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EL MANUAL DE CONVIVENCIAEN GRAFICAS
INTENCIONALIDAD
El documento de “El Manual de Convivencia en Gráficas”, plantea algunos apartes de cada capítulo del manual de convivencia institucional expresamente en gráficas. Se presenta con la
intencionalidad de facilitar a toda la comunidad educativa de la Institución Educativa Juan de la Cruz Posada, la comprensión y
apropiación del manual de convivencia de la institución. Se considera útil para compartir con los padres y alumnos, y en ese
sentido, posibilitar de una manera ágil y dinámica, la vivencia de cada una de las etapas y procesos, con algunos de los
procedimientos planteados en cada capítulo del manual.
• RESOLUCION RECTORAL
• RESEÑA HISTORICA
• SIMBOLOS INSTITUCIONALES
• MISION, VISION, ESTRUCTURA,
PRINCIPIOS, VALORES
INSTITUCIONALES
• FUNDAMENTACION LEGAL
PRIMER APARTE
SEGUNDO APARTE
CONTENIDO - 2007
MANUAL DE CONVIVENCIA I.E. Juan de la Cruz Posada.
CAPITULO 1
• FINES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
CAPITULO 2
• CONCEPTUALIZACIÓN DE CATEGORÍAS
CAPITULO 3
• DERECHOS Y DEBERES
CAPITULO 4
• ACTOS QUE AFECTAN LA DISCIPLINA
CAPITULO 5
• EL PROCESO DISCIPLINARIO
CAPITULO 6
• EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
CAPITULO 7
• NORMAS INSTITUCIONALES GENERALES
CAPITULO 8
• EL PROCESO DE ADMISIONES
CAPITULO 9
• LA ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL Y EL GOBIERNO ESCOLAR
CAPITULO 10
• OTRAS REGLAMENTACIONES ESPECÍFICASd.i.a, 07
PRIMER APARTE
• SIMBOLOS INSTITUCIONALES
• MISION,
• VISION,
• ESTRUCTURA,
• PRINCIPIOS,
• VALORES INSTITUCIONALES
FILOSOFIA
INSTITUCIONAL
Los fundamentos filosóficos le dan sentido a los valores culturales que rigen el comportamiento de las personas
tanto individual como colectivos; conducen la reflexión acerca de los fines de la educación y de la administración de las
instituciones y proponen los medios mas idóneos para lograr los fines sociales preestablecidos. Angarita Serrano y Chaves López. Pág. 27
PRIMER APARTE
• SIMBOLOS INSTITUCIONALES
• MISION,
• VISION,
• ESTRUCTURA,
• PRINCIPIOS,
• VALORES INSTITUCIONALES
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Guía en el sano desarrollo de la
convivencia institucional.
Instrumento válido y legal, para el correcto desempeño de todos los participantes
en el quehacer educativo.
Dispositivo para la evaluación y aplicación de estímulos y correctivos.
Instrumento educativo para la democracia, derechos y deberes y
formación personas libres y autónomas.
Busca formación seres integrales en acciones y actitudes positivas, para
buenas relaciones humanas y sociales, desarrollo equilibrado del individuo y sociedad, sobre base del respeto
por la vida y derechos humanos.
FINESCapítulo 1
Art. 1
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Norma
Conducta
Disciplina
Derecho
Deber
EstímulosCorrectivo Formativo
Falta Disciplinaria
Correctivo Disciplinario
Falta de Conducta
Sanción
Conducto Regular
Comportamiento
Gobierno Escolar
Manual de Convivencia
Institución Educativa
Comunidad Educativa
Debido ProcesoMatrícula
PerfilContrato
Pedagógico
Acudiente
Descargo
Compromiso InstitucionalCATEGORÍAS
Capítulo 2Art. 2
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DERECHOS Y DEBERESCapítulo 3
EDUCANDOS Art. 3
PADRES Y/ O
ACUDIENTESArt. 4
EDUCADORESArt. 5
Los integrantes de la Comunidad de la Institución Educativa
JUAN DE LA CRUZ POSADA son titulares de DERECHOS y
por lo tanto sujetos de los DEBERES.d.i.a, 07
ACTOSque
AFECTANCapítulo 4
LA DISCIPLINAArt. 6
LA CONDUCTAArt. 7
Falta de Conducta
Falta Disciplinaria
Correctivo Disciplinario
Correctivo Formativo
Contrato Pedagógico
SANCIÓN
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ACTOSque
AFECTANCapítulo 4
LA DISCIPLINAArt. 6
LA CONDUCTAArt. 7
Sanción:Acción pedagógica que lleva a corregir adecuadamente un
comportamiento erróneo, teniendo en cuenta el incumplimiento de las
normas y procesos establecidos en el Manual de Convivencia.
