discursos a la rota romana

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DISCURSOS DE LOS ROMANOS PONTÍFICES A DISCURSOS DE LOS ROMANOS PONTÍFICES A LA ROTA ROMANA LA ROTA ROMANA 1 BENEDICTO ENEDICTO XVI – J XVI – J UAN UAN P PABLO ABLO II II 1. BENEDICTO XVI - 26.I.2013: FE Y MATRIMONIO Queridos miembros del Tribunal de la Rota Romana: Es para mí motivo de alegría encontraros con ocasión de la inauguración del año judicial. Agradezco a vuestro decano, monseñor Pio Vito Pinto, los sentimientos expresados en nombre de todos vosotros y que correspondo de corazón. Este encuentro me ofrece la oportunidad de reafirmar mi estima y consideración por el alto servicio que prestáis al Sucesor de Pedro y a toda la Iglesia, así como de animaros a un compromiso cada vez mayor en un ámbito ciertamente arduo, pero precioso para la salvación de las almas. El principio de que la salus animarum es la suprema ley en la Iglesia (cf. CDC, can. 1752) debe tenerse siempre bien presente y hallar, cada día, en vuestro trabajo, la debida y rigurosa respuesta. 1 . En el contexto del Año de la fe querría detenerme, de modo particular, en algunos aspectos de la relación entre fe y matrimonio, observando cómo la actual crisis de fe, que afecta en diversos lugares del mundo, lleva consigo una crisis de la sociedad conyugal, con toda la carga de sufrimiento y de malestar que ello implica también para los hijos. Podemos tomar como punto de partida la raíz lingüística común que tienen, en latín, los términos fides y foedus, vocablo éste con el que el Código de derecho canónico designa la realidad natural del matrimonio como alianza irrevocable entre hombre y mujer (cf. can. 1055 § 1). La confianza recíproca, de hecho, es la base irrenunciable de cualquier pacto o alianza. En el plano teológico, la relación entre fe y matrimonio asume un significado aún más profundo. El vínculo esponsal, de hecho, aun siendo realidad natural, entre bautizados ha sido elevado por Cristo a la dignidad de sacramento (cf. ib.). El pacto indisoluble entre hombre y mujer no requiere, para los fines de la sacramentalidad, la fe personal de los nubendi; lo que se requiere, como condición mínima necesaria, es la intención de hacer lo que hace la Iglesia. Pero si es importante no confundir el problema de la intención con el de la fe personal de los contrayentes, sin embargo no es posible separarlos totalmente. Como hacía notar la Comisión teológica internacional en un Documento de 1977, «en caso de que no se advierta ninguna huella de la fe en cuanto tal (en el sentido del término «creencia», disposición a creer) ni deseo alguno de la gracia y de la 1 Fuentes : http://www.vatican.va/holy_father/john_paul_ii/speeches/index_spe-roman- rota_sp.htm . Además, para 1993-1996: http://www.iuscanonicum.org/index.php/documentos/discursos-a-la-rota-romana.html

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Discursos de Benedicto XVI y Juan Pablo II a la rota romana

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DISCURSOS DE LOS ROMANOS PONTFICES ADISCURSOS DE LOS ROMANOS PONTFICES A LA ROTA ROMANA LA ROTA ROMANA1 1B BENEDICTO ENEDICTO XVI J XVI JUAN UAN P PABLO ABLO II II1. BENEDICTO XVI - 26.I.2013: FE Y MATRIMONIO Queridos miembros del Tribunal de la Rota Romana: Es para m motivo de alegra encontraros con ocasin de la inauguracin del ao judicial. Agradezco a vuestrodecano, monseor io !ito into, los sentimientos e"presados en nombre de todos vosotros # $ue correspondo de corazn. Este encuentro me o%rece la oportunidad de rea%irmar mi estima # consideracin por el alto servicio$ue prest&is al 'ucesor de edro # a toda la (glesia, as como de animaros a un compromiso cada vez ma#or en un &mbito ciertamente arduo, pero precioso para la salvacin de las almas. El principio de $ue la salus animarum es la suprema le# en la (glesia )c%. *+*, can. ,-./0 debe tenerse siempre bien presente # 1allar, cadada, en vuestro trabajo, la debida # rigurosa respuesta.1. En el conte"to del Ao de la %e $uerra detenerme, de modo particular, en algunos aspectos de la relacin entre %e # matrimonio, observando cmo la actual crisis de %e, $ue a%ecta en diversos lugares del mundo, lleva consigo una crisis de la sociedad con#ugal, con toda la carga de su%rimiento # de malestar $ue ello implica tambi2n para los 1ijos. odemos tomar como punto de partida la raz ling3stica com4n $ue tienen, en latn, los t2rminos %ides # %oedus, vocablo 2ste con el $ue el *digo de derec1o cannico designa la realidad natural del matrimonio como alianza irrevocable entre 1ombre # mujer )c%. can. ,5.. 6 ,0. 7a con%ianza recproca, de 1ec1o, es la base irrenunciable de cual$uier pacto o alianza. En el plano teolgico, la relacin entre %e # matrimonio asume un signi%icado a4n m&s pro%undo. El vnculo esponsal, de 1ec1o, aun siendo realidad natural, entre bautizados 1a sido elevado por *risto a la dignidad de sacramento )c%. ib.0. El pacto indisoluble entre 1ombre # mujer no re$uiere, para los %ines de la sacramentalidad, la %e personal de los nubendi8 lo $ue se re$uiere, como condicin mnima necesaria, es la intencin de 1acer lo $ue 1ace la (glesia. ero si es importante no con%undir el problema de la intencin con el de la %e personal de los contra#entes, sin embargo no es posible separarlos totalmente. *omo 1aca notar la *omisin teolgica internacional en un +ocumento de ,9--, :en caso de $ue no se advierta ninguna 1uella de la %e en cuanto tal )en el sentido del t2rmino :creencia;, disposicin a creer0 ni deseo alguno de la gracia # de la salvacin, se plantea el problema de saber, en realidad, si la intencin general # verdaderamente sacramental de la $ue 1emos1ablado est& presente o no, # si el matrimonio se contrae v&lidamente o no; )7a doctrina catlica sobre el sacramento del matrimonio : +ocumentos ,9?9@/55A, vol. ,>, Bolonia /55?, p. ,A.0. El beato Cuan ablo ((, dirigi2ndose a este Tribunal, 1ace diez aos, precis en cambio $ue :una actitud de los contra#entes $ue no tenga en cuenta la dimensin sobrenatural en el matrimonio puede anularlo slo si niega su validez en elplano natural, en el $ue se sit4a el mismo signo sacramental;. 'obre tal problem&tica, sobre todo en el conte"to actual, 1abr& $ue promover ulteriores re%le"iones.2. 7a cultura contempor&nea, marcada por un acentuado subjetivismo # relativismo 2tico # religioso, pone a la persona # a la %amilia %rente a urgentes desa%os. En primer lugar, ante la cuestin sobre la capacidad misma del ser 1umano de vincularse, # si un vnculo $ue dure para toda la vida es verdaderamente posible # corresponde ala naturaleza del 1ombre, o, m&s bien, no es en cambio contrario a su libertad # autorrealizacin. Dorma parte de una mentalidad di%undida, en e%ecto, pensar $ue la persona llega a ser tal permaneciendo :autnoma; # entrando en contacto con el otro slo mediante relaciones $ue se pueden interrumpir en cual$uier momento )c%. +iscurso a la *uria romana, /, de diciembre de /5,/0. A nadie se le escapa cmo, en la eleccin del ser 1umano de ligarse con un vnculo $ue dure toda la vida, in%lu#e la perspectiva de base de cada uno, dependiendo de $ue est2 anclada a un plano meramente 1umano o de $ue se entreabra a la luz de la %e en el 'eor. 'lo abri2ndose a la verdad de +ios, de 1ec1o, es posible comprender, # realizar en la concrecin de la vida tambi2n con#ugal # %amiliar, la verdad del 1ombre como su 1ijo, regenerado por el Bautismo. :El $ue permanece en m # #o en 2l, da muc1o %ruto, por$ue sin m no pod2is 1acer nada; )Cn ,., .0: as enseaba Ces4s, F!"#!$: 1ttp:EEFFF.vatican.vaE1ol#G%at1erEjo1nGpaulGiiEspeec1esEinde"Gspe@[email protected]. Adem&s, para ,99>@,99?: 1ttp:EEFFF.iuscanonicum.orgEinde".p1pEdocumentosEdiscursos@a@la@[email protected] sus discpulos, record&ndoles la sustancial incapacidad del ser 1umano de llevar a cabo por s solo lo $ue es necesario para la consecucin del verdadero bien. El rec1azo de la propuesta divina, en e%ecto, conduce a un dese$uilibrio pro%undo en todas las relaciones 1umanas )c%. +iscurso a la *omisin teolgica internacional, - de diciembre de /5,/0, incluida la matrimonial, # %acilita una comprensin errada de la libertad # de la autorrealizacin, $ue, unida a la %uga ante la paciente tolerancia del su%rimiento, condena al 1ombre a encerrarse en su egosmo # egocentrismo. Al contrario, la acogida de la %e 1ace al 1ombre capaz del don de s, #slo :abri2ndose al otro, a los otros, a los 1ijos, a la %amilia8 slo dej&ndose plasmar en el su%rimiento, descubrela amplitud de ser persona 1umana; )c%. +iscurso a la *uria romana, /, de diciembre de /5,/0. 7a %e en +ios, sostenida por la gracia divina, es por lo tanto un elemento mu# importante para vivir la entrega mutua # la %idelidad con#ugal )c%. *ate$uesis en la audiencia general , Bolonia /55?, p. ,A-0. ero ciertamente, cerrarse a +ios o rec1azar la dimensin sagrada de la unin con#ugal # de su valor en el orden de la gracia 1ace ardua la encarnacin concreta del modelo altsimo de matrimonio concebido por la (glesia seg4n el plan de +ios, pudiendo llegar a minar la validez misma del pacto en caso de $ue, como asume la consolidada jurisprudencia de este Tribunal, setraduzca en un rec1azo de principio de la propia obligacin con#ugal de %idelidad o de los otros elementos o propiedades esenciales del matrimonio. Tertuliano, en la c2lebre *arta a la esposa, 1ablando de la vida con#ugal caracterizada por la %e, escribe $ue los cn#uges cristianos :son verdaderamente dos en una sola carne, # donde la carne es 4nica, 4nico es el espritu. Cuntos oran, juntos se postran # juntos a#unan8 el uno instru#e al otro, el uno 1onra al otro, el uno sostiene al otro; )Ad u"orem libri duo, ii, i": pl ,, ,A,.b@,A,-a0. En t2rminos similares se e"presa san *lemente Alejandrino: :'i para ambos uno solo es +ios, entonces para ambos uno solo es el edagogo K*ristoK, una es la (glesia, una la sabidura, uno el pudor, en com4n tenemos el alimento, el matrimonio nos une... L si com4n es la vida, com4n es tambi2n la gracia, la salvacin, la virtud, la moral; )Mdagogus, (, (!, ,5.,: pg H,/.9b0. 7os santos $ue vivieron la unin matrimonial # %amiliar en la perspectiva cristiana, consiguieron superar 1asta las situaciones m&s adversas, logrando entonces la santi%icacin del cn#uge # de los 1ijos con un amor %ortalecido siempre por una slida con%ianza en +ios, por una sincera piedad religiosa # por una intensa vida sacramental. Custamente estas e"periencias, caracterizadas por la %e, permiten comprender cmo, todava 1o#, es precioso el sacri%icio o%recido por el cn#uge abandonado o $ue 1a#a su%rido el divorcio, si Kreconociendo la indisolubilidad del vnculo matrimonial v&lidoK consigue no dejarse :involucrar en una nueva unin... En tal caso su ejemplo de %idelidad # de co1erencia cristiana asume un particular valor de testimonio ante el mundo # la (glesia; )Cuan ablo ((, E"1ort. ap. Damiliaris consortio : AA' -A . El ne"o con el tema al $ue acabo de aludir Kla recta interpretacin de la %eK ciertamente no se reduce a una mera asonancia sem&ntica, puesto $ue el derec1o cannico encuentra su %undamento # su sentido mismo en las verdades de %e, # la le" agendi no puede sino re%lejar la le" credendi. 