direccion de enajenacion bnm

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  • 8/19/2019 Direccion de Enajenacion BNM

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    REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DE LA DEFENSA

    INSPECTORIA GENERAL DE LA F.A.N.CENBFAN.

    MD-INGEFAN-CENBFAN-01-94 COPIA __________DE_____________ INGEFAN

    CARACAS011800AGO94Actualizada en Junio de 02

    DIRECTIVA

    ASUNTO: NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EJECUCION DE LAENAJENACIÓN DE LOS BIENES NACIONALES EN LAS UNIDADES YDEPENDENCIAS DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL

    I. OBJETO:

    La presente Directiva tiene por objeto establecer Las “Normas y Procedimientospara ejecutar la enajenación de los Bienes Nacionales en estado de obsolescencia,deterioro, desincorporados, o innecesarios para el cumplimiento de la misión en lasUnidades, Dependencias, Institutos Autónomos, Compañías Anónimas y Otros

    Organismos de la Fuerza Armada Nacional.

    II. MARCO LEGAL:

    • Constitución

    • Ley Orgánica de la F.A.N.

    • Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y su Reglamento.

    • Ley Orgánica que Regula la Enajenación de Bienes del Sector Público No

     Afectos a las Industrias Básicas.

    • Ley Orgánica de Hacienda Pública Nacional.

    • Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público

    • Ley Orgánica de Aduanas y su Reglamento

    • Ley sobre Armas y Explosivos

    • Ley de Licitaciones y su Reglamento

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    • Reglamento de la Contraloría General de la Fuerza Armada Nacional

    • Decreto Nro. 140 de fecha 17 de Septiembre de 1983, sobre delegación de

    firmas de los Ministros del Ejecutivo Nacional.

    • Reglamento sobre Registro de Vehículos, naves, aeronaves, maquinarias,

    equipos y/o servicios de la Fuerza Armada Nacional.

    • Decreto 80 del 20MAR99 (Enajenación de Aeronaves).

    • Separata de la Publicación Nro. 9 (actualizada)

    III. DISPOSICIONES GENERALES:

     A. A los efectos de darle cumplimiento a lo establecido en la Gaceta Oficial Nro.33720 de fecha 19MAY87 se crea según resolución DG-803 del 17JUN94, la

    Comisión de Enajenación de Bienes de la Fuerza Armada Nacional(CENBFAN), con sede en el Ministerio de la Defensa, Nivel Mezzanina, FuerteTiuna, Caracas.

    B. Para los efectos de la presente Directiva se consideran Bienes Nacionales loseñalado en el Titulo (I), Artículo 19 de la Ley Orgánica de Hacienda Públicanacional que dice:

    Son “Bienes Nacionales”:

    1. Los Bienes Muebles o Inmuebles, derechos y acciones que por cualquier

    título entraron a formar el patrimonio de la nación al constituirse esta enEstado Soberano y los que por cualquier título haya adquirido o adquiera lanación o se hayan destinado o destinaren a algún establecimiento PúblicoNacional o algún ramo de la administración Nacional.

    2. Los Bienes Muebles o Inmuebles que se encuentren en el territorio de laRepública y no tengan dueño para efectos de la ejecución de lasoperaciones de enajenación de Bienes Nacionales, en custodia de los entesoficiales, la Ley Orgánica que Regula la Enajenación de Bienes del SectorPúblico no Afectos a Las Industrias Básicas, en su artículo Nro. 11, que dice:

    “Las operaciones a que se refiere la presente ley no estarán sujetas a otrosrequisitos dispuestos a los aquí previstos y en consecuencia, para surealización no se requerirán las autorizaciones y operaciones previstas enlos Artículos 150, Ordinal 2do. De la Constitución de la República 23 y 24 dela Ley Orgánica de Hacienda Pública Nacional, ni las requeridas en lasdisposiciones generales de la Ley de Presupuesto. En todo caso, una vezconcluidas dichas operaciones se efectuarán los asientos contables

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    correspondientes y las participaciones a que hubiere lugar al Congreso de laRepública y a los demás organismos competentes.-

