direccion general de aduanas (trabajo oficial)

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Dirección General de Aduanas de la Republica Dominicana UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SANTO DOMINGO FACULTAD DE DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES CATEDRA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA SUSTENTANTES: Heimer Melo González Matricula: 100047858 Lauriza Sánchez Matricula: EA-7634 María T. Beltré Bueno Matricula: BI-7696 Silvia Y. Pérez Ferrand Matricula: 100039049 Ángel Luis Castillo Matricula: 100047858 Vladimir Jiménez Matricula: 100080745 TEMA: “Dirección General De Aduanas de la Republica Dominicana” SECCIÓN: 04 PROFESOR: Aministracion Tributaria Página 1

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Funciones principales de la Direccion General de Aduanas, Historia, Leyes, tasas impositivas,

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Page 1: Direccion General de Aduanas (Trabajo Oficial)

Dirección General de Aduanas de la Republica Dominicana

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SANTO DOMINGOFACULTAD DE DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES

CATEDRA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

SUSTENTANTES:

Heimer Melo González Matricula: 100047858 Lauriza Sánchez Matricula: EA-7634 María T. Beltré Bueno Matricula: BI-7696 Silvia Y. Pérez Ferrand Matricula: 100039049

Ángel Luis Castillo Matricula: 100047858 Vladimir Jiménez Matricula: 100080745

TEMA:

“Dirección General De Aduanas de la Republica Dominicana”

SECCIÓN: 04

PROFESOR:Hugo Manuel Mercedes

FECHA:Lunes 18 de Noviembre de 2013

Santo DomingoRepública Dominicana

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Dirección General de Aduanas de la Republica Dominicana

ÍNDICE TEMÁTICO

Pág.

Introducción……………………………………………………………………………………….….. 4

CONTENIDO I

I.1 Antecedentes………………….………………………………………………….………….……. 5

I.2 Conceptos Básicos………………..…………………………………………….……….………....6

I.3 Misión…………………………………………………………………………….…….…...……. 7

I.4 Visión……………………………………………….…………………………………......……… 7

I.5 Objetivos…………………………………………………………………………………….…….7

I.4 Valores……………………………………………….…………………………………...….....… 7

CONTENIDO II

II.1 Funciones Principales………………………………………………………….………………..8

II.2 Importancia…………………………………….…………………………………….….……….9

II.3 Impuestos y Tasas que administra……………………………………….……….………...….9

II.4 Aduana y el comercio Exterior……….…………………………………………….………….10

II.5 Papeles en el comercio exterior………………………………………………………………..12

II.6 Documentos que ofrece………………………………………………………………………..14

CONTENIDO III

III.1 Base Legal…………………..….……….………………………………………………….….15

III.2 Normas Jurídicas……………………………………………………………………….……..15

III.3 Estructura………………………………………………………………………………….…..16

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Dirección General de Aduanas de la Republica Dominicana

III.4 Aportes al sistema tributario….………………………………………….…………………..17

III.5 Exportación e importación…………………………………………………………………..17

III.6 Recaudación 2012 y 2013…..…………………………………………………………….....22

III.7 Tratado de libre comercio……………………………………………………………………24

III.8 LA OMC…………………..….……….……………………………………………………...24

III.9 LA OMA…….………………………………………………………………………………..28

Conclusión………………………………………………………………………………..……..….30

Bibliografía…………………………………………………………………………………..……..31

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Page 4: Direccion General de Aduanas (Trabajo Oficial)

Dirección General de Aduanas de la Republica Dominicana

INTRODUCCIÓN

El trabajo que se presenta a continuación tiene como objetivo principal explicar todo lo relacionado a la

dirección general de Aduanas y su papel en la republica dominicana. La cual comienza a partir del año

1845 el régimen independentista, ante la necesidad de aumentar sus ingresos y regularizar las Aduanas,

dicta la Ley Núm.34, del 29 de mayo, sobre el Régimen de Aduanas, con medidas significativas como

fueron la naturalización de los buques y la expedición de !as patentes de navegación.

Sin más preámbulo, hacemos entrega de dicho trabajo, esperando que el lector pueda obtener y

comprender toda la información suministrada concerniente a la Dirección general de aduanas y como ha

ido evolucionando en la Republica Dominicana.

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Dirección General de Aduanas de la Republica Dominicana

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

I.1 ANTECEDENTES:

En el año 1845 el régimen independentista, ante la necesidad de aumentar sus ingresos y regularizar las

Aduanas, dicta la Ley Núm.34, del 29 de mayo, sobre el Régimen de Aduanas, con medidas

significativas como fueron la naturalización de los buques y la expedición de !as patentes de navegación.

Sin embargo, la citada Ley Núm.34 no llenaba los requerimientos de la época, por lo que fue sustituida

por otra más amplia, la Ley Núm. 2595 del 14 de octubre de 1887, sobre el Régimen de Aduanas y

Puertos, la cual comprendía 226 artículos. Esta Ley sobre Aduanas fue sustituida en los años 1889, 1892

y 1896 por otras con textos similares. Es interesante señalar que la Ley Núm. 3742, promulgada en el

año 1897, introduce en su texto los señalamientos de la primera Ley de Aduanas, la Núm. 34, volviendo

de nuevo al régimen ya citado.

Posteriormente, la Ley de Aduanas fue sustituida por la Núm. 4761, del año 1907, varias veces

modificada, y por último derogada y sustituida por la Ley Núm. 4915, del año 1909.

A consecuencia de los grandes empréstitos que había obtenido el gobierno en el año 1916, las Aduanas

pasaron a ser administradas por el gobierno de ocupación militar norteamericano, de acuerdo con la

convención suscrita al efecto para el cobro de la deuda externa en fecha 8 de febrero de 1907. El

Gobierno Militar, en ejercicio de sus funciones, dictó varias Órdenes Ejecutivas destacándose la Núm.

