dirección de vinculación
DESCRIPTION
docTRANSCRIPT
Reglamento Interior del Instituto Tecnolgico Superior de Uruapan
Manual de Organizacin del Instituto Tecnolgico Superior de UruapanVIII.- FUNCIONES GENERALES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVASLos titulares de las Unidades Administrativas, tendrn a su cargo las funciones generales siguientes:
I.-Conducir sus actividades y desempear sus funciones conforme a los principios rectores de certeza, legalidad, objetividad, imparcialidad, equidad y profesionalismo, as como a los objetivos, programas, polticas y lineamientos que determinen la Junta y el Director General, con estricto apego a las disposiciones normativas aplicables y a las lneas jerrquicas de mando correspondientes;
II.-Someter a consideracin del superior jerrquico, la resolucin de los asuntos cuya responsabilidad corresponda a la Unidad Administrativa a su cargo.
III.- Planear, programar, organizar y controlar las actividades de la Unidad Administrativa a su cargo, e informar sobre el resultado de las mismas;
IV.-Elaborar y rendir con oportunidad los informes, estudios y opiniones de asuntos de su competencia, en los trminos que le s sean requeridos;
V.-Elaborar y presentar el proyecto de Programa Operativo Anual correspondiente a la Unidad Administrativa a su cargo;
VI.-Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus funciones y aquellos que le sean sealados por encargo;
VII.-Elaborar el proyecto de presupuesto que corresponda a la Unidad Administrativa a su cargo;
VIII.-Promover y aplicar las medidas necesarias a fin de garantizar la atencin al publico de manera eficaz, oportuna y amable, en los mbitos de su competencia;
IX.-Participar con las dems Unidades Administrativas, cuando se requiera, para el mejor cumplimiento de los objetivos y actividades del Instituto;
X.- Supervisar que el personal a su cargo; desempee las comisiones que le sean conferidas e informe oportunamente del resultado de las mismas;
XI.-Atender los asuntos que les encomienden e informar del seguimiento de los mismos, hasta su conclusin;
XII.-Aplicar la estructura orgnica autorizada para la Unidad Administrativa a su cargo, as como los procedimientos establecidos en la materia de su competencia;
XIII.-Ejercer la docencia en un mximo de diez 10 horas semana mes, cuando las necesidades del Instituto lo demanden, dentro del horario laboral establecido y sin retribucin econmica adicional;
XIV.-Participar en los procesos de certificacin y acreditacin que implemente el Instituto, a fin de promover el fortalecimiento, crecimiento institucional y la calidad educativa; y,
XV.-Las dems que le seale el titular de la Unidad Administrativa a la que estn adscritos y otras disposiciones normativas aplicables.
IX.- FUNCIONES ESPECFICAS
DE LA DIRECCIN DE VINCULACINI.-Planear, organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades de planeacin, programacin, evaluacin presupuestal, servicios escolares, extensin y vinculacin con el sector productivo, de conformidad con las disposiciones normativas aplicables.
II.-Verificar el cumplimiento de los procedimientos establecidos para la planeacin, programacin, evaluacin presupuestal, servicios escolares, extensin y vinculacin con el sector productivo;
III.-Integrar el programa operativo anual y el anteproyecto de presupuesto del Instituto, en coordinacin con la Subdireccin de Finanzas y Administracin y presentarlos al Director General para su aprobacin;
IV.-Organizar y supervisar la elaboracin de los planes de desarrollo institucional y de las estrategias a seguir para su ejecucin;
V.-Coordinar las acciones de supervisin, seguimiento y evaluacin del Programa Operativo Anual, as como de los programas especiales a cargo del Instituto;
VI.-Integrar las propuestas de modificaciones orgnico-funcionales del Instituto y presentarlas al Director General para su consideracin;
VII.-Promover las actividades de extensin educativa, gestin tecnolgica y vinculacin con el sector productivo;
VIII.-Coordinar las acciones de comunicacin y difusin del Instituto de acuerdo a los procedimientos establecidos;
IX.- Dirigir y controlar la prestacin de los servicios mdicos, otorgamiento de becas, rgimen facultativo del seguro social, bolsa de trabajo y orientacin educativa del Instituto;
X.-Dirigir y controlar las inscripciones, reinscripciones, cambios, traslados, acreditaciones, regularizaciones, certificacin y titulacin de los alumnos;
XI.-Coordinar y supervisar el funcionamiento del Centro de Informacin del Instituto;
XII.-Programar, organizar y organizar y coordinar de acuerdo con los lineamientos emitidos por la Direccin de Institutos Tecnolgicos Descentralizados las reuniones de planeacin y evaluacin del Instituto;
XIII.-Conducir la realizacin de estudios de factibilidad de la oferta educativa y proyectos del Instituto, a efecto de llevar a cabo su integracin y actualizacin permanente;
XIV.-Impulsar la incorporacin del sector social y productivo de la regin, a los proyectos, acciones y programas que realice el Instituto, a efecto de vincularlos con el proceso de innovacin y modernizacin tecnolgica;
XV.-Proponer la celebracin de convenios y acuerdos de colaboracin con instituciones educativas de nivel superior, a efecto de apoyar la preparacin y realizacin de residencias profesionales de profesores, investigadores y alumnos;
XVI.- Organizar y coordinarse con instituciones educativas, sociales, pblicas o privadas en el Estado, a nivel nacional e internacional, a efecto de desarrollar y promover el intercambio de actividades acadmicas, culturales y recreativas que realice el Instituto;
XVII.-Supervisar la elaboracin del informe de avance fsico-financiero del Instituto, para su remisin a las instancias competentes;
XVIII.-Difundir y supervisar la aplicacin, elaboracin, integracin y aprobacin de los planes y programas dirigidos a la optima operacin del Instituto;
XIX.-Definir los mecanismos de estructuracin, procesamiento, representacin y difusin de la informacin generada por el Instituto;
XX.-Dirigir la elaboracin y actualizacin de estudios y proyectos referentes programas de vinculacin y extensin acadmica;
XXI.- Promover las actividades de extensin educativa, gestin tecnolgica y vinculacin con los sectores industrial, de servicios y productivo, tanto pblico y social como privado;
XXII.-Disear y elaborar folletos, revistas, libros, compendios y estadsticas, entre otras, para difundir la actividad realizada por el Instituto, as como los avances y resultados en materia educativa, tecnolgica y cientfica;
XXIII.-Coadyuvar con la Direccin Acadmica en los estudios necesarios que permitan evaluar y detectar la actualizacin y capacitacin de los profesionistas que laboran en el Instituto; y;
XXIV.-Las dems que le seale el Director General y otras disposiciones normativas aplicables: