eb001s uso extendido de aparatos electronicos

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  999 University Street Tel.: +1 514-954-8219, Ext. 6116 Correo-e: [email protected] Montreal, Quebec Fax: +1 514-954-6077 ww.icao.int Canadá H3C 5H7 Organización de Aviación Civil Internacional BOLETÍN ELECTRÓNICO  A título informativo únic amente EB 2015/1 15 de enero de 2015 DIRECTRICES PARA EL USO MÁS AMPLIO DE APARATOS ELECTRÓNICOS PORTÁTILES (CIR 340) 1. En 2013 diversos Estados comenzaron a permitir el uso más amplio de determinados aparatos electrónicos portátiles (PED) por los pasajeros. “Uso más amplio de PED” se refiere al uso de los aparatos en todas las fases de vuelo, incluyendo fases críticas. A raíz de esta evolución, otros Estados están considerando la posibilidad de enmendar los reglamentos vigentes a fin de permitir el uso más amplio de PED en todas las fases de vuelo. Antes de permitir este cambio, los Estados deberían desarrollar un  proc edim ien to claro para la aprobación/ aceptació n de cambios de las políticas y procedimie ntos por los explotadores, y determinar las medidas que deberían adoptar para mantener o mejorar la seguridad operacional al implantar este cambio. 2. Una nueva circular de la OACI titulada  Directric es para el uso más amplio de aparatos electrónicos portátiles (Cir 340) proporciona información para los Estados que desean permitir a los explotadores realizar la transición hacia un uso más amplio de los PED. También se proporciona orientación  para facilitar la implanta ción por los explotadore s. La Cir 340 trata las considera ciones técnica s relacionadas con las pruebas de tolerabilidad de PED en aeronaves, así como con las operaciones de vuelo y seguridad en la cabina, instrucción de la tripulación y aspectos de concienciación de los pasajeros que deben tenerse en cuenta como parte del procedimiento de aprobación/aceptación. Además, se proporciona orientación sobre actividades posteriores a la implantación relacionadas con la vigilancia permanente por el Estado y los procesos de garantía de la seguridad operacional por el explotador. 3. La Cir 340 presenta un enfoque armonizado para la implantación del uso más amplio de los PED. Su contenido se preparó con la participación de expertos de las administraciones de aviación civil, líneas aéreas, fabricantes de aeronaves, organizaciones de instrucción, así como de organizaciones representantes de las líneas aéreas y de las tripulaciones de cabina. Se alienta a los Estados a incorporar en sus reglamen tos y/o textos de orientación las directrices presentada s en esta circular a fin de fomentar la armonización a escala internacional. 4. Con el fin de facilitar la distribución de la información técnica requerida a los expertos que participan en la implantación del uso más amplio de los PED, la versión no editada de la Cir 340 ya está disponible en el sitio web seguro de la OACI en  http://portal.icao.int/. 5. Los expertos técnicos, incluyendo a los reguladores y a l os explotadores, estarán en condiciones de acceder rápidamente a los muy necesarios textos de orientación de importancia crítica para la seguridad operacional, lo cual a su vez acelerará la implantación. 6. En el sitio www.icao.int/cabinsafety   podrá enco ntrar más información al respec to. Publicado bajo la responsabilidad del Secretario General  

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999 University Street Tel.: +1 514-954-8219, Ext. 6116 Correo-e: [email protected], Quebec Fax: +1 514-954-6077 ww.icao.int

Canadá H3C 5H7 

Organización de Aviación Civil Internacional 

BOLETÍN ELECTRÓNICO  A título informativo únicamente

EB 2015/1 15 de enero de 2015

DIRECTRICES PARA EL USO MÁS AMPLIODE APARATOS ELECTRÓNICOS PORTÁTILES (CIR 340)

1.  En 2013 diversos Estados comenzaron a permitir el uso más amplio de determinadosaparatos electrónicos portátiles (PED) por los pasajeros. “Uso más amplio de PED” se refiere al uso de losaparatos en todas las fases de vuelo, incluyendo fases críticas. A raíz de esta evolución, otros Estadosestán considerando la posibilidad de enmendar los reglamentos vigentes a fin de permitir el uso más ampliode PED en todas las fases de vuelo. Antes de permitir este cambio, los Estados deberían desarrollar un

 procedimiento claro para la aprobación/aceptación de cambios de las políticas y procedimientos por los

explotadores, y determinar las medidas que deberían adoptar para mantener o mejorar la seguridadoperacional al implantar este cambio.

2.  Una nueva circular de la OACI titulada  Directrices para el uso más amplio de aparatoselectrónicos portátiles (Cir 340) proporciona información para los Estados que desean permitir a losexplotadores realizar la transición hacia un uso más amplio de los PED. También se proporciona orientación

 para facilitar la implantación por los explotadores. La Cir 340 trata las consideraciones técnicasrelacionadas con las pruebas de tolerabilidad de PED en aeronaves, así como con las operaciones de vueloy seguridad en la cabina, instrucción de la tripulación y aspectos de concienciación de los pasajeros quedeben tenerse en cuenta como parte del procedimiento de aprobación/aceptación. Además, se proporcionaorientación sobre actividades posteriores a la implantación relacionadas con la vigilancia permanente porel Estado y los procesos de garantía de la seguridad operacional por el explotador.

3.  La Cir 340 presenta un enfoque armonizado para la implantación del uso más amplio delos PED. Su contenido se preparó con la participación de expertos de las administraciones de aviación civil,líneas aéreas, fabricantes de aeronaves, organizaciones de instrucción, así como de organizacionesrepresentantes de las líneas aéreas y de las tripulaciones de cabina. Se alienta a los Estados a incorporaren sus reglamentos y/o textos de orientación las directrices presentadas en esta circular a fin de fomentarla armonización a escala internacional.

4.  Con el fin de facilitar la distribución de la información técnica requerida a los expertosque participan en la implantación del uso más amplio de los PED, la versión no editada de la Cir 340 yaestá disponible en el sitio web seguro de la OACI en  http://portal.icao.int/. 

5.  Los expertos técnicos, incluyendo a los reguladores y a l os explotadores, estarán en

condiciones de acceder rápidamente a los muy necesarios textos de orientación de importancia crítica parala seguridad operacional, lo cual a su vez acelerará la implantación.

6.  En el sitio www.icao.int/cabinsafety  podrá encontrar más información al respecto.

Publicado bajo la responsabilidad del Secretario General