diario oficial.- san salvador, 31 de mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención...

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DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro DIARIO OFICIAL S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 395 SAN SALVADOR, JUEVES 31 DE MAYO DE 2012 NUMERO 99 - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] Pág. 5-6 7 8 9-22 23-24 24-25 Pág. 26 27-28 29-30 31 32-40 41-42 ORGANO LEGISLATIVO Decreto No. 3.- Declárase simbólicamente, “Capital de la República de El Salvador por un Día”, la ciudad de Coatepeque, departamento de Santa Ana, el día 25 de mayo de 2012. .......... Decreto No. 11.- Se concede licencia al Presidente de la República, señor Mauricio Funes, para que pueda salir del territorio nacional. ...................................................................... Acuerdo No. 3.- Se llama a Diputados Suplentes para que concurran a conformar asamblea. .............................................. ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de la “Asociación Católica Carismática “San José Obrero” y de la “Iglesia Evangélica la Respuesta es Cristo” y Acuerdos Ejecutivos Nos. 284 y 108, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ........................... MINISTERIO DE HACIENDA RAMO DE HACIENDA Acuerdo No. 713.- Se autoriza a la Dirección General de Tesorería para que efectúe operaciones de cargo y descargo de carácter presupuestario............................................................... MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos. 15-0004 y 15-0005.- Reconocimiento de estudios académicos. .................................................................. Acuerdo No. 15-0244.- Se suspende temporalmente el funcionamiento del Liceo “Licenciada Ana Leticia Miranda”, ubicado en el municipio de Soyapango. .................................... MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA RAMO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Acuerdo No. 227.- Créase la Unidad de Acceso a la Información Pública del Ministerio de Agricultura y Ganadería. .................................................................................. Acuerdo No. 255.- Se decreta estado de alerta zoosanitaria en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica. ....................................................................................... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 202-D, 203-D y 279-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .................. INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decretos Nos. 1(4) y 2.- Ordenanzas transitorias de exención de pago de intereses y multas provenientes de deudas por tasas a favor de las municipalidades de San Bartolomé Perulapía, Nueva Guadalupe, Anamorós, Tepecoyo y La Reina. .......................... Decreto No. 2.- Ordenanza Reguladora para Locales Comerciales, a favor del municipio de Nueva Guadalupe, departamento de San Miguel. .................................................... DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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Page 1: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012.

DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro

Diario oficial

S U M a r i o

1rEPUBlica DE El SalVaDor EN la aMErica cENTral

TOMO Nº 395 SAN SALVADOR, juEVES 31 DE MAyO DE 2012 NuMERO 99

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: [email protected]

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ORGANO LEGISLATIVO

Decreto No. 3.- Declárase simbólicamente, “Capital de la República de El Salvador por un Día”, la ciudad de Coatepeque, departamento de Santa Ana, el día 25 de mayo de 2012. ..........

Decreto No. 11.- Se concede licencia al Presidente de la República, señor Mauricio Funes, para que pueda salir del territorio nacional. ......................................................................

Acuerdo No. 3.- Se llama a Diputados Suplentes para que concurran a conformar asamblea. ..............................................

ORGANO EjECuTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

Ramo de GobeRnación

Estatutos de la “Asociación Católica Carismática “San José Obrero” y de la “Iglesia Evangélica la Respuesta es Cristo” y Acuerdos Ejecutivos Nos. 284 y 108, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ...........................

MINISTERIO DE HACIENDARamo de Hacienda

Acuerdo No. 713.- Se autoriza a la Dirección General de Tesorería para que efectúe operaciones de cargo y descargo de carácter presupuestario. ..............................................................

MINISTERIO DE EDuCACIÓNRamo de educación

Acuerdos Nos. 15-0004 y 15-0005.- Reconocimiento de estudios académicos. ..................................................................

Acuerdo No. 15-0244.- Se suspende temporalmente el funcionamiento del Liceo “Licenciada Ana Leticia Miranda”, ubicado en el municipio de Soyapango. ....................................

MINISTERIO DE AGRICuLTuRA y GANADERÍA

Ramo de aGRicultuRa y GanadeRía

Acuerdo No. 227.- Créase la Unidad de Acceso a la Información Pública del Ministerio de Agricultura y Ganadería. ..................................................................................

Acuerdo No. 255.- Se decreta estado de alerta zoosanitaria en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica. .......................................................................................

ORGANO juDICIALCORTE SupREMA DE juSTICIA

Acuerdos Nos. 202-D, 203-D y 279-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ..................

INSTITuCIONES AuTONOMASALCALDÍAS MuNICIpALES

Decretos Nos. 1(4) y 2.- Ordenanzas transitorias de exención

de pago de intereses y multas provenientes de deudas por tasas a

favor de las municipalidades de San Bartolomé Perulapía, Nueva

Guadalupe, Anamorós, Tepecoyo y La Reina. ..........................

Decreto No. 2.- Ordenanza Reguladora para Locales

Comerciales, a favor del municipio de Nueva Guadalupe,

departamento de San Miguel. ....................................................

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Decreto No. 2.- Se crea el Cuerpo de Agentes Municipales,

de la ciudad de Colón, departamento de La Libertad. ...............

Estatutos de las Asociaciones “Desarrollo Comunal

“Mi Recuperación, Caserío Las Flores, Cantón El Brazo” y

“Asociación Comunal de Acueductos “Trinidad”, Colonia

La Milagrosa Uno” y Acuerdos Nos. 9 y 13, emitidos por las

Alcaldías Municipales de San Miguel y Nahuizalco, aprobándolos

y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ........................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE pRIMERA puBLICACION

Declaratoria de Herencia

Cartel No. 548.- Yolanda del Carmen Fernández Salmerón

(1 vez) ........................................................................................

Cartel No. 549.- Neris Esperanza Avalos viuda de Rivas

y Otros (1 vez) ...........................................................................

Cartel No. 550.- Gregoria Avelar (1 vez) .........................

Cartel No. 551.- Blanca Alicia Velásquez y Otra (1 vez) .

aceptación de Herencia

Cartel No. 552.- María Estela Ramos Ramos y Otra (3 v.

alt.) ...........................................................................................

Cartel No. 553.- Fidel Antonio Flores Granados y Otra

(3 v. alt.) .....................................................................................

Cartel No. 554.- Estela Santos Flores Torres y Otro (3 v.

alt.) ...........................................................................................

Título de Dominio

Cartel No. 555.- Elizardo Antonio Reyes Lozano (3 v.

alt.) ...........................................................................................

Herencia Yacente

Cartel No. 556.- Elmer Gerermías Medrano Martínez,

curador Hilda Margarita Guzmán Gómez (3 v. alt.) ..................

DE SEGuNDA puBLICACION

aceptación de Herencia

Cartel No. 524.- Blanca Estela Cuéllar Rivas y Otros (3 v.

alt.) ...........................................................................................

Cartel No. 525.- Antonia Guerra de López y Otro (3 v.

alt.) ...........................................................................................

DE TERCERA puBLICACION

aceptación de Herencia

Cartel No. 492.- Karla Estefany Hernández Cañas y Otros

(3 v. alt.) .....................................................................................

Cartel No. 493.- Idalia Maribel Clemente viuda de Osorio

y Otros (3 v. alt.) ........................................................................

Herencia Yacente

Cartel No. 494.- Baltazar Brizuela, curador Licenciada Ana

Gladys Melara Funes (3 v. alt.) ..................................................

SECCION CARTELES pAGADOS

DE pRIMERA puBLICACION

Declaratoria de Herencia

Carteles Nos. C001669, C001670, C001671, C001672,

C001673, C001730, C001744, C001751, F039860, F039862,

F039863, F039871, F039883, F039899, F039910, F039913,

F039970, F039985, F039989, F039992, F040001, F040013 ....

aceptación de Herencia

Carteles Nos. C001728, C001731, F039867, F039898,

F039918, F039931, F039937, F039960, F040007, C001717,

C001720, C001721, C001727, F039870, F039897, F039901,

F039925, F039926, F039930, F039949, F039953, F039983,

F039998, F039999, F040028 .....................................................

Herencia Yacente

Carteles Nos. F039874, F040027 ......................................

Título Supletorio

Carteles Nos. C001719, F039980, F039990, C001701,

F039868, F040012 .....................................................................

Juicio de ausencia

Cartel No. F039947 ...........................................................

cambio de Nombre

Cartel No. F039857 ...........................................................

renovación de Marcas

Carteles Nos. C001732, C001733, C001734, C001735,

C001736, C001737, C001738, C001739, C001740, C001741,

C001742, C001743, F039964, F039965, F039966, F039968 ...

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Marca de fábrica

Carteles Nos. C001674, C001675, C001677, C001678,

C001679, C001682, C001684, C001685, C001686, C001687,

C001688, C001689, C001690, C001691, C001692, C001693,

C001694, C001695, C001696, C001697, C001698, C001704,

C001706, C001707, C001708, C001709, C001710, C001711,

C001712, C001713, C001715, C001716, C001718, C001722,

C001723, C001726, C001746....................................................

Nombre comercial

Carteles Nos. F039855, F040005, F040009 .....................

Subasta Pública

Carteles Nos. F039922, F039944, F039945, F039973,

F039976 .....................................................................................

Reposición de Certificados

Carteles Nos. C001705, F039875, F039876, F039877 .....

Disolución y liquidación de Sociedades

Cartel No. F039941 ...........................................................

aviso de cobro

Cartel No. F039896 ...........................................................

Patente de invención

Cartel No. F039971 ...........................................................

Edicto de Emplazamiento

Carteles Nos. F039942, F040011, F040029 .....................

Marcas de Servicio

Carteles Nos. C001676, C001680, C001681, C001683,

C001702, C001703, C001714, C001724, C001725, F039951,

F039954, F040006 .....................................................................

reposición de cheque

Cartel No. F039892 ...........................................................

Venta Voluntaria o forzosa de un inmueble

Cartel No. F039929 ...........................................................

Marca de Producto

Carteles Nos. C001699, C001700, C001729, C001745,

C001747, C001748 ....................................................................

DE SEGuNDA puBLICACION

aceptación de Herencia

Carteles Nos. C001590, C001592, C001630, C001635,

F039482, F039509, F039529, F039531, F039552, F039585,

F039644, F039679, F039680, F039687 .....................................

Título de Propiedad

Carteles Nos. F039588, F039689 ......................................

Título Supletorio

Cartel No. F039489 ...........................................................

Título de Dominio

Cartel No. F039683 ...........................................................

renovación de Marcas

Carteles Nos. C001519, C001520, C001521, C001522,

C001523, C001524, C001525, C001526, C001527, C001528,

C001529, C001530, C001532, C001533, C001534, C001535,

C001536, C001537, C001538, C001539, C001540, C001541,

C001542, C001543, C001544, C001545, C001546, C001547,

C001548, C001549, C001550, C001551, C001552, C001553,

C001554, C001555, C001556, C001557, C001558, C001559,

C001560, C001561, C001562, C001563, C001564, C001565,

C001566, C001567, C001568, C001569, C001570, C001571,

C001572, C001573, C001574, C001575, C001576, C001577,

C001578, C001579, C001580, C001581, C001582, C001583,

C001584, C001585, C001586, C001587, C001588, C001589,

C001591, C001593, C001594, C001596, C001597, C001598,

C001599, C001600, C001601, C001602, C001603, C001604,

C001605, C001606, C001607, C001608, C001609, F039546,

F039554, F039557, F039559, F039561, F039573, F039575,

F039577, F039578, F039579, F039584, F039596, F039598,

F039599, F039600, F039603, F039605, F039606, F039618,

F039620, F039621, F039624 .....................................................

Marca de fábrica

Carteles Nos. C001620, C001622, C001623, C001624,

C001625, C001626, C001628, C001636, F039498, F039580,

F039581 .....................................................................................

Nombre comercial

Cartel No. F039664 ...........................................................

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395

Señal de Publicidad comercial

Carteles Nos. C001627, F039656 .....................................

convocatorias

Cartel No. F039762 ...........................................................

Subasta Pública

Cartel No. F039481 ...........................................................

administrador de condominio

Carteles Nos. F039508, F039673 ......................................

Marca de Servicios

Carteles Nos. C001610, C001611, C001613, C001614,

C001615, C001616, C001617, C001618, C001619, C001621,

F039582, F039583, F039615 .....................................................

reposición de Póliza de Seguro

Cartel No. C001632 ..........................................................

Marca de Producto

Carteles Nos. F039517, F039520, F039523, F039527,

F039528, F039595, F039625, F039627, F039629, F039630,

F039632, F039633, F039634, F039635, F039636, F039638,

F039639, F039641, F039642, F039643, F039645, F039646,

F039647, F039648, F039650, F039651, F039652, F039653,

F039654, F039657, F039658, F039659, F039660, F039661,

F039662, F039663, F039666 .....................................................

DE TERCERA puBLICACION

aceptación de Herencia

Carteles Nos. C001421, C001422, C001426, C001429,

C001457/C001398, F039097, F039115, F039142, F039162,

F039178, F039187, F039219 .....................................................

Título de Propiedad

Cartel No. F039204 ...........................................................

Título Supletorio

Carteles Nos. F039215, F039216, F039217 .....................

Título de Dominio

Carteles Nos. C001428, F039144, F039145, F039147 .....

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Marca de fábrica

Carteles Nos. C001405, C001407, C001408, C001410,

C001411, C001413, C001414, C001415, C001416, C001417..

Nombre comercial

Cartel No. C001406 ..........................................................

Señal de Publicidad comercial

Carteles Nos. C001401, C001402, C001403, C001404 ...

convocatorias

Carteles Nos. C001629, F039283 .....................................

Subasta Pública

Carteles Nos. F039118, F039120, F039121, F039134,

F039135, F039136, F039138 .....................................................

Reposición de Certificado

Cartel No. C001432 ..........................................................

Solicitud de Nacionalidad

Cartel No. F039459 ...........................................................

administrador de condominio

Cartel No. F039087 ...........................................................

Título Municipal

Cartel No. F039237 ...........................................................

Marca de Servicio

Carteles Nos. C001412, C001425 .....................................

Declaratoria de Muerte Presunta

Cartel No. C001595 ..........................................................

Marcas de Producto

Cartel No. C001427 ..........................................................

SECCION DOCuMENTOS OFICIALESMINISTERIO DE EDuCACIÓN

Resoluciones Nos. 549, 550, 553, 556, 557, 558, 564, 565, 566, 567, 569, 575, 578, 579, 583, 586, 587, 589, 590, 598, 604, 605, 609, 614, 615, 617, 621, 643 y 644.- Reposiciones de títulos..........................................................................................

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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012.

DECRETO No. 3

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad con el Artículo 131, ordinal 22 de la Constitución de la República, es facultad de este Órgano de Estado, conceder a

personas o poblaciones, títulos, distinciones honoríficas y gratificaciones compatibles con la forma de gobierno establecida.

II. Que la localidad de Coatepeque, en el Departamento de Santa Ana, durante la administración del señor Carlos Meléndez, obtuvo por Decreto

Legislativo, la declaratoria de Ciudad, el 25 de mayo de 1917.

III. Que en ocasión de conmemorarse el próximo 25 de mayo, los 95 años de haber obtenido su calidad de ciudad, es procedente que este

Órgano de Estado contribuya con dicha celebración, declarando simbólicamente a la Ciudad de Coatepeque, Departamento de Santa Ana,

"CAPITAL DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR POR UN DÍA".

POR TANTO,

en uo de sus facultades constitucionales y a iniciativa de las Diputadas y Diputados; José Francisco Merino López, Carmen Elena Calderón Sol

de Escalón, Mario Marroquín Mejía, Douglas Leonardo Mejía Avilés, Claudia Luz Ramírez García, Rodolfo Antonio Parker Soto; y con adhesión a

la misma de las y los Diputados: Othon Sigfrido Reyes Morales, Alberto Armando Romero Rodríguez, Francisco Roberto Lorenzana Durán, Lorena

Guadalupe Peña Mendoza, Irma Lourdes Palacios Vásquez, Margarita Escobar, Rodrigo Samayoa Rivas, Reynaldo Antonio López Cardoza, Damián

Alegría, Félix Agreda Chachagua, Ana Vilma Albanez de Escobar, Ernesto Antonio Angulo Milla, Lucía del Carmen Ayala de León, Eduardo Enrique

Barrientos Zepeda, Manuel Orlando Cabrera Candray, Silvia Alejandrina Castro Figueroa, Darío Alejandro Chicas Argueta, Carlos Cortez Hernández,

Blanca Noemí Coto Estrada, Rosa Alma Cruz Marinero, Antonio Echeverría Véliz, René Gustavo Escalante Zelaya, Jorge Alberto Escobar Bernal,

José Edgar Escolán Batarsé, Emma Julia Fabián Hernández, Julio César Fabián Pérez, Carmen Elena Figueroa Rodríguez, Santiago Flores Alfaro,

Juan Manuel de Jesús Flores Cornejo, César Humberto García Aguilera, José Rinaldo Garzona Villeda, Medardo González Trejo, Jesús Grande,

Norma Fidelia Guevara de Ramirios, José Wilfredo Guevara Díaz, Carlos Walter Guzmán Coto, Vicente Hernández Gómez, Benito Antonio Lara

Fernández, Audelia Guadalupe López de Kleutgens, Hortensia Margarita López Quintana, Alba Elizabeth Márquez, Rodolfo Antonio Martínez,

Guillermo Francisco Mata Bennett, Juan Carlos Mendoza Portillo, Manuel Vicente Menjívar Esquivel, Oscar Ernesto Novoa Ayala, Sigifredo Ochoa

Pérez, Guillermo Antonio Olivo Méndez, Orestes Fredesman Ortez Andrade, Silvia Estela Ostorga de Escobar, Mariela Peña Pinto, Manuel Mercedes

Portillo Domínguez, Nelson de Jesús Quintanilla Gómez, David Ernesto Reyes Molina, Lorenzo Rivas Echeverría, Rubio Ronal Rivas Recinos, San-

tos Adelmo Rivas Rivas, Jackeline Noemí Rivera Ávalos, Abilio Orestes Rodríguez Menjívar, David Rodríguez Rivera, Sonia Margarita Rodríguez

Sigüenza, Marcos Francisco Salazar Umaña, Karina lvette Sosa de Lara, Mario Alberto Tenorio Guerrero, Enrique Alberto Luis Valdés Soto, Jaime

Gilberto Valdez Hernández, Ramón Arístides Valencia Arana, Mario Eduardo Valiente Ortiz, Donato Eugenio Vaquerano Rivas, Guadalupe Antonio

Vázquez Martínez y Edwin Víctor Alejandro Zamora David.

DECRETA:

Art. 1. Declárase, simbólicamente, "CAPITAL DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR POR UN DIA", la ciudad de Coatepeque, Departa-

mento de Santa Ana, el día 25 de mayo del año 2012, en ocasión de conmemorarse los 95 años de haber obtenido la calidad de ciudad.

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil doce.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES

PRESIDENTE

ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRIGUEZ GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE

PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN

TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA

QUINTO VICEPRESIDENTE

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CARMEN ELENA CALDERON SOL DE ESCALON

PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA

SANDRA MARLENE SALGADO GARCIA JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA

TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO

IRMA LOURDES PALACIOS VASQUEZ MARGARITA ESCOBAR

QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA

RODRIGO SAMAYOA RIVAS REYNALDO ANTONIO LOPEZ CARDOZA

SEPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los treinta y un días del mes de mayo del año das mil doce.

PUBLÍQUESE,

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,

Presidente de la República.

GREGORIO ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS,

Ministro de Gobernación.

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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. DECRETO No. 11.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que el Presidente de la República, Señor Mauricio Funes, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 131 ordinal 15° y 158 de la Constitución, ha solicitado a esta Asamblea, se le conceda licencia para salir del territorio nacional, cuando sea necesario, durante el período comprendido del 1 de junio del 2012, al 31 de mayo del 2013, con el objeto de visitar países de Norteamérica, Centroamérica, Suramérica y del Caribe, así como países de los continentes Asiático, Europeo, Africano y de Oceanía;

II. Que la licencia solicitada por el Presidente de la República ha sido ratificada personalmente, ante esta Asamblea, durante la Sesión Plenaria celebrada en esta misma fecha;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales, y de conformidad a lo dispuesto en el ordinal 15°. del artículo 131 de la Constitución,

DECRETA:

Art. 1.- Concédese licencia al Presidente de la República, Señor Mauricio Funes, para que pueda salir del territorio nacional, con el objeto de realizar visita a países de Norteamérica, Centroamérica, Suramérica y del Caribe, así como también, de países de los continentes Asiático, Europeo, Africano y de Oceanía, cuando sea necesario; durante el periodo comprendido del 1 de junio del 2012, al 31 de mayo del 2013, para atender invitación de Gobiernos amigos o visitas de Estado, así como cualquier visita de carácter privado.

Art. 2.- Durante la ausencia del Presidente de la República, será sustituido en su cargo de conformidad a lo que preceptúa el artículo 155 de la Constitución.

Art. 3.- El presente decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los treinta y un días del mes de mayo del año dos mil doce.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES

PRESIDENTE

ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE

PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN

TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA

QUINTO VICEPRESIDENTE

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN

PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA

SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA,

TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO

IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ MARGARITA ESCOBAR

QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA

RODRIGO SAMAYOA RIVAS REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA,

SÉPTIMO SECRETARIO. OCTAVO SECRETARIO.

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395ACUERDO No. 3.-

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 131, Numeral 4° de la

Constitución, ACUERDA: Llamar a conformar Asamblea a Diputados Suplentes, al inicio de la Sesión Solemne Inaugural de esta fecha, así:

DiPUTaDo SUPlENTE DiPUTaDo ProPiETario

Norma Cristina Cornejo Amaya en sustitución de Francisco Roberto Lorenzana Durán

Yeymi Elizabett Muñoz Morán en sustitución de Jackeline Noemí Rivera Avalos

Quedó registrada la incorporación de los Diputados: Rodolfo Antonio Parker Soto y Estela Yanet Hernández Rodríguez.

DaDo EN El SalÓN aZUl, Palacio lEGiSlaTiVo: San Salvador, a los once días del Mes de Mayo del año dos mil doce.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES

PRESIDENTE

ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE

PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN

TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA

QUINTO VICEPRESIDENTE

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN

PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA

SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA

TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO

IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ MARGARITA ESCOBAR

QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA

RODRIGO SAMAYOA RIVAS REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA

SÉPTIMO SECRETARIO. OCTAVO SECRETARIO

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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012.

NUMERO CIENTO DIEZ, (LIBRO XXVIII). En la Ciudad de Ilopango,

Departamento de San Salvador, a las ocho horas del día catorce de

marzo del año dos mil once. Ante mí, MARIA JULIA LINARES

GUZMAN, Notario, del domicilio de San Salvador, comparecen los

señores: EDWIN MACDONALD BONILLA FLORES, de cuarenta y

un años de edad, Licenciado en Química y Farmacia Biología, del do-

micilio de Ilopango, Departamento de San Salvador, persona de mi

conocimiento, portador de su Documento Único de Identidad Número

cero uno siete cinco nueve cero tres dos-cinco, y su Tarjeta de Identifi-

cación Tributaria Número cero seis diecisiete-treinta cero nueve sesen-

ta y nueve-cero cero uno-dos; EDITH YANIRA SOTO DE JIMENEZ,

de cuarenta y tres años de edad, Empleada, del domicilio de Ilopango,

con Documento Único de Identidad Número cero uno cuatro nueve uno

siete nueve ocho-cuatro, y su Tarjeta de Identificación Tributaria Nú-

mero cero dos diez-cero seis cero siete sesenta y siete-ciento cinco-

cuatro; RAFAEL ANAYA LARA, de cincuenta y seis años de edad,

Empleado, del domicilio de Ilopango, con Documento Único de Iden-

tidad Número cero dos uno nueve siete ocho siete nueve-siete, y su

Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero seis catorce-veinte cero

nueve cincuenta y cuatro-cero catorce-tres; ANA MILAGRO ROMUAL-

DO DE ACOSTA, de sesenta y cuatro años de edad, Licenciado en

Psicología, del domicilio de Soyapango, con Documento Único de

Identidad Número cero dos uno dos siete nueve cuatro dos-ocho, y su

Tarjeta de Identificación Tributaria Número doce diecisiete-veintidós

diez cuarenta y seis-cero cero dos-dos; OLGA PATRICIA CHICAS DE

HUEZO, de cuarenta y ocho años de edad, Técnico en Ingeniería en

Sistemas Computacionales, del domicilio de Soyapango, con Documen-

to Único de Identidad Número cero cero cuatro nueve dos ocho siete

cinco-cinco, y su Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero seis

catorce-cero siete cero tres sesenta y tres-cero veinte-cero; ANA

GUADALUPE GOMEZ DE VASQUEZ, de treinta y cuatro años de

edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de Soyapango, con Docu-

mento Único de Identidad Número cero dos seis cero cuatro cinco seis

seis-dos, y su Tarjeta de Identificación Tributaria Número once cero

dos-doce doce setenta y seis-ciento siete-ocho; ESPERANZA DEL

TRANCITO MURILLO DE FIGUEROA, de sesenta años de edad, Ama

de casa, del domicilio de Soyapango, con Documento Único de Identi-

dad Número cero tres dos ocho cero tres cuatro uno-ocho, y su Tarjeta

de Identificación Tributaria Número cero tres dieciséis-quince cero ocho

cincuenta-cero cero uno-siete; HAYDEE NATALIA CASTRO DE

RODRIGUEZ, de cincuenta y tres años de edad, Contador, del domici-

lio de Soyapango, con Documento Único de Identidad Número cero uno

tres siete nueve cinco uno cuatro-tres, y su Tarjeta de Identificación

Tributaria Número cero dos cero cuatro-cero ocho cero siete cincuenta

y siete-ciento uno-cuatro; MARIA MAGDALENA SORIANO DE

MEJIA, de sesenta y cinco años de edad, Comerciante, del domicilio de

Soyapango, con Documento Único de Identidad Número cero uno dos

cuatro cuatro ocho siete cuatro-tres, y su Tarjeta de Identificación

Tributaria Número cero ocho veintiuno-veintisiete cero cinco cuarenta

y cinco-cero cero uno-cero; MARIA ANTONIA CUCHILLA DE LARA,

de sesenta años de edad, Secretaria, del domicilio de Soyapango, con

Documento Único de Identidad Número cero uno dos siete cuatro dos

seis uno-ocho, y su Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero

ocho diez-veintidós cero seis cincuenta-cero cero uno-ocho; JOSE

MIGUEL ESPERANZA AMAYA, de cuarenta y tres años de edad,

Estudiante, del domicilio de Soyapango, con Documento Único de

Identidad Número cero cero tres nueve cuatro uno siete uno-ocho, y su

Tarjeta de Identificación Tributaria Número doce catorce-cero cinco

cero dos sesenta y ocho-ciento uno-uno; ELSY VERONICA SALINAS

LOPEZ, de veintiocho años de edad, Abogada, del domicilio de San

Martín, con Documento Único de Identidad Número cero cero cero

siete uno siete nueve nueve-cero, y su Tarjeta de Identificación Tributaria

Número cero cuatro cero siete-cero cuatro doce ochenta y dos-ciento

uno-cero; JUANA ADILCIA ORTIZ ABARCA, de cuarenta y un años

de edad, Ama de Casa, del domicilio de Tonacatepeque, con Documen-

to Único de Identidad Número cero cero tres cero tres cuatro nueve

seis-nueve, y su Tarjeta de Identificación Tributaria Número diez cero

seis-dieciséis cero uno setenta-ciento uno-uno; CARLOS ERNESTO

ALAS ESCOBAR, de treinta años de edad, Empleado, del domicilio de

Soyapango, con Documento Único de Identidad Número cero cero cero

ORGANO EjECuTIVOMinisterio de Gobernación

RAMO DE GOBERNACION

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395dos siete tres seis cero-tres, y su Tarjeta de Identificación Tributaria

Número cero seis diecisiete-cero nueve doce ochenta-ciento uno-siete;

EVELYN TATIANA FLORES CHACON, de veinticuatro años de edad,

Estudiante, del domicilio de Soyapango, con Documento Único de

Identidad Número cero tres seis seis cinco cero seis ocho-nueve, y su

Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero cinco once-cero cuatro

cero uno ochenta y siete-ciento cuatro-cinco; EVELYN LISSETTE

GARAY CAMPOS, de treinta y un años de edad, Estudiante, del domi-

cilio de Soyapango, con Documento Único de Identidad Número cero

dos tres cuatro uno dos ocho ocho-seis, y su Tarjeta de Identificación

Tributaria Número cero seis doce-once diez setenta y nueve-ciento dos-

tres; JUAN ANTONIO MIRANDA, de setenta y dos años de edad,

Pensionado, del domicilio de Ilopango, con Documento Único de Iden-

tidad Número cero cero cinco tres cinco cuatro uno cinco-tres, y su

Tarjeta de Identificación Tributaria Número doce diecisiete-cero tres

cero tres treinta y nueve-cero cero uno-cero; EVELYN DEL CARMEN

CHACON DE FLORES, de cuarenta y siete años de edad, Licenciada

en Ciencia de la Educación, del domicilio de Soyapango, con Docu-

mento Único de Identidad Número cero cero cuatro tres nueve uno

nueve uno-seis, y su Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero

ocho veintiuno-cero uno cero dos sesenta y cuatro-cero cero uno-cero;

VILMA HAYDEE GOMEZ DE LA O, de treinta años de edad, Estu-

diante, del domicilio de Soyapango, con Documento Único de Identidad

Número cero dos cinco cuatro cinco nueve nueve cinco-siete, y su

Tarjeta de Identificación Tributaria Número once cero dos-cero tres cero

cuatro ochenta-ciento uno-cero; JUANA ANTONIA HENRIQUEZ DE

MIRANDA, de cuarenta y tres años de edad, Ama de Casa, del domi-

cilio de Ilopango, con Documento Único de Identidad Número cero uno

tres cero cuatro cuatro cero uno-tres, y su Tarjeta de Identificación

Tributaria Número cero nueve cero cinco-doce cero seis sesenta y siete-

ciento uno-tres; WENDY FABIOLA JIMENEZ SOTO, de veintiún

años de edad, Estudiante, del domicilio de Ilopango, con Documento

Único de Identidad Número cero cuatro dos uno dos cinco ocho cuatro-

seis y su Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero seis catorce-

veintitrés cero uno noventa-ciento dieciocho-siete; JULIO ALFONSO

PORTILLO, de sesenta y cuatro años de edad, Contador, del domicilio

de Ilopango, con Documento Único de Identidad Número cero cero tres

dos cuatro ocho ocho cuatro-tres, y su Tarjeta de Identificación Tributaria

Número cero siete cero nueve-doce cero dos cuarenta y siete-cero cero

uno-siete; OSCAR ALBERTO RODRIGUEZ CALIX, de cincuenta y

un años de edad, Comerciante, del domicilio de Soyapango, con Docu-

mento Único de Identidad Número cero uno tres siete nueve tres cuatro

tres-cuatro, y su Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero tres

cero dos-veinte cero ocho cincuenta y nueve-ciento uno-cero; DORIS

ELIZABETH BARRERA DE RAMIREZ, de cuarenta y cuatro años

da edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de Ilopango, con Docu-

mento Único de Identidad Número cero uno tres dos dos uno cinco

siete-seis, y su Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero seis

catorce-cero nueve cero seis sesenta y seis-ciento veintidós-tres; DALIA

MARIBEL MANZANO MOZ, de treinta y cinco años de edad, Licen-

ciada en Ciencias de la Educación, del domicilio de Ilopango, con Do-

cumento Único de Identidad Número cero cero seis tres dos uno dos

siete-seis, y su Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero seis

catorce-cero siete cero dos setenta y seis-ciento treinta-cero; y RAUL

ANTONIO CUADRA DIAZ, de treinta y cinco años de edad, Estudian-

te, del domicilio de Soyapango, con Documento Único de Identidad

Número cero cero dos seis cuatro tres nueve ocho-cinco, y su Tarjeta de

Identificación Tributaria Número cero seis catorce-treinta y uno cero

uno setenta y seis-ciento uno-ocho, que los comparecientes MANIFIES-

TAN: I) Que celebraron sesión en la Ciudad de Ilopango, Departamen-

to de San Salvador, a las catorce horas y treinta y cinco minutos del día

seis de noviembre del año dos mil diez, en el local situado en Reparto

Valle Nuevo Dos, Avenida Principal, Block “K”, Número Diecinueve,

Ilopango, Departamento de San Salvador, en la cual todos han conve-

nido en constituir una Asociación, de carácter apolítico, no lucrativa,

con el nombre de ASOCIACION CATOLICA CARISMATICA “SAN

JOSE OBRERO”. II) Que por este instrumento y conforme a las leyes

del país, la constituyen, la cual estará situada en Reparto Valle Nuevo

Dos, Avenida Principal, Block K, Número Diecinueve, Municipio de

Ilopango, Departamento de San Salvador, y se regirá por los siguientes

ESTATUTOS, compuesto de cuarenta y cinco Artículos que se estipu-

lan así: ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CATOLICA CARISMA-

TICA “SAN JOSE OBRERO” CAPITULO I. NATURALEZA, DENO-

MINACION, DOMICILIO Y PLAZO. Artículo 1.- Créase en la Ciudad

de Ilopango, Departamento de San Salvador, la Asociación de naciona-

lidad Salvadoreña, que se denominará ASOCIACION CATOLICA

CARISMATICA “SAN JOSE OBRERO”, y que podrá abreviarse

ASOCIACION “ACACSAJO”, como una Entidad religiosa, apolítica,

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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. no lucrativa, formativa en los valores humanos, éticos y benéfica al

servicio de la Sociedad, la que en los presentes Estatutos se denomina-

rá “La Asociación”. Artículo 2.- El domicilio oficial de la Asociación

será la Ciudad de Ilopango, Departamento de San Salvador, El Salvador,

Centroamérica, con facultad para establecer filiales en todo el territorio

de la República y fuera de él. Artículo 3.- La Asociación se constituye

por tiempo indefinido. Artículo 4.- La Asociación no persigue el enri-

quecimiento de sus miembros fundadores o activos. En consecuencia,

no podrá distribuir beneficios, remanentes o utilidades entre ellos, ni

disponer la distribución del patrimonio entre sus miembros al ocurrir su

disolución y liquidación, ya que son propiedad de la Comunidad Caris-

mática San José Obrero. No podrá ser fiadora, caucionera o avalista de

obligaciones contraídas por terceros o por sus miembros. CAPITULO

II. FINES U OBJETIVOS. Artículo 5.- Los Fines u Objetivos de la

Asociación serán: a) Impartir la enseñanza pastoral y religiosa, bajo los

auspicios de la Iglesia Católica en colaboración de los obispos, párrocos

y el Consejo Asesor Arquidiocesano de la Renovación Carismática

Católica para la difusión de la fe cristiana. b) Impartir la educación

inicial, básica, media, técnica y superior. c) Promover al hombre en su

dimensión humana, moral, social, cultural y de salud, con el objeto de

capacitarlo para que sea útil a Dios, a su familia y a la Sociedad. Para

lograr los fines ya mencionados la Asociación se valdrá de todos los

medios lícitos que estén a su alcance, así: a) Para impartir la enseñanza

pastoral y religiosa se evangelizará en la religión católica a todas las

personas, a través de reuniones públicas y privadas y por cualquier

medio de comunicación, ya sea oral, escrita o audiovisual. Se crearán y

sostendrán Casas de Retiro y Oración, Centros de Formación Cristiana,

Centros de Evangelización, Centros de Catequesis y Bibliotecas

Pastorales. b) Para impartir la Educación inicial se crearán Centros de

Desarrollo Infantil. Para la Educación Básica, Media, Técnica y Supe-

rior, se fundarán Escuelas, Colegios, Institutos, Academias, Centros de

Enseñanza y Capacitación Vocacional y Tecnológica, Centros de Al-

fabetización, Universidades y Centros de Educación Especial. Todo lo

anterior se hará respetando y cumpliendo con las disposiciones legales

que sobre el particular se encuentren vigentes en todos los países en que

desarrollen sus actividades. Artículo 6.- La Asociación en cumplimien-

to de sus fines se sujeta a toda disposición vigente o que en el futuro

dictare el Ministerio de Educación, el Ministerio de Salud Pública y

Asistencia Social, el Ministerio de Hacienda y el Instituto Salvadoreño

para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia. CAPITULO

III. DEL PATRIMONIO. Artículo 7.- El patrimonio de la Asociación

estará constituido por: a) Las cuotas de los miembros. b) Los servicios

educativos y pedagógicos que prestaren. c) Los bienes muebles e

inmuebles que posea o adquiera de acuerdo a la ley, así como los Ingre-

sos que obtenga como producto de ventas o rentas provenientes de los

mismos. d) Las donaciones, herencias, legados, contribuciones de per-

sonas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, y cuotas de simpa-

tizantes que aceptare. e) Los demás ingresos que por actividades lícitas

obtuviere. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.

Artículo 8.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por: a) La

Asamblea General; y b) La Junta Directiva. CAPITULO V. DE LA

ASAMBLEA GENERAL. Artículo 9.- La Asamblea General, debida-

mente convocada, es la autoridad máxima de la Asociación y estará

integrada por la totalidad de los miembros. Sus sesiones se llevarán a

cabo ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere

convocada por la Junta Directiva, enviando a los miembros la convoca-

toria con una anticipación de quince días si se tratare de Asamblea

Ordinaria y de tres si se tratare de Extraordinaria. Artículo 10.- La

Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del cincuen-

ta y uno por ciento como mínimo de los miembros en primera convo-

catoria y en segunda convocatoria el día siguiente con los mismos

miembros que asistan, excepto en los caso especiales en que requiera

mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea

General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales

en que se requiera una mayoría diferente. Artículo 11.- Todo miembro

que no pudiera asistir a cualquiera de las Sesiones de Asamblea Gene-

ral por motivos justificados podrá hacerse representar por escrito por

otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevan-

do la voz y el voto de su representado. Artículo 12.- Las atribuciones

de la Asamblea General serán: a) Elegir, sustituir o destituir total o

parcialmente a los miembros de la Junta Directiva. b) Aprobar o improbar

la Memoria Anual de Labores que de sus actividades le rendirá la Junta

Directiva. c) Aprobar y/o modificar el presupuesto de la Asociación. d)

Aprobar, Reformar o Derogar los presentes Estatutos. e) Decidir sobre

la compra, venta o enajenación de los bienes muebles e inmuebles

pertenecientes a la Asociación. f) Resolver todos aquellos asuntos de

interés para la Asociación y que no estén previstos en estos Estatutos.

DE LA AUDITORIA. Artículo 13.- La Asamblea General, elegirá a un

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395Auditor quien tendrá las siguientes obligaciones: a) Examinar y certifi-

car los Balances de la Asociación. b) Llevar e inspeccionar con la fre-

cuencia necesaria los Libros de Contabilidad y demás documentos, así

como la existencia en efectivo en caja de los fondos de la Asociación.

c) Vigilar en general las operaciones rentables de la Asociación, dando

cuenta de las anomalías que constatare a la Junta Directiva. d) Asistir a

las sesiones de Asamblea General para rendir los informes que sean

necesarios. Artículo 14.- El ejercicio económico de la Asociación será

de un año calendario o el que acordare la Junta Directiva. CAPITULO

VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Artículo 15.- La dirección y admi-

nistración de la Asociación estará confiada a la Junta Directiva, la cual

estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Secretario, un

Tesorero y dos Vocales. Habrá también un Inspector General, quien

vigilará el cumplimiento de los Estatutos y las disposiciones de la Jun-

ta Directiva. Artículo 16.- Los miembros de la Junta Directiva serán

electos para un periodo de TRES AÑOS pudiendo ser reelectos. Artí-

culo 17.- Los miembros de la Junta Directiva, se reunirán previa con-

vocatoria hecha por el Presidente o quien haga de sus veces. Artículo

18.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente cada mes y extraor-

dinariamente las veces que sean necesarias. Artículo 19.- El quórum

necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será de tres miem-

bros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asisten-

tes. Artículo 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva: a) Convocar a

sesiones ordinarias y extraordinarias y cumplir con las resoluciones de

la Asamblea General. b) Promover la elaboración de planes, programas,

proyectos y presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea

General. c) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General y de la mis-

ma Junta Directiva. d) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la

Asociación y el presupuesto de la Asociación y presentarlo a conside-

ración de la Asamblea General. e) Velar por la Administración eficien-

te y eficaz del Patrimonio de la Asociación. f) Autorizar y llevar el Libro

de Registro de sus miembros, el cual será en Libro ya formado, debida-

mente foliado. g) Velar porque la Secretaria lleve el Libro de Registro

de Miembros en el cual consignará principalmente los datos biográficos,

la categoría de miembro, el nombre completo, el domicilio, la naciona-

lidad, Documento Único de Identidad, la fecha de ingreso, retiro o fa-

llecimiento, de cada uno de los miembros. h) Autorizar la consulta del

Libro de Registro por cualquiera de los miembros. i) Nombrar de entre

los miembros de la Asociación los Comités o Comisiones que conside-

ren necesarios para el cumplimiento de los fines de la Asociación. j)

Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los Fines de la

Asociación. k) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos

miembros y proponerlos a la Asamblea General. l) Resolver todos los

demás asuntos que no sean de la competencia de la Asamblea General.

Artículo 21.- Son atribuciones del Presidente: a) Vigilar el cumplimien-

to de las directrices fundamentales de las actividades de la Asociación.

b) Convocar y presidir las sesiones de Asamblea General y de Junta

Directiva, y decidir en caso de empate con doble voto. c) Representar

Judicial y Extrajudicialmente a la Asociación. d) Celebrar toda clase de

contratos y contraer obligaciones siempre que sean destinados para los

fines de la Asociación. e) Cumplir las resoluciones de la Junta Directiva

y de la Asamblea General. f) Autorizar juntamente con el Tesorero las

erogaciones que tenga que hacer la Asociación. g) Presentar la Memoria

Anual de Labores de la Asociación y cualquier informe que le sea soli-

citado por la misma. h) Velar por el cumplimiento de los Acuerdos y

Resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como

de los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. La Represen-

tación Judicial y Extrajudicial de la Asociación, corresponde al Presi-

dente, quien podrá comparecer a otorgar Escrituras de Compra Venta,

o adquisición de bienes muebles o inmuebles, a cualquier título, en la

forma indicada por la Ley, y en general comparecer a otorgar toda

clase de contratos o documentos. Tendrá facultades para otorgar Pode-

res, pudiendo ser éstos Generales Judiciales, Administrativos o Espe-

ciales; los Poderes que se otorgaren en ese sentido, determinarán la

extensión del mandato y sus restricciones legales. Artículo 22.- Son

atribuciones del Secretario: a) Hacer y enviar las convocatorias y asistir

a las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva. b) Llevar los

Libros de Actas de las Sesiones de Asamblea General y de Junta Direc-

tiva. c) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de

la Asociación. d) Extender todas las certificaciones que fueran solicita-

das a la Asociación. e) Ser el Órgano de Comunicación de la Asociación.

Artículo 23.- Son Atribuciones del Tesorero: a) Llevar cuenta compro-

bada con los respectivos documentos de la Administración Económica

de la Asociación. b) Recaudar las contribuciones de los miembros y

custodiar dichos valores. c) Vigilar por la buena inversión de los fondos

de la Asociación. d) Será responsable de cancelar los gastos de la Aso-

ciación previa entrega de recibos. e) Recibir y depositar los fondos que

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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. la Asociación obtenga en el Banco que la Junta Directiva indique. f)

Llevar o tener control directo de los Libros Contables de la Asociación.

g) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que tenga que

hacer la Asociación. Artículo 24.- Son atribuciones de los Vocales: a)

Colaborar con el Presidente u otros miembros de la Junta Directiva en

la organización y funcionamiento de la Asociación. b) Sustituir a cual-

quier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia, renuncia o

impedimento. CAPITULO VII. DE LOS MIEMBROS. Artículo 25.-

Podrán ser miembros todas las personas mayores de dieciocho años, que

pertenezcan a la Comunidad Carismática San José Obrero. Artículo

26.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miem-

bros Fundadores. b) Miembros Activos. c) Miembros Honorarios. Serán

MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban la

Escritura Pública de Constitución de la Asociación. Serán MIEMBROS

ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales

en la Asociación. Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las per-

sonas que por su labor y méritos a favor de la Asociación sean así

nombrados por la Asamblea General. Artículo 27.- Los miembros podrán

ser nacionales o extranjeros acreditados en el país. Artículo 28.- Son

derechos de los miembros fundadores y activos: a) Asistir con voz y

voto a las sesiones de Asamblea General. b) Ejercer todos los derechos

que les señalen los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación.

c) Participar en la Administración, vigilancia y las actividades que de-

sarrolle la Asociación. d) Solicitar a la Junta Directiva la convocatoria

a Sesión Extraordinaria de Asamblea General, por lo menos el veinte

por ciento de sus miembros, siempre que se justifique el motivo. e)

Presentar su renuncia por escrito a la Junta Directiva. Artículo 29.- Son

Deberes de los Miembros Fundadores y Activos: a) Asistir a las Sesio-

nes de Asamblea General convocadas previamente. b) Cumplir con los

Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación, así como las reso-

luciones de la Junta Directiva y Asamblea General. c) Cumplir con los

compromisos que hubiere contraído con la Asociación. d) Colaborar en

las comisiones que se les designaren para el mejor cumplimiento de los

fines de la Asociación. Artículo 30.- La calidad de miembro se perderá

por las causas siguientes: a) Por dejar de ser miembro de la Comunidad

Carismática San José Obrero. b) Por violación a estos Estatutos, Regla-

mento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General. c)

Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General

merezcan tal sanción. d) Por renuncia presentada por escrito a la Junta

Directiva. CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS MIEMBROS ME-

DIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE

APLICACION. Artículo 31.- Los miembros de la Asociación serán

sancionados por incumplimiento de los Estatutos así: 1) Amonestación

verbal, privada o pública: a) Por inasistencia consecutiva a las sesiones

de Asamblea General. b) Por no cumplir con las encomiendas dadas. c)

Por el mal comportamiento en las sesiones. d) Por las faltas de respeto

a cualquiera de los miembros. 2) Suspensión o Expulsión: a) Cuando el

miembro se negare a cumplir los acuerdos de la Asamblea General o

Junta Directiva o interpretare de manera distinta la resolución. b) Por

presentar una conducta irregular que dañe el interior de la Asociación.

Se aplicará en su orden estas últimas sanciones según la naturaleza y

efectos que causen la conducta del miembro a la Asociación y además

la última únicamente podrá ser impuesta por Asamblea General con el

voto de la mayoría. Artículo 32.- Las anteriores sanciones serán impues-

tas por la Junta Directiva, ante la cual se podrá interponer recurso de

revisión por escrito, dentro de los tres días siguientes al de la notificación,

ante el Juzgador que se nombre en cada caso específico, quien deberá

resolver dentro de un término de quince días hábiles y lo notificará en

un termino no mayor de dos días después de dictada la resolución.

También podrá interponer contra la resolución del anterior recurso, el

de Revocatoria, que se hará en la misma forma que el anterior con el

cambio que éste se deberá someter a la Asamblea General, quien dicta-

rá su resolución y contra ésta no cabrá recurso alguno. Contra la expul-

sión sólo se podrá interponer el recurso de reposición. Artículo 33.-

Ningún miembro puede ser sancionado sin haber sido citado hasta por

tres días consecutivos, sí comparece deberá ser oído en Asamblea, para

que éste pueda emitir su resolución y si no compareciera, se le nombra-

rá un defensor, se abrirá a pruebas y con lo que resulte, se emitirá reso-

lución. CAPITULO IX. DE LA DISOLUCION. Artículo 34.- La Aso-

ciación no podrá disolverse sino por disposición de la ley o por resolu-

ción tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese

efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuar-

tas partes de sus miembros. Artículo 35.- En caso de acordarse la diso-

lución de la Asociación se nombrará una Junta de Liquidación compues-

ta de tres personas electas por la Asamblea General Extraordinaria que

acordó la disolución; practicada la liquidación de la Asociación, los

bienes de su propiedad pasarán al Gobierno General de la Comunidad

Carismática San José Obrero; pero cuando se trate de donaciones de

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395inmuebles se respetará la voluntad expresa del donante o donantes.

CAPITULO X. REFORMAS DE ESTATUTOS. Artículo 36.- La Jun-

ta Directiva deberá nombrar una Comisión compuesta de tres miembros,

para el estudio y resolución de las solicitudes para reformar o derogar

los presentes Estatutos, total o parcialmente. Artículo 37.- Si algún

miembro considera oportuno la reforma o derogación total o parcial de

los presentes Estatutos, lo deberá solicitar por escrito a la Comisión

autorizada para ello por la Junta Directiva. Artículo 38.- Será la Comi-

sión la que convocará a la sesión de Asamblea General Extraordinaria

y entregará a la misma las resoluciones a las solicitudes hechas por los

miembros. Artículo 39.- Para reformar los presentes Estatutos parcial o

totalmente será necesario el voto favorable de las dos terceras partes de

los miembros en sesión Extraordinaria de Asamblea General, convoca-

da para tal fin. CAPITULO XI. DISPOSICIONES GENERALES. Ar-

tículo 40.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Re-

gistro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio

de Gobernación, en los primero días del mes de enero de cada año, la

nómina de los miembros y dentro de los cinco días la Nueva Junta Di-

rectiva, y en todo caso inscribir en dicho Registro todos los documentos

que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE

LUCRO, señale inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato

que se le pidiere relativo a la Asociación. Artículo 41.- Todo lo relativo

al orden interno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos se

establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser

elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.

Artículo 42.- La Asociación CATOLICA CARISMATICA “SAN JOSE

OBRERO” se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIO-

NES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás

disposiciones legales aplicables. Artículo 43.- Todos los casos no pre-

vistos en los presentes Estatutos serán resueltos por la Junta Directiva

de acuerdo con las finalidades de la Asociación y leyes de la República.

Artículo 44.- En caso de asuntos de suma trascendencia, podrá la Junta

Directiva, si lo juzgare conveniente, convocar a Asamblea General de

miembros, la que sesionará de conformidad con estos Estatutos. Artí-

culo 45.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de

su publicación en el Diario Oficial. Y III) Que de conformidad al Artí-

culo doce de los Estatutos, procedieron a elegir la PRIMERA JUNTA

DIRECTIVA, la cual por decisión unánime de los comparecientes

queda integrada de la siguiente manera: Presidente: EDWIN MACDO-

NALD BONILLAFLORES. Secretaria: EDITH YANIRA SOTO DE

JIMENEZ. Tesorero: RAFAEL ANAYA LARA. Vocal: ANA MILA-

GRO ROMUALDO DE ACOSTA. Vocal: EVELYN LISSETTE GARAY

CAMPOS. DOY FE: De haberles advertido lo estipulado en el Artículo

noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de

Lucro. Así se expresaron los comparecientes, a quienes expliqué los

efectos legales de este instrumento; y leído que les fue por mí, íntegra-

mente en un solo acto, DIJERON: Que está redactado a su voluntad, lo

ratifican y firmamos. DOY FE. Sobrelíneas-Ilopango, Departamento

de-VALE. Entrelíneas-de San Salvador- VALE. Enmendado-del-VALE.

Más enmendados-Comunidad Carismática-VALE.Entrelíneas-ESTA-

TUTOS DE LA ASOCIACION CATOLICA CARISMATICA “SAN

JOSE OBRERO”-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-

tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-

tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-

tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-

tículo-tículo-tículo-tículo-tículo-para el Desarrollo Integral de la Niñez

y la Adolescencia-de tres- DOY FE: De haberles advertido lo estipula-

do en el Artículo noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Fundacio-

nes sin Fines de Lucro-VALE.

MARIA JULIA LINARES GUZMAN,

NOTARIO.

PASO ANTE MI DEL FOLIO CIENTO VEINTISIETE VUELTO AL

FOLIO CIENTO TREINTA Y DOS VUELTO del Libro VEINTIOCHO

de mi Protocolo que caducará el día dieciséis de diciembre del año dos mil

once, y para ser entregado a la ASOCIACION CATOLICA CARISMA-

TICA “SAN JOSE OBRERO”, y que podrá abreviarse “ACACSAJO”,

expido, firmo y sello el presente Testimonio en la Ciudad de San Salvador,

el día catorce de marzo del año dos mil once.

MARIA JULIA LINARES GUZMAN,

NOTARIO.

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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. ESTaTUToS DE la aSociaciÓN caTÓlica cariSMÁTica

"SaN JoSÉ oBrEro"

caPÍTUlo i

NaTUralEZa, DENoMiNaciÓN, DoMicilio Y PlaZo

Art. 1.- Créase en la Ciudad de Ilopango, Departamento de San

Salvador, la Asociación de nacionalidad salvadoreña, que se denominará

ASOCIACIÓN CATÓLICA CARISMÁTICA "SAN JOSÉ OBRERO",

y que podrá abreviarse ASOCIACIÓN "ACACSAJO", como una Entidad

religiosa, apolítica, no lucrativa, formativa en los valores Humanos, Éticos

y Benéfica al servicio de la Sociedad, la que en los presentes Estatutos

se denominará "La Asociación".

Art. 2.- El domicilio Oficial de la Asociación será la Ciudad de

Ilopango, Departamento de San Salvador, El Salvador Centroamérica,

con facultad para establecer filiales en todo el territorio de la República

y fuera de él.

Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido.

Art. 4.- La Asociación no persigue el enriquecimiento de sus

miembros fundadores o activos. En consecuencia no podrá distribuir

beneficios, remanentes o utilidades entre ellos, ni disponer la distribución

del patrimonio entre sus miembros al ocurrir su disolución y liquidación,

ya que son propiedad de la Comunidad Carismática San José Obrero.

No podrá ser fiadora, caucionera o avalista de obligaciones contraídas

por terceros o por sus miembros.

caPÍTUlo ii

fiNES U oBJETiVoS

Art. 5.- Los fines u objetivos de la Asociación serán:

a) Impartir la enseñanza pastoral y religiosa, bajo los

auspicios de la Iglesia Católica en colaboración de los

obispos, párrocos y el Consejo Asesor Arquidiocesano

de la Renovación Carismática Católica para la difusión

de la fe cristiana;

b) Impartir la educación inicial, básica, media, técnica y

superior;

c) Promover al hombre en su dimensión humana, moral, social,

cultural y de salud, con el objeto de capacitarlo para que sea

útil a Dios, a su familia y a la Sociedad.

Para lograr los fines ya mencionados la Asociación se valdrá de

todos los medios lícitos que estén a su alcance, así:

a) Para impartir la enseñanza pastoral y religiosa se evange-

lizará en la religión católica a todas las personas, a través

de reuniones públicas y privadas, y por cualquier medio de

comunicación, ya sea oral, escrita o audiovisual. Se crearán y

sostendrán Casas de Retiro y Oración, Centros de Formación

Cristiana, Centros de Evangelización, Centros de Catequesis

y Bibliotecas Pastorales.

b) Para Impartir la Educación inicial se crearán Centros de

Desarrollo infantil. Para la Educación Básica, Media,

Técnica y Superior, se fundarán Escuelas, Colegios, Institutos,

Academias, Centros de Enseñanza y Capacitación Vocacional

y Tecnológica, Centros de Alfabetización, Universidades y

Centros de Educación Especial.

Todo lo anterior se hará respetando y cumpliendo con las disposi-

ciones legales que sobre el particular se encuentren y vigentes en todos

los países en que desarrollen sus actividades.

Art. 6.- La Asociación en cumplimiento de sus fines se sujeta

a toda disposición vigente o que en el futuro dictare el Ministerio

de Educación, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el

Ministerio de Hacienda y el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo

Integral de la Niñez y la Adolescencia.

caPÍTUlo iii

DEl PaTriMoNio

Art. 7.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Las cuotas de los Miembros;

b) Los servicios educativos y pedagógicos que prestaren;

c) Los bienes muebles e Inmuebles que posea o adquiera de

acuerdo a la ley, así como los ingresos que obtenga como

producto de ventas o rentas provenientes de los mismos;

d) Las donaciones, herencias, legados, contribuciones de

personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, y

cuotas de simpatizantes que aceptare;

e) Los demás ingresos que por actividades lícitas obtuviere.

caPÍTUlo iV

DEl GoBiErNo DE la aSociaciÓN

Art. 8.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395caPÍTUlo V

DE la aSaMBlEa GENEral

Art. 9.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la

autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad

de los Miembros. Sus sesiones se llevarán a cabo ordinariamente una

vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta

Directiva, enviando a los miembros la convocatoria con una anticipación

de quince días si se tratare de Asamblea Ordinaria y de tres si se tratare

de Extraordinaria.

Art. 10. - La Asamblea General sesionará válidamente con la

asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los Miembros

en primera convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con

los mismos miembros que asistan, excepto en los casos especiales en

que requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la

Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos

especiales en que se requiera una mayoría diferente.

Art. 11.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las

Sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse

representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones

es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Art. 12.- Las atribuciones de la Asamblea General serán:

a) Elegir, sustituir o destituir total o parcialmente a los Miembros

de la Junta Directiva;

b) Aprobar, o improbar la Memoria Anual de Labores que de

sus actividades le rendirá la Junta Directiva;

c) Aprobar y/o modificar el presupuesto de la Asociación;

d) Aprobar, Reformar o Derogar los presentes Estatutos;

e) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

muebles e inmuebles pertenecientes a la Asociación;

f) Resolver todos aquellos asuntos de Interés para la Asociación

y que no estén previstos en estos Estatutos.

DE la aUDiTorÍa

Art. 13.- La Asamblea General, elegirá a un Auditor quien tendrá

las siguientes obligaciones:

a) Examinará y certificará los Balances de la Asociación;

b) Llevar e inspeccionar con la frecuencia necesaria los Libros

de Contabilidad y demás documentos, así como la existencia

en efectivo en caja de los fondos de la Asociación;

c) Vigilar en general las operaciones rentables de la Asociación,

dando cuenta de las anomalías que constatare a la Junta

Directiva;

d) Asistir a las sesiones de Asamblea General para rendir los

informes que sean necesarios.

Art. 14.- El ejercicio económico de la Asociación será de un año

calendario, o el que acordare la Junta Directiva.

caPÍTUlo Vi

DE la JUNTa DirEcTiVa

Art. 15.- La dirección y administración de la Asociación estará

confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente

forma: Un Presidente, Un Secretario, Un Tesorero y dos Vocales.

Habrá también un Inspector General, quien vigilará el cumplimiento

de los Estatutos y las disposiciones de la Junta Directiva.

Art. 16.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un

periodo de TRES AÑOS pudiendo ser reelectos.

Art. 17.- Los miembros de la Junta Directiva, se reunirán previa

convocatoria hecha por el Presidente o quien haga de sus veces.

Art. 18. La Junta Directiva sesionará ordinariamente cada mes y

extraordinariamente las veces que sean necesarias.

Art. 19.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda

sesionar será de tres Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por

la mayoría de los asistentes.

Art. 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias y cumplir

con las resoluciones de la Asamblea General;

b) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos

y presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea

General;

c) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, Acuerdos Resoluciones de la Asamblea General y

de la misma Junta Directiva;

d) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación y el

presupuesto de la Asociación y presentarlo a consideración

de la Asamblea General;

e) Velar por la Administración eficiente y eficaz del Patrimonio

de la Asociación;

f) Autorizar y llevar el libro de Registro de sus Miembros, el

cual será en Libro ya formado, debidamente foliado;

g) Velar porque la Secretaria lleve el Libro de Registro de

Miembros en el cual consignará principalmente los datos

biográficos, la categoría de miembro, el nombre completo, el

domicilio, la nacionalidad, Documento Único de Identidad,

la fecha de ingreso, retiro o fallecimiento, de cada uno de los

miembros;

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Page 17: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. h) Autorizar la consulta del Libro de Registro por cualquiera

de los miembros;

i) Nombrar de entre los Miembros de la Asociación los Comités

o comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento

de los fines de la Asociación;

j) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fines de la Asociación;

k) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos

miembros y proponerlos a la Asamblea General;

l) Resolver todos los demás asuntos que no sean de la compe-

tencia de la Asamblea General.

Art. 21.- Son atribuciones del Presidente:

a) Vigilar el cumplimiento de las directrices fundamentales de

las actividades de la Asociación;

b) Convocar y presidir las sesiones de Asamblea General y

de Junta Directiva, y decidir en caso de empate con doble

voto;

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación;

d) Celebrar toda clase de contratos y contraer obligaciones

siempre que sean destinados para los fines de la Asociación;

e) Cumplir las resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea

General;

f) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Asociación;

g) Presentar la Memoria Anual de Labores de la Asociación y

cualquier informe que le sea solicitado por la misma;

h) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de

la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

La representación judicial y extrajudicial de la Asociación,

corresponde al Presidente, quien podrá comparecer a otorgar Escrituras

de Compra Venta o adquisición de bienes muebles o inmuebles, a

cualquier título, en la forma indicada por la Ley, y en general comparecer

a otorgar toda clase de contratos o documentos.

Tendrá facultades para otorgar Poderes, pudiendo ser éstos Generales

Judiciales, Administrativos o Especiales; los Poderes que se otorgaren

en ese sentido, determinarán la extensión del mandato y sus restricciones

legales.

Art. 22.- Son atribuciones del Secretario:

a) Hacer y enviar las convocatorias y asistir a las sesiones de

Asamblea General y de Junta Directiva;

b) Llevar los Libros de Actas de las Sesiones de Asamblea

General y de Junta Directiva;

c) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la Asociación;

d) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la

Asociación;

e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación.

Art. 23.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Llevar cuenta comprobada con los respectivos documentos

de la Administración económica de la Asociación;

b) Recaudar las contribuciones de los Miembros y custodiar

dichos valores;

c) Vigilar por la buena inversión de los fondos de la Asocia-

ción;

d) Será responsable de cancelar los gastos de la Asociación

previa entrega de recibos;

e) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga en

el Banco que la Junta Directiva indique;

f) Llevar o tener control directo de los Libros Contables de la

Asociación;

g) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que

tenga que hacer la Asociación.

Art. 24.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar con el Presidente u otros miembros de la Junta

Directiva en la organización y funcionamiento de la

Asociación;

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso

de ausencia, renuncia o impedimento.

caPÍTUlo Vii

DE loS MiEMBroS

Art. 25.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de

dieciocho años, que pertenezcan a la Comunidad Carismática San José

Obrero.

Art. 26.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros:

a) Miembros Fundadores.

b) Miembros Activos.

c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que

suscriban la Escritura Pública de Constitución de la Asociación.

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Page 18: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta

Directiva acepte como tales en la Asociación.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por

su labor y méritos a favor de la Asociación sean así nombrados por la

Asamblea General.

Art. 27.- Los miembros podrán ser nacionales o extranjeros

acreditados en el país.

Art. 28.- Son derechos de los Miembros fundadores y activos:

a) Asistir con voz y voto a las Sesiones de Asamblea General;

b) Ejercer todos los derechos que les señalen los Estatutos y el

Reglamento Interno de la Asociación;

c) Participar en la Administración, Vigilancia y las actividades

que desarrolle la Asociación;

d) Solicitar a la Junta Directiva la convocatoria a Sesión Ex-

traordinaria de Asamblea General, por lo menos el veinte

por ciento de sus miembros, siempre que se justifique el

motivo;

e) Presentar su renuncia por escrito a la Junta Directiva.

Art. 29.- Son deberes de los Miembros fundadores y activos:

a) Asistir a las Sesiones de Asamblea General convocadas

previamente;

b) Cumplir con los Estatutos y el Reglamento Interno de la

Asociación, así como las resoluciones de la Junta Directiva

y Asamblea General;

c) Cumplir con los compromisos que hubiere contraído con la

Asociación.

d) Colaborar en las comisiones que se les designaren para el

mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.

Art. 30.- La calidad de Miembro se perderá por las causas siguientes:

a) Por dejar de ser miembro de la Comunidad Carismática San

José Obrero;

b) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos

y resoluciones de la Asamblea General;

c) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea

General merezcan tal sanción;

d) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

caPÍTUlo Viii

SaNcioNES a loS MiEMBroS, MEDiDaS DiSciPliNariaS,

caUSalES Y ProcEDiMiENTo DE aPlicaciÓN

Art. 31.- Los Miembros de la Asociación serán sancionados por

incumplimiento de los Estatutos así:

1) Amonestación Verbal privada o pública:

a) Por inasistencia consecutiva a las Sesiones de Asamblea

General;

b) Por no cumplir con las encomiendas dadas;

c) Por el mal comportamiento en las Sesiones;

d) Por las faltas de respeto a cualquiera de los miembros.

