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El ministerio
Tema III:
1. El sacerdocio bautismal
El bautismo es el sacramento de la fe. Pero la fe tiene necesidad de la comunidad de creyentes. Sólo en la
fe de la Iglesia puede crecer cada uno de los fieles. La fe que se requiere
para el Bautismo no es una fe perfecta y madura, sino un comienzo que está llamado a desarrollarse. Por eso, se pregunta a quien recibirá el bautismo: ¿qué pides a la Iglesia de
Dios? y la respuesta es: la fe.
En todos los bautizados, niños o adultos, la fe debe crecer
después del bautismo, por eso es que cada año, en la noche
pascual se hace la renovación de las promesas del Bautismo.
Toda la comunidad, lo mismo que los padres y los padrinos, son responsables de desarrollar y guardar la gracia recibida del
bautismo.
El Bautismo es necesario para la salvación (cfr. Jn 3, 5). La misión de la Iglesia es hacer renacer del agua
y del Bautismo, para asegurar la vida eterna.
Ahora bien, el Bautismo hace que todos los pecados sean
perdonados, así como todas las penas del pecado. Decimos, pues
que el bautismo nos purifica, haciéndonos una criatura nueva: un
hijo adoptivo de Dios.
Por el Bautismo somos capaces de
amar a Dios, de vivir bajo la acción del
Espíritu Santo y de crecer bajo las
virtudes morales.
Por el Bautismo somos incorporados a la Iglesia, que es cuerpo de Cristo. Ya no nos pertenecemos
a nosotros mismos y estamos llamados,
entonces a “someternos” a los demás, es decir a
servirles.
El bautismo, por último, es un sello espiritual indeleble
(que no se borra, que imprime character), no puede ser retirado. Este
sello, es un “vínculo sacramental de unidad”, característico de quienes han sido regenerados por
Cristo.
2. El ministro ordenado
Cristo es sumo sacerdote y único mediador entre Dios y los
hombres y ha hecho de la Iglesia (todos los bautizados) un Reino de sacerdotes para su Dios y Padre (cfr Ap 1,6). Los fieles ejercen su sacerdocio bautismal a través de
su participación, según su vocación, en la misión de Cristo,
Sacerdote, Profeta y Rey.
Pero, el sacerdocio ministerial o jerárquico de los obispos,
presbíteros y diáconos, está en orden al desarrollo de la gracia
bautismal de todos los cristianos. Así mismo, en el servicio eclesial
del ministro ordenado, está el mismo Cristo. Por eso decimos
que el ministro ordenado es “alter Christus”: otro Cristo.
Cuando el ministro realiza un acto litúrgico lo hace representando a
Cristo, que es cabeza de la Iglesia.
2. Los ministerios laicales y el ministerio de canto
La realidad del servicio a los demás, que
corresponde a todos los bautizados, se concreta en ministerios particulares que
se llevan a cabo según el llamado (es decir la
vocación) particular de cada persona.
Lo mismo que algunos otros servicios en nuestra iglesia, como aquellos que son instituidos de manera solemne como el acolitado y el lectorado, también el
ministerio de música es un don y un llamado
particular.
La constitución Sacrosanctum Concilium (29) dice que los que pertenecen a la schola
cantorum (los cantores) desempeñan un “auténtico ministerio” litúrgico y como todo ministerio implica una
respuesta conciente.
El oficio del cantor debe llevarse a cabo con la piedad y la exigencia que corresponde a tan gran ministerio, de tal manera que los que participamos en él, debemos conocer la liturgia y estar bien instruidos para desempeñar nuestra función de un modo adecuado.
Este es el objetivo de nuestro ministerio de música, según las normas del Concilio Vaticano II:
asegurar la justa interpretación de los cantos según los distintos géneros y promover la participación activa de los fieles.