    A. DEFINICION DE MATERIAL DE GUERRA:

    Son todos aquellos sistemas de armas, armamento individuales, partes yequipos que han sido diseñados para ser empleados por la Fuerza Armada en elcumplimiento de su misión de defensa del territorio Nacional y resguardo delorden público, tal como queda señalado en los artículos 2,3 y 4 de la Ley de

     Armas y Explosivos. Así como también el material de guerra por destinación queson todos aquellos sistemas, equipos, parte u objeto que sido incorporados a laTOE. Listas de dotación y similares de la Fuerza Armada Nacional, para elcumplimiento de su misión. Para determinar sus condiciones, deberá ser objetode un Informe Técnico elaborado por el servicio respectivo.

    B. BIENES ADMINISTRATIVOS:

    En la Fuerza Armada son aquellos, no considerados como de Defensa ySeguridad del Estado e informados en el inventario de Bienes Nacionales quese rinde anualmente a la Contraloría General de la República.

    C. CONCEPTOS APLICABLES EN EL PROCESO DE ENAJENACIÓN:

    1. Según el diccionario

    Enajenar: Pasar a otro el dominio de una cosaEnajenable: Lo que se puede Enajenar.Enajenación: Acción de Enajenar.

    2. Según la Ley Orgánica que Regula la Enajenación de Bienes del SectorPúblico no Afectos a la Industrias Básicas.

    a. ¿Que significa enajenar un bien? Transferir su propiedad a otro.

    b. ¿Para que existe la Ley Orgánica que Regula la Enajenación de Bienes(enajenables) del Sector Público No Afectos a las Industrias Básicas?.

    Para facilitar   la enajenación de los bienes (enajenables) del SectorPúblico agilizando  el proceso a través de una simplificación de losrequisitos, autorizaciones y permisos requeridos.

    c. ¿Cuáles son los Bienes? “Enajenables” todos los bienes propiedad de losorganismos cubiertos por al ley que cumplan una de las tres condicionessiguientes:

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      No necesario para el cumplimiento de la finalidades del organismo.

    Los ya desincorporados

    En estado de obsolescencia y deterioroEn estos dos últimos casos, la Ley tiene el propósito de ayudar a losorganismos a salir de sus bienes sobrantes, aligerando el procesode permisos, autorizaciones, requisitos, y limitacionesestablecidas en leyes anteriores.

    d. ¿Cuáles son los tipos de Bienes a enajenar?

    Terrenos

    Construcciones y terrenos

    Maquinarias y Equipos

    Vehículos inservibles

    Naves y Aeronaves

    Mobiliario y Equipo de Oficina

    Material de Seguridad y Defensa

    Otros bienes sobrantes: productos, materiales, insumos, chatarra,etc.

    e. ¿Cómo se pueden enajenar los bienes?

     A través de las siguientes modalidades

    Venta

    Permuta

    Dación en pago por deudas asumidas

     Aporte a Capital Social de Empresas del Estado

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    Otros: Donación, Liquidación, Remate, ETC.

    f. ¿Quiénes participan en un proceso de enajenación?

    El organismo público dueño del bien

    El comprador o adquiriente

    La Comisión para la enajenación

    La Contraloría General de la F.A.N.(cuando se trate de bienesdestinados a la Defensa y Seguridad).

    La Comisión para la enajenación de bienes del Sector Público(CENBISP), quien es responsable por la determinación de:

    1. Autorizar la solicitud de enajenación

    2. Fijar el precio de enajenación

    3. Verificar el material a enajenar si lo cree conveniente.

    Para los efectos de la Comisión de Enajenación de Bienes de laF.A.N. (CENBFAN), Se entiende por enajenación de bienes laconversión de los bienes enajenables en recursos para elreequipamiento de la Fuerza Armada Nacional, mediante la modalidadde permuta previa autorización de la “CENBISP” y/o CONGEFAN,otra modalidad, previa autorización del Inspector General de la F.A.N.

