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Gestión Energética Universidad de Valladolid 1 DOCUMENTO BASE PARA EL PROCEDIMIENTO DE DIALOGO COMPETITIVO SOBRE: EJECUCIÓN Y GESTIÓN ENERGÉTICA DE UNA CENTRAL TERMICA PARA SUMINISTRO DE CALOR CON BIOMASA A DIVERSOS EDIFICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID PROCEDIMIENTO: Nº EXPEDIENTE: COEF/2012/03

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Gestión Energética Universidad de Valladolid 1

DOCUMENTO BASE PARA EL PROCEDIMIENTO DE DIALOGO COMPETITIVO SOBRE:

EJECUCIÓN Y GESTIÓN ENERGÉTICA DE UNA CENTRAL TERMICA PARA

SUMINISTRO DE CALOR CON BIOMASA A DIVERSOS EDIFICIOS DE LA

UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

PROCEDIMIENTO:

Nº EXPEDIENTE: COEF/2012/03

Gestión Energética Universidad de Valladolid 2

Cuadro resumen de las características del Procedimiento de Diálogo Competitivo

1.- OBJETO DEL CONTRATO

2.- PRESUPUESTO BASE (IVA Excluido)

3.- CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA

4.- PLAZO

5.- VARIANTES

6.- GARANTÍA PROVISIONAL

7.- GARANTÍA DEFINITIVA

8.- GASTOS DE PUBLICIDAD

9.- PENALIDADES POR DEMORA

10.- RETENCIONES

Elección de la alternativa más ventajosa técnica y económicamente para la redacción de proyecto, ejecución de obra, puesta en marcha y prestación de mantenimiento, operación y garantía total, de un sistema de central de calor de distrito con biomasa en diversos edificios de la Universidad de Valladolid.

Presupuesto estimado para la redacción de proyecto, ejecución de obras y puesta en marcha: 5.000.000 euros.

Presupuesto anual de Operación, Mantenimiento y Garantía total, incluyendo los suministros de energía, excepto biomasa para las calderas: 188.000 euros

Instalación: J2d

12 meses para la ejecución de obras y 15 años para el mantenimiento

El resultado del Diálogo Competitivo

3% Base de Licitación sin IVA

10 % Importe de Adjudicación SIN IVA

Por cuenta del adjudicatario.

Las que se definan en contrato

No procede

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ÍNDICE

Cláusula 1. – Objeto del Contrato

Cláusula 2.- Bases Económicas de la Licitación

Cláusula 3.- Elementos Jurídicos, Técnicos y Económicos mínimos necesarios para ser

admitidos en el diálogo competitivo.

Cláusula 4. Presentación de Solicitudes de Participación

Cláusula 5.- Documentación acreditativa del Cumplimiento de los Requisitos previos

5.1. La solicitud de participación

5.2. Documentación acreditativa de la solvencia económica, técnica y profesional

Cláusula 6.- Criterios de Selección de Candidatos para participar en el Diálogo competitivo

6.1. Valoración de la Solvencia Técnica y Profesional

6.2. Valoración de la Solvencia Económica y Financiera.

Cláusula 7.- Selección de los Candidatos e Invitación para participar en el Diálogo competitivo

Cláusula 8.- Inicio del Diálogo Competitivo, aclaraciones a la documentación con la SOCIEDAD y visita a las instalaciones de la Universidad de Valladolid

Cláusula 9.- Presentación de las Proposiciones

Cláusula 10.- Diálogo con los Candidatos

Cláusula 11.- Presentación y Examen de las Ofertas

Cláusula 12.- Criterios de Adjudicación

Cláusula 13.- Garantía provisional y definitiva

Cláusula 14.- Adjudicación provisional y definitiva del Contrato

Cláusula 15.- Duración del Contrato y Plazos de Ejecución

Cláusula 16.- Forma de pago

Cláusula 17.- Ayudas y subvenciones a la inversión

Cláusula 18.- Confidencialidad

Claúsula 19. - Regimen jurídico del contrato

ANEXO

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DOCUMENTO DE INICIO DE EXPEDIENTE: DIALOGO COMPETITIVO

Cláusula 1. – Objeto del Contrato

Constituye el objeto del expediente de contratación bajo la fórmula de diálogo competitivo, la elección de la alternativa más ventajosa para la construcción y operación de un District Heatimg con biomasa, que conjugue por un lado el menor importe de inversión y por otro lado lasolución técnicamente más eficiente y que ofrezca mayor garantía de servicio, economía en su operación, asegurando la cobertura de la demanda de calor presente y futura de los edificiosque se establecen en el anexo.

