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7/17/2019 Terminos juridicos, parte 1
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1. Adjudicación
Acción y efecto de conceder auno la propiedad de
alguna cosa. Generalmente, la adjudicación se hace
por la autoridad judicial o administrativacompetente; por ejemplo, cuando se distribuyen los
bienes de la herencia entre los herederos o
legatarios, o cuando se otorga a favor de un
determinado licitante la realización de obras,suministros o servicios públicos. | Aplcase tambi!n
en el orden privado para significar "ue, en una
subasta, el subastador adjudica la cosa subastada al
mejor postor.#. Administración
$rdenamiento económico de los medios de "ue se
dispone y uso conveniente de ellos para proveer a
las propias necesidades %&ielsa'.(. Adopción
Acción de adoptar, de recibir como hijo, con los
re"uisitos y solemnidades "ue establecen las leyes,
al "ue no lo es naturalmente. )a determinación, no
ya de esas formalidades legales, sino de lascondiciones sustanciales indispensables para
efectuar la adopción, es cosa en la "ue difieren laslegislaciones de los diversos pases y "ue se
refieren a las edades de los adoptantes y de los
adoptados, al estado civil, a la e*istencia o no de
hijos efectivos, al número posible de adopciones,etc. +e trata de una institución aceptada por la casi
totalidad de los pases, pero rechazada por algunos
otros, con el argumento de "ue una ficción legal no
puede suplir los vnculos de la naturaleza. )aArgentina no admita la adopción; mas, como ella
llenaba evidentes finalidades sociales y emotivas,
tuvo "ue terminar por aceptarla. As en -/ sedictó la ley de adopción, sustancialmentemodificada en -0 para establecer dos tipos1 la
plena y la simple, diferenciados por la mayor y
menor amplitud del vnculo familiar "ue se contrae
y de los derechos y obligaciones entre adoptante yadoptado.
2n otro sentido, adopción e"uivale a recibir alguna
opinión o doctrina ajenas, admiti!ndolas como
propias. | 3rat4ndose de resoluciones o acuerdos,tomarlos con previo e*amen o deliberación.
. Adoptar
5rohijar legalmente a "uien no es hijo por
naturaleza. | Aprobar, admitir. | 3omar medidas odisposiciones. %6. ADOPCIÓN.)7. Afinidad
5arentesco "ue mediante el matrimonio se
establece entre cada cónyuge y los deudos por consanguinidad del otro. 8apitant da ese vocablo
como e"uivalente a 9alianza: y dice de ella "ue es
el vnculo jurdico entre el pariente de uno de los
cónyuges y el otro cónyuge, como yerno y suegra,nuera y suegro, cuado y cuada. )a afinidad
parental produce algunos efectos jurdices.
8onstituye un impedimento matrimonial entre el
cónyuge sobreviviente y los ascendientes y
descendientes del premuerto. )a obligación de prestar alimentos est4 limitada a la "ue
recprocamente se da entre el suegro o la suegra y
el yerno o la nuera.)a afinidad no crea afinidad. 2l 8ódigo 8ivil
argentino lo e*presa claramente cuando dice "ue el
parentesco por afinidad no induce parentesco
alguno para los parientes consanguneos de uno de
los cónyuges en relación con los parientes
consanguneos del otro cónyuge.
<. Aforismo
+entencia breve y doctrinal "ue se propone comoregla en alguna ciencia o arte y "ue tiende a
concretar los justos t!rminos de una verdad,
sentencia, a*ioma o m4*ima instructiva. 3anto en
la ciencia como en la pr4ctica del =erecho, losaforismos presentan importancia desde el tiempo
de los romanos, por cuanto contienen la doctrina
fundamental de su =erecho. 5or representar
principios generales de !ste, todava en laactualidad son de constante invocación ante los
tribunales.
0. Agravio
2l Diccionario de la Academia define con bastantee*actitud el sentido jurdico de esta palabra
palabra1 ofensa "ue se hace a uno en su honra o
fama con algún dicho o hecho %lo "ue pudiera
confundirse con la injuria y la calumnia'. |3ambi!n,
el hecho o dicho con "ue se hace esta ofensa. | 2nacepción m4s tpicamente forense, mal, dao o
perjuicio "ue el apelante e*pone ante el juezsuperior hab!rsele irrogado por la sentencia
inferior, y de ah la e*presión 9escrito de agravios:
y 9decir de agravios:. 2"uivale a 9apelación:, y en
los pleitos de cuentas, pedir en justicia "ue sereconozcan y deshagan los agravios "ue de ellas
resultan.
Agravio significa para 8outure, dentro del 4mbito
del =erecho 5rocesal. el perjuicio o gravamen,material o moral, "ue una resolución judicial causa
aun litigante. 2s decir "ue la e*presión comentada
presenta dos sentidos1 uno de car4cter substantivo,representado por la ofensa "ue contiene y "ue
puede dar ugar a responsabilidad de orden civil o
penal para el agraviante, y otro de ndole adjetiva,
en cuanto da derecho a la impugnación de una
resolución judicial cuyo contenido se reputaagraviante al derecho de "uien lo alega.
/. Agresión
Acción y efecto de agredir, de acometer a alguno
para>matarlo, herirlo o hacerle cual"uier dao.2n el =erecho 5enal. la agresión. 8omo hecho
violento, injusto y contrario a la norma jurdica
protectora de bienes e intereses individuales, est4
referida a los delitos de homicidio, lesiones yabuso de armas. 2n otro sentido constituye un
elemento "ue juega con la legítima defensa %v.', ya
"ue representa una e*imente de responsabilidad
para "uien ha actuado repeliendo la agresión
ilegítima de "ue lo hizo vctima otra persona, y
siempre "ue al defenderse no haya habido previa
provocación por su parte ni haya empleado medios
desproporcionados para defenderse.+e considera tambi!n como acto de agresión, en
=erecho ?nternacional 5úblico, el ata"ue armado o
la agresión diplomática apoyada en armas "ue un
2stado dirige contra otro y "ue, al igual "ue en el=erecho 5enal interno, puede estar justificada por
la legtima defensa.9. Albacea
8outure lo define como ejecutor testamentario, persona designada por el testador para "ue, despu!s
de su muerte, ejecute las disposiciones de última
voluntad.
