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Tcnicas y procedimientos policiales de investigacin
1. Las funciones de la PNP en la Constitucin2.3. La investigacin policial. Definicin. Caractersticas y principios doctrinarios. Su
importancia en al acopio de indicios, evidencias y pruebas del delito
4. La investigacin policial o investigacin criminal. Su relacin con la criminalstica y lasciencias forenses
5. El carcter cientfico de la investigacin policial6. El delito y la prueba del delito7. Contenido histrico de la evolucin de las diversas corrientes de valoracin de la prueba
del delito
8. El mtodo general de la investigacin policial9. La inspeccin de la escena del delito - ITP10.Planeamiento de la investigacin policial11.Manejo de informantes y confidentes12.Tcnicas de vigilancia y contravigilancia13.Bibliografa
Leer ms:http://www.monografias.com/trabajos60/investigacion-policial/investigacion-
policial.shtml#ixzz33vUAiPS7
POLICA NACIONAL DEL PER
I UNIDAD
LAINVESTIGACINPOLICIAL
PRIMERA SESIN
LASFUNCIONESDE LA PNP EN LA CONSTITUCIN
CONSTITUCIN POLTICA
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ElEstadoes laorganizacinfundamental para la vida social estructurada, que materializa en lo
cotidiano tanto al orden como a lajusticia,a travs de un marco legal por el que se regula la
convivencia entre los miembros de unasociedad.
El Estado crea a la Polica como Institucin ejecutora de la facultad de coercin estatal, de acuerdo
a lasleyesdictadas enfuncindelinterssocial; por lo que su actividad, funcin y finalidad debenejecutarse dentro del marco de laley,la doctrina y losprincipiosgenerales del Derecho y de
laConstitucin,la cual se orienta hacia lapersonahumana como fin supremo del Estado.
FINALIDAD DE LA POLICIA NACIONAL
Artculo 166 de la ConstitucinPolticadel Per:
La Polica Nacional tiene por finalidad fundamentalgarantizar, mantener y restablecerel orden
interno. Presta proteccin y ayuda a las personas y a la Sociedad. Garantiza el cumplimiento de las
leyes y laseguridadde los patrimonios pblicos y privados. Previene, investiga y combate
ladelincuencia.Vigila y controla las fronteras nacionales.
Cuando se indica "Finalidad Fundamental", se est determinando que es el mvil, el motivo y el
propsito de un fin; que es fundamental, elemental, esencial, principal y vital de la Polica Nacional
para garantizar, mantener y restablecer el orden interno.
La finalidad es la previsin a futuro (teleolgica) de un propsito ideal que se aspira alcanzar, la
que por su gradualidad establece una definicin entre finalidad, fines, metas yobjetivos.
Garantizar.- Conjunto de posiciones y disposiciones legales jurdicas, jurisdiccionales y
administrativas que dicta y adoptael Estadoa travs de sus Poderes Legislativo, Judicial y
Ejecutivo para proteger, defender y hacer que se cumpla el conjunto de disposiciones legales,jurisdiccionales y administrativas dictadas por el Estado para impedir que el orden interno sea
resquebrajado.
Mantener.-Conjunto permanente de previsiones y medidas que establece y ejecuta
laadministracinde ungobiernopara afirmar, proteger, defender y hacer que se cumpla el
conjunto de disposiciones legales, jurisdiccionales y administrativas dictadas y adoptadas por el
Estado.
Restablecer.- Conjunto de decisiones yaccionesdecarctercoactivo y coercitivo que adopta y
emplea el Estado a travs de la Polica Nacional y/o las Fuerzas Armadas para neutralizar, replicar,
combatir y erradicar las acciones delictivas y/o subversivas que estn resquebrajando el orden
interno.
ORDEN INTERNO
Es la posicin y disposicin de calma, sosiego y paz en el territorio nacional, y es el conjunto
deorganizacionesyestructurasdel Estado, regulado por el Derecho Pblico y en ciertas
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circunstancias por elPoderPoltico, orientado a la coexistencia pacfica en general, con el fin de
mantener inclume laestructuradel Estado, la divisin de Poderes y el Estado de Derecho.
ORDEN PBLICO
Es una situacin deequilibriosocial, condicionada por elrespetoal orden jurdico y acompaado
de una voluntad formal, en funcin a las costumbres, convicciones, tradiciones y sentimientos de
unacomunidad.
FUNDAMENTOS PROFESIONALES
ElCdigodetica Profesionalde la Polica Nacional del Per establecenormasprecisas
delcomportamientoyprocedimientos,esenciales para el accionar de los miembros de la
Institucin Policial.
Lapersonahumana es el fin supremo de laSociedadyel Estado.El Polica tiene la obligacin de
respetarla y protegerla sin establecer diferencias por razones desexo,raza,religin,opinin,
idioma, condicin econmica o de otra ndole.
El Polica conoce profundamente la importancia del rol que cumple en la Institucin y el papel que
la Institucin cumple en la sociedad obligndolo a observar una
permanenteconductamoralytica.
Las virtudes individuales del polica son:la moralprofesional,el trabajo,la obediencia, la
prudencia, la abnegacin, la entereza, lahonestidad,la puntualidad, laresponsabilidad,la
superacin y el tino.
Del Reglamento de Rgimen Disciplinario.
El ejercicio de la profesin policial exige el cumplimiento de los deberes bajo el imperio de laleyy
las buenas costumbres, con honor, sacrificio y acendrada vocacin deservicioa la sociedad. .
Lafuncinpolicial exige de todos los policas una slida y permanente prctica delos
valoresmorales. .En el ejercicio de susfuncionesel Polica debe ejercerautoridadcon el
consentimiento que encierra la majestad de la Ley; para ello, har uso de la reflexin, el buen
juicio y de preferencia la persuasin. .
La moral policial es el fundamento tico que orienta la actividad ycomportamientoindividual y
colectivo de los miembros de la Polica Nacional.
