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REGLAMENTO INTERNO DE

CONVIVENCIA ESCOLAR

ESCUELA LUIS URIBE DIAZ

CASTRO CHILOÉ

ESCUELA “LUIS

URIBE DIAZ”

SAN MARTIN 554

TELÉFONO

652632441

652531131

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INDICE

TITULO I : FUNDAMENTACION (Articulo N°1)

TITULO II : DEPENDENCIA(Articulo N°2)

TITULI III : PRINCIPIOS ORIENTADORES(Articulo N°3)

TITULO IV : VISION MISION (Articulo N°4)

TITULO V : MODALIDAD EDUCATIVA. (Artículos N°5,6,7)

TITULO VI :REGLAMENTO DE EVALUACION CALIFICACION Y PROMOCIÓN

(SUBTITULO I, SUBTITULO II, SUBTITULO III, SUBTITULO IV)

TITULO VII : HORARIO DE FUNCIONAMIENTO(Artículo N°8)

TITULO VIII : ORGANIGRAMA(Artículo N°9,10)

TITULO IX : ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN. (Artículos N°11,12)

TITULO X : SISTEMA DE ADMISION ESCOLAR.(Artículos N°13,14)

TITULO XI : SEGURIDAD Y RESGUARDO DE DERECHOS(Artículo N°15)

TITULO XII : MEDIDAS DE HIGIENE Y RESGUARDO DE SEGURIDAD

ESCOLAR(Artículo N°16)

TITULO XIII : REGULACION DE SALIDAS PEDAGOGICAS Y GIRAS DE

ESTUDIO(Artículo N°17)

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TITULO XIV : DEBERES Y DERECHOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA(Artículo

N°18,19)

TITULO XV : DIFUSION DEL REGLAMENTO INTERNO(Artículo N°20)

TITULO XVI : CARGOS DIRECTIVOS Y SUS FUNCIONES (Artículos N°21,22,23,24)

TITULO XVII : DOCENTES (Artículos N°25,26,27,28)

TITULO XVIII : PROFESIONALES DE APOYO EDUCATIVO(Artículos

N°29,30,31,32,33)

TITULO XIX : ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN (Artículos N°34,35,36)

TITULO XX : ALUMNOS - ALUMNAS(Artículos N°37,38,39,40)

TITULO XXI : CONSEJO DE PROFESORES(Artículos N°41)

TITULO XXII : CENTRO GENERAL DE PADRES Y/O APODERADOS. (Artículos N°42)

TITULO XXIII : PADRES Y APODERADOS (Artículos N°43,44)

TITULO XXVI : MEDIDAS DISCIPLINARIAS (Artículos N°45,46,47)

TITULO XXV : DISPOSICIONES FINALES (Artículos N°48,49,50,51,52,53,54,55,56,57)

TITULO XXVI : PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN

TITULO XXVII : PLAN PISE

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TITULO I: FUNDAMENTACION

ARTÍCULO N° 01.

El presente Reglamento Interno tiene la finalidad de establecer los deberes y derechos del Personal del Establecimiento: Docentes, Alumnos/as, Padres y Apoderados, Asistentes de la educación, Profesionales de apoyo y asistentes SEP, potenciando un clima de sana convivencia escolar que permita optimizar los procesos de enseñanza y aprendizajes de nuestra comunidad educativa.

El presente reglamento tiene como base la siguiente normativa legal vigente:

1. Constitución Política de la República de Chile. 2. Estatuto de los Profesionales de la Educación, Ley Nº 19.070 de 1991; Ley Nº

19.410 de 1995 y Reglamento Dcto. 453/91. 3. Ley sobre Jornada Escolar Completa Diurna Nº 19.532 de 1997. 4. Reglamento Interno de orden, higiene y seguridad de la Corporación Municipal de

Castro para la Educación, Salud y Atención al Menor. 5. Normativa legal vigente del Mineduc:

La ley general de Educación (LGE) N° 20.370 (Ley General de Educación)

Ley sobre Violencia Escolar (LVE) N°20.536,

Ley de inclusión escolar N° 20.845 del 2016.

Ley N°20.501, sobre Calidad y Equidad de la Educación y todaslas modificaciones incorporadas actualmente.

Ley N°20.000, sobre el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.

Normas fundamentales en los derechos humanos y en la Convención sobre los Derechos del Niño, 1990.

Orientaciones del Ministerio de Educación en relación a la Convivencia Escolar: Metodologías de trabajo para las escuelas y liceos comprometidos por la calidad de la educación.

Políticas de prevención, medidas pedagógicas y protocolos deactuación frente a situaciones de vulneración de derechos:

01.-Protocolo de Actuación frente a situaciones de vulneración de derechos, maltrato y/o abuso sexual infantil. 02.- Protocolo de contención emocional de los estudiantes frente a la develación de hechos de vulneración constitutivos de delitos. 03.-Protocolo de retención en el sistema escolar de estudiantes embarazadas, madres y padres adolescentes. 04.-Protocolo de violencia escolar entre pares y/o Bullying/ Ciberbullying. 05.-Protocolo de situaciones de vulneración de derechos de estudiantes, no constitutivos de delitos.

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06.-Protocolo de acción frente al consumo de drogas, alcohol y sustancias ilícitas en el establecimiento educacional (hechos constitutivos de delito). 07.- Protocolo de accidentes escolares. 08.- Protocolo del trabajo de supervisión de los inspectores 2018 09.-Protocolo de ingreso y salida del establecimiento educacional. 10.-Protocolo de seguridad escolar, de acuerdo al plan PISE. 11.- Protocolo de Conflictos de adultos de la Comunidad Educativa. 12.- Protocolo de prevención y acción del suicidio infantil y adolescentes.

TITULO II: DEPENDENCIA

ARTÍCULO N° 02.

La Unidad Educativa depende en lo funcional y organizativo de la Corporación Municipal de Castro para la Educación, Salud y Atención al Menor, de la Ilustre Municipalidad de Castro.

En lo técnico y administrativo, depende de las normativas del Ministerio de Educación, a través de la Secretaría Regional Ministerial de Educación, Superintendencia de Educación, Agencia de Calidad, décima región, Departamento Provincial de Educación de Chiloé, asumiendo la responsabilidad de la supervisión y del cumplimiento de las normativas vigentes.

TITULO III: PRINCIPIOS ORIENTADORES

ARTÍCULO N° 03.

La Escuela “Luis Uribe Díaz” ofrece a sus de estudiantes un proceso educativo de acuerdo a las exigencias del Ministerio de Educación, armónico en la búsqueda del

desarrollo integral de los estudiantes, respetuosos para ello de los siguientes principios orientadores y cuyo reglamento tiene como principio Rector: ”el bien superior del

niño/a”

1.-PRINCIPIO DE DIGNIDAD DEL SER HUMANO: Todos los actores de la Comunidad Educativa son sujetos de derecho: en la escuela existen relaciones asimétricas aludiendo con ellas las diferencias entre las personas y sus responsabilidades en el proyecto común del establecimiento y simétricas en cuanto a la igualdad en dignidad y derechos humanos de todos los actores educativos de nuestra comunidad.

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2.-PRINCIPIO DEL INTERES SUPERIOR DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE: Este principio tiene por objeto garantizar el disfrute pleno y efectivo de todos los derechos reconocidos por la Convención de Derechos del Niño para el desarrollo físico, mental, espiritual, moral y psicosocial de los niños/as y adolescentes.

Los niños y jóvenes son sujetos de derecho: que los estudiantes sean sujeto y no objeto en los procesos de aprendizajes que se viven dentro y fuera del aula, para potenciar el desarrollo de sujetos pensantes, seguros y capaces de construir con los demás para forjar un bien común.

3.-PRINCIPIO DE LA NO DISCRIMINACION ARBITRARIA: El principio de no discriminación arbitraria encuentra su fundamento en la garantía constitucional de igualdad ante la ley establecida en el artículo 19, N°2 de la CPR conforme a la cual no hay en Chile persona ni grupo privilegiado, por lo que ni la ley ni ninguna autoridad puede establecer diferencias arbitrarias. La ley N°20.609 establece como discriminación toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del estado. La no discriminación arbitraria se constituye a partir de los principios de integración e inclusión, el que espera eliminar todas las formas de discriminación arbitrarias que impidan el aprendizaje y la participación de estudiantes, del principio de diversidad que exige el respeto de las realidades culturales, religiosas y sociales de las familias que integran la comunidad educativa, del principio de interculturalidad que exige el reconocimiento y valoración del individuo en su diversidad, en su cultura , origen, lengua, cosmovisión e historia y del respeto a la identidad de género. Reconociendo que todas las personas tiene las mismas capacidades y responsabilidades. Igualdad de oportunidades para niños y niñas, mujeres y hombres: la heterogeneidad que existe al interior de los Establecimientos Educacionales constituye una gran oportunidad de aprendizaje, es una expresión de riqueza natural de diferencia que obliga a realizar prácticas pedagógicas en igualdad de oportunidades de desarrollo para niños y niñas, respetando la diferencia de sus orígenes y características personales yculturales.

4.- PRINCIPIO DE LEGALIDAD: es obligación de los establecimientos educacionales el actuar de conformidad a la legislación vigente, la que tiene dos dimensiones:

La primera que exige que las disposiciones contenidas en los Reglamentos Internos se ajusten a la Normativa Educacional, para que sean válidas sino se darán por no escritas y no válidas.

La segunda que el establecimiento educacional solo podrá aplicar medidas disciplinarias contenidas en su Reglamento Interno, por las causales establecidas en este y mediante el procedimiento determinado en el mismo. Considerando siempre el interés superior del niño en los términos expresados en el título V, numeral 2, punto 2.2 de la circular N°482.

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5.- PRINCIPIO DEL JUSTO Y RACIONAL PROCEDIMIENTO: Este principio es manifestación de la garantía constitucional consagrada en el artículo 19, N°3, inciso 6° de la CPR. Este principio establece que las medidas disciplinarias deben ser aplicadas mediante un justo y racional procedimiento, lo que se entenderá como aquel establecido en forma previa a la aplicación de una medida y que considere la comunicación al estudiante de la falta y sanción, respete la presunta inocencia, garantice el derecho a ser escuchado y de entregar los antecedentes para su defensa, se resuelva de manera fundada y en un plazo razonable y garantice el derecho a solicitar la revisión de la medida antes de su aplicación, sin perjuicio al resto de los atributos que integren el debido proceso.

6.- PRINCIPIO DE LA PROPORCIONALIDAD: De conformidad a la normativa vigente, las infracciones a las normas del Reglamento Interno pueden ser sancionadas con medidas disciplinarias que van desde medidas pedagógicas hasta la cancelación de la matrícula. La calificación de las infracciones debe ser proporcional a las faltas y las medidas disciplinarias proporcionales a la gravedad de las infracciones, por lo tanto solo se podrá aplicar cancelación de matrícula cuando la falta afecte gravemente a la convivencia escolar. Además estas medidas disciplinarias deben aplicarse de manera gradual y progresiva, siempre priorizando las medidas disciplinarias de carácter formativo, es decir, aquellas medidas de carácter pedagógico y que incorporen medidas de apoyo psicosocial, para favorecer en los estudiantes la toma de conciencia de sus actos, la reparación de daño causado y el desarrollo de conductas conforme a valores y normas de su comunidad educativa.

7.-PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA: Este principio inspirador del Sistema Educativo el que consagra el derecho de los estudiantes y de los padres y apoderados a ser informados sobre el funcionamiento general y los distintos procesos del establecimiento. Esto se traduce en el derecho a ser informado de las pautas de evaluación, a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente de acuerdo al Reglamento de cada Establecimiento. Así las disposiciones de los Reglamentos Internos deben siempre resguardar el ejercicio del pleno derecho y deber de los actores de la comunidad educativa de estar informados, como uno de los atributos que integran la libertad de enseñanza.

8.- PRINCIPIO DE PARTICIPACION: Este principio garantiza a todos los miembros de la comunidad educativa el derecho a ser informados y a participar en el proceso educativo en conformidad a la normativa vigente. Los estudiantes tienen derecho a participar de diversas actividades culturales, deportivas y/o recreativas que potencien su desarrollo integral. Los padres y apoderados tienen derecho a ser escuchados, opinar en relación a actividades de la comunidad educativa y participar del proceso educativo a través de actividades formales como reuniones y actividades extracurriculares como celebraciones de aniversario, fiestas patrias, licenciatura, etc.

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La participación de la comunidad escolar se manifiesta a través del Consejo escolar, reuniones de padres y apoderados de cursos y centro general de padres y apoderados del establecimiento. El establecimiento debe entregar todas las facilidades y espacios para su desarrollo y participación. Los Docentes y asistentes de la Educación pueden asociarse libremente y formar o integrar grupos con personas a fines, con el propósito de actuar colectivamente para expresar proponer ejercer o defender un campo de interés común. Actualmente se encuentran afiliados al Colegio de Profesores y Sindicato de Asistentes de la Educación.

9.- PRINCIPIO DE AUTONOMIA Este principio se basa en el respeto y fomento de la autonomía de las comunidades educativas principio que se expresa en la elección y adhesión al proyecto educativo del establecimiento y a sus normas de convivencia y funcionamiento establecidas en el Reglamento Interno, documentos entregados a los padres y apoderados en forma impresa al momento de la matrícula de los estudiantes y con copias en Secretaria e Inspectoría General frente a cualquier consulta por parte de los miembros de la Comunidad Educativa.

10.- PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD: Destaca que la educación es una función social, es decir, es deber de toda la comunidad, contribuir a su desarrollo y perfeccionamiento, de lo cual se deriva, que, todos los actores de la comunidad educativa junto con ser titulares de derechos, deben cumplir también determinados deberes.

1.-La Educación como pleno desarrollo de la persona: la educación es un bien público que está consagrado en la Constitución de la Republica, para lograr el pleno desarrollo de la persona se requiere de un ambiente educativo dinámico, diverso, abierto, claro en sus posibilidades y oportunidades y no discriminatorio donde tengan cabida todos los niños y jóvenes con o sin necesidades educativas especiales y que favorezca la valoración de la diversidad en un respeto mutuo cotidiano.

2.-Convivencia democrática y construcción de ciudadanía en el Establecimiento Educativo: la formación y desarrollo ciudadano es un eje intencionado en el marco curricular Chileno, convivir democráticamente requiere de un ejercicio continuo de participación, de opinión, de debate respetuoso en las opiniones de los diversos actores de la comunidad educativa. La valoración del aporte de cada actor educativo, docentes, alumnos, padres y apoderados y asistentes de la educación a la vida escolar se logra con mayor facilidad en un contexto de convivencia escolar democrática.

3.-Consistencia ética en la convivencia escolar: son los valores fundamentales establecidos en el Proyecto Educativo los que reflejan la Misión y Visión de la escuela, establecen la relación entre los actores del establecimiento, orientan la normativa escolar, definen los criterios para la resolución de conflictos.

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4.- Respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la persona y de su familia: la Constitución asegura este derecho a todas las personas y sus familias, el respeto a la honra e intimidad de las personas debiera ser el pilar central de toda interacción humana al interior de cada Establecimiento Educacional. Visualizar este principio en las normas, en la conducta de las personas al abordar los conflictos en la escuela, contribuye a apreciar el ámbito escolar como un espacio respetuoso de la diversidad frente a los conflictos y a desnaturalizar actos de maltrato comoson: a) La indiferencia: al ignorar al alumno, al docente, asistente de educación o a un apoderado entre otros, como forma de sanción o discriminación. b) Las generalizaciones: como por ejemplo expresiones descalificadoras o prejuicios basados en el origen étnico, cultural, genérico, racial, etc. c) La estigmatización y humillación: que no solo constituyen un acto de vulneración a la dignidad humana sino que son acciones que obstruyen el desarrollo de una sana autoestima e identidad personal. . 5.-Las normas de Convivencia, un encuentro entre el derecho y la ética: el punto de encuentro entre el derecho y la moral son los derechos humanos, que se basan en la ética, pero sin una reglamentación son solo acciones voluntarias. La existencia de normas de convivencia y el reglamento que deriva de ellas constituye una carta de derecho y deberes con sanciones establecidas y conocidas por todos los miembros de la Comunidades Educativas. Estas reglas deben enmarcarse en la ley y en todas las normas vigentes y deben tener siempre como horizonte la formación en valores de los alumnos.

TITULO IV: MISIÓN Y VISIÓN

ARTÍCULO N° 04.

VISION: queremos una escuela inclusiva que potencie el desarrollo integral de los

estudiantes, valorando y vivenciando la identidad cultural a través de una educación de calidad acorde a los valores del ser humano que conlleve a la excelencia académica y que les permita enfrentar en forma exitosa los desafíos de la sociedad actual.

MISION: Entregar una educación de calidad generando oportunidades de

aprendizaje en un clima de alegría, motivación y disciplina para potenciar en los estudiantes sus competencias y habilidades, en un espacio educativo inclusivo con responsabilidad ética y social en el desarrollo de su proyecto de vida.

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TITULO V: MODALIDAD EDUCATIVA.

ARTÍCULO N° 05.

El currículo de estudios tendrá como base el Decreto 40 / 96 y sus modificaciones

PS Nº 256 / 2009, el Decreto 511 / 97 y los respectivos Decretos que fijan los Planes y Programas de Estudios de los diversos niveles, haciendo uso de la flexibilidad necesaria que permita su adaptación a las necesidades de la comunidad, más el apoyo que prestan el grupo de refuerzo educativo en primer ciclo y el proyecto de integración existentes en el establecimiento.

Los documentos que rigen el proceso educativo son los siguientes:

1° a 6° Básico Decreto Base Decreto Programas de estudio

Decreto Plan de Estudio

Evaluación y Promoción Asignaturas

Lenguaje y Comunicación N° 439/2012 N° N° 2960/2012 N° 511/1997

Matemática 2960/2012 Historia, Geografía y C. sociales

Ciencias Naturales

Idioma Extranjero: Inglés

Artes Visuales N° 433/2012 N° 2960/ N° 2969/ 2012

Música 2012 Ed. Física y Salud

Tecnología

Orientación

7° a 8° Básico Decreto Base Decreto Programas de estudio

Decreto Plan de Estudio

Evaluación y Promoción Asignaturas

Lengua y Literatura N° 614 del 2013 N° N° 169/2014 N° 511/1997

Matemática 169/2014 Idioma Extranjero: Inglés

Ed. Física y Salud

Historia, Geografía y C. sociales N° 614 del 2013 Sin N° 169/2014

Ciencias Naturales decreto

Artes Visuales N°369/2015 Sin N°169/2014

Música decreto Tecnología

Orientación

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ARTÍCULO N° 06.

El desarrollo de las actividades lectivas correspondientes a cada año escolar, se

regirá de acuerdo a las Resoluciones Exentas del Ministerio de Educación que fija el Calendario Escolar Regional y sus modificaciones.

ARTÍCULO N° 07.

La Evaluación, Calificación y Promoción Escolar están contenidas en el

Reglamento Interno de Evaluación del Establecimiento, elaborado en concordancia con el Decreto Exento N° 511 del 08-O5-97 y sus posterioresmodificaciones.

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TITULO VI

ESCUELA LUIS URIBE DIAZ UNIDAD TECNICA PEDAGOGICA

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION CALIFICACION Y PROMOCION ENSEÑANZA BASICA

Reglamento Interno de Evaluación, Calificación y Promoción Escolar de Niños y Niñas, de la Escuela “Luis Uribe Díaz" de Castro, según Decreto N° 511 Exento/ 08-05-1997.

SUBTÍTULO I.

Disposiciones Generales.

Este Reglamento Interno es un documento técnico que guarda estrecha coherencia con: el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento; los principios rectores de la Reforma de la Educación: mejorar la Calidad y la Equidad Educativa; los Planes y Programas de Estudio, siendo de 1° a 6° Año Básico: Decreto N° 2960/2012 de 7° y 8° año Básico el Decreto N°169/2014; todo esto de acuerdo a la Ley General de Educación (Ley N°20.370), estableciendo las Bases Curriculares que constituyen el documento principal del currículum nacional, enmarcado en nuestra constitución política, ofreciendo una base cultural común, mediante Objetivos de Aprendizaje establecidos para cada curso o nivel; el Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar de niños y niñas de Enseñanza Básica (Decreto N°511, 1997); la teoría evaluativa y las experiencias de los Profesores y Profesoras.

Ha dispuesto un Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar de niños y niñas y

que sea concordante con los nuevos lineamientos curriculares para la enseñanza.

Se ha dictado el Decreto N°511 del 08 de Mayo de 1997 y teniendo en cuenta el Artículo N°2 de dicho Decreto, el cual faculta a los Directores a propuesta del Consejo de Profesores para elaborar sus propios Reglamentos de Evaluación, este Establecimiento respecto a lo solicitado ha dispuesto establecer su propio Reglamento de Evaluación y Promoción de sus alumnos y alumnas, el cual ha tenido algunas modificaciones de acuerdo a la realidad socio-cultural de nuestra población escolar, las que se hacen presente a continuación.

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El concepto de la evaluación se concibe como:

Un proceso integral y comprehensivo: proporciona antecedentes sobre la totalidad de variables que intervienen en la enseñanza y el aprendizaje, incluida la propia evaluación, por lo que permiten conocer y comprender mejor el fenómeno educativo.

Un proceso relacional ya que permite vincular los logros alcanzados con las metas propuestas para determinar en qué medidas las acciones realizadas acortan la diferencia entre la situación inicial y el momento en que se aplica la evaluación y, a su vez, establece una relación entre aprendizaje y factores que facilitan o dificultan su adquisición.

Un proceso continuo y planificado: permite establecer los momentos en que se recogerá la información, los propósitos, los instrumentos que se utilizarán y el uso que se dará a los resultados obtenidos, y se dispone a abrir un nuevo ciclo a partir del análisis de estos resultados.

Un carácter formativo y de retroalimentación para mejorar la calidad de las acciones emprendidas.

Un carácter cooperativo: requiere involucrar a la totalidad de los agentes vinculados al desarrollo del acto educativo. Así, la participación de los alumnos, autoevaluación y coevaluación, permite conocer no sólo los aprendizajes alcanzados, sino que, también los hábitos y técnicas de estudio, actitudes, expectativas, motivaciones que orientan su comportamiento.

Un sentido ético: se manifiesta cuando el docente conoce las limitaciones de un alumno y no hace uso de la información disponible para ayudarle a superar sus dificultades.

Deliberativa cuando, a partir del análisis de la información obtenida, lleva al docente a reflexionar respecto del mejor modo para alcanzar un fin educativo determinado con anterioridad.

Un factor de aprendizaje, por lo tanto, su propósito sólo se logra cuando permite al alumno alcanzar los aprendizajes propuestos y, por otra parte, ayuda a la unidad educativa a lograr su proyecto educativo.

Abierta ya que aun cuando siga un modelo establecido debe ser capaz de captar e interpretar otros fenómenos significativos que permitan comprender a cabalidad una situación educativa

Artículo 1 ° : El presente reglamento se aplicará en la Escuela “Luis Uribe Díaz”, el que orientará las disposiciones sobre Evaluación, Calificación y Promoción Escolar de niñas y

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Niños de enseñanza básica, las que iniciarán su aplicación desde 1° año básico hasta 8° año básico.

Artículo 2°: El Director/a del Establecimiento a Propuesta del Consejo de Profesores, ha establecido el manual de procedimientos sobre evaluación, calificación y promoción escolar sobre la base de las disposiciones del Decreto N°511/1997 y su posterior modificación según Decreto 107/2003.

Artículo 3: Este Reglamento será comunicado a los señores Padres y Apoderados en el momento de efectuarse la matrícula y explicado en la primera reunión de Padres y Apoderados del año lectivo correspondiente; además será comunicado y explicado a los alumnos y alumnas al inicio del año lectivo correspondiente. Se enviará una copia del mismo para su información, al Departamento Provincial de Educación y plataforma digital SIGE.

SUBTÍTULO II.

De la Evaluación.

Artículo 4°: La totalidad de los niños y niñas serán evaluados en períodos lectivos semestrales, en todas las asignaturas del Plan de Estudios.

Artículo 5° : Al iniciar el año escolar se realizará un reforzamiento pedagógico, que permita orientar la enseñanza y adaptarla a la realidad educativa de los estudiantes con el fin de obtener mejores logros.

El reforzamiento se efectuará durante los primeros ocho días hábiles del año escolar, con la finalidad de nivelar a los estudiantes, en las asignaturas de lenguaje y matemática para primer ciclo básico y en el segundo ciclo las asignaturas de lenguaje, matemática, ciencias naturales, historia y geografía e inglés.

Artículo 6°: Durante el año escolar se realizarán evaluaciones diagnósticas, formativas y sumativas, que permitan obtener información del logro de los OA de cada una de las asignaturas del plan de estudio y tomar las medidas remediales oportunamente, cuando corresponda.

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a) EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA

Está dirigida a determinar las habilidades y conocimientos con que los alumnos y alumnas inician su proceso de aprendizaje, con la finalidad de planificar las actividades pedagógicas en función de las necesidades de los educandos, y así lograr una pedagogía de la diversidad. Se expresará en conceptos de:

L = logrado, sobre el 75% de los objetivos.

S/L = semi logrado, entre el 50% y el 74% de los objetivos.

N/L = no logrado, bajo el 50% de los objetivos.

