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ACLARACIÓNALASDISPOSICIONESENMATERIALABORALDECRETADASPOREMERGENCIANACIONALCOMOPREVENCIÓNANTEELCOVID-19

En la sesiónplenaria del Congresode laRepública, celebrada el 18 demarzodel presenteaño,elPresidentedelaRepública,enlapresentacióndel“Planderecuperacióneconómica”,realizóunaseriedeaclaracionesencuantoalasMEDIDASDEOBSERVANCIAGENERALPORELBIENESTARDELOSHABITANTESDELAREPÚBLICADEGUATEMALAantelaemergencianacionalqueseviveactualmenteporlaenfermedadCOVID-19,dentrodelascualessedebetomarenconsideración:

! Se suspenden totalmente las labores. La única excepción son las entidadesestablecidasenelcomunicadooficial,porloquesisuempresanoseencuentraenlalista de las excepciones no debe continuar laborando. De conformidad con loanterior, se deben promover los mecanismos correspondientes para que lostrabajadorespuedanrealizarsuslaboresadistancia,enloscasosqueseaviable,pormedio de las herramientas pertinentes, ya que, el sentimiento de solidaridadgeneralizadodebesermásfuertequenuncayevitar,enloposible,quelaspersonassalgandesushogares.

! La suspensión decretada por el Gobierno no debe asumirse comouna “suspensión

total” atendiendo a que, conforme los comunicados realizados por las distintasdependencias del Estado, se ha instado al sector patronal a cumplir con susobligacioneslaborales,entrelascualesfiguraelpagodelsalarioasustrabajadores,apesardequeestosúltimosnoesténprestandosusservicios,sinperjuiciodeaquellostrabajadoresquesípuedanrealizarsuslaboresadistancia.

! Ennuestroordenamientojurídicoseencuentrareguladoelderechodelospatronosa

señalarasustrabajadoreslaépocaenquedebengozarsusvacaciones;sinembargo,el Organismo Ejecutivo ha expresado que, tomar a cuenta de vacaciones para lostrabajadoreslosdíasqueseencuentrevigenteelestadodecalamidadpública,estaríadesnaturalizando el concepto de dicha prestación, por lo que no es recomendable

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aplicar dicha disposición, y se deben buscar otras herramientasmás efectivas parasuperarestacrisissinafectarlosderechosdelostrabajadores.

! Las empresas que están comprendidas dentro de las excepciones emitidas por el

Organismo Ejecutivo sí pueden laborar, pero deben tramitar la solicitud respectivaanteelMinisteriodeEconomía(MINECO)-PolíticaIndustrial-paraqueseleotorguelaautorización correspondiente para el transporte privado que deberán proporcionardeformagratuitaasustrabajadores,yasípuedantrasladarsealoslugaresocentrosdetrabajo.

ElllamadodelpresidentedelaRepúblicaeseldeevitarlapropagacióndelvirusconelfindegarantizar el derecho a la salud y el derecho a la vida de los grupos más vulnerables denuestrasociedad.Por loque,apesardelimitareltrabajoenmuchas industrias,sehaceunllamado a los principios, valores y humanidad de todas las personas con capacidad dedecisiónparaquedeformaempáticasetomenlasmedidasnecesariasparacontenerelvirus,incluidalaabstencióndeexigirasustrabajadorespresentarseasuslugaresdetrabajosinoesestrictamentenecesario,poreltiempoquedureelestadodecalamidadpública.Guatemala,18demarzode2020.


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