El resultado del diálogo competitivo debe permitir la redacción del proyecto y la posterior ejecución de las obras de instalación de los equipos generadores de energía térmica con biomasa, red de tuberías de distribución de calor y resto de elementos necesarios para el buen fin de la inversión, así como la operación y mantenimiento de la instalación durante 15 años, guardando el adecuado equilibrio económico que permita la viabilidad del proyecto conforme a los requerimiento del cliente final, la Universidad de Valladolid.

Se justifica la elección del diálogo competitivo como forma más conveniente de licitación, por la especial dificultad técnica del proyecto, la posibilidad de múltiples variantes, la dificultad para el análisis y valoración adecuada de las distintas soluciones, así como por tratarse de una actividad relativamente nueva en grandes instalaciones de calor, resultando por todo lo anterior que se trata de un proyecto singular.

En concreto, y sin perjuicio de su concreción definitiva que se realizará en base al resultado del diálogo competitivo, la actuación de la presente licitación tiene como finalidad cubrir una serie de necesidades de la SOCIEDAD contratante a través de la realización de las siguientes prestaciones que potencialmente se integrarán en el Contrato:

1. Definición y alcance del proyecto constructivo para la instalación de uno o varios equipos generadores de energía térmica con biomasa y red de distribución de calor a varios edificios de la Universidad de Valladolid, así como la posible conexión a la red de otros edificios públicos próximos al trazado de la misma. Dimensionamientoprevio de todos los equipos necesarios. Características de los equipos generadores de energía térmica (potencia) y trazado de la red de distribución de calor.

2. Planificación de los trabajos necesarios para la conexión e intercambio compatible en todo momento con el funcionamiento de las instalaciones actuales.

3. Análisis de la solución técnico/económica más adecuada. Redacción del Proyecto definitivo.

4. Ejecución de la obra conforme al proyecto redactado.

5. Operación y mantenimiento de las instalaciones: Puesta en marcha, Gestión energética para el correcto funcionamiento y seguimiento de las instalaciones objeto del contrato, Análisis de rendimientos, Mantenimiento preventivo, Limpiezasde equipos y silos, telegestión de la Instalación y redacción de informes.

6. Garantía total: reparación con sustitución de todos los elementos deteriorados en las instalaciones según se determine en el desarrollo del diálogo competitivo bajo la modalidad de Garantía total.

El Contrato que se prevé adjudicar tras el diálogo competitivo, integrará las fases de redacciónde proyecto, ejecución de obras, puesta en marcha, operación, mantenimiento y garantía total de la inversión. Queda fuera del Contrato el suministro de la materia prima para la caldera de biomasa (astilla) que será objeto de contrato aparte.

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Para las soluciones y proyecto a desarrollar a través del diálogo competitivo se parte de la condición del uso de la biomasa como combustible principal para alimentar la red de calor. Las razones que motivan esta elección son:

Medioambientalmente la biomasa es neutra en emisiones de CO2

La biomasa favorece el cumplimiento de los objetivos sobre implantación de energías renovables a nivel nacional y respeta los compromisos medioambientales asumidos con la Unión Europea y con otros tratados internacionales.

El uso de la biomasa permite valorizar los restos forestales de nuestros montes, lo cual supone un mejor cuidado de éstos y ayuda a prevenir los incendios y plagas.

La biomasa ha mejora su posición de competitividad en precios con otros combustibles de tipo fósil: Gasoil y Gas.

Mayor estabilidad de los precios de la biomasa y escasa influencia de factores externos y de carácter internacional a las fuertes oscilaciones en precios de los mercados de materias primas.

La biomasa en distintos formatos se lleva usando como fuente de calor desde hace siglos, por lo que es un combustible suficientemente testado.

No obstante lo anterior, si fuera necesario cubrir puntas de demanda térmica en ciertos períodos del año que no pudieran cubrirse con los equipos térmicos de biomasa instalados, se atenderá este calor puntual deficitario con las instalaciones de gas actuales de la Universidad, descartando en cualquier caso el uso del gasoil como combustible de apoyo.

Cláusula 2.- Bases Económicas de la Licitación

Sin perjuicio de que las condiciones económicas del Contrato se determinarán en base a los resultados del diálogo competitivo y con el objetivo de establecer parámetros que sirvan de fundamento para su desarrollo con los licitadores interesados, se han establecido las siguientes cantidades de referencia para la ejecución de la actuación global e integrada:

- El presupuesto estimado para la redacción de proyecto, ejecución de obras y puesta en marcha de las instalaciones: La cantidad de 5.000.000 euros, más IVA.