El logro de las competencias que deberán poseer los alumnos y alumnas para introducir las nuevas habilidades, aptitudes o destrezas.

Para obtener la información del diagnóstico los docentes utilizarán diferentes

procedimientos evaluativos.

En caso de que un alumno o alumna o grupo de ellos (as) no obtuvieren las competencias requeridas en cualquier de las asignaturas, deberá planificar remediales o realizar una nivelación antes de empezar el proceso.

a) EVALUACIÓN FORMATIVA

La evaluación con fines formativos, evaluación de proceso, proporciona información respecto del nivel de dominio que está alcanzando el alumno durante el desarrollo de una situación de aprendizaje.

Esta evaluación cumple una función reguladora, pues entre otros aspectos, proporciona información acerca de la efectividad de la organización de las experiencias de aprendizaje, de la adecuación de los tiempos dedicados al desarrollo de objetivos y contenidos, pertinencia de las oportunidades de ejercitación.

b) EVALUACIÓN SUMATIVA

Proporciona información acerca de la efectividad de todo el proceso pedagógico y permite no sólo calificar al alumno sino que, además, el docente puede tomar decisiones respecto de su propio desempeño. Este tipo de evaluación proporciona información acerca de los Objetivos Fundamentales y Contenido Mínimos logrados por el alumno en relación a aquellos que se planificaron para el nivel respectivo.

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Estas evaluaciones deben tener una aprobación mínima de un 70 % de los estudiantes; en caso de no cumplirse lo anterior, estas evaluaciones deben ser re planificadas para los alumnos que no lograron los objetivos.

La evaluación será distinta a la anterior y debe ser aplicada a la clase siguiente de

entregados los resultados de la primera evaluación.

Los alumnos que rindan la evaluación por segunda oportunidad optarán a una nota

máxima de 4,0; y aquellos que no logren la nota mínima de aprobación serán calificados con la mejor nota obtenida entre ambas pruebas rendidas.

Artículo 7°: El proceso evaluativo podrá utilizar diferentes instrumentos de evaluación, que conlleve al logro de los objetivos, tales como:

Observación: espontánea o estructurada.

Pruebas: escritas, objetivas o deensayo.

Documentos y trabajos de investigación.

Trabajos manuales, tales como maquetas

Desempeño: interpretar, analizar, aplicar conceptos

Trabajos cooperativos.

Disertaciones

Guías de trabajo.

Foros de lectura

Interrogaciones orales y escritas,

Autoevaluaciones

Otros instrumentos

ARTÍCULO 8°: Todas las unidades de aprendizaje deben culminar con un instrumento de evaluación que incluya pauta de corrección y tabulación con una exigencia del 60 % de logros, las que deben ser entregadas en UTP.

En todas las evaluaciones debe existir coherencia entre los objetivos de la unidad y

la evaluación.

Artículo 9°: Toda evaluación se traducirá en calificaciones, las que serán registradas en los libros de clases, en un período máximo de dos semanas (10 días hábiles) posterior a la aplicación de dicha evaluación.

Los alumnos podrán ser evaluados hasta en dos asignaturas diarias, (Lenguaje, inglés, matemática, historia y ciencias naturales), pudiéndose incluir hasta una tercera evaluación del resto de las asignaturas del plan de estudios.

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Los alumnos que falten a alguna evaluación se regirán por la siguiente normativa:

a) Alumnos que presenten licencia médica el docente le reprogramará la evaluación.

b) Alumnos con inasistencias injustificadas serán evaluados en la clase siguiente que corresponda impartir la asignatura.

Artículo 10°: Los alumnos que presenten algún trastorno motor, visual, de audición, de lenguaje o de aprendizaje, que les impida cursar en forma regular una asignatura, deberá aplicárseles procedimientos de evaluación diferenciada. La evaluación diferenciada contemplará modificaciones o readecuaciones de objetivos y/o contenidos, priorización de algunos objetivos o contenidos, o actividades pedagógicas alternativas, o modificaciones de los plazos previstos en el logro de los objetivos propuestos, según la normativa vigente.

SUBTÍTULO III.

De las Calificaciones.

Artículo 11°: Los alumnos serán evaluados en todas las asignaturas o actividades de aprendizaje del plan de estudio en dos periodos semestrales.

Artículo 12°: Para evaluar el aprendizaje de los estudiantes, el docente requiere:

a) Conocer y dominar el marco curricular nacional vigente. b) Dominar la construcción de diversos instrumentos de evaluación. c) Conocer los logros y avances que presenta cada estudiante en relación a los

objetivos planteados. d) Conocer los procedimientos que utilizan los estudiantes para aprender y así

orientar los aprendizajes. e) Identificar las necesidades educativas de los estudiantes, según su realidad socio-

cultural, de modo de poder tomar oportunamente medidas pedagógicas para favorecer que todos los educandos aprendan.

f) Permitir que los estudiantes conozcan sus propios rendimientos, comprendan la complejidad de las tareas emprendidas.

Artículo 13° : Las calificaciones serán: parciales, semestrales y finales.

Las calificaciones parciales corresponden a las notas coeficiente uno y dos obtenidas en el semestre. Se podrán colocar como máximo dos notas coeficientes dos en el semestre por asignatura. (Una por unidad)

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Las calificaciones semestrales de las asignaturas corresponden al promedio aritmético de las notas obtenidas en el semestre, sin aproximación.

Las calificaciones finales, corresponderán al promedio aritmético de las notas

semestrales de cada asignatura, sin aproximación.

Artículo 14°: La calificación anual, corresponde al promedio aritmético del primer y segundo semestre, de todas las asignaturas del plan de estudio. Ésta considera aproximación.

Artículo 15°: El mínimo de calificaciones en cada semestre corresponde a:

- Asignaturas con ½ y 1 hora semanal: dos notas comomínimo. - Asignaturas 2 y 3 horas semanales: cuatro notas comomínimo. - Asignaturas con 4 y 5 horas: cinco notas como mínimo. - Asignaturas con 6 horas y más: seis notas comomínimo.

Artículo 16°: Los resultados de las evaluaciones, expresados como calificaciones de los estudiantes en cada una de las asignaturas, para fines de registro, se anotarán en una escala numérica de 1 a 7, hasta con un decimal.

La calificación mínima de aprobación deberá ser 4,0. No obstante, la Dirección del

Establecimiento podrá resolver casos de calificaciones limítrofes anuales (nota 3,9), situación que deberá ser resuelta antes de consignar las calificaciones finales en actas y certificados.

Artículo 17°: El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales se registrará en el Informe de Desarrollo Personal y Social del Alumno, el que se entregará en forma semestral a los padres y apoderados junto con el Informe de Calificaciones correspondiente.

Artículo 18°: La calificación obtenida por los estudiantes en las asignaturas de Religión y Orientación, no incidirán en su promoción y serán expresadas en conceptos.

Artículo 19° : Las calificaciones obtenidas por los estudiantes en todas las asignaturas, serán comunicadas en forma periódica a los padres y apoderados y con carácter de obligatorio en un informe escrito, al término de cada semestre y al final del año lectivo.

Artículo 20°: El Director del Establecimiento, previa consulta al Profesor Jefe de curso y al profesor de la asignatura correspondiente, podrá autorizar la eximición de los estudiantes en una asignatura, en casos debidamente fundamentados.

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SUBTÍTULO IV.

De la Promoción.

Artículo 21º: Para la promoción de los estudiantes de Enseñanza Básica, se considerarán conjuntamente, el logro de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas del Plan de Estudios y la asistencia a clases.

1.- Respecto del logro de los objetivos:

a) Serán promovidos al curso superior los estudiantes que hubieren aprobado todos las asignaturas del Plan de Estudios.

b) Serán promovidos al curso superior los estudiantes de Enseñanza Básica que no hubieren aprobado una asignatura, siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio 4,5 o superior, incluido el no aprobado.

c) Igualmente serán promovidos a curso superior los estudiantes de Enseñanza Básica que no hubieren aprobado 2 asignaturas, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5,0 o superior, incluidos los no aprobados.

d) Serán promovidos todos los estudiantes de 1º a 2º y de 3º a 4º Año de Enseñanza Básica, que hayan asistido a lo menos, al 85% de las clases. No obstante lo anterior, el Director del establecimiento podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del profesor jefe del curso de los alumnos afectados; no promover a aquellos que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática, en relación a los Objetivos de Aprendizaje de los programas de estudio que aplica el establecimiento y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.

Para adoptar tal medida el establecimiento deberá tener una relación de las actividades de reforzamiento realizadas y la constancia de haber informado oportunamente a los padres.

e) Los alumnos con necesidades educativas especiales estarán sujetos a las mismas normas de la letra anterior, previo informe fundado del profesor (a) especialista.

2.- Respecto de la asistencia:

Para ser promovidos los estudiantes deberán asistir; a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el Calendario Escolar Anual.

No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas

oportunamente, el Director del Establecimiento y el Profesor Jefe podrán autorizar la promoción de los alumnos, de 2° a 3° y de 4° a 5°, con porcentajes menores de asistencia.

19

En el 2° ciclo (5° a 8° años) esta autorización debe ser refrendada por el Consejo se Profesores.

Los alumnos de Enseñanza Básica, que no cumplan con los requisitos de

promoción indicados en los puntos 1 y 2 de este artículo, deberán repetir curso.

Artículo 22°: El Director del Establecimiento Educacional con el Profesor Jefe y/o Consejo de Profesores, deberán resolver las situaciones especiales de Evaluación y Promoción de los estudiantes de Enseñanza Básica. Entre otros, resolverán los casos de los alumnos que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado, finalizar el Año Escolar anticipadamente u otros semejantes.

Todas las situaciones de Evaluación de los alumnos deberán quedar resueltas dentro del período del Año Escolar correspondiente.

Artículo 23°: El Director del Establecimiento Educacional con el Profesor Jefe y/o Consejo de Profesores, deberán resolver las situaciones especiales de Promoción de los estudiantes de Enseñanza Básica, cuando éstos no cumplan con el requisito del 85 % de asistencia, pero sin embargo, cumplen con las calificaciones para ser promovidos, para ello se aplicará el Art.11, N° 2 (Decreto 511/97)

Artículo 24°: La situación final de los estudiantes deberá quedar resuelta al término de cada Año Escolar. Una vez finalizado el proceso, la Escuela entregará a todos los estudiantes un Certificado Anual de Estudios que indique las asignaturas, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.

El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por ningún motivo.

Artículo 25°: Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar, consignarán en cada curso, las calificaciones de cada asignatura, la situación final de los alumnos y cédula nacional de identificación de cada uno de ellos.

Las Actas se confeccionan digitalmente, ingresando los datos de cada estudiante a plataforma SIGE, generándose así las actas de registro, terminado el proceso el sistema entrega informe final al establecimiento.

Artículo 26°: Las situaciones de evaluación y promoción escolar, no previstas en el presente Reglamento Interno, serán resueltas por la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Xa. Región, dentro de la esfera de su competencia.

CLAUDIA HERNANDEZ SOTO

Directora

20

TITULO VII ARTICULO N°8

HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO

N° HORAS LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES

1a 8:00 a 8:45

2a 8:45 a 9:30

recreo 9:30 a 9:50 9.30 a 9.50 9.30 a 9.50 9.30 a 9.50 9.30 a 9.50 9.30 a 9.50 3a 9:50 a 10:35

4a 10:35 a 11:20

recreo 11:20 a 11:30 11.20 a 11.30

11.20 a 11.30

11.20 a 11.30

11.20 a 11.30

11.20 a 11.30

5a 11:30 a 12:45

6a 12:45 a 13:00

almuerzo 13.00 a 14.00

13.00 a 14.00

13.00 a 14.00

13.00 a 14.00

13.00 a 14.00

7a 14:00 a 14:45

8a 14:45 a 15:30

salida 15.30 15.30 15.30 15.30 15.30 13.00

TITULO VIII: ARTICULO N°9 : ORGANIGRAMA DEL ESTABLECIMIENTO

DOCENTES

DIRECTOR/A

INSPECTOR/A GENERAL

JEFE/A UNIDAD TECNICA

PEDAGOGICA CONVIVENCIA ESCOLAR EQUIPO PIE

ASISTENTES DE LA

EDUCACION

ESTUDIANTES

21

ARTICULO N°10 MECANISMOS DE COMUNICACIÓN CON LOS PADRES Y APODERADOS Los medios de comunicación con los padres y apoderados serán la libreta de comunicaciones, el contacto telefónico, el correo electrónico y redes sociales institucionales como Facebook y plataforma SIGE.

TITULO IX: ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN.

ARTÍCULO N° 11. El personal del Establecimiento, según funciones, se estructura de la siguiente forma: 1.-Dirección 2.-Inspectoría General 3.-Unidad Técnico Pedagógica 4.-Docentes. 5.-Profesionales de apoyo (fonoaudiólogo, asistente social, psicólogo/a, orientador/a familiar, entre otros) 6.-Asistentes de la Educación (personal administrativo, Auxiliares de Párvulos auxiliares de servicios menores). 7.-Personal SEP (asistentes de sala, profesionales de apoyo, personal administrativo y personal de servicios menores).

ARTÍCULO N° 12

Organismos que apoya la gestión escolar: 01.-Equipo Directivo 02.-Consejos de profesores (administrativos y técnicos) 03.-Consejo Escolar 04.-Encargado de Convivencia Escolar/ Orientador/a/Psicólogo/a. 05.-Asistente técnico en informática 06.-Centro General de Padres y/o Apoderados 07.-Otras instituciones (Fiscalía, Tribunal de Familia, Carabineros, PDI, Bomberos, Cruz Roja, OPD, Servicio de Salud, JUNAEB, CESFAM Quillahue, SENDA previene, etc.), cuando sus servicios sean requeridos por el Establecimiento.

22

TITULO X: SISTEMA DE ADMISION ESCOLAR

ARTÍCULO N° 13

SISTEMA DE ADMISION ESCOLAR 2019.

El Sistema de Admisión Escolar es el sistema centralizado de postulación que se realiza a

través de una plataforma en internet en la que las familias encuentran información de

todos los colegios que les interesan: proyecto educativo, reglamento interno, actividades

extracurriculares, aranceles, entre otros. Con esa información, los apoderados postulan a

través de la plataforma web, en orden de preferencia, los establecimientos de su elección.

En las regiones de Tarapacá Coquimbo, O’Higgins, Los Lagos y Magallanes tendrán que

postular si desean que su hijo/a por primera vez asista a un Establecimiento Educacional

Municipal o particular subvencionado, o bien, si estando matricula desea cambiarlo otro

colegio subvencionado por el estado.

Cualquiera sea la región a la que se postule NO debe participar del proceso de admisión:

si desea que su hijo/a continúe en el mismo establecimiento en el que se

encuentra matriculado.

Desea cambiar a su hijo a un colegio particular pagado.

Desea cambiar a su hijo/a a una escuela de Párvulos, un establecimiento de

educación especial o a un establecimiento de educación de adultos.

El Establecimiento Luis Uribe Díaz aplicara el proceso de admisión escolar determinado por

el Ministerio de Educación, con las respectivas adecuaciones que se sugieran durante el

año escolar en curso. Además, se informara por escrito a los padres y apoderados de las

fechas de postulación, lugares de postulación y fechas de publicación de los resultados.

Esta información será publicada para todos los padres y apoderados en el Facebook

institucional y mural de convivencia escolar del establecimiento.

ARTÍCULO N° 14

PROCESO DE POSTULACION

1. ¿Dónde se debe postular?

Se podrá postular desde cualquier computador con acceso a internet, ya sea desde el

hogar o el lugar que se estime conveniente. Las personas que no cuenten con computador

o internet podrán acercarse a los distintos puntos de postulación que se habilitarán en las

Secretarías Regionales de Educación, Direcciones Provinciales de Educación,

23

establecimientos educacionales y otros organismos, para apoyar este proceso.

Actualmente la Escuela cuenta con un encargado del proceso de admisión escolar quien

facilitara las postulaciones a los padres y apoderados que soliciten su apoyo.

2.-¿Cómo puedo postular si soy extranjero/a y no tengo RUN?

La Educación Escolar es un derecho garantizado por el Estado de Chile a todos los niños,

niñas y jóvenes migrantes que viven en el país, independiente de la situación migratoria de

sus familias. Si no posee RUN, deberá dirigirse la Oficina de Ayuda Mineduc, donde se le

hará entrega de un número con el que podrá registrarse en la plataforma del Sistema y

realizar la postulación.

Todas las direcciones regionales y provinciales de Ayuda Mineduc se encuentran

disponibles en www.ayudamineduc.cl

3.- ¿A cuántos colegios se puede postular por estudiante?

Un apoderado puede postular a la cantidad de colegios que desee. El mínimo para las

zonas urbanas es de dos establecimientos. Para las zonas rurales el mínimo es un

establecimiento. Recomendamos que agregue la mayor cantidad posible, teniendo en

cuenta que lo mínimo son dos, para asegurarse que tu postulante sea admitida/o en

alguno de los colegios de su preferencia.

4. Si tengo más de un hijo al que quiero postular, ¿Cómo debo hacerlo?

Con el usuario que ha creado puede postular a todos sus hijos con su RUN, realizando una

postulación para cada uno de ellos. La plataforma además le dará las siguientes

alternativas:

Respetar el orden de preferencia de cada postulación en forma independiente.

Privilegiar que los hermanos postulantes puedan ser admitidos en un mismo

establecimiento, aunque no es una garantía.

5. ¿Cómo puedo saber cuántas vacantes tienen los establecimientos a los que postulo?

El Ministerio de Educación publicará en la plataforma las vacantes estimadas de cada

establecimiento, por curso y jornada, para el año escolar siguiente. Esta estimación se

realiza basada en la información de los cupos reportada por cada colegio.

24

6.- ¿Puedo cambiar la postulación una vez enviada?

Puede modificar su postulación las veces que considere necesarias, siempre y cuando se

realice dentro del período de postulación, es decir, hasta el 01 de octubre. Debe verificar

que la postulación esté en estado “enviada” para que sea válida. Siempre se tomará como

válida la última postulación enviada.

7.- ¿Cómo se decide quién es admitido a un colegio si no hay vacantes suficientes para

todos los que postulan

En el caso de que existan más postulantes que cupos, la plataforma completará los cupos

disponibles a través de un sistema aleatorio dando prioridad:

En primer lugar, a las hermanas y hermanos de niños y niñas que estén

matriculados en el establecimiento.

En segundo lugar, a las y los estudiantes de condición prioritaria, hasta completar

el 15% de los cupos totales del curso.

En tercer lugar, a los hijos e hijas de cualquier funcionario/a delestablecimiento.

En cuarto lugar, a las y los ex estudiantes que deseen volver al establecimiento y

que no hayan sido expulsados.

8. ¿Qué sucede si no alcancé a postular en el sistema y se cerró el período de

postulaciones?

Puede postular en el Período de Admisión Complementario, pero solo a las vacantes que

quedaron disponibles luego de haberse cerrado el Proceso de Admisión General.

Si no postuló en ninguno de los dos procesos, debe realizar su regularización a partir del 2

de enero, acudiendo a un departamento provincial o dirigiéndose a un establecimiento que

en caso de tener vacantes debe aceptarlo.

9. ¿Puede suceder que mi postulante no sea admitido en ninguno de losestablecimientos

que elegí?

Sí, puede suceder que en los establecimientos a los que postula, no cuenten con vacantes

suficientes para todos los estudiantes que están postulando. Si no queda en ningún

establecimiento al que postuló, tiene asegurado el cupo en su establecimiento de origen si

es que este tiene el nivel correspondiente.

25

FECHAS IMPORTANTES (modificables según disposición Ministerial y al año en curso).

Jueves 30 Agosto

Se inician las postulaciones en las regiones de Tarapacá, Coquimbo, O’Higgins, Los Lagos y

Magallanes

Jueves 6 Septiembre

Se inician las postulaciones en las regiones de Arica y Parinacota, Antofagasta, Atacama,

Valparaíso, Maule, Biobío, Araucanía, Los Ríos y Aysén

Lunes 01 Octubre

Cierre de la postulación para todas las regiones

Lunes 19 Noviembre

Publicación de resultados

Lunes 3 Diciembre, 2018

Resultados listas de espera.

Lunes 3 Diciembre, 2018

Postulación Etapa Complementaria.

7 Diciembre, 2018

Cierre Etapa Complementaria

17 Diciembre, 2018

Resultados Etapa Complementaria y matrícula.

21 Diciembre, 2018

Cierre de la Etapa matrícula.

26

TITULO XI :

ARTICULO N°15

SEGURIDAD Y RESGUARDO DE DERECHOS

Los actores de la Comunidad educativa se convierten en garantes de derecho,

estableciendo acciones de mejora continua del establecimiento que permitan mayores

niveles de calidad en su proceso educativo, mediante actividades de formación y

prevención en el ámbito de la convivencia escolar con la asignación de un profesional

encargado de la convivencia escolar quien elabora y ejecuta un plan de Gestión de

Convivencia escolar y regulaciones a través de protocolos de acción frente a las siguientes

situaciones y el trabajo con las redes de apoyo comunitarias como Cesfam, Carabineros de

Chile, OPD, Senda previene, PDI.

Los protocolos que establecen estrategias de acción frentes a diversas situaciones de la

comunidad educativa son los siguientes:

1.-Protocolo de acción frente a la certeza o sospecha de agresiones sexuales y hechos de

connotación sexual que atenten contra la integridad de los estudiantes, (hechos

constitutivos de delito).

2.- Protocolo de contención emocional de los estudiantes frente a la develación de hechos

de vulneración.

3.-Protocolo de retención en el sistema escolar de adolescentes embarazadas, madres y

padres adolescentes.

4.- Protocolo de actuación frente a la violencia entre pares o Bullying/ Ciberbullying.

5.-Protocolo de situaciones de vulneración de derechos y maltrato de estudiantes no

constitutivos de delito.

6.- Protocolo de acción frente al consumo de drogas y/o alcohol en el establecimiento

(hechos constitutivos de delito).

7.- Protocolo de acción frente a accidentes escolares.

8.- Protocolo del trabajo de supervisión de los Inspectores.

9.- Protocolo de ingreso y salida del establecimiento

10.- Protocolo de acción del Plan de seguridad escolar PISE.

27

11.-Protocolo de actuación frente a Situaciones de Conflictos entre los miembros Adultos

de la Comunidad Educativa.

12.- Protocolo de prevención y acción frente a suicidios infantiles y adolescentes.

Dichos protocolos estarán en el Reglamento interno de convivencia escolar el que será

entregado a los padres y apoderados y miembros de la comunidad educativa durante el

proceso de matrícula con el correspondiente registro de firmas de su recepción,

publicado en la plataforma SIGE y con una copia a disposición en Dirección, Unidad

técnica pedagógica, Secretaria e inspectoría General.

TITULO XII:

ARTICULO N°16

MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA HIGIENE DEL ESTABLECIMIENTO

EDUCACIONAL Y RESGUARDO DE SEGURIDAD ESCOLAR.

Para garantizar la higiene del establecimiento educacional se cuenta con asistentes de la

Educación de aseo, que se distribuyen por sectores con asignación de turnos de trabajos y

tareas específicas para mantener la limpieza del recinto escolar. Además, se realizan

sanitizaciones periódicas de los baños y comedor, desratización de patios externos y

dependencias internas, mantención de los extintores y capacitaciones de prevención a

través de la ACHS con la asesoría del prevencionista de riesgos de la Corporación de

Educación de Castro, en relación al uso correcto d extintores, primeros auxilios y formación

en el protocolo de seguridad escolar en situaciones de sismos y evacuación a zonas de

seguridad en el Establecimiento.

La higiene del material didáctico y mobiliario en general se realiza en forma periódica con

líquidos y aerosoles desinfectantes.

El Establecimiento cuenta con un sistema de calefacción central, que permite una

temperatura de 15 grados al interior de las aulas y dependencias de la escuela con la

instalación de barómetros de temperatura, su ventilación se realiza en los horarios de

recreos y se limpian en forma diaria, por personal institucional.

Actualmente el baño de varones se encuentra en adecuación de su infraestructura de

acuerdo a normativa de la Superintendencia de Educación.

28

TITULO XIII:

ARTICULO N°17

REGULACIONES SOBRE SALIDAS PEDAGÓGICAS Y GIRAS DE ESTUDIO.

La normativa educacional señala que los viajes de estudio son un conjunto de actividades

educativas extra-escolares que realizan grupos de estudiantes y docentes de un

establecimiento educacional, con el objetivo de adquirir experiencias que contribuyan a la

formación. Para cumplir con su propósito, es necesario considerar todos los aspectos

referidos a prevención de accidentes y seguridad en estos eventos.

Los viajes de estudio favorecen el desarrollo integral de niños, niñas y jóvenes, se orientan

a relacionar los conocimientos teóricos con la experiencia práctica y vivencial relacionada

con diversas materias. Promueven aprendizajes sobre el respeto, la convivencia y la

relación con los pares, los docentes y el medio ambiente, en espacios distintos al aula.

Para resguardar la seguridad y la integridad de los participantes durante estas actividades,

el Reglamento Interno del establecimiento establece normas y procedimientos que

regulen la implementación y ejecución de salidas pedagógicas y giras de estudio.

¿Qué se debe programar para una salida pedagógica?

1.-Autorización del apoderado por escrito a cada uno de los estudiantes que

participa en la salida pedagógica o gira de estudio. Entregada en tiempo y forma.