    D. CONCEPTOS DE LA PUBLICACION NRO.9:

    La Publicación Nro. 9 Actualizada, prescrita por la Contraloría General de laRepública mediante resolución Nro. CG-008 del 20 de julio de 1988, ha sidoeditada con la finalidad de que cada dependencia disponga de un instrumentoque le permita conocer, aplicar y cumplir las normas referente a la contabilidadde los Bienes Nacionales, ella describe en cuanto a la desincorporación 16conceptos enumerados del 51 al 67, de los cuales el 52 venta, 55 desarme, 56inservibilidad, 57 deterioro, 58 demolición, 61 permuta, y 62 donación. “Debenefectuarse de acuerdo a lo previsto en la Ley Orgánica que Regula laEnajenación de Bienes del Sector Público No Afectos a las Industrias Básicas,incorporando simultáneamente los bienes recibidos a cambios, por el concepto

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    12, “Incorporación por Permuta” el Acta de desincorporación, las facturas y laautorización de la CENBISP, respaldarán el movimiento.”

    IV. CLASIFICACION Y VALORACION PORCENTUAL DE BIENES A ENAJENAR,

    CON EL FIN DE TENER UNA BASE PARA DETERMINAR EL VALOR DERESCATE Y PODER LLEGAR AL AVALUO APLICANDO LAS TECNICAS DEDEPRECIACION EN CADA CASO ESPECIFICO.

    Según queda demostrado en la Directiva MD-INGEFAN-CENBFAN.-01-94, SecciónIV, CLASIFICACION DE LOS BIENES ADMINISTRATIVOS A ENAJENAR, que laclasificación para los bienes quedará así:

    Cuando se trate de vehículos, naves, aeronaves, maquinarias, etc.

    1. CLASE “A” HASTA UN 20% DE DETERIORO VEHICULO COMPLETO:

    Faltan algunos accesorios, Ejemplo:

    Faro, manillas, vidrios, espejos, instrumentos, pintura, cauchos lisos, etc.

    2. CLASE “B” HASTA UN 60% DE DETERIORO VEHICULO INCOMPLETO:

    Faltan los elementos básicos, por ejemplo:

     Accesorios, carburador, arranque, diferencial, caja de velocidades, bloque,sistemas incompleto de electricidad, frenos, dirección o falta completa del motor,vidrios, tapicería, cauchos, pintura, etc., pero se pueden aprovechar, chasis,puertas, capot, rines, punta de eje, amortiguadores, partes del sistema eléctrico,dirección, frenos, faros, parafangos, parachoques, platinas, tubería, sistema deenfriamiento, etc.

    3. CLASE “C” MAYOR DEL 60% DE DETERIORO:

    Este grupo ha clasificado a los vehículos no recuperables y que por suobsolescencia, deterioro y desmantelamiento no están comprendidos en laClase “B”, sin embargo, se presentan casos en que al hacer la clasificación noson “C” pura, es decir que aun tienen algunos repuestos y accesorios quepueden ser recuperados, por lo que con esta experiencia, hemos visto que enbeneficio de los intereses del Ministerio es conveniente sacar dosclasificaciones para “C” así:

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    CLASE “C1”:

    Comprenden aquellas unidades o partes de vehículos que tienen algunosrepuestos o partes, que puedan ser negociables tales como: chasis, puertas,capot, rines, radiador, etc. , en este caso se dará un valor justo en consideración

    al contenido que tenga la unidad o resto de vehículo.CLASE “C2”:

    Comprenden el desecho total de partes de vehículos que no significan ningunautilidad como repuesto y que se destinara para la fundición, así mismo todapieza de metal proveniente de maquinarias, equipos de oficinas, implementosagrícolas habitacionales de laboratorios, talleres, etc.

    En relación con la documentación que se debe entregar al oferente favorecidoquedaría así:

    a). Clase “A”: Documentos completos de propiedad. 

    b). Clase “B”: Documentos certificando que los materiales entregados seutilizarán para repuestos. 

    c). Clase “C”: Se entregará documento en caso de “C1” cuando el oferente losolicité y en relación a la “C2” no se entregará ningún documento, ya queeste material es exclusivamente para fundición.