- El presupuesto estimado para la realización de las tareas de Mantenimiento y Garantía Total: Asciende a la cantidad de 188.000 euros anuales más IVA, durante 15 años. En el mantenimiento y garantía total se incluyen:

Coste de operación y mantenimiento Limpiezas periódicas de los equipos Retirada de cenizas a un gestor autorizado o venta para usos controlados Reparación de las averías en un plazo máximo de 24 horas Reposiciones de los elementos de la instalación por agotamiento de la vida útil Operativa y consumibles del telecontrol. Recogida de datos en continuo. Seguros de la instalación Suministros de energía eléctrica, telefonía, agua, excepto el suministro de

biomasa a la caldera ( astilla )

Cláusula 3.- Elementos Jurídicos, Técnicos y Económicos mínimos necesarios para ser

admitidos en el diálogo competitivo.

Podrán optar a la adjudicación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresas, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del

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Sector Público, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de forma que se permita valorar los criterios de selección para la participación en el diálogo competitivo que se exponen en la Cláusula 6 de este documento. Asimismo, los participantes deberán tener como finalidad o actividad alguna relacionada directamente con el objeto del Contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente disponer de una organización con elementos materiales y personales suficientes para la debida ejecución del contrato.

Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 58 del TRLCSP

Cláusula 4. Presentación de Solicitudes de Participación

4.1. Los candidatos que deseen participar en la licitación del presente Contrato deberán presentar la correspondiente solicitud de participación acompañada de la documentación señalada a continuación en la dirección de la Sociedad Pública de Medio Ambiente de Castilla y León S.A. sito en el edificio PRAE Cañada Real, 306 CP 47008. Valladolid, tel. 983.360.888 fax. 983.360.509 (web www.somacyl.es/licitaciones), en el plazo que finalizará el último día señalado para la entrega de solicitudes de participación en el anuncio publicado en los Diarios Oficiales correspondientes.

4.2. La presentación de solicitudes de participación presume la aceptación por el candidato de las condiciones que regirán el diálogo competitivo y las condiciones básicas de ejecución del Contrato contenidas en este documento descriptivo y en el Programa Funcional, así como la declaración responsable de la exactitud de los datos presentados y de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas.

4.3. La solicitud de participación y documentación adjunta se presentará en un sobre cerrado en el que figurará la inscripción “Solicitud de participación y documentación acreditativa para tomar parte en el procedimiento de diálogo competitivo para la gestión energética del sistema de calefacción para diversos edificios de la Universidad de Valladolid”.

4.4. Cuando las solicitudes de participación se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la solicitud de participación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición ésta no será admitida en ningún caso.

Cláusula 5.- Documentación acreditativa del Cumplimiento de los Requisitos previos

5.1. La solicitud de participación deberá acompañarse de la siguiente documentación acreditativa de la personalidad jurídica y de la capacidad de obrar:

5.1.1. Solicitud firmada por el candidato o persona que lo represente, redactada conforme al “Modelo de solicitud de participación” que figura como Anexo 1.

5.1.2. Documento Nacional de Identidad de la persona que presenta la proposición en nombre propio o como apoderado.

5.1.3. La capacidad de obrar de las Empresas que fueran personas jurídicas se acreditará mediante la escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. También podrá acreditarse mediante la Inscripción prevista en el artículo 83 del TRLCSP.

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5.1.4. Si se trata de una persona jurídica o siendo empresa individual, no firme la proposición económica el titular registral de la empresa, habrá también de incluirse escritura de apoderamiento, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil, a favor de la persona que suscriba la oferta económica, con facultades para contratar.

5.1.5. Acreditación conforme al artículo 73 del TRLCSP, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 de la misma ley. Dicha acreditación se deberá efectuar mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.

5.1.6. La Administración podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. Cuando varios empresarios acudan a una licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las Empresas que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar conforme a lo establecido en los apartados anteriores. En el escrito de solicitud de participación deberán indicar los nombres y circunstancia de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos y la designación de la persona o entidad con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven hasta la extinción del contrato.

Los documentos acreditativos de la personalidad jurídica y de la capacidad de obrar, deberán presentarse en original o en copia o fotocopia, debidamente legalizadas.

5.2. Asimismo, la solicitud de participación deberá acompañarse de la siguiente documentación acreditativa de la solvencia económica, técnica y profesional.

5.2.1 Acreditación de la Solvencia Técnica exigida

a) Clasificación: Tener la clasificación requerida para el objeto de la licitación.

b) Acreditación como instalador de sistemas de calefacción mediante calderas de Biomasa. Relación de los principales contratos de venta e instalaciones, contratos de mantenimiento o contratos de Servicios Energéticos Integrales de biomasa en los últimos tres años, así como total potencia instalada y volumen, en euros, de las inversiones u obras realizadas en cada año para instalaciones superiores a 100.000 euros más IVA. Las instalaciones efectuadas se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Mínimo 3 instalaciones y 1.000.000 (un millón) de euros de inversión.

c) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato. Mínimo 2 Ingenieros Técnico Industrial y 2 Oficiales Electromecánico.

d) Descripción de las instalaciones técnicas que el ofertante dispone en el ámbito geográfico próximo al contrato para garantizar un adecuado servicio de garantía y mantenimiento. Mínimo 1 instalación en Valladolid o compromiso de apertura en su caso.

