procedimientos operativos policiales en la investigaciÓn del delito contra los medios de...
TRANSCRIPT
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
1
Dedicado a todos nuestros
colegas que en el cumplimiento
de su función han entregado
sus vidas para la seguridad y
protección de la sociedad.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
2
En agradecimiento a la
Dirección de Instrucción y
Doctrina Policial y ECAEPOL,
por organizar el presente Curso
de Capacitación.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
3
PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS
POLICIALES EN LA INVESTIGACIÓN DEL
DELITO CONTRA LOS MEDIOS DE
COMUNICACIÓN EN SU MODALIDAD
CONTRA LOS SERVICIOS PÚBLICOS
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
4
INTRODUCCIÓN
Las Comunicaciones representan la esencia para el desarrollo de los
pueblos. Implican llevar adelante todo un sistema de redes telefónicas, medios
de telecomunicación pública, o comunicación destinada al uso público,
teleinformáticas, a partir de los cuales, se realiza dicho proceso, esencial para
el progreso social e individual. Estamos hablando de un bien jurídico vital para
la sociedad contemporánea, la misma que es protegida por el Estado, en forma
permanente y sistemática.
Las comunicaciones en nuestro país, se han vuelto trascendentes para
el desarrollo en su totalidad. La telefonía en el Perú, a través de la empresa
Telefónica, en el año de 1994 adquirió una mayor expansión, la misma que
determina el avance económico y social de las familias, empresas y diversos
grupos. Este panorama positivo, caracterizado además, por el avance de otros
medios como la radio, la televisión, internet, etc; dan cuenta de la forma en que
el Estado protege estos medios.
Dichos recursos siempre fueron el blanco preferido de los atentados
terroristas, al considerar los medios de comunicación instalados en el país
como estratégicos, porque precisamente se quería cortar el nexo de
comunicación entre el Estado y la población, a efectos de llevar adelante la
insanía de sus proyectos.
Desde un punto de vista doctrinario, consideramos que nuestra
institución tiene el suficiente conocimiento de la realidad, experiencia y criterio
que favorecen la función policial para prevenir investigar y combatir estos
delitos, careciendo sí, de los recursos tecnológicos como, como del personal
suficiente para optimizar su propósito, basado en el principio constitucional (art.
166 ) y normatividad del Código Penal vigente, concordante con otras Leyes.
Cabe precisar que durante el estudio y análisis de la investigación del
delito contra las comunicaciones, se aprecia que si bien es cierto que el bien
jurídico protegido es el derecho a las comunicaciones que le asiste a toda
persona, es cierto también que en ciertos casos se afecta en forma conexa
otro bien jurídico como es la libertad de información y expresión, en el caso de
que se atente contra la seguridad de los medios de telecomunicación pública
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
5
CAPÍTULO I
PLANTEAMIENTO DE LA INVESTIGACIÓN
A. CARACTERÍSTICAS DE LA PROBLEMÁTICA
Los Delitos contra la Seguridad Pública en el cual se incluye los
delitos contra las comunicaciones, generan inseguridad ciudadana,
afectando enormemente la convivencia pacífica y armoniosa que debe
reinar entre los miembros de una comunidad societal que propendan al
desarrollo o crecimiento de la misma. Es por ello, que el bien jurídico en
estos delitos, está considerado a nivel Constitucional y Código Penal
vigente, siendo protegido por el Estado a través de la institución
legitimada y encargada de velar y/o proteger este tipo de derechos, la
DIVINDECSE PNP, teniéndose en cuenta la gran importancia que
revisten para la sociedad y un país las comunicaciones.
Tras producirse el conocimiento de la comisión del delito, por
constatación o denuncia, y una vez establecido que atenta contra las
comunicaciones, entonces la PNP, deberá constituirse en el lugar de los
hechos procediendo al auxilio de las personas, enviándolas a puestos
asistenciales dando aviso al personal especializado (Tránsito,
ferrocarriles, de telecomunicaciones) así como a dependencias públicas
procurando restablecer la libre circulación del tránsito o el
funcionamiento de la empresa, servicio público o nave, realizando una
inspección ocular en el lugar de los hechos, determinando su ubicación
con referencias precisas mediante el levantamiento de croquis y la toma
de fotografías debiendo incautarse todos los elementos que sirvan para
probar la comisión del delito procurando la identificación, búsqueda y
captura del o de los responsables. Capturados estos, se procederá a
efectuarse el registro personal de los mismos, se solicitará antecedentes
o se procederá a su fichamiento, se les interrogará y tomará las
correspondientes manifestaciones así como se investigará sobre la
forma y origen del hecho. En el lugar de los sucesos se establecerá una
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
6
vigilancia policial con el fin de evitar se sustraigan objetos así como para
que no se produzcan nuevos atentados.
Los Medios de Comunicación son aquellos soportes tecnológicos
que permiten el traslado de información a grandes velocidades, en
tiempo real y en base al desarrollo de dispositivos electrónicos y
teleinformáticos. La comunicación es de suma importancia dentro de la
sociedad para el desarrollo de una nación. En los actuales momentos un
problema serio en las comunicaciones ocasiona el atraso de un país,
empresa, institución u organización. Las comunicaciones impulsan el
desarrollo de la Nación.
La Constitución Política establece la obligación de investigar e
intervenir el delito, lo que implica conocer la capacidad para contrarrestar
los delitos contra las comunicaciones, el mismo que está tipificado en el
Código Penal y que significa la vulneración del derecho de las personas
a las comunicaciones; es decir, a disfrutar y obtener los beneficios de los
medios tecnológicos, ya sea en forma individual o colectiva. En tal
sentido, si se afecta el servicio televisivo, radial, cable, Internet, etc. en
realidad se está afectando en forma múltiple a la sociedad, con
perjuicios sociales, políticos y económicos.
En lo que se refiere a los Procedimientos Operativos Policiales
cabe señalar que la Policía aplica la metodología de la investigación, la
misma que consta de una fase preliminar, de planeamiento, de ejecución
y una fase final. A través de los mismos, se desarrolla un conjunto de
diligencias y operatoria debidamente avaladas por la doctrina, los
principios y los valores que sustentan la función policial en el combate
contra los delitos, priorizando el respeto por los derechos de la persona y
la estabilidad del Estado y sus instituciones.
La PNP a través de la DIVINDECSE-PNP es la unidad encargada
de llevar a cabo las investigaciones contra la comisión de los Delitos
contra las Comunicaciones en sus diversas formas y modalidades, para
lo cual realiza su trabajo en forma técnica y científica, empleando el
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
7
Método General de la Investigación Policial, bajo el respeto irrestricto a
la Constitución Política y a los derechos de la persona humana.
De acuerdo con las cifras estadísticas obtenidas para la
realización del diagnóstico entre los años de 1995 al 2004 se determina
que el delito contra las comunicaciones, sujeto a valoración, ha
descendido totalmente en la modalidad específica de atentados contra
las instalaciones, redes, torres o instalaciones de comunicación, sin
embargo dichos delitos se vienen cometiendo bajo otras modalidades
que afectan a los servicios públicos de telefonía pública o móvil, cable,
radiodifusión, etc, ya sea entorpeciéndolos, colocando obstáculos o
dañándolos de tal forma que la colectividad se ve privada de los
beneficios que proporcionan dichos soportes tecnológicos.
B. DELIMITACION DE LOS OBJETIVOS
1. OBJETIVO GENERAL
Conocer las limitaciones que se presentan en los Procedimientos
Operativos Policiales que se desarrollan para la Investigación De
Los Delitos Contra Las Comunicaciones de Servicio Público.
2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Determinar los problemas que surgen en la fase preliminar y de
planeamiento de la operatoria policial en la investigación de los
Delitos contra las Comunicaciones de Servicio Público.
Señalar las limitaciones que se presentan en la Fase de
Ejecución, conclusiones e informe final de la operatoria policial en
la investigación de los Delitos contra las Comunicaciones de
Servicio Público.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
8
C. JUSTIFICACIÓN E IMPORTANCIA
1. JUSTIFICACIÓN
La presente investigación se justifica desde el punto de
vista teórico por cuanto contribuirá a desarrollar las bases
doctrinarias y teóricas que sustentan la Metodología de la
Investigación Policial, en el caso concreto de los Delitos contra las
Comunicaciones.
Desde un punto de vista operativo servirá para darle a la
labor policial un conocimiento amplio de las facultades que
pueden desarrollar frente a estos delitos, lo que se traducirá en
una mejor elaboración de los Atestados e Informes Policiales.
