el plan
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INDIVIDUAL GRUPAL
% DE BONIF.
VALOR REAL
1.53 V.A.
1.53 V.A.
1.53 V.A.
1.80 V.A.
2.03 V.A.
1.17 V.A.
0.90 V.A.
1.29 V.A.
2.03 V.A. 5.06 UF
Medicamentos en hospitalizacin 6.89 UF x Evento
Materiales Clnicos e Insumos 2.30 UF x Evento
0.68 UF
0.90 V.A.
1.81 V.A.
1.08 V.A.
21.74 UF
0.35 UF
0.44 UF
1.19 V.A.
0.70 V.A.
1.40 V.A.
1.58 V.A.
1.58 V.A. 2.05 UF
1.58 V.A. 3.94 UF
0.91 V.A. 80% Sin Tope
0.70 V.A. 80% Sin Tope
1.00 V.A.
1.58 V.A.
21.74 UF
1.81 V.A.
1.58 V.A.
1.53 V.A. 8.73 UF
2.33 V.A.
1.72 UF
1.53 V.A. 5.74 UF
0.36 UF 1.81 UF
0.36 UF 1.81 UF
1.58 V.A. 0.63 UF
0.70 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000 www.cruzblanca.cl
ptica ( g )
Prtesis v Ortesis
Atencin integral de enfermera v nutricionista
70
Radioterapia
(ORDENES DE ATENCIN)
Derecho de Pabelln
UF/ Veces Arancel AO/BENEFIC. ( UF)
Da Cama Psiquiatra ( c )
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
Procedimientos ( a )
Box ambulatoria (1h - 2a)
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Fonoaudiologa
Derecho de Pabelln (h)
Consulta Urgencia u Oftalmolgica (e)
Quimioterapia Tope Mensual
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
AMPLIACIN DE COBERTURA
PRESTACIONES
MX. BONIF (i)
UNIVERSAL 16000.0
TIPO DE PLAN
Tope Bonificacin
FUN N
3UN1600120 NOMBRE :CDIGO DE PLAN :
70
PRESTACIONES RESTRINGIDAS
Medicamentos en Hospitalizacin Psiquitrica ( d )8.73
70
Medicamentos Ambulatorios ( f )
OTRAS PRESTACIONES
Da Cama Clnica de Recuperacin
Prestaciones Psiquitricas Hospitalizadas ( c )
Da cama cuidados intensivos o coronarios
Da cama cuidados intermedios
Da Cama
Imagenologa: Resonancia Nuclear Magnetica
Red Prestadores
Ambulatorios
Quimioterapia (1k)
70
Prtesis rtesis y elementos de Osteosintesis
Honorarios Mdicos Quirrgicos
Consulta Mdica
Laboratorio
Kinesiterapia
Traslados (j)
Visita Mdico Tratante Visita Interconsultor ( b )
Psicologa Ambulatoria
90
Imagenologa : RX-TAC-ECO
Imagenologa: Resonancia Nuclear Magnetica
Kinesiterapia
Imagenologa : RX-TAC-ECO
Honorarios Mdicos Ambulatorios (h)
Procedimientos ( a )
Laboratorio
90
Psiquiatra Ambulatoria
UF
Cobertura Internacional
La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificacin y topes de la Libre Eleccin. No
aplican las coberturas preferentes y est afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para
obtener la cobertura, el beneficiario deber ceirse a lo sealado en la letra b) del artculo 10 de las
Condiciones generales del contrato de salud Provisional. En caso de documentos y/o comprobantes de
pago que se presenten en idiomas distintos del ingles, debern entregarse traducidos para proceder a
su liquidacin.
