Download - JOSÉ ALVARO QUIROGA LEÓN Director General Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales
II SIMPOSIO INTERNACIONAL DERECHO, ECONOMÍA Y ETICA
Los retos para la función notarial en un mundo globalizado
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
JOSÉ ALVARO QUIROGA LEÓNDirector General
Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales
La Constitución Política del Perú en su artículo 2°, numeral 6, reconoce el derecho que toda persona tiene a que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar.
El Derecho Fundamental a la Protección de los Datos Personales
• AUTORIDAD NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES,
• DIRECCION NACIONAL DE JUSTICIA,
• DIRECCION GENERAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES.
¿ QUE ES ?
Ministro de Justicia
Dirección Nacional de Justicia
Dirección de Conciliación y
arbitraje
Dirección de Coordinación con la Administración de Justicia
Dirección de SECIGRA
Dirección de Asuntos de la Iglesia Católica
Dirección de Asuntos interconfesionales
Acreditación de Municipalidades
Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos
Otras Direcciones
Vice Ministro Justicia
AQUÍ ESTABA LA A.P.D.P.
POR MANDATO DE
LA LEY
• COMISION DE EXTRADICIONES Y TRASLADOS
• CEPAD• 3 COMISIONES TRATADOS DE
COOPERACION.• COMISION DE REFORMA
PROCESAL
Dirección General de Protección de Datos Personales
Dirección de Registro Nacional de Protección de Datos Personales
Dirección de Supervisión y
Control
Dirección de Sanciones
Dirección de Normatividad y Asistencia Legal
Vice Ministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia
Estructura Orgánica de la APDP
Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales(Art. 33 LPDP)
APDPAdministra y mantiene actualizado el Registro
Nacional de Protección de Datos Personales.
Orienta a los ciudadanos sobre el contenido, los principios y las garantías
del derecho fundamental a la protección de datos regulado en la LPDP
Emite opinión técnica sobre los proyectos de
normasTutela al ciudadano en el ejercicio de sus derechos
regulados en la LPDP
Supervisa el cumplimiento de las exigencias de la LPDP
y sanciona su incumplimiento
¿ QUE ES UN DATO PERSONAL?La información que permite identificar a una persona.La información sobre una persona identificada
Es aquella información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a las personas naturales que las identifica o las hace identificables a través de medios que puedan ser razonablemente utilizados.
pueden ser recogidosen bancos de datos
de administración pública
de administración privada
¿Cuáles son los datos personales?
Nombre
Dirección de
correo electrónico
Apellidos
Fecha de nacimiento
la dirección de domicilio
Número de teléfono
R U C
Placa del vehículo
La imagen en una fotografía o video
REGISTRO DE ADN
Huella digital
Datos de salud de LA HISTORIA CLINICA
Hábitos personales
Opiniones o convicciones políticas
Afiliación sindical
Religión
Los datos biométricos que por sí mismos pueden identificar al titular;
Información relacionada a la salud o a la vida sexual. Ingresos económicos;
Datos referidos al origen racial y étnico;Opiniones o convicciones políticas, religiosas filosóficas o morales;
afiliación sindical;
(Art. 2 numeral 5 de LPDP)
DATOS SENSIBLES ¿POR QUÉ?
¿ QUE ES UNBANCO DE DATOS PERSONALES ?
Artículo 2. LPDP
1. Banco de datos personales. Conjunto organizado de datos personales, automatizado o no, independientemente del soporte, sea este físico, magnético, digital, óptico u otros que se creen, cualquiera fuere la forma o modalidad de su creación, formación, almacenamiento, organización y acceso.
¿QUÉ ES TRATAMIENTO ?(Num. 17 del art. 2 de la LPDP)
recopilación, registro, organización, almacenamiento, conservación, elaboración, modificación,
extracción, consulta utilización, bloqueo, supresión, comunicación por
transferencia o por difusión
Cualquier operación o procedimiento técnico, automatizado o no, que permite
o cualquier otra forma de procesamiento que facilite el acceso, correlación o interconexión de los datos personales.
INTIMIDAD / PRIVACIDAD / AUTODETERMINACION INFORMATIVA / PROTECCION DE
DATOS PERSONALES.
DIFUSION / ENTREGA / COMPARTIR/ EXPLORAR, INDEXAR.
INFORMACION PROTEGIDA/RESERVADA/SECRETA/CONFIDENCIAL
DISOCIACION / ANONIMIZACION
ACCESO A INFORMACION PUBLICA/ ACCESO A DP
¿ QUE ES ?
EXCEPCIONES AL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LPDP:(Art. 3 de la LPDP y Art. 4 del Reglamento)
I. Los tratamientos de datos personales realizados por personas naturales para fines exclusivamente domésticos, personales o relacionados con su vida privada o familiar.
II. Los contenidos o destinados a ser contenidos en bancos de datos de administración pública, solo en tanto su tratamiento resulte necesario para el estricto cumplimiento de competencias asignadas por ley a las entidades públicas siempre que tengan por objeto:
La defensa nacional La seguridad pública
El desarrollo de actividades en materia penal para la investigación y represión del delito.
¿Cuál es la importancia de los datos personales?
Hitler Referendum Venezuela, LA LISTA TASCON Revocatoria Colombia ¿Tendríamos navidad? Herodes Antípas
¿Cuál es el valor económico de los datos personales?
Telemarketing (contacto) Profiling (perfil para publicidad o mercadeo segmentados) Big Data
PRINCIPIOS RECTORES(Arts. 6 al 10 del Reglamento)
Consentimiento Calidad
Finalidad Proporcionalidad
Consentimiento
Libre Previo
Expreso einequívoco
Informado
Acceso: Toda persona tiene derecho a obtener la información que sobre sí mismo sea objeto de tratamiento en bancos de
datos de administración pública o privada, la forma en que sus datos fueron recopilados, las razones que motivaron su recopilación y a solicitud de quién se realizó la recopilación, así como las transferencias realizadas o que se prevén hacer de ellos.
Rectificación (Actualización, Inclusión): Es el derecho del titular de datos personales que se modifiquen los datos que
resulten ser inexactos, erróneos o falsos.
Cancelación (Supresión): El titular de los datos personales podrá solicitar la supresión o cancelación de sus datos personales
de un banco de datos personales cuando éstos hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual hayan sido recopilados; hubiere vencido el plazo establecido para su tratamiento; se ha revocado su consentimiento para el tratamiento y en los demás casos en los que no están siendo tratados conforme a la Ley y al reglamento.
Oposición: Toda persona tiene la posibilidad de oponerse, por un motivo legitimo y fundado, referido a una situación
personal concreta, a figurar en un banco de datos o al tratamiento de sus datos personales, siempre que por una ley no se disponga lo contrario.
Derechos del CIUDADANO
TRANSVERSALIDAD DE LA PDP
LLAMADAS DE EMERGENCIA
REGISTRO DE LUDOPATAS
HISTORIA CLINICA ELECTRONICA
PROYECTOS SOBRE DATOS GENETICOS
PROGRAMAS SOCIALES
DD JJ FUNCIONARIOS
CENTRAL DE RIESGO DE LA SBS
VIDEO VIGILANCIA
CIBERDELITO / RECEPTACION DE BANCOS DE DATOS
ACCESO A LA INFORMACION DE REDES SOCIALES
REGISTRO DE FUNCIONARIOS PROCESADOS
MUCHAS GRACIAS
JOSÉ ALVARO QUIROGA LEÓNDirector GeneralAutoridad Nacional de Protección de Datos Personales