"ElConsejo de los
Profesionales del
Agro, Agroalimentos
y Agroindustria"
Buenos Aires, 18 de mayo de 2015
Al señor Dr. Gabriel DELGADO
Presidente de la Comisión Nacional de Alimentos (CaNAL)
SI DESPACHO.-
Tengo el agrado de dirigirme a Usted, en mi carácter de Presidente del
Consejo Profesional de Ingeniería Agronómica (CPIA), a efecto de acercarle los
comentarios surgidos entre profesionales del sector y el equipo legal y técnico de nuestro
Consejo, en torno al proyecto de resolución que modificaría parte del Capitulo XVII del
Código Alímentario Argentino, expediente N° 1-0047-2110-1537-12-1 de la Administración
Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnologia Médica.
Seguidamente procedo a indicar la observación al Proyecto de
referencia, que por consenso de los integrantes de la Comisión Directiva, merece ser
destacada:
Observación al Artículo 1346 (Capitulo XVII - CAA): Como la
designación del profesional universitario que llevará adelante la dirección técnica de
aquellos establecimientos que elaboren alimentos dietéticos ó para regímenes especiales,
comprendidos en el mencionado capitulo, quedará a juicio de la autoridad sanitaria
correspondiente. Debería incorporar para la realización de dicha tarea a los profesionales
con los titulas de Ingeniero en Alimentos, Licenciado en Ciencia y Tecnologia de los
Alimentos, Licenciado en Bromatología, Licenciado en Tecnología de los Alimentos y
Licenciados en Tecnología Industrial de los Alimentos cuyas incumbencias se adjuntan.
Por la naturaleza de los estudios, que surgen de los alcances que
otorga el Minísterio de Cultura y Educación, cada una de las disciplinas mencionadas
Consejo Profesional de Ingeniería Agronómica. Jurisdicción Nacional
Tte. Gral. Juan D. Perón 725. 20 piso - C103SAAOCASA - Tel.: 101115276-2800 - Fax: 154-1114328-1767 - [email protected] www.cpia.org.ar
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Profesionales del
Agro. Agroalimentos
y Agroíndustria"
cuenta con las competencias necesarias para afrontar los requerimientos que establece
dicho artículo.
Sin embargo la Disposición N° 4223/94 expedida por la Admínistración
Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, en su artículo 3 deja
manifestado que la dirección técnica para la elaboración de suplementos dietarios es
exclusiva de universitarios con título de farmacéutico dejando excluidos a los profesionales
del sector.
Considerando que los suplementos dietarios se definen en el artículo
1381, inciso 2 como un alimento envasado destinado a incrementar la ingesta dietaria
habitual, suplementando la incorporación de nutrientes en la dieta de las personas sanas
que no encontrándose en condiciones patológicas, presenten necesidades básicas
dietarías no satisfechas o mayores a las habituales; y en el mismo sentido el artículo 1342
establece que serán de venta libre y podrán expenderse por las mismas vias de
comercialización que los demás alimentos; y complementando con el artículo 1339 donde
se los diferencia de los alimentos definidos en el Código Alimentario Argentino por su
composición y/o por sus modificaciones físicas, químicas, biológicas o de otra índole
resultantes de su proceso de fabricación o de la adición, sustracción o sustitución de
determinadas substancias componentes. Entendemos que no encajan con la definición de
medicamento sino con la de un grupo de alimentos comprendidos dentro lo definido por el
artículo 6, inciso 2 'lada substancia o mezcla de substancias naturales o elaboradas que
ingeridas por el hombre aporten a su organismo los materiales y la energía necesarios
para el desarrollo de sus procesos biológícos".
Siendo que, los Consejos Profesionales en virtud del artículo 16 inciso
3, 4 Y 6 del Decreto-Ley 6070/58 (Ley14.467) cuentan entre sus atribuciones con la
posibilidad de estudiar el alcance de los títulos de sus matriculados, entendemos que no
habría perjuicio para que las citadas disciplinas puedan desarrollar la dirección técnica de
consejo Profesional de Ingeniería Agronómica - Jurisdicción Nacional
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Profesionales del
Agro, Agroalimentos
y Agroindustria"
establecimientos elaboradores de suplementos dietarios y por ende alimentos dietéticos o
alimentos para regímenes especiales.
Señalado cuanto antecede, resta remarcar que al efectuar la
observación transcripta anteriormente, este Consejo Profesional tuvo en miras la
posibilidad de realizar una contribución conveniente al Proyecto sometido a consulta
pública, desde la perspectiva de las competencias específicas que le fueron asignadas por
Ley.
Sin otro particular, saludo a Usted atentamente.