2.-Especificación del número de adultos responsables por estudiantes que asistan a

la actividad, estos deben ser suficientes para resguardar la seguridad.

3.-Detalle de las medidas de seguridad que se adoptarán durante la realización de

la actividad:

Especificación por escrito de las responsabilidades de los adultos.

Entrega de hoja de ruta al sostenedor.

Proporcionar tarjetas de identificación a cada estudiante, con nombre y número de

teléfono celular del adulto responsable que acompaña al grupo.

Facilitar credenciales con nombre y apellido al personal del establecimientoy

padres que acompañan la actividad.

En caso de salidas pedagógicas y giras de estudio del establecimiento, éstas deberán ser

comunicadas al Departamento Provincial de Educación respectivo, al menos 10 días antes

de su realización, por medio de un formulario que dará cuenta de los siguientes datos:

29

1.- Información del Establecimiento.

2.- Director.

3.- Actividad: fecha y hora, lugar, niveles o curso(s) participante(s).

4.- Profesor responsable.

5.- Autorización de los padres o apoderados firmada (ningún alumno puede asistir a la gira

sin autorización de sus padres y/ o apoderado)

6.- Listado de estudiantes, docentes, y apoderados que asistirán a la actividad.(listado por

correo electrónico a extraescolar @corpocas.cl, con número de teléfono de contacto por

alguna emergencia, listado para ser entregado a Carabineros de Chile y recepción del hotel

donde permanecerán).

7.-Entrega de formulario de accidente escolar para cada niño que participa de la salida.

8.- Planificación Técnico Pedagógica.

9.- Objetivos transversales de la actividad.

10.- Diseño de enseñanza de la actividad que homologa los contenidos curriculares

prescritos.

11.- Temas transversales que se fortalecerán en la actividad.

12.- Información sobre el transporte en que serán trasladados: conductor, patente del

vehículo, o aerolínea u otro tipo de transporte.

13.- Acta del seguro escolar, para que el estudiante sea beneficiario de dicha atención

financiada por el Estado, en caso que corresponda.

Importante: El Director/a debe mantener disponible en el establecimiento toda la

documentación referida a los antecedentes del viaje.

30

TITULO XIV:

ARTICULO N°18

DEBERES Y DERECHOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Deberes y derechos consagrados en el Artículo 10 de la Ley de Educación:

Sin perjuicio de los derechos y deberes que establecen las leyes y reglamentos, los

integrantes de la comunidad educativa gozarán de los siguientes derechos y estarán

sujetos a los siguientes deberes:

a) Los alumnos y alumnas tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca

oportunidades para su formación y desarrollo integral; a recibir una atención adecuada y

oportuna, en el caso de tener necesidades educativas especiales; a no ser discriminados

arbitrariamente; a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su

opinión y a que se respete su integridad física, y moral, no pudiendo ser objeto de tratos

vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos. Tienen derecho, además, a que se

respeten su libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas e ideológicas y

culturales, conforme al reglamento interno del establecimiento. De igual modo, tienen

derecho a ser informados de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de

acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento de cada

establecimiento; a participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento,

y a asociarse entre ellos.

Son deberes de los alumnos y alumnas brindar un trato digno, respetuoso y no

discriminatorio a todos los integrantes de la comunidad educativa; asistir a clases; estudiar

y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades; colaborar y

cooperar en mejorar la convivencia escolar, cuidar la infraestructura educacional y

respetar el proyecto educativo y el reglamento interno del establecimiento.

b) Los padres, madres y apoderados tienen derecho a ser informados por los directivos

y docentes a cargo de la educación de sus hijos respecto de los rendimientos académicos y

del proceso educativo de éstos, así como del funcionamiento del establecimiento, y a ser

escuchados y a participar del proceso educativo en los ámbitos que les corresponda,

aportando al desarrollo del proyecto educativo en conformidad a la normativa interna del

establecimiento. El ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras instancias, a través

del Centro de Padres y Apoderados.

31

Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e

informarse sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento

que elijan para éstos a través de: apoyar su proceso educativo; asistir a las reuniones de

curso y entrevistas con los profesores jefes y docentes de asignatura, asistir a entrevistas

con Dirección, Inspectoría General y Unidad técnica pedagógica, cumplir con los

compromisos asumidos con el establecimiento educacional; respetar su normativa interna

establecida en el Reglamento interno de convivencia escolar, y brindar un trato

respetuoso a los integrantes de la comunidad educativa.

c) Los profesionales de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente

tolerante y de respeto mutuo; del mismo modo, tienen derecho a que se respete su

integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios,

degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad

educativa, independiente del rol o función que cumplan dentro de la Institución. Además,

tienen derecho a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del

establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna, procurando, además,

disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo.

Por su parte, son deberes de los profesionales de la educación ejercer la función

docente en forma idónea y responsable; orientar vocacionalmente a sus alumnos cuando

corresponda; actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente; investigar, exponer

y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel educativo establecidos

por las bases curriculares y los planes y programas de estudio; respetar tanto las normas

del establecimiento en que se desempeñan como los derechos de los alumnos y alumnas, y

tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los estudiantes y demás

miembros de la comunidad educativa.

d) Los asistentes de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y

de respeto mutuo y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de

tratos vejatorios o degradantes; a recibir un trato respetuoso de parte de los demás

integrantes de la comunidad escolar; a participar de las instancias colegiadas de ésta, y a

proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los

términos previstos por la normativa interna.

Son deberes de los asistentes de la educación ejercer su función en forma idónea y

responsable; respetar las normas del establecimiento en que se desempeñan, y brindar un

trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa.

32

e) Los equipos docentes directivos de los establecimientos educacionales tienen

derecho a conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirigen y

a ser respetados en su integridad física y psicológica manteniendo los canales de la

comunicación abiertos frente a posibles problemas de relaciones personales donde se

prime la mediación para mantener un clima laboral óptimo de todos los miembros de la

Institución.

Son deberes de los equipos docentes directivos liderar los establecimientos a su cargo,

sobre la base de sus responsabilidades, y propender a elevar la calidad de éstos;

desarrollarse profesionalmente; promover en los docentes el desarrollo profesional

necesario para el cumplimiento de sus metas educativas, y cumplir y respetar todas las

normas del establecimiento que conducen.

Para el mejor cumplimiento de estos objetivos los miembros de estos equipos de los

establecimientos subvencionados o que reciben aportes del Estado deberán realizar

supervisión pedagógica en el aula.

Los derechos y deberes anteriores se ejercerán en el marco de la ley y en virtud de las

funciones y responsabilidades delegadas por el sostenedor, según corresponda.

f) Los sostenedores de establecimientos educacionales tendrán derecho a establecer y

ejercer un proyecto educativo, con la participación de la comunidad educativa y de

acuerdo a la autonomía que le garantice esta ley. También tendrán derecho a establecer

planes y programas propios en conformidad a la ley, y a solicitar, cuando corresponda,

financiamiento del Estado de conformidad a la legislación vigente.

Son deberes de los sostenedores cumplir con los requisitos para mantener el

reconocimiento oficial del establecimiento educacional que representan; garantizar la

continuidad del servicio educacional durante el año escolar; rendir cuenta pública de los

resultados académicos de sus alumnos y cuando reciban financiamiento estatal, rendir

cuenta pública del uso de los recursos y del estado financiero de sus establecimientos a la

Superintendencia. Esa información será pública. Además, están obligados a entregar a los

padres y apoderados la información que determine la ley y a someter a sus

establecimientos a los procesos de aseguramiento de calidad en conformidad a la ley.

33

ARTICULO N°19 SITUACIONES DE MALTRATO O ACOSO ESCOLAR O VIOLENCIA ENTRE LOS MIEMBROS DE

LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Como estrategias de prevención del maltrato, acoso físico o psicológico para los miembros

de la Comunidad Educativa se realizaran talleres y charlas gestionadas por Convivencia

escolar alusivas a la normativa vigente, resolución pacífica de conflictos y mediación

escolar a través de profesionales idóneos que impartirán las capacitaciones.

Cuando existan situaciones de vulneración de derechos entre los adultos miembros de la

comunidad educativa, manifestados a través de cualquier medio, material o digital se

procederá a informar a Inspectoría General quien deriva a Convivencia Escolar para un

proceso de mediación y conseguir un dialogo conciliatorio, sin embargo sino se llega a

acuerdos se informa a Dirección quien solicitara los antecedentes de la situación para

alcanzar acuerdos consensuados. Pero de no prosperar la solución consensuada solicitara

una investigación sumaria donde las partes involucradas harán uso de su derecho de

denuncia en los organismos pertinentes y se procederá de acuerdo al artículo N°70 del

Reglamento Interno de orden higiene y seguridad Corporativo.

Cuando existan situaciones de peligro de la integridad y/o violencia física entre los adultos

miembros de la comunidad educativa, se procederá a llamar a Carabineros de Chile, para

realizar la denuncia pertinente, además se realizara la derivación a la ACHS como

incidente laboral en compañía del presidente del comité paritario.

TITULO XV:

ARTICULO N°20

DIFUSION DEL REGLAMENTO INTERNO

El Reglamento Interno se modificara al menos una vez al año y sus modificaciones serán

socializados con los miembros de la comunidad educativa a través de los consejos de

profesores, consejo escolar, la plataforma SIGE del ministerio de educación, disponible en

el recinto para los estudiantes, padres y apoderados y se entregara una copia digital con

recepción de firmas durante el proceso de matrícula de los estudiantes. Además, se

contará con una copia en Dirección, Inspectoría General y Secretaria frente a la solicitud

física de algún miembro de la comunidad educativa.

34

TITULO XVI : CARGOS DIRECTIVOS Y SUS FUNCIONES

ARTÍCULO N° 21

El equipo Directivo está constituido por Responsabilidades jerárquicas por:

Director/a.

Inspector/a General.

Jefe/a Unidad Técnica Pedagógica.

ARTÍCULO N° 22.

Descripción de los cargos:

Director/a: Profesional de nivel superior que se ocupa de la dirección, administración,

supervisión y coordinación de la educación de la unidad educativa. Su función principal es liderar y dirigir el Proyecto Educativo Institucional.

Deberes:

01.-Dirigir el Establecimiento de acuerdo a los principios de Administración Educacional y políticas normativa vigentes.

02.-Determinar los objetivos del establecimiento en concordancia con los requerimientos de la comunidad escolar y de acuerdo a los lineamientos PEI, PME acorde a la normativa vigente.

03.-Cordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo.

04.-Gestionar el clima organizacional y la convivencia para asegurar las condiciones favorables para el logro de los objetivos institucionales.

05.-Gestionar la organización, funcionamiento y evaluación del currículo, procurando una adecuada distribución de los recursos.

06.-Presidir los diversos consejos y/o reuniones dentro de la institución y delegar funciones cuando corresponda.

07.-Gestionar el área administrativa en forma oportuna y de acuerdo a la legislación y reglamento vigente.

08.-Promover la realización de actividades artístico -culturales y deportivas, dentro y fuera del establecimiento.

09.-Tomar decisiones en forma eficiente en los diferentes ámbitos de gestión, con la colaboración de los estamentos cuando corresponda.

10.-Gestionar la relación con la comunidad y el entorno.

11.-Representar al establecimiento en su calidad de Director/a.

12.-Informar oportunamente a los apoderados acerca del funcionamiento de la escuela

13.-Coordinar y promover el desarrollo profesional del equipo docente y no docente.

14.-Dar cuenta pública de su gestión.

35

15.-Definir y difundir el PEI y PME de la Unidad Educativa

16.-Tomar decisiones sobre inversiones en el establecimiento.

17.-Monitorear y evaluar las metas y objetivos del establecimiento.

18.-Conocer el reglamento Corporativo y normativas legales que regulan su quehacer laboral.

ARTÍCULO N° 23.

Inspector/a general: Profesional de la educación que se responsabiliza de las funciones

administrativas y disciplinarias del establecimiento. Asesora a la Dirección colaborando en el logro de metas de disciplinarias institucionales y fomentando una sana convivencia escolar.

Deberes:

01.-Establecer lineamientos educativo-formativos al interior de los diferentes niveles.

02.-Subrogar al director cuando proceda, previa designación para tal efecto.

03.-Participar en la planificación, organización y administración del establecimiento.

04.-Difundir e informar a la comunidad educativa el Reglamento Interno de Convivencia escolar 2018.

05.-Administrar la disciplina del alumnado, de acuerdo al reglamento interno y normativa vigente. 06.-Coordinar y ejecutar el proceso de admisión de alumnos.

07.-Planificar y coordinar las actividades de su área.

08.-Gestionar el personal a cargo.

09.-Gestionar el clima organizacional y la convivencia Escolar.

10.-Asegurar la existencia de información útil para la toma oportuna de decisiones.

11-.Apoyar la elaboración, implementación y seguimiento del Plan de gestión de convivencia. 12.-Administrar los recursos de su área en función del PEI.

13.-Coordinar aspectos disciplinarios de la labor docente.

14.-Elaborar horarios de clases en conjunto con la UTP de acuerdo a las necesidades del establecimiento.

15.-Conocer el reglamento Corporativo y normativas legales que regulan su quehacer laboral.

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ARTÍCULO N° 24.

Jefe/a unidad técnico pedagógica: Profesional que se responsabiliza de la

programación, organización, supervisión y evaluación del desarrollo de las actividades curriculares. Asesora a la Dirección colaborando en el logro de metas de rendimiento pedagógicas institucionales y fomentando una sana convivencia escolar.

Deberes:

01.-Establecer lineamientos educativo-formativos pedagógicos al interior de los diferentes niveles.

02.-Programar, organizar, supervisar y evaluar las actividades correspondiente a los procesos curriculares.

03.-Velar por el rendimiento escolar de los estudiantes, procurando el mejoramiento permanente del proceso de enseñanza – aprendizaje y metas institucionales.

04.-Asesorar y supervisar a los docentes en la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación y en la aplicación de los programas de estudio.

05.-Gestionar perfeccionamiento del personal docente de acuerdo a las necesidades curriculares. 06.-Difundir el PEI y asegurar la participación de la comunidad Educativa y el entorno.

07.-Asegurar la existencia de información útil para la toma oportuna de decisiones. 08.-Gestionar el personal a cargo. 09.-Planificar y coordinar las actividades de su área.

10.-Administrar los recursos de su área en función del PEI.

11.-Coordinar y supervisar el trabajo académico y administrativo de los docentes, Integración, entre otros.

12.-Supervisar la implementación de los programas en el Aula. 13.-Asegurar la calidad de las estrategias didácticas en el aula.

14.-Dirigir el proceso de evaluación docente.

15.-Entregar apoyo al profesor en el manejo y desarrollo del grupo curso.

16.-Apoyar en mejorar las estrategias de acuerdo a los resultados.

17.-Gestionar proyectos de innovación pedagógica.

18.-Conocer el reglamento Corporativo y normativas legales que regulan su quehacer laboral.

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TITULO XVII : DOCENTES

ARTÍCULO N° 25

Docente: profesional de la educación, lleva directamente los procesos sistemáticos de

enseñanza y formación, lo que incluye, diagnostico, planificación, ejecución y evaluación de dichos procesos y de las actividades educativascomplementarias.

La Escuela contará con los siguientes docentes de aula, según su función:

1.- Docentes de Educación Básica. 2.- Docentes de Educación Párvularia. 3.- Docentes de Educación Especial.

Deberes:

01.-Conocer los deberes, obligaciones y derechos de carácter profesional establecidos en

el Estatuto Docente de los Profesionales de la Educación ( Ley 19.070/91 y 19.040/95 y su correspondiente reglamentación).

02.-Conocer el reglamento Corporativo y normativas legales que regulan su quehacer laboral.

03.-Enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel educativo

establecidos por las bases curriculares y los planes y programas de estudio del Ministerio de Educación.

04.-Cumplir las disposiciones técnico pedagógicas impartidas por el Ministerio de educación, corporación de Castro y UTP del establecimiento.

05.-Planificar, evaluar y seleccionar recursos y estrategias metodológicos de aprendizajes de acuerdo a la asignatura impartida y características de sus alumnos/as.

06.-Conocer, aplicar y respetar el reglamento interno de convivencia escolar, socializándolo con los alumnos/as y padres y apoderados de la comunidad educativa.

07.-Mantener canales de comunicación efectiva con todos los estamentos de la Unidad educativa. 08.-Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente.

09.-Conocer íntegramente el PEI, Reglamento de Evaluación, Plan de Mejoramiento PME y Reglamento Interno de Convivencia Escolar y Plan de gestión de convivencia. 10.-Realizar labores administrativas inherentes a su función pedagógica.

11.-Reportar y registrar evaluación académica de los estudiantes.

12.-Gestionar proyectos de innovación pedagógica y participar activamente en la realización de proyectos institucionales.

13.- Ser respetado en su integridad física y psicológica no pudiendo ser objeto de tratos degradantes ni vulnerado en sus derechos (ley 20.501 sobre la calidad y equidad de la Educación Art.Nº8)

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ARTICULO N°26

Profesor jefe: profesional de la educación, que lleva acabo directamente los procesos

sistemáticos de enseñanza, formación, diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación de los procesos y de las actividades educativas de un curso asignado, en su rol de Profesor Jefe.

Deberes: 01.-Cumplir todos los deberes correspondiente al Docente. (Art. 13)

02.-Ejecutar, supervisar y evaluar personalmente y/o junto con los docentes de asignatura del curso, UTP e Inspectoría General el proceso de enseñanza aprendizaje de los alumnos del curso asignados, informando además de situaciones individuales de estudiantes que requieren apoyo académico o disciplinario.

03.-Confeccionar el Plan Anual del curso, organización, plan de estudio, diagnóstico general, objetivos, actividades, metas a logra y evaluación de los procesos.

04.-Organizar, supervisar y evaluar las actividades específicas del consejo de curso.

05.-Mantener al día los documentos relacionados con la identificación, evaluación y promoción de cada alumno y marcha pedagógica de cada curso.

06.- Mantener comunicación permanente y realizar entrevistas personales oportunas de los proceso de aprendizaje y de comportamiento de sus alumnos con los padres y apoderados.

07.-.Realizar entrevistas personales a cada estudiante de su curso, favoreciendo el conocimiento de sus intereses y necesidades. 08.-Organizar, supervisar y evaluar las actividades específicas del consejo de curso.

09.-Velar por la mantención y cuidado de la sala de clases, mobiliario e implementación.

10.-Comunicar oportunamente a Inspectoría General de las reuniones extraordinarias u otra actividad a realizar por el curso, que deseen realizar en dependencias de la escuela.

11.-Conocer y aplicar el Plan de Seguridad Escolar.

12.-Planificar y desarrollar el programa de Orientación.

ARTÍCULO N° 27

Coordinador PIE: Profesional de la educación especialista en Educación diferencial, que trabaja de manera colaborativa con los docentes de aula y le corresponde gestionar las distintas acciones que implica la implementación, elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación del Programa de Integración Escolar (PIE).

Deberes:

01.-Conocer e implementar la normativa vigente para Programas de Integración (Decreto N° 170 , N°83). 02.-Mantener comunicación permanente con equipo Directivo del establecimiento.

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03.-Organizar y coordinar reunión de equipo PIE y equipo de Aula.

04.-Conformar equipos de trabajo, estableciendo funciones y responsabilidades.

05.-Coordinar la elaboración, ejecución y evaluación de las actividades del PIE.

06.-Conocer, difundir y colaborar con formularios, protocolos, etc. 07.-Velar por la confidencialidad y el buen uso de la información.

08.-Coordinar acciones de capacitación Profesional.

09.-Establecer contacto con redes de apoyo Comunales.

10.-Realizar reuniones y entrevistas individuales y/o grupales con profesionales, padres apoderados y estudiantes. 11.-Preparar material para reuniones técnicas: ppt, documentos técnicos, entre otros.

12.-Preparar planillas con datos para ingreso de estudiantes a plataforma.

13.-Entregar Horario de Trabajo de todo el equipo PIE a Jefe/a de UTP e Inspector/a General.

14.-Supervisar la entrega de apoyos de parte de docentes diferenciales, profesionales de apoyo, docentes de educación básica y pre básica hacia los estudiantes del PIE, cautelando que se dé cumplimiento a los diferentes horarios asignados y establecidos a cada docente.

15.-Revisar Planes de trabajo de Profesionales de Apoyo y velar por el cumplimiento de los objetivos contemplados en este.

16.-Revisar y autorizar todo documento que sea enviado desde PIE y hacia otras instituciones a nivel de Docentes Diferenciales y/o Profesionales de Apoyo.

17.-Monitorear el ingreso de información de parte de los profesionales de apoyo que participan en el proceso de cada curso a cargo, de manera que se encuentre actualizado

18.-Coordinar junto a Asistente Social, valoraciones de salud que deban realizarse y supervisar que estas se lleven a efecto.

19.-Gestionar la compra de materiales e insumos necesarios para el buen funcionamiento del PIE.

20.-Establecer contacto con coordinador(a) PIE de otros establecimientos para continuidad de estudios en Enseñanza Media.

21.-Mantener registro de reuniones de Equipo PIE, con Directivos, redes, etc.

22.-Solicitar información a Mineduc relativa a normativa vigente de Educación Especial y otros temas de interés.

23.-Registrar la entrega de documentos y materiales a docentes, profesionales de apoyo, docentes de educación básica y preescolar.

24.-Participar en la sugerencia de acciones para ser incorporadas en PME

25.-Redactar oficios que tengan directa relación con el trabajo del PIE que sean solicitados por diferentes instituciones, llevando registro de correspondencia despachada y recibida desde el PIE y hacia otras entidades

26.-Asegurar la inscripción de los profesionales en el “Registro Nacional de Profesionales de la Educación Especial para la Evaluación y Diagnóstico”, de acuerdo con las orientaciones del Mineduc y normativa vigente

27.-Mantener actualizado datos de profesionales del PIE (Fotocopia título, cursos, contrato, certificado antecedentes, certificado autorización para la evaluación,

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certificado autorización de Profesionales área salud, entre otros).

28.-Monitorear permanentemente los aprendizajes de los estudiantes del PIE

29.-Informar a apoderados que han autorizado la evaluación de sus pupilos, cuando estos no califican para ingreso a PIE según normativa vigente.

30.-Supervisar el desempeño de los docentes diferenciales y profesionales de apoyo dentro del aula común, aula de recursos, en trabajo colaborativo, con apoderados etc., de manera de retroalimentar estos procesos. 31.-Mantener actualizado inventario de sala de Coordinación.

32.-Elaborar y revisar periódicamente bitácoras de registro para profesionales de apoyo, destinadas a actividades realizadas fuera del establecimiento (visitas domiciliarias, reuniones externas, coordinaciones con otras instituciones, etc.)

33.-Entregar y recepcionar Fichas de derivación a Docentes diferenciales y profesionales de apoyo para que estos, junto a los respectivos profesores jefes, definan estudiantes que requerirán apoyo de Asistente Social, Fonoaudiólogo y/o Psicóloga.

34.-Revisar permanentemente carpetas individuales de los estudiantes del PIE y Registros de Planificación por curso, informando a Jefe/a de UTP incumplimientos que se detecten.

35.-Llevar registro de todas las solicitudes realizadas por los docentes diferenciales, profesores jefes, hacia los profesionales de Apoyo y supervisar el estado de avance de estas de manera permanente.

ARTÍCULO N° 28

Profesor Diferencial: profesional de la educación que trabaja de manera colaborativa

con profesores Jefes, profesores de asignaturas y profesionales de apoyo, atendiendo a los estudiantes con NEE transitorias y permanentes.

Deberes:

01.-Brindar atención especializada a estudiantes con NEE en aula común y/o Aula de Recursos según horas que establece el Decreto N° 170 / N°83

02.-Registrar actividad realizada en aula común en hoja de Registro de Planificación de cada curso, minutos antes de finalizar el apoyo en aula o en tiempo acordado con los docentes de educación pre básica y básica. 03.-Llevar a cabo proceso de Evaluación y reevaluación de los estudiantes del PIE.

04.-Determinar los apoyos para cada estudiante con NEE, junto a los profesores jefes (atención con Psicóloga, Asistente Social y/o Fonoaudiólogo, etc.) 05.-Dirigir reuniones técnicas de Equipos de Aula.

06.-Efectuar adaptaciones y adecuaciones curriculares de acuerdo a las necesidades de cada estudiante cuando corresponda, anexando registró de la planificación de cada curso y asignatura en formato que será entregado por Coordinadora.

07.- Completar formularios y documentos técnicos en los plazos establecidos, cautelando que estos no tengan enmiendas.

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08.-Mantener actualizada la carpeta de antecedentes de cada estudiante (autorizaciones, Informes de evaluación Psicológica, fonoaudiológica, neurológica, psicopedagógica, etc., anamnesis) respetando el orden preestablecido por la Unidad Educativa.

09.-Registrar y actualizar permanentemente la información en Registro de Planificación y actividades por curso.

10.-Participar en reuniones de equipo PIE, equipo de Aula, redes externas, cuando corresponda y llevar registro de estas.

11.-Canalizar con Coordinadora PIE, todo tipo de solicitudes hacia los profesionales de Apoyo.

12.-Crear y motivar el uso de estrategias y recursos metodologías diversificadas dentro del aula común, para mejor atención de la diversidad.

13.-Realizar entrevistas individuales y grupales con padres y apoderados, abordando temas de interés.