)a Academia dice "ue es la persona encargada por el testador o por el juez de cumplir la última
voluntad y custodiar los bienes del finado.
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Ambas definiciones, y salvando todos los respetos
debidos al maestro 8outure, parecen insuficientes,
por lo menos en orden a un concepto de derecho
universalizado1 la primera, por"ue se refiere sólo alalbacea testamentario, y la segunda, al
testamentario y al dativo, olvidando as "ue
algunas legislaciones admiten el albacea designado
por la ley cuando recae el cargo en los propiosherederos, a falta de a"uellos otros.
@. Aleatorio
?ncierto o inseguro.11. Alegar
8itar algo como prueba, disculpa o defensa de lo
dicho o hecho. | 2*poner o referir m!ritos,
servicios, actitudes, para fundar en ellos una pretensión. | 8itar el abogado leyes, jurisprudencia,
casos, razones y otros argumentos, en defensa de la
causa a !l encomendada (Dic. Der. Usual).
#. Alevosía
8autela para asegurar la comisión de un delito
contra las personas. +in riesgo del delincuente.2"uivale a traición y a perfidia. Actúa, pues, en esa
forma "uien comete el delito a traición y sobreseguro. 2n el =erecho 5enal constituye una de las
circunstancias agravantes y calificantes de los
delitos contra las personas. )as formas de la
alevosía pueden ser muy variadas, perogeneralmente la doctrina las divide en dos grandes
grupos1 la alevosía moral, consistente en la
ocultación "ue el delincuente hace de su intención
criminal, simulando actos de amistad u otrossimilares %por lo "ue tambi!n se llamó proditorio el
homicidio cometido en esa forma', y la alevosía
material, determinada por la ocultación del cuerpoo del acto. %6. HOMICIDIO.)
(. Alimentos
)a prestación en dinero o en especie "ue una
persona indigente puede reclamar de otra, entre lassealadas por la ley, para su mantenimiento y
subsistencia. 2s, pues, todo a"uello "ue, por
determinación de la ley o resolución judicial, una
persona tiene derecho a e*igir de otra para los finesindicados.
2l derecho a reclamar alimentos y la obligación de
prestarlos se da entreparientes legítimos por
consanguinidad, como el padre, la madre y los
hijos; a falta de padre y madre, o no estando !stosen condiciones de darlos, los abuelos y abuelas y
dem4s ascendientes, as como los hermanos entre
s. 2n el parentesco legítimo por afinidad,
únicamente se deben alimentos al suegro y la
suegra por el yerno y la nuera, y viceversa, de ser
!stos los necesitados y a"u!llos los pudientes.
2ntre los parientes ilegítimos, los deben el padre,la madre y sus descendientes, y, a falta de ellos, los
abuelos y los nietos. +e advierte "ue la prestación
entre esos parientes es recproca.
)os alimentos comprenden lo necesario paraatender ala subsistencia, habitación, vestido,
asistencia m!dica, educación e instrucción del
alimentado, y su cuanta ha de ser proporcionada a
la condición económica del alimentador; cuandohay desacuerdo, corresponde al juez su fijación. 2s
re"uisito para la obtención de alimentos "ue "uien
ha de recibirlos acredite "ue le faltan medios para
alimentarse y "ue no le es posible ad"uirirlos consu trabajo.
. Alquiler
5recio o renta del contrato de arrendamiento de
bienes inmuebles, muebles o semovientes.
15.Aluvión
Acrecentamientos "ue los predios confinantes con
las riberas reciben de los ros, por efecto paulatino
e insensible del arrastre de tierras "ue produce la
corriente de las aguas. 2l acrecentamiento "ueda de propiedad del dueo de los terrenos acrecidos, as
como tambi!n los terrenos "ue el curso de las
aguas dejaren al descubierto al ir retir4ndose deuna ribera hacia la otra. 2n la definición t!cnica,
aluvión representa la accesión paulatina,
perceptible con el tiempo, "ue en beneficio de un
predio ribereo va causando el lento arrastre de lacorriente. =e ah "ue se llamen terrenos de
aluvión los "ue "uedan al descubierto despu!s de
las avenidas y los "ue se forman lentamente por los
desvos o las variaciones en el curso de los ros.<. Alzamiento
)evantamiento o rebelión.
0. Amojonamiento
Acto de sealar con hitos o mojones los lmites deun fundo, lo "ue puede hacerse por acuerdo de los
propietarios colindantes o mediante un juicio de
mensura, deslinde y amojonamiento.
2s aplicable tambi!n a la fijación de los lmites deun t!rmino municipal o jurisdiccional. 2n el
=erecho omano civil daba lugar a la actio finium
regundorum (v.).
18. Amparo
?nstitución "ue tiene su 4mbito dentro de las
normas del =erecho 5oltico o 8onstitucional y
"ue va encaminada a proteger la libertad individual
o patrimonial de las personas cuando han sidodesconocidas o atropelladas por una autoridad,
cual"uiera "ue sea su ndole, "ue actúa fuera de sus
atribuciones legales o e*cedi!ndose en ellas,
generalmente vulnerando las garantas establecidasen la 8onstitución o los derechos "ue ella protege.
Ba sido objeto de amplia discusión en doctrina si la
petición de amparo constituye un recurso, un juicio
o una acción, si bien parece prevalecer este últimosentido, por no haber previa resolución
contradictoria.
especto de ante "ui!n se debe ejercitar esa acción,las legislaciones, o las costumbres, no son
un4nimes, pero cabe afirmar "ue por lo general sehace ante la autoridad judicial y sin apertura de
juicio contradictorlo, por"ue lo "ue interesa es elr4pido restablecimiento del derecho conculcado.
5or eso, precisamente, es de esencia de esta acción,
como de la de háeas corpus %v.', "ue se puede
promover ante cual"uier juez o tribunal sindistinción de jurisdicciones, y "ue pueda ser
iniciada por "uien necesita ser amparado o por
cual"uier persona en su nombre, =esconocidos
esos principios, el amparo carece de eficacia. =eah "ue el 5oder
2jecutivo, en sus varios órganos, contra cuyas
autoridades de diverso grado se interpone casisiempre la acción comentada, tenga la tendencia dedificultar su ejercicio.