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e) Certificados expedidos por institutos o servicios oficiales encargados del control de

calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos

perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o

normas. ISO 9001 y 14001.

f) Inclusión y acreditación en registros de Empresas de Servicios Energéticos y Eficiencia Energética como instaladores de sistemas térmicos con biomasa: habilitación otorgada por el Instituto de Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) al Programa Biomcasa, u otros sobre la misma base de carácter internacional.

5.2.2.- Acreditación de la Solvencia Económica y Financiera

a) La acreditación de la solvencia económica y financiera se acreditará mediante

declaraciones apropiadas de entidades financieras y el justificante de la existencia

de un seguro de indemnización por responsabilidad civil por valor de quinientos mil

(500.000) de euros.

b) La acreditación de tener beneficio contable positivo antes de impuestos en el

ejercicio, mediante la presentación de la última declaración del Impuesto de

Sociedades (ejercicio 2010), o impuesto análogo para el caso de ofertantes

extranjeros.

c) Cifra de Ventas de los años 2011 y 2010 del licitador. Se desglosará la cifra global

de ventas entre los siguientes apartados: Mínimo 500.000 euros de cifra global

Venta de Equipos o Calderas de Biomasa e instalación

Venta de Servicios Energéticos Integrales ( incluido mantenimiento )

Venta por Mantenimientos ( si son contratos sin Servicio Integral )

Resto de Venta que no se corresponde con alguno de los anteriores.

d) Fondos Propios de la Sociedad a 31/12/2011: Suma del Capital desembolsado

más reservas no distribuidas y resultados. Importe superior a 750.000 Euros. Las

subvenciones de capital no computan dentro de los Fondos Propios.

Para poder verificar la realidad de los datos aportados de cifra de ventas y fondos propios se

acompañará copia de las cuentas anuales aprobadas o copia de las cuentas presentadas al

registro mercantil, del año 2011.

Cláusula 6.- Criterios de Selección de Candidatos para participar en el Diálogo competitivo

Los criterios objetivos con arreglo a los cuales la Mesa de Contratación seleccionará a los concurrentes serán los que se indican en los apartados 6.1 y 6.2. Se considerará que una empresa cumple con los requisitos de solvencia cuando obtenga una puntuación mínima de 35y 15 puntos respectivamente, en cada unos de los dos apartados mencionados. El no cumplimiento de este requisito supondrá la no selección a la fase del Diálogo Competitivo y, por tanto, la exclusión de manera automática del procedimiento.

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6.1. Valoración de la Solvencia Técnica y Profesional.

Se valorarán los apartados siguientes con un máximo de 60 puntos de acuerdo con la ponderación que se indica:

6.1.1. Experiencia: Las empresas participantes deberán demostrar su experiencia, número e importe de los contratos de venta e instalaciones, contratos de mantenimiento o contratos de Servicios Energéticos Integrales de biomasa en los últimos tres años y hasta la actualidad, con un máximo de 40 puntos:

– Hasta 12 puntos: Si han realizado a partir de 01/01/2009 ó se están ejecutando actualmente obras o instalaciones de biomasa en dos contratos que individualmente la obra civil más equipos supere (un millón) 1.000.000 euros de inversión sin IVA. La puntuación se aplicará según el siguiente cuadro:

En caso de obtener el licitador puntos en este apartado, no se considerarán estos contratos a efectos del apartado siguiente, y deberá el licitador considerar suma de otros contratosdistintos de los dos o un contrato considerados como mayores a 1 Millón de euros.

– Hasta 12 puntos: Si la suma de todos los contratos que individualmente superen los 100.000 euros por instalación de biomasa, con excepción de los considerados en el apartado anterior que no se deben incluir en este apartado, celebrados a partir de 01/01/2009 ó que se están ejecutando actualmente por obras o instalaciones de biomasa, supera de forma conjunta un millón (1.000.000) de euros de inversión sin IVA. La puntuación se aplicará según el siguiente cuadro:

SUMA de los CONTRATOS PuntuaciónSUMA > ó = 3 Millones 12 puntos2 Millones < ó = SUMA < 3 Millones 8 puntos1 Millones < ó = SUMA < 2 Millones 5 puntos1 Millones < ó = SUMA < 2 Millones 2 puntosSUMA Menor a 1 Millón 0 puntos

