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““GOBIERNO REGIONAL CUSCO” “DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN CUSCO” “UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL CUSCO” “AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO” “Cusco Capital Histórica del Perú” DIRECTIVA N° 20 -2014-DRE-C/UGEL-C/AGP ORIENTACIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA RECREATIVO VACACIONAL EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS Y PRIVADAS DE EDUCACION BASICA REGULAR DEL AMBITO DE LA UGEL CUSCO. I. FINALIDAD Normar la organización, ejecución y evaluación del Programa Recreativo Vacacional 2015, (Vacaciones Útiles) que se desarrolla en las Instituciones Educativas Públicas y Privadas; Gobiernos Locales, e Instituciones afines al sector educación del ámbito de la UGEL Cusco. II. OBJETIVOS 2.1. Promover las actividades de recreación sociocultural, artística y deportiva. 2.2. Contribuir a la formación integral de los Estudiantes. 2.3. Aportar al desarrollo de una cultura para el uso adecuado del tiempo libre y el estímulo de la práctica de estilos de vida saludable. III. BASE LEGAL 3.1. Constitución Política del Perú. 3.2. Ley General de Educación N° 28044 3.3. D.S. N° 011-2012-ED Reglamento de Educación Básica Regular. 3.4. R.M. N° 622-2013-ED, Directiva para el desarrollo del Año Escolar 2013. 3.5 Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte N° 28036 3.6. Ley de Municipalidades N° 27796 3.7. Ley Bases de Descentralización N° 27783 IV. ALCANCE 4.1. UGEL Cusco. 4.2. Área de Gestión Pedagógica. 4.3. Programa de Educación Comunal 4.4. Dirección de Instituciones Educativas Públicas y Privadas 4.5. Gobiernos Locales. 4.6. Policía Nacional del Perú 4.7. Organizaciones no Gubernamentales V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. El programa de Recreación vacacional 2015 se compone de un conjunto de actividades recreativas dirigido a estudiantes. 5.2. El Programa se desarrolla durante el periodo vacacional del año 2015 del 06 de enero al 21 de febrero del 2015. 5.3. La participación de los beneficiados en el programa es voluntaria y se desarrolla en los horarios establecidos por la institución, en concordancia con la presente Directiva. 5.4. El programa está dirigido a todos los niños, niñas y adolescentes de la comunidad, independientemente de que estén matriculados o no, en la Institución Educativa donde se desarrollan las actividades.

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  • GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCIN REGIONAL DE EDUCACIN CUSCO UNIDAD DE GESTIN EDUCATIVA LOCAL CUSCO

    AO DE LA PROMOCIN DE LA INDUSTRIA Y DEL COMPROMISO CLIMTICO

    Cusco Capital Histrica del Per

    DIRECTIVA N 20 -2014-DRE-C/UGEL-C/AGP

    ORIENTACIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA RECREATIVO VACACIONAL EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS PBLICAS Y PRIVADAS

    DE EDUCACION BASICA REGULAR DEL AMBITO DE LA UGEL CUSCO. I. FINALIDAD

    Normar la organizacin, ejecucin y evaluacin del Programa Recreativo Vacacional 2015, (Vacaciones tiles) que se desarrolla en las Instituciones Educativas Pblicas y Privadas; Gobiernos Locales, e Instituciones afines al sector educacin del mbito de la UGEL Cusco.

    II. OBJETIVOS 2.1. Promover las actividades de recreacin sociocultural, artstica y deportiva. 2.2. Contribuir a la formacin integral de los Estudiantes. 2.3. Aportar al desarrollo de una cultura para el uso adecuado del tiempo libre y el estmulo de la prctica de estilos de vida saludable.

    III. BASE LEGAL 3.1. Constitucin Poltica del Per. 3.2. Ley General de Educacin N 28044 3.3. D.S. N 011-2012-ED Reglamento de Educacin Bsica Regular. 3.4. R.M. N 622-2013-ED, Directiva para el desarrollo del Ao Escolar 2013. 3.5 Ley de Promocin y Desarrollo del Deporte N 28036 3.6. Ley de Municipalidades N 27796 3.7. Ley Bases de Descentralizacin N 27783

    IV. ALCANCE 4.1. UGEL Cusco. 4.2. rea de Gestin Pedaggica. 4.3. Programa de Educacin Comunal 4.4. Direccin de Instituciones Educativas Pblicas y Privadas 4.5. Gobiernos Locales. 4.6. Polica Nacional del Per 4.7. Organizaciones no Gubernamentales

    V. DISPOSICIONES GENERALES

    5.1. El programa de Recreacin vacacional 2015 se compone de un conjunto de actividades recreativas dirigido a estudiantes.

