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1 RECURSO AGUA. DISPONIBILIDAD Y FISCALIZACION Ing. Rosa Miglio T. [email protected] CONTENIDO Disponibilidad de agua en el país Calidad de agua: principales contaminantes Normatividad sobre calidad del agua: clasificación de las aguas de acuerdo a sus usos, estándares de calidad ambiental para el agua (ECAS) y Limites máximos permisibles (LMP). Reglamento de calidad para agua potable. Fiscalización ambiental. OEFA

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RECURSO AGUA. DISPONIBILIDAD Y FISCALIZACION

Ing. Rosa Miglio T. [email protected]

CONTENIDO

Disponibilidad de agua en el país

Calidad de agua: principales contaminantes

Normatividad sobre calidad del agua: clasificación de las aguas de acuerdo a sus usos, estándares de calidad ambiental para el agua (ECAS) y Limites máximos permisibles (LMP).

Reglamento de calidad para agua potable.

Fiscalización ambiental. OEFA

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DISPONIBILIDAD DE

AGUA: regiones

hidrográficas del Perú

Territorio del Perú abarca el 0,87% de la superficie continental del planeta

Le corresponde casi el 5% de las aguas dulces del planeta.

Las aguas superficiales del Perú se distribuyen de forma desigual en nuestro territorio. Originando: La vertiente del Pacífico, La cuenca del Amazonas La hoya del Titicaca.

Cuya divisoria continental son los Andes

97.3 %

2.2%

0.5 %

Volumen de escurrimiento

superficial (porcentaje)

REGIONES HIDROGRAFICAS DEL PERÚ

2'044,000 MMC (64,814.8 m3/s)

4.6% del volumen de escorrentía mundial. Los ríos de la costa son la principal fuente aprovechable para abastecimiento poblacional e industrial, irrigaciones, energía y recarga del agua subterránea, son torrenciales de fuerte pendiente y corto recorrido, de descargas irregulares y de gran transporte de sólidos. Los ríos de la Sierra se caracterizan por estar contenidos en valles estrechos, con fuerte erosión en la cuenca, poca tierra agrícola y grandes posibilidades de aprovechamiento hidroenergético. Los ríos de la selva conducen grandes caudales, tienen pequeñas pendientes, largos recorridos y fuerte inestabilidad y tendencia a la variación de su curso. Fuente: http://www.minag.gob.pe/

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DISPONIBILIDAD DEL RECURSO HIDRICO EN

TRES VERTIENTES DEL PERU

La cuantificación del agua subterránea data del año 1982 y se estima que existe un potencial de 10 MMC. En la vertiente del Pacífico se han identificado más de 8000 pozos operativos que explotan anualmente 1.5 MMC. El mayor volumen utilizado es en agricultura con 0.995 MMC, poblacional con 0.366 MMC, Industrial con 0.137 MMC y pecuario con 0.002 MMC. Los proyectos de irrigación de La Yarada en Tacna y de la Pampa de los Castillos y Villacurí en Ica, se desarrollan exclusivamente en base a este recurso. En la vertiente del Atlántico la explotación es mínima y en la del Lago Titicaca es de aproximadamente 2400 m3/año.

Fuente: http://www.minag.gob.pe/

DISPONIBILIDAD DEL RECURSO HIDRICO EN

TRES VERTIENTES DEL PERU

Promedio: 74,546 m3/hab-año

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4

Vertiente del Pacífico

Los ríos nacen a grandes altitudes entre 4.000 y 6.000 msnm Tienen un recorrido corto con un promedio de 100 a 200 km hasta su

desembocadura en el mar. Presentan fuerte inclinación o pendiente del terreno lo que los hace

torrentosos y no navegables. Son irregulares en su caudal con crecidas notorias durante los meses de

lluvias y muy poco caudal durante los meses de estiaje. Sólo el rio Tumbes es navegable en parte de su recorrido debido a las

escasas elevaciones de su territorio. El más largo es el sistema Colca - Camaná - Majes que cuenta con un

recorrido de 388 kilómetros.

Vertiente del Amazonas

Gran longitud si se comparan con los ríos de la vertiente del Pacífico. El rio Ucayali ocupa el primer lugar en longitud en el Perú con un

recorrido de 1.771 km. Los 21 ríos de mayor longitud en el Perú pertenecen a la Cuenca del

Amazonas. El rio Amazonas en territorio peruano tiene una longitud de 713 km.

pero su recorrido total desde sus nacientes hasta su desembocadura es de aproximadamente 6.872 km. lo que lo convierte en el mas largo del mundo.

