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24 Martes 20 de septiembre de 2016 www.pulso.cl ECONOMIA&DINERO @pulso_tw facebook.com/pulsochile RICARDO FFRENCH-DAVIS Economista “Tenemos una situación muy crítica. Es crítico crecer 2% por tres años y es crítico no mostrar salidas”. PÁG.26 Economía & Dinero grupos negociadores. El pro- nunciamiento del fiscaliza- dor será clave para determi- nar si habrá o no espacio a la judicialización de esa figura, la cual según la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) ostenta los mismos derechos que los sindicatos en la nego- ciación colectiva. Si bien en un principio se contempló que dicho dicta- men se publicaría en el corto plazo, desde la DT precisaron que finalmente se optó por postergar dicho trámite para los próximos meses, debido a que aún están en estudio los alcances de dicha figura la cual quedó desregulada tras el fallo del TC y el veto presi- dencial.P El primer pronunciamiento sobre la Reforma Laboral, que estará listo entre ésta y la próxima semana, abordará los principios generales de la nueva Ley y el concepto de huelga. También se informará el marco regulatorio de los servicios mínimos La Dirección del Trabajo ha conversado con distintos actores para aterrizar la aplicación de la Reforma Laboral. FOTO: AGENCIAUNO R. Laboral: DT afina primeros dictámenes. Posterga definición de grupos negociadores En paralelo a lo que pueda hacer la Dirección del Trabajo, el Gobierno ha mos- trado disposición a enviar una ley corta que regule los vacíos de la reforma. Z 01/04 El primer día de abril de 2017 será la aplicación en régimen de la nueva ley de relaciones laborales. Once estudios 10 por servicios mínimos. La DT encargará esa cifra de estudios, como insumo para monitorear la puesta en marcha de los servicios mínimos. sería el número de dictá- menes que emitirá el servi- cio fiscalizador en los pró- ximos meses para aterrizar la aplicación de la nueva le- gislación de sindicatos y negociación colectiva. BASE DE DATOS b ¿Qué ha pasado? Entre esta semana y la próxima, la Dirección del Trabajo emitirá los primeros dos dictámenes para aterrizar la aplicación de la Refor- ma Laboral. b ¿Por qué ha pasado? La ley le asigna al servicio la tarea fundamental de ate- rrizar la implementación de la nueva legislación, es- pecialmente en la defini- ción de servicios mínimos y la selección de los equi- pos de emergencia. b ¿Qué consecuencias tiene? El primer pronun- ciamiento abordará los principios generales de la nueva normativa y en su redacción contempla la de- finición de huelga por pri- mera vez en el Código La- boral chileno. El segundo texto establecerá el marco regulatorio para la figura de servicios mínimos. P Dichos informes servirán es- pecialmente a la nueva unidad de servicios mínimos que este año se creó en la DT. Esta en- tidad fijará criterios comunes, definirá y garantizará el cum- plimiento de procedimientos estándares y orientará a las partes. Asimismo, en caso de que el empleador y el sindica- to no se pongan de acuerdo en la definición de los servicios respectivos, el grupo técnico también podrá actuar como instancia arbitral. DEFINICIÓN POR GRUPOS NEGO- CIADORES. Desde la Dirección del Trabajo también han pre- cisado que se publicarán dos dictámenes por mes, culmi- nando dicho proceso en mar- zo de 2017. En ese contexto, el jefe de la DT, Christian Melis, confir- mó hace dos semanas a repre- sentantes de la Confederación de la Producción y del Comer- cio (CPC) que se dictará de ofi- cio un ordinario que regulará el campo de maniobra de los Plazos. La ley dice que 180 días antes del inicio de la negociación debe- rán fijarse los servicios. Servicios mínimos Dicha figura se creó en la Reforma Laboral como un contrapeso a la huel- ga efectiva. J.P. PALACIOS —Tras la promulgación y posterior publicación en el Diario Oficial, se activó la fase administrativa y regla- mentaria que será clave para el aterrizaje de la Reforma Laboral en el mercado. El proceso, que estará a car- go de la Dirección del Trabajo (DT), considera un conjunto de dictámenes para dar mayor certeza a empleadores y sindi- catos respecto de las nuevas reglas del juego en materia de relaciones laborales. En conversaciones que ha sostenido con distintos acto- res incumbentes en el proce- so, el director del servicio Christian Melis ha anticipado que se emitirán en torno a diez pronunciamientos de oficio, no descartándose la publicación de otros ordina- rios, dependiendo de los re- querimientos que vayan for- mulando las partes dentro de la etapa de marcha blanca de la reforma. En ese plano, trascendió que entre esta semana y la próxi- ma el ente fiscalizador emiti- rá los dos primeros dictáme- nes. El primero abordaría los principios generales de la nue- va legislación, como libertad sindical, libertad de afiliación y negociación de buena fe. En su redacción también se con- templa la definición de huel- ga por primera vez en el Códi- go Laboral. En tanto, el segundo texto establecerá el marco regulato- rio para la figura de servicios mínimos. Cabe indicar que la Reforma Laboral le asigna a la DT un rol fundamental du- rante el proceso de negocia- ción colectiva, especialmente en la definición de los servi- cios mínimos y la selección de los equipos de emergencia que deberán seguir laborando en el caso de efectuarse una huelga legal. Fuentes allegadas al proceso explican que dicho dictamen regulará el procedimiento, de- finición y restricciones o limi- tantes para el establecimien- to, propuesta y negociación de los denominados servicios mínimos en la empresa. Esta figura ya deberá estar acorda- da entre las partes para las ne- gociaciones colectivas que se inicien tras el 1 de abril de 2017, fecha en la que se fijó la apli- cación general la reforma. Según la normativa, la ad- ministración de la empresa deberá definir -con acuerdo del sindicato- una lista de ser- vicios mínimos, con el núme- ro determinado de trabajado- res necesarios para asegurar el cumplimiento de cada uno de ellos, hasta 180 días antes del plazo legal en que comienza la negociación del contrato o convenio colectivo. Las funciones y el personal requerido para cada una de ellas que hayan sido incorpo- rados en el listado -que pasa- rá por la aprobación de la DT- no se podrán modificar una vez iniciada la negociación. Asimismo, el servicio pú- blico encargará a un ente ex- terno estudios sobre 11 secto- res productivos, como insu- mos para monitorear la puesta en marcha de los ser- vicios mínimos.

