dictamen resolutivo econÓmico · cuadro comparativo de precios y condiciones de contratación ......

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lDER JUDICIAl DE lA FEDERACIÓN PREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÚN DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA DICTAMEN RESOLUTIVO ECONÓMICO CONCURSO POR INVITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016, PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA EN LA MODALIDAD DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO RELATIVA AL "SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE PLANTA DE EMERGENCIA PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA DE LEÓN". Autorizó : Mtro. Miguel Novoa Gómez Supervisó: lng. Arq. Juvenal A. Cruz Espinosa Revisó: ve Arq. Alejandra Mondragón Hernández pó: Ji Claudia Andrade Flores Ciudad de México, 29 de junio de 2016

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lDER JUDICIAl DE lA FEDERACIÓN PREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÚN DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA

DICTAMEN RESOLUTIVO ECONÓMICO

CONCURSO POR INVITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016, PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA EN LA MODALIDAD DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO RELATIVA AL "SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE PLANTA DE EMERGENCIA PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA DE LEÓN".

Autorizó : Mtro. Miguel Novoa Gómez Supervisó: lng. Arq. Juvenal A. Cruz Espinosa Revisó: ve Arq. Alejandra Mondragón Hernández pó: Ji Claudia Andrade Flores

Ciudad de México, 29 de junio de 2016

)DER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA

Contenido

1. Marco Legal ........................................................................................... 1

2. Criterios utilizados para la Evaluación de las propuestas presentadas 1

3. Datos básicos del procedimiento ........................................................... 2

4. Reseña cronológica del procedimiento ................................................. 2

5. Relación de propuestas abiertas ........................................................... 2

6. Cuadro comparativo de precios y condiciones de contratación

ofertad os ................................................................................. 3

7. Revisión de los requisitos solicitados .................................................... 3

8. Análisis comparativo de precios ofertados ............................................ 4

B. 1. Revisión de los precios ofertados y el de mercado ..................... 4

9. Conclusiones ......................................................................................... 5

Anexo 1

Anexo 2

lndice de Anexos

Cuadro comparativo de precios ofertados a que se refiere el artículo 69, inciso a) y e) del AGAVI/2008

Revisión de los requisitos solicitados para la contratación a que se refiere el artículo 69, inciso b) del AGA Vl/2008

Anexo 3 Revisión a las modificaciones efectuadas en la visita al sitio de obra ~ = • y junta de aclaraciones

/-P

)DER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PREMA CORTE DE JUSTICIA DE lA NACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA

1. Marco Legal

Con fundamento en los artículos 2o fracción XXII, 42 primer párrafo, y 81 fracción V del Acuerdo General de Administración Vl/2008, se presenta el Dictamen Resolutivo Económico relativo al Concurso por Invitación Pública Nacional SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016, para la adjudicación del contrato de obra pública en la modalidad de precios unitarios y tiempo determinado relativa al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León"; lo anterior conforme al análisis efectuado a partir de las propuestas económicas presentadas.

2. Criterios utilizados para la Evaluación de las propuestas presentadas

Para la dictaminación de mérito se aplicaron los criterios establecidos en las bases del Concurso por Invitación Pública Nacional, conforme al texto literal siguiente:

"(. . .) 13.4. Económico

"Las propuestas económicas calificarán favorablemente el dictamen resolutivo económico en términos de lo previsto en el artículo 69 del AGA V/12008, cuando los concursantes cumplan los requisitos solicitados por la contratación, y que en el análisis pormenorizado aborde por lo menos los siguientes aspectos.

"13. 4. 1. Que la propuesta contenga Jos requisitos relativos a la vigencia, plazo de ejecución y forma de pago.

"13.4.2. El presupuesto base será determinante para resolver sobre la solvencia de las propuestas, con un rango que no sea superior o inferior al 20%.

Se incluirá la revisión a las modificaciones efectuadas en la visita al sitio de obra y junta de aclaraciones.

"13.4.3. El presupuesto base es aquel generado por la SCJN.

"13.4.4. El concursante acepta que en caso que la propuesta presentada contenga errores aritméticos la SCJN realice las correcciones para fines comparativos, aclarando, que en ningún caso se efectuará dicha corrección cuando no se hubiese ofertado el precio correspondiente.

"13.4. 5. La propuesta obtendrá dictamen resolutivo económico "no favorable" cuando:

• El importe ofertado sea superior o inferior 20% del presupuesto base u otras referencias de que disponga la SCJN.

• Cuando no se acepte por escrito, los cambios que impliquen los errores de cálculo del factor de salario real.

• La oferta que contenga errores aritméticos en más de 1 O conceptos o que la suma de ellos exceda el diez por ciento de la propuesta."

Página 1 de 8 DRE_11/DCOMS/2016

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3. Datos básicos del procedimiento

Datos

Costo Estimado (sin incluir I.V.A.) Valor de la Unidad de Inversión (UDIS) al 4 de enero de 2016 Costo Estimado de la Obra en UDIS Clasificación de la contratación por su monto Procedimiento de Contratación

Modalidad de contratación

Número mínimo de propuestas

4. Reseña cronológica del procedimiento

Evento

Publicación Periodo para obtener las bases Visita al sitio de obra y junta de aclaraciones Sesión pública de presentación y apertura de propuestas

Núm.

de empresas

8

7

5

5. Relación de propuestas abiertas

Concursante Macuilli Ingeniería, S.A. de C.V. Produce Construcciones, S.A. de C.V. Construcciones y Proyectos Dajo, S.A. de C.V. Gotop Construcciones y Proyectos, S.A. de C.V. Grupo Azteca Construcciones, S.A. de C.V.

Valor

$1,616,900.64 5.385

300,260 UDIS Intermedia Concurso por invitación pública nacional Precios unitarios y tiempo determinado Una

Fecha

13 de junio de 2016 del13 al17 de junio de 2016

20 de junio de 2016

27 de junio de 2016

Nombre corto 1

Macuilli Produce

Da jo Gotop Azteca

r 1 El nombre corto se utilizará en lo sucesivo para identificar cada una de las propuestas. Página 2 de 8

~~ DRE_11 /DCOMS/2016

lDER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PREMA CORT[ DE JUSTICIA DE LA NACION DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA

------------------------------------------------------------------6. Cuadro comparativo de precios y condiciones de contratación

ofertados

El cuadro comparativo de precios y condiciones de contratación ofertado se puede consultar completo en el Anexo 1, conforme al artículo 69, inciso a) y e) del AGAVII2008 del que se resume lo siguiente:

Concursante

Presupuesto Base3

Macuilli Produce Da jo Gotop Azteca

Presupuesto base sin IVA

$1,667,428.144

$1,449,896.11 $1,479,688.00 $1,502,699.16 $1,649,683.76 $1,680,204.59

Plazo de ejecución2

120 120 120 120 120

Valoración

1 2 3 4 5

Adicionalmente al resumen de la tabla anterior, en el Anexo 1 se puede ver el desglose de la oferta en costos directos, costos indirectos, financiamiento y utilidad.

7. Revisión de los requisitos solicitados

El cuadro comparativo de los requisitos solicitados en la convocatoria/bases del concurso (Anexo 2), se elaboró con la finalidad de verificar el cumplimiento de éstos en las propuestas recibidas, conforme al artículo 69 inciso b) del AGA Vll2008 del cual se resume en la tabla siguiente:

2 El plazo de ejecución será en días naturales. 3 Corresponde al presupuesto base calculado por la Subdirección General Técnica. 4 Como resultado de la visita al sitio de obra y junta de aclaraciones, el presupuesto base sufrió cambios

y modificaciones, específicamente derivadas del incremento del dólar para la planta de emergencia; cuyo importe original fue actualizado de $1,616,900.64 más el impuesto al valor agregado, a $1,667,428.14 más el impuesto al valor agregado.

1 -.,

~ Página 3 de 8 DRE_11 /DCOMS/2016

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Concursante

Macuilli Produce Da jo Gotop Azteca

8. Análisis comparativo de precios ofertados

Cumplimiento

Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó

B. 1. Revisión de los precios ofertados y el presupuesto base

El cuadro comparativo de precios ofertados y el del presupuesto base se puede consultar completo en el Anexo 1, conforme al artículo 69 inciso a) y e) del AGA Vl/2008. Los resultados en síntesis son los siguientes:

Macui/li; presentó una oferta de $1,449,896.11 más el impuesto al valor agregado, en comparación con el importe del presupuesto base es menor en $217,532.03, equivalente a 13.05%

De conformidad con lo establecido en las bases del concurso, el monto de la propuesta económica resultó ser MENOR en no más del 20% del presupuesto base, por lo que debe considerarse como FAVORABLE.

Produce; presentó una oferta de $1,479,688.00 más el impuesto al valor agregado, en comparación con el importe del presupuesto base es menor en $187,740.14, equivalente a 11.26%

De conformidad con lo establecido en las bases del concurso, el monto de la propuesta económica resultó ser MENOR en no más del 20% del presupuesto base, por lo que debe considerarse como FAVORABLE.

Dajo; presentó una oferta de $1,502,699.16 más el impuesto al valor agregado, en comparación con el importe del presupuesto base es menor en $164,728.98, equivalente a 9.88%

De conformidad con lo establecido en las bases del concurso, el monto de la propuesta económica resultó ser MENOR en no más del 20% del presupuesto base, por lo que debe considerarse como FAVORABLE.

1

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JDER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PRLMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA

Gotop; presentó una oferta de $1,649,683.76 más el impuesto al valor agregado, en comparación con el importe del presupuesto base es menor en $17,744.38, equivalente a 1.06%

De conformidad con lo establecido en las bases del concurso, el monto de la propuesta económica resultó ser MENOR en no más del 20% del presupuesto base, por lo que debe considerarse como FAVORABLE.

Azteca; presentó una oferta de $1,680,204.59 más el impuesto al valor agregado, en comparación con el importe del presupuesto base es mayor en $12,776.45, equivalente a 0.77%

De conformidad con lo establecido en las bases del concurso, el monto de la propuesta económica resultó ser MAYOR en no más del 20% del presupuesto base, por lo que debe considerarse como FAVORABLE.

9. Conclusiones

Una vez efectuado el análisis comparativo de precios ofertados y el del presupuesto base, de conformidad a lo establecido en la convocatoria/bases del concurso público sumario y en apego a la normatividad aplicable en materia administrativa de este Alto Tribunal, se emite el siguiente Dictamen Resolutivo Económico:

No.

1 2 3 4 5

Concursante

Macuilli Produce Da jo Gotop Azteca

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Dictamen Resolutivo Económico

FAVORABLE FAVORABLE FAVORABLE FAVORABLE FAVORABLE

DRE_11/DCOMS/2016

)DER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA

Elaboró:

Claudia Andrade Flores Oficial de Servicios

Supervisó:

Espinosa Director ontratación de Obras,

tenimiento y Servicios

Revisó:

·u"2: : . :.:::;::;:::::==-

Arq. Alejandra Mondragón Hernández

Subdirectora de Adquisiciones de Obras

Autorizó:

o. Miguel Novoa Gómez Subdirector General de Contratos y Servicios

Esta hoja forma parte integrante del dictamen resolutivo económico consistente al concurso por invitación pública nacional SCJN/CIP/DGIF/OPS-00112016 relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de' planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León".

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DICTAMEN RESOLUTIVO ECONOMICO

Ciudad de México, 29 de junio de 2016 Nombre del procedimiento: concurso por invitación pública nacional SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016, para la adjudicación del contrato de obra pública en la modalidad de "precios unitarios y tiempo determinado" relativa al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León"

Anexo 1.- Cuadro comparativo de precios ofertados a que se refiere el articulo 69, inciso a) y e), del AGA Vl/2008

Produce Construcciones y Gotop

Grupo Azteca Concepto Presupuesto Base

Macuilli Ingeniería, Construcciones, Proyectos Dajo,

Construcciones y Construcciones,

S.A. de C.V. Proyectos, S.A. de C.V. S.A. de C.V.

S.A. de C.V. S.A. de C.V.

Costo Directo $1,333,942.51 $1' 156,062.48 $1,183,768.69 $1,192,929.79 $1,277,825.04 $1,318,439.47

% Costo Indirecto 25.00% 11.70% 13.030% 14.4263% 17.57% 17.94%

Costo Indirecto 333,485.63 135,259.31 154,245.06 172,095.63 224,513.86 236,528.04

% Financiamiento 0.00% 0.00% 0.080% 0.078% 1.14% 0.05%

Financiamiento 0.00 0.00 1,070.41 1,064.72 17,126.66 777.48

%Utilidad 0.00% 12.28% 10.500% 10.00% 8.57% 8.00%

Utilidad 0.00 158,574.32 140,603.84 136,609.01 130,218.20 124,459.60

Costo Total $1,667,428.14 $1,449,896.11 $1,479,688.00 $1,502,699.16 $1,649,683.76 $1,680,204.59

Porcentaje de l. V.A. 16.00% 16.00% 16.00% 16.00% 16.00% 16.00%

l. V.A. 266,788.50 231,983.38 236,750.08 240,431.87 263,949.40 268,832.73

Gran total 1,934,216.64 1,681,879.49 1,716,438.08 1, 743,131.03 1,913,633.16 1,949,037.32

Diferencia con el presupuesto base -217,532.03 -187,740.14 -164,728.98 -17,744.38 12,776.45

Diferencia _f)_orcentual -13.05% -11.26% -9.88% -1.06% 0.77%

Valoración 1 2 3 4 5 1

_¡; DRE_ll Planta de emergencia para CCJ León* Anexo 1

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M

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DICTAMEN RESOLUTIVO ECONOMICO

Ciudad de México, 29 de junio de 2016 Nombre del procedimiento: concurso por invitación pública nacional SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016, para la adjudicación del contrato de obra pública en la modalidad de "precios unitarios y tiempo determinado" relativa al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León"

Anexo 2.- Revisón de los requisitos solicitados para la contratación a que se refiere el artículo 69, inciso b), del AGA V/12008

Macuilli Produce Construcciones y Gotop

Grupo Azteca 1 Construcciones y

Concepto Ingeniería, Construcciones, Proyectos Dajo, Proyectos,

Construcciones,

S.A. de C.V. S.A. de C.V. S.A. de C.V. S.A. de C.V. S.A. de C.V.

1

1 0.1. La vigencia de la propuesta económica será mínima de 60 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de entrega Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó

1

de la propuesta.

1 0.2. El plazo de ejecución será de 120 días naturales, contados a 1

partir del día siguiente hábil a la entrega del anticipo y puesta a Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó disposición del inmueble, quedando asentado en bitácora.

1

10.3. El pago será del 35% (treinta y cinco por ciento) de anticipo para inicio de los trabajos, mediante transferencia electrónica dentro

1

de los ocho días hábiles siguientes a la presentación de la factura Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó electrónica correspondiente (copia) en ventanilla única de la Dirección i

General de Presupuesto y Contabilidad, sita en Bolívar número 30,

10.4. Análisis de precios unitarios, conforme al anexo 18. Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó ¡

10.5. Análisis de básicos, auxiliares e integración de cuadrillas de Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó

mano de obra. 1

10.6. Tabulador de salarios base de mano de obra por jornada e Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó

integración de los salarios. 1

10.7. Carta firmada por el representante o apoderado legal, en donde manifieste que en caso de tener errores en la integración del factor de salario real y resultar ganador, aceptará modificar la propuesta en los

Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo y Ley del Seguro Social, aún y cuando, que con dicha modificación cambie el monto de su propuesta.