14.-Planificar, junto al Profesor(a) Educación Pre básica y Básica, la realización de talleres con los padres y apoderados de estudiantes del PIE y del curso en general, con apoyo de profesionales idóneos.

15.-Elaborar estados de avance en caso de valoración de salud del déficit o discapacidad de los estudiantes del PIE y entregarlas a Asistente Social oportunamente (neurólogo, médico familiar, etc.)

16.-Entregar documentación completa a padres y apoderados en caso de retiro de alumnos dejando un registro de firma y copia de toda la documentación.

17.-Evaluar Estilos de Aprendizaje de todos los cursos con estudiantes integrados al inicio del año escolar (1º semana de abril). El instrumento aplicado debe ser anexado al expediente de cada alumno. Cada docente diferencial entregará una copia a Coordinadora, la cual será remitida a Jefe Unidad técnico Pedagógica.

18.-Definir materiales que se requerirán para trabajo en PIE (insumos, material específico, etc.) y entregar listado a Coordinadora para posterior adquisición.

19.-Definir y confeccionar horario de coordinación con docentes de Educación Pre básica, básica , entregando copia a Coordinadora ( marzo)

20.-Mantener actualizado inventario de Aulas de Recursos. Y entregar dos copias a Coordinadora en Abril.

21.-Elaborar Informe a la familia y hacer entrega de estos en los períodos que establece el Decreto N° 170 (Abril / Diciembre)

22.-Completar Formularios de Ingreso o Reevaluación por cada estudiante en PIE, según Necesidades diferentes de los estudiantes.

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TITULO XVIII : ARTICULO N°29

PROFESIONALES DE APOYO

Profesional al servicio de la educación en las áreas de la Psicología, fonoaudiología, asistencia social y orientación familiar u otros que apoyen las necesidades educativas y/o formativas de los estudiantes.

ARTÍCULO N° 30

Asistente social: profesional de desempeño en el área de educación, apoyando la

implementación de programas educativos (PIE) y necesidades propias de los estudiantes de todo el establecimiento, a través del servicio coordinado entre los diferentes estamentos.

Deberes: 01.-Elaborar plan de trabajo Anual y entregar a Coordinadora PIE

02.-Completar Hoja de Ingreso de estudiantes derivados para apoyo de Asistente Social, llevando registro secuenciado de las actividades realizadas. 03.-Dar a conocer Plan de Trabajo Anual en reunión Equipo PIE

04.-Llevar registro actualizado en bitácora, de acciones desarrolladas fuera del establecimiento, tales como. Visitas domiciliarias, coordinaciones con redes externas como Tribunales, Servicios de salud, Corporación, Centros médicos, etc. 05.-Entregar en forma impresa todo documento a profesionales que correspondan.

06.-Participar de reuniones Técnicas de equipo PIE, equipo de Aula, reuniones de coordinación con docentes diferenciales, redes externas, etc.

07.-Participar semanalmente de reuniones de equipo de Aula, de acuerdo a horario establecido.

08.-Mantener contacto con Docente Encargado del Programa de Salud Escolar al interior del establecimiento para incorporar a estudiantes del PIE a estos beneficios.

09.-Realizar talleres con alumnos PIE, entrevistas, reuniones con padres y apoderados del Programa en temáticas de interés.

10.-Establecer coordinación con profesores jefes, redes externas y/otros profesionales para la realización de talleres con padres, apoderados, estudiantes del Programa de Integración y profesores.

11.-Establecer coordinación con redes de apoyo externas que atienden estudiantes del PIE, realizando seguimiento a estos de manera permanente.

12.-Tramitar ayudas sociales para estudiantes del PIE e informar a los padres y apoderados. 13.-Elaborar informes Sociales de alumnos de PIE.

14.-Completar formularios de Valoración de salud y entregarlos a padres y apoderados, médicos, etc., cada vez que estos sean requeridos.

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15.-Monitorear que Formularios de valoración de salud se encuentren actualizados.

16.-Gestionar atenciones médicas de estudiantes del PIE con derivaciones a nutricionista, neurólogo y otros, en los diferentes centros de salud pública, de manera de agilizar la incorporación de ellos a este sistema para la posterior obtención de beneficios (medicamentos)

17.-Acompañar el proceso de atención médica de los estudiantes del PIE para orientar de forma inmediata a los padres y apoderados en temas como compra de medicamentos, atenciones médicas con otros especialistas que no aborda el PIE, etc.

18.-Establecer coordinación con Liga contra la Epilepsia de Puerto Montt u otros para la compra de medicamentos por parte de los padres y apoderados del PIE.

19.-Gestionar el ingreso y obtención de Registro Nacional de la discapacidad a estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes.

20.-Realizar visitas domiciliarias y posteriormente socializar la información con docentes diferenciales que corresponda.

21.-Establecer coordinación con otros establecimientos para continuidad de estudios de enseñanza media, informándose de requisitos necesarios para la postulación de alumnos del PIE.

22.-Gestionar, junto a la Coordinadora del PIE, visitas de estudiantes de 8° Años a establecimientos de Enseñanza Media.

23.-Completar Registro de Planificación y Actividades por curso, manteniendo actualizada la información relativa a trabajo con los estudiantes, padres y/o apoderados y anexarlo una vez terminado el apoyo. 24.-Completar de manera individual el Registro de Apoyo para cada estudiante

25.-Realizar seguimiento de estudiantes PIE en cuanto a inasistencias reiteradas e injustificadas a clases, (2 días de inasistencia), estableciendo contacto telefónico de manera inmediata para conocer causas, en caso contrario llevar a cabo visita domiciliaras de manera inmediata.

26.-Entregar al finalizar cada semestre, Informe de avance escrito del trabajo realizado con cada estudiante el que debe anexarse al Informe de la Familia en los períodos que establece la normativa (Marzo-Abrí/ julio, Diciembre).

27.-Conocer e informar de Proyectos para beneficio de estudiantes del PIE, a docentes, padres y apoderados.

28.-Realizar talleres para profesores con horas para trabajo colaborativo semestral (Mayo – Agosto)

29.-Mantener actualizado inventario de Oficina de Asistente Social

30.- Participar colaborativamente de reuniones de articulación con Dirección, Inspectoría General y convivencia escolar para generar soluciones a necesidades Institucionales.

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ARTÍCULO N° 31

Psicólogo (a): profesional de desempeño en el área de educación, apoyando la

implementación de programas educativos (PIE), responsable de la evaluación diagnóstica y Psico educativa y el asesoramiento psicológico a los distintos agentes de la comunidad educativa

Deberes: 01.-Realizar evaluaciones, reevaluaciones Psicológicas, TDA, habilidades Adaptativas a través de la aplicación de Test psicométricos y otras técnicas de evaluación psicológica, para medir independencia, autoestima, estabilidad emocional, autocontrol, inteligencia, y otras a los estudiantes

02.-Elaborar Plan de trabajo Anual y entregar a coordinadora PIE.

03.-Completar Hoja de Ingreso de estudiantes derivados para atención con Psicóloga, y aplicar test estandarizados o informales para evaluar autoestima, motivación, adaptación, etc para el apoyo profesional durante el semestre.

04.-Diseñar y registrar plan de apoyo de acuerdo a resultados de evaluación realizada a cada estudiantes PIE derivados ( Autoestima, Control de impulsos, motivación, tolerancia a la frustración, etc) 05.-Dar a conocer Plan de Trabajo Anual en reunión Equipo PIE 06.-Entregar en forma impresa todo documento a profesionales que correspondan.

07.-Derivar estudiantes del PIE y elaborar informes e interconsulta a otros profesionales especializados (Psiquiatras, Neurólogos, Pediatras, y/o redes, articulando el trabajo con el Asistente Social cuando corresponda.

08.-Realizar apoyo a estudiantes del PIE que pese a estar siendo atendidos por redes externas, requieren de una intervención más continua, para que efectivamente se obtengan avances.

09.-Entregar estrategias a docentes diferenciales, profesores de Educación Pre básica, Básica, padres y/o apoderados para abordar casos de estudiantes con TDAH, Trastornos Conductuales, Depresiones, Búsqueda de Identidad Sexual, etc., y realizar seguimiento.

10.-Realizar atención individual y/o grupal de estudiantes del PIE semanalmente y de estudiantes de la comunidad educativa de acuerdo a situaciones emergentes que ameriten su especialización. 11.-Realizar entrevistas y atención de padres y apoderados del PIE.

12.-Coordinar con profesores jefes, la realización de talleres para cursos con estudiantes en PIE y/o requerimientos institucionales, en horario de orientación Y , en temáticas de interés de estos.

13.-Participar de reuniones técnicas de Equipo PIE, Equipo de Aula, con docentes diferenciales, redes externas cuando corresponda.

14.-Completar Registro de Planificación y actividades por curso manteniendo actualizada la información relativa a las intervenciones realizadas y anexarlo diariamente, una vez concluido el apoyo al estudiante.

15.-Completar información que corresponda a su área en los Formularios de Ingreso o de reevaluación en casos de estudiantes con FIL y DIL

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16.-Realizar visitas domiciliarias para conocer dinámicas familiares al inicio del trabajo con los estudiantes del PIE.

17.-Entregar al finalizar cada semestre, Informe de avance escrito del trabajo realizado con cada estudiante el que debe anexarse al Informe de la Familia en los períodos que establece la normativa (Marzo-Abril/ julio, Diciembre).

18.-Realizar talleres para profesores con horas para trabajo colaborativo semestral (Mayo – Agosto)

19.-Mantener actualizado inventario de la sala de Atención Psicológica.

20.- Participar colaborativamente de reuniones de articulación con Dirección, Inspectoría General y convivencia escolar para generar soluciones a necesidades Institucionales

ARTÍCULO N° 32

Fonoaudiólogo (a): profesional de desempeño en el área de educación, apoyando la

implementación de programas educativos (PIE), responsable de la prevención, la evaluación y el tratamiento de los trastornos de la comunicación humana, apoyando el trabajo docente.

Deberes:

01.-Realizar evaluaciones a estudiantes para posibles ingresos al PIE y reevaluaciones Fonoaudiológicas a los alumnos antiguos. 02.-Elaborar Informes Fonoaudiológicos de Ingreso o Reevaluación.

03.-Elaborar Plan de Trabajo Anual y entregar dos copias a coordinadora PIE

04.-Entregar en forma impresa todo documento a profesionales que correspondan.

05.-Realizar tratamiento específico individual y/o grupal de ½ o 1 hora según necesidades de los estudiantes del PIE.

06.-Entregar al finalizar cada semestre, Informe de avance escrito del trabajo realizado con cada estudiante el que debe anexarse al Informe de la Familia en los períodos que establece la normativa ( Marzo-Abri/ julio, Diciembre).

07.-Orientar a docentes en la búsqueda de propuestas pedagógico didácticas y brindar apoyo a los cursos que favorezcan el desarrollo de competencias lingüísticas y comunicativas de todos los estudiantes del curso.

08.-Completar información que corresponda a su área en los Formularios de Ingreso o de reevaluación en casos de estudiantes con TEL.

09.-Preparar material diversificado para apoyar las necesidades específicas de los estudiantes del PIE.

10.-Hacer uso de los Test de Evaluación y materiales bibliográficos con que el PIE cuenta, preocupándose por su adecuada mantención. 11.-Completar Registro de Planificación y actividades por curso de forma individual manteniendo la información actualizada permanentemente.

12. Brindar apoyo a estudiantes con TEL secundarios a sus diagnósticos de base, siempre que disponga de tiempo suficiente para dicha actividad.

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13.-Entrevistar e informar a padres y apoderados del PIE, entregando estrategias para el apoyo en el hogar.

14. Preparar talleres para padres, apoderados del PIE , como también para profesores en temáticas de interés.

15. Participar de reuniones técnicas de Equipo PIE, Equipo de Aula, Redes de apoyo, etc., cuando corresponda.

16.-Entregar al finalizar cada semestre, un Informe de avance escrito del trabajo realizado con cada estudiante el que debe quedar anexado a la carpeta de este.

17.-Mantener actualizado inventario de la sala de Atención Fonoaudiológica.

18.- Participar de reuniones de articulación con Dirección, Inspectoría General y convivencia escolar para generar soluciones a necesidades Institucionales

ARTÍCULO N° 33

Encargado de Convivencia Escolar El artículo 15º de la Ley sobre la Violencia Escolar plantea que todo establecimiento subvencionado debe contar con un encargado de convivencia escolar. Profesional de desempeño en el área de educación, orientador familiar y/ o asistente social.

Responsable de confeccionar y ejecutar un Plan de gestión para poner en práctica las recomendaciones del Consejo Escolar y potenciar el desarrollo de experiencias preventivas formativas que potencien un clima escolar óptimo para el aprendizaje de los alumnos/as y una sana convivencia escolar al interior del establecimiento Educacional. Además de mantener un plan de seguimiento actualizado de las acciones remediales realizadas.

Deberes:

01.-Promover el trabajo colaborativo en torno a la convivencia escolar, de acuerdo a la normativa vigente. 02.-Implementar y socializar el Plan de gestión de convivencia escolar.

03. Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia y manejo de situaciones de conflicto, entre los diversos estamentos de la comunidad educativa y con las redes de apoyo comunitarias.

04.-Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la comunidad educativa en la elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención y formación que fomenten la buena convivencia escolar.

05.-Realizar un plan de seguimiento de los alumnos que han experimentado conflictos.

06.-Participar en mantener actualizado el reglamento interno y protocolos de acuerdo a normativa vigente.

07.-Realizar acciones remediales a los casos de convivencia que se generen, aplicando los protocolos definidos para cada situación.

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TITULO XIX : ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

ARTÍCULO N° 34.

Asistentes de la educación: Son aquellos funcionarios que tienen la responsabilidad de apoyar el proceso de Enseñanza Aprendizaje del Establecimiento (Asistentes de aula, personal administrativo, personal SEP, asistentes de servicios menores entre otros)

Deberes:

01.- Conocer los deberes, obligaciones y derechos de acuerdo al reglamento interno de orden higiene y seguridad de la corporación municipal de castro.

02.- Ejercer la función que le ha sido asignada en forma idónea y responsable, de acuerdo a los requerimientos institucionales. 03.- Conocer el PEI y respetar reglamento interno de convivencia escolar Institucional.

04.- Respetar las normas y protocolos de acción del establecimiento en el cual se desempeña.

05.-Mantener canales de comunicación efectiva y respetuoso con todos los miembros de la comunidad educativa. 06.- Participar en las actividades convocadas por la comunidad educativa.

07.- Realizar labores administrativas de acuerdo al cargo.

08.- Realizar su tarea en forma eficiente de acuerdo a su cargo y siguiendo las instrucciones de su jefe directo.

09.- Colaborar manteniendo una actitud de servicio colaborativa en los proyectos institucionales.

ARTÍCULO N° 35

Soporte técnico computacional: Funcionario/a encargado de mantener en perfectas

condiciones el sistema computacional del Establecimiento. Administrativamente depende de Inspectoría General y pedagógicamente del docente coordinador de computación y/o UTP.

DEBERES:

01.-Solucionar problemas comunes que se presentan en el laboratorio de computación y demás dependencias con equipamiento computacional del colegio. 02.- Adquirir constantemente nuevos conocimientos en el área de la informática.

03.-Mantener operativos y configurar computadores, impresoras, scanner y demás periféricos del taller de computación y del Establecimiento. 04.-Manejar los software educativos existentes en el taller de computación.

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05.-Mantener el correcto funcionamiento de la red computacional de todo el Colegio.

06.-Manejar programa NAPSIS.

07.-Actualizar plataforma SIGE de acuerdo a los requerimientos.

08.-Confeccionar actas finales de calificaciones y certificados de estudios. 09.-Llevar registro de mantenciones y reparaciones de equipos.

10.-Prestar colaboración a los docentes cuando soliciten su asistencia en materias de su competencia.

ARTÍCULO N° 36

COORDINADOR DEL TALLER DE COMPUTACIÓN Y/O ENLACES: Es el encargado de coordinar los proyectos de computación y Enlaces que se desarrollen en el Establecimiento.

DEBERES:

01.-Liderar un proceso que permita al Establecimiento introducir la tecnología informática como un real recurso metodológico. 02.-Proponer, organizar y ejecutar proyectos colaborativos.

03.-Recibir apoyo en capacitación y asistencia técnica.

04. Compartir conocimientos y apoyar a los demás docentes del Establecimiento.

05.-Cotizar y adquirir insumos del o los proyectos de computación a su cargo.

06.-Recepcionar, distribuir y ser responsable del material computacional entregado por Ministerio de Educación y/o adquirido por el Establecimiento. 07.-Apoyar la implementación de una "biblioteca informática"

08.-Conocer y navegar los software existentes en el taller de computación.

09.-Proponer organizar y/o adaptar mecanismos para el uso y mantención del laboratorio de computación.

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TITULO XX: ALUMNOS - ALUMNAS

ARTÍCULO N° 37.

Alumnos/as: Son todos aquellos niños y niñas matriculados en el Establecimiento por

sus apoderados en forma oficial, desde Pre Kinder a Octavo Año Básico y debidamente identificados en el Registro Escolar y libros de clases correspondientes.

DERECHOS

01.- Recibir una educación que ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo integral. 02.- Recibir una atención adecuada y oportuna en el caso de tener NEE.

03.- No ser discriminado, por religión, cultura, raza, nacionalidad, ideología, género, NNE, embarazo, etc. ley de Inclusión N°20.845 04.- Estudiar en un ambiente de tolerancia y de respeto mutuo.

05.- Expresar su opinión y consultar dudas en forma respetuosa.

06.- Ser respetado en su libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas e ideológicas y culturales conforme al reglamento interno y la Ley de Inclusión N° 20.845). 07.- Participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento.

08.- Ser evaluado según el Reglamento de Evaluación por el cual se rige la Escuela.

09.- Ser protegido de accidentes por el seguro escolar decreto ex. N° 313 de 12.05.72.

10.- Recibir los beneficios que entrega JUNAEB, MINEDUC, de acuerdo a la cobertura asignada, etc.

11.- Continuar sus estudios y recibir todo el apoyo académico y personal social por parte del establecimiento, en caso de embarazo y/o paternidad.

12.- Apelar a la Dirección ante cualquier situación y/o sanción informada por Inspectoría General, frente a una falta establecida en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar.

13.- A permanecer en compañía de un adulto miembro de la Comunidad Educativa mientras llega su apoderado frente a situaciones violentas o de agresión física, situaciones de salud u otra situación emergente al interior del aula y /o dependencias del Establecimiento que no permitan el trabajo pedagógico normal.

14.-A permanecer en compañía de un adulto miembro de la Comunidad educativa al no ser retirados en forma oportuna por los padres o apoderados o encargado del transporte escolar, mientras se encuentre al interior del establecimiento y dejando registro del atraso, aviso telefónico a su apoderado. También se considera la delegación del estudiante a Carabineros de Chile cuando traspase los tiempos de cierre del establecimiento educacional.

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DEBERES

01.-Estudiar con dedicación y responsabilidad, para lograr la aprobación de todos los subsectores de aprendizaje del plan de estudio.

02.-Contribuir al cuidado y mantenimiento del local escolar y hacer buen uso del

mobiliario y otros implementos. Los estudiantes serán responsables de reponer o cancelar el arreglo de materiales, mobiliario e infraestructura que destroce.

03.-Participar en las actividades organizadas por el Establecimiento o por otra Institución, Correctamente uniformados (desfiles, ceremonias, actos internos, etc.)

04.-Cumplir y ser puntual con las horas de ingreso y salida de cada jornada de estudios, según horario de funcionamiento. 05.-No deambular por las dependencias del establecimiento sin autorización

06.-Hacer uso del uniforme escolar diariamente y presentarse con el buzo institucional para las clases de educación física.

07.-Presentarse con los materiales de estudios entregados por el establecimiento Solicitados en cada asignatura. No se recibirán materiales ni trabajos olvidados durante la jornada de funcionamiento. 08.-No abandonar su sala de clases, gimnasio y/ o cualquier dependencia del establecimiento o dependencia de cualquier lugar de concurrencia educativa con el profesor durante las horas lectivas.

09.- Utilizar un vocabulario y modales respetuosos, en todo momento, tanto con sus compañeros, profesores y personal que labora en la Escuela.

10.- Presentar justificativos de atraso y/o de inasistencia, otorgado por Inspectoría General, previa justificación personal del apoderado titular o suplente, desde pre kinder a 8º año básico, al inicio de la jornada de trabajo.

11.- Demostrar actitudes y valores como: solidaridad, amistad, honradez, respeto, tolerancia, laboriosidad, respeto a los símbolos patrios e identidad institucional y nacional.

12.- Cumplir con sus deberes académicos: trabajos prácticos, individuales y/o grupales, investigaciones, pruebas, interrogaciones orales y escritas, tareas, en forma responsable y en las fechas estipuladas previamente.

13.- Entregar sus pruebas escritas en buen estado y con el máximo de preguntas respondidas.

14.-Decir la verdad, no falsificar firmas, no presentar trabajos de otros alumnos, no destruir documentos oficiales, textos de estudio, material de biblioteca, pruebas, etc.

15.- No usar equipos electrónicos (celulares, radios, reproductores de música, MP3, MP4, Pendrive, audífonos), durante las horas de clases, salvo que sea para la realización de una actividad pedagógica y con previa autorización del profesor/a de asignatura y/o Computación. Frente al incumplimiento el docente podrá retirar el celular o elemento electrónico para ser entregado en Inspectoría para ser devuelto al apoderado, quien frente a una situación de emergencia podrá solicitar o entregar información llamando al Teléfono Institucional.

16.- Conocer y respetar el Reglamento Interno de Convivencia escolar de la Escuela.

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17:-No agredir a miembros de la Comunidad educativa dentro ni fuera del establecimiento. 18.-No participar de agresiones, amenazas y/o insultos a otras personas o miembros de otras comunidades educativas o culturales. 19.- Los alumnos/as no podrán utilizar para realizar sus actividades escolares elementos que puedan generar accidentes escolares como: cuchillas, cortapapeles, pistolas de silicona eléctricas ni silicona líquida.

20.-Está absolutamente prohibido el uso de planchas de pelo eléctricas en cualquier dependencia del establecimiento.

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21.- Serán responsables de permanecer en el establecimiento mientras duran sus actividades educativas y de salir y regresar en el horario que corresponda cuando estén autorizados por sus padres y apoderados para salir a almorzar.

Disposiciones Generales:

ARTÍCULO N° 38.

Asistencia / Atrasos 01.-Los Padres y apoderados deben justificar todas las inasistencias de sus pupilos con el profesor jefe, en recepción en el registro de cada curso y/o en Inspectoría General .

02.-Las inasistencias prolongadas por más de 5 días deben ser justificadas por el Apoderado en Inspectoría General, con certificado médico si corresponde a motivos de salud o en forma personal por otros motivos de fuerza mayor. Se guardara una copia del certificado en portería y otra se entregara al profesor jefe con registro de recepción.

03.-Los alumnos/as que lleguen atrasados al inicio de la jornada deberán mostrar el justificativo de Inspectoría General que acredite la justificación del atraso por el apoderado. Se establece que su ingreso será durante la segunda hora para no interrumpir Constantemente el trabajo pedagógico, periodo en el cual se quedaran en Biblioteca bajo la supervisión del personal a cargo de la Biblioteca.

04.- Los alumnos que lleguen atrasados a las horas de clase deberán ingresar con justificativo de Inspectoría General quedando registro en su hoja de vida la hora de ingreso y el motivo de su atraso.

05.-Los alumnos que sean sorprendidos deambulando por las dependencias del establecimiento, serán llevados a Inspectoría general dejando registro en su hoja de vida y siendo reintegrados a sus aulas respectivas, para posteriormente el profesor jefe citarlo a Entrevista.

06.- El alumno que dentro o fuera del Establecimiento por situaciones conductuales tenga problemas judiciales, el apoderado deberá informar a Inspectoría General para evaluar la situación del estudiante, seguir las orientaciones del tribunal de familia en cuanto a su asistencia y permanencia en el establecimiento educacional.

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ARTICULO N°39

Uniforme 01.-Los alumnos/as deben usar el Uniforme Escolar Institucional, el que fue consensuado

por el Centro General de Padres y Apoderados del Establecimiento Educacional. Si alguien no lo posee por circunstancias económicas, deberá comunicarlo a la Dirección del Establecimiento, en el momento de la Matrícula, estableciéndose un plazo para su adquisición y/o gestionándose a través del Asistente Social de la Comunidad Educativa cuando la situación socioeconómica lo acredite. Además, si por alguna situación circunstancial un alumno no se presenta con su uniforme, el apoderado deberá comunicar a Inspectoría General. Sin embargo, esto no será motivo para que el alumno no pueda Realizar su trabajo pedagógico. 02.- Los alumnos/as deben presentarse al Establecimiento aseados, con el uniforme limpio y ordenado, este consistirá en: UNIFORME INSTITUCIONAL: 01.-Pantalón y /o falda gris claro, polera gris clara, chomba azul petróleo, parka color azul petróleo y zapatos negros. Todas las prendas superiores deberán tener bordada la insignia del colegio y marcado el nombre del alumno. Equipo de educación física: Buzo institucional: pantalón gris, polerón verde petróleo con gris, polera gris, zapatillas deportivas.