    V. PROCEDIMIENTO PARA LA ENAJENACION DE BIENES.

    De acuerdo a la ley Orgánica que Regula la Enajenación de Bienes del SectorPúblico no Afectos a las Industrias Básicas; la enajenación de  Bienes

     Administrativos y de Defensa y Seguridad en la Fuerza Armada se tramitará a laCENBISP y CONGEFAN respectivamente, por intermedio del Inspector General dela Fuerza Armada, al efecto debe prepararse el expediente respectivo (Original yDos Copias) que contendrá los documentos que se especifican a continuación:

    A. CUANDO SE TRATE DE MATERIAL DE GUERRA-BIENES DE SEGURIDAD YDEFENSA.

    1. De la Unidad Táctica al Comité de Enajenación del Componente.

    • Punto de Cuenta del Comandante de la Unidad Táctica al Comandantede la Unidad Superior solicitando la Desincorporación de Bienes porConcepto (61) Enajenación por Permuta autorizado por el ComandoSuperior. (Forma CENBFAN-02).

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    • Desincorporación de Bienes de la CONGEFAN.

    • Relación de Bienes a Enajenar (Forma CENBFAN-03).

    • Descripción del Bien del Servicio respectivo declarando el material

    inservible u obsoleto. (Forma CENBFAN-04)

    •  Avalúo Interno (Forma CENBFAN-05).

    • Declaración Jurada del Comandante de la Unidad y del Profesional querealizó el Avalúo Interno. (Forma CENBFAN-011)

    • Lista de Necesidades o Bienes a recibir

    • Envío del expediente a la Comisión de Enajenación de Bienes de laFuerza Armada.

    2. De la CENBFAN a la CONGEFAN

    • La CENBFAN elaborará el expediente agregando:

    -  Avalúo Externo

    - Resumen de Avalúos

    - Declaración Jurada del Jefe de la CENBFAN, del Profesional

    encargado del expediente y del Avaluador Externo.

    - Solicitud de Enajenación a la CONGEFAN.

    B. CUANDO SE TRATE DE MATERIAL DE BIENES ADMINISTRATIVOS, VEHICULOS,NAVES, AERONAVES, MAQUINARIAS, EQUIPOS SIMILARES CLASIFICADOS A YB.

    1. De la Unidad Táctica al Comité de Enajenación del Componente.

    • Punto de Cuenta del Comandante de la Unidad Táctica al Comandantede la Unidad Superior solicitando la Desincorporación de Bienes porConcepto (61). (Forma CENBFAN-02).

    • Desincorporación de Bienes de la CONGEFAN.

    • Relación de Bienes a Enajenar (Forma CENBFAN-03).

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    • Descripción del Bien del Servicio respectivo declarando el materialinservible u obsoleto. (Forma CENBFAN-04)

    •  Avalúo Interno (Forma CENBFAN-05).

    Declaración Jurada del Comandante de la Unidad y del Profesional querealizó el Avalúo Interno. (Forma CENBFAN-011)

    • Lista de Necesidades o Bienes a recibir

    • Envío del expediente a la Comisión de Enajenación de Bienes de laFuerza Armada.

    2. De la CENBFAN a la CENBISP

    • La CENBFAN elaborará el expediente agregando:

    -  Avalúo Externo

    - Resumen de Avalúos

    - Declaración Jurada del Jefe de la CENBFAN, del Profesional

    encargado del expediente y del Avaluador Externo.

    - Solicitud de Enajenación a la CENBISP.

    C. CUANDO SE TRATE DE DESECHOS METALICOS CHATARRA, CLASIFICADOSTIPO C.

    1. De la Unidad Táctica al Comité de Enajenación del Componente.

    • Punto de Cuenta del Comandante de la Unidad Táctica al Comandantede la Unidad Superior solicitando la Desincorporación de Bienes porConcepto (61) Enajenación por Permuta autorizado por el ComandoSuperior. (Forma CENBFAN-02).

    • Informe de la Problemática de la Chatarra indicando sus características,procedencia, espacio que ocupa y la dificultad en su definición yclasificación, Fotografía Global del Conjunto, su cálculo en tonelaje y

     Avalúo Interno (Forma CENBFAN-06).

    • Desincorporación de Bienes de la CONGEFAN.

    • Relación de Bienes a Enajenar (Forma CENBFAN-03).

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    • Declaración Jurada del Comandante de la Unidad y del Profesional querealizó el Avalúo Interno. (Forma CENBFAN-011).