– Hasta 8 puntos: Si aportan experiencia en mantenimiento de calderas e instalaciones de biomasa en contratos anteriores a 1/7/2011 (con más de 1 año de antigüedad) y con una duración mínima del contrato de DOS años, y que no hayan sido objeto de rescisión anticipada. La puntuación se aplicará según el siguiente cuadro asignando una única puntuación por licitador:

SUMA de los CONTRATOS PuntuaciónMás de 5 Contratos de Mantenimiento anteriores a 1/7/2011 y duración min. 2 años

8 puntos

De 3 a 5 Contratos de Mantenimiento anteriores a 1/7/2011 y duración min. 2 años

4 puntos

De 1 a 2 Contratos de Mantenimiento anteriores a 1/7/2011 y duración min. 2 años

2 puntos

Contratos de Mantenimiento posteriores al 1/7/2011

0 puntos

La acreditación de los anteriores se realizará mediante la aportación de los correspondientes certificados emitidos por el cliente o propiedad donde se haga constar los proyectos citados,

Nº de contratos PuntuaciónDos contratos > 1 Millón cada uno 12 puntosUn contrato > 1 Millón 6 puntosNingún Contrato > 1 Millón 0 puntos

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importe, duración, fecha del contrato y cualquier otro dato necesario. Si se generasen dudas en los certificados, se podrá pedir copia de la carta de adjudicación, copia del resumen del presupuesto de la instalación o final de obra, o cualquier otro documento que facilite laasignación de puntuaciones.

- Hasta 8 puntos por acreditaciones en registros de Empresas de Servicios Energéticos y Eficiencia Energética como grandes instaladores u otros registros similares o por certificados expedidos por institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida. La asignación de puntuaciones será como se indica en la tabla siguiente:

En caso de que un licitador cumpla varias acreditaciones, SOLO se tomará la que tenga mayor puntuación. En caso de UTE se aplicará el mismo criterio y se tomará una sola acreditación de las empresas socias y será la que corresponda a la mayor puntuación.

6.1.2 Personal Técnico y Personal Cualificado: Las empresas participantes deberán presentar un organigrama con la organización que incluirá en el contrato, caso de ser adjudicatario. De las personas consideradas aportará nombre y apellidos, antigüedad, titulación, experiencia de sus integrantes y los proyectos u obras de instalaciones de biomasa o mantenimientos en los que han intervenido. Este apartado se valorará hasta un máximo de 20 puntos.

Cuando el personal técnico titulado o personal operario suficientemente cualificado designado para la ejecución de los trabajos haya participado directamente en la ejecución de los proyectos definidos en el apartado anterior, dicha participación se valorará según lassiguientes tablas como suma de la puntuación del personal titulado universitario más la puntuación del personal con cualificación profesional, con un máximo total de 20 puntos:

Nº Personas Tituladas Obras > 1 Millón euros Inversión

Obras entre 0,3 y 1 Millón de eurosInversión

Obras entre 0,1 y 0,3 Millones de euros

4 ó más Técnicos titulados 15 10 6

De 2 a 3 Técnicos titulados 10 6 3

ACREDITACION PuntuaciónGrandes Instaladores Térmicos (GIT del IDAE) o acreditación similar de grandes instaladores, por un organismo de reconocido prestigio nacional o internacional

8 puntos

Otras acreditaciones relacionadas con la instalación o eficiencia energética referidas al uso de la Biomasa, acreditadas por otros organismos especializados. Una o varias.

3 puntos

Acreditación Norma ISO: una o varias 3 puntos

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Nº Personas Instalación / Operación

Obras > 1 Millón eurosInversión

Obras entre 0,3 y 1 Millón de eurosInversión

Obras entre 0,1 y 0,3 Millones de euros

3 ó más OficialesCualificados de Instalación y Mantenimiento

5 3 2

2 Oficiales Cualificados de instalación y Mantenimiento

3 2 1

6.2. Valoración de la Solvencia Económica y Financiera.

Se valorarán los apartados siguientes con un máximo de 40 puntos de acuerdo con la ponderación que se indica:

6.2.1. Facturación: Hasta un máximo de 24 puntos.

6.2.1.1 Facturación en Actividades asociadas a obras y Servicios Energéticos con Biomsa:

Suma sin IVA de Venta de Equipos o Calderas de Biomasa e instalación, Venta de Servicios

Energéticos Integrales ( incluido mantenimiento ) y Venta por Mantenimientos ( si son contratos

sin Servicio Integral ) en los años 2011 y 2010:

- Facturación anual mayor o igual a 3.000.0000 y menor a 3.900.000 euros: 11 Puntos por cada

año que se cumpla.

