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La Recomendación 05 contenida en el Informe 001-2008-2-0263, "Examen Especial de la Jefatura Comercial de SEDAPAR S.A. Periodo 2005-2006" emitido por el Órgano de Control Institucional; el Informe N° 071- 2009/8-1444, de fecha 22 de mayo del 2009 emitida por la Oficina de Cobranza Judicial; que cuenta con el visto bueno de la Jefatura del Departamento de Cobranza; el Informe N° 032-2009/8-1400 .~ de fecha 25 de mayo del 2009 emitida por la Sub Gerencia Comercial, el informe .. 70 -2009/8-1010 de fecha 26 de mayo del 2009, emitida por Gerencia General y '" I emás documentos que forma parte del expediente: ~ ," \) CONSIDERANDO: ~1;j¡¡WI"" .... , 1 Arequipa, 2009, Junio 12 RESOLUCiÓN 739 - 2009/5-1002 " ASUNTO APRUEBA DIRECTIVA "LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTO QUE REGULAN LOS QUIEBRES DE INTERESES POR FACTURAR DE LAS CONEXIONES CON DEUDA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2008" . VISTOS: Que, mediante Recomendación N° 5) contenida en el Informe N° 001-2008-2-0263, Examen Especial de la Jefatura Comercial de 8EDAPAR S.A. Periodo 2005-2006, el Órgano de Control Institucional, establece la necesidad de elaboración de una Directiva o Reglamento que contemple los procedimientos y parámetros a seguir en el quiebre de intereses en la Oficina de Cobranza Judicial . Que, con los documentos de vistos la Oficina de Cobranza Judicial, el Departamento de Cobranzas, la Sub Gerencia Comercial, la Gerencia General alcanzan el proyecto de Directiva, "Lineamientos y Procedimiento que Regulan los Quiebres de Intereses por Facturar de las Conexiones con Deuda hasta el 31 de Diciembre del 2008". Que resulta necesario establecer una política empresarial que permita reducir significativamente la cartera morosa producida por el incumplimiento en el pago de facturaciones de consumos, estableciendo los lineamientos, parámetros y procedimientos para la quiebra de intereses por facturar de los usuarios morosos, con la finalidad de recuperar efectivamente las acreencias. Estando a lo opinado con los documentos de vistos, y a lo acordado en Sesión de Directorio N° 51 del 12 de Junio del 2009, en aplicación de las atribuciones conferidas por el Estatuto Empresarial

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La Recomendación N° 05 contenida en el Informe N° 001-2008-2-0263, "ExamenEspecial de la Jefatura Comercial de SEDAPAR S.A. Periodo 2005-2006" emitido porel Órgano de Control Institucional; el Informe N° 071- 2009/8-1444, de fecha 22 demayo del 2009 emitida por la Oficina de Cobranza Judicial; que cuenta con el vistobueno de la Jefatura del Departamento de Cobranza; el Informe N° 032-2009/8-1400

.~ de fecha 25 de mayo del 2009 emitida por la Sub Gerencia Comercial, el informe N°•.. 70 -2009/8-1010 de fecha 26 de mayo del 2009, emitida por Gerencia General y'" I emás documentos que forma parte del expediente:

~,"\) CONSIDERANDO:~1;j¡¡WI""

.... ,

1

Arequipa, 2009, Junio 12

RESOLUCiÓN N° 739 - 2009/5-1002

" ASUNTO APRUEBA DIRECTIVA "LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTO QUEREGULAN LOS QUIEBRES DE INTERESES POR FACTURAR DELAS CONEXIONES CON DEUDA HASTA EL 31 DE DICIEMBREDEL 2008"

. VISTOS:

Que, mediante Recomendación N° 5) contenida en el Informe N° 001-2008-2-0263,Examen Especial de la Jefatura Comercial de 8EDAPAR S.A. Periodo 2005-2006, elÓrgano de Control Institucional, establece la necesidad de elaboración de unaDirectiva o Reglamento que contemple los procedimientos y parámetros a seguir en elquiebre de intereses en la Oficina de Cobranza Judicial .

Que, con los documentos de vistos la Oficina de Cobranza Judicial, el Departamentode Cobranzas, la Sub Gerencia Comercial, la Gerencia General alcanzan el proyectode Directiva, "Lineamientos y Procedimiento que Regulan los Quiebres de Interesespor Facturar de las Conexiones con Deuda hasta el 31 de Diciembre del 2008".

Que resulta necesario establecer una política empresarial que permita reducirsignificativamente la cartera morosa producida por el incumplimiento en el pago defacturaciones de consumos, estableciendo los lineamientos, parámetros yprocedimientos para la quiebra de intereses por facturar de los usuarios morosos, conla finalidad de recuperar efectivamente las acreencias.

Estando a lo opinado con los documentos de vistos, y a lo acordado en Sesión deDirectorio N° 51 del 12 de Junio del 2009, en aplicación de las atribuciones conferidaspor el Estatuto Empresarial

2,..

