DERECHO ADMINISTRATIVO Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
APRECIASIONES GERERALES
DERECHO PÚBLICO
DERECHO PRIVADO
Ramas
SISTEMAS DE DERECHO ADMINISTRATIVO
Anglosajón Francés
• Principalmente Inglaterra• No existe un derecho especial
que regule las relaciones entre la Adm. Pública y los particulares, (son reguladas por el derecho común – D. civil)
• Es fuente principal de derecho:- La jurisprudencia y - Precedente administrativo
• Consecuencia de la Revolución Francesa
• Derecho especial que regula las Relaciones entre la Adm. Pública y los Particulares, así como entre las mismas instituciones administrativas (entidades)
CARACTERÍSTICAS
• Derecho joven (surge con la Revolución Francesa y nace como producto del surgimiento del estado de derecho)
• No ha sido codificado (son lo externo de las competencias administrativas)
• Subordinado (de ley superior: Constitución y demás leyes constitucionales.
• Autónomo (por la especialización y relaciones que regula)• Dinámico (por la naturaleza del servicio y por la labor que
desarrolla – constante cambio)
DEFINICIÓN:
Luis
Lamas
Varela
Benjamín Villegas
Basabilbaso
León Duguit
George Vedel
Difícil tarea por:- Diversidad de su objeto
- Movilidad constante de sus reglas- Falta de codificación
- Ciencia joven (1789 Rev. Francesa)- Dependencia a la Teoría del Estado (disciplina del D. Púb. – Alemania- con el
objeto de estudio «el fenómeno Estado»)- Dependencia al sistema económico que rija (factor cambiante)
«colección de reglas… Base: Derecho Político Fin: el interés general de la sociedad Fijan: las relaciones generales del
Objeto: Señalar al P. Ejecutivo el modo de ejercer acciones según necesidades del los pueblos.- Adjudica al todas- Diferencia del
LUIS LAMAS VARELA
ESTADO PARTICULARES
D. Adm.RELACIONES DEL ESTADO
D. Político
Desarrollaría Poder del D. PolíticoEn las Relaciones con ciudadanos.
Comprende: Principios Políticosy la Organización de poderes Públicos.
entiende 2 FINES DE LA ADMINISTRACIÓN Atender a los servicios Públicos y lo que se relaciona con los ciudadanos (D. Administrativo)
Serían los dos Servicios Públicos
BENJAMÍN VILLEGAS BASAVILBASO
Legalista
Poder Ejecutivo
Conjunto de leyes relativas a la Administración
Conjunto Normas Jurídicas reguladorasde la actividad del Poder Ejecutivo
Organización,Funciones yProcedimientos (Santa María de Paredes)Lafarriere
LEON DUGUIT D. PÚBLICO
Es el Derecho Objetivo….
Conjunto de reglas; rigen la convivencia de los hombres en
sociedad.
Conjunto de normas; otorgan derechos o
facultades y correlativamente,
establecen o imponen obligacion
Conjunto de normas; regulan la conducta de los hombres.
Objeto establecer un ordenamiento justo de convivencia humana.
….de los servicios Públicos
Sustituye al concepto de soberanía como fundamento del D. Público
Sustituye al concepto de Soberanía como fundamento del D. Público
Cuando el Estado
proporciona
Enseñanza,Transporte.Sanidad
No ejerce un poder de mandato
Aunque estas actividades estén
regidas por un sistema de D. Público
GASTÓN JÉZE
MAURICE HAURIOU
CRITICA
Conjunto de reglas relativas a los servicios Públicos
Reconoce importancia de Servicios Públicos
D. PÚBLICO ADMINISTRATIVO
Énfasis en: - LA ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y- DE LAS PERSONAS ADMINISTRATIVAS
PARA
- Funcionamiento de los Servicios Públicos- Ejercicio de sus poderes y derechos- Y sus consecuencias
RAFAEL BIELSA
“conjunto de normas positivas y principios del d. público de aplicación concreta a: 1. la institución y 2. funcionamiento de los servicios públicos y 3. al consiguiente contralor jurisdiccional de la Administración pública”.
D. ADMINISTRATIVO
Incluye al servicio Público y enfatiza la protección
jurisdiccional de los administrados
Involucrar en el concepto:1. D. Positivo2. Principios doctrinarios3. Noción de servicio Público y 4. Justicia administrativa
Puede ser criticado por los que consideran que la Teoría del servicio Público, como base del D. Administrativo está en crisis
Lo esencial
Greorge Vedel critica la Escuela de Duguit, Jéze, Bonnard
GEORGE VEDEL una noción imprecisa, empírica y que no tiene un asiento claro en la constitución.
CONSIDERA ES:
Servicio Público es un concepto importante para:- D. Administrativo,- evolución política y- la teoría del Estado, cuyo poder debe oscilar hacia el servicio
Servir, más que Poder
ETIMOLÓGICAMENTE ADMINISTRAR ES: A SERVIR,PARA SERVIR; Y EL ESTADO ES ESENCIALMENTE UN ENTE ADMINISTRADOR
PEDRO PATRÓN FAURAPEDRO PATRÓN
BEDOYA
“El derecho Administrativo es la rama del derecho público interno que trata de la administración y manejo de los servicios públicos en base a determinadas normas legales”.
Rama del derecho público que estudia el ejercicio de la función administrativa y podríamos agregar la protección judicial existente contra ésta
ROBERTO DROMI
“Conjunto de normas y principios que regulan y rigen el ejercicio de una de las funciones del poder, la administrativa”. La Administración Pública es requisito indispensable para que exista relación jurídico - administrativa
Derecho administrativo es el régimen jurídico de la función administrativa y trata sobre el circuito jurídico del obrar administrativo.
EDUARDO GARCÍA ENTERRÍA,
TOMÁS-RAMÓN FERNÁNDEZ
dado que junto a los privilegios que componen el estatuto singular de las Administraciones Públicas, existe un cuadro de garantías para los ciudadanos (derechos fundamentales).
D. ADMINISTRATIVO
NO ES UN DERECHO PRIVILEGIADO
El Derecho Administrativo NO ES DERECHO PROPIO DE:
unos órganos o de un poder, ni una función,
es un derecho de naturaleza estatutaria
Se dirige a la regulación de singulares especies de sujetos que se agrupan bajo el nombre de Administración Pública.
AGUSTÍN GORDILLO
El estudio del ejercicio de la función administrativa QUIÉN ejerce función, CÓMO y con QUÉ FUNDAMENTO, con qué MEDIOS y HASTA DONDE, CON QUÉ limitaciones la ejerce.
MIGUEL MARIENHOFF
Conjunto de normas y principios de D. Público Interno Objeto: la organización y funcionamiento de la administración pública. La regulación de las relaciones interorgánicas, interadministrativas y la de las entidades administrativas con los administrados
GABINO FRAGA
Rama del d. público que regula la actividad del Estado; se realiza en forma de función administrativa siendo dicha actividad del Estado la que está constituida por el conjunto de actos, operaciones y tareas que conforme a la legislación positiva debe de ejecutar para la realización de sus fines.
D. administrativo: conjunto de normas jurídicas que regula la organización, funcionamiento y atribuciones de la Administración pública en sus relaciones con los particulares y con otras Administraciones Públicas (personificadas en una diversidad de órganos).