2n la 8onstitución de la +egunda epública
espaola se creó un 3ribunal de Garantas
8onstitucionales "ue tena competencia paraconocer, entre otras cosas, de 9el recurso de
amparo de garantas individuales, cuando hubiere
sido ineficaz la reclamación ante otras
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autoridades:. Aparte el discutido acierto de titular
9recurso: esa acción, es probable "ue la necesidad
de una previa reclamación ante otras autoridades le
habra restado eficacia.8on respecto al contenido de la acción, la doctrina
discrepa. +egún algunos autores, el amparo de la
liertad individual constituye el háeas corpus, y
el amparo de la liertad patrimonial constituye elamparo propiamente dicho.
+egún otros, el amparo tanto protege la libertad
individual como la patrimonial. C, finalmente, no
faltan "uienes estiman "ue es el háeas corpus el"ue ampara ambas libertades.
-. Ampliación
Aumento. | 5rórroga. | 2*tensión.
#@. Anulación
5!rdida de su eficacia. por defectos de fondo o de
forma, de un acto jurdico. | 5or e*tensión,
invalidez "ue se conviene o pacta de un acto en
principio eficaz.
21. Apelación2n los procedimientos de las distintas
jurisdicciones, sinónimo y abreviación de recurso
de apelación (v.).
22. Apellido
Dombre de familia con "ue se distinguen las
personas y "ue, en su designación, figura acontinuación del nombre propio o de pila. 2s
corriente usar dos apellidos, el del padre y el de la
madre por su orden, si bien es una cuestión "ue
vara de acuerdo con las costumbres de cadanación.
2n la antigua oma, al praenomen o nombre
propio aadan el nomen, indicador de la gens a"ue se perteneca, y el cognomen, indicador de unarama de la familia de "ue se descenda.
Algunos tenan tambi!n agnomen, so brenombre
originado en alguna cualidad o m!rito de la
persona.23. Apercibimiento
8orrección disciplinaria. | Advertencia
conminatoria hecha por autoridad competente,
respecto de una sanción especial.24. Apersonarse
8omparecer, por s o por representante, en una
causa judicial o en algún negocio jurdico.
25. Arancel3arifa oficial determinante de los derechos "ue se
han de pagar por diversos motivos y circunstancias,
tales como costas judiciales, aduanas,
etc. 8on independencia de esos aranceles decar4cter fiscal, e*isten tambi!n los aranceles
profesionales, cuya finalidad es fijar la
remuneración "ue por su actuación pueden percibir
"uienes desarrollan determinadas actividades.2. Arbitraje
Acción y facultad de resolución confiadas a un
áritro %v.'. ! Euicio arbitral. ! )audo o resolución
"ue en tal procedimiento se adopta.2!. Audiencia
Acto de or los soberanos u otras autoridades a las personas "ue e*ponen, reclaman o solicitan alguna
cosa, | 3ambi!n, ocasión para aducir razones o pruebas "ue se ofrece a un interesado, en juicio o
en e*pediente. | )ugar destinado para dar
audiencias. | 2n la terminologa judicial espaola,
se llama Audiencia el tribunal de justicia colegiado"ue entiende en los pleitos %Audiencia territorial' o
en las causas %Audiencia provincial' de
determinadas zonas. | )as diligencias "ue se
practican ante el juez o tribunal, principalmente
para probar o alegar.
#/. Aut"ntica
8opia de un documento con firma de "uien tiene fe
pública. | 8ada una de las constituciones imperiales
de Eustiniano insertas al final del "ódigo.
#-. Auto# autos
2n lenguaje procesal, y empleada la palabra en
singular, se refiere a la clase especial de
resoluciones judiciales intermedia entre la
providencia y la sentencia %v.'. 2n general se puede decir "ue, mientras la providencia afecta a
cuestiones de mero tr4mite y la sentencia pone fin
a la instancia o al juicio criminal, el auto resuelve
cuestiones de fondo "ue se plantean antes de lasentencia. 8laro es "ue esta nomenclatura vara
conforme a la legislación de los diversos pases.
2mpleada la voz en plural, autos hace referencia al
conjunto de documentos y piezas de "ue se
compone una causa o pleito. )os autos son lo "ueen el sistema procesal de algunos pases se
denominan e#pedientes, "ue suele preferirse noobstante para lo administrativo y sus actuaciones
escritas.
3%. &ien
Ftilidad, beneficio, caudal, hacienda. =entro de esesentido, los ienes son de muchas clases, por"ue
pueden referirse a un concepto inmaterial y
espiritual o a uno material. 5or eso es acertada la
definición del 8ódigo 8ivil argentino cuando dice"ue se llaman ienes los objetos inmateriales
susceptibles de valor, as como tambi!n las cosas, y
"ue el conjunto de los ienes de una empresaconstituye su patrimonio (v.).
Daturalmente "ue, sin salimos de los ienes en su
aspecto material, su división es amplsima,
empezando por la fundamental de inmueles,
mueles y semovientes. 2n las locuciones
siguientes se e*aminaran las principales.
31. &igamia
2stado de un hombre casado con dos mujeres a unmismo tiempo, o de la mujer casada con dos
hombres. 2n el =erecho 5enal argentino no se hace
referencia al delito especfico de igamia, pero sse dice "ue lo configura el hecho de contraer
matrimonio sabiendo ambos "ue e*isteimpedimento "ue cause su nulidad absoluta %como
sucede en el caso de matrimonio anterior subsistente'. 3ambi!n incurre en ese delito "uien,
sabiendo "ue e*iste impedimento "ue causa la
nulidad absoluta del matrimonio, ocultare esa
circunstancia al otro contrayente. A su vez, la )eyde atrimonio 8ivil determina "ue la subsistencia
de un matrimonio anterior constituye impedimento
para celebrar otro nuevo.