7a cuestin de la interpretacin de la le# cannica, por lo dem&s, constitu#e un tema mu# amplio # complejo respecto al cual me limitar2 a algunas observaciones. Ante todo la 1ermen2utica del derec1o cannico est& estrec1amente vinculada a la concepcin misma de la le# de la (glesia. En caso de $ue se tendiera a identi%icar el derec1o cannico con el sistema de las le#es cannicas, el conocimiento de a$uello $ue es jurdico en la (glesia consistira esencialmente en comprender lo $ue establecenlos te"tos legales. A primera vista este en%o$ue parece valorar plenamente la le# 1umana. ero es evidente el empobrecimiento $ue comportara esta concepcin: con el olvido pr&ctico del derec1o natural # del derec1o divino positivo, as como de la relacin vital de todo derec1o con la comunin # la misin de la (glesia, el trabajo del int2rprete $ueda privado del contacto vital con la realidad eclesial. En los 4ltimos tiempos algunas corrientes de pensamiento 1an puesto en guardia contra el e"cesivo apego a las le#es de la (glesia, empezando por los *digos, juzg&ndolo, precisamente, como una mani%estacin de legalismo. En consecuencia, se 1an propuesto vas 1ermen2uticas $ue permiten una apro"imacin m&s acorde con las bases teolgicas # las intenciones tambi2n pastorales de la norma cannica, llevando a una creatividad jurdica en la $ue cada situacin se convertira en %actor decisivo para comprobar el aut2ntico signi%icado del precepto legal en el caso concreto. 7a misericordia, la e$uidad, la oiUonomia tan apreciada en la tradicin oriental, son algunos de los conceptos a los $ue se recurre en esa operacin interpretativa. *onviene observar inmediatamente $ue este planteamiento no supera el positivismo $ue denuncia, limit&ndose a sustituirlo con otro en el $ue la obra interpretativa 1umana se alza como protagonista para establecer lo $ue es jurdico. Dalta el sentido de un derec1o objetivo $ue 1a# $ue buscar, pues este $ueda a merced de consideraciones $ue pretenden ser teolgicas o pastorales, pero al %inal se e"ponen al riesgo de la arbitrariedad. +e ese modo la 1ermen2utica legal se vaca: en el %ondo no interesa comprender la disposicin de la le#, pues esta puede adaptarse din&micamente a cual$uier solucin, incluso opuesta a su letra. *iertamente e"iste en este caso una re%erencia a los %enmenos vitales, pero de los $ue no se capta la dimensin jurdica intrnseca. E"iste otra va en la $ue la comprensin adecuada a la le# cannica abre el camino a una labor interpretativa $ue se inserta en la b4s$ueda de la verdad sobre el derec1o # sobre la justicia en la (glesia. *omo $uise evidenciar en el arlamento %ederal de mi pas, en el Reic1stag de BerlnA, el verdadero derec1o es inseparable de la justicia. El principio, obviamente, tambi2n vale para la le# cannica, en el sentido de $ue esta no puede encerrarse en un sistema normativo meramente 1umano, sino $ue debe estar unida a un orden justo de la / Potu pr. orta %idei, ,, de octubre de /5,,, .: 7RSsservatore Romano, edicin en lengua espaola, /> de octubre de /5,,, p. >.> *%. can. ,? 6> *(*8 can. ,A9H 6> **ES.A *%. +iscurso al arlamento de la Rep4blica %ederal de Alemania, // de septiembre de /5,,: 7RSsservatore Romano, edicin en lengua espaola, /. de septiembre de /5,,, pp. ?@-.(glesia, en el $ue e"iste una le# superior. En esta perspectiva la le# positiva 1umana pierde la primaca $ue se le$uerra atribuir, pues el derec1o #a no se identi%ica sencillamente con ella8 en cambio, en esto la le# 1umana se valora como e"presin de justicia, ante todo por cuanto declara como derec1o divino, pero tambi2n por lo $ue introduce como legtima determinacin de derec1o 1umano. As se 1ace posible una 1ermen2utica legal $ue sea aut2nticamente jurdica, en el sentido de $ue, situ&ndose en sintona con el signi%icado propio de la le#, se puede plantear la cuestin crucial sobre lo $ue es justo en cadacaso. *onviene observar al respecto $ue, para percibir el signi%icado propio de la le#, es necesario siempre contemplar la realidad $ue reglamenta, # ello no slo cuando la le# sea prevalentemente declarativa del derec1odivino, sino tambi2n cuando introduzca constitutivamente reglas 1umanas. Estas deben interpretarse tambi2n a la luz de la realidad regulada, la cual contiene siempre un n4cleo de derec1o natural # divino positivo, con el $ue debe estar en armona cada norma a %in de $ue sea racional # verdaderamente jurdica. En esta perspectiva realista el es%uerzo interpretativo, a veces arduo, ad$uiere un sentido # un objetivo. El usode los medios interpretativos previstos por el *digo de derec1o cannico en el canon ,-, empezando por :el signi%icado propio de las palabras, considerado en el te"to # en el conte"to;, #a no es un mero ejercicio lgico. 'e trata de una tarea $ue es vivi%icada por un aut2ntico contacto con la realidad global de la (glesia, $ue permitepenetrar en el verdadero sentido de la letra de la le#. Acontece entonces algo semejante a cuanto 1e dic1o a propsito del proceso interior de san Agustn en la 1ermen2utica bblica: :el trascender la letra le 1izo creble laletra misma;.. 'e con%irma as $ue tambi2n en la 1ermen2utica de la le# el aut2ntico 1orizonte es el de la verdad jurdica $ue 1a# $ue amar, buscar # servir. +e ello se deduce $ue la interpretacin de la le# cannica debe realizarse en la (glesia. Io se trata de una mera circunstancia e"terna, ambiental: es una remisin al propio 1umus de la le# cannica # de las realidades reguladas por ella. El sentire cum Ecclesia tiene sentido tambi2n en la disciplina, a causa de los %undamentos doctrinales $ue siempre est&n presentes # operantes en las normas legales de la (glesia. +e este modo 1a# $ue aplicar tambi2n a la le# cannica la 1ermen2utica de la renovacin en la continuidad de la $ue 1abl2 re%iri2ndome al concilio !aticano ((?, tan estrec1amente unido a la actual legislacin cannica. 7a madurez cristiana lleva a amar cada vez m&s la le# # a $uererla comprender # aplicar con %idelidad. Estas actitudes de %ondo se aplican a todas las clases de interpretacin: desde la investigacin cient%ica sobre el derec1o, pasando por la labor de los agentes jurdicos en sede judicial o administrativa, 1asta la b4s$ueda cotidiana de las soluciones justas en la vida de los %ieles # de las comunidades. 'e necesita espritu de docilidad para acoger las le#es, procurando estudiar con 1onradez # dedicacin la tradicin jurdica de la (glesia para poderse identi%icar con ella # tambi2n con las disposiciones legales emanadas por los pastores, especialmente las le#es ponti%icias as como el magisterio sobre cuestiones cannicas, el cual es de por s vinculante en lo $ue ensea sobre el derec1o-. 'lo de este modo se podr&n discernir los casos en los $ue las circunstancias concretas e"igen una solucin e$uitativa para lograr la justicia $ue la norma general 1umana no 1a podido prever, # se podr& mani%estar en espritu de comunin lo $ue puede servir para mejorar el ordenamiento legislativo. Estas re%le"iones ad$uieren una relevancia peculiar en el &mbito de las le#es relativas al acto constitutivo del matrimonio # su consumacin # a la recepcin del Srden sagrado, # de a$uellas $ue corresponden a los procesos respectivos. A$u la sintona con el verdadero sentido de la le# de la (glesia se convierte en una cuestin de amplia # pro%unda incidencia pr&ctica en la vida de las personas # de las comunidades, # re$uiere una atencin especial. En particular, 1a# $ue aplicar todos los medios jurdicamente vinculantes $ue tienden a asegurar la unidad en la interpretacin # en la aplicacin de las le#es $ue la justicia re$uiere: el magisterio ponti%icio espec%icamente concerniente en este campo, contenido sobre todo en los discursos a la Rota romana8la jurisprudencia de la Rota romana, sobre cu#a relevancia #a os 1e 1abladoH8 las normas # las declaraciones emanadas por otros dicasterios de la *uria romana. Esta unidad 1ermen2utica en lo $ue es esencial no morti%icaen modo alguno las %unciones de los tribunales locales, llamados a ser los primeros en a%rontar las complejas situaciones reales $ue se dan en cada conte"to cultural. *ada uno de ellos, en e%ecto, debe proceder con un sentido de verdadera reverencia respecto a la verdad del derec1o, procurando practicar ejemplarmente, en la aplicacin de las instituciones judiciales # administrativas, la comunin en la disciplina, como aspecto esencial de la unidad de la (glesia.. *%. E"1ort. ap. postsinodal !erbum +omini, >5 de septiembre de /5,5, >H: AA' ,5/ )/5,50 -,H, n. >H.? *%. +iscurso a la *uria romana, // de diciembre de /55.: AA' 9H )/55?0 A5@.>.- *%. Cuan ablo ((, +iscurso a la Rota romana, /9 de enero de /55., ?: AA' 9- )/55.0 ,?.@,??.H *%. +iscurso a la Rota romana, /? de enero de /55H: AA' ,55 )/55H0 HA@HH. Antes de concluir este momento de encuentro # de re%le"in, deseo recordar la reciente innovacin Ka la $ue se 1a re%erido monseor 'tanUieFiczK seg4n la cual se 1an trans%erido a una S%icina de este Tribunal apostlico las competencias sobre los procedimientos de dispensa del matrimonio rato # no consumado, # las causas de nulidad del Srden sagrado9. Esto# seguro de $ue se dar& una generosa respuesta a este nuevo compromiso eclesial. Alentando vuestra valiosa obra, $ue re$uiere un trabajo %iel, cotidiano # comprometido, os encomiendo a la intercesin de la santsima !irgen Para, 'peculum iustitiae, # de buen grado os imparto la bendicin apostlica.3. BENEDICTO XVI 22.I.2011 Queridos componentes del Tribunal de la Rota romana: Pe alegra encontrarme con vosotros para esta cita anual con ocasin de la inauguracin del ao judicial. +irijo un cordial saludo al *olegio de los prelados auditores, comenzando por el decano, monseor Antoni 'tanUieFicz, a $uien agradezco sus amables palabras. 'aludo a los o%iciales, a los abogados # a los dem&s colaboradores de este Tribunal, as como a todos los presentes. Este momento me brinda la oportunidad de renovar mi estima por la obra $ue llev&is a cabo al servicio de la (glesia # de animaros a un compromiso cada vez ma#or en un sector tan delicado e importante para la pastoral # para la salus animarum. 7a relacin entre el derec1o # la pastoral ocup el centro del debate posconciliar sobre el derec1o cannico. 7a c2lebre a%irmacin del venerable siervo de +ios Cuan ablo ((, seg4n la cual :no es verdad $ue, para ser m&spastoral, el derec1o deba 1acerse menos jurdico; )+iscurso a la Rota romana, ,H de enero de ,995, n. A: AA' H/ , n. /0. 