el código civil argentino vélez sarsfield completo

43
El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield

Upload: diana-quispe-tamariz

Post on 11-Aug-2015

415 views

Category:

Documents


4 download

TRANSCRIPT

Page 1: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield

Page 2: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

Dalmacio Vèlez Sàrsfield

BIOGRAFIA

Page 3: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

Dámaso Simón Dalmacio Vèlez Sársfield (1800-1875)

O Nació el 18 de febrero de 1800 en Amboy.O 1818 recibe el título de Magister Actuem.O 1822 se gradúa como abogado en la hoy

Universidad Nacional de Córdoba.O 1824 fue secretario en el Congreso rivadaviano

de manera interina en la primera sesión, ese mismo año fue nombrado catedrático de Economía política en la Universidad de Buenos Aires.

O Durante el Gobierno de Juan Manuel Rosas, debido alas persecuciones políticas exilió en Montevideo.

Page 4: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

O Es candidato por San Luis y elegido diputado para el Congreso Constituyente de 1824-1826.

O Finalmente se reconcilia con Rosas y lo asesora en la relación de la provincia de Buenos Aires con la Iglesia, en esta etapa de conflicto redacta una compilación exhaustiva del Derecho Canónico ya existente presentado en Tratado Público Eclesiástico en relación al Estado.

O Se rumoreo que Vélez fue quien en 1848 aconsejo el fusilamiento de Camila OGorman.

Page 5: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

O Tuvo dos matrimonios con dos primas:

1823 con Paula Piñeiro, con quien tuvo a su hija Vicenta Vélez.

Con Manuela Velázquez de dos años después de haber enviudado de Paula, con quien tuvo cuatro hijos: Constantino, Aurelia, Bernardo y Rosario

O Se dice que Aurelia tuvo un romance con Sarmiento.

Padre de familiaNI LAS VÍBORAS1840 Sarmiento se queda dormido en una silla de la casa del Gobernador, alguien, no se descarta que halla sido el mismo Rosas, le coloca un víbora en el bolsillo.Cuando despierta el animal estaba muerto, a lo que Rosas le dice: ”vio docto a Ud. Ni siquiera las víboras lo aguantan”.

Page 6: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

Después de CaserosO 1852 Elegido diputado de la legislatura bonaerense.O 1854 Ministro de estado de Buenos Aires.O En 1958 Buenos Aires le encarga redactar el código de

Comercio, fue sancionado en 1959.El mismo que después de la reunificación nacional, sería aprobado como Código de Comercio de la nación Argentina.(1862).

O 1862 se le encarga la redacción del Código Civil.O Ministro de Hacienda durante el Gobierno de Mitre

(1863-1863).O Ministro del interior durante el gobierno de Sarmiento

(1868-1872).O Falleció en Buenos Aires el 30 de marzo de 1875.

Page 7: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

ANTECEDENTES

• Existieron codificaciones realizadas durante los siglos XVIII Y XIX.

• En 1824 , Juan Gregorio de las Heras. -Código de comercio -Código Militar

• En 1831 , la legislatura de Buenos Aires adopto el código de comercio español(1829).

• En 1852 , Justo José de Urquiza designo una comisión para la redacción de los códigos.

• Revolución del 11 de septiembre de ese mismo año. -consecuencia: -Separación de argentina en Provincia de Buenos Aires y La Confederación Argentina•

Page 8: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

O Confederación Argentina :

-La Constitución de Argentina de 1853 , faculto al congreso para dictar los códigos civil, comercial, penal, y de minería.

-Facundo Zuviria propicio ante el senado una ley que facultaba al poder ejecutivo el nombramiento de una comisión para estos fines.

Page 9: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

O Provincia de Buenos Aires :

El 17 de octubre de 1857 se sanciono una ley que autorizaba al poder ejecutivo a utilizar fondos necesarios para la redacción de los códigos. Código del comercio redactada por Dalmacio Vélez Sarsfield y Eduardo Acevedo Maturana .

O Este código fue sancionado en esta provincia en 1859, siendo este mismo código

adoptado por la nación en 1862 y modificado en 1889.