.t~uAV. VIRGEN DEL PILAR N° 1701

FAX 216521 - FONO 215190CASILLA 583 - AREaUIPA

~E RESUELVE:

Aprobar la Directiva "Lineamientos y Procedimiento que Regulan los Quiebres deIntereses por Facturar de las Conexiones con Deuda hasta el 31 de Diciembre del2008", la que en doce (12) folios consta de Exposición de Motivos, 02 Títulos, 19Artículos y 10 Disposiciones Complementarias y Finales.

2. La Gerencia General, Sub Gerencia Comercial, Sub Gerencia Operaciones yMantenimiento, Jefatura Administrativa, Jefatura Zonales, DepartamentoCobranzas, Oficina de Cobranza Judicial, la Oficina de Reclamos, la Oficina deControl Pérdidas, Oficina de Desarrollo Tecnológico quedan encargadas delcumplimiento de la presente Resolución y Directiva, de los que tomaránconocimiento el 6rgano de Control Institucional y la Ofician de Asesoría Legal losfines de su competencia .

.ICGGP

Cc. DirectorioGerencia GeneralSub Gerencia ComercialSub Gerencia Operaciones y MantenimientoSub Gerencia Producción y TratamientoSub Gerencia Investigación y DesarrolloJefatura AdministrativaJefatura ZonalesDepartamento CobranzasOficina Cobranza JudicialOficina Reclamos

_~fjcina Desarrollo Tecnológico·!JIJficina Control Pérdidas

Asesoría LegalOCI.Arch.

I ¡1:- I

AV. Vr~GEN DEL PILAR N" 1701FAX 216521 • FONO 215190CASILLA 583· AREQUIPA

PROYECTO DE DIRECTIVA:LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTO QUE REGULAN LOS QUIEBRES DE

INTERESES POR FACTURAR DE LAS CONEXIONES CON DEUDA HASTA EL 31DE DICIEMBRE DEL 2008

EXPOSICION DE MOTIVOS

'--._- ..La Oficina de Cobranza Judicial de la EPS SEDAPAR S.A. tiene como antecedente, elPrograma Piloto de la Reducción de la Cartera Morosa1

, que tuvo una vigencia inicialde tres meses, desarrollando sus actividades en el ámbito de la Provincia de Arequipa,y en vista de los resultados obtenidos, fue ampliado hasta diciembre del 20042.

Posteriormente mediante Resolución N° 24860-2004/8-1010, el Programa deReducción de Cartera Morosa fue ampliado a Provincias: Con la Resolución N° 25111-2005/8-1010, se da por concluido el Programa Piloto de Reducción de Cartera Morosa2004, y se inicia el nuevo Programa de Reducción de Cartera Morosa Arequipa yProvincias, que a diferencia del programa anterior, comprende todas las cuentas condeuda pendiente de pago de seis ó más meses, así como las zonales 8ur y Norte, conlo que se inicia la Oficina de Cobranza Judicial.

'-~!."::~,La Oficina de Cobranza Judicial, tiene por objetivo la recuperación de ia carteraf;l;.'_\"lmorosa, mediante la realización de acciones de cobranza Pre-Judicial y Judicial; en la:J \ \ ) ealización de las acciones descritas, los funcionarios y servidores de la Oficina de

\\ J.. .' '. g~~~1lobranza Judicial buscan obtener el mayor beneficio posible para la Empresa, sin';:,»~ .,» 4)embargo, existen algunas circunstancias que hacen necesario efectuar el quiebre de'.'>,.¡¡;-~'.~intereses por facturar, para lograr la efectiva recuperación del capital (consumos).

·~I •• ~~~

Las acciones de Cobranza Prejudicial, se inician a los 6 meses de deuda, asignados.' por el Departamento de Cobranzas e implican la realización de notificaciones de

cobranza, corte de servicios en distintas modalidades, levantamiento de conexiones'clandestinas y celebración de transacciones y/o conciliaciones extrajudiciales. La

'. ¡ -~: 'Cobranza Judicial conlleva a la interposición de demandas ante los órganos."c.- .jurisdiccionales competentes, en la vía del proceso ejecutivo; en ésta instancia,también se realizan conciliaciones ante el juez que conoce del proceso.

Resulta necesario que la Oficina Cobranza Judicial, en las negociaciones(transacciones, conciliaciones) efectúe, de oficio, el cambio de los titulares de lasconexiones en los casos que se determinen titulares fallecidos, nuevos propietarios,entre otros, con la finalidad de mantener actualizado el catastro comercial de la

"-/' "A It .

(

/ .:,'" , '~~',mpresa.'~ME"~\(' 1"

. DE ~ ra los efectos de la presente Directiva, resulta necesario tener presente las. ~~" lit guientes definiciones:'\, ~? w\~

Interés: Desde la perspectiva econorruca se denomina "interés" al precio oremuneración que una persona ha de pagar por la utilización o disfrute de bienes decapital que le pertenecen a otro. En términos jurídicos el interés es el fruto civil queproduce una suma dineraria u otro bien, denominados capital, como consecuencia de

I Res, 24689·2004/S-J010.] Res. 24994·2004/S-1010.