Falta de Conducta:
Comportamiento personal y específico
que causa daño grave a los valores
individuales y colectivos que
orientan la marcha de la institución o la
sociedad.
Falta Disciplinaria:Es un comportamiento
personal y específico que implique el abuso o
extralimitación de un derecho o el
incumplimiento de un deber y por lo tanto
causa daño a los valores y deteriora las relaciones
que construyen la convivencia.
Correctivo Disciplinario:Acción encaminada a
mejorar los comportamientos que
afectan la normatividad establecida y que permiten
a cada uno de los miembros de la comunidad
educativa asumir con responsabilidad las
consecuencias de sus actos.
Correctivo Formativo:Estrategia que favorece la toma de conciencia sobre las acciones y actitudes
que deben ser modificadas para lograr un cambio positivo que
contribuya a consolidar su personalidad individual y
colectiva.
Contrato Pedagógico:Acuerdo por escrito entre
educandos, padres de familia, docentes y administrativos
docentes, donde se establecen compromisos a cumplir frente a una determinada anomalía, bien sea académica y/o disciplinaria.
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Sensibilización y concientización del motivo de la celebración, del contrato y explicación de los
argumentos legales de esta estrategia y su transcendencia en la vida educativa. Se realiza la concertación y se escriben los acuerdos a tener
en cuenta en el contrato .
EL CONTRATO PEDAGÓGICO
PROCESO DE
CELEBRACION
Celebración del Contrato Pedagógico: Se citará al padre de familia y /o al acudiente, y se realizará un acto solemne en presencia del rector, el coordinador, el educador, y el estudiante. Se procede a leer el contrato en vos alta y luego cada uno de los participantes lo firman.
Evaluación y seguimiento: Se realizará cada 15 días, consignando los logros y dificultades en el cumplimiento de los acuerdos.
1
2
34Aplicación de las debidas acciones y/o sanciones pedagógicas
consideradas en el Manual de Convivencia en caso de incumplir los compromisos y/o reincidir en las faltas.
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DEBIDO PROCESO INSTTUCIONAL
Art. 8PRINCIPIOS RECTORES
Democracia e Igualdad,Ética, Justicia,
Dialogo, Convivencia pacífica
Art. 11-14ETAPAS DEL PROCESO
• Preliminar• Investigación Disciplinaria
• Final
Art. 15CALIFICACIÓN DE FALTAS
• Graves • Leves
Art. 16SANCIONES
• Sanciones para faltas Leves • Sanciones para faltas Graves
EL PROCESO DISCIPLINARIO
Cap. 5Ar t. 8 -16
Art. 9EL DERECHO A LA DEFENSA
Y AL DEBIDO PROCESO•conflictos miembros comunidad educativa
• conflictos de orden académico • USO DEL DERECHO A LA DEFENSA
Art. 10COMPETENCIA Iniciación proceso
disciplinario
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DEMOCRACIA E IGUALDAD: Supone la presencia de una pluralidad de personas que conviven y se relacionan entre sí, tienen igualdad de derechos y de deberes y se espera que obren en consecuencia con estos.
LA ÉTICA: Como la identificación con los más elevados valores y principios del obrar y vivir bien, en armonía consigo mismo, con el otro y con el universo.
JUSTICIA: Como sinónimo de legalidad, donde cada acción se realice conforme la ley con las normas institucionales y educativas. Las leyes son justas cuando guardan correspondencia con la normatividad natural, ética y social. Hay justicia cuando afirmamos que una acción o una normatividad, proporciona a cada uno lo que se merece.
EL DIALOGO: Es una conversación e intercambio de opiniones o de argumentos mediante el cual se pretende aprender, compartir y entender la parte de verdad del otro, respetar las razones que apoyan las diferentes opiniones, intercambiar ideas y experiencias en pro de la sana convivencia.