'in embargo, no 1a# $ue olvidar nunca $ue el objetivo inmediato de esa preparacin es promover la libre celebracin de un verdadero matrimonio, es decir, la constitucin de un vnculo de justicia # de amor entre los cn#uges, con las caractersticas de la unidad # la indisolubilidad, ordenado al bien de los cn#uges # a la procreacin # educacin de la prole, # $ue entre los bautizados constitu#e uno de los sacramentos de la Iueva Alianza. *on ello no se dirige a la pareja un mensaje ideolgico e"trnseco, ni muc1o menos se le impone un modelo cultural8 m&s bien, se a#uda a los novios a descubrir la verdad de una inclinacin natural # de una capacidad de comprometerse $ue ellos llevan inscritas en su ser relacional 1ombre@mujer. +e all brota el derec1o como componente esencial de la relacin matrimonial, arraigado en una potencialidad natural de los cn#uges $ue la donacin consensuada actualiza. Razn # %e contribu#en a iluminar esta verdad de vida, aun$ue debe $uedar claro $ue, como ense tambi2n el venerable Cuan ablo ii, :la (glesia no rec1aza la celebracin del matrimonio a $uien est& bien dispuesto, aun$ue est2 imper%ectamente preparado desde el punto de vista sobrenatural, con tal de $ue tenga la recta intencin de casarse seg4n la realidad natural del matrimonio; )+iscurso a la Rota romana, >5 de enero de /55>, n. H: AA' 9. = >9-8 7RSsservatore Romano, edicin en lengua espaola, - de %ebrero de /55>, p. ?0. En esta perspectiva debe ponerse un cuidado particular en acompaar la preparacin al matrimonio tanto remota como pr"ima e inmediata )c%. Cuan ablo ((, Damiliaris consortio, // de noviembre de ,9H,, n. ??: AA' -> 0. Es preciso tener presente $ue este vaciamiento no slo puede llevarse a cabo en la actividad pr&ctica del juzgar, sino tambi2n en los planteamientos tericos, $ue tanto in%lu#en despu2s en los juicios concretos. El problema se plantea cuando se o%usca en ma#or o menor medida la esencia misma del matrimonio, arraigada enla naturaleza del 1ombre # de la mujer, $ue permite e"presar juicios objetivos sobre cada matrimonio. En este sentido, la consideracin e"istencial, personalista # relacional de la unin con#ugal nunca puede ir en detrimento de la indisolubilidad, propiedad esencial $ue en el matrimonio cristiano alcanza, junto con la unidad,una particular %irmeza por razn del sacramento )c%. *digo de derec1o cannico, can. ,5.?0. Tampoco 1a# $ueolvidar $ue el matrimonio goza del %avor del derec1o. or lo tanto, en caso de duda, se 1a de considerar v&lido mientras no se pruebe lo contrario )c%. ib., can. ,5?50. +e otro modo, se corre el grave riesgo de $uedarse sin unpunto de re%erencia objetivo para pronunciarse sobre la nulidad, trans%ormando cual$uier di%icultad con#ugal enun sntoma de %allida realizacin de una unin cu#o n4cleo esencial de justicia Kel vnculo indisolubleK de 1ec1o se niega. (lustres prelados auditores, o%iciales # abogados, os con%o estas re%le"iones, conociendo bien el espritu de %idelidad $ue os anima # vuestro compromiso por dar plena actuacin a las normas de la (glesia, buscando el verdadero bien del pueblo de +ios. *omo apo#o para vuestra valiosa actividad, invoco sobre cada uno de vosotros # sobre vuestro trabajo diario la proteccin materna de Para santsima 'peculum iustitiae e imparto con a%ecto la bendicin apostlica.'. BENEDICTO XVI 2&.I.200& (lustres jueces, o%iciales # colaboradores del Tribunal de la Rota romana: 7a solemne inauguracin de la actividad judicial de vuestro Tribunal me o%rece tambi2n este ao la alegra de recibir a sus dignos componentes: al monseor decano, a $uien agradezco sus nobles palabras de saludo, al *olegio de los prelados auditores, a los o%iciales del Tribunal # a los abogados del Estudio rotal. A todos os dirijo mi cordial saludo, juntamente con la e"presin de mi aprecio por las importantes tareas $ue realiz&is como %ieles colaboradores del apa # de la 'anta 'ede. !osotros esper&is del apa, al inicio de vuestro ao de trabajo, unas palabras $ue os sirvan de luz # orientacin en el cumplimiento de vuestras delicadas tareas. 'on muc1os los temas $ue podramos tratar en estacircunstancia, pero a veinte aos de distancia de los discursos de Cuan ablo (( sobre la incapacidad ps$uica en las causas de nulidad matrimonial, del . de %ebrero de ,9H- )AA' -9 @,A.90 # del /. de enero de ,9HH )AA' H5 ,8 can. ,5?,, ,0, cu#a subsistencia v&lida no depende del comportamiento sucesivo de los cn#uges a lo largo de la vida matrimonial. +e %orma diversa, en la visin reduccionista $ue desconoce la verdad sobre el matrimonio, la realizacin e%ectiva de una verdadera comunin de vida # de amor, idealizada en el plano del bienestar puramente 1umano, resulta esencialmente dependiente slo de %actores accidentales, # no del ejercicio de la libertad 1umana sostenida por la gracia. Es verdad $ue esta libertad de la naturaleza 1umana, X1erida en sus propias %uerzas naturalesX e Xinclinada al pecadoX )*atecismo de la (glesia catlica, n. A5.0, es limitada e imper%ecta, pero no por ello es inaut2ntica e insu%iciente para realizar el acto de autodeterminacin de los contra#entes $ue es el pacto con#ugal, $ue da vidaal matrimonio # a la %amilia %undada en 2l. Sbviamente, algunas corrientes antropolgicas X1umanistasX, orientadas a la autorrealizacin # a la autotrascendencia egoc2ntrica, idealizan de tal %orma a la persona 1umana # el matrimonio, $ue acaban por negar la capacidad ps$uica de muc1as personas, %und&ndola en elementos $ue no corresponden a las e"igenciasesenciales del vnculo con#ugal. Ante estas concepciones, los estudiosos del derec1o eclesial no pueden menos de tener en cuenta el sano realismo al $ue 1aca re%erencia mi venerado predecesor )c%. Cuan ablo ((, +iscurso a la Rota romana, /- de enero de ,99-, n. A: AA' H9 , ,, +*0, $ue es siempre una e"cepcin al principionatural de la capacidad necesaria para comprender, decidir # realizar la donacin de s mismos de la $ue nace elvnculo con#ugal. !enerados componentes del Tribunal de la Rota romana, esto es lo $ue deseaba e"poneros en esta circunstancia solemne, siempre tan grata para m. A la vez $ue os e"1orto a perseverar con alta conciencia cristiana en el ejercicio de vuestro o%icio, cu#a gran importancia para la vida de la (glesia emerge tambi2n de lascosas $ue os acabo de decir, os deseo $ue el 'eor os acompae siempre en vuestro delicado trabajo con la luz de su gracia, de la $ue $uiere ser prenda la bendicin apostlica, $ue os imparto a cada uno con pro%undo a%ecto.6. BENEDICTO XVI 26.I.200( Amadsimos prelados auditores, o%iciales # colaboradores del Tribunal de la Rota romana: *omo acaba de recordar vuestro decano, mons. Antoni 'tanUieFicz, en sus cordiales palabras, se cumple el primer centenario del restablecimiento del Tribunal apostlico de la Rota romana, realizado por san o Q en el ao ,95H con la constitucin apostlica 'apienti consilio. Esta circunstancia 1ace a4n m&s vivos los sentimientos de aprecio # gratitud $ue albergo al encontrarme con vosotros #a por tercera vez. Ss saludo cordialmente a todos # a cada uno. En vosotros, $ueridos prelados auditores, # tambi2n en todos los $ue de diversas maneras participan en la actividad de este Tribunal, veo personi%icada una institucin de la 'ede apostlica cu#o arraigo en la tradicin cannica es %uente de constante vitalidad. A vosotros corresponde la tarea de mantener viva esa tradicin, con laconviccin de $ue as prest&is un servicio siempre actual a la administracin de la justicia en la (glesia. Este centenario es ocasin propicia para re%le"ionar sobre un aspecto %undamental de la actividad de la Rota, es decir, sobre el valor de la jurisprudencia rotal en el conjunto de la administracin de la justicia en la (glesia. Es un aspecto $ue se pone de relieve en la descripcin $ue 1ace de la Rota la constitucin apostlica astor bonus:XEste tribunal act4a como instancia superior, ordinariamente en grado de apelacin, ante la 'ede apostlica, con el %in de tutelar los derec1os en la (glesia, provee a la unidad de la jurisprudencia #, a trav2s de sus sentencias, sirve de a#uda a los tribunales de grado in%eriorX )art. ,/?0. Pis amados predecesores, en sus discursos anuales, 1ablaron a menudo con aprecio # con%ianza de la jurisprudencia de la Rota romana, tanto en general como en re%erencia a temas concretos, especialmente matrimoniales. 'i es justo # necesario recordar el ministerio de justicia desempeado por la Rota durante su multisecular e"istencia, # de modo especial en los 4ltimos cien aos, resulta tambi2n oportuno, con ocasin de este aniversario, tratar de pro%undizar en el sentido de este servicio, del cual los vol4menes de decisiones, publicados anualmente, son una mani%estacin # a la vez un instrumento operativo. En particular, podemos preguntarnos por $u2 las sentencias de la Rota poseen una relevancia jurdica $ue rebasa el &mbito inmediato de las causas en $ue son emitidas. rescindiendo del valor %ormal $ue todo ordenamiento jurdico puede atribuir a los precedentes judiciales, no cabe duda de $ue cada una de las decisiones a%ecta de alg4n modo a toda la sociedad, pues van determinando lo $ue todos pueden esperar de los tribunales, lo cual ciertamente in%lu#e en el desarrollo de la vida social. Todo sistema judicial debe tratar de o%recer soluciones en las $ue, juntamente con la valoracin prudencial de los casos en su irrepetible realidad concreta, se apli$uen los mismos principios # normas generales de justicia. 'lo de este modo se crea un clima de con%ianza en la actuacin de los tribunales, # se evita la arbitrariedad de los criterios subjetivos. Adem&s, dentro de cada organizacin judicial e"iste una jerar$ua entre los di%erentes tribunales, de modo $ue la posibilidad misma de recurrir a los tribunales superiores constitu#e de por s un instrumento de uni%icacin de la jurisprudencia. 7as consideraciones $ue acabo de 1acer son per%ectamente aplicables tambi2n a los tribunales eclesi&sticos. P&s a4n, dado $ue los procesos cannicos conciernen a los aspectos jurdicos de los bienes salv%icos o de otrosbienes temporales $ue sirven a la misin de la (glesia, la e"igencia de unidad en los criterios esenciales de justicia # la necesidad de poder prever razonablemente el sentido de las decisiones judiciales, se convierte en unbien eclesial p4blico de particular importancia para la vida interna del pueblo de +ios # para su testimonio institucional en el mundo. Adem&s del valor intrnseco de racionalidad nsito en la actuacin de un tribunal $ue decide ordinariamente las causas en 4ltima instancia, es evidente $ue el valor de la jurisprudencia de la Rota romana depende de su naturaleza de instancia superior en grado de apelacin ante la 'ede apostlica. 7as disposiciones legales $ue reconocen ese valor )c%. can. ,9 del *digo de derec1o cannico8 const. ap. astor bonus, art. ,/?0 no crean, sino $ue declaran ese valor. Ese valor proviene, en de%initiva, de la necesidad de administrar la justicia seg4n par&metros iguales en todo lo $ue, precisamente, es en s esencialmente igual. En consecuencia, el valor de la jurisprudencia rotal no es una cuestin %actual de orden sociolgico, sino $ue es de ndole propiamente jurdica, en cuanto $ue se pone al servicio de la justicia sustancial. or tanto, sera impropio ver una contraposicin entre la jurisprudencia rotal # las decisiones de los tribunales locales, los cuales est&n llamados a desempear una %uncin indispensable, al 1acer inmediatamente accesible la administracin de la justicia, # al poder investigar # resolver los casos en su realidad concreta, a veces vinculada a la cultura # a la mentalidad de los pueblos. En cual$uier caso, todas las sentencias deben estar %undamentadas siempre en los principios # en las normas comunes de justicia. Esa necesidad, com4n a todo ordenamiento jurdico, reviste en la (glesia una importancia espec%ica, en la medida en $ue est&n en juego las e"igencias de la comunin, $ue implica la tutela de lo $ue es com4n a la (glesia universal, encomendada de modo peculiar a la Autoridad suprema # a los rganos $ue ad normam iuris participan en su sagrada potestad. En el &mbito matrimonial, la jurisprudencia rotal 1a realizado una labor mu# notable a lo largo de estos cien aos. En particular, 1a brindado aportaciones mu# signi%icativas $ue 1an desembocado en la codi%icacin vigente. Io se puede pensar $ue, despu2s de esa codi%icacin, 1a#a disminuido la importancia de la interpretacin jurisprudencial del derec1o por parte de la Rota. En e%ecto, precisamente la aplicacin de la actual le# cannica e"ige $ue se capte su verdadero sentido de justicia, unido ante todo a la esencia misma del matrimonio. 