– Facturación anual mayor o igual a 2.000.0000 euros y menor a 3.000.000 euros: 9 puntos por cada año que se cumpla.– Facturación anual mayor o igual a 1.000.0000 euros y menor a 2.000.000 euros: 6 puntos por cada año.– Facturación anual inferior a 1.000.000 euros: 3 puntos por cada año

6.2.1.2 Facturación por resto de Venta o Ingresos (los ingresos extraordinarios no se

considerarán) que no se corresponde con alguna actividad de las anteriores en 2011 y 2010 ó

bien, si tratándose de las anteriores, tiene mayor facturación a los 3.900.000 de Euros del tramo

máximo del punto 6.2.1.1., en cuyo caso se tomará también este exceso a mayores. La suma

total de ambos importes se puntuará para cada uno de los años 2011 y 2010, según lo

siguiente:

De 0 a 499.999 euros = 0 Puntos

De 500.000 a 999.999 euros = 1 Punto

Igual o más de 1.000.000 euros = 2 Puntos

6.2.2. Suscripción de pólizas de seguros vigentes actualmente por la Empresa y riesgos y capitales asegurados por las mismas con un máximo de 10 puntos y conforme a la siguiente fórmula de valoración:

– Riesgos o coberturas cuya suma de capitales asegurados por los distintos conceptos contratados ( Responsabilidad Civil, Todo Riesgo, etc ) sea superior a 1.000.000 euros: 10puntos– Riesgos o coberturas cuya suma de capitales asegurados por los distintos conceptos contratados (Responsabilidad Civil, Todo Riesgo, etc ) sea inferior a 1.000.000 euros y superior a 500.000 euros: 5 puntos.

6.2.3. Fondos Propios de la Sociedad a 31/12/2011 Definido como se ha indicado, se valorarácomo sigue:

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De 800.000 a 999.999 Euros = 1 Puntos

De 1.000.000 a 1.249.999 = 2 Puntos

De 1.250.000 a 1.499.9999 = 3 Puntos

Mayor o igual a 1.500.000 = 4 Puntos

La Mesa se reserva la posibilidad de solicitar aclaración a la documentación aportada como justificación de la solvencia técnica y económica declarada.

Cláusula 7.- Selección de los Candidatos e Invitación para participar en el Diálogocompetitivo

El órgano de contratación, una vez comprobada la personalidad y solvencia de los solicitantes, acreditada por los empresarios según la presentación de la documentación que se exige, seleccionará, en base a los criterios que se han expuesto en la Cláusula anterior, los que deban pasar a la siguiente fase.

Efectuada la valoración de la solvencia, se elegirán las CINCO primeras empresas mejor valoradas o, en su defecto, las cuatro primeras, a las que la SOCIEDAD invitará, simultáneamente y por escrito a la fase de diálogo competitivo.

En el caso de que los licitadores que superen la puntuación establecida en la cláusula anterior sean menos de cuatro, se estará a lo dispuesto en el artículo 165.2 de la Ley.

El resultado de la valoración del diálogo competitivo se colgará en la página del perfil del contratante de la SOCIEDAD y se remitirá comunicación escrita con el resultado obtenido a cada uno de los participantes.

En el plazo que corresponda se remitirá a los seleccionados las invitaciones a tomar parte en el diálogo competitivo con el siguiente contenido:

Referencia al anuncio de licitación. Envío de documentación previa sobre el proyecto Fecha de inicio de la fase de consulta y lugar donde se desarrollará.

Cláusula 8.- Inicio del Diálogo Competitivo, aclaraciones a la documentación con la SOCIEDAD y visita a las instalaciones de la UVA

Se reservarán dos días con los invitados al diálogo competitivo en las fechas que se acuerden para reunir a los participantes en orden a:

- Reunión con la SOCIEDAD: Aclaración de documentación técnica aportada a los licitadores. Posible ampliación de la red de calor, demandas previstas.- Visita a las instalaciones de la Universidad de Valladolid con personal de mantenimiento de esta institución para revisar equipos actuales, posibles trazados, accesos, otras dudas.

Cláusula 9.- Presentación de las Proposiciones para el Dialogo

Los candidatos seleccionados para el diálogo competitivo presentarán su propuesta técnica valorada en el plazo y lugar que se indique en la invitación, lo que dará origen al diálogo competitivo recogido en la cláusula 10. En todo caso, este plazo de presentación de propuestas no podrá ser inferior a 40 días contados desde la fecha del envío de la invitación escrita.

Los candidatos seleccionados deberán presentar una propuesta técnica valorada con la documentación que se especifica a continuación así como la denominación de la Empresa,

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C.I.F de la Empresa licitadora, nombre y apellidos de quien firma la proposición y carácter con que lo hace. La documentación deberá ser necesariamente firmada por el licitador o persona que lo representa.