    • Lista de Necesidades o Bienes a recibir

    Envío del expediente a la Comisión de Enajenación de Bienes de laFuerza Armada.

    2. De la CENBFAN a la CENBISP o CONGEFAN.

    -  Avalúo Externo

    - Resumen de Avalúos

    - Declaración Jurada Jefe de la CENBFAN, del Profesional encargado

    del expediente y del Avaluador Externo.

    - Solicitud de Enajenación.

    D. CUANDO SE TRATE DE INMUEBLES (TERRENOS, CONSTRUCCIONES).

    1. De la Unidad Táctica al Comité de Enajenación del Componente:

    • Punto de Cuenta del Comandante de la Unidad Táctica al Comando de laUnidad Superior solicitando la Desincorporación de Bienes por elConcepto(61) (Forma-CENBFAN-02).

    • Documento de Propiedad

    • Levantamiento Topográfico

    • Catastro

    • Informe Técnico del Servicio de Ingeniería.

    •  Avalúo Interno y Fotografía (Forma CENBFAN-05).

    • Lista de Bienes a Recibir.

    • Declaración Jurada del Comandante de la Unidad y del Profesional querealizó el Avalúo Interno. (Forma CENBFAN-011)

    • Envío del expediente a la Comisión de Enajenación de Bienes de laFuerza Armada.

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    2. De la CENBFAN a la CENBISP

    -  Avalúo Externo

    - Resumen de Avalúos

    -

    Declaración Jurada Jefe de la CENBFAN, del Profesional encargadodel expediente y del Avaluador Externo.

    - Solicitud de Enajenación a la CONGEFAN.

    E. CUANDO SE TRATE DE BIENES UBICADOS EN EL EXTERIOR.

    1. De la Agregaduría al Director de Inteligencia del Estado Mayor Conjunto.

    Punto de Cuenta del Agregado Militar al Director de Inteligenciasolicitando la Desincorporación de Bienes por el Concepto (61),Enajenación por Permuta (Forma CENBFAN-02).

    • Desincorporación de Bienes de la CONGEFAN.

    • Relación de Bienes a Enajenar (Forma CENBFAN 03).

    • Descripción del Bien declarando el material inservible u obsoleto (FormaCENBFAN-04).

     Avalúo Interno (Forma CENBFAN-05).

    •  Avalúo Externo elaborado por un Perito Avaluador del País respectivo.

    • Declaración Jurada del Agregado Militar y del profesional que realizó el Avalúo Interno. (Forma CENBFAN-011).

    • Lista de Necesidades o Bienes a recibir.

    • Envío del expediente a la Comisión de Enajenación de Bienes de laFuerza Armada.

    2. De la CENBFAN a la CONGEFAN.

    - Remisión de Expediente y Solicitud de Enajenación a la CONGEFAN.

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    F. PROCESO PARA LA EJECUCION POR PARTE DE LA CENBFAN DE LAENAJENACION AUTORIZADA POR LA CENBISP O CONGEFAN.

     A). Al recibir el oficio de la CENBISP o CONGEFAN.

    1. Enviar oficio informando a las unidades de trabajo la decisión según sea elcaso.

    2. Coordinar el proceso de ofertas con las unidades de trabajo

    3. Coordinar la elaboración de la Guía del oferente

    4. Coordinar el Aviso de Prensa según sea el caso

    5. Coordinar la Apertura de Sobres-ofertas el cual se efectuará en la CENBFAN.

    6. Autorizar la Buena-Pro mediante el acta procedimientos vigentes.

    7. Coordinar la adquisición de bienes nuevos con las unidades.

    B). De la unidad de trabajo a la CENBFAN.

    1. Original y Dos copias de las facturas de los bienes nuevos recibidos

    2. Original y Dos copias del Acta de Recepción y Entrega de Bienes

    3. Original y Dos copias de las planillas de pesaje cuando se trate de bienes clase“C”.

    4. Original y dos copias del Acta de Control Perceptivo elaborado por unfuncionario de la Contraloría General de la Fuerza Armada Nacional.

    C). De la CENBFAN a la CENBISP.