CONVIVENCIA PACÍFICA: Hacer de la institución educativa un espacio de encuentro entre los seres humanos que practican una pedagogía de convivencia y paz.La convivencia se basa en el reconocimiento, respeto y disfrute de las diferencias, también supone una normatividad de tipo universal y particular.
PRINCIPIOS RECTORES
Art. 8
2.Conflictos de orden
Académico
Art. 9EL DERECHO A LA DEFENSA
Y AL DEBIDO PROCESO1.
Conflictos miembros Comunidad educativa
3.USO DEL DERECHO
A LA DEFENSA
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1. Diálogo con el profesor y/o titular de acuerdo al caso.
2. Diálogo con la coordinadora de disciplina.3. Diálogo con el(la) jefe de área o asignatura.4. Diálogo alumno-rector.5. Diálogo alumno, rector, padre de familia6. Informe al consejo directivo.
Conflictos entre miembros comunidad
Conflictos de orden académico
1. Diálogo con el profesor de la materia.2. Diálogo con el estudiante o el grupo
con el director de grupo.3. Diálogo de los estudiantes con el jefe de área4. Diálogo con el consejo académico.
constancia por escrito.
USO DEL DERECHO A LA DEFENSA
Recurso reposición y apelaciónNotificado el estudiante:• Tres días hábiles para interponer
recurso de reposición ante quien impuso el correctivo.
• Dos días hábiles para apelar ante la autoridad superior competenteArt. 9
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ETAPAS DEL PROCESO
DISCIPLINARIOArt. 11-14
ETAPA PRELIMINAR. Art. 12
1. Conocimiento y análisis de la falta, para determinar la gravedad de los hechos y a los actores que afecta.
2. Diálogo del educador con el educando.3. Analizar el problema y sus consecuencias y buscar
posibles soluciones.
ETAPA DE INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA. Art. 13
• Escuchar las partes.• Constatar con otras fuentes.• Proceso de conciliación.• Consignación en el seguimiento del alumno.• Notificación a los padres de familia o acudientes.• El alumno goza de tres días hábiles para presentar sus descargos.• Celebración de un Contrato Pedagógico si es del caso y/o
si ha reincidido en una falta leve por tres veces.
ETAPA FINAL. Art. 14•Aplicar los correctivos o la sanción según el caso.•Ofrecer la orientación que amerite el caso. Drogadicción, alcoholismo, abuso sexual, cleptomanía y otros
problemas de comportamientos que afecten la convivencia y según el caso exigir a los padres de familia la vinculación del estudiante a un programa de rehabilitación.
•En los casos especiales hacer la denuncia ante las autoridades correspondientes.•En primera instancia las suspensiones por un día lectivo de la institución son tomadas por el Coordinador y/o
el Rector.• La decisión definitiva de imposición o no de sanción disciplinaria, corresponde al Consejo Académico y/o
Directivo, pero la máxima autoridad es el Consejo Directivo quien mediante la expedición escrita de la resolución(Comunicacion Rectoral) puede expulsar al alumno según las faltas cometidas y con el debido proceso bienllevado por la autoridad competente y en el cual el alumno tiene derecho a su defensa si ve violado alguno de sus derechos. Pero comprobada la falta legalmente, el alumno será expulsado de la Instituciónhasta por dos años. d.i.a, 07
Art. 15CALIFICACIÓN DE FALTAS
• Graves • Leves
Las faltas disciplinarias se calificaran como graves o leves según su naturaleza, efectos, modalidades, circunstancias del hecho, los motivos
determinantes y antecedentes de la persona presuntamente responsable.
FALTAS LEVESSe consideran falta leve u omisión violatoria de los deberes y normas
de los estudiantes. (19 F.L)
FALTAS GRAVESSe considera falta grave la acción u
omisión que vulnere de manera grave los principios generales de la
Institución Educativa Juan de la Cruz Posada consignados en el Proyecto
Educativo y en este Manual de Convivencia. (26 F.G)
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FALTAS LEVESLa falta leve dará origen a la aplicación de las
siguientes sanciones:1. Llamada de atención verbal al implicado (os)
que conduzca al reconocimiento de las faltas, sus consecuencias y posibles correctivos
2. Llamada de atención por escrito por causa de reincidencia en la misma falta.
3. Entrevista personal con el padre de familia, el joven dejando constancia escrita de los acuerdos y compromisos de dicha entrevista en el seguimiento del alumno.
4. En caso de reincidencia de la falta(s), notificación por parte del coordinador o rector, dejando constancia escrita.
5. Rectificar el daño o la falta, con hechos en la medida de lo posible.
6. Aplicación de correctivos formativos.Considerando los siguientes :
• Lectura y trabajo escrito sobre el manual de convivencia.
• Realización de una cartelera que corresponda al tema de la falta cometida.
• Lectura y presentación de informe de libros de formación personal.
• No participación en grupos de proyección institucional.
• Suspensión temporal de las actividades deportivas, culturales y recreativas.
• Preparación y realización de una exposición a sus compañeros sobre el tema de la falta cometida.
7. Sugerir la orientación profesional con el implicado(s).
PARAGRAFO: LA REINCIDENCIA DE TRES FALTAS LEVES DARÁ ORIGEN A LA CELEBRACION DE UN CONTRATO PEDAGOGICO.
FALTAS GRAVESLa falta grave dará origen a la aplicación de
las siguientes sanciones:1. Amonestación verbal y escrita
dejando constancia en el seguimiento del estudiante.
2. Citación por parte del rector al padre de familia o acudiente informando la situación y dejando constancia escrita.
3. En caso de hurto, devolución o pago del o los objetos.
4. Celebración de un Contrato Pedagógico.
5. En caso de estar cursando el grado 11ª no se proclamará bachiller en la ceremonia colectiva.
6. Suspensión de las actividades curriculares o extracurriculares según el caso de acuerdo a lo que estipule el consejo académico y el consejo directivo, asignando tareas que propicien la reflexión sobre el hecho, y deberá regresar a la institución al día con sus deberes escolares.
7. Cancelación de matricula por el año lectivo.
8. Exclusión de la institución por un año o más. El rector con el consejo directivo está facultado para suspender en cualquier periodo del año del establecimiento, al alumno de uno a tres años de acuerdo con la gravedad de la falta.
9. Afectación del informe valorativo de comportamiento.
PROCESOAPLICACIONSANCIONES
Art. 16
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PROCESO EVALUACION
Y PROMOCIONCapítul o 6Art. 17-23
Fines Art. 17
CaracterísticasArt. 18
Mediose
InstrumentosArt. 20
Planes de Apoyo y/o
Recuperación Pedagógica
Art. 21
Criterios de promociónArt. 22
ValoracionesArt. 23
PeriocidadArt. 19
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NORMAS INSTITUCIONALES
GENERALESCapítul o 7 Art. 24-44
Tienda EscolarArt. 36
TeléfonoArt. 38
CapillaArt. 32
CanchasArt. 30
AsistenciaArt.26Biblioteca
Art. 31
Salón de clasesArt. 27
Salas InformáticaArt. 33
PuntualidadArt. 25
Zonas Verdes, Jardineras y Materas
Art. 43
PatiosArt. 29
LaboratorioArt. 28
Complemento Alimenticio
Art. 37
DescansosArt. 34
PorteríaArt. 39 Salidas Escolares
Art. 35
Uniforme Art. 24
Medios Información
Art. 42OficinasArt. 40
BañosArt. 41
MallasArt. 44
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PROCESO DE ADMISIONES
Capítul o 8 Art. 45-48
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ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL Y
GOBIERNO ESCOLARCapítul o 9Art. 49-58
RectorArt. 51
CoordinadorArt. 52
Asociación Padres Familia
Art. 53Consejo Padres Familia
Art. 54
Consejo Estudiantil
Art. 56
Consejo Directivo
Art. 57
PersoneroArt. 58
Organización Institucional
Art. 50Comunidad Educativa
Art. 49
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Seccional Hipólito Londoño M.
Art. 58
Manual Funciones
Art. 59
OTRAS REGLAMENTACIONES
ESPECÍFICASCapítulo 10
Dado su
carácter de
vinculación con
la Arquidiócesis
de Medellín y el
Hogar San
José.
Personal Mantenimiento y Aseo
• Vigilantes
• Aseadoras
(Derechos - Deberes)
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