2) Suspensión o Expulsión:

a) Cuando el miembro se negare a cumplir los acuerdos de

la Asamblea General o Junta Directiva, o interpretare

de manera distinta la resolución;

b) Por presentar una conducta irregular que dañe el interior

de la Asociación. Se aplicarán en su orden estas últimas

sanciones según la naturaleza y efectos que causen la

conducta del miembro a la Asociación, y además la

última únicamente podrá ser impuesta por Asamblea

General con el voto de la mayoría.

Art. 32.- Las anteriores sanciones serán impuestas por la Junta

Directiva, ante la cual se podrá interponer recurso de revisión por escrito,

dentro de los tres días siguientes al de la notificación, ante la Juzgadora

que se nombre en cada caso específico, quien deberá resolver dentro de

un término de quince días hábiles y lo notificará en un término no mayor

de dos días después de dictada la resolución.

También podrá interponer contra la resolución del anterior recurso,

el de Revocatoria, que se hará en la misma forma que el anterior con el

cambio que éste se deberá someter a la Asamblea General, quien dictará

su resolución y contra ésta no cabrá recurso alguno. Contra la expulsión

solo se podrá interponer el recurso de reposición.

Art. 33.- Ningún miembro puede ser sancionado sin haber sido

citado hasta por tres días consecutivos, si comparece deberá ser oído en

Asamblea, para que éste pueda emitir su resolución, y si no compareciera,

se le nombrará un defensor, se abrirá a pruebas y con lo que resulte se

emitirá resolución.

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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. caPÍTUlo iX

DE la DiSolUciÓN

Art. 34.- La Asociación no podrá disolverse sino por disposición

de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,

convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo

menos tres cuartas partes de sus Miembros.

Art. 35.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación se

nombrará una Junta de Liquidación compuesta de tres personas electas

por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución;

practicada la liquidación de la Asociación, los bienes de su propiedad

pasarán al Gobierno General de la Comunidad Carismática San José

Obrero; pero cuando se trate de donaciones de inmuebles se respetará

la voluntad expresa del donante o donantes.

caPÍTUlo X

rEforMa DE ESTaTUToS

Art. 36.- La Junta Directiva deberá nombrar una Comisión com-

puesta de tres miembros, para el estudio y resolución de las solicitudes

para reformar o derogar los presentes Estatutos, total o parcialmente.

Art. 37.- Si algún miembro considera oportuno la reforma o dero-

gación total o parcial de los presentes Estatutos, lo deberá solicitar por

escrito a la Comisión autorizada para ello por la Junta Directiva.

Art. 38.- Será la Comisión la que convocará a la Sesión de Asam-

blea General Extraordinaria, y entregará a la misma las resoluciones a

las solicitudes hechas por los miembros.

Art. 39.- Para reformar los presentes Estatutos parcial o totalmente

será necesario el voto favorable de las dos terceras partes de los

Miembros en Sesión Extraordinaria de Asamblea General, convocada

para tal fin.

caPÍTUlo Xi

DiSPoSicioNES GENEralES

Art. 40.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el

Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio

de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la

Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días la Nueva Junta

Directiva, y en todo caso inscribir en dicho Registro todos los documentos

que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE

LUCRO señale inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato que

se le pidiere relativo a la Asociación.

Art. 41.-Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no com-

prendido en estos Estatutos se establecerá en el Reglamento Interno de

la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado

por la Asamblea General.

Art. 42.- La Asociación CATÓLICA CARISMÁTICA "SAN JOSÉ

OBRERO" se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDA-

CIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás

disposiciones legales aplicables.

Art. 43.- Todos los casos no previstos en los presentes Estatutos

serán resueltos por la Junta Directiva de acuerdo con las finalidades de

la Asociación y leyes de la República.

Art. 44.- En caso de asuntos de suma trascendencia, podrá la Junta

Directiva, si lo juzgare conveniente, convocar a Asamblea General de

miembros, la que sesionará de conformidad con estos Estatutos.

Art. 45.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día

de su publicación en el Diario Oficial.

acUErDo No. 284.-

San Salvador, 05 de diciembre de 2011.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACIÓN

CATÓLICA CARISMÁTICA "SAN JOSÉ OBRERO", y que podrá

abreviarse ASOCIACIÓN "ACACSAJO", compuestos de CUARENTA

Y CINCO Artículos, constituida en la ciudad de Ilopango, Departa-

mento de San Salvador, a las ocho horas del día catorce de marzo de

2011, por Escritura Pública, otorgada ante los oficios de la Notario

MARÍA JULIA LINARES GUZMÁN, y no encontrando en ellos

ninguna disposición contraria a las Leyes del país, de conformidad

con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de

Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA:

a) Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dicha Entidad el carácter

de PERSONA JURÍDICA; b) Publíquense en el Diario Oficial; y c)

Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONES

Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO. COMUNÍQUESE.-

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN, GREGORIO ERNESTO

ZELAYANDÍA CISNEROS.

(Registro No. F039869)

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395ESTaTUToS DE la iGlESia EVaNGElica

la rESPUESTa ES criSTo

caPiTUlo i.

NaTUralEZa, DENoMiNacioN, DoMicilio Y PlaZo.

Art 1.- Créase en el municipio de Tonacatepeque, en el Departa-mento de San Salvador, la Iglesia de nacionalidad salvadoreña que se denominará IGLESIA EVANGELICA LA RESPUESTA ES CRISTO, como una entidad apolítica, no lucrativa, y religiosa, la que en los pre-sentes Estatutos se denominará “La Iglesia”.

Art. 2.- El domicilio de la Iglesia será en el municipio de Tonacatepeque, en el Departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales en todo el territorio de la República y fuera de él.

Art. 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefinido.

caPiTUlo ii.

fiNES.

Art. 4.- Los fines de la Iglesia serán:

a) La proclamación de la creencia de que Jesucristo murió en la Cruz del Calvario, resucitó al tercer día, y que fue levantado en las nubes y volverá a establecer su Reino en la tierra, y la creencia en el Padre como creador de todas las cosas; en Jesucristo el Redentor del Pecado, y el Espíritu Santo como el consolador divino.

b) Predicar el evangelio de Jesucristo, conforme a lo estipulado en la Santa Biblia.

c) Difundir a través de los diferentes medios EL CONOCIMIEN-TO de los principios fundamentales de la Santa Biblia.

d) Elevar el estado espiritual, moral, social y emocional, a través del mensaje de Dios en base a la Santa Biblia.

e) Planificar y desarrollar eventos Públicos Cristianos, con el objetivo de convivir con sus miembros y/o establecer filiales y campos blancos de la Iglesia.

caPiTUlo iii.

DE loS MiEMBroS.

Art. 5.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de 18 años sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

Art. 6.- La Iglesia tendrá las siguientes clases de miembros.

a) Miembros Fundadores.

b) Miembros Activos.

c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban el Acta de Constitución de la Iglesia.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Iglesia.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y méritos en favor de la Iglesia sean así nombrados por la Asamblea General.

Art. 7.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-neral.

b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Iglesia.

c) Los demás que le señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.

Art. 8.-Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Iglesia.

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que le señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.

Art. 9.- La calidad de miembros se perderá por las causas siguien-tes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General Merezcan tal sanción.

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

caPiTUlo iV.

DEl GoBiErNo DE la iGlESia.

Art. 10.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:

a) La Asamblea General.

b) La Junta Directiva.

caPiTUlo V.

DE la aSaMBlEa GENEral

Art. 11.- La Asamblea General debidamente convocada, es la

autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de los

miembros Activos y Fundadores.

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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. Art. 12.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente una vez al año, y Extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente.

Art. 13.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Iglesia.

c) Aprobar y/o modificar los Planes, Programas o Presupuesto anual de la Iglesia.

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Iglesia, presentada por la Junta Directiva.

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros.

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Iglesia.

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

caPiTUlo Vi.

DE la JUNTa DirEcTiVa.

Art. 15.- La dirección y administración de la Iglesia, estará con-fiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Vice-presidente, un Secretario, un Tesorero, y un Vocal.

Art. 16.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de dos años pudiendo ser reelectos.

Art. 17.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamente una vez al mes, y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Art. 18.- El quírum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será de tres de sus miembros, y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.

Art. 19.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fines de la Iglesia.

b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio

de la Iglesia.

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Iglesia.

d) Promover la elaboración de Planes, Programas, Proyectos y

Presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea Gene-

ral.

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y

de la misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los miembros de la Iglesia, los Comités o

comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento

de los fines de la Iglesia.

g) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General.

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos

miembros y proponerlos a la Asamblea General.

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Asamblea General.

Art. 20.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de

la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo

otorgar poderes, previa autorización de la Junta Directiva.

d) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General y de la Junta Directiva.

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que

tenga que hacer a la Iglesia.

f) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma. El Vice-presidente,

tendrá las mismas atribuciones del Presidente en ausencia o

impedimento de éste.

Art. 21.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General

y de Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la Iglesia.

c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la

Iglesia.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones.

e) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia.

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Art. 22. - Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga en el

Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar y tener el control directo de los libros de contabilidad

de la Iglesia.

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que

la Iglesia tenga que realizar.

Art. 23.- Son atribuciones del Vocal:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva.

b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso

de ausencia o impedimento, a excepción del Presidente quien

será sustituido por el Vice-presidente, de conformidad al

Artículo catorce literal a) de estos Estatutos.

caPiTUlo Vii.

DEl PaTriMoNio.

Art. 24.- El Patrimonio de la Iglesia estará constituido por:

a) Las cuotas de los miembros.

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, respectivamen-

te.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos de conformidad con la

Ley.

Art. 25. - El patrimonio será administrado por la Junta Directiva

conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General.

caPiTUlo Viii.

DE la DiSolUcioN.

Art. 26. - No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición de

la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,

convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo

menos tres cuartas partes de sus miembros.

Art. 27. - En caso de acordarse la disolución de la Iglesia se nom-

brará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas

por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución, los

bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se do-

narán a cualquier Entidad Benéfica o Cultural que la Asamblea General

señale.

caPiTUlo iX.

DiSPoSicioNES GENEralES.

Art. 28. - Para reformar o derogar los presentes Estatutos será

necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los

miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

Art. 29. - La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Mi-

nisterio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada

año, la nómina de los miembros dentro de los cinco días después de

electa la nueva Junta Directiva, una certificación del acta de elección de

la misma, y en todo caso proporcionar al expresado ministerio cualquier

dato que se le pidiere relativo a la entidad.

Art. 30. - Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no com-

prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno del

mismo, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado

por la Asamblea General.

Art. 31.- LA IGLESIA EVANGELICA LA RESPUESTA ES

CRISTO, se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones

legales aplicables.

Art. 32. - Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día

de su publicación en el Diario Oficial.

acUErDo No. 108

San Salvador, 16 de abril de 2012

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la Iglesia que se denominará

IGLESIA EVANGELICA LA RESPUESTA ES CRISTO, compues-

tos de TREINTA Y DOS ARTICULOS, fundada en el Municipio de

Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, a las diez horas del

día doce de noviembre del año dos mil once, y no encontrando en ellos

ninguna disposición contraria a las leyes del país, de conformidad con

los Artículos 26 de la Constitución de la República, Art. 34 numeral 6

del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y Arts. 542 y 543 del

Código Civil, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUER-

DADA: a) Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dicha entidad el

carácter de PERSONA JURIDICA. b) Publíquese en el Diario Oficial.

COMUNIQUESE.- EL MINISTRO DE GOBERNACION, GREGORIO

ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS.

(Registro No. F039963)

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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012.

acUErDo No. 713.

Ministerio de Hacienda, Dirección Financiera, San Salvador, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil doce.

CONSIDERANDO:

I. Que mediante Decreto Legislativo No. 515, de fecha 27 de diciembre de 1961, publicado en el Diario Oficial No. 239, Tomo 193 de la

misma fecha, la Asamblea Legislativa ratificó en todas sus partes el Convenio General para la Ayuda Económica y Técnica, para propósitos

afines entre el Gobierno de El Salvador y el Gobierno de los Estados Unidos de América.

II. Que en armonía con el referido Convenio General, con fecha 16 de marzo de 2010 fue firmado el Convenio de Donación de Alcance

Limitado entre el Gobierno de los Estados Unidos de América, por medio de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Interna-

cional (USAID) y el Gobierno de El Salvador, por valor de US $ 27,000,000.00 para la ejecución del proyecto “Mitigación de los Efectos

de la Crisis Financiera Global”, Actividad No. 519-0462 “Crecimiento Económico para el Siglo 21 (CRECER 21)”, de los cuales US $

14,000,000.00 han sido destinados para el financiamiento del Programa de Apoyo Temporal al Ingreso (PATI), que serán ejecutados por

el Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (FISDL), el cual, de acuerdo a los registros que se disponen en el Departamento de

Presupuesto de la Dirección Financiera, en el ejercicio 2010 presentó una ejecución presupuestaria de US $ 748,674.00, y en el 2011 US

$ 6,988,285.84.

III. Que en la Ley de Presupuesto General del Estado para el ejercicio financiero fiscal 2012, aprobada mediante Decreto Legislativo No. 918,

de fecha 23 de noviembre de 2011, publicada en el Diario Oficial No. 236, Tomo 393, de fecha 16 de diciembre del mismo año, se asignó,

en la Sección A - Presupuesto General del Estado, apartado II INGRESOS, Rubro 22 Transferencias de Capital, Cuenta 224 Transferencias

de Capital del Sector Externo, Objeto Específico 22403 De Gobiernos y Organismos Gubernamentales, el monto de US $ 20,958,740.00,

del cual US $ 12,414,925.00 corresponden al Convenio de Donación de Alcance Limitado Actividad No. 519-0462 Crecimiento Económico

para el Siglo 21 (CRECER 21); asimismo, en el apartado III GASTOS, en la parte correspondiente al Ramo de Hacienda, Unidad Presu-

puestaria 18 Financiamiento a Programas de Comunidades Solidarias Rurales, Urbanas y Desarrollo Local, Línea de Trabajo 03 Apoyo al

Desarrollo Local, Rubro 62 Transferencias de Capital, Fuente de Financiamiento Donaciones, se consignó el monto de US $ 8,210,975.00,

del cual US $ 4,914,925.00 corresponden al Convenio relacionado.

IV. Que mediante nota referencia FISDL/GF-071/2012, de fecha 3 de mayo del presente año, el Fondo de Inversión Social para el Desarrollo

Local (FISDL) informó que han recibido de la Agencia de los Estados Unidos de América para el Desarrollo Internacional (USAID) el

décimo séptimo y décimo octavo adelantos de fondos, que suman el monto de US $ 1,304,283.52; así también solicita que se emita el

respectivo Acuerdo de Cargo y Descargo, por el monto antes apuntado, con aplicación a la Unidad Presupuestaria 18 Financiamiento a

Programas de Comunidades Solidarias Rurales, Urbanas y Desarrollo Local, Línea de Trabajo 03 Apoyo al Desarrollo Local, Rubro 62

Transferencias de Capital, Fuente de Financiamiento Donaciones.

V. Que según reporte de Control del Crédito Presupuestario y los Controles de Disponibilidades y de Ejecución, emitidos en la Dirección Fi-

nanciera, el día 11 de mayo de 2012, el saldo disponible en las asignaciones de la Unidad Presupuestaria 18 Financiamiento a Programas de

Comunidades Solidarias Rurales, Urbanas y Desarrollo Local, Línea de Trabajo 03 Apoyo al Desarrollo Local, Rubro 62 Transferencias de

Capital, Fuente de Financiamiento Donaciones, asciende a US $ 7,398,410.36, que incluye el monto de US $ 4,102,360.36, correspondiente

al Convenio de Donación en referencia, específicamente al Programa de Apoyo Temporal al Ingreso (PATI); asimismo en los reportes

relacionados, se refleja que ese programa presenta una ejecución presupuestaria de US $ 812,564.64.

Ministerio de HaciendaRAMO DE HACIENDA

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 VI. Que con base a lo expuesto anteriormente es necesario autorizar a la Dirección General de Tesorería para que registre el ingreso de US $

1,304,283.52 en la Contabilidad del Tesoro Público, ejercicio 2012; y a la Dirección Financiera para que registre el correspondiente des-

cargo del egreso por la misma cantidad. Ambos movimientos vinculados al Convenio de Donación de Alcance Limitado para el proyecto

"Mitigación de los Efectos de la Crisis Financiera Global", Actividad No. 519-0462 "Crecimiento Económico para el Siglo 21 (CRECER

21)", destinado al Programa de Apoyo Temporal al Ingreso (PATI).

POR TANTO:

EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE HACIENDA,

ACUERDA

1. Autorizar a la Dirección General de Tesorería para que registre el ingreso de US $ 1,304,283.52 en la Contabilidad del Tesoro Público,

ejercicio financiero fiscal 2012, afectando el objeto específico 22403 De Gobiernos y Organismos Gubernamentales; y a la Dirección Financiera para

que registre el correspondiente descargo del egreso por la misma cantidad, con aplicación al cifrado presupuestario 2012-0700-3-18-03-22-5, Rubro

62 Transferencias de Capital, Fuente de Financiamiento Donaciones. Ambos movimientos correspondientes a los recursos del Convenio de Alcance

Limitado para el Proyecto "Mitigación de los Efectos de la Crisis Financiera Global", Actividad No. 519-0462 “Crecimiento Económico para el Siglo

21 (CRECER 21)”, destinado al Programa de Apoyo Temporal al Ingreso (PATI).

COMUNIQUESE.- EL MINISTRO DE HACIENDA, CECACERES.

acUErDo No. 15-0004.

San Salvador, 4 de Enero de 2012

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades

legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó

JESSICA SUSANA RODRÍGUEZ AYALA, de nacionalidad salvadoreña, solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Décimo Grado, realizados

en Killian Oaks High School, Miami, Florida, Estados Unidos de América en el año 2010, con los de Primer Año de Bachillerato General de nuestro

país; II) Que según Resolución de fecha 3 de enero de 2012 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de

Educación de este Ministerio, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos,

con base a los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Equivalencia de estu-

Ministerio de educaciónRAMO DE EDuCACION

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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. dios de Décimo Grado, obtenida por JESSICA SUSANA RODRIGUEZ AYALA, en Killian Oaks High School, Miami, Florida, Estados Unidos de

América. POR TANTO de conformidad a lo establecido por los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y Artículo 4 del Reglamento para

Equivalencias y Pruebas de Suficiencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales

vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento de equivalencia de los estudios de Décimo Grado, cursados en Killian Oaks High School, Miami,

Florida, Estados Unidos de América, a JESSICA SUSANA RODRIGUEZ AYALA, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema

educativo, para matricularse en Segundo Año de Bachillerato General de nuestro país. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.

SalVaDor SÁNcHEZ cErÉN,

VicEPrESiDENTE DE la rEPÚBlica DE El SalVaDor

Y MiNiSTro DE EDUcaciÓN aD-HoNorEM.

(Registro No. F039935)

acUErDo No. 15-0005.

San Salvador, 4 de Enero de 2012

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades

legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó

LINDY BELICIA RODRIGUEZ LAZO, de nacionalidad salvadoreña, solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Décimo Grado, realizados

en Killian Oaks High School, Miami, Florida, Estados Unidos de América en el año 2010, con los de Primer Año de Bachillerato General de nuestro

país: II) Que según Resolución de fecha 3 de enero de 2012 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de

Educación de este Ministerio, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigi-

dos, con base a los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Equivalencia de

estudios de Décimo Grado, obtenido por LINDY BELICIA RODRIGUEZ LAZO, en Killian Oaks High School, Miami, Florida, Estados Unidos de

América. POR TANTO de conformidad a lo establecido por los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y Artículo 4 del Reglamento para

Equivalencias y Pruebas de Suficiencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales

vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento de equivalencia de los estudios de Décimo Grado, cursados en Killian Oaks High School, Mia-

mi, Florida, Estados Unidos de América, a LINDY BELICIA RODRIGUEZ LAZO, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema

educativo, para matricularse en Segundo Año de Bachillerato General de nuestro país. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.

SalVaDor SÁNcHEZ cErÉN,

VicEPrESiDENTE DE la rEPÚBlica DE El SalVaDor

Y MiNiSTro DE EDUcaciÓN aD-HoNorEM.

(Registro No. F039936)

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395acUErDo No. 15-0244.

San Salvador, 15 de febrero de 2011.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, CONSIDERANDO:

I) Que de conformidad con el Artículo 57 de la Constitución de la República, se establece que los centros de enseñanza privados, estarán sujetos

a reglamentación e inspección del Estado, en relación a lo anterior compete al Ministerio de Educación, con base al Artículo 38 numerales 8 y 27

del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, controlar y supervisar los centros oficiales y privados de Educación, así como regular y supervisar

la creación, funcionamiento y nominación de los centros educativos privados; II) Que de conformidad a los Artículos 1 y 12 de la Ley General de

Educación, el Ministerio de Educación regula la prestación del servicio educativo de las instituciones oficiales y privadas, estableciendo normas y

mecanismos necesarios para que el sistema educativo coordine y armonice sus modalidades y niveles, garantizando la calidad, eficiencia y cobertura

de la educación; III) Que con base a los Artículos 100 inciso séptimo y 105 inciso segundo de la Ley General de Educación, la Suspensión Temporal

de un centro educativo privado podrá durar hasta un máximo de dos años, el cual tendrá vigencia al inicio del año lectivo próximo siguiente, por lo que

deberá tomarse las medidas necesarias a efecto de que los educandos no resulten perjudicados; IV) Que conforme al Acuerdo No. 15-2587 de fecha 13

de noviembre de 1998, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, se autorizó la creación, nominación

y funcionamiento del centro educativo privado denominado LICEO "LICENCIADA ANA LETICIA MIRANDA", con Código de Infraestructura N°

20805, para que funcionara en Reparto Los Santos 2, Calle Principal, Pasaje N° 8, Block "I", N° 1. Municipio de Soyapango, Departamento de San

Salvador; V) Que mediante escrito presentado ante la Jefatura de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio,

por el señor Wilfredo Paniagua Martínez, en su calidad de persona autorizada por el Ministerio de Educación para brindar servicios educativos, se

solicitó la suspensión temporal del funcionamiento del centro educativo privado denominado LICEO “LICENCIADA ANA LETICIA MIRANDA”

para el período comprendido del 03 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2012, exponiendo como justificante los problemas sociales; por lo que

cumplidos los requisitos de ley dicha jefatura a través de resolución de fecha 03 de enero de 2011 autorizó la suspensión temporal de funcionamiento

solicitada. POR TANTO, de conformidad al Artículo 57 de la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 8 y 27 del Reglamento

Interno del Órgano Ejecutivo, Artículos 1, 12 y 100 inciso séptimo y 105 inciso segundo, de la Ley General de Educación y en uso de las facultades

legales antes citadas. ACUERDA: 1. Confirmar en todas sus partes la Resolución de fecha 03 de enero de 2011 emitida por la Jefatura de Acreditación

Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, por medio de la cual se autoriza la suspensión temporal del funcionamiento

del centro educativo privado denominado LICEO "LICENCIADA ANA LETICIA MIRANDA" ubicado en Reparto Los Santos 2, Calle Principal,

Pasaje N° 8, Block "I", N° 1, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, con Código de Infraestructura N° 20805, para el período

comprendido del 03 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2012; 2. El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en

el Diario Oficial, PUBLIQUESE.

SalVaDor SÁNcHEZ cErÉN,

VicEPrESiDENTE DE la rEPÚBlica DE El SalVaDor

Y MiNiSTro DE EDUcaciÓN aD-HoNorEM.

(Registro No. F040021)

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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012.

acUErDo No. 227

Santa Tecla, 3 de mayo de 2012.

El orGaNo EJEcUTiVo EN El raMo DE aGricUlTUra Y GaNaDErÍa

CONSIDERANDO:

I. Que el acceso a la información y la rendición de cuentas conlleva a la transparencia en la gestión pública; que contribuye al fortalecimiento

de las relaciones entre ciudadanía y gobierno en un ambiente democrático y al mejoramiento de la calidad de la población y a la plena

vigencia del Estado de derecho.

II. Que mediante Decreto Legislativo N° 534, de fecha 2 de diciembre de 2010, publicado en el Diario Oficial N° 70, Tomo 391, del 8 de

abril de 2011, se emitió la Ley de Acceso a la Información Pública, la cual tiene como objetivo garantizar el derecho de acceso de toda

persona a la información pública, a fin de contribuir con la transparencia de las actuaciones de las instituciones del Estado; la cual en su

Art. 48 establece que los entes obligados del sector público tendrán unidades de acceso a la información pública, las cuales serán creadas

y organizadas según las características de cada entidad e institución para manejar las solicitudes de información.

III. Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 321 de fecha 28 de mayo de 2010 del Ramo de Agricultura y Ganadería, publicado en el Diario

Oficial No. 111, Tomo 387 del día 15 de junio del mismo año, se emitió el Reglamento Interno y de Funcionamiento del Ministerio de

Agricultura y Ganadería, reformado por medio de Acuerdo Ejecutivo N° 544 del 18 de agosto de 2011, publicado en el Diario Oficial N°

166, Tomo 392 del 7 de septiembre del mismo año; y

IV. Que en cumplimiento al Art. 48 de la Ley referida en el considerando II, es necesario crear e incluir en el Reglamento Interno y de Fun-

cionamiento del Ministerio de Agricultura y Ganadería, la Unidad de Acceso a la Información Pública del Ministerio.

POR TANTO, con base a los considerandos que anteceden, y en los Art. 41 y 80 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,

ACUERDA:

1°) Crear la Unidad de Acceso a la Información Pública del Ministerio de Agricultura y Ganadería, la cual se denominará: "Oficina de Infor-

mación y Respuesta" (OIR) y será una dependencia de nivel de Apoyo dentro de su estructura organizativa; responsable de manejar las

solicitudes de información del Ministerio y coordinar su respuesta oportuna de acuerdo a la Ley de Acceso a la Información Pública, su

Reglamento y lineamientos del Instituto de Acceso a la Información Pública.

2°) Emitir las siguientes reformas al Reglamento Interno y de Funcionamiento del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Artículo 1: Modifícase el Artículo 12 de la siguiente manera:

Artículo 12.- El nivel de apoyo incluye las unidades responsables de proporcionar los recursos y servicios administrativos a las diferentes unida-

des organizativas del Ministerio; a fin de que puedan cumplir con sus metas y objetivos. Corresponden a este nivel: Oficina Financiera Institucional,

Oficina de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, Oficina General de Administración y Oficina de Información y Respuesta.

Ministerio de aGricultura y Ganadería RAMO DE AGRICuLTuRA y GANADERIA

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395

Cada Oficina de este nivel se integrará con un Director y personal técnico, administrativo y de apoyo necesario para su buen funcionamiento;

con excepción de la Oficina de Información y Respuesta, que se integrará de acuerdo a la Ley con un Oficial de Información responsable de dirigir la

Oficina y personal técnico, administrativo y de apoyo necesario.

Artículo 2: Adicionar el Artículo 13 de la siguiente manera:

"Artículo 13.- La Oficina de Información y Respuesta tendrá como objetivo conducir la gestión del acceso a la información y promover la trans-

parencia del quehacer institucional;

Son funciones de la OIR las siguientes:

a) Recabar y difundir información oficiosa, así como propiciar que las entidades responsables la actualicen periódicamente.

b) Proporcionar auxilio a los particulares en la elaboración de solicitudes de información; asimismo orientación sobre las dependencias

responsables de suministrar información solicitada.

c) Recibir y dar trámite interno a las solicitudes de información requeridas al Ministerio; y gestionar su respuesta.

d) Instruir a los servidores de las dependencias del Ministerio para recibir y dar trámite a las solicitudes de información.

e) Llevar el registro de las solicitudes de acceso a la información, sus resultados y costos.

f) Realizar las notificaciones de solicitudes de acceso a la información.

g) Resolver sobre las solicitudes de acceso a información.

h) Coordinar y supervisar las acciones de las dependencias con el objeto de proporcionar la información prevista en la Ley de Acceso a la

Información Pública.

i) Establecer los procedimientos internos de la gestión de solicitudes de acceso a la información.

j) Elaborar y administrar el índice de información reservada de la institución.

k) Administrar el archivo de la información pública, puesta a disposición por las distintas dependencias del Ministerio.

l) Colaborar con las dependencias del Ministerio en las acciones e iniciativas relacionadas con la participación ciudadana, rendición de cuentas

y transparencia.

m) Realizar la generación de estadísticas sobre solicitudes de información, consultas, sugerencias, avisos y reclamos de la ciudadanía al MAG;

y sus resoluciones.

n) Colaborar con el Instituto de Acceso a la Información Pública de acuerdo a lo establecido en la Ley de Acceso a la Información Pública y

su Reglamento.

o) Cumplir con todas las responsabilidades que establece la Ley de Acceso a la información Pública y su Reglamento.

3°) El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial.

COMUNIQUESE. Licenciado HUGO ALEXANDER FLORES HIDALGO. VICEMINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, EN-

CARGADO DEL DESPACHO."

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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. ACUERDO N° 255.

Santa Tecla, 18 de mayo de 2012.

El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Agricultura y Ganadería,

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad a la ley de Sanidad Vegetal y Animal, corresponde al Ministerio de Agricultura y Ganadería el diagnóstico y vigilancia

epidemiológica de enfermedades en animales, su prevención, control y erradicación; y el control cuarentenario de los mismos, así como

de productos y subproductos, y de los equipos, materiales y medios de transporte utilizados en su movilización;

II. Que es atribución del Ministerio de Agricultura y Ganadería regular las importaciones, producción, venta y aplicación de los insumos para

uso agropecuario de alto riesgo para la sanidad animal;

III. Que el Artículo 2 del Acuerdo Sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio, y

en el Artículo 2 del Reglamento Centroamericano sobre Medidas y Procedimientos Sanitarios y Fitosanitarios, respecto a la adopción de

medidas necesarias para proteger la salud y la vida de las personas y de los animales, éstas deben estar basadas en principios científicos y

mantenerse sin discriminación arbitraria y con transparencia;

IV. Que según acuerdo 139 del 27 de abril de 2009 del Órgano Ejecutivo, en el Ramo de Agricultura y Ganadería, se declara El Salvador

como país libre de Peste Porcina Clásica, luego de demostrar científicamente la ausencia de la enfermedad con respecto a las condiciones

prescritas en el Código Sanitario de los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), de la cual, El Salvador

es signatario;

V. Que el pasado 14 de noviembre del 2011, La República de Guatemala reportó la reaparición de la Peste Porcina Clásica en una granja

tecnificada, decretando estado de emergencia sanitaria en el Municipio de Pastores, Departamento de Zacatepequez y que en la actualidad

se establece fase de control a todo el país por medio de vacunación;

VI. Que el riesgo de la reintroducción y diseminación de la Peste Porcina Clásica a El Salvador, causaría grandes pérdidas económicas en la

producción porcina y atentar contra la seguridad alimentaria.

Por tanto, en uso de sus facultades legales,

acUErDa:

Art. 1. Decretar estado de alerta zoosanitaria en todo el país, reforzando el sistema de vigilancia epidemiológica especialmente en la zona de

protección sanitaria fronteriza con la República de Guatemala, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica.

Art. 2. Autorizar a la Dirección General de Ganadería del Ministerio de Agricultura y Ganadería, para que a través de los Servicios Veterinarios

se ejecuten las acciones necesarias que eviten el riesgo de la introducción y diseminación del virus de la Peste Porcina Clásica.

Art. 3. Mantener la prohibición de la importación, producción, venta, y aplicación de vacuna contra la peste porcina clásica en todo el territorio

nacional.

Art. 4. Establecer un banco de vacuna de emergencia nacional, si fuese necesario, la cual será manejada y resguardada con las condiciones

adecuadas de bioseguridad bajo la responsabilidad de la Dirección General de Ganadería, la cual, podrá ser utilizada en caso que la vacunación sea

considerada la medida más adecuada para el control y prevención de la enfermedad.

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Art. 5. Establecer controles internos de movilización que permitan detectar el ingreso de cerdos vivos, carnes frescas, productos y subproductos

porcinos provenientes de Guatemala u otro país con estatus sanitario considerado de riesgo para El Salvador;

Art. 6. Establecer un nivel adecuado de protección sanitaria por medio de la prohibición de la importación y el tránsito de cerdos vivos, carnes

frescas, productos y subproductos porcinos provenientes de Guatemala u otro país con estatus sanitario considerado de riesgo para El Salvador.

Art. 7. Todo cerdo vivo movilizado en la zona de protección colindante con Guatemala y que no pueda demostrarse fehacientemente su origen,

será considerado de alto riesgo sanitario, y se aplicará lo dispuesto en el inciso final del artículo trece de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal.

Art. 8. Autorizar el tratamiento de desinfección por medio de la aspersión y/o nebulización con productos viricidas e inocuos para la salud hu-

mana en puestos fronterizos terrestres, marítimos, aéreos; así como, en puntos críticos de movilización no autorizados de todo transporte o vehículo

que ingrese al territorio nacional.

Art. 9. Los servicios de aspersión y/o nebulización serán efectuados por el Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA),

en base al Acuerdo Ministerial No. 441 de fecha 31 de junio de 1974 y al Convenio de Cooperación entre el MAG y el OIRSA para la administración

del servicio SIF, de fecha 24 de noviembre de 1981.

Art. 10. El costo de los servicios de aspersión y/o nebulización será cancelado al OIRSA en los puestos fronterizos terrestres y en puestos de

control de movilización de animales, u otros que se designen, cuando ingresen al país, cuyas tarifas serán las siguientes:

1. Vehículos y Pick up livianos: $3.00

2. Vehículos pesados: $5.00

(Buses, Microbuses, Furgón, Trailer, Rastra, Contenedor, entre otros)

Art. 11. El presente Acuerdo aplica a toda persona natural o jurídica relacionada con la introducción al territorio nacional de productos detallados

en el artículo 3, 5, 6, 7 y 8 del presente Acuerdo, incluyendo las donaciones privadas y al gobierno de productos y subproductos.

Art. 12. El presente Acuerdo deberá comunicarse al Ministerio de Economía, a fin que éste proceda a la formal notificación a la Secretaría de

Integración Económica Centroamericana (SIECA); la Organización Mundial del Comercio y los países con los cuales se tiene compromiso de no-

tificación conforme la Normativa Internacional, en calidad de medida sanitaria ante problemas urgentes de conformidad al párrafo 6. Del Anexo B

Transparencia de las Reglamentaciones Sanitarias y Fitosanitarias, del Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC,

notifíquese a las autoridades aduaneras para su control.

Art. 13. El incumplimiento al presente Acuerdo será sancionado conforme literales "A", "B", "C" y "D" del artículo 26 de la ley de Sanidad

Vegetal y Animal.

Art. 14. El presente acuerdo, entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.

COMUNÍQUESE. Ingeniero José Guillermo Belarmino López Suárez, Ministro de Agricultura y Ganadería. Ilegible."

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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012.

ACUERDO No. 202 -D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce. El Tribunal con fecha nueve de

febrero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSE DANIEL JACOBO VALIENTE, para que ejerza la profesión de ABOGADO en

todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE

Y PUBLIQUESE.- J.B.JAIME.- F.MELENDEZ.- J.N.CASTANEDA S.- E.S.BLANCO R.- M.REGALADO.- PERLA J.- M.TREJO.- M.POSADA.-

Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F039884)

ACUERDO No. 203 -D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce. El Tribunal con fecha diez de febrero

de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JONATHAN ASDRUBAL HERRERA LUCHA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en

todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE

Y PUBLIQUESE.- J.B.JAIME.-F.MELENDEZ.- J.N.CASTANEDA S.- E.S.BLANCO R.- PERLA J.- R.M.FORTIN H.- M.POSADA.-E.R.NUÑEZ.-

Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S.- RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F039886)

ACUERDO No. 279 -D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce. El Tribunal con fecha veinti-

cuatro de enero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada DEBORA YADRIT RAMIREZ CASTILLO, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F.MELENDEZ.- E.S.BLANCO R.- M.REGALADO.- PERLA J.- M.TREJO.- M.POSADA.-

E.R.NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F039928)

ORGANO juDICIALcorte supreMa de Justicia

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395

DEcrETo MUNiciPal NÚMEro 01/2012.

El concejo Municipal de la ciudad de San Bartolomé Perulapía, Departamento de cuscatlán,

coNSiDEraNDo:

I. Que el Artículo 204 ordinal 5° de la Constitución de la República, establece que los Municipios tienen autonomía para decretar las Orde-

nanzas y Reglamentos.

II. Que de conformidad al Artículo 71 del Código Municipal, los Tributos Municipales que no fueren pagados en el plazo correspondiente,

causarán un interés moratorio; y según los registros de las Unidades de Cuentas Corrientes, y Catastro Tributario de esta Municipalidad,

consta que existen contribuyentes que se encuentran en mora, tanto en Impuestos y Tasas Municipales.

III. Que es pertinente aprobar una política de incentivo de carácter transitorio, para el pago con exención de intereses y multas provenientes

de deudas por Impuestos y Tasas del Municipio de San Bartolomé Perulapía, para beneficiar al sector industria, comercio y habitacional,

ya que existe un buen porcentaje de estos rubros en mora de obligaciones tributarias a favor del Municipio de la Ciudad de San Bartolomé

Perulapía.

IV. Que de conformidad con los Artículos 203 y 204 ordinal 5° de la Constitución de la República, Artículos 3 y 30 ordinal 4° y Art. 32 del

Código Municipal, los Municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico, y regulan las materias de su competencia por medio de

Ordenanzas Municipales.

Por TaNTo:

En uso de sus facultades legales y constitucionales, por UNANIMIDAD de votos.

DEcrETa:

la orDENaNZa TraNSiToria DE ESTiMUlo Para El PaGo coN EXENcioN DE iNTErESES Y MUlTaS

ProVENiENTES DE DEUDaS Por iMPUESToS Y TaSaS DEl MUNiciPio DE SaN BarToloMÉ PErUlaPÍa.

Art. 1.- Decretar por el lapso de noventa días, que los sujetos pasivos de la obligación Tributaria Municipal, que adeuden impuestos y tasas al

Municipio de San Bartolomé Perulapía, para el rubro comercial, industrial, y habitacional, puedan acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza,

consistente en la exención del pago de intereses y multas, que se hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas que se regirán en dos catego-

rías:

a) Los de primera categoría comprende los comercios que se encuentran dentro de los activos desde $50.00 a $1000.00;

b) Los de segunda categoría comprenden los comercios que se encuentran dentro de los activos desde $1000.01 en adelante; previa comproba-

ción con los respectivos balances generales, debidamente inscritos en el Registro de Comercio, cuando sean personas jurídicas y naturales,

en caso que lo estén.

c) Comprenden la dispensa de intereses y multas para las tasas del sector comercial, industrial y habitacional.

INSTITuCIONES AuTONOMASalcaldías Municipales

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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. Art. 2.- Podrán acogerse a los beneficios en el Artículo anterior, las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones:

a) Aquellos que, estando calificados en el registro de contribuyentes del municipio, se encuentren en situación de mora de los Impuestos y Tasas Municipales.

b) Las personas naturales o jurídicas que se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes o que lo hagan dentro de la vigencia de la presente Ordenanza Transitoria.

c) Los contribuyentes por Impuestos y Tasas Municipales que se encuentren en proceso de cobro judicial de la vigencia de esta Ordenanza Transitoria y se sometan a la forma de pago establecida en esta Ordenanza.

d) Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por impuestos y tasas, hayan suscrito el correspondiente convenio de pago, gozarán de los beneficios para las cuotas pendientes de pago.

e) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya dictado sentencia judicial, firme en el proceso ejecutivo por parte de la municipalidad y se acojan a los beneficios de esta Ordenanza Transitoria.

f) Podrán acogerse al presente decreto, los contribuyentes que se les haya iniciado proceso administrativo extrajudicial de cobro, que se encuentren para presentar demanda en juicio ejecutivo, establecido en la sección IV, Art. 115 y siguientes de la Ley General Tributaria Municipal.

g) Los sujetos pasivos, que por cualquier motivo no hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes sus bienes municipales; y lo hagan en la vigencia de esta Ordenanza Transitoria.

h) Los planes de pago hasta hoy suscritos, deberán ajustarse al plazo de este Decreto, como condición para gozar del beneficio que se refiere el Artículo 1 de esta Ordenanza Transitoria.

Art. 3.- Los contribuyentes que estén interesados, deberán solicitarlo a las Unidades de Cuentas Corrientes y Catastro Tributario de esta Muni-cipalidad.

Art. 4.- Después de vencido el plazo de la presente prórroga, cesará de inmediato y sin previo aviso en el caso de incumplimiento del plan de pagos pactado con el Municipio y en consecuencia se hará exigible la totalidad de la obligación para las cantidades que faltare por cumplirse.

La fuerza mayor o el caso fortuito, deberá ser calificado por el Concejo Municipal, para que opere como excepción.

Art. 5.- El presente Decreto, entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

DADO: En la Sala de Sesiones de la Alcaldía Municipal de la Ciudad de San Bartolomé Perulapía, Departamento de Cuscatlán, a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.

Lic. Cristian Marvin Sermeño Arias, Lic. Catalino Torres Hernández, Alcalde Municipal. Síndico Municipal.

Raúl Ernesto Molina, Cecilia Imelda Martínez de Majano, Primer Regidor Propietario. Segunda Regidora Propietaria.

Ing. Agrónomo Salvador Flores Efigenio, José Luis Catedral Girón, Tercer Regidor Propietario. Cuarto Regidor Propitario.

Joven Neftalí Alfredo Salmerón, Felícita Martínez de Alejo, Primer Regidor Suplente. Segunda Regidora Suplente.

Jorge Antonio Campos, Prof. Daysi Patricia Chávez Benítez, Tercer Regidor Suplente. Cuarta Regidora Suplente.

Juan Ricardo Vásquez Guzmán,Secretario Municipal.

(Registro No. F039946)

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395DEcrETo No. 1

El coNcEJo MUNiciPal DE la ciUDaD DE NUEVa GUaDalUPE, DEParTaMENTo DE SaN MiGUEl.

coNSiDEraNDo:

I- Que el Art. 204 Ordinal 5°. de la Constitución de la República de El Salvador, establece que los municipios tienen Autonomía para decretar Ordenanzas y Reglamentos.

II- Que en El Salvador y por consiguiente sus municipios, están siendo objeto de los efectos negativos que actualmente está produciendo la crisis económica, ocasionando disminución del poder adquisitivo de los contribuyentes municipales, generando que éstos no cumplan con sus obligaciones tributarias repercutiendo en la recaudación de los impuestos y tasas por consiguiente aumentando cada vez más la mora tributaria en las arcas municipales.

III- Que de conformidad a los Artículos 71 del Código Municipal y Art. 47 de la Ley General Tributaria Municipal, los Tributos Municipales que no fueren pagados en el plazo correspondiente, causará un interés moratorio hasta la fecha de su cancelación equivalente al interés de mercado para las deudas contraídas por el sector comercial; ocasionando a esta Municipalidad un aumento de contribuyentes en situación de mora alarmante.

IV- Que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia por medio de Sentencia Definitiva de proceso de Amparo Constitucional con número de referencia 812-99, de fecha veintiséis de junio del dos mil tres, señala “la Asamblea Legislativa tiene la facultad de crear impuestos fiscales y municipales, tasas y contribuciones especiales, y además de condonar el pago de intereses como se relaciona en el párrafo anterior; así mismo los municipios por medio de sus concejos municipales al tener la facultad de crear tasas y contribuciones especiales-municipales, pueden por medio de ordenanzas condonar el pago de los intereses al igual que lo hace la Asamblea Legislativa...”

V- Que se hace necesario contar con recursos financieros suficientes para cumplir con su cometido, la cual anteriormente se a aplicado esta normativa dando resultados positivos, consiguiendo hacer conciencia en los habitantes, del pronto pago de los tributos municipales.

VI- Que el municipio por ministerio de Ley está encargado de la rectoría y gerencia del bien común local y que el interés colectivo prevalece sobre el interés particular, concediéndole el gozo del poder, autoridad y autonomía suficiente para cumplir con sus funciones, y dado que actualmente se está suscitando una afectación de sus ingresos se hace necesario proporcionar a sus contribuyentes, incentivos que les permita el pago de sus créditos tributarios a favor del municipio.

VII- Que es necesario implementar políticas económicas y financieras para incrementar los ingresos mejorando el cobro de los Tributos Muni-cipales, con el objeto de mantener las prestaciones de los servicios, el bienestar social y la seguridad económica de sus habitantes.

Por TaNTo:

El Concejo Municipal de Nueva Guadalupe, Departamento de San Miguel, en uso de sus facultades legales que le confieren los Artículos 203 y 204 numerales 1 y 5 de la Constitución de la República de El Salvador y Artículo 3 numerales 1, 5 y 4; 30 numerales 4, 14 y 21; 31 numerales 4 y 32 del Código Municipal.

DEcrETa LA SIGUIENTE:

orDENaNZa TraNSiToria DE EXENcioN DEl PaGo DE Mora E iNTErESES ProVENiENTES Por TaSaS

a faVor DEl MUNiciPio DE NUEVa GUaDalUPE, DEParTaMENTo DE SaN MiGUEl.

objeto.

Art.1.- El objeto de la presente Ordenanza es facilitar a los contribuyentes del Municipio de Nueva Guadalupe, Departamento de San Miguel, la oportunidad de pagar su mora e intereses tributarios en el plazo que ella establece, gozando de la dispensa del pago de intereses y multas que se hayan generado como consecuencia de dicha mora.

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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. Ámbito de aplicación.

Art. 2.- La presente Ordenanza se aplicará dentro de la jurisdicción del Municipio de Nueva Guadalupe, Departamento de San Miguel.

Plazo.

Art. 3.- Se concede un plazo de tres meses contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, para que los sujetos pasivos de la Obligación

Tributaria Municipal que adeuden tasas a favor del municipio de Nueva Guadalupe, Departamento de San Miguel, puedan efectuar el pago de las

mismas, gozando del beneficio de exención del pago de intereses y multas que se hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas.

Art. 4.- Podrían acogerse a los beneficios establecidos en el artículo anterior de la presente Ordenanza, las personas naturales o jurídicas que se

encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:

a) Aquellos que estando calificados en el registro de contribuyentes del municipio de Nueva Guadalupe, Departamento de San Miguel, se

encuentren en situación de mora de las Tasas Municipales.

b) Las personas naturales o jurídicas que no se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes y que lo hagan dentro del período

de vigencia de la presente Ordenanza.

c) Los contribuyentes por tasas que se encuentren en proceso de cobro extrajudicial iniciado antes de la vigencia de esta Ordenanza y se

sometan a la forma de pago establecido en la misma.

d) Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por tasas, hayan suscrito el correspondiente convenio de

pago, en cuyo caso únicamente gozarán de los beneficios establecidos para las cuotas pendientes a la fecha de entrar en vigencia la presente

Ordenanza.

e) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya iniciado el proceso ejecutivo de cobro por parte de la muni-

cipalidad y se sometan a la forma de pago establecida en la presente Ordenanza.

f) Los sujetos pasivos de la obligación Tributaria Municipal que tengan bienes inmuebles dentro del Municipio de Nueva Guadalupe, Depar-

tamento de San Miguel, que reciben uno o más servicios municipales y que por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en

el registro de contribuyentes.

Art. 5.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en la Sala Municipal de Convenciones de la Alcaldía Municipal de Nueva Guadalupe, Departamento de San Miguel, a los ocho días del

mes de mayo del año dos mil doce.

FRANCISCO BENAVIDES FUNES, LICDA. CANDIDA YANIRA CISNEROS DE SOTO,

Alcalde Municipal. Síndica Municipal.

PROF. WILFREDO MOLINA MARTINEZ, WILMER ALEXANDER VILLATORO MEDRANO,

Primer Regidor Propietario. Segundo Regidor Propietario.

PROF. ELISEO BERMUDES, LIC. LUIS MOLINA SEGOVIA,

Tercer Regidor Propietario. Cuarto Regidor Propietario.

BR. ANA CECILIA ALVARADO IGLESIAS,

Secretaria Municipal.

(Registro No. F039962)

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395DEcrETo NÚMEro: UNo

El coNcEJo MUNiciPal DE aNaMorÓS, DEParTaMENTo DE la UNioN.

coNSiDEraNDo:

I. Que de conformidad con los artículos 203 y 204 ordinal 5° de la Constitución de la República con arreglo a los artículos 3 numerales 3 y 5,

30 numeral 4 y 32 del Código Municipal, los municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico y en lo administrativo y regularán

las materias de su competencia por medio de Ordenanzas Municipales para normar el gobierno y administración municipal.

II. Que reconociendo la situación económica que actualmente impera en el país, especialmente en el Municipio de Anamorós, han debilitado

la capacidad de pago de la mayoría de los contribuyentes y usuarios, particularmente, la de aquellos que tienen obligaciones tributarias a

favor del Municipio, situación que los ha convertido en sujetos morosos de los Tributos Municipales.

III. Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del municipio, es conveniente crear un instrumento jurídico con

carácter transitorio que estimule a los contribuyentes el pago de sus deudas Tributarias Municipales.

IV. Que al no existir en la Constitución y en la Legislación secundaria prohibición alguna para eximir o dispensar el pago de intereses o ac-

cesorios a la obligación principal, en tanto que la dispensa de intereses moratorios y multas por omitir el pago, pretende beneficiar a los

contribuyentes morosos y lograr una mayor recaudación, es procedente conceder los beneficios por medio de esta Ordenanza.

V. Que es necesario que el Gobierno Municipal promueva en los contribuyentes una cultura de pago de los tributos para disminuir el índice

de morosidad existente y lograr una mayor recaudación para generar más obras para la población de Anamorós.

Por TaNTo, en uso de sus facultades conferidas por ley,

DEcrETa la siguiente:

orDENaNZa TraNSiToria DE EXENciÓN DE PaGo DE iNTErESES Y MUlTaS ProVENiENTES DE DEUDa

Por TaSaS a faVor DEl MUNiciPio DE aNaMorÓS.

caPÍTUlo ÚNico

DiSPoSicioNES GENEralES

Art. 1.- Se concede un plazo de seis meses contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza para que los sujetos pasivos de la obliga-

ción Tributaria Municipal, que adeudan Tasas al Municipio de Anamorós, puedan ampararse a los beneficios de la presente Ordenanza consistente

en la exención del pago de intereses y multas que se hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas o que sean atribuibles a los contribuyentes y

usuarios.

Las palabras “Contribuyentes” y “Responsables” se entenderán conforme a la definición legal establecida en la Ley General Tributaria Municipal

Vigente.

Art. 2.- Podrán ampararse a los beneficios establecidos en el Artículo anterior las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera

de las siguientes condiciones:

a) Aquellos que, estando calificados en el registro de contribuyentes del Municipio, se encuentren en situación de mora de las Tasas Munici-

pales.

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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. b) Las personas naturales o jurídicas que se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes o que lo hagan dentro de la vigencia

de la presente Ordenanza.

c) Los contribuyentes por Tasas que se encuentren en proceso de cobro Judicial iniciado antes de la vigencia de esta Ordenanza y se sometan

a forma de pago establecido en esta Ordenanza.

d) Los que habiendo obtenido resoluciones favorables para pagar la deuda tributaria por Tasas hayan suscrito el correspondiente convenio de

pago.

e) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya dictado sentencia Judicial firme en el proceso ejecutivo por

parte de la Municipalidad se acojan a los beneficios de esta Ordenanza.

f) Los sujetos pasivos de la obligación Tributaria Municipal que tengan bienes inmuebles en el Municipio que reciben uno o más servicios

Municipales, y por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en el Registro de Contribuyentes.

Los contribuyentes a los que se refiere el literal d) del presente Artículo, únicamente gozarán de los beneficios establecidos en esta Orde-

nanza respecto a las cuotas pendientes de pago a la fecha de entrar en vigencia la presente Ordenanza.

Art. 3.- Los planes de pago hasta hoy suscritos deberán ajustarse al plazo de este Decreto, como condición para gozar de este beneficio.

Art. 4.- A los contribuyentes que ya tengan plan de pago establecido se les aplicará el beneficio únicamente al ajustarse el plazo para las obliga-

ciones pendientes de pago, al establecido en esta Ordenanza. Los contribuyentes deberán acogerse a los beneficios de esta Ordenanza, en un plazo de

seis meses, contados a partir de su vigencia.

Art. 5.- Los contribuyentes que estén interesados en gozar de los beneficios de la presente Ordenanza deberán solicitarlos a la Unidad Adminis-

trativa Tributaria Municipal en un plazo no mayor de seis meses contados a partir de la entrada en vigencia de esta Ordenanza.

Art. 6.- A los contribuyentes que al entrar en vigencia esta Ordenanza, hubieran suscrito planes de pago que no excedan de seis meses o no les

faltare más de seis meses, para su cumplimiento, se les aplicará automáticamente el beneficio de este Decreto, siempre y cuando estén al día en sus

pagos.

Art. 7.- Sólo podrán gozar de los beneficios que establece esta Ordenanza los contribuyentes o usuarios que realicen su pago de forma total o a

través de pagos parciales siempre y cuando éstos se hagan en el plazo de seis meses a que se refiere el Artículo uno.

Art. 8.- Los beneficios de este decreto cesarán de inmediato en el caso de incumplimiento del plan de pagos suscrito con el municipio y se hará

exigible la totalidad de la obligación para las cantidades que no se hubieren cancelado al municipio.

Art. 9.- La presente Ordenanza, entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de Anamorós, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil doce.

Prof. Salvador Peña Hernández, Oscar Benedicto García Benítez,

Alcalde Municipal. Síndico Municipal.

Lic. Bruno Díaz Ramos,

Secretario Municipal.

(Registro No. F039915)

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395DECRETO N°1

EL CONCEJO MUNICIPAL DE TEPECOYO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

CONSIDERANDO:

I- Que la situación económica nacional, en los últimos años, ha disminuido la capacidad adquisitiva de los habitantes del país y particularmente

del municipio de Tepecoyo, quienes por tal situación se han convertido en sujetos morosos en el pago de sus tributos municipales.

II- Que es necesario tomar las medidas pertinentes, para que los usuarios de los servicios que presta la municipalidad que se encuentren mo-

rosos, puedan solventar su situación y mejorar los ingresos del municipio.

III- Que no existe prohibición alguna en la Constitución ni en la Legislación secundaria para condonar el pago de los accesorios de la obligación

principal como son los intereses y multas.

IV- Que de conformidad a los Arts. 203 y 204 ordinal 5° de la Constitución; Arts. 3, 30 y 32 del Código Municipal los municipios son autónomos

en lo económico, en lo técnico y en lo administrativo y regularán las materias de su competencia por medio de ordenanzas municipales.

POR TANTO:

En uso de sus facultades constitucionales y legales, DECRETA: La siguiente

ORDENANZA TRANSITORIA QUE DISPENSA EL PAGO DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES POR MORA EN EL PAGO DE

TASAS A FAVOR DEL MUNICIPIO DE TEPECOYO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

Art. 1.- Todo sujeto pasivo que se encuentre en mora en el pago de las tasas o contribuciones especiales y los cancelare ya sea total o parcialmente,

se le dispensará el pago de los intereses y multas establecidos en la Ley General Tributaria Municipal.

Art. 2.- El período de la dispensa será de tres meses a partir de la fecha que entre en vigencia esta Ordenanza.

Art. 3.- El presente decreto entrará en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en la Alcaldía Municipal de Tepecoyo, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil doce.

ANA JANET GONZALEZ SERMEÑO, MIRIAM GIRON DE GALDAMEZ,

ALCALDESA MUNICIPAL. SINDICA MUNICIPAL.

JORGE OVIDIO SOTO CASTRO, OSCAR DIAZ CABRERA,

PRIMER REGIDOR PROPIETARIO. SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.

BRENDA RAQUEL MARTINEZ HERNANDEZ, ARTURO ALEXANDER CASTELLANOS,

TERCER REGIDOR PROPIETARIO. CUARTO REGIDOR PROPIETARIO.

PEDRO ANTONIO ANGEL PERAZA, RAUL ANTONIO PINTO MARTINEZ,

QUINTO REGIDOR PROPIETARIO. SEXTO REGIDOR PROPIETARIO.

MARIO GUARDADO LEON,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F040018)

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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. DECRETO No. 2

EL CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA LA REINA; DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.

CONSIDERANDO:

I. Que en los últimos años, la economía nacional se ha visto debilitada por el incremento de los precios, propiciado por la situación económica

internacional y los fenómenos naturales que han afectado al país en diferentes momentos, repercutiendo consecuentemente en la capacidad

de pago de los contribuyentes de este municipio.

II. Que es necesario que el Gobierno Municipal promueva en los contribuyentes una cultura de pago de los tributos para disminuir el índice

de morosidad existente, tendiente a disminuir la insolvencia tributaria.

III. Que con el propósito de facilitar e incentivar a los contribuyentes o responsables el pago de sus deudas tributarias en concepto de impuestos

y tasas a favor de este Municipio, es conveniente crear un instrumento Jurídico tributario como incentivo de carácter transitorio que regule

la dispensa de intereses moratorios y multas, omitiendo su pago y beneficiándolos con esta ordenanza.

IV. Que es urgente que el Gobierno Municipal del Municipio de La Reina, incremente sus ingresos mediante el cobro de los impuestos y tasas

municipales, con el fin de mantener eficientemente la prestación de los servicios públicos, contribuyendo así al bienestar social y la seguridad

económica de sus habitantes.

V. Que al no existir en la Constitución de la República de El Salvador, ni en la legislación secundaria prohibición alguna para la dispensa del

pago de intereses o accesorios a la obligación principal, en tanto que la dispensa de intereses moratorios y multas por omitir el pago pretende

beneficiar a los contribuyentes deudores y lograr de esta manera una mayor recaudación, es procedente la aplicación de esta ordenanza

mediante el principio de lo más favorable para ellos.

VI. Que de conformidad con los artículos 203 y 204 numerales primero, tercero y quinto de la Constitución de la República; y artículo 3 numeral

3 y 5, artículo 30 numeral 4 y artículo 32 todos del Código Municipal, los municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico y en

lo administrativo; y regularán las materias de su competencia por medio de Ordenanzas Municipales.

POR TANTO:

En uso de sus facultades, este Concejo Municipal. DECRETA la siguiente:

orDENaNZa TraNSiToria Para la EXENciÓN DE iNTErESES Y MUlTaS

ProVENiENTES DE DEUDaS Por iMPUESToS Y TaSaS MUNiciPalES a faVor

DEl MUNiciPio DE la rEiNa.

TiTUlo i

caPÍTUlo ÚNico

DiSPoSicioNES GENEralES

Art. 1.- La presente ordenanza transitoria tiene como objeto permitir a los sujetos pasivos que se encuentren en mora, ya sea como contribuyentes

o responsables de la obligación tributaria de pago de impuestos o tasas en el municipio de La Reina, y solventar su situación de morosidad, las palabras

"contribuyentes" y "responsables" se entenderán conformé a la designación legal establecida en la Ley General Tributaria Municipal vigente.

Art. 2.- Se entenderán por Impuestos Municipales, aquellos tributos exigidos por el Municipio, sin contraprestación alguna individualizada.

Se consideran tasas municipales, aquellos pagos generalmente en dinero que la municipalidad de La Reina exige a los sujetos pasivos y que se

generan en ocasión de la prestación de servicios públicos municipales.

Art. 3.- Se establece que un sujeto pasivo está en mora, cuando ha omitido el pago de sus impuestos y tasas municipales, después de producido

el hecho generador.

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Art. 4.- Para efectos de brindar facilidades en el pago de Impuestos y tasas, se concede un plazo de tres meses contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, para que los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que adeudan cualquiera de estas clases de tributos al muni-cipio de La Reina, puedan acogerse a los beneficios de la presente ordenanza consistente en la exención del pago de intereses y multas que se hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas o que sean atribuibles a los contribuyentes o responsables. Los pagos pueden ser totales o parciales, siempre y cuando no excedan el período de vigencia de la presente Ordenanza.

Art. 5.- Podrán acogerse a los beneficios establecidos en el artículo anterior, las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones:

a) Aquellos que estando calificados en el registro de contribuyentes del municipio, se encuentren en situación de mora en sus impuestos o tasas por servicios públicos municipales.

b) Las personas naturales o jurídicas que se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes o responsables que lo hagan dentro de la vigencia de la presente ordenanza.

c) Los contribuyentes registrados que al entrar en vigencia esta ordenanza, hubieren suscrito planes o convenios de pago, y/o se encontraren en proceso de cobro judicial, dichos contribuyentes con convenio de pago únicamente gozarán de los beneficios establecidos en esta or-denanza respecto de las cuotas pendientes de pago a la fecha de entrar en vigencia la presente ordenanza. Los planes de pago hasta hoy suscritos deberán ajustarse al plazo de este decreto, como condición para gozar de este beneficio. Los contribuyentes deberán acogerse a los beneficios de esta ordenanza, en un plazo no mayor a su vigencia.

d) Los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que tengan establecidos sus negocios o situados sus bienes inmuebles dentro del municipio y que reciben uno o más servicios públicos municipales y que por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en el Registro de Contribuyentes.

Art. 6.- Los beneficios de este decreto cesarán de inmediato en caso de incumplimiento del plan de pago pactado con el Municipio y en conse-cuencia, se hace exigible la totalidad de la obligación para las cantidades que faltare por cumplirse.

Art 7.- Las personas naturales o jurídicas que deseen acogerse a los beneficios que establece el presente Decreto, deberán presentarse y solicitarlo a la Unidad de Administración Tributaria Municipal de La Reina, informando a su vez la forma de pago que utilizarán para cancelar la deuda.

TÍTUlo ii

caPÍTUlo ÚNico

DiSPoSicioNES TraNSiToriaS

Art. 8.- La presente ordenanza, tendrá una vigencia de noventa días y entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en la sala de reuniones del Concejo Municipal de Villa La Reina, departamento de Chalatenango, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil doce.

ROBERTO ANDRES LEMUS FLORES, MANUEL ANGEL VASQUEZ LANDAVERDE, ALCALDE MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.

JOSE ARNOLDO FLORES, OSCAR ANIBAL HERNANDEZ TEJADA, PRIMER REGIDOR PROPIETARIO. SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.

JOSE EDUARDO HUEZO AGUILAR, JOSE ANGEL RODRIGUEZ RODRIGUEZ, TERCER REGIDOR PROPIETARIO. CUARTO REGIDOR PROPIETARIO.

MIGUEL ANGEL TEJADA PONCE,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F039939)

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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. DECRETO No.2

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE NUEVA GUADALUPE, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.

CONSIDERANDO:

I- Que el Art. 204 Ordinal 5° de la Constitución de la República de El Salvador, establece que los municipios tienen Autonomía para decretar

Ordenanzas y Reglamentos.

II- Que es competencia de Municipal, la promoción y el desarrollo industrial, comercial y otros, para facilitar la formación laboral y la esti-

mulación de la generación de empleo,

III- Que en el municipio existen locales comerciales municipales que no se encuentran regulados con una normativa legal que asegure la esta-

bilidad, igualdad, y se garantice la seguridad,

IV- Que es necesario establecer una normativa legal para el buen uso y manejo de estos locales comerciales que son parte del patrimonio mu-

nicipal, y así garantizar a los habitantes una mejor cobertura, mejor servicio y mejorar la calidad.

Por tanto en uso de las facultades que le confieren los Arts. 203 - 204 de la Constitución de la República, Art. 1- 3 numerales 3, 5 y 6 - Art. 4

numerales 9, 12,17, Art. 30 numeral 4, 18, Art. 32, Art. 47, numeral 9 del código Municipal,

DEcrETa la SiGUiENTE:

orDENaNZa rEGUlaDora Para localES coMErcialES a faVor DEl MUNiciPio DE NUEVa GUaDalUPE, DEPar-

TaMENTo DE SaN MiGUEl.

Objeto.

Art.1.- El objeto de la presente ordenanza es regular el uso y funcionamiento de los locales comerciales, que se encuentran ubicados en el Parque

Central y los locales comerciales ubicados en calle principal del Barrio San Luis frente al Hospital Nacional de la ciudad de Nueva Guadalupe.

Ámbito de Aplicación.

Art.2.- La presente ordenanza se aplicará específicamente en los locales comerciales municipales existentes y los que se construyeren posterior-

mente a esta ordenanza y que estén dentro de la jurisdicción del Municipio de Nueva Guadalupe, Departamento de San Miguel.