1 0.8. Análisis, cálculo e integración de los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción, debiendo considerar éstos, para

Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó efectos de evaluación, con costos y rendimientos de máquinas y equipos nuevos.

10.9. Análisis, cálculo e integración de los costos indirectos, Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó

identificando los correspondientes a los de administración de oficinas 10.1 O. Análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento,

Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó conforme al anexo 20. 1 0.11. Utilidad propuesta por el concursante, conforme al anexo 21. Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó

&d' e/á~h/cé --.

CCJ León*Anexo 2

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DICTAMEN RESOLUTIVO ECONOMICO

Ciudad de México, 29 de junio de 2016 Nombre del procedimiento: concurso por invitación pública nacional SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016, para la adjudicación del contrato de obra pública en la modalidad de "precios unitarios y tiempo determinado" relativa al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León"

Anexo 2.- Revísón de los requisitos solicitados para la contratación a que se refiere el artículo 69, inciso b), del AGA Vl/2008

Macuilli Produce Construcciones y Gotop

Grupo Azteca Concepto Ingeniería, Construcciones, Proyectos Dajo,

Construcciones y Construcciones,

S.A. de c.v. S.A. de C.V. S.A. de C.V. Proyectos,

S.A. de C.V. S.A. de C.V.

1 0.15. Programa de erogaciones calendarizado quincenalmente y cuantificado de suministro de materiales, señalando consumos y

Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó rendimientos, expresados en unidades y cantidades requeridos e importes.

1 0.16. Programa de erogaciones calendarizado quincenalmente y cuantificado de utilización de la mano de obra expresadas en jornadas Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó e identificando categorías e importes. 1 0.17. Programa de erogaciones calendarizado quincenalmente y cuantificado de utilización de la maquinaria y equipo de construcción, Presentó Presentó Presentó Presentó Pr€sentó identificando su tipo y características e importes. 1 0.18. Programa de erogaciones calendarizado quincenalmente y cuantificado de utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección y administración Presentó Presentó Presentó Presentó Pr€sentó de los trabajos expresadas en jornadas e identificando categorías e importes.

1

~--- ------- ------ -- ---

-----, _¡¡ DRE_ll Planta de emergencia para CCJ León*Anexo 2

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN , SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION

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DICTAMEN RESOLUTIVO ECONOMICO

Ciudad de México, 29 de junio de 2016

Nombre del procedimiento: concurso por invitación pública nacional SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016, para la adjudicación del contrato de obra pública en la modalidad de "precios unitarios y tiempo determinado" relativa al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León"

Anexo 3.- Revisión a las modificaciones efectuadas en la visita al sitio de obra y junta de aclaraciones

Macuilli Produce Concepto Ingeniería, Construcciones

S.A. de C.V. , S.A. de C.V.

Clave Concepto Dice: Debe decir:

1 PRELIMINARES PRE.ELE-03 " .. .Reubicación de supresor de transitorios con Unidad: M Unidad: Pza.

Modificó Modificó gabinete existente con recuperación ... "

PRE.ELE-04 " .. .Desconexión y conexión de transformador Unidad: M Unidad: Pza. existente de 150 KVA en el lado de baja tensión,

Modificó Modificó considerar libranza de media tensión ... "

11 SERVICIOS PROPIOS PARA EL SUMINISTRO Y CONTINUIDAD DE ENERGÍA

IE.14 " ... Suministro, instalación y colocación de caja Pza. 3.00 Pza. 4.00 Himmel metálica ... " Modificó Modificó

IE.15 Dice: " ... Construcción de un nicho para alojar tablero de transferencia, de 1.80 Modificó Modificó

m de largo x 1. 50 m de ancho y 2.45m de alto a base de durock ... " Debe decir: " ... Construcción de un nicho para alojar tablero de transferencia, de 1.80m de largo x 1.50 m de ancho y 2.80m de alto a base de block, aplanado con mortero cemento arena 1:4 de 3.5 cm de esp. Acabado fino en ambas caras, con un triplay de pino de 19 mm en el fondo para fijacion del interruptor, deberá considerar puertas con lamina cal. 18 tipo Jouver y PTR de 1 112" x 1 112" de 1 ", con marco perimetral de solera y cerrojo de cañón, anclajes a piso y muros, Josa de concreto con 10 cm de espesor y piso de concreto armado de 20 x 20 con varilla de acero de 318", con 12 cm de peralte, castillos y cadenas con 4 vars de 318" y estribos de alambrón de 114"@ 15 cm. Todo el concreto será de 200 Kglcm2 ... "

-, ~

Construcciones Gotop Grupo Azteca

y Proyectos Dajo, S.A. de

c.v.

Modificó

Modificó

No modificó

No modificó

Construcciones Construcciones

y Proyectos, , S.A. de C.V.

S.A. de C.V.

Modificó Modificó

Modificó Modificó

Modificó Modificó

Modificó No modificó

DRE_ll Planta de emergencia para CCJ León*Anexo 3

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN • SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION

• OFICIALIA MAYOR • DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA

DICTAMEN RESOLUTIVO ECONOMICO

Ciudad de México, 29 de junio de 2016 Nombre del procedimiento: concurso por invitación pública nacional SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016, para la adjudicación del contrato de obra pública en la modalidad de "precios unitarios y tiempo determinado" relativa al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León"

Clave

11

IE.25

-

MNG/j

Anexo 3.- Revisión a las modificaciones efectuadas en la visita al sitio de obra y junta de aclaraciones

Concepto

Concepto nuevo a incluir en el cátalogo de conceptos y especificaciones particulares:

Concepto Unidad Cantidad

SERVICIOS PROPIOS PARA EL SUMINISTRO Y CONTINUIDAD DE ENERGIA

Suministro, instalación y colocación de caja Himmel Pza. 2.00 metálica de 400 mm de alto 400 mm ancho 200mm profundidad NSYCRN44200M incluye: suministro e instalación del material, elementos de fijación y todo lo necesario para su correcta ejecución. Precio unitario por unidad de obra completamente terminada.

-- - - - -- - - - -- -

... _f;

Macuilli Produce Ingeniería, Construcciones

S.A. de C.V. , S.A. ~e C.V.

Modificó Modificó

- -- -- --

Construcciones Gotop Grupo Azteca

y Proyectos Dajo, S.A. de

c.v.

Modificó

'--------

Construcciones Construcciones

y Proyectos, , S.A. de C.V.

S.A. de C.V.

1

1

1

Modificó Modificó 1

DRE_ll Planta de emergencia para CCJ León*Anexo 3

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN SECRETARÍA JURÍDICA DE LA PRESIDENCIA

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

DICTAMEN LEGAL RELATIVO AL CONCURSO POR INVITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016. 3/5.

Vista la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Física, relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León", derivada del concurso por invitación pública nacional respectivo, con fundamento en lo previsto en los artículos 2°, fracción XXIV y 67, fracción 11, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, puntos tercero, fracciones 1 a VI, X y XI, sexto, fracción 111, octavo y décimo de los lineamientos para la elaboración del dictamen resolutivo legal de 8 de enero de 2009, la Secretaría Jurídica de la Presidencia emite dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

1. Mediante oficio número DGIF/1665/2016, la Dirección General de Infraestructura Física solicitó a esta Secretaría la emisión del dictamen resolutivo legal de la empresa "GOTOP CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V.", participante en el concurso por invitación pública nacional número SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016, relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León".

2. El 28 de junio de 2016, la Dirección General de Infraestructura Física entregó a esta Secretaría la documentación legal en copias certificadas por Notario Público, copias cotejadas por la Dirección General de Infraestructura Física y cartas originales, presentada por la empresa "GOTOP CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V.", según consta en el respectivo sello de recepción.

3. Este dictamen contiene la determinación derivada del análisis pormenorizado y la evaluación de la información presentada por "GOTOP CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V.", en el concurso por invitación pública nacional regulado por el artículo 78 del citado Acuerdo; así como de los puntos 8.1 y 13.1 de la convocatoria/bases, en virtud de los cuales esta Secretaría, sobre la base formal de la documentación exhibida, emite el dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:

CONSIDERAN DOS

l. TÉRMINO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL.

En el punto 4 de la convocatoria/bases se solicitó presentar la documentación relativa al presente procedimiento con fecha 27 de junio de 2016, ante la Dirección General de Infraestructura Física.

En consecuencia, si la presentación de la documentación se efectuó el 27 de junio de 2016, ante la oficina de la Dirección General de Infraestructura Física, es inconcuso que resulta oportuna.

1

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

11. EXISTENCIA LEGAL DE LA EMPRESA Y PERSONALIDAD DEL APODERADO LEGAL.

Para la elaboración del dictamen resolutivo legal, deberá evaluarse la existencia y debida constitución legal de la empresa participante, a efecto de lo cual es necesario contar con el testimonio o instrumento otorgado ante fedatario público, el cual deberá estar d~bidamente inscrito en el Registro Público que determine la ley. De igual forma, las reformas atinentes y el acto jurídico en virtud del cual se haya conferido al apoderado de la empresa, la capacidad legal para actuar en su nombre en procedimientos de contratación e, incluso, en cualquiera de los actos relacionados con el vínculo contractual que pudiere establecerse.

La empresa en comento presentó testimonio notarial número 15,844, de fecha 25 de septiembre de 2000, pasado ante la fe del licenciado Rafael Vargas Aceves, Notario Público suplente y asociado número 73 en Guadalajara, Jalisco, que contiene el acta constitutiva de la sociedad denominada "GOTOP CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V.".

Del análisis del testimonio notarial descrito, que exhibe la persona jurídico colectiva "GOTOP CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V.", se acredita que fue constituida ante notario público el 25 de septiembre de 2000, con una vigencia de 99 años y que se encuentra debidamente inscrita en la Dirección del Registro Público de Comercio del Estado de Jalisco, con el folio mercantil 8007-1, de fecha 1 de marzo de 2001.

Asimismo, presentó testimonio notarial número 4,456, de fecha 14 de junio de 2012, pasado ante la fe del licenciado Rafael Vargas Aceves, Notario Público número 114 en Guadalajara, Jalisco, que contiene los poderes generales para pleitos y cobranzas, para actos de administración y para actos de dominio que la empresa "GOTOP CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V." otorgó en favor de Eduardo Eugenio Gómez García.

Del análisis del testimonio notarial descrito en el párrafo anterior, se advierte que la empresa denominada "GOTOP CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V.", se encuentra representada por Eduardo Eugenio Gómez García, a quien se le dotó de los poderes generales para pleitos y cobranzas, para actos de administración y para actos de dominio, en términos de los párrafos primero, tercero y cuarto del artículo dos mil doscientos siete del Código Civil para el Estado de Jalisco, sus correlativos de los estados donde se ejercite el poder, por lo que se concluye que cuenta con la capacidad legal suficiente para actuar en nombre de la empresa para efectos de la presente contratación.

111. OBJETO SOCIAL DEL PARTICIPANTE.

Para esta Secretaría resulta indispensable verificar la congruencia y compatibilidad entre el servicio requerido y el objeto social de la empresa participante.

En ese sentido, el servicio solicitado consiste en el suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León. Del testimonio notarial número 15,844 dese · que contiene los estatutos sociales, de la cláusula tercera, se desprende que la empresa pa ip te tiene por objeto: " ... e).- La construcción de toda clase de obras de ingeniería civil y

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eléctrica o de cualquier otra especialidad incluyendo toda clase de edificios comerciales, industriales y habitacionales ... ".

De lo anterior, tomando en cuenta que el serv1c1o que se requiere contiene aspectos técnicos de naturaleza provista por la empresa participante, se colige que existe una adecuada relación entre su objeto social y la materia de contratación del procedimiento en que se actúa.

IV. RESTRICCIONES PARA CONTRATAR.

Como lo dispone la normativa aplicable, para la elaboración del dictamen resolutivo legal deberá evaluarse la declaración firmada por el representante legal del participante, persona física o jurídico colectiva, en el sentido de que no se encuentra en ninguno de los supuestos de restricciones para contratar a que se refieren los artículos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, VI, VIl, VIII y X, así como 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, apercibido de las penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial.

Referente a lo anterior, la empresa· presentó carta de fecha 27 de junio de 2016, que contiene la declaración firmada por Eduardo Eugenio Gómez García, en su carácter de representante legal de la empresa "GOTOP CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V.", en la que manifiesta bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocen el Acuerdo General de Administración Vl/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008 y que no se encuentran en los supuestos de restricciones referidos (original).

Del contenido de la carta presentada por el representante legal de la empresa "GOTOP CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V.", este Alto Tribunal bajo el principio de buena fe, presume la inexistencia de las restricciones para contratar previstas en los artículos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI, VIl, VIII y X, así como 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, del Comité de Gobierno y Administración de este Alto Tribunal, apercibido de las penas en que incurren los que declaran con falsedad.

V. ACREDITACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL DEL PARTICIPANTE PARA RECIBIR NOTIFICACIONES.

En este apartado, deberá valorarse el documento oficial expedido durante el último semestre, en el cual conste el domicilio legal para recibir y oír notificaciones del participante, para efectos del procedimiento de contratación que en su caso, llegue a celebrarse, así como el escrito en el cual manifieste el citado domicilio.

En relación con lo anterior, la empresa en comento presentó recibo de pago de luz a su nombre, expedido por la Comisión Federal de Electricidad, correspondiente al consumo por el periodo del 7 de marzo al 6 de mayo de 2016, relativo al inmueble ubicado en Emilio Castelar número 187, Colonia Arcos Vallarta, en Guadalajara, Jalisco.

forma, presentó carta de domicilio de fecha 27 de junio de 2016, firmada por Eduardo Eugenio arcía, en su carácter de representante legal de la empresa en comento, en la que señala

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domicilio, para recibir y oír notificaciones en el procedimiento en que se actúa, el ubicado en Emilio Castelar número 187, Colonia Arcos Vallarta, en Guadalajara, Jalisco.

Luego, derivado del análisis de las pruebas documentales presentadas consistentes en el recibo de pago de luz expedido por la Comisión Federal de Electricidad y de la carta de domicilio consignadas como requisitos en la normativa que regula este procedimiento, esta Secretaría tiene por acreditado el domicilio legal de la participante para recibir y oír toda clase notificaciones, para los efectos de la contratación en que se actúa.

VI. CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL.

En este punto del dictamen, deberá valorarse la presentación de la Inscripción en el Registro Federal de Contribuyente y la Cédula de Identificación Fiscal a nombre de la empresa participante.

La empresa "GOTOP CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V." presentó Cédula de Identificación Fiscal, expedida por el Servicio de Administración Tributaria, con número de Registro Federal de Contribuyentes

De dicha Cédula de Identificación Fiscal, exhibida por la empresa en cita, se advierte que para efectos fiscales fue debidamente inscrita en el Servicio de Administración Tributaria con el Registro Federal de Contribuyentes número

VIl. CÉDULA PROFESIONAL DEL RESPONSABLE TÉCNICO.

Esta Secretaría evaluará la cédula profesional del responsable técnico del participante, solicitada en la convocatoria/bases respectiva.

La empresa en comento presentó cédula profesional número a nombre del ingeniero industrial electricista Raúl Adame López, expedida por la Dirección General de Profesiones, como responsable técnico de la obra.

En este punto esta Secretaría presume la veracidad de la cédula profesional presentada, pues de la simple lectura se desprende que cumple con todos los requisitos de un documento de esta naturaleza, expedido por autoridad competente como es la Dirección General de Profesiones.