Page 10: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

SANCION

O El 6 de junio de 1863 fue sancionada la ley N° 36, que facultaba al Poder Ejecutivo a nombrar comisiones encargadas de redactar los proyectos de los Códigos Civil, Penal, de Minería y de las ordenanzas del Ejercito

Page 11: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

En 1864, con fecha 20 de octubre, el presidente Mitre, dicta un decreto para dar cumplimiento a la citada ley 36. Pero en vez de designar a una comisión, designo al Dr. Dalmasio Vélez Sarsfield.

Page 12: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

Amanuenses:

O Victorino de la Plaza

O Eduardo Díaz de Vivar

O Aurelia Vélez Sarsfield

Page 13: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

O El Presidente Domingo Faustino Sarmiento envió el 25 de agosto de 1986 una nota al congreso propiciando la ley que pusiera en vigencia el proyecto del Código Civil

Page 14: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

LEY 340

El Código Civil fue sancionado por ley 340, el 25 de setiembre de 1869.Art. 1: El Código Civil redactado por el Dr. Dalmasio Vélez Sársfield se observará como ley en la República Argentina desde el 1 de enero de 1871

Page 15: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

CARACTERISTICAS GENERALES

Código legal que reúne las bases del ordenamiento jurídico en materia civil en la Argentina. Fue redactado por Dalmacio Vélez Sarsfield.Fue aprobado a libro cerrado , el 29 de septiembre de 1869.Entró en vigencia el 1 de enero de 1871.

Page 16: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

O Refleja la influencia del Derecho continental , el Derecho canónico y otros.

O Facilitó el conocimiento del Derecho.

O Afianzó la independencia política del país.

Page 17: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

PARA REDACCION DEL CODIGO ,DALMACIO VELEZ SARSFIELD SE INSPIRO EN CODIGOS

CONTEMPORANEOS O PASADOS EN LEYES NACIONLES E INTERNACIONALES.

LAS FUENTES PUEDEN CLASIFICARSE EN EL : * DERECHO ROMANO

* LA LEGISLACION ESPAÑOLA Y PATRIA . * EL DERECHO CANONICO. *EL CODIGO NAPOLEON .

*LA OBRA DE FREITAS.

la principal influencia en el trabajo de Vélez Sarsfield fue el romanista alemán friedrich Karl von savigny

con su obra “el derecho romano actual” utilizada en lo referido a personas jurídicas ,obligaciones, dominio y

posesión , y la adopción del principio de domicilio como elemento determinante de la ley .

FUENTES DEL CODIGO CIVIL

Page 18: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

DERECHO ROMANO

Ninguna de sus disposiciones fueron extraídas directamente del Corpus Iuris Civilis.

La influencia indirecta romana se refleja en las estructuras de carácter patrimonial.

Influenció especialmente en lo referido a personas jurídicas, obligaciones, dominio, posesión y la capacidad de las personas

Page 19: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

La influencia de esta legislación en lo referente a su método y técnica fue prácticamente nula.Vélez tuvo en cuenta los usos y costumbres del país, en especial en lo referente a la organización familiar.

LA LEGISLACION ESPAÑOLA

Page 20: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

.

DERECHO CANONICO :

Gran influencia en lo referente al Derecho de familia, en especial sobre el matrimonio.Las personas católicas, como las de los pueblos de la República Argentina, no podrían contraer el matrimonio civil.

Page 21: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

LA INFLUENCIA DIRECTA SE ENCUENTRA EN LOS 145 ARTICULOS COPIADOS DEL CODIGO FRANCES PERO LA PRINCIPAL INFLUENCIA INDIRECTA EJERCIDA A TRAVES DE LOS COMENTARISTAS FUE LOS COMENTARISTAS FRANCESES QUE MAS FUERON TENIDOS EN CUENTA POR VELE SON :MERLIN,TOULLIER,MOURLON,DUVERGIER,TROPLONG,DURANTON,DEMANTE,MARCADE,LUEGO APARECEN EN ALGUNAS NOTAS DEL CODIGO ,MASSE,VERGE,DELAMARE,VAZEILLE,CHABOT,CHARDON,PERISL,ROGRON,MOREL Y AGUNOS OTROS

CODIGO NAPOLEONICO

Page 22: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

EL TRATADO DE CHARLES AUBRY Y FREDERIC CHARLES RAU.

ELLOS HABLAN DE TEORIAS ACERCA DEL PATRIMONIO ,A LA VEZ QUE ESTE SE INTEGRA CON EL CONJUNTO DE BIENES,OBLIGACIONES Y CARGAS CONSTITUYE UNA ENTIDAD ABSTRACTA, UNA UNIVERSALIDAD DE DERECHO QUE TIENE UN VINCULO PERMANENTE E INDISOLUBLE CON LA PERSONA JURIDICA.

PATRIMONIO =CAPACIDAD

Page 23: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

ESCUELA CLASICA :SEGÚN AUBRY Y RAU DICEN QUE HAY SEPARACION ENTRE LOS DERECHOS REALES Y LOS PERSONALES LA ESCUELA CLASICA DICE QUE EL DERECHO REAL ES UN PODER JURIDICO QUE SE EJERCE EN FORMA DIRECTA E INMEDIATA EN UN BIEN PARA SU APROVECHAMIENTO TOTAL O PARCIAL.ELEMENTOS DEL DERECHO REAL :EXISTENCIA DE UN PODER JURIDICO.LA FORMA DE EJERCICIO Y RELACION ENTRE EL TITULAR Y LA COSA.LA NATURALEZA ECONOMICA QUE PERMITE EL APROVECHAMIENTO TOTAL O PARCIAL DE LA MISMA.

Page 24: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

• Notas de Vélez 2503. Son derechos reales:

1° ) El dominio y el condominio;2° ) El usufructo;3° ) El uso y la habitación;4° ) Las servidumbres activas;5° ) El derecho de hipoteca;6° ) La prenda;7° ) La anticresis;8° ) La Superficie Forestal. (Párr. incorp. por Ley 25.509).

Page 25: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

DERECHO PERSONAL :ESTA ESCUELA CLASICA TAMBIEN LLAMADO DE CREDITO SE DEFINE COMO UNA RELACION JURIDICA QUE OTORGA AL ACREEDOR LA FACULTAD DE ELEGIR AL DEUDOR UNA PRESTACION DE CARÁCTER PATRIMONIAL O MORAL.ELEMENTOS DEL DERECHO PERSONAL . RELACION ENTRE SUJETO ACTIVO Y PASIVO.LA FACULTAD QUE NACE A FAVOR DE ACREEDOR PARA EXIGIR CIERTA CONDUCTA DEL DEUDOR

Page 26: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

OBRA FREITAS

O Freitas que en 1887 combatió la noción misma de los derechos civiles como derecho a simple nacionalidad, hablar de muerte civil, igualdad para los extranjeros, aludiendo “igualdad en los derechos ese es nuestro derecho esa es nuestra costumbre “los códigos argentinos y uruguayos fueron influenciados por este proyecto .

Page 27: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

OTRAS FUENTES Civil Francés, el código que mayor influencia ejerció fue el Código Civil de Chile, promulgado en 1855 y redactado por el jurisconsulto Andrés Bello. Este código era muy valorado por el codificador argentino, y se estima que este texto sirvió para la formulación de 170 artículos del código argentino.También se valió del Código de Luisiana, que utilizó para la redacción de 52 artículos, del Código Albertino para los Estados Sardos, de la consolidación legislativa rusa, del Código de Parma, del Código de las Dos Sicilias, del Código General Prusiano de 1874, del Código austríaco de 1811, del Código del Estado de Nueva York y el Código italiano de 1865.

Page 28: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

El código Andrés Bello

CONTIENE CUATRO LIBROS EL PRIMERO TRATA DE PERSONAS,EL SEGUNDO DE LOS BIENES Y DE SU DOMINIO Y POSESION USO Y GOCE,EL TERCERO DELA SUCESION Y LA DONACION Y ELCUARTO DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS.

Page 29: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

También se valió del antecedente inmediato del Código Civil de España, el proyecto de 1851 preparado por Florencio García Goyena. Este proyecto cuenta con 3.000 artículos, y se calcula que sirvió para la formulación de 300 artículos del código argentino.

Finalmente, Eduardo Acevedo fue autor de un proyecto de Código Civil para Uruguay, presentado en 1851. Vélez utilizó de este proyecto 27 artículos, y utilizó algunas referencias para sus notas.

Page 30: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

ESTRUCTURA:TITULOS PRELIMINARES :El primer titulo trata de las leyes y elabora una “teoría general de la ley”.El segundo se refiere al modo de contar los intervalos en el Derecho.LIBRO 1La primera sección de este libro, de las personas en general

Título I - De las personas jurídicas Artículo 30.Son personas todos los entes susceptibles de adquirir derechos, o contraer obligaciones. 

el segundo , “ De los derechos persónales en las relaciones de familia.Título I - Del matrimonio Artículo172 Es indispensable para la existencia del matrimonio el pleno y libre consentimiento expresado personalmente por hombre y mujer ante la autoridad competente para celebrarlo. El acto que careciere de alguno de estos requisitos no producirá efectos civiles aunque las partes hubieran obrado de buena fe.

Page 31: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

LIBRO 2O La primera ,trata sobre las obligaciones en general.O Título I De la naturaleza y origen de las obligacionesO Artículo 499.-O No hay obligación sin causa, es decir, sin que sea derivada

de uno de los hechos, o de uno de los actos lícitos o ilícitos, de las relaciones de familia, o de las relaciones civiles.

O La segunda ,extinción de las obligaciones. O Título XVI Del pago O Artículo725.-O El pago es el cumplimiento de la prestación que hace el

objeto de la obligación, ya se trate de una obligación de hacer, ya de una obligación de dar.

O La tercera trata sobre las obligaciones que nacen de los contratos.

O Título I De los contratos en general O Artículo1138.O Los contratos se denominan en este Código unilaterales, o

bilaterales. Los primeros son aquellos en que una sola de las partes se obliga hacia la otra sin que ésta le quede obligada. Los segundos, cuando las partes se obligan recíprocamente la una hacia la otra.

Page 32: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

LIBRO 3O Este libro trata sobre los derechos reales tratando

las cosas en si mismas o en relación a las personas. O Título IV De los Derechos realesO Artículo 2474.O Para establecer la posesión anual, el poseedor puede

unir su posesión a la de la persona de quien la tiene, sea a título universal, sea a título particular. 

O LIBRO 4O La primera trata sobre las sucesiones mortis causa .O Sección Primera - De la transmisión de los derechos

por muerte de las personas a quienes correspondíanO Título I De las sucesiones Artículo 3279.O La sucesión es la transmisión de los derechos activos

y pasivos que componen la herencia de una persona muerta, a la persona que sobrevive, a la cual la ley o el testador llama para recibirla. El llamado a recibir la sucesión se llama heredero en este Código.

Page 33: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

La segunda trata sobre privilegios y derechos de retención. Título I De la preferencia de los créditos Artículo 3875.El derecho dado por la ley a un acreedor para ser pagado con preferencia a otro, se llama en este Código privilegio.La tercera trata sobre la prescripción. Título I De la prescripción de las cosas y de las acciones en general Artículo 3947.Los derechos reales y personales se adquieren y se pierden por la prescripción. La prescripción es un medio de adquirir un derecho, o de libertarse de una obligación por el transcurso del tiempo

Page 34: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

REFORMAS AL CODIGO CIVIL ARGENTINO

La pretensión de que todo el Derecho sea condensado definitivamente en un código, se enfrento a mutaciones sociales, económicas y políticas que imponen la constante actualización del texto.

Hasta la actualidad el Código Civil solo ha sido reformado en forma parcial, destacando la reforma que introdujo la ley Nª 17.711.

Page 35: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

Sin embargo, existieron muchos proyectos para sustituir completamente el Código, incluso uno que pretendía la unificación con el Código Comercial.