LA FUNCION DE INVESTIGAR LOS DELITOS
ElCdigoprocesal Penal, promulgado mediante el Decreto Legislativo N 957 del 24 JUL.2004,
establece en los artculos 67 y 68 del captulo II, ttulo I, seccin IV delLibroPrimero, la funcin
deinvestigaciny atribuciones de la Polica.
http://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/todorov/todorov.shtml#INTROhttp://www.monografias.com/trabajos15/todorov/todorov.shtml#INTROhttp://www.monografias.com/trabajos15/todorov/todorov.shtml#INTROhttp://www.monografias.com/trabajos/tomadecisiones/tomadecisiones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/tomadecisiones/tomadecisiones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/tomadecisiones/tomadecisiones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos910/comunidades-de-hombres/comunidades-de-hombres.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos910/comunidades-de-hombres/comunidades-de-hombres.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos910/comunidades-de-hombres/comunidades-de-hombres.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eticaplic/eticaplic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eticaplic/eticaplic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eticaplic/eticaplic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/respprof/respprof.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/respprof/respprof.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/respprof/respprof.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/comportamiento-humano/comportamiento-humano.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/comportamiento-humano/comportamiento-humano.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/comportamiento-humano/comportamiento-humano.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/sexo-sensualidad/sexo-sensualidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/sexo-sensualidad/sexo-sensualidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/sexo-sensualidad/sexo-sensualidad.shtmlhttp://www.monografias.com/Religion/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Religion/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Religion/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/conducta/conducta.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/conducta/conducta.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/etica-axiologia/etica-axiologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/etica-axiologia/etica-axiologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/etica-axiologia/etica-axiologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/etic/etic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/etic/etic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/etic/etic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/etica-axiologia/etica-axiologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/etica-axiologia/etica-axiologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/etica-axiologia/etica-axiologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/fintrabajo/fintrabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/fintrabajo/fintrabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/fintrabajo/fintrabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/valores/valores.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/valores/valores.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/valores/valores.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos33/responsabilidad/responsabilidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos33/responsabilidad/responsabilidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos33/responsabilidad/responsabilidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14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El citado primer artculo, en el numeral 1, seala que "La Polica Nacional en su funcin de
investigacin debe, inclusive por propia iniciativa, tomarconocimientode losdelitosy dar cuenta
inmediata alFiscal,sin perjuicio de realizar las diligencias de urgencia e imprescindibles para
impedir sus consecuencias, individualizar a sus autores y partcipes, reunir y asegurar los
elementos de prueba que puedan servir para la aplicacin de la Ley Penal.", con lo cual se
reconoce plenamente que una de las funciones de la Polica Nacional del Per es la "funcin deinvestigacin" y especficamente de delitos; sin embargo sta siempre estar sujeta a la
conduccin del Fiscal (num.3, art. 65); es mas, el numeral 2 taxativamente refiere: "Los policas
que realicen funciones de investigacin estn obligados a apoyar al Ministerio Pblico para llevar a
cabo la investigacin preparatoria", lo que corrobora sobremanera los antes expresado.
El segundo artculo aludido establece las atribuciones de la Polica, precisando en el numeral 1,
que en funcin de investigacin y bajo conduccin del Fiscal la polica podr realizar, entre otras,
las diligencias siguientes:
a) Recibir las denuncias escritas o sentar las actas de las verbales, as como tomar declaraciones de
los denunciantes.
b) Vigilar y proteger el lugar de los hechos, a fin de que no sean borrados los vestigios y huellas
deldelito.
c) Practicar elregistrode las personas, as como prestar el auxilio que requieran las vctimas del
delito.
d) Recoger y conservar los objetos e instrumentos relacionados con el delito, as como todo
elemento material que pueda servir a la investigacin.
e) Practicar las diligencias orientadas a la identificacinfsicade los autores y partcipes del delito.
f) Recibir las declaraciones de quienes hayan presenciado la comisin de los hechos.
g) Levantar planos, tomar fotografas, realizar grabaciones envideoy
demsoperacionestcnicaso cientficas.
h) Capturar a los presuntos autores y partcipes en caso de flagrancia, informndoles de inmediato
sobre susderechos.
i) Asegurar losdocumentosprivados que puedan servir a la investigacin.
j) Allanar locales de uso pblico o abiertos al pblico.
k) Efectuar, bajoinventario,los secuestros e incautaciones necesarios en los casos de delitos
flagrantes o de peligro inminente de su perpetracin.
l) Recibir la manifestacin de los presuntos autores o partcipes de delitos, con presencia
obligatoria de su abogado defensor.
http://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/delipen/delipen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/delipen/delipen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/delipen/delipen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/regi/regi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/regi/regi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/regi/regi.shtmlhttp://www.monografias.com/Fisica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Fisica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Fisica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/vire/vire.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/vire/vire.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/vire/vire.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/diop/diop.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/diop/diop.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/juti/juti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/juti/juti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/juti/juti.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conin/conin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conin/conin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conin/conin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conin/conin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/juti/juti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/diop/diop.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/vire/vire.shtmlhttp://www.monografias.com/Fisica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/regi/regi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/delipen/delipen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtml -
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m) Reunir cuantainformacinadicional de urgencia permita la Criminalistica para ponerla a
disposicin del fiscal.
n) Las dems diligencias yprocedimientosde investigacin necesarios para el mejor
esclarecimiento de los hechos investigados.
Esta ltima atribucin asigna a la Polica Nacional un rol importante e imprescindible para el logro
de losobjetivosde la funcin de investigacin, por cuanto es abierta y deja a la imaginacin del
investigador policial la utilizacin de procedimientos policiales adecuados con el fin de llegar a la
verdad.
Por otro lado, en el numeral 2, refiere que de todas las diligencias especificadas, la Polica sentar
actas detalladas las que se entregar al Fiscal; asimismo que la Polica respetar las formalidades
previstas parala investigacin; y finalmente que el Fiscal durante la investigacin preparatoria
puede disponer lo conveniente en relacin al ejercicio de las atribuciones reconocidas a la Polica,
lo que quiere decir que la institucin policial tendr necesariamente una relacin directa con el
Ministerio Pblico para le ejecucin de las diligencias y procedimientos de investigacin.
