Download - Garantia de igualdad
Haga clic para modificar el estilo de Haga clic para modificar el estilo de subtítulo del patrónsubtítulo del patrón
GARANTIA DE IGUALDAD
INDIRA DE LA CRUZ CONTRERASINDIRA DE LA CRUZ CONTRERAS
ARLETTE DÀVILA SÀNCHEZ ARLETTE DÀVILA SÀNCHEZ
Según el diccionario de la real academia española, la palabra “igualdad”, deriva del latin aequalitas, -atis , significa “ conformidad de algo con otra, en naturaleza, forma, calidad o cantidad” , así como correspondencia y proporción que resulta de muchas partes que uniformemente componen un todo.Aludiendo la igualdad ante la ley “principio que reconoce a todos los ciudadanos capacidad para los mismos derechos”
IGUALDAD
IGUALDAD LEY GARANTIA INDIVIDUAL
La igualdad señalada en diversos artículos de la Constitución jurídica. Es el tratamiento igualitario que deben de recibir las personas que se encuentren en una determinada situación, regulada por cuerpos normativos.Es la responsabilidad que gozan las personas colocadas en un supuesto legal determinado, de adquirir los mismos derechos y contraer las mismas obligaciones, es decir, SER TRATADAS DE LA MISMA MANERA.
1ra sala de la Suprema Corte de Justicia
Se configura como uno de los valores superiores del orden jurídico
Sirve como criterio básico de la producción normativa y su posterior interpretación y aplicación Esto es para que los poderes públicos tengan en cuenta que los particulares deben de ser tratados de la misma forma, sin privilegio alguno.
A través de la equidad se busca colocar a los particulares en condiciones de poder acceder a derechos superiores, protegidos constitucionalmente, lo que implica eliminar situaciones de desigualdad.
Reconocer la igualdad de los hombres ante la ley ha preocupado a numerosas culturas a lo largo de los siglos. En virtud de movimientos revolucionarios, los ordenes jurídicos se modificaron para asegurar la igualdad entre quienes se ubican en los supuestos regulados por normas determinadas.
La igualdad no puede ser absoluta
Las innegables diferencia que acusan entre si los miembros de una sociedad obligan a la legislación adecuar su contenido a aquellas.
El derecho toma en cuenta diferencias que deben considerarse para regular ciertas situaciones jurídicas.Tratar a los iguales de modo igual , y desigualmente a los desiguales.
Dignidad que todos los hombres tienen y por lo que se le han reconocido derechos fundamentales.
CONCEPTO DE GARANTIAS DE IGUALDAD
Pueden definirse como los derechos públicos subjetivos que toda la persona puede poner a los órganos del Estado
Con el fin de recibir un trato acorde a la situación jurídica en que se encuentren
Basadas en características irrelevantes para los supuestos contemplados por las leyes.
ARTICULOS CONSTITUCIONALES QUE CONTIENEN LAS GARANTIAS DE IGUALDAD
Las garantías de igualdad se encuentran establecidas por algunos artículos de la constitución:
1º ,; 2º apartado B
4º ,; 5º primer párrafo 12; 13 y 31 fracción IV
Articulo º1
Dispone que todos los individuos que se encuentren en los Estados Unidos Mexicanos gocen de las garantías que otorgan la constitución.
Establece el principio de igualdad legal para cualquier persona ubicada en el territorio de la Republica.
y la discriminación, nacida de motivos étnicos, religiosos, políticos o de genero, entre otros.
Articulo 2º
Aborda lo relativo a las condiciones de igualdad que deben privar en las comunidades indígenas, así como las acciones que debe ejecutar el estado para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar la discriminación.
indica la igual entre el varón y la mujer, contempla los derechos de salud, a un medio ambiente adecuado y que los niños cuenten con todos los elementos necesarios para su desarrollo.El primer párrafo del articulo 5º . Consagra el libre ejercicio de cualquier comercio o industria a todas las personas, sin distinciones basadas en nacionalidad, raza, sexo, etc.
Articulo 12
Impide la concesión de títulos nobiliarios, prerrogativas y honores hereditarios.
Articulo 13
Prohíbe el procesamiento por leyes privativas tribunales especiales y declara abolidos los fueros, con la salvedad del militar.
Articulo 31
Prevé el principio de equidad tributaria, tratado profusamente por la jurisprudencia del Poder Judicial de la Federación, que lo ha considerado una garantía de igualdad.