109. Prod. Agrop. RIcardo BindiUN 358'33"15
Pruldenle
Cpia/0013/15
Consejo Profesional de Ingeniería Agronómica - Jurisdicción Nacional
Tte. Gral. Juan D. Perón 725, 2" piso - C103BAAOCABA - Te!.: 101115276-2800 - Fax: 154-1114328-1767 - [email protected]
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eleva la Pl'Op•.":c5tadefijación rle ir:cUlnbcH'.cia!i p~o£c~ion¿:.le!>Pi1~il
el t.!..~ulC'de':! L~ccnciado en 13romatolog1or de acv.e:-do :'J. lo Qstablc.....
ciclo porlas l~esoluciones :¡o 009/87 y su mo(lif~catoria r;O ldl/'8~
GONSIDBl~AI:l)O:
O<.\~la propl=.c!'itc::. (le incur:óencias elcva(~e IJor la Uni'1'2!'-
OEeltl ::-o::~:]aci6r.pr'1vü;t¿), ::~::r;.l ?,l?r: -le c~tU(.lio:: t-0S:il:.:
lll.:.10.c:....p.:.cii:,1ci6:1 y!ccQ!!ari.:l pc::ra f~ldesc::l?f!i1c "'e :!.,}.~;ac:ivi,]~-
(I("~:~:')ue .se ~rop0l'iC:l com.O inCHmbeJlcia~.
OU~los o~gcJ.r:i5;-.lO:.técnicos tielI!ir:~sterio ~~'2Srluc.:.ci6r:
~¡i~l::'sterio de t;c]uc..::.ci6n :J .f1.I"!3tic:..:~entencter en las l:a~i::'itac:o:'ie~
Por ello,
EL ;'¡I1H3T!~O ~¡~EJ:':~I;CION y JUSTICIA
A;'~1'lC:';LO:!.0.- Fijar las lncumbc~lcias ?roEesionalcs del ti::ulo dr;
Licenciado en Bromatolog1a, qt,e otoraa la Ur.iversictéld ¡"jilciona¡ :ie
.8l1t:-e R1os.
ARTICULO 2°._ Las incumbencias a las que se refiere el art1culo
10 50n..la.~q~e.see?Cpl~~~.t~!1~ continuación:
\(\,
". ", j¿0
.\n,11izar la I£Or.lpo~ici6n QU11:-.iCu,cardcter15ticu~ f1~iCi\!,;,micr~,bio16gic~s y toxicológicas de: m~tcri~s primas, aditivos y ?TO-
d:;..ctC5alimenticios, se-::'licléóorados y elaborados y detelT!'.ir.,)r'
su propensi6n til 1eterioro.
- Desarrollar, !,crEcccionar y adecui\r ;:;6todo5 y t6cr:.icu5 bro::;ato-
16:rica5 r'!e laboratorio I1UCcvi<.lcl':cien la genuini'lad "./vc)~ores
nutricio::; 1e ~O~,)limentos; así como ~':\:. c'lestinadas 2.explorJr
Oz-gani7.ar y dirigir la~oratario:; c~0:;tir:¿,;r:1o~a :0", di'_~:!.i!>lS y ~s:
tudio5 bromato16~ic05.
- Invc5t.iuar lo, a;~:.tivo~alimentario:; y composici6r. de:03 .:11i-
~ento5 artificiales a erectos de determinar los beneEicio5 o
perjuicios sani'Cürios y econ6micos.
Inve5tigar sobr\!!~ldesarrollo '1cnuevosproductos alimcnticios,
asi como acerca de la$ t~cnica~ bromato16~icas aplicablp.s a su
eluboraci6r..
!r:vGstigar y desaY'rollar procesos biotecno16gicos plJril L) obt'?li
citm dealirr.cntos.
Sstudiar los recursos alimentarios y ~~C$or~~ ~obre su aprov0--
c:,ar:1icntQ y las ccr.diciones higiénico-sani tarias de almacena- /
r.1ier.to, cor.~crvaci6n, comercializa.ci6n y distribuci6:i ~~ r"L:ho;
recursos.
- Prog::-a;.;¿n,'LJS iile(~irJa5higi~nico-sanitarias en la in~u5trializa-
c:i6n, almac0na:nicl1~o y conservaci6n elealiT:'lentos :1 ccntrol.J.r Si.
cHr.tp:iI1ienta.
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?l'ogrl3r:1,J,r y controlar 1<15:ncdi(la~ (~e prevcnci6n de cm,; t.:ur.in)-,ciones, alteraciones y acul~cracionc~ (le lo~ ~li;:.~ntos.