-
CDIGO DE PLAN :
Hombre Mujer Mujer
1.80 1.80 1.80
0.95 0.80 0.77
0.75 0.55 0.55
0.65 0.55 0.55
0.60 0.70 0.60
0.70 1.55 0.92
0.80 2.15 1.50
1.00 3.30 1.80
1.10 3.05 1.65
1.30 2.40 1.55
1.45 2.45 1.60
1.75 2.70 1.90
2.40 3.20 2.10
3.10 3.50 2.50
4.30 3.70 3.00
4.50 3.80 3.25
5.50 4.50 4.50
5.50 4.90 4.50
Tope General por Beneficiario
Firma Isapre Firma del AfiliadoFecha :
2.- Definiciones
3.- Valor de conversin de la unidad de fomento a utilizar
4.-Reajuste del arancel de prestaciones.
d) El tope de medicamentos en hospitalizacin Psiquiatrica es por evento y est incluido en el tope anual de Psiquiatra hospitalizada.
0 a menos de 2 1.80
UNIVERSAL 1600NOMBRE :
k) Esta cobertura se refiere slo a las drogas citotxicas administradas en ciclos de quimioterapia.
j) Con indicacin mdica justificada.
e) Cobertura consulta de urgencia, slo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hbil o inhbil.
f) La cobertura por este concepto corresponde slo en atencin de urgencia, ciruga ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatologa.
a) El precio del Plan se pagar en pesos. Para su clculo se considera el valor de la UFdel ltimo da del mes al que corresponda devengar la cotizacin.
a) El arancel de prestaciones podr ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada ao, y los cambios entrarn en vigencia a contar del primer da de marzo
siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre est facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en
vigencia al mes siguiente de su incorporacin.
a) La lnea de cobertura "procedimientos" (diagnsticos y/o teraputicos) es aplicable exclusivamente para la bonificacin de los honorarios del profesional o la institucin que
realiza la atencin.
h) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabelln y honorarios mdicos quirrgicos ambulatorios tendrn una cobertura equivalente a la atencin hospitalizada slo
tratndose de intervenciones quirrgicas que se encuentren asociadas a un pabelln 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilizacin de un box ambulatorio por 4 horas
o ms.
i) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos mximo usuario ao son nicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre eleccin . El valor
indicado rige para cada beneficiario por ao de vigencia de beneficios. La bonificacin corresponde a la diferencia entre el precio de la prestacin menos el copago del afiliado.
Cuando la suma de la bonificacin en un ao sea igual al tope, solo se bonificara el 25% de los establecido en el plan de salud, determinndose de esta forma el nuevo copago del
afiliado.
3UN1600120
Edad (Aos)
b) Se bonificar visita interconsultor slo con indicacin del mdico tratante.
Red Prestadores Ambulatorios: Integramedica - Megasalud - Avansalud Providencia - Plusmedica
15 a menos de 20 0.55
2 a menos de 5 0.80
5 a menos de 10 0.63
Hombre
Precio Total Plan de Salud Complementario en UF segn
composicin del grupo familiar
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD N 537
Contratante
Precio Base Plan de Salud Complementario en UF
Cargas
25 a menos de 30 0.68
30 a menos de 35 1.00
35 a menos de 40
10 a menos de 15 0.55
50 a menos de 55 1.75
55 a menos de 60 2.40
60 a menos de 65
45 a menos de 50 1.45
20 a menos de 25 0.68
65 a menos de 70 4.30
70 a menos de 75 4.50
5000 UF
1.10
40 a menos de 45 1.30
75 a menos de 80 5.50
a) Box ambulatorio corresponde a cama, silln, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnsticos o teraputicos, que se utilice por menos de 4
horas.
b) Las garantas Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastrficas CAEC se otorgar solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional
que formen parte de la Red de la Isapre.
80 y mas 5.50
Identificacin nica del Arancel Isapre CruzBlanca - 20 Modalidad Arancel
g) Para obtener la cobertura de Lentes pticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigir receta con la indicacin mdica respectiva, a cada beneficiario que solicite
bonificacin. Lo anterior con la sola excepcin del reembolso de lentes de presbicia.
c) El tope anual indicado para Psiquiatra Hospitalizada incluye cualquier otra prestacin de la especialidad que se d durante la hospitalizacin.
ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIN
UNIVERSAL 1600
1.- Coberturas
--------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Nombre : Rut :
UF
3.10