Por ltimo, el numeral 3 del mencionado artculo, establece que el imputado y su defensor podrn
tomar conocimiento de las diligencias practicadas por la polica y tendrn acceso a
lasinvestigacionesrealizadas, en este caso se debe entender que ello se har con conocimiento y
autorizacin del Fiscal; teniendo en consideracin que puede darse la posibilidad de haberse
decretado la reserva o el secreto de la investigacin, conforma lo dispone el artculo 324 del
citado Cdigo Procesal Penal, en cuyo supuesto, esta deber concluir antes de la culminacin de la
investigacin preparatoria.
SEGUNDA SESIN
RESPONSABILIDAD DE LA PNP ENLA ADMINISTRACINDE JUSTICIA
Debemos tener claro, que enmateriapolicial, normalmente se establece una divisin entre las
funciones deseguridadciudadana o preventivas, anteriores a la comisin del delito y las que se
refieren a la investigacin o represin del delito y se destinan a buscarpruebasque permitan
deducir la responsabilidad, que ser establecida en sede jurisdiccional, mediante la realizacin de
un juicio penal. Desde el punto de lapercepcinciudadana, sobre la magnitud de ladelincuencia,a
la Polica se le exige mucho ms que una intervencin preventiva o de averiguacin de la verdad.
Laciudadanatiene su propia concepcin de lo que es el delito, construida a partir de lo que le
informan losmediosdecomunicacin socialy las otras vas informales decomunicacinysusindicadoresdemedicinde laeficaciapolicial, distan mucho de lo que stos significan para la
institucin policial. "Los indicadores de medicin de la eficacia policial como el esclarecimiento
policial, es decir, lo que a criterio de la Polica, a partir de la denuncia recibida se considera como
un hecho donde se identific al supuesto autor del hecho punible y lasevidenciasque lo vinculan,
la percepcin social no lo valora as, sino solamente cuando, se ha detenido fsicamente al
supuesto autor o se han recuperado losbienesrobados o hurtados".
http://www.monografias.com/trabajos7/sisinf/sisinf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sisinf/sisinf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sisinf/sisinf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/la-investigacion/la-investigacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/la-investigacion/la-investigacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/la-investigacion/la-investigacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/norma/norma.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/norma/norma.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/norma/norma.shtmlhttp://www.monografias.com/Administracion_y_Finanzas/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Administracion_y_Finanzas/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Administracion_y_Finanzas/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/romandos/romandos.shtml#PRUEBAShttp://www.monografias.com/trabajos12/romandos/romandos.shtml#PRUEBAShttp://www.monografias.com/trabajos12/romandos/romandos.shtml#PRUEBAShttp://www.monografias.com/trabajos7/sepe/sepe.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sepe/sepe.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sepe/sepe.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/delincuenglob/delincuenglob.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/delincuenglob/delincuenglob.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/delincuenglob/delincuenglob.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos32/extranjeria-nacionalidad-ciudadania/extranjeria-nacionalidad-ciudadania.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos32/extranjeria-nacionalidad-ciudadania/extranjeria-nacionalidad-ciudadania.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos32/extranjeria-nacionalidad-ciudadania/extranjeria-nacionalidad-ciudadania.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/medios-comunicacion/medios-comunicacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/medios-comunicacion/medios-comunicacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/medios-comunicacion/medios-comunicacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/fite/fite.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/fite/fite.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/fite/fite.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/fundteo/fundteo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/fundteo/fundteo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/fundteo/fundteo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/valoracion/valoracion.shtml#TEORICAhttp://www.monografias.com/trabajos15/valoracion/valoracion.shtml#TEORICAhttp://www.monografias.com/trabajos15/valoracion/valoracion.shtml#TEORICAhttp://www.monografias.com/trabajos15/la-estadistica/la-estadistica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/la-estadistica/la-estadistica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/la-estadistica/la-estadistica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/veref/veref.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/veref/veref.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/veref/veref.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/evidencias/evidencias.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/evidencias/evidencias.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/evidencias/evidencias.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/evidencias/evidencias.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/veref/veref.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/la-estadistica/la-estadistica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/valoracion/valoracion.shtml#TEORICAhttp://www.monografias.com/trabajos12/fundteo/fundteo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/fite/fite.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/medios-comunicacion/medios-comunicacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos32/extranjeria-nacionalidad-ciudadania/extranjeria-nacionalidad-ciudadania.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/delincuenglob/delincuenglob.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sepe/sepe.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/romandos/romandos.shtml#PRUEBAShttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/Administracion_y_Finanzas/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/norma/norma.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/la-investigacion/la-investigacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sisinf/sisinf.shtml 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Esta distorsin, sin duda tiene incidencia en la cotidiana labor de la Polica y ha contribuido a
fortalecer una exigencia ciudadana del todo inconveniente y es el de exigir a la Polica que se
detenga al sospechoso para investigar, porque, en alguna medida, estaaccinsatisface sus
demandas de "seguridad ciudadana"; si la Polica no detiene al sospechoso, es apreciada como una
polica corrupta. Lainvestigacin criminaltiene sin duda una gran importancia que constituir
todo un reto para el Ministerio Pblico que en adelante ser quien conduzca desde su inicio lainvestigacin del delito al tenor de lo que dispone el Art. 60 inciso 2, del nuevo CPP. En esta
perspectiva, suestrategiadeber estar referida a la necesariacoordinacin,directa y permanente
con la PNP, en lo relativo a la investigacin de delitos y el ejercicio de la accin penal. Sin duda que
losprincipiosque debern regir esta relacin, son elrespetomutuo y la constante disposicin de
eficaz cumplimiento del servicio pblico que les ha sido encomendado.
Debe resaltarse, en lo que concierne al objeto de nuestro enfoque, la importancia que adquiere la
estrecha coordinacin de la investigacin entre el Ministerio Pblico y la Polica Nacional, en el
tanto, elxitode una acusacin va a depender del sustento probatorio, es decir, de una labor
policial realizada de manera eficiente, pero sobre todo, apegada a los ms estrictos cnones delrespeto a lalegalidady a losderechos humanos,que se convierten en el lmite de cualquier
intervencin estatal.