Gran caudal, el rio Amazonas a la altura de la ciudad de Iquitos reporta 80,000 m3 por segundo que no se comprara con el río Rimac que en promedio trae 20 m3 cada segundo

Son navegables. 50.000 km. de recorrido navegable en la red hídrica del oriente peruano

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5

La cuenca del Amazonas

CALIDAD DE AGUA

RECURSO CONTAMINADO EN EL PERU

Muchos ríos en el país han sobrepasado los límites permisibles para fuentes de agua (ECA categoría 1)

Por ejemplo el río Rímac con un nivel de coliformes fecales > a 30000 NMP/100 ml en la cuenca baja )

Fuente: ANA /DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LOS RECURSOS HÍDRICOS

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6

ECAS AGUA

CALIDAD DE AGUA

RECURSO CONTAMINADO EN EL PERU

Pacifico: la mayoría de ríos están contaminados con vertimientos domésticos, agrícolas, mineros e industriales.

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7

CALIDAD DEL AGUA DISPONIBLE

Vertiente del Atlántico

• En la vertiente del Atlántico se tienen 44 cuencas hidrográficas.

• Ríos muy caudalosos, con aguas muy turbias, y con alta cantidad de sólidos en suspensión.

• Ricos en nutrientes y sustancias húmicas.

CALIDAD DEL AGUA DISPONIBLE

Ríos amazónicos

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CONTAMINACION DE LOS RECURSOS

HIDRICOS

AGUA SUPERFICIAL

AGROQUIMICOS

DESAGUE

DOMESTICO

LETRINAS

SOBRE

ACEQUIAS

DRENAJE

AGRICOLA

RESIDUOS

SOLIDOS

EFLUENTES

MINEROS

EFLUENTES

DE CAMAL

ACTIVIDAD CONTAMINANTE DESCRIPCION

Municipalidades Mas de 800 municipalidades vierten mas de 1.2 MMC de aguas residuales crudas a los cuerpos de agua

Industrias Mas de 100,000 unidades industriales

Minería Mas de 250 unidades mineras que operan plantas de beneficio y generan vertimientos de aguas, relaves y desmontes

Hidrocarburos Extracción de petróleo y gas. Generan aguas residuales y derrames de petróleo

Pasivos ambientales

Mas de 5000 pasivos ambientales mineros y pasivos de actividad petrolera

Agricultura Mas de un millón de hectáreas bajo riego que generan aguas de retorno con residuos de agroquímicos, nutrientes y alta salinidad

Pesquería Mas de 200 plantas industriales en la costa del Perú que generan aguas residuales con alto contenido de materia orgánica y la vierten al mar.

CONTAMINACION DE LOS RECURSOS

HIDRICOS- REPORTE ANA, 2013

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10

Vertimientos industriales

Industrias altamente

contaminantes:

-Textiles

- Curtiembres

- Camales

VERTIMIENTOS MINEROS

Generación de Acidez por Sedimentos transportados

Drenaje de Labores Subterráneas

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PASIVOS AMBIENTALES MINEROS (PAM)

Son todas las instalaciones, efluentes, emisiones, restos o depósitos de residuos producidos por operaciones mineras, en la actualidad abandonadas o inactivas y que constituyen un riesgo permanente y potencial para la salud de la población, el ecosistema circundante y la propiedad. (Ley Nº 28271 que regula los pasivos ambientales mineros). Pueden ser:

BOCAMINAS: Es el espacio físico por donde se hace el ingreso a una mina subterránea.

CHIMENEAS: Es una perforación que se ejecuta en la roca y que tiene la misión de comunicar a más de una galería en el interior de las minas subterráneas, las que salen a superficie generalmente sirven para la ventilación de la mina.

CORTES: área cercana a la bocamina (ingreso), que por su estructura y composición es similar a un rajo.

Fuente: http://www.fonamperu.org/

PASIVOS AMBIENTALES MINEROS (PAM)

DEPÓSITO DE DESMONTE: área ocupada por los materiales extraídos del interior de la mina o del área de explotación a cielo abierto, que no contiene valores extraíbles u/o que su extracción no es económica, por lo que se han dispuesto en un lugar donde no se realizan actividades de explotación.

DEPÓSITO DE RELAVE O RELAVERA: área ocupada por los materiales (de grano fino) sin valor, obtenidos como resultado de los procesos de concentración de minerales (flotación). Estos relaves se disponen en forma de pulpa, eliminando el agua después de la sedimentación de los sólidos. Se caracterizan por ser material fino de fácil erosión ( por viento y escorrentía). Su disposición exige generalmente la construcción de una presa de sostenimiento.

