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El Consejo Nacional de los Niños, Niñas y los Adolescentes de Catalunya Documento de Bases Propuesta de la Comisión técnica convocada por la Secretaría de Infancia y Adolescencia de la Generalitat de Catalunya para a la elaboración del Documento de Bases del CNIAC BARCELONA, 17 de mayo de 2010

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El Consejo Nacional de los Niños, Niñas y los Adolescentes de Catalunya

Documento de Bases

Propuesta de la Comisión técnica convocada por la Secretaría de Infancia y Adolescencia de la Generalitat de Catalunya para a la elaboración del Documento de Bases del CNIAC

BARCELONA, 17 de mayo de 2010

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ÍNDICE

1. Introducción.......................................................................................................3

2. La Población infantil y adolescente en Catalunya ...............................................4

2.1. Volumen ...................................................................................................... 4 2.2. Evolución ..................................................................................................... 4 2.3. Distribución territorial.................................................................................... 7 2.4. Proyecciones .................................... Error! No s'ha definit l'adreça d'interès. 2.5. Conclusiones ..............................…… Error! No s'ha definit l'adreça d'interès.

3. La participación social de los niños/as y adolescentes.....................................10

3.1. El derecho a participar de los niños/as y adolescentes ..................................... 10 3.2. Incorporar la perspectiva de la infancia y la adolescencia ................................. 11 3.3. ¿Que entendemos por participación social?..................................................... 11 3.4. Perspectivas de la participación infantil y adolescente...................................... 12 3.5. El rol del adulto ante la participación infantil................................................... 13 3.6. Potenciar la participación infantil y adolescente. Retos a conseguir.................... 13

4. Espacios de participación infantil y adolescente en Catalunya..........................15

4.1. Necesidad de una red de participación infantil en Catalunya ............................. 18

5. El Consejo Nacional de los niños,niñas y los adolescentes de Catalunya (CNIAC………………………………………………………………………………………………………..20

5.1. Justificación y definición............................................................................... 20 5.2. Base legal del Consejo Nacional (CNIAC)........................................................ 22 5.3. Finalidades................................................................................................. 22 5.4. Funciones................................................................................................... 23 5.5. Estructura y funcionamiento ......................................................................... 24

6. Los consejos locales de niños/as y adolescentes .............................................26

6.1. Definición......................................... Error! No s'ha definit l'adreça d'interès. 6.2. Finalidades................................................................................................. 27 6.3. Funciones................................................................................................... 27 6.4. Estructura y funcionamento.......................................................................... 28

7. Anexos ..........................................................Error! No s'ha definit l'adreça d'interès.

Anexo 1. Bases normativas de referencia en el proceso de constitución del CNIAC……. 29

Anexo 2. Proceso de elaboración del documento de Bases......................................331 Anexo 3. Documentación de referencia………………………………………………………………………… .33

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1. Introducción Según datos del Instituto de Estadística de Catalunya referentes al año 2007, en Cata-lunya viven 1.242.679 personas de entre 0 y 17 años, cifra que representa el 17,2% del total de la población catalana. Pero a pesar de representar un alto porcentaje de pobla-ción con unas necesidades específicas, niños/as y adolescentes no tienen aún reconoci-dos todos sus derechos de ciudadanía, en especial los derechos de participación social que recoge la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de los niños y niñas. El Gobierno de la Generalitat de Catalunya ha dado un importante paso adelante en el reconocimiento de los derechos de ciudadanía de los niños/as y adolescentes con la re-ciente aprobación del proyecto de Ley de los derechos y las oportunidades de los ni-ños/as y los adolescentes, una norma que considera al niño/a y adolescente como sujeto de derechos y oportunidades. El proyecto de ley pone énfasis en potenciar la participa-ción ciudadana de los niños/as y adolescentes, promoviendo la creación de espacios de participación territorial en el ámbito local y con la creación del Consejo Nacional de los niños, niñas y adolescentes de Catalunya (CNIAC), como órgano consultivo y de repre-sentación de éste 17% de población. La Secretaría de Infancia y Adolescencia convoca al inicio del año 2010 a un grupo de ex-pertos en Participación infantil para elaborar un borrador de documento de bases y una propuesta de Orden de creación del Consejo (CNIAC). El presente documento es fruto del trabajo del mencionado grupo. Éste borrador de Bases del CNIAC se concibe como un documento de trabajo abierto a las aportaciones de otros agentes implicados. El documento está estructurado en cuatro grandes bloques. El primero recoge una apro-ximación cuantitativa del número de niños/as de Catalunya. Después se hace una apro-ximación teórica a las nociones de participación infantil y se identifican los diferentes espacios de participación que existen actualmente en Catalunya. Un tercer bloque desa-rrolla las líneas básicas que habrían de inspirar la creación del Consejo Nacional de los niños/as y los adolescentes de Catalunya. Finalmente, se reflexiona en torno a los con-sejos infantiles en el ámbito local. La concepción de infancia que aparece en este documento se corresponde a la que con-templa la Convenció de Naciones Unidas sobre los derechos del niño/a, y por tanto, en el término infancia se engloban los niños/as y adolescentes de o a 18 años.

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2. La Población infantil y adolescente en Catalunya Datos de Estudio Poblacional de la Infancia y la Adolescencia del Pla Director d’Infància i Adolescèn-

cia de Catalunya. Departament d’Acció Social i Ciutadania de la Generalitat de Catalunya.

2.1. Volumen

En Catalunya, el año 2007 hay 1.242.679 personas de 0 a 17 años. El 51,5% son niños y el 48,5% son niñas. La población de entre 0 y 17 años representa un 17,2% del total de la población catalana. Los niños de esta franja de edad representan un 17,9% del total de hombres catalanes, mientras que les niñas representan un 17,2% del total de mujeres catalanas (ver tabla 1).

Tabla 1. Población de 0 a 18 años según edad y sexo. Catalunya, 2007.

n % Población total % sobre el total de población

Niños 640.503 51,5% 3.578.176 17,9% Niñas 602.176 48,5% 3.632.332 16,6% Total 1.242.679 100% 7.210.508 17,2% Fuente: Elaboración SIA. Institut d’Estadística de Catalunya. Base de datos de municipios y comarcas.

El año 2006, la proporción de población catalana entre 0 y 19 años respecto al total de población es una de les más bajas de la Unión Europea, y se sitúa tres puntos porcen-tuales por debajo de la media (el 22,0% de la Unión Europea (UE25) frente al 19,0% de Catalunya)(ver figura 1).

Figura 1. Peso de la población de 0 a 19 años respecto al total de población de cada país. Europa, 2006.

Fuente: Elaboración SIA. Eurostat. Oficina europea de estadística.

2.2. Evolución

En Catalunya, durante el período 1991-2007 se ha producido una disminución de 247.229 personas en la franja de edad de 0 a 21 años, y ha representado un descenso del 13,8%. La caída de población se concentra, sobretodo, en el período 1991-2001, en que se pasa de un total de 1.783.616 personas de entre 0 y 21 años a 1.390.964 perso-nas. Es decir, en este período de 10 años la población de 0 a 21 años disminuye un 22,0%. A partir del año 2001 hay un crecimiento progresivo de la población de 0 a 21 años (10,4% de incremento en cinco años).

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El crecimiento de la población de entre 0 y 21 años sigue un patrón desigual en les dife-rentes edades. La mayor disminución se concentra, sobretodo, en el grup de edad de 10 a 18 años, que ha disminuido en un 33,2%. El grupo de 0 a 5 años es el que experi-menta un mayor incremento poblacional. Este incremento es más acusado en el grupo que tiene entre 0 y 3 años, ya que durante el período 1991-2007 ha incrementado un 27,0% (ver figura 2).

Figura 2. Pirámide de población de 0 a 21 años, según sexo. Catalunya, 1991-2007.

Fuente: Elaboración SIA. Institut d’Estadística de Catalunya. Base de datos de municipios y comarcas. En los últimos años, ha aumentado la tasa bruta de natalidad. El año 1996, la tasa bruta de natalidad era de 8,9 nacimientos por cada mil habitantes, mientras que el año 2006 se producen 11,7 nacimientos por cada mil habitantes, lo que supone un aumento de 21.500 nacimientos (ver figura 3). Este incremento en el número de nacimientos tam-bién se ve reflejado en la tasa de fecundidad, donde se observa un aumento de la me-diana del número de hijos por mujer de 15 a 49 años (1,29 hijos por mujer el año 2000 y 1,45 hijos por mujer el año 2006).

Figura 3. Evolución de la tasa bruta de natalidad. Catalunya, 1996-2006.

Fuente: Elaboración SIA. Institut d’Estadística de Catalunya. Base de datos de municipios y comarcas. El año 2007 en Catalunya hay 233.253 personas extranjeras de entre 0 y 21 años. Con-cretamente, 179.594 son personas de entre 0 y 17 años y 53.659 son personas que tie-nen entre 18 y 21 años. La distribución por sexo es prácticamente idéntica a la distribu-ción por sexo de la población catalana de la misma franja de edad. El sexo femenino representa el 48,5% del total de la población extranjera de entre 0 y 21 años de Cata-lunya. Tanto los niños como la niñas extranjeras de entre 0 y 21 años representan un 15,1% de la población de 0 a 21 años masculina y femenina de Catalunya.

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La zona de procedencia predominante de la población extranjera de entre 0 y 21 años es el continente Africano que representa el 33,3% de la población extranjera de este grupo de edad (el 28,2% proviene de la zona del Magreb, mientras que el 5,1% proviene del resto del continente). La segunda zona de origen con mayor volumen de población in-fantil es la proveniente de America del Sur, que representa un 31,3% del total de la po-blación extranjera de entre 0 y 21 años (ver figura 4).