589 del 31 de diciembre de 1920, denominada Ley sobre Aduanas y Puertos, que daba al Oficial

Encargado del Servicio de Aduanas la potestad de reglamentación para la administración de la misma,

Reglamentación que tenía fuerza y efecto de Ley.

La dirección y súper vigilancia del Servicio Aduanero fue reintegrado al Gobierno Dominicano

mediante Ley Núm. 429 del 20 de marzo de 1941, momento en que se terminó de pagar la deuda

externa de la Nación, poniéndose el servicio de arrimo y manejo de carga en los puertos bajo la

Dirección General de Aduanas, mediante la Ley Núm. 595 del 31 de octubre de 1941.

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Dirección General de Aduanas de la Republica Dominicana

La Orden Ejecutiva ya señalada, Núm. 589 del año 1920, estuvo vigente por más de 30 años, hasta que

fue sustituida por la Ley sobre el Régimen de Aduanas, la Núm. 3489 de fecha 14 de febrero de 1953, la

cual, aunque sigue el mismo formato que las anteriores, es mucho más amplia.

Esta Ley sufrió algunas modificaciones en lo que respecta al Régimen Arancelario y a la denominación

del organismo encargado de su administración y funciones por medio de la Ley Núm.4705 del 1957.

Mediante la Ley Núm. 70 del 17 de diciembre de 1970, las funciones de arrimo fueron separadas de las

funciones de aduanas, al crearse la Autoridad Portuaria Dominicana.

Hasta hace poco, la Dirección General de Aduanas funcionaba como una dependencia de la Secretaría

de Estado de Finanzas, pero con la promulgación de la Ley 226 del 2006, Aduanas adquirió autonomía

funcional, presupuestaria, administrativa, técnica y patrimonio propio.

I.2 CONCEPTOS BASICOS:

La Dirección General de Aduanas es un órgano que integra la Administración Federal de Ingresos

Públicos (AFIP) y tiene a su cargo la aplicación de la legislación relativa a

la importación y exportación de mercaderías, como así también el control del tráfico de los bienes que

ingresan o egresan en el territorio aduanero.

Su función principal es valorar, clasificar, verificar y controlar la entrada y salida de mercaderías, como

así también los medios en que son transportadas, asegurando el cumplimiento de las disposiciones

vigentes.

Además, la Aduana colabora en el resguardo de intereses del Estado, tales como la seguridad nacional,

la economía, la salud pública y el medio ambiente, vedando el flujo de mercaderías peligrosas o

ilegales. 

También fomenta la cultura del cumplimiento voluntario por parte de los usuarios. Las estrategias

principales de la Aduana se vinculan con la facilitación y potenciación del comercio exterior y la

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Dirección General de Aduanas de la Republica Dominicana

verificación oportuna, a través de la sistematización y actualización permanente del servicio, dentro del

contexto de una nueva gestión pública. 

I.3 MISION:

Facilitar y controlar el comercio de la República Dominicana con el resto del mundo, teniendo como

fundamento la eficiencia y transparencia de los procesos aduaneros, acorde con las mejores prácticas

internacionales de la administración aduanera, el control de la evasión fiscal y el comercio ilícito, el

fortalecimiento de la seguridad nacional y la protección de la salud y el medio ambiente.

 

I.4 VISION: Ser reconocida como una institución eficiente y moderna en el ámbito nacional e internacional,

conformada por un equipo de personas integras que hagan de la misión de la institución, un proceso

transparente, expedito y sistematizado que contribuya al desarrollo sostenible de la Nación.

I.5 OBJETIVO Eficientizar, transparentar y sistematizar todas las actividades de las aduanas del país con la finalidad de

hacer efectivas las medidas de facilitación del comercio, aumentar las recaudaciones fiscales y contribuir

con otros organismos del Estado a reducir diferentes tipos de riesgos provenientes del exterior que

puedan impedir el desarrollo sostenible de la Nación.

I.6 VALORES:

Transparencia Honestidad Respeto Igualdad Compromiso Profesionalismo

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Dirección General de Aduanas de la Republica Dominicana

CONTENIDO II:

II.1 FUNCIONES PRINCIPALES:

a) Fiscalizar, coordinar y dar cumplimiento a la aplicación de las leyes arancelarias referentes a las

recaudaciones de los impuestos, que se originan por la importación y exportación de las mercancías

en República Dominicana.

 

b) Controlar y supervisar en los puertos, aeropuertos y fronteras la entrada y salida de aeronaves,

embarcaciones y vehículos que llegan al país en virtud de las leyes que regulan el funcionamiento de las

aduanas.

 

c) Regularizar el funcionamiento del régimen de las aduanas y la aplicación de sanciones a aquellos

importadores que no cumplan con lo establecido por las leyes arancelarias.

 

d) Regularizar las exoneraciones de impuestos, contribuciones o derechos fiscales a determinadas

personas o empresas.

 

e) Aplicar y dar fiel cumplimiento a los acuerdos internacionales que regulan el comercio exterior y

resoluciones o normas emanadas de los mismos.

 

f) Facilitar el proceso de desaduanización a los importadores y personas en general, en cuanto a las

informaciones sobre leyes, normas y políticas arancelarias.

 

g) Suministrar a los Organismos del Estado y particulares las informaciones oficiales sobre importación

que soliciten.

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II.2 IMPORTANCIA:

Este regula:

La vigilancia y control de la entrada y salida de mercancías y medios de transporte por

las fronteras, aguas territoriales o espacio aéreo.

Determinar y recaudar las obligaciones tributarias causadas por el punto anterior.

La resolución de los reclamos, recursos, peticiones y consultas de los importadores y

exportadores.

Impedir las importaciones y exportaciones ilícitas.

La prevención, persecución y sanción de las infracciones aduanera

II.3 IMPUESTOS Y TASAS QUE ADMINISTRA:

Todo articulo que entra a nuestro país desde el extranjero debe pasar por el escrutinio de la Dirección

General de Aduanas, este organismo es quien se encarga facilitar y controlar el comercio de la

República Dominicana con el resto del mundo; dentro de sus funciones se encuentra la clasificación de

los productos entrantes y asignación de los diferentes impuestos que podría pagar dicho producto, según

lo estipulan las leyes de nuestro país.

Para los fines de esta guía, vamos a tocar los 3 tipos de impuestos más comunes y que son los que

mayormente se podrían cargar a un artículo:

ITBIS: El Impuesto a la Transferencia e importación de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS).

Este es el impuesto que la población mas conoce o domina y graba con un 18% sobre el costo a los

bienes o servicios que adquirimos en nuestro país.

ARANCEL: es el impuesto o gravamen que se aplica a los bienes, que son objeto de importación o

exportación.

SELECTIVO (Especifico y/o Ad Valorem): La definición de la DGA de este impuesto lo describe

como el impuesto que grava las transferencias de algunos bienes de producción nacional a nivel de

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fabricación, así como su importación; servicios de telecomunicaciones, de seguros y pagos a través de

cheques. En la página de aduanas hay un listado con los productos y servicios que están gravados con

este impuesto:

Productos del Alcohol

Productos del Tabaco

Servicios de Telecomunicaciones

Pagos realizados con cheques por las entidades de intermediación financiera así como los pagos

realizados a través de transferencias electrónicas

Seguros en general

Otros bienes establecidos en la Ley

II.4 ADUANA Y EL COMERCIO EXTERIOR:

El Proyecto de Ventanilla Única de Comercio Exterior (Proyecto VUCE) es una iniciativa de

Facilitación Comercial que agilizará los trámites requeridos para realizar actividades de comercio

internacional, mediante la racionalización de procesos y la incorporación de tecnología de la

información. La VUCE integrará a todas las instituciones del Estado que regulan la importación y

exportación de mercancías, con el propósito de lograr un despacho aduanero más expedito y eficiente.

¿Qué es la ventanilla única de comercio exterior?

Es un sistema integrado que permite la entrega de información estandarizada a una única entidad para el

cumplimiento de todos los requerimientos relacionados con la importación, exportación y tránsito

aduanero. Si la información es electrónica, entonces los datos deben ser enviados una única vez.

La Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) permite a las partes involucradas en operaciones de

comercio exterior y transporte internacional, gestionar por una sola vía los trámites requeridos por las

entidades públicas competentes para expedir Certificaciones y Aprobaciones.

Importancia y características de la vuce

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Page 11: Direccion General de Aduanas (Trabajo Oficial)

Dirección General de Aduanas de la Republica Dominicana

La Ventanilla Única de Comercio Exterior cumple múltiples propósitos importantes, además de

simplificar y estandarizar los trámites requeridos por instituciones para-aduaneras, también promueve la

facilitación y transparencia que obtiene el operador del sector privado al poder gestionar las licencias y

los permisos en el mismo lugar donde posteriormente podrá realizar el seguimiento a sus importaciones

o exportaciones.

En estudios de organismos internacionales se ha establecido que la VUCE puede constituirse en una

importante herramienta facilitadora que reduce el costo transaccional y a la vez en un centro de

información integrada que puede retroalimentar el sistema de análisis de riesgo y mejorar el control

sobre el comercio exterior.

En ese sentido, la Ventanilla Única de Comercio Exterior es un sistema integrado que puede contribuir

significativamente a mejorar los niveles de competitividad del país y a eficientizar el control fronterizo.

Entre las características generales de la VUCE, se pueden citar:

Servicios en un único punto.

Armonización de requisitos y procedimientos.

Armonización de documentos y trámites.

Uso de tecnologías de la información.

Cumplimiento legal de los trámites.

Pago electrónico en línea.

Pago único del servicio.

Facilitar y agilizar el comercio exterior.

Mejorar condiciones de competitividad.

Beneficios que se esperan de la implementación de una vuce

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De la experiencia registrada por los países que ya están utilizando la Ventanilla Única de Comercio

Exterior se han destacado los beneficios siguientes:

Simplificación de trámites;

Reducción de tiempos en la obtención de Permisos y Licencias;

Transparencia en la interacción de los actores públicos y privados;

Reducción en los costos de movilización de sus tramitadores de institución en institución;

Reducción en los costos de papelería y en las certificaciones;

Economías de escala en la inversión y mantenimiento tecnológico;

Controles estadísticos para decisiones comerciales públicas y privadas, y Transparencia y

seguridad financiera con la utilización del Pago Electrónico.

II.5 PAPELES EN EL COMERCIO EXTERIOR:

Aduana lo que busca con el comercio exterior es lo siguiente:

Es agilizar el movimiento de mercancías vía las fronteras, puertos y aeropuertos, por parte de las

aduanas y otras instituciones públicas y privadas que inciden en el despacho;

Hay múltiples instituciones del sector público y privado que tienen un rol importante que jugar

en la facilitación de comercio.

La facilitación de comercio implica en muchos casos redefinición de los procesos, eliminando

prácticas que agregan costo y aumentan los tiempos de entrega de mercancías.

Es un error responsabilizar solamente a las Aduanas como la única obligada a ejecutar medidas

de facilitación de comercio.

La Facilitación del Comercio en la República Dominicana

Unificación del Aforo 1994;

Declaración anticipada 1997;

Despacho expreso 1998;

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Verificación a destino 1998

Reglamento de Correo Expreso 1998;

Reglamento de depósito de reexportación;

Reglamento de Consolidación de Carga 1998;

Reglamento de Depósito de Consolidación 1998;

Implementación Acuerdo de Valoración GATT/OMC, 2001

Eliminación utilización Valores Mínimos para la Valoración, 2003

Eliminación de la Fianza por diferencias de valor 2004;

Reglamento de Despacho expreso de Envíos 2005;

Eliminación de la Fianza por Admisión Temporal 2006;

Pago Diferido 2005;

Diseño de un Sistema de Análisis de Riesgo, 2005;

Obstáculos a la facilitación del comercio:

Requisitos de documentación excesivos;

Engorrosos trámites para el desaduanamiento;

Falta de automatización o uso insignificante de la tecnología de la información;

Falta de transparencia;

Corrupción;

Recursos humanos;

Procedimientos inadecuados, especialmente falta de controles basados en técnicas de evaluación

de riesgos;

Falta de cooperación entre Aduanas y otras entidades del Estado, relacionadas a controles para

aduaneros; y Poca comunicación y cooperación con el sector privado.