    5.2. El Programa se desarrolla durante el periodo vacacional del ao 2015 del 06 de enero al 21 de febrero del 2015.

    5.3. La participacin de los beneficiados en el programa es voluntaria y se desarrolla en los horarios establecidos por la institucin, en concordancia con la presente Directiva.

    5.4. El programa est dirigido a todos los nios, nias y adolescentes de la comunidad, independientemente de que estn matriculados o no, en la Institucin Educativa donde se desarrollan las actividades.

  • 5.5. La Unidad de Gestin Educativa Local Cusco, a travs de sus instancias correspondientes, es responsable de monitorear la pertinencia de las actividades propuestas; tomando en consideracin los lineamientos emanados de la presente directiva, asimismo deben evaluar e informar los logros, dificultades, estadstica de participacin y sugerencias sobre el desarrollo del programa a la Direccin del rea de Gestin Pedaggica de la UGEL Cusco.

    5.6. La Direccin de la Institucin Educativa, Los Municipios, La Polica Nacional del Per, los Organismos No Gubernamentales y otros que organicen este programa son responsable de su ejecucin, previa coordinacin con las autoridades de la Unidad de Gestin Educativa Local del Cusco.

    5.7. Este programa, en lo concerniente a los responsables de efectuar las actividades recreacionales y los talleres, se sostiene en el Voluntariado que las Instituciones sean capaz de convocar.

    5.8. El programa establece convenios con municipios, Polica Nacional del Per, Instituto Peruano del Deporte, Parroquias, Gobiernos Regionales y empresas privadas, ONGs, para su implementacin y beneficio para los participantes.

    VI. DISPOSICIONES ESPECFICAS

    6.1. SOBRE LA ORGANIZACIN DE PROGRAMA.

    Corresponde a la UGEL Cusco, monitorear los siguientes criterios. Cantidad de alumnos participantes en el programa. Infraestructura: Deber contar con losas deportivas, infraestructura bsica,

    servicios higinicos, patio o campo para la recreacin y aulas. Compromiso del Director de la Institucin, para apoyar el desarrollo del

    programa. Facilidad de acceso de los Estudiantes beneficiados. Contar con el personal necesario que garantice la seguridad de los

    estudiantes y su integridad, adems que haga el control de ingreso y salida, as como el cuidado de los bienes de la Institucin.

    Disponibilidad de los padres de familia. 6.2. Las Instituciones deben de tener en cuenta los siguientes criterios para la seleccin

    del personal que trabajar en el programa: Docentes preferentemente con estudios superiores de Educacin Fsica,

    arte, comunicacin, Educacin Inicial, Primaria y Secundaria. Promotores Culturales y Tcnicos Deportivos, que cuenten con estudios de

    danza, teatro, artes plsticas, msica, ftbol, voleibol, bsquet, gimnasia o recreacin.

    Estudiantes de los ltimos ciclos de Educacin, preferentemente de Educacin Inicial, primaria, Secundaria artes, educacin fsica, comunicacin y ciencias sociales.

    6.3. La convocatoria es abierta y masiva tanto entre el personal voluntario, como la poblacin beneficiaria.

    6.4. Las actividades del programa se desarrollarn de lunes a viernes desde las 8:30 am hasta las 12: 30 del da, en ese sentido el personal responsable deber distribuir y difundir los horarios de las actividades, previa autorizacin del Director de la Institucin.

    6.5. Culminando el programa la UGEL Cusco, otorgar a la Institucin y a su personal una Resolucin de Agradecimiento y Felicitacin, por la organizacin ejecucin y evaluacin que destacaron por su responsabilidad, puntualidad y capacidad profesional.

