eje tematico n. 3 (1)

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EJE TEMATICO N° 3 FALLOM DE JESUS AMADOR OVALLE EDGAR ADRIAN CABEZA PABON ALEXIS SORAYA PARDO ODUBER IVAN DARIO SABOYA BAUTISTA Docente JORGE MARIO ZULUAGA CAMPUZANO UNIVERSIDAD DEL QUINDÍO CIENCIA DE LA INFORMACIÓN Y LA DOCUMENTACIÓN, BIBLIOTECOLOGÍA Y ARCHIVÍSTICA GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS GRUPO 2 V SEMESTRE 2014

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A continuacion encontraresmos una breve exposicion sobre conceptos muy importantes como lo son la firma electronica y los certificados electronicos

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EJE TEMATICO N° 3

FALLOM DE JESUS AMADOR OVALLEEDGAR ADRIAN CABEZA PABONALEXIS SORAYA PARDO ODUBERIVAN DARIO SABOYA BAUTISTA

DocenteJORGE MARIO ZULUAGA CAMPUZANO

UNIVERSIDAD DEL QUINDÍOCIENCIA DE LA INFORMACIÓN Y LA DOCUMENTACIÓN,

BIBLIOTECOLOGÍA Y ARCHIVÍSTICAGESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS

GRUPO 2V SEMESTRE

2014

Page 2: Eje tematico n. 3 (1)

EJE TEMATICO N° 3

Certificado Electrónico y la firma electrónica

Certificado electrónico

Firma Electrónica

Identificación y Autentificación

Legislación

Funcionamiento de la firma electrónica

Cifrado electrónico

Entidades Certificación

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En la era digital en la que nos encontramos, es necesario conocer, crear, establecer, modelar, proyectar e implementar estrategias y herramientas, que garanticen la seguridad, conservación y validez de la información que emitimos y encontramos la red.

Es por esta razón que aparecen los certificados electrónicos, las firmas digitales o electrónicas y el cifrado electrónico, entre otros mecanismos de seguridad de la información electrónica, que permiten avanzar en un inusitado camino hacia una era que podríamos llamar de la archivística digital, en la cual se necesita, tener bases e instrumentos que ayuden a conservar y garantizar la veracidad de la información.

A continuación encontraremos un análisis de estas herramientas y una descripción de las mismas, con el objeto de establecer la importancia y relevancia que tendrán en un futuro no muy lejano.

INTRODUCCION

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Es un documento firmado electrónicamente por un prestador de servicios de certificación que vincula unos datos de verificación de firma a un firmante y confirma su identidad.

Es un documento que permite al firmante identificarse en Internet. Es necesario para realizar trámites, tanto con las administraciones públicas como con numerosas entidades privadas

EL CERTIFICADO ELECTRÓNICO

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Quien lo emite? Un prestador de servicios Para qué sirve?

-Identificar a un firmante-Obtener contrastación de su firma-Comprobar que el mismo está vigente.

 Contenido mínimo

-Identificación del prestador que lo valida.-Clave pública del prestador -Identificación del firmante -Clave pública del firmante.

  Duración

-Según características y tecnología empleada.-Certificados reconocidos máximo de 4 años desde su emisión

EL CERTIFICADO ELECTRÓNICO

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El certificado contiene usualmente:Nombre, dirección y domicilio del suscriptor.Identificación del suscriptor mencionado en el certificado.El nombre, la dirección y el lugar donde realiza las actividades la entidad de certificación.La clave pública del usuario.La metodología para verificar la firma digital del suscriptor impuesta en el mensaje de datos.El número de serie del certificado.Fecha de emisión y expiración del certificado.

Características

EL CERTIFICADO ELECTRÓNICO

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Según la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística, un certificado electrónico sirve para:

Autenticar la identidad del usuario, de forma electrónica, ante terceros.Firmar electrónicamente de forma que se garantice la integridad de los datos trasmitidos y su procedencia. Un documento firmado no puede ser manipulado, ya que la firma está asociada matemáticamente tanto al documento como al firmanteCifrar datos para que sólo el destinatario del documento pueda acceder a su contenido

EL CERTIFICADO ELECTRÓNICO

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La Ley 59/2003 define la firma electrónica como: “conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante”.