9.1. Estudio económico y cuadro de precios de las prestaciones Se presentará debidamente cumplimentado la descripción y el detalle de las partidas de proyecto y obra a ejecutar y la prestación por servicios de mantenimiento y garantía total. En los precios del cuadro no se incluirá el IVA, considerando éste desglosado al final del presupuesto

Cláusula 10.- Diálogo con los Candidatos

El órgano de contratación desarrollará con los candidatos seleccionados un diálogo cuyo fin será determinar la solución técnico/económica más adecuada para satisfacer sus necesidades. En el transcurso de este diálogo podrán debatirse todos los aspectos del Contrato con los candidatos seleccionados.

Durante el diálogo, el órgano de contratación dará un trato igual a todos los licitadores y, en particular, no facilitará, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados licitadores con respecto al resto.

El procedimiento podrá articularse en varias fases sucesivas, a fin de reducir progresivamente el número de soluciones a examinar durante la fase de diálogo competitivo. Para ello, las soluciones técnicas aportadas por las empresas en el diálogo competitivo podrán ser utilizadas en parte o totalmente por el órgano de contratación al objeto de confeccionar la propuesta de reforma final que mejor se adecue a las necesidades e intereses del proyecto.

Las empresas, por el mero hecho de participar en el Concurso, aceptan que sus soluciones técnicas puedan ser utilizadas parcial o totalmente para la definición de la propuesta final que será el proyecto a ejecutar.

Tras declarar cerrado el diálogo competitivo e informar de ello a todos los participantes, el órgano de contratación les invitará a que presenten su oferta final, en el plazo que se determine, basada en la solución consensuada o en las soluciones presentadas y especificadas durante la fase de diálogo, indicando la fecha límite y la dirección a la que deba enviarse.

Cláusula 11.- Presentación y Examen de las Ofertas

Las ofertas deben incluir todos los elementos requeridos y necesarios para la ejecución del Contrato. El órgano de contratación podrá solicitar precisiones o aclaraciones sobre las ofertas presentadas, ajustes en las mismas o información complementaria relativa a ellas, siempre que ello no suponga una modificación de sus elementos fundamentales que implique una variación que pueda falsear la competencia o tener un efecto discriminatorio.

El órgano de contratación evaluará las ofertas presentadas por los licitadores y seleccionará la oferta económicamente más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios establecidos en la cláusula 12.

El órgano de contratación podrá requerir al licitador cuya oferta se considere más ventajosa económicamente para que aclare determinados aspectos de la misma o ratifique los compromisos que en ella figuran, siempre que con ello no se modifiquen elementos sustanciales de la oferta o de la licitación, se falsee la competencia, o se produzca un efecto discriminatorio.

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Cláusula 12.- Criterios de Adjudicación

La adjudicación recaerá en la oferta que obtenga la mayor puntuación sobre el cuadro de valoraciones que se incluirá en la petición de oferta final y que recogerá entre otros los elementos evaluables que se indican a continuación:

1. Oferta económica sobre Redacción de Proyecto de Ejecución de Obra visado y ejecución de las Obras de la instalación de distrito y su puesta en marcha.

2. Oferta sobre importe del primer año ( 12 meses ) de operación, mantenimiento anual y garantía total. Las tareas anteriores abarcan el plazo del contrato que será de 15 años, siendo el importe ofertado para el primer año revisable según IPC real de los doce meses anteriores al momento de la revisión.

3. Plan de Ejecución: Planing de tiempos e importe valorado por meses de la ejecuciónde obras.

4. Criterios de Solvencia Técnica y Económica:

– Personal Técnicos y Personal Cualificado– Fondos Propios de la Sociedad a 31/12/2011

Cláusula 13.- Garantía provisional y definitiva

Los candidatos seleccionados para la presentación de su oferta final, tendrán que constituir una garantía provisional correspondiente al 3 % de la base de licitación, que responderá al mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación del Contrato.

En el supuesto de uniones temporales de empresas, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes en la unión, siempre que, en conjunto, se alcance la cuantía establecida en el apartado antecedente.

Dicha garantía provisional responderá de la veracidad de los datos aportados por los oferentes, así como de que no será retirada la propuesta de forma injustificada antes de la formalización de la adjudicación.

Esta garantía provisional se constituirá mediante aval, según modelo adjunto del anexo II emitido por banco, cajas de ahorro, cooperativas de créditos, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía reciproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en el punto anterior.

La garantía será devuelta a las empresas no adjudicatarias una vez se haya procedido a la adjudicación del contrato, y a la adjudicataria en el momento en que se constituya la garantía definitiva.