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AV. VIRGEN DEL PILAR N" 1701FAX 216521 - FONO 215190CASILLA 583 - AREQUIPA

una relación jurídica en la que la obligación principal consiste en la entrega de dichocapital; en virtud a dicha relación jurídica, el acreedor del capital tiene derecho a que eldeudor le abone como prestación adicional a la entrega o devolución del capital, unasuma dineraria u otro bien, por concepto de interés.

.' Interés Convencional.- Es el interés que nace por voluntad de las partes. El interésconvencional o voluntario puede ser compensatorio o moratoria, dependiendo de si laspartes pactan el devengo de intereses como retribución del capital o para elresarcimiento en caso de mora.

Interés Moratoria.- El interés moratorio es el que se paga con el fin de indemnizar lamora en el pago (Artículo 1242 del Código Civil); su función es resarcir al acreedor elperjuicio sufrido por el incumplimiento del pago a que se encuentra obligado.

Interés Legal 3._ El interés legal es aquel que se origina y devenga por mandato de laley, siendo totalmente ajeno a la voluntad de las partes. la tasa del interés legal esfijado por el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) «(Articulo 1244 del CódigoCivil))

¿',¡.'!". Interés Por Facturar.- Es aquel que se genera al haberse suspendido la facturación,.' ~~;'<', :' ~';'~~s el interés espectaticio, es decir jurídicamente es una esperanza o una pretensión,

. /;'~, r}ansacción Extrajudicial.- Es el acuerdo que directamente realizan las partes, y que. . .,' _ pone fin al conflicto.

Conciliación Extrajudicial.- Es el acuerdo que las partes realizan por ante un Centrode Conciliación, se rige por la Ley de Conciliación, Ley N° 26872 Y su modificatoria D.Leg. N° 1070

Conciliación Judicial 4 .- Es el acuerdo que las partes realizan por ante un Juez,dentro de un proceso ejecutivo .

•....Por las obligaciones no canceladas dentro del plazo de vencimiento, SEDAPAR S.A.cobra a sus usuarios intereses moratorias (cláusula sexta del contrato de prestación deservicios de saneamiento que suscribe con sus usuarios) é intereses legales deconformidad con lo dispuesto por el artículo 1245 del Código Civil.

Mediante Recomendación N° 5) contenida en el Informe N° 001-2008-2-0263, ExamenEspecial de la Jefatura Comercial de SEDAPAR S.A. Periodo 2005-2006, el Órgano de

3(1) No debe confundirse el interés legal con la tasa de interés legal. El segundo se aplica no sólo pormandato de la ley, sino también cuando el interés se origina en la voluntad contractual (interésconvencional) pero se ha omitido fijar su tasa.(2) Las tasas de máximas interés compensatorio, moratoria y legal. aplicables para operaciones ajenasal sistema financiero, son fijadas por el Banco Centra! de Reserva del Perú (BCRP), de conformidad conel artículo 5 J del D, L. 26123, Ley Orgánica del BCR?

J "La suscripción de las Transacciones y/o Conciliaciones extrajudiciales y/o Judiciales serealizará por los funcionarios y/o servidores que se encuentren debidamente facultados,siguiendo los rangos de autonomía establecidos por los artículos 10 Y 11 de la presenteDirectiva

3

Control Institucional, establece la necesidad de elaboración de una Directiva oReglamento que contemple los procedimientos y parámetros a seguir en el quiebre deintereses en la Oficina de Cobranza Judicial.

\

En consecuencia, es necesario que SEDAPAR S.A. cuente con una HERRAMIENTAde GESTION QUE LE PERMITA ESTABLECER una política Empresarial que TENGACOMO OBJETIVO reducir la cartera morosa producida por el incumplimiento en elpago de facturaciones de consumos, con mas de 06 meses de deuda al 31 dediciembre del 2008,estableciendo los parámetros y procedimientos para la quiebra deintereses por facturar de LAS CONEXIONES EN CONDICION DE MOROSIDAD conla finalidad de recuperar efectivamente las acreencias, así mismo es necesario que lagestión de cobro y quiebre de intereses sea lo mas transparente posible es ahí donderadica la importancia de ésta herramienta de gestión creando autonomías ycompetencias y sobre todo parámetros de gestión

ANÁLISIS COSTO - BENEFICIO

.•.... . La presente Directiva permitirá la reducción de la cartera morosa, brindando liquidez/f:?t¡ '.< inmediata para atender sus obligaciones de operación, mantenimiento y administración/ll~Y--·-./~e servicios, así ~~mo para at~n~er su proqrarna de inversiones y en general para

.11.1 ~( ~~"\.l'~grar la consecucion de sus objetivos empresariales.¡I,,') ~\O .