Las firmas electrónicas nos permiten crear un marco relevante de protección, capaz de repeler delitos informáticos de copia, además da una importante seguridad a aquellos que se benefician con este actual marco de seguridad.

LA FIRMA ELECTRÓNICADefinición:

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Esta seguridad permite que tanto comerciantes como compradores estén seguros al realizar sus negocios por medio de la Internet, las firmas electrónicas cuya función es identificar a la persona para saber que realmente es esta con quien se quiere negociar, es decir no permite usurpación.  Igualmente los documentos de identidad emitidos a un individuo permite la seguridad de contar con los datos verdaderos, así tampoco serán cambiados lo que en gran parte amplía la seguridad de lo que se exponga por la red

LA FIRMA ELECTRÓNICA

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Estos mecanismos hacen que cada vez navegar en la red, comprar, vender, etc... sea más seguro, gracias a los avances tecnológicos a que puede llegar el hombre y así mismo rechazar el mal manejo que personas inescrupulosas puedan darle a estos temas.

.

LA FIRMA ELECTRÓNICA

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Mayor seguridad e integridad de los documentos. El contenido del documento electrónico firmado no puede ser alterado, por lo que se garantiza la autenticación del mismo y la identidad del firmante.

Se garantiza la confidencialidad, el contenido del mensaje solo será conocido por quienes estén autorizados a ello.

Eliminación del papel, lo que implica una disminución del almacenamiento de datos (espacio físico) y reducción de gastos en los procedimientos de administración de archivos.

Qué ventajas me ofrece la firma electrónica frente a la firma

manuscrita?

LA FIRMA ELECTRÓNICA

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Se evitan desplazamientos y traslados.

Disminución del tiempo en la ejecución de procesos (se evitan colas y se reducen los procedimientos manuales).

Aumento de la productividad y competitividad de la Empresa.

Qué ventajas me ofrece la firma electrónica frente a la firma

manuscrita?

LA FIRMA ELECTRÓNICA

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Prueba o garantía de la identidad de quien envía la información, es decir que es el proceso en virtud del cual se constata que una entidad es la que dice ser y que tal situación es demostrable ante terceros.Hace referencia a la utilización de la firma digital con el fin de verificar la identidad del remitente del mensaje de datos.Un procedimiento algo más complejo para autenticar la identidad del emisor del mensaje de datos es la llamada “función de hash” (resumen digital). El proceso de autenticación se realiza de la siguiente manera: “el verificador realizará dos operaciones: descifrará el hash firmado con la clave privada del emisor aplicando la clave pública del mismo; y aplicará la función de hash sobre el mensaje completo que ha obtenido.

Autenticación

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Si el hash recibido y descifrado y el segundo hash obtenido coinciden, el destinatario tiene la seguridad de que el mensaje recibido ha sido firmado por el emisor con ese contenido.

Por el contrario, si uno u otro de los dos elementos ha sido alterado en algún momento, no habrá coincidencia de los dos hash, lo que querrá decir que el mensaje de datos recibido no corresponde con el firmado por el emisor”.En algunos casos en los que la autenticación de la persona resulta crítica, como en el pago con tarjeta de crédito, se puede exigir incluso que estampe una firma, que será comparada con la que aparece en la tarjeta y sobre su documento de identificación.

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La normatividad y legislación que regula el uso de la firma electrónica y digital en nuestro país e internacionalmente, se encuentra distribuida de la siguiente forma:

Normatividad

LA FIRMA ELECTRÓNICA

LEY 527 DE 1999 -El Congreso de Colombia

Por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones.

