SEGURO DE ASISTENCIA DE VIAJE PREMIER 360
PORTADA DE LA PÓLIZA
Activador de la Póliza: Esta póliza se activará en el momento de la recepción del pago. El pago puede ser realizado con tarjeta de crédito no después de un mínimo de 48 horas previas al comienzo del viaje. Derecho a Examinar la Póliza: El Tenedor de la Póliza puede cancelar esta Póliza dentro de las 48 horas posteriores a su recepción y si la fecha de inicio de cobertura no ha comenzado. Un cargo por cancelación de $100 aplica o sin exceder el pago de la prima. Descargo de Responsabilidad de la Póliza: Esta Póliza Limitada de Seguro de GBG constituye una póliza de seguro de viaje internacional. Como tal, esta Póliza se encuentra sujeta a las leyes de Guernesey, Islas del Canal, y el asegurado debe estar consciente de que las leyes que rigen los términos, condiciones, beneficios y limitantes en pólizas de seguro de viaje emitidas y entregadas en otros países incluyendo los Estados Unidos no son aplicables a esta Póliza. Si surge una disputa en cuanto a la interpretación de este documento, la versión en inglés deberá ser considerada como concluyente y tendrá prioridad sobre cualquier otra versión en otro idioma de este documento
Nombre del Asegurado
Fecha de Nacimiento
Dependientes / Viajeros Adicionales (y Fechas de Nacimiento) Fecha Efectiva de la Póliza
Fecha de Finalización de la Póliza (Ambos días inclusive, cualquier zona horaria)
Cobertura Primaria Según se describe en el programa de beneficios
Prima Anual
$
País de Residencia
Moneda
USD
Aseguradora
GBG Insurance Limited
Agente Administrativo
Global Benefits Group, Inc. 26000 Towne Centre Drive, Suite 100 Foothill Ranch, California 92610 USA
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TravelCare Series
*Todos los cargos y servicios se basan en tarifas razonables y acostumbradas. **Para edades mayores a los 70 años todos los beneficios se reducen en un 50%.
PROGRAMA DE BENEFICIOS
Beneficio Cobertura Límites de Beneficios ($)
Edades 2 a **80 Estado (Cubierto)
1 Evacuación Médica de Emergencia Mundial incluyendo el uso de ambulancia aérea
100,000
2 Accidente Personal – Muerte o Incapacidad Accidental (AD&D) 50,000
3
Gastos Médicos por Emergencia a. Máximo de la Póliza b. Máximo por un solo evento c. Póliza por Medicación como Paciente Externo (solo tratamiento
de emergencia)
500,000 100,000
1,000
4 Repatriación de Restos Mortales 25,000
5 Responsabilidad Personal 10,000
6 Servicios de Asistencia y Ayuda de Emergencia vía GBG Assist Estándar
7 Cobertura 24/7 GBG Nurse Assist (RN) traducción médica & diagnóstico por teléfono
Estándar
8 Cancelación y Reducción 3,500
9 Retraso /Pérdida y/o Robo de Equipaje 300/1,500
10 Efectivo para Hospital 600
11 Robo de Automóvil 5,000
12 Dinero y Documentos (boletos, efectivo, notas bancarias) 500
13 Pérdida de Pasaporte 250
14 Retraso de Viaje 1,000
15 Salida Perdida 500
16 Gastos Legales 10,000
17 Deportes: Tratamiento Médico de Emergencia 50% del límite Médico de
Emergencia
18 ATM Safe – Protección por Robo ATM/Bancomat 500
19 Secuestro 1,000
20 Evacuaciones de emergencia por motivos no médicos, incluyendo guerra,
levantamiento civil, desastres naturales u otras causas 500
Beneficio complementario
PREMIER 360 PLUS – Complemento de Cancelación por CUALQUIER
motivo – Ofreciendo reembolsos de hasta el 80% en gastos de viaje no
reembolsables.
$3500, $5000, $7500, $10,000
Opcional
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TÉRMINOS GENERALES DE COBERTURA
1. Cuando se han elegido beneficios de Cancelación de Viaje o de Premiere 360 Plus. EL cliente deberá proporcionar el total
de los gastos del viaje incluyendo, pero sin limitarse a, vuelos, hoteles, y tours pre-pagados; todos los reclamos presentados
requerirán validación de los gastos incluyendo documentación de los proveedores sobre sus políticas de cancelación. El
reembolso por cancelación y/o reducción se basará en la porción no reembolsable del itinerario y NO incluirá cualquier
crédito ofrecido por los proveedores varios
2. Todos los reclamos deben ser presentados dentro de los 90 días posteriores a la fecha del incidente. Cualquier
presentación después de 90 días no será procesada y será regresada a la Persona Asegurada.
3. Todos los reclamos que se originen de este seguro serán regidos por las Leyes del Bailiazgo de Guernesey, Islas del Canal,
cuyas cortes únicamente tendrán jurisdicción sobre cualquier disputa que surja en virtud del presente.
4. Si la Persona Asegurada o cualquier persona que actúe en su nombre realiza un reclamo o declaración sabiendo que éste
es falso o fraudulento en lo concerniente a la cantidad o de otra manera, entonces este Seguro se volverá nulo y todos los
reclamos en virtud del mismo serán retenidos sin reembolso de la prima.
5. La Aseguradora puede, a su propio cargo, entablar procedimientos en nombre de la Persona Asegurada para recuperar
compensación o garantizar una indemnización de un tercero con respecto a una pérdida, daño o gasto cubierto por este
Seguro y cualquier suma así recuperada o garantizada pertenecerá a la Aseguradora.
6. La Persona Asegurada debe tener el cuidado razonable para prevenir un accidente, lesión, pérdida o daño y en todo
momento actuar como si no estuviese asegurada.
7. A menos que se especifique, este seguro no cubre nada causado directamente o indirectamente por la
bancarrota/liquidación de un operador de turismo, agente de viajes, y compañía de transporte o proveedor de hospedaje.
8. Emisión Máxima de Viaje:
a. Póliza de un solo viaje: La duración máxima no debe exceder los 180 días y no puede ser combinada con
ninguna otra póliza para exceder este límite.
b. Póliza Anual: Será nula e inválida en caso de que un solo viaje durante los 12 meses de cobertura exceda los
42 (a menos que se haya elegido la opción de 90 días) días de duración. Cualquier reclamo que surja de
cualquier sección de esta póliza será denegado en caso de que el reclamo se relacione a un incidente que
ocurra después de dicho período de 42 días.
9. Póliza Contigua y Extensiones:
a. Durante un viaje: Ninguna póliza deberá ser emitida en conjunción con la expiración de otra póliza sin que el
viajero regrese a su país de origen/residencia a menos que sea solicitado 72 horas antes de la expiración y
tenga la aprobación de la aseguradora. Cuando y en caso de ser aprobada, aplicará un período de exclusión
de 72 horas.
b. Para las Pólizas Anuales de Viaje: La póliza es renovable cuando la Persona Asegurada está en su país de
residencia.
10. Cobertura de Hijos/Dependientes:
a. Los niños de edades entre los 14 días hasta los 2 años se encuentran incluidos en la cobertura de un
padre/tutor asegurado. No se requiere de una prima adicional.
b. Para los hijos dependientes de edades entre los 2 y 16 años las tarifas dependen de que el viaje sea con un
adulto cubierto y DEBEN AGREGARSE a la póliza dentro de los 30 días siguientes a la emisión del
padre/tutor.
c. Hijos Dependientes No Acompañados de edades entre los 5-16 serán cobrados en la tarifa de adulto (17-
39).
11. Los beneficios y primas en esta póliza pueden ser denominados en Dólares de los Estados Unidos de América, Libras
Esterlinas o Euros, y los beneficios serán expresados en la misma moneda en la que la prima sea pagada.
12. Edad Máxima: Los cálculos de las primas serán basados en su edad al momento del inicio de la póliza y cesarán
cuando la Persona Asegurada cumpla los 80 años de edad.
13. Disposición sobre Seguro en Exceso: El seguro proporcionado bajo ambos, Médico y Evacuación, será en exceso de
todos los demás seguros o indemnizaciones válidos y pagaderos y aplicará únicamente cuando dichos otros beneficios
sean agotados. En caso de que no exista ningún otro seguro esta cobertura se vuelve principal, reservándose GBG el
derecho de revisar y potencialmente subrogarse con cualquier cobertura no declarada, ya sea que la Persona
Asegurada la conozca o no.
14. En caso de que esta póliza sea traducida a un idioma distinto al inglés, el idioma por defecto en caso de interpretación
también será el inglés.
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TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA PÓLIZA
Los beneficios aplican cuando la Persona Asegurada se encuentra afuera de su país de residencia
permanente y a una distancia mínima de 350 millas/500 km de la dirección de registro de la Persona
Asegurada.
1. Evacuación Médica de Emergencia: El plan cubre los costos razonables y acostumbrados de una
evacuación de emergencia cuando no haya tratamiento médico disponible localmente y se
considere necesario y haya sido pre-aprobado por GBGAssist (la aseguradora), sus asesores
médicos y el médico que atiende—a un lugar adecuado donde se le prestará cuidado inmediato y
apropiado que puede o no ser su país de origen. Si el Asegurado no obtiene pre-aprobación de GBG
Assist, GBG se reserva el derecho a denegar cobertura o aplicar co-pagos sustanciales a los costos
asociados hasta un máximo del 50% del costo de la evacuación.
a. Acompañante: El seguro permite el viaje y gastos de acomodación para una persona (por
ejemplo, un familiar o amigo que sea residente del país de origen de la Persona
Asegurada), a quien por indicación médica se le ha aconsejado juntarse con, acompañar,
quedarse con o escoltar a la Persona Asegurada. Los costos de transporte serán por
compañías comerciales y en clase económica. Beneficio Máximo total $2,500.
b. Continuación: Una vez pre-aprobada por GBG Assist, la cobertura incluye transporte en
clase económica para la Persona Asegurada, si es medicamente capaz, al punto de destino
inicial para continuar con el viaje.
c. Repatriación por Motivos Personales/Familiares: Este beneficio solo se encuentra disponible si se
ha añadido Cancelación y Reducción a la póliza. Por favor ver Beneficio #8.
d. Repatriación para Tratamiento Médico: GBG se reserva el derecho de revisar y repatriar
cualquier caso en que la Persona Asegurada se encuentre medicamente estable y que con
el consejo de los Médicos de la Aseguradora y los que le atienden pueda ser evacuada a
discreción de GBG al país de residencia y cualquier forma de tratamiento o cirugía que en la
misma opinión médica pueda ser retrasada hasta que la Persona Asegurada vuelva a su
país de origen. La negativa de aceptar la repatriación cuando se ha estabilizado
medicamente puede resultar en que la aseguradora deniegue más beneficios y cobertura
2. Accidente Personal / Muerte o Desmembramiento Accidental:
A. Depende de los niveles de beneficio seleccionados bajo Gasto Médico. La póliza pagará de
acuerdo con la siguiente escala siempre y cuando sea el resultado de la lesión corporal de la
Persona Asegurada causada por medios accidentales, externos, violentos y visibles que
deberán solamente e independientemente de cualquier otra causa ocurrir dentro de los 12
meses calendario, posteriores a la fecha del accidente. Este beneficio es pagado únicamente
cuando la Muerte o Incapacidad se encuentra directamente relacionada a un incidente que
ocurrió durante un viaje con una empresa común la que se define como cualquier forma de
trasporte público programado. Nota: Para hijos menores de 16 años el beneficio por muerte se
limita a 1,000.
B. El grupo etario de 70 a 80 se encuentra excluido de toda cobertura por incapacidad bajo esta
póliza. La cobertura por Muerte Accidental se restringe al transporte público y se limita a
$50,000.
C. Descripción de la Pérdida Porcentaje de
Suma Principal
Pérdida de la Vida 100
Pérdida del Habla y Pérdida de la Audición 100
Pérdida del Habla y uno de los siguientes: Pérdida de Mano, Pérdida de
Pie o Pérdida de Vista de Un Ojo 100
Pérdida de la Audición y uno de los siguientes: Pérdida de Mano,
Pérdida de Pie o Pérdida de Vista de Un Ojo 100
Pérdida de Manos (Ambas), Pérdida de Pies (Ambos), Pérdida de
Vista o una combinación de dos de las siguientes: Pérdida de
Mano, Pérdida de Pie o Pérdida de Vista de Un Ojo 100
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Cuadriplejía 100
Paraplejía 75
Hemiplejía 50
Pérdida de Mano, Pérdida de Pie o Pérdida de Vista de Un Ojo
(cualquiera de cada uno) 50
Monoplejía 25
Pérdida de Dedos Pulgar e Índice de la misma mano 25
D. Exclusiones y Condiciones Específicas
i. Las condiciones que surjan del motociclismo ya sea como conductor o
pasajero no serán pagaderas en virtud del presente.
ii. En caso de un reclamo se le permitirá a un asesor o asesores
médicos nombrados por la Aseguradora, tan frecuentemente como la
Aseguradora lo considere necesario, examinar a la Persona
Asegurada.
iii. La aseguradora no será responsable por un reclamo que se origine de
tratamiento médico o quirúrgico (a menos que se considere necesario
por lesión corporal accidental).
iv. El pago del beneficio por incapacidad permanente se realizará
únicamente previa certificación por una junta médica de que la
Persona Asegurada se encuentra totalmente incapacitada para
involucrarse en una ocupación lucrativa por 12 meses y al final de
ese periodo no se encuentra en la capacidad de mejorar en un futuro
para regresar al trabajo.
3. Gastos Médicos de Emergencia: Cobertura de tratamiento de emergencia por accidente o
enfermedad aguda que ocurre durante el periodo del seguro. La cobertura máxima por evento
se limita a $100,000 USD y no podrá exceder los $500,000 en un año póliza por múltiples
eventos.
GBG Assist requiere aviso tan pronto como sea posible para todas las situaciones que
requieren tratamiento médico de emergencia en exceso de $500. El aviso apropiado
asegurará que usted reciba el mejor servicio posible y puede resultar en que nosotros
proporcionemos pagos al proveedor así como el ofrecimiento de consejo y referencias
a proveedores médicos con licencia. Si no somos avisados su reclamo puede ser
sujeto a co-pagos adicionales y/o la denegación del reclamo.
A. Esto puede incluir gastos usuales, acostumbrados y razonables incurridos hasta el
momento en que, en opinión del doctor que atiende y los consejeros médicos de
la Aseguradora, la Persona Asegurada esté en condiciones de viajar siempre y
cuando todos estos ocurran dentro de los 12 meses posteriores a la fecha del
incidente (afuera del País de Origen) con respecto a cargos médicos, quirúrgicos y
hospitalarios incluyendo tratamiento dental de emergencia (para el alivio
inmediato del dolor $500 como máximo), medicamento para paciente con
internamiento, ambulancia y cargos por centro de cuidado médico y asistencia de
enfermería; gastos razonables por acomodación adicional (habitación
únicamente);
i) Fisioterapeuta y quiropráctico cuando se relacione con una lesión que
ocurra durante el periodo del seguro y que sea prescrito por un doctor
médico con licencia [Beneficio Máximo $2,500.]
ii) Medicamento prescrito a paciente sin internamiento sujeto a un límite de
póliza de $1,000 para situaciones de emergencia médica únicamente.