7a Rota romana est& llamada constantemente a una tarea ardua, $ue in%lu#e en gran medida en el trabajo de todos los tribunales:captar la e"istencia, o no e"istencia, de la realidad matrimonial, $ue es intrnsecamente antropolgica, teolgica # jurdica. ara comprender mejor la %uncin de la jurisprudencia, $uiero insistir en lo $ue os dije el ao pasado acerca de la dimensin intrnsecamente jurdica del matrimonio )c%. +iscurso del /- de enero de /55-:AA' 99 .., # del /H de enero de /55/, en AA' 9A A5@>A?0, pertenece a la integridad del misterio cristiano. Wo# constatamos, por desgracia, $ue esta verdad se ve a veces oscurecida en la conciencia de los cristianos # de las personas de buena voluntad. recisamente por este motivo es engaoso el servicio $ue se puede prestar a los %ieles # a los cn#uges no cristianos en di%icultad %ortaleciendo en ellos, tal vez slo implcitamente, la tendencia a olvidar la indisolubilidad de su unin. +e ese modo, la posible intervencin de la institucin eclesi&stica en las causas denulidadcorreelpeligrodepresentarse como mera constatacin de un %racaso. *on todo, la verdad buscada en los procesos de nulidad matrimonial no es una verdad abstracta, separada del bien de las personas. Es una verdad $ue se integra en el itinerario 1umano # cristiano de todo %iel. or tanto, es mu# importante $ue su declaracin se produzca en tiempos razonables. *iertamente, la divina rovidencia sabe sacar bien del mal, incluso cuando las instituciones eclesi&sticas descuidaran su deber o cometieran errores. ero es una obligacin grave 1acer $ue la actuacin institucional de la (glesia en los tribunales sea cada vez m&s cercana a los %ieles. Adem&s, la sensibilidad pastoral debe llevar a es%orzarse por prevenir las nulidades matrimoniales cuando se admite a los novios al matrimonio # a procurar $ue los cn#uges resuelvan sus posibles problemas # encuentrenel camino de la reconciliacin. 'in embargo, la misma sensibilidad pastoral ante las situaciones reales de las personas debe llevar a salvaguardar la verdad # a aplicar las normas previstas para protegerla en el proceso. +eseo $ue estas re%le"iones a#uden a 1acer comprender mejor $ue el amor a la verdad une la institucin del proceso cannico de nulidad matrimonial # el aut2ntico sentido pastoral $ue debe animar esos procesos. En estaclave de lectura, la (nstruccin +ignitas connubii # las preocupaciones $ue emergieron en el 4ltimo 'nodo resultan totalmente convergentes. Amadsimos 1ermanos, realizar esta armona es la tarea ardua # %ascinante por cu#o discreto cumplimiento la comunidad eclesial os est& mu# agradecida. *on el cordial deseo de $ue vuestra actividad judicial contribu#a al bien de todos los $ue se dirigen a vosotros # los %avorezca en el encuentro personal con la !erdad, $ue es *risto, os bendigo con gratitud # a%ecto.&. JUAN PABLO II 2&.I.200' ,. Esta cita anual con vosotros, $ueridos prelados auditores del Tribunal apostlico de la Rota romana, pone de relieve el vnculo esencial de vuestro valioso trabajo con el aspecto judicial del ministerio petrino. 7as palabras del decano de vuestro *olegio 1an e"presado el compromiso com4n de plena %idelidad en vuestro servicio eclesial. En este 1orizonte $uisiera situar 1o# algunas consideraciones acerca de la dimensin moral de la actividad de los agentes jurdicos en los tribunales eclesi&sticos, sobretodopor lo $ue atae al deber de adecuarse a la verdad sobre el matrimonio, tal como la ensea la (glesia. /. +esde siempre la cuestin 2tica se 1a planteado con especial intensidad en cual$uier clase de proceso judicial. En e%ecto, los intereses individuales # colectivos pueden impulsar a las partes a recurrir a varios tipos de %alsedades e incluso de corrupcin con el %in de lograr una sentencia %avorable. +e este peligro no est&n inmunes ni si$uiera los procesos cannicos, en los $ue se busca conocer la verdad sobre la e"istencia o ine"istencia de un matrimonio. 7a indudable importancia $ue esto tiene para la conciencia moral de las partes 1ace menos probable la a$uiescencia a intereses ajenos a la b4s$ueda de la verdad. A pesar de ello, pueden darse casos en los $ue se mani%ieste esa a$uiescencia, $ue pone en peligro la regularidad del proceso. Es conocida la %irme reaccin de la norma cannica ante esos comportamientos )c%. *digo de derec1ocannico, cc. ,>H9, ,>9,, ,A.-, ,AHH # ,AH90. >. *on todo, en las circunstancias actuales e"iste tambi2n otro peligro. En nombre de supuestas e"igencias pastorales, 1a# $uien 1a propuesto $ue se declaren nulas las uniones $ue 1an %racasado completamente. ara lograr ese resultado se sugiere $ue se recurra al e"pediente de mantener las apariencias de procedimiento # sustanciales, disimulando la ine"istencia de un verdadero juicio procesal. As se tiene la tentacin de proveer a un planteamiento de los motivos de nulidad, # a su prueba, en contraposicin con los principios elementales de las normas # del magisterio de la (glesia. Es evidente la gravedad objetiva jurdica # moral de esos comportamientos, $ue ciertamente no constitu#en lasolucin pastoralmente v&lida a los problemas planteados por las crisis matrimoniales. Tracias a +ios, no %altan%ieles cu#a conciencia no se deja engaar, # entre ellos se encuentran tambi2n no pocos $ue, aun estando implicados personalmente en una crisis con#ugal, est&n dispuestos a resolverla slo siguiendo la senda de la verdad. A. En los discursos anuales a la Rota romana, 1e recordado muc1as veces la relacin esencial $ue el proceso guarda con la b4s$ueda de la verdad objetiva. Eso deben tenerlo presente ante todo los obispos, $ue por derec1odivino son los jueces de sus comunidades. En su nombre administran la justicia los tribunales. or tanto, los obispos est&n llamados a comprometerse personalmente para garantizar la idoneidad de los miembros de los tribunales, tanto diocesanos como interdiocesanos, de los cuales son moderadores, # para veri%icar la con%ormidad de las sentencias con la doctrina recta. 7os pastores sagrados no pueden pensar $ue el proceder de sus tribunales es una cuestin meramente Xt2cnicaX, de la $ue pueden desinteresarse, encomend&ndola enteramente a sus jueces vicarios )c%. ib., cc. >9,, ,A,9, ,A/>, ,0. .. 7a deontologa del juez tiene su criterio inspirador en el amor a la verdad. As pues, ante todo debe estar convencido de $ue la verdad e"iste. or eso, es preciso buscarla con aut2ntico deseo de conocerla, a pesar de todos los inconvenientes $ue puedan derivar de ese conocimiento. Wa# $ue resistir al miedo a la verdad, $ue a veces puede brotar del temor a 1erir a las personas. 7a verdad, $ue es *risto mismo )c%. Cn H, >/ # >?0, nos libera de cual$uier %orma de componenda con las mentiras interesadas. El juez $ue act4a verdaderamente como juez, es decir, con justicia, no se deja condicionar ni por sentimientos de %alsa compasin 1acia las personas, ni por %alsos modelos de pensamiento, aun$ue est2n di%undidos en el ambiente. 'abe $ue las sentencias injustas jam&s constitu#en una verdadera solucin pastoral, # $ue el juicio de +ios sobre su proceder eslo $ue cuenta para la eternidad. ?. Adem&s, el juez debe atenerse a las le#es cannicas, rectamente interpretadas. or eso, nunca debe perder de vista la cone"in intrnseca de las normas jurdicas con la doctrina de la (glesia. En e%ecto, a veces se pretende separar las le#es de la (glesia de las enseanzas del Pagisterio, como si pertenecieran a dos es%eras distintas, de las cuales slo la primera tendra %uerza jurdicamente vinculante, mientras $ue la segunda tendra meramente un valor de orientacin # e"1ortacin. Ese planteamiento revela, en el %ondo, una mentalidad positivista, $ue est& en contraposicin con la mejor tradicin jurdica cl&sica # cristiana sobre el derec1o. En realidad, la interpretacin aut2ntica de la palabra de +ios $ue realiza el Pagisterio de la (glesia )c%. +ei !erbum, ,50 tiene valor jurdico en la medida en $ue atae al &mbito del derec1o, sin $ue necesite de un ulterior paso %ormal para convertirse en vinculante jurdica # moralmente. Asimismo, para una sana 1ermen2utica jurdica es indispensable tener en cuenta el conjunto de las enseanzasde la (glesia, situando org&nicamente cada a%irmacin en el cauce de la tradicin. +e este modo se podr&n evitartanto las interpretaciones selectivas # distorsionadas como las crticas est2riles a algunos pasajes. or 4ltimo, un momento importante de la b4s$ueda de la verdad es el de la instruccin de la causa. Est& amenazada en su misma razn de ser, # degenera en puro %ormalismo, cuando el resultado del proceso se da pordescontado. Es verdad $ue tambi2n el deber de una justicia tempestiva %orma parte del servicio concreto de la verdad, # constitu#e un derec1o de las personas. *on todo, una %alsa celeridad, $ue va#a en detrimento de la verdad, es a4n m&s gravemente injusta. -. Quisiera concluir este encuentro d&ndoos las gracias de corazn a vosotros, prelados auditores, a los o%iciales, a los abogados # a todos los $ue trabajan en este Tribunal apostlico, as como a los miembros del Estudio rotal. La sab2is $ue pod2is contar con la oracin del apa # de muc1simas personas de buena voluntad $ue reconocen el valor de vuestra actividad al servicio de la verdad. El 'eor os recompensar& por vuestros es%uerzos diarios, no slo en la vida %utura, sino tambi2n #a en esta con la paz # la alegra de la conciencia, # con la estima # el apo#o de los $ue aman la justicia. A la vez $ue e"preso el deseo de $ue la verdad de la justicia resplandezca cada vez m&s en la (glesia # en vuestra vida, de corazn imparto a todos mi bendicin.10. JUAN PABLO II 2&.I.200% Amadsimos miembros del Tribunal de la Rota romana: ,. Pe alegra este encuentro anual con vosotros para la inauguracin del ao judicial. Pe brinda la ocasin propicia para rea%irmar la importancia de vuestro ministerio eclesial # la necesidad de vuestra actividad judicial. 'aludo cordialmente al *olegio de los prelados auditores, comenzando por el decano, monseor Ra%%aello Dung1ini, al $ue agradezco las pro%undas re%le"iones con las $ue 1a e"presado el sentido # el valor de vuestro trabajo. 'aludo tambi2n a los o%iciales, a los abogados # a los dem&s colaboradores de este tribunal apostlico, as como a los miembros del Estudio rotal # a todos los presentes. /. En los encuentros de los 4ltimos aos 1e tratado algunos aspectos %undamentales del matrimonio:su ndolenatural, su indisolubilidad # su dignidad sacramental. En realidad, a este tribunal de la 'ede apostlica llegan tambi2n otras causas de diversos tipos, de acuerdo con las normas establecidas por el *digo de derec1o cannico )c%. cc. ,AA>@,AAA0 # la constitucin apostlica astor bonus )c%. art. ,/?