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RETRASOS
Nº de retrasos Actuación Intervienen
5 Amonestación escrita para que la firmen los padres. PROFESOR Y TUTOR
10 Amonestación escrita (tutor) y notificación por teléfono a los padres (jefe de estudios).
TUTOR Y JEFE DE ESTUDIOS
15 Amonestación escrita (tutor) y notificación por teléfono a los padres (jefe de estudios). Se informará a los padres de las consecuencias de llegar a los 20 retrasos.
TUTOR Y JEFE DE ESTUDIOS
20 Amonestación escrita (tutor) y notificación escrita y por teléfono a los padres (director). A partir de 20 retrasos los profesores del grupo al que pertenece el alumno podrán impedir a éste la entrada en el aula cada vez que llegue tarde.
TUTOR Y DIRECTOR
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FALTAS INJUSTIFICADAS
Nº DE FALTAS INJUSTIFICADAS ACTUACIÓN INTERVIENEN
El profesor señalará en cada periodo lectivo las correspondientes faltas de asistencia del alumnado y transmitirá la información al tutor del alumno.
PROFESOR
El tutor procesará las faltas de asistencia a clase de su grupo de tutoría y los correspondientes justificantes. Decidirá sobre las faltas que pueden quedar justificadas o no. Pasados 5 días desde la fecha de la ausencia a clase, no se admitirá documentación justificativa quedando la falta como “no justificada”. En caso de faltas no justificadas se procederá como se indica en los apartados siguientes.
TUTOR
8 Amonestación escrita para que la firmen los padres. TUTOR
15 Amonestación escrita y notificación por teléfono a los padres. TUTOR
20 Amonestación escrita (tutor) y notificación por teléfono a los padres (jefe de estudios).
TUTOR Y JEFE DE ESTUDIOS
25 Amonestación escrita (tutor) y notificación por teléfono a los padres (jefe de estudios). Se advertirá al alumno y a los padres que la reiteración de una conducta contraria a las normas de convivencia del centro como es la falta de asistencia a clase constituye una conducta gravemente perjudicial para la convivencia en el centro y, de seguir así, será abierto un expediente sancionador.
TUTOR Y JEFE DE ESTUDIOS
30 Amonestación escrita (tutor). Si el alumno alcanzara las 30 faltas injustificadas se propondrá automáticamente la tramitación del procedimiento sancionador correspondiente a una conducta gravemente perjudicial (director).
TUTOR Y DIRECTOR
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CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Nº DE INCIDENCIAS ACTUACIÓN INTERVIENEN
En caso de incidencia en una actividad complementaria/extraescolar se notificará a la familia (profesor responsable) y el alumno quedará excluido de la siguiente actividad (jefe de estudios).
PROFESOR RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD Y JEFE DE ESTUDIOS
1-2 Pérdida del derecho a recreo durante tres días. Se advertirá al alumno y a los padres de las consecuencias de tener 3-4 incidencias.
PROFESOR Y JEFE DE ESTUDIOS
3-4 Pérdida del derecho a recreo durante una semana. Suspensión del derecho a participar en la próxima actividad complementaria/ extraescolar. Se advertirá al alumno y a los padres de las consecuencias de tener 5-6 incidencias.
PROFESOR, JEFE DE ESTUDIOS Y
COMISIÓN DE CONVIVENCIA
5-6 Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño ocasionado a las instalaciones o al material del Centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa por un máximo de cinco días lectivos. Suspensión del derecho a participar en las 2 próximas actividades complementarias / extraescolares. Se advertirá al alumno y a los padres de las consecuencias de tener 7-8 incidencias.
PROFESOR, JEFE DE ESTUDIOS Y
COMISIÓN DE CONVIVENCIA
7-8 Suspensión del derecho de asistir a determinadas clases por un período que no exceda de cinco días lectivos. Durante dicho período quedará garantizada la permanencia del alumno en el Centro, llevando a cabo las tareas académicas que se le encomienden. Suspensión del derecho a participar en las tres próximas actividades complementarias/ extraescolares. Se advertirá al alumno y a los padres de las consecuencias de tener 9 incidencias.
PROFESOR, JEFE DE ESTUDIOS Y COMISIÓN DE CONVIVENCIA
9 Cambio de grupo del alumno por un máximo de quince días lectivos. Suspensión del derecho a participar en actividades complementarias/ extraescolares hasta el final del curso escolar. Se advertirá al alumno y a los padres de las consecuencias de alcanzar las 10 incidencias.
PROFESOR, DIRECTOR Y COMISIÓN DE
CONVIVENCIA
10 Se propondrá automáticamente la tramitación del procedimiento sancionador correspondiente a una conducta gravemente perjudicial.