Entidades relacionadas con la facilitación del comercio:

Aduanas

Migración

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Autoridades portuarias

Autoridades que conceden licencias

Autoridades sanitarias

Agencias de inspección

Consulados

Administración Pública

II.6 DOCUMENTOS QUE OFRECE

Formulario Solicitud de Amnistía Tributaria

Formulario Solicitud Enlace SIGA

Formulario de solicitud de token

Certificación de Origen DR-CAFTA

Modelo de Consulta Arancelaria

Requisitos y Formulario para Exoneración Parcial de Vehículos

Requisitos y Formulario para Exoneración de Ajuares del Hogar y Efectos Personales

https://www.aduanas.gob.do/Descargas/documentos.html

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COTENIDO III:

III.1 BASE LEGAL:

Constitución de la República.

Ley 3489, Ley General de Aduanas.

Modificación Ley no.3489.

Ley 226-06 que otorga autonomía funcional, presupuestaria, administrativa, técnica y patrimonio

propio a la DGA y a la DGII.

Reglamento Interno de Recursos Humanos y Estructura Orgánica de la DGA.

III.2 NORMAS JURIDICAS

Norma General 2-10 que suspende la importación de cobre y desperdicios de cobre.

Norma General 01-10 que dispone la publicación de los valores fiscalizados por la Dirección

General de Aduanas.

Comunicación a la asociación de metaleros sobre Decreto 334-07 y Norma General 2-10.

Norma 2-08 que prohíbe la importación y circulación de vehículos con el guía a la derecha.

Norma para las subastas públicas de mercancías.

Norma General DGII-DGA 01-08 sobre impuesto selectivo.

Norma General 01-06 pago impuesto Ad-Valorem derivados del petróleo.

Norma General 01-05 impuesto selectivo a vehículos automóviles.

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III. 3 ESTRUCTURA:

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CONSEJO DE DIRECCIÓN

DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL

DEPARTAMENTO DE INTELIGENCIA

ADUANERA

GERENCIA DE FISCALIZACIÓN

MARÍTIMAS TERRESTRES AEROPORTUARIAS

ADMINISTRACIÓN Y SUBADMINISTRACIÓN DE ADUANAS

CONSEJO SUPERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

CONSEJO SUPERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS

DEPARTAMENTO DE RELACIONES PÚBLICAS

AUDITORIA

DEPARTAMENTO TECNICO DELIBERATIVO

COMISIÓN DE PERSONAL

COMISIÓN DE ÉTICA

DEPARTAMENTO DE PLANIFICIACIÓN DE LA

FISCALIZACIÓN

SUBDIRECCIÓN DE TECNOLOGIA

DEPARTAMENTO JURÍDICO

DOTACIÓN POLICIAL

SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

SUBDIRECCIÓN TECNICA

SUBDIRECCIÓN OPERATIVA

SUBDIRECCIÓN ZONAS FRANCA

Page 17: Direccion General de Aduanas (Trabajo Oficial)

Dirección General de Aduanas de la Republica Dominicana

III.4 APORTES AL SISTEMA TRIBUTARIO:

La aduana dispone de patrimonio propio, presupuesto para el pago de sus empleados, puede contratar

servicios, administrar los fondos que le corresponden por el 4 por ciento del total de las recaudaciones

mensuales, de los derechos e impuestos gestionados, más la tasa de servicio del 0.4% del valor CIF de

los contenedores declarados en la importación en los regímenes de consumo, de Admisión Temporal,

Internamiento Temporal y Zona Franca.

III.5 EXPORTANCION E IMPORTACION:

Procedimientos aduaneros para la exportación:

En el intercambio comercial entre países es fundamental conocer de las normativas  legales, procesos y

procedimientos aduaneros aplicables en el país de destino. En la aplicación de los procedimientos

aduaneros, los responsables que realizan transacciones comerciales internacionales, deben tener en

cuenta lo establecido en los Acuerdos, Convenios, Leyes, Decretos, Reglamentos, Normas,

Resoluciones y otros documentos que establecen medidas administrativas a ser ejecutadas por

empleados y funcionarios aduaneros.

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Page 18: Direccion General de Aduanas (Trabajo Oficial)

Dirección General de Aduanas de la Republica Dominicana

Las exportaciones se constituyen en el proceso de transferir las mercancías de un país a otros destinos

para generar divisas, por lo que se requiere cumplir con una serie de requisitos y procedimientos. Estos

son en nuestro caso:

Registro en las entidades gubernamentales, sean personas físicas o jurídicas, Agentes de Aduanas

amparados en la Resolución No. 84-05, Agentes Couriers circunscritos en el Decreto No. 402-05,

Agentes Consolidadores de Cargas y Agentes (Mudanceros) regulados por el Reglamento No. 96.98.

Solicitud del Token para operar con el Sistema SIGA, del cual se requiere completar un formulario y el

pago de RD$3,600.00 para la emisión y RD$1,080.00, para la renovación. Este dispositivo electrónico le

permite accesar a la plataforma informática para la declaración aduanera vía electrónica,

Adquirir el DUA, formulario que puede ser obtenido en la sede de la Direccion General de Aduanas,

área de caja, cuyo costo es de RD$300.00. De realizarse la declaración aduanera de la exportación en

formato digital, el sistema le genera un DUA y una factura a ser pagada en la Administración Aduanera.