No olvidemos que la actividad probatoria se llevar a cabo en eldebateoral y que todos los
medios de conviccin que se aporten, deben cumplir con los requisitos de legalidad previstos, sea
que, deben haber sido obtenidos de manera lcita, segn elprocedimientoestablecido, y, de igual
forma, deben ser lcitamente incorporados alproceso.El esclarecimiento policial de un suceso
puede haberse logrado en detrimento de las garantas procesales del supuesto autor, y no ser
sta una forma de facilitar la labor de ejercicio de la accin penal. Debe tenerse presente que, no
solo est prohibida la prueba ilcita, sino todo lo que de ella pueda derivarse.
La responsabilidad de la Polica Nacional en las labores de investigacin estar sujeta a la
conduccin del Fiscal (Art.65, inc.3 del CPP), y como apreciamos, ser determinante para un
correcto ejercicio de la accin penal, tanto para formular una acusacin como para solicitar o
decidir la aplicacin de alguna de las salidas alternas previstas, en ejercicio de principios
depolticacriminal, previamente establecidos; ser de sumautilidadentonces, una relacin
franca, cordial, gil y permanente, entre fiscales y policas. Hay que tener presente que cuando la
ley se refiere a que el fiscal conduce la investigacin, entendemos que no determina que este
magistrado, en forma caprichosa o antojadiza ordene autoritariamente al polica la actuacin de
tal o cual prueba, sin que exista relacin alguna entre sta y el caso materia de investigacin. El
fiscal no deber considerarse insustituible e insuperable en estetrabajo,por el contrario, le
corresponder intercambiar ideas con el polica, a efectos de que las pruebas actuadas sean
suficientes, conducentes e idneas para el debido esclarecimiento de los hechos, en una suerte de
sociedad encaminada a prevenir, combatir y castigar la delincuencia, y, ms adelante, con el juez
que sentenciar la causa.
http://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos32/investigacion-criminal/investigacion-criminal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos32/investigacion-criminal/investigacion-criminal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos32/investigacion-criminal/investigacion-criminal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/henrym/henrym.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/henrym/henrym.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/henrym/henrym.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/hipoteorg/hipoteorg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/hipoteorg/hipoteorg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/hipoteorg/hipoteorg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/etic/etic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/etic/etic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/etic/etic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos15/llave-exito/llave-exito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/llave-exito/llave-exito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/llave-exito/llave-exito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/legalidad-moralidad-escision-moderna/legalidad-moralidad-escision-moderna.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/legalidad-moralidad-escision-moderna/legalidad-moralidad-escision-moderna.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/legalidad-moralidad-escision-moderna/legalidad-moralidad-escision-moderna.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/dehu/dehu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/dehu/dehu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/dehu/dehu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/tecnicas-didacticas/tecnicas-didacticas.shtml#DEBATEhttp://www.monografias.com/trabajos16/tecnicas-didacticas/tecnicas-didacticas.shtml#DEBATEhttp://www.monografias.com/trabajos16/tecnicas-didacticas/tecnicas-didacticas.shtml#DEBATEhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/costo/costo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/costo/costo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/costo/costo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-trabajo/el-trabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-trabajo/el-trabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-trabajo/el-trabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-trabajo/el-trabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/costo/costo.shtmlhttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/tecnicas-didacticas/tecnicas-didacticas.shtml#DEBATEhttp://www.monografias.com/trabajos6/dehu/dehu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/legalidad-moralidad-escision-moderna/legalidad-moralidad-escision-moderna.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/llave-exito/llave-exito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos6/etic/etic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/hipoteorg/hipoteorg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/henrym/henrym.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos32/investigacion-criminal/investigacion-criminal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtml -
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Pero por otro lado, no es posible cumplir o desarrollar, de manera eficaz,procesosque implican
nuevos conceptos y una nueva doctrina, sin previamente fortalecer de manera integral
lasinstitucionesque son responsables de cumplirlos. No es que sean procesos excluyentes, pero s
de forma necesaria, complementarios y consecutivos. El problema de la reforma penal, no
debemos entender solo como un problema de legislacin y de nuevas responsabilidades a
instituciones profesionales capaces de cumplirla, sino, bsicamente, de influir en laculturasocialexistente ya que ste es el elemento clave. Por supuesto que no estn excluidos de esa cultura los
jueces, procuradores, acadmicos y abogados. Lo real es que nuestra sociedad percibe a su
entender, condiciones deimpunidaden laadministracindejusticiapenal. Entonces, tenemos una
aparente paradoja entre la tendencia a mejorar el actualsistemapenal, con el deseo de las
personas, por ejemplo, a detener a partir de la denuncia y en general, considerar la detencin del
presunto autor como condicin inseparable del proceso investigativo desde el inicio de la
investigacin hasta la sentencia judicial, y percibir esa sensacin de impunidad si es que estas
condiciones no se presentan.
Una reforma procesal que pase a respetar de manera efectiva el principio de presuncin deinocencia, y que utilice la detencin preliminar por 24 hrs. solo como una medida de excepcin,
podra profundizar aun ms la percepcin de impunidad, a menos que se influya en el mediano
plazo en la cultura social, para una reconceptualizacin de estas costumbres y hbitos sociales e
institucionales, pues de lo contrario, los avances del proceso decambiopodran verse afectados
por la reaccin popular.
De all que consideremos que hay por lo menos tres factores claves que es necesario analizar en la
reforma penal que est en marcha en nuestro pas: En primer lugar, la legislacin o conjunto
denormasjurdicas que cambian elmodeloprocesal penal, caracterizado por sus ya mencionados
rasgos inquisitivos, largo, escrito, no garante de los derechos de vctimas y sospechosos, que
confunde la funcin de investigar, acusar y juzgar, con un nuevo modelo procesal acusatorio,
sumario, oral, garante de los derechos humanos de vctimas y sospechosos, que separa
claramente las funciones de investigar, acusar y juzgar.