Figura 4. Peso de la población extranjera de 0 a 21 años según nacionalidad y según sexo. Catalunya, 2007.

Fuente: Elaboración SIA. Institut d’Estadística de Catalunya. Base de datos de municipios y comarcas. La población de 0 a 17 años extranjera ha aumentado en los últimos siete años. El año 2000 en Catalunya habia 38.996 niños y niñas extranjeros, que representaban un 3,7% del total de la población de entre 0 y 17 años de Catalunya. El año 2007, hay 179.594 personas extranjeras entre 0 y 17 años, que representan el 14,5%. Por tanto, en siete años (2000-2007) el peso de la población de entre 0 y 17 años extranjera ha aumentado más de 10 puntos porcentuales (ver figura 5).

Figura 5. Evolución de la población de 0 a 17 años, de nacionalidad extranjera. Catalunya, 2000-2007

Fuente: Elaboración SIA. Institut d’Estadística de Catalunya. Base de datos de municipios y comarcas. Desde el año 2000, también ha aumentado el porcentaje del número de nacimientos con, como mínimo, un progenitor extranjero respecto al total de nacimientos y va per-diendo peso el número de nacimientos de progenitores autóctonos, que, a pesar del descenso, representan más del 74% de nacimientos de Catalunya. El año 2006, casi el 26% de los nacimientos que se registran en Catalunya tienen, como mínimo, un proge-nitor extranjero. De estos, el 69,6% son fruto de parejas extranjeras y el 31,4%, de parejas mixtas (ver figura 6).

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Figura 6. Evolución y evolución del porcentaje de los nacimientos según la nacionalidad de los progenitores. Catalunya, 2000-2007

Fuente: Elaboración SIA. Institut d’Estadística de Catalunya. Base de datos de municipios y comarcas.

2.3. Distribución territorial

El 62,9% de la población de Catalunya de entre 0 y 17 años se concentra en cinco co-marcas. La comarca con la mayor proporción de población infantil es el Barcelonés, con 323.683 personas (26,0%). A continuación, se sitúan las comarcas del Vallès Occidental, con 164.036 (13,2%); el Baix Llobregat, con 144.344 (11,6%); el Maresme, con 76.652 (6,2%),y el Vallès Oriental, con 73.367 (5,9%). Las comarcas que tienen un peso menor de población de entre 0 y 17 años respecto al total de menores de edad catalanes son: l’Alta Ribagorça, con 556 (0,0%); el Pallars Sobirà, con 1.052 (0,1%); el Priorat, con 1.347 (0,1%), y la Vall d’Aran, con 1.613 (0,1%). (ver figura 7). Figura 7. Distribución de la población de 0 a 17 años por comarcas. Catalunya, 2000-2007

Fuente: Elaboración SIA. Institut d’Estadística de Catalunya. Base de datos de municipios y comarques.

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Las comarcas que tienen un mayor peso de la población de entre 0 y 17 años respecto al total de población de cada comarca son el Pla de l’Estany (19,5%), el Vallès Oriental (19,5%), el Gironès Catalunya, 20002006. (19,4%) i el Vallès Occidental (19,4%). Las comarcas que tienen un menor peso de población de entre 0 y 17 años son: la Terra Alta (13,3%), l’Alta Ribagorça (13,5%) y el Pallars Jussà (13,7%) (ver figura 8).

Figura 8. Porcentaje de la población de 0 a 17 años respecto al total de pobla-ción de cada comarca. Catalunya, 2000-2007

Fuente Elaboración SIA. Institut d’Estadística de Catalunya. Base de datos de municipios y comarcas

En el período 1996-2007, hay un descenso generalizado del peso de la población de en-tre 0 y 17 años en las comarcas catalanas. Las comarcas que presentan un mayor des-censo son: la Vall d’Aran (de 21,1% el año 1996 a 16,4% el año 2007), la Ribera d’Ebre (de 18,4% el año 1996 a 14,6% el año 2007) y el Tarragonès (de 21,4% el año 1996 a 18,5% el año 2007). A partir de 2001, la mayoría de comarcas experimentan una pe-queña recuperación de la población d’entre 0 y 17 años. Las comarcas que aumentan más son: el Solsonès (de 16,1% el año 2001 a 17,8% el año 2007), l’Alt Penedès (de 17,3% el año 2001 a 18,7% el año 2007) y el Bages (de 15,8% el año 2001 a 17,1% el año 2007) El año 2007, las comarcas que concentran mayor volumen de población extranjera de 0 a 17 años son: el Barcelonès, con 50.986 (26,0%); el Vallès Occidental, con 17.401 (13,2%) y el Baix Llobregat, con 15.381 (11,6%). Las comarcas que tienen un mayor peso de población extranjera de entre 0 y 17 años respecto a la población de 0 a 17años de la comarca son: la Segarra (27,2%), l’Alt Em-pordà (24,3%) y el Baix Empordà (21,8%). Las comarcas que tienen un menor peso de población extranjera de entre 0 y 17años son: l’Anoia (9,7%), el Ripollès (10,2%) y el Vallès Occidental (10,6%) (ver figura 9).

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Figura 9. Porcentaje de la población extranjera de 0 a 17 años respecto al total de población infantil de cada comarca. Catalunya, 2000-2007

2.4. Proyecciones El año 2015, la población de 0 a 21 años de Catalunya habrá aumentado en la mayoría de los escenarios previstos. En Catalunya, se pasará de una población de 1.536.387 per-sonas de 0 a 21 años el año 2007 a un total de entre 1.471.468 y 2.117.915 personas, dependiendo del escenario previsto por l’Institut d’Estadística de Catalunya. Mientras que en les estimaciones del escenario bajo habrá una disminución de la población de 0 a 5 años y de 16 a 21 años respecto a 2007, en les estimaciones del escenario alto habría un incremento de la población en todas las edades.

2.5. Conclusiones

En Catalunya, viven 1.242.679 personas de 0 a 17 años, cifra que representa el 17,2% del total de población. En los últimos años ha aumentado la tasa de natalidad, lo que se explica en parte por el fenómeno migratorio. También ha aumentado significativamente el volumen de la población infantil extranjera, que representa el 14,5% de la población infantil total. El análisis de los datos confirma la tendencia creciente de la población de 0 a 17 años en Catalunya en la mayoría de escenarios previstos. Según las previsiones, la cifra de niños y adolescentes podría aumentar en 300 mil personas hasta al 2015 y si-tuaría a este grupo alrededor del 20% de la población total. A pesar de representar casi una quinta parte de la población total, niños/as y adolescen-tes no disfrutan de los mismos derechos que el resto de ciudadanos, en especial de aquellos que están relacionados con el reconocimiento de su plena ciudadanía y las posi-bilidades de participación social. Para corregir esta situación de desventaja, es necesa-rio impulsar políticas de infancia integrales que consideren la perspectiva de la infancia, permitan visualizar a este grupo social y faciliten espacios para su participación demo-crática. En esta línea, el gobierno de la Generalitat de Catalunya impulsa la Ley de los derechos y las oportunidades de los niños/as y los adolescentes una norma que recono-ce a los niños/ y adolescentes como sujetos activos de derechos y que prevé la creación del Consejo Nacional de de los niños, niñas y adolescentes de Catalunya como órgano de participación y representación de este grupo.

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3. La participación social de los niños/as y adolescen-tes

3.1. El derecho a participar de los niños/as y adolescentes La aprobación de la Convención por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 supone el inicio de un nuevo período para la infancia, que deja de ser considerada únicamente como a sujeto de protección y beneficencia, para pasar a ser reconocido su protagonismo social y sus derechos de ciudadanía. El estado español adoptó la Convenció al año siguiente, y Catalunya la hizo suya con la aprobación de la Resolución 194/III, de 7 de marzo de 1991, donde se proclama, entre otras cuestiones, el interés superior del niño y de la niña, y se afirma la necesidad de hacer conocer estos derechos a la ciudadanía en general. La Convención contiene 54 artículos que se basan en cuatro pilares principales: la no discriminación, el interés superior del niño/a, el derecho a la vida y la perspectiva de la infancia. Se trata del primer tratado internacional específico sobre la infancia que reco-noce por primera vez a los niños/as derechos sociales, económicos, culturales y políti-cos, es decir, les reconoce como ciudadanos de pleno derecho. El carácter vinculante de la Convención, la convierte de obligado cumplimiento para los países que la han ratificado –todos, excepto los Estados Unidos y Somalia. La Convención es universal e indivisible y los derechos que contiene se refuerzan mu-tuamente. Por tanto, son igual de importantes y de obligado cumplimiento los derechos de provisión como los de protección y los de participación. En la Convención los dere-chos de participación son: � el derecho de opinión (articulo 12) � la libertad de expresión (articulo 13) � la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión (articulo 14) � la libertad de asociación (articulo 15) � la protección de la vida privada (articulo 16) � el derecho a una información adecuada (articulo 17)

Estos derechos requieren el conocimiento y respeto por parte de la familia, la escuela, los poderes públicos, de los mismos niños/as y, en general, de toda la sociedad. Las políticas de infancia en nuestra sociedad se han centrado históricamente en la pre-vención del riesgo y la protección de los niños/as y adolescentes en situación de riesgo social, e igualmente desde la Administración y la misma sociedad no se ha promovido una mejora substancial del cumplimiento de los derechos reconocidos en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño/a, sobretodo aquellos más relacio-nados con la participación social de los niños/as y adolescentes. Es necesario, por tanto, impulsar el ejercicio de los derechos personales o de participa-ción de los niños/as y adolescentes, entendidos como derechos activos a diferencia de los derechos sociales o de supervivencia que son pasivos en tanto que vienen o han de venir dados. El derechos de todos los niños/as y adolescentes a ser escuchados y tenidos en cuenta constituye uno de los valores fundamentales de la Convención. Para avanzar en su apli-cación, el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas publicó en julio de 2009 la Observación General número 12, en que se presenta un análisis jurídico de este dere-cho y se explican los requisitos para aplicarlo plenamente.