Huera de los e*presados conceptos de la igamia
"ue determinan consecuencias jurdicas,
sem4nticamente se dice "ue tambi!n lo es el
segundo matrimonio "ue contrae el "ue sobrevivede los consortes. 2s decir "ue si etimológicamenteígamo significa 9casado con dos:, el supuesto se
da no solo con matrimonios simult4neos, sino
tambi!n con matrimonios sucesivos, si bien, en el
último caso, las derivaciones jurdicas no ser4notras "ue las "ue correspondan a las segundas
nupcias (v.). Asimismo, sin inter!s jurdico, se
llama igamia interpretativa la "ue resulta del
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matrimonio con una mujer "ue notoriamente ha
perdido su virginidad, sea por haberse prostituido o
por haberse declarado nulo su primer matrimonio.32. 'aducidad
Acción y efecto de caducar, acabarse, e*tinguirse,
perder su efecto o vigor, por cual"uier motivo,
alguna disposición legal, algún instrumento público
o privado o algún acto judicial o e*trajudicial. )acaducidad se puede producir, entre otros motivos,
por la prescripción, por el vencimiento del plazo,
por falta de uso, por desaparición del documento.33. 'ancelación
Acción y efecto de cancelar, de anular, de hacer
ineficaz un instrumento público, una inscripción en
un registro, una nota o una obligación "ue tena
autoridad o fuerza. As, pues, la cancelaciónenvuelve jurdicamente un concepto amplio, por
cuanto el negocio cancelatorio tiene como finalidad
la e*tinción de un derecho o de una situación
determinada, y un concepto restringido, "ue se
refiere a la anulación preventiva asentada en unregistro público, generalmente el de la propiedad.
34. 'apacidad
Aptitud "ue se tiene, en relaciones jurdicas
determinadas, para ser su sujeto activo o sujeto
pasivo. 8omo se ve, esa capacidad puede ser
absoluta, si permite actuar en toda clase de actos jurdicos y polticos, o relativa, cuando consiente
realizar algunos de ellos y no otros. As se puede
tener capacidad para testar, para contraer
matrimonio, para trabajar, para ser elector odiputado, y no tenerla para disponer de los bienes,
para ser senador.
&asta la enunciación del tema para comprender laamplitud jurdica "ue contiene. 2l problema de lacapacidad se encuentra adem4s relacionado con el
de la responsabilidad, no solo en materia civil, sino
tambi!n en materia penal.
)a incapacidad %v.' representa el concepto opuesto.)a determinación de la capacidad para realizar
cada negocio jurdico concreto habr4 de referirse a
la institución de "ue se trate. )a edad, el estado
civil y la sanidad mental constituyen aspectos primordiales en el problema de la capacidad. %6.
?=$D2?=A=.'
35. 'asación
Acción de casar o anular. 2ste concepto tienee*traordinaria importancia en materia procesal,
por"ue hace referencia a la facultad "ue en algunas
legislaciones est4 atribuida a los m4s altos
tribunales de esos paises %3ribunal +upremo, 8orte+uprema de Eusticia, 8orte de 8asación' para
entender en los recursos "ue se interponen contra
las sentencias definitivas de los tribunales
inferiores, revoc4ndolas o anul4ndolas; es decir,cas4ndolas o confirm4ndolas.
5or regla general, el recurso de casación se limita
a plantear cuestiones de =erecho, sin "ue est!
permitido abordar cuestiones de hecho, y,naturalmente, tampoco el triunal de casación
puede entrar en ellas.)a casación tiene como principal finalidad unificar
la jurisprudencia, pues sin esa unificación no e*isteverdadera seguridad jurdica. 2n la Argentina,
donde no se ha establecido el recurso de casación,
tiene un e"uivalente, por cierto deficiente, en el
mal llamado recurso de inaplicailidad de la ley
%v.'. al llamado, por"ue el fundamento del
recurso tanto puede ser la indebida aplicación de
una ley como no haberse aplicado la ley debida, y
por"ue luego se dice "ue sólo ser4 admisible contra
la sentencia definitiva "ue contradiga la doctrina
establecida por alguna de las c4maras. 3odo estocon referencia al procedimiento de la capital
federal.
3. 'atastro
egistro público en el "ue se hacen constar datosrelativos a la propiedad inmueble, tales como la
cantidad, la calidad y el valor de esos bienes, los
nombres de los propietarios, la situación,
e*tensión, lmites y cultivos. Aun"ue su finalidadcaracterstica es la determinación de las
contribuciones imponibles, sirve tambi!n a efectos
estadsticos, civiles y administrativos.
2n Hrancia y en 2spaa recibe el nombre decatastro parcelario.
3!. 'aución
5revención, precaución o cautela. | +eguridad
personal de "ue se cumplir4 lo pactado, prometido
o mandado.2s una e*presión e"uivalente afianza %6.', ya "ue
garantiza, con relación a uno mismo o a otra persona, el cumplimiento de una obligación, por lo
general establecida judicialmente, sea de orden
civil o de ndole penal.
=e modo muy sealado, el tema de la caución
ofrece importancia en materia penal, por cuanto
est4 relacionado con la obtención de la libertad
provisional bajo fianza "ue, en ciertos casos, puede
ser concedida mediante la prestación de una
caución, sea personal, real o $uratoria (v.).
38. 'edente
5ersona "ue trasmite o traspasa a otra un derecho.%6. CESIÓN.)
3(. 'ertificado
=ocumento, generalmente de car4cter público,
pero "ue tambi!n puede ser privado, por el "ue se
acredita o atestigua un hecho del cual "uien losuscribe tiene conocimiento.
%os certificados p&licos m4s corrientes se
refieren al nacimiento, matrimonio, defunción,
domicilio, buena conducta y estudios de las personas, as como a la propiedad de bienes races,
al pago de impuestos, etc.
2ntre los certificados privados de uso corriente se
cuentan los de enfermedad, suscritos por m!dicosno oficiales, y los de traa$o.
4%. 'oacción
8oerción %v.'. 'oerción
3!rmino forense "ue significa acción de coer cer1contener, refrenar o sujetar. Aun"ue es frecuente
e"uiparar los t!rminos coerción y coacción,
ofrecen matices diferenciales, por"ue esta segunda
e*presión tiene dos significados generales "uerepercuten en la interpretación jurdica.
=e un lado, fuerza o violencia "ue se hace a una
persona para precisarla a "ue diga o ejecute alguna
cosa, y en este sentido su empleo origina múltiplesconsecuencias de orden civil, ya "ue los actos
ejecutados bajo coacción adoleceran del vicio de
nulidad, y en el orden penal, por"ue dara lugar a
diversos delitos, especialmente los atentatorioscontra la libertad individual.