LEY Nº 17.711:

En 1966, la secretaria de estado de justicia designo una comisión para evaluar una reforma del código civil, sin determinar si esta debería ser total o parcial. Dr. Bidau, Dr. Fleitas y Dr. Martínez Ruiz; suscribieron el proyecto.

Page 36: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

O Fue sancionada el 22 de abril de 1968 y entro en vigencia el 1 de julio de ese año. Esta ley afecta aproximadamente un 6%del articulado del código civil -200 artículos.

O Entre los cambios mas importantes, incluyo la adquisición de mayoría de edad a los 21 años, la emancipación por habilitación de edad.

O Al principio no toda la doctrina estuvo de acuerdo con los cambios que produjo la ley, al tiempo demostró que la reforma fue un importante avance de la legalización civil argentina.

Page 37: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

En la actualidad:O El proyecto de reforma del Código Civil

presentado por la presidente Cristina Kirchner incluye la simplificación para los trámites de divorcio, los contratos prenupciales y la fertilización asistida, entre las principales modificaciones.

O A continuación, los puntos principales del proyecto que deberá tratar el Congreso:

- Divorcio: simplificar los trámites en este sentido. Bastará la voluntad de uno solo de los cónyuges, para concretar la separación.

- Contratos prenupciales: Al igual que en otros países, una pareja podrá firmar antes de casarse un contrato prenupcial, que permitirá establecer antes de contraer matrimonio una división de bienes determinada en caso de divorcio.

Page 38: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

Un solo socio: la reforma permitirá conformar una sociedad comercial de "un sólo socio". Además se incorporará la figura de leasing, esto es, el alquiler con opción a compra.

- Fertilización asistida: la posibilidad de que una mujer acuda a un procedimiento de fertilización asistida, así como el alquiler de vientre para aquellas mujeres que no puedan concebir. - Adopción: el proyecto busca simplificar los trámites de adopción de niños aunque mantendrá una serie de "controles", según afirmó el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, al presentar la iniciativa.El Poder Ejecutivo estima enviar lo mas pronto posible el proyecto de ley al Congreso y espera poder aprobarlo durante este año.

Page 39: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

NOTAS DE CODIFICADOR

O CARACTERISTICA PARTICULAR :

O característica singular, consistente en la inclusión de notas al pie de los artículos, en las que Vélez Sarsfield expone el origen y los fundamentos de la opción adoptada, o bien cita o trascribe leyes y párrafos de tratadistas.

O Estas notas son muy valiosas desde el punto de vista doctrinario. En ellas el codificador plantea el problema, resume los argumentos y escoge una resolución, siempre en pocas palabras.

Page 40: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

LEY DE FE DE ERRATASO * La primera ley de

Fe de Erratas fue la Ley n.º 527, sancionada cuando el Poder Ejecutivo envió un proyecto de ley para oficializar la edición de Nueva York del Código Civil, que introduce una corrección de 24 tituladas erratas.

O * La Ley 1.196 establecía también la realización de una nueva edición que incluyera las correcciones incluidas en esa ley. En cumplimiento de esta disposición, en 1883 se realizó la tercera edición del Código Civil, conocida como edición de La Pampa, por el nombre del taller encargado de la impresión. Esta edición incluye una modificación importante, ya que el articulado está realizado en forma corrida.

Page 41: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

.

EDICIONESEl proyecto fue redactado por Vélez

Sarsfield fue impreso a medida que el autor iba enviando los diferentes libros al gobierno , el primer libro fue impreso

por la imprenta la nación argentina

Page 42: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo

REFORMAS

La pretensión racionalista de que todo el Derecho sea condensado definitiva y comprehensivamente en un código, se enfrentó a las mutaciones sociales, económicas y políticas que imponen la constante actualización del texto.

Hasta la actualidad, el Código Civil sólo ha sido reformado en forma parcial, destacándose la reforma que introdujo la Ley n.º 17.711.

Page 43: El Código Civil Argentino Vélez Sarsfield completo