Programar y ~Eectuar el control de calidad ñe materias primas.
ll.ctitivos. p::,orluctosinterri1(~1iosy fi11;;'1~~CSde la in~ustria .:tli-
mel:ta::,ia.
As{rsorarrespecto ~clos valores nutritivosde105ali:":ll?:H'::OS .'l
:as conrhciones ~1i.g:.é!üco-sanitarias para st:. consumo, ?rescrv~
ci6n y COlT:e::,"cializ.J.ci6n.
Asesorar acerca delas t6cnic,~s l;~~!j J,(1CCU,J.r!as c ';.tiliza:- parCl
el :nejorumi~nto nl,.;,tricional y conservaci6n rie alimentos en los
procesos ñe~e5ar':,ollo. elaboraci6n t:i:'.r1'.lstY'ializaci6r. r.e105
r:",iSI:10!~•
,';.5e~o:ca:'ace'i'ca ....10.lar,con¡¡.i.cione~ :1igi6nico-sar.itarias .~t:.Zl:¡~
:,.::!;rt~r;t:nirlos ~(}ificios, instalaciones y equipos rle5tir..::.!'c~ ~
la el~boraci6n ein<.1ustriali'Z.aci6r.dealir.t~nto~. y aservicio:.
de al::.r..entaci6r..
:\:;.l.e~Cl~.~r211la elaboraci6!1 y e.plicClci6:". :'lenorr.E.G b~of.1.1-::o16~1~-
::,:'.:. ~~ ('m 1.::.planificaci6n y org.1Y&iz.<J.ci61': ":le las accion":1~ ('e
fiscalizaci6r!. r1ealir.'lentos•
.';'S250r<l::"so!:Jre ~J.s Ecrm<l;..(le utiliz-).ci6n r.elo~ plaguici(~a.~
C¡'...lt:!. por5\:'inc:.rlencia '2::1:.()~ ali:nr~}:to5, re~ultl?n p~rju(l:.ci.:--
~ealizar arbitrajes y peritaj0.3 para e~ectuar ~et~rminacio;¡e"
l.).gen'..tinidarl y c,J,lirtar'l de alir;,ei:to~;, y (le materias pr.il:~3.~
;3,(litivo~;'.1.ti1iza'~osen sr..~J.¿,.hO!\)ci6n.
'las 3.1tcracioI1c:,. ,::onta::lü...~cion~s. a'~u1tC:'iJ.CiOliCS y f¿'.1~iFi-
las cm:(~icior:esr.igi~nico-sanitaria:der:!luboraci6n, i~1'L:'5-
t:::-ializu.ci6r., cO~1servaci6l:. alm~ccl1-?_"li:~nto,,4istribuc~6~,,: :~'
cor:I';;rci,::ll~z.:\c~6;,.de illi::".m:to:,.
~egi5tre$e y archivese.
"x-:;A -(.~ky~ C/~/
"U'"U''' Jo. ~ ••I••;,,;¡ _
If1lniltlrC' O£ r:'~,t.-:i1o.:lt):"1 JI,;~t1~:"
.......-¡';1998 - AfIo de losMUniCipioSj
Asesorar en proyectos educativos sobretemasreferidos alaindustria alimentaria.
ehigiene, derivados de lainduslria alimcJtari<t.
elapilS del proceso dehabricación, conservación, aimacenamienlo y comcrcialiLlción de
Realiz<lf la pllcsla en marcha y el seguimiento de 1.15nOnius operativas en las dislinlas
industria ülimentaria.
Realizar lareasdeasesoramiento en lemasdesaneamicnlo ambiental, seguridad industrial
ulimclllOS. deacuerdo con los~stándaresvigentes anivel nacional einlemacional.
Realizar L..ucasdemucSlreo y tod<lslasoperaciones correspondientes al cenlTol decalidad
de materias primas aprocesar. productos en elaboración y productos elaborados en la
institutos de inveslig¡ICión, ele.
fraccionamienlO y cnv;Jsildo de productos alimenticios. en industrias. laboratorios,
Realizar Lareasde investigación y desarrollo de lécnicas d~ fabric.acióu. transformación.
ALCANCES DEL TITULO DELICENCIADO EN CIENCIA YTECNOLOGIA DE
LOSALIMENTOS QUE EXI'IDF.IA UNIVERSIDAD NACIONAL DEl.ANUS
'- de. CuL'tu'1.tJ!J é'ducadón.
Realizar larcas técniC<t5o de investigación en laboralorios, instituciones públicas o
{ pnvadas relaCionadas con la~roblemá\lca dela,111menlaclón .