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24 Martes 20 de septiembre de 2016 • www.pulso.clECONOMIA&DINERO @pulso_tw facebook.com/pulsochile

RICARDO FFRENCH-DAVIS Economista

“Tenemos una situación muy

crítica. Es crítico crecer 2% por tres

años y es crítico no mostrar salidas”.

PÁG.26

Economía &Dinero

grupos negociadores. El pro-nunciamiento del fiscaliza-dor será clave para determi-nar si habrá o no espacio a la judicialización de esa figura, la cual según la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) ostenta los mismos derechos que los sindicatos en la nego-ciación colectiva.

Si bien en un principio se contempló que dicho dicta-men se publicaría en el corto plazo, desde la DT precisaron que finalmente se optó por postergar dicho trámite para los próximos meses, debido a que aún están en estudio los alcances de dicha figura la cual quedó desregulada tras el fallo del TC y el veto presi-dencial.P

El primer pronunciamiento sobre la Reforma Laboral, que estará listo entre ésta y la próxima semana, abordará los principios generales de la nueva Ley y el concepto de huelga. También se informará el marco regulatorio de los servicios mínimos

La Dirección del Trabajo ha conversado con distintos actores para aterrizar la aplicación de la Reforma Laboral. FOTO: AGENCIAUNO

R. Laboral: DT afina primeros dictámenes. Posterga definición de grupos negociadores

En paralelo a lo que pueda hacer la Dirección del Trabajo, el Gobierno ha mos-trado disposición a enviar una ley corta que regule los vacíos de la reforma.

Z

01/04El primer día de abril de 2017 será la aplicación en régimen de la nueva ley de relaciones laborales.

Once estudios

10

por servicios mínimos. La DT encargará esa cifra de estudios, como insumo para monitorear la puesta en marcha de los servicios mínimos.

sería el número de dictá-menes que emitirá el servi-cio fiscalizador en los pró-ximos meses para aterrizar la aplicación de la nueva le-gislación de sindicatos y negociación colectiva.