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En esta Observación General se insta a los gobiernos a invertir en el derechos del ni-ño/a a ser escuchado en todos los asuntos que le afecten y que sus opiniones sean teni-das en cuenta: “conseguir oportunidades significativas para aplicar el articulo 12 exige eliminar todas las barreras jurídicas, políticas, económicas, sociales y culturales que ac-tualmente impiden que los niños tengan la oportunidad de ser escuchados y que pue-dan participar en todos los asuntos que les afectan. Eso requiere una preparación para cuestionar los supósitos sobre las capacidades de los niños/as y para fomentar el desa-rrollo de entornos en que puedan construir y demostrar sus capacidades. También re-quiere el compromiso de proporcionar recursos y formación”. Para al Comité, la aplicación del derecho del niño/a ser escuchado es un objetivo asumi-ble para los estados miembros si aplican sistemáticamente las estrategias de esta Ob-servación general y construyen una cultura de respeto hacia los niños/as y sus opinio-nes.

3.2. Incorporar la perspectiva de la infancia y la adolescencia Es necesario tener en cuenta la perspectiva de la infancia y facilitar su participación en la toma de decisiones. Para hacer realidad el derecho a la participación social de los niños/as y adolescentes estos han de poder exponer y gestionar sus opiniones, necesi-dades e inquietudes respecto a aquellos asuntos que les afectan, en reconocimiento de su condición de ciudadanía activa. Con frecuencia, cuando se hace referencia a la participación infantil se hace a través de la intermediación de los adultos, y son estos quienes acostumbran a gestionar las pro-blemáticas, los aspectos a tratar, los canales de participación, etc. En tanto que ciuda-danos de pleno derecho que son, los niños/as y adolescentes han de poder hacer uso de una participación real, activa y directa, sobretodo en aquellos aspectos que les afecten directamente. Ante esta perspectiva se hace necesario que los niños/as ya desde bien pequeños vayan interiorizando la cultura de la participación. Desde la familia, la escuela, los espacios de educación no formal, los espacios de ocio y los medios de comunicación se ha de traba-jar para que los niños/as participen de la sociedad como ciudadanos de pleno derecho según su edad y capacidad natural.

3.3. Qué entendemos por participación social? Es todo aquello que hacen los niños/as, de forma individual o colectiva, con la intención de incidir, transformar su sociedad, su entorno, sus relaciones y las posibilidades de desarrollo personal y colectivo. Por tanto, todo aquello que hace a los niños/as actores de su propia vida y del entorno. Participar es escoger y decidir (Cots, 20051). El niño/a puede decidir sobre las cosas, teniendo previamente una información fiable. “Es una cuestión de respeto y naturali-dad”. En los análisis y debates sobre participación infantil se identifican dos posicionamientos:

a) aquel que entiende que los niños/as y adolescentes han de participar en el pro-ceso de un proyecto conjuntamente con los adultos (Hart, 19932; Gaitán, 20093)

1 Cots, Jordi. El derecho a la participación de los niños. Revista de Educación Social, núm. 4. 2005

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b) el que defiende que los niños/as y adolescentes necesitan un espacio para poder debatir sus ideas y opiniones donde no estén presentes los adultos, para después posteriormente poder compartir los puntos de vista de unos y otros (Cussianovich et al., 20014; Alfageme, et al., 20035; Liebel, 20086). Desde esta posición, los ni-ños/as articulan mecanismos de participación que se deberían tener muy en cuen-ta: como se relacionen, como participan, como influyen, etc.

También se ha de tener en cuenta lo que los propios niños y adolescentes consideran que es la participación. Según los participantes a la II Audiencia pública de los niños/as de Barcelona7, “participar es el derecho a manifestarse políticamente y socialmente sin que el hecho de ser menores de edad nos condicione. Es una actividad voluntaria que toman por propia iniciativa y con el deseo de expresar nuestras propias ideas. También sabemos que implica responsabilidad y compromiso. Participar es compartir, ayudar, ser solidario, comunicarnos, llegar a acuerdos comunes, trabajar conjuntamente con otros, conocer gente nueva, intercambiar opiniones y colaborar en tu entorno. Participar es tener opiniones, decir lo que piensas y ser escuchado. Es también tomar parte en la toma de decisiones”.

3.4. Perspectivas de la participación infantil y adolescente En la actualidad, si se quiere hablar de participación, ha de hacerse integrando diferen-tes perspectivas. No únicamente como la definición de un derecho (no lo podemos ha-cer únicamente como un derecho), sino también incluyendo las diferentes implicaciones socio-psico-político-educativas que tiene. La participación de los niños/as ha sido y es, uno de los referentes en el marco de las pedagogías activas. Estas han contribuido con grandes aportaciones para la práctica educativa que defienden la participación como principio educativo, como valor que hay que defender y como a metodología para favorecer el crecimiento personal y la cons-trucción de una comunidad; también es un principio de las teorías de la psicología del desarrollo por considerarlo ingrediente clave del crecimiento personal y social (Novella, 20088). A la vez, desde la perspectiva sociológica a partir de considerar a los niños/as como ciudadanos de pleno derecho, aparece una nueva construcción de la noción de infancia que hace que los niños/as pasen de ser seres invisibles a ser seres capaces (Touraine, 19999), llegando a generar verdaderos movimientos sociales. Por tanto, la participación de los niños/as se ha de entender desde múltiples perspecti-vas (Novella, 200810): como un derecho reconocido, como un valor democrático, como un instrumento formativo, como una metodología de trabajo, como un principio que im-pulsa el desarrollo y define el rol de los niños/as en su comunidad y las relaciones per-sonales, como una forma de entender y de estar en el mundo, etcétera.

2 Hart, A. Roger: La participación de los niños: de la participación simbólica a la participación auténtica. Santa Fe de Bogotá, UNICEF TACRO, 1993. 3 Gaitán, L. Participació social dels infants i els adolescents. Ponència marc de les jornades “Cap al Con-sell Nacional de la Infància i l’Adolescència a Catalunya”. Barcelona. 2009. 4 Cussianovich et al. La infancia en los escenarios futuros. Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Lima, Perú. 2001. 5 Alfageme, E., Cantos, R. i Martínez, M. De la participación al protagonismo infantil. Propuestas para la acción. Madrid: Plataforma de Organizaciones de Infancia, 2003. 6 Liebel, Manfred. Citizenship from Below. Children's Rights and Social Movements. Antonella Invernizzi & Jane Williams (eds.). Children and Citizenship. Els Angeles, Londres, Nova Delhi & Singapore: SAGE Publications, 2008. 7 II Audiència Pública als nois i noies de Barcelona: La participació de la infància en la vida social de Barcelona (barri, família i escola). 19 de juny de 1997. 8 Novella, A. Los consejos infantiles: oportunidades y retos de la participación infantil en la ciudad. A Soria-no, E.(coord.). Educar para la ciudadanía intercultural y democrática. Madrid. La Muralla. 2008. 9 Touraine, A. ¿Cómo salir del liberalismo?. Editorial Paidós Ibérica. Barcelona. 1999. 10 Novella, A. Los consejos infantiles: oportunidades y retos de la participación infantil en la ciudad. A Soria-no, E.(coord.). Educar para la ciudadanía intercultural y democrática. Madrid. La Muralla. 2008.

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3.5. El rol del adulto ante la participación infantil Los adultos, individualmente y colectivamente, han de ser capaces de escuchar y de entender lo que dicen los niños/as y los adolescentes, proporcionar diferentes espacios para facilitar el ejercicio del derecho a la participación social y respetar sus tiempos y ritmos de participación. Para avanzar en la participación social de lo niños/as y adoles-centes se necesita promover cambios de ciertas actitudes de los adultos, de forma prio-ritaria, relacionados con: 1. Considerar a los niños/as y adolescentes como actores sociales y como ciudadanos del presente. 2. Dar relevancia y entidad social a las actividades “pequeñas” de la cotidianidad infantil que tiene potencial de ejercicio práctico como experiencias de participación responsable. 3. Escuchar, entender y aceptar la perspectiva de los niños, niñas y adolescentes. 4. Afrontar, trabajar y superar las resistencias que origina la participación social de los niños/as y adolescentes.

La actitud del adulto es fundamental para dar valor a esta colaboración del niño/a y el adolescente en cosas concretas y significativas, de manera que la participación sea real, implique compromiso, corresponsabilidad y transformación del entorno. Es prioritario el hecho de saber escuchar, tanto por parte del niño/a como del adulto (Cots, 200511): “los dos han de aprender y se han de formar en este sentido. Por parte del adulto, escuchar no quiere decir acceder siempre a aquello que el niño/a pide. So-bretodo es una disposición, sin la cual no hay dialogo”. También los adultos han de han de ser capaces de tolerar que los niños/as tengan sus propios espacios sin sentirse cuestionados. “Este hecho implica una abertura de mente en que los adultos se dejen sorprender por los niños/as y sean capaces de descubrir que si tienen medios los niños/as pueden aportar muchas cosas. Hay que dejar que los niños/as tomen la iniciativa y no impregnarlos continuamente de las expectativas adul-tas porque entonces hacen lo que los adultos esperan”. (Fernàndez, 2005)12

3.6. Potenciar la participación infantil y adolescente. Retos a conseguir

Hay que promover, facilitar y garantizar la participación de los niños/as en el día a día, conviene conseguir algunos retos, como los siguientes: 1. Es necesario que las políticas de infancia vehiculen experiencias participativas de los niños/as y adolescentes en los diferentes entornos en que están presentes. Para pasar de las bases legales a las acciones concretas es conveniente definir unos principios com-partidos que fundamenten estas experiencias. 2. La participación de los niños/as y adolescentes ha de ser real y efectiva, se ha de im-pulsar “con” los niños/a y “en”, “por” y “desde los” diferentes entornos, a partir de rea-lidades concretas que a las que tenemos acceso. Ha de implicar transformaciones que se perciben y tienen transcendencia. Los niños y niñas de ver que su participación es real, se tiene en cuenta, que vale la pena.

