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Pág. 1 DERECHOS HUMANOS Y LAS PROPUESTAS DE ECUADOR EN EL ÁMBITO MULTILATERAL París, 26 de septiembre 2017 Intervención de la Señora Ministra de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, María Fernanda Espinosa Queridos amigos y amigas: En nombre del Gobierno del Ecuador, reciban Ustedes un saludo fraterno y cordial. Es un honor para mí poder compartir en este prestigioso instituto de enseñanza, pensamiento e investigación, por cuyas aulas han pasado notables intelectuales como Marcel Proust y Stanley Hoffmann; y, líderes de talla mundial como François Mitterrand y Boutros Boutros- Ghali. Quiero extenderles a todas y todos, nuestro agradecimiento por su presencia, que representa la confirmación del interés que despiertan los debates sobre derechos humanos, y, especialmente su vinculación con las actividades económicas y las operaciones de las empresas transnacionales. En la noche de hoy, voy a referirme a dos iniciativas que promueve el Gobierno del Ecuador en estos ámbitos. En primer lugar abordaré la iniciativa ecuatoriano-sudafricana de elaboración de un instrumento internacional jurídicamente vinculante para empresas transnacionales y otras empresas respecto de los derechos humanos. Y en segundo lugar, hablaré sobre nuestros esfuerzos en materia de justicia fiscal, con el objetivo de visibilizar las condiciones actuales de los

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DERECHOS HUMANOS Y LAS PROPUESTAS DE ECUADOR EN EL ÁMBITO

MULTILATERAL

París, 26 de septiembre 2017

Intervención de la Señora Ministra de Relaciones Exteriores y Movilidad

Humana, María Fernanda Espinosa

Queridos amigos y amigas:

En nombre del Gobierno del Ecuador, reciban Ustedes un saludo fraterno

y cordial. Es un honor para mí poder compartir en este prestigioso

instituto de enseñanza, pensamiento e investigación, por cuyas aulas han

pasado notables intelectuales como Marcel Proust y Stanley Hoffmann; y,

líderes de talla mundial como François Mitterrand y Boutros Boutros-

Ghali.

Quiero extenderles a todas y todos, nuestro agradecimiento por su

presencia, que representa la confirmación del interés que despiertan los

debates sobre derechos humanos, y, especialmente su vinculación con las

actividades económicas y las operaciones de las empresas

transnacionales. En la noche de hoy, voy a referirme a dos iniciativas que

promueve el Gobierno del Ecuador en estos ámbitos. En primer lugar

abordaré la iniciativa ecuatoriano-sudafricana de elaboración de un

instrumento internacional jurídicamente vinculante para empresas

transnacionales y otras empresas respecto de los derechos humanos.

Y en segundo lugar, hablaré sobre nuestros esfuerzos en materia de

justicia fiscal, con el objetivo de visibilizar las condiciones actuales de los

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mecanismos de evasión que perjudican el desarrollo de los países y su

capacidad de invertir en el goce y protección de derechos humanos.

El instrumento vinculante sobre empresas y derechos humanos

Quiero comenzar reiterando el compromiso del Gobierno ecuatoriano con

el avance en la promoción, el respeto y la protección de los derechos

humanos. En efecto, el Ecuador tiene el orgullo de presentarse como un

país que es parte de todas las convenciones vigentes sobre derechos

humanos, tanto del Sistema de Naciones Unidas como del Sistema

Interamericano. En este marco, cumplimos periódica y oportunamente

con todos los compromisos adquiridos en estos instrumentos. Sólo en este

mes, hemos presentado y defendido nuestros informes periódicos ante el

Comité de las Naciones Unidas para la protección de los derechos de

todos los trabajadores migratorios y de sus familiares; y, ante el Comité de

los Derechos del Niño.