En segundo lugar, las instituciones encargadas de ejecutar y hacer cumplir el nuevo marco
normativo, su solidez institucional, profesional, experiencia, capacidad organizativa y credibilidad.
La ley no es como dice el Gnesis: "...hgase laluzy la luz se hizo...". Su eficacia no est
determinada por la ley misma, sino por la articulacin adecuada entre legislacin e institucin
encargada de cumplirla; en este caso Ministerio Pblico - Polica Nacional del Per -PoderJudicial.
En tercer lugar, la cultura social existente, caracterizada durante siglos por sus rasgos inquisidores,con una extraa mezcla de percepciones entre impunidad y exceso en el uso de lafuerza,entre
imparcialidad ytolerancia,entrecorrupciny justicia. Por supuesto que no estn al margen de
este fenmeno, los medios de comunicacin social y los centros educativos, que han sido factores
de transmisin de esta cultura y percepcin.
RELACIONES CON EL MINISTERIO PBLICO Y ELPODER JUDICIALEN LA INVESTIGACION DE LOS
DELITOS
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La responsabilidad de la Polica Nacional del Per en el mbito de la investigacin del delito y de
laadministracinde justicia siempre la ha mantenido ligada al Ministerio Pblico y al Poder
Judicial. Como referencia a la base legal de lagestindel Ministerio Pblico, debemos indicar que
el 2 de enero de 1930 se promulg el nuevo Cdigo de Procedimientos en Materia Criminal.
En su artculo 2 se precis con suma claridad suorganizacin,constitucin,competencias,prohibiciones, determinndose que el ejercicio de la accin penal era pblica, siendo asumida por
el Ministerio Fiscal; se encomendaba al Ministerio de Justicia el ejercicio delcontrolsobre los
integrantes del Ministerio Pblico o el Ministerio Fiscal como se le denominaba entonces. En ese
entonces el proceso penal fue dividido en dos etapas, a saber: instruccin y juzgamiento, (como lo
sigue siendo hasta ahora), la primera a cargo del juez instructor (hoy Juez Penal) y la segunda a
cargo del Tribunal Correccional (hoy Sala Penal).
La instruccin poda iniciarse de oficio por parte del Juez Instructor, por denuncia del Ministerio
Fiscal o del agraviado. Es decir, el Ministerio Fiscal no tena elmonopolioen el ejercicio de la
accin penal, teniendo participacin en eldesarrollodel procedimiento como parte y despus
dictaminando en el juicio oral y acusando. La Constitucin de 1933 regul que deberan haber
Fiscales a nivel de Corte Suprema, de Cortes Superiores y Juzgados.
En 1936, durante la gestin del Presidente scar R. Benavides, se organizaron los Procuradores
Generales de la Repblica para la defensa de los intereses delEstado,por lo que esta funcin fue
separada del Ministerio Pblico. Ello se formaliz con la Ley Nro. 17537 del 25 de marzo de 1969.
En ese contexto jurdico poltico, en 1940 entr en vigencia el Cdigo de Procedimientos Penales,
vigente en parte a la fecha. Se establecieron como etapas del proceso penal: la instruccin y el
juzgamiento; los Fiscales en todos sus niveles formaban parte del Poder Judicial. En
lasLeyesOrgnicas del Poder Judicial, de 1912 y 1963, el Ministerio Pblico fue regulado comoinstitucin autnoma, pero formando parte del Poder Judicial, con el nombre de Ministerio
Pblico o Ministerio Fiscal. Pero el 28 de julio de 1979 termin esta primera etapa del desarrollo
del Ministerio Pblico, ligada hasta entonces al Poder Judicial, para iniciar una segunda etapa con
reconocimiento de su plena autonoma .
Efectivamente, la Constitucin aprobada por la Asamblea Constituyente de 1978, le da una
regulacin en la Ley Suprema, atribuyndole personera propia, conindependencia,autonoma,
organizacin, composicin, funciones, atribuciones, prohibiciones; conforme a sus artculos 250 y
251 del Captulo XI. Despus la institucin fue desarrollada en su Ley Orgnica, mediante el
Decreto Legislativo 052 del 19 de marzo de 1981, vigente, funcionando conforme a ella hasta lafecha, con las modificaciones propias de la Constitucin Poltica de 1993 y suspensiones por las
disposiciones legales que dispusieron su reorganizacin, desde el 18 de junio de 1996 hasta el 6 de
noviembre del 2000, da en que se promulg la Ley Nro. 27367, que desactiv la Comisin
Ejecutiva del Ministerio Pblico. La Constitucin Poltica del Estado, vigente desde el 31 de
diciembre de 1993, regula al Ministerio Pblico en sus artculos 158, 159 y 160; como el titular en
el ejercicio pblico de la accin penal, habindose derogado los artculos pertinentes del Cdigo
de Procedimientos Penales de 1940. Por su parte, la Ley Orgnica del Ministerio Pblico establece
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en su Art. 9 que vigila e interviene en la investigacin del delito desde la etapa policial,
orientando a la Polica Nacional en cuanto a las pruebas que sea necesario actuar.
En todo este desarrollo del Ministerio Pblico, la Polica Nacional del Per siempre ha estado
presente, de all que el Art. 62 del Cdigo de Procedimientos Penales, determina que la
investigacin policial que se hubiera llevado a cabo con intervencin del Ministerio Pblico,constituye elemento probatorio que deber ser apreciado en su oportunidad y con criterio
deconcienciapor Jueces y Tribunales. Policas y Fiscales siempre han sido los principales
operadores del sistema de justicia penal en nuestro pas. Sin embargo, entendiendo el dinamismo
del derecho, hoy estamos a portas de iniciar un nuevo modelo procesal penal que a juicio de los
entendidos, recoge las tendencias procesales ms modernas y que parecen estar ms cerca de los
que podra ser un modelo de justicia en su verdadera dimensin.