Art.3.- Los Locales comerciales serán otorgados exclusivamente para establecer negocios, que vengan a generar competitividad en el mercado y

no se podrá utilizar para vivienda, ni para la venta de bebidas embriagantes, venta de productos alucinantes de ninguna naturaleza, así como la venta

de productos pirotécnicos, el incumplimiento a este artículo, automáticamente el contrato se dejara sin efecto y el local tendrá que ser desalojado.

Art.4.- Los Locales comerciales serán acreditados a las personas por medio de Contrato celebrado entre ambas partes: Interesado —Alcaldía

Municipal; el interesado deberá presentar la solicitud por escrito a la municipalidad, el cual contendrá las generales del interesado y la clase de negocio

que se tendrá en funcionamiento.

Art.5.- Los Locales comerciales serán otorgados a un miembro por cada familia, como política para generar empleo y fomentar la economía en

el municipio, así mismo si se verifica que una sola persona está administrando dos locales, inmediatamente serán desalojados y entregados a un nuevo

arrendatario.

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Art.6.- Para Adquirir un local comercial, el solicitante deberá ser domiciliado en el municipio de Nueva Guadalupe, el cual mostrará la evidencia

con su Documento Único de Identidad anexada a la solicitud, esto generará un mejor control de los arrendatarios y para una mejor recaudación de las

tasas por servicios correspondientes.

Art. 7.- Los arrendatarios no podrán sub arrendar los locales comerciales a terceras personas, ni alquilados; la municipalidad se reserva el derecho

de arrendar los locales en forma directa, de lo contrario el contrato se dejará sin efecto y el arrendatario será desalojado y se sancionará con dos años

que no podrá adquirir un nuevo local.

Art. 8.- Los arrendatarios de los locales comerciales especialmente los que se encuentran frente al hospital Nacional de esta Ciudad, deberán

mantener limpia el área, dejar libre el paso peatonal de la acera y no obstruir la calle para el paso vehicular, el incumplimiento a este artículo se le

sancionará con una multa de $ 10.00 y a la tercera contravención se dejará sin efecto el contrato respectivo.

Art. 9.- Modifícase y deróguese el numeral 16. Arrendamiento de muebles e inmuebles, plazas y sitios públicos, de la Ordenanza de Tasas por

servicios publicada en el D. O. No. 215 Tomo 377 Publicado con fecha 19 de Noviembre de 2007, de la siguiente manera:

16.1 Arrendamiento de locales comerciales de 0 a 26 Mts2 $ 40.00 mensual

16.2 Arrendamiento de locales comerciales de 26 a 29Mts2 $ 50.00 mensual

Al Impuesto por tasa anteriormente definido se cobrará el 5% de Fiestas Patronales

Art.10.- Los arrendatarios, serán responsables del pago de la energía eléctrica que consuman, así como el servicio de teléfono, agua y de mantener

en total limpieza.

Art. 11.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en la Sala Municipal de Convenciones de la Alcaldía Municipal de Nueva Guadalupe, Departamento de San Miguel, a los diecisiete días del

mes de mayo del año dos mil doce.

FRANCISCO BENAVIDES FUNES, LICDA. CANDIDA YANIRA CISNEROS DE SOTO,

ALCALDE MUNICIPAL. SINDICA MUNICIPAL.

PROF. WILFREDO MOLINA MARTINEZ, WILMER ALEXANDER VILLATORO MEDRANO,

PRIMER REGIDOR PROPIETARIO. SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.

PROF. ELISEO BERMUDES, LIC. LUIS MOLINA SEGOVIA,

TERCER REGIDOR PROPIETARIO. CUARTO REGIDOR PROPIETARIO.

BR. ANA CECILIA ALVARADO IGLESIAS,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F039967)

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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. DEcrETo No. DoS

El coNcEJo MUNiciPal DE ciUDaD colÓN, DEParTaMENTo DE la liBErTaD

coNSiDEraNDo:

I. Que la Constitución de la República, en su artículo doscientos cuatro, literal tercero: confiere a los Concejos Municipales la facultad de

regular las materias de su competencia;

II. Que de acuerdo al artículo cuatro, literal veintiuno del Código Municipal es competencia de los Municipios la prestación del Servicio de

Policía Municipal.

Por TaNTo:

En uso de las facultades conferidas a los Municipios por la Constitución de la República en su artículo doscientos cuatro, literal tercero y quinto,

y el Código Municipal en sus artículos tres, literal tres y cinco, artículo cuatro, literal veintiuno, y artículo trece.

DEcrETa:

Crear el CUERPO DE AGENTES MUNICIPALES, y que será conocido como CAM, que tendrá a su cargo la prestación del servicio de Policía

Municipal en el área urbana del municipio, así como en los lugares establecidos en la zona rural que el Concejo Municipal estime conveniente.

caPiTUlo i

coNcEPTo Y GENEraliDaDES

Art. 1.- El Cuerpo de Agentes Municipales (CAM), es una institución totalmente Civil dependiente del Alcalde Municipal, su duración es in-

definida, su domicilio será la Ciudad de Colón, Departamento de La Libertad, tendrá a su cargo la prestación del servicio de policía Municipal en las

áreas previamente establecidas, es la encargada de velar por el cumplimiento de Ordenanzas, Decretos y Acuerdos Municipales; tendrá además a su

cargo el resguardo del patrimonio Municipal, la recuperación y custodia de los espacios públicos, brindando un servicio visible y accesible, equitativo

y sin discriminación, contribuyendo a garantizar la prevención del delito, el orden y la tranquilidad de los ciudadanos que habitan en el municipio de

Colón a través del servicio permanente a la comunidad; basados en el principio de relación estrecha con la comunidad, realizan patrullajes por distintos

puntos de la ciudad garantizando un mínimo de seguridad ciudadana ya sea a pié, en bicicleta o en vehículo con la finalidad de tener un municipio con

bajo índice delincuencial.

Art. 2.- El Cuerpo de Agentes Municipales funcionará operativamente bajo una Dirección General y Administrativamente sus miembros depen-

derán del Señor Alcalde Municipal, con base al artículo 48, numerales 7 y 8 del Código Municipal.

Esto implica que recibirán entrenamiento, que los pone en condiciones de prestar un servicio de calidad a la ciudadanía y potenciar el trabajo

interno, la fuerza operativa del Cuerpo de Agentes Municipales (CAM), deberá desarrollar un programa de actividades mensuales realizando operativos

concentrados de tranquilidad ciudadana, realizar campañas de prevención de enfermedades, mantener programas de difusión de Ordenanzas Munici-

pales, programas preventivos en contra de la violencia y la delincuencia a través de charlas y actividades socioculturales, principalmente en centros

escolares; así como participación activa en las campañas de limpieza de ríos y quebradas del Municipio, serán preparados para atender emergencias en

diversas situaciones de desastres naturales. Estarán especializados en casos de desastres y ser una herramienta para el Comité de Emergencia Municipal

y deberán ser capacitados para intervenir en caso de desastres, rescate y recuperación de victimas, primeros auxilios entre otras actividades.

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395caPiTUlo ii

oBJETo, fUNcioNES Y aTriBUcioNES

Art. 3.- El Cuerpo de Agentes Municipales (CAM) tendrá su dirección en la Alcaldía Municipal de Ciudad Colón y estará conformado con la

cantidad de personal acorde a las necesidades y posibilidades económicas del municipio.

Art. 4.- El Cuerpo de Agentes Municipales (CAM) en el cumplimiento de su deber y desempeño de su servicio, tendrá las atribuciones que le

confieren: El Código Municipal, Las Leyes de la República que le competen en su materia, Las Ordenanzas del Municipio de Colón, Reglamentos,

Acuerdos y otras disposiciones aplicables; así como las atribuciones específicas emanadas de la presente ordenanza y otras que individualmente o en

forma conjunta con instituciones le señalen.

Art. 5.- Para el mejoramiento del servicio, el Cuerpo de Agentes Municipales (CAM), coordinará y gestionará con la Policía Nacional Civil

(PNC), capacitaciones o charlas sobre los procedimientos policiales mínimos que los Agentes Municipales deben conocer para actuar apegados a

derecho y no violentar las normas, leyes y procedimientos ya establecidos, todo con el fin de preparar y formar a todo el personal contratado.

Art. 6.- Son atribuciones del Cuerpo de Agentes Municipales:

a) Garantizar el cumplimiento de leyes municipales y mantener un sistema eficiente de vigilancia, orden y tranquilidad dentro de los bienes

inmuebles de la municipalidad.

b) Vigilar, custodiar e inspeccionar el patrimonio Municipal, tales como: los edificios y oficinas Municipales, Mercados, Cementerios, Zonas

Verdes, Zonas de Equipamiento Social, Parques Municipales, Centros de Recreación Municipal, Complejos Deportivos, y otros bienes

públicos.

c) Cumplir y hacer cumplir las leyes, ordenanzas, reglamentos y acuerdos en base a las atribuciones del Municipio, Artículo 4 del Código

Municipal, siempre y cuando no contraríen lo establecido en otras leyes.

d) Colaborar en la prestación de seguridad a espectáculos, manifestaciones públicas, marchas pacíficas y otros lugares en donde hayan aglo-

meraciones que causen riesgo a las personas.

e) Contribuir al buen funcionamiento del transporte local, las terminales de transporte de pasajeros, y los lugares de carga, siempre y cuando

no transgreda otras leyes que regulen la misma materia.

f) Prestar auxilio a la Ciudadanía en casos de accidente, catástrofe y calamidad pública.

g) Llevar a cabo inspecciones en establecimientos y negocios, a fin de determinar la actividad que realizan.

h) Hacer efectivos los acuerdos emanados por el Concejo Municipal en los casos de Cierres de Negocios.

i) Informar en el término de Ley a la Policía Nacional Civil o Fiscalía General de la República, según sea el caso, si al llevar a cabo una

inspección se constate que existe prostitución o se estuviere cometiendo cualquier otro delito.

caPiTUlo iii

DirEccioN

Art. 7.- El Cuerpo de Agentes Municipales estará a cargo de un Jefe del CAM, quien será su director y contará para el eficaz funcionamiento

institucional con la ayuda de los Agentes Municipales.

El Jefe del CAM será nombrado por el Concejo Municipal, a propuesta del Señor Alcalde, y los agentes Municipales serán nombrados por el

Alcalde Municipal.

El Régimen Disciplinario del CAM, será regulado por el Reglamento Disciplinario respectivo.

Art. 8.-Para ser Director del Cuerpo de Agentes Municipales se requiere:

a) Ser salvadoreño por nacimiento, de preferencia vivir en la jurisdicción del Municipio de Colón.

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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. b) Mayor de veinticinco años de edad

c) Ser de honradez notoria y de reconocida capacidad

d) Tener espíritu de servicio

caPiTUlo iV

DEl PErSoNal

Art. 9.- Los derechos y obligaciones del personal de Cuerpo de Agentes Municipales, serán determinados por el correspondiente Reglamento

Interno de Trabajo.

Art. 10.- En la medida que la capacidad económica del municipio lo permita y la población lo demande se incrementará el número de elementos;

los ascensos de agentes, se otorgarán por decisión del Alcalde Municipal y de conformidad a esta ordenanza, tomando en cuenta la capacidad técnica,

experiencia y antigüedad del personal.

Los Grados serán:

- Director General

En la medida que el CAM crezca en número de elementos podrá existir otros niveles inferiores que corresponderán al Señor Alcalde Municipal

nombrar en base a la experiencia y merito,

Los Grados de oficiales serán:

• Inspectores y

• Subinspectores

• Sargentos

Los Grados de tropa serán:

- Cabos, y

- Agentes

Art. 11.- El Cuerpo de Agentes Municipales por la naturaleza del servicio que brinda a los ciudadanos, es un organismo disciplinario y obediente,

sus integrantes se distinguirán por su uniforme, su insignia y equipo que será regulado de acuerdo a esta Ordenanza.

Art. 12.- La disciplina se observará rigurosamente y las órdenes proporcionadas para el cumplimiento del servicio deben cumplirse y acatarse

sin vacilaciones.

Art. 13.- La falta de obediencia, a la honestidad y a la observancia de la conducta ejemplar, serán motivos de sanción que impondrá el Director

General, conforme al reglamento respectivo.

Art. 14.- El régimen disciplinario del Cuerpo de Agentes Municipales, será regulado por el Reglamento respectivo.

caPiTUlo V

DEl EQUiPo

Art. 15.- El Cuerpo de Agentes municipales está obligado por la ley a proteger y resguardar la integridad física de los empleados, así como

también los bienes e instalaciones de esta municipalidad y de la población del Municipio en general cuando sea necesario.

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395El equipo a utilizar es el siguiente:

ARMAS DE FUEGO Y OTROS EQUIPOS

• Revolver, pistola, escopeta 12

• Esposas (para captura)

• Bastón

• Gas pimienta

• Cinturón especial con porta accesorios

• Bicicleta y/o vehículos automotores

• Equipos de Comunicación y otros según sea la necesidad.

La dotación de cartuchos necesarios para cada tipo de arma será responsabilidad del Concejo Municipal a través de la unidad correspondiente.

Art. 16.- El arma de fuego y demás equipo deberán portarse sólo cuando se esté prestando el servicio, a menos que un agente sea solicitado de

urgencia por el Alcalde Municipal o su Jefe respectivo para el desempeño de sus actividades laborales.

Art. 17.- No se dotará de arma de fuego a ningún miembro del CAM, sin que haya recibido las capacitaciones y adiestramiento en el manejo del

arma; exigidos por la ley.

Art. 18.- El Uniforme que utilizarán los miembros del Cuerpo de Agentes Municipales, será de la siguiente manera

TraJE oficial,

√ Camisa color Celeste, manga corta, con escarapela del CAM en la manga, y escudo del municipio

√ Pantalón color Azul / Negro, estilo Comando

√ Zapatos, Botas jungla color negro

√ Gorra con visera color azul

La camisa y/o gorra llevarán estampado, bordado o pegado el escudo del municipio como distintivo específico de otros cuerpos de agentes.

Y otro tipo de uniforme que el Concejo Municipal designe, acorde a la ocasión, como pueden ser uniforme de gala o de turismo.

caPiTUlo Vi

DE loS rEcUrSoS

Art. 19.- Los bienes que por cualquier tipo adquiera la UACI para el CAM, entrarán a formar parte del patrimonio Municipal y se incluirán en

el inventario respectivo. Esta unidad tendrá su propio presupuesto, aunque dichos recursos deberán desembolsarse del Fondo Municipal, estos fondos

serán asignados previa aprobación del Concejo Municipal.

Art. 20.- El Cuerpo de Agentes Municipales, a través del Director General deberá Presentar Anualmente al Alcalde Municipal y/o Concejo

Municipal su Plan de Acción y Presupuesto a más tardar el 20 de septiembre de cada año, para que sea discutido y posteriormente aprobado, sino se

concede la aprobación del presupuesto en dicha fecha, el CAM podrá operar con el presupuesto anterior.

Art. 21.- Los presupuestos serán anuales, se iniciará el primero de enero y finalizará el treinta y uno de diciembre de cada año.

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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. Art. 22.- Los ingresos que se perciban en concepto de multas ingresarán siempre al Fondo Municipal de la Alcaldía.

caPiTUlo Vii

aUDiToria Y fiScaliZaciÓN

Art. 23.- El Auditor Interno, será el encargado de ejercer un control eficaz en cuanto a las operaciones que realice el Cuerpo de Agentes Muni-cipales. Este revisará y dará cuentas detalladas de las operaciones que éstos realicen al señor Alcalde Municipal y su Concejo.

Art. 24.- La inspección y vigilancia del Cuerpo de Agentes Municipales será ejercida por el señor Alcalde Municipal el cual podrá solicitar la colaboración de otras unidades pertinentes, y de la Corte de Cuentas de la República.

Art. 25.- El Cuerpo de Agentes Municipales será Auditado las veces que el señor Alcalde y el Concejo Municipal lo estimen conveniente; este cuerpo será auditado por un Auditor Interno, o en su defecto el Auditor mediante el Plan de Trabajo para tareas de fiscalización.

caPiTUlo Viii

DiSPoSicioNES fiNalES

Art. 26.- Cualquier reforma a esta Ordenanza requerirá un nuevo decreto emitido por el Concejo Municipal.

Art. 27.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en el salón de sesiones de la Alcaldía Municipal de Colón, a los quince días del mes de mayo de dos mil doce.

SR. GUILLERMO GONZALEZ HUEZO ING. ELMER ERNESTO CARBALLO GUERRERO ALCALDE MUNICIPAL SINDICO MUNICIPAL

LIC. IRIS GUADALUPE MARIONA BARRERA SR. OSWALDO ERNESTO SANCHEZ TOBAR PRIMERA REGIDORA PROPIETARIA SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO

LIC. MARTA RUTH LAZARO ROBLES PROF. JOSE LUIS ERNESTO SANCHEZ TERCERA REGIDORA PROPIETARIA CUARTO REGIDOR PROPIETARIO

SR. JOSE LUIS HERNANDEZ BARRERA SR. MIGUEL ANGEL HUEZO VASQUEZ QUINTO REGIDOR PROPIETARIO SEXTO REGIDOR PROPIETARIO

SRA. MARIA DEL CARMEN PAIS DE CLAVEL LIC. MARIA OLIMPIA MARTINEZ ZELAYA SEPTIMO REGIDOR PROPIETARIO OCTAVA REGIDORA PROPIETARIA

SR. RAFAEL ENRIQUE ORELLANA CHAVEZ SR. DANIEL ENRIQUE BONILLA RIVERA NOVENO REGIDOR PROPIETARIO DECIMO REGIDOR PROPIETARIO

DR. HECTOR ALCIDES RUGAMAS MELENDEZ SR. MARVIN ALEXANDER GALVEZ CISNEROS DECIMO PRIMER REGIDOR PROPIETARIO DECIMO SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO

ANTE MI:

LICDA. SANDRA CAROLINA GARCIA DURAN

SECRETARIA MUNICIPAL

(Registro No. F040020)

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395ESTaTUToS DE la aSociacioN DE DESarrollo

coMUNal "Mi rEcUPEracioN" (aDESco-Mir)

DEl caSErio laS florES, caNToN El BraZo,

JUriSDiccioN Y DEParTaMENTo DE SaN MiGUEl.

NaTUralEZa, DENoMiNacioN, DUracioN

Y DoMicilio

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el

Código Municipal, la Ordenanza Municipal respectiva, estos Estatutos

y demás disposiciones legales aplicables.

Estará al servicio de la comunidad de su domicilio, para el desa-

rrollo de los Planes, Programas y Proyectos de interés social, cultural y

económico y será una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa y de

carácter democrático.

La Asociación se denominará: Asociación de Desarrollo Comunal

"MI RECUPERACION" Jurisdicción y Departamento de San Miguel,

la que se podrá abreviar (ADESCO-MIR), y que en estos Estatutos se

denominará LA ASOCIACION.

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefinido,

sin embargo podrá disolverse y liquidarse por los casos previstos por

las leyes de la materia.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será en Caserío Las Flores,

del Cantón El Brazo, Jurisdicción y Departamento de San Miguel.

fiNES

Art. 4.- La Asociación tendrá como fines el desarrollo humano y la

obra productiva y física que proyecte la Asociación. Para ello deberá:

a) Promover el progreso del Caserío Las Flores, Cantón El

Brazo, juntamente con organismos públicos y privados, que

participen en los correspondientes programas.

b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua en

los Asociados, entre los vecinos, sus grupos y comunidades

circunvecinas.

c) Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas en

la mayor integración de sus miembros y la mejor organización

de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación y

promoción social, a fin de contribuir al mejoramiento de la

organización de la comunidad, la administración de proyectos

sociales, económicos y la elevación de niveles educativos

promoviendo la superación en todos los niveles.

e) Trabajar en el establecimiento y mejoramiento de los servi-

cios básicos de la comunidad con el equipamiento y medios

indispensables para solucionar los distintos problemas que

existen en la misma.

f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de

la comunidad para el desarrollo de la misma, a través de la

ayuda mutua y el esfuerzo propio a fin de complementar las

obras que se consideren en el respectivo Plan de Trabajo y

otras que de emergencia surjan.

g) Incrementar las actividades a nivel comunal, a fin de obtener

recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento

de la comunidad.

h) Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos,

haciéndoles participar responsablemente en el desarrollo

local.

i) Promover la incorporación de la mujer al proceso de desarrollo

de la comunidad.

j) Realizar diversos proyectos y actividades que generen ingresos

económicos y servicios sociales a la comunidad.

k) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional

en cuanto a la determinación de proyectos, en la obtención

de recursos comunales, gubernamentales, etc.

METaS

Art. 5.- La Asociación tendrá como meta, las especificadas en el

plan local de desarrollo comunal aprobado por el Concejo Municipal de

San Miguel, de acuerdo a las siguientes áreas: Organización, capacitación,

salud, mejoramiento de infraestructura básica, agropecuaria, vivienda,

industria, trabajo, recreación, educación y serán desarrolladas por medio

de ejecución de proyectos y actividades de interés de los asociados y la

comunidad.

SocioS: caliDaD, DErEcHoS Y DEBErES

Art. 6.- Los Socios podrán ser:

a) Activos.

b) Honorarios.

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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo

cuando provengan de Asociaciones Juveniles el requisito de edad antes

mencionado será de quince años.

SocioS acTiVoS

Todas las personas que reúnan los requisitos señalados en el inciso

anterior, dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o en

unidades vecinales colindantes inmediatas, podrán afiliarse mediante

procedimiento determinado por la Asamblea General.

SocioS HoNorarioS

Son aquellas personas a quienes la Asamblea General por su

iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva les conceda tal calidad en

atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la

Asociación.

Art. 7.- Son deberes y derechos de los Socios Activos.

DErEcHoS

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Presentar mociones y sugerencias en Asambleas Generales

celebradas por la Asociación.

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo

solicitaren por escrito.

d) Elegir y ser electo para cargo de la Junta Directiva.

e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al

incremento del número de miembros de la Asociación.

f) Participar en la administración y fiscalización de la Asocia-

ción.

DEBErES

a) Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que

se le encomiende.

b) Cumplir los acuerdos de la Asociación, siempre que se tomen,

conforme a las leyes, Reglamentos y estos Estatutos.

c) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General,

previa convocatoria en forma escrita.

d) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de la

Junta General y Junta Directiva, siempre que estén relacio-

nados con los fines de la Asociación.

e) Ademas es de mencionar, que corresponde un voto a cada

Asociado, sin que pueda haber representación de un Asociado

por otro, salvo autorización previa de la Junta Directiva.

Art. 8.- Los Socios Honorarios gozarán de los derechos que la

Asamblea General les otorgue.

GoBiErNo DE la aSociacioN

Art. 9.- El gobierno de la Asociación será ejercido por la Asam-

blea General, que será la máxima autoridad de la Asociación y la Junta

Directiva será el órgano ejecutivo y estará integrado por el número de

miembros que determinen estos Estatutos.

a) la aSaMBlEa GENEral

Art. 10.- La Asamblea General la componen los socios y se instalará

con la mayoría de los Socios Activos, pudiendo haber representación de

socios, pero cada socio no podrá llevar más de una representación.

Las resoluciones se acordarán por mayoría de votos, salvo en lo

referente a la disolución de la Asociación.

Art. 11.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente dos veces

al año con intervalos de seis meses y Extraordinariamente cuando sea

convocada por la Junta Directiva, por iniciativa propia o a solicitud de

siete socios.

Art. 12.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los

asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, en

las Asambleas Generales Extraordinarias, sólo se tratarán los asuntos

comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos

no comprendidos en la agenda, será nula.

Art. 13.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o

Extraordinaria, se hará por medio de un aviso escrito, con cuatro días

de anticipación para las primeras (Ordinaria) y con ocho horas para las

segundas (Extraordinarias) indicándose en las mismas el lugar, día y hora,

en que han de celebrarse. Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora

después de la señalada con los Asociados que concurran, en este último

caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para aquellos

que legalmente convocados no asistieron.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado

financiero de la Asociación.

c) Destituir total o parcialmente por causa justificada a los

miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos, así

mismo retirará la calidad de miembros de la misma a los

que hubieren renunciado, fallecido o perdido su calidad de

socio.

d) Pedir a la Junta Directiva, los informes que crea convenien-

te.

e) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que

sean necesarios.

f) Acordar la petición de la personalidad jurídica y aprobación

de estos Estatutos al Concejo Municipal respectivo, por medio

del representante legal de la Asociación.

g) Otorgar la calidad de Socios Honorarios.

h) Aprobar la suspensión definitiva de los socios.

i) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo Presupues-

to.

j) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamentos

que se dicten.

B) PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DE ASO-

CIADOS Y DIRECTIVOS

Art. 15.- Los Miembros de la Asociación podrán ser retirados de

ella por acuerdo de la Junta Directiva tomado por mayoría de votos, y

previa audiencia del interesado, por infracciones al Código Municipal,

Ordenanza Municipal y estos Estatutos. Se considera además como

causales de retiro o expulsión los siguientes:

a) Mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave

para la Asociación.

b) Negarse sin motivo justificado a desempeñar los cargos de

elección o comisiones que le encomiende la Asociación

general o la Junta Directiva.

c) Promover actividades políticas, religiosas, o de otra naturaleza

que vayan en perjuicio de la Asociación.

d) Obtener por medio fraudulento beneficio de la Asociación,

para sí o para terceros.

e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-

ción.

Art. 16.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva

nombrará una Comisión de tres de sus miembros, para que investigue

los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones que el supuesto

infractor exponga en su defensa, resolverá.

En caso de suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá el

procedimiento a que se refiere el inciso anterior; pero en este caso, la

Asamblea General resolverá sobre la suspensión acordada y se nombrará

a los sustitutos.

Art. 17.- Sobre el retiro de Asociados y sobre la suspensión temporal

decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso

de revisión ante la misma, dentro del tercer día de la notificación.

De las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún

recurso.

Art. 18.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asamblea

General, podrán ser suspendidos en forma temporal o definitiva, según

la gravedad del caso.

La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por la

Asamblea General y la suspensión temporal, por la Junta Directiva.

Art. 19.- En caso de que la Junta Directiva, dentro del plazo de

diez días de conocida la infracción, no procede a dar cumplimiento a

los artículos anteriores, un número de ocho Asociados, por lo menos,

podrá pedir al Concejo Municipal correspondiente, que se le autorice:

1.- Para nombrar entre los mismos la comisión investigadora,

y

2.- Para que ésta convoque a la Asamblea General, que con-

cederá la suspensión en base a los informes de la comisión

investigadora. El mismo procedimiento anterior se seguirá

cuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre la

suspensión temporal o definitiva de toda la Junta Directiva o

cuando por tratarse de un número considerable de miembros,

los que quedan no pueden o no inicien el procedimiento dentro

del plazo que establece el inciso anterior.

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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. En todos los casos de este artículo, será la Asamblea General la que

resolverá sobre tal suspensión temporal o definitiva de los miembros y en

la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de

la suspensión o por el resto del período de los directivos suspendidos.

c) JUNTa DirEcTiVa

Art. 20.- La Junta Directiva estará integrada por siete miembros

propietarios electos en Asamblea General y cinco Vocales por votación

nominal o pública ya sea por cargos separados o en planilla, en todo

caso, la nominación de los cargos será la siguiente: Presidente, Vice-

presidente, Secretario, Prosecretario, Tesorero, Protesorero, Síndico y

cinco Vocales.

Los cargos serán adhonorem; sin embargo, cuando el socio o direc-

tivo trabaje en actividades oficiales para la Asociación, podrá otorgársele

una retribución convencional o cuando por el volumen de trabajo o las

circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de la Asamblea General.

Art. 21.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente por lo menos

una vez al mes, y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario, previa

convocatoria que haga el Presidente o en su defecto por lo menos dos

de los miembros de la Junta Directiva.

Para que la sesión sea válida deberá concurrir por lo menos ocho

de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos.

En caso de empate, el presidente o el que haga sus veces tendrá

voto de calidad.

Art. 22.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar el proyecto de Estatutos de la Asociación y propo-

nerlos a la Asamblea General.

b) Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conforme

a la ley.

c) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran

con el desarrollo comunal el Plan de Trabajo y el Presupuesto

correspondiente.

d) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación, encauzar

su mejor organización y desenvolvimiento.

e) Convocar a la Asamblea General a reuniones Ordinarias o

Extraordinarias.

f) Vincularse con las Organizaciones del Estado las Municipa-

lidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar

en la región el proyecto de desarrollo comunal.

g) Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento,

ejecución, y evaluación de los programas y proyectos de

mejoramiento de la comunidad.

h) Informar periódicamente a la Asamblea General de las ac-

tividades que se desarrollan y presentarle el Plan Anual de

Trabajo y el Presupuesto respectivo de informar igualmente

a los organismos que cooperaron en el desarrollo de sus

programas de trabajo.

i) Velar que el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la

consecución de sus fines.

j) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos

de la Asociación.

k) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los

afiliados.

l) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones

emanadas de la Asamblea General y las que crean convenientes

dictar.

m) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales

no previstas en los Estatutos.

n) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea

General en la sesión Ordinaria anual sus actividades de

trabajo.

ñ) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes

correspondientes y estos Estatutos.

Art. 23.- El Presidente de la Junta Directiva presidirá y dirigirá

las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva, autorizando

con su firma los acuerdos que emanen de las mismas y coordinará las

actividades de la Asociación.

Art. 24.- El Vicepresidente, colaborará con el Presidente, lo sustituirá

en los casos de ausencia o de impedimento de éste y todo lo demás que

fuese concerniente a actividades comunales.

Art. 25.- El Secretario, será el órgano de comunicaciones de la

Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma; además

tendrá a su cargo los libros de actas de sesiones que celebren la Asamblea

General y la Junta Directiva y todo lo demás que fueren pertinentes.

Art. 26.- El Prosecretario, colaborará con el Secretario en todo

lo concerniente a sus funciones lo sustituirá en casos de ausencia o

impedimento de éste.

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Art. 27.- El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes de la

Asociación y llevará los libros de contabilidad o cuentas de la misma.

Se encargará así mismo que se hagan efectivos los créditos a favor

de la Asociación, y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del

estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asociación

y de los emolumentos si los hubieren, y en todo caso serán autorizados

los pagos por el Secretario y con el Visto Bueno del Presidente de la

Asociación.

Todos los fondos serán depositados en una Institución Bancaria o

Crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación,

debiendo registrar las firmas del Tesorero, el Presidente y el Síndico de

la Asociación.

Art. 28.- El Protesorero, colaborará con el Tesorero en todo lo

concerniente a sus funciones, lo sustituirá en casos de ausencia o impe-

dimento de éste.

Art. 29.- El Síndico, tendrá la responsabilidad judicial y extrajudicial

de la Asociación y el uso de la Personalidad Jurídica, quien para com-

parecer en juicios escrituras, contratos, actas notariales y otros, deberá

ser autorizado por la Junta Directiva, quien lo legitimará mediante la

certificación del punto de acta que lo autoriza.

A falta del Síndico, fungirán los Vocales en su orden autorizados

en sesión de Junta Directiva, además, velará por el estricto cumplimiento

del Código Municipal, la Ordenanza respectiva, así como los presentes

Estatutos y las leyes de la materia y los demás acuerdos tomados por la

Asamblea General y la Junta Directiva.

Art. 30.- Los Vocales, colaborarán con la Junta Directiva en la

medida que ésta lo considere necesario; en todo caso, sustituirán a los

miembros de la Junta Directiva que faltaren.

Art. 31.- En caso de suspensión temporal, la Junta Directiva llamará

y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure la suspensión.

Art. 32.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un

período de dos años y sólo podrán ser reelectos en forma consecutiva

para un período más.

PaTriMoNio DE la aSociacioN

Art. 33.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten

los Socios Activos y será de cincuenta y siete centavos de

dólar mensuales.

b) Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias, do-

naciones, legados etc., que provengan de diversas fuentes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada

para hacer llegar fondos a la Asociación.

d) El valor de los intereses que devenguen los créditos otorgados

a los Asociados, serán fijados por la Asamblea General, a

propuesta de la Junta Directiva; pero en todo caso, este interés

deberá ser menor que el estipulado por el sistema bancario

nacional.

e) El valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes

muebles e inmuebles de propiedad de la Asociación; serán

aprobados por la Asamblea General, a propuesta de la Junta

Directiva; pero en ningún caso eximirá de estos pagos el

hecho de ser Asociado.

f) Los bienes muebles e inmuebles que formen el patrimonio

no podrán ser enajenados en garantía, vendidos, alquilados o

prestados sin autorización previa de la Asamblea General.

Art. 34.- La Asociación cuenta hoy con fondos líquidos en efectivo,

provenientes de diversas actividades realizadas por la comunidad.

Art. 35.- De las utilidades netas obtenidas al final del ejercicio

administrativo por la Asociación, se aportará el cinco por ciento por lo

menos, para formar un Fondo de Reserva para incrementar el capital

bancario a nombre de la misma.

La Asociación llevará un libro especial de registro de capital, en

el que deberá expresarse todo aumento y disminución del mismo.

La Asociación para poder desarrollar sus fines sociales y de obras

físicas, siempre que conduzca a operaciones canalizadas a través de

recursos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la Asamblea

General y autorizada por la Junta Directiva, específicamente para el acto

en que comparezca el representante de la Asociación.

En todo caso, se establecerán los controles contables necesarios para

el efectivo control de fondos propios o procedentes de fuentes externas

en los distintos programas y proyectos que se desarrollen. -

Art. 36.- Si al final de cada ejercicio administrativo anual (enero

a diciembre) se obtuvieren ganancias, la Junta Directiva, propondrá

a la Asamblea General los proyectos en los que pueden ser aplicadas

dichas ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el Fondo

de Reserva,

Art. 37.- En caso de disolución, si después de pagada las obligaciones

hubiere un remanente, el Concejo Municipal lo destinará a Programas

de Desarrollo Comunal, a realizarse en el Caserío Las Flores, Cantón

El Brazo, del domicilio de la Asociación y mientras no se realice su

inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal.

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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. DiSolUcioN DE la aSociacioN

Art. 38.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión

Extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de dos terceras

partes de los socios de la misma, por motivos que el Código y Ordenanza

Municipal, estos estatutos y las demás leyes de la materia establecen.

DiSPoSicioNES GENEralES

Art. 39.- La Asociación llevará sus libros de registro de afiliados,

actas de Asambleas Generales, actas de Junta Directiva, registro finan-

ciero y registro de inventario; todo foliados y sellados con una razón de

apertura que contenga el objeto del libro, su número de hojas y luego

al terminarse el libro se pondrá su razón de cierre, la cual deberá estar

firmada y sellada por el Secretario de la Junta Directiva.

Art. 40.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo

Municipal durante los primeros quince días posteriores a la elección, la

nómina de la nueva Junta Directiva; durante los primeros quince días

del año, la nómina de los Asociados, informe de las sustituciones de

los miembros de la Junta Directiva, cuando sean de forma definitiva y

cualquier otro dato relativo a la Asociación, dentro de los treinta días

posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al

Concejo Municipal, su Plan de Trabajo.

Art. 41.- Para la modificación del acta de constitución y los pre-

sentes Estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la

constitución e inscripción de la Asociación.

Art. 42.- Los casos no contemplados en estos Estatuto, serán

resueltos en Asamblea General de Socios.

Art. 43.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia, ocho días

después de su publicación en el Diario Oficial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE

SAN MIGUEL, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.

CERTIFICA: Que a página ochenta y siete y siguientes del libro

de actas y acuerdos que el Concejo Municipal llevó durante el año mil

novecientos noventa y cinco, se encuentra el preámbulo y Acuerdo

que en lo conducente dice: Acta número treinta y ocho. Sesión Ex-

traordinaria celebrada por el Concejo Municipal de San Miguel, a las

dieciocho horas del día veintisiete de septiembre de mil novecientos

noventa y cinco. Convocada y presidida por el señor Alcalde Municipal

Titular, Martín Francisco Antonio Zaldívar Vides, con la presencia de

los demás miembros del Concejo; Síndico Municipal: Jaime Amílcar

Gómez Varela, de los Regidores Propietarios: del primero al doceavo

respectivamente señores: Pablo Avelar Lizama, Herbert Jesús Platero,

José Adolfo Morataya Romero, José Angel Díaz Rivera, Wilson Anto-

nio Galeas Pacheco, René Guillermo Solís Jiménez, Daniel Martínez

Miranda, Mauricio Zelaya, Luis Ernesto Herrera González, Francisco

Meza Trejo, Raúl Alfredo Pacheco Guevara, René Fredy Benítez; de

los Regidores Suplentes: del primero al cuarto señores: Elva Argentina

Hernández, Cecilia del Carmen Romero de Melgar, José Nelson Acosta

Zelaya, Ángel Mauricio Ayala Chicas, con la presencia del Secretario

Municipal Miguel Ángel Manzano Castillo. Se dio inicio a la sesión

por medio de la lectura del acta anterior, la que fue aprobada sin modi-

ficaciones. Seguidamente se conoció la agenda a tratar considerando y

resolviendo lo siguiente: Acuerdo número nueve. Vistos los Estatutos de

la Asociación de Desarrollo Comunal "Mi Recuperación" que se abrevia

ADESCOMIR, fundada en el Caserío Las Flores, del Cantón El Brazo, de

esta Jurisdicción; que constan de 43 ARTICULOS y no encontrando en

ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la República, al orden

público, ni a las buenas costumbres; de conformidad con el artículo 30

numeral 23 y 119 del Código Municipal, este Concejo ACUERDA:

Aprobarlos y conferirle a dicha Asociación el carácter de Persona Jurí-

dica. Comuníquese. No habiéndose más que hacer constar se termina la

presente que firmamos. M. F. Zaldívar h.- J. G.- P. A. Avelar.- H.

Jesús. P.- J. A. R. Morataya.- J. A. Díaz- W. A. P. R. Sol.- D. Mart.- M.

Zelaya.- L. H. González.- F. Meza. T.- R. A. Pacheco.- R. Benítez.- E.

A. Hernández.- C. Romero.- Jonel Acosta.- A. M Y. Ch. - Manzano. C.

Srio. "RUBRICADAS".

ES CONFORME: Con su original con el cuál se confrontó y para

los efectos legales consiguientes, se expide la presente en la Alcaldía

Municipal: San Miguel, dieciséis días del mes de febrero de dos mil

once.

MOISES ALCIDES GONZALEZ,

REGIDOR AUTORIZADO PARA FIRMAR,

LIC. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F039978)

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395ESTaTUToS DE la aSociaciÓN coMUNal DE

acUEDUcTo TriNiDaD DE la coloNia

MilaGroSa NUMEro UNo, MUNiciPio DE

NaHUiZalco, DEParTaMENTo DE SoNSoNaTE.

caPiTUlo i

DE la coNSTiTUciÓN Y DoMicilio

Art. 1.- Se constituye la Asociación de Acueducto, denominada

"LA ASOCIACIÓN COMUNAL DE ACUEDUCTO TRINIDAD".

Que podrá abreviarse A.C.A.T. que de aquí en adelante se denominará

la ASOCIACIÓN y estará integrada por los beneficiarios y usuarios

del servicio de Agua Potable, será, regulada por el Código Municipal

y demás disposiciones aplicables, tendrá su domicilio legal en Colonia

Milagrosa Número Uno, Municipio de Nahuizalco, Departamento de

Sonsonate y desarrollará sus actividades en Colonia antes menciona-

da.

caPiTUlo ii

DE la NaTUralEZa, oBJETiVoS Y PlaZoS

Art. 2.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, no lucrativa de

carácter democrático, no religioso y tendrá por objetivos los siguien-

tes:

a) Velar por un proceso de participación activo de sus

Miembros(a) con el fin de lograr la sostenibilidad económica

en la administración del acueducto.

b) Mejorar el nivel de vida de toda la Comunidad usuaria y de

su grupo familiar, dirigido este esfuerzo a controlar y dismi-

nuir todo tipo de enfermedades de origen y de transmisión

hídrica, a través de la dotación de Agua adecuada para el

consumo humano, reduciendo en esto la tasa de mortalidad

de la Comunidad usuaria.

c) Velar por el buen funcionamiento del servicio de agua

potable en las Comunidades beneficiarias.

d) Velar por el mejoramiento de acueducto y servicio permanen-

te, mediante una administración eficiente y transparente.

e) Motivar a la Comunidad usuaria a participar en el estudio

y análisis de los problemas y necesidades en relación a la

administración y manejo del servicio de Agua Potable.

f) Trabajar en forma armónica con los planes de desarrollo local

y regional, especialmente cuando se trate de programas que

conlleven el beneficio de los habitantes de la localidad.

g) Fomentar la adecuación utilización del servicio de aguas, con

fines domésticos y brindar las recomendaciones pertinentes

a fin de que se haga buen uso del recurso agua.

h) Coordinar y colaborar con las instancias correspondientes

relacionadas, con el saneamiento ambiental, a fin de mejorar

las condiciones de salud de la Comunidad, tales como Alcal-

día Municipal, Ministerio de Salud Pública y Ministerio del

Medio Ambiente.

PlaZo

Art. 3.- El Plazo de la Asociación es por tiempo indefinido sin

embargo podrá disolverse y liquidarse por cualquiera de las causales

previstas en estos Estatutos.

caPiTUlo iii

DE loS aSociaDoS (aS)

Art. 4- Los Asociados(as) podrán ser:

a) Los fundadores(as)

b) Activos(as), y

c) Honorarios(as)

Tendrán la calidad de Asociados (as) Fundadores, todos los Miem-

bros (as) de la comunidad que firmaron el Acta de Constitución de la

Asociación.

Son Asociados (as) Activos (as) quienes obtengan su ingreso a la

Asociación posteriormente a la de constitución y que participan con voz

y voto.

En todas las actividades que ésta organice. La Asamblea General

a propuesta de la Junta Directiva podrá conceder la calidad de Asocia-

do Honorario a aquellas personas naturales, jurídicas que realizan una

destaca labor dentro de la Comunidad o de un aporte significativo a la

Asociación.

Art. 5.- Para ser Asociado (a) Activo (a) deberán observarse los

siguientes requisitos:

a) Tener como mínimo dieciocho años de edad;

b) Residir en la Comunidad y vecinos a ésta;

c) Haber colaborado en la construcción de acueducto con su

aporte económico y de mano de obra;

d) Ser de notoria buena conducta y no tener intereses opuestos

a los de la Asociación;

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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. Art. 6.- Las personas interesadas en ingresar a la Asociación de-

berán solicitarlo en forma verbal y por escrito a la Junta Directiva. La

Junta Directiva al comprobar que el o la solicitante reúne los requisitos

establecidos en el Artículo anterior, aprobará por medio de acuerdo su

ingreso.

Art. 7.- Cuando la Junta Directiva por acuerdo en Asamblea apruebe

una solicitud de ingreso a la Asociación y de uso de servicio la persona

beneficiaria deberá cancelar los derechos correspondientes de ingreso,

los demás requisitos que aquí se establecen y la Secretaria de Agua,

procederá la incorporación y conexión del servicio.

DEl rEGiSTro DE USUario (aS)

Art. 8.- La Junta Directiva deberá establecer el Registro de usuarios

(as) en un libro autorizado por la Alcaldía Municipal, en el cual asentará a

todos los asociados (as), Fundadoras, Activas y Honorarias; beneficiarias

del servicio de Agua Potable. En el Registro se inscribirá: El nombre,

edad, ocupación domicilio, Número de Carné de Minoridad o Documento

Único de Identidad según el caso; u otro documento de identificación,

la fecha de ingreso y los demás datos que la Junta Directiva considere

necesarios.

DErEcHoS DE loS aSociaDoS USUarioS

Art. 9.- Son Derechos de los Asociados Usuarios:

a) Participar en la administración y fiscalización de la Asocia-

ción.

b) Participar con voz y ejercer el voto en las Asambleas Generales,

el voto podrá ser público o secreto, la Asociación se regirá

por el principio de las mayorías, correspondiendo a un voto

cada Miembro(a), sin que pueda haber representación de un

Asociado(a) por otro, salvo el caso de Asamblea General de

Delegados.

c) Proponer y ser electo para desempeñar cargos en los orga-

nismos de dirección de Asociación.

d) Gozar de los beneficios que conlleva los planes, programas

y proyectos de mejoramiento de saneamiento ambiental que

se realice por iniciativa de la Asociación.

e) Solicitar y obtener los organismos de dirección de la Aso-

ciación, información sobre la administración financiera,

funcionamiento del sistema y de la ejecución de los progra-

mas y proyectos, así como, el mejoramiento de servicios de

Agua.

f) Aceptar cualquier comisión ya sea para gestionar o realizar

trabajos o actividades en beneficio de los usuarios o asocia-

ción.

g) Solicitar a la Junta Directiva la realización de Asambleas

Generales Extraordinarias, para tratar asuntos de importancia

para los usuarios;

h) Retirarse voluntariamente de la asociación;

i) Presentar mociones y sugerencias a la Asamblea General.

j) Todos los demás que les confieren estos Estatutos, el Regla-

mento Interno y otras disposiciones pertinentes.

DEBErES DE loS aSociaDoS USUarioS

Art. 10.- Son deberes de los Asociados Usuarios:

a) Asistir con puntualidad a las Sesiones de Asamblea General

previa convocatoria en legal forma.

b) Participar en las actividades de la Asociación.

c) Cumplir con honradez los cargos y funciones que se les

encomienda.

d) Estar solvente con las cuotas mensuales por servicio de Agua

potable que apruebe la Asamblea General.

e) Cumplir y velar porque se cumplan las disposiciones de la

Asamblea General y la Junta Directiva según su competen-

cia.

f) Contribuir con su esfuerzo personal al desarrollo sostenible

de la Asociación.

g) Abstenerse de acciones u omisiones que puedan afectar la

armonía, la estabilidad económica y financiera así como

también los intereses y el prestigio de la Asociación.

h) Conservar los bienes e infraestructura del acueducto propiedad

de la Asociación.

i) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en los Estatutos, el

reglamento especial para la Administración y manejo del

sistema Agua y demás disposiciones pertinentes.

Art. 11.- La calidad de asociados(a) usuarios(a) se pierde por

renuncia expresa del mismo, y por fallecimiento, pudiendo sucederle su

cónyuge o en su caso su descendiente más próximo; y por las causales

siguientes:

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 a) Mala conducta que ocasione perjuicio a la Asociación o la

Comunidad;

b) Negarse a abandonar sin causa justificada el desempeño del

cargo que por elección de Asamblea General haya aceptado

y;

c) Por el incumplimiento de estos Estatutos, el Reglamento

Interno y de las disposiciones de la Asamblea General y de

la Junta Directiva, siempre que estén relacionados con las

atribuciones de la Asociación.

Art. 12- Cuando un Asociado (a) incurra en alguna de las causales

establecidas en el artículo anterior, será expulsado de la misma, por

acuerdo de Asamblea General a iniciativa de la Junta Directiva. Si el

Asociado(a) tiene pruebas de descargo las presentará a la Asamblea

General para que se considere el fallo.

caUSaS DE SUSPENSiÓN DE USUario

Art. 13.- La Junta Directiva podrá acordar suspensión del servicio

de agua a un usuario (a) por las siguientes causales:

a) Por insolvencia del pago de tres cuotas establecidas por la

Asamblea General.

b) Por incumplimiento de los presentes Estatutos, Reglamento

Especial por la administración y manejo del sistema aguas,

disposición de la Asamblea General y Junta Directiva.

c) Cuando su conducta y permanencia en la Asociación sea

nociva para los demás usuarios Miembros de la misma.

d) Cuando por medios fraudulentos obtenga beneficios de la

administración y del servicio de agua, para sí, o para ter-

ceros. Únicamente la Asamblea General podrá acordar la

cancelación definitiva de los (a) usuario(a) y corte definitivo

del servicio.

ProcEDiMiENToS Para la SUSPENSioN

Art. 14.- El órgano encargado de imponer las sanciones será la Junta

Directiva, en conocimiento de que un usuario (a) ha incurrido en alguna

de las causales de suspensión, en reunión acordará notificar al infractor

(a) y en audiencia dará la oportunidad de defensa quien en el plazo de

setenta y dos horas siguientes a la notificación expondrá su situación.

Habiendo hecho uso o no, de su derecho a defensa; la Junta Directiva

de la Asociación resolverá sobre la suspensión o no del servicio de agua;

y dentro de los tres días siguientes de finalizado el plazo.

Concedido al usuario infractor y se le notificará la Resolución.

Teniendo expedito el derecho de apelar ante la Asamblea General de la

Asociación quien resolverá si ratifica o deja sin efecto la sanción.- En

caso de que el (la) usuario (a) infractor fuere miembro de los órganos

de dirección, será reemplazado durante el tiempo que falte para cumplir

el periodo para el que fue electo.

caPiTUlo iV

El GoBiErNo DE la aSociacioN

Art. 15.- El gobierno de la Asociación estará constituido por:

a) La Asamblea General;

b) Junta Directiva y

c) Consejo de Vigilancia.

El periodo de Funciones de los Miembros de la Junta Directiva y

de los Miembros del Consejo de Vigilancia será de dos años, a partir

del Acuerdo Municipal en el que se otorga la Personalidad Jurídica,

pudiendo ser reelegido por un periodo más en Asamblea General.

DE la aSaMBlEa GENEral coNforMacioN DE la

aSaMBlEa GENEral

Art. 16.- La Asamblea General es la autoridad suprema de la Aso-

ciación sus acuerdos obligan a todos sus Miembros (as) Activos, siempre

que se tomen de acuerdo las Ordenanzas Municipales, Reglamentos y

estos Estatutos, estará conformada por todos los usuarios (as) del servicio

de agua potable de LA COLONIA MILAGROSA NUMERO UNO y

vecinos a este Municipio de Nahuizalco, Departamento de Sonsonate y

que estuvieren presentes al momento de la constitución o se incorporen

posteriormente a ésta.

DE laS coNVocaToriaS

Art. 17.- Las convocatorias para las reuniones de la Asamblea

General Ordinaria o Extraordinaria serán hechas por:

a) La Junta Directiva por propia iniciativa.

b) A la solicitud del Consejo de Vigilancia y

c) A solicitud de cinco Asociados (as) por lo menos. Se convocará

por lo menos con ocho días de anticipación como mínimo a

la fecha de la Sesión, llenando los requisitos siguientes:

1.- Especificar el lugar, día y hora de la Sesión.

2.- Indicar los puntos de agenda a ser tratados.

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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. 3.- Hacerla por escrito, por cartel colocados en los lugares de

más concurrencia de los Asociados (as) o por cualquier otro

medio apropiado.

4.- Notificar a la Alcaldía Municipal de la respectiva jurisdicción,

la celebración y fecha de la Sesión de Asamblea General en

un plazo no mayor de ocho días.

En caso de emergencia, los plazos de convocatorias antes mencio-

nados podrán reducirse.

Art. 18.- Si la reunión no se celebra por falta de Quórum, fuerza

mayor o caso fortuito, se hará nueva convocatoria dentro de los tres

siguientes y los acuerdos se tomarán por mayoría de quórum estableci-

do; salvo los casos legalmente establecidos; que requieran de votación

especial.

Art. 19.- En las Asambleas Ordinarias se tratarán los asuntos

siguientes:

a) Elegir los Miembros de la Junta Directiva y del Consejo de

Vigilancia y removerlos de acuerdo a estos Estatutos.

b) Evaluar, aprobar la gestión administrativa, económica y

financiera del ejercicio económico finalizado.

c) Aprobar los presupuestos y el plan anual operativo de la

Asociación.

d) Analizar y aprobar el Balance General para analizar la

sostenibilidad económica de la Asociación.

e) Resolver sobre las reclamaciones de los beneficiarios contra

los actos de la Junta Directiva.

f) Conocer los asuntos de importancia complementados en la

convocatoria, que ha sido el origen de la Asamblea y que no

son de carácter Ordinario, Y

g) Los puntos comprendidos en la Agenda y que los propongan

los delegados usuarios. En las reuniones de la Asamblea

General Extraordinaria, únicamente se tratarán los puntos

comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre

otros aspectos no comprendidos en ésta, será nulo.

QUorUM

Art. 20.- El Quórum para reuniones de Asamblea General Ordi-

naria y Extraordinaria se establecerá con el cincuenta más uno de los

Asociados (a) Activos. Si la reunión no se celebra por falta de Quórum,

fuerza mayor o caso fortuito, se hará nueva convocatoria dentro de los

tres días siguientes y los acuerdos se tomarán con el cincuenta más uno

de Quórum establecido; salvo los casos legalmente establecidos que

requieran de votación especial.

Las decisiones tomadas serán de obligatorio cumplimiento para

todos los Asociados sin distinción.

facUlTaDES DE la aSMBlEa GENEral

Art. 21 .- Son Atribuciones de la Asamblea General:

a) Aprobar, Reformar y derogar los Estatutos de la Asocia-

ción.

b) Elegir a los Miembros de la Junta Directiva, Consejo de

Vigilancia y demás entes de la Asociación.

c) Acordar la destitución de los Miembros de la Junta Directiva

del Consejo de Vigilancia y demás entes de la Asociación.

d) Acordar la expulsión de los Asociados, juramentar y dar po-

sesión a los Asociados Usuarios que hayan sido electos para

formar parte de la Junta Directiva y Consejo de Vigilancia;

e) Aprobar el Reglamento Interno y Reglamento Especial para

la Administración y manejo del sistema de agua potable, así

como cualquier modificación a los mismos;

f) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y el Presupuesto Gene-

ral;

g) Solicitar a la Junta Directiva y Junta de Vigilancia los infor-

mes que crean convenientes especialmente lo relacionado a

la administración financiera de acueducto;

h) Respetar y hacer cumplir estos Estatutos, Reglamento Interno

Reglamento Especial para la administración y manejo del Sis-

tema de Agua Potable y demás disposiciones pertinentes;

i) Decidir sobre cualquier otro asunto relacionados con la materia

no prevista en estos Estatutos y:

j) Crear los Comités que estime necesarios para el logro de

sus objetivos, especialmente el Comité Administrador de

Acueducto y el Comité de Saneamiento Ambiental, como

otros que en el futuro sean necesarios.

caPiTUlo V

DE la JUNTa DirEcTiVa

Art. 22.- La Junta Directiva de la Asociación Comunal de Acueducto

y Servicio de Agua Potable, es el órgano encargado de la Administración

de la Asociación y estará conformada por los cargos siguientes:

a) Un Presidente,

b) Secretaría de Actas,

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 c) Secretaría de Comunicaciones,

d) Secretaria de Finanzas,

e) Secretaria Legal,

f) Secretaria de Agua,

g) Secretaria de Bienestar Social, y

h) Secretaria de Saneamiento.

Art. 23.- Los (as) miembros (as) de la Junta Directiva serán electos

(as) democráticamente en sesión extraordinaria de Asamblea General,

por mayoría simple y por un periodo mas forma alterna, salvo que la

Asamblea General en virtud de ejecución de un Proyecto de beneficio

comunal que requiera de su permanencia, acuerde la relación continua,

ningún miembro durará en su cargo más de cuatro años. La reelección a

que se refiere el inciso anterior se realizará ante la presencia del Alcalde

Municipal o funcionario o empleado delegado para ello, quien tendrá a

cargo la Juramentación de la Junta Directiva.

Art. 24.- Para ser miembro de la Junta Directiva se deberá observar

los siguientes requisitos:

a) Que sea mayor de edad;

b) Que resida dentro de la comunidad o que no residiendo en

ella sea dueño (a) o usufructuario (a) o este es posesión por

cualquier otro título de un inmueble en dicha comunidad:

c) que sepa leer y escribir:

d) Que no tenga ningún grado de consanguinidad en línea recta

ni segundo de afinidad con otro miembro electo; y

e) Que se encuentre solvente con la Asociación.

DE laS SESioNES

Art. 25.- La Junta Directiva de la Asociación sesionará Ordina-

riamente una vez al mes y extraordinariamente cuando sea necesario,

a solicitud del Presidente o de cuatro miembros de la misma. Dichas

reuniones serán presididas por el Presidente o directivo delegado. La

Convocatoria contendrá lugar, día y hora en que se realizará la sesión y

los puntos de agenda que se tratarán.

rESolUcioNES

Art. 26.- Las resoluciones de la Junta Directiva deberán aprobarse

con la mitad más uno de los miembros; en caso de empate, el Presidente

o quien lo represente tendrá voto de calidad.

aTriBUcioNES DE la JUNTa DirEcTiVa

Art. 27.- Son Atribuciones de la Junta Directiva:

a) Administrar el Patrimonio de la Asociación;

b) Elaborar el Presupuesto Anual de la Asociación y someterlo

a aprobación de la Asamblea General;

c) Elaborar el Plan Anual de Trabajo y someterlo a aprobación

de la Asamblea General;

d) Informar a la Asamblea General de los Estatutos Financieros

de la Asociación;

e) Conocer de las Solicitudes de ingreso de nuevos usuarios

(as) y someterlas a Asamblea General;

f) Elegir e integrar por mayoría los miembros (as) de las Se-

cretarias de Agua y de Saneamiento;

g) Remover y sustituir a los colaboradores de las Secretarias de

Agua y Saneamiento Ambiental, por faltas graves que atenten

contra los intereses de la Asociación;

h) Elaborar los proyectos de reformas para que sean aprobados

por la Asamblea General;

i) Organizar comisiones de trabajo con el propósito de ejecu-

tar las diferentes acciones que se contemplan en el plan de

trabajo;

j) Convocar a las reuniones de la Asamblea General Ordinarias

y Extraordinarias;

k) Coordinar con la Municipalidad, entidades estatales y priva-

das, las actividades y proyectos que estén relacionadas con

la naturaleza y fines para los que fue creada la Asociación

del servicio y recurso de Agua;

l) Informar trimestralmente a la Asamblea General sobre los

avances de las actividades , proyectos y, especialmente sobre

el estado financiero de la Asociación;

m) Elaborar y presentar a la Asamblea General la propuesta de

tarifas a cobrar por el servicio de Agua Potable;

n) Recibir bajo inventario los bienes, fondos y disponibilidades

de la Asociación; y

o) Depositar los fondos y valores de la Asociación en institucio-

nes Bancarias y autorizar a sus miembros que tendrán firma

registrada. La Junta Directiva procurará que estos depósitos

se verifiquen en el menor tiempo posible;

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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. p) Establecer un fondo de caja chica, y fijar un monto, el cual

servirá para atender gastos de menor cuantía:

q) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos, el reglamento

Especial para la administración y manejo del Sistema de Agua

Potable, Reglamento interno y demás leyes aplicables.

Art. 28.- La Junta Directiva podrá crear comisiones de apoyo para

que ayuden al desarrollo de las actividades, plan de trabajo y las distintas

acciones que sean competencia de la Asociación, las funciones que se le

atribuyen a las comisiones deberán ser controladas por la Junta Directiva.

La Junta Directiva por ningún motivo podrá establecer cuotas o tarifas

para ser cobradas a los asociados.

ProHiBicioNES Para SEr MiEMBro(a) DE la JUNTa

DirEcTiVa

Art. 29.- No pueden ser miembros de la Junta Directiva:

a) Los menores de dieciocho años de edad;

b) Los parientes entre sí, dentro del cuarto grado de consangui-

nidad o segundo de afinidad y los cónyuges o compañeros

de vida;

c) Quienes no estén al día con el pago de las cuotas por el

servicio de Agua en la Asociación;

d) Quienes obstentan cargos en cuerpos directivos en otras

Asociaciones similares.

fUNcioNES DEl PrESiDENTE(a)

Art. 30.- Son funciones del Presidente:

a) Representar Judicial y Extrajudicialmente a la Asociación,

en forma conjunta con el Sindico, pudiendo otorgar poderes

generales o especiales previa autorización de la Junta Directiva

y Asamblea General;

b) Coordinar las actividades de las distintas comisiones. Elaborar

la agenda a tratar en las diferentes reuniones y presentar los in-

formes correspondientes a la asistencia de los Secretarios;

c) Velar porque se cumplan los acuerdos de Asamblea General

y Junta Directiva;

d) Responder con el Síndico y el Tesorero solidariamente por

la mala administración de las finanzas, y mal manejo de la

Asociación y todo lo relacionado con actos de corrupción;

e) Autorizar las erogaciones de fondos de caja chica, conforme

lo establecido por la Junta Directiva,

f) Juramentar a los miembros de los Comités de Administración

del Acueducto y los del Saneamiento Ambiental;

g) En general, realizar las funciones que le señale la Junta

Directiva y estos estatutos.

fUNcioNES DE laS SEcrETariaS

Art. 31.- Para efectos de un mejor control y distribución del trabajo,

la responsabilidad del control de actas y acuerdos, de comunicación,

registros e información, de identificación y mediación en los conflictos

recaerá en dos secretarias:

a) La Secretaria de Actas, tendrá como responsabilidad: Llevar

los libros de actas y acuerdos; tanto de la Asamblea General

como la de la Junta Directiva y emitir las Certificaciones

correspondientes, y

b) La Secretaria de Comunicaciones, sus funciones serán realizar

las convocatorias; tanto de Asamblea General como de Junta

Directiva, informar a los Asociados (as) usuarios (as) sobre

cualquier situación, registrar la correspondencia recibida

y enviada y llevar los registros de todos los asociados (as)

usuarios (as).

Art. 32.- Además de las funciones antes descritas, asumirán todas las

que les establezcan estos Estatutos y reglamentos de la Asociación.

fUNcioNES DE laS SEcrETariaS DE fiNaNZaS

Art. 33.- Son atribuciones de la Secretaria Legal:

a) Representar Judicial y Extrajudicialmente a la Asociación,

juntamente con el Presidente, pudiendo otorgar poderes ya

sean generales o especiales previa autorización de la Junta

Directiva;

b) Ayudar a la elaboración de las propuestas de reglamento, en

la propuesta de reformas de Estatutos y Reglamentos;

c) Velar por el estricto y fiel cumplimiento del Código Municipal,

Ordenanza Reguladora, Estatutos, Reglamentos y Acuerdos

tomados por la Asamblea General y Junta Directiva;

d) Fiscalizar el manejo de todos los fondos de la Asociación,

especialmente los provenientes de las cuotas de los Asociados

Usuarios.fUNcioNES DE laS SEcrETariaS DE fiNaNZaS

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Art. 34.- Son funciones de la Secretaria de Finanzas:

a) Tener custodia de los fondos y valores de la Asociación

siendo responsable de los desembolsos de fondos, recaudación

de ingresos y cobro de deudas. Sera tambien responsable de

efectuar los depósitos en las cuentas bancarias correspon-

dientes;

b) Llevar y mantener actualizados el inventario de los bienes

muebles e inmuebles propiedad de la Asociación;

c) Llevar los registros de Control de Ingresos y Egresos derivados

del servicio de agua potable y de todas aquellas actividades

de la Asociación.

d) Recibir del Tesorero del Comité Administrador de Acueductos

los recibos que correspondan a las cuotas mensuales, precio

de conexión domiciliar, conexión, multas y todos aquellos

ingresos que sean propios de la Asociación;

e) Responder solidariamente con el Presidente por el manejo y

custodia de los fondos y demás bienes de la Asociación;

f) Velar por la correcta utilización del patrimonio de la Aso-

ciación;

g) Abrir una cuenta bancaria en un Banco cercano de la comu-

nidad y registrar tres firmas para la erogación de los fondos;

la del Presidente, Síndico y Tesorero;

h) Rendir informes mensuales a la Junta Directiva y Asamblea

General, sobre el Estado financiero de la Asociación;

i) Autorizar con su firma la y las correspondientes, la erogación

de cualquier gasto necesario y contemplado en el presupuesto

de la Asociación;

j) Facilitar la fiscalización de los estados de cuentas, libros,

facturas, y toda aquella documentación relacionada con el

cargo; solicitado por los Asociados Usuarios o instituciones

competentes, y

k) Todas las demás funciones que señalen estos Estatutos,

Reglamentos, y Legislación pertinente.

FUNcioNES DE la SEcrETaria DE aGUa

Art. 35.- Son funciones de la Secretaria de Agua:

a) Ampliar en COORDINACIÓN CON LA Junta Directiva el

Reglamento Regulador del Acueducto a todos los usuarios

(as) del sistema de agua potable, sin distinción de ninguna

naturaleza;

b) Velar porque el servicio de agua se preste con la debida

eficacia y con una supervisión y mantenimiento constante y

adecuado de las instalaciones;

c) Fomentar la utilización del servicio de agua y controlar los

desperdicios, para hacer las recomendaciones adecuadas a

los usuarios(as) para el buen uso del mismo;

d) Vigilar, limpiar, reforestar, y proteger las fuentes de abasteci-

miento, tanques y otras del sistema, a fin conservar aquellas

y evitar contaminaciones;

e) Llevar un registro de las personas que participaron con la

mano de obra voluntaria o en efectivo, cuando el acueducto

fue construido;

f) Elaborar presupuestos administrativos de acuerdo a las

necesidades que requiera el sistema de agua;

g) Ejecutar el presupuesto aprobado por la Junta Directiva, para

la Administración del servicio de agua;

h) Llevar libros de controles de los usuarios solventes y mo-

rosos y cualquier otro que sea necesario para mejor control

administrativo;

i) Cobrar las cuotas del servicio de agua potable en coordinación

con la Secretaria de Finanzas;

j) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos y demás reglamentos

de la Asociación.