Para mi país, es fundamental no perder de vista que los derechos

humanos deben ser tratados desde una mirada estructural. El desarrollo,

además de ser un derecho en sí mismo, es también una condición

importante para garantizar y proteger los derechos humanos. No puede

haber garantía de derechos humanos en presencia de pobreza,

desigualdad, y exclusión de la vida política, económica y cultural entre los

miembros de una misma sociedad. En este sentido, desde la

institucionalidad del Estado, hemos puesto fin a la tercerización laboral y

combatido el trabajo infantil; hemos instaurado la afiliación obligatoria a

la seguridad social para todos y todas los trabajadores y trabajadoras;

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hemos logrado, por primera vez en nuestra historia, un salario digno que

cubre la canasta familiar; y, hemos exigido a las empresas y élites de

nuestro país que paguen lo que les corresponde en materia tributaria;

entre otros grandes desafíos. Asimismo, para promover el desarrollo

integral del país, hemos tenido que enfrentar el poder de algunas

empresas transnacionales que han generado afectaciones gravísimas a los

derechos humanos y a la naturaleza.

Es en este contexto que debe ser entendida la iniciativa que los Gobiernos

de Ecuador y de Sudáfrica lanzamos en 2014, de elaborar un instrumento

internacional que regule a las empresas transnacionales con respecto a la

observancia de los estándares internacionales de derechos humanos.

El 26 de junio de 2014 es una fecha que marca un hito en la evolución del

sistema multilateral de derechos humanos. Ese día, el Consejo de

Derechos Humanos de las Naciones Unidas adoptó la resolución 26/9, que

crea un mandato para elaborar un instrumento internacional

jurídicamente vinculante sobre empresas transnacionales y otras

empresas con respecto a los derechos humanos. La importancia de dicha

resolución, debe ser vista desde una perspectiva histórica, pues hasta su

adopción habían transcurrido más de 40 años de intentos multilaterales

por sentar las bases de un instrumento internacional vinculante que

regule la relación entre las empresas y los derechos humanos.

Desde la década de los setenta del siglo pasado se incluyó en la agenda de

diferentes instancias de las Naciones Unidas el debate sobre posibles

medidas y mecanismos para que los Estados controlen de alguna forma el

enorme poder económico y político que habían adquirido las empresas

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transnacionales, poder que sobrepasaba, ya en esa época, el que podían

ejercer en el plano internacional muchos Estados.

La voz de alarma la dio el presidente de Chile, Salvador Allende, quien

denunció ante la Asamblea General de las Naciones Unidas en diciembre

de 1972 la interferencia de la empresa estadounidense de

telecomunicaciones ITT en temas de política interna, con el objetivo de

evitar que inicie sus funciones presidenciales. La veracidad de esta

denuncia fue confirmada años más tarde por una Comisión investigadora

del Senado de los Estados Unidos.

Un primer intento por definir un marco jurídico internacional que regule

las actividades de las empresas transnacionales tuvo lugar en 1976,

cuando iniciaron las negociaciones para redactar el denominado Código

de Conducta de las Naciones Unidas sobre Corporaciones Transnacionales.

No obstante, tras alrededor de 20 años de discusiones, esta iniciativa

finalmente no prosperó, en gran medida, por el fuerte cabildeo ejercido

por representantes empresariales para evitar la adopción de tal

instrumento.

Un segundo intento tuvo lugar el 13 de agosto de 2003, cuando luego de 5

años de debate y análisis, la Subcomisión de Promoción y Protección de

los Derechos Humanos de las Naciones Unidas adoptó las Normas sobre la

Responsabilidad de las empresas transnacionales y otras empresas

comerciales en la esfera de los derechos humanos. No obstante, cuando

dichas Normas fueron presentadas para su adopción ante el pleno de la

Comisión de Derechos Humanos, organismo antecesor del Consejo de

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Derechos Humanos, nuevas presiones condujeron a que este ensayo

tampoco alcance su objetivo.