Esta nueva reforma procesal penal se viene produciendo en todaAmricaLatina, y entre sus
aspectos relevantes, le adjudica al Ministerio Pblico, en lo que sera su tercera etapa de vida
institucional una importancia decisiva y lopotenciacomo el rgano encargado del ejercicio de la
accin penal, con una incidencia relevante en la coordinacin de las labores de investigacin con la
Polica Nacional del Per, con la cual una vez ms tendr que seguir compartiendo
responsabilidades.
De manera particular, nos interesa destacar en este artculo la importancia del fortalecimiento
tanto de la institucin policial como del Ministerio Pblico, en el contexto de la reforma penal,
refirindonos bsicamente a la necesidad de una estrecha coordinacin institucional, necesaria
para una mejor investigacin y para facilitar la labor del ejercicio de las nuevas responsabilidades
que asumir el Ministerio Pblico en donde la superacin del sistema inquisitivo y laadopcinde
los principios del modelo acusatorio, marcan el rumbo del nuevo proceso. Pese a ello, como bien
sabemos, ms que un sistema procesal, el inquisitivo forma parte de una cultura que hundi sus
races en el estado colonial y que constituye la tradicin jurdica dominante en nuestro pas por lo
que sin duda costar bastante desprenderse tanto a Policas como a Jueces y Fiscales, de ah que
tengamos que tomar muy en serio el esfuerzo por no pervertir el modelo y acercarlo cada vez ms
a sus declaradas finalidades.
De manera breve podemos destacar que, lafilosofade la reforma procesal adopta los principios
de la separacin clara y precisa de las funciones de investigar, acusar y resolver, rescatando al juez
de la confusin en lo que estaba sumido con el modelo inquisitivo para colocarlo en el lugar que le
corresponde, el de rbitro imparcial de la controversia. Por su parte, la investigacin que llevar a
cabo la Polica Nacional del Per, de una manera cientfica y tcnica, con ladireccinjurdica delfiscal, tendr como finalidad servir de sustento a la acusacin, que abrir el proceso y permitir
ubicar lasfuentesde prueba, que debern, necesariamente, ser producidas en el debate oral,
pblico y contradictorio, ante un tribunal imparcial, que no ha tenido nada que ver con la
investigacin.
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La vctima tiene tambin un papel relevante, en tanto su participacin es ms amplia y el modelo
se acerca ms a la satisfaccin de suinters(Justicia restaurativa) que a la aplicacin irrestricta de
la ley penal (Justicia retributiva).
Pero sin duda, como ya hemos sealado, la relacin Fiscal-Polica, se convierte en un binomio
clave del xito del nuevo proceso penal peruano. La coordinacin armnica entre el fiscal queacusa y el Polica que estuvo investigando, determinar la oportunidad y forma de presentar una
prueba, y demostrar finalmente la vinculacin de sta con los hechos y de los hechos con el
sospechoso, solo ser posible mediante el trabajo conjunto, preferiblemente desde el inicio de la
investigacin. Los largos, tediosos e innecesarios documentos que se encuentran en los
expedientes de investigacin criminal y se remiten al juez, ya no son sern necesarios.
Las largas declaraciones o manifestaciones del investigado o de la vctima, que con la actual
legislacin, tienen que ser repetidas ante el juez, tampoco sern necesarias. La Polica deber
limitarse a identificar los presuntos testigos, vctimas y sospechosos, susdatospersonales y
ubicacin y quizs, una muy breve resea de lo que refieren sobre los hechos, lo que deber ser
incluido en uninformeque se remitir al fiscal que da inicio al Proceso de Investigacin
Preparatoria.
En resumen, la reforma procesal penal implica, para la Polica Nacional del Per, continuar
cumpliendo todas las diligencias que se derivan de la funcin de investigacin de los presuntos
hechos delictivos, considerando las siguientes circunstancias principales: El Atestado Policial se
simplifica para generar un informe de la investigacin, que incluya un resumen sucinto de los
hechos, las evidencias encontradas, suanlisisy peritajes segn corresponda, la identificacin de
los presuntos autores, vctimas y testigos. El Fiscal garantiza la legalidad de la investigacin policial
y recibe de la Polica el informe correspondiente para presentar la acusacin ante el juez.
Los policas encargados de la investigacin y peritos debern ser capaces de explicar y presentar
en el proceso judicial, las evidencias y detalles conocidos en la investigacin del hecho criminal, en
coordinacin con el fiscal del Ministerio Pblico. Proteger de manera ms cuidadosa los derechos y
garantas de los detenidos, vctimas y dems personas vinculadas en la investigacin de un hecho
criminal, desarrollando lasaccionesde investigacin criminal en los trminos y procedimientos
previstos en la ley, ser otro de los elementos que caracteriza el nuevo modelo procesal.
Estamos en las puertas de un nuevo desafo, cuyo norte debe ser el fortalecimiento de
laseguridad ciudadanay jurdica de todos los peruanos, que no es ms que mejorar
nuestracalidadde vida. El mejor de los xitos para nuestros Fiscales, Jueces y Policas en susnuevos roles institucionales.
SEGUNDA SEMANA
PRIMERA SESIN
http://www.monografias.com/trabajos7/tain/tain.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/tain/tain.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/tain/tain.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/guiainf/guiainf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/guiainf/guiainf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/guiainf/guiainf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtml#ANALIThttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtml#ANALIThttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtml#ANALIThttp://www.monografias.com/trabajos4/acciones/acciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/acciones/acciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/acciones/acciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos27/seguridad-ciudadana/seguridad-ciudadana.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos27/seguridad-ciudadana/seguridad-ciudadana.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos27/seguridad-ciudadana/seguridad-ciudadana.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conge/conge.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conge/conge.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conge/conge.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conge/conge.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos27/seguridad-ciudadana/seguridad-ciudadana.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/acciones/acciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtml#ANALIThttp://www.monografias.com/trabajos12/guiainf/guiainf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/tain/tain.shtml -
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LA INVESTIGACIN POLICIAL. DEFINICIN. CARACTERSTICAS Y PRINCIPIOS DOCTRINARIOS. SU
IMPORTANCIA EN AL ACOPIO DE INDICIOS, EVIDENCIAS Y PRUEBAS DEL DELITO
1. Es un proceso metodolgico, continuo, organizado, especializado, preciso de anlisisysntesisque el investigador policial desarrolla para el esclarecimiento de la perpetracin
de un delito, estableciendo verdades demostrables, que le dan el rigor cientfico a lasconclusiones expuestas en el Atestado Policial.