11 Cots, Jordi. El derecho a la participación de los niños. Revista de Educación Social, núm. 4. 2005 12 Fernàndez, Josefina. Els infants com a ciutadans.Tesi doctoral. Universitat de Barcelona. 2005.

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3. La participación ha de considerarse una cuestión transversal e integral en el recono-cimiento de los derechos de ciudadanía de niños/as y adolescentes, y ha de contar con la corresponsabilidad de los diferentes agentes implicados (padres-madres, maestros, educadores en el tiempo libre, niños/as, técnicos, políticos, tejido asociativo, medios de comunicación...). Las experiencias participativas no han de definirse de arriba abajo, sino que han de darse de forma natural en las relaciones donde el niño/a y el adolescen-te están implicados. 4. La participación ha de formar parte de la cotidianidad de los niños/as y ha de surgir de forma natural, motivada y libremente asumida. Los niños /as desde que se levantan hasta que se van a dormir habrían de tomar parte activa en los temas que les afectan y han de estar acompañados en estos procesos para poder asumir responsabilidades y adquirir compromisos. 5. El niño/a y adolescente ha de participar de múltiples y variadas experiencias partici-pativas con diferentes grados de intensidad y complejidad. Estas experiencias facilitan la reflexión sobre su entorno y la forma de dar respuesta a las cuestiones que le afectan. En definitiva, son necesarios espacios que permitan múltiples oportunidades de aprender a participar de forma responsable. 6. El protagonismo del niño/a mediante la participación supone un grado de fortaleza para la acción, necesario para dotarse de competencias para su ejercicio y desarro-llándolas para llegar a la autonomía comprometida. 7. Facilitar instrumentos de participación también a los niños/as más vulnerables o con dificultades de expresión. Esto incluye la formación transversal para que todos los ni-ños/as y adolescentes tengan las mismas oportunidades para poder participar y ampliar los espacios de participación en las diferentes franjas de edad. 8. Normalizar la presencia de los niños/as y los adolescentes en los medios de comuni-cación y programar espacios a la prensa, la radio, la televisión e Internet hechos, pro-ducidos y realizados por niños, niñas y adolescentes. 9. Hacer servir las tecnologías de la información y la comunicación como espacios de relación y comunicación cercanos a los niños/as y adolescentes donde poder fomentar y facilitar el ejercicio de su ciudadanía y su participación social. 10. Facilitar espacios, debates y programas formativos dirigidos a los adultos para que aprendan a tener en cuenta a los niños/as como ciudadanos del presente. 11. Los retos de la participación infantil corresponden a toda la sociedad y para asumir-los es necesario impulsar un Pacto Social para la infancia y la adolescencia en Catalunya como una acción intersectorial que implique a todos los ámbitos sociales. El Niño/a que está inmerso en practicas participativas se siente reconocido y desde aquí construye su identidad que ha de estar impregnada del principio y los valores de la par-ticipación. En definitiva, los grandes retos de la participación son que ésta sea una expe-riencia personal y colectiva que permita al niño/a y adolescente implicarse en proyectos, mediante la palabra y la acción comprometida que transformen desde la realidad mas cercana a la mas lejana.

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4. Espacios de participación infantil y adolescente en Catalunya

Catalunya tiene un reto pendiente en cuanto a la promoción de la participación social de los niños/as y los adolescentes, un derecho que reconoce la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos del niño/a y que contempla el derecho de opinión, la libertad de expresión, la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, la libertad de aso-ciación, la protección de la vida privada y el derecho a una información adecuada. Estos son derechos que se han de desarrollar a lo largo de toda la vida de los niños y las ni-ñas. Niños/as y adolescentes han de poder ejercer responsabilidades y asumir compromisos en el proyecto colectivo en todos los espacios sociales en que intervienen. Las experien-cias participativas han de ser diferentes y variadas y con diferentes grados e intensida-des, ya que a través de las mismas, los niños y las niñas se vinculan a la comunidad, se comprometen con la misma y se implican en su transformación, mejorando su realidad más cercana. Por tanto, la participación de los niños/as y adolescentes ha de ser posible desde la proximidad y la cotidianidad de los niños/as en los diferentes entornos: familia, escuela, centros de tiempo libre, actividades extraescolares, tejido asociativo, barrio, medios de comunicación, Internet, etc. En cada uno de ellos, el niño/a participa e interactúa con adultos y otros niños y niñas. Es en estos espacios, de los cuales todos y todas forman parte activa, donde se va definiendo y construyendo el papel social de la infancia y la adolescencia. La familia es el primer espacio de socialización de los niños/as y por tanto uno de los primeros en qué se puede favorecer una cultura participativa. Es necesario fomentar una educación en la responsabilidad y para la participación ciudadana, promoviendo en los niños/as el diálogo y el espíritu crítico constructivo. Esta cultura de relaciones en el ámbito familiar parte de la consideración del niño y de la niña como sujetos con dere-chos, el ejercicio de los cuales se ha de facilitar por parte del núcleo familiar, tanto en el ámbito privado de la familia como en otros aspectos de la vida del niño. La familia, des-de la proximidad y la cotidianidad, genera oportunidades de participación en las cuestio-nes organizativas, y experiencias de toma de decisiones donde la opinión de los ni-ños/as es tenida en cuenta. Cuando la familia no puede asumir su función educadora en determinadas situaciones esta tarea la desarrollan los Centros Residenciales de Acción Educativa (CRAE), estos impulsan la participación y la corresponsabilidad de los niños y niñas en el día a día. En este entorno, se ha de favorecer el diálogo constante entre el adulto y el niño/a y se han de facilitar espacios como las asambleas, donde el colectivo se reúne para re-flexionar y tomar decisiones sobre la convivencia y aquellos aspectos que les afectan. El diálogo entre niños/as y adultos es básico para llegar a consensos que permitan al niño o niña la adquisición de los valores vinculados a la participación democrática y que per-mitan mejorar la convivencia y el respeto mutuo entre niños, niñas entre si y con los educadores. La escuela, y en general los centros educativos, son uno de los ámbitos donde la parti-cipación de los niños/as y adolescentes ha de realizarse en diferentes espacios, fórmu-las y modelos.

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La participación mas formal se desarrolla actualmente en los consejos escolares, como órganos de decisión y representación de todos los estamentos que forman parte de la comunidad educativa en un determinado centro13. Otras propuestas más participativas en que intervienen los niños y niñas son los consejos de clase, donde cada grupo clase decide aspectos del funcionamiento o interviene en la resolución de conflictos del grupo, las asambleas y los consejos de escuela, donde representantes de cada clase decide aspectos que afectan al conjunto del centro. Se ha de destacar la tarea en el fomento de la participación y en la educación en valores que desarrollan en las escuelas los grupos UNESCO, así como la red de Escuelas Com-prometidas con el Mundo. También proyectos como la Agenda 21 escolar, los proyectos de aprendizaje-servicio (APS) u otros proyectos impulsados por el centro o al territorio, como el Camino escolar, contribuyen a fomentar en los niños y niñas los valores vincu-lados a la cultura participativa, como es el compromiso y la corresponsabilidad, además que favorece la implicación de otros agentes del entorno. El tiempo libre de los niños/as es también un buen marco donde desarrollar esta cultura participativa. En este campo, las entidades de educación en el tiempo libre con una larga trayectoria asociativa son verdaderas escuelas de participación donde a partir de los valores democráticos, los niños y niñas tienen más posibilidades de organizarse de forma autónoma y de responsabilizarse del funcionamiento y las actividades de los centros o agrupamientos. Es aún necesario, fomentar la participación de los niños/as y adolescentes en otros espacios relacionados con las actividades del su tiempo libre, co-mo pueden ser los consejos esportivos, las entidades culturales y otros. También lo centros de servicios sociales de atención a la infancia y la adolescencia también han de fomentar la participación de los niños y niñas. De acuerdo con la Ley 12/2007 de servicios sociales y con el Decreto 202/2009, de 22 de diciembre, de órga-nos de participación y coordinación del sistema catalán de servicios sociales, los centros de atención diurna y los centros de atención residencial han de contar con consejos de participación. En el articulo 29 del Decreto 202/2009, de 22 de diciembre, se detallan los diferentes formas de organización de la participación en los centros con menos de 25 usuarios. En el ámbito local, algunos municipios de Catalunya han incorporado en la última dé-cada un cierto número de proyectos de participación infantil con la intención de dar pro-tagonismo social a los niños y niñas. Estos proyectos se inspiran mayoritariamente en la experiencia de la ciudad de los niños, del pedagogo italiano Francesco Tonucci. Los consejos de niños/as, los plenarios, las audiencias públicas o los presupuestos participa-tivos, entre otros, son fórmulas de participación infantil en que los niños y niñas hacen aportaciones a temas de la vida cotidiana del pueblo, barrio o ciudad y a la gestión mu-nicipal en relación a un determinado tema propuesto por el consistorio, y a la vez vehi-culan sus propuestas hacia los responsables municipales. Actualmente, en Catalunya existen aproximadamente cincuenta experiencias de partici-pación infantil en el ámbito local. Un número importante de estos proyectos están in-tegrados en la RED de proyectos de participación infantil, que impulsa el Área de Educación de la Diputación de Barcelona desde el año 1997. La red coordina proyectos de participación infantil desarrollados en municipios de la província de Barcelona que se han constituido mayoritariamente como consejos de infancia para a niños y niñas de entre 10 y 12 años y, en otros casos, se han desarrollado proyectos afines para niños y niñas de estas edades o para niños/as de educación secundaria.