Hasta el momento, la única respuesta multilateral sobre el tema de las

transnacionales y los derechos humanos se ha limitado a la adopción de

guías de cumplimiento voluntario, entre las que las tres más conocidas

son:

1. las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales

(1976, rev. 2011),

2. la Declaración tripartita de principios sobre las empresas

multinacionales y la política social de la OIT (1977, rev. 2017) y

3. los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre empresas y

derechos humanos (2011).

Es de reconocer que este tipo de iniciativas representa un logro, pero

según lo demuestran casos recurrentes de inobservancia de normas

vigentes y afectaciones a los derechos humanos incurridas por empresas

transnacionales, el principal reparo que tienen es la falta de

obligatoriedad en su cumplimiento. Al no ser vinculantes, se resta su

exigibilidad ante órganos judiciales y por lo tanto no son un aporte en la

solución de uno de los principales problemas, que es dotar a las víctimas

de violaciones de derechos humanos incurridas por el sector corporativo

transnacional, de herramientas legales para evitar que la falta de normas

permita que los infractores queden en la impunidad, por lo general

amparados por el blindaje ofrecido por tratados bilaterales de inversión,

tratados comerciales y un sistema arbitral confeccionado a la medida.

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Y es que la impunidad corporativa es en efecto una de las grandes y tristes

lecciones que han sufrido varias poblaciones en países ubicados en todas

las regiones del mundo luego de que sus derechos han sido vulnerados.

Casos como el desplome del centro comercial de Rana Plaza en

Bangladesh en abril de 2013, que ocasionó la muerte de más de 1.100

trabajadores, la mayoría mujeres, mientras fabricaban ropa para grandes

marcas internacionales de moda; la contaminación del delta del río Níger

en Nigeria por Shell; los arbitrajes iniciados por la tabacalera Philip Morris

contra Uruguay y Australia por la adopción de medidas de etiquetado para

prevenir el consumo del tabaco y preservar la salud de sus respectivas

poblaciones; o inclusive la contaminación ambiental y afectaciones en la

salud y vida generados por Chevron-Texaco contra el medio ambiente y

comunidades en mi propio país, son unos cuantos ejemplos de cómo la

acción corporativa puede afectar los derechos humanos, los derechos

laborales y el medio ambiente.

La resolución 26/9 de 2014, para cumplir con su objetivo de lograr un

instrumento jurídico que regule a las empresas con respecto a los

derechos humanos, dispuso la conformación de un Grupo de Trabajo

Intergubernamental de Composición Abierta, que he tenido el honor de

presidir desde su creación, en nombre del Ecuador. Dicho Grupo ha

celebrado dos sesiones de trabajo, en julio de 2015 y en octubre de 2016,

en las que Estados, organizaciones internacionales, organizaciones

intergubernamentales, ONGs, academia, expertos, y víctimas de abusos

por parte de empresas transnacionales discutieron sobre el contenido,

alcance, forma y naturaleza del instrumento vinculante a elaborar. El

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Grupo de Trabajo tiene además la delicada misión de presentar en

octubre próximo, en su tercera sesión, un documento de elementos que

sirva de base para el inicio de las negociaciones sustantivas de lo que será

el futuro instrumento vinculante.

Esta iniciativa fue impulsada por mi país con el apoyo y coauspicio

invalorable de Sudáfrica y de otros países que paulatinamente se han

unido a este noble esfuerzo. Las motivaciones para emprender tal

iniciativa son varias y una de ellas es contribuir en llenar un vacío existente

en el derecho internacional de los derechos humanos, pues tal como

manifesté antes, a pesar de la larga historia detrás de este tema, no

existen normas internacionales de hagan obligatorio para las empresas

transnacionales el respeto y vigilancia de los estándares internacionales

de los derechos humanos.