TAJO: Es el espacio vacío dejado por la explotación de minerales a cielo abierto; este ha quedado generalmente delimitado por caminos de acceso y plataformas de circulación de los camiones. Son espacios mucho mayores que los rajos.

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PASIVOS AMBIENTALES MINEROS (PAM)

TAJO: Es el espacio vacío dejado por la explotación de minerales a cielo abierto; este ha quedado generalmente delimitado por caminos de acceso y plataformas de circulación de los camiones. Son espacios mucho mayores que los rajos.

El Perú tiene mas de 6800 pasivos ambientales mineros-. 10% son considerados de alto riesgo RPP Noticias, Setiembre 2014

El director de Minería del Ministerio de Energía y Minas (MEM), Edgardo Alva, reveló que un inventario, realizado en 2014, ha identificado y caracterizado casi 9 mil pasivos ambientales en todo el Perú, en su mayoría en zonas en las que se ubicaron unidades mineras. Dijo también que los departamentos más afectados son Áncash, con 1199; Puno (1048) y Cajamarca (1022) pasivos ambientales. Precisamente en Cajamarca, reveló Alva, el Estado asumió desde el 2010 la remediación de 119 pasivos ambientales. RPP Noticias, Setiembre 2014

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PRINCIPALES CONTAMINANTES DEL

AGUA

Agentes patógenos: bacterias, virus, protozoarios y parásitos, excretados por personas enfermas. En los países subdesarrollados son la mayor causa de enfermedad y muerte. Provienen de desagües domésticos.

PRINCIPALES CONTAMINANTES DEL

AGUA

Desechos orgánicos: materia orgánica fácilmente degradada por microorganismos.

Estos usan el oxígeno presente en el agua hasta agotarlo.

Afectando la vida acuática.

Buena calidad de agua con 8-9 ppm de oxigeno disuelto (OD).

Gravemente contaminada con menos de 4 ppm de OD.

Provienen de desagües domésticos, agropecuarios e industriales

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PRINCIPALES CONTAMINANTES DEL

AGUA

Nutrientes: provienen de las excretas humanas y animales, del uso de fertilizantes, detergentes. Se descarga nitrógeno y fosforo que pueden provocar diversos problemas como agotamiento de oxigeno, eutrofización. Niveles altos de nitratos causan metahemoglobinemia infantil.

HECES HUMANAS ORINA

0,4 Kg /año de N

0,2 kg/año de P2 O2

0,2 kg/año de K2O

4,7 kg/año de N

0,7 kg/año de P2O2

0,7 kg/año de K2O

PRINCIPALES CONTAMINANTES DEL

AGUA

Sustancias inorgánicas solubles en el agua: tales como ácidos, sales, metales pesados. En niveles elevados son tóxicos para el ser humano y la vida acuática. Algunas son bioacumulables y pueden biomagnificarse. Generan diversos impactos en la salud y en el ecosistema.

Provienen de actividades mineras, agropecuarias e industriales.

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PRINCIPALES CONTAMINANTES DEL

AGUA

Sustancias orgánicas no degradables: petróleo, gasolina, plásticos, solventes, detergentes, etc. Amenazan la salud humana y la vida acuática.

PRINCIPALES CONTAMINANTES DEL

AGUA

• Sedimentos o materia suspendida: partículas suspendidas de suelo y otros materiales sólidos, orgánicos e inorgánicos. Enturbian el agua, reducen la fotosíntesis, se acumulan en el fondo reduciendo la capacidad de almacenamiento.

• Sustancias radiactivas: causantes de defectos congénitos, cáncer y daño genético. Se pueden bioacumular.

• Calor: agua caliente procedente de procesos industriales, hace disminuir el contenido de oxígeno disuelto y afecta la vida acuática.

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16

31

NORMATIVA PARA EL CONTROL DE

VERTIMIENTOS

Control de descargas :

• Cumplir los limites máximos

permisibles establecidos (LMP)

de acuerdo al tipo de vertimiento.

• Cumplir con los estándares de

calidad del agua(ECA).

(LMP)

(ECA).

32 32

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LIMITE MAXIMO PERMISIBLE (LMP)

“Concentración o grado de elementos, sustancias o parámetros físicos,

químicos y biológicos, que caracterizan a un efluente o a una emisión,

y que al ser excedido causa o puede causar daños a la salud, bienestar

humano y al ambiente”.

Los LMP dependen de cada sector.

Actualmente en el país, existen LMPs para efluentes de Plantas de

Tratamiento de Aguas Residuales domesticas y para efluentes de

diferentes sectores industriales.