=e otra parte, según la definición de la
Academia de la lengua, es el empleo habitual defuerza legtima "ue acompaa al =erecho para
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hacer e*igibles sus obligaciones y eficaces sus
preceptos.
2sta segunda acepción, "ue para algunos autores
encaja mejor en la coerción "ue en la coacción,
tiene importancia e*traordinaria, por"ue afecta al
debatido problema jurdico>filosófico de si la
coercibilidad es, o no, re"uisito indispensable al
=erecho, tema considerado ampliamente en la6$I =228B$ %6.'.
41. 'olindante
=cese de los campos o edificios contiguos entre s.
| Aplcase tambi!n a los propietarios de dichas
tincas. | 3ambi!n se dice de los t!rminos
municipales y de los municipios "ue son limtrofesde otros (Dic. Acad.).
)a colindancia o vecindad tiene especial
importancia en materia de medianería (v.). de
servidumbre de paso y de agua. 2n algunas
legislaciones, tambi!n presenta inter!s destacadoen el tema del retracto legal (v.), uno de los cuales
es precisamente el de colindantes.
42. 'onfeso
eo "ue ha reconocido y relatado su delito. |
)itigante "ue ha admitido, ante la otra parte, algo
"ue a !l lo perjudica.43. 'onfiscación
Acción y efecto de confiscar, de privara uno de sus
bienes y aplicarlos al fisco. 2s cosa distinta de la
e#propiación %v.', por"ue !sta se hace previatasación e indemnización del valor de lo
e*propiado, mientras "ue a"u!lla se efectúa sin
reparación ninguna. )a confiscación, como penaen materia criminal, ha desaparecido en muchaslegislaciones, y sólo es admitida para casos muy
e*cepcionales la incautación o decomiso %v.' de
los g!neros cuyo comercio est4 prohibido o el delos instrumentos del delito. %6. 32D2D8?A =2
?D+3F2D3$+ =2)?83?6$+.'
)a confiscación era asimismo una medida "ue se
adoptaba como consecuencia de la muerte civil, yaabolida en las legislaciones.
)a confiscación ha sido históricamente una medida
empleada con fines polticos por dictadores y
tiranos; basta a este respecto recordar las terribles
confiscaciones de +ila en la oma antigua,valerosamente combatidas por 8icerón en sus
defensas forenses. +in embargo, no puede
asegurarse "ue hayan desaparecido completamente,ya "ue, de modo abierto o encubierto, han sido
utilizadas por los tiranos modernos.
)as confiscaciones de los ienes del enemi go en
tiempo de guerra se han producido frecuentementehasta en recientes conflictos b!licos.
44. 'onsanguinidad
5arentesco "ue tienen las personas "ue provienen
de un ascendiente común o "ue derivan unas deotras. | 2timológicamente, comunidad de sangre.
%6. AFINIDAD, COLATERALES.)45. 'onstitución
Horma o sistema de gobierno "ue tiene cada
2stado. | )ey fundamental de la organización de un
2stado (Dic. Acad).
A. Consideraciones conceptuales. &asta comparar esas dos acepciones para darse cuenta de la
diferencia entre una y otra. 2n la primera, se parte
del supuesto de "ue toda sociedad organizada ha de
estar constituida mediante normas legales o
consuetudinarias encaminadas a establecer un
orden de gobierno, aun"ue sea autocr4tico, por
cuanto, sin la e*istencia de esas nor normas,incluso si tienen su origen en un hecho de mera
fuerza, no podra subsistir una vida en comunidad.
=ejando aparte "ue un gobierno constituido sobre
la base e*clusiva de la fuerza viene a representar un desgobierno, por la inevitable lucha "ue se
produce para ver "ui!n es m4s fuerte, resulta
evidente "ue una organización social sin normas no
sera otra cosa "ue una anar"ua, en la m4s ampliae*tensión de esa palabra. 2n ese sentido de la
necesidad de normas, y sólo en !se, debe
entenderse "ue las monar"uas absolutas y hasta las
tiranas orientales tenan una constitución; es decir,estaban constituidas org4nicamente, por lo menos
para determinar la forma de designación del titular
del poder, la capacidad re"uerida para
desempearse como tal, el orden de sucesión. la
delegación de facultades en otras autoridades, laslimitaciones impuestas por la ley o por la
costumbre a las atribuciones de los reyes absolutos,sin "ue la ine*istencia de una intervención popular
directa %salvo la "ue pudiera manifestarse
revolucionariamente' sea óbice, dentro de esa
interpretación, a la realidad de una Constitución, pues sólo cabe ejercer a"uellos poderes
autocr4ticos sobre una nación o un 2stado
constituidos. )a segunda acepción es la de ley o
conjunto de reglas fundamentales "ue rigen laorganización de un 2stado y "ue tienen "ue ser
establecidas por la nación misma, sea por votación
o por aplicación, indiscutida v respetada. de lacostumbre. =ichas leyes o reglas fundamentalestienen por finalidad fijar y limitar las facultades
"ue el pueblo impone a los gobernantes "ue elige.
2ste concepto de Constitución es el "ue tiene su
origen en las revoluciones norteamericana yfrancesa, y "ue luego siguen todos los pueblos
civilizados de 2uropa y de Am!rica, salvo a"uellos
pases en "ue se interrumpe la normalidad
constitucional por perodos m4s o menos largos, en"ue el poder es detentado por gobiernos de facto o
por regmenes totalitarios.
2sta última realidad de usurpación de funciones no
"ueda desvirtuada por el hecho de "ue algunasveces se "uiera disimular la inconstitucionalidad
del r!gimen encubriendo su verdadero contenido,
d4ndole apariencias de una Constitución vulnerada
sistem4ticamente en su esencia, lo cual esinevitable, por"ue concentrados, abierta o
encubiertamente, todos los poderes en una sola
persona, en un solo grupo o en un solo partido, sus
titulares se consideran única fuente de la ley y,lógicamente, superiores a ella. 5or lo contrario, en
los regmenes constitucionales, los poderes del
2stado %y es!sa la caracterstica de los 2stados de
=erecho'4. 'ontencioso
)itigioso. | 8ontradictorio, objeto de controversia.%6. JUICIO CONTENCIOSO, VÍA CONTENCIOSA.)