2. DEFINICIN3. CARACTERSTICAS Es un proceso continuo y concatenado de actividades. Es organizado, sus pasos son ordenados y lgicos. Es especializado, ya que es un trabajo metodolgico de rigor tcnico-cientfico. Es previsorio, requiereplaneamiento. Es una actividad analtica-sinttica. Es explicativo causal, permite determinar el quien, donde, cuando, como, porqu y para
qu.
Es metdica, requiere unametodologa. Es legal, lo conduce un funcionario policial, dentro de la normatividad.1. IMPORTANCIA DEL ACOPIO DE INDICIOS, EVIDENCIAS Y PRUEBAS DEL DELITO
La importancia radica, en que, en este primer contacto con la escena se debe obtener la mayor
informacin posible del acto delictivo, para actuar en forma oportuna y con la claridad del caso,
orientando a lograr el xito en la investigacin.
El acopio de indicios, evidencias y Prueba del Delito se realizan como consecuencia de la
materializacin de un delito y este proceso debe responder a criterios uniformes, encaminados a
esclarecer y orientar el proceso investigatorio.
SEGUNDA SESIN
LA INVESTIGACIN POLICIAL O INVESTIGACIN CRIMINAL
SU RELACIN CON LACRIMINALSTICAY LASCIENCIASFORENSES
El investigador policial como operador de justicia desarrolla un proceso metodolgico para el
esclarecimiento de un hecho delictuoso, estableciendo verdades demostrables, que le dan el rigor
cientfico a las conclusiones expuestas en el Atestado Policial, para ello como principal apoyo
http://www.monografias.com/trabajos7/sipro/sipro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sipro/sipro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sipro/sipro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/plane/plane.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/plane/plane.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/plane/plane.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/criminalistica/criminalistica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/criminalistica/criminalistica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/criminalistica/criminalistica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/concient/concient.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/concient/concient.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/concient/concient.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/concient/concient.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/criminalistica/criminalistica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/plane/plane.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sipro/sipro.shtml -
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utiliza la Criminalistica que esla Cienciaque aplica fundamentalmente los
conocimientos,mtodosy tcnicas de investigacin de las ciencias naturales en el examen de
material sensible y significativo, relacionado con el hecho delictuoso; en efecto, como diremos en
su lugar, el fin mediato o ultimo de la Criminalistica consiste en auxiliar a los rganos encargados
de administrar justicia, entre otras cosas, para que estos puedan proveer a la captura de los
delincuentes y a la puesta en obra de las correspondientes medidas punitivas. Ahora bien, esprecisamente la Polica, en sucarcterde auxiliar del rgano persecutorio (Ministerio Publico) y el
rgano Jurisdiccional (Jueces Penales), la que mediante la aplicacin de las reglas establecidas por
la Policiologia o Investigacin Policial se encarga de llevar a cabo la persecucin y aprehensin de
los delincuentes.
Podramos decir, pues, que la Criminalistica y la Investigacin Policial se encargan de dos fases
distintas de una misma operacin: la pesquisa, la cual consta a ) de una primera etapa o fase que
podramos llamar "determinativa", en la que se trata de establecer o determinar si se ha cometido
o no un delito, como se cometi y quien lo cometi, fase de la que se encarga la Criminalistica y b )
una segunda etapa o fase que podra denominarse "ejecutiva" , en la que, con base en los datosconcretos proporcionados por los expertos en criminalistica, se trata de aprehender al
delincuente, correspondiendo esta fase a la Policiologia o Polica a travs de la Investigacin
Policial.
PRINCIPIOS BSICOS SOBRE ELEMPLEODE LA FUERZA Y DEARMASDE FUEGO POR LOS
FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER CUMPLIR LA LEY - H T 19
Principios Bsicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios
Encargados de Hacer Cumplir la Ley
Adoptados por el Octavo Congreso de lasNaciones Unidassobre Prevencin del Delito yTratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana (Cuba)del 27 de agosto al 7 de septiembre
de 1990
Considerando que la labor de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley* constituye un
servicio social de gran importancia y, en consecuencia, es preciso mantener y, siempre que sea
necesario, mejorar las condiciones de trabajo y la situacin de estos funcionarios,
Considerando que la amenaza a la vida y a la seguridad de los funcionarios encargados de hacer
cumplir la ley debe considerarse como una amenaza a la estabilidad de toda la sociedad,
Considerando que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley desempean un papelfundamental en la proteccin del derecho a la vida, lalibertady la seguridad de las personas, tal
como se garantiza en la Declaracin Universal de Derechos Humanos y se reafirma en el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Polticos,
Teniendo presente que las Reglas Mnimas para el Tratamiento de los Reclusos prevn las
circunstancias en las que los funcionarios de establecimientos penitenciarios podrn recurrir a la
fuerza en el ejercicio de sus funciones,
http://www.monografias.com/trabajos16/ciencia-y-tecnologia/ciencia-y-tecnologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/ciencia-y-tecnologia/ciencia-y-tecnologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/ciencia-y-tecnologia/ciencia-y-tecnologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-caracter/el-caracter.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-caracter/el-caracter.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-caracter/el-caracter.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/teoria-empleo/teoria-empleo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/teoria-empleo/teoria-empleo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/teoria-empleo/teoria-empleo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/arbla/arbla.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/arbla/arbla.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/arbla/arbla.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/ornaun/ornaun.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/ornaun/ornaun.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/ornaun/ornaun.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/cuba-origenes/cuba-origenes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/cuba-origenes/cuba-origenes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/cuba-origenes/cuba-origenes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/la-libertad/la-libertad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/la-libertad/la-libertad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/la-libertad/la-libertad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/la-libertad/la-libertad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/cuba-origenes/cuba-origenes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/ornaun/ornaun.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/arbla/arbla.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/teoria-empleo/teoria-empleo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-caracter/el-caracter.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/ciencia-y-tecnologia/ciencia-y-tecnologia.shtml -