33 33

LIMITE MAXIMO PERMISIBLE para efluentes de

PTAR domésticas o municipales (DS 003-2010

MINAM)*

34

Vigentes desde el 18/03/2010

Estos LMP no serán aplicables a PTAR con tratamiento preliminar avanzado o tratamiento primario que cuenten con disposición final mediante emisor submarino.

Los titulares de PTAR que no cuenten con Certificación Ambiental a la dación de este DS, tendrán 2 años para presentar su PAMA ante el MVCS , autoridad que definirá su plazo de adecuación.

El programa de monitoreo (puntos de muestreo, frecuencia, parámetros, métodos y técnicas adecuadas), ha sido establecido por el MVCS

34

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18

LIMITE MAXIMO PERMISIBLE para efluentes de

PTAR domésticas o municipales (DS 003-2010

MINAM)

PARAMETRO UNIDAD LMP DE EFLUENTES PARA VERTIDO A

CUERPO DE AGUA

Aceites y grasas m/l 20

Coliformes

Termotolerantes

NMP/100 ml 10,000

DBO mg/l 100

DQO mg/l 200

pH unidad 6.5 – 8.5

Sólidos Totales en

Suspensión

ml/l 150

Temperatura ºC ‹ 35

35 35

LIMITE MAXIMO PERMISIBLE (para sectores productivos)

Actualmente en el país, existen LMPs en:

Ministerio de la producción: Sector industrias, rubros de

cemento, cerveza, papel y curtiembre (DS 003-2002-PRODUCE)

Ministerio de la producción: Sector pesquería.

Ministerio de Energía y Minas: sector de minería, electricidad

e hidrocarburos.

36 36

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19

Fuente: Méndez Leonor, 2013

38

DESCARGA DIRECTA

CONTROL DE LMP

DESCARGA NO DIRECTA

CONTROL DE VMA

PLANTA

TRATAMIENTO

MUNICIPAL

Planta Propia

CUERPO RECEPTOR

PTAR Sin planta

propia

Cumplir

LMP y

ECA para

descarga a

cuerpo

receptor

ALCANTARILLAD

O MUNICIPAL

Cumplir VMA

para descarga a

alcantarillado

municipal

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20

VALORES MAXIMOS ADMISIBLES (VMA)

39

VMA: es aquel valor de la concentración de elementos, sustancias o parámetros físicos y/o químicos, que caracterizan a un efluente no domestico que va a ser descargado a la red de alcantarillado sanitario, que al ser excedido causa daño inmediato o progresivo a las instalaciones, infraestructuras sanitaria, maquinaria y equipos de los sistemas de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, y tiene influencias negativas, en los procesos de tratamiento de aguas residuales.

Establecidos por el MVCS (DS 021-2009), en noviembre del 2009, para regular las descargas de aguas residuales no domesticas en el sistema de alcantarillado sanitario.

39

VALORES MAXIMOS ADMISIBLES (VMA)

40

Los VMA son aplicables en el ámbito nacional, y su cumplimiento es obligatorio por todos los usuarios que efectúen descargas de aguas residuales no domesticas en los sistemas de alcantarillado sanitario.

El cumplimiento de los VMA es exigible por la entidades prestadoras de servicios de saneamiento (EPS).

Los usuarios cuyas descargas sobrepasen los valores exigidos en la Tabla Nº 1, deberán pagar la tarifa establecida por el ente competente, pudiéndose llegar a la suspensión del servicio.

Los parámetros exigidos en la Tabla Nº 2, no podrán sobrepasarse, en caso que el usuario se sobrepase se procederá a la suspensión del servicio.

40

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21

TABLA Nº 1 – VMA PARA DESCARGAS

PARAMETRO UNIDAD EXPRESION VMA PARA DESCARGA AL SISTEMA DE ALCANTARILLADO

Demanda Bioquímica de Oxigeno

mg/l DBO5 500

Demanda Química de oxigeno

mg/l DQO 1000

Sólidos suspendidos totales

mg/l SST 500

Aceites y grasas mg/l A y G 100

41 41

TABLA Nº 2 – VMA PARA DESCARGAS

PARAMETRO UNIDAD EXPRESION VMA PARA DESCARGA AL SISTEMA DE ALCANTARILLADO

Aluminio mg/l Al 10

Arsénico mg/l As 0.5

Boro mg/l B 4

Cadmio mg/l Cd 0.2

Cianuro mg/l CN 1

Cobre mg/l Cu 3

Cromo hexavalente mg/l Cr+6 0.5

Cromo total mg/l Cr 10

Manganeso mg/l Mn 4

Mercurio mg/l Mg 0.02

42

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22

TABLA Nº 2 – VMA PARA DESCARGAS (continuación)