Asimismo, el énfasis de esta iniciativa está en el afán y el interés por

brindar mecanismos efectivos de reparación para víctimas de violaciones

de derechos humanos incurridas por ese tipo de empresas y con ello,

reducir y, ojalá, eliminar la impunidad derivada de tales acciones. De

conseguir este objetivo, se estaría anteponiendo al ser humano por

encima de cualquier otro interés y se lograría aportar a los esfuerzos por

equilibrar en alguna medida la fuerte protección legal, económica y

política de la que gozan las empresas transnacionales mediante los

acuerdos de protección de inversiones y normas semejantes, que son

sujeto a judicialización en el ámbito internacional mediante tribunales de

arbitraje público-privados.

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Esta iniciativa también ha generado interés y apoyo entre el empresariado

serio, y destaco en este punto las opiniones positivas que he recibido de

algunas transnacionales francesas, que consideran que la regularización

de los estándares de derechos humanos mediante los cuales las empresas

hacen negocios fuera de las fronteras de sus países de origen favorecerían

la previsibilidad en cuanto a los marcos jurídicos para realizar inversiones

y operaciones en el extranjero, y nivelarían el campo de juego para todas

las empresas, favoreciendo así una competencia más leal y transparente.

La experiencia acumulada en las dos primeras sesiones, en sus eventos

paralelos y en los cientos de actividades celebradas alrededor del tema,

permite sostener que el proceso hacia la elaboración del instrumento

vinculante para empresas y derechos humanos constituye una ocasión

inigualable para concertar reglas comunes mínimas sobre la observancia

que el sector corporativo debe mantener en relación con los derechos

humanos, y, sobre todo, para llenar vacíos innegables en la normativa

internacional de los derechos humanos, vacíos que han permitido en la

práctica que ciertos abusos de empresas transnacionales queden en la

impunidad, afectando principalmente a grupos vulnerables, como

mujeres, niños, niñas y adolescentes, pueblos indígenas y

afrodescendientes, mayormente en países en desarrollo.

En este marco, la Tercera Sesión que se celebrará del 23 al 27 de octubre

de este año, reviste una enorme importancia, puesto que, como

Presidencia-Relatoría del Grupo de Trabajo, debemos presentar los

elementos que podría contener el instrumento internacional

jurídicamente vinculante, a fin de emprender las negociaciones

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sustantivas sobre el tema. El documento de elementos, que por

transparencia será distribuido a la comunidad internacional en los días

venideros, a través de su publicación en la página electrónica del Consejo

de Derechos Humanos, ha sido preparado de manera objetiva, respetando

e incluyendo los temas y visiones transmitidos en las dos sesiones y en

otras consultas, con el ánimo de crear las condiciones necesarias para una

negociación sustantiva. Puedo adelantar, sin embargo, que los ejes

temáticos incluyen aspectos como el ámbito de aplicación, los derechos

protegidos, los actos y actores sujetos a su aplicación, las obligaciones de

los Estados y de las empresas, medidas preventivas, responsabilidad legal,

acceso a la justicia, remedios efectivos y garantías de no repetición,

cooperación internacional y mecanismos de promoción, implementación y

monitoreo.

Puedo adelantar también que algunos de los temas incluidos en el

documento de elementos se han inspirado en la reciente Ley francesa N°

217-399 sobre el deber de vigilancia de las sociedades matrices y

empresas contratistas (“Loi relative au devoir de vigilance des sociétés

mères et des entreprises donneuses d’ordre”), la que a nuestro criterio

constituye un precedente valioso a favor de la adopción de normas

obligatorias sobre derechos humanos a ser respetadas por las empresas,

tanto en el país de origen, como en aquel donde ejecutan sus actividades.

Según nuestra opinión, un instrumento internacional jurídicamente

vinculante podría replicar y buscar la universalización de la propuesta

francesa, para beneficio de otros países y sus poblaciones. El paso dado

por Francia, que en paralelo adoptó su Plan Nacional de Acción para

implementar los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre

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empresas y derechos humanos, prueba también que las dos vías, la

obligatoria y la voluntaria, deben ser vistas como complementarias y de

mutuo refuerzo y que optar por la una no implica que se excluya a la otra.