13 Des de la LOGSE, els nois i noies només participen als consells escolars en els centres d’educació secundària.

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Municipios catalanes con experiencias de participación infantil y adolescente 14

Estas experiencias son positivas e importantes para el reconocimiento de los derechos de ciudadanía de los niños/as y los adolescentes y para avanzar en la cultura de la parti-cipación democrática, pero resultan del todo insuficientes para garantizar los derechos de participación de este grupo social. En otros ámbitos, la participación de lo niños/as es aún anecdótica tal y como recoge el Informe técnico sobre experiencias de participa-ción social efectiva de niños/as, nenes y adolescentes (principalmente europeas) del profesor Casas et al. (2008)15, en que se ha observado que hay una importante despro-porción entre los programas de participación en los diferentes contextos. De acuerdo con este estudio, existe un buen número de experiencias de participación social en el ámbito de la vida local comunitaria promovidas por ayuntamientos e institu-ciones municipales. En cambio, en otros sectores se han identificado muchos menos programas de participación social infantil. Se hace necesario, potenciar la participación de los niños/as, vinculando las experiencias municipales al resto de iniciativas en los otros ámbitos. Los propios niños y niñas explican en las Jornadas Hacia el Consejo Na-cional de la Infancia y la Adolescencia en Catalunya (2009) que quieren participar en más actividades y que quieren participar más en temes de la ciudad. 14 Experiències identificades per la comissió tècnica responsable d’elaborar el Document de Bases del CNIAC amb data de març de 2010 15 Casas, F., González, M., Montserrat, C., Navarro, D., Malo, S., Figuer, C. i Bertran, I. Informe técnico sobre experiencias de participación social efectiva de niños, niñas y adolescentes (principalmente euro-peas). 2008. Recull de dades elaborat a partir de les experiències de participació que es difonen a través de web pròpia.

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4.1. Necesidad de una red de participación infantil a Catalunya Promover la participación infantil a Catalunya es un objetivo que ha de considerar dife-rentes fórmulas y niveles de participación. A nivel de proximidad del niño o la niña, se ha del facilitar espacios de encuentro y participación cercanos y accesibles, que supon-gan un paso adelante respecto al modelo de los consejos locales actuales. Es necesario estructurar una red de participación infantil en todo el territorio catalán, con la implica-ción y complicidad de las entidades municipalistas, las administraciones locales y los diferentes agentes del territorio. Para promover esta red a nivel territorial y nacional es necesario: � Fomentar la creación de planes locales de Infancia y Adolescencia, que con-

templen la puesta en marcha de espacios participativos para los niños/as y los ado-lescentes.

� Promover la creación de regidorías de Infancia y Adolescencias en los ayunta-

mientos catalanes que lideren auténticas políticas locales de infancia, que fomenten la participación de los niños/as, que velen por la implementación de los planes loca-les de Infancia y que incorporen la perspectiva del niño/a en todos los asuntos de interés para este sector, tanto aquellos impulsados por la administración pública co-mo por otros ámbitos de la comunidad. En todo caso, es necesario potenciar la crea-ción en los entes locales la figura del regidor/a responsable de Infancia y Ado-lescencia, referente de los niños/as y adolescentes al municipio y que realice la fun-ción de interlocutor entre el sector de los niños/as y adolescentes y el gobierno mu-nicipal.

� Fomentar el asociacionismo entre los niños/as y los adolescentes y ofrecer servi-

cios de acompañamiento y asesoramiento en estos procesos de participación y aso-ciacionismo.

� En el marco global de potenciar la ciudadanía activa de los niños/as, es necesario dar

a conocer y aprovechar aquellas experiencias y buenas prácticas que ya se han llevado a término con éxito, como son los consejos de niños y niñas, plenarios, au-diencias públicas, asambleas en los CRAE, parlamentos escolares, presupuestos par-ticipativos, proyectos participativos de las entidades de educación en el tiempo libre, etc.

� Reconocer y aprovechar el trabajo de las escuelas que intencionadamente impul-

san la participación de los niños/as y adolescentes como formación integral de la persona con diferentes metodologías y espacios, como son el nombramiento del de-legado, el espacio de asamblea o la cultura participativa del centro.

� Reconocer y aprovechar el trabajo que vienen desarrollando las asociaciones de

educación en tiempo libre, en especial los esplais y agrupamientos, auténticas es-cuelas de participación democrática para los niños/as y adolescentes, con una larga trayectoria en nuestro país.

� Contribuir a la visualización de la infancia y la adolescencia en todos los ámbi-

tos e incentivar la sensibilización social hacia sus derechos ciudadanía, en especial en relación al ejercicio de su participación democrática.

� Promover la creación de la Oficina de Infancia al municipio, gestionada por ni-

ños y niñas, como espacio de encuentro y potenciación de la participación infantil en el territorio.

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� Promover la creación de asambleas territoriales de infancia que a nivel supra

municipal vehiculen las propuestas de los consejos locales de infancia y otros pro-yectos de participación hacia el Consejo Nacional de los niños, niñas y Adolescentes de Catalunya.

� Dotar presupuestariamente de forma adecuada los procesos de creación y desa-

rrollo de los espacios de participación de los niños/as y adolescentes por la adminis-tración correspondiente.

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5. El Consejo Nacional de los Niños, Niñas y los Adolescentes de Catalunya (CNIAC)

5.1. Justificación y definición La creación del Consejo Nacional de los niños, niñas y los Adolescentes de Catalunya (CNIAC) se enmarca en la Ley de los derechos y las oportunidades de la infancia y la adolescencia de Catalunya, una norma aprobada el 12 de mayo de 2010 en el Parlamen-to de Catalunya e impulsada por el Gobierno de la Generalitat de Catalunya para con-seguir hacer políticas para toda la infancia y adolescencia desde una perspectiva glo-bal, partiendo de la consideración de la persona niño/a o adolescente como sujeto de derechos y oportunidades y ocupando el centro de las políticas públicas. La Ley pone énfasis en potenciar la participación ciudadana de los niños/as y adolescen-tes, promoviendo la creación de espacios de participación territorial en el ámbito local y con la creación del Consejo Nacional de los niños, niñas y los adolescentes de Catalun-ya. Además de actualizar la legislación a las nuevas necesidades sociales de este sector, el proyecto de ley incorpora importantes novedades en relación al reconocimiento de los derechos de la infancia y la adolescencia, a la vez que incorpora el principio de transver-salidad en las políticas de infancia y adolescencia. En base a la Ley 12/2007, de servicios sociales, el Consejo Nacional de los niños, niñas y adolescentes, como espacio estable de participación, hará las funciones de comisión sec-torial del Consejo General de Servicios Sociales, tal como prevé el articulo 15 del decreto 202/2009, de 22 de diciembre, de los órganos de participación y coordinación del Siste-ma Catalán de Servicios Sociales. El Consejo Nacional se inicia a partir de los consejos de niños/as que ya funcionan en el territorio. Esta participación ha de ser transversal, por tanto directa y en todos los ámbi-tos. Los consejos, tanto el nacional como los locales, han de ser autónomos de la admi-nistración pública para garantizar una participación real y democrática. Los consejos de niños/a han de tener un protagonismo real, no sólo formal; han de ser un instrumento, no un objetivo en si mismos. La creación de los consejos se ha de enmarcar en una polí-tica global de infancia que incorpore la perspectiva de la infancia en los asuntos públi-cos. Para que la participación sea eficaz y significativa, se ha de entender como un pro-ceso, no como un evento individual y único. Intervenir en la vida democrática de una comunidad es tener el derecho, los medios, el espacio, la oportunidad, el acceso y, cuando sea necesario, el apoyo para participar e influir en los mecanismos de toma de decisiones, así como a formar parte activa para construir una sociedad mejor. Así, el concepto de participación que se defiende implica capacidad de decisión y de proyección/acción y, por tanto, no se reduce a la mera con-sulta o a la información sin dar la oportunidad de expresar lo que se piensa, sino que contempla la capacidad de opinar y tomar decisiones en los temas que les afectan. La creación de un Consejo Nacional de los niños, niñas y adolescentes de Catalunya es un gran avance para la construcción de un país socialmente cohesionado, donde todos los ciudadanos de Catalunya son titulares de derechos y deberes. Es uno más de los ins-trumentos de participación que se han ido creando en cada uno de los departamentos y áreas de gobierno de la Generalitat. Es necesario que el consejo se convierta en un ente de representación real de tota la diversidad que hay alrededor del territorio catalán. Así mismo, los Consejos locales han de reflejar la diversidad del territorio, con unos munici-pios con muy poca población donde la franja de edades de niños/as y adolescentes no tiene suficiente masa crítica.