    1. Oficio de finiquito de la operación

    2. Original de las Ofertas

    3. Copia del Acta de Apertura de Sobres firmada en original

    4. Copia de las Facturas de los bienes recibidos en al operación

    5. Copia de las planillas de pesaje cuando se trate de bienes Clase “C” (Chatarra).

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    D). De la CENBFAN a la CONGEFAN

    Envío de una copia del expediente finiquitado, con los mismos documentoscontemplados en los numerales, 1, 2,3,4,5 del Literal “C”.

    E). De la CENBFAN a las Unidades de Trabajo

    Oficio de finiquito de la operación.

    VI. DESCRIPCION PARA EL USO DE LAS FORMAS.

    1. Relación de los Bienes a Enajenar (Forma CENBFAN 03):

    a. Identificación de las Unidades Cuentandantes, ubicación

    b. Registro, Descripción del Bien, Condición, Valor de Adquisición segúnfactura y otros de interés.

    c. Avalúo: De acuerdo a la Ley Orgánica que Regula la Enajenación de Bienesen su Artículo. El precio que servirá de base para la enajenación de losbienes a que se refiere la presente Ley, será determinado por la Comisión,(CENBFAN), basándose en la información suministrada por los entes uorganismos respectivos y el valor promedio aritmético de Dos (02) avalúosefectuados por distintos peritos. En consecuencia, debe hacerse un AvalúoInterno que será efectuado por Un Oficial, SOPC o técnico en la

    especialidad de la Unidad o dependencia interesada a tal fin que laCENBFAN le suministrará el material y adiestramiento necesario (FormaCENBFAN-02): Este avalúo será colocado a los Bienes clasificados “A” y“B” para los cuales deberá llenar la CENBFAN 02, los bienes chatarratendrán el Avalúo Interno incluido en el informe de problemática por cuantose considera por Una Tonelada Métrica.

    d. Observaciones: Se colocará la aclaratoria cuando se trate de la categoría“C” y/o en caso de relacionar bienes de diferentes Dependencias y cualquierotra observación.

    e. Se  utilizará Formas para registrar los Bienes según su clasificación y enforma correlativa por grupos, es decir los bienes “A” y “B”, con AvalúoInterno individual separadas de los clasificados como chatarra que llevaránvalor por Toneladas Métricas.

    f. La Forma CENBFAN-01, firmada por el Comandante de la UnidadCuentandante.

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     2. Descripción del Bien (Forma CENBFAN 04):

    Es un formato en el cual se describe el bien en su totalidad indicando Nro. deidentidad, marca, tipo, modelo, año, clase, serial motor, serial carrocería, placas,

    color, precio original compra, unidad de origen, foto en ángulo, 45% condicionesde sus componentes, indicando B,R,M, y Faltantes (F), firmado por el SOPC deTransporte o Servicio Técnico.

    3. Informe Técnico y Avalúo Interno (Forma CENBFAN 05):

    Es un instrumento que sirve para evaluar y valorar bienes clasificados “A” y “B”y debe ser realizado por técnicos especializados en la materia de que se trate,en consecuencia tendrá los conocimientos necesarios para llenar la formaCENBFAN-02, deberá ser firmada por el funcionario del Servicio Técnico querealizó la inspección del bien y el perito que hizo el avalúo.Esta forma es adaptable al material sujeto de enajenación de acuerdo a launidad o fuerza que lo elabora.

    4. Fotografías:

    Para los grupos clasificados “A” y “B” se tomarán fotos individuales, es decir, porunidad en un ángulo de 90 grados a distancia de 10 Mts. donde se puededeterminar el frente, costado y el estado físico de la unidad. La foto debe ser acolores de tamaño normal (9 x 10) y que aparezca el número de identificaciónasignado al bien objeto del avalúo, cuando se trate de chatarra Cuatro (04) fotosde todo el conjunto.

    5. Informe de la Problemática de la Chatarra (Forma CENBFAN 06):

    Para los bienes con clasificación “C” (Chatarra), las Unidades Cuentadantesacompañarán la relación de bienes a enajenar con un informe de problemáticaindicando sus características, procedencia, espacio que ocupa y dificulta en sudefinición y clasificación, su cálculo en Toneladas Métricas y como anexofotografías de conjunto (mínimo de cuatro), firmado por el Comandante de laUnidad Cuentadante.

