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EDUARDO SÁNCHEZ VILLEGAS TLCUEM , REGLAS DE OR IGEN Y ESOPECIFICAS , PARTES DL C.O

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Page 1: Eduardo sánchez villegas tlcuem

EDUARDO SÁNCHEZ

VILLEGAS

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QUE SON LAS REGLAS DEL ORIGEN

Las reglas de origen disposiciones específicas aplicadas por un país para determinar el origen de las mercaderías, recurriendo a los principios establecidos por la legislación nacional o por acuerdos internacionales, también son requisitos que un producto debe cumplir para ser considerado originario de un lugar o zona .

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REGLAS DE ORIGEN ESPECIFICAS TLCUEM

Garantizar el acceso preferencial y seguro de nuestros productos al mercado más grande del mundo, aún mayor al de Estados Unidos.

b. Diversificar nuestras relaciones económicas, tanto por el destino de nuestras exportaciones, como por las fuentes de insumos para nuestras empresas.

c. Generar mayores flujos de inversión extranjera directa y alianzas estratégicas entre empresas mexicanas y europeas, para promover la transferencia de tecnología.

d. Fortalecer nuestra presencia en el exterior y nuestra posición como centro estratégico de negocios, al ser la única economía del mundo con acceso preferencial a Europa, Estados Unidos, Canadá, y a casi todos los países latinoamericanos.

Reconociendo un trato asimétrico a favor de México, la mayoría de las exportaciones mexicanas están desgravadas desde el 1o. de enero de 2003, mientras que las europeas, en 2008.

Respecto a los productos industriales mexicanos, a partir del año 2003, el 100% ya pueden ingresar al mercado comunitario libres de arancel.

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PRODUCTOS SUJETOS A RESOLUCIONES FLEXIBLES

• Productos industrializados

• Productos agrícolas y pesqueros

• Productos industrializados y agroindustrial izados

• Productos de calzado

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QUE ES LA DECLARACIÓN EN FACTURA

De conformidad con el artículo 15 del Anexo III de la Decisión 2/2000 del Consejo Conjunto UE-México, los bienes de México y la UE se beneficiarán de las preferencias arancelarias previstas en los calendarios de desgravación de cada Parte siempre que presenten un certificado de origen; o una declaración emitida por el exportador en una factura, orden de entrega o cualquier otro documento comercial que describa los productos de que se trata para que puedan ser identificados: El texto de esta declaración, también llamada “declaración en factura” figura en este Apéndice.

El exportador de los productos incluidos en el presente documento [autorización aduanera o de la autoridad gubernamental competente no. (1)] declara que, salvo indicación en sentido contrario, estos productos gozan de un origen preferencial . (2).

En caso de pequeñas exportaciones que no superen la cantidad de 6,000 euros, los exportadores podrán extender una declaración en la factura de exportación asumiendo que el bien cumple con las reglas de origen del TLCUE, la cual deberá ser firmada por el exportador sin necesidad de presentar un cuestionario ante la SE para que selle la factura.

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PARTES DEL CO

Certificado de origen. Para que se otorgue trato preferencial en la Unión Europea, se deberá acompañar cada embarque de exportación con el certificado de circulación de mercancías EUR.1 expedido por la SE (Anexo 9).

Esta Declaración debe expresar lo siguiente: “El exportador de los productos incluidos en el presente documento (indicar No. de “exportador autorizado” o dejar en blanco según corresponda), declara que, salvo indicación en sentido contrario, estos productos gozan de un origen preferencial por ser originarios de México.............................. (lugar y fecha), ..............(firma, nombre y los apellidos del exportador que firma)”.

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EJEMPLO DEL CALCULO DE CONTENIDO REGIONAL

En algunos casos, además de cumplir el requisito de cambio de clasificación arancelaria, los bienes deben incorporar cierto porcentaje de insumos que sean de origen nacional contenido regional . En otros, se permite considerar a un bien como originario, cuando éste se clasifique en la misma su partida arancelaria que sus componentes y cumpla con el requisito de contenido regional.

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VT-VMIN  

VCR= ------------------------- *100

  VT

 donde:VCR = Valor de contenido regional expresado en porcentaje.VT = Valor de transacción del bien, ajustado sobre la base Libre A Bordo (LAB).VMN = Valor de materiales no originarios utilizados en la producción del bien.

donde:VCR = Valor de contenido regional expresado en porcentaje.VT = Valor de transacción del bien, ajustado sobre la base Libre A Bordo (LAB).VMN = Valor de materiales no originarios utilizados en la producción del bien.