Factura comercial, documento elemental para la declaración de la mercaría,

Certificado de Origen, requerido para la introducción de productos en países miembros de Acuerdos

Comerciales para la aplicación de una preferencia arancelaria.

Certificado Fitosanitario, Sanitario o de No Objeción, para los casos de productos agrícolas (vegetales),

ganaderos y pecuario (carne, huevos, leche), medicamentos y medio ambiente.

En la exportación de mercancías bajo regímenes de Zonas Francas (Ley No. 8-90), Admisión Temporal

(Ley No. 84-99), entre otros, deben completar con las especificaciones establecidas en las referidas

normativas. El incumplimiento de estas disposiciones legales es objeto de sanciones y multas.

La Reexportación de mercancías en República Dominicana está regulada por el Reglamento No. 106-96,

que establece el cobro del 1.5% del valor CIF.

Completado los documentos necesarios para la exportación, el representante de la persona física o

jurídica realiza la coordinación con el medio de transporte por donde va a salir la mercancía.

Es importante tener en cuenta además, las normativas legales establecidas en el país de destino para que

la exportación realizada no se vea afectada por detención de mercancía que puede traer como

consecuencia la puesta en alerta de los productos exportados a distintos destinos, afectar el historial del

país hasta la reducción de pedidos de mercancía y la relación comercial internacional. Asimismo,

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Page 19: Direccion General de Aduanas (Trabajo Oficial)

Dirección General de Aduanas de la Republica Dominicana

contemplar las prohibiciones de productos en el país de destino de mercancía restringida, o de prohibida

importación en el país de destino.

Los certificados fitosanitarios, sanitarios y de no objeción emitidos por entidades gubernamentales

vinculantes (Agricultura, Salud Pública y Medio Ambiente), son requeridos para la exportación en la

aduana de destino, por lo que es necesario la presentación de los referidos documentos para el

cumplimiento de ese régimen aduanero.

Es función de la Direccion General de Aduanas, controlar y facilitar la mercancía que sale e ingresa al

territorio aduanero, labor realizable en coordinación con los actores de la Cadena Logistica del

Comercio Internacional.

La Organización Mundial de Aduanas ha indicado con mucha precisión y con las debidas facultades que

los procedimientos aduaneros deben estar orientados a la Facilitación del Comercio y garantizar

procesos ágiles, eficientes y transparentes. Esto es un indicativo de que los mismos no deben constituirse

en Obstáculos al Comercio.

Procedimientos aduaneros para la importación:

La República Dominicana mantiene una relación desigual en su comercio exterior en término de un

mayor flujo de mercancía de ingreso (importación), proceso en el cual los procedimientos aduaneros

requieren mayores niveles de eficiencia y eficacia para que la mercancía sea entregada a los

importadores en el menor tiempo, lo que implica la facilitación comercial, el control y la seguridad en

cada eslabón de la Cadena Logística.

El régimen de importación (a consumo), se inicia antes de la llegada del medio de transporte de

procedencia extranjera y concluye con la obtención del levante, el cual permite al importador disponer

de su mercancía para uso o consumo, producida o elaborada en otro país cumpliendo con las normativas

legales vigentes.

Desde que el fabricante, productor, distribuidor, suplidor en el país de origen o procedencia entrega la

mercancía al medio de transporte, debe presentar la factura comercial y los datos del exportador e

importador; para que el Agente Marítimo (Naviera), Agente Aéreo o terrestre emita el conocimiento de

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Dirección General de Aduanas de la Republica Dominicana

embarque  (Bill of landing- B/L) para el transporte marítimo y guía aérea (Air Way Bill –W/B) para el

transporte aéreo, asimismo la carta de porte para el transporte terrestre.

Este documento es la base para completar los datos del Manifiesto de Carga, donde el agente marítimo o

aéreo detalla las informaciones registradas de las mercancías a ser transportada hasta el lugar destinado.

En el caso marítimo, los operadores de puertos realizan una planificación en su sistema informático y

monitorean el medio de transporte desde su salida hasta su destino. Cuando llega el buque, se efectúa el

atraque y se inicia, previa coordinación con actores de la Cadena Logística (Importador o Exportador,

DNI, DNCD, Aduanas, otros) la recepción del buque. El agente marítimo notifica al importador la

llegada de su mercancía, que al recibir el importador, consignatario o su representante esa notificación y

procede a realizar la gestión aduanera.

¿Que se necesita para importar mercancía hacia República Dominicana?: 1) Solicita el Token y se

registra en la Consultoría Jurídica de la Dirección General de Aduanas y obtenido el Token para el

acceso al sistema informático puede realizar la declaración aduanera anticipada definitiva o definitiva

vía electrónica. Ese dispositivo de almacenamiento electrónico (USB) tiene un costo de RD$3,600.00

para la emisión y RD$1,080.00 para la renovación anual, a ser pagado en caja de la sede central. Con esa

conexión, el importador puede tener acceso al sistema informático SIGA para la declaración aduanera de

la mercancía importada.

Realizado este registro por el importador, representante o agente de aduanas, se puede declarar la

mercancía en el formulario No. 003-2007, Declaración Única Aduanera (DUA), cuyo costo es de

RD$100.00, a ser llenado a través del sistema. Para el pago de ese costo, se genera una factura a ser

pagada en las Administraciones Aduaneras.

A la declaración realizada vía el sistema, se le adjunta los requisitos necesarios para la importación de

mercancías, entre ellos: 1) Factura Comercial traducida en el idioma del país de destino, 2)

Conocimiento de Embarque, Guía Aérea o Carta de Porte, 3) Certificado de Origen (para aplicación de

preferencias arancelarias de los Acuerdos Comerciales a los que somos signatarios), 4) Certificado

Fitosanitario, Sanitario o de No Objeción cuando se trata de  productos medicinales, mineros, agrícolas y

medio ambiente, 5) Titulo del vehículo (para el caso de importación de vehículos.