VIII. REGISTRO PATRONAL.

El participante, en su caso, deberá presentar Alta del Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

En el caso, la empresa participante exhibió Aviso de Inscripción Patronal y Tarjeta de Identificación Patronal, expedidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social, con número de registro patronal

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Del Aviso de Inscripción Patronal y de la Tarjeta de Identificación Patronal descrito, se deriva que la empresa "GOTOP CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V." se encuentra inscrita en el Instituto Mexicano del Seguro Social con número de registro patronal R12-5046810-2, por lo que cumple con el requisito solicitado.

Con base en el análisis de la documentación referida, esta Secretaría Jurídica de la Presidencia arriba a la siguiente:

CONCLUSIÓN

De acuerdo con los considerandos que anteceden, se determina bajo la exclusiva dimensión formal de los documentos aportados y respecto del presente procedimiento que la empresa "GOTOP CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V." atendió en tiempo y forma el requerimiento de documentación legal exigido, por lo que resulta procedente resolver en sentido FAVORABLE el dictamen resolutivo legal correspondiente al concurso por invitación pública nacional SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016, relativo a la contratación del ~~suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León".

REVISÓ: LIC. CARLOS SUBDIRECTO SECRETARÍA

Ciudad de México, a 1 de julio de 2016.

GADO LO CONSULTIVO DE LA

PRESIDENCIA.

.·· .... -·-~-

EL~----~---LIC. ADRIANA ISLAS AGUIRRE DIRECTORA DE DICTÁMENES LEGALES DE LA SECRETARÍA JURÍDICA DE LA PRESIDENCIA.

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DICTAMEN LEGAL RELATIVO AL CONCURSO POR INVITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016. 5/5.

Vista la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Física, relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León", derivada del concurso por invitación pública nacional respectivo, con fundamento en lo previsto en los artículos 2°, fracción XXIV y 67, fracción 11, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, puntos tercero, fracciones 1 a VI, X y XI, sexto, fracción 111, octavo y décimo de los lineamientos para la elaboración del dictamen resolutivo legal de 8 de enero de 2009, la Secretaría Jurídica de la Presidencia emite dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

1. Mediante oficio número DGIF/1665/2016, la Dirección General de Infraestructura Física solicitó a esta Secretaría la emisión del dictamen resolutivo legal de la empresa "PRODUCE CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.", participante en el concurso por invitación pública nacional número SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016, relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León".

2. El 28 de junio de 2016, la Dirección General de Infraestructura Física entregó a esta Secretaría la documentación legal en copias certificadas por Notario Público y cartas originales, presentadas por la empresa "PRODUCE CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.", según consta en el respectivo sello de recepción.

3. Este dictamen contiene la determinación derivada del análisis pormenorizado y la evaluación de la información presentada por "PRODUCE CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.", en el concurso por invitación pública nacional regulado por el artículo 78 del citado Acuerdo; así como de los puntos 8.1 y 13.1 de la convocatoria/bases, en virtud de los cuales esta Secretaría, sobre la base formal de la documentación exhibida, emite el dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:

CONSIDERAN DOS

l. TÉRMINO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL

En el punto 4 de la convocatoria/bases se solicitó presentar la documentación relativa al presente procedimiento con fecha 27 de junio de 2016, ante la Dirección General de Infraestructura Física.

En consecuencia, si la presentación de la documentación se efectuó el 27 de junio de 2016, ante la oficina de la Dirección General de Infraestructura Física, es inconcuso que resulta oportuna.

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11. EXISTENCIA LEGAL DE LA EMPRESA Y PERSONALIDAD DEL APODERADO LEGAL.

Para la elaboración del dictamen resolutivo legal, deberá evaluarse la existencia y debida constitución legal de la empresa participante, a efecto de lo cual es necesario contar con el testimonio o instrumento otorgado ante fedatario público, el cual deberá estar debidamente inscrito en el Registro Público que determine la ley. De igual forma, las reformas atinentes y el acto jurídico en virtud del cual se haya conferido al apoderado de la empresa, la capacidad legal para actuar en su nombre en procedimientos de contratación e, incluso, en cualquiera de los actos relacionados con el vínculo contractual que pudiere establecerse.

La empresa en comento presentó testimonio notarial número 87,130, de fecha 4 de julio de 1996, pasado ante la fe del licenciado Ignacio Soto Borja y Anda, Notario Público número 129 del Distrito Federal, que contiene el acta constitutiva de la sociedad denominada "PRODUCE CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.", así como los poderes generales para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio, en favor de Salvador Hipólito Pelayo Nava en su carácter de administrador único.

Del análisis del testimonio notarial descrito, que exhibe la persona jurídico colectiva "PRODUCE CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.", se acredita que fue constituida ante notario público el 4 de julio de 1996, con una vigencia de 99 años y que se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio bajo la partida número 32, del volumen 12, Libro Primero de Comercio de Ecatepec, Estado de México, de fecha 13 de febrero de 1997.

Del análisis del testimonio notarial descrito, se advierte que la empresa denominada "PRODUCE CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.", se encuentra representada por Salvador Hipólito Pelayo Nava, a quien se le dotó de los poderes generales para pleitos y cobranzas, para actos de administración y de dominio, con todas las facultades generales y aún las especiales que de acuerdo con la Ley requieran cláusula especial, en los términos de los tres primeros párrafos del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal y del artículo dos mil quinientos ochenta y siete del citado Código, por lo que se concluye que cuenta con la capacidad legal suficiente para actuar en nombre de la empresa para efectos de la presente contratación.

111. OBJETO SOCIAL DEL PARTICIPANTE.

Para esta Secretaría resulta indispensable verificar la congruencia y compatibilidad entre el servicio requerido y el objeto social de la empresa participante.

En ese sentido, el servicio solicitado consiste en el suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León. Del testimonio notarial descrito que contiene los estatutos sociales, de la cláusula segunda, se desprende que la empresa participante tiene por objeto: " ... g).- Reconstrucción, remodelación, valuación, mantenimiento y conservación de obras tipo industrial, comercial, residencial, de servicios públicos o habitacionales. h).- Urbanización, instalaciones sanitarias, hidráulicas y eléctricas, redes de agua potable y drenaje ... ".

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De lo anterior, tomando en cuenta que el serv1c1o que se requiere contiene aspectos técnicos de naturaleza provista por la empresa participante, se colige que existe una adecuada relación entre su objeto social y la materia de contratación del procedimiento en que se actúa.

IV. RESTRICCIONES PARA CONTRATAR.

Como lo dispone la normativa aplicable, para la elaboración del dictamen resolutivo legal deberá evaluarse la declaración firmada por el representante legal del participante, persona física o jurídico colectiva, en el sentido de que no se encuentra en ninguno de los supuestos de restricciones para contratar a que se refieren los artículos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, VI, VIl, VIII y X, así como 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, apercibido de las penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial.

Referente a lo anterior, la empresa presentó carta de fecha 27 de junio de 2016, que contiene la declaración firmada por Salvador Hipólito Pelayo Nava, en su carácter de representante legal de la empresa "PRODUCE CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.", en la que manifiesta bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocen el Acuerdo General de Administración Vl/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008 y que no se encuentran en los supuestos de restricciones referidos (original).

Del contenido de la carta presentada por el representante legal de la empresa "PRODUCE CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.", este Alto Tribunal bajo el principio de buena fe, presume la inexistencia de las restricciones para contratar previstas en los artículos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI, VIl, VIII y X, así como 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, del Comité de Gobierno y Administración de este Alto Tribunal, apercibido de las penas en que incurren los que declaran con falsedad.

V. ACREDITACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL DEL PARTICIPANTE PARA RECIBIR NOTIFICACIONES.

En este apartado, deberá valorarse el documento oficial expedido durante el último semestre, en el cual conste el domicilio legal para recibir y oír notificaciones del participante, para efectos del procedimiento de contratación que en su caso, llegue a celebrarse, así como el escrito en el cual manifieste el citado domicilio.

En relación con lo anterior, la empresa en comento presentó recibo de pago de luz, expedido por la Comisión Federal de Electricidad, correspondiente al consumo por el periodo del 8 de marzo al 9 de mayo de 2016, así como la escritura número 29,852, de fecha 17 de febrero de 2005, que contiene la cancelación de la hipoteca en favor de Salvador Hipólito Pelayo Nava y Ernestina Moreno Hernández, del inmueble ubicado en Teotihuacán manzana 69, lote 1, Fuentes de Aragón, Ecatepec de Morelos, Estado de México, Código Postal 5521 O.

De igual forma, presentó carta de domicilio de fecha 27 de junio de 2016, firmada por Salvador Hipólito Pelayo N , en su carácter de representante legal de la empresa en comento, en la que señala domicilio pa recibir y oír notificaciones en el procedimiento en que se actúa, el ubicado en Valle de

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SUPREMA CORTE

Teotihuacán manzana 69, lote 1, departamento 201, Colonia Valle de Anáhuac, Sección B, Código Postal 5521 O.

Luego, derivado del análisis de las pruebas documentales presentadas consistentes en el recibo de pago de luz expedido por la Comisión Federal de Electricidad, de la escritura de cancelación del crédito hipotecario fincado al inmueble donde tiene su domicilio legal la empresa en comento y de la carta de domicilio consignados como requisitos en la normativa que regula este procedimiento, esta Secretaría tiene por acreditado el domicilio legal de la participante para recibir y oír toda clase notificaciones, para los efectos de la contratación en que se actúa.

VI. CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL.

En este punto del dictamen, deberá valorarse la presentación de la Inscripción en el Registro Federal de Contribuyente y la Cédula de Identificación Fiscal a nombre de la empresa participante.

La empresa "PRODUCE CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V." presentó Constancia de Situación Fiscal, expedida por el Servicio de Administración Tributaria, con número de Registro Federal de Contribuyentes

De dicha Cédula de Identificación Fiscal, exhibida por la empresa en cita, se advierte que para efectos fiscales fue debidamente inscrita en el Servicio de Administración Tributaria con el Registro Federal de Contribuyentes número

VIl. CÉDULA PROFESIONAL DEL RESPONSABLE TÉCNICO.

Esta Secretaría evaluará la cédula profesional del responsable técnico del participante, solicitada en la convocatoria/bases respectiva.

La empresa en comento presentó cédula profesional número a nombre del ingeniero arqu_itecto Salvador Hipólito Pelayo Nava, expedida por la Dirección General de Profesiones, como responsable técnico de la obra.

En este punto esta Secretaría presume la veracidad de la cédula profesional presentada, pues de la simple lectura se desprende que cumple con todos los requisitos de un documento de esta naturaleza, expedido por autoridad competente como es la Dirección General de Profesiones.

VIII. REGISTRO PATRONAL.

El participante, en su caso, deberá presentar Alta del Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

En el caso, la empresa participante exhibió Aviso de Inscripción Patronal o de Modificación en su Registro, edido por el Instituto Mexicano del Seguro Social, con número de registro patronal

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Del Aviso de Inscripción Patronal descrito, se deriva que la empresa "PRODUCE CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V." se encuentra inscrita en el Instituto Mexicano del Seguro Social con número de registro patronal por lo que cumple con el requisito solicitado.

Con base en el análisis de la documentación referida, esta Secretaría Jurídica de la Presidencia arriba a la siguiente:

CONCLUSIÓN

De acuerdo con los considerandos que anteceden, se determina bajo la exclusiva dimensión formal de los documentos aportados y respecto del presente procedimiento que la empresa "PRODUCE CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V." atendió en tiempo y forma el requerimiento de documentación legal exigido, por lo que resulta procedente resolver en sentido FAVORABLE el dictamen resolutivo legal correspondiente al concurso por invitación pública nacional SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016, relativo a la contratación del "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León".

REVISÓ: LIC. CARLO SUBDIRECT SECRETARÍ

Ciudad de México, a 1 de julio de 2016.

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LIC. ADRIANA ISLAS AGUIRRE DIRECTORA DE DICTÁMENES LEGALES DE LA SECRETARÍA JURÍDICA DE LA PRESIDENCIA.

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SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN : · SECRETARIA JURIDICA D.E LA PRESIDENCIA .

DICTAMEN LEGAL RELATIVO AL CONCURSO POR INVITACIÓN PÚBLICA NACIONAL . NÚMERO SCJN/CIP/DGif/OPS/..;002/2016. 3/5 -

Vista la documentación remitida por ·la Dirección General de .Infraestructura Flsica, relativo al -· "Suministro, instalación y puesta en marcha de Acometida· ~léctrica para la Casa de la Cultura Jurídica de Agúascalientes", derivada del concurso por invitación· pública nacional respectivo, con fundamento en lo previsto en los articules 2°, fracción XXIV y 67, fracción JI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, puntos tercero, fracciones 1 a Vl,·sexto, octavo y décimo de los lineamientos para la :elaboración del dictamen resolutivo legal de 8 de enero de 2009, la Secretaria Juridica de la

· Presidencia emite dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

1. M!9diante oficio número· DGIFI107012016, la Dirección General de Infraestructura Flsica solicitó a esta Se.cretarla la emisión del dlcbamen resolutivo legal de la empresa "MACUILLI INGENIERIA, S.A.

· DE C.V.", participante en el concurso por invitación pública nacionalnúrnero SCJNICIPIDGIFIOPS-002/2016, ·relativo· al "Suministro, instalación y puesta en marcha •de Acometida eléctrica para la Casa df!Jia Cultura Jurídica de Aguascalientes". ·

2. El 26 de .abril de 2016, la Dirección General de Infraestructura Flsica entregó a esta Secretaria la docum~ntación legal presentada por la empresa "MACUILLI INGENIERIA; S.A. DE C.V.", según consta en el respectivo sello de recepción. ·

3. Este 'dictamen contiene la determinación derivada del análisis pormenorizado y la evaluación de la información presentada por "MACUILLI INGENIERIA, S.A. DE C.V.", en el concurso por invitación

.. públ.ica nacional regulado por el articulo 78 del citado Acuerdo; asi como de los puntos 8.1 y 13.1 de la · convocatoria/bases,· en virtud de los cuales esta Secretaria, sobre la base formal de la documentación exhibida, emite el dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:

CONSIDERAN DOS

l. TÉRMINO DE PRESENTACIÓN. DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL;

En el punto 4 de la convocatoria/bases se solicitó presentar la sesión pública de presentación y apertura de propuestas relativa al presente procedimiento con fecha 22 de abril de 2016, ante la Dirección General de Infraestructura Ffsica.

En consecuencia, si la presentación de la documentación se efectuó el 22 de abril de 2016, ante la oficina de la Dirección General de Infraestructura Ffsica, es inconcuso que resulta oportuna.

11. EXISTENCIA LEGAL DE LA EMPRESA Y PERSONALIDAD DEL APODERADO LEGAL.

Para la 'elaboración del dictamen resolutivo legal, deberá evaluarse la existencia y debida constitución legal de la empresa participante, a efecto de lo cual es necesario contar con el testimonio o

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instrumento otorgado ante fedatario público, el cual deberá est~r debidamente inscrito en el Registro Público que determine la ley: De igual fornia, las reforma!!) atine11tes Y el acto jurldico en virtud del cual se haya conferido al apoderado de la empresa, la capacidad, legal para actuar en su nombre en procedimientos de. contratación e, incluso, en cUalquiera de 19s actos relacionados con el vinculo contractual que pudiere establecerse.