.~~Wv
\>v,
LICENCIADO EN TECNOLOGíA INDUSTRIAL DE LOS ALIMENTOS
PorResolución N°931 defecha 30dediciembre de 1975.elMinisterio de
Cultura yEducación fija lassiguientes incumbencias para eltitulo
LICENCIADO EN TECNOLOGIA INDUSTRIAL DE LOS ALIMENTOS que
expide LaUniversidad Argentina delaEmpresa.,.
a)investigación tecnológica ydesarrollo denuevosproductos alimenticios.
b)Planeamiento ycontroldelaproducción alimentaria,
c)controldelacalidad dematerias primasyproductos elaborados.
(Alimentos) .
d)Diseño deprocesos deelaboración dealimentos.
e)Enseñanza enlosnivelessecundario ysuperiornouniversitario de
Microbiologia. Quimica yasignaturas queabarquen elárea dealimentos.
f)Controleinvestigación microbiológica enalimentos.
g)Saneamiento ypolución ambientalenla Industria alimentaria.
h)Peritajes ylegislación bromatológica.
i)Capacitación delpersonaldelaindustria alimentaria.
j)Análisis físico-quimicos ymicrobiológicos dealimentos.
.k)Participación enladirección técnica defabricasde productos alimenticios
,/
LICENCIADO EN TECNOLOGIA DE LOS ALIMENTOS
PorResolución N°512 de fecha 13de Julio de 1981 delMinisterio de Cultura
y Educación se fijan lasmismas Incumbencias que lasacordadas porlaResolución N°
931 del30 de diciembre de 1975 para eltítulo LICENCIADO EN TECNOLOGIA DE
LOS ALIMENTOS, expedido porla Universidad Católica Argentina de Buenos Aires.
lasque se transcriben acontinuación:,.
1. Investigación tecnológica ydesarrollo de nuevos productos alimenticios,
2. Planeamiento ycontrol de la producción alimentarla.
3. Control de la calidad de materias primas y productos elaborados(alimentos).
4. Diseño de procesos de elaboración de alimentos.
5. Enseñanza en los niveles secundarlo y superior no universitario de
Microbiologia, Quimica yasignaturas que abarquen el área de alimentos
6. Control eInvestigación microbiológico en alimentos.
7. Saneamiento ypolución ambiental en la Industria alimentaria.
8. Peritajes ypolución bromatológica.
9. Capacitación del personal de la Industria alimentarla.
10.Análisis quimico-fisicos ymicrobiológicos de alimentos.
11.Participación en la dirección técnica de fábricas de productos alimenticios.
(-
•
INCUMBENCIAS PROFESIONALES CORRESPONDIENiES ALTíTULO DE
INGENIERO EN ALIMENTOS OTORGADO POR LA UNIVERSIDAD NACIONAL
DE LUJAN -APROBADAS POR RESOLUCION MINISTERIAL N°748/87:
Proyectar, planificar, calcular ycontrolar lasinstalaciones, maquinarias e
instrumentos deestablecimientos industriales y/o comerciales en losque se
involucre fabricación, transformación y/0 fraccionamiento yenvasado de
productos alimenticios contemplados enlalegislación vigente. Controlar
todas lasoperaciones intervinientes enlos procesos industriales de
fabricación, transformación y/ofraccionamiento yenvasado délos
productos alimenticios contemplados enlalegislación vigente. Diseñar,
implementar ycontrolar sistemas deprocesamiento industrial dealimentos.
Investigar ydesarrollar técnicas defabricación, transformación y/o
fraccionamiento yenvasado dealimentos, destinadas almejor
aprovechamiento de los recursos naturales ymaterias primas.Supervisar
todas lasoperaciones correspondientes alcontroldecalidad delasmaterias
primas aprocesar, los productos enelaboración ylos productos elaborados
enlaindustria alimentaria. Establecer lasnormas operativas
correspondientes alasdiferentes etapas delproceso deconservación,
almacenamiento ycomercialización delosproductos alimenticios
contemplados enlalegislación vigente. Participar enlarealización de
estudios relativos asaneamiento ambiental, seguridad ehigiene, en la
industria alimentaria. Realizarestudios defactibilidad para lautilización de
sistemas deprocesamiento yde instalaciones, maquinarias einstrumentos
destinados alaindustria alimentaria. Participar enlarealización deestudios
defactibilidad relacionados con la~adicación deestablecimientos
industriales destinados alafabricación, transformación y/o fraccionamiento
yenvasado delos.productos alimenticios enlalegislación vigente. Realizar
asesoramientos, peritajes yarbitrajes relacionados con lasinstalaciones,
maquinarias einstrumentos ycon losprocesos defabricación,
transformación y/o fraccionamiento yenvasado utilizados enlaindustria
alimentaria.
\