    6. Punto de Cuenta (Forma CENBFAN 02):

    Es el documento interno que permite describir en forma lacónica la situacióngeneral y procedencia del bien que se desea enajenar y que dá una panorámicade orientación al superior que ha de tomar la decisión de tramitación ante laCENBSIP o CONGEFAN según corresponda.Este documento deberá ser firmado por el Oficial General o Superior encargadodel proceso en el programa presupuestario respectivo.

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    7. Determinación del Precio Base (Forma CENBFAN 01):

    Este documento es de uso exclusivo de la CENBFAN.

    8. Guía del Oferente (Forma CENBFAN 07):

    Es en sí una carta compromiso entre la Unidad que enajena y el oferente quiendeberá acompañar su oferta con un ejemplar de la guía firmada y ratificando suaceptación en el acto protocolar de la Apertura de Sobres de la cual se dejaráconstancia escrita en el Acta respectiva.

    VII. GLOSARIO DE TERMINOS.

    A.-. Acto de Apertura de Sobres (Forma CENBFAN 08):

    Es el acto de oferta pública en el cual las empresas y personas interesadas(oferentes) que han manifestado su aceptación de las condiciones señaladasen la Guía del Oferente participan en el proceso; estará presidido por el Jefede la Comisión de Enajenación de Bienes de la F.A.N. (CENBFAN), unfuncionario de la Contraloría General de la Fuerza Armada, un representantede la Consultoría Jurídica del Ministerio de la Defensa; el Jefe de Bienes delPrograma Presupuestario que ofrece los bienes, un Representante de laUnidad Cuentadante y un SOPC, de la CENBFAN, como secretario.

    El acto se regirá por el siguiente protocolo:

    a. Saludos del Jefe de la CENBFAN.

    b. Exposición referencial del marco legal que rige el acto.

    c. Lectura de la Guía del Oferente

    d. Se somete a consideración y se solicita el voto de aceptación y/o los

    comentario para registrar en el acta.

    e. Recepción de los sobres cerrados

    f. Apertura de los sobres, efectuar el análisis y registro respectivo.

    g. Lectura de los sobres de los oferentes que cumplen los requisitos

    exigidos.

    h. Elaboración y firma del Acta por los funcionarios asistentes.

    i. Información final del Jefe de la CENBFAN.

     j. Elaboración y Entrega de la Buena-Pro al oferente favorecido.

    k. Cancelación del Avalúo Externo a empresas avaluadoras.

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     B.-. Oferta (Forma CENBFAN 09):

    Es el documento presentado por el oferente donde manifiesta su voluntad departicipar en el acto y emite sus opiniones en cuanto a valores regido por el

    precio base, este documento se hace acompañar con la Fianza de FielCumplimiento.

    Las ofertas deben ser acompañadas por los requisitos exigidos en la Guíadel Oferente.

    1. Copia de la Guía del Oferente firmada

    2. Copia de los requisitos de la empresa

    3. Registro de Información Fiscal (RIF).

    4. Último Estado de Cuenta Bancario

    5. Cheque de Gerencia como caución a favor de la Unidad Involucradaequivalente al 10% de la oferta presentada.

    Las ofertas serán presentadas en sobres cerrados y sellados con la fecha yhora acordada por cada interesado o capacitado para aclarar las dudas quesobre las ofertas pudieran resultar en el momento de su apertura.

    Las ofertas en original y copia, deberán ser presentadas por el lote completocuando se trate de bienes clasificados “A” y “B” y por unidad de ToneladaMétrica cuando los bienes sean clasificados “C” indicando el final de lasmismas el destino último para el material seleccionado.

    La Comisión de Enajenación en el proceso de análisis y evaluación de lasofertas, no admitirá los que se encuentran dentro de alguno de los supuestossiguientes:

    1. Que no fuesen presentadas a la hora fijada

    2. Que no cumplan con los requerimientos de la Guía del Oferente.

    3. Las presentadas por personas distintas, si se comprueba la participaciónde ellas o de sus socios participando en el proceso.