DIRECTOR
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CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA
Nº DE INCIDENCIAS ACTUACIÓN INTERVIENEN
1-2 Pérdida del derecho a recreo durante dos semanas. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o a todas ellas, por un periodo no superior a 3 días lectivos, sin que eso comporte la pérdida del derecho a la evaluación continua y entregando al alumno un programa de trabajo para dicho periodo, con los procedimientos de seguimiento y control oportunos, con el fin de garantizar dicho derecho. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones a al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Dichas tareas no podrán tener una duración inferior a 5 días lectivos ni superior a 15. Suspensión del derecho a participar hasta un máximo de 2 actividades complementarias/extraescolares. Se advertirá al alumno y a los padres de las consecuencias de alcanzar las 3 incidencias.
EQUIPO DIRECTIVO, COORDINADOR DE CONVIVENCIA Y COMISIÓN DE
CONVIVENCIA
3 Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o a todas ellas, por un periodo entre 3 y 5 días lectivos, sin que eso comporte la pérdida del derecho a la evaluación continua y entregando al alumno un programa de trabajo para dicho periodo, con los procedimientos de seguimiento y control oportunos, con el fin de garantizar dicho derecho. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones a al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Dichas tareas no podrán tener una duración inferior a 5 días lectivos ni superior a 15. Posibilidad de suspensión del derecho a participar en las actividades complementarias/extraescolares del centro hasta el final del curso escolar. Se advertirá al alumno y a los padres de las consecuencias de alcanzar las 4 incidencias.
EQUIPO DIRECTIVO, COORDINADOR DE CONVIVENCIA Y COMISIÓN DE
CONVIVENCIA
4 Apertura de expediente académico. Se advertirá al alumno y a los padres de las consecuencias de alcanzar las 5 incidencias.
INSTRUCTOR DEL EXPEDIENTE ACADÉMICO
5 Cambio de centro. INSTRUCTOR DEL EXPEDIENTE ACADÉMICO
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UTILIZACIÓN DE MÓVILES Y DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS en el centro.
Nº Actuación Intervienen
1 Retirada del mismo por parte del profesor. Comunica al tutor/a. Entrega al Jefe de Estudios. Se informará a la familia para que pase por el centro a recogerlo. Se informa de las consecuencias si la conducta es reincidente.
PROFESORADO
JEFE DE ESTUDIOS
2 y sucesivas Se llevarán a cabo todas las actuaciones anteriores. A partir de la segunda retirada del móvil, tendrá la consideración de conducta gravemente perjudicial para la convivencia
PROFESORADO JEFE DE ESTUDIOS
DIRECTOR
COMISIÓN DE CONVIVENCIA
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UTILIZACIÓN DE las redes sociales con fines lesivos para personas
relacionadas con el centro. (Sanción como conducta grave)
Nº Actuación Intervienen
1 y sucesivas Información a la familia. Si la gravedad lo requiere, se informará a la autoridad competente.
PROFESORADO. TUTORES. JEFE DE ESTUDIOS.
DIRECTOR. COMISIÓN DE CONVIVENCIA. Fuerzas de Seguridad del Estado.
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CONDUCTAS PERJUDICIALES PARA LA SALUD
(Sanción como conducta grave)
Nº Actuación Intervienen
1 y sucesivas Aplicación de la Ley 42/2010, de 30 de diciembre. Información a la familia. Si la gravedad lo requiere, se informará a la autoridad competente.
PROFESORADO. TUTORES. JEFE DE ESTUDIOS.
DIRECTOR. COMISIÓN DE CONVIVENCIA. Fuerzas de Seguridad del Estado.
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TRANSPORTE ESCOLAR
Nº Actuación Sanción
1 y sucesivas El autobús escolar es una continuidad del centro educativo y, por tanto, los alumnos deben respetar las normas de convivencia y atender las instrucciones del conductor y del acompañante en su caso. El incumplimiento de ellas tendrá la misma consideración que si se produjera en el recinto escolar; por tanto, podrá aplicarse lo establecido en el Reglamento de Régimen Interior del centro, de la norma sobre convivencia, y en su caso, la sanción correspondiente.
Notificado por escrito, por parte del conductor y/o acompañante. Aplicar amonestación/sanción régimen de conductas contrarias a las normas de convivencia. El derecho de asistencia a determinadas clases, será sustituido por pérdida del derecho a la utilización del transporte escolar.
1 y sucesivas Los alumnos que individual o colectivamente causen daños de forma intencionada o por negligencia en los autobuses, podrán ser obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación. En todo caso, los padres o representantes legales de los alumnos serán responsables civiles de los términos previstos en las leyes.
- Reparar el daño causado. - Eliminación del servicio.
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