.~\ tJ..~A'.~\ ~"'h',. E o";'_'/_,. ~

l. OBJETO

i.

El Objeto de la presente Directiva es establecer los parámetros, lineamientos y/oprocedimientos que regulen los quiebres de intereses por facturar con los usuariosde las Conexiones sujetas a Cobranza Pre-Judicial (Deudas con 06 meses de faltade pago hasta el 31.12.2008) Judicial de SEDAPAR S,A.

11. FINALIDAD

Reducir la cartera morosa de la EPS SEDAPAR S.A., así como la formalización delos servicios de saneamiento en el caso de quienes estén haciendo uso de losmismos en forma clandestina ó irregular.

1. Ley General de los Servicios de Saneamiento, Ley N° 26338 Y normasmodificatorias.T.U.O. del Reglamento de la Ley General de los Servicios de Saneamiento, O.S.023-2005-VIVJENDA y sus modificatorias,Ley de Conciliación, Ley N° 26872 Y su modificatoria D. Leg. N° 1070Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 Y sus modificatoriasCódigo Civil.Código Procesal Civil.Código PenalCódigo Procesal PenalReglamento de Calidad de Prestación de Servicios de Saneamiento, Resoluciónde Concejo Directivo N°. Q11-2007-SUNASSS-CD.

•~ , se.rs.a.AV. VIRGEN DEL PILAR N° 1701

FAX 216521· FONO 215190CASILLA 583 _AREQUIPA

l .\4

3.10. Normas de Control Interno, Resolución N° 320-2006-CG.3.10. Estatutos Empresariales3.11. Reglamento de Prestación de Servicios de SEDAPAR S.A.3.12. Examen Especial de la Jefatura Comercial de SEDAPAR S.A. Periodo 2005-

2006, Informe N° 001-2008-2-0263, Recomendación 05

~"':' IV. ALCANCE<..~_I.~ .• ,..I.(' "

Se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la presente Directivatodos funcionarios y/o servidores de SEDAPAR S,A. en todos sus niveles,incluidos los que laboran Oficinas Zonales y Locales y le son aplicables a todos losusuarios que tengan la condición de deudores (Deudas con 06 meses de falta depago hasta el 31.12.2008) de la EPS SEDAPAR S.A.

V_ VIGENCIA

La presente Directiva, tendrá una vigencia de una año a partir del dia siguiente desu aprobación, pudiendo ser prorrogada su plazo de aplicación o ser modificada óderogada por la instancia que la aprobó.~~!I"~~~~

',:, ~ }':,"'\1': "

I '.

~! . VI. COMPONENTES

La presente Directiva consta de 02 Tltulos, 19 Artículos y 10 DisposicionesComplementarias y Finales, según detalle:

TITULO I

CAPITULO ICAPITULO 1ICAPITULO 111

TITULO II

CAPITULO I

CAPITULO 11CAPITULO 111

CAPITULO IVCAPITULO VCAPITULO VI

DE LOS ORGANOS COMPETENTES

DE LA SUB GERENCIA COMERCIALDEL DEPARTAMENTO DE COBRANZADE LA OFICINA DE COBRANZA JUDICIAL

PROCEDIMIENTO EN DEUDAS SUJETAS ACOBRANZA JUDICIAL

DE LAS DEUDAS A CARGO DE LA OFICINA DECOBRANZA JUDICIALDE LA ETAPA PREJUDICIALDE LAS TRANSACCIONES Y CONCILIACIONESEXTRAJUDICIALESDE LA ETAPA JUDICIALDE LAS CONCILIACIONES JUDICIALESDE LOS GASTOS PREJUDICIALES y COSTOSJUDICIALES

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

".d.s.tAV. VIRGEN DEL PILAR N" 1701

FAX 216521 • FONO 215190CASILLA 583 - AREQUIPA

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TITULO I

DE LOS ORGANOS COMPETENTES

CAPITULO I

DE LA SUB GERENCIA COMERCIAL

Artículo 1°._ Es el Estamento de la Empresa, que de acuerdo a su Manual deOrganización y Funciones (MOF), establece mecanismos para la recuperación de lacartera de cobranza morosa y efectividad en el funcionamiento de la cobranza judiciala efecto de tener los menores índices de clientes morosos; en ejercicio de dichafunción, se encuentra facultada a negociar y a efectuar el quiebre de intereses (porfacturar) con los usuarios titulares ó con sus representantes, respecto de lasconexiones regulares y/o clandestinas que mantienen deuda pendiente de pago y quese encuentren sujetas a Cobranza Pre Judicial ó Judicial, conforme a las facultadesotorgadas por el Directorio y siguiendo los lineamientos establecidos en la presente

ii<:~' ." Directiva.·~.i;l,ur "~~~

~\~}S'~¿Q~,<~{~.;rtículo}o.- La inte,:,~n~~ón del ~u~ ~er~nte C?~e.r~ial. p~r~ la suscripci~n de la'>::-':~¡;:;)'J_¿ . transacción y/o conciliación extrajudicial o conciliación judicial, que considere el

•.....~~ quiebre de intereses por facturar, se realizará conforme a las facultades otorgadas porel Directorio y de acuerdo a los montos establecidos en el articulo 10 de la presenteDirectiva, y deberá contar con el visto bueno del Profesional-Cobranza Judicial de laOficina de Cobranza Judicial ó quien haga sus veces, y del Jefe del Departamento deCobranza ó quien haga sus veces o el Jefe de Zonales.