2. IMPORTANCIA
La importancia del tema radica precisamente en que se
fortalecerá el Manual de Procedimientos Operativos Policiales, los
cuales estarán de acuerdo con la necesidad de investigar los
Delitos contra las Comunicaciones. Asimismo, se podrá contar
con criterios definidos y concretos que nos ayuden a desarrollar la
Metodología de la Investigación Policial de manera óptima.
D. LIMITACIONES
Tenemos:
1. No existen antecedentes similares que hayan abordado el tema
con la misma metodología, existiendo información desde el punto
de vista teórico, más no práctico.
2. Falta de tiempo para poder cumplir con la metodología del
trabajo, toda vez que tenemos múltiples obligaciones de carácter
académico así como de servicio en nuestras respectivas
unidades.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
9
CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO
A. ANTECEDENTES
Tenemos el siguiente antecedente:
- MAY. PNP GUTIERREZ ALVAREZ, TEDDY. Fundamentos
filosóficos, doctrinarios y metodológicos, en delitos contra las
comunicaciones. ESUPOL-COEM, 2005.
- CAP. PNP HUERTA RIVERA, ALVARO JUAN. Metodología
de las Investigaciones Policiales en los delitos que afectan a
las comunicaciones. XXXII CAC-CHORRILLOS. 2002.
B. BASES TEÓRICAS
1. OPERATORIA POLICIAL
a. CONCEPTO
La Operatoria Policial, también conocida como
Operatividad Policial, consiste en la ejecución de
operaciones policiales, tanto en el campo preventivo como
el preparativo de la acción punitiva del Estado (represión)
contra toda manifestación delictiva, bajo el criterio
operacional de planificación centralizada y ejecución
descentralizada.
La Operatividad Policial es el brazo ejecutor, es el fin
último de todo el trabajo policial. Todas las tareas, hasta las
más elementales, se realizan en pos de la operatividad de
la institución. Es la “razón de ser” de la Policía.
Las operaciones incluyen laboriosas tareas de
inteligencia, investigaciones, planeamiento, coordinación,
comunicaciones, logística y demás cuestiones. Cada vez
que un efectivo policial sale a patrullar, o ejecuta un
allanamiento, se pone en movimiento todo un sistema
multifacético para ordenar la misión a ejecutar, además del
correspondiente apoyo durante el procedimiento.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
10
b. FASES DE LA OPERATORIA POLICIAL
Consiste en tres fases:
(1) PLANIFICACIÓN Y EMISIÓN DE LINEAMIENTOS
PRELIMINARES
En esta fase los encargados de la Dirección
Policial deberán:
(a) Elaborar los esquemas operacionales y
procedimentales atinentes a la ejecución de la
operación.
(b) Sectorizar la entidad territorial a su cargo a los
fines de asignar a la Policía su respectiva área de
responsabilidad operacional. Cada Policía
actuará dentro del área jurisdiccional que le
corresponda a la jurisdicción de la cual dependa.
(c) Organizar un centro de comunicación, control e
inteligencia policial, el cual debe ser activado en
la dependencia u organismo que posea la mejor
infraestructura tecnológica.
(d) Promover el contacto con la colectividad a los
fines de integrarla a la lucha contra la
criminalidad a través del desarrollo de programas
antidrogas, culturales, deportivos, asistenciales,
etc.
(e) Crear un mecanismo para integrar la labor de
inteligencia a desarrollar por los agentes
policiales, en función de la seguridad ciudadana
para adecuar los procedimientos a los riesgos y
asegurar la eficacia y la eficiencia operacional.
(f) Elaborar un programa de concientización para
fomentar el cumplimiento de las disposiciones
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
11
constitucionales y legales relativas al respecto de
los derechos humanos y ciudadanos.
(g) Elaborar la relación de necesidades que se
requieran para dar cumplimiento a la operación.
(h) Notificar a todos los niveles de comando,
coordinación y control, que en cumplimiento a
expresas instrucciones de la superioridad, en los
casos de significativas alteraciones del orden
público y de ocupaciones ilegales de terrenos y
edificaciones, etc., la Policía Nacional sólo
actuará cuando se emita la orden respectiva, y
ello ocurrirá, después que el diálogo y la
disuasión hayan sido agotados y la Fuerza
Policial haya sido totalmente desbordada en su
actuación.
(2) EJECUCIÓN
El Jefe encargado de las Fuerzas Policiales
deberá:
(a) Ejecutar las actividades policiales destinadas a
contrarrestar la delincuencia en todas sus
manifestaciones en el área que le ha sido
asignada durante el proceso de sectorización,
conforme a los lineamientos previstos.
(b) Mantener la presencia policial en el área de su
responsabilidad mediante el patrullaje constante
en sus diversas modalidades, estableciendo
puntos de control, fijos y móviles, servicios de
punto y operaciones especiales.
(c) Mantener en el sector de su responsabilidad el
flujo de información en todos los sentidos para
lograr una inteligencia útil, adecuada y oportuna,
que facilite el cumplimiento de la misión.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
12
(d) Consolidar la integración de la comunidad con los
funcionarios policiales actuantes, para fortalecer
desde una perspectiva cívico-policial la lucha
contra la criminalidad en el sector de su
responsabilidad.
(3) EVALUACIÓN DE RESULTADOS
(a) Se elabora al término de la ejecución de la
operación, el informe final con sus conclusiones
y recomendaciones.
(b) La base de elaboración de este informe final
serán las evaluaciones semanales suministradas
por los Directores asignados.
2. INVESTIGACIÓN POLICIAL
a. CONCEPTO
Es el proceso metódico, continuo, organizado,
especializado y proceso de análisis y de síntesis que el
pesquisa policial desarrolla respecto a los diversos
aspectos que expliquen la perpetración de un delito a fin de
lograr su esclarecimiento.
En la actualidad la investigación policial del delito es
altamente especializada y recurre a métodos y técnicas
científicas, sobre todo a partir de los avances de la
criminalística.
La investigación policial es una institución legal de
íntimo auxilio en el proceso de esclarecimiento de los
hechos delictivos1.
1 CABANELLAS, Guillermo: "Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual", Tomo IV F-I, Editorial Eliasta-Argentina-1989.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
13
Es el proceso de seguirles la pista o rastrear los
detalles de un incidente, mediante sistemática y paciente
averiguación; llevando consigo la observación y el examen
exhaustivo de los hechos; por tanto, la investigación
policíaca es la busca crítica en pos de la verdad e
información por medio de la reunión de datos y la
aplicación es la busca crítica en pos de la verdad e
información por medio de la reunión de datos y la
aplicación de técnicas para llegar a la reconstrucción de los
hechos.
Es el proceso metodológico desarrollado por el
pesquisa, desde el conocimiento del hecho delictuoso
hasta lograr su esclarecimiento total, aprehendiendo los
elementos de prueba, identificando, ubicando y capturando
al autor(es), y viabilizando una correcta administración de
justicia2.
La investigación policial tiene carácter reservado por
dos razones fundamentales: en principio, porque
solamente la reserva permite garantizar los derechos
fundamentales a la persona del investigado, entre ellos su
nombre y prestigio, su honor, reputación y la de su familia.
con ello se evita la censura y el estigma sociales, que
suelen rodear a quien es investigado policialmente3.
En segundo lugar, una investigación solo se
proyecta a un buen fin, en la medida en que sea planificada
y se desarrolle en modo reservado. Sólo ello le dará
validez y eficacia. Muchas diligencias carecerían de
2 Manual de Inteligencia Estratégica - SINA- TOMO 1, ESIN — SIN —94 3 Crnl. PNP Benedicto JIMENEZ BACA. Proyecto de Manual de Inteligencia Policial Operativa.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
14
sentido que se efectúen si los sospechosos y allegados
estuviesen previamente avisados. Esto explica el que
suelan existir prohibiciones reglamentarias y procesos
administrativos que sancionan la infidencia, en cuanto tales
descuidos producen fracasos. Cuando la responsabilidad,
en la investigación preliminar, la asume el Ministerio
Público, éste debe interesarse en controlar y normar la
reserva.
La investigación policial o investigación previa se
genera alrededor del delito cometido, que deviene a ser el
problema a partir del cual se generan diversas preguntas:
cómo, dónde, cuándo, cuál es el móvil...etc. El policía pasa
de la ignorancia del asunto a la duda, cuando los
elementos de conocimiento se equilibran, sin inclinarse
hacia algún lado; luego la mente se inclina hacia la
hipótesis más verosímil y sólo cuando hay certeza se emite
el Informe o Atestado, sin que ello implique,
necesariamente, que se llegó a la verdad.