Al respecto, la empresa en comento presentó testimonio notarial número 6,844 :de fecha 7 de febrero · de 1997, pasado ante l.a fe del licénciado Carlos Fernández Flpres, Notario Público número 176 del

Distrito Federal,. que contiene el acta constitutiva de la¡ sociedad denominada "MACUILLI INGENI_ERIA, S.A.· DE: C.V.", asl como. poder general p~ra pleitos y cobranzas y act~s de

. administración en favor de Juan Carlos Hernández· Díaz, en: su carácter de Administrador Unico. (copia simple). · .· ·

Del análisis del testimonio notarial descrito, que exhibe la persona jurldico colectiva denominada "MACUILI,.I INGENIERIA, S.A. DE C.V.", se acredita que fue cpnstituida ante notario público el 7 de · febrero de 1997, tal y como consta con la firma ysello del fed~tario público, con una vigencia de 99

. años, y estar debidamente inscrita en el Registro Público del Cqmercio, bajo el folio mercantil número 220,566 de fecha 26 de mayo de 1997. !

Testimonio notarial número 18,763, de fecha 20 de mayo de 2009, pasado ante la fe del licenciado Carlos Fernández Flores, Notario Público número 176 del Distrito Federal, en el que consta el acta de la Asamblea General Ordinaria· de ·Accionistas celebrada· el 2b de abril de· 2009, que contiene la ratificación como-Administrador único de la Sociedad a favor de~ Juan Carlos Hernández Díaz (copia simple). '

Del testimonio que antecede, se advierte que la empresa "MACl¡JILLIINGENIERIA, S.A. DE C.V.", se encuentra representada por Juan Carlos Hernández Díaz, a q~ien se le dotó de poder general para pleitos y cobranzas y actos de administración, con todas las facultades generales ylas especiales que requieran cláusula especial conforme a la Ley, con toda la amplitud del articulo dos mil quinientos cincuenta y cuatrodel Código Civil, por lo que se presume que cuenta con la capacidad· legal suficiente para actuar en nombre de la empresa para efectos de la present~ contratación.

111. OBJETO SOCIAL DEL PARTICIPANTE.

Para esta Secretaria resulta indispensable verificar la congruencia y compatibilidad entre el servicio requerido y el objeto soCial de la empresa participante. ·

En ese sentido, el servicio solicitado relativo al Suministro, instalación y puesta en marcha de Acometida eléctrica para la Casa de )a Cultura Jurldica de Aguascalientes. Del testimonio descrito, se desprende que la empresa· participante tiene por objeto: ''A).- Edificación, supervisión y control de obra civil, construcción de obras civiles, diseño y proyectos de ingeniería civil y electromecánicos, movimiento de tierras, diseño arquitectónico, transporte y acarreo de materiales de construcción,·laboratorio de materiales y concretos. C) Proyectos y construcción de obras de instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas de gas, aire acondicionado, vapor, aire comprimido, para todo uso, cualquier tecnología aplicable a todo tipo de instalaciones y sistemas contra incendio ... ".

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PODfR JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DB JUSTICIA DB LA NACIÓN

De lo anterior, tomando en cuenta que el servicio que se requiere contiene aspectos técnicos de naturaleza provista por la empresa participante, se colige que existe una adecuada relación entre su

· objeto social y la materia de contrata_ción d~l· procedimiento en que se actúa.

·1v. RESTRICCIONES PARA CONTRATAR.

Como lo dispone la normativa aplicable, para la elaboración del dictamen resolutivo legal deberá evaluarse la declaración firmada por el representante legal del participante, persona ffsica o jurfdico colectiva, en el sentido de que no se encuentra en ninguno de ·los supuestos de restricciones para contratar a que se refieren lo~ artfculos 48, fracciones 1, 11, 111, JV, V, VI, VIl, VIII y IXy X, asf como 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, apercibido de las penas en ·que incurren los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial.

Referente a lo anterior, la empresa presentó carta de fecha 22 de abril de 2016, que contiene la declaración firmada ·por Juan Carlos Hernández Díaz,_ en su carácter de Administrador Único de la empresa "MACUILLIINGENIERIA, S.A. DE C.V.", en la que manifiesta bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocen el Acuerdo General de Administración Vl/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008 y que no se encuentran en los supuestos de restricciones referidos (original).

Del contenido de la carta presentada por el representante legal de la empresa "MACUILLI 'INGENIERIA, S.A. DE C.V.", este Alto Tribunal bajo el principio de buena fe, presume la inexistencia de las restricciones para contratar previstas en los artfculos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI, VIl, VIII, IX y X, asf como 58,· fracción XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, del Comit~ de Gobierno y Administración de este Alto Tribunal, apercibido de las penas en que incurren los que declaran con falsedad.

V. ACREDITACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL DEL PARTICIPANTE PARA RECIBIR NOTIFICACIONES.

En este apartado, deberá valorarse el documento .oficial expedido durante el último semestre, en el cual conste el domicilio. legal para recibir y ofr notificaciones del participante, para efectos del procedimiento de contratación que en su caso, llegue a celebrarse, asr como· el escrito en el cual manifieste el citado domicilio. ·

En relación con lo anterior, la empresa participante presentó recibo de pago de luz, expedido por la Comisión Federal de Electricidad; correspondiente al periodo de consumo del 25 de enero al 28 de marzo de 2016, relativo al inmueble ubicado en Calle Degollado, Número 161, interior 201, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06300, Ciudad de México (copia simple).

De igual forma, presentó carta de domicilio de fecha 22 de abril de 2016, firmada por Juan Carlos Hernández Díaz, en su carácter de Administrador Único de la· empresa en· comento, en la que señala domicilio, para recibir y ofr notificaciones en el procedimiento en que se actúa, es el ubicado en Calle Degollado, Número 161, interior 201, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06300, Ciudad de México (original).

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SUPREMA ·CORTE

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Luego, derivado del análisis de las pruebas documentales presentadas consistentes en el recibo de . pago de luz expedido por la Comisión Federal de Electricidad, y ·la carta de domicilio consignadas como requisitos en la normativa que regula este procedimiento, esta Secretarra tiene por acreditado el domicilio legal de .la participante para recibir y orr toda clase notificaciones, para los efectos de la contratación en que se actúa. ·

VI. CÉDULA.DEIDENTIFICACIÓN FISCAL.

En este punto del dictamen, deberá valorarse la presentación de la Cédula de Identificación Fiscal a ) nombre de la empresa participante. ·

La empresa "MACUILLI INGENIERIA, S.A. DE 'c.V." presentó Cédula. de Identificación Fiscal, expedida por el . Servicio de Administración Tributaria, con número de Registro Federal de

·. Contribuyentes (copia simple).

De· dicha .Cédula de Identificación Fiscal, expedida por el. Servicio de Administración T~ibutaria, exhibida por la empresa en cita, se advierte que para efectos fiscales fue debidamente inscrita .en el Servicio de Administración Tributaria con Registro Federal de Contrib1.,1y~ntes número

VIl. CÉDULA PROFESIONAL DEL RESPONSABLE TÉCNICO.

Esta Secretarra evaluará la cédula profesional del responsable técnico del participante, solicitada en la convocatoria/bases respectiva.

La empresa participante en comento presentó cédula. profesional número a nombre del Ingeniero Civil Juan Carlos Hernández Draz, expedida por la Dirección General de Profesiones, como responsable técnico·de la obra (copia simple).

En este punto esta Secretaria presume la veracidad de la cédula profesional presentada, pues de la simple lectura se desprende que cumple con todos los requisitos de Lm documento de esta naturaleza, expedido por autoridad competente como es la Dirección Generai deProfesiones, · · ··

VIII. REGISTRO PATRONAL.

El participante, en su caso, deberá presentar Alta del Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

En el caso, la empresa participante exhibió Aviso de Inscripción Patronal a nombre de la empresa participante expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social, con número de registro patronal Y58 2403710 4 (copias simples).

Del Aviso de Inscripción Patronal descrito, se deriva que la empresa "MACUILLI INGENIERIA, S.A. DE C.V." se encuentra inscrita en el Instituto Mexicano del Seguro Social con número de registro patronal por lo que cumple con el requisito solicitado.

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)

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION

···~ SUPREMA CORTE DI! JUSTICIA DE LA NACIÓN

Con base en el análisis de la documentación referida, esta Secretarfa Jurfdica de la Presidencia arriba a la siguiente:

CONCLUSIÓN

De acuerdo con los considerandos que anteceden, se determina bajo la exclusiva dimensión formal de los documentos aportados y respecto del presente procedimiento que la empresa "MACUILLI INGENIERIA, S.A. DE C.V.'; atendió en tiempo y forma el requerimiento de documentación legal exigido, por lo que resulta ·procedente resolver en sentido FAVORABLE el dictamen resolutivo legal correspon~iente al.concurso por invitación pública nacional SCJNICIPIDGIFIOPS-002/2016, relativo a la contratación del "Suministro, ins~alaci6n y puesta en marcha de Acometida eléctrica para la Casa de /a Cultura Jurfdica de Aguascalientes". · ·

REVISÓ: LIC. CAR SUBDI~E<IT~CR. ... SECRETA

México, Distrito Federal, a 29 de abl'il de 2016.

LIC. ADRIANA S AGUIR E DIRECTORA DE DICTÁMENES LEGALES DE LA SECRETARÍA JURÍDICA DELA PRES.IDENCIA.

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PODeR JUDICIAL De LA FEDeRACIÓN

~ SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

. SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN SECRETARIA JUR(DICA DE LA PRESIDENCIA

DICTAMEN LÉGALRELATIVO AL CONCURSO.PÚBLICO SUMARIO NÚMERO 1150Q155/DICÓMAS. 217.

Vista la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Ffsica, relativa a la "Adecuación de la Casa·de la Cultura Jurídica de Guanajuato para·accesibilidad a personas con diS,t;(lpacidad", derivada del concurso público sumario respectivo, con fundamento en lo previsto en los artículos 2°, fracción XXIV, 67, fracción 11, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, puntos tercero, fracciones 111, VI, X y XI, octavo y décimo de los lineamientos para la elaboración del dictamen resolutivo legal de 8 de enero de 2009, la Secretaria .Jurfdica de la

() Presidencia emite ~ictamen .resolutivo legal al tenor de los siguientes: ·

(

ANTECEDENTES

1. Mediante oficio número DGIF/1897/2015, la Dirección General de Infraestructura Fisica solicitó · a esta Secretaria la emisión, del dictamen resolutivo legal de la empresa "CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS. DAJO, .. S.A. DE C.V.", participante en el concurso público sumario · número 11500155/DICOMAS, para la ¡'Adecuación de la Casa de la Cultura Jurídica de Guanajuato

· para accesibilidad a personas con discapacidad".

2. El 1 O de julio de .2015, la Dirección General de Infraestructura Frsica entregó a esta Secretaría la documentación legal presentada por la empresa "CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS DAJO, S.A. DE C.V.", según consta en el respectivo sello de recepción.

3. Este dictamen contiene la determinación derivada del análisis pormenorizado y la evaluación de . la información presentada por "CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS DAJO, S.A. DE C.V.", en el concurso público sumario regulado· por el articulo 82 del citado Acuerdo; asf como de· los puntos 6 y 9.1 de la convocatoria/bases, en virtud de los cuales esta Secretaria, sobre la base formal de la documentación exhibi~a, emite el dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:

CONSIDERANDOS

l. TÉRMINO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL.

En el punto 5 de la convocatoria/bases se solicitó presentar la documentación relativa al presente procedimiento con fecha 9 de julio de 2015, ante la Dirección General de Infraestructura Ffsica.

En cons encia, si la presentación de la documentación se efectuó el 9 de julio de 2015, ante la oficina e 1 irección General de lnfraestrJ,Jctura Ffsica, es inconcuso que resulta oportuna.

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SUPREMA CORTE ~=Óc:DB

11. EXISTENCIA LEGAL DE LA EMPRESA Y PERSONALIDAD DEL APODERADO LEGAL.

Para la elaboración del dictamen resolutivo legal, deberá evaluarse la existencia y debida constitución legal de la empresa participante, a efecto de lo cual es necesario contar con el testimonio o instrumento otorgado ante fedatario público, el cual deberá estar debidamente inscrito en el Registro Público que determine la ley. De igual forma, el instrumento de cuenta deberá de contener, en su caso, las reformas atinentes y el acto jurfdico en virtud del cual se haya conferido al apoderado de la empresa, la capacida~ legal para actuar en su nombre en procedimientos de contratación e, incluso, en cualquiera de los actos relacionados con el vinculo contractual que pudiere establecerse.

Al respecto, la empresa en comento presentó testimonio notarial número 60,168, de fecha 1 O de Julio de 1992, pasado ante la fe del licenciado Francisco Javier Arce Gargollo, Notario Público número 7 4 del Distrito Federal, que contiene el acta constitutiva de la sociedad denominada "CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS DAJO, S.A. DE C.V." (copia simple).

Del análisis del testimonio notarial descrito, que. exhibe la persona jurfdico colectiva "CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS DAJO, S.A. DE C.V.", se desprende que· fue constituida ante notario público: el 1 O de julio de 1992, tal y como consta con la firma y sello del fedatario público, con una vigencia de. 99 años y estar debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio de Tlalnepantla, Estado de México, bajo la partida número 169, volumen 4, Libro primero de fecha 27 de agosto de 1992.

También presentó testimonio notarial número 83.426, de fecha 20 de diciembr~ de 2000, pasado ante la fe del licenciado Francisco Javier Arce Gargollo, Notario Público número 74 del Distrito Federal, que contiene entre otros acuerdos, el poder general para pleitos y cobranzas y actos de administración en favor de José Natividad Cortes Soriano, en su carácter de administrador único de la sociedad denominada "CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS DAJO, S.A. DE C.V." (copia simple).

Asimismo, del testimonio que antecede se advierte que la empresa denominada "CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS DAJO, S.A. DE C.V.", se encuentra representada por José Natividad Cortes Soriano, a quien se le dotó d~ poderes generales para pleitos y cobranzas y para actos de administración, con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ·ley, en Jos términos del articulo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal y de las disposiciones correlativas de los Códigos Civiles de los Estados de la República Mexicana. Podrán representar a la sociedad ante toda clase de autoridades administrativas y judiciales, federales estatales. y municipales, ante toda clase de juntas de conciliación y de conciliación y arbitrajes y demás autoridades del trabajo, y ante árbitros y arbitradores; asr como para llevar a cabo todas las operaciones y celebrar, modificar y rescindir contratos y actos jurfdicos relacionados con los fines y objeto de la sociedad, por lo qu. e presume que cuenta con la capacidad legal suficiente para actuar en nombre de la empres , p ra efectos de la presente contratación.

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PODI!R JUDICIAL DE LA I'EDI!RACIÓN

111. OBJETO SOCIAL DEL PARTICIPANTE.

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DB LA NACIÓN

Respecto del objeto social del participante como condición para la elaboración del dictamen resolutivo ·legal resulta indispensable verificar la congruencia y compatibilidad entre el servicio requerido y el objeto social de la empresa.

En ese sentido, el servicio .solicitado ·consiste en la adecuación de ia Casa de la Cultura Juridica de Guanajuato para accesibilidad a personas con discapacidad. Del testimonio notarial número

· 60,168, de fecha 10 de julio de 1992 descrito en el punto anterior, se deduce que la empresa participante tiene por objeto, entre <otros: "A.· El proyecto, diseño, cálculo, administración, supervisión, dirección, planeación, y mantenimiento de todo tipo de obras civiles ••• ". . .