@,>50. ero, sobre todo, el Tribunal est& llamado a centrar su atencin en el matrimonio. or eso, 1o#, respondiendo tambi2n a las preocupaciones mani%estadas por el monseor decano, deseo 1ablar nuevamente de las causas matrimoniales con%iadas a vosotros #, en particular, de un aspecto jurdico@pastoral $ue emerge de ellas:aludo al %avor iuris de$ue goza el matrimonio, # a su relativa presuncin de validez en caso de duda, declarada por el canon ,5?5 del *digo latino # por el canon --9 del *digo de c&nones de las (glesias orientales. En e%ecto, a veces se escuc1an voces crticas al respecto. A algunos, esos principios les parecen vinculados a situaciones sociales # culturales del pasado, en las $ue la solicitud de casarse de %orma cannica presupona normalmente en los contra#entes la comprensin # la aceptacin de la verdadera naturaleza del matrimonio. +ebido a la crisis $ue, por desgracia, a%ecta actualmente a esta institucin en numerosos ambientes, les parece $ue a menudo debe ponerse en duda incluso la validez del consenso, a causa de los diversos tipos de incapacidad, o por la e"clusin de bienes esenciales. Ante esta situacin, los crticos mencionados se preguntan si no sera m&s justo presumir la invalidez del matrimonio contrado, # no su validez. +esde esta perspectiva, a%irman $ue el %avor matrimonii debera ceder el lugar al %avor personae, o al %avor veritatis subiecti o al %avor libertatis. >. ara valorar correctamente las nuevas posiciones, es oportuno, ante todo, descubrir el %undamento # los lmites del %avor al $ue se re%iere. En realidad, se trata de un principio $ue trasciende ampliamente la presuncin de validez, dado $ue in%orma todas las normas cannicas, tanto sustanciales como procesales, concernientes al matrimonio. En e%ecto, el apo#o al matrimonio debe inspirar toda la actividad de la (glesia, de los pastores # de los %ieles, de la sociedad civil, en una palabra, de todas las personas de buena voluntad. El %undamento de esta actitud no es una opcin m&s o menos opinable, sino el aprecio del bien objetivo representado por cada unin con#ugal # cada %amilia. recisamente cuando est& amenazado el reconocimiento personal # social de un bien tan %undamental, se descubre m&s pro%undamente su importancia para las personas # para las comunidades. A la luz de estas consideraciones, es evidente $ue el deber de de%ender # %avorecer el matrimonio correspondeciertamente, de manera particular, a los pastores sagrados, pero constitu#e tambi2n una precisa responsabilidad de todos los %ieles, m&s a4n, de todos los 1ombres # de las autoridades civiles, cada uno seg4n sus competencias. A. El %avor iuris de $ue goza el matrimonio implica la presuncin de su validez, si no se prueba lo contrario )c%. *digo de derec1o cannico, c. ,5?58 *digo de c&nones de las (glesias orientales, c. --90. ara captar el signi%icado de esta presuncin, conviene recordar, en primer lugar, $ue no representa una e"cepcin con respecto a una regla general en sentido opuesto. Al contrario, se trata de la aplicacin al matrimonio de una presuncin $ue constitu#e un principio %undamental de todo ordenamiento jurdico:los actos 1umanos de por s lcitos # $ue in%lu#en en las relaciones jurdicas se presumen v&lidos, aun$ue se admita obviamente la prueba de su invalidez )c%. *digo de derec1o cannico, c. ,/A, /8 *digo de c&nones de las (glesias orientales, c. 9>,, /0. Esta presuncin no puede interpretarse como mera proteccin de las apariencias o del status $uo en cuanto tal,puesto $ue est& prevista tambi2n, dentro de lmites razonables, la posibilidad de impugnar el acto. 'in embargo, lo $ue e"ternamente parece realizado de %orma correcta, en la medida en $ue entra en la es%era de la licitud, merece una consideracin inicial de validez # la consiguiente proteccin jurdica, puesto $ue ese punto de re%erencia e"terno es el 4nico del $ue realmente dispone el ordenamiento para discernir las situaciones $ue debetutelar. 'uponer lo opuesto, es decir, el deber de o%recer la prueba positiva de la validez de los actos respectivos,signi%icara e"poner a los sujetos a una e"igencia pr&cticamente imposible de cumplir. En e%ecto, la prueba debera incluir los m4ltiples presupuestos # re$uisitos del acto, $ue a menudo tienen notable e"tensin en el tiempo # en el espacio e implican una serie amplsima de personas # de actos precedentes # relacionados. .. ZQu2 decir, entonces, de la tesis seg4n la cual el %racaso mismo de la vida con#ugal debera 1acer presumir la invalidez del matrimonio[ or desgracia, la %uerza de este planteamiento errneo es a veces tan grande, $ue se trans%orma en un prejuicio generalizado, el cual lleva a buscar las pruebas de nulidad como meras justi%icaciones %ormales de un pronunciamiento $ue, en realidad, se apo#a en el 1ec1o emprico del %racaso matrimonial. Este %ormalismo injusto de $uienes se oponen al %avor matrimonii tradicional puede llegar a olvidar $ue, seg4n la e"periencia 1umana marcada por el pecado, un matrimonio v&lido puede %racasar a causa del uso e$uivocado de la libertad de los mismos cn#uges. 7a constatacin de las verdaderas nulidades debera llevar, m&s bien, a comprobar con ma#or seriedad, en el momento del matrimonio, los re$uisitos necesarios para casarse, especialmente los concernientes al consenso # las disposiciones reales de los contra#entes. 7os p&rrocos # los $ue colaboran con ellos en este &mbito tienen el grave deber de no ceder a una visin meramente burocr&tica de las investigaciones prematrimoniales, de las $ue1abla el canon ,5?-. 'u intervencin pastoral debe guiarse por la conviccin de $ue las personas, precisamente en a$uel momento, pueden descubrir el bien natural # sobrenatural del matrimonio #, por consiguiente, comprometerse a buscarlo. ?. En verdad, la presuncin de validez del matrimonio se sit4a en un conte"to m&s amplio. A menudo el verdadero problema no es tanto la presuncin de palabra, cuanto la visin global del matrimonio mismo #, por tanto, el proceso para certi%icar la validez de su celebracin. Este proceso es esencialmente inconcebible %uera del 1orizonte de la certi%icacin de la verdad. Esta re%erencia teleolgica a la verdad es lo $ue une a todos los protagonistas del proceso, a pesar de la diversidad de sus %unciones. Al respecto, se 1a insinuado un escepticismo m&s o menos abierto sobre la capacidad 1umana de conocer la verdad sobre la validez de un matrimonio. Tambi2n en este campo se necesita una renovada con%ianza en la razn 1umana, tanto por lo $ue respecta a los aspectos esenciales del matrimonio como por lo $ue concierne a las circunstancias particulares decada unin. 7a tendencia a ampliar instrumentalmente las nulidades, olvidando el 1orizonte de la verdad objetiva, conlleva una tergiversacin estructural de todo el proceso. +esde esta perspectiva, el sumario pierde su e%icacia,puesto $ue su resultado est& predeterminado. (ncluso la investigacin de la verdad, a la $ue el juez est& gravemente obligado e" o%%icio )c%. *digo de derec1o cannico, c. ,A./8 *digo de c&nones de las (glesias orientales, c. ,,,50 # para cu#a consecucin se sirve de la a#uda del de%ensor del vnculo # del abogado, resultara una sucesin de %ormalismos sin vida. +ado $ue en lugar de la capacidad de investigacin # de crticaprevalecera la construccin de respuestas predeterminadas, la sentencia perdera o atenuara gravemente su tensin constitutiva 1acia la verdad. *onceptos clave como los de certeza moral # libre valoracin de las pruebas perderan su necesario punto de re%erencia en la verdad objetiva )c%. *digo de derec1o cannico, c. ,?5H8 *digo de c&nones de las (glesias orientales, c. ,/9,0, $ue se renuncia a buscar o se considera inalcanzable. -. Lendo m&s a la raz, el problema atae a la concepcin del matrimonio, insertada, a su vez, en una visin global de la realidad. 7a dimensin esencial de justicia del matrimonio, $ue %undamenta su ser en una realidad intrnsecamente jurdica, se sustitu#e por puntos de vista empricos, de tipo sociolgico, psicolgico, etc., as como por varias modalidades de positivismo jurdico. 'in $uitar nada a las valiosas contribuciones $ue pueden o%recer la sociologa, la psicologa o la psi$uiatra, no se puede olvidar $ue una consideracin aut2nticamente jurdica del matrimonio re$uiere una visin meta%sica de la persona 1umana # de la relacin con#ugal. 'in este %undamento ontolgico, la institucin matrimonial se convierte en mera superestructura e"trnseca, %ruto de la le# # del condicionamiento social, $ue limita a la persona en su realizacin libre. En cambio, es preciso redescubrir la verdad, la bondad # la belleza de la institucin matrimonial $ue, al ser obra de +ios mismo a trav2s de la naturaleza 1umana # de la libertad del consenso de los cn#uges, permanece como realidad personal indisoluble, como vnculo de justicia # de amor, unido desde siempre al designio de la salvacin # elevado en la plenitud de los tiempos a la dignidad de sacramento cristiano. Esta es la realidad $ue la (glesia # el mundo deben %avorecer. Este es el verdadero %avor matrimonii. Al brindaros estas re%le"iones, deseo renovaros la e"presin de mi aprecio por vuestro delicado # arduo trabajo en la administracin de la justicia. *on estos sentimientos, a la vez $ue invoco la constante asistencia divina sobre cada uno de vosotros, $ueridos prelados auditores, o%iciales # abogados de la Rota romana, con a%ecto imparto a todos mi bendicin.11. JUAN PABLO II 30.I.2003 ,. 7a solemne inauguracin del ao judicial del Tribunal de la Rota romana me o%rece la oportunidad de renovar la e"presin de mi aprecio # mi gratitud por vuestro trabajo, amadsimos prelados auditores, promotores de justicia, de%ensores del vnculo, o%iciales # abogados. Agradezco cordialmente al monseor decano los sentimientos $ue 1a mani%estado en nombre de todos # las re%le"iones $ue 1a 1ec1o sobre la naturaleza # los %ines de vuestro trabajo. 7a actividad de vuestro tribunal 1a sido siempre mu# apreciada por mis venerados predecesores, los cuales 1an subra#ado sin cesar $ue administrar la justicia en la Rota romana constitu#e una participacin directa en un aspecto importante de las %unciones del astor de la (glesia universal. +e a1 el valor particular, en el &mbito eclesial, de vuestras decisiones, $ue constitu#en, como a%irm2 en la astor bonus, un punto de re%erencia seguro # concreto para la administracin de la justicia en la (glesia )c%. art.,/?0. /. Teniendo presente el marcado predominio de las causas de nulidad de matrimonio remitidas a la Rota, el monseor decano 1a destacado la pro%unda crisis $ue a%ecta actualmente al matrimonio # a la %amilia. Vn dato importante $ue brota del estudio de las causas es el o%uscamiento entre los contra#entes de lo $ue conlleva, en la celebracin del matrimonio cristiano, la sacramentalidad del mismo, descuidada 1o# con muc1a %recuencia en su signi%icado ntimo, en su intrnseco valor sobrenatural # en sus e%ectos positivos sobre la vida con#ugal. +espu2s de 1aber 1ablado en los aos precedentes de la dimensin natural del matrimonio, $uisiera 1o# atraervuestra atencin 1acia la peculiar relacin $ue el matrimonio de los bautizados tiene con el misterio de +ios, una relacin $ue, enlaAlianzanueva # de%initiva en *risto, asume la dignidad de sacramento. 7a dimensin natural # la relacin con +ios no son dos aspectos #u"tapuestos8 al contrario, est&n unidos tan ntimamente como la verdad sobre el 1ombre # la verdad sobre +ios. Este tema me interesa particularmente:vuelvo a 2l en este conte"to, entre otras cosas, por$ue la perspectiva de la comunin del 1ombre con +ios es mu# 4til, m&s a4n, es necesaria para la actividad misma delos jueces, delosabogados # de todos los agentes del derec1o en la (glesia. >. El ne"o entre la secularizacin # la crisis del matrimonio # de la %amilia es mu# evidente. 7a crisis sobre el sentido de +ios#sobre el sentido del bien # del mal moral 1a llegado a o%uscar el conocimiento de los principios b&sicos del matrimonio mismo # de la %amilia $ue en 2l se %unda. ara una recuperacin e%ectiva de la verdad en este campo, es preciso redescubrir la dimensin trascendente $ue es intrnseca a la verdad plena sobre el matrimonio # sobre la %amilia, superando toda dicotoma orientada aseparar los aspectos pro%anos de los religiosos, como si e"istieran dos matrimonios:uno pro%ano # otro sagrado. X*re +ios al ser 1umano a imagen su#a, a imagen de +ios lo cre, varn # 1embra los creX )Tn ,, /-0. 