CAPITULO 11

DEL DEPARTAMENTO DE COBRANZA

Artículo 3°._ El Departamento de Cobranza como ente encargado de la cobranza delos servicios facturados por la Empresa y de establecer las políticas necesarias paralograr el éxito en la cobranza de los usuarios morosos, se encuentra facultada a

~~fI!:!!!¡:..;::R~.,"" egociar y a efectuar el quiebre de intereses (por facturar) con los usuarios titulares ó

,. 0"9 n sus representantes respecto de las conexiones regulares y/o clandestinas que:: ;~~~(~~:.I'.ntienen deuda pendiente de pago y que se encuentren sujetas a Cobranza Pre~~ r.':;~';"'t/J)' ~ dicialó Judicial, siguiendo los lineamientos establecidos en la presente Directiva.

\"~ ~~,"1.~EO, Artículo 40._ La intervención del Jefe del Departamento de Cobranzas para laJ suscripción de la transacción y/o conciliación extrajudicial ó conciliación judicial, que

considere el quiebre de intereses por facturar se realizara conforme a las facultadesotorgadas por el Directorio y de acuerdo a los montos establecidos en el artículo 10 Y11 de la presente Directiva, contando con el visto bueno del Profesional-CobranzaJudicial de la Oficina de Cobranza Judicial ó quien haga sus veces.

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s.a.AV. VIRGEN DEL PILAR N° 1701

FAX 216521 - FONO 215190CASILLA 583 - AREQUIPA

CAPITULO 111

DE LA OFICINA DE COBRANZA JUDICIAL

Artículo 5°._ La Oficina de Cobranza Judicial, conforme al Manual de Organización yFunciones (MOF) es la encargada de representar a la Empresa para demandar,conciliar (judicial ó extrajudicialmente) negociar, transar con el cliente deudor.

\.

Artículo 6°._ El Profesional- Cobranza Judicial de la Oficina de Cobranza Judicial, (enadelante Profesional) se encuentra facultado a negociar y a efectuar el quiebre deintereses (por facturar) con los usuarios titulares ó con sus representantes respecto delas conexiones regulares y/o clandestinas que mantienen deuda pendiente de pago yque se encuentren sujetas a Cobranza Pre Judicial ó Judicial, de acuerdo a los montosestablecidos en los articulos 10 Y 11 de la presente Directiva y conforme a lasfacultades otorgadas por el Directorio .

..•. __.-;---

.,~ ,J' .' ¡. " ; \. "

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TITULO 11

PROCEDIMIENTO EN DEUDAS SUJETAS A COBRANZA

CAPITULO I

DE LAS DEUDAS A CARGO DE LA OFICINA DE COBRANZA JUDICIAL

Artículo 7°._ La Oficina de Cobranza Judicial, asume competencia respecto de lasconexiones que mantengan deuda con una antigüedad igualo mayor a seis (06)meses .Los expedientes administrativos serán remitidos por el Departamento deCobranza.

CAPITULO 11

DE LA ETAPA PREJUDICIAL

,/ Artículo 8°._ La Oficina de Cobranza Judicial, previa a la interposición de la demandaen la vía ejecutiva (Proceso Ejecutivo), notificará al Usuario Moroso concediéndoies unplazo máximo de 72 horas para el cumplimiento del pago de los montos adeudados.

~? 11- R,..t. La notificación deberá consignar el nombre del usuario, el número de la conexión, el~ ~.i.r\\,Q'" monto de la deuda, el plazo otorgado, la dirección de la oficina de Cobranza Judicial y

~ <JI'-\'~" ;/> ~ I I nombre del funcionario responsable de la Oficina de Cobranza Judicial con quien

~,¡ ~:"":-0~;.1deba tratar su caso.,.._~~CAPITULO 111

DE LAS TRANSACCIONES Y CONCILIACIONES EXTRAJUDICIALES

Artículo 9°._ Las transacciones y/o conciliaciones extrajudiciales deberán serrealizadas por el Profesional - Cobranza Judicial, y en atención al rango de autonomíaconsideradas en las cláusulas siguientes, deberán tambien ser suscritas por el Jefe del

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FAX 216521 • FONO 215190CASILLA 583 • AREQUIPA

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Departamento de Cobranzas y/o por el Sub Gerente Comercial y/o por el Jefe deZonales DE SER EL CASO.