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Normatividad

LA FIRMA ELECTRÓNICA

LEY 527 DE 1999 -El Congreso de ColombiaPARTE III

FIRMAS DIGITALES, CERTIFICADOS Y ENTIDADES DE CERTIFICACION

CAPITULO IFirmas digitales

ARTÍCULO  28. Atributos jurídicos de una firma digital. Cuando una firma digital haya sido fijada en un mensaje de datos se presume que el suscriptor de aquella tenía la intención de acreditar ese mensaje de datos y de ser vinculado con el contenido del mismo.PARÁGRAFO. El uso de una firma digital tendrá la misma fuerza y efectos que el uso de una firma manuscrita, si aquélla incorpora los siguientes atributos:1. Es única a la persona que la usa.2. Es susceptible de ser verificada.3. Está bajo el control exclusivo de la persona que la usa.4. Está ligada a la información o mensaje, de tal manera que si éstos son cambiados, la firma digital es invalidada.5. Está conforme a las reglamentaciones adoptadas por el Gobierno Nacional.

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Normatividad

LA FIRMA ELECTRÓNICA

LEY 527 DE 1999 -El Congreso de Colombia

CAPITULO IVSuscriptores de firmas digitales

ARTÍCULO  39. Deberes de los suscriptores. Son deberes de los suscriptores:1. Recibir la firma digital por parte de la entidad de certificación o generarla, utilizando un método autorizado por ésta.2. Suministrar la información que requiera la entidad de certificación.3. Mantener el control de la firma digital.4. Solicitar oportunamente la revocación de los certificados.ARTÍCULO 40. Responsabilidad de los suscriptores. Los suscriptores serán responsables por la falsedad, error u omisión en la información suministrada a la entidad de certificación y por el incumplimiento de sus deberes como suscriptor.

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Normatividad

LA FIRMA ELECTRÓNICA

DECRETO 333 DE 2014Por el cual se reglamenta el artículo 160 del Decreto-ley 19 de 2012.

ARTÍCULO  160. CARACTERÍSTICAS Y REQUERIMIENTOS DE LAS ENTIDADES DE

CERTIFICACIÓN.DECRETO NUMERO 1747 DE 2000

Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 527 de 1999, en lo relacionado con las entidades de certificación, los certificados y las firmas digitales.

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Normatividad

LA FIRMA ELECTRÓNICA

DECRETO 2364 DE 2012Por medio del cual se reglamenta el artículo 7° de la Ley 527 de 1999, sobre la firma electrónica y se dictan otras disposicionesArtículo 2°. Neutralidad tecnológica e igualdad de tratamiento de las tecnologías para la firma electrónica. Artículo  3°. Cumplimiento del requisito de firma.Artículo  4°. Confiabilidad de la firma electrónica.Artículo 5°. Efectos jurídicos de la firma electrónica.Artículo 6°. Obligaciones del firmante.Artículo 7°. Firma electrónica pactada mediante acuerdo.Artículo  8°. Criterios para establecer el grado de seguridad de las firmas electrónicas. 

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Normatividad

LA FIRMA ELECTRÓNICA

SENTENCIA C-662/00Referencia: expediente D-2693

Acción pública de inconstitucionalidad contra la Ley 527 de 1999 y, particularmente sus artículos 10, 11, 12, 13, 14, 15, 27, 28, 29, 30, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44 y 45, "Por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones".Temas:•El reconocimiento jurídico de la validez plena y del valor probatorio de los mensajes de datos•El Comercio Electrónico•La firma digital•Las entidades de certificación y la emisión de certificados sobre la autenticidad de los mensajes de datos y las firmas digitalesLa actividad de las entidades de certificación y la función notarial

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Normatividad

LA FIRMA ELECTRÓNICA

RESOLUCIÓN 26930 DE 2000

"Por la cual se fijan los estándares para la autorización y funcionamiento de las entidades de certificación y sus auditores"