02.- Los alumnos que no cuenten provisoriamente con el buzo institucional, deberán venir con uniforme y cambiarse en la escuela para la asignatura de Educación Física.

03.- Los alumnos deben presentarse ordenados/as y aseados/as.

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ARTICULO N°40

Permanencia en el Establecimiento

01.- Ante la reincidencia de anotaciones negativas disciplinarias muy graves, se aplicara la mediada de CONDICIONALIDAD DE LA MATRÍCULA y permanencia del alumno/a en el Establecimiento. Comunicándose esta medida al apoderado a través de un documento de condicionalidad que deberá firmar e informarse al Departamento Provincial de Educación.

02.- La CONDICIONALIDAD DE LA MATRÍCULA de un alumno/a se mantendrá por un lapso máximo de tres meses, esperando mejorar la conducta de los alumnos (as), la cual será evaluada por el Director del establecimiento e informada al Consejo General de Profesores.

03.- Frente al cambio de conducta positiva del alumnos/as se dejara sin efecto la medida Disciplinaria de condicionalidad de la matrícula y el alumno continuará como alumno regular.

04.- Frente a la continuidad de la conducta negativa del alumno/a/os/as en calidad de condicionalidad, previo la aplicación de todas las medidas remediales se procederá a la Cancelación de matrícula de acuerdo a la ley N° 20.845, de Inclusión escolar.

05.- Durante este periodo, el alumno será derivado para ser atendido por diferentes profesionales (profesionales del establecimiento PIE si corresponde y/o profesionales de la dupla psicosocial del establecimiento o Redes de apoyo comunitarias) para orientar y mejorar su comportamiento. Así como también se le entregaran orientaciones a los padres y apoderados, docentes y miembros de la comunidad que competan para potenciar el Desarrollo de habilidades sociales que mejoren la relación con sus pares y adultos de la Comunidad Educativa.

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06.-Ante situaciones que afecten gravemente la convivencia escolar y se hayan aplicado las medidas de apoyo pedagógico y/o psicosocial sin resultados, se llevara a efecto la medida de cancelación de matrícula. Esta medida será adoptada por el director del establecimiento y notificada por escrito al estudiante afectado y a su padre, madre o apoderado según el caso, quienes podrán pedir la reconsideración de la medida dentro de 15 días de su notificación, ante la misma autoridad quien resolverá previa consulta al consejo de profesores. Este consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a las vistas los informes técnicos psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles.

07.- Previo al inicio del procedimiento de cancelación de matrícula el Director deberá Informar la posibilidad de la sanción al apoderado acerca de su pupilo.

08.-Ante situaciones muy graves como una conducta que atente directamente contra la integridad física o psicológica de alguno de los miembros de la Comunidad escolar, párrafo tercero título I del decreto con fuerza de ley N°2 , del 2009 del Mineduc, el alumno quedara en calidad de condicionalidad de su matrícula.

09.- El Director una vez que haya aplicado la medida de expulsión o cancelación de Matrícula deberá informar de aquella decisión a la dirección regional respectiva de la Superintendencia de Educación, dentro del plazo de cinco días hábiles.

TITULO XXI : CONSEJO DE PROFESORES

ARTICULO N°41

El Consejo de Profesores es un organismo de apoyo a la gestión educativa. Su finalidad es servir de instancia de análisis y proyección de las tareas técnico – pedagógicas y de convivencia escolar, con carácter resolutivo en el área técnico pedagógica.

Lo integran todos los Profesionales que cumplen funciones docentes y de responsabilidades educativas en la Escuela. La asistencia a cada consejo es de carácter obligatorio.

De acuerdo a la realidad educativa del establecimiento se desarrollan los siguientes consejos docentes:

a) Consejos Administrativos. b) Consejos Técnicos pedagógicos. c) Consejos Escolares

Consejos Administrativos: Presidido por la directora/a del Establecimiento, Inspector/a General y/o Jefe/a U.T.P. Se realiza en forma sistemática una vez por semana los días Lunes.

Consejo Técnicos Pedagógicos: presidido por la Director/a del Establecimiento, Inspector/a General y/o jefe/a UTP y este se realiza según la programación de la Unidad Técnico Pedagógica.

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Consejos Escolares: El art. 15 de la ley general de educación (ley 20.370) señala, el consejo escolar

corresponde a “una instancia que tiene como objetivo estimular y canalizar la

participación de la comunidad educativa en el proyecto educativo y en las demás áreas

que estén dentro de las esferas de sus competencias”.

Presidido por la Directora/a del Establecimiento y con la representación de cada

estamento de la Comunidad Educativa: Corporación Educación, Directivos, representante Docentes, representante de los asistentes de la educación, representante del Centro general de padres y apoderados, encargado convivencia escolar y representantes de los alumnos/as si hubiese centro de alumnos).Se realizarán sesiones cuatro veces al año, como o mínimo

En cada establecimiento educacional subvencionado por el estado deberá existir un consejo escolar, el cual tendrá carácter informativo, consultivo y propositivo.

TITULO XXII : CENTRO GENERAL DE PADRES Y/O APODERADOS.

ARTÍCULO N° 42

CENTRO GENERAL DE PADRES Y APODERADOS: Estará constituido por los Padres y Apoderados del Establecimiento, de acuerdo al Reglamento General de Centro de Padres y Apoderados de Establecimientos Educacionales reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación (Decreto N°565 (06.06.1990).

SUS FUNCIONES SON:

01.-Apoyar la labor educativa del Establecimiento, aportando esfuerzos y recursos para favorecer el desarrollo integral del alumno y contribuyendo a la sana convivencia escolar del establecimiento y a la resolución pacífica de los conflictos de los miembros de la comunidad escolar.

02.-Estimular la participación de la familia en las actividades que propone la escuela tanto académicas como formativas

03.-Realizar un Plan Anual de Acción que regule las actividades a realizar durante el año escolar, plan que deberá ser consensuado por la comunidad educativa

04.-Informar a la comunidad educativa formalmente de los resultados de las actividades realizadas.

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TITULO XXIII : PADRES Y/O APODERADOS.

ARTÍCULO N° 43

Padres y Apoderados: Son apoderados titulares del Establecimiento las personas

mayores de 18 años, que hayan matriculado personalmente a su hijo/a o pupilo/a y que quedan registrados como tal en la ficha del estudiante. De igual forma quedará registrado el nombre de otra persona mayor de 18 años, en calidad de apoderado suplente en reemplazo del apoderado titular para todos los efectos cuando éste no pueda cumplir su rol.

DERECHOS:

01.-Conocer el funcionamiento administrativo y pedagógico del establecimiento.

02.-Recibir el PEI, Reglamento Interno de Convivencia escolar y reglamento de evaluación al momento de matricular a su pupilo.

03.-Ser atendido por los profesores y directivos, cuando desee exponer alguna situación Pedagógica en el horario establecido para ello, previa coordinación.

04.-Ser comunicado oportunamente frente a situaciones de conflictos de convivencia escolar y/o pedagógica que afecten a su hijo/a o pupilo/a.

05.-Denunciar en la Superintendencia de Educación o Tribunal de Familia frente a situaciones de vulneración de derechos de su/s pupilo/s cuando no se hayan realizado acciones que conlleven a la solución del conflicto en forma pacífica al interior del establecimiento.

06.-Ser informado por el docente correspondiente respecto de los rendimientos Académicos y del proceso educativo de su pupilo.

07.-Participar en los Sub - Centros y en el Centro de Padres y Apoderados de la escuela. 08.-Conocer el horario de atención del profesores jefes y profesores de asignaturas.

09.-Solicitar las dependencias e implementación de la escuela, previa solicitud por escrito a la Dirección del Establecimiento, respetando los acuerdos.

10.-Expresar su opinión, plantear dudas, reclamos, pedir solución a problemas y apelar siempre y cuando, mantenga una actitud respetuosa con todo el personal de la escuela y agendando en Secretaria una hora en forma anticipada.

11.-Recibir y ser comunicado de los informes de los diagnósticos realizados a los alumnos con NEE por los profesionales de apoyo y del seguimiento que se ha hecho en sus intervenciones.

DEBERES.

01.-Asumir el compromiso de participar en las actividades organizadas por la comunidad educativa en beneficio de la educación de sus hijos.

02.- Conocer, respetar y adherir al PEI, Reglamento interno de Convivencia escolar Y Reglamento de evaluación debiendo firmar su recepción al matricular a su pupilo/a.

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03.-Concurrir al Establecimiento a informarse del rendimiento y comportamiento de su Pupilo al ser citado por el profesor jefe. Profesor de asignatura, Dirección, Inspectoría General, Unidad técnica pedagógica, programa Integración y/o Convivencia escolar.

04.- Asistir a las reuniones citadas de los respectivos cursos, permaneciendo durante todo el tiempo en que transcurra la reunión. Se establece como medida de seguridad que las reuniones de curso competen a los padres y apoderados por lo cual no podrán asistir a ellas con los alumnos, salvo situaciones justificadas por el profesor jefe, porque el Establecimiento no cuenta con el personal institucional suficiente para supervisar a los estudiantes durante el desarrollo de las reuniones.

05.- Si tuviese que participar de dos reuniones en un mismo día, deberá asistir a una de Ellas el apoderado suplente.

06.- Asistir a las entrevistas solicitadas por el docente firmando la hoja de vida de su estudiante y tomando conocimiento de sus anotaciones. Además de las fichas de entrevistas y sus acuerdos si participasen otros profesionales en las entrevistas. No se atenderá a los apoderados durante las horas de trabajo pedagógico en las aulas.

07.- Será de responsabilidad del apoderado ausente a reuniones de curso el informarse de lo planteado en dichas reuniones y de asumir los acuerdos alcanzados por los demás apoderados asistentes a la reunión.

08.- Apoyar el proceso educativo de su pupilo, en relación a las sugerencias del profesor jefe y de asignatura. 09.- Cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional.

10.- Respetar los canales de comunicación formales establecidos para plantear dudas, Conflictos y necesidades del grupo curso, familiares o de su/s alumno/s, manteniendo un trato respetuoso con todos los integrantes de la comunidad educativa.

11.- Dar a conocer al profesor jefe, Inspectoría General, UTP y/o Dirección situaciones de vulneración de derechos del o los alumno/os para coordinar en conjunto acciones remediales o preventivas para la solución pacífica del conflicto o situaciones de rendimiento pedagógico.

12.- Asistir al establecimiento para retirar a su pupilo cuando este manifieste estar Enfermo, o provoque situaciones de violencia física que interrumpan el normal desarrollo de las actividades en el establecimiento.

13.- Será obligación del apoderado y visitas en general, el respetar el protocolo de ingreso al establecimiento realizando su registro de ingreso y salida en el libro de actas correspondiente.

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ARTICULO N°44

CONSIDERACIONES GENERALES PADRES Y APODERADOS

01.- Los apoderados que transgredan los canales de comunicación establecidos y agredan verbalmente o físicamente a cualquier miembro de la Comunidad Educativa perderán su calidad de apoderado titular. Debiendo asumir dicha responsabilidad el apoderado suplente asignado al momento de matricularse.

02.- Frente a una situación de amenaza y/o violencia física a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, por parte de un apoderado, familiar/es y/o cualquier persona externa a la Comunidad Escolar, se dejara constancia en Carabineros y se realizaran las acciones legales pertinentes, para prohibir su acceso al Establecimiento. Realizando las acciones judiciales pertinentes las personas involucradas.

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TITULO XXIV :

ARTICULO N° 45

LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS Cabe destacar que como escuela es relevante nuestro rol educativo, el que debe tener como prioridad el bien superior que son los niños y niñas de nuestra Comunidad Escolar, potenciando el trabajo formativo preventivo de nuestros estudiantes en su desarrollo, valorando sus capacidades y esfuerzos por ser mejores personas y ciudadanos a través del trabajo colaborativo entre los distintos miembros de la comunidad educativa. Sin embargo, es también relevante generar instancias de respeto y superación frente a comportamientos disruptivos o situaciones de conflictos entre pares por lo cual nuestro Reglamento Interno será flexible y ajustado a normativa vigente, tratando de ser justos en un proceso de inclusión donde las diferencias constituyan una riqueza en el desarrollo integral de nuestros estudiantes y los errores sean instancias de aprendizajes. En consecuencia, como institución educativa se aplicaran las medidas remediales disciplinarias contenidas en nuestro Reglamento Interno de Convivencia Escolar, pero también se reconocerá el trabajo destacado en diversas disciplinas por nuestros estudiantes y el esfuerzo que cada niño y/o niña demuestren en su rendimiento académico y disciplinario. Este reconocimiento será el reflejo de acciones como las siguientes:

Reconocimiento durante los actos de inicio de semana o de celebraciones especiales.

Reconocimiento en forma personal al estudiante y/o sus padres y apoderados.

Reforzar en forma personal o pública el cambio de comportamiento disciplinario y/o pedagógico del estudiante o grupo curso.

Registro en la hoja de vida del estudiante de mejoras en su comportamiento o de entrega de dedicación o colaboración en determinadas instancias o tareas.

ARTÍCULO N° 46

LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS CORRESPONDERÁN A:

MEDIDAS PEDAGÓGICAS: Estas corresponden a la realización de tareas, investigaciones y/o apoyos en el colegio, que implican el desarrollo de un tema referido a un valor moral, de acuerdo a la falta, que apoya a la sanción disciplinaria como medida remedial y formativa. Aplicable a faltas leves

MEDIDAS DISCIPLINARIAS COMUNITARIAS: Como acción remedial es aplicable a faltas leves que permita al estudiante tomar conciencia de los hechos y modificar su conducta. Estas acciones son: colaboración en el aseo y ornato de diversas dependencias del establecimiento, apoyo en la construcción de

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material pedagógico durante un periodo de tiempo establecido, realizar sus actividades pedagógicas en las aulas de recursos apoyados por un profesional PIE durante un tiempo establecido, medido que será comunicada y consensuado con el apoderado.

MEDIDAS DE APOYO PSICOSOCIALES: corresponde al apoyo a los estudiantes que presentan faltas graves y muy graves de convivencia y requieren la intervención personal y familiar de profesionales especiales del área, los cuales pueden pertenecer a la planta del establecimiento o ser derivados a una red de apoyo comunitaria.

MEDIDAS DISCIPLINARIAS: aplicación de medidas estipuladas en el reglamento de acuerdo a la clasificación de las faltas como leves, graves y/o muy graves.

ARTÍCULO N° 47

CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS:

FALTAS LEVES:

Actitudes y comportamientos que alteran la convivencia, pero que NO involucran un daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad educativa, ni son reiterativas en el tiempo.

FALTAS

01.-Perturbar el normal desarrollo de la clase, con desorden interrumpiendo el normal desarrollo de las actividades.

02.- Atrasos reiterados al ingreso de la jornada de clases.

03.- Comer, beber o masticar chicle durante el desarrollo de la clase.

04.-No utilizar el uniforme escolar y buzo del Establecimiento, sin justificación del apoderado.

05.-Almorzar en lugares del Colegio no habilitados para ello.

06.-No cumplir con sus deberes escolares (tareas, traer materiales entregados por el establecimiento, entre otros) 07.-Atrasos al ingreso en aula.

08.- Tirar basura en las dependencias del establecimiento.

09.- Salir de las salas de clases sin permiso del profesor jefe, de asignatura, docente PIE, Inspector, asistente de aula u otro profesional de la educación asignado.

10.- Ingresar a lugares del establecimiento que no le han sido autorizados (salas, pasillos, oficinas, baños u otras dependencias del establecimiento).

11.-Utilizar en clases y durante la formación equipos musicales, teléfonos celulares, juegos, audífonos u otros artefactos electrónicos, sin autorización del profesor jefe, profesor de asignatura y/o inspector. 12.-Presentar Pruebas o trabajos en mal estado (rotos, sucios, rallados) sin justificación.

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MEDIDAS REMEDIALES / DISCIPLINARIAS

01.- Amonestación verbal

02.- Registró de la falta en la hoja de vida del alumno.

03.-Orientaciones verbales al estudiante para mejorar el comportamiento.

04.-Citación al apoderado por parte del Profesor jefe, para informar de las anotaciones leves del alumno/a.

05.-Orientaciones verbales y compromisos registrados y consensuados para realizar proceso de mediación para mejorar el comportamiento del alumno/a con firma del apoderado titular.

06.-Citación al apoderado por parte del profesor jefe, para ver aplicación del reglamento interno con Inspectoría General y la aplicación de medidas pedagógicas y/o comunitarias en consenso con el apoderado y el estudiante.

07.-Realizar medidas pedagógicas y/o medidas disciplinarias comunitarias, en otras dependencias del establecimiento en continuidad con las asignaturas correspondientes a su nivel y consensuadas con el alumno y apoderado titular.

FALTAS GRAVES

Actitudes y comportamientos que atentan contra la integridad psicológica y/o física de cualquier miembro de la comunidad educativa y que interrumpa el normal desarrollo de las actividades en el establecimiento u otro lugar o institución al que se asiste en representación de la Escuela , así como acciones deshonestas que afecten la convivencia escolar. Además todas aquellas faltas Leves que pasan a ser reiterativas después de acuerdos consensuados con el estudiante y el apoderado. FALTAS

01.- Negarse a participar en las actividades planificadas por el Establecimiento.

02.- No respetar horas de ingreso y salida del Establecimiento en forma reiterada.

03.-Llegar atrasado a las horas de clases en forma reiterada.

04.-No presentarse con los materiales de estudio entregados por el establecimiento en los diversos

subsectores de aprendizaje y/o talleres.

05.-No realizar actividades en las horas clases y/o no permitir que sus compañeros trabajen

pedagógicamente en forma normal.

06.- Provocar destrozos en útiles, uniforme de sus compañeros y/o materiales educativos del

establecimiento.

07.-Comportarse irrespetuosamente en actos públicos.

08.-Utilizar un vocabulario grosero e irrespetuoso con compañeros, profesores y personal del

Establecimiento.

09.- No respetar los símbolos patrios.

10.-Rayar, romper y/o ensuciar la limpieza del lugar de trabajo del alumno/a, o de cualquier otra instalación o mobiliario del Colegio.

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11.- Mentir o faltar a la verdad a los docentes, asistentes de la educación y personal de apoyo del establecimiento 12.- No seguir las instrucciones disciplinarias y/o académicas de los profesionales y/o asistentes de

la educación a su cargo.

13.- Lanzar objetos que produzcan daño a las personas y/o bienes de la Escuela.

14.- Dejar encerrado en cualquier dependencia de la escuela a un miembro de la Comunidad educativa.

15.-Promover desórdenes en forma evidente dentro de la clase, durante los recreos, en visitas de estudio, salidas a terreno, ceremonias, entre otros.

MEDIDAS REMEDIALES / DISCIPLINARIAS

Aplicación protocolo de conflictos entre pares.

01.- Registro en HOJA de vida del alumno del Libro de Clases. 02.-Entrevista con el estudiante/es. 03.-Citación al apoderado para tomar conocimiento de las faltas y aplicación delreglamento

interno. 04.- Compromisos con el estudiante y apoderado de tener un comportamiento disciplinario

respetuoso permanente y consensuar medidas pedagógicas o comunitarias en relación a la falta. El incumplimiento de los acuerdos se considerara una falta grave.

05.-SUSPENSIÓN DE CLASES DESDE 1 A 3 DIAS., por faltas graves reiterativas.

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FALTAS MUY GRAVES Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otro miembro de la Comunidad Educativa, que se realicen en forma sostenida en el tiempo y/o conductas tipificadas como Delito. Además aquellas faltas graves que pasan a ser reiterativas tanto dentro como fuera del Establecimiento.

FALTAS

01.- Abandonar el Establecimiento sin autorización del apoderado previa notificación a Inspectoría General.

02.-Abandonar la sala de clases, gimnasio, laboratorio y/o cualquier dependencia del establecimiento que este siendo usada con fines pedagógicos sin autorización del profesor correspondiente en forma reiterada. 03.-Retirarse del Establecimiento antes de la salida habitual de clases sin la autorización de Inspectoría General en reiteradas ocasiones.

04.-Reincidencia de anotaciones negativas que digan relación con aspectos conductuales.

05.-Consumir cigarrillos, marihuana, alcohol, drogas y estupefacientes o cualquier sustancia usada como droga como aerosoles, bencina, pegamentos, etc.

06.-Presentarse a la Escuela en estado de intemperancia, bajo la influencia del alcohol, drogas u otras sustancias.

07.- Transgredir normas de honradez.

08.-Portar y/o utilizar elementos cortantes, punzantes y/o armas en el establecimiento.(Delito por arma blanca)

09.-Causar daños o destrozos en materiales, implementación, equipamiento, mobiliario e infraestructura de la Escuela, reiteradamente.

10.- Agresión física entre pares que requiera asistencia médica, dentro o fuera del establecimiento.

11.-Practicar actos inmorales como acoso sexual, exhibicionismo, o demostraciones con connotación sexual en privado o frente a otros alumnos/as o miembros delestablecimientos.

12.- Usar inapropiadamente los elementos y recursos computacionales que lleven a acciones como la pornografía, ciberbullying, grooming, acoso sexual, maltrato psicológico o el menoscabo de los alumnos o miembros del establecimiento, a través de amenazas, injurias y/o desprestigio de cualquier miembro de la Comunidad Educativa a través de las redes sociales o mensajes electrónicos de textos o audios.

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13.- Grabar, fotografiar o filmar, sin pedir la autorización correspondiente, las actividades realizadas durante la jornada de clases o al interior del establecimiento para menoscabar socialmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

14.-Usar, Ingresar, distribuir, exhibir, ofrecer, vender, portar, comprar u ocultar material inflamable, armas de cualquier tipo originales o hechizas, o material pornográfico al interior de la unidad educativa o en una actividad organizada por el establecimiento fuera de éste. .(constitutivo de Delito)

15.-Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, cigarrillos, drogas, fármacos lícitos y/ o sustancias ilícitas al interior del establecimiento.(constitutivo de Delito)

16.-Promover o participar en desórdenes dentro del establecimiento, incluyendo el ingreso, permanencia o salida no autorizada, en sus instalaciones, la negativa a retirarse, o impedir de cualquier manera el acceso a uno o más miembros de la comunidad escolar a las instalaciones del mismo.

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17.- Participar en cualquier actividad que impida el normal funcionamiento del Establecimiento educacional.

18.-Facilitar de cualquier manera el acceso al establecimiento educacional a personas extrañas a éste, sin autorización expresa de la dirección.

19.-Alterar de cualquier manera los documentos oficiales que se relacionan con el proceso de aprendizaje, como cambiar, alterar, borrar o modificar notas en los informes y certificados, colocar notas en los libros de clases, cambiar o incluir nombres en los trabajos y pruebas, así como cualquier otra conducta semejante.

20.- Agredir físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa, causando lesiones a la víctima .(constitutivo de Delito)

21.-Autoagredirse o incitar a otros a realizar estas prácticas.

21.-Agredir psicológicamente y/o físicamente a miembros de la comunidad educativa tales como Docentes, asistentes de la educación, padres y apoderados, estudiantes y profesionales de apoyo educativo dentro o fuera del establecimiento Educacional.

22.-Realizar BULLYING/ CIBERBULLYING: amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un estudiante u otro miembro de la comunidad escolar en forma reiterada.

MEDIDAS REMEDIALES/DISCIPLINARIAS:

01.- Citación del apoderado/s para informar de la situación que afecta a su pupilo/s. 02.-Se aplicara SUSPENSIÓN de clases por cinco días. 03.-Cuando el alumno ha sido suspendido en reiteradas oportunidades y no cambia su

manera de comportarse trasgrediendo las normas disciplinarias por faltas muy graves se aplicara la condicionalidad de matrícula.

04.-Si durante el periodo de condicionalidad de la matricula el alumno/os reincide en faltas graves o muy graves se aplicaran medidas excepcionales como la reducción de jornada escolar, separación temporal de actividades pedagógicas durante la jornada educativa, o asistencia a rendir solo evaluaciones, podrán aplicarse excepcionalmente, si existe un peligro real para la integridad física o psicológica de algún miembro de la comunidad educativa. Estos alumnos no podrán asistir a paseos pedagógicos/recreativos, celebraciones y giras de estudios programadas sin la supervisión y responsabilidad de su apoderado.

05.-Si durante el periodo de condicionalidad el alumno es recurrente en sus faltas muy graves y no se acoge a las orientaciones entregadas por los profesionales institucionales y de apoyo pedagógico, comunitarias y psicosociales se procederá a la cancelación de la

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TITULO XXV : DISPOSICIONES FINALES ARTÍCULO N° 48

El presente Reglamento Interno de Convivencia Escolar, fue consensuado por la Comunidad Educativa, en sus títulos y artículos correspondientes a cada uno de ellos. Cada Profesor Jefe deberá dar difusión permanente a los alumnos y apoderados de curso de dicho reglamento, sin embargo se da por aceptado una vez que el apoderado firma su recepción.

ARTÍCULO N° 49

Frente a conductas inadecuadas y de acuerdo a la tradición del Establecimiento, se procederá en primera instancia a la conversación y orientación del alumno con el fin de que éste asuma su responsabilidad y desarrolle habilidades sociales que le permitan tener una relación armónica con sus pares y miembros de la comunidad educativa, entendiendo su derecho como persona a modificar positivamente su conducta. Sin embargo, frente a la reiteración de conductas negativas se aplicara el reglamento interno de convivencia escolar.