PARAMETRO UNIDAD EXPRESION VMA PARA DESCARGA AL SISTEMA ALCANTARILLADO

Níquel mg/l Ni 4

Plomo mg/l Pb 0.5

Sulfatos mg/l SO42 500

Sulfuros mg/l S2 5

Zinc mg/l Zn 10

Nitrógeno amoniacal mg/l NH4 80

pH (2) unidad pH 6 - 9

Sólidos sedimentables (2)

ml/l/h SS 8.5

Temperatura (2) ºC T ‹35

43 (2) Estos parámetros serán tomados en muestras puntuales 43

VALORES MAXIMOS ADMISIBLES (VMA)

44

Las EPS podrán cobrar a los usuarios no domésticos, el pago adicional por exceso de concentración en DBO, DQO, SST, A y G, medidos en la caja de registro de la red de alcantarillado.

La metodología para determinar los pagos ha sido elaborada por SUNASS (Res 025-2011-SUNASS-CD).

El monitoreo de descargas al alcantarillado estará a cargo de las EPS, contando con la participación de laboratorios acreditados por INDECOPI. Los pagos serán asumidos por el usuario,

El Reglamento se aprobó el 22 de mayo del 2011, según DS Nº 003-2011-VIVIENDA.

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23

45

DISPOSICIONES REFERIDAS AL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES PARA REUSO Y VERTIMIENTO

46

Art. 79 – Ley 29338 – Ley De recursos Hídricos: establece que la

autoridad Nacional del Agua (ANA) autoriza el vertimiento del agua

residual tratada a un cuerpo receptor, previa opinión técnica favorable de

las autoridades ambiental y de salud sobre el cumplimiento de los ECAs y

LMPs.

A partir del 1 de Abril del 2010, la calidad de los cuerpos de agua se

clasifica con los ECAs para agua establecidos por el MINAM.

ANA podrá autorizar vertimientos únicamente cuando:

a. Las aguas residuales sean sometidas a un tratamiento previo que

permita el cumplimiento de los LMP.

b. No se trasgredan los ECA para Agua en el cuerpo receptor, según las

disposiciones que dicte el MINAM .” (Art. 133 del RLRH)

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24

A1 A2 B1 B2 SC1 SC2 SC3

Simp Desinf Trat conv Contac 1 Contac 2 Bivalvos Hidrobiol Otras act costa/sierra selva estuarios marinos

Colif Termot 0 2000 200 1000 14 30 1000 1000 2000 1000 1000 2000 2000 1000 30

OD 6 5 5 4 4 3 2,5 4 4 5 5 5 5 4 4

DBO 3 5 5 10 - 10 10 15 15 15 5 10 10 15 10

Nitratos 10 10 10 - - 0,07 0,3 10 10 50 5 10 10 10 0,07

P Total 0,1 0,15 - - - 0,03 0,1 - - - 0,4 0,5 0,5 0,5 0,031

Helmintos 0 0 0 - - - <1 <1 <1 - - - - -

Turbiedad 5 100 100 - - - - - - - - - - - -

Solidos DT 1000 1000 - - - - - - - - 500 500 500 500 -

Solidos ST - - - - - 50 70 - - - 25 100 400 100 30

PARAMETROS

RELEVANTES Lagos y

lagunas

riosecosistemas

marino-cost

CAT 1 (POBLACIONAL Y RECREACIONAL) CAT 2 (ACTIVIDADES MARINO COSTERAS) CAT 3 CAT 4

Produccion AP Recreación AGUA DE MAR RIEGO Y BEBIDA CONSERVACIÓN AMBIENTE ACUATICO

T. Alto T. Bajo Bebida

ECAS - D.S. 002-2008-MINAM 17/03/2010

PARAMETRO UNIDAD LMP DE EFLUENTES

Aceites y grasas m/l 20

Coliformes Termotolerantes NMP/100 ml 10,000

DBO mg/l 100

DQO mg/l 200

pH unidad 6.5 – 8.5

Sólidos Totales en Suspensión ml/l 150

Temperatura ºC ‹ 35

LMP-PTARs ARD - DS 003-2010 MINAM

CONTROL DE VERTIMIENTOS

48

Retribución económica

por vertimientos

D.S. 018-2010-AG

31.12.2010

Zona de

Mezcla

Limite de la zona de mezcla: 50 a 100 m.

El efluente de la PTAR debe cumplir

los LMP y el ECA después de la zona

de mezcla

2011

Vertimiento S/./m3

AR Doméstica 0,004

AR Industrial 0,010

Page 25: DISPONIBILIDAD DE  AGUA Y FISCALIZACION.pdf

25

DISPOSICIONES REFERIDAS AL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES PARA REUSO Y VERTIMIENTO

49

Reglamento de procedimientos administrativos para el

otorgamiento de autorizaciones de vertimiento y reuso de

aguas residuales tratadas, R.J. N° 224-2013-ANA.

Para autorizaciones de reuso de aguas residuales tratadas, en

tanto no exista normatividad de calidad, se aplican las

Directrices Sanitarias de la Organización Mundial de la

Salud- OMS u otros normas internacionales que el Ministerio

de Salud establezca.

Guías OMS para el uso seguro de aguas residuales, excretas y

aguas grises, Volúmenes 1-4, 3ra edición. 2006

GUIAS OMS

Guías de la OMS • La OMS ha actualizado su guía sobre el

uso seguro de agua residual, excreta y aguas grises en el 2006.

• La guía consiste de 4 partes: Parte 1: aspectos de política y regulación Parte 2: uso de agua residual en la agricultura Parte 3: uso de agua residual y excrementos en la acuicultura Parte 4: uso de excrementos y aguas grises en la agricultura • Disponibles (en inglés):

http://www.who.int/water_sanitation_health/wastewater/gsuww/en/index.html

Page 26: DISPONIBILIDAD DE  AGUA Y FISCALIZACION.pdf

26

DIRECTRICES PARA REUSO

REUSO NEMATODOS COLIFORMES FECALES

RIEGO RESTRINGIDO

Forestación, cereales, cultivos industriales, frutales y forrajes.

RIEGO IRRESTRICTO

Cultivos de consumo crudo, campos deportivos, parques públicos

Menos de un huevo/litro

Menos de un huevo por litro

Sin aplicación

Menor o igual a 1000 CF/100 ml

Directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS). 1989

Fuente: J. Loayza. Autoridad Nacional del Agua

Page 27: DISPONIBILIDAD DE  AGUA Y FISCALIZACION.pdf

27

DESCARGAS DE AR A INFRAESTRUCTURA DE REGADÍO AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA

En ningún caso se podrá efectuar

descargas de aguas residuales sin

previo tratamiento en

infraestructura de regadío ni

sistemas de drenaje pluvial.

Numeral 135.2 del Reglamento de la

LRH

Descarga de aguas residuales tratadas a infraestructura de

regadío

Autorización de reuso de aguas residuales

tratadas

Opinión favorable del operador

Conformidad expresa de titulares de

DUA

Fu

ente

: J.

Mo

sco

so

CONSIDERACIONES PARA EL REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS

- No es suficiente tratamiento primario o anaerobio: tanque Imhoff, tanque

séptico o RAFA.

- El reuso siempre exige tratamiento secundario aerobio: lagunas

facultativas, lodo activado, filtro percolador, humedales.

Page 28: DISPONIBILIDAD DE  AGUA Y FISCALIZACION.pdf

28

GRUPOS DE RIESGO

Agricultores en contacto con los efluentes.

Habitantes permanentes en las cercanías del área regada

Transeúntes casuales que beben o se lavan las manos con efluentes

Público que consume cultivos regados con efluentes.

Animales alimentados con cultivos regados, con concentraciones elevadas de metales.

Conexiones cruzadas

REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS EN AGRICULTURA

Autorizaciones de reuso de ART otorgadas con fines de riego de cultivos 2009 - 2011

Fuente: Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos – Autoridad Nacional del Agua

Page 29: DISPONIBILIDAD DE  AGUA Y FISCALIZACION.pdf

29

REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS EN AGRICULTURA

FUENTE: “DIAGNÓSTICO SITUACIONAL DE LOS SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LAS EPS DEL PERÚ Y PROPUESTAS DE SOLUCIÓN” DE LA

SUNASS - 2007

Destino de los efluentes de las PTAR a nivel nacional - 2007

LIMITES PERMITIDOS EN AGUAS NEGRAS PARA SER USADAS EN RIEGO (REQUISTOS AGRONOMICOS)

PARAMETRO CULTIVOS

SENSIBLES RESISTENTES

Conductividad (µmho/cm)

Cloruros (mg/l)

Sulfatos (mg/l)

Boro (mg/l)

pH (rango)

RAS

< 2000

< 200

< 300

< 0,7

6,5-8,5

< 8

< 3000

< 450

< 500

< 2,5

6,5-8,5

< 15

Considerar además:

o AR contiene minerales en concentraciones más altas que el agua de riego;

su uso aumenta salinización del suelo (pérdida de productividad, reducción

de poros)

o AR con DBO > 500 mg/L produce riesgo de obstrucción de poros del suelo

Page 30: DISPONIBILIDAD DE  AGUA Y FISCALIZACION.pdf

30

NORMAS PARA AGUA POTABLE

Reglamento de la calidad de agua para consumo humano: DECRETO SUPREMO No 031-2010SA del 25 de setiembre del 2010

Requisitos del Agua para el consumo humano

Artículo 59°.- Agua apta para el consumo humano. Es toda agua inocua para la salud que cumple los requisitos de calidad establecidos en el presente Reglamento.