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Teniendo presente que el artculo 3 del Cdigo de Conducta para Funcionarios Encargados de
Hacer Cumplir la Ley estipula que esos funcionarios podrn usar la fuerza slo cuando sea
estrictamente necesario y en la medida que lo requiere eldesempeode sus tareas,
Teniendo presente que en la reunin preparatoria del Sptimo Congreso de las Naciones Unidas
sobre la Prevencin del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrada en Varenna,Italia,seconvino en los elementos que deban tenerse en cuenta en la continuacin de los trabajos sobre
las limitaciones en el uso de la fuerza y de las armas de fuego por parte de los funcionarios
encargados de hacer cumplir la ley,
Teniendo presente que el Sptimo Congreso, en su resolucin 14, entre otras cosas, subraya que
el empleo de la fuerza y las armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
debe conciliarse con el debido respeto de los derechos humanos,
Teniendo presente que el Consejo Econmico y Social, en su resolucin 1986/10, seccin IX, de 21
de mayo de 1986, invit a los Estados Miembros a que prestaran especialatencinen la aplicacin
del Cdigo a la cuestin del uso de la fuerza y armas de fuego por parte de los funcionariosencargados de hacer cumplir la ley, y que la Asamblea General, en su resolucin 41/149, de 4 de
diciembre de 1986, entre otras cosas, acogi con satisfaccin esta recomendacin formulada por
el Consejo,
Considerando que es oportuno, teniendo debidamente en cuenta su seguridadpersonal,atender
al papel de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en relacin con la administracin
de justicia y la proteccin del derecho a la vida, la libertad y la seguridad de las personas, a su
responsabilidad de mantener la seguridad pblica y la paz social, y a la importancia de sus
calificaciones,capacitaciny conducta,
Los Principios Bsicos que se enuncian a continuacin, formulados para asistir a los Estados
Miembros en sus actividades destinadas a asegurar y fomentar el papel que corresponde a los
funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, deben ser tenidos en cuenta y respetados por los
gobiernos en el marco de sus respectivas legislaciones y prcticas nacionales, y deben sealarse a
la atencin de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, as como de otras personas
como jueces, fiscales, abogados y miembros del poder ejecutivo y legislativo, y del pblico en
general.
Disposiciones generales
1. Los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley adoptarn y aplicarnnormas y reglamentaciones sobre el empleo de la fuerza y armas de fuego contra
personas por parte de funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Al establecer esas
normas y disposiciones, los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley
examinarn continuamente las cuestiones ticas relacionadas con el empleo de la fuerza y
de armas de fuego.
http://www.monografias.com/trabajos15/indicad-evaluacion/indicad-evaluacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/indicad-evaluacion/indicad-evaluacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/indicad-evaluacion/indicad-evaluacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/reperc/reperc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/reperc/reperc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/reperc/reperc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/deficitsuperavit/deficitsuperavit.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/deficitsuperavit/deficitsuperavit.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/deficitsuperavit/deficitsuperavit.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/adpreclu/adpreclu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/adpreclu/adpreclu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/adpreclu/adpreclu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/adpreclu/adpreclu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/deficitsuperavit/deficitsuperavit.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/reperc/reperc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/indicad-evaluacion/indicad-evaluacion.shtml -
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2. Los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley establecern una seriede mtodos lo ms amplia posible y dotarn a los funcionarios correspondientes de
distintos tipos de armas y municiones de modo que puedan hacer un uso diferenciado de
la fuerza y de las armas de fuego. Entre estas armas deberan figurar armas incapacitantes
no letales para emplearlas cuando fuera apropiado, con miras a restringir cada vez ms el
empleo de medios que puedan ocasionar lesiones o muertes. Con el mismoobjetivo,tambin debera permitirse que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
cuenten con equipo autoprotector, por ejemplo, escudos, cascos, chalecos a prueba de
balas y medios detransportea prueba de balas a fin de disminuir la necesidad de armas
de cualquier tipo.
3. Se har una cuidadosaevaluacinde la fabricacin ydistribucinde armas no letalesincapacitantes a fin de reducir al mnimo elriesgode causar lesiones a personas ajenas a
los hechos y se controlar con todo cuidado el uso de tales armas.
4. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, en el desempeo de sus funciones,utilizarn en la medida de lo posible medios no violentos antes de recurrir al empleo de la
fuerza y de armas de fuego. Podrn utilizar la fuerza y armas de fuego solamente cuando
otros medios resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera el logro del resultado
previsto.
5. Cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable, los funcionarios encargados dehacer cumplir la ley:
a.b. Ejercern moderacin y actuarn en proporcin a la gravedad del delito y al
objetivo legtimo que se persiga;
c. Reducirn al mnimo los daos y lesiones y respetarn y protegern la vidahumana;
d. Procedern de modo que se presten lo antes posible asistencia yserviciosmdicosa las personas heridas o afectadas;
e. Procurarn notificar lo sucedido, a la menor brevedad posible, a los parientes oamigos ntimos de las personas heridas o afectadas.
6. Cuando al emplear la fuerza o armas de fuego los funcionarios encargados de hacercumplir la ley ocasionen lesiones omuerte,comunicarn el hecho inmediatamente a sus
superiores de conformidad con el principio 22.
7. Los gobiernos adoptarn las medidas necesarias para que en la legislacin se castiguecomo delito el empleo arbitrario o abusivo de la fuerza o de armas de fuego por parte de
los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
http://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/transporte/transporte.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/transporte/transporte.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/transporte/transporte.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conce/conce.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conce/conce.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conce/conce.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/travent/travent.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/travent/travent.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/travent/travent.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/tanatologia/t