SECCIÓN IIIFirmas auditoras de entidades de certificación

ARTICULO 14°.   Firmas auditoras. La firma auditora nacional que realice el informe de auditoría referido en el artículo 12 del decreto 1747 de 2000, deberá ser un organismo de inspección del sistema nacional de normalización, certificación y metrología acreditada para realizar inspecciones en sistemas informáticos de seguridad y contabilidad, de conformidad con lo señalado en el decreto 2269 de 1993, la resolución 140 de 1994 de la Superintendencia de Industria y Comercio y las disposiciones que los sustituyan o complementen.Estas firmas deberán cumplir, además de lo requerido en el decreto 2269 de 1993, lo siguiente:1. Estar compuesta por un grupo interdisciplinario de profesionales que incluirá por lo menos 1 ingeniero de sistemas especializado en sistemas de seguridad, 1 contador y 1 abogado con amplios conocimientos en el tema, quienes deberán cumplir con las normas vigentes relacionadas con cada una de las profesiones.2. Acreditar experiencia de la firma o de uno de sus socios o funcionarios, en auditorías en sistemas informáticos de seguridad y contabilidad por lo menos de 3 años.3. Acreditar capacidad para certificar el cumplimiento de los requisitos técnicos y estándares exigidos en la ley 527 de 1999, el decreto 1747 de 2000 y esta resolución.

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Normatividad

LA FIRMA ELECTRÓNICA

Legislación de Firma Digital en España

La normativa más importante sobre firma electrónica es:Ley 59/2003 de 19 de diciembre de Firma Electrónica: Equipara la validez legal de la firma digital a la firma manuscrita. El Artículo 3 dice textualmente: "La firma electrónica reconocida tendrá respecto de los datos consignados en forma electrónica el mismo valor que la firma manuscrita en relación con los datos consignados en papel".La ORDEN HAC/1181/2003, de 12 de mayo: establece normas específicas sobre el uso de la firma electrónica en las relaciones tributarias por medios electrónicos, informáticos y telemáticos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

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Funcionamiento

LA FIRMA ELECTRÓNICA

El proceso básico que se sigue para la firma electrónica es el siguiente:El usuario dispone de un documento electrónico (una hoja de cálculo, un pdf, una imagen, incluso un formulario en una página web) y de un certificado que le pertenece y le identifica.La aplicación o dispositivo digital utilizados para la firma realiza un resumen del documento. El resumen de un documento de gran tamaño puede llegar a ser tan solo de unas líneas. Este resumen es único y cualquier modificación del documento implica también una modificación del resumen.La aplicación utiliza la clave contenida en el certificado para codificar el resumen.La aplicación crea otro documento electrónico que contiene ese resumen codificado. Este nuevo documento es la firma electrónica.El resultado de todo este proceso es un documento electrónico obtenido a partir del documento original y de las claves del firmante. La firma electrónica, por tanto, es el mismo documento electrónico resultante.

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Funcionamiento

LA FIRMA ELECTRÓNICA

 En general la firma digital está compuesta por una clave pública y otra privada, donde la clave pública se suele distribuir por una autoridad de certificación que es la entidad en la que todos confían, receptor y emisor, y genera el certificado digital.

Es decir que una firma electrónica o digital es lo mas parecido a una firma autografiada en un medio electrónico.

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Funcionamiento

LA FIRMA ELECTRÓNICA

Funcionamiento de la firma digital

El esquema de funcionamiento sería el siguiente:

El emisor genera un resumen del documento ya que la firma no se realiza sobre el documento completo sino en un resumen del mismo o hash.

El emisor firma su resumen encriptándolo con la clave privada propia.  El emisor envía el documento y su resumen firmado al receptor. El receptor genera también un resumen del documento que ha recibido usando la misma función que el emisor. Al mismo tiempo descifra el resumen recibido con la clave pública que el emisor ha publicado. Si los resúmenes coinciden la firma será validada.

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Funcionamiento

LA FIRMA ELECTRÓNICA

Funcionamiento de la firma digital

En este proceso se asegura la autenticidad de que la información es emitida por quien dice, integridad donde asegura que la información no ha sido alterada desde que se envía hasta que llegue al receptor, no repudio donde no se puede negar la autoridad que ha certificado el proceso.La firma electrónica es el archivo o documento electrónico resultante. Este es el documento válido a efectos legales y el que debes conservar. Cualquier impresión o representación gráfica que se haga de él solo es válido en los términos que determine el destinatario de la firma. En general, en este caso, la firma impresa deberá contener un CSV o Código Seguro de Verificación que permite contrastar la copia impresa con la original electrónica.