SEcrETaria DE SaNEaMiENTo aMBiENTal

Art. 36.- Son funciones de la Secretaria de Saneamiento Ambien-tal:

1.- Elaboracion de diagnóstico de las comunidades (CAPS),

conocimiento, aptitudes y prácticas;

2.- Elaboración y desarrollo de planes de capacitación sobre:

a) Saneamiento básico,

b) Medio Ambiente (agua potable, aguas servidas, reforestación,

etc.)

c) Participación ciudadana,

d) Desarrollo y seguimiento de proyectos, y

e) Letrinización;

3.- Elaboración y Desarrollo de proyectos en las áreas siguien-

tes:

a) Forestales,

b) Participación ciudadana,

c) Conservación de suelo,

d) Agua Potable, y

e) Saneamiento básico, en Letrinización y aguas servidas.

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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. SEcrETaria DE BiENESTar Social

Art. 37.- Son funciones de la Secretaria de Bienestar Social:

1.- Velar por el bienestar social de todos los Asociados (a);

2.- Desarrollar jornadas formativas para mantener la estabilidad

socio-familiar de sus asociados;

3.- Realizar en forma periódica visitas domiciliares con el objeto

de efectuar estudios socioeconómicos familiares, que sirvan

de base para el establecimiento de las tarifas por servicios

de agua y en algunos casos para subsidiar el mismo;

4.- Realizar acciones de apoyo, logísticos y económicos para

aquellas familias de escasos recursos y cuyos miembros (as)

tengan problemas de salud y en casos extremos funerales,

y

5.- Contactar.

caPiTUlo Vi

DEl coNSEJo DE ViGilaNcia

Art. 38.- El Consejo de Vigilancia es el órgano encargado de la

supervisión de todas las actividades de la Asociación y fiscaliza los actos

de la Junta Directiva.

iNTEGraciÓN

Art. 39.- El Consejo de Vigilancia está integrado por tres Asocia-

dos (as) Usuarios, los cuales serán elegidos por la Asamblea General en

sesión extraordinaria para un periodo de dos años pudiendo ser reelectos

por un periodo adicional únicamente. Sesionará ordinariamente una

vez por semana y extraordinariamente las veces que sea necesario. Las

decisiones se toman por la mayoría de votos y a las sesiones pueden

asistir los suplentes, sin derecho a voto, a menos que sustituyan a un

propietario (a); El Consejo de Vigilancia quedará integrado así:

a) Primer Concejal;

b) Segundo Concejal;

c) Tercer Concejal.

rEQUiSiToS Para SEr MiEMBroS (a) DEl coNSEJo DE

ViGilaNcia

Art. 40.- Para ser Miembro del Consejo de Vigilancia se requiere ser

mayor de dieciocho años de edad, vecino de la comunidad, ser Asociado

(a) Usuario (a), de manifesto interés por las actividades de la Asociación

y que sepan leer y escribir.

Art. 41 .- No pueden ser Miembros (a) del Consejo de Vigilancia

los (a) Asociados (a) que están comprendidos en los casos establecidos en

el Art.25 de estos estatutos, y quienes sean parientes dentro del segundo

grado de consanguinidad o segundo de afinidad o cónyuge o compañero

de vida, de cualquiera de los miembros de la Junta Directiva.

Art. 42.- Los Miembros (a) del Consejo de vigilancia serán re-

movidos en cualquier tiempo cuando a juicio de Asamblea General, no

estén cumpliendo a cabalidad con sus obligaciones.

forMaS DE SESioNar

Art. 43.- El Consejo de Vigilancia sesionará una vez por semana

o cuando los integrantes lo consideren necesario, a iniciativa de dos de

sus miembros. Las resoluciones serán por mayoría simple.

aTriBUcioNES DEl coNSEJo DE ViGilaNcia

Art. 44.- Son atribuciones del Consejo de Vigilancia:

a) Velar por el fiel cumplimiento de las funciones conferidas a

la Junta Directiva.

b) Informar a la Asamblea General de cualquier situación que

surja dentro de la Directiva y la Secretaria de Agua que vaya

en contra de los intereses de la Asociación y sus Asociados

usuarios.

c) Solicitar a la Junta Directiva cualquier informe que crea

conveniente,

d) Evaluar el trabajo de la Junta Directiva como de la eficiencia

de las Secretarias de Agua y Saneamiento Ambiental y hacer

las recomendaciones pertinentes a los miembros o la Asamblea

General.

e) Ayudar a la Junta Directiva, cuando ésta requiera su colabo-

ración,

f) Supervisar la percepción, custodia o intraversión de los

fondos de la Asociación, formulando a los responsables de

los mismos las sugerencias y recomendaciones del caso.

g) Velar porque la contabilidad se lleve con la debida puntua-

lidad y corrección y que los balances, inventarios, informes

y memorias se elaboren y se den a conocer en su debido

tiempo,

h) Realizar u ordenar que se practiquen arqueos generales o

especiales y cuando lo estime conveniente, ordenar auditorías

por medio de organismos públicos o privados debidamente

seleccionados para ella.

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 i) Velar porque la asistencia y mantenimiento del acueducto

y sistema de agua sea eficaz; y

j) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamentos

y demás Leyes pertinentes.

caPiTUlo Vii

El coNTrol Y fiScaliZacioN iNTErNa Y EXTErNa

Art. 45.- La fiscalización interna de la Asociación está a cargo

del Consejo de Vigilancia, por lo que éste debe planificar las acciones

pertinentes para llevar a cabo. Dicho Consejo se llevará un control de

los informes que rinda la Junta Directiva los cuales analizará a fin de ver

si son congruentes con la planificación Anual de la Asociación, evaluar

los avances del mismo, y los recursos están siendo bien utilizados; el

resultado del análisis lo hará saber a los Directivos a fin justifiquen las

observaciones, si éstas no son superadas a satisfacción del Consejo, éste

presentará un informe a la Asamblea General a fin de que se tomen las

medidas correctivas necesarias.

Art. 46.- La fiscalización externa estará a cargo de la Municipalidad

de Nahuizalco, la cual debe garantizar, la buena Administración de los

fondos y demás bienes de la Asociación. Esta se realizará a través de

auditorías que evaluarán la planificación, presupuestos, organización

administrativa, tesorería, créditos, contabilidad y transparencia en la

elección de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Vigilancia

y demás entes de la Asociación.

Art. 47.- La Municipalidad realizará las auditorías de oficio, a

solicitud del Consejo de Vigilancia o de por lo menos cinco Asociados

(a) usuarios (a) Si el resultado de la Auditoría constituye delito, la

Municipalidad por sí o el Consejo de Vigilancia harán la denuncia ante

la Fiscalía General de la Republica a fin de que se deduzcan responsa-

bilidades, sin perjuicio de las medidas que tome la Asamblea General.

caPiTUlo Viii

rEGiMEN DiSciPliNario falTaS lEVES

Art. 48.- Serán faltas leves las siguientes:

a) La inasistencia a las reuniones de la Asamblea General y

Junta Directiva.

b) Incumplimiento de las funciones y comisiones asignadas.

c) Mala conducta que se traduzca en perjuicio de la Asocia-

ción.

d) No estar solvente con el pago de la cuota de servicio de agua

potable.

e) El cumplimiento de los presentes Estatutos y Reglamen-

tos.

falTaS GraVES

Art. 49.-Seran faltas graves las siguientes:

a) Promover actividades de cualquier fin o naturaleza que vayan

en perjuicio de la Asociación y sus miembros.

b) Incumplimiento reiterado de las funciones si se trata de los

miembros de la Junta Directiva o Junta de Vigilancia.

c) Obtener de la Asociación por medios fraudulentos, beneficios

para sí o para terceros.

d) La reiterada insolvencia en pago de las cuotas mensuales del

servicio de agua potable.

e) La corrupción, malversación de fondos y el mal manejo de

los bienes o patrimonio de la Asociación; aprovechándose

de cualquier cargo de direcciones.

f) El reiterado incumplimiento a estos Estatutos, Reglamentos

y demás legislación pertinente.

DE laS SaNcioNES Y ProcEDiMiENToS

Art. 50.- Cuando uno de los asociados (a) Usuarios (a) cometieron

una falta leve, será amonestado verbalmente por la Junta Directiva, así

el Asociado amonestado reincidiere en la falta será amonestado por

escrito y deberá pagar una multa de cincuenta colones o con la suspen-

sión temporal del servicio de agua. En caso de faltas graves, la Junta

Directiva amonestará al Usuario (a) por escrito e impondrá una multa de

quinientos colones. Si el Asociado (a) Usuario (a) reincide con la falta,

será suspendido (a) del servicio de agua potable definitivamente por la

Asamblea General; no obstante el (o) la usuario (a) suspendido podrá

apelar a la misma Asamblea, y en caso de que ésta ratifique su fallo el

usuario pierde su calidad de Asociado (a). En caso de falta de solvencia

en el pago de servicio de agua, durante un periodo de tres meses podrá

la Junta Directiva suspender el servicio hasta que el usuario (a) esté al

día con su cuota.

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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. SUSPENSioN Y DESTiTUcioN DE MiEMBroS DE loS

orGaNiSMoS DE DirEccioN

Art. 51 .- Cualquier Miembro de la Junta directiva y Consejo de

Vigilancia, podrá ser suspendido o destituido por incurrir en alguna de

las faltas señaladas en el Art.39 de estos Estatutos. La Asamblea General

conocerá de las faltas cometidas por los miembros de los Organismos

de Dirección en el ejercicio de sus funciones, en sesión Ordinaria o

Extraordinaria y dará audiencia inmediata al responsable de la Falta; la

Asamblea General decidirá si procede la suspensión o destitución según

el caso.

DESTiTUcioN DE la JUNTa DirEcTiVa EN El PlENo

Art. 52.- Cuando la Junta Directiva en el pleno ha cometido una

infracción de la señaladas en el Art. 39 de estos Estatutos corresponde

al Consejo de Vigilancia elaborar un informe a la respecto y convocar

inmediatamente a una Asamblea General Extraordinaria, la que será

precedida por los miembros del Consejo de Vigilancia. La Asamblea

General, previo y oyendo a los Directivos, decidirá sobre la destitución

de la Junta Directiva en Pleno y podrá decidir la suspensión inmediata

del servicio de agua potable para cada uno de éstos; la Asamblea General

en el mismo acto elegirá una nueva Junta Directiva, para que finalice el

periodo ya iniciado.

caPiTUlo iX

DEl PaTriMoNio coNSTiTUcioN DEl PaTriMoNio

Art. 53.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Los pagos mensuales provenientes de los usuarios de agua

potable.

b) Los ingresos provenientes de cualquier actividad lícita

realizada por la Junta Directiva, para recaudar fondos.

c) Los bienes muebles o inmuebles y la renta que se obtengan

por la administración de los mismos.

d) Las donaciones, herencias y legados otorgados a la Junta

Directiva, por cualquier persona natural o Jurídica,

e) Los aportes en cualquier concepto que provengan de cual-

quier institución pública y privada, sean éstas Nacionales o

Internacionales.

caPiTUlo X

DE la MoDificacioN DE loS PrESENTES ESTaTUToS,

acUErDo DE MoDificacioN

Art. 54.- La modificación de los presentes Estatutos podrá acordarse

en Asamblea General, a iniciativa de la misma o a propuesta de la Junta

Directiva; el acuerdo podrá tomarse con los votos de las dos terceras

partes de los Asociados debidamente inscritos en el Registro que para

tal efecto llevará la Alcaldía Municipal, y registrados por membrecía

de la Asociación.

caPiTUlo Xi

DE la DiSolUcioN Y liQUiDacioN DE la aSociacioN,

acUErDo DE DiSolUcioN

Art. 55.- LA Asociación podrá disolverse mediante acuerdo tomado

en Asamblea General, dicho acuerdo será con la votación favorable de

las dos terceras partes de los Asociados debidamente registrados en la

membrecía de la Asociación y en el registro que llevará para tal efecto

la Alcaldía Municipal del respectivo distrito.

caUSaS DE DiSolUcioN

Art. 56.- La asociación podrá disolverse por cualquiera de las

siguientes causas:

a) Por la disminución en la mayoría de sus Asociados Usuarios,

de tal manera que llegue un número menor de veinticinco

Usuarios.

b) La Imposibilidad de seguir cumpliendo los fines para los que

fue constituida.

c) Por la inobservancia o Incumplimiento de la Legislación

pertinente, de tal manera que no se cumplan los objetivos

en función de sus Asociados.

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395DE la coMiSioN liQUiDaDora

Art. 57.- Al disolverse la Asociación deberá integrarse una comi-

sión liquidadora que estará conformada por los miembros que señale la

Ordenanza Respectiva conjuntamente con los delegados de la Alcaldía

Municipal. La Comisión dispondrá de noventa días para elaborar el

informe y hacer la entrega de los bienes a la Alcaldía Municipal, para su

custodia y administración; todo conforme a lo establecido en la ordenanza

respectiva.

rEMiSiÓN DEl iNforME al coNcEJo MUNiciPal

Art. 58.- La Comisión Liquidadora una vez concluido el trabajo,

remitirá el informe al Concejo Municipal, para su aprobación, junto con

todos los documentos pertinentes.

DESTiNo DE loS BiENES

Art. 59.- Al disolverse y Liquidarse la Asociación, los bienes de

cualquier naturaleza pasarán al Concejo Municipal para su custodia y

únicamente podrá usarse en beneficio de la Colonia Milagrosa Uno,

Municipio de Nahuizalco, Departamento de Sonsonate.

caPiTUlo Xii

DiSPoSicioNES GENEralES

Art. 60.- La Asociación llevará los libros necesarios para hacer

constar todas sus actuaciones, foliados y sellados por la Alcaldía Mu-

nicipal con una razón de apertura y cierre.

ViGENcia

Art. 61 .- Estos Estatutos estarán en vigencia ocho días después

de su publicación en el Diario Oficial.

El iNfraScriTo alcalDE MUNiciPal

CERTIFICA: Que en el archivo de libro de Actas y Acuerdos Municipales

que esta oficina lleva en el presente año; se encuentra el Acta número

Seis, de fecha quince de marzo, del año dos mil doce, el Acuerdo

que literalmente dice,

acUErDo NÚMEro TrEcE

El Concejo Municipal de la Ciudad de Nahuizalco, quienes te-

niendo a la vista los Estatutos de la ASOCIACIÓN COMUNAL DE

ACUEDUCTOS "TRINIDAD" DE LA COLONIA LA MILAGROSA

UNO, MUNICIPIO DE NAHUIZALCO, DEPARTAMENTO DE

SONSONATE, la cual podrá abreviarse “ACAT”, con domicilio en

este municipio de Nahuizalco, departamento de Sonsonate, que consta

de sesenta y un artículos, y no encontrando en ellos ninguna objeción

a las Leyes de la República, ni a las buenas costumbres; y de confor-

midad a los artículos 30 numeral 23, en relación con los artículos 118

y siguientes del Código Municipal y artículo 7 de la Constitución de la

República de El Salvador, este Concejo Municipal por UNANIMIDAD

ACUERDA: En base a las disposiciones legales que la facultan para tal

efecto, aprobarle los estatutos y en consecuencia conferirle la Personería

Jurídica a la mencionada Asociación. CERTIFÍQUESE, COMUNÍQUE-

SE Y PUBLÍQUESE, para los demás efectos legales y administrativos

derivados. CERTIFÍQUESE Y COMUNÍQUESE. Y no habiendo nada

más que hacer constar se cierra la presente que firmamos. J. Willer

Ptz.- F.A.Batan.- J.M.A.- MSZZ.- MFTobar.- D.G.H.- E.V.P.G.- AH-

CruzZ.- R.S.F.- J.N.D.R.Z.- J.O.Corado.- RPCortez.- D.G.T.- P.- LuisE.

A. Rolin.- Srio.- RUBRICADAS.

DADO EN EL SALON DE SESIONES DE LA ALCALDÍA

MUNICIPAL DE NAHUIZALCO, EL DÍA DIECISÉIS DE MARZO,

DEL AÑO DOS MIL DOCE. ES CONFORME CON SU ORIGINAL

CON EL CUAL SE CONFRONTÓ.

Dr. JorGE WillEr PaTriZ caSTaNEDa,

alcalDE MUNiciPal.

aNTE MÍ

lic. lUiS alBErTo roliN EScoBar,

SEcrETario MUNiciPal.

(Registro No. F040014)

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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012.

DEclaraToria DE HErENcia

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima. Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley,

AVISA: Que por resolución de las diez horas y treinta minutos

del día dieciocho de octubre del corriente año. Se le declaró heredera

expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada

que al fallecer a las dieciocho horas del día nueve de mayo del año de

mil novecientos ochenta y siete, en el Cantón Cedros, de la jurisdicción

de Anamorós, de este distrito, Departamento de La Unión, su último

domicilio dejó el causante Alfonso Fernández Alfaro, de parte de la

señora Yolanda del Carmen Fernández Salmerón, en concepto de hija

sobreviviente del referido causante, de conformidad con el Artículo

988 Numeral 1° C. C. Se le confiere a la aceptante en el carácter dicho

la administración y representación DEFINITIVA de los bienes de la

indicada sucesión. Dése el aviso de Ley y Oportunamente extiéndase la

Certificación correspondiente.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departa-

mento de La Unión, a los veinte días del mes de octubre de dos mil once.

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 548

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída a las quince horas y cuarenta

minutos de este día, los señores NERIS ESPERANZA AVALOS Viuda

de RIVAS, conocida por NERIS ESPERANZA AVALOS DE RIVAS,

NERIS ESPERANZA AVALOS y NERIS ESPERANZA AVALOS

MONROY, y los menores MARIA MAGDALENA RIVAS AVALOS,

AMALIA ELVIRA RIVAS AVALOS y MARTA DEL CARMEN RIVAS

AVALOS, y los señores FRANCISCO JAVIER RIVAS AVALOS, NE-

RIS JASMIN RIVAS AVALOS, ANGEL EMILIO RIVAS AVALOS

o ANGEL EMILIO RIVAS AVALO y DAVID VLADIMIR RIVAS

AVALOS, han sido declarados herederos definitivos con beneficio de

inventario en la herencia intestada que dejó el señor FRANCISCO

RIVAS CAÑAS, quien falleció el día veintinueve de diciembre de dos mil

nueve, en el Cantón Playas Negras, Jurisdicción de Conchagua, Distrito

y Departamento de La Unión, siendo este lugar su último domicilio, la

primera como cónyuge, y los demás como hijos del causante.

Y se les ha conferido a los herederos mencionados en la calidad

dicha la administración y representación definitiva de la sucesión. De-

rechos que los menores MARIA MAGDALENA RIVAS AVALOS,

AMALIA ELVIRA RIVAS AVALOS y MARTA DEL CARMEN

RIVAS AVALOS, ejercerán por medio de su madre señora NERIS

ESPERANZA AVALOS Viuda de RIVAS, conocida por NERIS ES-

PERANZA AVALOS DE RIVAS, NERIS ESPERANZA AVALOS, y

NERIS ESPERANZA AVALOS MONROY, representada ésta por medio

de su Defensor Público de Derechos Reales y Personales Licenciado

Emilio Noé Ruiz Sorto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los doce días del mes

de octubre de dos mil once. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 549

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado de las nueve

horas cuarenta y cinco minutos de este día, se ha declarado heredera defi-

nitiva y con beneficio de inventario a la señora GREGORIA AVELAR o

GREGORIA AVELAR ALAS o GREGORIA AVELAR DE FRANCO,

de la herencia intestada dejada a su defunción por el señor FRANCISCO

AVELAR o JUAN FRANCISCO AVELAR, fallecido a las dieciséis

horas del día dos de febrero del año mil novecientos setenta y seis, en

el Cantón Tehuicho de esta Jurisdicción, siendo esta Ciudad su último

domicilio, en calidad de hija del causante, por medio de su Defensora

Pública Licenciada ANA GLADYS MELARA FUNES; confiriéndosele

a la declarada heredera en el concepto indicado la administración y

representación definitivas de la indicada sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia, San Juan Opico, a

las nueve horas cincuenta minutos del día veintidós de mayo del año

dos mil doce. LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA

FLORES, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 550

SECCION CARTELES OFICIALESde priMera publicación

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley,

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las quince horas

y quince minutos del día once de abril del corriente año. Se le declaró

herederas expresamente y con beneficio de inventario de la herencia

intestada que al fallecer a las trece horas del día veintisiete de diciembre

del año dos mil diez, en el Cantón Monteca, de la jurisdicción de Nueva

Esparta, de este distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio,

dejó el causante Juan Julio Velásquez Morales o Juan Julio Velásquez,

de parte de las señoras Blanca Alicia Velásquez y María Digna Zavala

de Velásquez, la primera en concepto de hija y la segunda en concepto

de cónyuge sobreviviente del referido causante, de conformidad con

el Artículo 988 numeral 1° C.c. Se les confiere a las aceptantes en el

carácter dicho la administración y representación DEFINITIVA de los

bienes de la indicada sucesión. Dése el aviso de Ley y Oportunamente

extiéndase la Certificación correspondiente.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departa-

mento de La Unión, a los trece días del mes de abril de dos mil doce.

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 551

acEPTacioN DE HErENcia

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a

las once horas del día catorce de febrero del corriente año, se ha tenido

por aceptada, expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

intestada dejada a su defunción por el causante señor MEDARDO RO-

MERO CORNEJO, ocurrida el día once de agosto de dos mil once, en

esta ciudad, siendo la ciudad de Colón, el lugar de su último domicilio,

de parte de la señora MARIA ESTELA RAMOS RAMOS conocida

por MARIA ESTELA RAMOS DE ROMERO y de la menor CECILIA

IVETH ROMERO RAMOS, en calidad de cónyuge e hija del causante,

respectivamente; y se ha conferido a las aceptantes, la administración y la

representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince horas

y veintisiete minutos del día dieciséis de marzo de dos mil doce.-LIC.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA

VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 552-1

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con be-

neficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor MIGUEL

EDILBERTO FLORES NUÑEZ, quien falleció el día trece de septiembre

de dos mil once, en el Barrio El Centro, Calle Circunvalación, sobre

Cuarta Avenida Sur, La Unión, siendo el Barrio San Antonio, Calle

San Luis, Número trece de esta ciudad su último domicilio, de parte de

los señores FIDEL ANTONIO FLORES GRANADOS, conocido por

FIDEL ANTONIO FLORES y ERNESTINA NUÑEZ DE FLORES,

conocida por ERNESTINA NUÑEZ SANCHEZ, en calidad de padres

del causante.

Y se les ha conferido a dichos aceptantes en el carácter indicado la

administración y representación interinas de la sucesión con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecinueve

días del mes de marzo de dos mil doce. LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 553-1

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve

horas y quince minutos del día diecinueve de septiembre del corriente

año. Se declaró herederos expresamente y con beneficio de inventario

de la herencia intestada que al fallecer a las veinte horas del día cinco

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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. de agosto de mil novecientos noventa y uno, en el Cantón El Tablón, de

la jurisdicción de la ciudad de Pasaquina, de este distrito, Departamento

de La Unión, su último domicilio, dejó el causante JOSE ANTONIO

FLORES, de parte de los señores Estela Santos Flores Torres e Hipó-

lito Flores Escobar, en concepto de hijos sobrevivientes del referido

causante, de conformidad con el Artículo 988 numeral 1° C.c. Se les

confiere a los herederos declarados en el carácter dicho la administración

y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento

de La Unión, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil once.

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 554-1

TiTUlo DE DoMiNio

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: Que a esta oficina se presentó la Licenciada ANA

YANCY DIAZ PINEDA, en su calidad de Procuradora Auxiliar de la

Procuradora General de la República, y en representación del señor

ELIZARDO ANTONIO REYES LOZANO, de cincuenta años de

edad, Empleado, de este domicilio, con Documento Único de Identidad

número: Cero dos millones trescientos noventa mil seiscientos cuatro

guión siete, solicitando a favor de su representada Título de Dominio

de un inmueble de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de

La Paz, Calle El Progreso, jurisdicción, Distrito y Departamento de San

Miguel, de la extensión superficial de: OCHENTA Y CINCO PUNTO

OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de las medidas y lin-

deros siguientes: AL NORTE: mide diez metros, colinda con inmueble

propiedad del solicitante señor Elizardo Antonio Reyes Lozano, muro

de bloque propiedad del solicitante: AL ORIENTE: mide nueve metros

cuatro centímetros, colinda con inmueble propiedad de la señora Griselda

Margarita Reyes, muro de bloque propiedad del solicitante; AL SUR: mide

nueve metros un centímetros, colinda con inmueble propiedad del señor

Sergio Adgusto Reyes Lozano; y AL PONIENTE: mide nueve metros

tres centímetros, colinda con inmueble propiedad del señor Efraín de

Jesús Vásquez, tapial de bloque propiedad del solicitante.- En el inmueble

descrito existen construcciones de sistema mixto, no es ejidal, baldío,

comunal, no es dominante ni sirviente, no tiene carga o derecho real

que pertenezca a persona distinta a la poseedora ni está en proindivisión

con nadie, y lo valúa en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Y lo adquirió mediante compra

venta verbal en el año dos mil, que le hizo al señor SAUL ANTONIO

REYES, (ya fallecido) quien fue mayor de edad, agricultor en pequeño,

de este domicilio.- Que la posesión material que ha ejercido y ejerce

actualmente el poseedor sumada a la de su antecesor data más de cuarenta

y dos años y sigue siendo en forma quieta, pacífica, e ininterrumpida y

sin clandestinidad alguna. Los colindantes son de este domicilio, lo que

se avisa al público para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los dieciocho días del

mes de mayo del año dos mil doce. JOSE WILFREDO SALGADO

GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSE ANGEL FERMAN

ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 555-1

HErENcia YacENTE

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cinco

minutos del día veintiuno de mayo de dos mil doce, se ha declarado

YACENTE la herencia intestada que a su defunción dejó el señor

ELMER GEREMIAS MEDRANO MARTINEZ, quien fue de treinta

y seis años de edad, estado civil acompañado, mecánico, originario del

Carmen, departamento de La Unión, siendo esta ciudad, el lugar de su

último domicilio. Y se nombró Curador Especial para que represente la

sucesión del señor ELMER GEREMIAS MEDRANO MARTINEZ, a

la Licenciada HILDA MARGARITA GUZMAN GOMEZ, a quien se

le hizo saber este nombramiento para su aceptación, protesta y demás

efecto de Ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL SAN MIGUEL: a las ocho horas diez minutos del día veintiuno de

mayo de dos mil doce. LICDA. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES,

JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SAN MIGUEL.-

LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 556-1

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395

de seGunda publicación

acEPTaciÓN DE HErENcia

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal,

a las diez horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intestada que a su

defunción dejó el causante señor SALVADOR AGUILLON, ocurrida el

día veinticinco de diciembre del año dos mil dos, en el Barrio Concepción,

de esta Ciudad, siendo este lugar su último domicilio, a la señora BLAN-

CA ESTELA CUELLAR RIVAS, DELMY ELIZABETH CUELLAR

AGUILLON, CECILIA MARIBEL CUELLAR AGUILLON, MARÍA

YOLANDA CUELLAR AGUILLON y los señores JUAN ANTONIO

CUELLAR AGUILLON y DAVID ALONSO AGUILLON CUELLAR,

la primera en su calidad de conviviente sobreviviente y los demás como

hijos del causante.

Habiéndosele conferido a los aceptantes Administración y Repre-

sentación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente.

Se citan a los que se crean con Derecho a la Herencia para que en el

término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las nueve horas

y cuarenta minutos del día veintitrés de marzo del año dos mil doce.

LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSÉ

ORLANDO BELTRÁN MEJÍA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 524-2

LIC. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con veinte

minutos del día dieciocho de Mayo del presente año, dictada por este

Juzgado, se ha tenido por aceptada y con beneficio de inventario la

Herencia Intestada que a su defunción dejó el causante JOSÉ JORGE

LÓPEZ GUERRA, quien falleció a las cinco horas con diecinueve minutos

del día dieciséis de Septiembre del dos mil cuatro, en Henrico, Virginia,

de Estados Unidos de América, siendo el municipio de Concepción

Quezaltepeque, de este Departamento, su último domicilio, de parte

de los señores ANTONIA GUERRA DE LÓPEZ y PABLO LÓPEZ

ALAS, en sus calidades de padres sobrevivientes del causante.

Se confiere a los herederos declarados la Administración y Repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a

las diez horas con cuarenta minutos del día dieciocho de Mayo del dos

mil doce. LIC. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA

CASTRO, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 525-2

de tercera publicación

acEPTaciÓN DE HErENcia

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZA DE

LO CIVIL DE APOPA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal

a las quince horas y diez minutos del día ocho de mayo del año dos

mil doce, se tuvo por Aceptada Expresamente y con Beneficio de

Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora

KARLA CRISTINA CAÑAS RAMOS, quien fue de veintinueve años

de edad, Soltera, Estudiante, con Número de Identificación Tributaria:

Cero seiscientos catorce -cien mil ochocientos ochenta-ciento treinta y

tres-tres, hija de los señores: MARIA AMPARO RAMOS y JORGE

ROBERTO CAÑAS MELARA, fallecida el día nueve de junio del año

dos mil diez; siendo la Ciudad de Apopa su último domicilio; de parte de

los menores: KARLA ESTEFANY HERNÁNDEZ CAÑAS, de quince

años de edad, estudiante, del domicilio de Apopa, departamento de San

Salvador, con Número de Identificación Tributaria: Cero seiscientos

ocho-cero ochenta mil novecientos noventa y seis-ciento uno-cinco:

JAIRO ALEXANDER HERNÁNDEZ CAÑAS, de catorce años de edad,

Estudiante, del domicilio de Apopa, departamento de San Salvador, con

Numero de Identificación Tributaria: Cero seiscientos ocho-doscientos

ochenta mil ochocientos noventa y siete - ciento tres - seis; representados

legalmente por sus Tutores Dativos señores: JOSÉ ANTONIO CHÁVEZ,

de cincuenta y tres años de edad, Casado, Empleado, del domicilio de

Apopa, departamento de San Salvador, con Número de Identificación

Tributaria: Cero quinientos diecisiete-ciento treinta mil seiscientos

cincuenta y ocho-cero cero uno-ocho; y MARIA ESTELA PONCE DE

CHÁVEZ, de cuarenta y ocho años de edad, Casada, Ama de Casa, del

domicilio de Apopa, departamento de San Salvador, con Número de

Identificación Tributaria: Cero quinientos diecisiete - cero ochenta mil

novecientos sesenta y tres-ciento uno-cero; y WALTER ANTONIO

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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. CHÁVEZ CAÑAS, de once años de edad, Estudiante del domicilio de

Apopa, departamento de San Salvador, con Número de Identificación

Tributaria: Cero seiscientos ocho-cero sesenta mil trescientos-ciento

uno – cinco; CRISTIAN EDUARDO CHÁVEZ CAÑAS, de ocho

años de edad, Estudiante, del domicilio de Apopa, departamento de San

Salvador, con Número de Identificación Tributaria: Cero seiscientos

catorce - doscientos once mil ciento tres- ciento ocho-nueve; y BRYAN

ALEXIS CHÁVEZ CAÑAS, de ocho años de edad, Estudiante, del

domicilio de Apopa, departamento de San Salvador, con Número de

Identificación Tributaria: Cero seiscientos catorce-doscientos once mil

ciento tres - ciento siete – cero; representados legalmente por sus Tutores

Legítimos, señores: JOSÉ ANTONIO CHÁVEZ Y MARIA ESTELA

PONCE DE CHAVEZ; todos en calidad hijos de la Causante.

Y se les confirió a los aceptantes en carácter indicado, la Admi-

nistración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con

las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente;

debiendo los menores: KARLA ESTEFANY HERNÁNDEZ CAÑAS,

y JAIRO ALEXANDER HERNÁNDEZ CAÑAS ejercer sus derechos

a través de sus Tutores Dativos, señores: JOSÉ ANTONIO CHÁVEZ

y MARIA ESTELA PONCE DE CHÁVEZ; y los menores: WALTER

ANTONIO CHÁVEZ CAÑAS, CRISTIAN EDUARDO CHÁVEZ

CAÑAS y BRYAN ALEXIS CHÁVEZ CAÑAS, ejercer sus derechos

a través de sus Tutores Legítimos señores: JOSÉ ANTONIO CHÁVEZ

y MARIA ESTELA PONCE DE CHÁVEZ.

Lo que se hace del conocimiento al Público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las quince horas

y veinte minutos del día ocho de mayo del año dos mil doce. DRA.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA. LIC JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 492-3

LA INFRASCRITA JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL

DE SANTA ANA, LICENCIADA THELMA IDALIA ESPERANZA

ALFARO PERDIDO, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas veinte

minutos del día quince de mayo del año dos mil doce, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejara el señor ARMANDO EUGENIO OSORIO

CARDENAS, quien fue de treinta y tres años de edad, empleado, casado,

fallecido a las quince horas cincuenta minutos del día ocho de agosto

del año dos mil once, en Caserío Copinol, Cantón Lomas de Alarcón,

Atiquizaya, Departamento de Ahuachapán, siendo su último domicilio

el Barrio El Centro, Colonia Las Brisas, ciudad de El Congo; de parte

de la señora IDALIA MARIBEL CLEMENTE VIUDA DE OSORIO,

en su calidad de Cónyuge sobreviviente, con Número de Identificación

Tributaria: 0204-200577-102-3; JOSÉ ARMANDO y KARLA DENISSE,

ambos de apellidos OSORIO CLEMENTE, con Números de Identificación

Tributaria, en su orden: 0210-210599-101-5 y 0204-140608-101-5, en

su calidad de HIJOS SOBREVIVIENTES del causante, éstos últimos,

también en calidad de CESIONARIOS del derecho hereditario que le

corresponde al señor OSCAR ARMANDO OSORIO conocido por

OSCAR ARMANDO OSORIO PLEITEZ, como padre sobreviviente del

causante; actuando por medio de la Licenciada LUZ ELENA COTO DE

MARTÍNEZ, en su carácter de Defensora Pública de Derechos Reales

y Personales. Confiriéndoseles INTERINAMENTE la representación y

administración de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con de-

recho a la referida herencia, para que en el término de ley comparezcan

a este Juzgado a deducirlo.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa

Ana, quince de mayo de dos mil doce.- LICDA. THELMA IDALIA

ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL, SANTA ANA. LIC JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No 493-3

-

HErENcia YacENTE

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a

las once horas y quince minutos del día trece de abril de dos mil doce,

se ha declarado yacente la herencia intestada dejada a su defunción por

el señor BALTAZAR BRIZUELA, quien fue de sesenta años de edad,

Jornalero, Soltero, fallecido el día veintitrés de enero de dos mil diez,

en el Cantón Consumidero, Calle Principal, San Juan Opico, siendo

Quezaltepeque, su último domicilio, el cual se ha nombrado Curadora

a la Licenciada ANA GLADYS MELARA FUNES, a quien se hace

saber de este nombramiento a la referida profesional para su aceptación,

juramento y demás efectos de ley.

Lo que se hace saber al público en general para que todo el que

tenga derecho en la presente sucesión, se apersone al Juzgado a hacer

valer el mismo durante el término de quince días después de la presente

publicación y demás efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las once

horas y veinte minutos del día trece de abril de dos mil doce. – LICDA.

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.

LIC. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 494-3

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395

DEclaraToria DE HErENcia

LICENCIADO ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, a las diez horas del día veintiuno de marzo del corriente año; se declara heredera expresamente, y con beneficio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las doce horas y treinta minutos del día treinta y uno de diciembre del año dos mil cuatro, en Cantón El Algodón, Jurisdicción de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara el causante José de la Paz Flores, a favor de la señora Reyna de la Paz Flores Mercado, en concepto de hija sobreviviente del causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 No. l° del Código Civil.

En consecuencia, se le confirió a la heredera declarada en el carácter dicho la administración y representación definitiva de los bienes de la indicada sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-tamento de La Unión, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil doce.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.

1 v. No. C001669

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y quince minutos, se ha declarado heredera definitiva con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor TRINIDAD ALVAREZ ALVAREZ, o TRI-NIDAD ALVAREZ; quien falleció el día treinta de Mayo del dos mil once; en el Cantón Los Morenos de la Villa de San José, Departamento de La Unión; siendo ese lugar su último domicilio de parte de JULIA SOSA DE ALVAREZ o JULIA SOSA, en calidad de Cónyuge sobre-viviente del causante. Y se le ha conferido a la heredera declarada, en la calidad antes dicha, la administración y representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los once días del mes de mayo del dos mil doce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

1 v. No. C001670

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y quince minutos de este día, se han declarado herederos definitivos con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor MIGUEL AN-GEL RODRIGUEZ MARTINEZ, conocido por MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ, quien falleció el día uno de julio del dos mil once, en el Cantón Nueva Guadalupe, Jurisdicción de Bolívar, Departamento de La Unión, siendo ese lugar, su último domicilio, a los señores VICENTE ISRAEL RODRIGUEZ MONTIEL, conocido por VICENTE ISRRAEL RODRIGUEZ MONTIEL y MARIA DILIA RODRIGUEZ MONTIEL o MARIA DILIA RODRIGUEZ, en calidad de hijos del causante. Y se les ha conferido a los herederos declarados, en la calidad antes dicha, la administración y representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los once días del mes de mayo del dos mil doce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

1 v. No. C001671

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída a las ocho horas y cinco minutos de este día, el señor SERGIO ANTONIO GUTIERREZ HERNANDEZ, ha sido declarado heredero definitivo con beneficio de inventario en la herencia intestada que dejó el señor NEFTALI HERNANDEZ MONTIEL, conocido por NEFTALY HERNANDEZ, y por NEFTALI HERNANDEZ, quien falleció el día diez de Julio de dos mil once, en el Cantón Tepemechin, Caserío Agua Caliente, Jurisdicción de Yucuaiquín, Distrito y Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio, en calidad de hijo del causante.

Y se le ha conferido al heredero mencionado en la calidad dicha la administración y representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diez días del mes de abril de dos mil doce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

1 v. No. C001672

LICENCIADO ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, a las nueve horas del día veintitrés de marzo del corriente año; se declara heredera expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las

SECCION CARTELES pAGADOSde priMera publicación

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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. cinco horas del día veinticinco de junio del año dos mil nueve, en carretera Ruta Militar, Barrio La Esperanza, entrada a Hospital de Especialidades de Santa Rosa de Lima, siendo su último domicilio Caserío El Sope, Cantón El Rebalse, Jurisdicción de Pasaquina, Departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último lugar, dejara el causante Julio Adalberto Romano Bonilla, a favor de la señora María Emelinda Bonilla viuda de Romano conocida por Emelinda Bonilla y por María Emelinda Bonilla, en concepto de madre sobreviviente del causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 No. l° del Código Civil.

En consecuencia, se le confirió a la heredera declarada en el carácter dicho la administración y representación definitiva de los bienes de la indicada sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, Depar-tamento de La Unión, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil doce.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.

1 v. No. C001673

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Juzgado, a las nueve horas diecisiete minutos del día dieciséis de mayo de dos mil doce, se han declarado herederos abintestato con beneficio de inven-tario de los bienes dejados a su defunción por el causante señor JOSE ORLANDO CARDOZA TEJADA o JOSE ORLANDO CARDOZA, quien fue de sesenta y siete años de edad, pensionado o jubilado, del domicilio de Aguilares, Departamento de San Salvador, siendo éste su último domicilio, fallecido el día trece de noviembre de dos mil once, de parte de los señores IRMA DEL ROSARIO CARDOZA DE ABREGO y WILFREDO CARDOZA TOBAR y LUIS ORLANDO CARDOZA TOBAR, en concepto de hijos del causante y como Cesionarios de los derechos hereditarios que en concepto de padres les correspondía a los señores MARIA ALBERTINA TEJADA DE CARDOZA o MARIA ALBERTINA TEJADA y CAMILO DE JESUS CARDOZA, a quienes se les ha conferido la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que se hace saber al público en general para los demás efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las nueve horas veintitrés minutos del día dieciséis de mayo de dos mil doce.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

1 v. No. C001730

YUNI LIZZETTE SALMERON, Notario, de este domicilio, con Oficina Jurídica situada en la Tercera Avenida Norte y Doce Calle Poniente, número ciento nueve, local dos, Barrio San Francisco, de la ciudad de San Miguel.

AVISA: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las once horas del día veintiuno de mayo del año dos mil doce, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO DE

LA HERENCIA INTESTADA QUE A SU DEFUNCION dejó el señor JOSE ERIBERTO ULLOA CAMPOS, quien falleció a las diecisiete horas con treinta minutos del día cinco de junio del año dos mil diez, en el Hospital Nacional San Pedro de la Ciudad de Usulután, siendo su último domicilio el de la Ciudad de San Jorge, Departamento de San Miguel. De parte de la señora PETRONA DEL CARMEN SALAZAR, conocida Tributariamente por PETRONA DEL CARMEN SALAZAR GUERRA, en concepto de cónyuge del Causante y como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que en la sucesión le correspondían a los señores ROSA MARIBEL SALAZAR ULLOA y HERIBERTO SALAZAR ULLOA, todos éstos en concepto de hijos del causante. Confiérase a la aceptante en el carácter indicado la Administración y Representación DEFINITIVA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Miguel, el día veinticinco de mayo de dos mil doce.

YUNI LIZZETTE SALMERON,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. C001744

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las nueve horas con treinta minutos de este día, se ha declarado heredero definitivo y con Beneficio de Inventario al señor MARCELINO ANTONIO ARGU-MEDO, de la herencia intestada dejada a su defunción por la causante señora, JUANA EMILIA ARGUMEDO, conocida por EMILIA AR-GUMEDO y por JUANA ARGUMEDO, quien falleció a las veintidós horas diez minutos del día dieciocho de febrero del año dos mil siete, en el Hospital Rosales de la Ciudad de San Salvador, siendo esta Ciudad su último domicilio. En concepto de hijo de la referida causante. Con-fiérase al declarado heredero en el concepto indicado la administración y representación definitivas de la indicada sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las nueve horas con treinta y cinco minutos del día veinticinco de mayo del año dos mil doce.- LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

1 v. No. C001751

YESENIA IVETTE GONZALEZ OTERO, JUEZA (1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las quince horas y cuarenta y nueve minutos del día veinticuatro de abril del presente año, SE HA DECLARADO a la señora LEONOR EUGENIA

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395RENDEROS, en su carácter de hija de la causante, como HEREDERA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, de la sucesión testamentaria, dejada por la causante señora DOMINGA FIDELINA RODRIGUEZ conocida por FIDELINA RENDEROS, a su defunción ocurrida el día ocho de agosto de dos mil once, en el Hospital Nacional Rosales de San Salvador; siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio y se ha conferido a la heredera declarada, LA ADMINISTRACION Y LA REPRESENTACION DEFINITIVA DE LA SUCESION, todo de conformidad a lo establecido en el Art. 1165 del Código Civil.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las quince horas y cincuenta y cinco minutos del día vein-ticuatro de abril de dos mil doce.- LICENCIADA YESENIA IVETTE GONZALEZ OTERO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-TIL.- LICENCIADA FLORINDA GARCIA RIVERA, SECRETARIA DE ACTUACIONES INTERINA.

1 v. No. F039860

LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas del día once de mayo del año dos mil doce, se han declarado HEREDERAS DEFINITIVAS con beneficio de inventario de la herencia intestada, que a su defunción, ocurrida el día doce de octubre del año dos mil diez, en el municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, siendo su último domicilio Colón, Departamento de La Libertad, dejó el señor EDGAR ARNULFO RODRIGUEZ RAMIREZ, quien fue de treinta y tres años de edad, casado, contador, originario de San Salvador, Departamento de San Salvador, de nacionalidad salvadoreña, de parte de la señora TERE-SA ELIZABETH SURIA DE RODRIGUEZ, en calidad de esposa del causante, y la menor ADRIANA VANESA RODRIGUEZ SURIA, en calidad de hija sobreviviente del causante, quien es representada legal-mente por su madre biológica la señora TERESA ELIZABETH SURIA DE RODRIGUEZ. Confiriéndole a las aceptantes la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que hago del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, a las ocho horas con cinco minutos del día once de mayo del año dos mil doce.- LIC. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL DE SAN-TA TECLA.- LICDA. ROSA ANGELICA HERNANDEZ EUCEDA, SECRETARIA.

1 v. No. F039862

JOSE ANTONIO MARTINEZ PORTILLO, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en Barrio El Calvario, Calle Ricardo Alfonso Araujo #12 de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las once horas y cuarenta minutos del día cinco de mayo del año dos

mil doce, se ha declarado a la señora RAQUEL HERNANDEZ CRUZ, heredera definitiva con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en la ciudad de Frederick, Condado de Frederick, Estados Unidos de América, a la primera hora y seis minutos del día tres de octubre del año dos mil seis, dejara la señora EMILIA CRUZ LOPEZ o EMILIA CRUZ, quien era de cincuenta y cinco años de edad, viuda, originaria de El Carmen, Departamento de Cuscatlán, y con último domicilio en la ciudad de Frederick, Condado de Frederick, Estados Unidos de América, en concepto de hija sobreviviente de la causante; en consecuencia se le confiere la Administración y Representación Definitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en Jucuapa, Departamento de Usulután, el día diecisiete de mayo del año dos mil doce.

JOSE ANTONIO MARTINEZ PORTILLO,

NOTARIO.

1 v. No. F039863

CARLOS ARNOLDO MARTINEZ MARTINEZ, Notario, de este do-micilio, con oficina Jurídica situada en Edificio Niza, Local Doscientos seis, situado en la Diecinueve Calle Poniente y Primera Avenida Norte, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito No-tario, a las ocho horas del día once de abril del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con BENEFICIO DE INVENTARIO la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó el señor SERGIO LOPEZ RODRIGUEZ, quien falleció el día ocho de marzo del dos mil doce en la Colonia Miramonte Poniente Dos, Avenida Las Asturias, casa número ciento treinta y nueve, de este Departamento, de parte de las señoras Teresa de Jesús Flores de López, en su calidad de cónyuge sobreviviente y las señoras Ivania Elizabeth López Flores conocida por Ivania Elizabeth López Mottos, Ileana Beatriz López Flores, conocida por Ileana Beatriz Barret, e Irene Clotilde López Flores conocida por Irene Clotilde Zawasky, en calidad de hijas del causante. Por lo tanto a las señoras Teresa de Jesús Flores de López, Ivania Elizabeth López Flores conocida por Ivania Elizabeth López Mottos, Ileana Beatriz López Flores conocida por Ileana Beatriz Barret, e Irene Clotilde López Flores conocida por Irene Clotilde Zawasky, se les confiere la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión del causante Sergio López Rodríguez.

Librado en la Oficina del Notario Carlos Arnoldo Martínez Martínez, en la Ciudad de San Salvador, a los veinticinco de mayo del dos mil doce.

CARLOS ARNOLDO MARTINEZ MARTINEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F039871

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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. EN EL DESPACHO PROFESIONAL DEL NOTARIO JOSÉ ALFREDO GARCÍA GONZÁLEZ, UBICADO EN EL BOULEVARD TUTUNICHAPA Y AVENIDA DOCTOR EMILIO ÁLVAREZ, EDIFICIO LAS AMÉRICAS LOCAL DOSCIENTOS UNO-B, DE ESTA CIUDAD, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario pronunciada en esta ciudad, a las nueve horas del día veinticinco de mayo del año dos mil doce, se ha declarado Heredera Testamentaria con Beneficio de Inventario a la señorita MARIOLINA FLORES VIDES, como hija, de los bienes que a su defunción dejó el señor LUIS ANTONIO FLORES, conocido por LUIS ANTONIO FLORES MOLINA; y se ha conferido a la Heredera declarada la representación y administración definitivas de la Sucesión.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil doce.

JOSÉ ALFREDO GARCÍA GONZÁLEZ,NOTARIO.

1 v. No. F039883

DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a las once horas y quince minutos del día veintiocho de marzo del presente año, se ha declarado heredero definitivo al señor JUAN PLEITEZ, por derecho propio en su calidad de hijo y como cesionario de los derechos que le correspondía a María Jova Pineda de Flores y Francisca Pineda, en sus calidades de hijas de los bienes dejados por el causante señor VICENTE PINEDA BOLAÑOS, de noventa y un años de edad, viudo, agricultor en pequeño, originario y del domicilio de Nueva Concepción, salvadoreño, hijo de Victoriano Pineda y Rodriga Bolaños, falleció a las once horas del día doce de abril del dos mil cuatro en el cantón Potenciana, de Nueva Concepción. Fíjense y publíquense los edictos de Ley.

Librado en el juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla, a los veintiocho días del mes de marzo de dos mil doce.- Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.

1 v. No. F039899

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZÁN, AL PÚBLICO PARA EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las

doce horas y cinco minutos del día quince de mayo del dos mil doce, SE

HA DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE

INVENTARIO, DE LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción

dejó la causante señora JUANA LAZO, conocida por JUANA LAZO

GUZMÁN y por JUANA LAZO DE REYES; a la señora MARÍA

TERESA REYES DE GONZÁLEZ, de treinta y siete años de edad;

estudiante, originaria y del domicilio de esta ciudad, con Documento

Único de Identidad Número cero dos millones cuatrocientos seis mil

trescientos cuarenta y tres- seis, y Tarjeta de Identificación Tributaria

número un mil trescientos veintitrés- ciento treinta y un mil doscientos

setenta y tres- ciento dos- cero; como cesionaria del derecho hereditario

que le correspondía al señor OSCAR AMILCAR REYES LAZO, este

en calidad de hijo de la causante; quién a la fecha de su fallecimiento

fue de ochenta y siete años de edad, ama de casa, originaria de Sociedad,

y del domicilio de esta ciudad; hija de VALERIO LAZO y de MARÍA

AURELIANA GUZMÁN; falleció el día treinta y uno de Octubre del

dos mil once, en Barrio La Soledad, de esta ciudad; siendo este lugar su

último domicilio.- Se le confirió a la heredera declarada antes mencionada

y en la forma establecida, la administración y representación definitiva

de la sucesión.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Morazán, a las quince horas del día quince de mayo del dos mil

doce.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1ª.

INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIÉRREZ SÁNCHEZ,

SECRETARIA.

1 v. No. F039910

ANA FELÍCITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día

once de mayo del corriente año, se ha declarado heredero abintestato con

beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó la señora

JUANA MILAGRO MARTÍNEZ DE HERNÁNDEZ, fallecida el día

seis de Agosto de mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón Sali-

nas de Sisiguayo, jurisdicción de Jiquilisco, departamento de Usulután,

siendo el lugar de su último domicilio Tecoluca, de este departamento,

al señor JOSÉ REYNALDO HERNÁNDEZ, quien es mayor de edad,

agricultor en pequeño, del domicilio de Tecoluca, de este departamento,

con Documento Único de Identidad número cero dos millones doscientos

noventa mil quinientos setenta y siete- uno y Tarjeta de Identificación

Tributaria número un mil diez- ciento un mil ciento sesenta y cuatro-

ciento uno- cinco, en concepto de cónyuge sobreviviente de la causante

y como cesionario del derecho hereditario que en la sucesión le corres-

pondía a María Esperanza Hernández, como madre de la causante y se

le ha conferido al heredero declarado la administración y representación

definitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los once días del

mes de mayo del año dos mil doce.- Dra. ANA FELÍCITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIO.

1 v. No. F039913

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO:

AVISA: Que por resolución de las catorce horas del día seis de marzo del presente año.- Ha sido declarada heredera abintestato y con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada por el señor VÍCTOR MANUEL ORTIZ, Fallecido el día once de agosto del dos mil diez, siendo la población de San Antonio del Monte el lugar de su último domicilio, a la señora CLARA LUZ MATA viuda DE ORTIZ, como cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos que en la sucesión les correspondían a las señoritas MARÍA DEL CARMEN ORTIZ MATA, CAROLINA YANETT ORTIZ MATA y SUSANA LISSETH ORTIZ MATA, en concepto de hijas todas del causante.

Se ha conferido a la heredera declarada la administración y repre-sentación definitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las diez horas del día catorce de marzo del año dos mil doce. Lic. LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. Licda. CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

1 v. No. F039970

DORA DEL CARMEN HERNÁNDEZ DE MIRANDA, MAYOR DE EDAD, ABOGADA Y NOTARIA, DE ESTE DOMICILIO, CON OFICINAS SITUADAS EN CALLE CONSTITUCIÓN NÚMERO OCHO POLÍGONO "M". URBANIZACIÓN CIUDAD SATÉLITE, SAN SALVADOR, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída a las nueve horas del día veintinueve de mayo del año dos mil doce, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA INTESTADA con beneficio de Inventario a la señora DALIS GUADALUPE NAVARRO viuda DE CÓRDOVA, conocida por DALIS GUADALUPE NAVARRO DE CÓRDOVA y por DALIS GUADALUPE RAMOS DE CÓRDOVA, quien es de cincuenta y cinco años de edad, ama de casa, del domicilio de El Rosario, departamento de La Paz, con Documento Único de Iden-tidad número cero tres seis seis tres cinco cero ocho- siete, y Número de Identificación Tributaria cero ochocientos dos- veintiocho cero dos cincuenta y siete- ciento uno- cuatro, en su concepto de cónyuge sobre-viviente del causante, señor JOSÉ ALONSO CÓRDOVA OSORIO, conocido por JOSÉ ALONSO CÓRDOVA, quien fue de sesenta y tres años de edad, Motorista, del domicilio de Long Beach, California, Estados Unidos de América, siendo esa ciudad su último domicilio, y quien falleció en Los Ángeles California, Estados Unidos de América, a las cinco horas y cuarenta y siete minutos del día veinticuatro de febrero del año dos mil once, habiéndosele conferido a la heredera declarada la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA DE LA SUCESIÓN.

Librado en San Salvador, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil doce.-

DORA DEL CARMEN HERNÁNDEZ DE MIRANDA,

NOTARIO.

1 v. No. F039985

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas con veinti-cinco minutos del día de hoy se ha declarado heredero abintestato con beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción dejó la señora MARGARITA MERCADO DE HERNÁNDEZ, conocida por MARGARITA MERCADO, quien fue de sesenta y tres años de edad, de oficios del hogar, casada, salvadoreña, con Documento Único de Identidad número: cero cero novecientos veintiocho mil trescientos noventa y cinco- seis y Número de Identificación Tributaria un mil siete- cero cuarenta mil quinientos cuarenta y siete- ciento uno- cinco; fallecida el día veinte de agosto del dos mil diez, en Apastepeque, departamento de San Vicente, en este Distrito Judicial lugar de su último domicilio, al señor GONZÁLO HERNÁNDEZ RIVAS o GONZÁLO HERNÁNDEZ, de ochenta y cinco años de edad, jornalero, del domicilio de Apastepeque, departamento de San Vicente, con Documento Único de Identidad número cero cero doscientos noventa mil setecientos cincuenta y uno- siete y Número de Identificación Tributaria un mil uno- ciento ochenta mil ciento veintiséis- ciento uno- nueve, en concepto de hijo del causante.

Confiéresele al heredero declarado la administración y represen-tación definitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinticuatro días del mes de mayo del dos mil doce.- Dra. ANA FELÍCITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

1 v. No. F039989

RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRERAS, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE ARMENIA, SONSONATE.

HACE SABER: Que a las 14:30 horas de este día se emitió reso-lución en la cual se tuvo por declarado heredero definitivo abintestato y con beneficio de Inventario a Esteban Alfredo González Gómez, como hijo sobreviviente de la causante y cesionario de los derechos heredi-tarios que correspondían a los señores Carlos Enrique González, Irma Sonia González de Romero c/p Irma Sonia González y Arelí Gutiérrez, también hijos sobrevivientes de la causante Avigail González Gutiérrez c/p Abigail González Gutiérrez, Abigail González y Abigail Gutiérrez, quien falleció el día 28 de junio del año 2011, y fue de 68 años de edad, soltera, ama de casa, salvadoreña, con DUI número 01244902-4, hija de Juan Gutiérrez y Carmen González (fallecidos), originaria de Santa Isabel Ishuatán, Sonsonate y con último domicilio en esta ciudad.

Y, se tuvo por conferido a dicho aceptante en las calidades referidas, la administración y representación definitivas de la sucesión.

Lo que se avisa al público en general para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia, Sonsonate, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil doce.- Lic. RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRERAS, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. RAFAEL ANTONIO CUÉLLAR

ÁNGEL, SECRETARIO.

1 v. No. F039992

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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. KAREN ALEXANDRA CARDOZA CALLES, Notario, de este domi-

cilio, con oficina situada en Edificio DEMSA, Urbanización La Florida,

segunda Planta, local número veintiuno, pasaje Alameda, contiguo a

Boulevard de Los Héroes, San Salvador, para los efectos de Ley,

AVISO: Que por resolución de las diecisiete horas del día veintitrés

de mayo del corriente año, se han declarado herederas definitivas con

beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejara

la señora RUPERTA MAGDALENA BARRA VÁSQUEZ, quien fue de

noventa y un años de edad, Enfermera, del domicilio de San Salvador,

Departamento de San Salvador, siendo éste su último domicilio, quien

falleció en Colonia El Refugio, pasaje dos de abril, casa número ciento

ochenta y siete, San Salvador, Departamento de San Salvador, a las tres

horas con cuarenta minutos del día ocho de febrero del año dos mil once,

a las señoras ASTRID DOUBANNY DEL CARMEN O'CONNOR

PERLA y KAREN YENIZ O'CONNOR PERLA, en su calidad de nietas

sobrevivientes de la causante. Confiérase a las Herederas Declaradas la

Administración y Representación definitiva de la Sucesión.-

San Salvador, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos

mil doce.

KAREN ALEXANDRA CARDOZA CALLES,

NOTARIO.

1 v. No. F040001

JOSÉ ALBERTO VARELA, Notario, de este domicilio, con despacho

notarial ubicado en la Trece Calle Poniente, Edificio Ateneo de El

Salvador, Local número dos, costado norte del Palacio de los Deportes

(INDES), de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a

las diez horas del día veintitrés de abril de dos mil doce, se ha declarado

a la Señora SARA MERCADO ROMERO, heredera definitiva con

beneficio de inventario de la Herencia Intestada de los bienes que a su

defunción dejó la señora MARÍA LEONOR MERCADO MERCADO,

conocida por MARÍA LEONOR MERCADO y LEONOR MERCADO,

quien falleció en el Municipio de San Salvador, Departamento de San

Salvador, el día dieciocho de junio del año dos mil once, siendo su último

domicilio el de Ayutuxtepeque; en concepto de hija y Cesionaria de los

Derechos Hereditarios de las señoras ÁNGELA MERCADO ROMERO,

ADELA MERCADO, SANDRA MERCADO DE CARPIO, MARITZA

MERCADO DE FUNES, como hijas sobrevivientes de la causante; en

consecuencia se le confiere la Administración y Representación definitiva

de dicha sucesión con las facultades y efectos de Ley.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día cuatro de mayo del año dos mil

doce.-

JOSÉ ALBERTO VARELA,NOTARIO.

1 v. No. F040013

acEPTaciÓN DE HErENcia

MIGUEL ÁNGEL DERAS MONTES, Notario, de este domicilio, con oficina profesional situada en esta ciudad, Condominio Héroes Norte, Tercera Planta, Local número tres- catorce, Boulevard de los Héroes, frente entrada anexo del Hospital Benjamín Bloom. Al público.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito a las diez horas del día veintiocho del mes y año en curso, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, por parte de la Doctora ERLINDA MARGARITA RIVERA DE CASTILLO, en su calidad de Heredera Universal de la Herencia Testamentaria dejada a su defunción por la causante señora MARÍA OLIMPIA FUENTES viuda DE RIVERA, quien fue de ochenta y ocho años de edad, Secre-taria Ejecutiva, de nacionalidad salvadoreña, originaria de San Marcos Ocotepeque, República de Honduras y con último domicilio en esta ciudad, viuda, hija de los señores José María Fuentes y Margarita Villanueva, ambos ya fallecidos, habiendo ocurrido su deceso en el Hospital Médico Quirúrgico del Instituto Salvadoreño del Seguro Social en esta ciudad a consecuencia de Accidente Cerebro Vascular el día catorce de abril del año en curso.

Habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la dirección de la oficina del suscrito Notario por el término de quince días contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en mi oficina notarial en San Salvador, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil doce.-

MIGUEL ÁNGEL DERAS MONTES, NOTARIO.

1 v. No. C001728

JOSÉ NELSON ALVARENGA RIVERA, NOTARIO, DE ESTE DOMICILIO, CON OFICINA EN SEGUNDA CALLE PONIENTE, EDIFICIO "MARROQUI", DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las ocho horas del día veinticinco de mayo de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ANACLETO AMAYA, quien fue de setenta y un años de edad, Albañil, Casado, fallecido el día siete de junio de dos mil ocho, en Cantón San Diego, jurisdicción de El Paisnal, departamento de San Salvador, siendo la ciudad de Aguilares, su último domicilio; de parte de WILIAM ANTONIO PINEDA, en concepto de cesionario de los Derechos que le correspondían a SILVIA MARIBEL AMAYA DE ESTUPINIÁN, en concepto de hija del causante, habiéndosele conferido la administración y representación INTERINA de la sucesión antes relacionada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

En Aguilares, departamento de San Salvador, a los veintiocho días

del mes de mayo de dos mil doce.

JOSÉ NELSON ALVARENGA RIVERA,NOTARIO.

1 v. No. C001731

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395

ROSA NELIS PARADA DE HERNANDEZ, Notaria, del domicilio

de San Salvador, con Oficina establecida en Quinta Avenida Norte y

Diecisiete Calle Poniente, Local Número Cinco, de esta ciudad de San

Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del

día veintiuno de mayo del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada

expresamente y con Beneficio de Inventario la Herencia Intestada que

a su defunción ocurrida en la Villa de Agua Caliente, Departamento de

Chalatenango, a las doce horas con treinta minutos del día veintiuno

de marzo de mil novecientos noventa y nueve, dejó el señor CESAR

NEFTALI AGUILAR CHACON, quien fue de cuarenta y tres años de

edad, Técnico en Electrónica, de nacionalidad salvadoreña y del domi-

cilio de San Salvador, su último domicilio, de parte de la señora HILDA

PORTILLO viuda DE AGUILAR, conocida por HILDA PORTILLO

UMAÑA, HILDA PORTILLO e HILDA PORTILLO DE AGUILAR,

en su calidad de cónyuge sobreviviente y cesionaria de los señores

CESAR ANTONIO AGUILAR PORTILLO, ANA HILDA AGUILAR

PORTILLO, JORGE ENRIQUE AGUILAR PORTILLO y AGUSTINA

CHACON MALDONADO, conocida por AGUSTINA CHACON.

Habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la Oficina de la Notaria ROSA NELIS PARADA

DE HERNANDEZ. San Salvador, veintitrés de mayo del año dos mil

doce.

ROSA NELIS PARADA DE HERNANDEZ.

NOTARIO.

1 v. No. F039867

FLOR DE MARIA PORTILLO DE ESCALANTE, Notaria, del domicilio

de Soyapango, departamento de San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

a las trece horas con treinta minutos del día veintiuno de mayo del pre-

sente año, se ha tenido por aceptada expresadamente y con beneficio de

inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en Barrio

El Centro, de esta ciudad, a las ocho horas siete minutos del día cinco

de diciembre de dos mil once, dejó el señor JUAN ALARCON, de parte

del señor JUAN JOSE ALARCON QUIJADA, en calidad de cesionario

de los derechos que como hijos sobrevivientes del causante le correspon-

dían a los señores LUIS GONZALO ALARCON QUIJADA, PABLO

EXEQUIEL ALARCON QUIJADA, MARIA ERCILIA ALARCÓN

QUIJADA, SANTOS CANDELARIA ALARCON DE PACHECO y

ALFONSO ALARCON QUIJADA, con facultades y restricciones de

los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida

Oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la Oficina de la Notaria FLOR DE MARIA PORTILLO

DE ESCALANTE. En la ciudad de Nueva Concepción, departamento

de Chalatenango, a las veintiocho horas del día tres de mayo de dos mil

doce.

FLOR DE MARIA PORTILLO DE ESCALANTE,

NOTARIO.

1 v. No. F039898

MARTA ALICIA CASTILLO DE VARGAS, Notario, del domicilio de

Santa Tecla; con Oficina Jurídica ubicada en Residencial Santa Teresa,

Polígono B-tres, Senda cinco número doce, Santa Tecla.

HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrita Notario,

a las siete horas de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con beneficio de inventario la Herencia Intestada que dejara

la causante MARTA DEL CARMEN VARELA FRANCO, conocida

por MARTA DEL CARMEN VARELA y MARTHA DEL CARMEN

VARELA FRANCO; a su defunción ocurrida, a las nueve horas cuarenta

y cinco minutos el día dos de diciembre de dos mil once, en la Calle

Rubén Darío, entre la Primera y Tercera Avenida Norte, frente al Parque

Hula Hula, San Salvador, a la edad de sesenta y tres años, de oficios

domésticos, originaria de San Juan Opico, de Nacionalidad Salvadoreña,

hija de Gerónima Franco y de Agustín Varela, ya fallecidos; por parte

del señor MANUEL DE JESUS GOCHEZ VARELA, en su calidad de

hijo sobreviviente de la causante.

Habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de Ley.

En consecuencia, se cita a quienes se crean con derechos a dicha

herencia, para que se presenten a la referida Oficina dentro del término

de quince días, contados a partir del siguiente a la última publicación

del presente edicto.

En la ciudad de Santa Tecla, a los veintiocho días del mes de mayo

del año dos mil doce.

MARTA ALICIA CASTILLO DE VARGAS,

NOTARIO.

1 v. No. F039918

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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. JORGE ANTONIO MARROQUIN RUGAMAS, NOTARIO, de este

domicilio, con Oficina en 2° Nivel del Edificio de Banco Azteca, entre

9ª Av. Sur y Calle Rubén Darío, San Salvador, al público.

HAGO SABER: Que por resolución proveída a las 10 horas del día

10 de febrero de 2011; en las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria de

Aceptación de Herencia seguidas ante mis oficios notariales, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia

testamentaria dejada a su defunción por la señora MARIA MERCEDES

HERNANDEZ viuda DE SANCHEZ, fallecida en el Barrio San Sebastián,

de la ciudad de Armenia, a las 2 horas 40 minutos del día 4 de diciembre

de 2010, quien a la fecha de su fallecimiento era de 88 años de edad,

panificadora, viuda, originaria y del domicilio de Armenia, departamento

de Sonsonate, salvadoreña por nacimiento, hija de Rosalía Raimundo

y Marcelino Hernández; de parte del señor HUMBERTO JEREMIAS

SANCHEZ HERNANDEZ, en su carácter de Heredero Testamentario,

de los bienes dejados a su defunción por la expresada causante.

Habiéndosele conferido la Representación y Administración Interina

de la referida sucesión intestada con las facultades y restricciones que

la ley le otorga a los curadores de la Herencia Yacente.

San Salvador, 11 de febrero de 2011.

DR. JORGE ANTONIO MARROQUIN RUGAMAS,

NOTARIO.

1 v. No. F039931

ROBUSTIANO NELSON CORDOVA ORTIZ, Notario, de este domici-

lio, con Oficina situada en la Avenida Morazán, número Catorce, Barrio

Dolores, Izalco, departamento de Sonsonate; al público.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las ocho horas

de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario por parte de los señores MIGUEL ANGEL MORALES

CRUZ, de treinta y ocho años de edad, Mecánico, BLANCA YANETH

MORALES CRUZ, de treinta y un años de edad, estudiante y MARTA

ELIZABETH MORALES CRUZ, de treinta y cinco años de edad, em-

pleada, todos de este domicilio, en su carácter de hijos sobrevivientes

del causante EFRAIN CRUZ, quien fue de cincuenta y cuatro años de

edad, jornalero, originario de Izalco, departamento de Sonsonate, de

nacionalidad Salvadoreña, y quien falleció en el HOSPITAL JORGE

MAZZINI, DE LA CIUDAD DE SONSONATE, a las diez horas con

veintiséis minutos del día cuatro de octubre de dos mil dos, a consecuencia

de FALLA MULTISISTEMICA, SHOCK SEPTICO, con asistencia

médica del Doctor Alberto Cota, siendo su último domicilio el municipio

de Izalco, departamento de Sonsonate; la Herencia Intestada que a su

defunción dejó el mencionado causante.

Habiéndoseles conferido a los aceptantes la Administración y

Representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Izalco, departamento de Sonsonate, a los veintinueve días del mes

de mayo del año dos mil doce.

LIC. ROBUSTIANO NELSON CORDOVA ORTIZ,

NOTARIO.

1 v. No. F039937

MARTA EUGENIA JAIME DE LA O, Notario, del domicilio de la

ciudad de San Salvador y con Oficina situada en Calle Roma, número

veintitrés, Colonia Roma, de la ciudad de San Salvador.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia,

promovidas ante mis oficios notariales, de conformidad con la Ley del

Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias,

por resolución proveída a las doce horas del día veinticinco de mayo de

dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario, de parte de la señora ANA SONIA DEL ROSARIO SILVA

URRUTIA, en su calidad de Heredera Testamentaria de la causante

JUANA DEL CARMEN URRUTIA DE SILVA, conocida por JUA-

NITA DEL CARMEN URRUTIA DE SILVA, JUANITA URRUTIA

DE SILVA, JUANITA DE SILVA y por JUANA DEL CARMEN

URRUTIA, quien falleció el día veintitrés de abril de dos mil doce, en

la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, siendo su

último domicilio dicha ciudad.

Habiéndosele conferido a la Aceptante la Administración y Re-

presentación Interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones

de Ley.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los veinticinco días del

mes de mayo de dos mil doce.

LICDA. MARTA EUGENIA JAIME DE LA O,

NOTARIO.

1 v. No. F039960

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395ESPERANZA ESCOBAR CASTILLO, Notaria, del domicilio de Santa

Tecla, Departamento de La Libertad, con Oficina Jurídica situada en

la Tercera Avenida Norte, Número Un Mil Ciento Diecinueve, Local

Cinco, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las nueve

horas del día veintiocho de mayo del año dos mil doce, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejara el señor REMBERTO ABIGAINO CAMPOS

GUIROLA, quien fue de cincuenta y cinco años de edad, casado, Contador

Público, originario de Izalco, Departamento de Sonsonate, del domicilio de

Mejicanos, Departamento de San Salvador, lugar de su último domicilio,

quien falleció en el Hospital Divina Providencia "Hermanas Carmelitas",

de la ciudad de San Salvador, a las veintidós horas con treinta minutos,

del día quince de enero del año dos mil ocho, a consecuencia de Cáncer

del Cerebro, de parte de la señora BLANCA AMANDA CORTEZ DE

CAMPOS, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante.

Habiéndosele conferido la Administración y Representación In-

terina de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Sal-

vador, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil doce.

LICDA. ESPERANZA ESCOBAR CASTILLO,

NOTARIO.

1 v. No. F040007

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, departamento de La Unión; al público para los

efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las trece

horas y cincuenta minutos del día veinte de abril del corriente año, se tuvo

por aceptada expresamente, y con beneficio de inventario, la herencia

intestada, que al fallecer a las tres horas del día veinte de noviembre

del año dos mil once, en Cantón Gueripe, Jurisdicción de Concepción

de Oriente, departamento de La Unión, siento dicho lugar su último

domicilio, dejara la causante JUSTA BONILLA DE SANTOS, conocida

por JUSTA BONILLA y por JUSTA BONILLA BONILLA, a favor

del señor JOSE RUBEN SANTOS BONILLA, en concepto de hijo

sobreviviente de la causante antes mencionada, de conformidad con lo

establecido en el Art. 988 N° 1° del Código Civil.

En consecuencia, se le confirió al aceptante, en el carácter dicho,

la Administración y Representación Interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia

Yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-

mento de La Unión, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil

doce. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIA.

3v. alt. No. C001717-1

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este, día a las diez

horas y veinticinco minutos se ha tenido por aceptada expresamente,

con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó la señora

EULALIA FUENTES MEDRANO, conocida por EULALIA FUENTES,

quien falleció el día ocho de agosto del dos mil once, en el Cantón Santa

Lucía, Jurisdicción de Bolívar, Departamento de La Unión, siendo ese

lugar su último domicilio; de parte del señor FRANCISCO JAVIER

HERNANDEZ VELASQUEZ, en calidad de cesionario de los dere-

chos hereditarios que le correspondían al señor LAZARO FUENTES

RIOS, conocido por LAZARO FUENTES, éste en calidad de hijo de la

causante.

Confiérese a dicho aceptante, en el carácter indicado, la Adminis-

tración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que

en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo

demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los treinta días del

mes de abril del dos mil doce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001720-1

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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, departamento de La Unión; al público para los

efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las catorce

horas y cincuenta minutos del día trece de abril del corriente año; se tuvo

por aceptada expresamente, y con beneficio de inventario, la herencia

Testamentaria que al fallecer a las nueve horas y cuarenta minutos del día

diez de diciembre del año dos mil once, en la Policlínica Limeña de Santa

Rosa de Lima, departamento de La Unión, siendo su último domicilio

Caserío Santa Clarita, Cantón Santa Clara, Jurisdicción de Pasaquina,

dejara el causante JOSE DE LA CRUZ MORENO CARCAMO, a favor

de la señora CECILIA SOLEDAD ALVAREZ MORENO, en concepto

de heredera testamentaria.

En consecuencia, se le confirió a la aceptante, en el carácter dicho,

la Administración y Representación Interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia

Yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los diecinueve días del mes de abril del año dos

mil doce. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CI-

VIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001721-1

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los

efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada este mismo día, se

ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

Herencia Intestada que a su defunción ocurrida el día veinticuatro de

enero del año dos mil siete, en el Cantón Cutumay Camones, de esta

Jurisdicción, siendo éste el lugar de su último domicilio, dejó la señora

GRACIELA TRINIDAD DE MATUTE, conocida por GRACIELA

TRINIDAD LINARES, y por GRACIELA TINIDAD, de parte de

ROSA ADILIA, DORA ALICIA, TERESA DEL CARMEN, MARIA

INES, ANA ELIA, CONSUELO HERMINIA, YOLANDA GLADIS,

MELITON, MIGUEL ANGEL, todos de apellido MATUTE TRINIDAD,

y LEONIDAS MATUTE MARTINEZ, los primeros en su calidad de

hijos y el último como cónyuge de la referida causante.

Confiriéndoseles INTERINAMENTE, la Administración y Repre-

sentación de la sucesión expresada, con las facultades y restricciones de

Ley.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal, en el término de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las nueve horas diez minutos del día ocho de febrero del año dos

mil doce. LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-

CERO DE LO CIVIL.- LICDA, MARISOL DEL CARMEN LEMUS

POLANCO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001727-1

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE

USULUTAN, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día

tres de agosto del año de mil novecientos noventa y ocho, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la heren-

cia Ab-Intestato de los bienes que a su defunción dejó el causante

DEOCLECIANO EVANGELISTA REYES, quien falleció a las dieciséis

horas del día catorce de julio de mil novecientos setenta y nueve, en el

Cantón San José, de esta Jurisdicción, siendo éste su último domicilio,

de parte de ANA MARIA LUISA REYES AMAYA, conocida por ANA

MARIA LUISA REYES, en calidad de hija legítima del causante, y no

así los señores DEOGLESIANO ANTONIO REYES, conocido por

DEOCLECIANO ANTONIO REYES y JUAN JOSE REYES, por haber

repudiado la herencia que les correspondía como hijos del causante.

Confiriéndole a la aceptante ANA MARIA LUISA REYES AMA-

YA, conocida por ANA MARIA LUISA REYES, la Administración y

Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que

dentro del término de Ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de

sus derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las diez

horas y veinte minutos del día veintidós de mayo del año dos mil doce.-

LIC. AMERICO GIOVANNI MEJIA GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA, SUPLENTE.- LICDA. ANA MARGARITA BERMUDEZ

DE HENRIQUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039870-1

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado a

las doce horas y cuatro minutos del día dieciséis de abril de dos mil doce,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

herencia intestada dejada a su defunción, ocurrida el día once de marzo

de dos mil diez en la ciudad de San Salvador, el causante señor JOSE GIL

CASTILLO, conocido por JOSE GIL CASTILLO ROMERO, siendo su

último domicilio la ciudad de San Martín, de parte de los señores HUGO

GEREMIAS CASTILLO GONZALEZ y JOSUE ALEJANDRO CASTI-

LLO GONZALEZ en sus calidades de hijos sobrevivientes del de cujus;

MERY ESCALATICA GONZALEZ SIGÜENZA., conocida por MERY

ESCALATICA GONZALEZ, MERY ESCALATICA GONZALEZ DE

CASTILLO y por MERY ESCOLASTICA GONZÁLEZ SIGÜENZA, en

su calidad de cónyuge sobreviviente del de cujus y esta ultima actuando

también en representación de sus menores hijos. JOSE MOISES CAS-

TILLO GONZÁLEZ, GILBERTO SAMUEL CASTILLO GONZÁLEZ

y RUTH NOEMI CASTILLO GONZÁLEZ en su calidad de hijos del

de cujus.

Y se les ha conferido a los aceptantes la administración y representa-

ción interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente. Debiendo ejercerla los niños JOSE

MOISES, GILBERTO SAMUEL Y RUT NOEMI, todos de apellidos

CASTILLO GONZALEZ, por medio de su representante legal señora

MERY ESCALATICA GONZALEZ SIGÜENZA, conocida por MERY

ESCALATICA GONZALEZ, MERY ESCALATICA GONZALEZ DE

CASTILLO y por MERY ESCOLASTICA GONZALEZ SIGÜEN-

ZA.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce horas

y dos minutos del día dieciocho de mayo de dos mil doce. LIC. GENNY

SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL. Por LICDA.

EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. F039897-1

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE

SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD

DE TONACATEPEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE

LEY

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado a

las quince horas del día veintitrés de mayo de dos mil doce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó el señor JOSE LUIS EVEDARDO

CALDERON CONOCIDO POR JOSE LUIS E. CALDERON, POR

JOSE LUIS EVELARDO CALDERON Y POR JOSE LUIS CAL-

DERON, fallecido el día veinticuatro de julio de dos mil once, siendo

esta ciudad su último domicilio, de parte de los señores JOSE MARIA

CALDERON LEMUS CONOCIDO POR JOSE MARIA LEMUS Y

POR JOSE MARIA CALDERON, DINA ANGELICA CALDERON

DE LANDOS CONOCIDA POR DINA ANGELICA LEMUS, POR

DINA ANGELICA CALDERON Y POR DINA ANGELICA CAL-

DERON LEMUS, RODOLFO CALDERON LEMUS CONOCIDO

POR RODOLFO LEMUS Y POR RODOLFO CALDERON, RUTH

ETELIA CALDERON DE CAMPOS CONOCIDA POR RUTH ETE-

LIA LEMUS, Y POR RUTH ETELIA CALDERON LEMUS, JOSE

CARLOS CALDERON LEMUS CONOCIDO POR JOSE CARLOS

LEMUS Y POR JOSE CARLOS CALDERON, MARTHA AIDA

CALDERON LEMUS CONOCIDA POR MARTHA AIDA LEMUS

Y POR MARTHA AIDA CALDERON, EVEDARDO CALDERON

LEMUS CONOCIDO POR EVEDARDO LEMUS Y POR EVEDARDO

CALDERON, Y JOSE ANTONIO CALDERON LEMUS CONOCIDO

POR JOSE ANTONIO LEMUS, POR JOSE ANTONIO CALDERON

Y POR JOSE ANTONIO LEMUS CALDERON, en su calidad de hijos

del causante ;y se les ha conferido a los aceptantes la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario

Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque,

a los veintiocho días del mes de mayo del año de dos mil doce. LIC.

MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,

SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F039901-1

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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal a las doce horas

del día diez de Noviembre del dos mil once. Se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia Testamentaria

el señor LEOPOLDO PERLA LAZO, fallecido el día once de febrero

del dos mil once, en la población de Sonzacate, siendo ese su último

domicilio, de parte de los señores NELSON LEOPOLDO PERLA

AMAYA y ROSA MARIA PERLA ALVARENGA, en concepto de

herederos Testamentarios y como hijos del causante.

Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas del día

veintidós de febrero del dos mil doce. LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ

HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. LIC. CECILIA DEL

CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039925-1

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO:

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas cuarenta

minutos del presente día, mes y año, se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada por

la señora Dolores María Amaya quien fue conocida por Dolores María

Alvarenga Amaya, María Dolores Amaya, María Dolores Alvarenga y

por Dolores Alvarenga , fallecida el día tres de Mayo de mil novecientos

noventa y cinco, en la ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad el -

lugar de su último domicilio, de parte de los señores Nelsón Leopoldo

Perla Amaya y Rosa María Perla Alvarenga, en su concepto de hijos de

la referida Causante. -

Y se ha conferido a los aceptantes declarados la administración y

representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones

de Ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas del día siete de

Febrero del año dos mil doce.- Enmendado-se-Vale. LIC. LUIS AN-

TONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. LIC.

CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039926-1

Rafael Eduardo Menéndez Contreras, Juez de Primera Instancia de

Armenia; Sonsonate.

HACE SABER: Que a las l5:00 horas de este día se emitió resolución

en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario

la herencia intestada dejada por el causante Nicolás Hernández, de sesenta

y nueve años de edad, soltero, jornalero, originario de Chalatenango,

hijo de María Hernández, falleció a las tres horas del día veinticuatro de

julio de mil novecientos ochenta, en el Barrio "El Carmen" de la ciudad

de Jayaque, departamento de La Libertad, lugar de su último domicilio;

de parte de los señores Mercedes Ramírez y José Miguel Ángel Ramírez

Hernández en su calidad de hijos sobrevivientes del causante Nicolás

Hernández.

Se nombró interinamente a los señores antes referidos administra-

dores y representantes de la sucesión del causante Nicolás Hernández

con las facultades y restricciones de Los curadores de la Herencia

Yacente.

Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se

crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el término

de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del

presente edicto en el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de

Armenia, a los veintiún días del mes de febrero del año dos mil doce.

LIC. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR

ANGEL , SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039930-1

Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

departamento de La Unión; al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las cator-

ce horas del día dos de mayo del corriente año; se tuvo por aceptada

expresamente, y con beneficio de inventario, la herencia intestada que

al fallecer a las veintidós horas del día dieciséis de mayo del año dos

mil tres, en la Colonia Tres de Mayo del Municipio de Nueva Esparta,

departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio,

dejara el causante Félix Cruz Alfaro conocido por Félix Cruz, a favor

del señor José Álvaro Cruz Rubio en concepto de hijo sobreviviente del

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el Art.

988 N° 1° del Código Civil. En consecuencia, se le confirió al aceptante,

en el carácter dicho, la administración y representación interina de los

bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-

mento de La Unión, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil

once.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039949-1

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y treinta

minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con bene-

ficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor DOMINGO

RAMIREZ NATIVI, quien falleció el día quince de marzo de dos mil

seis, en el Cantón El Tamarindo, Jurisdicción de Conchagua, Distrito

y Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio, de

parte de la señora GRISELDA YANIRA RAMIREZ DE GARCIA,

conocida por GRISELDA YANIRA RAMIREZ PACAS, en calidad

de hija del causante.

Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la

administración y representación interinas de la sucesión con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de Lo Civil: La Unión, a los diecinueve

días del mes de marzo de dos mil doce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039953-1

CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA:

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por resolución

proveída por este Tribunal a las quince horas cuarenta y dos minutos

del día diecinueve de abril de dos mil doce, se ha tenido por aceptada

expresamente, con beneficio de inventario, la herencia Intestada que a

su defunción ocurrida a las dos horas cinco minutos, del día veintiséis

de junio de dos mil nueve, en el Hospital Nacional de Chalchuapa,

siendo éste su último domicilio; dejó el señor CARLOS ANTONIO

PERAZA, quien fue de sesenta y seis años de edad, comerciante, soltero;

de parte del señor ADAN PERAZA, en su concepto de hermano del

causante señor CARLOS ANTONIO PERAZA; a quien se le nombra

INTERINAMENTE administrador y representante de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-

cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de

quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado de lo Civil, Chalchuapa, a las quince horas y quince mi-

nutos del día veintitrés de abril de dos mil doce.- LIC. CARLOS JOSE

MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL, CHALCHUAPA. LIC.

HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039983-1

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, LICENCIA-

DO JOSÉ ANTONIO GÁMEZ. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con cuarenta

y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por

la causante señora MARÍA LUISA ROMERO DURÁN, conocida por

MARÍA LUISA ROMERO y por LUISA ROMERO, al fallecer el día

seis de junio del año dos mil siete, en Cantón Montefresco, jurisdicción

de Concepción Batres, siendo esa ciudad su último domicilio; de parte

de la señora TERESA PORTILLO conocida por TERESA PORTILLO

ROMERO, en calidad de hija de la causante, y como Cesionaria del

Derecho Hereditario que le correspondía al señor Fidel de Jesús Portillo

Romero conocido por Fidel de Jesús Portillo, éste en calidad de hijo de la

misma causante. Confiérasele a la aceptante antes dicha la administración

y representación interina de la sucesión, con las facultades y restriccio-

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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. nes de los Curadores de la Herencia Yacente. Fíjense y publíquense los

edictos respectivos, citando a los que se crean con derecho a la Herencia,

para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados

a partir del siguiente al de la tercera publicación del edicto respectivo

en el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los quince días del

mes de mayo del año dos mil doce.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ,

JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN H.,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039998-1

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DEL-

GADO. Al publico:

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y veinte

minutos del día siete de abril del año dos mil diez; Téngase por aceptada

expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó el señor OMAR ROSEMBERG ESCOBAR MONTANO,

quien fue de treinta y ocho años de edad, empleado, casado, originario

de Mejicanos, fallecido el día trece de abril de dos mil nueve, siendo

Cuscatancingo el lugar de su último domicilio; de parte de la señora

JULIA LONGINA PALACIOS DE ESCOBAR conocida por JULIA

LONGINA PALACIOS INGLES, como Cónyuge sobreviviente del

causante y como Cesionaria de los Derechos que les correspondían

a los señores ERNESTO ROSEMBERG MONTANO conocido por

ERNESTO ROSEMBERG MONTANO BONILLA y MIRIAN MAR-

TÍNEZ ESCOBAR conocida por MIRIAM ESCOBAR MARTÍNEZ y

por MIRIAN ESCOBAR MARTÍNEZ, representada por el Licenciado

ALEJANDRO JOSE NOUBLEAU ESTUPINIAN. Confiriéndosele a la

aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión,

con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las once horas y

treinta minutos del día siete de abril del año dos mil diez.- LICDA.

MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL

DE DELGADO. LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039999-1

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL. Al

público para efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas cuarenta

minutos del día veintiuno de mayo de dos mil doce, se ha tenido por

aceptada con beneficio de inventario la herencia testamentaria que a su

defunción dejó la señora VICTORINA ESCOBAR DE PLEITEZ, quien

fue de noventa y un años de edad, de oficios domésticos, quien falleció

el día treinta de julio del dos mil ocho, siendo la ciudad de San Miguel

el lugar de su último domicilio; de parte del señor JOSE ANTONIO

GONZALEZ conocido por JOSE ANTONIO ESCOBAR GONZALEZ,

en calidad de heredero testamentario de la causante, confiriéndose en

el carácter indicado la administración y representación INTERINA de

la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente. Lo que se pone en conocimiento del público para los

efectos de ley.

Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MER-

CANTIL, San Miguel, a las doce horas cuarenta y cinco minutos, del día

veintiuno de mayo de dos mil doce. LICDA. DIANA LEONOR ROMERO

DE REYES, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LIC.

IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040028-1

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395HErENcia YacENTE

MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo Civil

y Mercantil de Santa Ana: AL PÚBLICO EN GENERAL

HACE SABER: Que se han promovido por el Licenciado MARCO

ANTONIO HERBERT CARRANZA, conocido por MARCO ANTONIO

HERNÁNDEZ CARRANZA, diligencias de Declaración de Herencia

Yacente sobre los bienes que a su defunción dejara el señor RENÉ

EDUARDO GONZÁLEZ, quien falleció a las cero horas con cuarenta

minutos, del día cuatro de septiembre del año dos mil once, en el Hos-

pital Nacional Rosales, de San Salvador, siendo su último domicilio la

ciudad de Santa Ana, departamento de Santa Ana, por lo que en auto de

las catorce horas con dos minutos del día catorce de mayo de dos mil

doce se declaró yacente la referida herencia y se nombró como Curador

para que represente dicha sucesión al Licenciado CARLOS ALBERTO

PEÑATE MARTÍNEZ.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa

Ana, a los catorce días del mes de mayo de dos mil doce.

LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.- LICDA. ELIDA

ZULEIMA MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.

3 v. alt. No. F039874-1

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL:

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y cuarenta

minutos del día veintiuno de mayo de dos mil doce, se ha declarado

YACENTE la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE

ANTONIO VELIZ, conocido por JOSE ANTONIO VELEZ, y por JOSE

ANTONIO VELIS, quien fue de setenta años de edad, agricultor, soltero,

hijo de Félix Fuentes y de Petrona Véliz; y falleció el día veintisiete de

mayo de 1984, siendo esta ciudad de San Miguel, el lugar de su último

domicilio; y se nombró curador especial para que represente la sucesión

del señor JOSE ANTONIO VELIZ, conocido por JOSE ANTONIO VE-

LEZ, y por JOSE ANTONIO VELIS, al Licenciado CARLOS ARTURO

ESPINOZA VILLALTA, a quien se le hizo saber este nombramiento

para su aceptación, protesta y demás efecto de Ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL SAN MIGUEL: a las doce horas con un minuto del día veintiuno de

mayo de dos mil doce. LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES,

JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SAN MIGUEL.-

LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040027-1

TiTUlo SUPlETorio

JOSE DIMAS ROMANO, Notario, del domicilio de la ciudad de San

Miguel, y de esta ciudad, con DESPACHO, en Avenida General Larios,

número veintiséis, Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión.

HACE SABER: Que ante mis Oficios se tramita TITULO SUPLE-

TORIO, por DIOMEDES TITO CASTRO MOLINA, de veinticinco

años de edad, de Empleado, del domicilio de Port Jeferson Estado de

New York con residencia temporal en la Villa de Lislique, con Docu-

mento Único de Identidad Personal cero cuatro uno cuatro cinco seis

ocho siete-cero: De un terreno de naturaleza rústica, situado en Cantón

Terrero, Caserío Los Vanegas, jurisdicción de Lislique, Distrito de Santa

Rosa de Lima, Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de

CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS,

que mide y linda ORIENTE, ciento cinco metros, con José Natividad

Alfaro y José Martínez; NORTE, sesenta y dos metros, con Oscar Antonio

Castro Molina; PONIENTE, noventa y tres metros con Juan Hernández

y Dionicio Hernández, calle de por medio; y SUR, treinta metros, con

Luis Hernández, calle de por medio, dentro del terreno hay una casa de

sistema mixto con servicios de luz eléctrica y agua potable y lo valora

en la cantidad de Cinco mil Dólares.- Dicho inmueble lo adquirió, por

compra de Posesión Material según Escritura Pública otorgada en la

ciudad de Corinto, Departamento de Morazán, a las doce horas con

treinta minutos del día dieciséis de julio de dos mil ocho, hecha al señor

Marcelino Castro Juárez, quien ejercía la posesión desde el año de mil

novecientos noventa y cinco. - Que desde la fecha antes dicha lo posee

quieta, pacífica e ininterrumpidamente, sin proindivisión con nadie, por

más de diez años consecutivos.-

Santa Rosa de Lima, diecisiete de mayo de dos mil doce.

DR. JOSE DIMAS ROMANO,

NOTARIO.

1 v. No. C001719

LA SUSCRITA NOTARIO, ELSA BELTRANENA DEODANES

DE RODRIGUEZ, con oficina jurídica ubicada en la Cuarenta y una

Avenida Norte, Casa Doscientos Veinte, de la Colonia Flor Blanca, de

esta Ciudad, para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a esta oficina ha comparecido el Licenciado

FIDEL ALEJANDRO BARRERA PLATERO, quien es mayor de edad,

Abogado, del domicilio de Ilopango, Departamento de San Salvador, con

Documento Único de Identidad cero cero cuatrocientos ochenta y seis

mil ochocientos noventa y ocho - nueve, con Número de Identificación

Tributaria cero seiscientos catorce - doscientos mil trescientos ochenta

y dos - ciento veintidós - siete, actuando en su calidad de Apoderado

General Judicial y Especial del señor MANUEL EDGARDO PEREZ

GUZMAN, Empleado, del domicilio de San Salvador, Departamento de

San Salvador, portador de su Documento Único de Identidad Número cero

cuatro millones ochocientos treinta y tres mil seiscientos tres - nueve y

con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos diez - doscientos

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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. cincuenta mil ciento sesenta - cero cero uno - dos; a promover diligencias de Titulación Supletoria de un terreno rústico, situado en el lugar llamado Barrio San José, Calle El Divisadero, Lote sin Número, del Municipio de Panchimalco, Departamento de San Salvador, el cual se describe y linda así: Partiendo del esquinero SUROESTE con coordenadas geodésicas LATITUD DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS PUNTO VEINTIDOS CUATRO METROS Y LONGITUD CUATROCIENTOS OCHENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES PUNTO CUARENTA Y CUATRO DOS ME-TROS, del terreno que mide y linda: PONIENTE, línea recta compuesta de tres tramos; el primero mide tres punto noventa y siete metros con rumbo NORTE cero cinco grados treinta y seis minutos cincuenta y siete punto nueve segundos ESTE; el segundo, mide veintiuno punto doce metros con rumbo NORTE, cero nueve grados cincuenta y siete minutos cincuenta y ocho segundos ESTE; y el tercero, mide cincuenta punto cero siete metros con rumbo NORTE, veinticuatro grados veintinueve minutos cero tres punto cuatro segundos ESTE, lindando con terrenos de Antonio Martínez, María Luisa Carrillo, Victoria Yolanda Carrillo y Delmi Elizabeth Oviedo de Jorge; NORTE, línea recta compuesta de dos tramos; el primero, mide nueve punto setenta y nueve metros con rumbo SUR cuarenta y cinco grados diecisiete minutos quince segundos ESTE y el segundo, mide veinticuatro punto cuarenta y un metros con rumbo SUR, setenta y un grados quince minutos once punto siete segun-dos ESTE; lindando con terreno de Dina Lilian González de Vásquez; ORIENTE, línea recta compuesta de dos tramos; el primero, mide veintidós punto ochenta y cuatro metros con rumbo SUR, cuarenta y un grados cincuenta y tres minutos cuarenta y cinco punto tres segundos OESTE; y el segundo, mide diecisiete punto noventa y tres metros con rumbo SUR once grados dieciocho minutos diez segundos OESTE, lindando con terreno de Dora Edith Pérez García, Antonio Mauricio Pérez García y Lidia Marina Pérez de Carrillo; SUR, línea recta compuesta de tres tramos; el primero, mide veinte punto ochenta metros con rumbo NORTE, ochenta y un grados veintiocho minutos cincuenta y ocho punto siete segundos OESTE; el segundo, mide veinticuatro punto noventa y dos metros con rumbo SUR, diecinueve grados cincuenta y siete minutos dieciséis punto cuatro segundos OESTE, y el tercero, mide siete punto diez metros con rumbo SUR, ochenta y cuatro grados veintitrés minutos cincuenta y cinco segundos OESTE, lindando en los dos primeros tramos con terrenos de María Luz Carrillo de Miranda y Nixon Rodolfo Carrillo Martínez, y el último tramo con terrenos de Isabel Peña de Vásquez y Francisco Peña, y calle de por medio; El terreno así descrito tiene un área de UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE punto SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS equivalentes a DOS MIL CIEN PUNTO CERO SEIS VARAS CUADRADAS. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, y no está en proindivisión con ninguna persona Natural o Jurídica y no tiene cargas o derechos reales que pertenezcan a terceras personas y lo adquirió por compra que le hizo a la señora María Guzmán, teniendo a la fecha posesión de buena Fe en forma quieta, pacífica y no interrumpida por más de diez años. Todos los Colindantes son del Domicilio de Panchimalco; El Inmueble anteriormente descrito lo valúa en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

San Salvador, a los veintiún días del mes de mayo de dos mil doce.

LICDA. ELSA BELTRANENA DEODANES DE RODRIGUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F039980

SALVADOR ISRAEL TEJADA ORTIZ, Notario, del domicilio de la

ciudad de San Vicente, Departamento de San Vicente, con oficina notarial

ubicada en Segunda Calle Oriente número dieciocho Bis, Barrio San

Francisco de la ciudad de San Vicente, Departamento de San Vicente,

para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a mi oficina Notarial se ha presentado la

Licenciada DORIS ELIZABETH CERRANO ROSA, en calidad de Apo-

derada General Judicial de la señora ROSA MARINA HERNANDEZ DE

ROSAS o ROSA MARINA HERNANDEZ, de cincuenta y ocho años de

edad, Comerciante, del domicilio de San Salvador, Departamento de San

Salvador, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento

Único de Identidad Número cero un millón ochocientos catorce mil

novecientos veinte-ocho, y Tarjeta de Identificación Tributaria Número

cero setecientos cinco- doscientos noventa mil ochocientos cincuenta

y tres- cero cero uno- nueve, solicitando TITULO SUPLETORIO, de

un terreno rústico propiedad de su representada, el cual está situado en

los suburbios del Barrio El Centro, de la población de Monte San Juan,

Departamento de Cuscatlán, con una Extensión Superficial de SESENTA Y

TRES AREAS equivalentes a SIETE TAREAS, con los linderos especiales

siguientes: AL ORIENTE: línea quebrada compuesta de tres segmentos,

la primera se dirige de Sur a Norte, linda con terreno del Cementerio

General de la Población de Monte San Juan, y con terreno que fue de

Ezequiel Castellanos, hoy de Sebastián Ramos Castellanos, mediando

Calle Nacional, de aquí quiebra hacia el Poniente y nuevamente vuelve

a quebrar hacia el Norte, lindando por estos dos segmentos con el resto

del inmueble general propiedad del señor Ricardo Palermo Hernández

Juárez conocido por Ricardo Hernández, y es donde se segregó el que

se describe, mediando brotones de varias clases propios del inmueble

es descripción, AL NORTE: con terreno que fue de Jesús Castellanos,

hoy de don José Pedro Castellanos, mediando brotones de tempate

y cerca de alambre, AL PONIENTE y SUR: con terreno que fue de

Martín Crescencio y que hoy por todos estos rumbos linda solo con la

colindante Vicenta Hernández, mediando brotones de tempate e izote.-

Ya no existe la construcción que menciona el antecedente.- La porción

de terreno descrita queda gravada con servidumbre de Electroducto de

la Compañía CEL.

Librado en la ciudad de San Vicente, a los quince días del mes de

mayo del año dos mil doce.

SALVADOR ISRAEL TEJADA ORTIZ,

NOTARIO.

1 v. No. F039990

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,

AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada

MARIA SANDRA ARACELY RUIZ, como Apoderada General Judicial

con Cláusula Especial del señor JOSE MÁRTIR RIVAS LEMUS, de

cincuenta y ocho años de edad, jornalero, del domicilio de Victoria,

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395Cabañas, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO a favor

del referido señor, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el

Cantón San Pedro, Caserío El Guachipilín, Victoria Cabañas, de una

Extensión Superficial de OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS

DOCE METROS CUADRADOS, que mide y linda AL NORTE: en

cuatrocientos metros, colinda con Enrique Alvarenga, cerco de alambre

de púas y calle de por medio; AL PONIENTE: En cuatrocientos treinta

y nueve metros, colindado con María Ignacia Coreas, cerco de alambre

y de piedra; AL SUR: En ciento ocho metros, colinda con el inmueble

del señor Virgilio Barrera, cerco de piña y alambre; y AL ORIENTE: En

doscientos diecisiete punto cincuenta metros cerco de piña del compare-

ciente y colinda con los inmuebles de los señores Genoveba Escalante y

José Ovidio Ayala. Lo adquirió por Posesión quieta e ininterrumpida por

más de cuarenta años. Y lo valora en UN MIL QUINIENTOS DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los veintiséis

días del mes de marzo de dos mil doce. LIC. JOSE ANGEL POSADA

CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ER-

NESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001701-1

LICENCIADA MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE BERLIN, DE-

PARTAMENTO DE USULUTAN, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

NELSON BOANERGES AMAYA BELTRAN, quien es de cuarenta

y ocho años de edad, abogado, del domicilio de San Salvador, porta-

dor de su Documento Único de Identidad Número cero dos millones

seiscientos cincuenta y ocho mil ciento treinta y dos guión cinco, y

con número de identificación Tributaria un mil ciento dos guión ciento

sesenta mil ochocientos sesenta y tres guión cero cero uno guión dos,

en su calidad de Apoderado General Judicial del señor JOSE VICTOR

VENTURA HERNANDEZ, de sesenta y tres años de edad, jornalero,

de este domicilio con Documento Único de Identidad Número cero dos

millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil setenta y siete guión tres, y

Número de Identidad Tributaria un mil ciento dos doscientos sesenta mil

ochocientos cuarenta y ocho guión ciento uno guión cinco, solicitando

Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, inculto situado

en el Caserío El Tablón de esta Jurisdicción, de una capacidad superficial

de CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE METROS

CUADRADOS, cuyas medidas y colindancias son las siguientes: AL

NORTE: Colinda con los señores María Estebana Mejía de Muñoz,

Mateo Evangelio Solano, Pablo Mejía y Arturo Mejía, calle de por

medio; AL ORIENTE: Colinda con los señores Deysi Hernández Rivas,

José David Hernández Rivas y Sonia Hernández Rivas. AL SUR: Juan

Antonio Flores, Francisco Flores, José Gregorio Flores Fuentes, Manuel

de Jesús Flores Fuentes, Santos Arcadia Flores Fuentes, Juana Fuentes

Viuda de Flores, y Fernando Adán Turcios; y AL PONIENTE: María

Angela Mejía de Hernández.- Que la posesión que ejerce sobre dicha

propiedad mi mandante es de forma material, quieta, pacífica, pública

y no interrumpida ya que dicho terreno no tiene ningún otro dueño que

tenga derecho real que respetarle o que se haya presentado a oponerse

a la posesión aludida demostrando mejor derecho sobre el inmueble,

consistiendo la posesión en efectuar actos de verdadero dueño tales como

cuidarlo, cercarlo, reparar sus cercas, cultivos, siendo éste reconocido por

todos sus vecinos, amigos y colindantes en general como único dueño

de dicho terreno y no hay otros poseedores en pro indivisos. -

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Berlín,

a las catorce horas y treinta minutos del día seis de febrero del año dos

mil doce.- Entre Líneas-en su calidad de Apoderado General Judicial

del señor-vale.- LICDA. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE

GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA MAR-

GARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SRIO.

3 v. alt. No. F039868-1

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,

AVISA: Que a este Juzgado se ha presentado el Lic. GUILLERMO

ATILIO GRANADOS CAMPOS, como apoderado de OSCAR ER-

NESTO NAVIDAD JUAREZ, del domicilio de San Pedro Nonualco,

solicitando TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústica,

situado en el cantón Comunidad, jurisdicción de San Pedro Nonualco,

Departamento de La Paz, de la capacidad superficial de CUATRO MIL

CIENTO OCHENTA Y SEIS PUNTO OCHENTA Y SEIS METROS

CUADRADOS CON VEINTICINCO DECIMETROS CUADRADOS,

lindante: AL NORTE, con Evelia Huezo Alfaro, quebrada de por medio;

AL ORIENTE, con Evelio Huezo Alfaro; AL SUR, con María Guadalupe

Lara, camino vecinal de por medio; y AL PONIENTE, con Pablo Mario

Ventura. Dice el solicitante que su mandante adquirió el inmueble por

compra que hizo a Cresencio Navidad, ya fallecido, por documento sin

antecedente inscrito.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los veintisiete días del

mes de abril de dos mil doce. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ

DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040012-1

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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. JUicio DE aUSENcia

LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DEL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE SOYA-PANGO.

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el Abo-gado JOSE EDGARDO MORALES PORTILLO, en su Calidad de Apoderado General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, abreviadamente BANCO AGRICOLA, S.A., clasificado bajo el número 0914209CMEJCO1-CO1 No. 933-4/, ha promovido el incidente de ausencia contra el señor FRANCIS ERNESTO DE PAZ GIL, mayor de edad, Empleado, con Número de Identificación Tributaria cero-seiscientos diecisiete- cero once mil ciento setenta y nueve-ciento tres-seis, del domicilio de Soyapango, dicha información es necesaria a fin de continuar con el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el abogado JOSE EDGARDO MORALES PORTILLO, en su calidad de Apoderado General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, abreviadamente BANCO AGRICOLA, S.A, y por no saber si ha dejado Procurador o Representante Legal en el país, pide que se le nombre un Curador Especial que lo represente en el proceso aludido.

PREVIENESE como acto de previo y de acuerdo al Art. 141 del Código Procesal Civil, al señor FRANCIS ERNESTO DE PAZ GIL, si tiene Procurador o Representante Legal en el país, se presente a este Juzgado dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso, pruebe tal circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las ocho horas treinta minutos del día veinticuatro de febrero de dos mil doce.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

1 v. No. F039947

caMBio DE NoMBrE

MARIA ELZABETH CASTRO ZELAYA DE AREVALO, Jueza de Familia de la Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución emitida a las nueve horas del día veintidós de mayo del año dos mil doce, con fundamento en los artí-culos veintitrés de la Ley del Nombre de la Persona Natural, se admitió la solicitud de Cambio de Nombre, clasificada bajo el número SMF 222 (23 LNPN) 2012 JET, promovida por el Licenciado BORIS EMERSON BONILLA VILLATORO, mayor de edad, abogado, del domicilio de la ciudad y departamento de San Salvador, como apoderado de la se-ñora JUDITH EUSEBIA ARIAS DE PEREZ, conocida por YUDITH ABIGAIL ARIAS LEMUS, mayor de edad, secretaria, del domicilio de San Marcos, Departamento de San Salvador, por lo que en base en los artículos 23 inciso 4°, 34, 179 y siguientes de la ley del Nombre de la Persona Natural, SE NOTIFICA por medio de este EDICTO, que se publicará por una vez en el Diario Oficial y en un periódico de circulación nacional, a efecto de que a cualquier persona que afectare el cambio o modificación del nombre de la señora JUDITH EUSEBIA ARIAS DE PEREZ, conocida por YUDITH ABIGAIL ARIAS LEMUS,

puede presentar oposición por medio de apoderado debidamente cons-tituido conforme a la ley, dentro de los diez días hábiles siguientes al de la última publicación, y vencido el término de ley y si no se hiciere presente persona alguna alegando oposición a la solicitud del Cambio de Nombre, se continuará con el trámite procesal y se señalará día y hora para la celebración de audiencia de sentencia.

Lo que hace del conocimiento del público para los efectos de Ley correspondiente.

Librado en el Juzgado de Familia de la Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las diez horas del día veintidós de mayo del año dos mil doce.- LIC. MARIA ELIZABETH CASTRO ZELAYA DE AREVALO, JUEZA DE FAMILIA.- LIC. ALBA LUZ BARRIENTOS, SECRETARIA.

1 v. No. F039857

rENoVacioN DE MarcaS

No. de Expediente: 2001017140

No. de Presentación: 20120162231

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESEN-TANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Nueva San Salvador, hoy Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00145 del Libro 00155 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra Secnigen, escrita en letras minúsculas de carácteres espe-ciales, y la letra S que se encuentra al principio, en letras mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001732-1

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2001018026

No. de Presentación: 20120162228

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-NUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00030 del Li-bro 00158 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra CHUQUITIN, escrita en letras de molde, mayúsculas y de carácteres corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001733-1

No. de Expediente: 2001018030

No. de Presentación: 20120162226

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESEN-TANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-NOVACION, para la inscripción Número 00029 del Libro 00158 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PROTACID, escrita en letras de molde, mayúsculas y de carácteres corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Cla-sificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001734-1

No. de Expediente: 2001018024

No. de Presentación: 20120162224

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESEN-TANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-NOVACION, para la inscripción Número 00016 del Libro 00158 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra BELESTAR, escrita en letras de molde, mayúsculas y de carácteres corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Cla-sificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001735-1

DIARIO

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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 1998005337

No. de Presentación: 20120162227

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-NUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00108 del Libro 00162 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-sistente en la palabra IBUKID, escrita en letras corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001736-1

No. de Expediente: 2001017141

No. de Presentación: 20120162225

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESEN-TANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Nueva San Salvador hoy Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00146 del Libro 00155 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras Moisty finger, escritas en letras minúsculas de carácteres especiales, y la letra M que se encuentra al principio, en letras mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001737-1

No. de Expediente: 2001017137

No. de Presentación: 20120162232

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de na-cionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Nueva San Salvador hoy Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00170 del Libro 00155 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra ZITROGEN, escrita en letras minúsculas de carácteres especiales, y la letra Z que se encuentra al principio, en letras mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001738-1

DIARIO

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2001018027

No. de Presentación: 20120162229

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESEN-TANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-NOVACION, para la inscripción Número 00018 del Libro 00158 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra CAVA, escrita en letras de molde, mayúsculas y de carácteres corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001739-1

No. de Expediente: 2001018021

No. de Presentación: 20120162230

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESEN-TANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENO-VACION, para la inscripción Número 00034 del Libro 00158 de INS-CRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra RAPACE, escrita en letras de molde, mayúsculas y de caracteres corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001740-1

No. de Expediente: 2001018023

No. de Presentación: 20120162217

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESEN-TANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENO-VACION, para la inscripción Número 00024 del Libro 00158 de INS-CRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra RACKET, escrita en letras de molde, mayúsculas y de carácteres corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001741-1

DIARIO

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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 2001018018

No. de Presentación: 20120162221

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL

SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL, del do-

micilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de

nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESENTANTE

LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX,

S.A. DE C.V., del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Liber-

tad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00028 del Libro 00158 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la palabra CONGA, escrita en letras de

molde, mayúsculas y de características corrientes; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001742-1

No. de Expediente: 2001017139

No. de Presentación: 20120162223

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL

SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO, del domicilio

de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de na-

cionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESENTANTE

LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX,

S.A. DE C.V., del domicilio de Nueva San Salvador hoy Santa Tecla:

Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00144 del

Libro 00155 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la pala-

bra Nimogen, escrita en letras minúsculas de caracteres especiales, y la

letra N que se encuentra al principio, en letras mayúsculas; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001743-1

No. de Expediente: 2000007085

No. de Presentación: 20110151456

CLASE: 23.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIA

DE HILOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que

se abrevia: HILO, S.A. DE C.V., del domicilio de Ilopango, Departa-

mento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00149 del Libro 00137 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra VENUS, EN

LETRAS MAYUSCULAS; que ampara productos/servicios compren-

didos en la(s) Clase 23 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIARIO

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039964-1

No. de Expediente: 2001012538

No. de Presentación: 20110152297

CLASE: 23.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIA

DE HILOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que

se abrevia: HILO, S.A. DE C.V., del domicilio de Ilopango, Departa-

mento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00018 del Libro 00143 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra SANSON, escrita

en letras mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 23 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039965-1

No. de Expediente: 1997006141

No. de Presentación: 20110151450

CLASE: 24.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIA

DE HILOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: HILO, S.A. DE C.V., del domicilio de ILOPANGO,

DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00047 del Libro 00131 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en

la palabra BELL-TEX la cual está escrita en letras mayúsculas ubicada

de izquierda a derecha; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 24 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039966-1

No. de Expediente: 1999000923

No. de Presentación: 20110151447

CLASE: 24.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIA

DE HILOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: HILO, S.A. DE C.V., del domicilio de ILOPANGO,

DIARIO

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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00238 del Libro 00142 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en LAS PALABRAS BULL DOG QUE SE DESCRIBEN ASI: LAS

PALABRAS "BULL DOG", ESTAN ESCRITAS EN LETRAS DE

MOLDE, MAYUSCULAS Y DE COLOR NEGRO, EN UNA FORMA

HORIZONTAL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 24 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039968-1

Marca DE faBrica

No. de Expediente: 2012116646

No. de Presentación: 20120165386

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de PE-

TRONAS LUBRICANTS ITALY S.p.A., de nacionalidad ITALIANA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Profar

Consistente en: la palabra PROFAR, que servirá para: AMPARAR:

QUÍMICOS PARA SER USADOS EN LA INDUSTRIA; ANTI-

CONGELANTE Y LÍQUIDOS ANTICONGELANTES; QUÍMICOS

EN FORMA LÍQUIDA USADOS PARA INHIBIR Y REMOVER

DEPÓSITOS DE CAL; PREPARACIONES QUÍMICAS LIQUI-

DAS ESTABILIZADORAS PARA ENFRIAR CIRCUITOS PARA

MOTORES DE COMBUSTIÓN DE VEHÍCULOS DE MOTOR,

TRACTORES, MAQUINAS PARA MOVER TIERRA, VEHÍCULOS

COMERCIALES E INDUSTRIALES, MOTORES DE 2/4 TIEMPOS

PARA VEHÍCULOS DE MOTOR, Y MOTORES ARREGLADOS Y

NAVALES; ADHESIVOS ANAERÓBICOS PARA PROPÓSITOS

INDUSTRIALES; PREPARACIONES PARA LA DESCALCIFICA-

CIÓN PARA PROPÓSITOS INDUSTRIALES PARA SU USO EN

CONEXIÓN CON RADIADORES, MOTORES DE COMBUSTIÓN

INTERNA Y ENFRIADO DE CIRCUITOS RELACIONADO A

LOS EQUIPOS MENCIONADOS; PREPARACIONES QUÍMICAS,

ESPECÍFICAMENTE, SOLVENTES DESENGRASANTES Y LIM-

PIADORES PARA USO EN CONEXIÓN CON RADIADORES, MO-

TORES DE COMBUSTIÓN INTERNA Y ENFRIADO DE CIRCUITOS

RELACIONADOS A LOS EQUIPOS MENCIONADOS ADITIVOS

QUÍMICOS PARA COMBUSTIBLES DE MOTORES; LÍQUIDOS

DE FRENOS; SELLADORES PARA FUGAS DE SISTEMAS DE

FRENOS DE AUTOMÓVILES; LÍQUIDOS ANTICONGELANTES

PROTECTIVOS PARA SISTEMAS DE FRENADO POR AIRE

COMPRIMIDO DE VEHÍCULOS INDUSTRIALES; LIQUIDO DE

DIRECCIÓN HIDRAULICA. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001674-1

No. de Expediente: 2012115555

No. de Presentación: 20120162939

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SARA

ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de GESTOR

DIARIO

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395OFICIOSO de BOSE CORPORATION, de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

BoSE

Consistente en: la palabra BOSE, que servirá para: AMPARAR:

APARATOS PARA GRABAR, TRANSMITIR Y REPRODUCIR

SONIDO O IMÁGENES; ALTOPARLANTES, SISTEMAS DE AL-

TOPLARLANTES, RADIOS, REPRODUCTORES DE DVD. REPRO-

DUCTORES DE CD, REPRODUCTORES DE MUSICA DIGITAL,

TELEVISIONES, AUDIFONOS, AURICULARES, MICROFONOS,

DISPOSITIVOS DE CONTROL REMOTO; SOFTWARE DE APLI-

CACIONES DE COMPUTADORA PARA TELEFONOS MOVILES

Y REPRODUCTORES DE MUSICA DIGITALES; SOFTWARE Y

HARDWARE DE COMPUTADORA USADO PARA CONFIGU-

RAR SISTEMAS DE SONIDO; SOFTWARE DE COMPUTADORA,

ESPECIFICAMENTE PARA CONTROLAR EQUIPO DE PRUEBA

DE MATERIALES PARA SER USADOS EN EL CAMPO DEL

DESARROLLO DE DISPOSITIVOS MEDICOS Y PRUEBAS DE

MATERIALES BIOMEDICOS O CON ALGÚN TIPO DE INGENIE-

RIA, INSTRUMENTOS DE PRUEBA DE ESPECIMENES USADOS

PARA LA APLICACIÓN DE CARGAS CICLICAS Y ESTATICAS A

ESPECIMENES INTEGRADOS JUNTO CON UN CONTROLADOR

USADO PARA PRUEBAS DE FATIGA Y PRUEBAS DE MATE-

RIALES DE LOS ESPECÍMENES SUJETOS A CARGAS PARA SU

USO EN LOS CAMPOS DEL DESARROLLO DE DISPOSITIVOS

MEDICOS Y PRUEBAS DE MATERIALES BIOMEDICOS O CON

ALGÚN TIPO DE INGENIERIA. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veinte de enero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001675-1

No. de Expediente: 2011114946

No. de Presentación: 20110161733

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICAR-

DO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO

de CORPORACION HABANOS, S.A., de nacionalidad CUBANA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las letras BHK y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: TABACOS, CIGARROS, CIGARRILLOS, CIGARITOS,

PICADURA PARA PIPAS; ARTICULOS DE FUMADOR; CENI-

CEROS, CORTAPUROS, FOSFORERAS, PURERAS; CERILLAS.

Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001677-1

No. de Expediente: 2012116628

No. de Presentación: 20120165353

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO

DIARIO

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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. de AGROCENTRO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-

CA,

Consistente en: la palabra Clorotac y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCION DE

ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001678-1

No. de Expediente: 2012116629

No. de Presentación: 20120165354

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO

de AGROCENTRO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-

CA,

Consistente en: la palabra Eskobiyol y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCION DE

ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001679-1

No. de Expediente: 2010105949

No. de Presentación 20100145088

CLASE: 24.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE

DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de Daimler

AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA,

Consistente en: un diseño identificado como Diseño de estrella dentro

de círculo, que servirá para: AMPARAR: TEJIDOS Y PRODUCTOS

TEXTILES; ROPA DE CAMA Y DE MESA; MANTAS DE VIAJE,

TEXTILES PARA LA FABRICACION DE PRENDAS DE VESTIR;

EDREDONES; FUNDAS PARA ALMOHADAS, PARA COJINES O

PARA EDREDONES. Clase: 24.

La solicitud fue presentada el día dos de diciembre del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001682-1

DIARIO

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012116315

No. de Presentación: 20120164725

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de BEIQI FOTON MOTOR CO., LTD., de nacionalidad CHINA, soli-

citando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: identificado como:. FOTON LOGO, que servirá

para: AMPARAR: AUTOMOVILES; CAMIONES; TRACTORES;

MOTOCICLETAS; CARROS; COCHES; MONTACARGAS; VEHI-

CULOS PARA ELEVAR; TRAILERES (VEHICULOS); CARRITOS

PORTA MANGUERAS; CARRUAJES DE FUNDICION; MOTORES

PARA VEHICULOS TERRESTRES; VEHICULOS MEZCLADORES

DE CEMENTO; AMBULANCIAS; CAMIONES DE LIMPIEZA; CA-

MIONES ROCIADORES; OMNI BUSES; CARROS DEPORTIVOS;

CAMIONES DE VUELCO; VEHICULOS PARA TRANSPORTE

MILITAR; AUTOMOVILES PARA INGENIERIA; CHASIS DE

AUTOMOVILES. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de febrero del año dos mil doce.-

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001684-1

No. de Expediente: 2012116462

No. de Presentación: 20120165014

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado INES TAU-

RA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

JOHNSON'S BABY ACTIVE FRESH

Consistente en: las palabras JOHNSON'S BABY ACTIVE FRESH,

que se traducen al castellano como Johnson's Bebé Frescura Activa,

que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS PARA EL CUIDADO

Y LIMPIEZA DE LA PIEL Y EL CABELLO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos. Distintivos. San Salvador,

dos de marzo del año dos mil doce.

LIC. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001685-1

No, de Expediente: 2012116461

No. de Presentación: 20120165013

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado INES TAU-

RA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

DIARIO

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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

JOHNSON'S BABY LASTING CARE

Consistente en: las palabras JOHNSON'S BABY LASTING CARE,

que se traduce al castellano como Johnson's Cuidado Duradero de Bebés,

que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS PARA EL CUIDADO Y

LIMPIEZA DE LA PIEL Y EL CABELLO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dos de marzo del año dos mil doce.

LIC. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001686-1

No. de Expediente: 2012116631

No. de Presentación: 20120165356

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO

de AGROCENTRO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-

CA,

Consistente en: la palabra Konflikt y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCION DE

ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001687-1

No. de Expediente: 2012116632

No. de Presentación: 20120165357

CLASE; 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER; Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO

de AGROCENTRO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-

CA,

Consistente en: la palabra Kungfidol y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCION DE

ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

doce.

DIARIO

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001688-1

No. de Expediente: 2011110986

No. de Presentación: 20110154080

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado

EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO

de Industrias H-24 de Guatemala, Sociedad Anónima, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-

CA,

MATS

Consistente en: la palabra MATS, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS VETERINARIOS E HIGIENICOS, DESINFECTAN-

TES PARA USO HIGIENICO, PRODUCTOS PARA LA DESTRUC-

CION DE ANIMALES DAÑINOS, HERBICIDAS, ACARICIDAS,

DESINFECTANTE PARA INODOROS, GERMICIDAS. INSECTI-

CIDAS, PESTICIDAS, VENENOS BACTERIANOS, PASTILLAS

FUMIGANTES, INCIENSO REPELENTE PARA INSECTOS, PRE-

PARACIONES MATAMOSCAS, PAPEL ANTIPOLILLAS, PARASI-

TICIDAS, PEGAMENTO ATRAPAMOSCAS, PRODUCTOS PARA

ELIMINAR RATONES, REPELENTES DE INSECTOS, VARILLAS

FUMIGANTES, FUNGICIDAS, ALACRANICIDAS, RATICIDAS V

VENENOS, VENENOS PARA MATAR CUCARACHAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día cinco de julio del año dos mil

once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001689-1

No. de Expediente: 2001018371

No. de Presentación: 20010018371

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Merck

KGaA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA,

Consistente en: "MERCK" en letras mayúsculas, de las cuales la

letra "M" presenta su trazo izquierdo cortado por la mitad, desligándose el

extremo inferior del mismo, pero a la vez formando parte de la letra.

La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil

uno.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001690-1

DIARIO

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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 2012116325

No. de Presentación: 20120164735

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SARA

ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de GESTOR

OFICIOSO de Cricket Music Operations, LLC, de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

MUVE

Consistente en: la palabra MUVE, que servirá para: AMPARAR:

SOFTWARE DE COMPUTACIÓN QUE PERMITE BAJAR Y EMITIR

MÚSICA Y ARCHIVOS HACIA DISPOSITIVOS INALAMBRICOS

QUE PUEDEN BAJARSE DESDE LA COMPUTADORA GLOBAL

O UNA RED INALAMBRICA. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001691-1

No. de Expediente: 2005048606

No. de Presentación: 20050063838

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de UNIVERSAL

TRADEMARKS, CORP., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra Navy y diseño, que se traduce al castellano

como Marina.

La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil

cinco.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de Febrero del año dos mil doce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001692-1

No. de Expediente: 2012116634

No. de Presentación: 20120165359

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE

DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de SHELL

BRANDS INTERNATIONAL AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra NITRO y diseño, que servirá para:

AMPARAR: COMBUSTIBLES. Clase: 04.

DIARIO

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001693-1

No. de Expediente: 2012116749

No. de Presentación: 20120165649

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado INES TAU-

RA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

PURNEXA

Consistente en: la palabra PURNEXA, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS DE USO HUMANO.

Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día ocho de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos. Distintivos. San Salvador,

trece de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001694-1

No. de Expediente: 2012116626

No. de Presentación: 20120165351

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado INES TAU-

RA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

PUROFEX

Consistente en: la palabra PUROFEX, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS PARA HUMANOS.

Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001695-1

DIARIO

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Page 101: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 2011112390

No. de Presentación: 20110156661

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA

CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

Tod's S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA,

Consistente en: un diseño identificado como T LOGO Y CA-

BEZA DE LEON, que servirá para: AMPARAR: ABRIGOS DE

CUERO,CHAQUETAS DE CUERO, PANTALONES DE CUERO,

FALDAS DE CUERO, TOPS DE CUERO, GABARDINAS DE CUE-

RO, ABRIGOS LARGOS DE CUERO, SOBRETODOS DE CUERO,

CINTURONES DE CUERO, TIRANTES DE CUERO PARA LA

ROPA, CINTURONES, TRAJES, CHAQUETAS ACOLCHADAS,

CHAQUETAS, CHAQUETAS FORRADAS, JUMPERS, PANTA-

LONES, JEANS, FALDAS, VESTIDOS, ABRIGOS, SOBRETODOS

O GABANES, CAPAS, IMPERMEABLES, PARKAS, JERSEYS,

CAMISAS, CAMISETAS, BLUSAS, SUETERES, ROPA INTERIOR,

BABY DOLLS, SIENDO ROPA DE DORMIR, BATAS DE BAÑO,

ROPA PARA BAÑO (PRENDAS DE VESTIR), NEGLIGES, TRAJES

DE BAÑO, BATAS DE CASA, CAMISONES, VESTIDOS DE UNA

SOLA PIEZA, VESTIDOS DE DOS PIEZAS, VESTIDOS DE NOCHE,

CHALES, BUFANDAS, CORBATAS, CORBATAS AL CUELLO,

TRAJES DE CABALLEROS, ROPA DE MUJER, CAMISAS DE

VESTIR, CAMISAS HAWAIANAS, SUDADERAS, CAMISETAS

INTERIORES, CAMISAS TIPO POLO, TRAJES DE CUERPO, BLA-

ZERS, SHORTS, CAMISAS DEPORTIVAS, ZAPATOS, ZAPATOS

DEPORTIVOS, PANTUFLAS, CHANCLOS, ZAPATOS DE TACON

BAJO, ZAPATOS DE CUERO, ZAPATOS DE GOMA, BOTAS DE

GOMA, ZAPATOS DE GOLF, ZUECO DE MADERA, ZAPATOS DE

PESCADOR, ZAPATOS DE BALONCESTO, ZAPATOS DE VESTIR,

ZAPATOS DE TACON, ZAPATOS PARA CAMINAR, ZAPATOS

DE RUGBY, ZAPATILLAS DE BOXEO, ZAPATOS DE BEISBOL,

ZAPATOS DE VINILO, ZAPATOS DE PLAYA, SUELAS, SUELAS

PARA CALZADO, EMPEINES DE CALZADO, TALONERAS PARA

ZAPATOS Y BOTAS, ANTIDESLIZANTES PARA ZAPATOS Y

BOTAS, PUNTERAS PARA EL CALZADO, ZAPATOS DE LLUVIA,

ZAPATOS PARA PISTA, ZAPATOS DE TRABAJO, ZAPATOS DE

PAJA, ZAPATOS DE GIMNASIA, BOTAS, BOTAS DE ESQUI, BO-

TAS MEDIANAS, BOTAS ARTICAS, BOTAS DE FUTBOL, BOTAS

CON CORDONES, ZAPATOS DE HOCKEYS DE CAMPO, ZAPATOS

DE BALONMANO, ALPARGATAS, SANDALIAS, SANDALIAS

DE BAÑO, GUANTES, GUANTES DE PROTECCION CONTRA EL

FRIO, GUANTES DE CUERO, MITONES, SOMBREROS Y GORRAS,

VICERAS (ARTICULOS DE SOMBRERERIA), SOMBREROS Y

GORRAS DE CUERO. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001696-1

No. de Expediente: 2011115031

No. de Presentación: 20110161855

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

Continental Automotive GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA,

VDr-WEB

Consistente en: la expresión VDR-WEB, la palabra Web se traduce

al castellano como: red, que servirá para: AMPARAR: APARATOS

DE REGISTRO DE TIEMPOS; DISPOSITIVOS REGISTRADORES

ELECTRONICOS DE A BORDO PARA REGISTRAR HORAS DE

SERVICIO DE CONDUCTORES DE VEHICULOS COMERCIA-

LES Y OTROS DATOS PARA FINES DE ADMINISTRACION DE

FLOTAS; DISPOSITIVOS REGISTRADORES ELECTRONICOS DE A BORDO PARA PROTOCOLIZAR HORAS DE SERVICIO DE CONDUCTORES DE VEHICULOS COMERCIALES, LOS CUALES CONSISTEN DE UNA UNIDAD CENTRAL DE PROCESAMIENTO,

DIARIO

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395UN DISPOSITIVO DE COMUNICACION INALAMBRICA PARA TRANSMITIR DATOS, UNA UNIDAD DE ALMACENAMIENTO DE MEMORIA FLASH DE CONDUCTOR, UNA MEMORIA DE ALMACENAMIENTO DE MEMORIA FLASH DE COMPAÑIA, Y SOFTWARE PARA REGISTRAR, ALMACENAR, Y TRANSMITIR DATOS RELACIONADOS CON EL VEHICULO Y EL CONDUCTOR, UNIDADES DE MEMORIA FLASH PARA USAR CON REGISTRA-DORES ELECTRONICOS DE A BORDO DE HORAS DE SERVICIO DE CONDUCTORES DE VEHICULOS COMERCIALES; SOFT-WARE PARA USAR CON REGISTRADORES ELECTRONICOS DE A BORDO DE HORAS DE SERVICIO DE CONDUCTORES DE VEHICULOS COMERCIALES; APARATOS TELEMATICOS, EN CONCRETO DISPOSITIVOS INALAMBRICOS DE INTERNET QUE PROVEEN SERVICIOS TELEMATICOS Y TIENEN UNA FUNCION DE TELEFONO CELULAR PARA TRANSMITIR INFORMACIONES SOBRE HORAS DE SERVICIO DE CONDUCTORES DE VEHICU-LOS COMERCIALES Y OTROS DATOS DE ADMINISTRACION DE FLOTAS. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No.C001697-1

No. de Expediente: 2011112389

No. de Presentación: 20110156660

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Tod's S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: un diseño identificado como T LOGO Y CABEZA DE LEON, que servirá para: AMPARAR: BOLSOS, CARTERAS, MALETAS DE VIAJE, PORTAFOLIOS, PORTAFOLIOS DE CUE-RO, PORTA TARJETAS DE CREDITO DE CUERO, BILLETERAS, MALETINES DE CUERO PARA DOCUMENTOS, LLAVEROS DE

CUERO, MONEDEROS, BAULES, MALETAS, BOLSAS DE COS-METICOS, BOLSAS DEPORTIVAS INCLUIDAS EN ESTA CLASE, BOLSAS PARA EQUIPOS DEPORTIVOS, BOLSOS Y BOLSAS COLGANTES DE HOMBROS PARA DAMAS, BOLSOS DE CUE-RO PARA COMPRAS, MOCHILAS, BOLSAS DE ROPA PARA EL VIAJE, PORTA TRAJES DE VIAJE, BOLSAS DE ZAPATOS PARA VIAJES, BOLSAS DE PLAYA, MOCHILAS (RUCKSACKS), BOLSAS PARA PAÑALES, MOCHILAS (BACKPACKS), MALETINES TIPO BOSTON, BAULES DE VIAJE, MALETINES (DUFFEL BAGS), MALETINES, BOLSOS PARA EQUIPAJE DE MANO, BOLSAS PARA ALPINISMO, MORRALES, BOLSAS PARA LA OPERA, NECESERES (VACIOS), CUEROS, ESTUCHES Y CAJAS HECHOS DE CUERO, BOLSOS DE CUERO PARA EMBALAJE, CORREAS DE CUERO, SOMBRILLAS, CINCHAS DE CUERO. Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001698-1

No. de Expediente: 2011113668

No. de Presentación: 20110159024

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Motorola

Trademark Holdings, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

MoTocaST

Consistente en: la palabra MOTOCAST, que servirá para: AM-

PARAR: SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA SU USO EN

DESCARGAR, EXTRAER, CODIFICAR, DECODIFICAR, JUGAR,

ALMACENAR, ORGANIZAR, TRANSMITIR, Y REVISAR TEXTO,

INFORMACION, IMAGENES, ARCHIVOS DE AUDIO, ARCHI-

VOS DE VIDEO Y JUEGOS ELETRONICOS EN CONEXION CON

COMPUTADORAS, CAJAS DECODIFICADORAS DE TELEVISION,

REPRODUCTORES DE MUSICA, REPRODUCTORES DE VIDEO,

REPRODUCTORES MULTIMEDIA, TELEFONOS CELULARES,

TABLETS Y DISPOSITIVOS ELECTRONICOS DIGITALES POR-

TATILES Y DE MANO; SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA

INGRESAR, NAVEGAR Y BUSCAR BASES DE DATOS EN LINEA.

Clase: 09.

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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001704-1

No. de Expediente: 2012116177

No. de Presentación: 20120164516

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

Alimentos, Sociedad Anónima, de nacionalidad GUATEMALTECA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

SoTTilE

Consistente en: la palabra SOTTILE, que servirá para: AMPA-

RAR: CAFÉ, TE, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ,

SUCEDÁNEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES A

BASE DE CEREALES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y

DE CONFITERÍA, HELADOS; MIEL, JARABE DE MELAZA; LE-

VADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE,

SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintidós de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001706-1

No. de Expediente: 2012117487

No. de Presentación: 20120166843

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado OMAR

ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO

de PREMIUM FOODS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: PREMIUM FOODS, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra COCOLOTE y diseño, que servirá para:

AMPARAR: GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS;

BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARA-

CIONES PARA HACER BEBIDA. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001707-1

No. de Expediente: 2012116485

No. de Presentación: 20120165054

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de

DIARIO

OFI

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ARA CONSULT

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NO TIE

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

SWiTcH

Consistente en: la palabra SWITCH, que se traduce como INTE-RRUPTOR, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001708-1

No. de Expediente: 2012116486

No. de Presentación: 20120165055

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

TiBUroN

Consistente en: la palabra TIBURON, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTOS Y GRANOS AGRÍCOLAS, HORTÍCOLAS Y SILVÍCOLAS NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES. FRUTAS Y VEGETALES FRESCOS, SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES NA-TURALES, Clase: 31.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001709-1

No. de Expediente: 2012116465

No. de Presentación: 20120165017

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA

CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Eli Lilly

and Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

VaYaPliN

Consistente en: la palabra VAYAPLIN, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001710-1

No. de Expediente: 2012116487

No. de Presentación: 20120165056

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

VEcTra

Consistente en: la palabra VECTRA, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTOS Y GRANOS AGRÍCOLAS, HORTÍCOLAS Y SILVÍCOLAS NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES. FRUTAS Y VEGETALES FRESCOS, SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES NA-TURALES. Clase: 31.

DIARIO

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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001711-1

No. de Expediente: 2012116466

No. de Presentación: 20120165018

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Grupo

Empresarial de Producciones Biofarmacéuticas y Químicas, LABIO-

FARM., de nacionalidad CUBANA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA,

Consistente en: la palabra VIDATOX y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO:

SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO Y ALIMENTOS

PARA BEBÉS. PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE ORIGEN NA-

TURAL, LIOFILIZADOS, SOLUCIONES, TABLETAS, CREMAS Y

UNGÜENTOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001712-1

No. de Expediente: 2011112391

No. de Presentación: 20110156662

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de Global Brand Holdings, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de Ja MARCA DE FABRICA,

XoXo

Consistente en: la palabra XOXO, que servirá para: AMPARAR: CUERO Y CUERO DE IMITACIÓN, PRODUCTOS DE ESTAS MA-TERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PIELES DE ANIMALES; BAÚLES Y MALETAS; PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES; FUSTAS Y ARTÍCULOS DE GUARNICIONERÍA. Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001713-1

DIARIO

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Page 106: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente 2011112392

No. de Presentación: 20110156663

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE

DE JESÚS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de Global Brand

Holdings, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FÁBRICA,

XoXo Consistente en: La palabra XOXO, que servirá para: AMPARAR:

PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTÍCULOS DE SOMBRERE-

RÍA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de marzo del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001715-1

No. de Expediente: 2012116464

No. de Presentación: 20120165016

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de SANOFI,

de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE

FÁBRICA,

ZEQUiVEc Consistente en: La palabra ZEQUIVEC, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dos de marzo del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001716-1

No. de Expediente: 2012116463

No. de Presentación: 20120165015

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA

CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Eli Lilly

and Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FÁBRICA,

arMaMENT Consistente en: La palabra ARMAMENT que se traduce al castellano

como ARMAMENTO, que servirá para: AMPARAR: BACTERICIDAS,

ESPECÍFICAMENTE, BACTERIÓFAGO UTILIZADO COMO UN

AGENTE DE SEGURIDAD DE LOS ALIMENTOS HUMANOS PARA

REDUCIR LOS NIVELES DE PATÓGENOS TRANSMITIDOS POR

LOS ALIMENTOS PORTADOS POR EL GANADO, LAS AVES

DE CORRAL O CARNE ANTES DE SER PROCESADA PARA EL

CONSUMO HUMANO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de marzo del año dos mil doce.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001718-1

DIARIO

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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No, de Expediente: 2012116627

No. de Presentación: 20120165352

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMÉRICO PÉREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO

de AGROCENTRO, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRI-

CA,

Consistente en: La palabra Arrastre y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCIÓN DE

ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil doce.

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001722-1

No. de Expediente: 2010105954

No. de Presentación: 20100145093

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

Daimler AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la

MARCA DE FÁBRICA,

Consistente en: Un diseño de estrella dentro de círculo, que servirá

para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE

DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS,

HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS,

SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUE-

VOS, LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS

COMESTIBLES; COMIDAS PREPARADAS A BASE DE CARNE

Y/O PESCADO Y/O CARNE DE AVE Y/O CARNE DE CAZA Y/O

FRUTAS, VERDURAS, HORTALIZAS O LEGUMBRES EN CON-

SERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS Y/O JALEAS Y/O

CONFITURAS Y/O COMPOTAS Y/O HUEVOS Y/O LECHE Y/O

PRODUCTOS LÁCTEOS; SOPAS Y PAPAS FRITAS. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día dos de diciembre del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de marzo del año dos mil doce.

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001723-1

No. de Expediente: 2012116320

No. de Presentación: 20120164730

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMÉRICO PÉREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

DIARIO

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Page 108: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395de BEIQI FOTON MOTOR CO., LTD., de nacionalidad CHINA, soli-

citando el registro de la MARCA DE FÁBRICA,

Consistente en: Un diseño identificado como LOGO FORLAND,

que servirá para: AMPARAR: AUTOMÓVILES; CAMIONES; TRAC-

TORES; MOTOCICLETAS; CARROS; COCHES; MONTACARGAS;

VEHÍCULOS PARA ELEVAR; TRÁILERES (VEHÍCULOS); CA-

RRITOS PORTA MANGUERAS; CARRUAJES DE FUNDICIÓN;

MOTORES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; VEHÍCULOS

MEZCLADORES DE CEMENTO; AMBULANCIAS; CAMIONES DE

LIMPIEZA; CAMIONES ROCIADORES; OMNI BUSES; CARROS

DEPORTIVOS; CAMIONES DE VUELCO; VEHÍCULOS PARA

TRANSPORTE MILITAR; AUTOMÓVILES PARA INGENIERÍA;

CHASIS DE AUTOMÓVILES. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de febrero del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001726-1

No. de Expediente: 2012117667

No. de Presentación: 20120167148

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO ESPE-

CIAL, JUDICIAL Y ADMINISTRATIVO de INTEGRATED LENS

TECHNOLOGY PTE LTDA, de nacionalidad SINGAPURENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: La expresión ILT y diseño, que servirá para:

AMPARAR: LENTES OFTÁLMICAS. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dos de mayo del año dos mil doce.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001746-1

NoMBrE coMErcial

No. de Expediente: 2012116857

No. de Presentación: 20120165841

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDUARDO

ANTONIO NOLASCO HERRERA, en su calidad de APODERADO

de CARLOS HERNÁNDEZ MEDRANO, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: La expresión BARBA ROJA y diseño, que servirá

para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA QUE BRINDA SERVICIOS DE

RESTAURANTE.

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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de marzo del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039855-1

No. de Expediente: 2011112850

No, de Presentación: 20110157417

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FERNANDO

KRIETE SOL, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de ISTMO

MUSIC, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: ISTMO MUSIC, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: Las palabras Sistemas Visuales y diseño, que

servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA, DEDICADA A LA

COMERCIALIZACIÓN DE MÚSICA POR MEDIO DE DISCOS

COMPACTOS Y/O ARCHIVOS DESCARGABLES, A TRAVÉS DE

TODO EL MUNDO; ASIMISMO, LA CREACIÓN Y PRODUCCIÓN

DE EVENTOS MUSICALES A NIVEL NACIONAL Y EXTRANJERO;

LICENCIAR DERECHOS MUSICALES A TERCEROS; LA VENTA

DE ESPACIO PARA ANUNCIARSE EN INTERNET.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de septiembre del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de febrero del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040005-1

No. de Expediente: 2012116509

No, de Presentación: 20120165097

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado

ALEXANDER AGUILAR HASBUN, en su calidad de APODERADO

de LOGIS CONSULTORES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro del

NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: Las palabras LOGIS XPRESS y diseño, que servirá

para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA

PRESTACIÓN DE SERVICIO DE LOGÍSTICOS INTEGRALES DE

PLANEACIÓN, ALMACENAJE, DEPÓSITO, CONSOLIDACIÓN

Y DESCONSOLIDACIÓN DE CARGA Y RESGUARDO, CUSTO-

DIA, DISTRIBUCIÓN FÍSICA, MANEJO Y RECOLECCIÓN DE

TODA CLASE DE MERCANCÍAS, SERVICIO DE TRANSPORTE

DE CARGA, ASESORÍA Y CONSULTORÍA TÉCNICA EN LAS

RAMAS DEL COMERCIO EXTERIOR, DESADUANAMIENTO

EN CUMPLIMIENTO DE LAS REGULACIONES DE COMERCIO

INTERNACIONAL, TRANSPORTE, TIPOS DE EMPAQUES, AL-

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Page 110: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395MACENAJE, LOGÍSTICAS, DISTRIBUCIÓN DE MERCANCÍAS,

INDUSTRIAL ADMINISTRATIVO, CONTABLE, MERCANTIL,

FINANCIERO ASÍ COMO LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE

AGENCIA ADUANAL.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de mayo del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040009-1

SUBaSTa PÚBlica

VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA SEGUNDO DE

MENOR CUANTÍA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, marcado en este

Juzgado bajo la Referencia 546-EC-01, promovido por el Lic. OSCAR

ARMANDO CRUZ JUÁREZ, en su calidad de Apoderado Especial

Judicial del Señor JUAN ANTONIO DURÁN, contra la sucesión que

a su defunción dejó la causante señora MARÍA MARGARITA LÓPEZ

MARROQUÍN, conocida por MARGOTH LÓPEZ, representada por el

Curador Doctor ERNESTO RIVERA GUZMÁN, reclamándole cantidad

de Colones o su equivalente en Dólares y accesorios legales. Se venderá

en Pública Subasta en este Juzgado, la cual se llevará a cabo a LAS

ONCE HORAS del día TREINTA Y UNO DE MAYO, del corriente

año, el derecho proindiviso del cincuenta por ciento que correspondía

a la demandada Sra. MARÍA MARGARITA LÓPEZ MARROQUÍN,

conocida por MARGOTH LÓPEZ, el inmueble embargado siguiente:

“Un terreno, antes RÚSTICO, ahora URBANO, situado en Colonia San

Antonio Abad, Jurisdicción de esta Ciudad, de la extensión superficial

de DOSCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS, cuya descripción

particular es la siguiente; AL NORTE, ocho metros doscientos ochenta

milímetros, con inmueble que fue de Evarista Barrera y hoy de Patrocinio

Campos; AL ORIENTE, veinticinco metros, con resto del inmueble

general de la propiedad del Señor Santos Primo Méndez Melara, de

donde se desmembró la porción que se describe, que en el parte media

de tal resto es actualmente de Rodrigo Antonio Díaz Ruíz, AL SUR,

ocho metros doscientos ochenta milímetros con el Inmueble de Antonio

Nerio, según antecedente, pero en la actualidad Calle de por medio,

con el mismo Inmueble que fue de Antonio Nerio y hoy de Raymunda

Cañenguez; AL PONIENTE, con propiedad que fue de Evarista Barrera,

hoy de Miguel Ángel Luna. El terreno así descrito se encuentra Inscrito

en proindivisión y por iguales partes equivalente al cincuenta por ciento

a cada uno, correspondiendo el embargo del cincuenta por ciento acre-

ditado que correspondía a favor de los señores Juan Antonio Durán y la

deudora MARÍA MARGARITA LÓPEZ MARROQUÍN, conocida por

MARGOTH LÓPEZ, bajo el número TREINTA Y NUEVE, del libro

DOS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE, ahora con Matrícula Número

M CERO CINCO UNO UNO TRES OCHO SEIS DOS, del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del centro, del

Departamento de San Salvador y embargado el cincuenta por ciento del

derecho proindiviso que corresponde a la sucesión que a su defunción

dejó la causante Sra. MARÍA MARGARITA LÓPEZ MARROQUÍN,

conocida por MARGOTH LÓPEZ Inscrito bajo el Asiento DOS del

inmueble con Matrícula No. 60130234-00000 Folio Activo.

La base del remate será la cantidad de SIETE MIL CIENTO

SETENTA Y OCHO DÓLARES CON TREINTA Y CUATRO

CENTAVOS DE DÓLAR ($7,178.34); es decir, las dos terceras partes del

valúo asignado por los peritos valuadores nombrados, correspondiente al

50% del derecho de propiedad del Inmueble a subastarse, que le pertenece

a la demandada Sra. MARÍA MARGARITA LÓPEZ MARROQUÍN,

conocida por MARGOTH LÓPEZ”.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE MENOR

CUANTÍA: San Salvador, a los veintitrés días del mes de mayo del

dos mil once.- Licda. VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA

2 SEGUNDO DE MENOR CUANTÍA. Licda. LOURDES MARÍA

ARAUJO DE AMAYA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039922-1

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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL

CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

por el Abogado José Edgardo Morales Portillo, en su calidad de Apode-

rado General Judicial del Banco Agrícola, Sociedad Anónima; contra los

señores Benjamín Encarnación Hernández y Sandra Elizabeth García

de Hernández, se autoriza vender en pública subasta el bien inmueble

embargado en el presente Juicio, en este Tribunal y es el siguiente:

Lote Urbano y construcciones que contiene, marcado con el número

DOS DEL BLOCK “k”, DE LA URBANIZACION REPARTO LOS

SANTOS, JURISDICCION DE SOYAPANGO, de este Departamen-

to, el cual tiene la descripción particular siguiente: De la intersección

de los ejes del PASAJE Número cuatro y Calle Brisas de Cuscatlán

abiertos en esta urbanización, con rumbo Norte sesenta y ocho grados

cero nueve punto nueve minutos Este se miden sobre este último once

punto diez metros en este punto haciendo una deflexión derecha con

rumbo Sur veintiún grados cincuenta punto un minuto Este y distancia

de siete punto cincuenta metros se llega al mojón número uno, esquina

Nor-este del lote que se describe así: AL ORIENTE: Partiendo del

mojón número uno con rumbo Sur veintiún grados cincuenta punto un

minuto Este y distancia de diecisiete punto veinticinco metros se llega

al mojón número dos, lindando por este lado con el lote número tres

del block “K” de la misma urbanización. AL SUR: Del mojón número

dos con rumbo Sur setenta grados trece punto cinco minutos Oeste y

distancia de siete punto cincuenta metros se llega al mojón número tres,

lindando por este lado con terreno de Balmore González hoy Colonia

Los Laureles. AL PONIENTE: Del mojón número tres con rumbo

Norte veintiún grados cincuenta punto un minutos Oeste y distancia de

quince metros se llega al mojón número cuatro lindando por este lado

con el lote número uno del block “K” de la misma Urbanización. AL

NORTE: Del mojón número cuatro con rumbo Norte sesenta y ocho

grados cero nueve punto nueve minutos Este y distancia de siete metros

se llega al mojón número uno donde se inició la presente descripción

lindando por este lado con el Lote número uno en la realidad aunque en

su antecedente no lo dice del Block “E” de la misma Urbanización, Calle

Brisas de Cuscatlán de quince metros de ancho de por medio. El lote

así descrito tiene un área de CIENTO DIECISEIS PUNTO OCHENTA

METROS CUADRADOS equivalentes a ciento sesenta y siete punto

doce varas cuadradas según antecedente pero en realidad tiene un área

de ciento doce punto ochenta y siete metros cuadrados equivalentes a

ciento sesenta y uno punto cuarenta y nueve varas cuadradas, esto para

que surta efecto entre las partes y no para fines registrales. El inmueble

anteriormente descrito es Propiedad de los señores Benjamín Encarnación

Hernández y Sandra Elizabeth García de Hernández, en proindivisión

y por partes iguales equivalentes al cincuenta por ciento a cada uno de

ellos, inscrito a su favor en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo

la matrícula número SESENTA MILLONES SETENTA Y SEIS MIL

TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO- CERO CERO CERO CERO

CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección del Centro, encontrándose a su margen el siguiente gravamen

1) Primera Hipoteca Abierta, bajo el asiento número nueve a favor del

“Banco Agrícola, Sociedad Anónima”.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas

quince minutos del día cinco de enero de dos mil doce.- LIC. EDGAR

ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA

ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039944-1

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL DEL CEN-

TRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL

DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

por el Licenciado JOSE EDGARDO MORALES PORTILLO, mayor de

edad, Abogado, de este domicilio, actuando como Apoderado General

Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, que se

abrevia BANCO AGRICOLA, S.A., Institución Bancaria, de este do-

micilio, contra la señora GLORIA EDITH MONJARAS RENDEROS,

conocida por GLORIA EDITH MONJARAS DE ZEPEDA, mayor de

edad, Empleada, del domicilio de Santa Ana, Departamento de Santa

Ana, se venderá en este Tribunal en Pública Subasta, en fecha que más

adelante se especificará: Un inmueble urbano, situado en el Cantón

Cutumay Camones de la Jurisdicción de Santa Ana, Departamento del

mismo nombre, marcado como LOTE VEINTIUNO DEL POLIGONO

“A”, DE LA URBANIZACION SANTA ANA NORTE, SEPTIMA

ETAPA, de un área de SESENTA Y SIETE PUNTO CINCUENTA

METROS CUADRADOS equivalentes a NOVENTA Y SEIS PUNTO

CINCUENTA Y OCHO UNA VARAS CUADRADAS, con un área

construida de treinta punto cincuenta metros cuadrados, que mide: AL

NORTE, cinco metros: AL SUR, cinco metros: AL ORIENTE, trece

punto cincuenta metros: y AL PONIENTE, trece punto cincuenta me-

tros, el inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor de

la señora GLORIA EDITH MONJARAS RENDEROS, conocida por

GLORIA EDITH MONJARAS DE ZEPEDA bajo la Matrícula Número

DOS CERO CERO OCHO UNO DOS NUEVE CERO - CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección de Occidente, Departamento de Santa Ana.

Se admitirán posturas siendo éstas legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil: San Salvador, a las

nueve horas del día veintiuno de febrero de dos mil doce.- LIC. JOSE

MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCAN-

TIL.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO

JUDICIAL.

3 v. alt. No. F039945-1

DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER Que por Ejecución promovida primeramente por

la Licenciada ALMA JEANNET SORTO MARTINEZ y continuado

por la Licenciada LUZ MAGDALENA GOMEZ DE CHICAS, en

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395contra de los señores FREDESVINDA ARGUETA HERNANDEZ y

SANTOS ANTONIO MEMBREÑO; se venderá en Pública Subasta en

este Juzgado, el siguiente inmueble: “Un inmueble de naturaleza urbana

situado en Colonia Milagro de La Paz, Calle Palestina, de esta ciudad,

Distrito y Departamento de San Miguel, de la capacidad superficial de

QUINIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON

SETENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas

y colindancias siguientes: AL NORTE: en dos tramos, el primero de

oriente a poniente de seis metros noventa centímetros, el segundo tramo

de oriente a poniente de veintiún metros quince centímetros, colinda

con la señora Ofelia Chávez, pared de bloque de por medio, propiedad

de los solicitantes, AL SUR: veinticuatro metros, colinda con el señor

Manuel de Jesús Rodríguez, pared de bloque de por medio, propiedad

de los solicitantes, AL ORIENTE: en tres tramos, el, primero de Norte

a Sur, cuatro metros noventa y tres centímetros, el segundo de norte

a sur, mide tres metros ochenta y un centímetros, el tercero de norte

a sur, dieciséis metros cincuenta y nueve centímetros, colinda con la

señora María Esperanza Chávez, Calle Palestina de por medio, y al

PONIENTE: diecisiete metros, colinda con la señora María Florencia

Hernández, pared de bloque de por medio, propiedad de los solicitantes;

en el inmueble antes descrito, existen construcciones de sistema mixto y

demás servicios necesarios, inmueble que se encuentra inscrito bajo la

Matrícula número OCHO CERO CERO NUEVE CINCO TRES CINCO

SEIS - CERO CERO CERO CERO CERO, asiento CINCO, a favor de

los señores FREDESVINDA ARGUETA HERNANDEZ y SANTOS

ANTONIO MEMBREÑO, propietarios en proindivisión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las nueve

horas y veinte minutos del día diecisiete de abril del año dos mil doce.- DR.

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC.

ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039973-1

ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN

GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por ejecución promovida por el señor NELSON

YOALMO COTO HERNANDEZ, por medio de su Apoderada General

Judicial Licda. LUZ MAGDALENA GOMEZ DE CHICAS, en contra

de los señores JOSE ALFONSO JURADO y ANA MELBA GUEVARA

DE JURADO, de sesenta y cuatro y cincuenta y un años de edad en el

año dos mil cuatro, respectivamente; el primero Agrónomo, la segunda

Cosmetóloga; ambos de domicilio de Ciudad Barrios, Departamento de

San Miguel; representados por medio de su Apoderada General Judicial

Licda. IDALIA FLORIBEL SANCHEZ RAJO, se venderá en este Tri-

bunal en Pública Subasta en fecha que posteriormente se comunicará, un

resto registral de CIENTO DIECISIETE MIL METROS CUADRADOS,

libre de gravamen, de una porción de terreno, de naturaleza rústica,

denominado “Guapinolito”, situado en el Cantón Guanaste, jurisdic-

ción de Ciudad Barrios, Distrito y Departamento de San Miguel, de la

capacidad superficial ONCE HECTAREAS SESENTA AREAS, de los

linderos siguientes: AL ORIENTE, río de por medio con terreno que

fue de CRISTINA CONTRERAS, hoy de ANTONIA GALDAMEZ,

ALEJANDRO CASTILLO y SUCESION PAZ; representada por AN-

TONIO PAZ, río de Crigual de por medio, ahora también con porción

de terreno vendido a don SATURNINO ESCOBAR; AL PONIENTE,

con terreno de ANACLETO AGUILAR, cerco de alambre y piña, en

línea quebrada; AL NORTE, con terreno de CECILIO GUEVARA y

MIGUEL CARRANZA, cerco de alambre de por medio, ahora también

con porción vendida al señor SATURNINO ESCOBAR; AL SUR, con

terreno del mismo ANACLETO AGUILAR, cerco de alambre y zanjo

hasta llegar al río, donde se comenzó.- Este terreno, está gravado con

servidumbre de tránsito para vehículos automotores y carretera hasta

llegar a la carretera que de esta Ciudad conduce a San Miguel.- Sobre el

resto de otro terreno de la misma naturaleza, situación y denominación

que el anterior, identificado en el antecedente como SEGUNDO: de

la capacidad original de CATORCE HECTAREAS, y de los linderos

originales siguientes: AL ORIENTE, con terreno de Guatajiagua, río

de por medio; AL NORTE, con terreno de la sucesión de PATRICIO

GUEVARA, y según antecedente dividido con el primero cerco de piña,

con el segundo, diseño de zanjo y mojones de piedras, AL PONIENTE,

con terreno de la sucesión de PABLO ROMERO y ALEJO MEDRANO,

camino vecinal antiguo de por medio; AL SUR, terreno de la sucesión de

ANDRES AGUILAR, dividiéndolos zanjos, mojones en línea quebrada,

cerca de piña, mojones de piedra y zanjo seco hasta llegar al río donde se

comenzó y con porción vendida a la Alcaldía Municipal de esta Ciudad;

propiedad del señor JOSE ALFONSO JURADO GUERRERO, inscrito

en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de

Oriente, bajo el Número CINCUENTA Y CINCO, del libro CUATRO-

CIENTOS CUARENTA Y SIETE, propiedad de San Miguel, trasladado

al Sistema de Inscripción de Folio Real Automatizado según Matrícula

OCHO CERO CERO UNO TRES UNO UNO SEIS, propiedad de San

Miguel.- Los inmuebles anteriormente descritos, a la fecha cuentan con

dos presentaciones de segregación.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,

a las diez horas y cincuenta y cinco minutos del día diecinueve de

octubre del año dos mil nueve.- LICDA. ANA LETICIA ORELLANA

DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. EDWIN

BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039976-1

rEPoSicioN DE cErTificaDoS

AVISO

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima.

COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en km 10 Carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPOSITO A PLAZO FIJO No. 009PLA000252632 emitido, solicitando

la reposición de dicho CERTIFICADO por SEIS MIL DOLARES (US$

6,000.00).

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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.

CHALATENANGO, Viernes 25 de mayo de 2012.

LIC. MARTA NELY MENJIVAR,

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima

Agencia CHALATENANGO.

3 v. alt. No. C001705-1

AVISO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE

LA SOCIEDAD COLEGIO GARCIA FLAMENCO, S.A. DE C.V.,

AL PUBLICO.

HACE SABER: Que a estas oficinas se ha presentado la señora

MARIA EUGENIA MURGA FONTANALS DE MORALES, propie-

taria del certificado de acciones número quinientos tres emitido por esta

Sociedad, el cual ampara una acción, solicitando la reposición de dicho

certificado por manifestar haberlo extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso, y si no hubiere oposición,

se procederá a reponer el certificado de acciones en referencia.

San Salvador, 25 de Mayo de dos Mil Doce.

ING. ARNOLDO POCASANGRE,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039875-1

AVISO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE

LA SOCIEDAD PROMOCIONES URBANAS, S.A. DE C.V., AL

PUBLICO.

HACE SABER: Que a estas oficinas se ha presentado el Licenciado

JOSE ROBERTO ARGUETA MANZANO, propietario del certificado

ciento siete del año dos mil tres, emitido por esta Sociedad, el cual ampara

setenta y dos acciones, solicitando la reposición de dicho certificado por

manifestar haberlo extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso, y si no hubiere oposición,

se procederá a reponer los certificados de acciones en referencia.

San Salvador, 23 de Mayo de dos Mil Doce.

ING. ARNOLDO POCASANGRE,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039876-1

AVISO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE

LA SOCIEDAD COLEGIO GARCIA FLAMENCO, S.A. DE C.V.,

AL PUBLICO.

HACE SABER: Que a estas oficinas se ha presentado el Licen-

ciado JOSE ROBERTO ARGUETA MANZANO, propietario de los

certificados de acciones números noventa y tres del año dos mil dos,

ciento ochenta del año dos mil tres y trescientos sesenta y seis del año

dos mil cinco, emitidos por esta Sociedad, los cuales amparan en su

totalidad ciento treinta y tres acciones, solicitando la reposición de dichos

certificados por manifestar haberlos extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso, y si no hubiere oposición,

se procederá a reponer los certificados de acciones en referencia.

San Salvador, 25 de Mayo de dos Mil Doce.

ING. ARNOLDO POCASANGRE,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039877-1

DiSolUcioN Y liQUiDacioN DE SociEDaDES

EL INFRASCRITO DIRECTOR PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD

“MEGA PRODUCTS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE”.

HACE SABER: QUE EN SESION DE JUNTA GENERAL

EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD, CE-

LEBRADA EL DIA VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL DOS

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395MIL ONCE, LOS SOCIOS POR UNANIMIDAD ACORDARON: 1)

DISOLVER LA SOCIEDAD “MEGA PRODUCTS SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE”, CUYA ESCRITURA DE CONS-

TITUCION FUE OTORGADA EN ESTA CIUDAD, A LAS NUEVE

HORAS DEL DIA DIECISIETE DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS

NOVENTA Y SIETE, ANTE LOS OFICIOS DEL NOTARIO JORGE

JOAQUIN ZELAYA; INSCRITA EN EL REGISTRO DE COMERCIO

AL NUMERO DIECINUEVE DEL LIBRO UN MIL DOSCIENTOS

OCHENTA DE REGISTRO DE SOCIEDADES Y SOMETERLA AL

TRAMITE DE LIQUIDACION, 2) NOMBRAR LIQUIDADOR AL

SEÑOR RENE ESTANLEY PONCE AGUIRRE; y 3) CONCEDER

AL LIQUIDADOR EL PLAZO DE TRES MESES A PARTIR DE

LA TOMA DE POSESION DE SU CARGO PARA EFECTUAR LA

LIQUIDACION.

LO QUE SE AVISA AL PUBLICO PARA EFECTOS LEGALES

CORRESPONDIENTES.

SAN SALVADOR, TREINTA DE MARZO DEL DOS MIL

DOCE.

RENE ESTANLEY PONCE AGUIRRE,

SECRETARIO PRESIDENTE.

1 v. No. F039941

aViSo DE coBro

La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de

Hacienda.

HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado la señora

MARIA CORA MARTINEZ viuda DE FLORES, conocida también por

Maria Cora Martínez Escalante, en calidad de cónyuge sobreviviente del

señor JOSE ROBERTO FLORES RAMIREZ, promoviendo diligencias

para que se le autorice firmar los documentos respectivos y cobrar la

cantidad de $209.01, que le correspondía como devolución del ejercicio

fiscal 2010, que dejó pendiente de cobro, por haber fallecido el día 23

de febrero de 2011.

Lo anterior se hace de conocimiento del público en general, para

que toda persona se crea con igual o mejor derecho, se presente a ejercer

su derecho ante este Ministerio, dentro del término de 3 días a partir del

siguiente en que haya salido a circulación el Diario Oficial que contenga

la última publicación del presente aviso.

Ministerio de Hacienda, San Salvador, 28 de mayo de 2012.

LICDA. NORA LIZETH PEREZ MARTINEZ,

SUBJEFE DEL DEPARTAMENTO JURIDICO

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1 v. c/3 d. No. F039896-1

PaTENTE DE iNVENcioN

No. de Expediente: 2009003254

No. de Presentación: 20090007912

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como GESTOR OFICIOSO de BAYER HEALTHCARE LLC.,

del domicilio de 555 WHITE PLAINS ROAD, TARRYTOWN, NEW

YORK 10591 ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE

DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT/

AU2006/001676 denominada AUXILIAR DE ENTRENAMIENTO/

TRAINING AID, por el término de VEINTE AÑOS, con Clasificación

Internacional G09B 23/28, G09B 9/00.

Se refiere a: UN AUXILIAR DE ENTRENAMIENTO PARA

PRACTICAR LA INSERCIÓN DE UNA AGUJA EN UNA VENA,

EL AUXILIAR INCLUYE: UNA BASE QUE ES RESISTENTE A LA

PENETRACION POR MEDIO DE LA AGUJA; UN TUBO LOCALI-

ZADO EN UN LADO DE LA BASE; UNA CUBIERTA QUE SE EX-

TIENDE SOBRE LA BASE Y EL TUBO, LA DISPOSICION SIENDO

TAL QUE EL OTRO LADO DE LA BASE SE PUEDE COLOCAR EN

LA PIEL DE UNA PERSONA, PARA QUE LA AGUJA PUEDA SER

INSERTADA A TRAVES DE LA CUBIERTA PARA PENETRAR EL

TUBO Y ASI SIMULAR LA INSERCION A TRAVES DE LA PIEL

Y LA PENETRACION DE LA VENA DE UNA PERSONA.

La solicitud fue presentada internacionalmente el día diez de

noviembre del año dos mil seis.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES, San Salvador, a los trece días del mes de

enero del año dos mil doce.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

1 v. No. F039971

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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. EDicTo DE EMPlaZaMiENTo

LA LICENCIADA GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO,

INFRASCRITA JUEZA DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE SOYA-

PANGO.

HACE SABER: Al señor HUGO OVIDIO GUERRA REYES,

mayor de edad, Empleado, actualmente del domicilio de San Martín, con

Documento Único de Identidad CERO DOS MILLONES QUINIENTOS

SESENTA Y SIETE MIL CUATRO - CERO y Número de Identifica-

ción Tributaria CERO SEISCIENTOS CATORCE - DOSCIENTOS

TREINTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE - CIENTO

CINCO - UNO; que ha sido demandado en Proceso Ejecutivo clasificado

bajo el NUE. 0666410CVPEC02-CO2, promovido por el licenciado

JOSE EDGARDO MORALES PORTILLO, en su calidad de apoderado

del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia BANCO AGR1COLA, S.A., cuyos nombres

comerciales son BANCO AGRICOLA COMERCIAL DE EL SALVA-

DOR, BANCO AGRICOLA COMERCIAL, BANCO AGRICOLA o

EL AGRICOLA, quienes pueden ser contactados en: Veintiuna Avenida

Norte, Condominio Tequendama, Edificio Cuatro, Apartamento Uno,

San Salvador; y telefax 2225-4883, demanda que ha sido admitida en

este tribunal y se ha decretado el respectivo embargo solicitado. Se le

advierte al demandado señor HUGO OVIDIO GUERRA REYES, que

tiene el plazo de diez días para presentarse a ejercer su derecho de defensa

y contestar la demanda incoada en su contra, so pena de continuar el

proceso sin su presencia y en consecuencia se nombrará un curador ad

litem para que lo represente en el proceso, de conformidad a los Arts.

181, 182, 186 y 462 del Código Procesal Civil y Mercantil.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las nueve horas

del día veintisiete de abril de dos mil doce. LICDA. GENNY SHILA

RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. EDME

GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F039942

KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA CUARTO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINA DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que se dio inicio al Proceso Ejecutivo Mercantil,

registrado bajo el número de referencia 506-(5067-11-PE-4CM1)-4,

promovido por el Licenciado JORGE ADALBERTO SALAZAR

GRANDE, en calidad de Apoderado General Judicial del FONDO DE

SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, pudiendo

ser ubicados el apoderado y la institución demandante en: Calle El Pro-

greso, Reparto y Pasaje El Rosal, Número uno-A, Colonia Flor Blanca,

San Salvador; en contra de los señores JOSÉ FELIX ROMERO, mayor de

edad, motorista, con Número de Identificación Tributaria mil doscientos

dieciocho - doscientos ochenta mil trescientos sesenta y tres - ciento

uno - cuatro, y OLGA ESPERANZA PARADA APARICIO, mayor de

edad, Trabajadora Social, con Número de Identificación Tributaria mil

cuatrocientos ocho - ciento cincuenta mil setecientos sesenta y tres - ciento

uno - tres, ambos del domicilio especial de esta ciudad, del domicilio de

Ilopango, departamento de San Salvador, y del domicilio de los Estados

Unidos de América. Que no fue posible emplazar personalmente a los

señores JOSÉ FELIX ROMERO y OLGA ESPERANZA PARADA

APARICIO, por no contar con una dirección en el territorio nacional

donde poder realizar dicho acto de comunicación, en razón de ello, con-

forme a lo establecido en los Arts. 181 y 186 C.Pr.C.M., se les emplaza

por este medio, concediéndoseles un plazo de DIEZ DÍAS, contados a

partir de la tercera publicación de este edicto, para que se presenten a

este Juzgado a contestar la demanda y a ejercer sus derechos. Si no lo

hicieren se procederá a nombrarles un curador ad Litem, para que los

represente en el presente proceso, Art. 186 C.Pr.C.M. Los documentos

anexos al proceso son los siguientes: 1) Demanda suscrita por el Licen-

ciado JORGE ADALBERTO SALAZAR GRANDE; 2) Escritura de

Poder General Judicial, otorgada por el FONDO DE SANEAMIENTO

Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, a favor del Licenciado

JORGE ADALBERTO SALAZAR GRANDE, 3) Testimonio de la

Escritura Matriz de Mutuo Hipotecario, otorgado por los señores José

Félix Romero y Olga Esperanza Parada Aparicio a favor de Crédito

Inmobiliario, Sociedad Anónima, 4) Documento Privado Autenticado

de Cesión de Crédito a nombre de José Félix Romero y Olga Esperanza

Parada Aparicio, otorgado por Banco de Crédito Inmobiliario, Sociedad

Anónima en Liquidación a favor de Banco Central de Reserva de El

Salvador, 5) Documento Privado Autenticado de Cesión de Crédito

a nombre de José Félix Romero y Olga Esperanza Parada Aparicio,

otorgada por el Banco Central de Reserva de El Salvador a favor del

Fondo de Saneamiento y Fortalecimiento Financiero, 6) Certificación de

Variabilidad de intereses extendida por el Contador General del Fondo

de Saneamiento y Fortalecimiento Financiero.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley correspondientes.

Librado en el JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL: San Salvador, a las doce horas con cincuenta y seis minutos del día

veintiséis de abril de dos mil doce.- LIC. KARLA MARIA REGINA

MURCIA CARRILLO, JUEZA CUARTO DE LO CIVIL Y MER-

CANTIL INTERINA.- DRA. JACQUELINE XIOMARA AQUINO

PALACIOS, SECRETARIA.

1 v. No. F040011

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDI-

CIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por este medio el Juzgado Tercero de lo Civil

y Mercantil, de la ciudad de San Miguel. Emplaza al señor MARCELINO

SOSA FLORES mayor de edad, jornalero, de este domicilio, con número

de identificación tributaria uno cuatro cero cinco guión dos dos cero

uno cuatro cero guión cero cero uno guión cinco, residente en Avenida

José Simeón Cañas, número novecientos siete, contiguo al Colegio

PADRE AGUSTÍN VALENTINI, de la ciudad de San Miguel, en

relación al proceso especial ejecutivo civil, con número de referencia

REF. 00016-12-PE-3CM1/04-C2, promovido por el licenciado JORGE

EFRAIN CAMPOS COELLO, como representante de la señora NIDIA

EUNICE COELLO, en contra del señor MARCELINO SOSA FLORES,

basado en original de testimonio de escritura pública de primera hipoteca,

reclamándole las cantidades siguientes: CINCO MIL SETECIENTOS

CATORCE DOLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓ-

LAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, en concepto de

capital; TRECE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS DOLARES

CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DOLARES DE LOS ES-

TADOS UNIDOS DE AMERICA, en concepto de interés convencional

del DOS por ciento mensual; contados a partir del día veinte de marzo

del dos mil dos, a la presentación de la demanda; haciendo un total de

DIECINUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE DOLARES CON

DIECIOCHO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA, más costas procesales; por lo que el demandado deberá

presentarse a este juzgado dentro del plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES

contados después de la tercera y última publicación del edicto en un

periódico de mayor circulación nacional, según lo dispuesto en el ar-

tículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil, bajo pena que de no

hacerlo se le nombrará un curador AD LITEM, para que la represente

y se continúe el proceso sin su presencia.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil; San Mi-

guel, a los ocho días del mes de mayo de dos mil doce.- LIC. DIANA

LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL, SAN MIGUEL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA

AYALA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

1 v. No. F040029

Marca DE SErVicioS

No. de Expediente: 2012116637

No. de Presentación: 20120165362

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de CDM Smith Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

CDM SMITH

Consistente en: la expresión CDM SMITH, que servirá para:

AMPARAR: ADMINISTRACION DE PROGRAMAS, PLANEACION

DE CONSTRUCCIONES, SUPERVISION DE ADMINISTRACION

DE CONSTRUCCIONES, SERVICIOS DE CONSTRUCCION

COMERCIAL Y GUBERNAMENTAL, Y SERVICIOS DE CON-

TRATISTAS EN GENERAL, TODOS EN LOS CAMPOS DE

AVIACION, SERVICIOS E INSTALACIONES DE TRANSITO Y

TRANSPORTE PUBLICO, PREPARACIONES Y RECUPERACION

DE EMERGENCIAS Y DESASTRES, RESTAURACION DE SITIOS,

ELIMINACION DE DESECHOS PELIGROSOS Y SITIOS CON-

TAMINADOS, SISTEMAS DE ADMINISTRACION AMBIENTAL,

TRABAJOS INDUSTRIALES Y PUBLICOS E INSTALACIONES

AMBIENTALES, TRATAMIENTO DE AGUAS Y DESECHOS Y

CONSERVACION DE RECURSOS DE AGUA, SISTEMAS DE RE-

CUPERACION DE LA ENERGIA, PROYECTOS GEOTECNICOS Y

GEO AMBIENTALES, INFRAESTRUCTURA PUBLICA, SISTEMAS

E INFRAESTRUCTURA DE ENERGIA Y TRANSPORTE, ENERGIA

ALTERNATIVA, Y ENERGIA EOLICA; SERVICIOS DE OPERA-

CIÓN, MANTENIMIENTO E INSPECCION EN LOS CAMPOS DE

CAMINO, PUENTES, LINEAS FERREAS, AVIACION, INFRA-

ESTRUCTURA PUBLICA, Y SISTEMAS E INSTALACIONES DE

ENERGIA Y TRANSPORTE; SERVICIOS DE CONSTRUCCION EN

LOS CAMPOS DE EDIFICIO Y ESTRUCTURAS RESIDENCIALES,

COMERCIALES E INSTITUCIONALES. Clase: 37.

DIARIO

OFI

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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de marzo del año dos mil doce.-

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001676-1

No. de Expediente: 2012116187

No. de Presentación 20120164526

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

Telefónica, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra ESPACIO FUNDACION TELEFÓNICA

y diseño, que servirá para: AMPARAR: EDUCACIÓN; FORMACION,

SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTI-

VAS Y CULTURALES. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de febrero del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001680-1

No. de Expediente: 2012116184

No. de Presentación: 20120164523

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

Telefónica, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras ESPACIO FUNDACIÓN TELE-

FÓNICA y diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD;

GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN

COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de febrero del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001681-1

DIARIO

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012116312

No, de Presentación: 20120164722

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de BEIQI FOTON MOTOR CO., LTD., de nacionalidad CHINA, soli-

citando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra FOTON, que servirá para: AMPARAR:

PRESTAMOS FINANCIEROS: EVALUACIÓN FINANCIERA PARA

SEGUROS, BANCA Y BIENES RAICES; SERVICIOS FINANCIE-

ROS; ADMINISTRACIÓN FINANCIERA; BANCA HIPOTECARIA;

BANCO DE AHORROS; CONSULTORIA FINANCIERA: CORRE-

TAJE DE ACCIONES Y BONOS; COTIZACIÓN EN LA BOLSA DE

VALORES; INFORMACIÓN FINANCIERA. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos San Salvador,

veintiocho de febrero del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001683-1

No. de Expediente: 2012116340

No. de Presentación: 20120164750

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de BEIQI FOTON MOTOR CO., LTD., de nacionalidad CHINA, soli-

citando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra FOTON, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN; INFORMACIÓN SOBRE REPA-

RACIONES; RENTA DE EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN; RENTA

DE EXCAVADORAS; RENTA DE BULDÓCERES; RENTA DE

GRÚAS DE CONSTRUCCIÓN; RENTA DE BARREDORAS VIALES;

PAVIMENTACIÓN DE CAMINOS; REPARACIÓN DE TAPICERIA;

INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE MA-

QUINARIA; RECONSTRUCCIÓN DE MOTORES QUE HAN SIDO

USADOS O PARCIALMENTE DESTRUIDOS; RECONSTRUCCIÓN

DE MAQUINAS QUE HAN SIDO USADOS O PARCIALMENTE

DESTRUIDOS; INSTALACIÓN Y REPARACIÓN DE APARATOS

ELÉCTRICOS; INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE APA-

RATOS DE ILUMINACIÓN; MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN

DE VEHÍCULOS DE MOTOR: SERVICIOS DE LAVADO DE

VEHÍCULOS; SERVICIOS DE LUBRICACIÓN DE VEHÍCULOS;

ESTACIÓN DE SERVICIOS PARA VEHICULOS PARA REABAS-

TECIMIENTO DE COMBUSTIBLE Y MANTENIMIENTO; PULIDO

DE VEHÍCULOS; TRATAMIENTO ANTI OXIDACIÓN PARA VE-

HICULOS; SERVICIOS DE PINTURA POR ATOMIZADOR PARA

VEHÍCULOS; REENCAUCHADO DE LLANTAS; REPARACIÓN

DE RUEDAS DE GOMA; INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO

DE ALARMAS ANTIRROBO. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de febrero del año dos mil doce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001702-1

No. de Expediente: 2012116343

No. de Presentación: 20120164753

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de BEIQI FOTON MOTOR CO., LTD., de nacionalidad CHINA, soli-

citando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra FOTON, que. servirá para: AMPARAR:

PUBLICIDAD; AGENCIAS DE IMPORTACIÓN- EXPORTACIÓN;

PROMOCIÓN DE VENTAS PARA OTROS; ORGANIZACIÓN DE

DIARIO

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Page 119: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. EXHIBICIONES TÉCNICAS O COMERCIALES; DEMOSTRA-

CIÓN DE ARTICULOS; SISTEMATIZACIÓN DE INFORMACIÓN

DENTRO DE BASES DE DATOS DE COMPUTADORAS; SER-

VICIOS DE LICITACIÓN; CONSULTORIA SOBRE NEGOCIOS

PROFESIONALES; ESTUDIOS DE MERCADEO; INFORMACIÓN

DE NEGOCIOS; CONSULTORIA SOBRE ADMINISTRACIÓN DE

PERSONAL; CONTADURIA; ASISTENCIA DE ADMINISTRACIÓN

COMERCIAL E INDUSTRIAL. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001703-1

No. de Expediente: 2011114702

No. de Presentación: 20110161174

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de SANOFI,

de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: las palabras TRIVANCE NUTRICIÓN AVAN-

ZADA, que servirá para: AMPARAR: EDUCACIÓN, FORMACIÓN

E INFORMACIÓN EN LOS CAMPOS DE LA SALUD, BIENESTAR,

NUTRICIÓN ASI COMO EN EL CAMPO MEDICO; ORGANIZA-

CIÓN DE TALLERES DE TRABAJO, ENTRENAMIENTOS, SEMI-

NARIOS Y CONFERENCIAS EN LOS CAMPOS DE LA SALUD,

BIENESTAR, NUTRICIÓN ASI COMO EN EL CAMPO MÉDICO,

PUBLICACIÓN DE TEXTOS, LIBROS, VOLANTES, BROCHURES,

BLOGS, INCLUIDOS LOS DE FORMA ELECTRÓNICA O NUMÉ-

RICA EN LOS CAMPOS DE LA SALUD, BIENESTAR, NUTRICIÓN

ASI COMO EL CAMPO MÉDICO, Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001714-1

No. de Expediente: 2012116314

No. de Presentación: 20120164724

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de BEIQI FOTON MOTOR CO., LTD., de nacionalidad CHINA, soli-

citando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño identificado. como: FOTON LOGO, que

servirá para: AMPARAR: PRESTAMOS FINANCIEROS; EVALUA-

CION FINANCIERA PARA SEGUROS, BANCA Y BIENES RAICES;

SERVICIOS FINANCIEROS; ADMINISTRACION FINANCIERA;

BANCA HIPOTECARIA; BANCO DE AHORROS; CONSULTORIA

FINANCIERA; CORRETAJE DE ACCIONES Y BONOS; COTIZA-

CION EN LA BOLSA DE VALORES, INFORMACION FINANCIERA.

Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001724-1

DIARIO

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012116313

No. de Presentación: 20120164723

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de BEIQI FOTON MOTOR CO., LTD., de nacionalidad CHINA, soli-

citando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño identificado como FOTON LOGO, que

servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; AGENCIAS DE IMPOR-

TACION -EXPORTACION; PROMOCION DE VENTAS PARA

OTROS; ORGANIZACION DE EXHIBICIONES TECNICAS O

COMERCIALES; DEMOSTRACION DE ARTICULOS; SISTEMATI-

ZACION DE INFORMACION DENTRO DE BASES DE DATOS DE

COMPUTADORAS; SERVICIOS DE LICITACION; CONSULTORIA

SOBRE NEGOCIOS PROFESIONALES; ESTUDIOS DE MERCA-

DEO; INFORMACION DE NEGOCIOS; CONSULTORIA SOBRE

ADMINISTRACION DE PERSONAL; CONTADURIA; ASISTENCIA

DE ADMINISTRACION COMERCIAL E INDUSTRIAL. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de febrero del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001725-1

No. de Expediente: 2012116170

No. de Presentación: 20120164495

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado HECTOR

PAUL VILLEDA ZIMMER, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: las palabras CARRERA ECOLÓGICA y diseño,

que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO;

ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES; ORGANIZACIÓN

DE EVENTOS DEPORTIVOS. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039951-1

No. de Expediente: 2012116169

No. de Presentación: 20120164493

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado HECTOR

PAUL VILLEDA ZIMMER, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

DIARIO

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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: las palabras BEACH RUN y diseño, que se tra-

ducen al castellano como Carretera en la Playa o Corrida Playera, que

servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO;

ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES; ORGANIZACIÓN

DE EVENTOS DEPORTIVOS. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039954-1

No. de Expediente: 2011112816

No. de Presentación: 20110157377

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FERNAN-

DO KRIETE SOL, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de

ISTMO MUSIC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: ISTMO MUSIC, S. A. DE C. V., ITM, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Sistemas Visuales y diseño, que

servirá para: AMPARAR: ALQUILER DE APARATOS DE RADIO

Y DE TELEVISIÓN; DE APARATOS Y ACCESORIOS CINEMA-

TOGRÁFICOS; DE DECORADOS DE ESPECTÁCULOS; Y DE

GRABACIONES SONORAS. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040006-1

rEPoSicioN DE cHEQUE

AVISO DE EXTRAVIO

BANCO PROMERICA, S.A. comunica que en su agencia ubicada en

el centro comercial Metrocentro 8ª etapa tercer nivel local 301, se ha

presentado el propietario del cheque de gerencia número 199310 por

US$500.00 a nombre de Florentina Díaz Membreño, solicitando la

reposición de éste por haber sido extraviado.

Se hace del conocimiento público en general para los efectos del

caso.

DIARIO

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Page 122: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Transcurrido treinta días después de la tercera publicación de este

aviso y si no hubiere ninguna oposición se procederá reponer el cheque

en referencia

San Salvador, a los 23 días del mes de septiembre de 2011.

CECILIA DE MENDEZ,

GERENTE DE AGENCIA.

3 v. alt. No. F039892-1

VENTa VolUNTaria o forZoSa DE UN iNMUEBlE

El Infrascrito Alcalde Municipal.

Hace del conocimiento del público que de conformidad al Art. 139

del Código Municipal, desea adquirir voluntariamente una porción de

inmueble urbano de las siguientes características: Propietario FELIPE

MIGUEL FLORES FLORES, de naturaleza urbana situado en la Colonia

San Carlos sobre el final de la calle Bernardo Perdomo del Barrio El

Calvario de la Ciudad de Ilobasco, Departamento de Cabañas, conti-

guo al cementerio General Número Uno de la extensión superficial de

DOSCIENTOS CINCUENTA PUNTO CINCUENTA Y SEIS VARAS

CUADRADAS, inscrito en el Registro de Propiedad Raíz e Hipotecas al

número Treinta del Libro SESENTA Y UNO de propiedad de Cabañas,

para ser destinado a la ampliación del Cementerio General número uno

antes mencionado, haciendo extensivo a toda persona que desee participar

ofertando inmuebles de similares características.

Dado en la Alcaldía Municipal: Ilobasco, a los veintiuno días del

mes de mayo de dos mil doce. JOSE MARIA DIMAS CASTELLANOS,

ALCALDE MUNICIPAL.- MANUEL DE JESUS ZETINO, SECRE-

TARIO MUNICIPAL.

1 v. No. F039929

Marca DE ProDUcTo

No. de Expediente: 2012116494

No. de Presentación: 20120165064

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado YAMIL

ALEJANDRO BUKELE PEREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras Café Sasso y diseño, que servirá para:

AMPARAR: CAFE Y SUCEDANEOS DEL CAFÉ. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001699-1

No. de Expediente:2012116493

No. de Presentación: 20120165063

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado YAMIL

ALEJANDRO BUKELE PEREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras SONOMA y diseño, que servirá para:

AMPARAR: JABONES. Clase: 03.

DIARIO

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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001700-1

No. de Expediente: 2012118324

No. de Presentación: 20120168190

CLASE: 01, 03, 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE

FIDEL MELARA MORAN, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA FAMILIAR, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IDIFA, S.A.

DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra AUTOrevolution y diseño, que se traduce

al castellano como AUTOREVOLUCION, que servirá para: DISTIN-

GUIR AGUA REFRIGERANTE PARA VEHICULOS, SOLUCIÓN

DE FRENOS, AGUA DESTILADA PARA BATERIAS, ACTIVADOR

ELECTROLITICO PARA BATERIA. Clase: 01. Para: DISTINGUIR

SILICON PARA INTERIOR DE VEHICULOS, SILICON PARA

LLANTAS, CERA PARA CARRO, SHAMPÚ CON CERA PARA

VEHÍCULOS, SHAMPÚ PARA VEHÍCULOS, DESENGRASANTE

PARA MANOS. Clase: 03. Para: DISTINGUIR ACEITE PARA POWER

STEERING, ACEITE PARA MOTOR. Clase: 04.

La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de mayo del año dos mil doce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001729-1

No. de Expediente: 2012118095

No. de Presentación: 20120167813

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JULIO

EDUARDO GUTIERREZ MONICO, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de

VOLCAN IRAZU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: VIRAZU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

D' alEGria cafE

Consistente en: las palabras D' ALEGRIA CAFE, que servirá para:

AMPARAR: CAFE DE TODA CLASE. Clase: 30.

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 La solicitud fue presentada el día veintisiete de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de mayo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001745-1

No. de Expediente: 2012118194

No. de Presentación: 20120167960

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE

ANTONIO ESCOBAR GUILLEN, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de REPRESENTACIONES DIVERSAS, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: REDI, S.A.

DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

MaxWeld

Consistente en: la palabra MaxWeld. Se traduce al castellano la

palabra Weld como: soldar, que servirá para: AMPARAR: MAQUINAS

PARA SOLDAR Y CORTAR. Clase: 07.

La solicitud fue presentada el día tres de mayo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de mayo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001747-1

No. de Expediente: 2012118415

No. de Presentación: 20120168318

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS

RAMIREZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de NEGO-

CIOS Y MULTISERVICIOS DE LA ZONA NORTE: SOCIEDAD

COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras EL SALVADOR PRODUCE y

diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS AGRICOLAS,

HORTICOLAS, FORESTALES Y GRANOS, NO COMPRENDIDOS

EN OTRAS CLASES: FRUTAS FRESCAS, SEMILLAS, PLANTAS

Y FLORES NATURALES. Clase: 31.

La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de mayo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001748-1

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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012.

de seGunda publicación

acEPTacioN DE HErENcia

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO, para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas de este día,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario

en la herencia intestada dejada al fallecer por el señor JOSE HERNAN

DIAZ SANCHEZ, conocido por JOSE HERNAN DIAZ, el día vein-

tiocho de febrero de dos mil nueve, en el Cantón Taburete Claros, de

esta jurisdicción, siendo éste su último domicilio, de parte de la señora

ESMERALDA AZUCENA ARIAS DIAZ, en su calidad de hija del

causante.

Confiérasele a la aceptante la administración y representación

interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de

ley.

Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que

se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en

el término de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los

veintiséis días del mes de abril de dos mil doce.- LIC. MANUEL DE

JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. LOURDES

ESTELLA CASTAÑEDA, SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. C001590-2

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las nueve horas de este día se ha

tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE

INVENTARIO la Herencia intestada que a su defunción dejo la causante

señora CANDIDA LUZ REYES, conocida por CANDELARIA REYES,

al fallecer el día quince de Enero de dos mil doce, en el Seguro Social

de la ciudad de Usulután, el lugar que tuvo como último domicilio de

parte de la señora TRANSITO REYES PALUCHO, en calidad de hija

de la causante.

Confiriéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-

sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

veintitrés días de Abril del año dos mil doce. LIC. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001592-2

SONIA ESMERALDA ALAS SOLORZANO, notario de este domicilio,

con Despacho Jurídico ubicado en Calle Oscar Arnulfo Romero y Segunda

Calle Oriente, Local Uno - C, Zaragoza, La Libertad,

HAGO SABER: Que por resolución provista, en esta ciudad, a las

siete horas del da diecisiete de mayo del dos mil doce; se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia testa-

da que a su defunción dejara la señora BLANCA ROSA CASTILLO

RIVERA DE ALFEREZ, conocida por BLANCA ROSA CASTILLO

DE ALFREZ, BLANCA ROSA CASTILLO VIUDA DE ALFEREZ,

BLANCA ROSA CASTILLO, quien falleció el día veintinueve de Enero

de dos mil seis, según consta en la certificación de Partida de Defunción

relacionada en las presentes diligencias; a favor del señor FRANCISCO

JAVIER FLORES ALFEREZ, actuando como Heredero Universal,

habiéndole conferido la Administración y Representación Interina de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia Intestada, para que se presenten a esta

oficina, en el término de quince días, contados desde el siguiente de la

última publicación del presente edicto.

Librado en Zaragoza, Departamento de La Libertad, el día diecisiete

de mayo del dos mil doce.

SONIA ESMERALDA ALAS SOLORZANO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. C001630-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE

SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN,

AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a

las quince horas y quince minutos del día dos de Mayo del Dos Mil

Doce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON

BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que

a su defunción dejó, el señor JOSE CARLOS RAMOS, de parte de la

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395señora GLADIS ROSIBEL RAMOS HERNANDEZ, de treinta y seis

años de edad, secretaria, del domicilio de San Miguel, con documentos

Único de Identidad Numero cero dos millones doscientos veintiocho mil

novecientos sesenta y seis - dos, y Tarjeta de Identificación Tributaria

Número un mil trescientos dieciocho - ciento setenta y un mil setenta y

cinco - ciento uno - seis. Por derecho propio que le corresponde en calidad

de hija del Causante; quien a la fecha de su Fallecimiento fue mayor de

edad, casado, agricultor, originario de San Fernando Morazán, hijo de

José de Jesús Ramos y María Ester Ramos; Falleció el día diecisiete de

Abril del Dos Mil Uno, en San Fernando, Departamento de Morazán,

siendo este mismo lugar de su último domicilio, Se le confirió a la

Aceptante antes mencionada y en la forma establecida, la administración

y representación interina de la Sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores, de la herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el

siguiente a la tercera publicación del edicto en el expresado periódico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-

cisco Gotera, Morazán, a los cuatro días del mes de mayo del dos mil

doce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE

1ª INSTANCIA.- LIC. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001635-2

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Tribu-

nal, a las nueve horas treinta y cinco minutos del día diecisiete de los

corrientes, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario de la herencia testamentaria dejada por el señor FELICIANO

SANCHEZ LIQUEZ, fallecido el día diecinueve de Noviembre del dos

mil cuatro, en Nahuizalco, siendo ese el lugar de su último domicilio,

de parte de la señora MARIA DE LOURDES SANCHEZ, en concepto

de heredera testamentaria del mencionado causante.

Y se ha conferido a la aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas treinta y

cinco minutos del día veintinueve de Febrero del dos mil doce.- LIC.

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE.- LICDA. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039482-2

ARTURO DERMIDIO GUZMAN MATA, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cinco minu-

tos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de

inventario la herencia intestada que dejó la señora MARIA PETRONA

GUTIERREZ DE MOLINA conocida por PETRONA GUTIERREZ

DE MOLINA, MARIA PETRONA GUTIERREZ, y por PETRONA

GUTIERREZ, quien falleció el día doce de Junio de dos mil ocho, en

el Caserío Chiquirín, Cantón Agua Escondida, Distrito y Departamento

de La Unión, siendo este lugar su último domicilio, de parte de los se-

ñores FRANCISCO MOLINA GUTIERREZ, y ZONIA ELIZABETH

MOLINA GUTIERREZ viuda DE VALLADARES, en calidad de hijos

de la causante y como cesionarios de los derechos hereditarios que co-

rrespondían a los señores María Edith Molina de Calero, conocida por

María Edith Molina Gutiérrez, Rosa Elvira Molina de Alfaro, Blanca

Ester Molina Gutiérrez, José Ramón Molina Gutiérrez, y Francisco Javier

Molina González, conocido por Francisco Javier Molina, los primeros

como hijos y el último como cónyuge de la causante.

Y se les ha conferido a dichos aceptantes en el carácter indicado la

administración y representación interinas de la sucesión con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los tres días del

mes de mayo de dos mil doce.- LIC. ARTURO DERMIDIO GUZMAN

MATA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039509-2

OSCAR DANIEL ARANA AREVALO, JUEZ SUPLENTE DE PRI-

MERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las

catorce horas del día veintidós de Mayo del presente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, de la herencia

intestada que a su defunción dejó el señor CRUZ ANTONIO SANTOS

GUERRERO o CRUZ ANTONIO SANTOS, quien fue de ochenta años

de edad, casado, Jornalero, originario y del domicilio de Estanzuelas,

Departamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña, hijo de los

señores Rosa Guerrero y de Benigno Santos (ambos ya fallecidos);

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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. quien falleció a las nueve horas del día diez de Marzo del año dos mil

doce; de parte de la señora EMILIA DEL CARMEN MARTINEZ DE

SANTOS, de sesenta años de edad, de Oficios Domésticos, del Domicilio

de Estanzuelas, Departamento de Usulután, con Documento Único de

Identidad Número cero dos millones cuatrocientos veintiocho mil tres-

cientos cuarenta y dos guión seis y Tarjeta de Identificación Tributaria

Número cero ochocientos veintiuno guión cero ochenta y un mil ciento

cincuenta y uno guión ciento cuatro guión uno; en concepto de cónyuge

del Causante, Art. 988 No. 1 del C.C.

Confiérase a la heredera declarada en el carácter indicado la Admi-

nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente, Y CITA: a los

que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a

deducirlo dentro del término de quince días, a partir del siguiente al de

la tercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las catorce

horas y quince minutos del día veintidós de Mayo del dos mil Doce.-

LIC. OSCAR DANIEL ARANA AREVALO, JUEZ SUPLENTE DE

PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039529-2

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE

PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-

TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA

LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las

quince horas con cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada de

los bienes que a su defunción acaecida, el día diecisiete de octubre de

dos mil nueve, en el Caserío Santa Lucía, Cantón Llano Grande, juris-

dicción de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo Cantón

Llano Grande, jurisdicción de Sensuntepeque, departamento de Cabañas

su último domicilio; dejó el señor SANTOS OMAR HERNANDEZ

ARAGON, quien fue de veintiocho años de edad, soltero, estudiante,

hijo de José Jerónimo Aragón Valle y de María Lidia Hernández Hidal-

go, originario de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas; de parte

de la señora MARIA LIDIA HERNANDEZ HIDALGO, en calidad

de madre del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios

que en calidad de padre del causante le correspondían al señor JOSE

JERONIMO ARAGON VALLE, representada por la Licenciada IRMA

ELENA PAREDES BERMUDES, como Apoderada General Judicial

con Cláusula Especial.

Habiéndosele conferido a la aceptante la administración y repre-

sentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-

sión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia

dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la

última publicación de este edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los

quince días del mes de marzo de dos mil doce.- LIC. JOSE ANGEL

POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. HUGO

ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039531-2

LICENCIADA MARIA ELENA CONDE GARCIA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las quince horas y tres minutos del día dieciocho de mayo del año dos

mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario por parte de MARIA ELENA AYALA DE GONZALEZ, LUIS

ALONSO GONZALEZ AYALA y ANA GUADALUPE GONZALEZ

AYALA, la Herencia Testamentaria dejada por el causante LUIS

ALONSO GONZALEZ, conocido por LUIS ALONSO GONZALEZ

BOLAÑOS, a su defunción ocurrida a las cinco horas y treinta minutos

del día dos de marzo del año dos mil doce, siendo esta ciudad el lugar

de su último domicilio, confiriéndoseles a las mencionadas personas la

administración y representación interina de la sucesión testamentaria

anteriormente relacionada, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las quince horas y diez minutos del día dieciocho de mayo del

año dos mil doce.- LICDA. MARIA ELENA CONDE GARCIA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.- LICDA.

MONICA ALEJANDRA RIVAS ARGUETA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039552-2

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395GLORIA ELIZABETH CORTEZ DE AVILA, Notario, de este domicilio,

con oficina Profesional situada en Condominio Libertad, local número

once, planta baja, de esta ciudad, al público en general.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las quince horas con veinte minutos del día veinticuatro de abril del

presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara el señor

ELISEO POLANCO HERRERA, quien falleció en el Caserío Camones,

de esta jurisdicción, el día cuatro de abril del presente año, siendo éste su

último domicilio, de parte de la señora ANA DEL CARMEN POLANCO

CORTEZ, en su calidad de hija sobreviviente del de cujus, por tanto se

le confiere la Administración y Representación Interina de la herencia

intestada, y cítese a los que se crean con derecho a la herencia referida,

para que se presenten a deducirlo dentro de los quince días contados

desde el siguiente al de la última publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de Santa Ana, el día cuatro de mayo del año

dos mil doce.

LIC. GLORIA ELIZABETH CORTEZ DE AVILA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F039585-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las ca-

torce horas y cinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente,

con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó la señora

FRANCISCA MAJANO, quien falleció el día veinte de Junio de mil

novecientos noventa y cinco, en Bolívar, Departamento de La Unión,

siendo ese lugar su último domicilio, de parte de la señora IRMA DILIA

MAJANO MAJANO o IRMA DILIA MAJANO, en calidad de hija de

la causante. Confiriéndole a dicha aceptante, en el carácter indicado, la

administración y representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que

en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel lo

demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los treinta días del

mes de abril del dos mil doce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039644-2

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, de las nueve

horas del día veintisiete de abril del dos mil doce. - Se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada

dejada por la señora ALEJANDRA AGUILAR, fallecida el día veinticua-

tro de septiembre del dos mil cinco, siendo la población de Sonzacate, el

lugar de su último domicilio, de parte del señor EDGAR ELIAS TEPAS

AGUILAR, en concepto de hijo y como cesionario de los derechos que

en la sucesión les correspondían a los señores ALEXANDER ANTONIO

TEPAS AGUILAR, MIRNA YANETH TEPAS DE ROSA, conocida por

Mirna Yaneth Tepas Aguilar, EVELIN DOROTEA TEPAS AGUILAR

y MAURICIO ARMANDO TEPAS AGUILAR, en concepto de hijos

todos de la causante.

Se ha conferido al aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas del día

nueve de mayo del dos mil doce.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ,

JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE

ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039679-2

LA INFRASCRITA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE

DEL DISTRITO JUDICIAL DE IZALCO, LICENCIADA MAURA

YANETT MORAN CASTANEDA.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas de

este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de in-

ventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor

DANIEL PORTILLO GOMEZ, quien falleció el día diez de agosto del

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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. año mil novecientos setenta y cinco, a la edad de cuarenta y seis años,

siendo su último domicilio el de la Ciudad de San Julián; por parte del

señor JULIAN PORTILLO PORTILLO, en su calidad de cesionario de

los derechos hereditarios que en la indicada sucesión le correspondían a

la señora RAIMUNDA PORTILLO GOMEZ, como hermana sobrevi-

viente del referido Causante.- Confiéresele al aceptante en el concepto

antes expresado la Administración y Representación INTERINA de la

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento

de Sonsonate, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil

doce.- LIC. MAURA YANETT MORAN CASTANEDA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- LIC. SARA ALBERTINA

VILLEDA SANCHEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039680-2

LIC. MARIA ELENA LOVO ANGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA INTERINA, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con cinco

minutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido por aceptada

y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó

la señora ANTONIA CRESPIN viuda DE LOPEZ, quien falleció a las

catorce horas con veinticinco minutos del día quince de febrero del dos

mil nueve, en la parcelación El Ángel de Apopa, Departamento de San

Salvador, de parte del señor MARCOS ANTONIO LOPEZ CRESPIN,

en su concepto de hijo sobreviviente de la causante.

Se confiere al heredero declarado la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a

las diez horas con diez minutos del día dieciséis de octubre del dos mil

nueve.- LIC. MARIA ELENA LOVO ANGEL DE AVALOS, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA

CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039687-2

TiTUlo DE ProPiEDaD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que el señor FELICIANO MARTINEZ

SANCHEZ, de sesenta y tres años de edad, Agricultor en Pequeño,

de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número: Cero

cero seis uno seis siete cero uno- dos, con Número de Identificación

Tributaria: Cero doscientos dos- cero uno cero tres cuatro nueve- ciento

tres- cinco; solicita Título de Propiedad a su favor, de un inmueble

de naturaleza URBANA, situado en: Cantón Moncagua, Caserío Los

Mangos, Pasaje Los Mangos, Sin Número, jurisdicción de San Pablo

Tacachico, Departamento de La Libertad, según mapa catastral número:

CERO CINCO UNO SIETE U CERO SEIS, reconocido como parcela

número: SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE; de un área superficial

y catastral de: DOSCIENTOS TRECE PUNTO CUARENTA Y TRES

METROS CUADRADOS, en su totalidad, cuyas medidas y colindancias

son las siguientes: AL NORTE: Cuatro tramos: El primero tres punto

dieciséis metros, el segundo tres punto cero seis metros, el tercero uno

punto ochenta y cinco metros y el cuarto uno punto setenta y dos metros,

colinda con Luis Alfredo Guillén Portillo, pasaje Los Mangos de por

medio. AL ORIENTE: Tres tramos: El primero cuatro punto sesenta

metros, el segundo nueve punto cero siete metros y el tercero seis punto

cero cinco metros, colinda con Cresencia López viuda de Pleitez. AL

SUR: Un tramo de diecisiete punto dieciocho metros colinda con Santos

Paulino Rodríguez, y AL PONIENTE: Cinco tramos: El primero de

dos punto sesenta metros, el segundo cuatro punto cero siete metros,

el tercero de dos punto sesenta y seis metros, el cuarto de cuatro punto

treinta y un metros y el quinto de dos punto doce metros, colinda con

Luis Alfredo Guillén Portillo, pasaje Los Mangos de por medio. Todos

los colindantes son de este domicilio. Que el inmueble antes descrito

lo valúa en UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA.

Que anteriormente poseyeron el inmueble los señores: ROSA

MIRIAN LOPEZ MENJIVAR, ya fallecida y HECTOR RAFAEL

QUIJADA ORELLANA, mayor de edad, Agricultor en Pequeño, del

domicilio de Hacienda Rancho Quemado, Cantón San Pedro Las Flores,

jurisdicción de San Matías, de este departamento, el predio antes descrito

no es dominante, ni sirviente, no tiene ninguna carga ni derecho real

que pertenezca a otra persona o que deba respetarse y no se encuentra

en proindivisión con nadie, el cual no es inscribible en el Registro de la

Propiedad correspondiente por carecer de antecedente inscrito.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Alcaldía Municipal de San Pablo Tacachico, Departamento de

La Libertad, a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil

doce.- ARISTIDES ALVARADO MEJIA, ALCALDE MUNICIPAL.-

MANFREDI GUARDADO RIVERA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F039588-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la Licenciada

IRIS DEL CARMEN AVILES DE DOÑO, mayor de edad, del domicilio

de Mejicanos, actuando en calidad de Apoderada General Judicial con

Cláusula Especial del señor ELIAS FRANCO MENJIVAR, quien es de

cincuenta y ocho años de edad, Empleado, del domicilio de esta ciudad,

con Documento Único de Identidad Número cero un millón seiscientos

seis mil cero treinta y seis guión nueve; y Número de Identificación

Tributaria cero trescientos seis guión ciento sesenta mil ochocientos

cincuenta y tres guión ciento uno guión siete; solicitando se le extienda

TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado

en Colonia San Francisco, Pasaje Santa Eduviges, Casa Número Doce,

Jurisdicción de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, de una

extensión superficial de SETENTA Y SIETE PUNTO DIECISIETE

METROS CUADRADOS, que mide y linda; al NORTE: Siete punto

dieciocho metros colindando con José Edmundo Vásquez Ortega; al

ORIENTE: Diez punto veinte metros colindando con María Teresa

García, Pasaje Santa Eduviges de por medio; al SUR: Siete punto veinte

metros colindando con Doris Anabell Gutiérrez; al PONIENTE: Diez

punto setenta y cinco metros colindando con José Edmundo Vásquez

Ortega. El predio descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas

ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con

ninguna persona. Lo adquirió de buena fe, poseyéndolo en forma quieta,

pacífica e ininterrumpida por más de veintiséis años, por posesión que

le hiciera su hermano señor JUAN ANTONIO FRANCO RIVERA,

careciendo de antecedente inscrito en el Registro de la Propiedad, el

inmueble lo valora en la cantidad de CINCO MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Por tanto solicita se le extienda

Título Municipal de conformidad a la Ley.

Lo que se hace saber al público para todos los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: Delgado, Departamento de San Salvador,

Veinticuatro de Mayo de Dos Mil Doce.- LIC. JOSE TOMAS MINERO

DOMINGUEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- CECILIA MARICELA

CANDELARIO BARRAZA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F039689-2

TÍTUlo SUPlETorio

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que a este Juzgado, se ha presentado el Abogado

JOSE MARTIR OCHOA, en calidad de Apoderado General Judicial del

señor JOSE ELIAS MARQUEZ MORALES, de treinta y ocho años

de edad, jornalero, del domicilio de Chirilagua, departamento de San

Miguel, con Documento Único de Identidad número: Cero uno cuatro

dos dos uno tres dos-cinco, y con Número de Identificación Tributaria:

Uno dos cero seis-dos cero cero siete siete tres-uno cero uno-cero;

solicitando se le extienda a su poderdante TITULO SUPLETORIO, de

una porción de terreno de naturaleza rústica, situado en Hacienda San

Román, en el lugar denominado El Cuco o Cancho, del Municipio de

Chirilagua, departamento de San Miguel, de la capacidad superficial de

QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE METROS PUNTO NOVENTA

Y SEIS DECIMETROS PUNTO VEINTICINCO CENTIMETROS

CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE:

Treinta y uno punto cincuenta metros, con terreno de Carlos Ernesto

Reyes; AL ORIENTE: Veintiún metros, con terreno de Carlos Ernesto

Reyes, carretera pavimentada de por medio; AL SUR: Veinticuatro punto

cuarenta metros, con terreno de José Luis Márquez; y AL PONIENTE:

Veinte punto cincuenta metros, con terreno de Julia Galeas y cerco de

púas de por medio. El inmueble antes descrito lo valúa el solicitante en

la cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNI-

DOS DE AMERICA, y afirma que lo adquirió por compra de posesión

material que le hizo al señor JULIO ADALBERTO SALMERON, el día

siete de febrero de dos mil doce. Asimismo, manifiesta el peticionario

que la posesión de su antecesor, así como la de él desde la fecha que

adquirió el inmueble, objeto de las presentes diligencias, por compra

de la posesión material antes mencionada, ha sido quieta, pacífica y no

interrumpida, por más de diez años consecutivos.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, a las ocho horas y

diez minutos del día catorce de mayo de dos mil doce.- LIC. CRISTIAN

ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL.- LICDA. CLELIS DINORA LAZO ANDRADE, SE-

CRETARIA.

3 v. alt. No. F039489-2

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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. TÍTUlo DE DoMiNio

PATRICIO DERAS LEON, Alcalde Municipal del Municipio de San

Rafael, Departamento de Chalatenango.

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado el señor DIMAS

DE JESUS ALVARENGA, de sesenta y un años de edad, Empleado,

del domicilio de Apopa, departamento de San Salvador, portador de su

Documento Único de Identidad cero uno uno cuatro cinco dos cinco uno-

uno, y Número de Identificación Tributaria cero cuatro tres uno-dos siete

cero cuatro cinco cero-cero cero uno-cero, en su concepto SOLICITA

Título de Dominio de un solar urbano, situado en el Barrio Concepción,

San Rafael, Departamento de Chalatenango, de la extensión superficial de

MIL QUINIENTOS TREINTA Y UNO PUNTO CINCUENTA Y TRES

METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL

NORTE: mide sesenta punto veinte metros formado por tres tramos, el

primero, mide ocho punto sesenta metros, el segundo, mide dieciséis

punto cuarenta metros, colinda en estos dos tramos con propiedad de la

señora Benita López, tapial de ladrillo de por medio de la colindante, y

el tercero, mide cincuenta y uno punto sesenta metros, colinda con Cruz

Fuentes López cerco de piña y alambre del comprador; AL ORIENTE:

mide veinte punto cuarenta metros colinda con propiedad del señor Juan

Abrego, cerco de alambre del comprador; AL SUR: mide setenta y dos

punto cuarenta metros formado por tres tramos, el primero, mide nueve

punto cuarenta metros, el segundo, mide diecinueve punto cuarenta

metros, colinda con propiedad del señor Juan Abrego, cerco de piña del

comprador, y el tercero, mide sesenta y tres punto diez metros, colinda

con propiedad de la señora Yolanda Fuentes, cerco de alambre de púa y

piña del comprador; y AL PONIENTE: mide veinticinco punto ochenta

metros, colinda con propiedad del señor Felipe León, calle pública de

por medio. En el inmueble antes descrito existe construida una casa,

paredes de ladrillo y techo de duralita. El inmueble descrito no tiene

cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión

con nadie. Lo valoro en la cantidad de SEIS MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo adquirió por posesión material que ejerce por más de quince

años, en forma quieta, pacífica e ininterrumpida.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de

Ley.

Alcaldía Municipal; Chalatenango, a los veintiséis días del mes

de marzo de dos mil doce.- PATRICIO DERAS LEON, ALCALDE

MUNICIPAL.- MANUEL DE JESUS CHACON CHACON, SECRE-

TARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F039683-2

rENoVaciÓN DE MarcaS

No. de Expediente: 1969021141

No. de Presentación: 20120162508

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de Kraft Foods Global Brands LLC, del domicilio de

Three Lakes Drive, Northfield, Illinois 60093, ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 21141 del Libro 00047

de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la representación de una

viñeta roja-sangre que en el centro lleva una mancha blanca grande,

rectangular, excepto que cada uno de sus lados está ostensiblemente

convexo; y en la mancha, además de la representación verde de unos

limones con hojas y de leyendas accesorias no registrables, y se ve un

marquito sexagonal rojo-sangre, en la porción superior, que encierra la

palabra "KRAFT"; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los siete días del mes de febrero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001519-2

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2001016196

No. de Presentación: 20120161913

CLASE: 03

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-

RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de COLGATE-PALMOLIVE COMPANY, del

domicilio de Nueva York, Nueva York, Estados Unidos de América,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00060 del Libro 00148 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la etiqueta que en cuya parte superior se

encuentra un rectángulo de fondo color negro, conteniendo la palabra

"Palmolive", escrita en color blanco y en minúscula a excepción de la

letra "P" que está en mayúscula. El rectángulo antes descrito, tiene en la

parte superior e inferior una línea fina de color negro. Debajo de dicho

rectángulo se encuentra la palabra "VITAMINS", escrita en color negro

y en mayúscula, siendo la letra "V" de mayor tamaño que las restantes.

Debajo de todo lo anterior se encuentra un cuadro color gris y dentro

del cuadro se encuentran dos óvalos de fondo color blanco, teniendo en

su interior otro óvalo de color gris. En la parte superior e inferior del

cuadro se encuentran otros óvalos en menor tamaño delineados en color

gris y de fondo blanco; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,

a los veinticuatro días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001520-2

No. de Expediente: 2001012637

No. de Presentación: 20110161620

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-

DERADO de PFIZER PRODUCTS, INC., del domicilio de EASTERN

POINT ROAD, GROTON CONNECTICUT 06340, ESTADOS UNI-

DOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00131 del Libro 00149 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA ETIQUETA CUA-

DRANGULAR DELINEDA EN NEGRO Y FONDO BLANCO. EN

LA PARTE INFERIOR DEL CUADRADO SE ENCUENTRAN DOS

FRANJAS, UNA ES DE COLOR AMARILLO Y SE ENCUENTRA EN

LA ESQUINA INFERIOR DERECHA Y LA OTRA ES DE COLOR

NEGRO LO ANCHO DE TODO EL SEGMENTO INFERIOR DEL

CUADRADO SIENDO LA PARTE IZQUIERDA UN POCO MAS

GRUESA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

05 de la Clasificación Internacional de Niza

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001521-2

No. de Expediente: 1997006199

No. de Presentación: 20100139902

CLASE: 08.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de HERRAMIENTAS HECORT, S. A. DE C.V.,

del domicilio de Gregorio Ruiz Velasco No. 201, Ciudad Industrial,

Aguascalientes, Ags., México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00156 del Libro 00113 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA HECORT

ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS GRUESAS DE

COLOR BLANCO, EN LA PARTE SUPERIOR DERECHA DE LA

LETRA 'T' SE ENCUENTRA UN PEQUEÑO ASTERISCO TAMBIEN

DE COLOR BLANCO, DICHA PALABRA SE ENCUENTRA SOBRE

UN RECTANGULO, EN DONDE DESDE LA LETRA "H" HACIA

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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. LA IZQUIERDA ES AZUL Y HACIA LA DERECHA ES DE COLOR

GRIS QUEDANDO LAS LETRAS "ECORT*" SOBRE DICHO FON-

DO. LA BASE DEL RECTANGULO ANTES MENCIONADO ESTA

FORMADA POR PEQUEÑOS PICOS INCLINADOS LEVEMENTE

HACIA LA DERECHA. AL LADO IZQUIERDO DE LA PALABRA

"HECORT" SE ENCUENTRA UNA LETRA "H" MAYUSCULA

DE COLOR AZUL Y EN MEDIO DE LA BARRA HORIZONTAL

QUE CONFORMA A ESTA SE ENCUENTRA DE NUEVO LA PA-

LABRA HECORT EN LETRAS PEQUEÑAS MAYUSCULAS DE

COLOR AZUL LAS CUALES SE ENCUENTRAN DENTRO DE UN

RECTANGULO BLANCO DELINEADO EN AZUL. TODO ESTO

DENTRO DE UN CIRCULO DE FONDO BLANCO; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 08 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los primero días del mes de febrero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001522-2

No. de Expediente: 1995004466

No. de Presentación: 20110161377

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO V NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de Smithkline Beecham p.l.c., del domicilio de New

Horizons Court, Brentford, Middlesex TW8 9EP, Inglaterra, de nacio-

nalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00035 del Libro 00164 de INSCRIPCION DE MARCAS,

consistente en la palabra "Panadol", la cual se encuentra escrita en letra

de molde minúscula, excepto la inicial que es mayúscula, color negro;

las primeras tres letras "Pan" parecieran encontrase encerradas en una

figura de círculo negro que es más ancho del lado izquierdo y el cual no

llega a cerrarse del todo en la parte derecha de la letra “n”; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los doce días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No C001523-2

No. de Expediente: 2001018554

No. de Presentación: 20120161920

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de PEPSICO. INC., del domicilio de 700 Anderson

Hill Road, Purchase, Nueva York 10577, Estados Unidos de América.,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00187 del Libro 00154 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la etiqueta compuesta por el diseño de

un triángulo delineado en color negro, dentro del cual se encuentra otro

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395triángulo delineado en color gris y fondo color negro. El segmento iz-

quierdo del primer triángulo se encuentra interrumpido por otro triángulo

de menor tamaño delineado en color gris y negro siendo el fondo color

gris claro. En la parte inferior de dicho triángulo sale una franja color

gris y delineada en negro que subraya la palabra "Doritos", la cual se

encuentra escrita en color blanco, tipo bloque y minúscula a excepción de

la letra "D" que está en mayúscula, el punto de la letra “l” está formado

por el diseño de un triángulo en color blanco y forma parte de la marca,

la letra "s" de dicha palabra corta la parte derecha del primer triángulo;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la

Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001524-2

No. de Expediente: 2000005310

No. de Presentación: 20110151573

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de MUEBLES BOAL, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Prolongación Av. López Mateos

Sur No. 6459 Interior "A" Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco C.P. 45640,

México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00083 del libro 00128 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la palabra "BOAL", escrita en mayúsculas,

tipo bloque y color negro. siendo la letra "b" de mayor tamaño que las

demás y con la particularidad que a la letra "A" le anteceden cinco líneas

en varios colores, los cuales de izquierda a derecha son: verde, amarillo,

anaranjado, rojo y azul; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 20 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dos días del mes de febrero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001525-2

No. de Expediente: 2000003933

No. de Presentación: 20120162472

CLASE: 20

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-

RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de PORTICO, S. A., del domicilio de VIGO,

CALLE VELASQUEZ MORENO, NUMERO DIECISIETE, ESPA-

ÑA, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando RENOVACION, para

La inscripción Número 00236. del libro 00147 do INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en UN DISEÑO EN COLOR VERDE DE UN

PORTAL, CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: EN LA

PARTE SUPERIOR SE ENCUENTRA REDONDEADO, Y ESTA

FORMADO POR TRES FRANJAS DIVIDIDAS POR DOS FRANJAS

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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. COLOR BLANCO, SIENDO LA PRIMERA FRANJA MAS GRUESA QUE LAS DEMAS, EN MEDIO DE LA CUAL SE ENCUENTRAN CUATRO CUADROS DE COLOR BLANCO Y SOBRE ESTOS DOS TRIANGULOS CON UNO DE SUS LADOS REDONDEADOS CON FRANJAS Y EN LA PARTE INFERIOR TIENE TRIANGULOS. CADA UNO DE LOS CUATRO CUADROS CONTIENEN EN SU ESQUINA INFERIOR IZQUIERDA, DOS TRIANGULOS PEQUE-ÑOS, Y EN LA ESQUINA SUPERIOR DERECHA DOS FRANJAS DELGADAS COMO UN MEDIO MARCO. DEBAJO DE TODO LO ANTERIOR SE ENCUENTRA LA PALABRA "Pórtico" ESCRITA EN COLOR VERDE Y EN MINUSCULA A EXCEPCION DE LA LETRA "P" QUE ESTA EN MAYUSCULA, que ampara producto/servicios comprendidos en la(s) Clase 20 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001526-2

No. de Expediente: 1990000486

No. de Presentación: 20110154647

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de LEA & PERRINS. LIMITED, del domicilio de 3 MIDLAND ROAD, WORCESTER WR5 1DT IN-GLATERRA, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00221 del Libro 00003 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras LEA & PERRINS (LABEL), pero en verdad consiste en la representación de una viñeta cuadrada de fondo de color anaranjada con marco dorado y alrededor de la viñeta o sea otro marco de color anaranjado claro; en las esquinas aparecen cuatro cuadros en los de arriba dos bustos de hombre y en los de abajo dos animales: en medio de la viñeta aparecen las expresiones en letras negras LEA & PERRINS, una sobre otra y en medio de estas expresiones las mismas palabras en tipo de letra de carta y también aparecen otras leyendas accesorias; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de Propiedad Industrial. Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001527-2

No. de Expediente: 2000009623

No. de Presentación: 20110155546

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VIILAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de GENETICS INSTITUTE, LLC, del domicilio de 87 CAMBRIDGE PARK DRIVE, CAMBRIDGE, MASSACHUSETTS 02140, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00190 del Libro 00141 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en EL DISEÑO ARTISTICO COMPUESTO POR TRES PARTES, LA PARTE DE ARRIBA ES UN OVALO DE FONDO COLOR NEGRO Y CON UN PEQUEÑO PUNTO DE CO-LOR BLANCO, EN LA PARTE DE ABAJO SE ENCUENTRAN DOS SEGMENTOS EN FORMA CURVEADA QUE SE ENCUENTRAN ENTRELAZADAS, TODO EL DISEÑO EN CONJUNTO REPRESEN-TA LA FIGURA DE UN HOMBRE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los primero días del mes de febrero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001528-2

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2000008595

No. de Presentación: 20110161673

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA; actuando como APO-DERADO de SHISEIDO COMPANY LIMITED, del domicilio de 7-5-5 Ginza, Chou-ku, Tokyo. Japón, de nacionalidad JAPONESA solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00078 del Libro 00149 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una figura semejante a una circunferencia de doble borde, presentando cuatro depresiones; y que contiene en su interior el dibujo esquemático de dos flores cuyos tallos sin hojas se levantan paralelos entre sí, pero luego uno de ellos permanece erguido mientras que el otro se dobla hacia la izquierda. Los espacios dejados hacia los lados de este dibujo, son ocupados por pequeñas figuras en forma de óvalo, que en total suman siete; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil doce.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001529-2

No. de Expediente: 2001015817

No. de Presentación: 20120161933

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CORPORATIVO INTERNACIONAL MEXICA-NO, S. DE R.L. DE C.V., del domicilio de Palmas No. 735, piso 17, Col. Lomas de Chapultepec, México, D.F. 11000, de nacionalidad

MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00100 del Libro 00152 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión "VUALA"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001530-2

No. de Expediente: 2001017557

No. de Presentación: 20110160813

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de THE QUAKER OATS COMPANY, del domicilio de 555 West Monroe Street, Chicago. Illinois, 60661, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RE-NOVACION, para la inscripción Número 00082 del Libro 00152 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión SWEET PUFFS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001532-2

DIARIO

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137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 1990000908

No. de Presentación: 20110151827

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de G.D. Searle LLC, del domicilio de 5200 OId Orchard

Road, Skokie, Illinois, Estados Unidos de América y domicilio de co-

rrespondencia en 100 Route 206 North, Peapack, New Jersey, Estados

Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00245 del Libro 00003 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "CYFLEX";

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001533-2

No. de Expediente: 1999000101

No. de Presentación: 20110153746

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de TYCO FIRE PRODUCTS LP, del

domicilio de 451 North Cannon Avenue Lansdale, Pennsylvania 19446,

Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00072 del Libro

00144 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA

"ANSUL" ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS DE

COLOR NEGRO; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 01 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001534-2

No. de Expediente: 1979000250

No. de Presentación: 20110160825

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de Société des Produits Nestlé S.A., del domicilio de

1800 VEVEY, CANTON DE VAUD, SUIZA, de nacionalidad SUIZA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00128 del

Libro 00093 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en La Palabra

"BACI"; que ampara producto/servicios comprendidos en la(s) Clase

30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los seis días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001535-2

DIARIO

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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2001016594

No. de Presentación: 20120161905

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR. DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-

DERADO de COLGATE-PALMOLIVE COMPANY, del domicilio de

300 Park Avenue, Nueva York, Nueva York, Estados Unidos de América,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00062 del Libro 00148 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en La expresión EXPLORER; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 21 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinticuatro días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001536-2

No. de Expediente: 1990001608

No. de Presentación: 20110161386

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-

RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM LIMITED, del

domicilio de 980 Great West Road, Brentford, Middlesex, TW8 9GS,

Inglaterra, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00044 del Libro 00008 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en el diseño de las letras SB unidas en su parte

superior; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

21 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los trece días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001537-2

No. de Expediente: 2001017801

No. de Presentación: 20110161623

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL mayor de edad, ABOGADO V NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de INSTITUTO CIENTIFICO PFIZER, ASOCIACION

CIVIL, del domicilio de Montes Urales 470 ler. Piso, Lomas de Cha-

pultepec 1100, México, D.F., de nacionalidad MEXICANA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00123 del Libro 00152 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "PROMEDI-

CUM" que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 42

de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001538-2

DIARIO

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139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 1991000721

No. de Presentación: 20110160815

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL mayor de edad ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de THE QUAKER OATS COMPANY,

del domicilio de 555 West Monroe Street, Chicago, Illinois, 60661, Estados

Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00055 del Libro 00014 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras QUAKER

CHEWY; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los quince días del mes de diciembre del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001539-2

No. de Expediente: 1989000092

No. de Presentación: 20110156333

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-

DERADO de GSM (Operations) Pty Ltd, del domicilio de 1 Billabong

Place, Burleigh Heads, Queensland, 4220, Australia, de nacionalidad

AUSTRALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00051 del Libro 00132 de REGISTRO DE MARCAS, con-

sistente en la palabra "BILLABONG"; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PIOPIEDAO INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los nueve días del mes de septiembre del año dos mil once.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001540-2

No. de Expediente: 1979000314

No. de Presentación: 20110148902

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, actuando como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM

CORPORATION, del domicilio de Philadelphia, Pennsylvania, Estados

Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00087 del Libro 00087 de

REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra MENCEVAX;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001541-2

DIARIO

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Page 140: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2000004332

No. de Presentación: 20110150927

CLASE: 42, 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO:

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, actuando como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM

LIMITED, del domicilio de 980 Great West Road, Brentford, Middle-

sex, TW8 9GS, Reino Unido, de nacionalidad INGLESA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00191 del Libro 00128

de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las letras GSK; que

ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clases 42, 44 de la

Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil doce.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001542-2

No. de Expediente: 2000005452

No. de Presentación: 20110150879

CLASE: 42, 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, actuando como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM

LIMITED, del domicilio de 980 Great West Road, Brentford, Middlesex,

TW8 9GS, Reino Unido, de nacionalidad INGLESA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00231 del Libro 00137

de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una figura de forma

ovoide de fondo color negro, que en cuya parte de enmedio contiene

las letras “gsk” escrita en letras minúsculas estilizadas de color blanco,

siendo la letra "k" un poco más grande que las demás; que ampara pro-

ductos/servicios comprendidos en la(s) Clase 42, 44 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil doce.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001543-2

No. de Expediente: 1990001601

No. de Presentación: 20110161388

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, actuando como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM

LIMITED, del domicilio de 980 Great West Road, Brentford, Middle-

sex, TW8 9GS, Reino Unido, de nacionalidad INGLESA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00064 del Libro 00008 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en el diseño de las letras SB,

unidas en su parte superior; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los trece días del mes de enero del año dos mil doce.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO

3 v. alt. No. C001544-2

DIARIO

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141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 2000005451

No. de Presentación: 20110150872

CLASE: 42, 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM LIMITED,

del domicilio de 980 Great West Road, Brentford, Middlesex, TW8 9GS,

Reino Unido, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00157 del Libro 00128 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en una figura ovoide en fondo naranja que

contiene la palabra "gsk" escritas en minúsculas y en color blanco, la letra

"k" es de mayor tamaño que las demás; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 42, 44 de la Clasificación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001545-2

No. de Expediente: 1972020706

No. de Presentación: 20110161371

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-

RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM LIMITED, del

domicilio de 980 Great West Road, Brentford, Middlesex, TW8 9GS,

Reino Unido, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 20706 del Libro 00046 de REGISTRO DE

MARCAS, consistente en las palabras ANDREWS LIVER SALT;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los doce días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001546-2

No. de Expediente: 1987001069

No. de Presentación: 20110151561

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, del domicilio de Glaxo

Wellcome House, Berkeley Avenue, Greenford, Middlesex UB6 0NN,

Inglaterra, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00179 del Libro 00144 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la representación de un círculo rayado lo grueso

del círculo externo queda abajo y las líneas gruesas del hexágono que va

adentro quedan arriba; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001547-2

DIARIO

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Page 142: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2001020052

No. de Presentación: 20110161362

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio do SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Smithkline Beecham Biologicals

S.A., del domicilio de Rue de L'Institut 89-1330, Rixensart, Bélgica, de

nacionalidad BELGA, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00157 del Libro 00155 de INSCRIPCION DE MARCAS,

consistente en la palabra CERVARIX; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diez días del mes de enero del año dos mil doce.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001548-2

No. de Expediente: 2001019198

No. de Presentación: 20110161364

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS

MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-

TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de GlaxoSmithkline Biologicals S.A., del domicilio de

Rue de L'Institut 89-1330 Rixensart, Bélgica, de nacionalidad BELGA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00130 del Libro

00162 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PO-

LIORIX; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diez días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001549-2

No. de Expediente: 1998001798

No. de Presentación: 20100136294

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de GlaxoSmithkline LLC, del domicilio de Corporation

Service Company, 2711, Centerville Road, Suite 400, Wilmington,

Delaware, 19808, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00110 del Libro 00105 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en las palabras "Rel-Ease" en letras de molde minúsculas, excepto las

letras "R" y la "E" que son mayúsculas, las cuales están unidas por un

guión; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05

de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los nueve días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001550-2

DIARIO

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143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 1990002796

No. de Presentación: 20110161361

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de GLAXOSMITHKLINE COSTA

RICA S.A., del domicilio de San José, República de Costa Rica, de

nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00074 del Libro 00014 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra COFALITO; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001551-2

No. de Expediento: 2001016766

No. de Presentación: 20120161909

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, actuando como APODERADO de COLGATE-PALMOLIVE

COMPANY, del domicilio de Nueva York, Nueva York, Estados

Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00164 del Libro 00150 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión CUSTOM

FIT; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 21

de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dos días del mes de marzo del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001552-2

No. de Expediente: 1993003792

No. de Presentación: 20110150858

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-

DERADO de COLGATE-PALMOLIVE COMPANY, del domicilio de

300 PARK AVENUE, NEW YORK, NEW YORK, ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00177 del Libro 00125

de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra AXION en

letra de bloque color rojo; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dos días del mes de marzo del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001553-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2001016195

No. de Presentación: 20120161912

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de COLGATE-PALMOLIVE COM-

PANY, del domicilio de 300 Park Avenue, Nueva York, Nueva York,

Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00221 del

Libro 00148 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expre-

sión COLGATE MASSAGER, escrita en letra mayúscula y de molde;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 21 de la

Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001554-2

No. de Expediente: 2000007743

No. de Presentación: 20120161931

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-

DERADO de CORPORATIVO INTERNACIONAL MEXICANO, S. DE

R.L. DE C.V., del domicilio de Poniente 128 No. 606 Colonia Industrial

Vallejo 02300, México, D.F., México, de nacionalidad MEXICANA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00233 del Libro

00146 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión "7

DAYS"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001555-2

No. de Expediente: 2002025596

No. de Presentación: 20120161922

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de CORPORATIVO INTERNACIONAL

MEXICANO, S. DE R.L. DE C.V., del domicilio de Poniente 128 No. 606

Colonia Industrial Vallejo 02300, México, D.F. México, de nacionalidad

MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00141 del Libro 00163 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en

la expresión BOMBITAS escrita en mayúscula; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinte días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001556-2

DIARIO

OFI

CIAL S

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ARA CONSULT

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NO TIE

NE VALI

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GAL

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145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 2001018553

No. de Presentación: 20120161934

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PEPSICO, INC., del domicilio de 700 Anderson Hill Road, Purchase, Nueva York 10577, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00248 del Libro 00160 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la etiqueta que contiene la expresión Cheetos, inclinada hacia la derecha, escrita en forma artística, en letras tipo bloque y minúscula, con excepción de la letra “C”, que está en mayúscula, color blanco y sobre un fondo color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil doce.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001557-2

No. de Expediente: 2001017798

No. de Presentación: 20120161959

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de PEPSICO, INC., del domicilio de 700 Anderson Hill Road, Purchase, Nueva York 10577, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00122 del Libro 00152 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra CARIBAS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinte días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001558-2

No. de Expediente: 2000005788

No. de Presentación: 20120161924

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de PEPSICO, INC., del domicilio de 700 ANDERSON

HILL ROAD, PURCHASE, NEW YORK, 10577 ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00034 del Libro 00148

de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION

“POWER MILCH”, ESCRITA EN LETRAS MAYUSCULAS; que

ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Cla-

sificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001559-2

DIARIO

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CIAL S

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ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2001017800

No. de Presentación: 20120161928

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PEPSICO, INC., del domicilio de 700 Anderson Hill Road, Purchase, Nueva York 10577, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00113 del Libro 00154 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en La palabra CARIBAS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001560-2

No. de Expediente: 2002025102

No. de Presentación: 20120161926

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CORPORATIVO INTERNACIONAL MEXICANO, S. DE R.L. DE C.V., del domicilio de Palmas No. 735, piso 17, Col. Lomas de Chapultepec, México, D.F. 11000, México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00147 del Libro 00160 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión VUALA CROISSANT escrita en mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001561-2

No. de Expediente: 2000001306

No. de Presentación: 20110150461

CLASE: 28.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de ODDZON, INC., del domicilio de 1027 Newport

Avenue, Pawtucket, RI 02862, Estados Unidos de América, de na-

cionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00002 del Libro 00144 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra “ODDZON” en letras mayúsculas

de tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 28 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los once días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001562-2

DIARIO

OFI

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ARA CONSULT

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NO TIE

NE VALI

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147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 2000001307

No. de Presentación: 20110150463

CLASE: 28.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de ODDZON, INC., del domicilio de 1021 Newport

Avenue, Pawtucket, RI 02862, Estados Unidos de América, de na-

cionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00003 del Libro 00144 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra “KOOSH” en letras mayúsculas

de tipo corriente; que ampara productos/servicios çomprendidos en la(s)

Clase 28 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los once días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001563-2

No. de Expediente 2001020730

No. de Presentación: 20110161859

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de JAPAN TOBACCO INC., del domi-

cilio de 2-2-1 Toranomon, Minato-Ku, Tokyo, Japón, de nacionalidad

JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00103 del libro 00161 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la expresión BLUE SEVEN; que ampara productos/servicios com-

prendidos en la(s) Clase 34 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinte días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001564-2

No. de Expediente: 2001018127

No. de Presentación: 20110161856

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de JAPAN TOBACCO INC, del domi-

cilio de 2-2-1 Toranomon, Minato-ku, Tokyo, Japón, de nacionalidad

JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00014 del Libro 00152 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en

la palabra MY SEVEN; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 34 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinte días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001565-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

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Page 148: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2001018236

No. de Presentación: 20110161861

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de JAPAN TOBACCO INC., del domi-

cilio de 2-2-1 Toranomon, Minato-Ku, Tokyo, Japón, de nacionalidad

JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00091 del Libro 00152 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la expresión M*SEVEN, todo en mayúscula y formando el asterisco

entre la letra “M” y la palabra “SEVEN” parte de la marca; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinte días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001566-2

No. de Expediente: 1990000006

No. de Presentación: 20110161614

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-

DERADO de WYETH HOLDINGS CORPORATION, del domicilio de

FIVE GIRALDA FARMS, MADISON, NEW JERSEY 07940, ESTA-

DOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00114 del Libro

00006 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión

“CYDECTIN”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001567-2

No. de Expediente: 1989001287

No. de Presentación: 20110156357

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de Pfizer AG, del domicilio de Schäremoosstrasse 99,

8052 Zürich, Suiza, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00226 del Libro 00004 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la palabra “SUVAXYN”; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los primeros días del mes de febrero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001568-2

DIARIO

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NO TIE

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149DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 2000004168

No. de Presentación: 20110151558

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Merck Sharp & Dohme Corp., del domicilio de One Merck Drive, P.O. Box 100, Whitehouse Station, Nueva Jersey, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00146 del Libro 00128 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “ROTATEQ”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dos días del mes de febrero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001569-2

No. de Expediente: 2001015144

No. de Presentación: 20110161446

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Kraft Foods Global Brands LLC, del domicilio de Three Lakes Drive, Northfield, Estado de Illinois, 60093, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00084 del Libro 00153 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “TRAKINAS”, escrita en letras mayúsculas, de molde, en color negro y sin diseño especial; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los doce días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001570-2

No. de Expediente: 1961008320

No. de Presentación: 20110161441

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Kraft Foods Global Brands LLC,

del domicilio de THREE LAKES DRIVE, NORTHFIELD, ESTADO

DE ILLINOIS, No. 60093, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de

nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la

inscripción Número 08320 del Libro 00028 de REGISTRO DE MARCAS,

consistente en la palabra PLANTERS; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los once días del mes de enero del año dos mil doce.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001571-2

DIARIO

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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2000000712

No. de Presentación: 20110151825

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de The Upjohn Company, del domicilio de CON OFI-CINAS PRINCIPALES EN 7000 PORTAGE ROAD ROAD, CIUDAD DE KALAMAZOO, ESTADO DE MICHIGAN, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00112 del Libro 00136 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PROVERA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001572-2

No. de Expediente: 1999001664

No. de Presentación: 20110151837

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad. ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SAL-VADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODE-RADO de GENERAL NUTRITION INVESTMENT COMPANY, del domicilio de 300 Sixth Avenue, Pittsburg, Pennsylvania 15222, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00152 del Libro 00134 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión “GNC Live Well”, las letras GNC escritas en letras gruesas y en mayúsculas, seguidas de la expresión “Live Well” con las primeras, letras de ambas palabras “L” y “W” mayúsculas y el resto minúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 42 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001573-2

No. de Expediente: 2001014245

No. de Presentación: 20120162240

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS

MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-

TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V., del domicilio

de MONTERREY, CAPITAL DEL ESTADO DE NUEVO LEON,

MEXICO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00119 del Libro 00147 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION PINE-O-PINE,

FORMANDO LOS GUIONES PARTE DE LA MARCA; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001574-2

DIARIO

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151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 1999002981

No. de Presentación: 20100141510

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PINNACLE FOODS GROUP INC., del domicilio de 445 HUTCHINSON AVENUE, COLUMBUS, OHIO 43235, ESTA-DOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00026 del Libro 00108 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión MRS. BUTTERWORTH'S, formando el punto y el apóstrofe parte de la marca; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 32 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001575-2

No. de Expediente: 1997005220

No. de Presentación: 20110150469

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SUNTORY HOLDINGS LIMITED, del domicilio de 1-40, Dojimahama 2-Chome, Kita-Ku, Osaka-Shi, Osaka, Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscrip-ción Número 00107 del Libro 00132 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra SUNTORY, escrita en letras de molde, mayús-culas, de tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001576-2

No. de Expediente: 2000003282

No. de Presentación: 20110151576

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de AMILIBIA Y DE LA IGLESIA,

S.A., del domicilio de POLIGONO INDUSTRIAL ZUBIETA 48340

AMOREBIETA (VIZCAYA) ESPAÑA, de nacionalidad ESPAÑOLA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00143 del Libro

00128 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en UN OVALO DE

FONDO COLOR NEGRO QUE CONTIENE LA PALABRA “amig”

ESCRITA EN MINUSCULA, TIPO BLOQUE Y COLOR BLANCO;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 06 de la

Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dos días del mes de febrero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001577-2

DIARIO

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152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 1989001361

No. de Presentación: 20110156364

CLASE: 09, 14, 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-

DERADO de Liz Claiborne, Inc., del domicilio de New York, New York,

Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00005 del libro

00005 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras LIZ

CLAIBORNE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 09, 14, 18 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001578-2

No. de Expediente: 1994002471

No. de Presentación: 20100141066

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MI-

GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de MUSTANG-BEKLEIDUNGSWER-

KE GMBH.+CO. KG, del domicilio de Austrasse 10 D-74653 Künzelsau,

Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00198 del Libro 00113 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en el dibujo de un caballo corriendo, con un

borde claro a su alrededor; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001579-2

No. de Expediente: 1970019065

No. de Presentación: 20110151835

CLASE; 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de AVENTIS PHARMA DEUTSCHLAND GmbH, del

domicilio de FRANKFURT AM MAIN, ALEMANIA, de nacionalidad

ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

19065 del Libro 00044 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la

palabra HAEMACCEL; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001580-2

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153DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 2000008817

No. de Presentación: 20120165178

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado HÉCTOR

EUGENIO ESCOBAR CONTRERAS, mayor de edad, INGENIERO

ELECTRÓNICO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPAR-

TAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como REPRESENTANTE LEGAL de GRUPO PAILL,

SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio

de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-

NOVACIÓN, para la inscripción Número 00121 del Libro 00138 de

INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las palabras IRIS-DEXA;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiuno días del mes de marzo del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUÁREZ URQUILLA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001581-2

No. de Expediente: 1971019771

No. de Presentación: 20110150466

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,

de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Hoechst

GmbH, del domicilio de 6230 FRANKFURT/MAIN 80, REPÚBLICA

FEDERAL DE ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA,

solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 19771 del Libro

00045 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra HOSTAPHAT;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasifi-

cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.-

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001582-2

No. de Expediente: 2000008824

No. de Presentación: 20120165179

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado HÉCTOR

EUGENIO ESCOBAR CONTRERAS, mayor de edad, INGENIERO

ELECTRÓNICO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPAR-

TAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como REPRESENTANTE LEGAL de GRUPO PAILL,

SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio

de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-

NOVACIÓN, para la inscripción Número 00122 del Libro 00138 de

INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra IRIS-FLOXA,

escrita en letras de molde mayúsculas, en donde el guión es parte inte-

grante de la marca; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiuno días del mes de marzo del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUÁREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001583-2

DIARIO

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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 1971020334

No. de Presentación: 20110161675

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de HOECHST AKTIENGESELLS-

CHAFT, del domicilio de 6230 FRANKFURT/MAIN 80, ALEMANIA,

de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACIÓN, para la

inscripción Número 20334 del Libro 00046 de REGISTRO DE MARCAS,

consistente en la palabra THERMPHOS; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasificación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.-

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001584-2

No, de Expediente: 1971019484

No. de Presentación: 20110150465

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de Hoechst GmbH, del domicilio de Frankfurt am Main,

Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACIÓN,

para la inscripción Número 19484 del Libro 00045 de REGISTRO

DE MARCAS, consistente en la palabra HOSTAPON; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.-

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001585-2

No. de Expediente: 1993003334

No. de Presentación: 20110150739

CLASE: 17.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de FOUR PILLARS ENTERPRISE CO.,

LTD., del domicilio de 18, HENG YANG ROAD, TAIPEI, TAIWAN,

REPÚBLICA DE CHINA, de nacionalidad CHINA, solicitando RE-

NOVACIÓN, para la inscripción Número 00023 del Libro 00121 de

INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las palabras "FOUR

PILLARS", la primera arriba de la segunda, precedidas por el diseño

de cuatro letras p, encerradas en un marco cuadro, de tal forma que la

base de cada una está unida a cada lado de dicho marco, lo cual hace

que se reúnan en el centro del diseño las cuatro letras en sus extremos

superiores; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

17 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001586-2

DIARIO

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155DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 2001011262

No. de Presentación: 20120162471

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de CORNING INCORPORATED, del domicilio de

RIVERFRONT PLAZA, CORNING, NEW YORK 14831, ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-

licitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00076 del Libro

00148 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra

PYREX, ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 21 de la Clasificación Internacional

de Niza,

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001587-2

No. de Expediente: 2001015256

No. de Presentación: 20110161676

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Kimberly-Clark Worldwide, Inc., del

domicilio de NEENAH, WISCONSIN, 54956, ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00050 del Libro 00148 de

INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión HUGGIES

NATURAL CARE; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 16 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diecinueve días del mes de enero del año dos mil doce.-

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001588-2

No. de Expediente: 2001015472

No. de Presentación: 20120162467

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de SIGMA ALIMENTOS, S. A. DE C. V., del domicilio

de Avenida Gómez Morín No. 1111 Sur, Colonia Carrizalejo, 66254

San Pedro Garza García, Nuevo León, Estados Unidos Mexicanos, de

nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACIÓN para la inscripción

Número 00054 del Libro 00148 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS,

consistente en la expresión LONGMONT; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001589-2

DIARIO

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156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 1972020708

No. de Presentación: 20110161373

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM

LIMITED, del domicilio de 980 Great West Road, Brentford, Middle-

sex, TW8 9GS, Inglaterra, de nacionalidad INGLESA, solicitando

RENOVACIÓN, para la inscripción Número 02410 del Libro 00008

de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la denominación

LECHE DE MAGNESIA PHILLIPS; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los trece días del mes de enero del año dos mil doce.-

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,REGISTRADORA.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001591-2

No. de Expediente: 2001011744

No. de Presentación: 20110161625

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de INSTITUTO CIENTÍFICO PFIZER, ASOCIACIÓN

CIVIL, del domicilio de Montes Urales 470 Primer Piso, Lomas de

Chapultepec 1100, México, D. F., de nacionalidad MEXICANA,

solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00116 del Libro

00148 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión

PROMEDICUM; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil doce.-

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001593-2

No. de Expediente: 1980000795

No. de Presentación: 20110161611

CLASE: 05,

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de WYETH HOLDINGS CORPORA-

TION, del domicilio de Five Giralda Farms, Madison, New Jersey,

Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00166 del

Libro 00092 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra

BARRICADE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.-

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001594-2

DIARIO

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157DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 1999003513

No. de Presentación: 20110150983

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de WEBMD LLC, del domicilio de 111 Eighth Avenue, New York, New York, 10011, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RE-NOVACION, para la inscripción Número 00001 del Libro 00128 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra WEBMD; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 38 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001596-2

No. de Expediente: 1994001069

No. de Presentación: 20110150470

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GENERAL NUTRITION INVES-TMENT COMPANY, del domicilio de 300 Sixth Avenue, Pittsburg, Pennsylvania 15222, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00045 del Libro 00129 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las letras de bloque mayúsculas GNC, debajo de la cual se lee la expresión también en letra de bloque, pero relativamente más pequeña, “GENERAL NUTRITION CENTERS”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 43 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001597-2

No. de Expediente: 2000008589

No. de Presentación: 20110161674

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de SHISEIDO COMPANY LIMITED, del domicilio

de 7-5-5 Ginza, Chuo-ku, Tokyo, Japón, de nacionalidad JAPONESA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00079 del Li-

bro 00149 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra

“SHISEIDO” en letras mayúsculas, de trazo grueso y estilizadas, siendo

ambas letras “S” de tipo más característicos que las otras; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil doce.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001598-2

DIARIO

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158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2001014848

No. de Presentación: 20110161617

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de G.D. Searle LLC, del domicilio de 5200 Old Orchard Road, Skokie, Illinois, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00119 del Libro 00148 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-sistente en la palabra VALDYNE escrita en letras de molde mayúsculas de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001599-2

No. de Expediente: 2001017010

No. de Presentación: 20120162470

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Kimberly-Clark Worldwide, Inc., del domicilio de NEENAH, WISCONSIN, 54956, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00248 del Libro 00149 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras “COTTONELLE FRESH”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dos días del mes de febrero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001600-2

No. de Expediente: 1995002402

No. de Presentación 20120162477

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LG CORP., del domicilio de 20, YOIDO-DONG, YONGDUNGPO-KU, SEUL, COREA, de nacionalidad SURCOREA-NA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00223 del Libro 00149 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en EL DIBUJO DE UN CIRCULO DE FONDEO NEGRO, QUE CONTIENE LA REPRESENTACION DE UNA LETRA “G” QUE DA CABIDA A UNA LETRA “L” PRECEDIDA DE UN PUNTO, ESTANDO DICHO DIBUJO SEGUIDO DE LAS LETRAS LG, ESCRITAS EN LETRAS MAYUSCULAS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dos días del mes de febrero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001601-2

DIARIO

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159DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 2001011746

No. de Presentación: 20110161624

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INSTITUTO CIENTIFICO PFIZER, ASOCIACION CIVIL, del domicilio de MONTES URALES 470 PRIMER PISO, LOMAS DE CHAPULTEPEC 1100, MEXICO, DF., de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00235 del Libro 00148 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión PROMEDICUM; que ampara productos/servicios com-prendidos en la(s) Clase 38 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001602-2

No. de Expediente: 2000005618

No. de Presentación: 20110150837

CLASE: 41, 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de COLGATE- PALMOLIVE COMPANY, del domicilio de 300 PARK AVENUE, NUEVA YORK, NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00101 del Libro 00133 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en el diseño de un pulpo sonriente delineado en color negro y con fondo blanco; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 41, 44 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los siete días del mes de febrero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001603-2

No. de Expediente: 2001018431

No. de Presentación: 20110157975

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de FRUGOSA, S.A. DE C.V., del domicilio de Kilómetro

12 ½, Antigua Carretera México-Pachuca, Estado de México, México,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la

inscripción Número 00145 del Libro 00154 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra JUMEX SPORT, escrita en letras

de molde y mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 32 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001604-2

DIARIO

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160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 1995005326

No. de Presentación: 20110161369

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad. ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GLAXOSMITHKLINE COSTA RICA, S.A., del domicilio de 300 METROS AL ESTE DE LA ESCUELA BETANIA, SABANILLA, SAN JOSE, COSTA RICA, de nacionalidad COSTA-RRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00117 del Libro 00152 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra COFAL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los seis días del mes de febrero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001605-2

No. de Expediente: 2000005439

No. de Presentación: 20110150886

CLASE: 03,

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM LIMITED, del domicilio de 980 Great West Road, Brentford, Middle-sex, TW8 9GS, Reino Unido, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00022 del Libro 00128 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una figura ovoide en fondo naranja que contiene la palabra “gsk” escritas en minúscula, y en color blanco, la letra “k” es de mayor tamaño que las demás; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los cinco días del mes de mayo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001606-2

No. de Expediente: 1998003253

No. de Presentación: 20100139863

CLASE: 02.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de FRAPER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, del domicilio de AVENIDA SANTO DOMINGO NUME-

RO 235 FRACCIONAMIENTO INDUSTRIAL NOGALAR, SAN NI-

COLAS DE LOS GARZA, NUEVO LEON, MEXICO, de nacionalidad

MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00191 del Libro 00108 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en

la palabra “DUROFLEX”; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 02 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diez días del mes de febrero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001607-2

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161DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 1970018982

No. de Presentación: 20110156400

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS

MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-

TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de PFIZER PRODUCTS INC., del domicilio de Eastern

Point Road, Groton Connecticut 06340, Estados Unidos de América,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN,

para la inscripción Número 00925 del Libro 00016 de REGISTRO DE

MARCAS, consistente en la palabra "TERRAMICINA"; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001608-2

No. de Expediente: 2001016859

No. de Presentación: 20120162460

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de LABORATORIOS SOPHIA, S.A. DE C.V., del

domicilio de Av. Paseo del Norte 5255, Colonia Guadalajara Technology

Park en Zapopan, Jalisco, México, de nacionalidad MEXICANA,

solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00230 del

Libro 00148 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra

BIOVISC, escrita en mayúsculas; que ampara productos/servicios com-

prendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dos días del mes de febrero del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001609-2

No. de Expediente: 1999007006

No. de Presentación: 20120165422

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Procter & Gamble Manufacturing Cologne GmbH, del domicilio de Wilhelm-Mauser-Straße 40, 50827 Köln, República Federal de Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00086 del Libro 00153 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "DESIRE"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039546-2

No. de Expediente: 1990001012

No. de Presentación: 20120163333

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

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Page 162: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395que se abrevia: INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, S.A. DE C.V., del domicilio de Ochenta y Nueve Avenida Norte y Calle El Mirador, Edificio World Trade Center, Quinto Piso, Colonia Escalón, San Salvador, El Sal-vador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00175 del Libro 00006 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra CRISTALLINA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 32 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil doce.-

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039554-2

No. de Expediente: 2001020062

No. de Presentación: 20120163769

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIAS CARICIA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00187 del Libro 00156 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en “MUYA” en letras mayúsculas especiales todas de un mismo tamaño; la palabra en mención no tiene traducción, ni significado alguno; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039557-2

No. de Expediente: 1992001058

No. de Presentación: 20120163765

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIAS CARICIA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00185 del Libro 00014 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la pala-bra “BACKTRAIL”, no tiene traducción, escrita en letras especiales; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039559-2

No. de Expediente: 1992000955

No. de Presentación: 20120163770

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIAS CARICIA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SOYAPANGO, JURISDICCIÓN DE ESTE DEPARTAMENTO, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00186 del Libro 00014 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra "FORASTERO", escrita en letras especiales y en forma curva sobre la línea curva, que está abajo de toda la marca y en la parte superior la letra "F" abarca hasta la letra "A" lo mismo la “T” hasta la "O", podrá ir en letras estilizadas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza.

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163DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039561-2

No. de Expediente: 2000008623

No. de Presentación: 20120162579

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de (TRAFINSA) TRANSFOOD INTERNATIONAL,

S. A., del domicilio de CIUDAD DE PANAMÁ, REPÚBLICA DE

PANAMÁ, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACIÓN,

para la inscripción Número 00231 del Libro 00147 de INSCRIPCIÓN

DE MARCAS, consistente en LA EXPRESIÓN "KRIT"; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación

Internacional de Niza,

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los tres días del mes de febrero del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039573-2

No. de Expediente: 1985000940

No. de Presentación 20110160940

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATO-RIOS QUÍMICOS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANÓNIMA, del domicilio de CIUDAD DE SAN JOSÉ, REPÚBLICA DE COSTA RICA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00101 del Libro 00133 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras LOCIÓN PODAL, la primera no registrable: que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de enero del año dos mil doce.-

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039575-2

No. de Expediente: 1994004774

No. de Presentación: 20120162587

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de EXPORTADORA MERCANTIL AGRO-INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, del domicilio de 5ª AVENIDA, 15-45 ZONA 10, EDIFICIO CENTRO EMPRESARIAL, TORRE I 4° NIVEL, OFICINA 401, CIUDAD DE GUATEMALA REPÚBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00150 del Libro 00148 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en UNA FIGURA RECTANGULAR, DE COLOR NEGRO Y CON UN FONDO DE COLOR BLANCO, CUYAS ESQUINAS IZQUIERDA E INFERIOR DERECHA SON CURVILÍNEAS Y CUYAS ESQUINAS SUPERIOR DERECHA ES INFERIOR IZQUIERDA TERMINAN EN PUNTAS, ADENTRO DE LA FIGURA RECTANGULAR YA DESCRITA SE PUEDE VER LA PALABRA TONI, ESCRITA EN LETRAS DE CARTA, MINÚSCULAS, EN COLOR NEGRO Y CON UN DISEÑO

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164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395ESPECIAL, SOBRE LA FIGURA RECTANGULAR DESCRITA APARECE LA PALABRA GALLETAS, ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE, MAYÚSCULAS, EN COLOR NEGRO Y SIN DISE-ÑO ESPECIAL, NO SE PRETENDE EXCLUSIVIDAD SOBRE LA ÚLTIMA PALABRA DESCRITA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los tres días del mes de febrero del año dos mil doce.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039577-2

No. de Expediente: 2000006537

No. de Presentación: 20120162704

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de KIA MOTORS CORPORATION, del domicilio de 231 Yangjae-dong, Seocho-gu, Seoul 137-938 República de Corea, de nacionalidad SURCOREANA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00160 del Libro 00148 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en LA VIÑETA CIRCULAR SEMEJANTE A UN ARO DE DOBLE TRAZO, EL CUAL CONTIENE EN LA PARTE SUPERIOR LA PALABRA "KIA" EN LETRAS GRANDES MAYÚSCULAS Y DE TIPO HUECAS, Y EN SU PARTE INFERIOR LA PALABRA "MOTORS" EN LETRAS TAM-BIÉN MAYÚSCULAS Y DE TIPO HUECAS, PERO ESTILIZADAS Y DE MENOR TAMAÑO; EN EL CENTRO CONTIENE UNA LETRA "K" ESTILIZADA; que ampara producto/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil doce.-

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039578-2

No. de Expediente: 2001012090

No. de Presentación: 20120163784

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de EMPACADORA TOLEDO, SOCIEDAD

ANÓNIMA, del domicilio de Ciudad de Guatemala, República de

Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando

RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00022 del Libro 00147

de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en una figura cuadrada

que en su parte inferior y superior tiene líneas oblicuas, paralelas,

quebradas e intercaladas decolores amarillo, rosado y café claro. En

medio de dicha figura se ve un fondo con tonos desvanecientes que,

de su parte superior a la interior, va del color rojo al anaranjado claro,

entre las líneas oblicuas y el fondo recién descrito se ven delgadas líneas

horizontales de color blanco y azul. En la parte inferior de dicha etiqueta

se ve la figura de un plato con frijoles, chorizo y tocino. En la parte de

en medio de la etiqueta se ve la frase "FRIJOLES COLORADOS CON

CHORIZO Y TOCINO", escritas en letras minúsculas (con excepción

de las letras "F" y "C", iniciales de las primeras 2 palabras, las cuales

son mayúsculas), de molde, en color blanco, delineado de color rojo y

con diseño especial. La frase "Frijoles Colorados" se encuentra ubicada

sobre la frase "CON CHORIZO Y TOCINO", Ambas frases ya que son

genéricas. En la parte superior de la anaranjada oscuro, con delgadas

franjas amarillas en sus partes superior e inferior y delineada de color

amarillo, delineada de color azul y al centro de la misma la figura de

un águila bicéfala con corona de color anaranjado oscuro y con un

escudo tricolor (con franjas oblicuas y paralelas de color negro, blanco

y amarillo) en el centro de ésta. Adentro de dicha figura rectangular se

ve la expresión "TOLEDO", escrita en letras mayúsculas, de molde, de

color blanco, delineada de color azul y con diseño especial: que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039579-2

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165DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012.