Esta opinión la ha emitido Ecuador en diversas ocasiones y el ejemplo

francés nuevamente es útil para guiar la opinión de otros actores.

Evasión tributaria y desigualdad

Permítanme ahora referirme a los esfuerzos que mi Gobierno lleva a cabo

en favor de la transparencia y la justicia fiscal.

Ecuador ha ejercido la Presidencia del Grupo de los 77 y China durante

este año 2017. Uno de los ejes de acción que mi país ha propuesto en este

marco es la vinculación de los derechos humanos con el desarrollo de los

pueblos. En este sentido, hemos impulsado a nivel internacional uno de los

temas que ha estado presente durante años en las discusiones del Sur

Global y que todos los países identificamos como grave y urgente de

resolver: la evasión y elusión fiscal y los flujos financieros ilícitos a escala

mundial.

Ecuador ha impulsado espacios de diálogo para poder enfrentar este

problema, entendiendo que una de las soluciones viables es la creación de

un órgano intergubernamental en materia fiscal, dentro del sistema de las

Naciones Unidas, que trabaje para poner fin a la perversa competencia

fiscal que atenta contra la garantía de los derechos humanos.

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La esperanza de que en el siglo XXI se erradique la extrema pobreza y

miseria parece diluirse cuando se evidencia el escandaloso nivel de

desigualdad que existe en el mundo. Esta desigualdad histórica se ha

profundizado a medida en que se han desarrollado nuevos mecanismos

para la evasión tributaria. A su vez, la ausencia de políticas tributarias

adecuadas ha permitido que personas y corporaciones evadan impuestos

a través de diversas estrategias, usando distintos niveles de jurisdicciones.

Como lo señala OXFAM en su informe Una economía al servicio del 1 % “La

desigualdad extrema en el mundo está alcanzando cotas insoportables.

Actualmente, el 1 % más rico de la población mundial posee más riqueza

que el 99 % restante de las personas en el planeta. El poder y los

privilegios se están utilizando para manipular el sistema económico y así

ampliar la brecha, dejando sin esperanza a cientos de millones de

personas pobres. El entramado mundial de paraísos fiscales permite que

una minoría privilegiada oculte en ellos 7,6 billones de dólares. Para

combatir con éxito la pobreza, es ineludible hacer frente a la crisis de

desigualdad”. Fin de cita.

Según cálculos de la Tax Justice Network, en los paraísos fiscales están

depositados más de 20 billones de dólares, pero este no es solo un

problema de los países en desarrollo.

La Comisión Económica para América Latina –CEPAL- estima que la

evasión y la elusión de los impuestos sobre la renta personal y de las

empresas costaron a América Latina más de 220.000 millones de dólares

en 2015, es decir, un 4,3% del PIB regional.

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Debemos comprender la dimensión social de estas cifras y sus

consecuencias para miles de millones de seres humanos en el planeta y

cómo estas prácticas están perjudicando el derecho al desarrollo de todos

los pueblos.

Ecuador como tantos otros países padece los efectos de la evasión y

elusión tributaria. Calculamos que cerca de 30 mil millones de dólares se

encontrarían en paraísos fiscales. Esto significa casi un tercio del PIB del

Ecuador

La conciencia pública frente a este problema, llevó a que se plantee en

febrero de este año, una Consulta Popular sobre Paraísos Fiscales,

denominada “Pacto Ético”. Fuimos el primer país en hacer una consulta de

este tipo para prohibir que funcionarios públicos, incluidos los de elección

popular, tengan bienes o capitales en paraísos fiscales. El sí ganó con más

del 55 % de los votos y ahora el país cuenta con una ley que viabiliza el

mandato popular.