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Dirección General de Aduanas de la Republica Dominicana

Cuando se trata de importación que requiere de certificado fitosanitario, zoosanitario o de no objeción.

Es preferible, obtener con anticipación esos documentos para evitar el retraso en el despacho aduanero.

Asimismo tener en cuenta que la mercancía importada esté apta para uso o consumo.

Estos documentos deben ser escaneados y adjuntados a la declaración aduanera enviada vía web, que al

presentarse los originales en el área de Control Previo, deben ser revisados por el personal designado en

esa función para cotejar que las informaciones contenidas en los documentos de importación sean las

declaradas en el DUA, de manera que la captura de los datos sea la correcta para la generación de

informaciones estadísticas del comercio exterior (exportación e importación) sean confiable.

Al declarar la mercancía en el plazo de 4 días y ha sido extendido por disposición administrativa a diez

(10) días, se evita la aplicación de la multa por declaración tardía contemplada en el artículo 52 de la

Ley No. 3489. Realizada la declaración aduanera, declaración jurada, cuyo proceso puede hacerse vía

electrónica adjuntando los documentos necesarios para la importación.

El Procedimiento Aduanero para Importación requiere del cumplimiento de normativas legales

aplicables a la mercancía. En el caso dominicano, la Ley No. 3489, del 14 de febrero del 1953, para el

Régimen de Aduanas y la Ley No. 226 del 19 de junio del 2006, sobre Autonomía Funcional,

Presupuestaria, Administrativa, Técnica y Patrimonio propio a la DGA, entre otras, establecen las

regulaciones legales sobre la importación de mercancía.

Realizado este proceso, se procede con la Verificación y Aforo de la mercancía, donde se determina que

la mercancía declarada sea la existente físicamente. De existir diferencia, el Aforador o Verificador

realiza las observaciones correspondientes en el DUA y el expediente es llevado al Área del Comité

Técnico, donde se revisa el expediente completo desde la partida arancelara, la descripción de la

mercancía, el valor declarado, el régimen aduanero destinado, el país de origen especificado, para la

determinación de los impuestos a pagar. Si existe mala declaración por partida arancelaria,

subvaluación, sobrevaluación u origen, el Departamento de Auditoria realiza la reliquidación de

impuestos, siendo informado el importador, quien puede recurrir ante la Administración Aduanera o la

Direccion General de Aduanas para la revisión de la acción realizada.

Es fundamental conocer si se trata de mercancía: 1) Peligrosa (materiales radiactivas, tóxicos, gases

inflamables, explosivos) 2) Restringida (armas de fuego, dinero efectivo, fármacos, drogas), 3)

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Prohibidas (vehículos con más de cinco (5) años de fabricación, vehículos con más de quince (15) años

de fabricación de vehículos pesados), electrodomésticos usados, vehículos salvamento, vehículos con el

guía a la derecha, ropa usada, otros.

Habiendo realizado el proceso de verificación, aforo y pago de impuestos, permitiéndose realizar a

través de servicio bancario, se procede con el despacho de la mercancía con los documentos de

importación originales.

En caso de que la mercancía importada destinada al régimen de importación (a consumo), no haya sido

declarada y pasan seis (6) meses después de haber llegado al territorio aduanero, la mercancía cae en

Subasta. Si no le interesa la mercancía, o si desconoce de esa mercancía que ha sido consignada a su

nombre, puede informar a la Dirección.

III.6 RECAUDACION 2012 y 2013:

Perspectivas recaudatorias para el año 2012

Las recaudaciones aduanales registradas hasta el 30 de noviembre han sido de RD$56,955.1 millones, lo

que representa un 91.8% de ejecución con respecto al monto que proyectó la entidad, que fueron

RD$62,061.0 millones para todo el año.

Según un informe ofrecido ayer por la Dirección General de Aduanas (DGA), si se compara el total

recaudado durante el período enero-noviembre 2011, RD$52,829.20 millones (excluyendo los ingresos

originados por la suspensión de la Ley Proindustria, por un monto de RD$7,338.8 millones), con el

mismo período del presente año se observa que ha habido un incremento de un 7.8%, equivalente a unos

RD$4,125.9 millones.

Al ofrecer el informe, los ingresos obtenidos durante el trimestre septiembre-noviembre de 2012, por un

monto de RD$17,085.3 millones, superan en un 12.3%, equivalente a RD$1,864.9 millones, la cifra

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obtenida durante el mismo período de 2011, RD$15,220.4 millones, lo que a su entender obedece en

gran medida al incentivo que se le ha dado al personal para mejorar la fiscalización y las funciones en

sentido general.

“Las proyecciones que se han hecho sobre la base del comportamiento recaudatorio observado en los

últimos dos meses, permiten anticipar que el monto total de ingresos superaría los $62,300 millones para

2012”

la actual administración de Aduanas se ha concentrado en asegurar el cobro exacto de los impuestos

aduanales, fortaleciendo los mecanismos de fiscalización con posterioridad al despacho, una supervisión

diaria al desempeño recaudatorio de las administraciones aduanales y una mayor atención a las cuentas

por cobrar. Sobre este último componente, destacó que la mejoría en su manejo queda demostrada en el

hecho de que en los pasados tres meses se han recuperado RD$621.3 millones de esas deudas atrasadas,

lo que representa un promedio superior a los RD$207 millones mensuales, superando en un 84.0% el

promedio que se había registrado en los ocho meses anteriores a esta gestión, que fue RD$112.7

millones.

Perspectivas recaudatorias para el año 2013

Respecto a 2013, el informe establece que el monto de las recaudaciones presupuestadas por el

Ministerio de Hacienda para 2013 es de RD$74,616.0 millones, distribuidos de la manera siguiente:

RD$21,574.8 millones correspondiente a la aplicación de tasas arancelarias; RD$45,944.0 millones al

Impuestos a la Transferencia de Bienes Industrializado (ITBIS); RD$6,851.2 millones otros impuestos

(selectivos, otros.).