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Eso hace pensar que en los municipios mas pequeños, no se podrán llegar a consolidar estos órganos debido a la falta de recursos técnicos y de financiamiento de sus ayunta-mientos. Por tanto, será necesario estudiar unos consejos supra municipales. Tanto el Consejo Nacional como los consejos locales han de garantizar una amplia repre-sentatividad social, procurando una proporcionalidad de género y de edades y velando por la representación de aquellos colectivos mas vulnerables, con más dificultades de acceso, con necesidades especiales o en riesgo de exclusión social. Entre estos colecti-vos se considerará los niños/as y adolescentes con discapacidades (física, psíquica o sensorial), los pertenecientes a minorías étnicas, los niños y niñas de origen inmigrante y aquellos que están con medidas protectoras, entre otros posibles. La participación de los niños/as y adolescentes en el Consejo Nacional de los niños, ni-ñas y adolescentes de Catalunya y en los consejos de infancia locales ha de ser: � Respetuosa en sus formes de expresión � Abierta y voluntaria � Real y significativa (relevante): las cuestiones sobre las cuales los niños y niñas tie-

nen derecho a expresar sus opiniones han de ser relevantes para sus vidas. Ade-más se ha de crear un espacio para permitir a los niños/as destacar y tratar las cues-tiones que ellos mismos identifiquen como importantes

� Representativa � Inclusiva (toda opinión es válida, no tan solo la mayoritaria) � Permanente (no anedótica, puntual o aislada) � De carácter informal � No vinculante, pero sí ha de ser tenida en cuenta y recibir respuesta motivada � Responsable � Autónoma � Evaluable: ha de existir el compromiso de hacer un seguimiento y una evaluación.

También tienen derecho a recibir información clara sobre como ha contribuido su participación en los resultados

A partir de estos elementos que justifican su creación, el Consejo Nacional de los niños, niñas y adolescentes de Catalunya (CNIAC) se concibe como un órgano participativo y consultivo adscrito a la Secretaría de Infancia y Adolescencia de la Generali-tat de Catalunya. El CNIAC ha de tender a largo plazo a constituirse como a entidad de base asociativa con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que se convierte en el órgano de representación y participación de los niños/as y adolescentes de Catalunya y que conta-ría con el reconocimiento y apoyo (político, económico, de asesoramiento....) de la pro-pia Secretaría de Infancia y Adolescencia. Todo lo anterior de acuerdo con les previsio-nes contenidas en el Código Civil de Catalunya: Títol II del Llibre III16.

16 Consultar Annex 1

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Así, siguiendo el ejemplo de los consejos locales de Juventud de Catalunya, el CNIAC podría ser considerado como a una entidad de Derecho privado y jurídicamente tendría los mismos derechos y deberes que una asociación. También sigue este mismo modelo la Association Nationale des Conseils d'Enfants et de Jeunes (Anacej) de França.

5.2. Base legal del Consejo Nacional de los niños/as y adolescen-tes de Catalunya (CNIAC)

A la hora de de fundamentar legalmente la existencia, las actividades y el régimen jurí-dico del Consejo Nacional y los consejos territoriales, se toma como referencia las si-guientes bases normativas17:

� Convención sobre los derechos del Niño (1989)

� Observación General núm. 12 del Comité de los Derechos del Niño: "El derecho de del niño a ser escuchado" (51a sesión, Ginebra, 25 mayo-12 junio de 2009)

� Constitución española (1978) � Estatuto e Autonomía de Catalunya (2006) � Ley 12/2007, de 11 de octubre, de servicios sociales � Proyecto de Ley de los derechos y oportunidades de la infancia y la adolescencia de

Catalunya � Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de les Bases de Régimen Local � Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que de aprueba el texto refundido

de la Ley Municipal y de Régimen Local de Catalunya � Decreto 202/2009, de 22 de diciembre , de los órganos de participación y de coordi-

nación del Sistema Catalán de Servicios Sociales � Ley 12/2009, de 10 de julio, de educación.

5.3. Finalidades El Consejo Nacional de los niños, niñas y adolescentes de Catalunya (CNIAC) se concibe como un órgano de consulta, de representación y de participación de los niños/as y ado-lescentes de nuestro país, con cuatro finalidades: � Convertirse en un foro de participación directa para los niños y niñas donde puedan

expresarse libremente y un órgano representativo de los niños/as y adolescentes de Catalunya.

� Tener capacidad de decidir y desarrollar acciones encaminadas a la mejora de las condiciones de vida de los niños/as y adolescentes al reconocimiento social de sus derechos.

17 Consultar Annex 2

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� Hacer de portavoz y ser el interlocutor de las personas niños/as y adolescentes de Catalunya ante las instituciones públicas, de los medios de de comunicación y de la sociedad en general, así como en las relaciones exteriores que tengan a ver con temas de participación y infancia.

� Visualizar socialmente las personas niños/as y adolescentes y contribuir a la sensibi-lización ciudadana hacia sus derechos, en especial a su participación democrática.

5.4. Funciones Les funciones del Consejo Nacional (CNIAC) son las siguientes:

a) Representar los intereses y puntos de vista de los niños/as y adolescentes de Cata-lunya.

b) Hacer propuestas a los organismos competentes en materia de infancia y adolescen-

cia sobre cuestiones que afectan a los niños/as y adolescentes para mejorar sus condiciones de vida.

c) Favorecer la visibilidad positiva de los niños/as y adolescentes y contribuir a la sen-

sibilización social hacia su capacidad y sus derechos de ciudadanía, en especial su participación democrática.

d) Velar por el cumplimiento y desarrollo de la Convención de Naciones Unidas sobre

los derechos de la infancia. e) Ser receptor, dinamizador y generador de opiniones y propuestas entre la infancia y

adolescencia de Catalunya sobre las cuestiones que les afectan. f) Proponer informes y estudios propios sobre materias relacionadas con la infancia y

adolescencia. Favorecer especialmente estudios de impacto de las actuaciones que se realicen a favor de la participación infantil en los diversos ámbitos.

g) Impulsar, desarrollar, supervisar y evaluar proyectos de interés nacional vinculados

con las políticas de infancia. h) Promover el asociacionismo infantil y adolescente y, en general, la participación de-

mocrática, así como las relaciones, la coordinación y el dinamismo entre las entida-des infantiles (asociaciones, consejos locales de infancia, etc.) y las dirigidas a ni-ños/as.

i) Emitir opinión de manera permanente sobre aquellos programas, propuestas o inicia-

tivas que afecten a los niños/as y adolescentes. j) Facilitar la participación de los niños/as y adolescentes en otros órganos consultivos

de la Generalitat de Catalunya. k) Difundir el trabajo del CNIAC y garantizar la representación de los niños/as y adoles-

centes catalanas en otras plataformas y organismos a nivel local, autonómico, esta-tal e internacional.

l) Colaborar en la realización de los informes que, con destino al Comité de los Dere-

chos del Niño, elabora el Estado en relación con la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre Derechos de la infancia.

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m) Facilitar la cooperación infantil y adolescente internacional para fomentar las activi-

dades que tiendan a la consecución de la paz y para cualquier otra materia relacio-nada con avances sociales en materia de infancia y adolescencia.

n) Promover la creación de asambleas territoriales para dar la oportunidad a las perso-

na niños/as y adolescentes de participar activa y plenamente en sus núcleos de convivencia mas inmediatos y en la vida social, política, cultural, artística i recreativa de su entorno.

o) Proponer la realización de actividades, seminarios y campañas que den visibilidad a

las aportaciones de las personas niños/as y adolescentes en la sociedad.

5.5. Estructura y funcionamiento

El Consejo Nacional de los niños/as y adolescentes de Catalunya está formado por ni-ños/as y adolescentes de Catalunya desde los 8 hasta los 18 años. El CNIAC se rige por los siguientes órganos: � Asamblea � Comisión permanente � Comisiones de trabajo � Secretaria técnica � Asambleas territoriales Se propone una renovación de los miembros del consejo, en sus diferentes órganos, de forma bianual en un tercio de la composición.

Asamblea

Es el máximo órgano de decisión del CNIAC y que asume todas las competencias que tiene encomendadas. Tiene las funciones de decidir las líneas generales de actuación del Consejo, aprobar y modificar el reglamento interno de funcionamiento, aprobar resolu-ciones o acciones a desarrollar, designar grupos de trabajo temáticos y proponer estu-dios sobre determinados temas que afecten al sector. Se reúne ordinariamente con pe-riodicidad semestral y extraordinariamente cuando así lo considere la comisión perma-nente o a petición de los miembros. La asamblea está integrada por la totalidad de los miembros del CNIAC, y habrá de te-ner en cuenta la siguiente representatividad: � Representatividad territorial. Miembros de los consejos de infancia de cada territorio. � Representatividad temática o sectorial. Será necesario que estén representados los

siguientes ámbitos: educación formal, educación en tiempo libre, deporte, cultura, protección y otros si se considera necesario. Habrá de velar especialmente por la in-clusión de los colectivos en riesgo de exclusión social o con dificultades de acceso.

� Adscripción censal. Se contempla la participación de niños/as y adolescentes escogi-dos por adscripción censal.

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Comisión permanente

Es el órgano que desarrolla el plan de trabajo aprobado por la Asamblea General y que coordina las acciones y proyectos del CNIAC. Es el encargado de representar al CNIAC ante los poderes públicos. Propone grupos de trabajo y temas de investigación y elabora la propuesta de reglamento interno. Se reúne de forma ordinaria bimestralmente o con más periodicidad cuando se necesite. La comisión permanente está integrada por un/a presidente/a, un/a vicepresidente/a y un/a secretario/a, así como niños/a y adolescentes en representación de los consejos territoriales, garantizando la diversidad social, de género, de edades, etc.

Comisiones de trabajo

El CNIAC constituirá comisiones y grupos de trabajo según los temas concretos a des-arrollar. Las comisiones de trabajo tendrán como función desarrollar las acciones con-cretas encomendadas por la Asamblea o la Comisión Permanente. Se encargarán de ela-borar informes, hacer propuestas o recomendaciones y a impulsar buenas prácticas so-bre su ámbito concreto de trabajo.