7a imagen de +ios se encuentra tambi2n en la dualidad 1ombre@mujer # en su comunin interpersonal. or eso, la trascendencia es in1erente al ser mismo del matrimonio, #a desde el principio, por$ue lo es en la misma distincin natural entre el 1ombre # la mujer en el orden de la creacin. Al ser Xuna sola carneX )Tn /, /A0, el 1ombre # la mujer, tanto en su a#uda recproca como en su %ecundidad, participan en algo sagrado # religioso, como puso mu# bien de relieve, re%iri2ndose a la conciencia de los pueblos antiguos sobre el matrimonio, la encclica Arcanum divinae sapientiae de mi predecesor 7en Q((( ),5 de %ebrero de ,HH5, en 7eonis Q((( .P. Acta, vol. ((, p. //0. Al respecto, a%irmaba $ue el matrimonio Xdesde el principio 1a sido casi un %igura )adumbratio0 de la encarnacin del !erbo de +iosX )ib.0. En el estado de inocencia originaria, Ad&n # Eva tenan #a el don sobrenatural de la gracia. +e este modo, antes de $ue la encarnacin del !erbo se realizara 1istricamente, su e%icacia de santidad #a actuaba en la 1umanidad. A. 7amentablemente, por e%ecto del pecado original, lo $ue es natural en la relacin entre el 1ombre # la mujercorre el riesgo de vivirse de un modo no con%orme al plan # a la voluntad de +ios, # alejarse de +ios implica depor s una des1umanizacin proporcional de todas las relaciones %amiliares. ero en la Xplenitud de los tiemposX, Ces4s mismo restableci el designio primordial sobre el matrimonio )c%. Pt ,9, ,@,/0, # as, en el estado de naturaleza redimida, la unin entre el 1ombre # la mujer no slo puede recobrar la santidad originaria,liber&ndose del pecado, sino $ue tambi2n $ueda insertada realmente en el mismo misterio de la alianza de *risto con la (glesia. 7a carta de san ablo a los E%esios vincula la narracin del T2nesis con este misterio:Xor eso deja el 1ombre a su padre # a su madre # se une a su mujer, # se 1acen una sola carneX )Tn /, /A0. XTran misterio es este8 lo digo con respecto a *risto # a la (glesiaX )E% ., >/0. El ne"o intrnseco entre el matrimonio, instituido al principio, # la unin del !erbo encarnado con la (glesia se muestra en toda su e%icacia salv%ica mediante el concepto de sacramento. El concilio !aticano (( e"presa esta verdad de %e desde el punto de vista de las mismas personas casadas:X7os esposos cristianos, con la %uerza del sacramento del matrimonio, por el $ue representan # participan del misterio de la unidad # del amor %ecundo entre *risto # su (glesia )c%. E% ., >/0, se a#udan mutuamente a santi%icarse con la vida matrimonial # con la acogida # educacin de los 1ijos. or eso tienen en su modo # estado de vida su carisma propio dentro del pueblo de +iosX )7umen gentium, ,,0. (nmediatamente despu2s, el *oncilio presenta la unin entre el orden natural # el orden sobrenatural tambi2n con re%erencia a la %amilia, inseparable del matrimonio # considerada como Xiglesia dom2sticaX )c%. ib.0. .. 7a vida # la re%le"in cristiana encuentran en esta verdad una %uente inagotable de luz. En e%ecto, la sacramentalidad del matrimonio constitu#e una senda %ecunda para penetrar en el misterio de las relaciones entre la naturaleza 1umana # la gracia. En el 1ec1o de $ue el mismo matrimonio del principio 1a#a llegado a ser en la nueva 7e# signo e instrumento de la gracia de *risto se mani%iesta claramente la trascendencia constitutiva de todo lo $ue pertenece al ser de la persona 1umana #, en particular, a su ndole relacional natural seg4n la distincin # la complementariedad entre el 1ombre # la mujer. 7o 1umano # lo divino se entrelazan de modo admirable. 7a mentalidad actual, %uertemente secularizada, tiende a a%irmar los valores 1umanos de la institucin %amiliarsepar&ndolos de los valores religiosos # proclam&ndolos totalmente autnomos de +ios. 'ugestionada por los modelos de vida propuestos con demasiada %recuencia por los medios de comunicacin social, se pregunta:XZor $ue un cn#uge debe ser siempre %iel al otro[X, # esta pregunta se trans%orma en duda e"istencial en las situaciones crticas. 7as di%icultades matrimoniales pueden ser de di%erentes tipos, pero todas desembocan al %inal en un problema de amor. or eso, la pregunta anterior se puede volver a %ormular as:Zor $u2 es preciso amar siempre al otro, incluso cuando muc1os motivos, aparentemente justi%icados, induciran a dejarlo[ 'e pueden dar muc1as respuestas, entre las cuales, sin duda alguna, tienen muc1a %uerza el bien de los 1ijos # el bien de la sociedad entera, pero la respuesta m&s radical pasa ante todo por el reconocimiento de la objetividad del 1ec1o de ser esposos, considerado como don recproco, 1ec1o posible # avalado por +ios mismo. or eso, la razn 4ltima del deber de amor %iel es la $ue est& en la base de la alianza divina con el 1ombre:^+ios es %iel_ or consiguiente, para 1acer posible la %idelidad de corazn al propio cn#uge, incluso en los casos m&s duros, es necesario recurrir a +ios, con la certeza de recibir su a#uda. or lo dem&s, la senda de la %idelidad mutua pasa por la apertura a la caridad de *risto, $ue Xdisculpa sin lmites, cree sin lmites, espera sin lmites, aguanta sin lmitesX ), *o ,>, -0. En todo matrimonio se 1ace presente el misterio de la redencin, realizada mediante una participacin real en la cruz del 'alvador, seg4n la paradoja cristiana $ue unela %elicidad a la aceptacin del dolor con espritu de %e. ?. +e estos principios se pueden sacar muc1as consecuencias pr&cticas, de ndole pastoral, moral # jurdica. Pe limito a enunciar algunas, relacionadas de modo especial con vuestra actividad judicial. Ante todo, no pod2is olvidar nunca $ue ten2is en vuestras manos el gran misterio del $ue 1abla san ablo )c%. E% ., >/0, tanto cuando se trata de un sacramento en sentido estricto, como cuando ese matrimonio lleva en s la ndole sagrada del principio, pues est& llamado a convertirse en sacramento mediante el bautismo de los dos esposos. 7a consideracin de la sacramentalidad pone de relieve la trascendencia de vuestra %uncin, el vnculo $ue la une operativamente a la economa salv%ica. or consiguiente, el sentido religioso debe impregnar todo vuestro trabajo. +esde los estudios cient%icos sobre esta materia 1asta la actividad diaria en la administracin de la justicia, no 1a# espacio en la (glesia para una visin meramente inmanente # pro%ana del matrimonio, simplemente por$ue esta visin no es verdadera ni teolgica ni jurdicamente. -. +esde esta perspectiva es preciso, por ejemplo, tomar mu# en serio la obligacin $ue el canon ,?-? impone%ormalmente al juez de %avorecer o buscar activamente la posible convalidacin del matrimonio # la reconciliacin. *omo es natural, la misma actitud de apo#o al matrimonio # a la %amilia debe reinar antes del recurso a los tribunales:en la asistencia pastoral 1a# $ue iluminar pacientemente las conciencias con la verdad sobre el deber trascendente de la %idelidad, presentada de modo %avorable # atractivo. En la obra $ue se realiza con vistas a una superacin positiva de los con%lictos matrimoniales, # en la a#uda a los %ieles en situacin matrimonial irregular, es preciso crear una sinergia $ue impli$ue a todos en la (glesia:a los pastores de almas, a los juristas, a los e"pertos en ciencias psicolgicas # psi$ui&tricas, as como a los dem&s %ieles, de modo particular a los casados # con e"periencia de vida. Todos deben tener presente $ue se trata de una realidad sagrada # de una cuestin $ue atae a la salvacin de las almas. H. 7a importancia de la sacramentalidad del matrimonio, # la necesidad de la %e para conocer # vivir plenamente esta dimensin, podran tambi2n dar lugar a algunos e$uvocos, tanto en la admisin al matrimonio como en el juicio sobre su validez. 7a (glesia no rec1aza la celebracin del matrimonio a $uien est& bien dispuesto, aun$ue est2 imper%ectamente preparado desde el punto de vista sobrenatural, con tal de $ue tenga la recta intencin de casarse seg4n la realidad natural del matrimonio. En e%ecto, no se puede con%igurar, junto al matrimonio natural, otro modelo de matrimonio cristiano con re$uisitos sobrenaturales espec%icos. Io se debe olvidar esta verdad en el momento de delimitar la e"clusin de la sacramentalidad )c%. canon ,,5,, /0 # el error determinante acerca de la dignidad sacramental )c%. canon ,5990 como posibles motivos de nulidad. En ambos casos es decisivo tener presente $ue una actitud de los contra#entes $ue no tenga en cuenta la dimensin sobrenatural en el matrimonio puede anularlo slo si niega su validez en el plano natural, en el $uese sit4a el mismo signo sacramental. 7a (glesia catlica 1a reconocido siempre los matrimonios entre no bautizados, $ue se convierten en sacramento cristiano mediante el bautismo de los esposos, # no tiene dudas sobre la validez del matrimonio de un catlico con una persona no bautizada, si se celebra con la debida dispensa. 9. Al t2rmino de este encuentro, mi pensamiento se dirige a los esposos # a las %amilias, para invocar sobre ellos la proteccin de la !irgen. Tambi2n en esta ocasin me complace repetir la e"1ortacin $ue les dirig en lacarta apostlica Rosarium !irginis Pariae:X7a %amilia $ue reza unida, permanece unida. El santo rosario, por antigua tradicin, es una oracin $ue se presta particularmente para reunir a la %amiliaX )n. A,0. A todos vosotros, $ueridos prelados auditores, o%iciales # abogados de la Rota romana, os imparto con a%ecto mi bendicin.12. JUAN PABLO II 2(.I.2002 ,. +o# vivamente las gracias al monseor decano, $ue, interpretando bien vuestros sentimientos # vuestras preocupaciones, con breves observaciones # datos concretos 1a destacado vuestro trabajo diario # las graves # complejas cuestiones, objeto de vuestros juicios. 7a solemne inauguracin del ao judicial me brinda la grata ocasin de un cordial encuentro con cuantos trabajan en el Tribunal de la Rota romana @prelados auditores, promotores de justicia, de%ensores del vnculo, o%iciales # abogados@, para mani%estarles mi gratitud, mi estima # mi aliento. 7a administracin de la justicia enel seno de la comunidad cristiana es un servicio valioso, por$ue constitu#e la premisa indispensable para una caridad aut2ntica. *omo 1a subra#ado el monseor decano, vuestra actividad judicial atae sobre todo a las causas de nulidad del matrimonio. En esta materia, junto con los dem&s tribunales eclesi&sticos # con una %uncin especialsima entre ellos, $ue subra#2 en la astor bonus )c%. art. ,/?0, constitus una mani%estacin institucional espec%ica dela solicitud de la (glesia al juzgar, con%orme a la verdad # a la justicia, la delicada cuestin concerniente a la e"istencia, o no, de un matrimonio. Esta tarea de los tribunales en la (glesia se sit4a, como contribucin imprescindible, en el marco de toda la pastoral matrimonial # %amiliar. recisamente la perspectiva de la pastoralidad e"ige un es%uerzo constante de pro%undizacin de la verdad sobre el matrimonio # la %amilia, tambi2n como condicin necesaria para la administracin de la justicia en este campo. /. 7as propiedades esenciales del matrimonio @la unidad # la indisolubilidad )c%. *digo de derec1o cannico,c. ,5.?8 *digo de c&nones de las (glesias orientales, c. --?,>0@ o%recen la oportunidad para una provec1osa re%le"in sobre el matrimonio mismo. or eso 1o#, continuando el tema de mi discurso del ao /555 acerca de la indisolubilidad )c%. AA' 9/ .5@>..0, deseo considerar la indisolubilidad como bien para los esposos,para los 1ijos, para la (glesia # para la 1umanidad entera. Es importante la presentacin positiva de la unin indisoluble, para redescubrir su bien # su belleza. Ante todo, es preciso superar la visin de la indisolubilidad como un lmite a la libertad de los contra#entes, # por tanto como un peso, $ue a veces puede resultar insoportable. En esta concepcin, la indisolubilidad se ve como le# e"trnseca al matrimonio, como XimposicinX de una norma contra las XlegtimasX e"pectativas de una ulterior realizacin de la persona. A esto se aade la idea, bastante di%undida, seg4n la cual el matrimonio indisoluble sera propio de los cre#entes, por lo cual ellos no pueden pretender XimponerloX a la sociedad civil en su conjunto. >. ara dar una respuesta v&lida # e"1austiva a este problema es necesario partir de la palabra de +ios. ienso concretamente en el pasaje del evangelio de san Pateo $ue recoge el di&logo de Ces4s con algunos %ariseos, # despu2s con sus discpulos, acerca del divorcio )c%. Pt ,9, >@,/0. Ces4s supera radicalmente las discusiones de entonces sobre los motivos $ue podan autorizar el divorcio, a%irmando:XPois2s, teniendo en cuenta la dureza de vuestro corazn, os permiti repudiar a vuestras mujeres8 pero al principio no %ue asX )Pt ,9, H0. 