4!. )eclaración
anifestación "ue hace una persona para e*plicar,a otra u otras, hechos "ue le afectan o "ue le son
conocidos, sobre los cuales es interrogada.|
Eurdicamente tiene un doble significado.
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5or una parte, la decisión "ue adopta un juez, por
lo general mediante sentencia, proclamando o
estableciendo determinadas circunstancias de
hecho o de derecho, como la declaración deincapacidad, la declaración de herederos, aun
cuando es m4s corriente llamar declaratoria a tales
resoluciones judiciales. | 5or otra parte, significa la
manifestación "ue en un procedimiento judicial,cual"uiera sea su ndole, hacen las partes o terceros
%testigos y peritos' para aclarar hechos "ue les son
conocidos, o "ue se supone lo sean, y acerca de los
cuales son interrogados, a fin de tratar de conocer la verdad sobre las cuestiones debatidas. 8uando la
declaración es de las partes en materia civil o
laboral, se llama confesión en juicio (v.). 2n
materia penal, la declaración "ue presta el reo, encalidad de tal, se llama indagatoria (v.).
48. )ecreto
esolución del 5oder 2jecutivo "ue va firmada por
el rey en las monar"uas constitucionales, o por el
presidente en las repúblicas, con el refrendo de unministro, generalmente el del ramo a "ue la
resolución se refiere, re"uisito sin el cual carece devalidez. )os decretos han de ser dictados dentro de
las facultades reglamentarias "ue incumben al
5oder 2jecutivo para el cumplimiento de las leyes,
y sin "ue en modo alguno puedan modificar elcontenido de !stas.
8onstituyen el medio de desarrollar la función
administrativa "ue le compete. 5or eso 8outure lo
define como resolución del 5oder 2jecutivonacional o departamental, de car4cter general o
particular, e*pedida en el ejercicio de sus poderes
reglamentarios o de su función administradora.=entro del orden de importancia, el decreto latiene, naturalmente, inferior a la ley y superior a las
órdenes y resoluciones de origen y firma
puramente ministerial, e incluso de organismos
públicos de inferior categora.3ambi!n se llaman decretos, en sentido general y
de uso poco corriente, las resoluciones de mero
tr4mite dictadas por los jueces en el curso de un
procedimiento %8outure', acepción esta recogidaigualmente por el Diccionario de la Academia.
=entro de ese vocabulario judicial, algunas
legislaciones procesales, como la uruguaya,
denominan decreto de sustentación las providencias interlocutorias "ue en el curso de la
instancia dicta el juez, no para resolver incidentes
ni pronunciarse sobre el fondo de la cuestión
debatida, sino para asegurar el desenvolvimiento yla prosecución del juicio.
8abanellas, coincidiendo con las e*presiones
usuales, advierte "ue cuando la resolución emana
del 5oder )egislativo, es llamada lev, y si del5oder Eudicial, se llama sentencia. )a
denominación de decreto "ueda reservada para las
resoluciones administrativas.
2n =erecho 8anónico, se conoce con el nombre dedecreto la constitución o establecimiento "ue
ordena o forma el papa, previa consulta con loscardenales.
4(. )efensa
Acción y efecto de defender %v.' o defenderse. |
Amparo. | Arma defensiva. | Abogado defensor. |
Alegato favorable a una parte.5%. )emanda
2scrito "ue inicia el juicio y tiene por objeto
determinar las pretensiones del actor mediante el
relato de los hechos "ue dan lugar a la acción,
invocación del derecho "ue la fundamenta y
petición clara de lo "ue se reclama. =ebe contener
adem4s el nombre y domicilio del demandante ydel demandado y, en algunas legislaciones, otros
datos, como nacionalidad y edad de las partes.
2n el fuero penal, la iniciación del juicio es
diferente; no procede all la demanda, sino ladenuncia y la querella (v.).
51. )emandado
A"uel contra el "ue se dirige una demanda (v.) en
lo procesal, y "ue, de no acceder a ella, ad"uierecar4cter definido con la contestación a la demanda
%v.'. 5or supuesto, es la parte contrapuesta al
demandante (v.).52. )emandante
2l "ue asume la iniciativa de un juicio con la
presentación de una demanda (v.).
53. )epositario
Juien recibe de otro, llamado depositante, unacosa en calidad de depósito %v.', oblig4ndose a
conservarla, abstenerse de usarla y devolverla a sudebido tiempo, salvo "ue se trate de depósitoirregular %v.', en el "ue puede usarla o consumirla,
con obligación de devolver otra de la misma
especie.54. )erec*o
3omado en su sentido etimológico, Derecho
proviene del lat. directum %directo, derecho'; a su
vez, del lat. dirigere %enderezar, dirigir, ordenar,guiar'. 2n consecuencia, en sentido lato, "uiere
decir recto, igual, seguido, sin torcerse a un lado ni
a otro, mientras "ue en sentido restringido es tantocomo ius (v.).5or eso, de esta voz latina se han derivado y han
entrado en nuestro idioma otros muchos vocablos1
jurdico, lo referente o ajustado al
Derecho; jurisconsulto, "ue se aplica a "uien, conel correspondiente ttulo habilitante, profesa la
ciencia del Derecho, y justicia, "ue tiene el alcance
de lo "ue debe hacerse según Derecho y razón. 2s,
pues, la norma "ue rige, sin torcerse hacia ningúnlado, la vida de las personas para hacer posible la
convivencia social.