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Artículo 10°.- El rango de autonomía para la realización del quiebre de intereses porfacturar, se realizará según la siguiente escala:

10.1 Hasta 06 URP (*) Profesional - Cobranza Judicial

, 10.2 Más de 06 URP hasta 12 URP Profesional - Cobranza Judicial y JefeDepartamento de Cobranza.

10.3 Más de 12 URP hasta 18 URP Profesional - Cobranza Judicial, JefeDepartamento de Cobranza y SubGerente Comercial.

'-:~:~"""'""1 :,'"

..•...~/ .~.'-.'>.~.)\.10.4 Más de 18 URP a más

""C'Jl'l:':\ \~" .c.'..~."- J' .: \\ .:;'. ?,'<

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(*) URP (Unidad de Referencia Procesal) = 10% Unidad Impositiva Tributaria (UIT)

Profesional- Cobranza Judicial, JefeDepartamento de Cobranza, SubGerente Comercial y Gerente Generalcon opinión favorable de la Oficina deAsesoría Legal

Artículo 11°._ Para el caso de los usuarios morosos de Provincias, el rango deautonomía para la realización del quiebre de intereses por facturar, se realizará segúnla siguiente escala:

11.1 Hasta 06 URP (*) Profesional- Cobranza Judicial

_'" . .

11.2 Más de 06 URP hasta 12 URP Profesional - Cobranza Judicial y JefeDepartamento de Cobranza, Jefe deZonales, y Jefe de Zona Sur ó Norte

11.3 Másde12URPhasta18URP Profesional - Cobranza Judicial, JefeDepartamento de Cobranza, SubGerente Comercial, Jefe de Zonales yJefe de Zona Sur o Norte

11.4 Más de 18 URP a más Profesional - Cobranza Judicial, JefeDepartamento de Cobranza, SubGerente Comercial, Jefe de Zonales,Jefe de Zona Sur o Norte y GerenteGeneral con opinión favorable de laOficina de Asesoría Legal

) Artículo 12°.- El quiebre de intereses por facturar podrá ser efectuado en lossiguientes casos:

12.1 Personas Naturales

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..~.',r .l., .' '..'-'.. '.

. \ .

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AV. VIRGEN DEL PILAR N° 1701FAX 216521 - FONO 215190CASILLA 583 - AREQUIPA

12.1.1 Pobreza extrema debidamente comprobados (Constancia de Pobreza otorgadapor la Parroquia, Municipalidad o Gobernatura)12.1.2 Titulares fallecidos.12.1.3 Predios cuya titularidad se encuentre en discusión ó litigio entre terceros.12.1.4 Conexiones en las que los titulares no se encuentren plenamente identificados.12.1.5 Conexiones que abastezcan a predios con nuevos propietarios.12.1.6 Existencia de Proceso Judicial en trámite y/o con sentencia fundada consentida

y/o ejecutoriada, cuya recuperación se encuentra en situación de dudosa.12.1.7 Conexiones Clandestinas

Sólo en el caso del numeral 12.1.5 (Conexiones que abastezcan a predios con nuevospropietarios), se podrá efectuar el quiebre de intereses facturados y/o por facturarhasta 04 URP, los montos superiores al rango señalado deberán contar con el vistobueno de la Jefatura del departamento de Cobranzas, Sub Gerencia Comercial y/oGerencia General

12.2 Personas Jurídicas:

-'12.2.1 Instituciones Públicas y Organismos del Estado (*). 12.2.2 Piletas Públicas.

(*) En los casos que sean Municipalidades o Gobiernos Regionales y que se soliciterefina nciamien to, s610 será por el plazo del mandato por el que fue elegido comomáximo

Artículo 13°.- En los casos en que la Oficina de Cobranza Judicial, establezca que lafacturación de consumos adolezca de error manifiesto de cualquier naturaleza,procederá a remitir, con un informe debidamente sustentado, el expedienteadministrativo a la Oficina de Reclamos, para que proceda a tomar reclamo de oficio,con la finalidad de lograr el sinceramiento de la deuda.

CAPITULO IV

DE LA ETAPA JUDICIAL

Artículo 14°,- Agotada la etapa pre-judicial, sin que el usuario se haya apersonado óhabiéndolo hecho, no se haya llegado a una fórmula de arreglo, la Oficina deCobranza Judicial procederá a la interposición de la demanda ejecutiva en contra delusuario deudor ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con loestablecido por el artículo 23 de la Ley General de Servicios de Saneamiento y a lasfacultades conferidas.

I

Artículo 15°.- La Oficina de Cobranza Judicial es la encargada del seguimiento de losprocesos ejecutivos instaurados hasta su culminación, conforme a las facultadesconferidas, podrá ejecutar las sentencias consentidas ó ejecutoriadas, solicitar yejecutar las medidas cautelares previstas en el Código Procesal Civil con la finalidadde lograr la efectiva recuperación de los montos adeudados.