BASE DE DATOS

b ¿Qué ha pasado? Entre esta semana y la próxima, la Dirección del Trabajo emitirá los primeros dos dictámenes para aterrizar la aplicación de la Refor-ma Laboral.

b ¿Por qué ha pasado? La ley le asigna al servicio la tarea fundamental de ate-rrizar la implementación de la nueva legislación, es-pecialmente en la defini-ción de servicios mínimos y la selección de los equi-pos de emergencia.

b ¿Qué consecuencias tiene? El primer pronun-ciamiento abordará los principios generales de la nueva normativa y en su redacción contempla la de-finición de huelga por pri-mera vez en el Código La-boral chileno. El segundo texto establecerá el marco regulatorio para la figura de servicios mínimos.

P

Dichos informes servirán es-pecialmente a la nueva unidad de servicios mínimos que este año se creó en la DT. Esta en-tidad fijará criterios comunes, definirá y garantizará el cum-plimiento de procedimientos estándares y orientará a las partes. Asimismo, en caso de que el empleador y el sindica-to no se pongan de acuerdo en la definición de los servicios respectivos, el grupo técnico también podrá actuar como instancia arbitral.

DEFINICIÓN POR GRUPOS NEGO-CIADORES. Desde la Dirección del Trabajo también han pre-cisado que se publicarán dos dictámenes por mes, culmi-nando dicho proceso en mar-zo de 2017.

En ese contexto, el jefe de la DT, Christian Melis, confir-mó hace dos semanas a repre-sentantes de la Confederación de la Producción y del Comer-cio (CPC) que se dictará de ofi-cio un ordinario que regulará el campo de maniobra de los

Plazos. La ley dice que 180 días antes del inicio de la negociación debe-rán fijarse los servicios.

Servicios mínimos Dicha figura se creó en la

Reforma Laboral como un contrapeso a la huel-

ga efectiva.

J.P. PALACIOS —Tras la promulgación y posterior publicación en el Diario Oficial, se activó la fase administrativa y regla-mentaria que será clave para el aterrizaje de la Reforma Laboral en el mercado.

El proceso, que estará a car-go de la Dirección del Trabajo (DT), considera un conjunto de dictámenes para dar mayor certeza a empleadores y sindi-catos respecto de las nuevas reglas del juego en materia de relaciones laborales.

En conversaciones que ha sostenido con distintos acto-res incumbentes en el proce-so, el director del servicio Christian Melis ha anticipado que se emitirán en torno a diez pronunciamientos de oficio, no descartándose la publicación de otros ordina-rios, dependiendo de los re-querimientos que vayan for-mulando las partes dentro de la etapa de marcha blanca de la reforma.

En ese plano, trascendió que entre esta semana y la próxi-ma el ente fiscalizador emiti-rá los dos primeros dictáme-nes. El primero abordaría los principios generales de la nue-va legislación, como libertad sindical, libertad de afiliación y negociación de buena fe. En su redacción también se con-templa la definición de huel-ga por primera vez en el Códi-go Laboral.

En tanto, el segundo texto establecerá el marco regulato-rio para la figura de servicios mínimos. Cabe indicar que la Reforma Laboral le asigna a la DT un rol fundamental du-rante el proceso de negocia-ción colectiva, especialmente en la definición de los servi-cios mínimos y la selección de los equipos de emergencia que deberán seguir laborando en el caso de efectuarse una huelga legal.

Fuentes allegadas al proceso explican que dicho dictamen regulará el procedimiento, de-finición y restricciones o limi-tantes para el establecimien-to, propuesta y negociación de los denominados servicios mínimos en la empresa. Esta figura ya deberá estar acorda-

da entre las partes para las ne-gociaciones colectivas que se inicien tras el 1 de abril de 2017, fecha en la que se fijó la apli-cación general la reforma.

Según la normativa, la ad-ministración de la empresa deberá definir -con acuerdo del sindicato- una lista de ser-vicios mínimos, con el núme-ro determinado de trabajado-res necesarios para asegurar el cumplimiento de cada uno de ellos, hasta 180 días antes del plazo legal en que comienza la negociación del contrato o convenio colectivo.

Las funciones y el personal requerido para cada una de ellas que hayan sido incorpo-rados en el listado -que pasa-rá por la aprobación de la DT- no se podrán modificar una vez iniciada la negociación.

Asimismo, el servicio pú-blico encargará a un ente ex-terno estudios sobre 11 secto-res productivos, como insu-mos para monitorear la puesta en marcha de los ser-vicios mínimos.