Medicinas de prescripción por un evento no cubierto no son elegibles para
reembolso.
B. Acompañante: El seguro permite gastos razonables de viaje y acomodación
(habitación únicamente) para una persona (por ejemplo, un familiar o amigo que
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sea residente del país de origen de la Persona Asegurada), a quien por indicación
médica se le ha aconsejado juntarse con, acompañar, quedarse con o escoltar a
una Persona Asegurada severamente incapacitada. Los costos de transporte
serán por compañías comerciales y en clase económica. [Beneficio Máximo $300
por día / 6000 total].
C. Enfermedad Aguda / Enfermedad de Emergencia se define como una condición
médica que, a menos que sea tratada médicamente, resultaría potencialmente en
el deterioro de la condición de la Persona Asegurada que podría resultar en una
situación que amenaza la vida.
D. Motocicletas, Ciclomotores, Motos Scooter, vehículos motorizados de dos o tres llantas y/o
embarcaciones tales como motocicletas acuáticas, jet ski u otros dispositivos con motor:
Sujeto a un máximo de póliza del 10% del límite según se señala en el Programa de
Beneficios. Si no tiene límite, la cobertura máxima es de $25,000 USD o su equivalente.
E. Gastos por Cuidado Infantil: Reembolsa el costo por el cuidado de un infante para un
infante dependiente si una lesión corporal accidental causa la incapacidad o pérdida de la
vida de la Persona Asegurada. El beneficio máximo es de $1,000 y termina cuando el
infante es reunido con su familia o cuidadores designados.
F. Usuales, Razonables y Acostumbrados: Con respecto a honorarios o cargos, honorarios por
servicios médicos o insumos que se relacionan de la siguiente manera:
i. Los usualmente cobrados por el proveedor por el servicio o insumo proporcionado y
que NO es mayor que el promedio cobrado por el servicio o insumo en la localidad
donde el servicio o insumo es recibido.
ii. Cuando hayan menos de 3 instalaciones capaces de proporcionar servicios similares
dentro de una distancia de 50 millas significa: NO mayor de 2 veces la tarifa promedio
cobrada por otros proveedores por los mismos servicios recibidos por el cliente y
validados por los registros de la aseguradora.
iii. GBG es la autoridad final para determinar los niveles establecidos para los cargos
Usuales, Razonables y Acostumbrados.
4. Repatriación de Restos Mortales:
Esta póliza incluye un beneficio para, ya sea, la repatriación de restos mortales o el entierro
local. Este beneficio excluye cargos por la devolución de artículos personales, servicios
religiosos o seculares, clérigos, flores, música, esquelas, gastos de invitados y preferencias
personales para entierro similares.
Todos los beneficios de Repatriación deben ser coordinados y pre-aprobados por GBGAssist.
5. Responsabilidad Personal: (Lesión corporal al asegurado)
Cobertura por responsabilidad legal incluyendo costos legales que surjan de un accidente
que resulte en lesiones corporales en personas distintas al Asegurado, su familia y
empleados.
Con sujeción al límite de la póliza en el programa de beneficios en todo se indemnizará a cada
Persona Asegurada contra responsabilidad legal por lesiones corporales en personas que no
sean empleados o miembros de su familia y/o daño a bienes excluyendo aquellos de
propiedad de o en custodia o control de la Persona Asegurada o su familia que surja de un
accidente que ocurra durante el Periodo del Seguro incluyendo gastos legales.
Condiciones y Exclusiones: Las Aseguradora no será responsable por reclamos que se originen
directamente o indirectamente de:
A. Responsabilidad del empleador, responsabilidad contractual o responsabilidad con un
miembro de una familia o un acompañante de viaje;
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B. Animales que pertenezcan a o estén al cuidado, en custodia o en control de la Persona
Asegurada;
C. Cualquier acto deliberado, malicioso o ilegal;
D. Ejercicio del comercio, negocios o profesión;
E. Propiedad u ocupación de tierra o edificaciones;
F. Propiedad, posesión o uso de vehículos, aeronaves o embarcaciones impulsadas a motor;
G. La influencia de licor intoxicante o el uso de armas de fuego;
H. Costos legales que resulten de cualquier proceso penal;
I. El límite del seguro es para cualquier evento individual aun si múltiples pérdidas se incurren
por múltiples asegurados portadores de la póliza;
J. La Persona Asegurada no puede obligar o tener efecto vinculante si admite responsabilidad
por una pérdida, daño o lesión causada por su persona.
6. Asistencia de Emergencia: GBGAssist– 24 horas al día, 7 días a la semana.
A. Para emergencias médicas y asistencia con su cuidado médico, contacte a GBG Assist en
E.E.U.U. /Canadá sin costo de conexión: 1-866-914-5333 o Mundialmente por cobrar: 1-
905-669-4920. GBG Assist DEBE SER AVISADO tan pronto como sea posible de todas las
situaciones que requieran tratamiento médico de emergencia en exceso de $500. La
falta de aviso puede resultar en co-pagos sustanciales y/o la denegación de un reclamo.
B. Los clientes tendrán todos los beneficios de asistencia de GBG Assist las 24 horas del día 7
días de la semana.
C. Estos servicios incluyen preautorización, admisión hospitalaria, citas médicas,
referencias y citas de seguimiento en el hogar, asegurándose de que su médico regular
sea informado del tratamiento recibido en el extranjero y de su condición médica actual.
D. A petición, GBG Assist también puede coordinar todos los requisitos de vuelo, recogida
en el aeropuerto y transporte para la Persona Asegurada y su familia, supervisión del
destino y proveer servicios de traducción cuando sea requerido.
Los siguientes servicios están incluidos:
7. GBG Asistencia Enfermería (RN)
Provee un recurso instantáneo por teléfono 24/7 para ayudar en el diagnóstico de un problema
o síntoma cuando usted necesita de asesoría médica y no está seguro sobre qué hacer. GBG
Asistencia Enfermería evaluará sus síntomas y le ayudará a guiarse a la mejor solución,
incluyendo la referencia inmediata al centro médico más cercano. Se accede a Asistencia
Enfermería contactando a GBG Assist en E.E.U.U. / Canadá sin Cargo por Conexión: 1-866-914-
5333 o Mundialmente por cobrar 1-905-669-4920.
8. Cancelación y Reducción:
A pagar de acuerdo con o contratado para ser pagado como resultado del beneficio máximo
especificado en el programa de beneficios para cada Persona Asegurada con respecto a la
pérdida de un viaje y gastos de acomodación, penalidades publicadas y gastos pre-pagados no
Servicios de Emergencia y Asistencia Regreso de hijo dependiente / acompañante
de viaje
Administración y revisión de caso médico Repatriación de restos
Manejo y coordinación de evacuación médica Servicios de Traducción Médica
Coordinación de visita de un miembro de la
familia
Contactos de Embajadas
Repatriación
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utilizados no reembolsables, viaje/vacación pagada que sea necesariamente e inevitablemente
cancelada o reducida debido a causa enunciada a continuación que comience y ocurra durante
el periodo del Seguro siempre que dichos gastos no sean recuperables de ninguna otra fuente.