El entorno macroeconómico considerado para la elaboración de esta estimación prevé un crecimiento

del Producto Interno Bruto Real del orden del 3%, una tasa de cambio promedio de 41.6 por uno, y una

inflación rondaría el 5%. “Esperamos así una dinámica normal en el comportamiento de las

importaciones de bienes de consumo grabados y de ello cumplir con el recaudo planteado”, establece el

director de Aduanas.

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III.7 TRATADOS DE LIBRE COMERCIO:

Acuerdos de Libre Comercio firmados por la Rep. Dom. 

Acuerdo de Libre Comercio entre República Dominicana y la Comunidad del Caribe (ALC RD -

CARICOM).

Acuerdo de Libre Comercio entre República Dominicana y Centroamérica (ALC RD - Centroamérica).

Acuerdo de Alcance Parcial entre la República Dominicana y Panamá (AAP RD - Panamá).

Acuerdo de Libre Comercio entre los Estados Unidos, Centroamérica y la República Dominicana (DR-

CAFTA).

Acuerdo de Asociación Económica entre los países de la Unión Europea y los países del Cariforo (AAE)

III.8 LA OMC:

La Organización Mundial del Comercio (OMC) es la única organización internacional que se ocupa de

las normas que rigen el comercio entre los países. Los pilares sobre los que descansa son los Acuerdos

de la OMC, que han sido negociados y firmados por la gran mayoría de los países que participan en el

comercio mundial y ratificados por sus respectivos parlamentos. El objetivo es ayudar a los productores

de bienes y servicios, los exportadores y los importadores a llevar adelante sus actividades.

Quiénes son:

La Organización Mundial del Comercio puede verse desde distintas perspectivas. Es una Organización

para la apertura del comercio. Es un foro para que los gobiernos negocien acuerdos comerciales. Es un

lugar en el que pueden resolver sus diferencias comerciales. Aplica un sistema de normas comerciales. En

lo fundamental, la OMC es un lugar al que los gobiernos Miembros acuden para tratar de resolver los

problemas comerciales que tienen unos con otros.

La OMC nació como consecuencia de unas negociaciones, y todo lo que hace resulta de negociaciones.

El grueso del trabajo actual de la OMC proviene de las negociaciones mantenidas en el período 1986-

1994, la llamada Ronda Uruguay, y de anteriores negociaciones en el marco del Acuerdo General sobre

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Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT). La OMC es actualmente el foro de nuevas negociaciones en

el marco del “Programa de Doha para el Desarrollo”, iniciado en 2001.

Cuando los países han tenido que hacer frente a obstáculos al comercio y han querido que se reduzcan,

las negociaciones han contribuido a abrir los mercados al comercio. Sin embargo, la labor de la OMC no

se circunscribe a la apertura de los mercados, y en algunos casos sus normas permiten mantener

obstáculos comerciales, por ejemplo para proteger a los consumidores o para impedir la propagación de

enfermedades.

Constituyen el núcleo de la OMC los denominados Acuerdos de la OMC, negociados y firmados por la

mayoría de los países que mantienen intercambios comerciales. Esos documentos establecen las normas

jurídicas fundamentales del comercio internacional. Son en lo esencial contratos que obligan a los

gobiernos a mantener sus políticas comerciales dentro de límites convenidos. Son negociados y firmados

por los gobiernos, pero su finalidad es ayudar a los productores de bienes y servicios, a los exportadores

y a los importadores a desarrollar sus actividades, si bien permitiendo que los gobiernos alcancen

objetivos sociales y ambientales.

El propósito primordial del sistema es contribuir a que el comercio fluya con la mayor libertad posible,

sin que se produzcan efectos secundarios no deseables, porque eso es importante para el desarrollo

económico y el bienestar. Esto conlleva en parte la eliminación de obstáculos. También requiere

asegurarse de que los particulares, las empresas y los gobiernos conozcan cuáles son las normas que

rigen el comercio en las distintas partes del mundo, de manera que puedan confiar en que las políticas no

experimentarán cambios abruptos. En otras palabras, las normas tienen que ser “transparentes” y

previsibles.

Las relaciones comerciales conllevan a menudo intereses contrapuestos. Los acuerdos, incluidos los

negociados laboriosamente en el sistema de la OMC, tienen muchas veces que ser interpretados. La

forma más armoniosa de resolver estas diferencias es mediante un procedimiento imparcial basado en un

fundamento jurídico convenido. Ese es el propósito del sistema de solución de diferencias integrado en

los Acuerdos de la OMC.

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Qué hacemos

La OMC está dirigida por los gobiernos de sus Miembros. Todas las decisiones importantes son

adoptadas por la totalidad de los Miembros, ya sea por sus Ministros (que se reúnen por lo menos una

vez cada dos años) o por sus embajadores o delegados (que se reúnen regularmente en Ginebra).

Aunque la OMC está regida por sus Estados Miembros, no podría funcionar sin su Secretaría, que

coordina las actividades. En la Secretaría trabajan más de 600 funcionarios, y sus expertos — abogados,

economistas, estadísticos y especialistas en comunicaciones — ayudan en el día a día a los Miembros de

la OMC para asegurarse, entre otras cosas, de que las negociaciones progresen satisfactoriamente y de

que las normas del comercio internacional se apliquen y se hagan cumplir correctamente.

Negociaciones comerciales

Los Acuerdos de la OMC abarcan las mercancías, los servicios y la propiedad intelectual. En ellos se

establecen los principios de la liberalización, así como las excepciones permitidas. Incluyen los

compromisos contraídos por los distintos países de reducir los aranceles aduaneros y otros obstáculos al

comercio y de abrir y mantener abiertos los mercados de servicios. Establecen procedimientos para la

solución de diferencias. Esos Acuerdos no son estáticos; son de vez en cuando objeto de nuevas

negociaciones, y pueden añadirse al conjunto nuevos acuerdos. Muchos de ellos se están negociando

actualmente en el marco del Programa de Doha para el Desarrollo, iniciado por los Ministros de

Comercio de los Miembros de la OMC en Doha (Qatar) en noviembre de 2001.

Aplicación y vigilancia

Los Acuerdos de la OMC obligan a los gobiernos a garantizar la transparencia de sus políticas

comerciales notificando a la OMC las leyes en vigor y las medidas adoptadas. Diversos consejos y

comités de la OMC tratan de asegurarse de que esas prescripciones se respeten y de que los Acuerdos de

la OMC se apliquen debidamente. Todos los Miembros de la OMC están sujetos a un examen periódico

de sus políticas y prácticas comerciales, y cada uno de esos exámenes contiene informes del país

interesado y de la Secretaría de la OMC.

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Solución de diferencias

El procedimiento de la OMC para resolver controversias comerciales en el marco del Entendimiento

sobre Solución de Diferencias es vital para la observancia de las normas, y en consecuencia para velar

por la fluidez de los intercambios comerciales. Los países someten sus diferencias a la OMC cuando

estiman que se han infringido los derechos que les corresponden en virtud de los Acuerdos. Los

dictámenes de los expertos independientes designados especialmente para el caso se basan en la

interpretación de los Acuerdos y de los compromisos contraídos por cada uno de los países.

Creación de capacidad comercial

Los Acuerdos de la OMC contienen disposiciones especiales para los países en desarrollo, con inclusión

de plazos más largos para aplicar los Acuerdos y los compromisos y de medidas para aumentar sus

oportunidades comerciales, con objeto de ayudarles a crear capacidad comercial, solucionar diferencias

y aplicar normas técnicas. La OMC organiza anualmente centenares de misiones de cooperación técnica

a países en desarrollo. También organiza cada año en Ginebra numerosos cursos para funcionarios

gubernamentales. La Ayuda para el Comercio tiene por objeto ayudar a los países en desarrollo a crear

la capacidad técnica y la infraestructura que necesitan para aumentar su comercio.

Proyección exterior

La OMC mantiene un diálogo regular con organizaciones no gubernamentales, parlamentarios, otras

organizaciones internacionales, los medios de comunicación y el público en general sobre diversos

aspectos de la Organización y las negociaciones de Doha en curso, con el fin de aumentar la cooperación

y mejorar el conocimiento de las actividades de la OMC.

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III.9 LA OMA:

• En junio de 1994, el Consejo adoptó el nombre informar de “Organización Mundial de Aduanas

(OMA)” para el Consejo de Cooperación Aduanera, con el fin de que quedara más patente la

naturaleza de este organismo y su vocación internacional. El Convenio por el que se creó el

Consejo no fue enmendado, con lo que su nombre oficial sigue siendo “Consejo de Cooperación

Aduanera”.

• Actualmente, la OMA esta formada por 171 partes contratantes, que en si se representan por lo

Directores Generales de Aduanas o sus delegados en la reunión anual del Consejo, que celebra

dos reuniones en una, con la denominación de Reunión 107 y 108, 109 y 110, respectivamente,

esto significa que en un solo consejo se están discutiendo las diversas cuestiones de carácter

político y administrativo, incluyendo asuntos de orden financiero.

• La misión de la OMA es aumentar la eficiencia y efectividad de las administraciones de aduanas

en las áreas de cumplimiento con regulaciones comerciales, protección de la sociedad y

recaudación de ingresos, de tal modo que contribuyan al desarrollo del comercio internacional y

de la economía y bienestar social de las naciones. Con el objeto de completar esta misión, la

OMA persigue las siguientes estrategias de Creación de Capacidades:

• En primer lugar, la OMA a través de sus convenciones, otros instrumentos y mejores prácticas,

proporciona una serie de modelos y de acuerdos internacionales para la efectiva administración

de aduanas.

• En segundo lugar, la OMA proporciona un foro para la cooperación internacional y el

intercambio de información, y experiencia entre las administraciones Miembros, otras

organizaciones internacionales y el sector privado.

• En tercer lugar, a través del programa de asistencia técnica y cooperación, la OMA proporciona

una línea de oportunidades alta calidad y Creación de Capacidades en áreas de competencia

organizacional.

• La OMA se involucra activamente en actividades relacionadas con:

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mejorar la calidad de, y el acceso a sus programas de alta calidad de asistencia técnica y

capacitación a través del desarrollo y la instrumentación de un programa de educación a distancia

a través de medios electrónicos;

• promover la importancia de una eficiente y efectiva Administración Aduanas en diversos foros

internacionales y con las organizaciones donadoras.

• volver a desarrollar el programa de reforma y modernización aduanera para hacer más accesible,

flexible e interesado a las necesidades de los Miembros de la OMA.

• mejorar el nivel de cooperación y enlace en la materia de los esfuerzos internacionales de

Creación de Capacidades; y

• explorar los significados de una mejor coordinación en la asistencia de la Creación de

Capacidades a través del desarrollo de mecanismos regionales apropiados.

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CONCLUSIÓN

A lo largo del presente documento, pudimos comprender, Lo que es la Dirección general de aduana

dominicana (DGA), su importancia, funciones y lo que representa para nuestro país hoy en día. La cual

inicio en nuestro país, cuando en el año 1845 el régimen independentista, ante la necesidad de aumentar

sus ingresos y regularizar las Aduanas, dicta la Ley Núm.34, del 29 de mayo, sobre el Régimen de

Aduanas, con medidas significativas como fueron la naturalización de los buques y la expedición de !as

patentes de navegación.

Agradecemos de ante mano al lector, por tomarse el tiempo de leer este importante trabajo, sobre la

Dirección General de Aduana de la republica dominicana.

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BIBLIOGRAFIA:

www. aduanas .gob.do

http://www.onap.gov.do

www.portal. dga .com.do

www.Wikipedia.com

www.Monografias.com

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