ARTÍCULO Nº 50

DEL DERECHO A APELACIÓN

Todo alumno (a) que haya sido sancionado con alguna medida pedagógica y/o disciplinaria, que no la considere justa, tiene derecho a presentar apelación por escrito al Director/a del Establecimiento y solicitar una entrevista personal para pronunciarse al respecto.

Para ejercer el derecho de apelación el alumno (a) o su apoderado, deberá presentar sus peticiones en un plazo no mayor a TRES DÍAS, desde el momento de haber sido notificado por la Inspectoría general del establecimiento sobre las causales de la sanción, y a su vez Dirección, deberá responder en un plazo no superior a CINCO DÍAS para su pronunciamiento.

matrícula, informándose de esta resolución al apoderado y departamento provincial de

Educación, de acuerdo a la ley N°20.845 artículo 6° letra h,i.

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ARTÍCULO N° 51.

Los alumnos que reiteradamente tengan conductas inadecuadas de comportamiento, serán derivados a evaluación de profesionales de apoyo educativo tanto del establecimiento y/o de las redes de apoyo social comunal, cuyo informe orientara las acciones a realizar por los miembros de la comunidad educativa y la familia.

De estas y otras situaciones especiales de comportamiento se llevará un registro reservado en Inspectoría General y/ o Dirección y se le informara con citación telefónica o escrita en forma oportuna al apoderado, dejándose registro de las llamadas y/o citaciones. Se realizara la entrevista del apoderado tomándose acuerdos consensuados con el alumno y familia. Posteriormente se realizara el seguimiento de los acuerdos asumidos, sin embargo si no se produjera un cambio de conducta positivo y las faltas fueran reiterativas se aplicara las medidas disciplinarias del reglamento interno de convivencia escolar.

ARTÍCULO N° 52.

Las situaciones conductuales de los alumnos son de responsabilidad en su supervisión y/o registro de todos los profesores y funcionarios de la Escuela. Cualquier profesor y/o inspector puede dejar constancia en la hoja de vida individual del alumno de situaciones positivas o negativas ocurridas, avalada con su firma, las que deberán ser comunicadas a Inspectoría General y/o Profesor Jefe y se le informara en forma oportuna al apoderado.

ARTÍCULO N° 53

Será motivo de EXPULSIÓN DEL ALUMNO Y CANCELACIÓN DE MATRICULA del Establecimiento, la reiteración de faltas muy graves que atenten gravemente la convivencia escolar, previa intervención de medidas remediales pertinentes orientadas por especialistas para la modificación de conductas inadecuadas, que no han tenido la modificación esperada, tomando el resguardo de reubicación del alumno en otro establecimiento educativo a través del trabajo con los organismos de apoyo comunales.

Para ejercer el derecho de apelación (artículo 6 letra d) el alumno (a) y/o su apoderado, deberá presentar sus peticiones de reconsideración de la medida en un plazo no mayor a QUINCE DÍAS, desde el momento de haber sido notificado por la Inspectoría general del establecimiento sobre las causales de la sanción, y a su vez Dirección, deberá responder en un plazo no superior a CINCO DÍAS para su pronunciamiento, previa consulta al consejo de profesores.

ARTÍCULO N° 54 Estas situaciones deberán ser informadas por el Director a la Superintendencia de Educación para que revise en la forma en que se realizó el justo proceso.

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ARTÍCULO N° 55 El presente reglamento interno de convivencia escolar anexa los protocolos de actuación frente a las situaciones de vulneración de derechos y /o abuso sexual infantil, contención emocional de alumnos vulnerados, permanencia en el sistema escolar de madres embarazadas y padres adolescentes, protocolo de violencia entre pares y bullying/ ciberbullying, vulneración no constitutivas de delito, el uso de drogas y alcohol, accidentes escolares, supervisión de los inspectores, de ingreso y salida de padres y apoderados al establecimiento y el de seguridad escolar plan PISE.

ARTICULO Nº 56 El presente Reglamento será evaluado y reformulado anualmente de acuerdo a situaciones nuevas u omisiones que vayan apareciendo en el transcurso de su aplicación o sean sugeridas en forma explícita y por escrito por el Tribunal de Familia y/o Superintendencia de Educación las que serán enviadas al departamento de educación provincial DEPROV en las fechas correspondientes y publicado en la plataforma SIGE

ARTÍCULO TRANSITORIO N°57

Este Reglamento entrará en vigencia al momento de ser informado y registrado en la plataforma SIGE.

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Claudia Hernández Soto Directora

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TITULO XXVI: PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN

1.-PROTOCOLO FRENTE A SITUACIONES DE VULNERACION DE DERECHOS, MALTRATO

Y/O ABUSO SEXUAL INFANTIL

1. FRENTE A UNA SOSPECHA DE MALTRATO Y/O ABUSO SEXUAL DE UN NIÑO/A/S O

ADOLESCENTE/S SE DEBE POR LEY REALIZAR LA DENUNCIA EN LOS ORGANISMOS

COMPETENTES.

2. DISPONER LAS MEDIDAS DE CONTENCIÓN AFECTIVA DEL NIÑO/A NIÑOS/AS O

ADOLESCENTES INVOLUCRADOS.

3. INFORMAR AL APODERADO TITULAR EN FORMA PERSONAL DE LA SITUACIÓN Y

DENUNCIA.

4. DERIVAR A CONVIVENCIA ESCOLAR Y/O COORDINADORA PROYECTO DE

INTEGRACION ESCOLAR PARA RECOPILAR ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Y DE

CARÁCTER GENERAL QUE PUEDAN SERVIR A LA INVESTIGACIÓN.

5. REALIZAR TALLERES AL INTERIOR DEL GRUPO CURSO PARA FORTALECER EL

PROCESO DE REPARACIÓN DEL NIÑO/A O ADOLESCENTE AFECTADO.

6. ELABORAR PLAN DE ACOMPAÑAMIENTO Y SEGUIMIENTO PARA EL O LOS

ESTUDIANTES Y SUS FAMILIAS.

OBSERVACIONES RELEVANTES:

CUANDO ALGÚN ADULTO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA DETECTE O

SOSPECHE ALGUNA SITUACION GRAVE DE MALTRATO O ABUSO SEXUAL DE

UN NIÑO/A O ADOLESCENTE, CONSTITUTIVO DE DELITO, DEBE EFECTUAR

LA DENUNCIA EN LOS ORGANISMOS ESTATALES COMPETENTES DENTRO DE

24 HORAS. NO CORRESPONDE AL ADULTO DENUNCIANTE EFECTUAR LA

INVESTIGACION.

LA INVESTIGACIÓN Y EL PROCESO DE REPARACION CORRESPONDE A LOS

ORGANISMOS ESPECIALIZADOS: MINISTERIO PÚBLICO, TRIBUNALES DE

GARANTIA, CARABINEROS DE CHILE Y POLICIA DE INVESTIGACIONES.

NO SOBRE EXPONER AL NIÑO/A O ADOLESCENTE AFECTADO A PREGUNTAS

INDAGATORIAS FRENTE A DIVERSOS ADULTOS.

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2.-PROTOCOLO DE CONTENCION EMOCIONAL DE ESTUDIANTES QUE HAN SUFRIDO

VULNERACIÓN GRAVE DE DERECHOS

1. DAR INMEDIATA CREDIBILIDAD CUANDO EL NIÑO/A O ADOLESCENTE RELATE O

DEVELE UNA SITUACION DE MALTRATO Y/O ABUSO SEXUAL.

2. HACER SENTIR AL NIÑO QUE ES ACOGIDO Y ENTREGARLE SEGURIDAD FRENTE A

SUS DUDAS O CONSULTAS.

3. INFORMAR INMEDIATAMENTE A LA MADRE, PADRE Y/O APODERADO

RESPONSABLE.

4. APLICAR DE INMEDIATO EL PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A SITUACIONES

DE VULNERACIÓN GRAVE DE DERECHOS.

5. RESGUARDAR EN TODO MOMENTO LA INTIMIDAD DEL NIÑO, NIÑA, NIÑOS, NIÑAS

O ADOLESCENTES INVOLUCRADOS.

6. DENUNCIAR EL DELITO O REALIZAR DERIVACIÓN AL ORGANISMO ESPECIALIZADO.

7. ACLARAR AL NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE QUE NO ES CULPABLE O RESPONSABLE

DE LA SITUACIÓN QUE LO AFECTA.

8. REALIZAR JUNTO AL PROFESOR JEFEY/O EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO UN PLAN DE

ACOMPAÑAMIENTO DE APOYO EDUCATIVO Y EMOCIONAL QUE PERMITA AL NIÑO

, NIÑA O ADOLESCENTE NORMALIZAR SU VIDA ESTUDIANTIL.

9. ESTAR ATENTA A LAS SOLICITUDES DEL TRIBUNAL U ORGANISMO ESPECIALIZADO.

10. MANTENER UN PLAN DE SEGUIMIENTO DE LA SITUACIÓN.

OBSERVACIÓN: DOCUMENTO ELABORADO DE ACUERDO A LAS ORIENTACIONES

PAR LA ELABORACIÓN DE UN PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL MINISTERIO DE

EDUCACION UNIDAD DE TRANSVERSALIDAD EDUCATIVA AÑO 2017

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FUNDAMENTACION DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE DERECHOS, MALTRATO Y/O ABUSO SEXUAL INFANTIL

INTRODUCCION

Proteger y resguardar los derechos de los niños/as y adolescentes es una tarea ineludible que compete en primer lugar a la familia, con apoyo y participación del conjunto de la sociedad y con el rol garante del Estado de Chile. Tal como lo establece la convención de los derechos del niño, aprobada por la ONU en 1989 y ratificada por Chile en 1990. Por tal motivo, el Establecimiento Educacional debe promover y garantizar una convivencia pacífica, respetuosa e inclusiva donde la comunidad educativa tenga una postura de rechazo absoluto ante toda vulneración de los derechos de niños/as yadolescentes. La Escuela debe constituir un espacio seguro para el desarrollo integral de los niños y jóvenes que en ella se formen, capaces de responder en forma oportuna frente a situaciones de maltrato y abuso infantil, articulando un trabajo coordinado y permanente que las demás redes sociales de su comunidad. Para así potenciar el desarrollo de una “cultura protectora de derechos” que tenga como componentes centrales el proceso formativo y preventivo, donde los adultos sean los responsables de la protección de los niños/as y adolescentes ya que ellos se encuentran en un proceso de formación y desarrollo. El Establecimiento Educacional tiene como objetivo central formar en el auto cuidado promoviendo aprendizajes que permitan que tanto los niños/as como los adultos de la Comunidad Educativa desarrollen herramientas de protección permanente frente a diversos factores de riesgo maltrato y abuso sexual infantil. Junto con desarrollar herramientas de prevención la Comunidad Educativa debe tener establecido un protocolo de actuación frente a las situaciones de vulneración de derechos infantiles que se puedan presentar. Este protocolo estable las maneras de actuar y proteger a un menor que ha sido vulnerado en sus derechos, señala claramente los pasos y responsables de implementar estas acciones. Cabe destacar, que dicho protocolo debe ser conocido, respetado y aplicado por toda la comunidad escolar.

CONCEPTOS CLAVES: MALTRATO Y ABUSO SEXUAL INFANTIL

MALTRATO INFANTIL: se entiende como todos aquellos actos de violencia física, sexual o emocional que se cometen en contra de niños/as o adolescentes en su entorno familiar, social o al interior del Establecimiento Educacional en forma ocasional o habitual. El maltrato puede ser ejecutado por: OMISIÓN (falta de atención o apoyo por parte del adulto frente a las necesidades y requerimientos del niño sea en alimentación, salud, protección física, estimulación, interacción social u otro) SUPRESION: que constituyen las diversas formas en que se le niega al niño el ejercicio y goce de sus derechos; por ejemplo que se le niegue jugar, tener amigos o ir a la escuela. TRANSGRESIÓN DE LOS DERECHOS INDIVIDUALES O COLECTIVOS (incluyendo el abandono completo o parcial): que constituyen todas aquellas conductas hostiles, de

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rechazo o destructivas hacia el niño, tales como malos tratos físicos, agresiones emocionales entre otros. Dentro del maltrato infantil se establecen distintas categorías: 1.- MALTRATO FISICO: cualquiera acción no accidental por parte de cuidadores, madres/ padres que provoque un daño físico o enfermedad en el niño/a o adolescente. Puede tratarse de un castigo único o repetitivo y su magnitud puede ser leve, menos grave, grave.

- Los criterios médicos legales establecen como:

Lesiones graves: todas aquellas acciones que causen en el niño/a o adolescente enfermedad o incapacidad por 31 días o más de duración. Lesiones menos grave: todas aquellas acciones que causen en el niño/a o adolescente enfermedad o incapacidad por más de 15 días y menos de 31 días de duración; considerando la calidad de las personas y la circunstancias del hecho (edad, parentesco, subordinación entre víctima y agresor así como si fue cometida en defensa propia o en complicidad con otros agresores)

2.- MALTRATO EMOCIONAL O PSICOLOGICO: es el hostigamiento verbal habitual por medio de insultos, críticas, descréditos, ridiculizaciones, así como la indiferencia y el rechazo explícito o implícito hacia el niño o adolescente. Se incluyen el aterrorizarlo, ignorarlo, corromperlo o ser testigo de violencia intrafamiliar.

3.- NEGLIGENCIA: falta de protección y cuidados mínimos por parte del adulto responsable en relación a las necesidades físicas, psicológicas, sociales e intelectuales de niños/as o adolescentes a su cargo.

4.- ABANDONO EMOCIONAL: falta persistente de interacción social y respuesta a las señales, expresiones emocionales, conductas de los niños/as y adolescentes que buscan proximidad y contacto afectivo.

5.- EL ABUSO SEXUAL ES UN DELITO GRAVE DE MALTRATO FISICO: implica la imposición intencional a un niño/a o adolescente de una actividad sexualizada en que el ofensor obtiene una gratificación basada en una relación de poder. Esta imposición se puede ejercer por medio de la fuerza física, el chantaje, la amenaza, la seducción, la intimidación, el engaño, la utilización de la confianza el afecto o cualquier otra forma de presión o manipulación pedagógica. El abuso sexual involucra cualquier conducta de tipo sexual que se realice con un niño/a o adolescente, incluyendo entre otras las siguientes:

- Exhibición de genitales por parte del abusador/a frente al niño/a o adolescente - Tocación de los genitales del niño/a o adolescente por parte del abusador/a - Tocación de otras partes del cuerpo del niño/a o adolescente por parte del

abusador/a - Incitación por parte del abusador/a a la tocación de sus propios genitales - Contacto buco genital entre el abusador/a y el niño/a o adolescente

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- Penetración vaginal o anal o intento de ella con sus genitales con otras partes del cuerpo o con objetos por parte del abusador/a

- Utilización del niño/a o adolescente en la elaboración de materialpornográfico

(Fotos, películas, imágenes en internet) - Exposición de material pornográfico a un niño o adolescente (fotos, revistas,

películas, imágenes en internet) - Promoción o facilitación de prostitución infantil - Obtención de servicios sexuales de parte de un menor de edad a cambio de dinero

u otras prestaciones

CONSIDERACIONES RELEVANTES PARA ENFRENTAR LAS SITUACIONES DE MALTRATO O ABUSO SEXUAL INFANTIL EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS Los niños/as o adolescentes deben ser protegidos del maltrato o abuso sexual

- La familia es la primera responsable de la protección del menor - Los organismos del Estado, la Sociedad Civil y los Establecimientos Educacionales

comparten la responsabilidad de protección del niño/a o adolescente - La protección a la infancia y la adolescencia debe formar parte de la misión y visión

del Establecimiento Educacional y figurar en el reglamento interno junto a los protocolos de actuación

- El reglamento interno del Establecimiento debe consignar la prohibición del uso de algunas redes sociales para establecer contacto con adultos y evitar así el acoso sexual o grooming.

- Es recomendable que el reglamento interno solicite a los funcionarios del Establecimiento la prohibición de incluir en sus contactos a los alumnos/as a través de las redes sociales de uso personal. Debe estar regulado a través de cuentas Institucionales.

- Frente a una sospecha de maltrato o abuso sexual de un niño/a o adolescente siempre se debe actuar protectoramente y realizar la denuncia en los organismos estatales pertinentes

- La omisión o minimización de algún hecho o situación agrava la situación del menor

EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL DEBE ACTUAR EN FORMA OPORTUNA

- Cuando algún adulto de la Comunidad Educativa detecte o sospeche alguna situación de maltrato o abuso sexual de un niño/a o adolescente debe efectuar la denuncia en los organismos Estatales correspondiente. No corresponde al adulto denunciante efectuar la investigación

- Ante la sospecha o certeza de una situación de maltrato o abuso sexual infantil el establecimiento debe disponer las medidas de protección al niño/a o adolescente activando sus protocolo de actuación

- Informar inmediatamente a los padres o apoderados del alumno/a - Recopilar antecedentes administrativos y otros de carácter general describiendo la

situación sin emitir juicios

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- La investigación y el proceso de reparación corresponden a los organismos especializados ; Ministerio Publico, Tribunales de garantía, Carabineros y Policía de Investigaciones

- La Comunidad Educativa debe articula las redes sociales de las que dispone su comunidad para hacer consultas y derivar en forma pertinente

- Ante una situación de maltrato grave, constitutivo de delito (maltrato reiterado y/o con resultado de lesiones, amenazas y/o abuso sexual) que haya tenido lugar en el Establecimiento o que afecte a un estudiante de él están obligados a efectuar la denuncia el Director, Inspector o los profesores, según establece el artículo Nº 175 letra e) del Código Procesal Penal. Sin perder de vista la obligación legal que tiene el primer adulto responsable que pertenezca a la comunidad escolar y que haya observado la situación o recibido el primer relato por parte del niño involucrado.

- La ley sobre violencia escolar Nº 20.536 en el Art,16 d) establece la especial gravedad del maltrato ejercido por parte de un adulto en contra de un niño/a o adolescente ya sea este el Director, Inspector, docente u otro adulto de la Comunidad Educativa o ajeno a ella

- Todo miembro de la Comunidad Educativa tiene la obligación legal de denunciar cualquier situación de violencia física, psicológica, agresión u hostigamiento que afecte a un estudiante miembro de la Comunidad Escolar

INDICADORES PARA LA DETECCION DEL MALTRATO Y ABUSO SEXUAL INFANTIL

- El propio niño releva que está siendo víctima de maltrato, abuso sexual o violencia - Un tercero (compañero o adulto) revela que otro niño está siendo vulnerado en sus

derechos - El mismo (adulto) se percata que el niño/a o adolescente está teniendo cambios

conductuales: cambios de humor, aislamiento, baja de ánimo, tristeza. Llanto, descenso de notas, desmotivación, lesiones físicas, miedo o rechazo a volver a su hogar, miedo o rechazo a asistir a la escuela o algún lugar de ella.

- El profesor de clases debe dejar registrado en el Libro de clases cualquier situación o cambio relevante que se manifieste en sus alumnos/as

COMO ACOGER A UN NIÑO O ADOLESCENTE QUE HA SIDO MALTRATADO O

ABUSADO SEXUALMENTE

- Al detectarse una situación de vulneración de derechos se debe proteger y acoger

afectivamente al niño o adolescente afectado. - Generar un clima de acogida y confianza - Un solo entrevistador debe realizar la entrevista en un lugar tranquilo yprivado - Reafirmar en el niño que no es culpable de la situación y que hizo bien en informar

lo sucedido - No acusar a los adultos involucrados ni emitir juicios del posible agresor - Actuar en forma serena para contener al menor - Respetar el tiempo y verbalización de su relato

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- No solicitar que muestre sus lesiones o se quite la ropa - Señalar al niño/a o adolescente las acciones futuras y lo importante de realizarlas

para su tranquilidad y seguridad

- Informar al equipo directivo del establecimiento y la familia - Dejar la denuncia correspondiente en los organismos especializados y pertinentes

para estas situaciones - Efectuar la denuncia dentro de las 24 horas - No sobre exponer al menor a preguntas indagatorias frente a diversosadultos - Recopilar antecedentes administrativos que puedan servir a la investigación.

INDICADORES GENERALES PARA ENFRENTAR SITUACIONES DE MALTRATO Y ABUSO SEXUAL INFANTIL

1.- CUANDO OCURRE FUERA DEL ETABLECIMIENTO EDUCACIONAL - Es fundamental que el establecimiento recabe información (libro de clases, entrevistas con el profesor u orientador) para buscar algún adulto significativo que apoye al niño/a o adolescente - La información recopilada servirá para el proceso de investigación y reparatorio llevado a cabo por los organismos pertinentes - Las autoridades del establecimiento deben tomar contacto con los organismos de las redes sociales comunitarias para que realicen la entrevista por un personal especializado y fuera del establecimiento OPD Y SENAME - El establecimiento no debe abordar a los posibles agresores ya que pueden cambiar al niño de Escuela y dirección y seguir vulnerando sus derechos

2.- CUANDO OCURRE DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL Y EL AGRESOR SE DESEMPEÑA EN EL ESTABLECIMIENTO (funcionario o alumno mayor) - Lo primero es tomar medidas administrativas o legales de alejamiento del niño/a o adolescente del posible agresor - Quien no denuncie una situación abusiva sabiendo de ella se convierten en cómplice del delito - Informar inmediatamente a las familias de los alumnos involucrados - Establecer denuncia en los organismos estatales pertinentes - El establecimiento Educacional debe verificar anualmente la lista de antecedentes de sus funcionarios o de las nuevas contrataciones

3.- CUANDO OCURRE DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL Y EL AGRESOR ES OTRO MENOR DE EDAD Es importante tener presente que la Ley de responsabilidad Penal adolescente sanciona a los adolescentes mayores de 14 años de edad y menores de 18 que son declarados culpables de agresión sexual. Los menores de 14 años son inimputables, es decir no son sancionados penalmente, pero su situación es abordada por los Tribunales de Familia, que pueden decretar su derivación a algún centro de intervención especializada dependiente del servicio nacional de menores SENAME:

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OPD : oficina de protección de derechos PIB : proyecto de intervención breve PIE : programa de intervención especializada

PPC : programa de prevención comunitaria

Traslado a un centro asistencial: cuando se presenten señales físicas en el cuerpo del niño agredido o él manifieste molestias debe ser trasladado a un centro asistencial por un encargado del establecimiento igual que ocurre con los accidentes escolares, previa comunicación de la situación a la familia del niño. No se requiere la autorización del padre o apoderado para ser llevado a un centro asistencial solo se les comunica. El establecimiento debe disponer medidas pedagógicas para la contención y apoyo psicológico del menor avisando al profesor jefe y consejo de profesores resguardando la privacidad y detalles de lo ocurrido. El Director del Establecimiento es quien debe liderar las reuniones informativas frente al consejo de profesores y las familias de la Comunidad Escolar. El Establecimiento debe ponerla denuncia, entregar los antecedentes a la Justicia y solicitar las medidas de protección cuando se requiera La denuncia se debe efectuar en Carabineros, Policía de Investigaciones y Ministerio Público Las Medidas de protección se deben solicitar en el Tribunal de Familia El Establecimiento Educacional debe hacer un acompañamiento y seguimiento de las situaciones de vulneración de derechos.

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3.-PROTOCOLO DE RETENCION EN EL SISTEMA ESCOLAR DE ESTUDIANTES EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES ADOLESCENTES El presente protocolo contribuye a entregar orientaciones claras frente a la situación de embarazo, maternidad y paternidad en que se puedan encontrar algunos estudiantes del Establecimiento Educacional, actuando de modo formativo y fortaleciendo la permanencia de estos estudiantes en el sistema escolar. Además, de informar sobre las redes de apoyo a las que pueden acceder en estos casos. DERECHOS DE LAS ALUMNAS EMBARAZADAS Y MADRES

- Toda alumna embarazada y madre tiene derecho a ingresar y permanecer en el Establecimiento Educacional (Ley Nº 20.370/2009 LGE, Art. 11).

- El Establecimiento debe entregar las facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de la ley para la permanencia de la alumna en el sistema escolar.

- El Establecimiento debe hacer las adecuaciones de evaluación y promoción con el

fin de asegurar la permanencia de la alumna/o en situación de embarazo y/o paternidad en el sistema escolar y asegurar la entrega de los aprendizajes y contenidos minimos establecidos en los programas de Estudio, asignando tutorias y/o un docente a cargo de dicho fortalecimiento pedagogico.

- El establecimiento educacional no puede hacer exigible el 85% de asistencia a clase

durante el año escolar a los estudiantes en estado de embarazo o maternidad. Frente a las inasistencias que tengan como causa directa por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control del niño sano y enfermedades del hijo menor de un año, solo podra exigir el certificado medico que acredite dichas causas de inasistencia.

- El Director del Establecimiento educacional tiene la facultad de resolver la

promoción en el caso que la estudiante tenga una inasistencia a clases menor a un 50% durante el año escolar. Esto en conformidad con las normas establecidas en los decretos exentos de Educación Nºs 511 de 1997, 112 y 158 ambos de 1999 y 83 de 2001 o los que se dictaren en su reemplazo, sin perjuicio del derecho de apelación de la alumna ante la Secretaría Regional Ministerial de Educación respectiva.