El que resulte adjudicatario provisional deberá constituir una garantía definitiva correspondiente al 10 % del importe de adjudicación, excluido el IVA. Esta garantía definitiva se constituirá mediante aval en los mismos términos indicados para la garantía provisional.

La garantía responderá de los conceptos establecidos en el artículo 88 de la ley de contratos del sector público.

La duración de la garantía definitiva será por un plazo de 15 años coincidiendo con el período del contrato.

Cláusula 14.- Adjudicación del Contrato

El órgano de contratación clasificará las ofertas presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios de la clausula 12, a cuyo efecto podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes, y adjudicará el contrato al licitador que haya presentado la oferta que resulte económicamente más ventajosa.

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La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que será notificada a los licitadores y publicada en el perfil de contratante de la SOCIEDAD, previo requerimiento de la documentación pertinente y presentación de garantías de acuerdo con el artículo 151 y siguientes del TRLCSP.

Cuando no se proceda por el adjudicatario al cumplimiento de lo establecido en el párrafo anterior se le entenderá por desistido en los términos del artículo 151.2 último párrafo, y se podrá efectuar un nuevo requerimiento al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de diez días hábiles para cumplimentar lo señalado.

Cláusula 15.- Duración del Contrato y Plazos de Ejecución

La ejecución del Contrato comenzará a partir del día siguiente de su formalización.

El plazo para la redacción del proyecto y ejecución de las obras que forman parte del Contrato serán aquellos que se establezcan como resultado del diálogo competitivo, no pudiendo superar el plazo máximo de 2 años desde la firma del Contrato. El plazo de operación, mantenimiento y garantía total una vez puesta en marcha la instalación será de 15 años.

Cláusula 16.- Forma de pago

Los abonos al adjudicatario se producirán:

Inversiones Iniciales:

1) Se realizarán certificaciones mensuales a cuenta con las partidas ejecutadas. Junto con

la certificación se emitirá una factura por el importe de los trabajos del mes, más el IVA.

2) A la terminación de los trabajos se hará la última certificación y factura, y dentro de los 30

días siguientes a la puesta en marcha y se tramitará el Acta de Recepción de los

componentes donde se constatará el correcto funcionamiento, o se indicarán las

deficiencias que existieran para su subsanación. El pago de ésta última certificación se

realizará tras la conformidad del Acta de Recepción.

Trabajos de Mantenimiento, reposición y garantía

Mensualmente El CONTRATISTA emitirá factura por la doceava parte del importe de los

trabajos anuales de mantenimiento ofertados.

Anualmente se aplicará la revisión de precios según IPC real de los doce meses anteriores al momento de la revisión.

La SOCIEDAD en ambas opciones procederá al abono de las facturas sin perjuicio de lo

expuesto en el punto siguiente con arreglo a lo establecido en el artículo 216.4 LCSP.

Cláusula 17.- Ayudas y Subvenciones a la Inversión

Si por la naturaleza de las actuaciones a las que se refiere esta licitación, hubiera lugar a

solicitar cualesquiera ayudas y/o subvenciones de cualquier organismo de la Administración

Estatal, Autonómica, Local o Comunitaria, o cualquier otro Ente público o privado, nacional o

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internacional, en especial el Plan 2000 ESE, el Adjudicatario se obliga a destinar el importe

íntegro de la ayuda/subvención que se le conceda a reducir el presupuesto ofertado por sus

trabajos de inversión, trasladando este importe como un mayor ahorro para la Sociedad que a

su vez ésta también trasladará al cliente último, Universidad de Valladolid. A tal fin el

adjudicatario se obliga a comunicar a la SOCIEDAD el estado de tramitación de dicha

ayuda/subvención y remitir copia del documento de aprobación y copia del documento cobro.

En el plazo máximo de 15 días desde el cobro, se realizará la aportación o compensación que

proceda a la SOCIEDAD por dicha ayuda/subvención.

Cláusula 18.- Confidencialidad

El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer como consecuencia de la participación en el Diálogo o, en su caso, con ocasión del cumplimiento del Contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrán copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este pliego, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. En este sentido, el adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y, especialmente, en lo dispuesto por el art. 12 “Acceso a los datos por cuenta de terceros”.

Cláusula 19. - Régimen jurídico del contrato

19.1. - El contrato quedará sometido a lo establecido en el Derecho Común que le sea de

aplicación.

19.2. - Las cuestiones litigiosas que puedan surgir sobre la interpretación o modificación del

contrato, serán resueltas por los Juzgados y Tribunales de Valladolid, a cuya jurisdicción se

someterán las partes, renunciando expresamente a cualquier fuero que les pudiera

corresponder en lo establecido como legislación necesaria.

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ANEXO

Relación de Edificios de la Universidad de Valladolid para central y red de calor.