A. Enfermedad, Lesión Seria o muerte de:
1. La Persona Asegurada o la persona con la que él/ella viaja o ha dispuesto
viajar;
2. El cónyuge, padre o madre, suegro o suegra, abuelo o abuela, hijo o
hija, nieto o nieta, hermano, hermana, prometido o prometida, o
colega cercano de negocios (persona con cargo esencial y
obligaciones de persona con cargo esencial únicamente), siendo
dicha persona residente del País de Origen de la Persona
Asegurada, o de la persona con quien la Persona Asegurada se
encuentra viajando o con quien ha dispuesto viajar;
3. Cualquier persona con quien la Persona Asegurada ha dispuesto residir
temporalmente durante el Periodo del Seguro y que puede continuar sin dicha
persona según se define aquí pagando el costo de viaje por cambio de clase
de acomodación de ocupación doble a sencilla.
B. Aplicabilidad:
1. La lesión o Enfermedad de un Asegurado, Acompañante de Viaje o Miembro
de la Familia que viaje con la Persona Asegurada deberá ser tan incapacitante
que razonablemente cause que un Viaje sea cancelado o interrumpido, o que
resulte en restricciones impuestas medicamente según sea certificado por un
Médico al momento de la Pérdida impidiendo su participación continuada en
el Viaje.
2 . Si el Asegurado debe cancelar o interrumpir su Viaje debido a Lesión o
Enfermedad de un Miembro de su Familia que no viaja con él o ella, debe ser
porque su condición pone en peligro su vida, según lo certifica un Médico o
porque directamente requiere del cuidado del Asegurado.
3. La Lesión o Enfermedad del Colega Cercano de Negocios debe ser tan
incapacitante que razonablemente cause que la Persona Asegurada cancele o
interrumpa el Viaje para asumir el manejo diario del negocio (Persona con
Cargo Esencial). Dicha incapacidad deberá ser certificada por un Médico.
C. Otros Eventos:
1. Quiebra Financiera de una aerolínea, línea de cruceros, o tour operador
siempre que la Quiebra Financiera ocurra más de 14 días después de la fecha
efectiva de una Persona Asegurada. No hay cobertura por la Quiebra
Financiera de ninguna persona, organización, agencia, o firma de quien la
Persona Asegurada haya comprado arreglos de viaje proporcionados por otros.
Esta cobertura aplica únicamente si el seguro fue comprado dentro de los 15
días calendario siguientes al Pago de Viaje Inicial;
2. Huelga que resulte en el cese completo de servicios de viaje en el punto de
salida o Destino;
3. Que la Residencia Principal de la Persona Asegurada se vuelva Inhabitable por
un Desastre Natural, vandalismo o incendio;
4. Que el Destino de la Persona Asegurada se vuelva inhabitable por causas
naturales tales como inundación, tornado, terremoto, incendio, incendio
forestal, erupción volcánica, o ventisca;
5. La predicción de un huracán con nombre que cause la cancelación de viajes al
Destino de la Persona Asegurada que sea Inaccesible o Inhabitable. La
Aseguradora solo pagará beneficios por pérdidas que ocurran dentro de los 30
días calendario después de que el nombrado huracán vuelva el Destino del
Asegurado Inaccesible o Inhabitable. Los beneficios no son pagaderos si el
huracán es nombrado en o antes de la fecha efectiva de la cobertura de la
Cancelación del Viaje del Asegurado;
6. Que la Persona Asegurada sea emplazada, requerida para servir como jurado,
secuestrada o puesta en cuarentena;
7. Que la Persona Asegurada o sea llamada al servicio militar activo o que el
permiso militar le sea revocado o sea reasignada;
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8. Incidente Terrorista en una Ciudad contenida en el itinerario de la Persona
Asegurada dentro de los 30 días siguientes a la llegada programada del
Asegurado;
9. Que la Persona Asegurada o Compañero de Viaje sea involuntariamente
despedido o dado de baja sin causa imputable al mismo, siempre que él o ella
haya sido empleado activo para el mismo empleador por al menos dos años.
La terminación debe ocurrir después de la fecha efectiva de cobertura. Esta
disposición no aplica a empleo temporal, contratistas independientes o
personas auto-empleadas.
D. Condiciones y Exclusiones:
La Aseguradora no será responsable por reclamos cuando al momento de la contratación
de este seguro y/o previo a la reserva de cada viaje separado:
1. La Persona Asegurada está consciente de cualquier condición médica o serie
de circunstancias que pudiese, razonablemente, esperarse dé lugar a un
reclamo;
2. Cualquier persona, incluyendo aquellos que no viajan, cuya condición puede
dar lugar a un reclamo;
3. Y que haya, durante los 12 meses previos a la contratación del seguro,
sufrido de cualquier condición médica que haya necesitado de consulta
o tratamiento a menos que esto haya sido declarado a y aceptado por la
Aseguradora;
4. Esté recibiendo , esté en una lista de espera para o tiene conocimiento de la
necesidad de tratamiento con internamiento en hospital o clínica de reposo;
5. Se espera que dé a luz antes o dentro de las ocho semanas posteriores a la
fecha de regreso a casa;
6. Esté viajando en contra del consejo de un Practicante de Medicina o con el
propósito de obtener tratamiento médico en el extranjero;
7. Ha recibido un pronóstico terminal.
E. La Aseguradora no será responsable por reclamos que directamente o indirectamente se
originen de:
1. Suicidio o intento de suicidio, lesión auto-infligida intencionalmente, el efecto
intoxicante de licor o drogas;
2. Motociclismo, ya sea como piloto o pasajero, a menos que el piloto tenga una
licencia vigente que le permita conducir una motocicleta;
3. Cualquier circunstancia que se manifieste después de la fecha de reserva
pero antes de la fecha de la emisión de este certificado;
4. Indisposición a viajar;
5. Cualquier costo incurrido con respecto a visas obtenidas con relación al viaje
reservado.
F. En caso del incumplimiento de una Persona Asegurada de notificar al Agente de Viajes,
Operador de Turismo o proveedor de transporte/acomodación inmediatamente en el
momento que se entera de que es necesario cancelar el viaje/vacación. La responsabilidad
de la Aseguradora se restringirá a los cargos de cancelación que hubiesen aplicado en ese
momento.
G. Cuando sea utilizado un valor declarado los estimados de costo del viaje deben incluir
vuelos, hoteles, y tours pre-pagados; todos los reclamos presentados requerirán validación
de los gastos pagados en el viaje incluyendo documentación de los proveedores sobre sus
políticas de cancelación. El reembolso por cancelación y reducción se basará en la porción
no reembolsable del itinerario y NO incluirá cualquier crédito ofrecido por los proveedores
varios.
9. Retraso de Equipaje: Reembolso con respecto al reemplazo de lo necesario en caso de que el
equipaje se encuentre perdido temporalmente en tránsito durante el viaje de ida por más de
12 horas, hasta un máximo de 100 por día por un máximo de 7 días [($700 máximo.]
Pérdida de Equipaje y/o Robo: Todos los reclamos se encuentran sujetos a un deducible de
$50.
9 | P a g e
Reembolso hasta un máximo de $2,500 con respecto a pérdida accidental o robo o daño de
equipaje, vestimenta y artículos personales pertenecientes a (no alquilados, prestados o
encomendados a) la Persona Asegurada, sujeto a un pago máximo de:
$500 con respecto a cualquier artículo por sí solo, par o conjunto de artículos;
$300 en conjunto con respecto de objetos valiosos/electrónicos (ver definición más
adelante).
Nota: Los reclamos serán evaluados sobre una “base de indemnización” únicamente – NO de
“nuevo por viejo”. Esto significa el valor de mercado del artículo menos una deducción por edad,
uso, desgaste y depreciación, o el costo de la reparación, lo que sea menor. Si un artículo se
daña sin posibilidad de reparación el reclamo se manejará como si el artículo se hubiese
perdido.