A. !nfoques individualistas y sociológicos.
=e todos modos, no se trata de un conceptouniformemente definido. 5ara algunos es un
conjunto de reglas de conducta cuyo cumplimiento
es obligatorio y cuya observancia puede ser
impuesta coactivamente por la autoridad legtima.?hering lo define como el conjunto de normas
según las cuales la coacción es ejercida en un
2stado. 2sa idea, m4s "ue un concepto filosófico
del vocablo, parecerfa referirse a una estimacióndel Derecho positivo, "ue "uedara limitada a las
normas legales y consuetudinarias. as, aun dentro
de tal limitación, se advierte la ine*istencia de una
conformidad en la definición de lo "ue es el Derecho; en primer t!rmino, por"ue se presenta
una diferencia fundamental, según el punto de vistadesde el "ue sea considerado1 individualista o
sociológico.55. )esacato
=elito configurado por el hecho de provocar a
duelo, amenazar, injuriar o de cual"uier modo
ofender en su dignidad o decoro a un funcionario público, a causa del ejercicio de sus funciones o al
tiempo de practicarlas. )a pena se agrava si el
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ofendido fuere el jefe del 2stado, un miembro del
8ongreso, un gobernador de provincia, un ministro
o un juez.5. )esafuero
2n lo procesal, privación del fuero %v.' o
9privilegio:. | 8on mayor amplitud jurdica>o
antijurdica>, acto violento o acción irregular contra
ley, costumbre o razón (Dic. Der. "sual).5!. )esalojo
2n +udam!rica, sinónimo de desahucio (v.) de
in"uilino o arrendatario. %6. JUICIO DE
DESALOJO.)
58. )esistimiento
2l desistimiento es, en materia procesal, el acto de
abandonar la instancia, la acción o cual"uier otro
tr4mite del procedimiento. 5uede ser e* preso ot#cito; el desistimiento t#cito se opera al dejar
vencer voluntariamente el t!rmino procesal.
5uede tambi!n desistirse del derecho material
invocado en el proceso. | 2n lo penal, interrupcióno apartamiento voluntario del delito intentado, de
a"uel cuya ejecución se haba iniciado. 5uede
determinar, sin m4s, la absolución del procesado
"ue pruebe tal situación y siempre "ue no se hayanoriginado ya infracciones, aun menores, punibles
(Dic. Der. "sual).
5(. )ilatorio
8on eficacia para prorrogar o aplazar, en especialun tr4mite administrativo o una resolución judicial.
%6. EXCEPCIÓN DILATORIA.)%. )irimente
Adjetivo. ?mpedimento %v.' dirimente.+ubstantivo. 2l magistrado "ue resuelve la
discordia o discrepancia de un tribunal colegiado
cuando hay empate entre sus miembros o no se
logra la mayora de otra manera.1. )iscernimiento
2sta palabra tiene dos acepciones, una de ellas
puramente forense, la de apoderamiento judicial"ue habilita a una persona para ejercer un cargo.
5or eso, discernir significa encargar de oficio el
juez auno la tutela de un menor u otro cargo. | 5ero,
en un sentido general, discernimiento "uiere decir1 juicio por cuyo medio percibimos y declaramos la
diferencia "ue e*iste entre varias cosas. C
discernir es entonces distinguir una cosa de otra,
sealando la diferencia "ue hay entre ellas,comúnmente con referencia a operaciones del
4nimo.
8onocida esa segunda acepción, bien se
comprende la importancia jurdica "ue el conceptocontiene, pero solamente por el discernimiento se
puede distinguir el bien del mal y entender el
alcance, el valor y las consecuencias de cual"uier
acto. Juien obra sin discernimiento absoluto no puede darse cuenta del alcance, del valor ni de las
consecuencias de las acciones "ue realiza. 2s el
caso de los menores y de los "ue sufren
enajenación mental. 2sa falta de discernimiento
hace "ue, dentro del 4mbito del =erecho 8ivil,sean nulos o anulables, según los casos, los actos
jurdicos "ue se realizan en tales condiciones. C
dentro del 4mbito del =erecho 5enal, "ue seaninimputables; es decir "ue est!n e*entos de
responsabilidad "uienes en la ejecución del delito
no pueden discernir plenamente la ndole delictiva
del acto "ue realizan, por"ue no saben distinguir
entre lo permitido y lo prohibido, y si hay delito o
no.
2. )olo
=el lat. dolus; a su vez, del griego dólos.Comúnmente, mentira, engao o simulación. |
Eurdicamentead"uiere tres significados1 vicio de la
voluntad en los actos jurdicos, elemento de
imputabilidad en el incumplimiento deobligaciones, o calificación psicológica e*igida
como integrante del delito civil o agravante del
delito penal.
2n el primer sentido, el dolo puede definirse, comolo hace el art. -( del 8ódigo 8ivil argentino1
9toda aserción de lo "ue es falso o disimulación de
lo "ue es verdadero, cual"uier artificio, astucia o
ma"uinación "ue se emplee: para conseguir laejecución de un acto. 2l segundo y el tercer sentido
de la voz dolo corres ponden alo "ue comúnmente
llamamos 9intención:; los actos antijurdicos
pueden cometerse con la intención de producir un
mal o, simplemente, con la previsión del resultado
daoso, aun"ue no medie intención. %6.CULPA.)
Los antijurdicos civiles configuran 9delitos:
cuando media dolo. v 9cuasidelitos: mediando sólo
culpa.(v. DELITO DOLOSO )3. )onación
Acto jurdico en virtud del cual una persona%donante' transfiere gratuitamente a otra
%donatario' el dominio sobre una cosa, y !sta lo
acepta. +e trata, pues, de un contrato unilateral,
consensual y a ttulo gratuito. (v.
REVOCACIÓN DEDONACIONES.)4. +dicto
=el lat. edictum; a su ve$, de edicere %proclamar,
hacer público'. andato, decreto publicado con
autoridad del prncipe o del magistrado. | 2scrito"ue se fija en los parajes públicos de las ciudades y
poblados, y en los cuales se da noticia de alguna
cosa para "ue sea notoria a todos. | 2n sentido
forense. v tambi!n según el Diccionario de laAcademia, se refiere al escrito "ue se hace
ostensible en los estrados del juzgado o tribunal y,
en ocasiones, se publica adem4s en los periódicos
oficiales o privados, para conocimiento de las personas interesadas en los autos, "ue no est4n
representadas en ellos o cuyo domicilio sedesconoce.
8outure lo define como forma pública de hacer saber, en general o a persona determinada, una
resolución del juez, as como tambi!n la
publicación contenida en los periódicos, para
difundir una resolución judicial. 2ntre otrasfinalidades, los edictos sirven para anunciar la
subasta de bienes, citar y emplazar ajuicio a los "ue
no tienen domicilio conocido o a los posibles
interesados en una sucesión o en un concurso,comunicar a los declarados rebeldes las
providencias judiciales, llamar ante los tribunales a
"uienes se encuentran procesados criminalmente yno son hallados por los agentes de la autoridad.