Page 31: DISPONIBILIDAD DE  AGUA Y FISCALIZACION.pdf

31

Requisitos del Agua para el consumo humano

Artículo 60°.- Parámetros microbiológicos y otros organismos. Toda agua destinada para el consumo humano, como se indica en el Anexo I, debe estar exenta de:

1. Bacterias coliformes totales, termotolerantes y Escherichia coli,

2. Virus;

3. Huevos y larvas de helmintos, quistes y ooquistes de protozoarios patógenos;

4. Organismos de vida libre, como algas, protozoarios, copépedos, rotíferos y nemátodos en todos sus estadios evolutivos; y

5. Para el caso de Bacterias Heterotróficas menos de 500 UFC/ml a 35°C.

Requisitos del Agua para el consumo humano

Artículo 61°.- Parámetros de calidad organoléptica

El noventa por ciento (90%) de las muestras tomadas en la red de distribución en cada monitoreo, no deben exceder las concentraciones o valores señalados en el Anexo II del Reglamento.

Del diez por ciento (10%) restante, el proveedor evaluará las causas que originaron el incumplimiento y tomará medidas para cumplir con los valores establecidos en el presente

Reglamento.

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Requisitos del Agua para el consumo humano

Artículo 62°.- Parámetros inorgánicos y orgánicos

Toda agua destinada para el consumo humano, no deberá exceder los límites máximos permisibles para los parámetros inorgánicos y orgánicos señalados en la Anexo III del Reglamento.

Requisitos del Agua para el consumo humano Artículo 63°.- Parámetros de control obligatorio (PCO) Son parámetros de control obligatorio para todos los proveedores de agua, los siguientes: 1. Coliformes totales; 2. Coliformes termotolerantes; 3. Color; 4. Turbiedad; 5. Residual de desinfectante; y 6. pH. En caso de resultar positiva la prueba de coliformes

termotolerantes, el proveedor debe realizar el análisis de bacterias Escherichia coli, como prueba confirmativa de la contaminación fecal.

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ANEXO I

LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE PARÁMETROS MICROBIOLÓGICOS Y PARASITOLÓGICOS

Parámetro Unidad de medida Límite máximo permisible

Bacterias Coliformes Totales UFC/100 ml a 35°C 0 (*)

E. Coli UFC/100 ml a 44,5°C 0 (*)

Bacterias Coliformes Termotolerantes o Fecales UFC/100 ml a 44,5°C 0 (*)

Bacterias Heterotróficas UFC/ml a 35 °C 500

Huevos y larvas de Helmintos, quistes y ooquistes de protozoarios patógenos

N° org/l

0

Virus UFC / ml 0

Organismos de vida libre, como algas, protozoarios, copépodos, rotíferos, nemátodos en todos sus estadios evolutivos

N° org/l 0

UFC = Unidad formadora de colonias (*) En caso de analizar por la técnica del NMP por tubos múltiples = < 1,8 /100 ml

ANEXO II: LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE PARÁMETROS DE CALIDAD ORGANOLÉPTICA

Parámetro Unidad de medida

Límite máximo permisible

Olor - aceptable

Sabor - aceptable

Color 15 UCV escala Pt/Co

Turbiedad 5 UNT

pH 6.5 a 8.5 Unidades de pH

Conductividad (25 °C) 1500 µSiemens/cm

Sólidos totales disueltos 1000 mg/l

Cloruros 250 mg Cl/l

Sulfatos 250 mg SO4/l

Dureza total 500 mg CaCO3/l

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ANEXO II: LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE PARÁMETROS DE CALIDAD ORGANOLÉPTICA (continuación)