Definición: Se entenderá como objetos valiosos equipo fotográfico, tabletas PC, computadoras,
iPods, reproductores de CD y equipo personal de música y estéreo, CD’s, computadoras, juegos
de computación, y equipo relacionado, aparatos auditivos, telescopios y binoculares,
antigüedades, joyería, relojes, pieles y artículos hechos de o que contengan oro, plata u otros
metales preciosos o pieles de animales o cueros. Cualquier artículo de valor será evaluado
sobre una base de caso por caso.
Condiciones y Exclusiones:
A. La Persona Asegurada debe tener el cuidado apropiado y normal en la supervisión de los
bienes asegurados en todos los casos de pérdida.
B. La Aseguradora no será responsable por:
I. Una pérdida o robo, o sospecha de robo no reportada a la Policía dentro de las 24
horas siguientes a su descubrimiento y habiendo obtenido un reporte escrito;
II. Un daño o pérdida o robo de bienes en tránsito, que no haya sido reportado a la
empresa y sin obtener reporte escrito. En el caso de una aerolínea, se requerirá un
Reporte de Irregularidad en Bienes;
III. Pérdida o robo de un bien dejado sin supervisión en un lugar público;
IV. Un robo en un vehículo de motor sin supervisión a menos que el bien se encuentre
en un área de equipaje bajo llave/cubierta, y exista evidencia de entrada forzada
que haya sido verificada por un Reporte Policial;
V. Una pérdida en vehículos de motor dejados sin supervisión en cualquier momento
entre las 10:00 pm y las 8:00 am; VI. Pérdida, daño o robo de objetos de valor y dinero empacados en maletas u otros
contenedores durante el viaje.
C. Bienes no cubiertos por este Seguro:
I. Piedras preciosas sueltas, lentes de contacto o intraoculares, espejuelos o
accesorios;
II. Estampillas, documentos, escrituras, manuscritos o títulos valores de cualquier tipo;
III. Artículos de naturaleza perecedera;
IV. Bienes comerciales, muestras, herramientas de comercio o accesorios de motor; V. Bienes que estén más específicamente asegurados en otro lugar;
VI. Enseres de uso doméstico y contenidos del hogar.
D. La Aseguradora no será responsable por:
I. Pérdida o daño causado por la descomposición, uso y desgaste, polillas, plaga o
condiciones atmosféricas; II. Deterioro o perturbación mecánica de cualquier tipo;
III. Daño a maletas (a menos que se vuelvan inutilizables); IV. Pérdida debido a confiscación o detención por Aduanas u otra autoridad;
V. Daño a equipo deportivo mientras esté en uso o pérdidas de joyería mientras se
nada;
VI . Rotura o daño de artículos frágiles y cualquier consecuencia de esto.
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E. En caso de un reclamo con respecto a un par o conjunto de artículos la Aseguradora solo
será responsable con respecto al valor de la parte del par o conjunto que esté perdida,
robada o dañada.
F. Los reclamos no serán considerados a menos que se proporcione prueba de la
propiedad y evidencia del valor.
G. Cualquier cantidad pagada por la pérdida temporal de equipaje será deducida de la
liquidación del reclamo final si el equipaje resulta permanentemente perdido.
H. Prueba de un reporte de maleta perdida debe haber sido presentada con la empresa de
transporte.
Definición: Empresa Común – Significa cualquier empresa de transporte por tierra, mar o aire
operada con una licencia de transporte de pasajeros para renta.
10. Beneficio de Efectivo para Hospital
Un beneficio en efectivo de $75 por día por cada 24 horas completadas como paciente
internado; pagadero después de las primeras 24 horas el beneficio máximo es de $600. Este
beneficio es típicamente usado para costear gastos incidentales tales como pasaje de taxi,
llamadas telefónicas u otros gastos misceláneos mientras se está hospitalizado.
11. Robo de Automóvil:
Este beneficio provee para gastos relacionados (reemplazo de alquiler (no reemplazo de
vehículo), bienes robados, etc.) con la remoción forzada ilegal o detención de una Persona
Asegurada mientras opera o viaja como pasajero en, abordando o descendiendo de, un
Automóvil de Pasajeros Privado durante el robo o intento de robo de dicho Automóvil de
Pasajeros Privado. Los incidentes de robo de automóvil deben ser confirmados por escrito vía
reporte policial en la jurisdicción donde la Pérdida ocurra
12. Dinero y Documentos (boletos, efectivo, notas bancarias):
Reembolso a cada Persona Asegurada con respecto a la pérdida accidental o robo de efectivo,
notas bancarias (llevadas en la Persona Asegurada), giros postales o de dinero, pasajes de
viaje, etcétera. Se requerirá la documentación correspondiente y reportes policiales del día del
evento o descubrimiento de la pérdida:
Exclusiones:
a. Pérdida o robo no reportado a la Policía dentro de las 24 horas siguientes al
descubrimiento y obteniendo reporte escrito;
b. Depreciación en el valor o recortes debidos a error u omisión;
c. Pérdida o robo de dinero dejado sin supervisión excepto cuando se ha dejado en la
seguridad del hotel, depósito de seguridad o caja fuerte;
d. Dinero empacado en maletas u otros contenedores similares durante un viaje;
e. Dinero en fideicomiso;
f. Pérdida o robo de cheques de viajero.
13. Pérdida de Pasaporte:
A pagarse hasta $250 con respecto a gastos razonables adicionales para viaje y acomodación
necesariamente incurridos en el extranjero en la obtención del reemplazo de su pasaporte
perdido o robado.
14. Retraso de Viaje:
Cobertura para la Persona Asegurada si la salida o el autobús, aeronave o embarcación en la
que ha arreglado viajar en el primer viaje de ida o en el primer tramo de regreso del viaje es
retrasado en por lo menos 12 horas de la hora especificada en el itinerario de viaje debido a
huelga, acción industrial, bancarrota o avería mecánica del autobús, aeronave o embarcación.
La compensación deberá ser documentada y ser suplida por todos los gastos necesarios y
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razonables sujetos a acomodaciones, comida y transporte local menos cualquier compensación
pagada por la empresa común.
A. Una cantidad de $100 por el primer periodo completo de 12 horas de retraso en la salida
comenzando desde la hora de salida reservada originalmente según se especifica en el
itinerario de viaje y $100 después de cada periodo de 24 horas subsecuente de retraso hasta
un máximo de $1000 por cada Persona Asegurada.
B. Condiciones y Exclusiones: La Aseguradora no será responsable por reclamos:
I. Que se originen de una huelga o acción industrial en curso o públicamente declarada al
momento de la entrada en vigor de este Seguro;
II. Que se originen de razones técnicas como compromiso de la aeronave;
III. Cuando la Persona Asegurada no se ha chequeado de acuerdo con el itinerario y ha
incumplido en la obtención de confirmación escrita de la empresa de transporte (o sus
agentes de manejo) sobre el periodo de o razón del retraso;
IV. Que se originen directamente o indirectamente del retiro del servicio (temporal o de otra
manera) de un autobús, una aeronave o embarcación a recomendación de una Autoridad
Portuaria o la Autoridad de Aeronáutica Civil o cuerpo similar
Definición: Huelga o acción industrial significará cualquier forma de acción industrial tomada
por empleados, que es llevada a cabo con la intención de evitar, restringir o de otra manera
interferir con la producción de bienes o la provisión de servicios.
