valdez, solicitando se agendara u n punto dentro del orden del día, por lo que con anuencia d el Señor Presidente da lectura de la petición como sigue: C. LIC. JUAN RAMÓN NIETO NAVARRO, SECRETARIO GENERAL DEL H. AYUNTAMIENTO, PRESENTE.- Por este conducto y con fundamento en lo s artículos 30 y 32 del Reglamento Interno del Municipio Libre, le solicito sea agendado en el orden del día de la próxima Sesi ón Ordinaria de Cabildo, correspondiente al mes de Marzo del año en curso, un punto relativo al siguiente asunto: � SOLICITUD DE LICENCIA DEL LIC. FRANCISCO GONZÁLEZ

MENDIZABAL, DELEGADO MUNICIPAL DE VILLA DE POZOS. Lo anterior, en virtud de que por motivos personale s se ausentará de sus labores sin goce de sueldo a parti r del 1º de Abril y hasta el 15 de Junio del año 2015, le anexo copia de la solicitud presentada. Sin otro particular por el mo mento le envío un cordial saludo. ATENTAMENTE, LIC. MARIO GA RCÍA VALDEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL, RÚBRICA. Continúa el Secretar io General, señalando con la voz informativa que tiene esta Sec retaría, que al solicitar licencia el Delegado Municipal de Vill a de Pozos, Lic. Francisco González Mendizábal, a partir del pr imero de Abril con una vigencia hasta el 14 de junio y reinc orporándose a sus funciones el día 15 de junio del año en curso, con fundamento en el artículo 118 del Reglamento Intern o del Municipio Libre, les informo que el cargo lo ocupar a provisionalmente el Secretario de la Delegación, In g. Jorge García. En virtud de lo anterior, y si no hay come ntarios al respecto, SE SOMETE A CONSIDERACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CABILDO, LA SOLICITUD DE LICENCIA QUE PRESENTA EL DELEGADO M UNICIPAL DE

Viene de la Página No. 55 del Acta No. 89, de la Se xta Sesión Ordinaria del día 27 de Marzo 2015.

VILLA DE POZOS, LIC. FRANCISCO GONZÁLEZ MENDIZÁBAL, A TRAVÉS DEL SEÑOR PRESIDENTE MUNICIPAL; MENCIONANDO QUE SE SUBE AL CABILDO PORQUE ASÍ LO MARCA LA LEY, AUNQUE SIENDO UNA FALTA TEMPORAL, NO DEFINITIVA, EXISTE LA SUSTITUCIÓN POR MINISTERIO DE LEY, POR TANTO NO HABIENDO INTERVENCIONES; CON FUNDAMENTO LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZ AR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SE SOLICITA A LOS MIEMBROS DE ESTE CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO. HECHO LO ANTERIOR SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.---------------------------------------- --------------- Como VI punto del Orden del Día.- Clausura. En uso de la voz el Presidente Municipal, Lic. Mario García Valdez, declaró clausurada esta Sexta Sesión Ordinaria de Cabildo del año 2015, del Ayuntamiento 2012-2015 siendo las 14:30 Catorce horas con treinta minutos del día 27 veintisiete de Marzo del año dos mil quince.-------------------------------------------- ------------- --------------------- Se levanta la Sesión. ------- -------------

El Presidente Municipal

C. Lic. Mario García Valdez (Rúbrica)

Los Regidores

C. Jesús Eduardo Noyola Bernal (Rúbrica)

C. Víctor Manuel Medina Trejo

(Rúbrica)

C. Claudia Cecilia Coronado Pacheco (Rúbrica)

C. Alma Ruth Castillo Zúñiga (Rúbrica)

C. María Guadalupe Félix Meza (Rúbrica)

C. Luis Gerardo Aldaco Ortega (Rúbrica)

C. Marín Trejo Resendiz (Rúbrica)

C. Oliver Meade Hervert (Rúbrica)

C. Jorge Luis Pérez Ávila (Rúbrica)

C. Leticia de Jesús Gómez Gómez (Rúbrica)

Viene de la Página No. 56 del Acta No. 89, de la Se xta Sesión Ordinaria del día 27 de Marzo 2015.

C. Eduardo Acebo Zarzosa (Rúbrica)

C. Marco Antonio Zavala Galeana

(Rúbrica)

C. Gabriela Meade Pons (Rúbrica)

C. María Eloísa Landaver4de

Trejo (Rúbrica)

C. Juan José Aguilar Espinoza (Rúbrica)

Las Síndicos Municipales C. María Eugenia Rivera Fernández

(Rúbrica)

C. Mariana García Alcalde (Rúbrica)

Da fe el Secretario General del H. Ayuntamiento

C. Juan Ramón Nieto Navarro (Rúbrica)

*pirma