  • 6.6. El da viernes 13 de febrero se llevar acabo como Da de Logro, concurso inter

    institucional de danza, pintura, dibujo y teatro con premios otorgados por la Institucin organizadora; tambin podrn participar las instituciones que realizan el Programa de Recuperacin Pedaggica, que hayan realizado este tipo de actividades.

    6.7. Para el desarrollo del Programa se conformar un comit presidido por el Director de la Institucin e integrado por el personal voluntario de su Institucin, encargado de la ejecucin de las actividades.

    6.8. El Director de la Institucin designa a un Promotor del Programa Recreativo Vacacional como coordinador de las actividades programadas.

    6.9. Sobre la participacin

    6.9.1. Pueden participar todas las personas en edad escolar. Para ello debern registrarse en la institucin educativa ms cercana a su domicilio donde se desarrolle el programa.

    6.9.2. La participacin es libre y voluntaria. Es responsabilidad del Director de la institucin educativa promover la masiva participacin de los estudiantes.

    6.9.3. Para el desarrollo de las actividades, se conformarn grupos de recreacin Integrados por 25 estudiantes como mximo, agrupados de acuerdo a sus

    preferencias; as se conformarn grupos de ftbol, de voleibol, de danzas, teatro, juegos populares y tradicionales, deportes recreativos, etc.

    6.9.4. Las sesiones se desarrollarn cinco veces por semana, como mximo, y con una duracin de dos horas pedaggicas cada sesin de clase.

    6.9.5. Cada estudiante podr integrar hasta cuatro grupos, como mximo dependiendo de la capacidad de atencin de la Institucin.

    6.10. SOBRE LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR 6.10.1. Las actividades programadas debern estar orientadas a fortalecer la

    formacin integral de los participantes en este sentido, a travs de las distintas actividades se deber generar espacios que promuevan el desarrollo de valores, el hbito de la lectura, la conciencia democrtica, la urbanidad, la conservacin del medio ambiente, la valoracin de los usos, costumbres y tradiciones de nuestra cultura y la cultura universal.

    Recreacin sociocultural como: teatro, literatura, dibujo y pintura, danza, msica, gastronoma, rescate de cuentos, conocimientos y valoracin del patrimonio cultural, mitos y leyendas.

    Deportes recreativo convencionales como: ftbol, futsal, voleibol, bsquetbol, gimnasia; deportes autctonos como: raja de lea, tiro con arco, carreras de burros, etc. Y juego tradicionales como: palo encebado, lingo, mata gente, bata, kiwi, trompo, la pega, canicas, a las escondidas, la pita, pali troque, etc.

    6.10.2 Las instituciones educativas que cuentan con Promotores Culturales o Tcnicos deportivos voluntarios, se recomienda realizar actividades de promocin cultural y deportiva al aire libre, as como coordinar las actividades fuera de la I.E. previa autorizacin de los PP.FF. y conocimiento de la UGEL Cusco.

    6.10.3 Al culminar el programa, las instancias descentralizadas realizarn la clausura respectiva.

    VII. DISPOSICONES COMPLEMENTARIAS

    7.1. La evaluacin de las acciones del Programa ser semanal. Para lo cual se

    considerar la periodizacin de acuerdo al plan de la Institucin. 7.2. La UGEL Cusco, ser responsable de asegurar el cumplimiento de la presente

    Directiva, razn por la cual adoptar las medidas adecuadas para dinamizar y facilitar el desarrollo del programa en el mbito de su jurisdiccin.

  • 7.3. La UGEL Cusco, coordinar con las autoridades locales y regionales, a fin de promover y facilitar la participacin de los miembros de la comunidad.

    7.4. El Director de la Institucin, al finalizar el periodo vacacional, remitir a la UGEL Cusco, un informe detallado del desarrollo del Programa, indicando: las actividades realizadas, poblacin atendida, los logros alcanzados, las dificultades presentadas y las sugerencias respectivas.

    7.5. Los aspectos no previstos en la presente Directiva, sern resueltos por el rea de Gestin Pedaggica.

    Cusco, Diciembre del 2014. ..... PROF. ENRIQUE ROJAS GONZALES DIRECTOR DEL PROGRAMA SECTORIAL III UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL CUSCO

    ERG/D-UGEL-C. JGRP/DAGP DAVS/EPEC.