Al final de la investigación, el policía investigador o
instructor, está en condición de efectuar la presunción
policial con las evidencias y/o pruebas que comprende la
criminalística.
Ahora bien, si consideramos que el Ministerio
Público actúa como investigador y está presente en la
actuación de diligencias y dirigiendo la investigación, pues
ya no nos encontraríamos solamente ante las conclusiones
de la policía, sino en principio, ante un producto de la
mutua colaboración de ambas instituciones, que por ello
adquiría un notable peso específico, en la persecución del
delito.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
15
Cabe tener en cuenta que el sentido de la
investigación policial, en un inicio, es solamente lograr un
esclarecimiento de hechos, poniendo en claro conductas o
sucesos, con la pretensión de descartar elementos de falta
o delito. No descartados aquellos elementos es que se
produce el giro de grado y se requiere investigar
profundamente.
b. CARACTERÍSTICAS
(1) CONTINUIDAD
La investigación policial es un proceso concatenado
de actividades que está en interrelación con los
diversos aspectos que afectan el problema (delito)
por investigar permitiendo que el investigador logre
sus propósitos que con el esclarecimiento del delito
o el descubrimiento de verdad.
(2) ORGANIZACIÓN
La investigación policial es una secuencia de
espacios sistematizados que siguiendo un orden
lógico y ordenado permiten al pesquisa policial
conducir su nota a la consecución de los fines
deseados.
(3) ESPECIALIZACIÓN
La investigación policial es un trabajo
metodológico de rigor científico técnico requiere,
por un lado, el concurso de profesionales calificados
y por otro, del apoyo indispensable de la ciencia
criminalística.
(4) PREVISIÓN
Ninguna actividad, fase o proceso de la
investigación policial puede realizarse sin la
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
16
previsión y el planeamiento para conseguir los
resultados deseados. Los pasos que sigue el
pesquisa son firmes y calculados.
(5) ACTIVIDAD ANALÍTICA-SINTÉTICA
La investigación policial es una incesante
actividad de análisis y síntesis, es decir la
descomposición de un problema en sus elementos
componentes.
(6) EXPLICATIVO-CAUSAL
La investigación policial permitirá determinar el
quién, dónde, cuándo, cómo, porque y para qué se
perpetró el delito y con qué medios.
(7) METÓDICA
La investigación policial por ser un proceso, es
planeada, no es errática, el investigador policial sabe
lo que busca y como encontrarlo.
(8) LEGAL
La investigación policial por ser conducida por
un funcionario policial, perteneciente a un organismo
del Estado y tener competencia para ello, así como
por estar encausada dentro de la normatividad
vigente es legal.
(9) LA CRIMINALÍSTICA EN LA INVESTIGACIÓN
POLICIAL
La Policía aplica la Criminalística como medio
de apoyo, metodológicamente aplicando en la
investigación del delito, estableciendo por el estudio
y/o análisis de los indicios o evidencias, el móvil, las
pruebas, las circunstancias y los medios empleados
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
17
para su ejecución, así como la identificación del
autor o autores.
c. ETAPAS
(1) INICIO DE LA INVESTIGACIÓN POLICIAL.
La investigación policial, se inicia por
denuncia4 directa del agraviado o cualquier persona
ante la Policía Nacional o Fiscalía da los hechos
delictuosos.
Siendo el Ministerio Público el titular de la
acción penal, la denuncia debe presentarse ante el
Fiscal Provincial Penal de Turno. Si la denuncia se
presenta ante la policía, ésta la comunicará
inmediatamente al Fiscal para que asuma
competencia.
La denuncia deberá contener una narración
circunstanciada y veraz de los hechos, la identidad
del denunciante, su firma, y de ser posible la
Individualización del responsable.
(2) INTERVENCIÓN DEL MINISTERIO PUBLICO.
Hemos manifestado, que toda investigación
policial realizada con presencia del Ministerio
Público y abogado defensor del investigado, genera
la convicción del "elemento probatorio" del Atestado
policial. En este sentido nos obliga a afirmar la
obligatoriedad que tiene el representante del
Ministerio Público de participar en las
investigaciones policiales, la que unida a la labor de
4 BINDER. Alberto, en su obra "Introducción al Derecho Procesal Penal", Pág. 210, define a la "denuncia" como "el acto mediante el cual una persona que ha tenido noticia del hecho conflictivo inicial, lo pone en conocimiento de alguno de los órganos estatales encargados de la persecución penal".
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
18
defensa del implicado, vuelven al documento policial
en "elemento probatorio" del proceso penal.
El representante del Ministerio Público es
defensor de la legalidad, los Derechos Humanos
y los intereses públicos, y cumple funciones de
orientación y supervigilancia en la etapa de la
investigación policial; aunque no todos los
fiscales son conscientes de esta delicada
función.
3. METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN POLICIAL
a. GENERALIDADES
Así como la ciencia tiene un método general de
investigación científica, la Ciencia Policial tiene un Método
General de la Investigación Policial.
La secuencia de este Método tiene las siguientes
fases:
� Conocimiento del hecho.
• Comprobación del hecho.
• Diligencias investigatorias preliminares en la escena del
delito.
• Planeamiento de la investigación policial
• Manejo de informantes y confidentes
• Vigilancias
• Detenciones y capturas
• Incursiones
• Registros
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
19
• Interrogatorio y entrevistas
• Sustentación de la prueba
• Informe de la investigación policial o Atestado.
b. FASES
(1) CONOCIMIENTO DEL HECHO.
a) Debe recepcionarse la denuncia y debe
contener de ser posible la mayor cantidad de
información, indicios que permitan acreditar la
comisión del delito y la responsabilidad del o
los denunciados.
b) Una vez formalizada la denuncia, no es factible
el retiro de la misma por transacciones o
soluciones particulares entre el denunciante y
denunciado o familiares de éste, ya que
jurídicamente con ello no desaparece la figura
delictiva.
c) No es requisito indispensable la ratificación del
denunciante o agraviado (manifestación), para
iniciar y culminar la investigación.
(2) COMPROBACIÓN DEL HECHO
Tomado conocimiento del hecho, debe
precederse a la verificación del mismo a fin de
descartar la posibilidad de seudo agraviado qué
busca obtener beneficios de seguros, lograr el
despido de trabajadores (caso de empleadores),
apropiarse indebidamente de objetos en prenda o de
quienes buscan perjudicar a enemigos particulares.
• Verificar en el mismo lugar las circunstancias en
que se produjo el hecho.
• Establecer la Clase de sustancia o medicamento
materia del delito.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
20
• Reconstruir la posición de cada una de las
personas en el momento de la consumación del
hecho, con el objeto de establecer si éstos dicen
la verdad.
• Indagar por el lugar o lugares del hecho para
determinar la existencia de testigos que certi-
fiquen que el delito fue efectivamente cometido.
• La verificación del hecho, se realiza paralela-
mente con la Inspección Técnico Criminalística
(ITC) y en gran medida con la obtención de
información que se efectúa en el lugar de los
hechos.
(3) INSPECCIÓN TÉCNICO CRIMINALÍSTICA
En su realización, además encontrar las
pruebas de las, comisión del hecho, se descubren
muchos elementos para la identificación e
individualización del delincuente y el mejor
esclarecimiento del caso.
Con mayor detenimiento y abundancia el
Manual de Criminalística explica todo lo relacionado
con la ITC, sin embargo para los delitos contra Ia
seguridad pública deben tenerse en cuenta las
siguientes consideraciones:
• La concurrencia del pesquisa, perito o peritos, en
las unidades territoriales, en ausencia de estos
dos últimos, la ITC la efectuará el pesquisa
encargado de la investigación.
• Actuar con tino y serenidad necesarios, con tal
forma de no dejarse impresionar ni sugestionar
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
21
por los personajes o circunstancias presentes en
la escena del delito.
• Tener en cuenta la influencia del factor tiempo
que es imprescindible para recoger los indicios,
datos e informes con la pureza y autenticidad
necesarios, evitando así cualquier alteración o
destrucción de los mismos, ya sea casual o
intencional.
• No desestimar ninguna información por más
contradictoria o absurda que parezca, hasta no
hacer su respectiva evaluación.
• Tomar apuntes concretos para luego someterlos
a estudios, relacionarlos al hecho y analizarlos
cuidadosamente.