    Declarada desierta la oferta pública se procederá en una nueva, de acuerdoa la normativa legal vigente.

    No podrán participar en la oferta pública: Las personas que hayan sidodeclaradas en estado de quiebra o condenados por delitos contra lapropiedad o contra el fisco, ni los deudores morosos de obligaciones fiscales

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    vez concluido el Acto de Entrega y Recepción de Bienes, la OficinaCentralizadora de Bienes del Programa Presupuestario coordinará con laCONGEFAN, a los fines del Control Perceptivo de los bienes recibidos yenviará a la CENBFAN, en los próximos Quince (15) días una Copia del Actade Control Perceptivo, copia de los cheques emitidos por los oferentes a las

    empresas proveedoras, copia de las facturas y lista de los bienes adquiridos.

    F.-.Validez del Expediente

    Considerando las variantes del mercado se hace necesario estimar untiempo prudencial no mayor a los 20 días hábiles la elaboración de relaciónde bienes a enajenar, la obtención del precio base y el acto de apertura desobres.

    G.-. Declaraciones Juradas (Forma CENBFAN 011):

    Son documentos donde se da fe de la veracidad de los datos aportados enla conformación del expediente suministrados por los funcionarios queintervienen en el proceso.

    VIII. DISPOSICIONES FINALES.

     A. La Contraloría General de la Fuerza Armada Nacional, designará losfuncionarios para que presencien los siguientes actos.

    Selección del material objeto de enajenación

     Apertura de los sobres de ofertas de los interesados a intervenir en los actosde enajenación.

    En la recepción del material permutado

    Entrega de los Bienes Enajenados.

    Concluidos los actos mencionados, deberá levantarse el Acta correspondiente acada uno de ellos, suscrita por todos los intervinientes en el mismo. LaCENBFAN, o el programa presupuestario, hará la participación requerida con ladebida antelación a la CONGEFAN.

    B. La incorporación y otros movimientos de los bienes nacionales, se regirán por laPublicación Nro. 9 Actualizada de la Contraloría general de la República y lasdisposiciones de la Contraloría General de la Fuerza Armada Nacional.

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    X. ANEXOS

    Forma CENBFAN 01 RESUMEN DE AVALUOS

    Forma CENBFAN 02 PUNTO DE CUENTA

    Forma CENBFAN 03 RELACION DE BIENES A ENAJENAR

    Forma CENBFAN 04 DESCRIPCION DEL BIEN

    Forma CENBFAN 05 INFORME TECNICO DEL SERVICIO RESPECTIVO

    Forma CENBFAN 06 AVALUO INTERNO CLASE “C” E INFORME DE LAPROBLEMÁTICA DE LA CHATARRA.

    Forma CENBFAN 07 GUIA DEL OFERENTE (Modelo)

    Forma CENBFAN 08 ACTA DE APERTURA DE SOBRES (Modelo)

    Forma CENBFAN 09 OFERTA PUBLICA (Modelo)

    Forma CENBFAN 010 ACTA DE RECEPCION Y ENTREGA DE BIENES (modelo)

    Forma CENBFAN 011 DECLARACIONES JURADAS (Modelos).

    FLUJOGRAMA DEL PROCESO DE ENAJENACION DE BIENES NACIONALES DE LA

    F.A.N.

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    XI. DISTRIBUCION:

    1. MINISTRO DE LA DEFENSA

    2. INSPECTOR GENERAL DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL

    3. PARA OFICINAS CENTRALIZADORAS, LAS UNIDADES, DEPENDENCIASDE LAS COMANDANCIAS GENERALES DE CADA COMPONENTE YDEMAS PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS DEL MINISTERIO DE LADEFENSA.

    4. CONTRALORIA GENERAL DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL

    5. CONSULTORIA JURIDICA DEL MINISTERIO DE LA DEFENSA

    6. DIRECCION DE LEGISLACION MILITAR

    7. COMISION DE ENAJENACION DE BIENES DE LA F.A.N.

    8. CENBISP

    9. INSTITUTOS AUTONOMOS Y COMPAÑIAS ANÓNIMAS DE LA F.A.N.

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