Creemos que estos son pasos importantes por la justicia fiscal y la

transparencia, pero que es necesario sumar esfuerzos a nivel

internacional.

Como país nos mantendremos firmes en la lucha por la justicia fiscal, y

decimos con claridad que este tema es eminentemente político, que

requiere de una fuerte cooperación a todo nivel ya que la afectación no

solo es económica, sino social y cultural.

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Nuestro trabajo no ha sido en vano, pues cada vez damos pasos

importantes hacia el fortalecimiento de la cooperación internacional en

cuestiones tributarias. Es importante mencionar que la nueva membresía

del Comité de Expertos sobre Cooperación Internacional en Cuestiones

Tributarias del Consejo Económico y Social de Naciones Unidas, ECOSOC,

nombrada por el Secretario General de la ONU, Antonio Guterres, en

agosto de 2017, tiene una diferente composición respecto al pasado, pues

se concedió un puesto más para América Latina y El Caribe y otro para

África, en virtud del mandato del Foro de Financiamiento para el

Desarrollo del 2017 promovido por el Grupo de los 77 y China.

Con orgullo, debo mencionar que un técnico ecuatoriano fue seleccionado

como miembro del Comité, lo que nos impulsa a continuar trabajando en

favor del fortalecimiento de la cooperación tributaria internacional hacia

la justicia fiscal.

Bajo el Sistema de Naciones también se ha reconocido lo importante que

es luchar contra esta problemática, en el Foro Político de Alto Nivel de

Desarrollo Sostenible, el Secretario General Guterres ha recalcado la

importancia de crear condiciones para ayudar a los Estados a movilizar

más sus propios recursos y eso tiene que ver, por un lado, con las

reformas tributarias dentro de los Estados, pero también con la

movilización de la comunidad internacional para combatir la evasión fiscal,

el lavado de activos, los flujos ilícitos de capital, y los depósitos offshore,

que hoy están haciendo que más dinero esté saliendo de los países en

desarrollo que el que entra a través de la Asistencia Oficial para el

Desarrollo.

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Como se ha reconocido en las Conferencias de Naciones Unidas de

Financiamiento para el Desarrollo, la movilización de los recursos

nacionales es un componente central para garantizar el desarrollo de los

países y para conseguir los Objetivos de Desarrollo Sostenible y garantizar

los derechos de todos sus ciudadanos.

A pesar de los esfuerzos de muchos Estados por aumentar los ingresos a

través de impuestos, lo recaudado es insuficiente para garantizar

plenamente los derechos humanos y el derecho al desarrollo. Por ello,

resulta necesario repensar la estructura del actual sistema financiero. No

podemos continuar con este tipo de prácticas que perjudican a la mayoría

de la población mundial, y siguen alimentando a un sistema económico

injusto y que provoca cada día más desigualdad. No podemos seguir

viviendo en un mundo donde las corporaciones sigan evadiendo

impuestos para beneficiar a unos pocos multimillonarios, y se siga

vulnerando los derechos humanos, ya no por falta, sino por omisión de los

Estados a causa de falta de recursos fiscales.

Despedida

Queridos amigos y amigas, les invito a comprometernos, junto con los

actores sociales, los representantes de los Estados, las ONG y Ustedes,

estudiantes, profesores y distinguidos miembros de la academia, a seguir

apoyando estas iniciativas que buscan un modelo de desarrollo más justo

y equilibrado, que favorecen la ruptura con el modelo actual de

acumulación de capital internacional, centrado en el crecimiento

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económico, mas no en el desarrollo sostenible del mundo ni en el

bienestar del ser humano. Con convicción y sincero apego a la causa de los

derechos humanos, los invito a exigir que, así como el comercio

internacional o la propiedad intelectual cuentan con marcos normativos

claros y vinculantes, el capital y las corporaciones transnacionales también

cuenten con reglas claras de comportamiento, para que su función

primordial se recupere, para que su función vuelva a ser social.

Muchas gracias!