'eg4n la enseanza de Ces4s, es +ios $uien 1a unido en el vnculo con#ugal al 1ombre # a la mujer. *iertamente, esta unin tiene lugar a trav2s del libre consentimiento de ambos, pero este consentimiento 1umano se da a un designio $ue es divino. En otras palabras, es la dimensin natural de la unin #, m&s concretamente, la naturaleza del 1ombre modelada por +ios mismo, la $ue proporciona la clave indispensable de lectura de las propiedades esenciales del matrimonio. 'u ulterior %ortalecimiento en el matrimonio cristiano atrav2s del sacramento )c%. *digo de derec1o cannico, c. ,5.?0 se apo#a en un %undamento de derec1o natural,sin el cual sera incomprensible la misma obra salv%ica # la elevacin $ue *risto realiz una vez para siempre con respecto a la realidad con#ugal. A. A este designio divino natural se 1an con%ormado innumerables 1ombres # mujeres de todos los tiempos # lugares, tambi2n antes de la venida del 'alvador, # se con%orman despu2s de su venida muc1os otros, incluso sin saberlo. 'u libertad se abre al don de +ios, tanto en el momento de casarse como durante toda su vida con#ugal. 'in embargo, e"iste siempre la posibilidad de rebelarse contra ese designio de amor:se mani%iesta entonces la Xdureza de coraznX )c%. Pt ,9, H0 por la $ue Pois2s permiti el repudio, pero $ue *risto venci de%initivamente. A esas situaciones es necesario responder con la 1umilde valenta de la %e, de una %e $ue sostiene # corrobora a la razn misma, para permitirle dialogar con todos, buscando el verdadero bien de la persona 1umana # de la sociedad. *onsiderar la indisolubilidad no como una norma jurdica natural, sino como un simple ideal, desvirt4a el sentido de la ine$uvoca declaracin de Cesucristo, $ue rec1az absolutamente el divorcio, por$ue Xal principio no %ue asX )Pt ,9, H0. El matrimonio XesX indisoluble:esta propiedad e"presa una dimensin de su mismo ser objetivo8 no es un mero 1ec1o subjetivo. En consecuencia, el bien de la indisolubilidad es el bien del matrimonio mismo8 # la incomprensin de su ndole indisoluble constitu#e la incomprensin del matrimonio en su esencia. +e a$u se desprende $ue el XpesoX de la indisolubilidad # los lmites $ue implica para la libertad 1umana no son, por decirlo as, m&s $ue el reverso de la medalla con respecto al bien # a las potencialidades nsitas en la institucin %amiliar como tal. +esde esta perspectiva, no tiene sentido 1ablar de XimposicinX por parte de la le# 1umana, puesto $ue esta debe re%lejar # tutelar la le# natural # divina, $ue es siempre verdad liberadora )c%. Cn H, >/0. Actuar con comprensin claridad # %ortaleza .. Esta verdad sobre la indisolubilidad del matrimonio, como todo el mensaje cristiano, est& destinada a los 1ombres # a las mujeres de todos los tiempos # lugares. ara $ue eso se realice, es necesario $ue esta verdad sea testimoniada por la (glesia #, en particular, por cada %amilia como Xiglesia dom2sticaX, en la $ue el esposo # la esposa se reconocen mutuamente unidos para siempre, con un vnculo $ue e"ige un amor siempre renovado, generoso # dispuesto al sacri%icio. Io 1a# $ue rendirse ante la mentalidad divorcista:lo impide la con%ianza en los dones naturales # sobrenaturales de +ios al 1ombre. 7a actividad pastoral debe sostener # promover la indisolubilidad. 7os aspectos doctrinales se 1an de transmitir, clari%icar # de%ender, pero m&s importantes a4n son las acciones co1erentes. *uando un matrimonio atraviesa di%icultades, los pastores # los dem&s %ieles, adem&s de tener comprensin, deben recordarles con claridad # %ortaleza $ue el amor con#ugal es el camino para resolver positivamente la crisis. recisamente por$ue +ios los 1a unido mediante un vnculo indisoluble, el esposo # la esposa, empleando todos sus recursos 1umanos con buena voluntad, pero sobre todo con%iando en la a#uda de la gracia divina, pueden # deben salir renovados # %ortalecidos de los momentos de e"travo. ?. *uando se considera la %uncin del derec1o en las crisis matrimoniales, con demasiada %recuencia se piensacasi e"clusivamente en los procesos $ue sancionan la nulidad matrimonial o la disolucin del vnculo. Esta mentalidad se e"tiende a veces tambi2n al derec1o cannico, $ue aparece as como el camino para encontrar soluciones de conciencia a los problemas matrimoniales de los %ieles. Esto tiene parte de verdad, pero esas posibles soluciones se deben e"aminar de modo $ue la indisolubilidad del vnculo, cuando resulte contrado v&lidamente, se siga salvaguardando. P&s a4n, la actitud de la (glesia es %avorable a convalidar, si es posible, los matrimonios nulos )c%. *digo de derec1o cannico, c. ,?-?8 *digo de c&nones de las (glesias orientales, c. ,>?/0. Es verdad $ue la declaracin de nulidad matrimonial, seg4n la verdad ad$uirida a trav2s del proceso legtimo, devuelve la paz a las conciencias, pero esa declaracin @# lo mismo vale para la disolucin del matrimonio rato # no consumado # para el privilegio de la %e@ debe presentarse # actuarse en un &mbito eclesial pro%undamente a %avor del matrimonio indisoluble # de la %amilia %undada en 2l. 7os esposos mismos deben ser los primeros en comprender $ue slo en la b4s$ueda leal de la verdad se encuentra su verdadero bien, sin e"cluir a priori la posible convalidacin de una unin $ue, aun sin ser todava matrimonial, contiene elementos de bien, para ellos# para los 1ijos, $ue se 1an de valorar atentamente en conciencia antes de tomar una decisin di%erente. -. 7a actividad judicial de la (glesia, $ue en su especi%icidad es tambi2n actividad verdaderamente pastoral, seinspira en el principio de la indisolubilidad del matrimonio # tiende a garantizar su e%ectividad en el pueblo de +ios. En e%ecto, sin los procesos # las sentencias de los tribunales eclesi&sticos, la cuestin sobre la e"istencia, o no, de un matrimonio indisoluble de los %ieles se relegara 4nicamente a la conciencia de los mismos, con el peligro evidente de subjetivismo, especialmente cuando en la sociedad civil 1a# una pro%unda crisis de la institucin del matrimonio. Toda sentencia justa de validez o nulidad del matrimonio es una aportacin a la cultura de la indisolubilidad, tanto en la (glesia como en el mundo. 'e trata de una contribucin mu# importante # necesaria. En e%ecto, se sit4a en un plano inmediatamente pr&ctico, dando certeza no slo a cada una de las personas implicadas, sino tambi2n a todos los matrimonios # a las %amilias. En consecuencia, la injusticia de una declaracin de nulidad, opuesta a la verdad de los principios normativos # de los 1ec1os, reviste particular gravedad, dado $ue su relacin o%icial con la (glesia %avorece la di%usin de actitudes en las $ue la indisolubilidad se sostiene con palabras pero se o%usca en la vida. A veces, en estos aos, se 1a obstaculizado el tradicional X%avor matrimoniiX, en nombre de un X%avor libertatisX o X%avor personaeX. En esta dial2ctica es obvio $ue el tema de %ondo es el de la indisolubilidad, pero la anttesis es m&s radical a4n por$ue concierne a la verdad misma sobre el matrimonio, relativizada m&s o menos abiertamente. *ontra la verdad de un vnculo con#ugal no es correcto invocar la libertad de los contra#entes $ue, al asumirlo libremente, se 1an comprometido a respetar las e"igencias objetivas de la realidadmatrimonial, la cual no puede ser alterada por la libertad 1umana. or tanto, la actividad judicial debe inspirarseen un X%avor indissolubilitatisX, el cual, obviamente, no entraa prejuicio contra las justas declaraciones de nulidad, sino la conviccin operativa sobre el bien $ue est& en juego en los procesos, as como el optimismo siempre renovado $ue proviene de la ndole natural del matrimonio # del apo#o del 'eor a los esposos. H. 7a (glesia # todo cristiano deben ser luz del mundo:XBrille as vuestra luz delante de los 1ombres, para $ue vean vuestras buenas obras # glori%i$uen a vuestro adre $ue est& en los cielosX )Pt ., ,?0. Estas palabras de Ces4s se pueden aplicar 1o# de %orma singular al matrimonio indisoluble. odra parecer $ue el divorcio est& tan arraigado en ciertos ambientes sociales, $ue casi no vale la pena seguir combati2ndolo mediante la di%usin de una mentalidad, una costumbre social # una legislacin civil %avorable a la indisolubilidad. L, sin embargo, ^vale la pena_ En realidad, este bien se sit4a precisamente en la base de toda la sociedad, como condicin necesaria de la e"istencia de la %amilia. or tanto, su ausencia tiene consecuencias devastadoras, $ue se propagan en el cuerpo social como una plaga @seg4n el t2rmino $ue us el concilio !aticano (( para describir el divorcio )c%. Taudium et spes, A-0@, e in%lu#en negativamente en las nuevas generaciones, ante las cuales se o%usca la belleza del verdadero matrimonio. 9. El testimonio esencial sobre el valor de la indisolubilidad se da mediante la vida matrimonial de los esposos, en la %idelidad a su vnculo a trav2s de las alegras # las pruebas de la vida. ero el valor de la indisolubilidad no puede considerarse objeto de una mera opcin privada:atae a uno de los %undamentos de lasociedad entera. or tanto, as como es preciso impulsar las numerosas iniciativas $ue los cristianos promueven,junto con otras personas de buena voluntad, por el bien de las %amilias )por ejemplo, las celebraciones de los aniversarios de boda0, del mismo modo 1a# $ue evitar el peligro del permisivismo en cuestiones de %ondo concernientes a la esencia del matrimonio # de la %amilia )c%. *arta a las %amilias, ,-0. Entre esas iniciativas no pueden %altar las $ue se orientan al reconocimiento p4blico del matrimonio indisoluble en los ordenamientos jurdicos civiles )c%. ib.0. 7a oposicin decidida a todas las medidas legales # administrativas $ue introduzcan el divorcio o e$uiparen las uniones de 1ec1o, incluso las 1omose"uales, al matrimonio 1a de ir acompaada por una actitud de proponer medidas jurdicas $ue tiendan a mejorar el reconocimiento social del matrimonio verdadero en el &mbito de los ordenamientos $ue, lamentablemente, admiten el divorcio. or otra parte, los agentes del derec1o en campo civil deben evitar implicarse personalmente en lo $ue conlleve una cooperacin al divorcio. ara los jueces esto puede resultar di%cil, #a $ue los ordenamientos no reconocen una objecin de conciencia para e"imirlos de sentenciar. As pues, por motivos graves # proporcionados pueden actuar seg4n los principios tradicionales de la cooperacin material al mal. ero tambi2n ellos deben encontrar medios e%icaces para %avorecer las uniones matrimoniales, sobre todo mediante una labor de conciliacin sabiamente realizada. 