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  • EL DESCANSOVACACIONAL(VACACIONES)

    El descanso vacacional es el derecho de todotrabajador de la actividad privada y pblica,siempre que cumplan con las condiciones exigidasen el ordenamiento laboral.Se entiende como descanso reponedor y momentode ocio y recreacin pagados.

    DEFINICINLa duracin del descanso vacacional es de treinta (30) das calendario,conforme a lo sealado en el artculo 10 del D.L. N 713 (Descansos

    remunerados de los trabajadores sujetos al rgimen laboral de laactividad privada), salvo, regmenes laborales especiales que se regirn

    por sus propias normas.

    El trabajador puede convenir por escrito con su empleador (sinnecesidad de autorizacin o conocimiento previo del Ministerio de

    Trabajo y Promocin del Empleo) en acumular hasta dos (02)descansos consecutivos, siempre que despus de un ao de servicioscontinuo disfrute por lo menos de un descanso de siete das naturales

    (estos das son deducibles del total de das de descanso vacacionalacumulados)

    Artculo 102.- Las vacaciones anuales y remuneradas establecidas en la Ley, son obligatorias eirrenunciables, se alcanzan despus de cumplir el ciclo laboral y pueden acumularse hasta dos (02)

    periodos de comn acuerdo con la entidad, preferentemente por razones del servicio. El ciclolaboral se obtiene al acumular doce (12) meses de trabajo efectivo, computndose para este efecto

    las licencias remuneradas y el mes de vacaciones cuando corresponda.

    Artculo 103.- Las entidades pblicas aprobarn en el mes de Noviembre de cada ao el rol devacaciones para el ao siguiente, en funcin del ciclo laboral completo, para lo cual se tendr encuenta las necesidades del servicio y el inters del servidor. Cualquier variacin posterior de las

    vacaciones deber efectuarse en forma regular y con la debida fundamentacin.

    Artculo 104.- El servidor que cesa en el servicio antes de hacer uso de sus vacaciones tienederecho a percibir una remuneracin mensual total por ciclo laboral acumulado, como

    compensacin vacacional; en caso contrario, dicha compensacin se har proporcionalmente altiempo trabajado por dozavas partes. En caso de fallecimiento, la compensacin se otorga a sus

    familiares directos en el siguiente orden excluyente: cnyuge, hijos, padres o hermanos.

    PROFESORES AGRARIO PYMECONSTRUCCIN CIVIL TRABAJADORAS DEL HOGAR

    La oportunidad del descanso vacacional de los profesores de loscentros educati- vos particulares, en general, se regula por sus

    propias normas. Supletoriamente se aplica el Decreto LegislativoN 713 y su reglamento. Los perodos vacacionales de los

    profesores que laboran en el rea de gestin pedaggica sonsesenta (60) das anuales otorgados al trmino del ao escolar.

    Durante las vacaciones escola- res de medio ao, los profesoreslimitan su labor a terminar los trabajos de primer semestre y a

    preparar los del segundo. El derecho a las vacaciones esirrenunciable.

    Los trabajadores del hogar tienenderecho a un descanso anual

    remunerado de quince das luego deun ao completo de servicios. El

    rcord trunco ser compen- sado arazn de tantos dozavos y treintavos

    de la remuneracin como meses ydas computables hubiere laborado,

    respectivamente

    El trabajador de construccin civil que fuere despedidodespus de 6 das de labor efectiva, recibir, como

    compensacin vacacional la cantidad equivalente al 10 %de todos los salarios bsicos percibidos durante su

    perodo de trabajo.Tanto en el caso de despedida como de retiro voluntario, lacompensacin vaca- cional ser equivalente a dos jornalesy medio si se realiza al cumplir el trabajador dieciocho das

    de labor efectiva. Si el trabajador cumple el ao, tendrderecho a los 30 das de vacaciones.

    Cabe indicar, que en el pago de la compensacinvacacional no se tomar en

    cuenta las horas extras laboradas; ni el salario dominical.

    El descanso vacacional deltrabajador agrario es de

    quince das calendario porcad a ao completo de

    servicios. As mismo, sepodr establecer acuerdos

    entre el trabajador yempleador si el plazo es

    mayor al establecido.

    Los trabajadores que se encuentrencontratados por las normas

    laborales del rgimen especial de lamicro y pequea empresa tendrn

    derecho a 15 das de descansovacacional remunerado por ao

    completo de servicios.Cabe indicar, que los trabajadores

    de la micro empresa no tienenderecho al des- canso vacacional.

    UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDESMICHAEL IVAN ORTEGA ROSALESTALLER V - APLICACIN DE LA LEGISLACIN LABORALG03573H


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