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CIFRADO ELECTRÓNICO

Es un sistema de seguridad de los

mensajes electrónicos donde se

identifica el componente principal.

Es decir es un mensaje electrónico al

cual se le aplica un algoritmo de

cifrado, dando como resultado

mensaje cifrado que solo podrá ser

descifrado por aquellos que conozca

de algoritmo utilizado y la clave que

se ha empleado.

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CIFRADO ELECTRÓNICO¿ Cómo funciona?

Se captura el mensaje.Se recupera la clave pública del certificado digital del destinatario. Se genera la clave de sección simétrica de un único uso.Se realiza la operación cifrado en el mensaje mediante una clave de sesión.Se cifra la clave de sesión mediante la clave pública del destinatario.Se incluye la clave de sesión cifrada en el mensaje cifrado.Se envía mensaje.

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CIFRADO ELECTRÓNICO

Tipos de Cifrado Simétrica: Es aquella que emplea una sola clave par cifrar y descifrar el mensaje.La ventaja es su velocidad, lo cual hace que este tipo de algoritmos sean los mas apropiados para grandes cantidades de datosDesventaja esta en la necesidad de distribuir la clave en varios usuarios, ya que si algún usuario ubica el mensaje de algún destinatario podrá descifrarlo.

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CIFRADO ELECTRÓNICOTipos de Cifrado

Asimétrica: Es este caso el usuario ha de poseer dos parejas de claves:Clave privada: Sera custodiada por su propietario y no la dará conocer a nadie.Clave Pública: Sera conocida por todos los usuarios.Ventajas, en su uso lo que cifra una solo lo podrá descifrar la otra.Desventaja . Lentitud de la operación.

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CIFRADO ELECTRÓNICO

¿ PARA QUÉ SE UTILIZA?

Almacenar archivos en el equipoCodificar información que se envía en un correo electrónico o un documento.Hacer compras en internet de manera segura.Proteger la red doméstica inalámbrica de Internet.

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ENTIDADES DE

CERTIFICACIÓN EN COLOMBIA Sociedad Cameral de

Certificación Digital

(Certicámara).

Entidad de certificación digital

autorizada por la

Superintendencia de Industria y

Comercio y constituida por las

Cámaras de Comercio, provee

seguridad jurídica y tecnologías

en entornos electrónicos. Útiles

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ENTIDADES DE CERTIFICACIÓN EN COLOMBIA

Gestión de Seguridad Eletronics

( GSE)

Gestión de Seguridad Electrónica

S.A – GSE S.A. ha sido autorizada

como una nueva Certificadora Digital en

el país mediante la 

Resolución No. 23344 de Mayo 12 de 2009

 de la 

Superintendencia de Industria y Comercio

, lo que garantiza la plena validez

jurídica de los certificados emitidos y de

las firmas digitales que se realicen con

los mismos.

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http://es.wikipedia.org/wiki/Certificado_digital Bases de datos v/lex global: http://siaa.ucc.edu.co:2361/#/vid/388095124 http://www.viafirma.com/es/firma-electronica http://es.calameo.com/read/002754975a96d75e2006b http://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Autoridades_de_certificaci

%C3%B3n_por_pa%C3%ADs http://www-informatica-01a1.blogspot.com/2010/04/cifrado-dogital-o-

electronico.html www.acis.org.co/memorias/JornadasSeguridad/IIJNSI/certicamara.ppt http://firmaelectronica.gob.es/Home/Ciudadanos/Firma-

Electronica.html http://autoridadcertificadora.guerrero.gob.mx/fec/que-es-la-fec.html http://www.inteco.es/Seguridad/DNI_Electronico/

Firma_Electronica_de_Documentos/Que_es_la_Firma_electronica/que_es_la_firma_27

Cibergrafía