· De lo anterior, tomando en cuenta que el servicio que se requiere contie~e aspectos técnicos de la naturaleza provista por la· participante, se colige que existe una adecuada relación entre el objeto social de la empresa y la materia de contratación del concurso público sumario en que se actúa.

IV. RESTRICCIONES PARA CONTRATAR.

Como lo dispone .la normativa aplicable, para la elaboración del dictamen .resolutivo legal deberá evaluarse la declaración fitniada por el representante legal del participante, ·persona · trsica o juridico colectiva, en el sentido de que no se encuentra en ·ninguno de los supuestos de restricciones para contratar a que se refieren los articulos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, VI, VIl, VIII y X, asi como 58, ·fracción XVI,. del Acuerdo General de Administración Vl/2008, apercibido de las penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad.distinta a la judicial.

Referente a lo. anterior, la empresa presentó carta de fecha 9 de julio de 2015, que contiene la· declaración firmada por José Natividad Cortes Soriano, en su carácter de representante legal de la empresa "C.ONSTRUCCIONES Y PROYECTOS DAJO, S.A.· DE C.V.", en la que manifiesta bajo protesta de decir . verdad y apercibido de las penas en que incurren los · que declaren · falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocen el Acuerdo General de Administración Vl/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008 y que no se encuentran en los supuestos de restricciones referidos.

Del contenido de la · carta presentada por el representante legal de la empresa · "CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS OAJO, S.A. DE C.V.", este Alto Tribunal bajo el principio de buena fe, presume la inexistencia de las restricciones para contratar previstas en los articulos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI, VIl, VIII y X, asi como 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, del Comité de Gobierno y Administración de este Alto Tribunal, apercibido de las penas en que incurren Jos que declaran con falsedad.

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PODER .IUIIIC:W. DE LA fEDERACIÓN

·SUPREMA CORTE JIB JU&nCJA JIB LA NACIÓN

V. ACREDITACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL DEL PARTICIPANTE .PARA RECIBIR NOTIFICACIONES.

En este apartado, deberá valorarse el documento oficial expedido durante el último semestre en el cual conste el, domicilio ·tegal para recibir y ofr notificaciones del participante, para efectos del procedimiento de contratación que en su caso, llegue a celebrarse, asr como el escrito en el cual manifieste el domicilio legal para recibir y orr notificaciones.

Si dicho documento fue exped~do a nombre de una persona diversa al participante que acude al presente procedimiento; para :cumplir con este requisito, será necesario que· éste acredite la

. existencia del acto jurfdieo en virtud del cual, tiene la propiedad o posesión derivada del inmueb!e correspondiente. ·

. En relación con lo anterior,- la empresa en comento presentó recibo de pago de luz a nombre del representante legal, expedido' por la Comisión Federal de. Electricid,ad, correspondiente al consumo por el periodo del 21 de abril al 18 de junio de 2015, relativo al inmueble ubicado'en Privada Zacatecas número 50,·Colonia Adolfo López Mateos, Código Postal 52910, Atizapán de

· Zaragoza, Estado de México (copia simple). ·

. De igual forma, presentó la carta de domicilio de fecha 9 de julio de 2015, firmada por José · Natividad Cortes· soriano en su·carácter de representante legal de la empresa en comento, en la que sefiala que el domicilio legal para recibir y ofr notificaciones en el procedimiento en que se actúa, es el ubicado en . Privada Zacatecas número 50, Colonia Adolfo López M ateos, Código Postal 5291 o: Atizapán de Zaragoza, Estado de México (original).

Luego, derivado del análisis de las pruebas documentales presentadas cónsistentes. en el recibo expedido por la Comisión Federal de Electricidad no mayor a seis meses y de la carta de domicilio adminiculadas con la Cédula de Identificación Fiscal y el Registro Patronal consignadas como requisitos en ·la normativa que regula este procedimiento, esta Secretaría tiene por acreditado el domicilio legal de la participante para recibir y ofr toda clase notificaciones; .para Jos efectos de la contratación en que se· actúa.

VI. CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL.

En este punto del dictamen, deberá valorarse la presentación de la Cédula de Identificación Fiscal a nombre de la empresa participante.

La empresa "CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS DAJO, S.A. DE C.V." presentó constancia de inscripción y Cédula de Identificación Fiscal, expedidas. por el Servicio de Administración Tributaria, con número de Registro.Federal de Contribuyentes (copias simples}.

De dich documentales descritas en el punto anterior, exhibidas por la empresa en cita, se adviert q e pata efectos fiscales dicha empresa fue debidamente inscrita en el Servicio de Admin stra ión Tributaria con el Registro Federal de Contribuyentes número

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PODER .IUIIICIAL 1111! LA FEIIII!RACIÓN .

VIl. CÉDULA PROFES_IONAL PEL RESPONSABLE TÉCNICO.

SUPREMA CORTE DB JUSTICIA DB LAÑACJÓN

Esta Secretaria evaluará la cédula profesional del responsable técnico de la empresa participante, solicitada en la convocatoria/bases respectiva.

La empresa en comento presentÓ cédulas profesionales número a nombre del ingeniero arquitecto ·José Armando Ortega Tirado y , a nombre del profesional técnico en electricidad industrial Fernando Alvarez Villafranca respectivamente, ambas .expedidas por la Dirección General de Profesiones. .

En este punto esta Secretaria presurne la veracidad de las cédulas profesionales presentadas, pues de la simple lectura se de$prende que cumple con todos los requisitos de un documento de

) esta naturaleza; expedido por autoridad competente como es la Dirección General de Profesiones.

VIII. REGISTRO PATRONAL.

La empresa participante deberá presentar el Registro Patronal expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social. ·

En ·el caso, Ja . empresa en comento exhibió Aviso de Inscripción y Tarjeta de Identificación Patronal, expedidos·por el Instituto Mexicano del Seguro Social, con número de Registro Patronal C22-16999-10 {copias simples): · ·

Del Aviso de Inscripción y de, la Tarjeta de Identificación Patronal descritos, se deriva que la empresa·"CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS DAJO, S.A. DE C.V.", se encuentra inscrita en el Instituto Mexicano del Seguro Social, con número de registro patronal por lo que cumple con el requisito solicitado.

IX. MANIFESTACIÓN DE AUTENTICIDAD DE DOCUMENTOS.

En la convocatoria/bases respectiva, se solicitó a la empresa en comento manifestación por escrito, bajo protesta de decir verdad, que la Cédula de Identificación Fiscal y la ·Constancia de Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, fueron obtenidas por medios fidedignos.

Al respecto, la empresa presentó dicha carta bajo protesta de decir verdad de fecha 9 de julio de 2015, firmada por José Nativi4ad Cortes Soriano en su carácter de representante legal de la empresa en cita. ·

En relación con este punto, se tiene por presentada la carta en comento.

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PODER .IUOICIAL DE LA fEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DI JUSTICIA DI LAÑACJÓN

Con base en el an·álisis de la documentación referida, esta Secretaria Jurfdica de la Presidencia arriba a la siguiente:

CONCLUSIÓN

. De acuerdo con· Jos considerandos que anteceden, se determina bajo la dimensión formal de los documentos aportados .. · y . respecto del . presente procedimiento, que la empresa "CONSTRUCCIONES ·Y PROYECTOS DAJO, S.A. DE C.V.", atendió en. tie.mpo y forma el· requerimiento de documentación legal exigido, por lo que resulta procedente resolver en sentido FAVORABLE el dictamen resolutivo legal correspondiente al concurso público sumario número 11500155/DICOMAS, relativo a la "Adecuación de la Casa de la Cultura Jurídica de J GuanajuatQ para accesibilidad a personas con· discapacidad".

México, Distrito Federal, a 13 de julio de 2015.

LIC. CARL sv RWAs .. ORGADO · REVISÓ: . r\~-SUBDIREC OR,~ERA • E .. LO C. ONSUL TIVO· DE LA SECRETAR J'f\)ICA D LA PRESIDENCIA.

ELAs=~RÓ=-: ---e:":::>~. ~.. =--=~- (

LIC. ADRIANA ISLAS AGUIRRE DIRECTORA DE ÁREA DE LA SECRETARIA JURIDICA DE LA PRESIDENCIA.

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN SECRETARiA. JURfDICA DE LAPRESIDENCIA

·~ SUPREMA ·CoRTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

DICT·AMEN LEGAL RELATIVO AL CONCURSO POR INVITACIÓN PÚBLICA NACIONAL . NÚMERO SCJN/CIP/DGIFJOPS/-002/2016~ 2/5 . > .. .

Vista la documentación remitida . por. ·la Dirección General de lnfraestruct!Jra . Ffsica, relativo al . "Suministro, Instalación y puesta en marcha de Acometida eléctrica para la Casa de la Cultura

· .Jurfdica de Aguascalientes", derivada del concurso por invitación pública nacional respectivo, con fundamento en lo previsto en .los artrculos 2°, fracción. XXIV. y 67, fracción 11, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, puntos tercero, fracciones 1 a VI, sexto, octavo y décimo de los lineamientos para la elaboración del dictamen resolutivo legal de 8 de enero de 2009, .la Secretaria Jurfdica de la Presidencia emite dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

1. Mediante oficio número DGIF/1070/2016, la Dirección General de Infraestructura Ffsica solicitó ·a ·esta Secretarra la emisión del dictamen resolutivo legal de la empresa "GRUPO AZTECA

CONSTRUCCIONES, S.A. DE C. V.", ·participante en el concurso : p·or invitación pública nacional número SCJN/CIP/DGIF/OPS-002/2016, relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de Acometida eléctrica para la Ca~a de la Cultura Jurfdica de Aguasca/ientes".

2. El 26 de abril de 2016, la Dirección General de Infraestructura Ffsica entregó a esta Secretarra la documentación legal presentada por la empresa "GRUPO AZTECA CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.", según consta en el respectivo sello de recepción. ·

3. Este dictamen contiene la determinación derivada del análisis pormenorizado y la evaluación de la información presentada por"GRUPO AZTECA CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.", en el concurso por invitación pública nacional regulado por el artrculo 78 del citado Acuerdo; asf como de los puntos 8.1 y 13.1 de la convocatoria/bases, en virtud de los cuales esta Secretarra, sobre la base formal de la

· documentación exhibida, emite el dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:

CONSIDERANDO$

l. TÉijMINO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL.

En el punto 4 de la convocatoria/bases se solicitó presentar la sesión pública de presentación y apertura de propuestas relativa al preseryte procedimiento con fecha. 22 de abril de 2016, ante la Dirección General de Infraestructura Ffsica.

En consecuencia, si la presentación de la documentación se efectuó el 22 de abril de 2016, ante la oficina de la Dirección General de Infraestructura Ffsica, es inconcuso que resulta oportuna.

11. EXISTENCIA LEGAL DE LA EMPRESA Y PERSONALIDAD DEL APODERADO LEGAL.

Para la'elaboración· del dictamen resolutivo legal, deberá evaluarse la existencia y debida constitución legal de la ·empresa participante, a efecto de lo cual es necesario contar con el testimonio o

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.PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LANACIÓN '

instrumento otorgado ante fedatario público, el cual deberá estar debidamente inscrito en el Registro Público que determine la ley. De igual forma, las reformas atinentes y el acto juridico en virtud del cual se haya conferido. al apoden~do de la empresa, la capacidad legal para actuar en su nombre en procedimientos de contratación e, incluso, en cualquiera de los actos relacionados con el vinculo

. contractual que pudiere establecerse. ·

·Al respecto, la empresa en comento presentó testimonio notarial número 2,998 de fecha 3 de agosto de 1992, pasado ante la fe c;fel licenciado Amado Carrillo Sánchez, Notario Público número 33 de Puebla de Zaragoza, que contiene el acta constitutiva de la sociedad denominada "GRUPO AZTECA CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V." (copia simple).

Del análisis del testimonio notarial descrito, que exhibe la persona juridico colectiva denominada "GRUPO AZTECACONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.", se acredita que fue constituida ante notario público el 3 de agosto de 1992, tal y como consta con la firma y sello del fedatario público, con una vigencia de 99 af'ios, y estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Distrito Judicial de Puebla, Puebla, número 47, de fecha 7 de septiembre de 1992.

Testimonio notarial número 15,096, de fecha 7 de abril de 2005, ·.pasado ante la fe del licenciado Amado Ca m arillo Sánchez, Notario Público número 33 de Puebla de Zaragoza, en el que consta poder general ·para pleitos y cobranzas y actos de administración· en favor de Marfa de Jesús Vichido Toledo y otra (copia simple).

Del testimonio que antecede,: se advierte que la empresa "GRUPO AZTECA CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.", se encuentra representada por María de Jesús Vichido Toledo, a quien se le dotó de poder general para pleitos y cobranzas y actos de administración, con todas .las facultades generales y las particulares que requieran poder o cláusula especial, conforme la Ley, en términos de lo dispuesto las fracciones primera, segunda y tercera del articulo dos mil cuatrocientos cuarenta del Código Civil del Estado Libre y Soberano de Puebla, su correlativo del Código Civil para el Distrito Federal y los concordantes en los demás Fstados de la República, por lo que se presume que cuenta con la capacidad legal suficiente para actuar en nombre de la empresa para efectos de la presente contratación. ·

111. OBJETO SOCIAL DEL PARTICIPANTE .

.. Para esta Secretaria resulta indispensable verificar la congruencia y compatibilidad entre el servicio requerido y el objeto social de la empresa participante.

En ese sentido, el servicio solicitado relativo al Suministro, instalación y puesta en marcha de Acometida eléctrica para la Casa de la Cultura Juridica· de Aguascalientes. Del testimonio descrito, se desprende que la ·empresa participante . tiene por objeto: "a).· La ejecución r:Je proyectos, construcción,- supervisión, . promoción, gestión y asesoría integral. e) la remodelación y conservación en· general de bienes muebles e inmuebles y materias e insumos relacionados con la construcción. g) compra-venta, permuta, adquisición y comercio en general, de toda clase de inmuebles, construcciones, obras e instalacione~ eléctricas y electromecánicas en general ... ".

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. PODER JUDICIAL DE LA FEDERAciÓN

·~ SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

De Jo anterior, tomando en cuent!!l que el servicio .que se requiere contiene aspectos técnicos de naturaleza provh:;ta por la empresa participante, se colige que existe una adecuada relación entre su objeto social yla_materia de·contratación del procedimiento en que se actúa .

. IV. RESTRICCIOJ\IES PARA CONTRATAR.

Como lo dispone la normativa aplicable, para la elaboración del dictamen resolutivo legal deberá evaluarse la declaración firmada por el representante legal del participante, persona física o jurídico colectiva, en el sentido de que no se encuentra en ninguno .de -los supuestos de restricciones para contratar a que se refieren los artículos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI, VI!, VIII y X, así como 58, fracción XVI, de,! Acuerdo General de Administración Vl/2008, apercibido deJas penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial. ·

Referente a lo anterior, la empresa presentó carta. de. fecha 22 de abril de 2016, que contiene la declaración firmada por. María de Jesús Vichido Toledo, en su .carácter de apoderada legal de la ·empresa "GRUPO AZTECA CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.", en la que manifiesta bajo protesta de decir verdad y apercibido de l~s penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad

· distinta a la judicial, que conocen el Acuerdo General de Administración Vl/2008, ·de fecha 25 de septiembre de.2008 y que no se encuentran en los supuestos de restricciones referidos (oriwnal).

Del contenido de la carta presentada por el representante legal de la empresa ''GRUPO AZTECA CONSTRUCCIONES, S.A. DE >C~V.", este Alto Tribunal bajo el principio de buena fe, presume la inexistencia de las restricciones para contratar previstas en los artículos 48; fracciones 1,· 11, 111, IV, V, VI, VIl, VIII, y X, así como 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008,del Comité de Gobierno y Administración de este Alto Tribunal, apercibido de las penas en que incurren los que declaran con falsedad.

V. ACREDITACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL DEL PARTICIPANTE PARA RECIBIR NOTIFICACIONES.

En este apartado, deberá valorarse el. documento oficial expedido durante el último semestre, en el cual conste el domicilio legal para recibir y oír notificaciones del participante, · pqra efectos del procedimiento de contratación que en su caso, llegue a celebrarse, asf c_omo el escrito en el cual manifieste el citado domicilio.

En relación con lo anterior, la empresa participante presentó Constancia de Situación Fiscal, expedida por et· Servicio de Administración Tributaria, de fecha.12 de- febrero de 2016, relativa· al inmueble ubicado en Avenida DamiánCarmona, número 250, Fraccionamiento Capulines, Código Postal 78413, San Luis Potosí, S.L.P. (copia simple).

De igual forma, presentó carta de domicilio de fecha 22 de abril de 2016, firmada por María de Jesús Vichido Toledo, en su carácter de apoderada legal de la empresa en comento, en la que señala domicilio, para . re.cibir y oír notificaciones en el procedimiento en que se actúa, es el ubicado en Avenida Damián Carmona, número 250, Fraccionamiento Gapulines, Código Postal 78413, San Luis Potosí, S.L.P. y Privada Bulgaria, Número 2213-201, Fraccionamiento las Hadas, Código Postal 72070, Puebla, Pue. (original).

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PODfR jupiCIAL DE LA FEDEAACION

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SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

· Luego, derivado del análisis de las pruebas documentales presentadas consistentes en la Constancia . . de Situación Fiscal . adminiculada con la carta de domicilio consignadas como requisitos en la

normativa que regula este procedimiento, esta Secretarra tiene por acreditado el domicilio legal de la participante para recibir y orr toda clase notificaciones, para los efectos de la contratación en que se actúa. ·

VI. CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL.

En este punto del dict~men, deberá valorarse la presentación de la Cédula de Identificación Fiscal a ) nombre de. la empresa participante. ·

La empresa ''GRUPO AZTECA CONSTRUCCIONES, S.A. PE C.V." presentó Constancia de Situación Fiscal, ·expedida por el Servicio de Administración Tributaria, con número de Registro Federal de Contribuyentes (copia simple) .

. De dicha Constancia de Identificación Fiscal, expedida por. el Servicio de Administración Tributaria, exhibida por la empresa en cita, se advierte que para efectos fiscales fue debidamenteinscrita en el Servicio de Administración ··Tributaria con Registro Federal de Contribuyentes número

.

VIl. CÉDULA PROFESIONAL DEL RESPONSABLE TÉCNICO.

Esta Secretarra evaluará la cédula profesional del responsable técnico del particip¡;¡nte, solicitada en la convocatoria/bases respectiva.

La empresa participante en comento presentó cédula profesional número a nombre del Edificador y Administrador de Obras Luis Fernando Rodrrguez Vega, expedida por la Dirección General de Profesiones, como. responsable técnico de la obra {copia simple).

En este punto esta Secretarra presume la veracidad de la cédula profesional presentada, pues de la simple lectura se desprende que cumple con todos Jos requisitos de un documento de esta naturaleza, expedido por autoridad competente como es la· Dirección General de Profesiones.

VIII. REGISTRO PATRONAL

El participante, en su caso, deberá presentar Alta del Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del . Seguro Social.

En el caso, la empresa participante exhibió Tarjeta de Identificación Patronal y Aviso de Inscripción . . .

Patronal a nombre de la empresa participante expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social, con número de registro patronal (copias simples).

e la Tarjeta de Identificación Patronal y del Aviso de Inscripción Patronal descritos, se deriva que la· mpresa "GRUPO AZTECA CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V." se encuentra inscrita en el Instituto

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PODER JUDICIAL DE LAFEDE~N

~· SUPREMA CORTE DB JUSTICIA DE LANACION

Mexicano del Seguro Social con número de registro patronal por lo que cumple con el . requisit? ·solicitado. · ·

Con base en el análisis de la documentación referida, esta Secre~tarra Jurrdica de la Presidencia arriba a la siguiente: ·

CONCLUSIÓN

De acuerdo con los considerandos que anteceden, se determina .bajo la exclusiva dimensión formal de · los doc~mentos aportados y respecto del presente procedimiento que la empresa "GRUPO AZTECA CONST¡RUCCIONES, S,A. DE C.V." atendió en tiempo y forma el requerimiento de documentación legal e~igido, por lo que resulta procedente resolver en sentido FAVORABLE el dictamen resolutivo legal correspondiente al concurso por· invitación pública nacional SCJN/CIP/DGIF/OPS-002/2016, relativo ia ía contratación del "Suministro, instalación y puesta en marcha de Acometida eléctrica

.· para la !casa de la Cultura Jurídica de Aguascalientes". . · ·

REVISÓ: . LIC. CARLOS

SUBDIRECT ·SECRETARIA

México, Distrito Federal, a 29 de abril de 2016.

M~ ADO RAL .... ·.·• .... LÓ.CON .. SULTIVO DE LA

-·-~-A DE· A PRESIDENCIA.

ELABORO: LIC. ADRIANA ISLAS AGU RRE DIRECTORA DE DICTÁMENES. LEGALES DE LA SECRETAR(A JUR(DICA DE LA PRESIDENCIA.

5

MAlfaroM
Sello

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

¡(~)INFORMACIÓN PARCIALMENTE RESERVADA

~PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Unidad Administrativa: DIRECCIÓN. GRAL. DE LA TESORERÍA Fecha de Claalflcación: La del presente oficio Partes Reservadas : Datos personales

Periodo de Reserva: Hasta la resolución del procedimiento Fundamento Legal: LFTAIPG, Art. 14 Fracc. VI y Art. 46

1 er párrafo Acuerdo General de la Comisión para la Tra

OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA

México D. F., a 1 de julio de 2016 OM/DGT/SGISFV /DIVT/SIEF/1885/07 /2016

DICTAMEN RESOLUTIVO FINANCIERO 043/2016

Con base en la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Física, relativa al Concurso por Invitación Pública SON/CIP/DGIF/OPS-001/2016, relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León" y con fundamento en lo previsto en el artículo 2, fracción XXIII, artículo 16, fracción I y artículo 42, del Acuerdo General de Administración VI/2008; capítulo III, punto sexto de los Lineamientos del tres de febrero de dos mil nueve para la Elaboración del Dictamen Resolutivo Financiero, modificado por los acuerdos adoptados por el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (CASOD) en su 16a sesión extraordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2015, en los términos del numeral I, comunicado a la Dirección a mi cargo mediante oficio OM/ST/79/2015, así como en lo establecido en los puntos 8.2, 10.3, 13.2 y 16.5 de las bases del procedimiento, la Dirección General de la Tesorería emite el presente Dictamen Resolutivo Financiero conforme a:

l. ANTECEDENTES

El 28 de junio de 2016, a las 14:08 horas, la Dirección General de Infraestructura Física, remitió a la Dirección General de la Tesorería documentación fiscal y financiera presentada por la empresa Construcciones y Proyectos Dajo, S.A. de C.V., con Registro Federal de Contribuyentes CPD 920713 G84, según consta en el respectivo sello de recepción.

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Tno 115 1/3 '

POOER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN OFICIALÍA MAYOR

DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA

México D. F., a 1 de julio de 2015 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/1885/07/2015

II. REQUISITOS DE INFORMACIÓN FISCAL Y FINANCIERA

Pago provisional !SR SI

Estados financieros anuales SI

Estados financieros parciales con copia de cédula profesional SI

III. DATOS FINANCIEROS

C0;NCEPTO 2014. ;zo}s ""' 2016' ·• ; "

; mayo

Activo Circulante

Activo total

Pasivo Corto Plazo

Pasivo Total

Ventas

Utilidad de operación

IV. APUCACIÓN DE RAZONES FINANCIERAS

La aplicación de las razones financieras a la información proporcionada por la citada empresa y que se señala en el punto 13.2 de las bases del procedimiento enunciado, arrojan los siguientes resultados:

> RAzón•· ·· . •:· RESULTADO .

············

; 1 "·1' ~EQÚISITO .... ,.

le·' FÓRMULA ",,, . l>ROMI!DIO . ' .. CUMPLE• . · 2014 ; . 2015 .mayo 2016 f1.AYO!t,;O lGUI\:L Ai ;

Índice de Activo Circulante Liquidez

4.98 5.21 3.73 4.64 0.90 SI

Pasivo Corto Plazo

Índice de Activo Tota 1

Solvencia 6.33 6.92 4.87 6.04 1.00 SI

Pasivo Total

Índice de Margen Utilidad de O~eraclón 0.18 0.02 -0.09 0.03 0.00

Operativo) SI

Ventas

:~~{r 2/3

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PODER JUDICIAl DE LA FEDERACIÓN OFICIALÍA MAYOR

DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA

México D. F., a 1 de julio de 2015 OM/DGT /SGISFV /DIVT /SIEF/1885/07 /2015

V. CONCLUSIONES

Con base en el análisis realizado y con fundamento en las disposiciones correspondientes se determina que:

El Dictamen Resolutivo Financiero correspondiente al Concurso por Invitación Pública SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016, relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León", de la empresa Construcciones y Proyectos Dajo, S.A. de C.V., es FAVORABLE.

Cabe mencionar que en 2016 el monto estimado del referido Concurso por Invitación Pública, representó el 45.2°/o del Activo Total de la empresa Construcciones y Proyectos Dajo, S.A. de C.V.

Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

,- \c::a:::--= Lic. Roxana ~chez Yarza

Directora General de la Tesorería

C.c.p.- Lic. Rodolfo H. Lara Ponte.- Oficial Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento. Lic. Ju n Claudio Delgado Ortiz Mena.- Contralor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conoéi iento. Lic. M ro Barba González. Subdirector General de Inversiones, Seguros, Fianzas y Viáticos de la

!~M~rec, ;~:;ecol de'' Tesored' de'' Suprem' Cocte de Ju,tlci' de'' N'ción.- ''"'"conocimiento

1 T" 3/3

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

if~ INFORMACIÓN PARCIALMENTE RESERVADA

~PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Unidad Administrativa: DIRECCIÓN. GRAL. DE LA TESORERIA

Fecha de Clasificación: La del presente oficio Partes Reservadas : Datos personales Periodo de Reserva: Hasta la resolución del procedimiento Fundamento Legal: LFTAIPG, Art. 14 Fracc. VI y Art. 46 1er párrafo Acuerdo General de la Comisión para la

ilidades

OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA

México D. F., a 1 de julio de 2016 OM/DGT /SGISFV /DIVT /SIEF/1886/07 /2016

DICTAMEN RESOLUTIVO FINANCIERO 044/2016

Con base en la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Física, relativa al Concurso por Invitación Pública SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016, relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León" y con fundamento en lo previsto en el artículo 2, fracción XXIII, artículo 16, fracción I y artículo 42, del Acuerdo General de Administración VI/2008; capítulo III, punto sexto de los Lineamientos del tres de febrero de dos mil nueve para la Elaboración del Dictamen Resolutivo Financiero, modificado por los acuerdos adoptados por el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (CASOD) en su 16a sesión extraordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2015, en los términos del numeral I, comunicado a la Dirección a mi cargo mediante oficio OM/ST/79/2015, así como en lo establecido en los puntos 8.2, 10.3, 13.2 y 16.5 de las bases del procedimiento, la Dirección General de la Tesorería emite el presente Dictamen Resolutivo Financiero conforme a:

l. ANTECEDENTES

El 28 de junio de 2016, a las 14:08 horas, la Dirección General de Infraestructura Física, remitió a la Dirección General de la Tesorería documentación fiscal y financiera presentada por la empresa Grupo Azteca Construcciones, S.A. de C.V., con Registro Federal de Contribuyentes GAC 9208 TR4, según consta en el respectivo sello de recepción.

1/3

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OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA

México D. F., a 1 de julio de 2015 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/1886/07/2015

11. REQUISITOS DE INFORMACIÓN FISCAL Y FINANCIERA

Pago provisional !SR SI

Estados financieros anuales SI

Estados financieros parciales con copia de cédula profesional NO

Nota: La empresa presentó estados financieros parciales correspondientes al mes de marzo de 2016, incumpliendo lo establecido en el punto 8.2.3 de las bases de actual procedimiento, mismo que solicita que las cifras sean como máximo de

blicó la convocatoria.

111. DATOS FINANCIEROS

..... 'cQNe:'EPTO • , 2.014 .,

. 2.0iS:. mai;~ó ~ .... 2016 'f, 0·'

Activo Ci.rculante

Activo total

Pasivo Corto Plazo

Pasivo Total

Ventas

Utilidad de operación

IV. APUCACIÓN DE RAZONES FINANCIERAS

La aplicación de las razones financieras a la información proporcionada por la citada empresa y que se señala en el punto 13.2 de las bases del procedimiento enunciado, arrojan los siguientes resultados:

Índice de Liquidez

Índice de Solvencia

Activo C lrculante

Pasivo Corto Plazo

Activo Total

Pasivo Total

Índice de Margen Utilidad de Operación Operativo

Ventas

. Y .· RESULTADOr!· . ' _REQuiSITO,;.; . / ¡

201<f,¡i ., i<·. 2015 marzo .2016 MAYQR,OIGUAL A: , · CU~~LE

4.85 4.71 6.63 0.90 SI

4.59 9.05 11.40 1.00 SI

0.04 0.01 0.27 0.00 SI

Nota: La empresa presentórestados financieros parciales correspondientes al mu dé,,mar¡oc de 2016, lncumpliendQ lo e&Jat)f~cfdo en eJ puntó aP..l de las baseS de ae1;ua1 procedimienro, m1$moc que solleitaqÍI.e las cifras sean cómo·mál!íml) de dos m~· anteriores~ la. •.· fecha élooese oúbllcó la.corívocatorlá. • · · · · · · · · .... · · ······

)BG/M~('fJ,~~~J1/ -urno Nf~sof'V'

2/3

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DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA

México D. F., a 1 de julio de 2015 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/1886/07/2015

V. CONCLUSIONES

Con base en el análisis realizado y con fundamento en las disposiciones correspondientes se determina que:

El Dictamen Resolutivo Financiero correspondiente al Concurso por Invitación Pública SON/CIP/DGIF/OPS-001/2016, relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León", de la empresa Grupo Azteca Construcciones, S.A. de C.V., es NO FAVORABLE, en virtud de haber presentado estados financieros parciales correspondientes al mes de marzo de 2016, incumpliendo lo establecido en el punto 8.2.3 de las bases de actual procedimiento, mismo que solicita que las cifras sean como máximo de dos meses anteriores a la fecha en que se publicó la convocatoria.

Cabe mencionar que en 2016 el monto estimado del referido Concurso por Invitación Pública, representó el 13.3o/o del Activo Total de la empresa Grupo Azteca Construcciones, S.A. de C.V.

Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

.--~ Lic. Roxana Carvajal Sánchez Yarza

Directora General de la Tesorería

C.c.p.- Lic. Rodolfo H. Lara Ponte.- Oficial Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento. Lic. Juan Claudia Delgado Ortiz Mena.- Contralor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento. Lic. M uro Barba González. Subdirector General de Inversiones, Seguros, Fianzas y Viáticos de la Direc · · General de la Tesorería de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento.

~r~~~t /" 1V 313

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

-~INFORMACIÓN PARCIALMENTE RESERVADA

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Unidad Administrativa: DIRECCIÓN. GRAL. DE LA TESORERIA

Fecha de Claaiflcaci6n: La del presente oficio

Partes Reservadas : Datos personales

Periodo de Reserva: Hasta la resolución del procedimiento Fundamento Legal: LFTAIPG, Art. 14 Fracc. VI y Art. 46

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DICTAMEN RESOLUTIVO FINANCIERO 045/2016

Con base en la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Física, relativa al Concurso por Invitación Pública SON/CIP/DGIF/OPS-001/2016, relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León" y con fundamento en lo previsto en el artículo 2, fracción XXIII, artículo 16, fracción I y artículo 42, del Acuerdo General de Administración VI/2008; capítulo III, punto sexto de los Lineamientos del tres de febrero de dos mil nueve para la Elaboración del Dictamen Resolutivo Financiero, modificado por los acuerdos adoptados por el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (CASOD) en su 16a sesión extraordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2015, en los términos del numeral I, comunicado a la Dirección a mi cargo mediante oficio OM/ST/79/2015, así como en lo establecido en los puntos 8.2, 10.3, 13.2 y 16.5 de las bases del procedimiento, la Dirección General de la Tesorería emite el presente Dictamen Resolutivo Financiero conforme a:

I. ANTECEDENTES

El 28 de junio de 2016, a las 14:08 horas, la Dirección General de Infraestructura Física, remitió a la Dirección General de la Tesorería documentación fiscal y financiera presentada por la empresa Gotop Construcciones y Proyectos, S.A. de C.V., con Registro Federal de Contribuyentes GCP 001002 DH2, según consta en el respectivo sello de recepción.

113

PODER JUDICIAl PE LA FEDERACIÓN OFICIALÍA MAYOR

DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA

México D. F., a 1 de julio de 2015 OM/DGT/SGISFV /DIVT/SIEF/1887 /07/2015

11. REQUISITOS DE INFORMACIÓN FISCAL Y FINANCIERA

Pago provisiona 1 !SR SI

Estados financieros anuales SI

Estados financieros parciales con copia de cédula profesional SI

111. DATOS FINANCIEROS

·,. 1' ·.•.:. \' . ... ' .. ·~

CONCEPT<} .:Z014 ao,1s .•. • ·· .~brll . 2016 ·

Activo Circulante

Activo tota 1

Pasivo Corto Plazo

Pasivo Total

Ventas

Utilidad de operación

IV. APUCACIÓN DE RAZONES FINANCIERAS

La aplicación de las razones financieras a la información proporcionada por la citada empresa y que se señala en el punto 13.2 de las bases del procedimiento enunciado, arrojan los siguientes resultados:

·:RA:ZÓN~:; <" ··':· ··: •.. •· RESULTADO:. '"

,. · l\iOQU!StTO .;

y.-, 1 'I'Ó,RMUtA'

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Índice de Activo Circulante Liquidez

2.09 1.96 1.87 0.90 SI

Pasivo Corto Plazo

Índice de Activo Tota 1 Solvencia

2.25 2.08 1.98 1.00 SI Pasivo Total

Índice de Margen Utilidad de OQeración 0.04 0.02 0.03 0.00

Opj'ativo SI

Ventas

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2/3

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PODER JUDICIAl DE LA FEDERACIÓN OFICIALÍA MAYOR

DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA

México D. F., a 1 de julio de 2015 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/1887/07/2015

V. CONCLUSIONES

Con base en el análisis realizado y con fundamento en las disposiciones correspondientes se determina que:

El Dictamen Resolutivo Financiero correspondiente al Concurso por Invitación Pública SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016, relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León", de la empresa Gotop Construcciones y Proyectos, S.A. de C.V., es FAVORABLE.

Cabe mencionar que en 2016 el monto estimado del referido Concurso por Invitación Pública, representó el 9.3°/o del Activo Total de la empresa Gotop Construcciones y Proyectos, S.A. de C.V.

Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

~;¿:)~ Lic. Roxana Carvajal Sánchez Yarza

Directora General de la Tesorería

c.c.p.- Lic. Rodolfo H. Lara Ponte.- Oficial Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento. Lic. Juan Claudia Delgado Ortiz Mena.- Contralor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conoci iento. Lic. M u o Barba González. Subdirector General de Inversiones, Seguros, Fianzas y Viáticos de la

~,~:ec" foecal de la Teso,..na de la S"pcema Corte de J"stlcla de la Naclóo.- Paca'" amoclmleoto

313

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓ~J

(~,INFORMACIÓN PARCIALMENTE RESERVADA

~~ODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Unidad Administrativa: DIRECCIÓN. GRAL. DE LA TESORERÍA

Fecha de Clasificación:

Partes Reservadas : Periodo de Reserva:

la del presente oficio

Datos personales

Hasta la resolución del procedimiento

LFTAIPG, Art. 14 Fracc. VI y Art. 46

~11-A.a--~~·

OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA

México D. F., a 1 de julio de 2016 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/1888/07/2016

DICTAMEN RESOLUTIVO FINANCIERO 046/2016

Con base en la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Física, relativa al Concurso por Invitación Pública SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016, relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León" y con fundamento en lo previsto en el artículo 2, fracción XXIII, artículo 16, fracción I y artículo 42, del Acuerdo General de Administración VI/2008; capítulo III, punto sexto de los Lineamientos del tres de febrero de dos mil nueve para la Elaboración del Dictamen Resolutivo Financiero, modificado por los acuerdos adoptados por el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (CASOD) en su 16a sesión extraordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2015, en los términos del numeral I, comunicado a la Dirección a mi cargo mediante oficio OM/ST/79/2015, así como en lo establecido en los puntos 8.2, 10.3, 13.2 y 16.5 de las bases del procedimiento, la Dirección General de la Tesorería emite el presente Dictamen Resolutivo Financiero conforme a:

I. ANTECEDENTES

El 28 de junio de 2016, a las 14:08 horas, la Dirección General de Infraestructura Física, remitió a la Dirección General de la Tesorería documentación fiscal y financiera presentada por la empresa Macuilli Ingeniería, S.A. de C.V., con Registro Federal de Contribuyentes MIN 970207 ULO, según consta en el respectivo sello de recepción.

113

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA

México D. F., a 1 de julio de 2015 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/1888/07/2015

II. REQUISITOS DE INFORMACIÓN FISCAL Y FINANCIERA

Declaración anual

Pago provisional ISR

Estados financieros anuales

Estados financieros parciales con copia de cédula profesional

111. DATOS FINANCIEROS

. CO.NCEPTO, é• 20,14;. .:201~ '·;"

ab~u.:' iot~ ····· .

. '

Activo Circulante

Activo total

Pasivo Corto Plazo

Pasivo Total

Ventas

Utilidad de operación

IV. APUCACIÓN DE RAZONES FINANCIERAS

La aplicación de las razones financieras a la información proporcionada por la citada empresa y que se señala en el punto 13.2 de las bases del procedimiento enunciado, arrojan los siguientes resultados:

Índice de Liquidez

Índice de Solvencia

Activo Circulante

Pasivo Corto Plazo

Activo Tota 1

Pasivo Total

Utilidad de Operación

Ventas

....... < 20'14.

43.93

44.06

-0.02

RESULTADO,,. • . ..

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27.39 29.99 0.90 SI

27.53 30.15 1.00 SI

0.03 0.34 0.00 SI

2/3

.•

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México D. F., a 1 de julio de 2015 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/1888/07/2015

V. CONCLUSIONES

Con base en el análisis realizado y con fundamento en las disposiciones correspondientes se determina que:

El Dictamen Resolutivo Financiero correspondiente al Concurso por Invitación Pública SON/CIP/DGIF/OPS-001/2016, relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León", de la empresa Macuilli Ingeniería, S.A. de C.V., es FAVORABLE.

Cabe mencionar que en 2016 el monto estimado del referido Concurso por Invitación Pública, representó el 25.9°/o del Activo Total de la empresa Macuilli Ingeniería, S.A. de C.V.

Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

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Lic. Roxana Carvajal Sánchez Yarza Directora General de la Tesorería

C.c.p.- Lic. Rodolfo H. Lara Ponte.- Oficial Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento. Lic. Juan Claudio Delgado Ortiz Mena.- Contralor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conoc· iento. Lic. M uro Barba González. Subdirector General de Inversiones, Seguros, Fianzas y Viáticos de la

rG/M~~~e~c·t' eneral de la Teso~ería de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento.

rno 35 3/3

1

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

.INFORMACIÓN PARCIALMENTE RESERVADA

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Unidad Administrativa: DIRECCIÓN. GRAL. DE LA TESORERIA

Fecha de Clasificación: La del presente oficio

Partes Reservadas : Datos personales

Hasta la resolución del procedimiento

LFTAIPG, Art. 14 Fracc. VI y Art. 46

OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA

México D. F., a 1 de julio de 2016 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/1889/07/2016

DICTAMEN RESOLUTIVO FINANCIERO 047/2016

Con base en la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Física, relativa al Concurso por Invitación Pública SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016, relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León" y con fundamento en lo previsto en el artículo 2, fracción XXIII, artículo 16, fracción I y artículo 42, del Acuerdo General de Administración VI/2008; capítulo III, punto sexto de los Lineamientos del tres de febrero de dos mil nueve para la Elaboración del Dictamen Resolutivo Financiero, modificado por los acuerdos adoptados por el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (CASOD) en su 16a sesión extraordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2015, en los términos del numeral I, comunicado a la Dirección a mi cargo mediante oficio OM/ST/79/2015, así como en lo establecido en los puntos 8.2, 10.3, 13.2 y 16.5 de las bases del procedimiento, la Dirección General d.e la Tesorería emite el presente Dictamen Resolutivo Financiero conforme a:

l. ANTECEDENTES

El 28 de junio de 2016, a las 14:08 horas, la Dirección General de Infraestructura Física, remitió a la Dirección General de la Tesorería documentación fiscal y financiera presentada por la empresa Produce Construcciones, S.A. de C.V., con Registro Federal de Contribuyentes PCO 960705 1UA, según consta en el respectivo sello de recepción.

1/3

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA

México D. F., a 1 de julio de 2015 OM/DGT /SGISFV /DIVf /SIEF/1889/07/2015

Il. REQUISITOS DE INFORMACIÓN ASCAL Y FINANCIERA

Pago provisional !SR SI

Estados financieros anuales SI

Estados financieros parciales con copia de cédula profesional SI

III. DATOS FINANCIEROS

CONCZEPTQ; ..

. ' .·. . \ ...... ·~·· ..

ína.yo 2016; : .. : 20+4 .. :••: : .. .. : ,~015':.· :< . .. : . ..

Activo Circulante

Activo tata 1

Pasivo Corto Plazo

Pasivo Total

Ventas

Utilidad de operación

IV. APUCACIÓN DE RAZONES FINANCIERAS

La aplicación de las razones financieras a la información proporcionada por la citada empresa y que se señala en el punto 13.2 de las bases del procedimiento enunciado, arrojan los siguientes resultados:

.•.

1\AZótt:. . ··

.' ·.. ·F .. : . ;

Índice de Liquidez

Índice de Solvencia

Índice dr)1Margen

Oper tivo

MBG/M~ Turno 113! ,f~

; .. <!· FÓRMULA· '', .

1· .. :. ; ;

Activo Circulante

Pasivo Corto Plazo

Activo Total

Pasivo Total

Utilidad de 0(1eracl6n

Ventas

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3.10 5.02 0.59 0.90 SI

66.41 8.61 7.24 1.00 SI

0.02 0.09 0.06 0.00 SI

2 /3

' .

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DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA

V. CONCLUSIONES

México D. F., a 1 de julio de 2015 OM/DGT /SGISFV /DIVT /SIEF/1889/07 /201 S

Con base en el análisis realizado y con fundamento en las disposiciones correspondientes se determina que:

El Dictamen Resolutivo Financiero correspondiente al Concurso por Invitación Pública SON/CIP/DGIF/OPS-001/2016, relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de planta de emergencia para la Casa de la Cultura Jurídica de León", de la empresa Produce Construcciones, S.A. de C.V., es FAVORABLE.

Cabe mencionar que en 2016 el monto estimado del referido Concurso por Invitación Pública, representó el 85.4°/o del Activo Total de la empresa Produce Construcciones, S.A. de C.V.

Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Lic. Roxana Carvajal Sánchez Yarza Directora General de la Tesorería

C.c.p.- Lic. Rodolfo H. Lara Ponte.- Oficial Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento. Lic. Juan Claudio Delgado Ortiz Mena.- Contralor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conoci iento. Lic. M u Barba González. Subdirector General de Inversiones, Seguros, Fianzas y Viáticos de la

r~:~ec ~UG1eneral de la Tesorería de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento.

T o 35 r 3/3

!

MAlfaroM
Sello

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

, .'REMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓ. OFICIALÍA MAYOR

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA

DIRECCióN DE OBRAS Y CONSTRUCCIONES DICTAMÉN RESOLUTIVO TÉCNICO

CONCURSO POR INVITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SCJN/CIPIDGIF/OPS-001/2016 RELATIVO AL "SUMINISTRO, INSTALACIÓN y PUESTA EN MARCHA DE PLANTA DE EMERGENCIA PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA DE LEÓN"

EMPRESAS

CONCEPTO MACUILLI INGENIERÍA, S.A. PRODUCE CONSTRUCCIONES Y

GOTOP CONSTRUCCIONES GRUPO AZTECA

DE C.V. CONSTRUCCIONES, S.A. DE PROYECTOS DAJO, S.A. DE

Y PROYECTOS, S.A. DE C.V. CONSTRUCCIONES, S.A. DE

c.v. c.v. c.v. 9 PROPUESTA TÉCNICA

LOS CONCURSANTES EN ESTE PROCEDIMIENTO DEBERÁN PRESENTAR EN LA SESIÓN PUBLICA INDICADA EN EL NUMERAL 12 DE ESTAS BASES EN EL SOBRE NÚMERO 3 CERRADO EN FORMA INVIOLABLE PROTEGIDO CON CINTA ADHESIVA TRANSPARENTE CRUZANDO LA SOLAPA CON LA FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL LO RELATIVO A SU PROPUESTA TÉCNICA EL CUAL DEBERÁ CONTENER

91 RELACION VALORADA DE LOS CONTRATOS SEÑALANDO MÍNIMO DOS OBRAS EN CUMPLE CUMPLE CUMPLE NO CUMPLE CUMPLE CUANTO AL SUMINISTRO. INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE PLANTA DE (NO CUENTA CON CONTRATOS EMERGENCIA CONCLUIDOS SATISFACTORIAMENTE. DE CARACTERÍSTICAS SIMILARES SIMILARES EN LOS AÑOS A LA QUE AHORA SE CONCURSA Y MONTO DE LOS TRABAJOS DE AL MENOS EL REQUERIDOS POR LA SCJN) IMPORTE DE SU OFERTA EN CUALQUIERA DE LOS AÑOS 2013. 2014.2015 Y LO QUE VA DEL 2016 INDICANDO LAS FECHAS DE SUSCRIPCIÓN Y EN SU CASO DE FINIQUITO . DEBIDAMENTE IDENTIFICADOS INCLUYENDO LOS QUE SE ENCUENTREN EN PROCESO y DE ESTOS ÚLTIMOS. EL AVANCE APROXIMADO NO DEBERÁ INCLUIR OBRAS EJECUTADAS PARA SI MISMO

DICHA RELACIÓN DEBERÁ INDICAR FECHA DE SUSCRIPCIÓN. EL NÚMERO DE CONTRATO DESCRIPCIÓN DE LA OBRA EJECUTADA NOMBRE Y NÚMERO TELEFÓNICO DEL CLIENTE MONTO DEL CONTRATO Y PERIODO DE EJECUCION AUTORIZANDO EXPRESAMENTE A LA SCJN PARA VERIFICAR POR CUALQUIER MEDIO LA VERACIDAD DE SU CONTENIDO CONFORME AL ANEXO 10

92 LA DESCRIPCION DE LA PLANEACION INTEGRAL PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE PUBLICA INCLUYENDO LA DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS DE FORMA CONGRUENTE CON LOS TIEMPOS ESTABLECIDOS PARA EJECUTARLOS CONFORME AL PROYECTO EJECUTIVO EL CUAL DEBERÁ CONSIDERAR COMO MÍNIMO MEMORIA DESCRIPTIVA CATALOGO DE CONCEPTOS ESPECIFICACIONES PARTICULARES Y GENERALES

93 RELACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO PROPIO Y/0 RENTADO QUE SE REQUIERE PARA CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE EJECUCION DE LOS TRABAJOS

94 CURRICULUM VITAE DE LOS PROFESIONALES TECNICOS QUE PROPONGAN COMO CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE RESPONSABLES DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN CONTROL Y EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS DE OBRA CON EXPERIENCIA MÍNIMA DE DOS OBRAS DE CARACTERÍSTICAS SIMILARES A LA DEL OBJETO DEL PRESENTE CONCURSO PARA LO CUAL DEBERÁ ANEXAR COPIA SIMPLE LEGIBLE DE LA CEDULA PROFESIONAL CURRICULUM VITAE. SEÑALANDO AÑO CARGO Y FUNCIÓN DESEMPEÑADA

9.5 ESCRITO EN EL CUAL MANIFIESTE EL CONOCER LAS NORMAS DE CALIDAD DE LOS CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE MATERIALES ESPECIFICACIONES PARTICULARES Y GENERALES DE CONSTRUCCIÓN PROPUESTAS POR LA SCJN. ASÍ COMO LAS LEYES Y REGLAMENTOS APLICABLES Y SU CONFORMIDAD DE AJUSTARSE A SUS TERMINOS. CONFORME AL ANEXO 11

' 96 ESCRITO EN EL CUAL MANIFIESTE EL CONOCER LAS CONDICIONES AMBIENTALES EN CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE DONDE SE EJECUTARÁ LA OBRA PÚBLICA Y DE QUE PARA LA FORMULACIÓN DE LA PROPUESTA LAS HA CONSIDERADO ADEMÁS DE LOS ALCANCES DE TODOS Y CADA UNO DE LOS CONCEPTOS OUE SE EJECUTARAN

97 EN CASO DE PRETENDER REALIZAR LA SUBCONTRATACION DE ALGUNA PARTE DE LA CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE 1 OBRA PARA GARANTIZAR SU TOTAL TERMINACIÓN LA SCJN DEBERÁ AUTORIZARLO

PREVIO A SU EJECUCION 1 CABE SEÑALAR QUE SOLO SE ACEPTARÁ LA SUBCONTRATACIÓN RELATIVA A LOS TRABAJOS DE OBRA CIVIL Y CIMENTACIÓN

EN CASO DE SUBCONTRATACIÓN EL ÚNICO RESPONSABLE DE LOS TRABAJOS A REALIZAR SERÁ EL ADJUDICATARIO Y SERÁ A ÉSTE A QUIEN SE CUBRIRÁ EL PAGO EL

1

SUBCONTRATISTA NO QUEDARA SUBROGADO EN NINGUNO DE LOS DERECHOS DEL CONTRATISTA NI TENDRÁ RELACIÓN ALGUNA CON LA SCJN ..

-""'""""'~~

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~ .... · ...... ~ ~-..é

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

... 'REMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓ¡ OFICIALÍA MAYOR

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA

DIRECCióN DE OBRAS Y CONSTRUCCIONES DICTAMÉN RESOLUTIVO TÉCNICO

CONCURSO POR INVITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SCJN/CIPIDGIF/OPS-001/2016 RELATIVO AL "SUMINISTRO, INSTALACIÓN y PUESTA EN MARCHA DE PLANTA DE EMERGENCIA PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA DE LEÓN"

CONCEPTO

9 8 !ANÁLISIS DE LOS CONCEPTOS DE TRABAJO DESCRIBIENDO EL CONCEPTO A DESARROLLAR. SU UNIDAD DE MEDIDA Y CANTIDAD ASÍ COMO LA RELACIÓN DE LOS MATERIALES CON SUS CORRESPONDIENTES CONSUMOS DE MANO DE OBRA MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN CON SUS RENDIMIENTOS SIN CONSIDERAR COSTOS E IMPORTES

EN CASO DE QUE EL ANÁLISIS DE LOS CONCEPTOS DE TRABAJO ESTÉ INTEGRADO POR BÁSICOS O AUXILIARES DEBERÁN INCLUIRSE EN ESTE DOCUMENTO LOS UTILIZADOS PARA EL CÁLCULO EN REFERENCIA

9 9 IANALISIS CALCULO E INTEGRACION DEL FACTOR DE SALARIO REAL CONFORME AL ANEXO 12

9 10 ILISTADO DE INSUMOS OUE INTERVIENEN EN LA INTEGRACION DE LA PROPUESTA SEÑALANDO LOS MATERIALES. MANO DE OBRA MAQUiNARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN CON LA DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE CADA UNO DE ELLOS. INDICANDO LAS CANTIDADES A UTILIZAR Y SUS RESPECTIVAS UNIDADES DE MEDICIÓN

9 11 !PROGRAMA CALENDARIZADO DE EJECUCION GENERAL DE LOS TRABAJOS. DESGLOSADO POR CONCEPTOS Y PARTIDAS INDICANDO POR QUINCENA LAS CANTIDADES DE TRABAJO POR REALIZAR. CONFORME AL ANEXO 13

9 12 !PROGRAMA CUANTIFICADO Y CALENDARIZADO DE MATERIALES SEÑALANDO CONSUMOS RENDIMIENTOS. INDICADO POR QUINCENA EL SUMINISTRO DE LOS MATERIALES EXPRESADOS EN UNIDADES Y CANTIDADES REQUERIDOS. CONFORME AL ANEXO 14

913 !PROGRAMA CUANTIFICADO Y CALENDARIZADO QUINCENALMENTE DE UTILIZACIQN D MANO DE OBRA EXPRESADAS EN JORNADAS E IDENTIFICANDO CATEGORÍAS. CONFORME ANEXO 15

9 14 !PROGRAMA CUANTIFICADO Y CALENDAR IZADO QUINCENALMENTE DE UTILIZACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN EXPRESADOS EN HORAS EFECTIVAS DE TRABAJO. IDENTIFICANDO SU TIPO Y CARACTERÍSTICAS CONFORME AL ANEXO 16

915 !PROGRAMA CUANTIFICADO Y CALENDARIZADO QUINCENALMENTE DE UTILIZACION DEL PERSONAL PROFESIONAL TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO ENCARGADO DE LA DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LOS TRABAJOS. EXPRESADAS EN JORNADAS E IDENTIFICANDO CATEGORÍAS. CONFORME AL ANEXO 17

OBSERVACIONES

DICTAMEN RESOLUTIVO TÉCNICO

~

)

~ :A'\C.: ATO _.,C. '"lF

\Ji VR P ,~·

EMPRESAS

MACUILLIINGENIERIA, S.A. CONSTRUCCIONES, S.A. DE PROYECTOS DAJO, S.A. DE GOTOP CONSTRUCCIONES CONSTRUCCIONES, S.A. DE · 1 PRODUCE 1 CONSTRUCCIONES Y 1 1 GRUPO AZTECA

DE C.V. C.V. C.V. Y PROYECTOS, S.A. DE C.V. C.V.

CUMPLE CUMPLE CUMPLE

CUMPLE CUMPLE CUMPLE

CUMPLE CUMPLE CUMPLE

CUMPLE CUMPLE CUMPLE

CUMPLE CUMPLE CUMPLE

CUMPLE CUMPLE CUMPLE

CUMPLE CUMPLE CUMPLE

CUMPLE CUMPLE CUMPLE

TECNICAMENTE CUMPLE CON TECNICAMENTE CUMPLE CON TECNICAMENTE CUMPLE CON TODO LO SOLICITADO EN LOS TODO LO SOLICITADO EN LOS TODO LO SOLICITADO EN LOS ALCANCES PROPORCIONADOS ALCANCES PROPORCIONADOS ALCANCES PROPORCIONADOS

POR LA S.C.J.N. POR LO QUE POR LA S.C.J.N. POR LO QUE POR LA S.C.J.N. POR LO QUE SE CONSIDERA SE CONSIDERA SE CONSIDERA

FAVORABLE FAVORABLE FAVORABLE

CUMPLE

CUMPLE

CUMPLE

CUMPLE

CUMPLE

CUMPLE

CUMPLE

CUMPLE

TÉCNICAMENTE NO CUMPLE CON TODO LO SOLICITADO EN

LOS ALCANCES PROPORCIONADOS POR LA

S.C.J.N. POR LO QUE SE CONSIDERA

NO FAVORABLE

REVISÓ

CUMPLE

CUMPLE

CUMPLE

CUMPLE

CUMPLE

CUMPLE

CUMPLE

CUMPLE

TÉCNICAMENTE CUMPLE CON TODO LO SOLICITADO EN LOS ALCANCES PROPORCIONADOS

POR LA S.C.J.N. POR LO QUE SE CONSIDERA

FAVORABLE

Vo. Bo.

. f.--~·-·:rt ."- ... ,-~ :ft . ~ ~

~ ~ ' . ~ ....

'. - l, t' . . I•.Í J .; .f -~'--.'N -

o~.-«Li&' . .Í!')._

ING. JOR'& ~~ MÉNDEZ

ING. GUILLERMO ANTONI,O CARPÉNTER SALAZAR

DIRECTOR DE OBRA~ Y CONSTRUCCIONES 1

SUBDIRECTO¡;{ GENERAL TÉCNICO

Pág111a2de2

CLAVE 1 lE-OlA

2 IE.06

3 IE.12

4 IE.l4

5 IE-018

_,

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN OFICIALÍA MA VOR

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA

SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA

DIRECCIÓN DE OBRAS Y CONSTRUCCIONES

SUMINISTRO E INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE PLANTA DE EMERGENCIA PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA DE LEÓN

27/06/2016

Revisión de los precios unitarios más representativos del Presupuesto Base REVISIÓN DE LA INTEGRACIÓN DE LOS PRECIOS UNITARIOS

DESCRIPCIÓN Suministro de Planta de Emergencia

Automática de 175 KW, 219 KVA de

capacidad, 3F, 4H, 60Hz. modelo PNY175.

Suministro, Instalación, colocación y puesta

en marcha de Cable de cobre monopolar

tipo THW-LS Vinanel XXI, marca Condumex

calibre 253.35 mm2 (500 KCM). Se deberá

Tubo conduit metálico Pared Gruesa

Galvanizada de 101 mm de diámetro,

marca Júpiter. Se deberán de considerar,

elementos de fijación, taquetes, pijas,

Suministro, instalación y colocación de

caja Himmel me'talica de 1400 mm de alto

1000 mm ancho 400mm profundidad CMO

141040 PM de incluye: suministro e

Instalación, colocación y pruebas de

Planta de Emergencia Automática de 175

KW, 219 KVA de capacidad, 3F, 4H, 60Hz.

~ _i '--~-

____ _,__---

u PZA

M

M

PZA

PZA

MACUILLI

INGENIERÍA,

S.A. DE C.V.

e P.U. IMPORTE 1 798141 798141 CUMPLE

900 527.61 474849 CUMPLE

RENO. DE M. DE

O. BAJO

140 617.46 86444.4 CUMPLE

RENO. DE M. DE

O. BAJO

4 11376.05 45504.2 CUMPLE

RENO. DE M. DE

O. ALTO

1 43698.03 43698.03 CUMPLE

Página 1 de 2

EMPRESAS

PRODUCE CONSTRUC- GOTOP GRUPO

CONSTRUC- ClONES Y ·CONSTRUC- AZTECA,

ClONES, S.A. PROYECTOS ClONES, S.A. S.A. DE C.V.

DE C.V. DAJO,S.A. DE DE C.V.

c.v.

CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE

CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE

RENO. DE M. DE RENO. DE M. DE RENO. DE M. DE RENO. DE M.

O. ALTO O. ALTO O. BAJO DE O. BAJO

CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE

RENO. DE M. DE RENO. DE M. DE RENO. DE M. DE RENO. DE M.

O. BAJO O. ALTO O. BAJO DE O. BAJO

CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE

RENO. DE M. DE RENO. DE M. DE

O. ALTO O. ALTO

CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE

RENO. DE M. DE RENO. DE M. DE RENO. DE M. DE RENO. DE M.

O. ALTO O. ALTO O. ALTO DE O. ALTO

CLAVE 6 IE.lS

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN OFICIALÍA MAYOR

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA

SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA

DIRECCIÓN DE OBRAS Y CONSTRUCCIONES

SUMINISTRO E INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE PLANTA DE EMERGENCIA PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA DE LEÓN

27/06/2016

Revisión de los precios unitarios más representativos del Presupuesto Base REVISIÓN DE LA INTEGRACIÓN DE LOS PRECIOS UNITARIOS

DESCRIPCIÓN u e Construccion de un nicho para alojar PZA 1

tablero de transferencia, de 1.80m de

largo x 1.50 m de ancho y 2.80m de alto a

ING. MA'A DE LOURDES MÉNDEZ RODRÍGUEZ

JEFA DE DEPARTAMENTO

MACUILLI

INGENIERÍA,

S.A. DE C.V.

P.U. IMPORTE 38748.13 38748.13 CONSUMO DE

MATERIALES

ALTOS Y BAJOS

i /

: ') \ • ! .Y'(/.,,/

~IL!f-. ~.,.3./_j/)~·-w:~

ING. JORGE F~ORES MÉNDEZ

SUBDI&ECTO,( GENERAL TÉCNICO

Página 2 de 2

EMPRESAS

PRODUCE CONSTRUC- GOTOP GRUPO

CONSTRUC- ClONES Y CONSTRUC- AZTECA,

ClONES, S.A. PROYECTOS ClONES, S.A. S.A. DE C.V.

DE C.V. DAJO,S.A. DE DE C.V.

c.v.

CONSUMO DE CONSUMO DE CONSUMO DE CUMPLE

MATERIALES MATERIALES MATERIALES

ALTOS Y BAJOS ALTOS Y BAJOS ALTOS Y BAJOS

J.t . R ENTERSA

lTRUCCIO

1

1

1