• Examinar con minuciosidad el lugar de la
comisión del hecho, tratando de acumular los
indicios más insignificantes que lleven a la
identificación del delincuente por su «Tarjeta de
Visita».
• Tener presente que el delincuente tiene su
técnica para burlar la acción policial y su
habilidad peculiar a la especialidad, que
constituye su modalidad, que constituye su
modalidad delictiva (modus operandi) el cual
debe ser superado por la policía.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
22
(4) NORMAS PRÁCTICAS
Constituirse al lugar del hecho para apreciar
las circunstancias de su perpetración.
1. Ocupar el escenario del hecho, cuando el
delito está acompañado por la concurrencia
de otros hechos como:
• Lesiones y/o muerte, en este último caso,
acompañado de la presencia de Juez
Instructor, peritos criminalísticos y fotógrafos si
los hubiera.
• AI llegar a la escena, describir los detalles en
forma panorámica hora, como se descubrió el
hecho, etc.
• Perennización de la escena mediante la des-
cripción, fotografía, planimetría o croquis,
dibujo o diagrama.
• Ocupación de indicios y evidencias, así como
la protección, recojo y traslado de los mismos.
• Cierre de la escena, adoptando los medios de
seguridad más convenientes.
• Mantener la cadena de evidencias o cadena de
custodia, que es la posición continuada de las
pruebas, la que deben ser identificadas y
descritas convenientemente con claridad y en
forma inalterable con claridad y en forma
inalterable para ser presentadas a la autoridad
competente, como prueba del delito y la parti-
cipación del delincuente.
• En caso de requerirse exámenes del tipo técni-
co científico, se solicitará la pericia respectiva.
Suelen realizarse exámenes y análisis químico
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
23
toxicológico en alimentos, bebidas, aguas y
otras muestras. De manera similar a los
análisis efectuados en muestras biológicas
extraídas de cadáveres, se realizan análisis de
tóxicos o venenos en muestras alimenticias,
productos agropecuarios, alimentos para
ganado, plañías, aguas de río o para consumo
humano, cíe-, que pudieran contener
sustancias nocivas o hayan sido causa de
intoxicación o muerte por envenenamiento. En
casos necesarios el análisis toxicológico se
complementa con el examen microbiológico
para establecer si la muestra presenta contami-
nación por hongos, bacterias o microorganis-
mos patógenos.
• Formulación del documento respecto a la ITC
efectuada.
2. Obtención de información en el lugar de los
hechos
• Entrevistar a los posibles testigos para obtener
versiones de lo que hayan visto o escuchado
del hecho, procurándose sus nombres y
direcciones domiciliarios.
• Trasladar a los testigos y sospechosos a las
oficinas policiales sin permitirles contando
entre ellos a fin de interrogarlos.
• Obtener la información espontánea del público
que pudiera haber presenciado el hecho o sus
comentarios.
3. Búsqueda de autores, cómplices y
encubridores
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
24
• Seleccionar y proteger a los testigos que
proporcionan información valiosa.
• Las entrevistas e interrogatorios a mujeres y
niños se hará en presencia de testigos y/o
Padres.
• Si se ha utilizado un vehículo y se obtiene el
número de placa, solicitar su captura,
proporcionando las características del
vehículo y sus ocupantes.
• Se buscará e interrogará al propietario del
vehículo.
• Realizar una cuidadosa evaluación de los
informes confidenciales recibidos.
• Remitir fotografías de los identi-kits e identi-
forms a otras unidades para la colaboración
correspondiente.
• Solicitar antecedentes policiales y
requisitorias de los investigados.
• Interrogar a los agraviados o toda persona
que en el instante de la comisión haya
estado presente o tenga acceso al lugar de
los hechos, para obtener informaciones
tendientes a señalar sospechosos o
identificar a los autores.
• Difusión periodística de identi-kits, identi-
forms photo-kits.
• La labor investigatoria debe ser coordinada
con las unidades de dependencias
operativas de la especialidad.
• Buscar información en los centros de
reclusión, lenocinios, casas de tolerancias,
night clubs, taxistas que presten servicios en
las inmediaciones de estos lugares.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
25
• Accionar a los confidentes con la finalidad de
obtener información relacionada con los
delincuentes que operan con la modalidad
investigada, los que «demás serán
individualizados en el álbum fotográfico de
delincuentes, que necesariamente debe
llevar la unidad operativa los llevan las
unidades especializadas.
4. Búsqueda de instrumentos y medio empleado
en la comisión del delito
Esta búsqueda está orientada a determinar
la modalidad empleada y dirigir la investigación
contra delincuentes cuya modalidad se ha
determinado en la ITC.
Los instrumentos o medios empleados
para la comisión del hecho, constituirá
elementos de prueba contra los autores,
debiendo incautarse:
• Materiales explosivos, bombas, armas,
municiones. etc.
• Sustancias adulteradas, sustancias en mal
estado, etc.
5. Identificación, ubicación y captura del autor o
autores
Científica y técnicamente se demuestra la
identificación del autor o autores por el hallazgo,
recojo y cotejo de las huellas digitales latentes
en el lugar del hecho o por el examen y
comparación de otros indicios hallados; como
por la realización de las siguientes diligencias:
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
26
• Versiones de los testigos
• Reconstrucción del rostro (identi-kits)
• Revisión del o los álbunes fotográficos de
delincuentes.
• Detenciones de sospechosos.
• Informes confidenciales.
• Comunicaciones anónimas.
• Investigación de las personas que de alguna
manera resulten relacionadas con el delito
cometido.
6. Identificando el autor o autores, debe
precederse a su inmediata ubicación,
recurriendo a:
• Fuentes de información, que pueden ser:
Particulares: Empresas industriales y
comerciales, clubes sociales y deportivos,
colegios profesionales, asociaciones de
pobladores, hoteles, hospedajes, parroquias,
etc.
Policiales: Sub Dirección de Identificación
Policial, unidades policiales operativas, OCN-
INTERPOL y personal policial.
Estatales: Registro Electoral, Circunscripción
Territorial, Dirección General de Tránsito,
ESSALUD, Oficina de Coordinación Penal.
DIRMIG, SEDAPAL, EE.EE.AA.,
municipalidades, etc.
Varios: Público en general, incluyendo a tos
confidentes, guía telefónica, guía verde, di-
rectorio de profesionales y empresas, etc.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
27
� Vigilancia de los lugares que frecuentan o
pernoctan, Vigilancia al estudio domicilio de
su abogado defensor.
� Seguimiento a los familiares más cercanos,
amantes o enamorados.
� Búsqueda con personas que lo conocen.
Ubicado el autor o autores del delito,
debe procederse a actuar, de acuerdo a los
procedimientos de detenciones y capturas que
establece el presente Manual, debiendo
tenerse presente:
� Todo delincuente siempre implica peligrosidad
al momento de su detención, ya que ésta
priva al sujeto de su libertad, en consecuencia
puede reaccionar con violencia, atentando
contra los captores o contra sí mismos.
� La detención debe realizarse en forma resuel-
ta y el uso de la fuerza debe ser empleado de
acuerdo a la necesidad.
� La incursión en inmuebles con fines de deten-
ción debe tener planificación previa, adap-
tándose las medidas pertinentes y
precautorias del caso, para reducir riesgos,
así como para evitar la fuga del autor o
autores.
� Detenido el autor o autores y conducidos a la
dependencia policial, debe informárseles por
escrito a través de la Notificación de Deten-
ción, del motivo por el cual se les ha privado
de su libertad, comunicándose de inmediato a
la Fiscalía Provincial Penal de Turno.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
28
7. Interrogatorios
Para los interrogatorios, se adoptará la
técnica establecida en el presente Manual,
debiendo tenerse presente:
� Se tratará de obtener en forma clara la narra-
ción de la forma y circunstancias cómo se
cometió el delito.
� El interrogatorio no estará orientado al es-
clarecimiento de un solo caso, sino que debe
relacionarse con otros cometidos con la misma
modalidad.
� La aceptación de la participación del delito por
parte del delincuente, no es elemento suficiente
para considerarlo como tal, por tanto, es
necesario probar su participación y a que
algunos se auto inculpan de hechos que no
han cometido con la finalidad de encubrir a los
verdaderos autores.
� Debe tenerse presente siempre, que todo dete-
nido tiene derecho a comunicarse y ser ase-
sorado con una abogado de su elección y que
las declaraciones obtenidas por la violencia
carecen de valor, sin perjuicio de la respon-
sabilidad penal (Art. 2 inciso 20 párrafo «H» y
«J» de la Constitución).