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- El establecimiento deberá elaborar un calendario flexible para el cumplimiento de los deberes escolares ofreciendo adecuaciones de horarios de entrada y salida diferenciando las etapas de embarazo, maternidad y paternidad. Sin embargo, hará exigible el carnet de salud o certificado médico correspondiente a los controles, inasistencias o salidas del Establecimiento Escolar.

- Los directivos del Establecimiento Escolar deberán informar y orientar a los

alumnos en situación de embarazo, maternidad y paternidad adolescentes de las redes de apoyo social y beneficios que entrega el Ministerio de Educación a fin de fortalecer su permanencia en el sistema escolar:

- Salas cunas Para que Estudie Contigo (PEC): ingreso preferente a los jardines y

salas cunas de la red JUNJI.

- Beca de Apoyo a la Retención Escolar (BARE): aporte económico otorgado por JUNAEB, que beneficia a estudiantes con riesgo de deserción escolar por su condición de embarazo, maternidad, paternidad.

- Programa de Apoyo a la Retención Escolar de Embarazadas, madres y Padres:

acompañamiento y orientación en lo académico, personal y familiar(JUNAEB)

- Atención integral en Espacios Amigables para adolescentes en los Centros de Salud

Familiar (CESFAM)

- Apoyo integral al menor y a la madre a través del programa Chile Crece Contigo (Consultorio Familiar)

- Entrega de un Subsidio Familiar, dentro del cual se encuentra el subsidio

maternal(Municipalidad)

- Programa Mujer y Maternidad, el cual acompaña a la joven madre y a su hijo/a en el proceso de gestación, nacimiento y crianza(Servicio Nacional de la Mujer, SERNAM)

- Las Casas Integrales de Juventud, que son espacios donde se brinda información y

capacitación en las temáticas de interés de los jóvenes(Instituto Nacional de la Juventud)

- El Establecimiento debe ingresar en el Sistema de Registro de Estudiantes

embarazadas, madres y padres de la JUNAEB

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PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A LAS DIFERENTES ETAPAS DE EMBARAZO, MATERNIDAD Y CRIANZA

Respecto del periodo del embarazo: - La estudiante embarazada o progenitor adolescente tiene derecho a concurrir a las

actividades de su control prenatal y cuidado del embarazo, acreditadas a través de su carnet de salud o certificado emitido por el médico o matrona tratante.

- La alumna embarazada tiene derecho a asistir al baño cuantas veces lo requiera,

previniendo de esta forma el riesgo de producir una infección urinaria (primera causa de síntoma de aborto).

- El establecimiento educacional facilitara a las alumnas embarazadas durante los

recreos las dependencias de la biblioteca u otros espacios para evitar posibles accidentes.

Respecto del periodo de maternidad y paternidad: - El Establecimiento previo comunicado formal al Director brindara el derecho a la

madre adolescente a decidir el horario de alimentación de su hijo/a con un máximo de tiempo de 1 hora sin considerar los tiempos de traslado.

- Se facilitara la salida de la madre del Establecimiento Educacional hacia su hogar o

sala cuna para las labores de amamantamiento.

- Cuando el hijo menor de 1 año presente alguna enfermedad que necesite de los cuidados maternos o paternos previo certificado médico el Establecimiento Educacional dará las facilidades correspondientes.

PROTOCOLO DE ACTUACION DE PADRES Y APODERADOS FRENTE A UNA SITUACION DE EMBARAZO, MATERNIDAD Y PATERNIDAD Los padres y madres que se enfrentan a una situación de embarazo y/o maternidad y paternidad adolescentes muchas veces se desorientan, no saben cómo actuar para orientar a sus hijos entre una dependencia de un joven y la responsabilidad e independencia de un adulto. Por consiguiente, nuestro principal objetivo será entregar todas las facilidades y vías de comunicación que logren desarrollar adultos responsables. Responsabilidades del padre o madre de un adolescente en situación de embarazo, maternidad y/o paternidad:

- El padre o madre deberá informar al Establecimiento Educacional que su hija/o se encuentran en estado de embarazo y/o paternidad, frente a lo cual el Director o profesor jefe le informaran de los derechos y deberes tanto de la estudiante como de su familia y establecimiento escolar.

- Se firmara un compromiso de acompañamiento al adolescente que señale su

consentimiento para que el/la alumno/a asista a los controles, exámenes médicosy

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otras instancias de atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo nacido que implique la ausencia parcial o total del estudiante durante la jornada de clases.

- El apoderado del alumno implicado en la situación de embarazo o maternidad

/paternidad adolescente, deberá informar al Establecimiento Educacional cualquier cambio de domicilio o cambio de tutela o responsabilidad de otra persona del alumno implicado.

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4.-PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A VIOLENCIA ENTRE PARES Y/O BULLYING / CIBERBULLYING

I.-Presentación

Proteger y resguardar la integridad y el bienestar de infantes y adolescentes es principal labor de la familia como agente de protección de los derechos de los niños. No obstante, la escuela se torna un lugar de formación no solo académica sino también valórica, que a su vez, previene, protege, acoge y guía en su labor educativa. Es por esto, que los miembros de la comunidad educativa somos participes de amparar y defender los derechos de nuestros alumnos.

A continuación, se encuentra definido el protocolo de actuación en los casos de violencia escolar entre pares con las orientaciones pertinentes a cada situación, según las orientaciones del MINEDUC.

II. Prevención de Violencia Escolar

2.1 Definiciones Conceptuales

Bullying:

Refiere a situaciones de matonaje, intimidación o acoso escolar, es decir, cualquier manifestación de violencia en la que un estudiante sea agredido o se convierte en víctima al ser expuesto, de forma repetida y durante un tiempo a acciones negativas que llevan a cabo un par (compañero/a) o grupo de pares. Sus tres características principales son:

Se produce entre pares

Existe abuso de poder (una de las partes se siente incapacitada de defenderse)

Es sostenido en el tiempo (período indefinido)

El hostigamiento presenta diversos matices, desde los más visibles (de tipo físico, insultos, descalificaciones) hasta los más velados (aislamiento, discriminación permanente, rumores), lo que hace de este fenómeno un proceso complejo, que provoca daño profundo y sufrimiento en quien lo experimenta.

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Ciberbullying:

Implica el uso de la tecnología para realizar agresiones o amenazas a través de correos electrónicos, blogs, chat, mensajes de textos, sitios web, comunidades sociales virtuales, Facebook, instragram,etc.

La situación de Ofensa, ridiculización o humillación implica para el acusado a cientos de personas lo que provoca un daño psicológico difícil de superar.

2.2 Responsabilidad de la Familia

La Familia es el principal agente de protección de los niños entregando las primeras herramientas de desarrollo emocional y social, su rol en el proceso formativo de sus hijos e hijas implica asumir compromisos y responsabilidades frente a la situación escolar, no solo como protectores sino también como responsables de asumir que sus hijos pueden estar ejerciendo algún tipo de violencia y tomar las medidas remediales del caso.

2.3 Responsabilidad de los Profesores

Los docentes y asistentes de la educación deben contribuir significativamente en la prevención del Bullying y ciberbullying deben ser capaces de desplegar todas las medidas remediales y reparatorias en los casos que se detecten para erradicar en lo posible el Bullying y ciberbullying Es necesario poner atención al desarrollo personal y social y favorecer las competencias y habilidades sociales y ciudadanas en esta área incorporados en los Objetivos de Aprendizaje Transversales.

La Comunidad Educativa debe considerar:

El contextos y sus variables: Evaluar cada caso de manera personal, tomar en

cuenta las características individuales de los involucrados, contemplar las dinámicas de cada curso y del establecimiento.

Responsabilidad: Evitar culpabilizar a los niños, más bien, promocionar la capacidad de hacerse responsables de los actos buscando soluciones constructivas a los conflictos interpersonales.

Estrategias colectivas: El establecimiento debe generar estrategias de solución en

conjunto como comunidad y evaluar la efectividad de estas para replantearse dichas estrategias en pro de los objetivos y metas que la comunidad estableció en un principio. Las acciones aisladas tienden a ser menos eficaces y difícilmente evaluables.

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Prevención: Es importante abordar las temáticas de violencia desde una mirada formativa que aborde los valores de responsabilidad, solidaridad, tolerancia y respeto todos los miembros de la comunidad educativa. Otro factor imprescindible es tener normas y claras y consensuadas por todos los miembros de la Comunidad Educativa y activar el apoyo de las redes sociales comunitarias.

2.4 Responsabilidad de Directivos

Incitar estrategias de diagnóstico de clima escolar y especialmente de Bullying/

ciberbullying Promover políticas participativas y preventivas expresadas en el Reglamento

Interno y plan de gestión de Convivencia escolar. Sensibilización a padres y apoderados Evaluar los resultados y definir nuevas acciones.

2.5 Indicadores para la detección de víctimas de Bullying:

Advertir que sus objetos personales o vestimenta están rotas o han sido robadas recurrentemente

Negarse a mostrar el contenido de las páginas web quevisita Se pone triste o de mal humor al recibir llamados, mensajes o al entrar a laweb. Tiene moretones, heridas, cortes o rasguños sin explicación aparente. Muestra desmotivación escolar repentinamente Ha bajado el rendimiento Tiene pocos o ningún amigo Presenta falta de apetito, dolores de cabeza y estomago para evitar el contacto

social en la escuela. Se ha vuelto triste, rabioso o violento en su carácter Cambia de humor de manera inesperada Expresa miedo a algún o algunos compañeros Se aísla

“Cabe señalar que una señal no es por sí sola una determinante de detección, también puede deberse a otras situaciones que no necesariamente se relacionan con el Bullying”. Sin embargo, más vale estar alerta para advertir alguna situación que amerite la consulta de un especialista o la denuncia, lo cual debe quedar registrado en el libro de clases del alumno. El comité Disciplinario y miembros de la Comunidad Educativa que corresponda deben reunir las evidencias necesarias y dejar los registros de las observaciones pertinentes.

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2.6 Medidas a tomar en casos de Bullying/Ciberbullying

¿Qué hace la Escuela?

Cuenta con una encargada de convivencia Escolar. Realiza promoción de resolución de conflictos de manera pacífica en base a la

mediación escolar, arbitraje pedagógico y la negociación Promueve el sano desarrollo social y afectivo, estipulando Objetivos de Aprendizaje

Transversales Tiene un Reglamento Interno y Manual de Convivencia Escolar Activa el protocolo de Acción en casos de Violencia Escolar entre pares, bullying y

ciberbullying Cuenta con especialistas de apoyo Ocupa las redes disponibles (Carabineros, OPD, PDI, Cesfam).

Nuestra mayor fortaleza es que…

No se niega ni oculta a la posibilidad de transgresiones a la convivenciaescolar. Tenemos una actitud de apoyo y acogida. Tenemos un plan de intervención normativo y formativo para víctimas y

victimarios. Nos enfocamos en la prevención.

Frente a los agresores

Manejo de Padres y Apoderados:

Evitar culpabilizar, promover la responsabilidad Explicar que intimidar no es un juego Establecer normas efectivas sobre las relaciones interpersonales en el hogar y en la

escuela Asegurarse que cumpla con sus deberes Ser un apoderado activo y participativo en el proceso educativo de sus hijos o

pupilos. Ser un buen ejemplo para su hijo (a) respetando las normas de sana convivencia Conocer a sus amigos Estimular y reforzar las habilidades positivas Ayudarlo a practicar formas de resolución pacificas de conflicto Buscar ayuda profesional para orientar sus acciones Si vive en un clima de violencia intrafamiliar recurrir a la red asistencial de

prevención y reparación de violencia Tomar acuerdos y compromisos de medidas remediales.

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Manejo de Profesores: Comunicar el hecho al Inspector General, jamás ocultar situaciones deviolencia Abordar el hecho de manera formativa en una primera instancia

Registrar en el libro de clases las situaciones de violencia entre losalumnos Informar de lo ocurrido en forma oportuna a los padres yapoderados Activar el protocolo de actuación en casos de Violencia Escolar Evitar culpabilizar, promover la responsabilidad de los actos realizados Establecer normas claras dentro del aula, repasar de ser necesario el Reglamento

Interno y el Manual de Convivencia con los alumnos Estimular y reforzar las habilidades positivas del estudiante Reforzar los valores en el curso y crear estrategias de prevención de la violencia Solicitar orientación preventiva a las duplas psicosociales Consensuar acciones remediales

Manejo de Equipo Psicosocial:

Realizar una entrevista con el alumno para orientarlo Ofrecer consejería a la familia Promover la responsabilidad de sus actos en el alumno/os Realizar diagnósticos y evaluaciones De ser necesario derivar a la red de apoyo de asistencia y prevención social de la

comuna.

Manejo de Director e Inspector Procurar que las acciones a tomar sean efectivas Procurar que se cumpla el Reglamento Interno y el protocolo de acción

Frente a las víctimas

Manejo de Padres y Apoderados: Acoger al estudiante y darle seguridad Empatizar con sus sentimientos Alentar a solucionar el problema Reforzarle sus habilidades y competencias sociales para superar esta dificultad Buscar consejería profesional para evaluar el tipo de daño causado y sus

remediales Conocer a sus amigos y promover el desarrollo social en ambientesprotegidos Ser un apoderado activo y participativo en el proceso educativo

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Manejo de Profesores:

Comunicar el hecho al Director, jamás ocultar situaciones deviolencia Activar el protocolo de actuación en casos de Violencia Escolar

Estimular y reforzar las habilidades positivas del estudiante Activar las acciones remediales Agradecer la confianza del alumno por contar sus experiencias Dar seguridad de que el problema tiene solución y de que la Escuela dará apoyo al

alumno. Reforzar los valores en el curso y crear estrategias de prevención de la violencia

escolar. Solicitar apoyo de las duplas psicosociales o redes de apoyo comunal.

Manejo de Equipo Psicosocial:

Realizar una entrevista con el alumno para acogerlo y orientarlo Ofrecer consejería y empatizar con la problemática del alumno/os. Promover la Autoestima Empoderar las habilidades y capacidades personales y sociales delalumno Evaluar el daño, de ser necesario derivar a la red de asistencia y prevención de la

comuna.

Manejo de Director e Inspector General

Procurar que las acciones a tomar sean efectivas para terminar con la situación de Bullying

Procurar que se cumpla el Reglamento Interno y el protocolo deacción

Proponemos alternativas no solo desde las sanciones, ya que consideramos que mejorar la convivencia escolar nos guía hacia medidas que aborden la complejidad del fenómeno desde un modelo constructivista por sobre medidas aisladas y simplicistas. Una alternativa que proponemos es la utilización de la MEDIACIÓN ESCOLAR como estrategia de diálogo frente a las nuevas demandas de conflictos que surgen entre los estudiantes para evitar la Violencia Escolar.

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ESCUELA “LUIS URIBE DIAZ” INSPECTORIA GENERAL

4.-PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES VIOLENCIA ENTRE PARES Y/O DE BULLYING/ CIBERBULLYING

1.-ENTREVISTA DE LOS ALUMNOS INVOLUCRADOS EN LA SITUACION DE VIOLENCIA, BULLYING Y/O CIBERBULLYING

2.-CITACIÓN A ENTREVISTA CON EL/LA PROFESOR/A JEFE DEL/LOS ESTUDIANTES.

3.-CITACIÓN A ENTREVISTA CON LOS APODERADOS DE LOS ESTUDIANTES INVOLUCRADOS Y EL/LA PROFESOR/A JEFE.

4.-REGISTRO DE LA ANOTACIÓN EN LA HOJA DE VIDA DEL/ LOS ESTUDIANTE/S.

5.-APLICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.

6.- REALIZAR DENUNCIA.

7.-INSPECTORIA GENERAL REALIZA DERIVACION A CONVIVENCIA ESCOLAR, COORDINACIÓN PIE Y/O DUPLA PSICOSOCIAL DEL ESTABLECIMIENTO.

8.-ENTREVISTA CON EL PROFESOR/A JEFE PARA QUE ELABORE UN PLAN DE ACOMPAÑAMIENTO DE LOS NIÑOS Y LAS FAMILIAS INVOLUCRADAS.

9.-CONVIVENCIA ESCOLAR Y/O COORDINADORA PIE REALIZA PROGRAMA DE TALLERES AL INTERIOR DEL CURSO ALUSIVOS A: RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN FORMA PACIFICA, AUTOCUIDADO, AUTOESTIMA, MANEJO RESPETUOSO DE LAS EMOCIONES, EMPATÍA, ETC.

10.-EL PROFESOR JEFE REALIZA SEGUIMIENTO DE LAS SITUACIONES, DESARROLLO Y SU SOLUCIÓN., CON APODERADOS Y/O CONVIVENCIA ESCOLAR O PROFESOR DE ASIGNATURA.

11.- CONVIVENCIA ESCOLAR Y/O COORDINADORA PIE REALIZA DERIVACION A REDES DE APOYO COMUNAL CON SOLICITUD PERIODICA DE INFORME A INSTITUCIONES.

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ESCUELA “LUIS URIBE DIAZ” INSPECTORIA GENERAL

5.-PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES VULNERACION DE DERECHOS NO CONSTITUTIVAS DE DELITO.

1.-ENTREVISTA DEL / LOS ALUMNOS INVOLUCRADOS EN LA VULNERACIÓN POR DIRECCIÓN,

INSPECTORÍA GENERAL, CONVIVENCIA ESCOLAR O DUPLA PSICO SOCIAL DEL ESTABLECIMIENTO, DEPENDIENDO DE LA SITUACIÓN Y PERSONAS INVOLUCRADAS.

2.-ENTREVISTA CON EL/LA/LOS PROFESOR/A/ES JEFE DEL/LOS ESTUDIANTES INVOLUCRADOS.

3.-CITACIÓN A ENTREVISTA CON LOS APODERADOS DEL / LOS ESTUDIANTES INVOLUCRADOS Y EL/LA PROFESOR/A JEFE.

5.-INSPECTORIA GENERAL DERIVA A CONVIVENCIA ESCOLAR, COORDINACIÓN PIE (SI ES ALUMNO INTEGRADO), DUPLA PSICOSOCIAL DEL ESTABLECIMIENTO Y/O REDES DE APOYO COMUNITARIAS SEGÚN CORRESPONDA.

6.-CONVIVENCIA ESCOLAR REALIZA MEDIACION ESCOLAR ENTRE LOS INVOLUCRADOS Y/O INSPECTORÍA GENERAL LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO SI CORRESPONDE.

7.-PROFESOR JEFE, EQUIPO PIE ( SI EL ALUMNO ES INTEGRADO) Y/O CONVIVENCIA ESCOLAR ELABORAN UN PLAN DE ACOMPAÑAMIENTO DEL / LOS NIÑOS INVOLUCRADOS.

8.-CONVIVENCIA ESCOLAR O COORDINACIÓN PIE SI EL ALUMNO ES INTEGRADO, REALIZA INTERVENCIÓN DEL CURSO, A TRAVES DE TALLERES, CHARLAS O REFLEXIONES.

9.-CONVIVENCIA ESCOLAR Y/O PROFESOR JEFE REALIZAN ENTREVISTA DEL O LOS APODERADOS DEL O LOS NIÑOS INVOLUCRADOS PARA SEGUIMIENTO DE LAS SITUACIONES, DESARROLLO Y SU SOLUCIÓN.

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ESCUELA “LUIS URIBE DIAZ” INSPECTORIA GENERAL

INTRODUCCIÓN

EN EL CASO DE QUE UN/A ALUMNO/A SEA SORPRENDIDO/A CONSUMIENDO DROGAS,

SUSTANCIAS ILISITAS Y/O ALCOHOL AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO.

Si un alumno es sorprendido consumiendo dentro del establecimiento o en sus

inmediaciones por alguna autoridad del colegio o profesor, se le debe aplicar las sanciones

señaladas en el Reglamento de Convivencia escolar, además de comunicarles a los padres

la situación.

Es fundamental que los docentes y directivos indaguen en cada caso para determinar si se

trata de consumo personal o de micro tráfico, ya que en el caso de micro tráfico, este debe

ser denunciado a las instituciones correspondientes.

Los docentes y personal del establecimiento, que detecten o sean informados de una

situación de posible tráfico de drogas, deben resguardar el principio de inocencia. Es

importante informar a la familia o a un adulto significativo del o los estudiantes

involucrados en la situación. Frente a casos flagrantes de tráfico o micro tráfico de drogas,

es decir al sorprender a una persona realizando esta actividad, el director del

establecimiento, deberá llamar a la unidad policial más cercana, para denunciar el delito

que se está cometiendo. El Fiscal y las policías, realizarán la investigación pertinente, con

la reserva necesaria de la identidad del o los denunciantes. A través de la investigación, la

fiscalía determinará si existen antecedentes suficientes para procesar a los involucrados o

proceder al archivo del caso.

El director del establecimiento educacional, podrá solicitar la participación de la Unidad de

Víctimas y Testigos del Ministerio Público, quienes podrán decretar distintas medidas que

tiendan a la protección de los denunciantes y los testigos.

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ESCUELA “LUIS URIBE DIAZ” INSPECTORIA GENERAL

6.-PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES RELACIONADAS CON DROGAS Y ALCOHOL EN EL ESTABLECIMIENTO

1.-ENTREVISTA DEL / LOS ALUMNOS INVOLUCRADOS EN LA VULNERACIÓN.

2.-LLAMAR A EMERGENCIA PARA SOLICITAR UNA AMBULANCIA EN EL CASO QUE EL/LOS NIÑOS ESTEN ES ESTADO DE INCONCIENCIA O INTEMPERANCIA ALCOHOLICA.

3.-ENTREVISTA CON EL/LA/LOS PROFESOR/A/ES JEFE DEL/LOS ESTUDIANTES INVOLUCRADOS.

4.-CITACIÓN A ENTREVISTA CON LOS APODERADOS DEL / LOS ESTUDIANTES INVOLUCRADOS Y EL/LA PROFESOR/A JEFE.

5.-EN EL CASO QUE SEA CONSUMO Y PORTE DE SUSTANCIAS ILISITAS DE ACUERDO AL ARTICULO N°50 DE LA LEY 2000 SE DEBE HACER LA DENUNCIA A LOS ORGANISMOS PERTINENTES COMO SON PDI, CARABINEROS DE CHILES Y TRIBUNAL DE FAMILIA.

6.-APLICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.

7.-INSPECTORIA GENERAL DERIVA A CONVIVENCIA ESCOLAR, COORDINACIÓN PIE, DUPLA PSICOSOCIAL DEL ESTABLECIMIENTO Y/O REDES DE APOYO COMUNITARIAS.

8.-PROFESOR JEFE ELABORA UN PLAN DE ACOMPAÑAMIENTO DEL / LOS NIÑOS INVOLUCRADOS.

8.-CONVIVENCIA ESCOLAR REALIZA DERIVACIÓN A LAS REDES COMUNITARIAS, TALES

COMO SENDA PREVIENE Y OPD (SENAME), PARA BRINDAR LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN

Y ATENCIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES QUE POSIBLEMENTE SE VEAN

INVOLUCRADOS.

9.-PROFESOR JEFE Y CONVIVENCIA ESCOLAR REALIZAN SEGUIMIENTO CON LA FAMILIA Y REDES COMUNITARIAS DE LA SITUACION, DESARROLLO Y SU SOLUCIÓN

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ESCUELA “LUIS URIBE DIAZ” INSPECTORIA GENERAL

7.-PROTOCOLO DE ACCIDENTES ESCOLARES Y EMERGENCIAS 2018

Antecedentes Ley N°16.744 Art.3°, dispone que estarán protegidos todos los alumnos de establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica profesional.

Como prevención de accidentes en el establecimiento, todas las actividades educativas y recreativas que se desarrollen en los distintos espacios educativos (sala de clases, gimnasios, laboratorios, bibliotecas, patios, entre otros) deben estar bajo la supervisión de un docente, asistente de la educación y/o inspector de pasillo. Además se cuenta con el Comité Paritario que regularmente está supervisando dependencias, mobiliario e infraestructura segura para los estudiantes y personal del establecimiento y el plan de seguridad escolar PISE.

Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño. Dentro de esta categoría se considera también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales.

En caso de accidente escolar todos los/las estudiantes, tanto de la educación Párvularia, básica y media, están afectos al seguro desde el instante en que se matriculen en el establecimiento educacional. En caso de accidente o enfermedad repentina de un alumno/a durante la actividad escolar se procederá de la siguiente manera:

1.-En caso de enfermedad o accidentes leves: El alumno/a será llevado a Inspectoría General y se realizarán los primeros auxilios básicos. La escuela no está autorizada para suministrar ningún tipo de medicamentos. El profesor jefe, asistente de sala y/o inspectores llamaran a los padres y apoderados para informar la situación.

2.- En caso de accidentes moderados: En los casos que el accidente requiera atención médica, se llamara a los padres y apoderados, para informar del traslado del alumno, con su asistente de sala o Inspector de su pasillo, al centro de salud correspondiente con el seguro estatal con el que todo alumno está cubierto. Todo golpe en la cabeza requerirá de derivación al centro asistencial con la entrega respectiva de la ficha de seguro de accidente escolar.

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3.- En caso de accidentes graves: En todos los casos que el accidente sea grave, se llamara inmediatamente al servicio de urgencia de la comuna, quienes lo trasladarán en ambulancia a urgencias del Hospital de Castro, con la declaración individual de accidente escolar y en compañía del asistente de sala o inspector. Simultáneamente se dará aviso a los padres y/o apoderados para que acudan al servicio de urgencias del hospital, después de lo cual recién el personal que acompaño al estudiante podrá volver al establecimiento.

CLASIFICACION DE GRAVEDAD DE LOS ACCIDENTES ESCOLARES: de acuerdo al instituto de seguridad laboral 1.- Accidente leve:

Erosiones, cortes superficial de la piel, caídas al correr o golpes al chocar con algún objeto o persona, contusiones de efecto transitorios.

Requiere solo atención del personal capacitados en primeros auxilios, quien proporciona los primeros cuidados pertinentes y luego el estudiante prosigue con sus actividades normales. Además, se informa telefónicamente a los padres y/o apoderados.

2.- Accidente Moderado:

Esguinces, caídas o golpes con dolor persistente, heridas sangrantes, chichones. Requiere tratamiento médico por lo que se llamara a los padres y apoderados, para informar del traslado del alumno, con su asistente de sala o Inspector de su pasillo, al centro de salud correspondiente con la declaración individual de accidente escolar con el que todo alumno está cubierto. Todo golpe en la cabeza requerirá de derivación al centro asistencial con la entrega respectiva de la ficha de seguro de accidente escolar.

3.- Accidente grave:

Fractura, heridas o cortes profundos con objeto corto punzante, caídas con golpes en la cabeza, perdida del conocimiento y golpes fuertes en la cabeza con otro alumno u objeto, sensación de ahogo o falta de respiración y/o fuerte dolor del pecho.

Requiere tratamiento médico inmediato, por lo cual el estudiante será trasladado al servicio de urgencia en ambulancia en compañía del asiste de sala o inspector y con la declaración individual de accidente escolar. Simultáneamente, se informara de la situación a los padres y/o apoderados para que acudan al centro de atención médica. Una vez que los padres se responsabilicen del estudiante en el centro de urgencia el personal de la escuela regresara al establecimiento educativo.

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ESCUELA “LUIS URIBE DIAZ” INSPECTORIA GENERAL

8.-PROTOCOLO DEL TRABAJO DE SUPERVISION DE LOS INSPECTORES 2018

1.-ESTAR PRESENTES EN SU SECTOR AL COMIENZO DE LA JORNADA.

2.- ABRIR SU PASILLO ASIGNADO.

3.-UNA VEZ QUE ENTRAN LOS ALUMNOS A CLASES, INFORMAR A INSPECTORIA GENERAL

SI FALTA ALGUN PROFESOR O ASISTENTE DE AULA.

4.-HACERSE CARGO DE LOS CURSOS MIENTRAS LLEGA EL DOCENTE CON HORARIO EN ESE

CURSO O EL DOCENTE DE REEMPLAZO.

5.-SUPERVISAR SU PASILLO DURANTE LAS CLASES: ALUMNOS QUE SALGAN AL BAÑO,

ALUMNOS QUE SALGAN DE LA SALA ANTES DEL TERMINO DE LA CLASE Y/O ATENDER

CUALQUIER SOLICITUD DE UN DOCENTE DE SU SECTOR.

6.-UNA VEZ TERMINADAS LAS CLASES CERRAR JUNTO AL AUXILIAR DE SERVICIO DEL

SECTOR CERCIORANDOSE QUE NO QUEDEN ALUMNOS EN LAS SALAS Y CERRAR EL

PASILLO.

7.-SUPERVISAR EN LOS RECREOS Y HORARIO DE ALMUERZO EL COMPORTAMIENTO DE LOS

ESTUDIANTES PARA EDUCAR EN LA FORMACION Y PREVENCIÓN DE ACCIDENTES E

INCIDENTES ESCOLARES.

8.-AL TERMINO DE LOS RECREOS FORMAR A LOS NIÑOS PARA EL INGRESO A CLASES

DANDO LAS INSTRUCCIONES EN SU SECTOR, PARA EDUCAR EN LA FORMACION Y

PREVENCIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES ESCOLARES.

9.-AL TÉRMINO DE LA JORNADA: SUPERVISAR LA SALIDA DE LOS ALUMNOS DE SU SECTOR

Y ACCEDER A SUS LUGARES DE SUPERVISON DURANTE LA SALIDA DE LOS ESTUDIANTES

DEL ESTABLECIMIENTO.

EL AUXILIAR DE TURNO ABRE LAS PUERTAS 5 MINUTOS ANTES DE LAS DIFERENTES

SALIDAS DE LOS CURSOS Y LAS CIERRA AL TÉRMINO DE LA SALIDA DE LOS ALUMNOS.

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ESCUELA “LUIS URIBE DIAZ” INSPECTORIA GENERAL

9.-PROTOCOLO DE INGRESO Y SALIDA DEL ESTABLECIMIENTO

HORARIOS Y ACCESOS DE ENTRADA

APERTURA DEL ESTABLECIMIENTO: 7:30 HRS

RECEPCION DE ESTUDIANTES: 7:40 HRS

INGRESO PREBASICA: POR CALLE RAMIREZ

INGRESO BASICA: POR CALLE SAN MARTIN

INGRESO APODERADOS Y PERSONAS EXTERNAS

PORTERIA LLEVA UN REGISTRO DE VISITAS

SE REGISTRA EL APODERADO / PERSONA EXTERNA INDICANDO NOMBRE, RUT,

FECHA Y EL MOTIVO DE LA VISITA.

COORDINADORA PROYECTO INTEGRACIÓN ESCOLAR ENTREGARA EN PORTERÍA EL

LISTADO DE LOS APODERADOS QUE SEAN CITADOS PARA ENTREVISTAS O

EVALUACIONES.

EL PROFESOR JEFE, PROFESOR DE ASIGNATURA, INSPECTOR, REGISTRARA ENEL

LIBRO DE CLASES LOS APODERADOS ATENDIDOS CON SUS FIRMAS

CORRESPONDIENTES.

ATENCION DE APODERADOS

LOS DOCENTES EN SUS HORARIOS DE ATENCION DE APODERADOS PODRÁNUSAR

SUS SALAS O SOLICITAR OTRAS DEPENDENCIAS DEL ESTABLECIMIENTO, SEGÚN

DISPONIBILIDAD, PARA ATENDER A SUS APODERADOS.

SALIDA DEL ESTABLECIMIENTO

TODO PERSONAL QUE SALGA DEL ESTABLECIMIENTO EN HORARIO DETRABAJO

DEBERA REGISTRAR SU SALIDA Y POSTERIOR REINTEGRO EN PORTERIA.

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ESCUELA “LUIS URIBE DIAZ” INSPECTORIA GENERAL

10.-PROTOCOLO DE SEGURIDAD ESCOLAR

Se entiende por seguridad escolar como el conjunto de condiciones, medidas y acciones enfocadas a la prevención y el auto cuidado requerido para que los miembros de la Comunidad Educativa puedan realizar el ejercicio pleno de los derechos, libertades y obligaciones que les reconoce o les impone el ordenamiento jurídico interno y las normas internacionales, específicamente la Constitución Política de la República de Chile y el tratado Internacional de la Naciones Unidas ” Convención sobre los derechos del Niño”, bases sobre las cuales se ha construido la Ley General de Educación. La prevención de riesgos y acciones de auto cuidado en párvulos y escolares es un tema que se presenta como objetivos transversales en el currículo 2012 e involucra a toda la Comunidad Educativa, por consiguiente el Plan de Seguridad Escolar, desarrollado por la ONEMI y patrocinado por el MINEDUC debe ser conocido y aplicado en todos los Establecimientos Educacionales, mediante Rex.Nº 51/2001, que rescata las fortalezas de la antigua Operación DEYSE aplicada en todas las Unidades Educativas desde 1977. Constituye una metodología de trabajo permanente, mediante la cual se alcanzan dos objetivos centrales: 1º la planificación eficiente y eficaz de seguridad para toda la Comunidad Escolar. 2º la formación de una cultura preventiva, a través del desarrollo de actitudes y conductas de protección y seguridad.

DOCUMENTOS LEGALES

Ley 19.831 crea registro nacional de servicio de transporte remunerado de escolares.

Seguridad Escolar para actividades extraescolares. Reglamentos para transportes terrestres dentro y fuera delpaís. Decreto N° 215/2009 MINEDUC: Uniforme Escolar, recomienda el uso de retro

reflectante en la vestimenta. Decreto N° 14 de 1984 sobre prevención de riesgos. Decreto 548 aprueba normas para la planta física de los locales educacionales que

establecen las exigencias mínimas. Decreto 143 de 2012 que modifica 548 Infraestructura. Decreto 594 aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales

básicas en los lugares de trabajo.

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Seguro Escolar:

Presentación sobre seguro de accidentes escolares.

Decreto Supremo Nº 313/1973. Ministerio del Trabajo y Previsión Social: Reglamento sobre seguro escolar.

Declaración Individual de Accidente Escolar.

Comisión Nacional de Seguridad Escolar:

Decreto N°283/2001 MINEDUC: Crea la Comisión Nacional.

TITULO XXVII : PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR

Tiene como objetivo:

Generar en la Comunidad Escolar una actitud de autoprotección, teniendo por sustento una responsabilidad compartida y colectiva frente a la seguridadescolar.

Proporcionar a los escolares un ambiente de seguridad integral mientras cumplen sus deberes formativos.

Constituir a cada Establecimiento Escolar en un modelo a replicar en el hogar y los barrios.

Se basa en la metodología PISE y se designa la constitución de un Comité de Seguridad Escolar que elabora y coordina junto a la Comunidad Educativa un plan de seguridad escolar acorde a sus características específicas de geografía, infraestructura y entorno, apoyados por la Unidad de Salud, Carabineros y Bomberos del sector central de la Comuna de Castro:

Se anexa Plan Integral de Seguridad Escolar PISE.

COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR: Escuela Luis Uribe Díaz

DIRECTOR/A: Sra. Claudia Hernández Soto

COORDINADOR DE SEGURIDAD ESCOLAR: Sra. Pauline Bórquez Díaz

Fecha constitución de Comité: Marzo 2019

------------------------------------------ Firma Director/a Establecimiento

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PLAN DE SEGURIDAD ESCOLAR 2019

Objetivos:

Realizar diagnóstico de la seguridad de la Escuela de acuerdo a geografía, infraestructura y entorno.

Constituir un comité de Seguridad escolar.

Realizar el plan anual de seguridad escolar, con asignación de responsabilidades individuales y colectivas, estableciendo las zonas de seguridad.

Registrar posibles acciones y medidas preventivas y correctivas deseguridad.

Socializar el plan integral de seguridad escolar.

Activar las redes de apoyo comunitarias: Carabineros, Cesfam y Bomberos de la comuna.

Participar de los simulacros planificados de seguridad escolar.

Evaluar los resultados y medidas modificables de los simulacros realizados.

COMITÉ DE EGURIDAD ESCOLAR 2019

NOMBRE REPRESENTANTE

ESTAMENTO

CARGO FUNCION

Claudia Hernández Soto

Dirección Directora: responsable de la seguridad escolar de enlaces y comunicación con padres y apoderado y comunidad en general

Responsable seguridad de la Escuela y comunicación.

Pauline Bórquez

Inspectoría General

Coordinadora seguridad escolar

Coordina las actividades del plan integral de seguridad escolar. Organiza evacuación primaria.

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NOMBRE REPRESENTANTE ESTAMENTO

CARGO FUNCIÓN

Rossana Álvarez Asistentes de la educación

Secretaria Activa alarma. Llama telefónicamente redes comunitarias de emergencia si la situación lo amerita.

Vannessa Andrade Andrea Coñocar Soraya Saldivia Juan Carlos Sandoval

Equipo docente Facilitador evacuación primaria de su curso y su nivel.

Activa alarma de emergencia, campana. Apoya la evacuación primaria.

Verónica Alvarado Inspectores Inspectora Ejecuta acciones específicas al interior y exterior de la escuela y el entorno inmediato: abre puertas y rejas de acceso. Facilita la movilización de alumnos y personal para evitar aglomeraciones de desplazamiento a las zonas de seguridad

Agiliza evacuación primaria.

Katherine Krugger Profesionales de apoyo educativo

Facilitador evacuación primaria.

Apoyar a la evacuación general de los alumnos.

María Rossana Ojeda

Asistentes de la educación

Facilitador evacuación primaria.

Apoyar a la evacuación general de los alumnos.

David Carrera Eladio Araya

Asistentes de la educación. Auxiliares

Encargado de recursos internos: Encargado de servicios básicos:

Conocen y manejan la red seca y húmeda, extintores, etc. para enfrentar las emergencias y ejecutar una respuesta primaria mientras llegan los organismos especializados ejecuta los cortes o habilitación de servicios de electricidad, agua potable y gas

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al interior de la Unidad Educativa.

NOMBRE REPRESENTANTE ESTAMENTO

CARGO FUNCIÓN

Luis Torres Asistentes de la educación. Inspectores

Encargado de seguridad externa.

Control de áreas de seguridad externas habilitadas

Sr/ra Presidente Centro General de Padres y Apoderados 2018: Claudia Meza

Centro de Padres y Apoderados

Presidenta del centro general

Informa sobre las acciones de seguridad al centro general de padres y apoderados.

Solicita evaluaciones y adecuaciones del plan de seguridad de acuerdo a las experiencias realizadas.

Alumno/a designados por profesor jefe como asistentes de Emergencia de su curso.

Alumnado de la Comunidad Educativa

Representante del curso

Informa sobre el Plan de seguridad escolar a sus pares y familias.

Asume rol activo al interior de su curso, facilitando la evacuación de las salas de actividades de acuerdo a necesidad del profesor a cargo del curso en el momento del simulacro o emergencia.

Sra. Leila Alvarado Torres Cabo primero 652765374 Integracioncomuni tariacastro@gmail .com

Carabineros de Chile

Representante oficial de Carabineros

Realiza apoyo especializado en medidas de prevención, educación, preparación, Ejercitación y acción en caso de una emergencia.

Realiza apoyo en caso de una evacuación secundaria.

Sr. Fabián Gallardo Torres

Cuerpo de Bomberos

Representante oficial de Bomberos

Realiza apoyo especializado en medidas de prevención y acción en caso de una emergencia.

Realiza apoyo técnico en caso de una evacuación secundaria.

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NOMBRE REPRESENTANTE ESTAMENTO

CARGO FUNCIÓN

Cesfam Quillahue Castro Dirección: Teléfonos: 65- 2773089/ 65- 2773080 Contacto: dirección Sclinicos,quillahue@ gmail.com -

Hospital de Castro y CESFAM: Responsable: Sr.Hugo Rebolledo- Director

Representante oficial de centro de salud a cargo del sector

Realiza apoyo especializado en prevención y accionar en una emergencia. Ejecuta atención especializada

frente al cuidado de heridos o derivación al hospital de Castro.

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CASTRO – CHILOE

11.-PROTOCOLO DE ACTUACION DE SITUACIONES DE CONFLICTOS ENTRE

ADULTOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

INTRODUCCIÓN

El presente Plan de Acción tiene por objetivo prevenir conflictos laborales y entregar las

líneas de acción frente a situaciones emergentes de problemas de relaciones entre los

miembros adultos de la comunidad educativa, para proteger a la comunidad escolar y

mantener un sano clima laboral que permita cumplir la misión educativa y formativa de la

Escuela.

Se presentan como sugerencias estrategias ordenadas y orientadas a un protocolo

integral y a una resolución colectiva pacifica de los conflictos entre adultos de esta

comunidad educativa.

Este trabajo mancomunado de estrategias de prevención del maltrato, acoso físico o

psicológico y resolución de conflictos para los miembros de la Comunidad Educativa se

realiza a través de talleres y charlas gestionadas por Convivencia escolar alusivas a la

normativa vigente, resolución pacífica de conflictos y mediación escolar a través de

profesionales idóneos que impartirán las capacitaciones, la coordinación con redes de

apoyo comunal y el comité psicosocial de la Escuela, quien de acuerdo a las necesidades y

requerimientos institucionales realiza capacitaciones para todo el personal del

establecimiento educativo a través de la ACHS.

Cuando existan situaciones de vulneración de derechos entre los adultos miembros de la

comunidad educativa, manifestados a través de cualquier medio, material o digital se

procederá a informar a Inspectoría General quien deriva a Convivencia Escolar para un

proceso de mediación y conseguir un dialogo conciliatorio, sin embargo sino se llega a

acuerdos se informa a Dirección, quien entrevistara al personal involucradas y de no haber

acuerdo conciliatorio, solicitara una investigación sumaria donde las partes involucradas

harán uso de su derecho de denuncia en los organismos pertinentes y se procederá de

acuerdo al artículo N°70 del Reglamento Interno de orden higiene y seguridad

Corporativo.

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CASTRO – CHILOE

11.-PROTOCOLO DE ACTUACION DE SITUACIONES DE CONFLICTOS ENTRE

ADULTOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

1.-Frente a una situación de conflicto entre adultos miembros de la comunidad educativa

el personal involucrado informa en Inspectoría General.

2.-Inspectoría General deriva a Convivencia escolar para proceder a realizar el proceso

mediador de las personas afectadas.

3.-Convivencia escolar en forma privada y por separado realiza las entrevistas de las

personas que manifiestan el conflicto.

4.-Convivencia escolar organiza las acciones remediales para ser presentadas a las

personas involucradas y llegar a un acuerdo de mediación pacífica.

5.-Si el personal en conflicto no acepta el proceso mediador se informa a Dirección.

6.-Dirección entrevistara a las partes involucradas en el conflicto y de no llegar a un

acuerdo consensuado solicitara sumario administrativo de acuerdo al Reglamento interno

de orden y seguridad Corporativo.

7.-Las partes involucradas harán uso de su derecho de denuncia en los organismos

pertinentes y se procederá de acuerdo al artículo N°70 del Reglamento Interno de orden

higiene y seguridad Corporativo.

8.- Dirección acoge e informa de las medidas adoptadas por la Corporación de

Educación, mientras dure el sumario administrativo a las partes involucradas, comité

Paritario y al consejo General de Profesores.

9.- Inspectoría General frente a una situación de violencia física y/o peligro de la integridad

de los adultos miembros del Establecimiento Educativo, llama a Carabineros de Chile, para

realizar la denuncia pertinente.

10.-Dirección informa la situación al presidente del Comité Paritario para la respectiva

derivación a la ACHS como incidente laboral.

11.- Dirección acoge las medidas administrativas sugeridas por la Corporación de

Educación de Castro.

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CASTRO – CHILOE

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE AL SUICIDIO INFANTIL Y ADOLESCENTE El suicidio, ideación suicida y/o intento de suicidio aumentan significativamente en la adolescencia, motivo por el cual se hace fundamental contar con protocolos de actuación en los colegios, frente a este fenómeno que hoy es una de las principales causas de muerte de jóvenes en Chile. En esta etapa de la vida, caracterizada por cambios físicos, psicológicos, hormonales y sociales, los adolescentes se entrampan en la adquisición de nuevas responsabilidades, la toma de decisiones, la adaptación social, el cumplimiento y desempeño escolar. Estos factores influyen en adolescentes que son vulnerables a estos cambios, creando en ellos sentimientos de angustia, desesperanza, baja tolerancia a la frustración, sentimientos de inferioridad, entre otros. La vulnerabilidad en estos casos, se encuentra asociada a la presencia de uno o más de los siguientes factores:

Bullying y/o Ciber Bullying

Presencia de un trastorno mental

Abuso sexual (actual o pasado)

Conflictos asociados a la identidad sexual

Dinámicas familiares caracterizadas por la violencia.

Consumo de alcohol u otras drogas.

Acontecimientos traumáticos en la primera infancia (por ejemplo, maltrato

infantil)

Comportamiento antisocial de la familia.

Divorcio o separación de los padres.

Muerte de una persona querida.

Accidente traumáticos de algún miembro de la familia.

Padres autoritarios

Término de una relación amorosa.

Cambio de colegio y del grupo de amigos

Fracaso escolar.

Diagnóstico de enfermedades graves propias o de un ser querido.

105

DEFINICIONES DEL ESPECTRO SUICIDA:

Riesgo suicida es todo pensamiento u acción que alude a la posibilidad de atentar o quitarse la vida. Distinguiendo las siguientes categorías:

Ideación suicida: Pensamiento acerca de la voluntad de quistarse la vida, con o sin planificación o método.

Gesto suicida: Acción destructiva no letal que se considera un pedido de ayuda sin intenciones serias de quitarse la vida.

Intento suicida: Conductas o actos que intencionalmente busca el ser humano para causarse daño hasta alcanzar la muerte no logrando la consumación de éste.

Suicidio Consumado: Término que una persona en forma voluntaria e intencional hace de su vida. La característica preponderante es la fatalidad y la premeditación.

PROCEDIMIENTO DE ACTUACION:

a.- Si alguna de estas categorías es identificada en algún estudiante, la persona de la comunidad escolar que toma conocimiento de la situación, ya sea observada o develada, debe informar a la dupla psicosocial del establecimiento, procurando contener y acompañar al estudiante afectado.

b. Una vez que la dupla toma conocimiento de la situación, deberá evaluar el nivel de riesgo, para definir su derivación y en forma paralela informar a la Dirección del colegio o liceo. La gravedad se determinará según los siguientes criterios:

Riesgo Inminente: considera la presencia de alguna de las siguientes situaciones:

Autolesiones, con intención de suicidio

Agitación psicomotora

Intentos previos

Ideación activa

Planificación

Sin riesgo inminente: considera la presencia de alguna de las siguientes situaciones:

Pensamientos asociados a dejar de existir sin llevar a cabo acciones o planificación para concretar la idea.

Conductas auto lesivas que buscan terminar con intensas emociones negativas, sin Intención de quitarse la vida.

En caso de considerarse riesgo inminente, se debe reportar simultáneamente al SAMU de la ciudad y al apoderado del estudiante, para que acompañe al servicio derivado. Se realizará entrega de informativo para la familia (anexo).

En caso de no existir un riesgo inminente se citar al apoderado en un plazo no superior a 48 horas y derivar a profesional de salud mental, de acuerdo al sistema de salud del estudiante (Isapre o Fonasa). Se realizará entrega de informativo para la familia (anexo).

106

REPORTAR SITUACION Y PASOS A

SEGUIR AL APODERADO PADRES O ADULTO SIGNIFICATIVO

SIN RIESGO INMINENTE

RIESGO INMINENTE

DERIVACIÓN A PROFESIONAL DE LA SALUD MENTAL SEGÚN

SISTEMA DE SALUD (ISAPRE / FONASA)

DERIVACIÓN SAMU

ACOMPAÑADO POR ADULTO RESPONSABLE DEL ESTUDIANTE

FLUJOGRAMA

ANALISIS DE GRAVEDAD SEGÚN CRITERIOS ESCRITOS EN EL

CITACIÓN AL APODERADO DENTRO DE 48 HORAS

MANEJO Y DERIVACION ANTE RIESGO SUICIDA

DETECTADO POR UN FUNCIONARIO

INFORMAR A FUNCIONARIO SIGNIFICATIVO

DUPLA PSICOSOCIAL ESTA ATENTA A INTERVENCION EN CRISIS

DERIVACION DUPLA PSICOSOCIAL ESTABLECIMIENTO

PONER EN CONOCIMIENTO DE DIRECCIÓN

CONSIGNAR EN EL LIBRO DE CLASES LO OCURRIDO.

RESGUARDAR CONFIDENCIALIDAD Y RESPETO POR LA SITUACIÓN DEL ESTUDIANTE AFECTADO

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Una vez realizado los pasos anteriores, la dupla psicosocial deberá:

Consignar en el libro de clases lo ocurrido.

Poner al Director/a del establecimiento en conocimiento de la situación.

Mantener un ambiente de respeto y resguardar la confidencialidad en relación a lo acontecido al estudiante.

ANEXO

INFORMATIVO PARA FAMILIARES ANTE RIESGO DE SUICIDIO

Esta guía pretende dar cuenta de algunos puntos importantes sobre el cuidado a su ser querido ante un riesgo inminente de suicidio.

RECOMENDACIONES EN EL HOGAR 1.- Mantener vigilado al estudiante las 24 horas del día. 2.- Las sobredosis con fármacos son comunes y pueden ser letales. Mantenga cantidades pequeñas de fármacos o considere mantener en un lugar bajo llave. Si el estudiante está bajo algún tratamiento farmacológico, se recomienda que los fármacos sean administrados por un adulto responsable. 3.-Elimine de su casa todos los medicamentos que no están siendo utilizados o estén vencidos. 4.- Alejar y evitar el acceso a armas de fuego, objetos corto punzantes, químicos, tales como pesticidas, cuerdas y /o cualquier elemento con que se pueda hacer daño. 5.- El uso o abuso de alcohol, puede influir negativamente en la evaluación que se hace de la realidad y puede generar la idea de ver el suicidio como la posible solución a algún conflicto. Elimine completamente el alcohol de su hogar. 6.- Escuchar, acompañar y apoyar son actitudes que generan buenos resultados en este proceso. Evite criticar, subestimar o relativizar el sufrimiento emocional del estudiante. 7.- Ser riguroso en la asistencia a las horas de atención en salud mental y acompañar en el proceso. 8.- Llevar al Servicio de Urgencias en caso de necesidad (ejemplo si la persona persiste con atentar contra su vida). Potenciar el compromiso educativo que permita que la seguridad sea prioridad para la familia que se está recuperando de un intento de suicidio. Estudios han comprobado que personas que han procurado terminar con su vida tienen más riesgo de volver a intentarlo.

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