15. Salida Perdida:
A pagar hasta el límite especificado en todo a cada Persona Asegurada con
respecto a gastos razonables de acomodación (habitación únicamente) y viaje
adicionales incurridos necesariamente para alcanzar el destino internacional como
consecuencia de huelga, disturbio, avería mecánica o inclemencias del tiempo, que
causen la interrupción de servicios de transporte público programados (únicamente
en el viaje de ida); o falla accidental o mecánica que involucre el automóvil en el
que la Persona Asegurada se encuentra viajando (siempre y cuando se le haya dado
el servicio apropiado) causándole llegar al punto internacional de salida desde el
punto de origen para comenzar el viaje reservado.
16. Gastos Legales:
Los costos y gastos legales incurridos por la Persona Asegurada hasta un máximo especificado en
la búsqueda de compensación y/o daños contra un tercero que se originen en o de la muerte o
lesión personal de la Persona Asegurada que ocurra durante el Periodo del Seguro.
Exclusiones:
La Aseguradora no será responsable por:
a. Costos incurridos en la prosecución de un reclamo contra un Agente de Viajes, Operador
de Turismo, Empresa de Transporte, Proveedor de Acomodación, la Aseguradora o el
Agente de la Aseguradora o cualquier otra persona asegurada bajo el mismo certificado.
b. Gastos legales incurridos con anterioridad a la concesión de respaldo de la Aseguradora.
c. Cualquier reclamo reportado más de 180 días después del comienzo del incidente que da
lugar a dicho reclamo.
d. Cualquier reclamo cuando las leyes, prácticas y/o regulaciones financieras del país donde
la acción propuesta tendrá lugar indican que se espera que los costos de dicha acción
sean irracionalmente mayores al valor anticipado de la compensación.
e. Costos incurridos en la prosecución de un reclamo contra una persona con quien la
Persona Asegurada había arreglado viajar.
f. Cualquier reclamo en el que, en opinión de la Aseguradora, existe prospecto insuficiente de
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éxito en la obtención de beneficio razonable.
g. La Aseguradora no será responsable por ningún reclamo en el que los costos y gastos
legales se basen directamente o indirectamente en la cantidad de una compensación.
h. El seguro no se extenderá a cubrir a la Persona Asegurada en la prosecución de una
apelación excepto a la sola discreción de la Aseguradora.
i. Cuando exista una posibilidad de que un reclamo se presente en más de un país la
Aseguradora no será responsable por los costos si una acción es interpuesta en más de un
país.
Condiciones
a. La Aseguradora tendrá control completo sobre los procedimientos legales y el
nombramiento y control de un abogado.
b. La Persona Asegurada deberá seguir el consejo del representante legal y proporcionar
cualquiera y toda la información y asistencia requerida. El incumplimiento de lo anterior le
dará derecho a la Aseguradora de retirar la cobertura.
c. La Aseguradora tendrá acceso a todos y cada uno de los archivos de documentación del
representante legal.
d. La Aseguradora puede incluir un reclamo por sus costos y gastos.
e. El incumplimiento de la Persona Asegurada de todas o cualquiera de estas condiciones
dará derecho a la Aseguradora a invalidar el aspecto de gastos legales de este certificado
y, por lo tanto, a retirar la cobertura.
17. Deportes: Tratamiento Médico de Emergencia: A menos que se especifique más adelante esta
póliza incluye todas las actividades deportivas de esparcimiento durante el viaje. Cobertura de
tratamiento de emergencia por accidente que ocurra durante el periodo del seguro que sea
resultado de un Deporte cubierto. El límite de la póliza no excederá el 50% del Límite de
Emergencia Médica establecido en la programa de beneficios.
GBG Assist requiere aviso tan pronto como sea posible para todas las situaciones que
requieren tratamiento médico de emergencia en exceso de $500. El aviso apropiado
asegurará que usted reciba el mejor servicio posible y puede resultar en que nosotros
proporcionemos pagos al proveedor así como el ofrecimiento de consejo y referencias
a proveedores médicos con licencia. Si no somos avisados su reclamo puede ser
sujeto a co-pagos adicionales y/o la denegación del reclamo.
Todos los demás términos y condiciones del Tratamiento Médico de
Emergencia (Beneficio No.) también aplican al Beneficio No.
Actividades Excluidas:
Los siguientes deportes y actividades no se encuentran cubiertos como parte de esta póliza:
A. Involucrarse en un evento deportivo profesional, de club, interescolar, intercolegiales
o competitivo, participar en deportes semiprofesionales o profesionales de cualquier
clase.
B. Uso de cualquier tipo de armas de fuego (cualquier dispositivo que descargue
proyectiles de cualquier tipo).
C. Cualquier actividad que se relacione con volar ya sea como Piloto al Mando, estudiante
de piloto, vuelo deportivo o el negocio o comercio de aviación con excepción de cuando
se viaja como pasajero en una aeronave que transporta pasajeros con todas sus
licencias.
D. Deportes Extremos: Participación en cualquier tipo de deporte de motor, carrera de
deporte de motor o competencia de deporte de motor, salto base, parapente,
paracaidismo y montañismo que requiere equipo especializado para escalar o en
altitudes sobre 3500M o 10,000 pies, buceo en profundidades mayores de 25M (80
pies) y volar dentro de las 24-horas siguientes a una actividad de buceo.
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18. ATMSAFE:
Un programa exclusivo de Global Benefits Group que le provee a la Persona Asegurada protección
contra robo cuando utiliza un Cajero Bancario/ATM en cualquier lugar del mundo. En caso de
pérdida, el asegurado será reembolsado hasta el límite diario del cajero utilizado y según se
justifique a través de la documentación policial correspondiente en la fecha del delito.
19. Secuestro:
En caso de que al Asegurado se le impida llegar a su destino debido al secuestro de una aeronave u
otro transporte público comercial la póliza pagará $50 por cada periodo completo de 24 horas que la
Persona Asegurada sea retrasada. Beneficio máximo de $1,000 a menos que se especifique en la
póliza. En caso de Muerte como resultado del secuestro vía transporte comercial los beneficios
descritos bajo Accidente Personal serán pagaderos.
20. Evacuaciones médicas por motivos no médicos, incluyendo guerra, levantamiento civil, desastres
naturales, u otras causas:
1. El pago para compensar el costo de obtener o pagar por una evacuación durante un periodo de
levantamiento civil, insurrección, desastre natural que haya podido ser previsto antes de la
salida del país de origen y que está publicado o declarado por el Departamento de Estado de
los Estados Unidos de América o validado por el NOAA (Asociación Nacional Oceánica
Atmosférica) en los casos de clima o desastre natural. En todos los casos, GBG se reserva el
derecho de evaluar la validez del reclamo y sus decisiones serán finales.
2. La cobertura NO es válida en ningún país que hubiese estado al borde, o efectivamente bajo
coacción por un periodo de 60 días previos a la salida del punto de origen o país de residencia.
3. Referirse a Exclusiones Generales para la definición asociada con viajes a “lugares peligrosos”.
Cancelación por cualquier Motivo – Complemento Opcional – Únicamente Pólizas
Diarias.