� Para evitar cuestionamiento y darle garantía a
la investigación, es necesario que las manifes-
taciones de los detenidos se tomen con
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
29
presencia de su abogado defensor, del
representante del Ministerio Público, y que
antes y después de las declaraciones escritas,
pasen reconocimiento medico legal.
El interrogatorio a los cómplices,
encubridores y demás implicados, se llevará a
efecto en forma similar.
4. DERECHO DE LAS COMUNICACIONES
Radica en la protección de la Comunicación ,
como uno de los bienes esenciales para el uso público .
Esto significa comprender la política criminal del Estado
como mecanismo de control social que busca prevenir este
tipo de ilícitos. Para ello, cuenta con una determinada
doctrina policial , que justifica la prevención, investigación
y combate de este delito.
El derecho a las comunicaciones es aquel derecho
fundamental que tienen todos los países, organizaciones e
individuos de poder usar, indiscriminada y legítimamente,
las comunicaciones.
a. DERECHO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Los medios de comunicación , al igual que
los ciudadanos y las sociedades, poseen un
conjunto de normas que los regulan. Estos derechos
son los encargados de unificar la libertad de
expresión y de pensamiento, es decir, las ideas y
opiniones que a través de la palabra, escritura o
cualquier otro medio de comunicación son
divulgadas, complementadas con el derecho a
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
30
comunicar o recibir con libertad la información veraz
por cualquier medio de difusión.
b. ROL DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Los medios de comunicación, es un régimen
de libertades, son los entes que procuran brindar
una perspectiva más justa del acontecer diario.
Ellos intentan de que los diferentes puntos de vista
que se presentan sean la representación más fiel de
la realidad y de esta manera, instituir al ciudadano
de forma integral.
c. SERVICIOS DE MEDIOS DE COMUNICACION
EXISTENTES
(1) Servicio Televisivo
La televisión, es junto con la radio, el
medio de comunicación más popular, esto se
debe a que lo único que hace falta es tener un
aparato y encenderlo, el servicio es gratuito y
existe una amplia variedad de programas a
escoger entre los diferentes canales de
televisión. Esto es pagado por los
anunciantes, eso les permite ofrecer y vender
sus productos a más clientes potenciales. En
los últimos años se ha extendido el sistema
de televisión pagado (cable o satélite), lo que
amplía la cantidad de opciones para el
televidente.
(2) Servicio Telefónico
A pesar de que la telegrafía supuso un
gran avance en la comunicación a distancia,
los primeros sistemas telegráficos sólo
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
31
permitían enviar mensajes letra a letra. Por
esta razón se seguía buscando algún medio
de comunicación eléctrica de voz. Los
primeros aparatos, que aparecieron entre
1850 y 1860, podían transmitir vibraciones
sonoras, aunque no la voz humana. La
primera persona que patentó un teléfono
eléctrico, en el sentido moderno de la palabra,
fue el inventor de origen inglés Alexander
Graham Bell, en 1876. En aquellos años,
Edison investigaba la forma de poder registrar
y reproducir ondas sonoras, abriendo así el
camino a la aparición del gramófono.
(3) Servicio Internet
Internet: El Nuevo Canal de
Comunicación ¿Un nuevo medio de
comunicación de masas
Técnicamente se define la Internet
como una interconexión de redes informáticas
que permite una comunicación directa a las
computadoras que se encuentran conectadas.
Se trata de un conjunto de redes locales
conectadas entre sí a través de un ordenador.
Visto de tal manera no parece resaltante. Sin
embargo, se trata de la mayor red de
conexión de ordenadores que se conoce en el
mundo y que permite una comunicación
(envío y recepción de información) rápida, sin
límites de tiempo ni espacio.
Tomando en consideración que se trata
de un instrumento que permite el envío y
recepción de información.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
32
5. ESTUDIO DEL DELITO
a. CONCEPTO DE DELITO
Según el artículo 11 del Código Penal son
delitos y faltas, las acciones u omisiones dolosas
o culposas penadas por la ley. La nueva
concepción del delito en el Código Penal peruano
proscribe la responsabilidad objetiva y toda forma
de responsabilidad por el resultado , en las que el
autor no quiso realizar el hecho ni pudo preverlo. En
este sentido el artículo 11 del Código Penal peruano
busca limitar la atribución de responsabilidad penal a
conductas( acciones u omisiones) que revisten
carácter de doloso o culposo . No se encuentran
incriminadas las conductas preterintencionales,
éstas son motivo de un concurso de delitos. La Ley
crea el delito y la califica como tal.
b. ELEMENTOS O REQUISITOS DEL DELITO
- La acción
- La tipicidad
- La antijuricidad
- La culpabilidad
- La penalidad
- Las condiciones objetivas de punibilidad
(1) Los elementos del delito
(a) Elemento objetivo.- Es la acción del
hecho delictivo que puede ser por
comisión o por omisión. Esta conducta
debe estar tipificada en el articulo del
Código Penal. Tiene que haber un
agente activo y uno pasivo o agraviado.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
33
El daño puede ser contra una persona
o sobre un bien.
(b) Elemento subjetivo.- Es el dolo y
la culpabilidad.
(c) Sujetos del delito
- El sujeto activo
La persona individual es
la única susceptible de ser
culpable .
- El sujeto pasivo
Es el titular del derecho o
bien jurídico lesionado o puesto
en peligro por el delito. Pueden
ser el hombre individual, las
personas jurídicas, el Estado
(delitos que atenían contra la
seguridad exterior o interior) y la
sociedad o colectividad social.
(d) El cuerpo del delito
Muchos identifican el cuerpo del
delito con el cadáver en un homicidio o
con las armas utilizadas para cometer
el hecho o con la huella dejada por el
autor en el lugar del suceso, esta
acepción común, tiene algo de verdad
,pero no se corresponde con el
concepto técnico-jurídico.
El cuerpo del delito o "Corpus
Delicti" debe quedar establecido antes
de que la culpabilidad del imputado
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
34
pueda ser demostrada . El cuerpo del
delito es "el cuerpo del crimen" o la
prueba del hecho de que
efectivamente se ha cometido un
delito . La definición de todo delito
incluye un grupo de elementos
establecidos por las leyes que lo
definen y tipifican
6. DELITOS CONTRA LOS MEDIOS DE
COMUNICACIÓN
a. CÓDIGO PENAL PERUANO. TIPO BÁSICO
Está tipificado en el Artículo 280 del
Código Penal como atentado contra los
medios de comunicación. Señala:
“El que, a sabiendas, ejecuta cualquier acto
que pone en peligro la seguridad de las
comunicaciones y de cualquier otro medio de
transporte colectivo o de comunicación
destinado al uso público , será reprimido con
pena privativa de libertad no menor de tres ni
mayor de seis años
1) BIEN JURÍDICO PROTEGIDO
Se protege la seguridad de los
medios de comunicación.
Mediante este delito se busca
ejecutar cualquier acto por el que, a
sabiendas, se ponga en peligro la
seguridad de las comunicaciones.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
35
2) TIPICIDAD OBJETIVA
a) SUJETO ACTIVO
Puede ser cualquier persona.
b) SUJETO PASIVO
Lo constituye el
ciudadano y/o la colectividad
que tiene derecho al acceso de
los medios de comunicación
que le parezca conveniente.
3) TIPO SUBJETIVO
Se requiere que el dolo abarque
el conocimiento de la relación causal y
la idoneidad del medio para crear el
peligro, y la voluntad del hecho.
4) CONSUMACIÓN Y TENTATIVA
El delito se consuma al ser
puesta en peligro la seguridad
pública. La tentativa es posible y
penada , si por circunstancias ajenas a
la voluntad del agente, la interrupción,
perturbación, etc, no ocurre. Si cabe la
tentativa; siempre y cuando haya
idoneidad en el acto del agente y no
constituya otro delito.
5) PENALIDAD
Se establece para el que pone
en peligro la seguridad de los
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
36
medios de comunicación destinados
al uso público , pena privativa de la
libertad no menor de tres ni mayor de
seis años. Si se produciera muerte o
lesiones graves, y el agente pudo
preveerlo, la pena será no menor de
ocho ni mayor de veinte años.