Secretaría técnica

Es el órgano encargado de dar apoyo técnico, acompañar, asesorar y facilitar la tarea de todos los órganos del CNIAC. La asume la Secretaria de Infancia y Adolescencia de la Generalitat de Catalunya, que reconocerá los acuerdos tomados por el CNIAC y velará por la relación y comunicación entre el Consejo y los órganos de gobierno, así como por garantizar el retorno de las propuestas realizadas por el CNIAC. Se encargará también de facilitar el espacio para poder desarrollar la tarea propia del CNIAC, hacer difusión de las acciones desarrolladas por el mismo y dar apoyo para la creación y gestión de su web. Garantizará el apoyo económico al CNIAC para su estructura y para los proyectos concretos a desarrollar. La Secretaría técnica respetará la autonomía del CNIAC sin inci-dir en sus decisiones y acuerdos.

Asambleas territoriales Las Asambleas territoriales son los órganos de representación de los niños y niñas a ni-vel supra municipal, que se conciben como espacios de trabajo autónomos e indepen-dientes. Se plantea una asamblea territorial para cada comarca. Las Asambleas territoriales tienen por función representar de forma plural la diversidad de los niños/as y adolescentes al territorio, garantizando la representatividad social, de género, edad, así como los colectivos de niños/as y adolescentes con medidas de pro-tección y de los riesgos de exclusión o con más dificultades de acceso. Se convierten en el espacio de coordinación y trabajo conjunto de los consejos locales de niños/as y adolescentes en un territorio determinado. A la vez, son el nexo de unión y favorecen la relación entre los consejos locales y el Consejo Nacional de los Niños, Niñas y Adolescentes. Pueden designar grupos de trabajo para desarrollar acciones con-cretas que se consideren convenientes tanto en el ámbito sectorial como para mejorar aspectos relacionados con la infancia y la adolescencia a nivel municipal o supra munici-pal.

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Las asambleas territoriales reciben el reconocimiento de la administración competente, la Diputación o el Consejo Comarcal, que es el órgano encargado de facilitar su tarea, aportando tanto la infraestructura como los recursos necesarios para que ésta se des-arrolle de forma adecuada. Las asambleas territoriales estarán compuestas por representantes de los consejos de infancia presentes al territorio, considerando que la representatividad por ámbitos (edu-cación formal, tiempo libre, deporte, cultura, protección, etc.) ya está garantizada en el Consejo Nacional. También formará parte un representante de la administración pública competente, Diputación o Consejo comarcal, que asumirá las funciones de secretaría técnica y tendrá como función dar apoyo a la tarea de la asamblea territorial y hacer de interlocutor entre ésta y los poderes públicos y con el Consejo Nacional.

6. Los consejos locales de niños/as y adolescentes

6.1. Definición

Los consejos de niños/as y adolescentes son los espacios de participación ciudadana más cercanos a los niños/as y adolescentes. De la misma manera que el Consejo Nacio-nal (CNIAC) y las asambleas territoriales, el consejo de infancia a nivel local ha de ga-rantizar una amplia representatividad social, procurando una proporcionalidad de género y de edades y velando por la representación de aquellos colectivos más vulnerables, con más dificultades de acceso, con necesidades especiales o en riesgo de exclusión social. Entre estos colectivos, se considerará a los niños/as y adolescentes con discapacidades (física, psíquica o sensorial), los pertenecientes a minorías étnicas, los niños y niñas de origen inmigrante y aquellos que están con medidas protectores, entre otros posibles. El apoyo para a la creación y para al desarrollo de la tarea del consejo ha de venir dado por la administración local, que es la responsable de acompañar en los procesos parti-cipativos, pero sin condicionar ni mediatizar la participación. La administración local reconoce el consejo de infancia y adolescencia como órgano consultivo ante cualquier acción de gobierno que afecte a este grupo social, tiene en cuenta sus recomendaciones y ofrece una respuesta motivada a sus propuestas. El apoyo de la administración local a los consejos de infancia se concreta en las siguien-tes acciones:

� Designar un regidor responsable de infancia, que hace las funciones de interlocu-tor entre el Consejo y el equipo de gobierno, garantizando la buena comunica-ción.

� Dotar presupuestariamente o impulsar fórmulas de colaboración administrativa

para el apoyo económico a la estructura del consejo y para los proyectos a de sarrollar.

� Crear nuevos espacios permanentes de participación infantil para desarrollar la

tarea propia del consejo local de infancia y al servicio de los procesos participati-vos nacionales.

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� Fomentar la creación de la Oficina de Infancia al municipio, como espacio propio

de relación y comunicación al servicio de los niños/as y adolescentes. Esta oficina se procurará que sea cogestionada por los mismos niños y niñas del consejo.

� Colaborar en la tarea de difusión del propio Consejo de Infancia y de las acciones

que desarrolle.

� Facilitar la utilización de les tecnologías de la información y la comunicación -en especial webs, blocs y redes sociales- como a espacios de participación y relación vinculados al Consejo de Infancia y, en general, para favorecer la participación de los niños/as y adolescentes en el municipio."

Para promover y desarrollar estas actividades, los entes locales podrán establecer con-venios de colaboración con el Gobierno de la Generalitat u otras instituciones u organis-mos.

6.2. Finalidades Los consejos locales es conciben como órganos de consulta, de representación y de par-ticipación de los niños/as y adolescentes a nivel local, con cuatro finalidades: � Ser un foro de participación directa para los niños y niñas donde puedan expresarse

libremente y un órgano representativo de los niños/as y adolescentes del territorio.

� Tener capacidad de decidir y desarrollar acciones encaminadas a la mejora de las condiciones de vida de los niños/as y adolescentes y al reconocimiento social de sus derechos.

� Hacer de portavoz y ser el interlocutor de las persones niños/as y adolescentes del territorio ante las instituciones públicas, de los medios de comunicación y de la so-ciedad en general, así como en las relaciones exteriores que tengan a ver con temas de participación y infancia.

� Visualizar socialmente las personas niños/as y adolescentes y contribuir a la sensibi-lización ciudadana hacia sus derechos, en especial su participación democrática.

6.3. Funciones Las funciones del consejo local de infancia y adolescencia son las siguientes: a) Representar los intereses y puntos de vista de los niños/as y adolescentes en el mu-

nicipio. b) Hacer propuestas a la administración local en materia de infancia y adolescencia so-

bre cuestiones que afecten a los niños/as y adolescentes para mejorar sus condicio-nes de vida.

c) Favorecer la visibilidad positiva de lo niños/as y adolescentes al territorio y contribuir

a la sensibilización social hacia su capacidad y sus derechos de ciudadanía, en espe-cial su participación democrática.

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d) Velar por el cumplimiento y desarrollo de la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de la infancia en el ámbito de proximidad.

e) Ser receptor, dinamizador y generador de opiniones y propuestas entre los niños/as

y adolescentes al municipio sobre las cuestiones que les afectan. f) Proponer informes y estudios propios sobre materias relacionadas con la infancia y

adolescencia. Favorecer especialmente estudios de impacto de las actuaciones que se realicen a favor de la participación infantil en los diversos ámbitos.

g) Impulsar, desarrollar, supervisar y evaluar proyectes de interés local vinculados con

las políticas de infancia. h) Promover el asociacionismo infantil y adolescente y, en general, la participación de-

mocrática al territorio, así como las relaciones, la coordinación y el dinamismo entre las entidades infantiles (asociaciones, consejos locales de infancia, etc.) y las dirigi-das a infancia.

i) Emitir opinión de manera permanente sobre aquellos programas, propuestas o inicia-

tivas que afecten a lo niños/as y adolescentes. j) Facilitar la participación de los niños/as y adolescentes en otros órganos consultivos

del ámbito local. k) Difundir la tarea del consejo y garantizar la representación de los niños/as y adoles-

centes del municipio en otras plataformas y organismos a nivel local, autonómico, estatal e internacional.

l) Proponer la realización de actividades, jornadas, seminarios y campañas que den

visibilidad a las aportaciones de las personas niños/as y adolescentes en la socie-dad.

m) Participar activamente en Consejo Nacional (CNIAC) en representación de los ni-

ños/as y adolescentes del territorio. n) Dar a conocer el CNIAC y difundir su tarea entre los niños/as y adolescentes del te-

rritorio.

6.4. Estructura y funcionamiento El Consejo local de niños/as y adolescentes está formado por niños/as y adolescentes del municipio hasta los 18 años de edad. La estructura y funcionamiento de cada conse-jo de infancia local vendrá determinada por las características concretas del territorio y se definirá en el reglamento interno de funcionamiento, teniendo siempre en cuenta la representatividad social, de género y de edades, y ha de velar por la representación de aquellos colectivos más vulnerables, con más dificultades de acceso, con necesidades especiales o en riesgo de exclusión social. Es necesario priorizar la creación de un espacio estable de participación, tanto presencial como de forma virtual –a través de la red-, para evitar los condicionamientos formales o de estructuras demasiado rígidas que puedan ir en detrimento del objetivo de fomentar la participación infantil.

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Como propuesta de organización se contemplan los siguientes órganos:

Asamblea

El máximo órgano del consejo es la asamblea general o el plenario. Tiene las funciones de decidir las líneas generales da actuación del Consejo, aprobar y modificar el regla-mento interno de funcionamiento, aprobar resoluciones o acciones a desarrollar, desig-nar grupos de trabajo temáticos y proponer estudios sobre determinados temas que afecten al sector.

Secretariado

Es el órgano que desarrolla el plan de trabajo aprobado por la Asamblea General y que coordina las acciones y proyectos del Consejo. Es el encargado de representar al Conse-jo ante el Ayuntamiento. Está integrado por un presidente/a, un vicepresidente/a y un secretario/a.

Comisiones de trabajo

El Consejo constituirá comisiones y grupos de trabajo para desarrollar acciones concre-tas encargadas por la Asamblea o la Comisión Permanente. Se encargaran de elaborar informes, hacer propuestas o recomendaciones e impulsar buenas prácticas sobre su ámbito concreto de trabajo.