21. Cancelación por cualquier motivo: Proporciona cobertura por gastos y depósitos de viaje no
reembolsables si un viaje es cancelado por cualquier motivo que no esté de otra manera cubierto
bajo este plan y se encuentra sujeto a las siguientes condiciones y limitantes:
1. Condiciones y Exclusiones:
a. El complemento de la póliza debe ser comprado dentro de los 7 días siguientes al
depósito inicial de la Persona Asegurada (Durante el periodo en que la póliza anual se
encuentra vigente.)
b. La indemnización Máxima en una base por persona se encuentra sujeta a un límite de
$10,000 y bajo ninguna circunstancia la cantidad reembolsada excederá la cantidad
que usted pre-pagó por la porción cubierta del viaje o la cantidad especificada en el
programa de beneficios, la que sea menor de las dos cantidades.
c. Los términos y condiciones pre-existentes aplican a esta póliza y serán adheridos a la
misma en caso de un reclamo. Lo que significa que la Persona Asegurada, al momento
de elegir este beneficio, está calificada para viajar y no se encuentra incapacitada de
ninguna manera.
d. La Persona Asegurada asegura el 100% de todos los gastos pre-pagados que se
encuentran sujetos a Penalidades y/o Restricciones de Cancelación incluyendo
cualquier excursión pre-pagada del proveedor del tour/nave. Las declaraciones de
excursiones pueden ser realizadas en un periodo de 14 días posteriores a la fecha del
depósito Inicial de la Persona Asegurada. La falta de inclusión de todos los servicios de
viaje invalidará esta indemnización.
e. La cancelación por cualquier motivo es válida únicamente hasta 48 horas ANTES del
embarque.
f. En caso que su viaje sea cancelado debido a cualquier otro motivo no cubierto arriba.
La aseguradora emitirá un Crédito para Viaje Futuro de UN SOLO USO por todos los
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depósitos y pagos no reembolsables que no le sean devueltos y no excederá el 80% de
su pérdida total. Las siguiente condiciones aplicarán:
a. Válido por un año desde la fecha de pérdida y NO PUEDE SER redimido por
efectivo.
b. Los créditos no son transferibles.
c. Para ser elegible para Créditos Futuros usted debe contactar al servicio de
Relaciones con el Cliente de Global Benefits Group y proporcionar prueba de la
pérdida. Ésta deberá incluir copia de todos los recibos, programas de
reembolso y/o documentación y verificación de la penalidad/pérdida al
momento de la cancelación.
d. La redención de créditos será pagada directamente por la Aseguradora al
nuevo proveedor de viaje siempre y cuando sea un viaje reservado similar al
evento cancelado y en ningún caso será reembolsable en efectivo a la Persona
Asegurada a no ser que la aseguradora, a su discreción, decida hacerlo de esa
manera.
e. En caso de una segunda cancelación; todos los reclamos a los créditos se
volverán nulos e inválidos.
Programa de Cancelación para Créditos por Gastos No Reembolsables
Cantidad No Reembolsable Beneficio Recuperable
Hasta un 25% del Costo del Viaje 100%
Hasta un 50% del Costo del Viaje 90%
Hasta un 75% del Costo del Viaje 75%
100% Pérdida 80%
22. Suministro de Beneficio de Complemento Sencillo: Si un acompañante de viaje sufre un
retraso, cancelación o interrupción en su viaje cubierto por un motivo cubierto y usted decide
NO CANCELAR su viaje, entonces los beneficios serán pagados hasta la cantidad de los cargos y
penalidades por cambio en el estatus de ocupación. Este beneficio no excederá el 50% del
costo original del viaje reservado de la Persona Asegurada.
A menos que se especifique en el Programa de Beneficios, en cualquier endoso por escrito, o que haya sido acordado por la Compañía por
escrito, ningún reclamo podrá ser realizado para compensación o pago por daños o gastos causados por o como resultado de lo siguiente:
1. Condiciones Pre-existentes, Gastos Médicos por Condiciones Médicas Crónicas o Recurrentes Pre-existentes que estaban
siendo tratadas inmediatamente antes de o cuyo aparecimiento fue diagnosticado o predicho o pudo haber sido evitado
antes del viaje o cualquier reclamo que se origine en el curso de un viaje emprendido en contra de un consejo médico o
cuando el consejo médico ha sido ignorado e incluyendo:
A. Cualquier enfermedad que haya resultado en hospitalización dentro de los 2 años previos al inicio del viaje de la
Persona(s) Asegurada o
B. Ha estado bajo el cuidado de un doctor por una condición que puede resultar en el deterioro de la Persona Asegurada
o un diagnóstico que se cambia como resultado de exámenes realizados por una situación conocida o
C. Cualquier cambio en medicamentos de prescripción, terapias o dieta que sea resultado de una condición conocida
previamente que pueda afectar, degradar o alterar a la Persona Asegurada o
D. Una persona con una condición terminal quien ya sea con o sin aprobación médica elije viajar y se enferma como
consecuencia directa de dicha enfermedad o el aparecimiento de una complicación debido a dicha enfermedad.
2. Con respecto a Daño Accidental de Dientes Naturales, ningún beneficio será pagadero por lesiones causadas por tomar o
beber (aun si contiene un cuerpo extraño), uso y desgaste, cepillado dental o cualquier otro procedimiento de higiene oral u
otro medio distinto al impacto extra-oral, cualquier forma de trabajo de reconstrucción o remedio, el uso de metales
preciosos, tratamiento de ortodoncia de cualquier tipo o tratamiento dental realizado en hospitales a menos que la cirugía
dental sea el único tratamiento disponible para aliviar el dolor.
3. Suicidio o intento de suicidio, lesión auto-infligida intencionalmente, el efecto intoxicante de licor y drogas;
4. Costos por evacuación cuando la Persona Asegurada no esté siendo admitida en un Hospital para Tratamiento o cuando los
costos no hayan sido aprobados por la Compañía antes del inicio del viaje;
5. Cualquier costo que se origine después de la expiración del presente Periodo de Seguro, a menos que esta póliza haya sido
renovada por 12 meses subsecuentes o la Persona Asegurada haya estado siendo tratada durante el periodo de seguro
como resultado de un accidente.
6. Cualquier forma de tratamiento o cirugía que, en opinión del médico o médicos tratantes y GBGAssist, pueda ser retrasada
hasta el regreso al país de origen.
7. Cualquier gasto incurrido después de que usted ha regresado a su país de origen.
8. Gastos médicos en exceso de un límite establecido en el Programa de Beneficios.
9. La cantidad de Exceso de Póliza, Deducible o Co-pago, según se establece en el Certificado de Seguro;
EXCLUSIONES GENERALES
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10. Cualquier gasto que resulte en una enfermedad, Lesión o muerte por el uso indebido de las drogas o estando bajo la
influencia o efecto del alcohol (que no sea medicamento legalmente prescrito por un profesional médico con licencia);
11. Auto exposición innecesaria al peligro excepto en un intento por salvar una vida humana;
12. Actos intencionales o fraudulentos por parte de la Persona Asegurada o sus consecuencias;
13. Viajes realizados específicamente con el fin de obtener tratamiento médico.
14. Cirugía cosmética o cirugía correctiva, remoción de grasa u otro excedente de tejido corporal y cualquier consecuencia de
dicho Tratamiento, pérdida de peso o problemas de peso/desórdenes de la alimentación, sea o no para fines sicológicos, a
menos que sea requerido como resultado directo de un accidente que ocurra durante el Periodo del Seguro;
15. Tratamiento para el abuso/dependencia del alcohol, narcóticos, drogas y sustancias o cualquier condición adictiva de
cualquier tipo y cualquier lesión o enfermedad que surja de que la Persona Asegurada se encuentre bajo la influencia del
alcohol, drogas o cualquier otra sustancia intoxicante;
16. Embarazo, parto, sea normal o complicado, incluyendo la transferencia de una mujer embarazada a un hospital para dar a
luz rutinariamente o viaje aéreo cuando la Persona Asegurada tiene más de 20 semanas de embarazo y NO fue el resultado
de un accidente o de la manifestación de complicaciones relacionadas con un accidente.