MODALIDAD COMÚN EN NUESTRO MEDIO
ATENTADO CONTRA LAS TORRES ELÉCTRICAS
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
37
INSTRUMENTOS EMPLEADOS: EXPLOSIVOS
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
38
b. OTROS DELITOS
1) ATENTADO CONTRA LA
SEGURIDAD COMÚN
a) BASE LEGAL
El Artículo 281 del Código
Penal Peruano señala: “Será
reprimido con pena privativa de
libertad no menor de tres ni
mayor de ocho años, el que crea
un peligro para la seguridad
común, realizando cualquiera de
las conductas siguientes:
1. Atenta contra la
seguridad de los medios
de telecomunicación
pública o puestos al
servicio de la seguridad
de transportes destinados
al uso público.
2. Dificulta la reparación
de los desperfectos en
las fábricas, obras o
instalaciones a que se
refieren los incisos
anteriores.”
b) BIEN JURÍDICO PROTEGIDO
Consiste en los intereses
de la seguridad común.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
39
c) SUJETO ACTIVO
Cualquier persona que
crea peligro para la seguridad
común, realizando las conductas
mencionadas.
d) SUJETO PASIVO
Es la colectividad.
e) TIPO SUBJETIVO
Se requiere el dolo.
f) CONSUMACIÓN Y TENTATIVA
El delito se consuma al
ser puesto en peligro la
seguridad común. Es punible
la tentativa.
g) PENALIDAD
Se establece para el que
pone en peligro la seguridad
común mediante las conductas
especificadas, pena privativa de
la libertad no menor de tres ni
mayor de ocho años.
2) FORMA CULPOSA
Está regulado en el Artículo 282
del Código Penal Peruano señala: “El
que, por culpa, ocasiona alguno de
los hechos de peligro previstos en
los artículos 280º y 281 º será
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
40
reprimido con pena privativa de libertad
no mayor de dos años”.
3) ENTORPECIMIENTO AL
FUNCIONAMIENTO DE SERVICIOS
PÚBLICOS
a) BASE LEGAL
El Artículo 283 del Código
Penal Peruano señala: “El que,
sin crear una situación de
peligro común, impide,
estorba o entorpece el normal
funcionamiento de (...)
servicios públicos de
comunicación (...) , será
reprimido con pena privativa de
libertad no menor de dos ni
mayor de cuatro años”.
b) BIEN JURÍDICO PROTEGIDO
Es la Seguridad Pública
contra un peligro concreto para
los medios de comunicación.
c) SUJETO ACTIVO
Cualquier persona que
obstaculice el desempeño
normal de los medios de
comunicación.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
41
d) SUJETO PASIVO
Lo constituye el
ciudadano, cualquier persona
que tiene derecho a la Seguridad
Pública en el uso de los medios
de comunicación pública.
e) TIPO SUBJETIVO
Se contempla la culpa y
el dolo. Toda vez que se
penaliza la conducta que sin
necesidad de crear una situación
de peligro común, impide,
estorba o entorpece el normal
funcionamiento de los servicios
públicos de comunicación.
f) CONSUMACIÓN Y
TENTATIVA
El delito se consuma con
la acción de estorbar o
entorpecer el normal
funcionamiento de los medios de
comunicación, sin necesidad de
que se materialice aún el peligro
común. Sí se admite la tentativa
por cuanto el hecho de estorbar
y entorpecer, aunque no
generen daño, ya están
penalizados.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
42
g) PENALIDAD
La represión para este
delito es pena privativa de
libertad no menor de dos ni
mayor de cuatro años.
7. FUNDAMENTOS METODOLÓGICOS DE LA
OPERATORIA POLICIAL
1) Delitos Contra los Medios de Transporte,
Comunicación y otros Servicios Públicos
a) Denominación
Investigación de los delitos Contra los
Medios de Transporte, Comunicación y otros
servicios públicos.
b) Concepto
Se trata de proteger el adecuado
funcionamiento de los servicios públicos,
cuyo derecho de esos bienes son de carácter
público y social; cuya alteración traería
consecuencia graves perjuicios a la paz
ciudadana.
c) Modalidades
(a) Atentado Contra los Medios de
Transporte
(b) Exposición peligro de los Medios de
Comunicación Pública :
- Atentados Contra Fábricas, obras,
instalaciones de producción,
transmisión o provisión de
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
43
electricidad o sustancias
energéticas.
- Atentados Contra la Seguridad de
los Medios de Telecomunicación
Pública
- Atentados contra la Seguridad de
Transporte de uso público.
- Dificultad en la reparación de los
desperfectos en las fábricas, obras,
e instalaciones.
- Entorpecimiento, impedimento el
normal funcionamiento de los
Servicio Públicos de comunicación
o de provisión de Aguas,
electricidad o de sustancias
energética similares
d) Base Legal
- Constitución Política del Perú.
- Código Penal Arts. Nos. 280, 281, 282,
283, 284 y 285 respectivamente.
- Código de Procedimientos Penales.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
44
- Ley De Concesiones Eléctricas y su
reglamento aprobado por Decreto Ley.
Nro. 25844, D.S. Nro. 009-93-EM
- Ley de Telecomunicaciones, aprobado
por Decreto Ley Nro. 26096.
- Código Nacional de Electricidad.
- Código de Justicia Militar.
e) Requisitos
- Accidentes culposos.
- Perturbación de Servicios Públicos.
- Abandono de Servicio de Transporte.
- Atentado Contra la Conducción de
Medio de Transporte.
f) Competencia
- A la Policía Nacional del Perú.
- Al Fiscal Provincial de Turno.
- Al Juzgado Penal de Turno.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
45
g) Etapas del Procedimiento
(1) Fase Preliminar
- Se toma conocimiento del hecho
a través de la prensa televisiva,
hablada y escrita de una
investigación previa. (Delito
flagrante).
- Denuncia de parte de la Fiscalía
Provincial Penal, Comisarías
PNP y otras instituciones.
(2) Fase de Investigación
- Comunicar y coordinar con el
representante del Ministerio
Público, con la finalidad de
iniciar las investigaciones.
- Verificar el hecho y practicar la
ITP, recogiendo todas las
evidencias o indicios necesarias.
- Nota de Información.
- Tomar fotografías o levantar
croquis de la escena de los
hechos.
- Valorizar los daños causados.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
46
- Efectuar entrevistas a los
pobladores testigos y demás
personas en el caso que fuera
necesario.
- Realizar los interrogatorios a los
presuntos autores, sospechosos,
etc.
- Durante el interrogatorio a los
presuntos autores, deberá incidir
principalmente en el móvil
(político, venganza, económico,
etc), organización a la que
pertenece y quiénes son los
cabecillas; asimismo, material
empleado para la comisión del
hecho (explosivo, pólvora, etc.).
- Según sea el caso, deberá
coordinarse con las autoridades
de Transporte y Comunicaciones
y entidades afectadas.
- La operatoria estará
condicionada a la modalidad
empleada para la destrucción u
obstrucción de las vías de
comunicación.
- Recibidas las manifestaciones
de las personas implicadas así
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
47
como los testigos, se procederá
a acumular las pruebas
periciales correspondientes a fin
de formular el Atestado
respectivo y poner a disposición
de la Autoridad Competente a
los presuntos responsables.
(c) Fase Final
- Probado el hecho delictuoso,
debe instruirse el Atestado
Policial, con las pruebas
instrumentales y periciales que
se obtuvieron en la investigación
- Remisión del Atestado Policial a
la Fiscalía Provincial de Turno
con los implicados.
8. DIAGNÓSTICO (1995-2004)
a. DATOS ESTADISTICOS SOBRE LOS DELITOS
CONTRA LAS COMUNICACIONES
Durante el período de 1995 al 2004 los delitos
contra las comunicaciones disminuyeron
sensiblemente como consecuencia de haber cesado
el accionar y los atentados terroristas, razón por la
cual tenemos la comisión de este delito en grado
mínimo y bajo la siguiente tendencia:
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
48
Años Delitos contra la
Seguridad
Pública
Delitos contra las
Comunicaciones
1995
1996
1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
105
103
99
93
100
98
95
90
87
85
43
40
39
36
40
38
39
37
35
33
TOTAL
955
380
DIVINSEC-PNP
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
49
DELITOS COMETIDOS CONTRA LAS COMUNICACIONES
ENTRE 1995 – 2004
4340 39
3640 38 39 37 35 33
0
10
20
30
40
50
1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004
CURVA DE DELITOS COMETIDOS CONTRA LAS COMUNICACIONE S
3335
373840
363940
4339
0
5
10
15
20
25
30
35
40
45
50
1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004
Delitos contra lasComunicaciones
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
50
DELITOS CONTRA LAS COMUNICACIONES
4340
39
364038
39
37
3533
1995199619971998199920002001200220032004
Tal como se desprende del presente cuadro se
puede observar una evolución sostenida de esta modalidad
delictiva. Los delitos contra las comunicaciones se han
presentado bajo las modalidades de puesta en peligro del
medio de comunicación, atentados contra la seguridad de
los medios de telecomunicación pública, así como el
estorbo o entorpecimiento del normal funcionamiento
de los servicios públicos de comunicación
A continuación señalo una descripción de los
atestados que se han tramitado ante la DIVINSEC
durante el año 2004.
b. II TRIMESTRE 2004
MISIÓN DE LA DIVINDECCSE
La División de Investigación de Delitos contra
la Seguridad del Estado, tiene como misión
investigar, denunciar y ejecutar acciones rápida
de intervención policial, con la finalidad de detectar
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
51
y/o contrarrestar hechos delictuosos contra la
Seguridad Pública, contra la Tranquilidad Pública,
contra el Estado y la Defensa Nacional, Delitos
contra los Poderes del Estado y el Orden
Constitucional, Delitos contra la Voluntad Popular y
Delitos contra la Administración de Justicia, de igual
modo investiga los atentados contra el Sr.