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CAPITULO V

DE LAS CONCILIACIONES JUDICIALES

,

\Artículo 160._ De conformidad con lo dispuesto por artículo 323 del Código ProcesalCivil, en cualquier estado del proceso antes de la expedición de la sentencia desegunda instancia, el Profesional - Cobranza Judicial de la Oficina de CobranzaJudicial, podrá conciliar el proceso .\ '

. '.,,;..' -- '\

Artículo 170,_ Las conciliaciones en sede jurisdiccional, se realizarán teniendo en. e cuenta el siguiente rango de autonomía:

..1

Profesional - Cobranza JudicialProfesional - Cobranza Judicial y Sub

(¡~;;y;!':~~:, ¡,' ) Se aumenta el rango de autonomíap:e::::~u:::e::a~~:~lUrlSd;CCion81y es~~\\( L~ omologada por el juez que conoce la causa't~:.~.'fi·C,·5 (**) L~ jntervenci~n = Sub Gere~te Comercía_' ~n el proceso !~dicia/, se efectuará

,,,,,,~..h cumpliendo las exiqenctes estebteckies por el Cadigo Procesal CIVIl

17.1 Hasta 18 URP(*)17.2 De 18 URP a más

Artículo 180,- En los Procesos judiciales seguidos en provincias, las conciliaciones ensede jurisdiccional, se realizarán teniendo en cuenta el siguiente rango de autonomía:

15.1 Hasta 18 URP Profesional - Cobranza Judicial

15.2 Más de 18 a más Profesional - Cobranza Judicial y JefeZonales (***).

("**) La intervención del Jefe Zonales en el proceso judicial, se efectuará cumpliendolas exigencias establecidas por el Código Procesal Civil

CAPITULO VI

DE LOS GASTOS PREJUDICIALES y COSTOS JUDICIALES

Artículo 19°.- La Oficina de Cobranza Judicial, de acuerdo a los términos de lanegociación con el usuario, podrá adicionar a los términos de la negociación, losgastos y costos incurridos por SEDAPAR S.A. en la etapa pre-judicial y/o judicial.

.1

La liquidación de los montos deberá ser efectuado en atención a los gastos y/o costosefectivamente realizados.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

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AV. VIRGEN DEL PILAR N" 1701FAX 216521 - FONO 215190CASILLA 583 - AREQUIPA

PRIMERA.- En el proceso de negociación con el usuario, la Oficina de CobranzaJudicial, en aplicación del literal b) del artículo 23) de la Ley General de Servicios deSaneamiento, Ley N°. 26338, concordante con el artículo 575 del TUO de suReglamento, D.S. N° 023-20005-VIVIENDA. deberá buscar el mayor beneficio para laEmpresa, tratando de obtener el mayor monto posible por concepto de intereses porfacturar.

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\ '.. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo anterior, la Oficina de Desarrollo

Tecnológico de la Sub Gerencia Comercial, queda encargada de implementar elsistema informático, para permitir la negociación de los intereses por facturar, dentrode los 30 días siguientes a la vigencia de la presente Directiva, bajo responsabilidad,informando a la Sub Gerencia Comercial y a la Gerencia General de su resultado.

SEGUNDA.- En los casos de los numerales 12.1.2,12.1.5 Y 12.1.6 del artículo 12) dela presente Directiva, es requisito para efectuar el quiebre de los intereses por facturar,que la Oficina de Cobranza judicial exija a los usuarios, la presentación de los

. :documentos que acrediten su mejor derecho respecto del predio con conexión,:; . ,procediendo, de oficio, a efectuar el cambio del titular,

Lo,- •• I! .1.'I \ \ ' .,':\-.;~.~<~.En los casos del numeral 12, 1.7, si el deudor no es usuario de la Empresa, es requisito

-';~~r. para efectuar el quiebre de intereses, la realización de la contratación del(os)servicio(s) de saneamiento que brinda SEDAPAR S.A. Si el deudor es usuario de laEmpresa, deberá contarse con el Informe del levantamiento de la conexión clandestinaque será emitido por Oficina de Control Pérdidas de la Sub Gerencia de Operaciones yMantenimiento.

TERCERA.- En la celebración de las transacciones y/o conciliaciones extrajudiciales..- y/o judiciales, que consideren ó no el quiebre de intereses por facturar, la Oficina de

Cobranza Judicial deberá efectuar la verificación de los datos catastrales consignadosen cada conexión, actualizando y/o modificando aquellas que así lo ameriten.

CUARTA.- Sin perjuicio del inicio de las acciones judiciales, concluido sin éxito laetapa prejudicial, los datos de los usuarios morosos deberán ser reportados a lasCentrales de Riesgo.

k' p, ~ Para los fines señalados en el párrafo anterior, la Oficina de Cobranza Judicial y la<:).. '~Sub Gerencia Comercial en coordinación con la Oficina de Asesoría Legal y la

':lSiP~,,~~f~\..'lO·~ Gerencia General, procurarán la suscripción de los Convenios respectivos con la(s);, c:};::;:~;WI. , Central(es) de Riesgo, siempre que el deudor se encuentre debidamente identificado~<"'~EOÜ\~j .•/ con el nombre y apellidos paterno y materno y el documento de identidad.