Secretaría técnica

El Consejo local cuenta con el apoyo de una secretaría técnica, encargada de dar apoyo técnico, acompañar, asesorar y facilitar la tarea del consejo. La asume el Ayuntamiento a través del regidor responsable de Infancia en el municipio, que tendrá como funciones recoger las propuestas del Consejo, hacer de interlocutor entre éste y los órganos del Ayuntamiento y garantizar el retorno motivado a las propuestas del consejo. La Secreta-ría técnica respetará la autonomía del consejo sin incidir en sus decisiones y acuerdos. Se propone una renovación de los miembros del consejo, en sus diferentes órganos, de forma bianual en un tercio de la composición.

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7. Anexos

Anexo 1

Bases normativas de referencia en el proceso de constitución del CNIAC

� Convención sobre los Derechos del Niño (1989)

� Observación General núm. 12 del Comité de los Derechos del Niño: "El derecho del niños a ser escuchado" (51a sesión, Ginebra, 25 mayo-12 junio de 2009)

� Constitución española (1978)

� Estatuto de Autonomía de Catalunya (2006)

� Ley 12/2007, de 11 d de octubre, de servicios sociales

� Proyecto de ley de los derechos y las oportunidades de la infancia y la adolescencia

� Ley 12/2009, de 10 de julio, de educación

� Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de les Bases de Régimen Local (en redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local)

� Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Municipal y de Régimen Local de Catalunya

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Anexo 2

El proceso de elaboración del Documento de Bases

Jornadas ‘Hacia el Consejo nacional de la infancia en Catalunya’ La Secretaría de Infancia organizó los días 25 y 26 de mayo de 2009 las jornadas “Ha-cia el Consejo nacional de infancia y adolescencia en Catalunya”, un encuentro organi-zado para dar impulso a este nuevo órgano de representación de los niños/as y adoles-centes catalanes. Las jornadas contaron con la participación de unas 200 personas, en-tre cargos electos y personal técnico de los ayuntamientos, de la Diputación de Barcelo-na y de la Generalitat de Catalunya, miembros de las asociaciones del sector de la infan-cia y la adolescencia, así como expertos y profesionales de diferentes ámbitos relaciona-dos con este sector.

Al largo de dos días, los participantes reflexionaron y debatieron acerca de participación infantil y se conocieron diferentes experiencias que se desarrollan en nuestro país, como son los consejos de infancia en el ámbito local, las audiencias públicas a los niños y ni-ñas o los consejos de escuela.

Fruto de este trabajo se editó un libro, que incluye el resumen de las ponencias y de las reflexiones que se suscitaron en torno a la participación infantil y de la creación del Con-sejo Nacional de la Infancia y la Adolescencia de Catalunya.

Documento ‘La participación infantil en Catalunya’ En el marco del proceso de reflexión en torno a la participación infantil en Catalunya y con vistes a la creación del Consejo Nacional de la infancia y la adolescencia de Catalun-ya (CNIAC), la Secretaría de Infancia constituyó un grupo de expertos, que, conjunta-mente con representantes de la Secretaría, elaboraron el documento “La participación infantil en Catalunya. Reflexiones y propuestas para potenciarla”. En algunos de los aspectos que se trabajaron en el marco de este grupo se identificaron los proyectos de participación de niños y niñas, la reflexión entorno a estrategias para fomentar la participación y la predefinición del futuro Consejo de los niños/as y los ado-lescentes de Catalunya, valorando aspectos como su funcionamiento, independencia, fórmulas de participación, etc. Algunas de les reflexiones y aportaciones del documento se han revisado e incorporado en este borrador de Documento de Bases del Consejo Nacional de la Infancia y la Ado-lescencia de Catalunya (CNIAC).

El Documento de bases del Consejo Nacional de la infancia y la adoles-cencia de Catalunya (CNIAC): la comisión política y la comisión técnica La Secretaría de Infancia y Adolescencia constituye una comisión política y una co-misión técnica con el objetivo de elaborar el documento de bases y la propuesta de Or-den de Creación del Consejo Nacional de la infancia y la adolescencia de Catalunya, así como implicar al máximo de los agentes implicados en el proceso de constitución del CNIAC en el territorio y, en general, en la promoción de la participación infantil en el territorio.

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La Comisión política se constituyó con la finalidad de consensuar propuestas con vistas a la promoción de la participación infantil en el territorio y dar apoyo desde el ámbito local al proceso de creación del consejo nacional. Integran la comisión política represen-tantes del Departamento de Acción Social y Ciudadanía (Secretaría de Infancia y Adoles-cencia y Secretaria de Juventud) y del Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya; las diputaciones de Barcelona, Girona, Tarragona y Lleida; así como la Aso-ciación Catalana de Municipios y la Federación Catalana de Municipios. La Comisión técnica, formada por un grupo de expertos en participación infantil, se convocó con la finalidad de elaborar un documento de bases del Consejo nacional de la infancia y la adolescencia en Catalunya y una propuesta de Orden de creación. Integra-ron la comisión técnica: � Ferran Casas Aznar. Catedrático de Psicología Social Institut de Recerca sobre

Qualitat de Vida de la Universitat de Girona. � Miquel Àngel Essomba. Director de UNESCO Catalunya i miembro de la Dirección

de la Asociació de Mestres Rosa Sensat.

� Josefina Fernández i Barrera. Profesora Titular de Treball Social de la Universi-tat de Barcelona. Coordinadora del Grup de Recerca i Innovación en Trabajo Social (GRITS). Miembro de la Junta de UNICEF Catalunya.

� Anna Novella Càmara. Profesora del Departamento de Teoría y Historia de la

Educación de la Facultat de Pedagogia de la Universitat de Barcelona. Miembro del Grup de Recerca en Educació Moral (GREM-UB).

� Isaac Ravetllat. Profesor de Derecho de la Universitat de Barcelona. � Araceli Lázaro Aparicio. Secretaria del Observatorio de los Derechos de la Infan-

cia (en representación de la Secretaria de Infancia). � Josep Maria Villena i Segura. Presidente de Diomira (entidad encargada de la

coordinación del grupo de expertos). � Apoyo técnico: Paloma Herrera Pastor, técnica de Infancia de Diomira.

En el proceso de elaboración del Documento de Bases y de la propuesta de Orden de Creación del Consejo Nacional de la Infancia y la Adolescencia de Catalunya (CNIAC) se han tenido en cuenta como referentes los procesos de constitución del Consejo Nacional de la Juventud de Catalunya –Ley 14/1985 del Consejo Nacional de la Juventud de Cata-lunya- y del Consejo Nacional de Mujeres de Catalunya –Decreto 460/2004, de 28 de diciembre, del Consejo Nacional de Mujeres de Catalunya y de creación de las Asam-bleas Territoriales de Mujeres de Catalunya. Así mismo, éste Documento de Bases toma como referencia el documento “La participación infantil en Catalunya. Reflexiones y pro-puestas para potenciarla”. Además del trabajo realizado por la comisión técnica, el proceso de participación y ela-boración del Documento de bases recoge las aportaciones de: � Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya � Secretaria de Infancia, Observatorio de los derechos de la infancia y Oficina estraté-

gica del Departamento de Acción Social y Ciudadanía de la Generalitat de Catalunya � Dirección General de Participación Ciudadana de la Generalitat de Catalunya � Diputación de Barcelona � Diputación de Lleida

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Anexo 3. Documentación de referencia Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño. 1989. Proyecto de Ley de los derechos y las oportunidades de la Infancia y la Adoles-cencia Actas de las jornadas “Hacia el Consejo Nacional de Infancia y Adolescencia en Catalunya”, realizadas por la Secretaría de Infancia y Adolescencia en mayo de 2009 y recogidas en el libro “Hacia el Consejo nacional de infancia y adolescencia en Catalun-ya”. Diomira. 2009. Parlamento de Catalunya. Resolución 194/III de 7 de marzo de 1991 sobre los dere-chos de la infancia. Documentos del Observatorio de los Derechos de la Infancia núm. 1. El dere-chos del niño a ser escuchado. Publicación de la Observación General 12 del Comité de los derechos del niño por el Observatorio de los derechos de la Infancia de Catalunya. La participación infantil en Catalunya. Reflexiones y propuestas para potenciar-la. Documento elaborado por un grupo de expertos sobre participación infantil convoca-do por la Secretaría de Infancia de la Generalitat de Catalunya en septiembre de 2009. Bases para un debate sobre la participación infantil en el ámbito local. Ciudades Amigas de la Infancia. UNICEF. Pongamos a la infancia en la agenda política local. Manual básico para respon-sables políticos municipales. Ciudades Amigas de la Infancia. UNICEF. Casas, F., González, M., Montserrat, C., Navarro, D., Malo, S., Figuer, C. i Ber-tran, I. Informe técnico sobre experiencias de participación social efectiva de niños, niñas y adolescentes (principalmente europeas). 2008. Disponible en versión electrónica: http://www.mepsyd.es/observatoriodeinfancia/documentos/2009-participacioninfantilene.pdf. Fernández, J. Los niños como a ciudadanos. Tesis doctoral. Universitat de Barcelona, año 2005. Disponible en versión electrónica: www.tesisenxarxa.net/TDX-0113109-110853/ Novella, Ana M. La participación de los niños/as en la ciudad desde el Consejo de In-fancia. Secretaría de Infancia y Adolescencia Generalitat de Catalunya. Colección Infan-cia y Adolescencia núm. 2. Barcelona. 2009. [Consultar bibliografía específica sobre infancia en el documento La participación infantil en Catalunya. Reflexiones y propuestas para potenciarla]