Presidente de la República, autoridades de los
Poderes Públicos, Personalidades Nacionales y
Extranjeras acreditados y/o que visitan el país.
En el presente Trimestre se han realizado las
siguientes actividades:
1. ATESTADO 042
2. PARTES DE INVESTIGACIÓN 122
3. INFORMES 069
4. NOTAS INFORMATIVAS 100
5. PARTES ADMINISTRATIVOS
001
6. PARTES DE VERIFICACIÓN 095
7. INVESTIGACIONES RESUELTAS 164
8. INVESTIGACIONES PENDIENTES 095
9. DETENIDOS 016
10. CHARLAS DE DD.HH. 007
11. ORDENES DE OPERACIONES 007
“ALERTA ROJA – 2004”
“MARCHA COCALEROS – 2004”
“GARANTIAS POLICIALES – 2004”
“VI CONGRESO SUDAMERICANO DE
INTELIGENCIA ESTRATÉGICA – 2004”
“HIDROCARBUROS – 2004”
“DIA DE LA BANDERA – 2004”
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
52
“VI CURSO DE ANALISTAS DE INTELIGENCIA
ANTIDROGA – 2004”
c. III TRIMESTRE 2004
MISIÓN DE LA DIVINDECSE
La División de Investigación de Delitos contra
la Seguridad del Estado, tiene como misión
investigar, denunciar y ejecutar acciones rápidas de
intervención policial, con la finalidad de detectar y/o
contrarrestar hechos delictuosas contra la Seguridad
Pública, contra la Tranquilidad Pública, contra el
Estado y la Defensa Nacional, Delitos contra los
Poderes del Estado y el Orden Constitucional,
Delitos contra la Voluntad Popular y Delitos contra la
Administración de Justicia, de igual modo investiga
los atentados contra el Sr. Presidente de la
República, autoridades de los Poderes Públicos,
Personalidades y Extranjeras acreditados y/o que
visitan el país.
En el presente Trimestre se han realizado las
siguientes actividades:
1. ATESTADO 028
2. PARTES DE INVESTIGACIÓN 094
3. INFORMES 076
4. NOTAS INFORMATIVAS 096
5. PARTES ADMINISTRATIVOS
004
6. PARTES DE VERIFICACIÓN 081
7. INVESTIGACIONES RESUELTAS 102
8. INVESTIGACIONES PENDIENTES 081
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
53
9. DETENIDOS 115
10. CHARLAS DE DD.HH. 009
11. ORDENES DE OPERACIONES 012
“PRODUCTOS NOCIVOS – 2004”
“DAMERO DE LIMA – 2004”
“COPA AMERICA – 2004”
“MURALLA – 2004”
“BARRAS BRAVAS – 2004”
“ORDEN PÚBLICO – 2004”
“CEREMONIAS CÍVICAS – 2004”
“FIESTAS PATRIAS – 2004”
“II RONDA DE NEGOCIACIONES DEL
TRATADO DE LIBRE COMERCIO – COMERICO
2004
“JUEZ – 2004”
“SANTA ROSA – 2004”
“JAPÓN 2004”
d. IV TRIMESTRE 2004
MISIÓN DE LA DIVINDECSE
La División de Investigación de Delitos contra
la Seguridad del Estado, tiene como misión
investigar, denunciar y ejecutar acciones rápidas de
intervención policial, con la finalidad de detectar y/o
contrarrestar hechos delictuosos contra la Seguridad
Pública, contra la Tranquilidad Pública, contra el
Estado y la Defensa Nacional, Delitos contra los
Poderes del Estado y el Orden Constitucional,
Delitos contra la Voluntad Popular y Delito contra la
Administración de Justicia, de igual modo investiga
los atentados contra el Sr. Presidente de la
República, autoridades de los Poderes Públicos,
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
54
Personalidades Nacionales y Extranjeras
acreditados y/o que visitan el país.
En el presente Trimestre se han realizado las
siguientes actividades:
1. ATESTADO 027
2. PARTES DE INVESTIGACIÓN 072
3. INFORMES 076
4. NOTAS INFORMATIVAS 119
5. PARTES ADMINISTRATIVOS 096
6. PARTES DE VERIFICACIÓN 096
7. INVESTIGACIONES RESUELTAS 099
C. BASE LEGAL
1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ.- Artículo 166
La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental
garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta
protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el
cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y
del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y
controla las fronteras.
2. CODIGO PENAL
Se tienen los delitos contra los medios de cmunicación:
Arts. 280 al 283.
3. LEY DE LA PNP
Ley N° 27238, Art. 7. Las Funciones de la Policía Nacional
del Perú, es la de prevenir, combatir, investigar y denunciar los
delitos y faltas, previstas en el Código Penal y Leyes especiales,
perseguibles de oficio, así como aplicar sanciones, que señala el
Código Administrativo de Contravenciones de la Policía.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
55
4. LEY ORGANICA DEL MINISTERIO PUBLICO
El Artículo 1° señala que el Ministerio Público es el
organismo autónomo del Estado que tiene como una de sus
funciones principales la persecución del delito. También velará por
la prevención del delito dentro de las limitaciones que resultan de
la presente ley ..”.
5. CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES
Según el art.62 del Código de Procedimientos Penales, la
investigación policial previa que se hubiera llevado a cabo con
intervención del Ministerio Público constituye elemento probatorio
que deberá ser apreciado en su oportunidad por los Jueces y
Tribunales, conforme a lo dispuesto en el artículo 283 del Código.
En este título finalmente se establece que en los laboratorios y
gabinetes de la Policía Judicial se realizarán los peritajes que las
investigaciones exijan.
6. CODIGO PROCESAL PENAL
ARTICULO 62º.- El Ministerio Público al promover y
proseguir la acción penal, se sujetará a las normas que sobre
jurisdicción y competencia señala este Código y su Ley Orgánica. En el art. 63 señala que la Policía deberá conducir
compulsivamente al procesado, agraviado o testigo omiso a una
citación cursada bajo apercibimiento
7. LEY 27934
En su artículo 1° y siguientes regula la intervenci ón de la
Policía y el Ministerio Público en la investigación preliminar del
delito
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
56
D. DEFINICION DE TERMINOS
ACTUACIÓN POLICIAL: Se refiere a los actos de iniciación, por los
cuales puede recibir denuncias y levantar actas de denuncias. Asimismo,
puede vigilar y proteger el lugar de los hechos; practicar el registro de
personas, realizar diligencias orientadas a la identificación física de los
autores y partícipes del delito; recibir declaraciones de los testigos;
levantar planos y demás operaciones técnicas y científicas, así como
reunir cuanta información adicional de urgencia permita la criminalística
para ponerla a disposición del Fiscal.
ATESTADO: Documento en el cual se describen los hechos materia de
delito. Lo elabora la PNP.
DELITO: Es la conducta típica, antijurídica y culpable por el cual se
vulneran los bienes jurídicos de las personas y de las instituciones
públicas y privadas. Constituye un acto de transgresión de la norma
penal prohibitiva.
FASE FINAL DE LA INVESTIGACIÓN POLICIAL: Se refiere a la
elaboración del Estado, concretamente al establecimiento de las
conclusiones.
FISCAL: Funcionario autónomo e independiente que dirige desde su
inicio la investigación policial.