5. +jecutante
2l "ue ejecuta o realiza algo, con sentido m4s
gen!rico "ue ejecutor %v.'. | Acreedor "ue
promueve y lleva a sus últimas consecuencias pecuniarias un juicio ejecutivo contra un deudor
moroso, y as ejecutado (v.).
. +mplazamiento
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Hijación de un plazo o t!rmino en el proceso
durante el cual se intima alas partes o a terceros
vinculados %testigos, peritos' para "ue cumplan una
actividad o formulen alguna manifestación devoluntad; en general, bajo apercibimiento de cargar
con alguna consecuencia gravosa1 rebelda, tenerlo
por no presentado, remoción del cargo, multa. %6.
ClTACION.)!. +scribano
3odo a"uel "ue haya completado los estudios
universitarios e*igidos para la obtención de dichottulo, pero para cumplir con su misión especfica
de dar autenticidad a las declaraciones, actos o
hechos "ue se formulan o desarrollan ante !l,
cuando para ello es re"uerida su presencia, debetener la categora de escriano p&lico.
2l escrianop&lico %"ue en algunos pases es
llamado notario), en la Argentina puede ser1 de
registro, secretario o mayor del goierno. %6. las
locuciones "ue siguen.'
8. +scrito
+olicitud o manifestación escrita dirigida en juicioal juez o tribunal "ue corresponda. %6.
DEMANDA.)(. +,cepcionar e,cepciones
2*cluir de la regla o caso común. | Alegar e*cepción %v.' en juicio (Dic. Acad.).
!%. +,cusa
azón o causa para e*imirse de una carga o cargo
públicos. | otivo fundado o simple prete*to paradisculparse de una acusación. | =escargo. |
2*cepción (Dic. Der. "sual).
!1. -iduciario
2n general, persona de confianza a la "ue seencargan cosas reservadas, a veces para cumplir
deberes morales. | 2n lo sucesorio,fduciario, heredero fduciario ogravado es la persona "ue, por mandato del
testador o fdeicomitente en este caso, ha de
conservar y transmitir toda la herencia o parte deella a un tercero, llamado fdeicomisario,según sntesis de )uis Alcal4> Iamora, "ue agregael frecuente error t!cnico de confundir los nombres
y las cualidades del fduciario %el primer
sucesor' y el fdeicomisario %el segundo y
definitivo'.
!2. -iliación6nculo e*istente entre padres e hijos. )a
filiación puede ser legítima %derivada de
matrimonio', ilegítima %derivada de unión no
matrimonial' o por adopción (v.). Lafliación ilegítima se da tanto en los casos en
"ue no hay imposibilidad de matrimonio entre los
padres, caso en el cual se habla de fliaciónnatural, como cuando media algún
impedimento, sea por matrimonio subsistente de
alguno de ellos (fliación adulterina),relación de parentesco (fliación incestuosa'
o profesión religiosa (fliación sacrílega)
sin "ue jurdicamente tengan importancia estasúltimas distinciones en a"uellos ordenamientos
legislativos "ue se limitan a admitir la distinción
en hijos matrimoniales e hijos e*tramatrimoniales.
!3. ipoteca
=erecho real "ue se constituye sobre bienesinmuebles, para garantizar con ellos la efectividad
de un cr!dito en dinero a favor de otra persona.
Generalmente el inmueble gravado es propiedad
del deudor, pero tambi!n una persona "ue no es ladeudora puede constituir hipoteca sobre un
inmueble suyo para responder de la deuda de otra
persona. A efectos hipotecarios, los bu"ues y las
aeronaves son considerados como bienesinmuebles.
2n cual"uier supuesto, el bien hipotecado no sale
del poder del propietario hasta el momento del
vencimiento de la deuda %"ue puede no ser el devencimiento de la hipoteca). +i el deudor no paga,
el acreedor tiene el derecho de obtener el pago de
su cr!dito sobre el inmueble hipotecado, mediante
un procedimiento judicial ejecutivo. 8on el
importe de la venta del bien se cubren la deuda principal, los intereses y las costas; "ueda el
remanente, si lo hubiere, a favor del propio deudor.+i la deuda es pagada a su vencimiento, "ueda
levantada la hipoteca; como tambi!n si, pendiente
la deuda, transcurriese un determinado plazo
%veinte aos en la Argentina' desde la inscripcióndel gravamen en el>egistro correspondiente.
)as hipotecas suelen ser de dos clases1 la
convencional y la legal. 5ero esta segunda no es
admitida en todas las legislaciones; como laargentina, cuando e*presamente declara "ue no hay
otra hipoteca "ue la convencional. 2n a"uellos
pases en "ue es reconocida, como en la legislaciónespaola, la hipoteca legal se establece a favor dela mujer casada, sobre los bienes del marido, como
garanta de los bienes dotales, parafernales o de
otra ndole "ue ella aporte al matrimonio; a favor
de los parientes con derecho a la reserva de bienes,sobre los del obligado a reservarlos; a favor de los
herederos del cónyuge premuerto, sobre los bienes
del sobreviviente cuando !ste contrajere nuevas
nupcias, en los casos concretos "ue la propia leydetermina; a favor de los menores e incapacitados,
sobre los bienes de sus tutores o curadores; a favor
del 2stado, en los casos "ue la ley especifica, y a
favor de los aseguradores, sobre los bienesasegurados, por los premios del seguro
correspondientes a un determinado plazo.
!4. /lícito
)o prohibido por la ley a causa de oponerse a justicia, e"uidad, razón o buenas costumbres. |
?legal. | ?nmoral. | 8ontrario a pacto obligatorio.
)o ilcito puede violar la ley positiva, la moral o la
religiosa. +ólo en el primer caso surgen efectos detrascendencia para el =erecho, "ue puede acoger
asimismo normas morales y religiosas. 5ero, de
referirse lo lcito a materia e*clusiva de las
disposiciones de estas últimas clases, el problemasólo surge en la conciencia, como el divorcio y las
ulteriores nupcias para el casado por la ?glesia, sisu matrimonio civil se declara disuelto.