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UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO CHRISTIAN JARA

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Page 1: Ecuador Leyes

UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO

CHRISTIAN JARA

Page 2: Ecuador Leyes

Derechos de Autor en el Ecuador

El Derecho de Autor es el sistema jurídico por el cual se concede a los autores derechos morales y patrimoniales sobre sus obras, en cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución del Ecuador y la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Las obras protegidas comprenden, entre otras, las siguientes: novelas, poemas, obras de teatro, periódicos, programas informáticos, bases de datos, películas, composiciones musicales, coreografías, pinturas, dibujos, fotografías, obras escultóricas, obras arquitectónico, publicidad, mapas, dibujos técnicos, obras de arte aplicadas a la industria.

El Derecho de Autor dura la vida del creador más 70 años después de su muerteEl uso de una obra sin la autorización expresa de su autor es considerado ilegal y puede ser castigado con multas e incluso prisión.

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Derechos de Autor en el Ecuador

Derecho de Autor protege la obra por el solo hecho de su creación. Sin embargo, es recomendable registrar la obra en la Unidad de Registro del IEPI, así el autor se beneficiará de la presunción de autoría que la ley reconoce a su favor.La protección del Sistema de Derecho de Autor se basa en la potestad de autorizar o prohibir el uso de su obra.El plazo de vigencia de la protección se da sin prejuicio de derechos morales que se protegen indefinidamenteEl autor podrá autorizar o prohibir:La reproducción o fijación de cualquier medio o por cualquier procedimiento de la obra.La comunicación pública de la obra.La distribución de ejemplares de la obra.La traducción, adaptación, arreglo u otra transformación de la obra.

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ISBN

El International Standard Book Number (en español, Número Estándar Internacional de Libros o Número Internacional Normalizado del Libro),1abreviado ISBN, es un identificador único2 para libros, previsto para uso comercial. Fue creado en el Reino Unido en 1966 por las librerías y papelerías británicas W. H. Smith y llamado originalmente Standard Book

Numbering (en español, ‘numeración estándar de libros’), abreviado SBN. Fue adoptado como estándar internacional ISO 2108 en 1970.Para publicaciones periódicas (revistas, periódicos) se usa el Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas (ISSN, International Standard Serial Number, en español Número Internacional Normalizado de Publicaciones Periódicas).

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ISBN

Estas partes tienen distintas longitudes y, para mejorar su legibilidad (lectura humana), es conveniente, aunque no obligatorio, que se separen con espacios en blanco o con guiones. Además, se utilizan prefijos para asegurarse de que dos códigos no puedan comenzar de la misma forma.

En caso de usarse, tiene que estar situado correctamente (pueden consultarse las instrucciones en inglés aquí); no obstante no son suficientes ya que hay distintas agencias responsables de la asignación de subrangos ISBN, y no hay ninguna lista actualizada disponible en isbn.org.

El código de país es 0 o 1 para países de habla inglesa, 2 para países de habla francesa, 3 para países de habla alemana, etc. El sistema original ISBN carecía del código de país, pero anteponiendo un 0 a un número SBN de 9 dígitos se creaba un ISBN válido. El código de país puede tener hasta 5 dígitos de longitud; por ejemplo, el 99936 se usa para Bután. Se puede consultar la lista de ISBN por países.

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IEPI

El Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual o (IEPI) es un órgano público, que tiene como principal función velar a nombre del Estado Ecuatoriano, los Derechos de Propiedad Intelectual reconocidos en la Ley y la Constitución de la República del Ecuador, los tratados y convenios internacionales, en concordancia a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobado por Organización de las Naciones Unidas, reconociéndolo como un derecho fundamental la protección de las creaciones intelectuales. Desde el año 2012 adscrito a la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.

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IEPI

En el Ecuador no existía una entidad encargada de velar los derechos de propiedad intelectual, las aéreas especializadas eran divididas entre varios Ministerios, Derecho de Autor estaba bajo la responsabilidad del Ministerio de Educación, la propiedad industrial bajo la dirección del Ministerio de Industrias y las Obtenciones Vegetales administradas por el Ministerio de Agricultura.

El IEPI se crea el 19 de mayo de 1998 con la finalidad de agrupar a todas aéreas, propiedad industrial, derechos de autor, obtenciones vegetales y conocimientos tradicionales. El IEPI ejerce atribuciones y competencias establecidas por la Ley de Propiedad Intelectual, considerando la misma para efectos previstos en las decisiones de la Comisión de la Comunidad Andina.