HOMICIDIO: Delito que consiste en vulnerar el derecho a la vida, en
privar a un sujeto de tal derecho esencial.
INFORMACIÓN POLICIAL: Es aquella que contiene datos básicos y
actas de diligencias objetivamente irreproducibles.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
57
PESQUISA: Procedimiento policial de investigación y obtención de
información para el esclarecimiento del delito.
PRUEBA: Indicio o evidencia que contribuye al conocimiento del hecho
delictivo, a partir del cual se puede llegar a un conocimiento objetivo de
los hechos.
TITULARIDAD FISCAL: Se trata de la facultad del fiscal para el
adelantamiento de la investigación.. El Fiscal asume la dirección de la
investigación y la ejercita con plenitud de iniciativa y autonomía.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
58
CAPÍTULO III
ANÁLISIS
A. El Desarrollo Progresivo de las Comunicaciones en nuestro país ha ido
en crecimiento, tratando de responder a las exigencias de la
globalización. Las comunicaciones y los medios que se utilizan han
alcanzado un protagonismo sin precedentes en el actual contexto. Hoy
en día los servicios telefónicos, televisivos, Internet, se han convertido
en servicios esenciales para el desarrollo de las comunicaciones en la
sociedad, aspecto fundamental para el progreso social y económico.
B. Los delitos contra las comunicaciones, se caracterizan por su efecto
multiplicador negativo. Se pueden producir estos ilícitos, de tal manera,
que se afecta no sólo la seguridad pública, sino también la libertad de
tránsito, la economía y diversas actividades, cuya marcha depende
directamente del buen estado de las comunicaciones.
C. Los fundamentos de orden legal en el caso de estos procedimientos
operativos, radican esencialmente en la Constitución Política, ley de
leyes, así como también otras normas de inferior jerarquía. Cabe señalar
que los delitos contra las comunicaciones implican afectar, el bienestar
de la colectividad, que de esta manera, ve imposibilitado el progreso
social, así como también la forma en que el Estado ha ido reaccionando
y organizándose para contrarrestar dichos ilícitos.
D. En lo que se refiere a los aspectos operativos, los mismos se
caracterizan por establecer un procedimiento específico, donde se
establecen las diferentes diligencias a realizarse en la comisión de
dichos delitos. De esta manera, se produce una intervención policial,
debidamente legitimada y organizada para combatir la delincuencia.
E. La DIVINDEC-PNP se encarga de investigar, prevenir y combatir estos
ilícitos, para los cuales, tiene una operatoria específica, así como
diligencias orientadas y basadas en la doctrina, principios y valores que
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
59
orientan a la función policial. Sus procedimientos están guiados por la
Constitución, el Código Penal y otras normas de la materia.
F. La operatoria policial en estos casos, comienza con el conocimiento y/o
noticia de la comisión del delito contra los medios de comunicación. Se
procede a constatar la denuncia y una vez establecido que atenta contra
las comunicaciones, deberá el personal constituirse al lugar de los
hechos, procediendo al auxilio de las personas afectadas, trasladándolos
a los puestos asistenciales, requiriendo al mismo tiempo, el aviso al
personal especializado (telecomunicaciones), así como también, a todas
aquellas dependencias públicas, procurando restablecer el
funcionamiento de la empresa que presta el servicio público, realizando
inmediatamente una inspección ocular en el lugar de los hechos,
estableciendo su ubicación con la referencias precisas del caso,
elaborando el croquis correspondiente, ordenándose al mismo tiempo
que se tomen las fotografías necesarias para perennizar información
básica, llevando a cabo inmediatamente la búsqueda y captura del o los
presuntos responsables. Una vez que se les capture se procede a
efectuar el registro personal de los mismos, debiendo solicitarse sus
antecedentes o en todo caso, procediendo a su fichamiento. Se
procederá a tomarles su manifestación, así como también, investigar
sobre el móvil, la forma y el origen del hecho delictivo. Debe
establecerse en el lugar de los hechos, una vigilancia policial, a efectos
de evitar que se sustraigan objetos, así como también, para evitar que
se produzcan nuevos atentados.
G. En la realidad, y desde el punto de vista del diagnóstico, estos delitos
han disminuido, como consecuencia de haberse superado el problema
del terrorismo, que era uno de los factores determinantes para afectar
las instalaciones y medios de comunicación. No obstante en la
actualidad siguen cometiéndose, de tal manera que entorpecen y
obstruyen el normal funcionamiento de dichos soportes y aparatos
comunicacionales y tecnológicos.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
60
CAPÍTULO IV
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
A. CONCLUSIONES
1. La Comunicación como medio de interrelación entre dos o más
personas, puede ser de modo directo o dirigido a toda una sociedad
íntegra, teniendo la particularidad de ser extensiva y a su vez
trascendente porque mantiene a las personas informadas de todo lo
que sucede a nivel local o mundial.
2. Los delitos contra la Seguridad Pública y entre ellos, los delitos
contra las comunicaciones, han adquirido en nuestro tiempo una
importancia vital para el desarrollo societal; puesto que, son la
principal exigencia de un mundo globalizado, observándose además,
que gran parte de las actividades económicas, productivas y sociales,
dependen de dichos medios.
3. En cuanto a los procedimientos operativos, la DIVIDECSE-PNP,
viene acopiando una experiencia operativa muy importante. Se
traduce en el manual de procedimientos aplicado para contrarrestar
dichos delitos. Los actos que se llevan a cabo, están plenamente
justificados en los fundamentos filosóficos y teóricos señalados.
4. La DIVINDECSE-PNP desarrolla sus funciones en base a
lineamientos claramente establecidos que legitiman sus
procedimientos metodológicos de operatoria policial, la misma que
resulta trascendental en el caso de la investigación de los delitos
contra las comunicaciones, porque se garantiza a la colectividad y al
Estado la intangibilidad y protección de los medios de comunicación,
que hoy en día, son determinantes para el desarrollo integral.
5. Con respecto al diagnóstico de estos delitos, los mismos han
experimentado un decrecimiento. A ello ha contribuido la pacificación
del país y la casi nula presencia del terrorismo, que precisamente
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
61
destruía dichos medios comunicacionales, para generar la
inseguridad y el desorden en todos los ámbitos. Las estadísticas
señaladas demuestran que dichos delitos en la actualidad, no
ocasionan mayor daño social.
6. La operatoria policial, que debe llevarse a cabo en estos casos, debe
responder esencialmente a la identificación de los daños producidos
en los equipos, instalaciones y medios que sirven para las
telecomunicaciones. Es lo más inmediato, dado el perjuicio que se
produce para la colectividad, el hecho de que se corten las líneas
telefónicas o se interrumpa los servicios de Internet, con el perjuicio
socio-económico que ello implica.
B. RECOMENACIONES
1. Se recomienda actualizar el MAPROPOL y el MOF de la
DIVINDECSE-PNP, a partir de los fundamentos filosóficos, teóricos y
metodológicos, que la Doctrina Policial establece para el ejercicio de
nuestra función. Esto redundará en una mayor eficiencia en la
prevención, investigación y combate de los delitos contra las
comunicaciones.
2. Se sugiere no descuidar la protección de las comunicaciones; puesto
que si ayer fue el terrorismo, más adelante podrán ser otros sujetos
activos, más interesados en incomunicar y causar desinteligencia
entre la sociedad y el Estado.
3. Se plantea organizar seminarios y conferencias sobre la Doctrina
Policial, dirigido al personal de la DIVINDECSE-PNP a efectos de
que puedan fortalecer su accionar a partir de una mayor identificación
con los presupuestos filosóficos, teóricos y metodológicos que guían
la investigación de los delitos contra las comunicaciones.
XIX Curso en Seguridad del Estado
Procedimientos Operativos Policiales en la Investigación Pág. del Delito contra los Medios de Comunicación en su modalidad contra los Servicios Públicos
62
BIBLIOGRAFÍA
MAPROPOL
DIVINDECSE
LIMA PERÚ
2004
SOLER, SEBASTIÁN.
“DERECHO PENAL ARGENTINO”.
TOMO IV. TIPOGRAFÍA EDITORA ARGENTINA.
BUENOS AIRES.
1951.
VILLAVICENCIO T., FELIPE.
“DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA”.
SEGUNDA EDICIÓN.
LIMA, PERÚ.
DR. BRAMONT-ARIAS T. LUIS A.
“MANUAL DE DERECHO PENAL. PARTE ESPECIAL”.
1ERA EDICIÓN.
EDITORIAL SAN MARCOS.
LIMA, PERÚ.
1994.