17. Tratamiento para desórdenes mentales o nerviosos, incluyendo eventos transicionales de la vida, nostalgia, fatiga,
desbalance temporal causado por un viaje o trabajo relacionado con el estrés; los costos de sicoterapeutas, sicólogos,
terapeutas familiares o consejeros para el duelo.
18. Uso de cualquier tipo de arma(s) de fuego (Definido como cualquier dispositivo que descarga proyectiles de cualquier tipo).
19. Cualquier gasto relacionado con operaciones de búsqueda y rescate para encontrar a una Persona Asegurada en
montañas, mar, desierto, jungla o ubicaciones remotas similares incluyendo cargos por rescate aéreo/marítimo por
evacuación a la costa desde una embarcación o del mar;
20. Cargos o cuotas incurridas por el llenado de Formularios de Reclamo Médico;
21. Expediciones, montañismo y expedicionismo sobre 3500M u 11,500 pies se consideran deportes extremos y no están
cubiertos, incluyendo sin limitarse a:
a. Expediciones al Mt Everest, K2, Kilimanjaro, Antártica, El Ártico, Polo Norte y Groenlandia.
22. Viajes hacia y desde Cuba no están cubiertos bajo esta póliza.
23. Viajes a “Lugares Peligrosos y alertas” globales de acuerdo con lo emitido por el Departamento de Estado de los Estados
Unidos recomendando o aconsejando a sus ciudadanos no viajar a dichos lugares. GBG NO es responsable por
notificaciones a sus clientes sobre estos lugares y ofrece el siguiente sitio web como referencia para basar sus decisiones
de viaje. La falta de conocimiento sobre estas alertas puede afectar la cobertura de su póliza en caso de que se origine un
reclamo como resultado de hostilidades conocidas antes del viaje.
http://travel.state.gov/travel/cis_pa_tw/tw/tw_1764.html
24. Vacaciones o feriados en motocicleta a menos que haya sido aprobado por la aseguradora y adjunto como anexo o
apéndice a esta póliza.
25. Guerra, Insurrección y Terrorismo: La Aseguradora no será responsable por:
A. Radiaciones ionizantes o contaminación por radioactividad por cualquier combustible nuclear o por cualquier
desecho nuclear de la combustión de combustible nuclear o del explosivo tóxico radiactivo u otras propiedades
peligrosas de cualquier montaje nuclear explosivo o componente nuclear del mismo;
B. Independientemente de cualquier disposición en contrario dentro de este seguro, o cualquier endoso del mismo, se
acuerda que este seguro excluye cualquier pérdida o gasto de cualquier naturaleza directamente o indirectamente
originado de
C. Surgido de, ayudado por, causado por, resultado de o en relación con cualquiera de los siguientes, no obstante
cualquier otra causa o evento que contribuya concurrentemente o en cualquier otra secuencia a la pérdida o gasto;
Guerra, hostilidades u operaciones bélicas (ya sea que la Guerra haya sido declarada o no),
Invasión,
Acto de un extranjero enemigo de nacionalidad distinta a la nacionalidad de la Persona Asegurada o del país en
que, o sobre el cual, el acto ocurre,
Guerra Civil, Disturbios, Rebelión,
Insurrección,
Revolución,
Derrocamiento del gobierno legalmente constituido,
Conmoción civil que asuma las proporciones de, o tenga la importancia de un alzamiento,
Poder usurpado o militar,
Explosiones de armas de guerra,
Utilización de armas de destrucción masiva Nucleares, Químicas o Biológicas de la manera en la que estas
puedan ser distribuidas o combinadas,
Asesinato o Asalto posteriormente probado más allá de toda duda razonable haber sido el acto de agentes de
un estado extranjero a la nacionalidad de la Persona Asegurada,
Actividad Terrorista.
Definiciones:
Nuclear y armas de destrucción masiva: significa el uso de cualquier explosivo nuclear o dispositivo o la emisión, descarga,
dispersión, liberación o escape de material escindible que emita un nivel de radiactividad capaz de causar la inhabilitación
incapacitante o muerte entre personas o animales.
Armas Químicas de destrucción masiva significa la emisión, descarga, dispersión, liberación o escape de cualquier
compuesto químico sólido, líquido o gaseoso que, cuando es distribuido adecuadamente, sea capaz de causar la
inhabilitación incapacitante o muerte entre personas o animales.
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Utilización de Armas Biológicas de destrucción masiva significa la emisión, descarga, dispersión, liberación o escape de
cualquier micro-organismo patógeno (que produce enfermedades) y/o toxina(s) biológicamente producida(s) (incluyendo
organismos genéticamente modificados y toxinas químicamente sintetizadas) que sean capaces de causar la inhabilitación
incapacitante o muerte entre personas o animales.
También se encuentran excluidos sobre este punto cualquier pérdida o gasto de cualquier naturaleza directamente o
indirectamente originada de, ayudada por, causada por, resultado de, o en relación con cualquier acción tomada en el
control, prevención o supresión de cualquiera o todos los anteriores.
Terrorismo: La actividad terrorista significa un acto, o actos, de una persona, o grupo(s) de personas, cometido con fines
políticos, religiosos, ideológicos o similares con la intención de influenciar a un gobierno y/o infundir en el público, o en una
parte del público, miedo. La actividad terrorista puede incluir, pero no se limita a, el uso efectivo de la fuerza o la violencia
y/o la amenaza de dicho uso. Además, los perpetradores de la actividad terrorista pueden actuar en solitario, en nombre de,
o en conexión con una organización u organizaciones o gobierno(s)
Servicio de Reclamos y Servicio al Cliente:
GBG le desea solo lo mejor en salud y seguridad durante sus viajes y quiere que usted
esté seguro en una situación médica cuando viaja al extranjero. En caso de un evento
por favor vaya a www.gbg.com / Tel: (866) 914-5333 (sin cargo por conexión en E.E.U.U.
y Canada) y (905) 669-4920 (mundial, por cobrar)
Procedimiento de Reintegro y Póliza Este plan puede ser reintegrado en un 100% de la prima menos el cargo inicial de aplicación. El
procesamiento y aceptación de un reintegro depende de la notificación por escrito a la Aseguradora y
debe ser recibida por nosotros ANTES de la FECHA EFECTIVA DE LA PÓLIZA. Si un reintegro es solicitado
DESPUÉS de la fecha de inicio de la póliza será reembolsado a prorrata SIEMPRE QUE NINGÚN
RECLAMO(S) haya sido presentado a la Aseguradora. Si hay un reclamo en proceso o ha sido
previamente pagado entonces la póliza será considerada 100% no reembolsable.
Beneficios Adicionales del Seguro
Desaparición
Si una Persona Asegurada no ha sido encontrada dentro de un (1) año después de su desaparición,
encallamiento, hundimiento o derribo de cualquier medio de transporte en el que un asegurado era
ocupante al momento del accidente, entonces se asumirá, con sujeción a todos los términos y
condiciones de la póliza, que un asegurado ha sufrido una pérdida de la vida bajo la póliza.
Exposición
Si como resultado de un accidente se causa que un asegurado sea expuesto inevitablemente a los
elementos y como resultado de esta exposición hay una pérdida, entonces dicha pérdida será cubierta
bajo esta póliza.
Cobertura por Riesgo de Guerra
La exclusión por guerra en esta póliza aplica únicamente a los países siguientes: la jurisdicción de la
residencia permanente de una persona asegurada, Estados Unidos, Canadá, Iraq y Afganistán
Esta póliza se encuentra asegurada por:
26000TowneCentreDrive, Suite 100•FoothillRanch,CA92610 USA
Teléfono: 949-470-2100•Fax: 949-470-2110
Email:[email protected]•www.gbg.com