diplomado de derecho inmobiliario rectificación de área andrea gotuzzo
TRANSCRIPT
Diplomado de Derecho Inmobiliario
Rectificación de área
Andrea Gotuzzo
Inexactitud
❖ Desacuerdo entre lo registrado y la realidad extrarregistral.
❖ Error en el asiento: Rectificación de acuerdo al RGRP
❖ Otras inexactitudes: Título modificatorio
Tipos de errores ❖ Errores materiales:
❖ Cifra distinta a la que consta en el título archivado
❖ Se ha omitido un dato que debe constar en el asiento
❖ Se ha extendido en partida o rubro distinto al que corresponde
❖ Se ha numerado defectuosamente asientos o partidas
❖ Errores de concepto
Rectificación
❖ Rectificación de error material: título archivado
❖ Rectificación de error de concepto: título archivado, título otorgado por todos los interesados o resolución judicial
❖ Documento fehaciente (artículo 85 del RGRP)
Artículo 13 Ley 27333
A. Mutuo acuerdo
B. Procedimiento notarial
C. Procedimiento (sic) judicial
Mutuo acuerdo
❖ Escritura pública
❖ Propietario del predio: todos
❖ Propietarios (inscritos) de los predios colindantes. Pero sólo es necesario respecto de los posibles afectados.
❖ Si se origina superposición debe rectificarse también el otro predio
Procedimiento notarial
❖ Notario competente: de la provincia de ubicación del predio
❖ Predio inscrito como urbano o que se acredite con certificado de zonificación o certificado de parámetros urbanísticos y edificatorios
❖ Área real igual o inferior al área registrada
❖ Si es superior: siempre y cuando se certifique que no existe superposición
❖ Si existe superposición u oposición tendrá que recurrirse al Poder Judicial
Trámite del procedimiento notarial
❖ Solicitud debe cumplir los requisitos: inciso 1, 2 y 3 del artículo 505 del CPC
❖ 3 a 6 testigos mayores de 25 años
❖ Publicaciones en El Peruano (o encargado de avisos judiciales) y uno de circulación nacional. Resumen de la solicitud y nombre y dirección del notario
❖ Anotación preventiva en el Registro: Oficio del notario, copia certificada de la solicitud y copia certificada de los planos. Informe técnico de catastro.
❖ Notificación a los interesados y colindantes y carteles en el predio
❖ 25 días hábiles desde la última publicación sin oposición: escritura pública
Calificación de rectificación notarial
❖ Directiva 013-2013-SUNARP/SN
❖ No es materia de calificación la validez de los actos procedimentales, ni el fondo o motivación de la declaración notarial.
Proceso judicial
❖ Artículo 504 del CPC
Error de cálculo
❖ No procede la rectificación de área, con la sola presentación del plano visado por la municipalidad, en supuestos distintos al error de cálculo.
❖ También procede la rectificación por error de cálculo respecto de predios rurales, para lo cual se adjuntara la documentación a que se refiere el artículo 20 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios
❖ No procede la rectificación por error de cálculo si el área de catastro no puede determinar si los linderos, medidas perimetricas y ubicación espacial del predio han sufrido variación
❖ CXV Pleno publicado el 7/1/2014
Saneamiento catastral y registral
❖ Ley 28294
❖ Reglamento aprobado por D.S. 005-2006-JUS
❖ Directiva 02-2013-SUNARP/SN
❖ Entes generadores de catastro: municipalidades y Cofopri
❖ Si no hay discrepancia se inscribe el CUC (hoja informativa catastral) pero si la hay entonces saneamiento catastral y registral
Saneamiento catastral y registral
❖ Se anota preventivamente. 80 días hábiles contados desde su extensión. En caso de superposición debe constar en el asiento
❖ Notificación a los titulares de los predios colindantes. Se cobra por las notificaciones:
❖ Notificación a los propietarios o poseedores de los predios colindantes
❖ Notificación a los titulares registrales y catastrales en sus domicilios (Reniec, títulos archivados de constitución o modificación de estatuto o Sunat). Sino se puede realizar suficiente con las publicaciones
❖ Publicación en El Peruano y otro de mayor circulación
❖ Hasta 30 días calendario después de la última publicación para oponerse
❖ Si no hay oposición se convierte en definitiva
❖ En caso de oposición se pronuncia la Unidad Registral y el Tribunal Registral en segunda instancia
Rectificación de área de predios rurales
❖ Decreto legislativo 1089
Saneamiento de bienes del Estado
❖ Ley 26512 y D.S. 130-2001-EF
COMUNICADO
Estimados participantes en Derecho Registral, se les comunica que el sábado 26 de julio no habrá clases.
Dirección Académica y Promoción Cultural