7os abogados, como pro%esionales libres, deben declinar siempre el uso de su pro%esin para una %inalidad contraria a la justicia, como es el divorcio8 slo pueden colaborar en una accin en este sentido cuando, en la intencin del cliente, no se oriente a la ruptura del matrimonio, sino a otros e%ectos legtimos $ue slo pueden obtenerse mediante esta va judicial en un determinado ordenamiento )c%. *atecismo de la (glesia catlica, n. />H>0. +e este modo, con su obra de a#uda # paci%icacin de las personas $ue atraviesan crisis matrimoniales, los abogados sirven verdaderamente a los derec1os de las mismas, # evitan convertirse en meros t2cnicos al servicio de cual$uier inter2s. ,5. A la intercesin de Para, Reina de la %amilia # Espejo de justicia, encomiendo el crecimiento de la conciencia de todos sobre el bien de la indisolubilidad del matrimonio. A ella le encomiendo, adem&s, el compromiso de la (glesia # de sus 1ijos, as como el de muc1as otras personas de buena voluntad, en esta causa tan decisiva para el %uturo de la 1umanidad. *on estos deseos, invocando la asistencia divina sobre vuestra actividad, $ueridos prelados auditores, o%iciales # abogados de la Rota romana, a todos imparto con a%ecto mi bendicin.13. JUAN PABLO II 1.II.2001 ,. 7a inauguracin del nuevo ao judicial del Tribunal de la Rota romana me brinda una ocasin propicia paraencontrarme una vez m&s con vosotros. Al saludar con a%ecto a todos los presentes, me complace particularmente e"presaros, $ueridos prelados auditores, o%iciales # abogados, mi m&s sincero aprecio por el prudente # arduo trabajo $ue realiz&is en la administracin de la justicia al servicio de esta 'ede apostlica. *ongran competencia est&is comprometidos en la tutela de la santidad e indisolubilidad del matrimonio #, en de%initiva, de los sagrados derec1os de la persona 1umana, seg4n la tradicin secular del glorioso Tribunal rotal. +o# las gracias a monseor decano, $ue se 1a 1ec1o int2rprete # portavoz de vuestros sentimientos # de vuestra %idelidad. 'us palabras nos 1an 1ec1o revivir oportunamente el gran jubileo, reci2n concluido. /. En e%ecto, las %amilias 1an %igurado entre los grandes protagonistas de las jornadas jubilares, como a%irm2 en la carta apostlica Iovo millennio ineunte )c%. n. ,50. En ella record2 los riesgos a los $ue est& e"puesta la institucin %amiliar, subra#ando $ue Xin 1anc potissimam institutionem di%%usum absolutum$ue discrimen irrumpitX )n. A-:Xse est& constatando una crisis generalizada # radical de esta institucin %undamentalX0. Vno de los desa%os m&s arduos $ue a%ronta 1o# la (glesia es el de una di%undida cultura individualista $ue, como 1a dic1o mu# bien monseor decano, tiende a circunscribir # con%inar el matrimonio # la %amilia al &mbito privado. or tanto, considero oportuno volver a tocar esta maana algunos temas de los $ue trat2 en nuestros encuentros anteriores )c%. +iscursos a la Rota del /H de enero de ,99,:AA' H> , c%. 7YSsservatore Romano, edicin en lengua espaola, , de %ebrero de ,99,, p. 98 # del /, de enero de ,999:AA'9, 0, para rea%irmar la enseanza tradicional sobre la dimensin natural del matrimonio # de la %amilia. El magisterio eclesi&stico # la legislacin cannica contienen abundantes re%erencias a la ndole natural del matrimonio. El concilio !aticano ((, en la Taudium et spes, despu2s de rea%irmar $ue Xel mismo +ios es el autordel matrimonio, al $ue 1a dotado con varios bienes # %inesX )n. AH0, a%ronta algunos problemas de moralidad matrimonial, remiti2ndose a Xcriterios objetivos, tomados de la naturaleza de la persona # de sus actosX )n. .,0. A su vez, los dos *digos $ue promulgu2, al %ormular la de%inicin del matrimonio, a%irman $ue el Xconsortiumtotius vitaeX est& Xordenado por su misma ndole natural al bien de los cn#uges # a la generacin # educacin de la proleX )*digo de derec1o cannico, c. ,5..8 *digo de c&nones de las (glesias orientales, c. --?,,0. En el clima creado por una secularizacin cada vez m&s marcada # por una concepcin totalmente privatista del matrimonio # de la %amilia, no slo se descuida esta verdad, sino $ue tambi2n se la contesta abiertamente. >. 'e 1an acumulado muc1os e$uvocos en torno a la misma nocin de XnaturalezaX. 'obre todo, se 1a olvidado el concepto meta%sico, al $ue precisamente 1acen re%erencia los documentos de la (glesia citados antes. or otra parte, se tiende a reducir lo $ue es espec%icamente 1umano al &mbito de la cultura, reivindicando una creatividad # una operatividad de la persona completamente autnomas tanto en el plano individual como en el social. +esde este punto de vista, lo natural sera puro dato %sico, biolgico # sociolgico, $ue se puede manipular mediante la t2cnica seg4n los propios intereses. Esta contraposicin entre cultura # naturaleza deja a la cultura sin ning4n %undamento objetivo, a merced del arbitrio # del poder. Esto se observa de modo mu# claro en las tentativas actuales de presentar las uniones de 1ec1o, incluidas las 1omose"uales, como e$uiparables al matrimonio, cu#o car&cter natural precisamente se niega. Esta concepcin meramente emprica de la naturaleza impide radicalmente comprender $ue el cuerpo 1umanono es algo e"trnseco a la persona, sino $ue constitu#e, junto con el alma espiritual e inmortal, un principio intrnseco del ser unitario $ue es la persona 1umana. Esto es lo $ue ilustr2 en la encclica !eritatis splendor )c%. nn. [email protected]:AA' H. = ,,?9@,,-A0, en la $ue subra#2 la relevancia moral de esa doctrina, tan importante para el matrimonio # la %amilia. En e%ecto, se puede buscar %&cilmente en %alsos espiritualismos una presunta con%irmacin de lo $ue es contrario a la realidad espiritual del vnculo matrimonial. A. *uando la (glesia ensea $ue el matrimonio es una realidad natural, propone una verdad evidenciada por la razn para el bien de los esposos # de la sociedad, # con%irmada por la revelacin de nuestro 'eor, $ue e"plcitamente pone en ntima cone"in la unin matrimonial con el XprincipioX )c%. Pt ,9, A@H0 del $ue 1abla el libro del T2nesis:X7os cre varn # mujerX )Tn ,, /-0, # Xlos dos ser&n una sola carneX )Tn /, /A0. 'in embargo, el 1ec1o de $ue el dato natural sea con%irmado # elevado de %orma autorizada a sacramento por nuestro 'eor no justi%ica en absoluto la tendencia, por desgracia 1o# mu# di%undida, a ideologizar la nocin del matrimonio @naturaleza, propiedades esenciales # %ines@, reivindicando una concepcin diversa # v&lida de parte de un cre#ente o de un no cre#ente, de un catlico o de un no catlico, como si el sacramento %uera una realidad sucesiva # e"trnseca al dato natural # no el mismo dato natural, evidenciado por la razn, asumido # elevado por *risto como signo # medio de salvacin. El matrimonio no es una unin cual$uiera entre personas 1umanas, susceptible de con%igurarse seg4n una pluralidad de modelos culturales. El 1ombre # la mujer encuentran en s mismos la inclinacin natural a unirse con#ugalmente. ero el matrimonio, como precisa mu# bien santo Tom&s de A$uino, es natural no por ser Xcausado necesariamente por los principios naturalesX, sino por ser una realidad Xa la $ue inclina la naturaleza, pero $ue se realiza mediante el libre arbitrioX )'umma T1eol. 'uppl., $. A,, a. ,, in c.0. or tanto, es sumamente tergiversadora toda contraposicin entre naturaleza # libertad, entre naturaleza # cultura. Al e"aminar la realidad 1istrica # actual de la %amilia, a menudo se tiende a poner de relieve las di%erencias, para relativizar la e"istencia misma de un designio natural sobre la unin entre el 1ombre # la mujer. En cambio, resulta m&s realista constatar $ue, adem&s de las di%icultades, los lmites # las desviaciones, en el 1ombre # en la mujer e"iste siempre una inclinacin pro%unda de su ser $ue no es %ruto de su inventiva # $ue, en sus rasgos %undamentales, trasciende ampliamente las di%erencias 1istrico@culturales. En e%ecto, el 4nico camino a trav2s del cual puede mani%estarse la aut2ntica ri$ueza # la variedad de todo lo $ue es esencialmente 1umano es la %idelidad a las e"igencias de la propia naturaleza. L tambi2n en el matrimonio la deseada armona entre diversidad de realizaciones # unidad esencial no es slo una 1iptesis, sino $ue est& garantizada por la %idelidad vivida a las e"igencias naturales de la persona. or lo dem&s, el cristiano sabe $ue para ello puede contar con la %uerza de la gracia, capaz de sanar la naturaleza 1erida por el pecado. .. El Xconsortium totius vitaeX e"ige la entrega recproca de los esposos )c%. *digo de derec1o cannico, c. ,5.-,/8 *digo de c&nones de las (glesias orientales, c. H,-, ,0. ero esta entrega personal necesita un principio de especi%icidad # un %undamento permanente. 7a consideracin natural del matrimonio nos permite ver $ue los esposos se unen precisamente en cuanto personas entre las $ue e"iste la diversidad se"ual, con toda la ri$ueza, tambi2n espiritual, $ue posee esta diversidad a nivel 1umano. 7os esposos se unen en cuanto persona@1ombre # en cuanto persona@mujer. 7a re%erencia a la dimensin natural de su masculinidad # %emineidad es decisiva para comprender la esencia del matrimonio. El vnculo personal del matrimonio se establece precisamente en el nivel natural de la modalidad masculina o %emenina del ser persona 1umana. El &mbito del obrar de los esposos #, por tanto, de los derec1os # deberes matrimoniales, es consiguiente al del ser, # encuentra en este 4ltimo su verdadero %undamento. As pues, de este modo el 1ombre # la mujer, en virtud del acto singularsimo de voluntad $ue es el consentimiento )c%. *digo de derec1o cannico, c. ,5.-, /8 *digo de c&nones de las (glesias orientales, c. H,-, ,0, establecen entre s libremente un vnculo pre%igurado por su naturaleza, $ue #a constitu#e para ambos un verdadero camino vocacional a trav2s del cual viven su personalidad como respuesta al plan divino. 7a ordenacin a los %ines naturales del matrimonio @el bien de los esposos # la generacin # educacin de la prole@ est& intrnsecamente presente en la masculinidad # en la %emineidad. Esta ndole teleolgica es decisiva para comprender la dimensin natural de la unin. En este sentido, la ndole natural del matrimonio se comprende mejor cuando no se la separa de la %amilia. El matrimonio # la %amilia son inseparables, por$ue la masculinidad # la %emineidad de las personas casadas est&n constitutivamente abiertas al don de los 1ijos. 'in esta apertura ni si$uiera podra e"istir un bien de los esposos digno de este nombre. Tambi2n las propiedades esenciales, la unidad # la indisolubilidad, se inscriben en el ser mismo del matrimonio, dado $ue no son de ning4n modo le#es e"trnsecas a 2l. 'lo si se lo considera como unin $ue implica a la persona en la actuacin de su estructura relacional natural, $ue sigue siendo esencialmente la misma durante toda su vida personal, el matrimonio puede situarse por encima de los cambios de la vida, de los es%uerzos e incluso de las crisis $ue atraviesa a menudo la libertad 1umana al vivir sus compromisos. En cambio, si la unin matrimonial se considera basada 4nicamente en cualidades personales, intereses o atracciones, es evidente $ue #a no se mani%iesta como una realidad natural, sino como una situacin dependiente de la actual perseverancia de la voluntad en %uncin de la persistencia de 1ec1os # sentimientos contingentes. *iertamente, el vnculo nace del consentimiento, es decir, de un acto de voluntad del 1ombre # dela mujer8 pero ese consentimiento actualiza una potencia #a e"istente en la naturaleza del 1ombre # de la mujer. As, la misma %uerza indisoluble del vnculo se %unda en el ser natural de la unin libremente establecida entre el 1ombre # la mujer. ?. Puc1as consecuencias derivan de estos presupuestos ontolgicos. Pe limitar2 a indicar las de relieve # actualidad particulares en el derec1o matrimonial cannico. As, a la luz del matrimonio como realidad natural, se capta %&cilment