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La vigencia de lo dispuesto en el primer párrafo de la presente disposición, quedasujeta a la celebración del convenío respectivo con las Centrales de Riesgo.

QUINTA.- Para la interposición y/o ejecución de las demandas judiciales, la SubGerencia Comercial, deberá prever el presupuesto para el concurso de la RENIEC,SUNARP ú otros organismos que permitan la correcta identificación y/o ubicación de

j D.S 023-2005-VIV/ENDA: Art. 57.- Los intereses moratorias que se carguen al usuario por faltaoportuna de pago de sus obligaciones contractuales, serán los que fije el Banco Central de Reservadel Perú para las obligaciones en moneda nacional (TAMN)

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los deudores morosos, que se sustentará en el programa de metas de CobranzaJudicial del año.

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SEXTA.- En cumplimiento de las Normas de Control Interno, aprobadas porResolución de Contraloría N° 320-2006-CG, la Oficina de Cobranza Judicialinformará trimestralmente; o cada vez que lo requiera, a través del Departamentode Cobranzas y de la Sub Gerencia Comercial; a la Gerencia General, de lastransacciones y/o conciliaciones extrajudiciales y/o judiciales y/o acuerdosreparatorios que realice, para su conocimiento y fines.

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i La Gerencia General, pondrá en conocimiento del Directorio lo informado por laOficina de Cobranza Judicial en cumplimiento de la presente disposición.

SÉTIMA. - En los casos del numeral 12.1.7, sin perjuicio del inicio de las accionesciviles respectivas, la Oficina de Cobranza Judicial, en ejercicio de las facultades

• - concedidas por el Directorio y las establecidas por su Manual de Organización yP;;;) . ~!,',', Funciones (MOF), podrá formular, en contra del deudor, la denuncia penal por el Delito~(cn ,~ .i;~L,ge Hurto previsto y penado por el artículo 185 del Código Penal..\' "z"<f''', .

·'\~:\.?i¡;t¡-:~\:'~~~~mulada la denuncia penal, la Oficina de Cobranza Judicial queda encargada de su~~osecución hasta la total culminación del proceso.

En estos casos, se podrá suscribir acuerdos reparatorios conforme a las disposicionescontenidas el Código Procesal Penal, y en atención a los poderes conferidos por elDirectorio, siguiendo el rango de autonomía establecidos en los artículos 17) y 18) dela presente Directiva.

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OCTAVA.- La Oficina de Control Pérdidas de la Sub Gerencia de Operaciones yMantenimiento y la Jefatura Zonales quedan obligadas a informar a la Oficina deCobranza Judicial a través de la Sub Gerencia Comercial, de las conexionesclandestinas que detecten, para los fines establecidos en la Sétima Disposición.

NOVENA.- La Oficina de Asesoría Legal queda encargada de tramitar para suaprobación por parte del Directorio, las facultades para los funcionarios y/o servidoresque resulten necesarias para la correcta aplicación de la presente Directiva.,>~~::.~..

f/ ~.~. ~, . \":, ~\, DÉCIMA.- En las deuda~ sujetas a .Co.branza, generadas con posterioridad al 01 de• ¡".. , . '.' Enero del 2009, se considerará el siguiente rango de autonomia,:

,.", ·1Hasta 0.5 URP (*) Profesional - Cobranza Judicial

Más de 0.5 URP hasta 2 URP Profesional- Cobranza Judicial, Jefe delDepartamento de Cobranza y SubGerente Comercial.

, De 2 URP a más Profesional- Cobranza Judicial, JefeDepartamento de Cobranza, SubGerente Comercial y Gerente Generalcon opinión favorable de la Oficina deAsesoría Legal

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Para el caso de los usuarios morosos de Provincias, se deberá contar además con elvisto bueno del Jefe Zonal Sur ó Norte y del Jefe de Zonales

/1 Arequipa, Mayo del 2009.l.·,

:'/~~.,é" ../ ICGGP

Ce, DirectorioGerencia GeneralSub Gerencia ComercialSub Gerencia Operaciones y MantenimientoSub Gerencia Producción y Tratamiento

~ Sub Gerencia Investigación y DesarrolloF'f" ':" ",,~ Jefatura Administrativa

. ~",) Jefatura Zonales11.:.. ":'.¡>':¿j..,,.';.Af •.. '. . Departamento Cobra~z~s~' . .: I Oñcina Cobranza Judicial\:.~, \..,;~."....• "; Ofic!na Reclamos . ,

'.,/.:.:_' ¡.; ,;:J :,>¡. Oficina Desarrollo Tecnolóqico"'~,:.-:'~..><'"': Oficina Control Pérdidas

Asesoria LegalJ OCI.

Arch.

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