Parámetro Unidad de medida

Límite máximo permisible

Amoniaco mg N/l 1.5

Hierro mg Fe/l 0.3

Manganeso mg Mn/l 0.4

Aluminio mg Al/l 0.2

Cobre

mg Cu/l 2

Zinc mg Zn/l 3

Sodio mg Na/l 200

ANEXO III: LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE PARÁMETROS DE QUIMICOS INORGANICOS Y ORGANICOS

Parámetro Unidad de medida

Límite máximo permisible

Antimonio mg Sb/l 0.020

Arsénico mg As/l 0.010

Bario mg Ba/l 0.700

Boro mg B/l 1500

Cadmio

mg Cd/l 0.003

Cianuro mg Cn/l 0.070

Cloro mg /l 5

Clorito mg /l 0.7

Clorato mg /l 0.7

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ANEXO III: LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE PARÁMETROS DE QUIMICOS INORGANICOS Y ORGANICOS (continuación)

Parámetro Unidad de medida

Límite máximo permisible

Cromo total mg Cr/l 0.050

Fluor mg F/l 1000

Mercurio mg Hg/l 0.001

Níquel mg Ni/l 0.020

Nitratos mg NO3/l 50

Nitritos mg NO2/l 3 exposición corta 0.20 exposición larga

Plomo mg Pb /l 0.010

Selenio mg Se/l 0.010

Molibdeno mg Mo/l 0.07

Uranio mg U/l 0.015

PARAMETROS MICROBIOLOGICOS

Se usa un indicador para medir la calidad microbiológica. Los coliformes son bacterias que constituyen aproximadamente el 10 % de los microorganismos intestinales de los seres humanos y animales, viven en el tracto digestivo donde también pueden haber patógenos.

El hombre excreta diariamente entre 109 y 4 x 1011 bacterias coliformes, por lo cual están casi siempre presentes en las aguas que contienen patógenos entéricos (agua de grifo, fluvial, subterránea, embalsada, recreativa, estuaria, marina y residual).

Pueden usarse como indicadores:

o Coliformes totales (CT)

o Coliformes fecales (CF) o termotolerantes (CTT)

o Escherichia coli (E coli)

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Parámetros microbiológicos

Coliformes totales –

incluyen todas las

bacterias en el agua

Coliformes Fecales – en

intestinos de mamíferos

Bacterias Heterotróficas-

Incluyen toda las bacterias

en la naturaleza

E. coli

Parámetros microbiológicos

Conteo de organismos bacteriales:

• Poblaciones de bacterias en general: filtración por membrana heterotrófica. Es un indicador de la eficiencia del tratamiento de desinfección, > 500 indica un proceso de desinfección inadecuado.

Conteo de coliformes:

• Prueba Presencia/ Ausencia : P/A - Sí/No -

• Estimado estadístico: Número más probable: NMP/100ml

• Conteo exacto-Filtración por membrana- Unidades formadoras de colonias - UFC /100 ml

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Vigilancia sanitaria

La vigilancia sanitaria* del agua para consumo humano es una atribución de la Autoridad de Salud, que se define como:

1. Conjunto de actividades realizadas por la Autoridad de Salud, para identificar y evaluar factores de riesgo que se presentan en los sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano, desde la captación hasta la entrega del producto al consumidor.

2. Finalidad: proteger la salud de los consumidores en cumplimiento de los requisitos normados en el Reglamento de la Calidad del agua para consumo humano.

*Articulo 13. Reglamento de la calidad del agua para consumo humano

Programa de Vigilancia

La DIGESA y las Direcciones de Salud o las Direcciones Regionales de Salud o las Gerencias Regionales de Salud en todo el país, administran el programa de vigilancia sanitaria del abastecimiento del agua*.

El programa de vigilancia debe contener:

Registro.- Identificación de los proveedores y caracterización de los sistemas de abastecimiento de agua;

Ámbito.- Definición de las zonas de la actividad básica del programa de vigilancia, distinguiendo el ámbito de residencia: urbano, peri urbano y rural,

*Articulo 14. Reglamento de la calidad del agua para consumo humano

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Programa de Vigilancia

Autorización sanitaria : Permiso que otorga la autoridad de salud que verifica los procesos de potabilización del agua para consumo humano,

Monitoreo.- Seguimiento y verificación de parámetros físicos, químicos, microbiológicos u otros señalados en Reglamento,

Calidad del agua.- Determinación de la calidad del agua suministrada por el proveedor,

Desarrollo de Indicadores.- Procesamiento y análisis de los resultados de los monitoreos de la calidad del agua

*Articulo 14. Reglamento de la calidad del agua para consumo humano

Control y supervisión de la calidad del agua

El control de calidad del agua para consumo humano es ejercido por el proveedor en el sistema de abastecimiento de agua potable.

La Autoridad de Salud, la SUNASS, y las Municipalidades en sujeción a sus competencias de ley, supervisan en los sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano de su competencia el cumplimiento de las disposiciones y los requisitos sanitarios del reglamento.