No. de Expediente: 1990002193

No. de Presentación: 20110161654

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de ALUMINIO DE CENTRO AMERICA, SO-

CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00073 del Libro 00010 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “ALUMICO-

LOR”, escrito en letras mayúsculas y sin diseño especial; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 06 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039584-2

No. de Expediente: 2001014636

No. de Presentación: 20120165102

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, mayor de edad, ABOGADO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de BORGYNET INTERNATIONAL HOLDINGS

CORPORATION, del domicilio de Ciudad de Panamá, Panamá, de

nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION, para la inscrip-

ción Número 00001 del Libro 00152 de INSCRIPCION DE MARCAS,

consistente en la marca “BUMPY” y diseño se encuentra formada por

letras de molde, mayúsculas huecas de bordes redondeados, tamaño

mediano en una posición inclinada, de fondo color blanco, rodeadas

por una línea de color negro y formando un solo cuerpo, que simulan

aparecer del rompimiento de una pantalla de color gris, cuyo agujero

es negro, rodeado de un halo blanco que en sus bordes pasa del gris al

negro que es el fondo del rectángulo; debajo de éstas se encuentran las

palabras “CHICLE BOMBA” que consta de letras mayúsculas de molde

de fondo color blanco, una sobre otra. En la parte inferior izquierda de

la viñeta se encuentra el dibujo de un niño vestido con camiseta blanca,

pantalones negros y gorras, maniobrando una patineta en posición de

salto y saboreando una goma de mascar; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039596-2

No. de Expediente: 2001011628

No. de Presentación: 20110155067

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado NADYA

SUSANA LEON RETANA, mayor de edad, ABOGADO, del domi-

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166 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395cilio, de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de

Laboratorios Bago S.A., del domicilio de BERNARDO DE IRIGOYEN

NUMERO DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO, BUENOS AIRES,

ARGENTINA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando RENOVA-

CION, para la inscripción Número 00065 del Libro 00142 de INSCRIP-

CION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "CARBOTANIL"

ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS DE COLOR

NEGRO; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los nueve días del mes de agosto del año dos mil once.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039598-2

No. de Expediente: 2001011631

No. de Presentación: 20110155069

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado NADYA

SUSANA LEON RETANA, mayor de edad, ABOGADO, del domici-

lio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de

nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de

Laboratorios Bago S.A., del domicilio de BERNARDO DE IRIGO-

YEN NUMERO DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO, BUENOS

AIRES, ARGENTINA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00062 del Libro 00142 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "INF"

ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAVUSCULAS DE COLOR

NEGRO; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diez días del mes de agosto del año dos mil once.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039599-2

No. de Expediente: 2001011660

No. de Presentación: 20110155070

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado NADYA

SUSANA LEON RETANA, mayor de edad, ABOGADO, del domi-

cilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de

Laboratorios Bago S.A., del domicilio de BERNARDO DE IRIGOYEN

NUMERO DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO, BUENOS AIRES,

ARGENTINA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando RENOVA-

CION, para la inscripción Número 00148 del Libro 00142 de INSCRIP-

CION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "GROWGEN”

ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS DE COLOR

NEGRO; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

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167DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los nueve días del mes de agosto del año dos mil once.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039600-2

No. de Expediente: 2001011630

No. de Presentación: 20110155068

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado NADYA

SUSANA LEON RETANA, mayor de edad, ABOGADO, del domi-

cilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de

Laboratorios Bago S.A., del domicilio de BERNARDO DE IRIGOYEN

NUMERO DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO BUENOS AIRES,

ARGENTINA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando RENOVA-

CION, para la inscripción Número 00063 del Libro 00142 de INSCRIP-

CION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "BIDROSTAT"

ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS DE COLOR

NEGRO; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diez días del mes de agosto del año dos mil once.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039603-2

No. de Expediente: 1979001041

No. de Presentación: 20120163127

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ALEJAN-

DRA MARIA ESCOBAR AGUILAR, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de

Leo Pharma A/S, del domicilio de DK-2750 Ballerup, Dinamarca, de

nacionalidad DANESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00008 del Libro 00093 de REGISTRO DE MARCAS, consis-

tente en la expresión ETALPHA LEO; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los catorce días del mes de febrero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039605-2

No. de Expediente: 1990002941

No. de Presentación: 20120163124

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ALEJAN-

DRA MARIA ESCOBAR AGUILAR, mayor de edad, ABOGADO, del

DIARIO

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168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de

LEO PHARMA A/S, del domicilio de 55, INDUSTRIPARKEN DK-2750

BALLERUP, DINAMARCA, de nacionalidad DANESA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00079 del Libro 00007 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra DAIVONEX;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los catorce días del mes de febrero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039606-2

No. de Expediente: 2000005896

No. de Presentación: 20110156623

CLASE: 35. 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de EMPRESA NACIONAL DE TELECOMU-

NICACIONES, S.A,, del domicilio de AVENIDA ANDRES BELLO,

DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE, SANTIAGO DE

CHILE, CHILE, CHILE, de nacionalidad CHILENA, solicitando RE-

NOVACION, para la inscripción Número 00108 del Libro 00142 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en EL DISTINTIVO 123.

COM, ESCRITO EN COLOR NEGRO DE LA SIGUIENTE FORMA;

LA CIFRA 123 ESTA SEGUIDA POR UN PUNTO, EL CUAL A SU

VEZ, ESTA SEGUIDO POR LA SILABA "COM" ESCRITA EN LE-

TRAS DE MOLDE MAYUSCULAS; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 35, 42 de la Clasificación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los quince días del mes de marzo del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039618-2

No. de Expediente: 1996003720

No. de Presentación: 20120163768

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de INDUSTRIAS CARICIA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SOYAPANGO, DEPAR-

TAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00024 del

Libro 00152 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LAS

PALABRAS GREATLAND FOOTWEAR, IMPRESA EN LETRAS

MAYUSCULAS ESPECIALES, EN LA PALABRA GREATLAN LAS

LETRAS R E A T L A N, SON TODAS DE UN MISMO TAMAÑO

Y DEBAJO DE LAS LETRAS G Y D, LAS CUALES SON DE UN

TAMAÑO MAS GRANDE, ESTA LA PALABRA FOOTWEAR EN

LETRAS MAS PEQUEÑAS Y DE UN MISMO TAMAÑO, DICHAS

PALABRAS NO TIENEN TRADUCCION; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

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169DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039620-2

No. de Expediente: 2000009840

No. de Presentación: 20120163767

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de INDUSTRIAS CARICIA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SOYAPANGO, DEPAR-

TAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00160 del Libro

00156 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras

“ORTHO PIE By GOLDEN TAG” IMPRESA EN LETRAS MA-

YUSCULAS, DE MOLDE CORRIENTES, CON EXCEPCION DE LA

LETRA “y” MINUSCULA DE MOLDE, QUE FORMA LA PALABRA

"By", EL LOGO ESTA FORMADO POR UN CIRCULO DENTRO DEL

CUAL SE ENCUENTRA LA HUELLA DE LA PLANTA DE UN PIE

IZQUIERDO Y SOBRE LA MITAD DE LA PARTE SUPERIOR DEL

CIRCULO ESTAN EN LETRAS MAS GRANDES LAS PALABRAS

ORTHO PIE, EN LA PARTE INFERIOR DEL MISMO CIRCULO SE

ENCUENTRAN LAS PALABRAS "By GOLDEN TAG" EN LETRAS

MAS PEQUEÑAS; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039621-2

No. de Expediente: 2000003987

No. de Presentación: 20120165424

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO ESPECIAL de THE GILLETTE COMPANY, del

domicilio de One Gillette Park, Boston, Massachusetts 02127, Estados

Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00228 del Libro 00153 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la figura de una batería

cilíndrica, delgada, de color negro en su parte inferior y color bronce en

su parte superior, conteniendo la palabra DURACELL en letras blancas,

y mayúsculas de tipo corriente, colocadas en forma vertical sobre el color

negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09

de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039624-2

DIARIO

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170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395MarcaS DE faBrica

No. de Expediente: 2012116880

No. de Presentación: 20120165864

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRE-

SENTANTE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL

SANTILLANA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-

citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras SISTEMA UNO INTERNATIONAL

y diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICACIONES ELEC-

TRONICAS DESCARGABLES, APARATOS E INSTRUMENTOS

CIENTIFICOS, NAUTICOS, GEODESICOS, FOTOGRAFICOS,

CINEMATOGRAFICOS, OPTICOS, DE PESAJE, DE MEDICION,

DE SEÑALIZACION, DE CONTROL (INSPECCION), DE SALVA-

MENTO Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS DE

CONDUCCION, DISTRIBUCION, TRANSFORMACION, ACUMU-

LACION, REGULACION O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD;

APARATOS DE GRABACION, TRANSMISION O REPRODUCCION

DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNE-

TICOS; DISCOS ACUSTICOS; DISCOS COMPACTOS, DVD Y

OTROS SOPORTES DE GRABACION DIGITALES; MECANISMOS

PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS,

MAQUINAS DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO

DE DATOS, ORDENADORES; SOFTWARE; EXTINTORES. Clase:

09.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001620-2

No. de Expediente: 2012116883

No. de Presentación: 20120165867

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRE-

SENTANTE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL

SANTILLANA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-

citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión BE Become y diseño. Se traduce al

castellano la palabra Become como: Transformarse, que servir para: AM-

PARAR: PUBLICACIONES ELECTRONICAS DESCARGABLES,

APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTIFICOS, NAUTICOS, GEO-

DESICOS, FOTOGRAFICOS, CINEMATOGRAFICOS, OPTICOS,

DIARIO

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Page 171: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

171DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. DE PESAJE, DE MEDICION, DE SEÑALIZACION, DE CONTROL

(INSPECCION), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA;. APA-

RATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCION, DISTRIBUCION,

TRANSFORMACION, ACUMULACION, REGULACION O CON-

TROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACION,

TRANSMISION O REPRODUCCION DE SONIDO O IMÁGENES;

SOPORTES DE REGISTRO MAGNETICOS; DISCOS ACUSTICOS;

DISCOS COMPACTOS, DVD Y OTROS SOPORTES DE GRABA-

CION DIGITALES; MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO

PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MAQUINAS DE CALCULAR,

EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS, ORDENADORES;

SOFTWARE; EXTINTORES. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001622-2

No. de Expediente: 2012116904

No. de Presentación: 20120165888

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL SANTILLANA,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras BE BECOME y diseño, donde la

palabra Become se traduce al castellano como Transformarse, que

servirá para: AMPARAR: PAPEL CARTÓN Y ARTICULOS DE.

ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES;

PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNA-

CIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTICULOS DE PAPELERIA; ADHESIVOS

(PEGAMENTOS) DE PAPELERIA O PARA USO DOMESTICO;

MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE

ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES);

MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDACTICO (EX-

CEPTO APARATOS); MATERIAS PLASTICAS PARA EMBALAR

(NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE

IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001623-2

DIARIO

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NO TIE

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172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012116882

No. de Presentación: 20120165866

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRE-

SENTANTE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que, se abrevia: EDITORIAL

SANTILLANA, S.A, DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-

citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras BE BE y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS

NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IM-

PRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS;

ARTICULOS DE PAPELERIA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE

PAPELERIA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA AR-

TISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE

OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN

O MATERIAL DIDACTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS

PLASTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS

CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPREN-

TA. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001624-2

No. de Expediente: 2012116910

No. de Presentación: 20120165895

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRE-

SENTANTE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL

SANTILLANA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-

citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión XXUNO y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PUBLICACIONES ELECTRONICAS DESCARGA-

BLES, APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTIFICOS, NAUTI-

COS, GEODESICOS, FOTOGRAFICOS, CINEMATOGRAFICOS,

OPTICOS, DE PESAJE, DE MEDICION, DE SEÑALIZACION, DE

CONTROL (INSPECCION), DE SALVAMENTO Y DE ENSE-

ÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCION,

DISTRIBUCION, TRANSFORMACION, ACUMULACION, REGU-

LACION O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE

GRABACION, TRANSMISION O REPRODUCCION DE SONIDO O

IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNETICOS; DISCOS

ACUSTICOS; DISCOS COMPACTOS, DVD Y OTROS SOPORTES

DE GRABACION DIGITALES; MECANISMOS PARA APARATOS

DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MAQUINAS DE

CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS, OR-

DENADORES; SOFTWARE; EXTINTORES. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintidós de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001625-2

DIARIO

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NO TIE

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Page 173: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

173DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 2012116875

No. de Presentación: 20120165859

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRE-

SENTANTE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL

SANTILLANA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-

citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión XXUNO y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTICULOS DE ESTAS MATE-

RIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS

DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRA-

FÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS)

DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA

ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS

DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUC-

CIÓN O MATERIAL DIDACTICO (EXCEPTO APARATOS); MA-

TERIAS PLASTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN

OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE

IMPRENTA. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001626-2

No. de Expediente: 2011114073

No. de Presentación: 20110159766

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CLAUDIA JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO de ALINTER, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad COSTARRI-CENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

MAKE-IT

Consistente en: las palabras MAKE-IT, que se traduce al castellano como hazlo, que servirá para: AMPARAR: JABONES, DETERGENTES PARA USO DOMÉSTICO, SUSTANCIAS PARA LIMPIAR, BLAN-QUEAR Y QUITAR MANCHAS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de noviembre del año dos mil once.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001628-2

No. de Expediente: 2012117923

No. de Presentación: 20120167620

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERADO de PRODUCTOS ALIMENTICIOS BOCADELI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra BocaDeli Pindi y diseño, que servirá

para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO; AZÚCAR; ARROZ; TAPIOCA,

SAGÚ, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIO-

NES HECHAS CON CEREALES, PAN, BIZCOCHOS, TORTAS,

DIARIO

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174 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395PASTELERÍA Y CONFITERIA, HELADOS COMESTIBLES; MIEL

JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR;

SAL, MOSTAZA; PIMIENTA, VINAGRE, SALSAS; ESPECIAS;

HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de mayo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001636-2

No. de Expediente: 2012115399

No. de Presentación: 20120162657

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO

JOSE BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO de GENFAR

S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

SELAMET

Consistente en: la palabra SELAMET, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de enero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de mayo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039498-2

No. de Expediente: 2011114448

No. de Presentación: 20110160644

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO

de LACTEOS CENTROAMERICANOS, SOCIEDAD ANONIMA, de

nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras turbo pajilla Centrolac y diseño, que

servirá para: AMPARAR: BEBIDAS DE YOGURES, LECHE FLUIDA

DE VACA, LECHES SABORIZADAS, LECHE DESCREMADA,

LECHE DE SOYA, LECHE DE ARROZ, SUERO DE LECHE, YO-

GURES. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día dos de diciembre del año dos mil

once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039580-2

No. de Expediente: 2011114770

No. de Presentación: 20110161363

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ER-

NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de

DIARIO

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Page 175: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

175DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. QUALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad COLOMBIANA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

Consistente en: la palabra SAVITAL y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS

SUSTANCIAS PARA LA COLADA; PREPARACIONES PARA

LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR (PREPARACIONES

ABRASIVAS); JABONES, PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES,

COSMÉTICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO; DENTIFRICOS.

Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día catorce de diciembre del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039581-2

NoMBrE coMErcial

No. de Expediente: 2011114552

No. de Presentación: 20110160956

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER; Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

de Alimentos Prosalud Sociedad Anónima que se abrevia: Alimentos

Prosalud S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el

registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras ALIMENTOS PROSALUD y diseño,

que servirá para: IDENTIFICAR ESTABLECIMIENTOS COMER-

CIALES UBICADOS EN LA REPUBLICA DE EL SALVADOR DE-

DICADOS A LA PRODUCCION DE ATUN, PESCADO, MARISCOS

Y SARDINAS.

La solicitud fue presentada el día ocho de diciembre del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintitrés de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039664-2

SEÑal DE PUBliciDaD coMErcial

No. de Expediente: 2012116351

No. de Presentación: 20120164761

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FAUSTO ARTURO VERGARA SUAREZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de RAPA CORPORATION EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: RAPA COR-PORATION EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: las palabras Si Juegas Ganas Si Juegas Ganas y diseño, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR SOBRE LOS SERVICIOS DE JUEGO, RIFAS, SORTEOS POR MEDIOS MECÁNICOS, ELECTRÓNICOS, COMO LOTTO, BINGOS, PRONÓSTICOS DEPORTIVOS.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil doce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001627-2

DIARIO

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176 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012116676

No. de Presentación: 20120165475

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad ES-TADOUNIDENSE, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

ToDaS laS ÁrEaS QUE loS DENTiSTaS

MÁS rEViSaN

Consistente en: la expresión TODAS LAS ÁREAS QUE LOS

DENTISTAS MAS REVISAN, que servirá para: LLAMAR LA ATEN-

CION DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO DE LOS PRODUCTOS

PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS

PARA LA COLADA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR,

DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES, PERFUMERIA, ACEITES

ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO;

PREPARACIONES DENTALES EN GENERAL, PASTA DE DIEN-

TES, DENTIFRICOS Y ENJUAGUES BUCALES NO MEDICA-

DOS.

La solicitud fue presentada el día seis de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039656-2

coNVocaToriaS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la sociedad "SOCIEDAD DE EMPRESA-

RIOS DE BUSES INDEPENDIENTES DE CANDELARIA DE LA

FRONTERA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE",

que podrá abreviarse "TRANSPORTE SEBICAF, S.A. DE C.V., del

domicilio de Candelaria de la Frontera, Santa Ana, convoca a Junta

General Ordinaria de Accionistas, en cumplimiento al Artículo 223 del

Código de Comercio, la cual se celebrará el día veinte del mes de junio

del año dos mil doce, a las quince horas en el local, Cantón San Vicente,

Caserío Paraje Galán, Candelaria de la Frontera, Departamento de Santa

Ana, para tratar la siguiente agenda:

1. VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM.

2. ORACIÓN.

3. HIMNO NACIONAL.

4. LECTURA DEL ACTA ANTERIOR.

5. PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO.

a)- Conocer de la Memoria de la Junta Directiva, corres-

pondiente al Ejercicio 2011.

b)- Conocer sobre los Estados Financieros, correspondientes

al Ejercicio 2011.

c)- Informe del Auditor Externo.

d)- Aplicación de Resultados.

e)- Nombramiento del Auditor Externo y Fijación de sus

Emolumentos.

f)- Elección de Junta Directiva y Suplentes.

El quórum necesario para celebrar sesión de Junta General Ordinaria

será: En primera fecha de convocatoria la mitad más una de las acciones

en que está dividido el capital social y que tengan derecho a voto, y las

resoluciones sólo serán válidas cuando se tome por la mayoría de los

votos presentes. De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca

para el día siguiente, veintiuno de junio, a las quince horas en el mismo

lugar. En este caso, el quórum necesario para celebrar sesión en la segunda

convocatoria será cualquiera que sea el número de acciones presentes

o representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos

presentes.

Santa Ana, a los veinticinco días del mes de mayo de dos mil

doce.

ING. LEANDRO ANTONIO ORELLANA RODRIGUEZ,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F039762-2

SUBaSTa PÚBlica

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de Ley, que por ejecución

seguida en este Juzgado por el Licenciado FERNANDO ARISTIDES

GARAY ANDRADE, en calidad de Apoderado General Judicial de la

CAJA DE CREDITO DE LA UNION, SOCIEDAD COOPERATIVA

DIARIO

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177DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, DE CAPITAL VARIABLE,

contra los señores ANDRES ANTONIO VELASQUEZ y JULIO

HENRIQUEZ, se venderá en Pública Subasta el siguiente inmueble:

"Un inmueble de naturaleza rústica, denominado Hacienda El Encantado,

situado en Jurisdicción de Intipucá, Conchagua, Departamento de La

Unión, descrito como solar número DOS del Polígono "D", COMUN

EL CASCO DE ASENTAMIENTO COMUNITARIO DE HACIENDA

EL ENCANTADO, de una extensión superficial total de SEISCIEN-

TOS PUNTO CERO METROS CUADRADOS EQUIVALENTES A

OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO PUNTO CUARENTA Y

OCHO VARAS CUADRADAS, que mide y linda: LINDERO NORTE,

veinte punto cero metros colinda con solar número cuatro del mismo

polígono. LINDERO ORIENTE, treinta punto cero metros colinda con

solar número seis y uno del mismo polígono. LINDERO SUR, veinte

punto cero metros; colinda con solar número seis del polígono "A", de

la misma Parcelación. Calle número uno de siete metros de ancho de

por medio. LINDERO PONIENTE, treinta punto cero metros, colinda

con solar número tres del mismo polígono. Este solar tiene mojón de

concreto en sus cuatro vértices. Inscrito a favor de JULIO HENRIQUEZ,

en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de

Oriente, bajo el número TREINTA Y TRES, del Libro SEISCIENTOS

SESENTA Y OCHO, de propiedad del Departamento de La Unión, ahora

trasladado al nuevo Sistema SIRYC NUEVE CINCO CERO CERO DOS

SEIS OCHO CINCO GUION CERO CERO CERO CERO CERO, en

el Asiento UNO.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los trece días del

mes de diciembre del dos mil once.- LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039481-2

aDMiNiSTraDor DE coNDoMiNio

El Suscrito Secretario de la Junta Directiva del Condominio Parque

Residencial Riverside, de la ciudad de San Miguel.

CERTIFICA: Que en el libro de actas de Asambleas Generales

que este condominio lleva, se encuentra el punto cinco del acta número

CINCUENTA Y CINCO DE ASAMBLEA GENERAL DE PROPIE-

TARIOS, celebrada el día treinta y uno de marzo de dos mil doce, en

las instalaciones de la Casa Club del Condominio que literalmente dice;

"Elección de la Junta Directiva: La nueva Junta Directiva quedó integrada

de la siguiente manera: Don José Elías Hernández Alemán, Presidente

y Administrador Propietario del Condominio; don José Alberto Zelaya

Brizuela, Vicepresidente; Licda. Anayanci Parada de Castro, Secretaria;

Ing. Delmy Concepción Ventura de Velásquez, Tesorero; Lic. Rosario

del Carmen Sánchez de Cordero, Síndico; Dr. José Rogelio Molina

Ayala, Dr. José Efraín Velásquez, Lic. Alfonso Argueta, Sr. Wilson

Dagoberto Salmeron Chávez, Sr. Fidel Ángel Martínez, como Directores

Suplentes."

Y para ser presentada a la Imprenta Nacional para sus debidas

publicaciones, extiendo, firmo y sello la presente Certificación en el

Condominio Parque Residencial Riverside de la ciudad de San Miguel,

a los siete días del mes de mayo de dos mil doce.

LICDA. ANAYANCI PARADA DE CASTRO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039508-2

El Infrascrito Secretario de la Asamblea General Ordinaria de Propietarios

del "Condominio Residencial Los Sueños", ubicado en kilómetro doce

y medio de la Carretera al Puerto de La Libertad, Nuevo Cuscatlán,

Departamento de La Libertad.

CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Asambleas de Propieta-

rios del "Condominio Residencial Los Sueños", se encuentra asentada el

Acta Número CINCO, correspondiente a la Asamblea General Ordinaria

de Propietarios, celebrada en esta ciudad, en Tercera Convocatoria, a

las catorce horas con treinta minutos del día catorce de abril de dos mil

doce; se encuentra asentado el punto número XI), en el cual se tomó el

siguiente acuerdo:

Se eligieron al señor HANNS WERNER ROEDER MAGAÑA,

mayor de edad, Ingeniero, del domicilio de Nuevo Cuscatlán, Depar-

tamento de La Libertad, como Administrador del Condominio, conse-

cuentemente detentará el cargo de Representante Legal de conformidad

a lo estipulado en el Art. 33 de la Ley de Propiedad Inmobiliaria por

Pisos y Apartamientos, así como lo establecido en la Cláusula XXXI)

del Reglamento de Administración del Condominio; y al señor LEON

ENRIQUE MONCADA CUELLAR, Ingeniero, del domicilio de Nuevo

Cuscatlán, Departamento de La Libertad, como Administrador Suplente.

Además certifico que los elegidos aceptaron el cargo.

Y para los efectos legales correspondientes, se extiende la presente

Certificación, en el Municipio de Nuevo Cuscatlán, Departamento de

La Libertad, a los veintitrés días del mes de mayo de dos mil doce.

LIC. JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE,

SECRETARIO DE LA ASAMBLEA.

3 v. alt. No. F039673-2

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178 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395Marca DE SErVicioS

No. de Expediente: 2012116864

No. de Presentación: 20120165848

CLASE: 38.

EL INFRASCRITQ REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRESENTAN-TE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL SANTILLANA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra XXUNO y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. Clase: 38,

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001610-2

No. de Expediente: 2012116888

No. de Presentación: 20120165872

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRESENTAN-TE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL SANTILLANA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra XXUNO y diseño, que servirá para:

AMPARAR: EDUCACIÓN; FORMACIÓN; SERVICIOS DE ENTRE-

TENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.

Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de marzo del año dos mil doce.

LIC. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO.

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001611-2

No. de Expediente 2012116863

No. de Presentación: 20120165847

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL SANTILLANA,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra XXUNO y diseño, que servirá para: AM-PARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA,

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001613-2

DIARIO

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179DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 2012116899

No. de Presentación: 20120165883

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL SANTILLANA,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras BE BE y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS

COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS

DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001614-2

No. de Expediente: 2012116895

No. de Presentación: 20120165879

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL SANTILLANA,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras BE BE y diseño, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. Clase:

38.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de marzo del año dos mil done.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001615-2

DIARIO

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180 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012116871

No. de Presentación: 20120165855

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL SANTILLANA,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras BE BE y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS

COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS

DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001616-2

No. de Expediente: 2012116868

No. de Presentación: 20120165852

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL SANTILLANA,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras BE BECOME y diseño, en donde

BECOME se traduce al castellano como TRANSFORMARSE, que

servira para: AMPARAR: EDUCACIÓN; FORMACIÓN; SERVI-

CIOS DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y

CULTURALES. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001617-2

DIARIO

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181DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 2012116860

No. de Presentación: 20120165844

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL SANTILLANA,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras SISTEMA UNO INTERNACIONAL

y diseño, que servirá para: AMPARAR: EDUCACIÓN; FORMACIÓN;

SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTI-

VAS Y CULTURALES. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001618-2

No. de Expediente: 2012116911

No. de Presentación: 20120165896

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de APODERADO

de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-

TAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL SANTILLANA, S.A.

DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras SISTEMA UNO INTERNACIONAL

y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMU-

NICACIONES. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001619-2

DIARIO

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Page 182: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

182 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012116873

No. de Presentación: 20120165857

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGJSTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL SANTILLANA,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras SANTILLANA.COMPARTIR y diseño,

que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCAÇIÓN, FOR-

MACIÓN; ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y

CULTURALES; Y, EN PARTICULAR, SERVICIOS DE EDICIÓN

Y PUBLICACIÓN EN CUALQUIER SOPORTE INCLUIDOS LOS

ELECTRÓNICOS, DE CONTENIDOS, LIBROS Y TEXTOS, QUE

NO SEAN TEXTOS PUBLICITARIOS; SERVICIOS DE EDICIÓN

Y PUBLICACIÓN ELECTRÓNICA ON-LINE NO DESCARGABLE

A TRAVÉS DE REDES MUNDIALES DE COMUNICACIONES

DE CONTENIDOS, LIBROS Y TEXTOS, QUE NO SEAN TEXTOS

PUBLICITARIOS; Y, EN GENERAL, LOS SERVICIOS DE UNA

EDITORIAL. SERVICIOS DE PRODUCCIÓN DE PELÍCULAS

CINEMATOGRÁFICAS, PROGRAMAS DE RADIO Y TELEVI-

SIÓN Y OBRAS TEATRALES. ALQUILER DE PELÍCULAS CI-

NEMATOGRÁFICAS Y DE VIDEO, MONTAJE DE PROGRAMAS

RADIOFÓNICOS Y DE TELEVISIÓN, MONTAJES DE PELÍCULAS

CINEMATOGRÁFICAS. SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN

TEATRALES. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001621-2

No. de Expediente: 2012117046

No. de Presentación: 20120166109

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de GESTOR OFI-

CIOSO de PUBLICIDAD COMERCIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra LAWEPA y diseño, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE MERCADEO, PUBLICIDAD Y ASE-

SORIA EN GESTION DE NEGOCIOS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintitrés de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039582-2

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183DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 2012117045

No. de Presentación: 20120166108

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de GESTOR OFI-

CIOSO de PUBLICIDAD COMERCIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras GCC GRUPO COMERCIAL DE

COMUNICACIONES y diseño, que servirá para: AMPARAR: SER-

VICIOS DE MERCADEO, DE PUBLICIDAD Y ASESORIA EN LA

GESTION DE NEGOCIOS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el dla veinte de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,

doce de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039583-2

No. de Expediente: 2012118179

No. de Presentación: 20120167937

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado WILBER

NAPOLEON CASTANEDA CASTRO, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de C + C CONSTRUCTORES, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra WANEPI y diseño, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE CREACION DE PAGINA WEB.

Clase: 42.

La solicitud fue presentada el día dos de mayo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de mayo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039615-2

rEPoSicioN DE PoliZa DE SEGUro

AVISO:

La Centro Americana, S. A., hace del conocimiento del público

en general, que se ha presentado CARLOS ALBERTO HERNANDEZ

AGUILAR del domicilio de LA LIBERTAD, solicitando reposición de

su póliza de seguro de vida 99006836 emitida el 27/01/2006.

Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este

aviso no se presentare oposición, se procederá a reponer la mencionada

póliza.

San Salvador, veintitrés de mayo de dos mil doce.

ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,

RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.

3 v. alt. No. C001632-2

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Page 184: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

184 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395Marca DE ProDUcTo

No. de Expediente: 2011113270

No. de Presentación: 20110158392

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

de MERKUR Gaming GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

HiGHflYEr

Consistente en: la palabra HIGHFLYER, que servirá para: AM-

PARAR: VENDEDORES AUTOMATICOS, DISTRIBUIDORES

AUTOMATICOS, MAQUINAS AUTOMATICAS DE DEVOLUCION

Y MUSICALES (ACCIONADAS CON MONEDAS) ASI COMO

PIEZAS DE LAS MAQUINAS AUTOMATICAS MENCIONADAS;

MAQUINAS EXPENDEDORAS AUTOMATICAS DE BILLETES,

CONTADORES AUTOMATICOS DE DINERO Y MAQUINAS

PARA CAMBIAR DINERO; MECANISMOS PARA APARATOS

DE PREVIO PAGO; VIDEOJUEGOS COMPLEMENTARIOS PARA

PANTALLAS O MONITORES EXTERNOS; SOFTWARE DE JUE-

GOS DE ORDENADOR; SOFTWARE DE JUEGOS PARA UTILIZAR

EN CUALQUIER PLATAFORMA INFORMATICA, INCLUYENDO

APARATOS ELECTRONICOS DE CONSUMO Y CONSOLAS DE

JUEGOS; PROGRAMAS PARA JUEGOS DE ORDENADOR; APA-

RATOS PARA REGISTRO, TRANSMISION, PROCESAMIENTO

Y REPRODUCCION DE DATOS, INCLUYENDO SONIDOS E

IMAGENES, INCLUYENDO PARTE DE TODOS ESTOS PRODUC-

TOS, EXCLUYENDO SIN EMBARGO RECEPTORES DE RADIO,

RECEPTORES DE TELEVISION, EQUIPOS DE ALTA FIDELIDAD,

GRABADORAS DE VIDEO, APARATOS TELEFONICOS, APARA-

TOS DE FAX Y CONTESTADORES AUTOMATICOS; HARDWARE

Y SOFTWARE PARA ORDENADORES DESTINADOS A JUEGOS

DE CASINOS Y SALAS DE JUEGOS DE AZAR, PARA MAQUINAS

AUTOMATICAS DE JUEGOS DE AZAR O MAQUINAS TRAGA-

PERRAS, MAQUINAS DE LOTERIA POR VIDEO O JUEGOS DE

AZAR A TRAVES DE INTERNET; APARATOS ELECTRICOS,

ELECTRONICOS, OPTICOS O AUTOMATICOS PARA LA IDEN-

TIFICACIÓN DE SOPORTES DE DATOS, TARJETAS DE IDENTI-

FICACION Y DE CREDITO, BILLETES Y MONEDAS; APARATOS

DE ALARMA Y VIGILANCIA ELECTRICOS, ELECTRONICOS

U OPTICOS, INCLUYENDO VIDEOCAMARAS Y APARATOS

PARA LA TRANSMISION DE IMAGENES Y TRATAMIENTO

DE IMAGEN; MAZOS DE CABLEADO ELECTRICO; PLATINA,

TARJETAS DE CIRCUITO IMPRESO CON COMPONENTES MON-

TADOS (ELEMENTOS DE CONSTRUCCION ELECTRONICOS) Y

COMBINACIONES DE ESTOS PRODUCTOS COMO MODULOS

Y COMO PIEZAS DE DISPOSITIVOS. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día doce de octubre del año dos mil

once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039517-2

No. de Expediente: 2012117425

No. de Presentación: 20120166711

CLASE: 12, 35, 37, 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de SPBI, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,

Consistente en: un diseño identificado como STAR LOGO, que

servirá para: AMPARAR: VEHÍCULOS Y APARATOS DE LOCO-

MOCIÓN TERRESTRE, AÉREA, ACUÁTICA Y FERROVIARIA;

DIARIO

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185DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. BOTES, BARCOS, Y NAVÍOS; BOTES, BARCOS Y NAVÍOS DE

VELA O MOTOR; BOTES DE PESCA, - EMBARCACIONES DE

SERVICIO; COBERTORES PARA BOTES; CASCOS, DISPOSITI-

VOS PARA EL LANZAMIENTO DE BOTES, BARCOS Y NAVÍOS,

PRINCIPALMENTE, GRÚAS FLOTANTES O DE DEMOLICIÓN,

MONTACARGAS, CINCHA DE LEVANTAMIENTO; VEHICULOS

ANFIBIOS; ENGANCHES DE REMOLQUES PARA VEHÍCULOS;

FLOTADORES; REMOLQUES PARA BARCOS; REMOS, PALETAS,

GANCHOS PARA BOTES, GRAPAS (NÁUTICAS); PORTILLAS;

BOTES PONTONES (BARCOS), RAMPAS PARA BARCOS, PES-

CANTES PARA BOTES, DEFENSAS PARA BOTES, BARCOS Y

NAVIOS; EMBARCACIONES DE PLAYA, PRINCIPALMENTE

YATES DE ARENA, MOTOS DE AGUA; VEHÍCULOS ACUÁ-

TICOS Y BOTES PARA USO RECREATIVO O PROFESIONAL;

SCOOTERS DE AGUA. Clase: 12. Para: AMPARAR: PUBLICIDAD;

GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN

COMERCIAL; DISEMINACIÓN DE CONTENIDO PUBLICITA-

RIO; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES Y ASESORÍA EN

ORGANIZACIÓN; PUBLICIDAD EN LINEA EN UNA RED POR

COMPUTADOR; EVALUACIÓN DE NEGOCIOS; ASISTENCIA DE

GESTIÓN PARA NEGOCIOS COMERCIALES O INDUSTRIALES;

SUBASTAS; ORGANIZACIÓN DE EXHIBICIONES PARA FINES

COMERCIALES O PUBLICITARIOS; GESTIÓN DE EXPEDIENTES

COMPUTARIZADOS; PROMOCIÓN DE VENTAS (PARA TERCE-

ROS); PUBLICACIÓN DE TEXTOS PUBLICITARIOS; SERVICIOS

DE CONTRATACIÓN PARA TERCEROS (ADQUISICIÓN DE

BIENES Y SERVICIOS PARA OTROS NEGOCIOS); SERVICIOS

DE PUBLICIDAD POR CORREO DIRECTO, SERVICIOS DE PRO-

MOCIÓN DE MERCADEO Y VENTAS; PUBLICIDAD EN LÍNEA

VÍA UNA RED DE COMPUTADOR MUNDIAL; COMPILACIÓN

DE INFORMACIÓN A UNA BASE INFORMÁTICA; ALQUILER DE

ESPACIO PUBLICITARIO; GESTIÓN DE REDES INFORMÁTICAS;

COMPILACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE CATÁLOGOS DE PRO-

DUCTOS; COMPILACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE EXPEDIENTES

DE CLIENTES; FUNCIONES DE OFICINA, ESPECÍFICAMENTE

SISTEMATIZACIÓN DE INFORMACIÓN A UNA BASE DE DA-

TOS INFORMÁTICA; TRANSCRIPCIÓN; PROCESAMIENTO DE

TRABAJO; SUSCRIPCIONES (PARA TERCEROS). Clase: 35. Para:

AMPARAR: CONSTRUCCIÓN NAVAL; REPARACIONES DE

VEHÍCULOS; REPARACIONES NAVALES; CONSTRUCCIÓN,

MANTENIMIENTO Y/O REPARACIÓN DE BOTES, BARCOS Y

NAVÍOS, INCLUYENDO MANTENIMIENTO, CONSTRUCCIÓN

Y/O REPARACIÓN DE MOTORES, UNIDADES DE PROPULSIÓN

MARÍTIMA, DE MOTORES DE VEHÍCULOS, BOTES, BARCOS

Y NAVÍOS DENTRO Y FUERA DE BORDA, DE ACCESORIOS Y

EQUIPO PARA NAVEGACIÓN; CONSTRUCCIÓN DE PUERTOS,

EQUIPO PARA PUERTOS Y AMARRADEROS (ATRACADEROS)

PARA MUELLES; SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN, REPARA-

CIÓN E INSTALACIÓN DE CONSTRUCCIONES TRANSPOR-

TABLES; SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN, REPARACIÓN E

INSTALACIÓN DE CONSTRUCCIONES NO TRANSPORTABLES;

INFORMACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN; SUPERVISIÓN DE

CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS; CONSTRUCCIÓN DE URBANI-

ZACIONES RESIDENCIALES Y PARQUES RECREATIVOS. Clase:

37. Para: AMPARAR: ALQUILER DE VEHÍCULOS; ALQUILER

DE BOTES, BARCOS, NAVÍOS, BARCOS DE RECREO, BARCOS

DE VELA Y MOTOR, BARCOS PARA PESCA, BARCOS PARA

PLAYA, VEHÍCULOS DE PLAYA ESPECÍFICAMENTE YATES DE

ARENA Y MOTOS DE AGUA; TRANSPORTE DE BOTES BARCOS

Y NAVÍOS; ALMACENAMIENTO Y SEGURIDAD (CUSTODIA) DE

VEHÍCULOS; ALMACENAMIENTO Y SEGURIDAD (CUSTODIA)

DE BOTES, BARCOS, Y NAVÍOS EN TIERRA O AGUA. ALQUILER

DE GARAJES; ALQUILER DE ESPACIOS DE ESTACIONAMIEN-

TO PARA VEHÍCULOS; TRANSPORTE AÉREO; TRANSPORTE

MARÍTIMO, TRANSPORTE TERRESTRE PARA VEHÍCULOS;

ALQUILER DE REMOLQUES PARA VEHICULOS; CARAVANAS;

OFICINAS TURÍSTICAS (EXCEPTO PARA RESERVACIONES

DE HOTEL): RESERVA DE VIAJES; SERVICIOS DE PAQUETES

TURÍSTICOS; ACOMPAÑANTES DE VIAJEROS; ASESORÍA

E INFORMACIÓN SOBRE TRANSPORTE, VIAJE Y TURISMO;

ORGANIZACIÓN DE PAQUETES DE CRUCEROS Y VISITAS

TURÍSTICAS (TOURS); ORGANIZACIÓN DE VIAJES, ORGANI-

ZACIÓN DE EXCURSIONES; INFORMACIÓN SOBRE VIAJES Y

TRANSPORTE DE VIAJEROS; RESERVACIÓN DE ASIENTOS

PARA VIAJE; RECORRIDO TURÍSTICO (TURISMO); TRANSPOR-

TE DE VIAJEROS POR VEHÍCULOS O TREN, TRANSPORTE DE

VIAJEROS POR BOTES, BARCOS Y NAVÍOS. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039520-2

DIARIO

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186 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2011114444

No. de Presentación: 20110160640

CLASE: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 11, 12, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23,

24, 25, 27, 28, 31, 32, 35, 36, 37, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,

BaSf

Consistente en: la palabra BASF, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS QUIMICOS PARA LA INDUSTRIA, LA CIENCIA

Y LA FOTOGRAFIA, ASI COMO PARA LA AGRICULTURA, LA

HORTICULTURA Y LA SILVICULTURA; RESINAS ARTIFICIALES

EN BRUTO, MATERIAS PLASTICAS EN BRUTO; ABONOS PARA

EL SUELO; COMPOSICIONES EXTINTORAS; CATALIZADORES;

PREPARACIONES PARA TEMPLAR Y SOLDAR METALES;

PRODUCTOS QUIMICOS PARA CONSERVAR ALIMENTOS; MA-

TERIAS CURTIENTES; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA

INDUSTRIA. Clase: 01. Para: AMPARAR: PINTURAS, BARNICES,

LACAS, VIDRIADOS, PIGMENTOS; PRODUCTOS ANTIOXIDAN-

TES Y PRODUCTOS PARA CONSERVAR LA MADERA; MATE-

RIAS TINTÓREAS; MORDIENTES; RESINAS NATURALES EN

BRUTO; METALES EN HOJAS Y EN POLVO PARA PINTORES,

DECORADORES, IMPRESORES Y ARTISTAS. Clase: 02. Para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS

SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA

LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRO-

DUCTOS DE PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, SUSTAN-

CIAS AROMÁTICAS, COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES;

DENTÍFRICOS. Clase: 03. Para: AMPARAR: ACEITES Y GRASAS

PARA USO INDUSTRIAL; LUBRICANTES; PRODUCTOS PARA

ABSORBER, ROCIAR Y ASENTAR EL POLVO; COMBUSTIBLES

(INCLUIDA LA GASOLINA PARA MOTORES) Y MATERIALES DE

ALUMBRADO; VELAS Y MECHAS DE ILUMINACIÓN. Clase: 04.

Para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINA-

RIOS E HIGIÉNICOS; SUPLEMENTOS NUTRICIONALES PARA

USO MÉDICO; PREPARACIONES VITAMINICAS PARA USO

MÉDICO; PREPARACIONES SANITARIAS PARA USO MÉDICO;

SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS

PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MA-

TERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; CERA

DENTAL; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA COMBATIR

Y DESTRUIR ANIMALES DAÑINOS; PESTICIDAS, FUNGICIDAS,

HERBICIDAS. Clase: 05. Para: AMPARAR: METALES COMUNES

Y SUS ALEACIONES: MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN ME-

TÁLICOS; CONSTRUCCIONES TRANSPORTABLES METÁLICAS:

MATERIALES METÁLICOS PARA VÍAS FÉRREAS; CABLES

E HILOS METÁLICOS NO ELÉCTRICOS; ARTÍCULOS DE CE-

RRAJERÍA Y FERRETERÍA METÁLICOS; TUBOS Y TUBERÍAS

METÁLICOS; CAJAS DE CAUDALES; PRODUCTOS METÁLI-

COS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; MINERALES

METALÍFEROS. Clase: 06. Para: AMPARAR: MÁQUINAS PARA

USO EN AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA,

MÁQUINAS PARA LA INDUSTRIA QUÍMICA, MAQUINAS PARA

LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS, MÁQUINAS PARA

PROCESAR LA MADERA. MÁQUINAS PARA PROCESAR MA-

TERIAS PLÁSTICAS, MÁQUINAS PARA TRABAJAR EL METAL,

MÁQUINAS PARA LA INDUSTRIA TEXTIL, MÁQUINAS PARA

LA PRODUCCIÓN DE AUTOMÓVILES, MÁQUINAS PARA

PROCESAR PAPEL, MAQUINAS PARA PROCESAR PINTURA,

MÁQUINAS DE PROPULSIÓN (EXCLUYENDO VEHÍCULOS

AGRÍCOLAS), MÁQUINAS DE SUCCIÓN PARA USOS COMER-

CIALES, COMPRESORES, PRESAS, BOMBAS, MÁQUINAS PARA

REFINAR PETRÓLEO, MÁQUINAS PARA MOLER, MÁQUINAS

EMPACADORAS, MÁQUINAS HERRAMIENTAS: MOTORES

(EXCEPTO MOTORES PARA VEHÍCULOS AGRÍCOLAS); EM-

BRAGUES Y DISPOSITIVOS PARA TRANSMISIÓN DE FUERZA

(EXCLUYENDO AQUELLOS PARA VEHÍCULOS AGRÍCOLAS),

EQUIPO AGRÍCOLA QUE NO SEA OPERADO MANUALMENTE;

INCUBADORAS DE HUEVOS. Clase: 07. Para: AMPARAR: APA-

RATOS DE ALUMBRADO, CALEFACCIÓN, PRODUCCIÓN DE

VAPOR, COCCIÓN, REFRIGERACIÓN, SECADO, VENTILACIÓN

Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA, E INSTALACIONES SANITARIAS.

Clase: 11. Para: AMPARAR: VEHÍCULOS Y PARTES DE ÉSTOS

INCLUIDOS EN ESTA CLASE: APARATOS DE LOCOMOCIÓN

TERRESTRE, AÉREA O ACUÁTICA. Clase: 12. Para: AMPARAR:

METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES, Y PRODUCTOS

DE ESTAS MATERIAS O CHAPADOS NO COMPRENDIDOS EN

OTRAS CLASES; ARTÍCULOS DE JOYERÍA, BISUTERÍA, PIEDRAS

PRECIOSAS; ARTÍCULOS DE RELOJERÍA E INSTRUMENTOS

CRONOMÉTRICOS. Clase: 14. Para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN

Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS (INCLUIDOS EN ESTA

CLASE); PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUA-

DERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS: ARTICULOS DE PAPELERÍA;

ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DO-

MÉSTICO; MATERIAL PARA ARTISTAS: PINCELES; MAQUINAS

DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES);

MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EX-

DIARIO

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Page 187: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

187DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. CEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR

(INCLUIDAS EN ESTA CLASE); CARACTERES DE IMPRENTA;

CLICHÉS DE IMPRENTA, Clase: 16. Para: AMPARAR: CAUCHO,

GUTAPERCHA, GOMA, AMIANTO, MICA Y PRODUCTOS DE

ESTAS MATERIAS (INCLUIDO EN ESTA CLASE); MATERIAS

PLÁSTICAS PARA USO EN LA FABRICACIÓN; MATERIALES

PARA EMBALAJE, ESTOPAR Y AISLAR; TUBOS FLEXIBLES NO

METÁLICOS. Clase: 17. Para: AMPARAR: CUERO Y CUERO DE

IMITACIÓN, Y PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS (INCLUIDOS

EN ESTA CLASE); PIELES DE ANIMALES; BAÚLES Y MALETAS;

PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES; FUSTAS, ARNESES Y

ARTICULOS DE GUARNICIONERIA. Clase: 18. Para: AMPARAR:

MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN (NO METÁLICOS); TUBOS

RIGIDOS NO METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN; ASFAL-

TO, PEZ Y BETÚN; CONSTRUCCIONES TRANSPORTABLES NO

METÁLICAS; MONUMENTOS NO METÁLICOS. Clase: 19. Para:

AMPARAR: MUEBLES, ESPEJOS, MARCOS; PRODUCTOS DE

MADERA, CORCHO, CAÑA, JUNCO, MIMBRE, CUERNO, HUESO,

MARFIL, BALLENA, CONCHA, AMBAR, NÁCAR, ESPUMA DE

MAR, SUCEDÁNEOS DE TODOS ESTOS MATERIALES O DE

MATERIAS PLÁSTICAS (NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLA-

SES). Clase: 20. Para: AMPARAR: CUERDAS, CORDELES, REDES,

TIENDAS DE CAMPAÑA, LONAS, VELAS DE NAVEGACIÓN,

SACOS Y BOLSAS (INCLUIDOS EN ESTA CLASE); MATERIALES

DE ACOLCHADO Y RELLENO (EXCEPTO EL CAUCHO O LAS

MATERIAS PLÁSTICAS); MATERIAS TEXTILES FIBROSAS EN

BRUTO. Clase: 22. Para: AMPARAR: HILOS PARA USO TEXTIL.

Clase: 23. Para: AMPARAR: TEJIDOS Y PRODUCTOS TEXTILES

(INCLUIDOS EN ESTA CLASE); ROPA DE CAMA Y DE MESA.

Clase: 24. Para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO,

ARTICULOS DE SOMBRERERÍA. Clase: 25. Para: AMPARAR:

ALFOMBRAS, FELPUDOS, ESTERAS, LINÓLEO Y OTROS

REVESTIMIENTOS DE SUELOS; TAPICES MURALES QUE NO

SEAN DE MATERIAS TEXTILES. Clase: 27. Para: AMPARAR:

JUEGOS Y JUGUETES; ARTICULOS DE GIMNASIA Y DEPORTE

(INCLUIDOS EN ESTA CLASE); ADORNOS PARA ÁRBOLES DE

NAVIDAD. Clase: 28. Para: AMPARAR: PRODUCTOS AGRICOLAS,

HORTICOLAS, FORESTALES Y GRANOS (INCLUIDOS EN ESTA

CLASE);ANIMALES VIVOS; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALI-

ZAS Y LEGUMBRES FRESCAS; SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES

NATURALES; ALIMENTOS PARA ANIMALES; MALTA. Clase: 31.

Para: AMPARAR: CERVEZAS; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS,

Y OTRAS BEBIDAS SIN ALCOHOL; BEBIDAS DE FRUTAS Y

ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA

ELABORAR BEBIDAS. Clase: 32. Para: AMPARAR: PUBLICIDAD;

GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN

COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35. Para: AMPA-

RAR: SEGUROS; OPERACIONES FINANCIERAS; OPERACIONES

MONETARIAS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36. Para:

AMPARAR: INDUSTRIA (TRABAJO) DE CONSTRUCCIÓN; REPA-

RACIÓN DE HARDWARE DE COMPUTADORAS, REPARACIÓN

EN EDIFICIOS DE EQUIPOS DE CALEFACCIÓN Y AIRE ACON-

DICIONADO, REPARACIÓN DE INSTALACIONES DE MANEJO

DE DATOS, REPARACIÓN DE MÁQUINAS, REPARACIÓN DE

EQUIPO DE OFICINA, REPARACIÓN DE VEHICULOS; SERVICIOS

DE INSTALACIÓN. Clase: 37. Para: AMPARAR: TRANSPORTE;

EMBALAJE Y ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS; ORGANI-

ZACIÓN DE VIAJES. Clase: 39. Para: AMPARAR: TRATAMIENTO

DE MATERIALES. Clase: 40. Para: AMPARAR: EDUCACIÓN; FOR-

MACIÓN: SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES

DEPORTIVAS Y CULTURALES; CONDUCCIÓN DE SEMINARIOS

Y EVENTOS. Clase: 41. Para: AMPARAR: SERVICIOS CIENTÍFICOS

Y TECNOLÓGICOS, ASÍ COMO SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN

Y DISEÑO EN ESTOS ÁMBITOS; SERVICIOS DE ANÁLISIS E

INVESTIGACIÓN INDUSTRIALES; DISEÑO Y DESARROLLO

DE EQUIPOS INFORMÁTICOS Y DE SOFTWARE. Clase: 42. Para:

AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACIÓN);

HOSPEDAJE TEMPORAL. Clase: 43. Para: AMPARAR: SERVICIOS

MÉDICOS; SERVICIOS VETERINARIOS; TRATAMIENTOS DE

HIGIENE Y DE BELLEZA PARA PERSONAS O ANIMALES; SER-

VICIOS DE AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA.

Clase: 44. Para: AMPARAR: SERVICIOS JURÍDICOS; SERVICIOS

DE SEGURIDAD PARA LA PROTECCIÓN DE BIENES Y PERSO-

NAS; SERVICIOS PERSONALES Y SOCIALES PRESTADOS POR

TERCEROS PARA SATISFACER NECESIDADES INDIVIDUALES;

EXPLOTACIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL.

Clase: 45.

La solicitud fue presentada el día dos de diciembre del año dos mil

once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de abril del año dos mil doce.

LICDA.HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039523-2

DIARIO

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Page 188: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

188 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012118259

No. de Presentación: 20120168082

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado BLANCA INES MEJIA MIRANDA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la expresión Coffee time y diseño, que se traduce al castellano como Tiempo de Café, que servirá para: AMPARAR: CAFE. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de mayo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039527-2

No. de Expediente: 2011114781

No. de Presentación: 20110161420

CLASE: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 11, 12, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 25, 27, 28, 31, 32, 35, 36, 37, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,

Consistente en: un diseño identificado como SQUARES que se

traduce al castellano como "Cuadrados", que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS QUÍMICOS PARA LA INDUSTRIA, LA CIENCIA

Y LA FOTOGRAFÍA, ASÍ COMO PARA LA AGRICULTURA, LA

HORTICULTURA Y LA SILVICULTURA; RESINAS ARTIFICIALES

EN BRUTO, MATERIAS PLÁSTICAS EN BRUTO; ABONOS PARA

EL SUELO; COMPOSICIONES EXTINTORAS; CATALIZADORES;

PREPARACIONES PARA TEMPLAR Y SOLDAR METALES;

PRODUCTOS QUÍMICOS PARA CONSERVAR ALIMENTOS; MA-

TERIAS CURTIENTES; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA

INDUSTRIA. Clase: 01. Para: AMPARAR: PINTURAS, BARNICES,

LACAS, VIDRIADOS, PIGMENTOS; PRODUCTOS ANTIOXIDAN-

TES Y PRODUCTOS PARA CONSERVAR LA MADERA; MATE-

RIAS TINTÓREAS; MORDIENTES; RESINAS NATURALES EN

BRUTO; METALES EN HOJAS Y EN POLVO PARA PINTORES,

DECORADORES, IMPRESORES Y ARTISTAS. Clase: 02. Para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS

SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA

LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRO-

DUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, SUSTAN-

CIAS AROMÁTICAS, COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES;

DENTÍFRICOS. Clase: 03. Para: AMPARAR: ACEITES Y GRASAS

PARA USO INDUSTRIAL; LUBRICANTES; PRODUCTOS PARA

ABSORBER, ROCIAR Y ASENTAR EL POLVO; COMBUSTIBLES

(INCLUIDA LA GASOLINA PARA MOTORES) Y MATERIALES DE

ALUMBRADO; VELAS Y MECHAS DE ILUMINACIÓN. Clase: 04.

Para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINA-

RIOS E HIGIÉNICOS; SUPLEMENTOS NUTRICIONALES PARA

USO MÉDICO; PREPARACIONES VITAMÍNICAS PARA USO

MÉDICO; PREPARACIONES SANITARIAS PARA USO MÉDICO;

SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS

PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MA-

TERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; CERA

DENTAL; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA COMBATIR

Y DESTRUIR ANIMALES DAÑINOS; PESTICIDAS, FUNGICIDAS,

HERBICIDAS. Clase: 05. Para: AMPARAR: METALES COMUNES

Y SUS ALEACIONES; MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN ME-

TÁLICOS; CONSTRUCCIONES TRANSPORTABLES METÁLICAS;

MATERIALES METÁLICOS PARA VÍAS FERREAS; CABLES

E HILOS METÁLICOS NO ELÉCTRICOS; ARTÍCULOS DE CE-

RRAJERÍA Y FERRETERÍA METÁLICOS; TUBOS Y TUBERÍAS

METÁLICOS; CAJAS DE CAUDALES; PRODUCTOS METÁLI-

COS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; MINERALES

METALÍFEROS. Clase: 06. Para: AMPARAR: MAQUINAS PARA

USO EN AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA,

MÁQUINAS PARA LA INDUSTRIA QUÍMICA, MÁQUINAS PARA

LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS, MÁQUINAS PARA

PROCESAR LA MADERA, MAQUINAS PARA PROCESAR MA-

TERIAS PLÁSTICAS, MÁQUINAS PARA TRABAJAR EL METAL,

MÁQUINAS PARA LA INDUSTRIA TEXTIL, MÁQUINAS PARA

LA PRODUCCIÓN DE AUTOMÓVILES, MAQUINAS PARA

PROCESAR PAPEL, MÁQUINAS PARA PROCESAR PINTURA,

MÁQUINAS DE PROPULSIÓN (EXCLUYENDO VEHÍCULOS

AGRÍCOLAS), MÁQUINAS DE SUCCIÓN PARA USOS COMER-

DIARIO

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Page 189: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

189DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. CIALES, COMPRESORES, PRESAS, BOMBAS, MAQUINAS PARA

REFINAR PETRÓLEO, MÁQUINAS PARA MOLER. MÁQUINAS

EMPACADORAS, MÁQUINAS HERRAMIENTAS; MOTORES

(EXCEPTO MOTORES PARA VEHÍCULOS AGRÍCOLAS); EM-

BRAGUES Y DISPOSITIVOS PARA TRANSMISIÓN DE FUERZA

(EXCLUYENDO AQUELLOS PARA VEHÍCULOS AGRÍCOLAS),

EQUIPO AGRÍCOLA QUE NO SEA OPERADO MANUALMENTE;

INCUBADORAS DE HUEVOS. Clase: 07. Para: AMPARAR: APA-

RATOS DE ALUMBRADO. CALEFACCIÓN, PRODUCCIÓN DE

VAPOR, COCCIÓN, REFRIGERACIÓN, SECADO, VENTILACIÓN

Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA, E INSTALACIONES SANITARIAS.

Clase: 11, Para: AMPARAR: VEHÍCULOS Y PARTES DE ESTOS

INCLUIDOS EN ESTA CLASE; APARATOS DE LOCOMOCIÓN

TERRESTRE, AEREA O ACUÁTICA. Clase: 12. Para: AMPARAR:

METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES, Y PRODUCTOS

DE ESTAS MATERIAS O CHAPADOS NO COMPRENDIDOS EN

OTRAS CLASES; ARTÍCULOS DE JOYERÍA, BISUTERÍA, PIEDRAS

PRECIOSAS; ARTÍCULOS DE RELOJERÍA E INSTRUMENTOS

CRONOMETRICOS. Clase: 14. Para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN

Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS (INCLUIDOS EN ESTA

CLASE); PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUA-

DERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA;

ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DO-

MESTICO; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS

DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES);

MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EX-

CEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR

(INCLUIDAS EN ESTA CLASE); CARACTERES DE IMPRENTA;

CLICHÉS DE IMPRENTA. Clase: 16. Para: AMPARAR: CAUCHO,

GUTAPERCHA, GOMA, AMIANTO. MICA Y PRODUCTOS DE

ESTAS MATERIAS (INCLUIDO EN ESTA CLASE); MATERIAS

PLÁSTICAS PARA USO EN LA FABRICACIÓN; MATERIALES

PARA EMBALAJE, ESTOPAR Y AISLAR; TUBOS FLEXIBLES NO

METÁLICOS. Clase: 17. Para: AMPARAR: CUERO Y CUERO DE

IMITACIÓN, Y PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS (INCLUIDOS

EN ESTA CLASE); PIELES DE ANIMALES; BAÚLES Y MALETAS;

PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES; FUSTAS, ARNESES Y

ARTÍCULOS DE GUARNICIONERÍA. Clase: 18. Para: AMPARAR:

MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN (NO METÁLICOS); TUBOS

RÍGIDOS NO METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN; ASFAL-

TO, PEZ Y BETÚN; CONSTRUCCIONES TRANSPORTABLES NO

METÁLICAS; MONUMENTOS NO METÁLICOS. Clase: 19. Para:

AMPARAR: MUEBLES, ESPEJOS, MARCOS; PRODUCTOS DE

MADERA, CORCHO, CAÑA, JUNCO, MIMBRE, CUERNO, HUESO,

MARFIL, BALLENA, CONCHA, ÁMBAR, NÁCAR, ESPUMA DE

MAR, SUCEDÁNEOS DE TODOS ESTOS MATERIALES O DE

MATERIAS PLÁSTICAS (NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLA-

SES). Clase: 20. Para: AMPARAR: CUERDAS, CORDELES, REDES,

TIENDAS DE CAMPAÑA, LONAS, VELAS DE NAVEGACIÓN,

SACOS Y BOLSAS (INCLUIDOS EN ESTA CLASE); MATERIALES

DE ACOLCHADO Y RELLENO (EXCEPTO EL CAUCHO O LAS

MATERIAS PLÁSTICAS); MATERIAS TEXTILES FIBROSAS EN

BRUTO. Clase: 22. Para: AMPARAR: HILOS PARA USO TEXTIL.

Clase: 23. Para: AMPARAR: TEJIDOS Y PRODUCTOS TEXTILES

(INCLUIDOS EN ESTA CLASE); ROPA DE CAMA Y DE MESA.

Clase: 24. Para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO,

ARTÍCULOS DE SOMBRERERÍA. Clase: 25. Para: AMPARAR:

ALFOMBRAS, FELPUDOS, ESTERAS, LINÓLEO Y OTROS

REVESTIMIENTOS DE SUELOS; TAPICES MURALES QUE NO

SEAN DE MATERIAS TEXTILES. Clase: 27. Para: AMPARAR:

JUEGOS Y JUGUETES; ARTÍCULOS DE GIMNASIA Y DEPORTE

(INCLUIDOS EN ESTA CLASE); ADORNOS PARA ÁRBOLES

DE NAVIDAD. Clase: 28. Para: AMPARAR: PRODUCTOS AGRÍ-

COLAS, HORTÍCOLAS, FORESTALES Y GRANOS (INCLUIDOS

EN ESTA CLASE); ANIMALES VIVOS; FRUTAS Y VERDURAS,

HORTALIZAS Y LEGUMBRES FRESCAS; SEMILLAS, PLANTAS Y

FLORES NATURALES; ALIMENTOS PARA ANIMALES; MALTA.

Clase: 31. Para: AMPARAR: CERVEZAS; AGUAS MINERALES Y

GASEOSAS, Y OTRAS BEBIDAS SIN ALCOHOL; BEBIDAS DE

FRUTAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARA-

CIONES PARA ELABORAR BEBIDAS. Clase: 32. Para: AMPARAR:

PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; AD-

MINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase:

35. Para: AMPARAR: SEGUROS; OPERACIONES FINANCIERAS;

OPERACIONES MONETARIAS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Cla-

se: 36. Para: AMPARAR: INDUSTRIA (TRABAJO) DE CONSTRUC-

CIÓN; REPARACIÓN DE HARDWARE DE COMPUTADORAS,

REPARACIÓN EN EDIFICIOS, REPARACIÓN DE EQUIPOS DE

CALEFACCIÓN Y AIRE ACONDICIONADO, REPARACIÓN DE

INSTALACIONES DE MANEJO DE DATOS, REPARACIÓN DE MÁ-

QUINAS, REPARACIÓN DE EQUIPO DE OFICINA, REPARACIÓN

DE VEHÍCULOS; SERVICIOS DE INSTALACIÓN. Clase: 37. Para:

AMPARAR: TRANSPORTE; EMBALAJE Y ALMACENAMIEN-

TO DE MERCANCÍAS; ORGANIZACIÓN DE VIAJES. Clase: 39.

Para: AMPARAR: TRATAMIENTO DE MATERIALES. Clase: 40.

Para: AMPARAR: EDUCACIÓN; FORMACIÓN; SERVICIOS DE

ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTU-

RALES; CONDUCCIÓN DE SEMINARIOS Y EVENTOS. Clase: 41.

Para: AMPARAR: SERVICIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS,

ASÍ COMO SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DISEÑO EN

ESTOS ÁMBITOS; SERVICIOS DE ANÁLISIS E INVESTIGA-

CIÓN INDUSTRIALES; DISEÑO Y DESARROLLO DE EQUIPOS

INFORMÁTICOS Y DE SOFTWARE. Clase: 42. Para: AMPARAR:

SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACIÓN); HOSPEDAJE

TEMPORAL. Clase: 43. Para: AMPARAR: SERVICIOS MÉDICOS;

SERVICIOS VETERINARIOS; TRATAMIENTOS DE HIGIENE Y DE

BELLEZA PARA PERSONAS O ANIMALES; SERVICIOS DE AGRI-

CULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA. Clase: 44. Para:

AMPARAR: SERVICIOS JURÍDICOS; SERVICIOS DE SEGURIDAD

PARA LA PROTECCIÓN DE BIENES Y PERSONAS; SERVICIOS

PERSONALES Y SOCIALES PRESTADOS POR TERCEROS PARA

SATISFACER NECESIDADES INDIVIDUALES; EXPLOTACIÓN

DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Clase: 45.

DIARIO

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190 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 La solicitud fue presentada el día quince de diciembre del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039528-2

No. de Expediente: 2012116999

No. de Presentación: 20120166038

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado NADYA

SUSANA LEON RETANA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de ALPHABRANDS, INC., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra ILU y diseño, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTAN-

CIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR,

PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE

PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES

CAPILARES; DENTIFRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintidós de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039595-2

No. de Expediente: 2012117084

No. de Presentación: 20120166171

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: un diseño identificado como Febreze (Ebu 1 wave

device 11/1 bw), que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FAR-

MACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y

SANITARIOS PARA USO MÉDICO; SUSTANCIAS DIETÉTICAS

PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS,

MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES

E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS

PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HER-

BICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del año dos

mil doce.

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191DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039625-2

No. de Expediente: 2012115614

No. de Presentación: 20120163036

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de Nanyang Brothers Tobacco Company Limited, de naciona-

lidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

DoUBlE HaPPiNESS

Consistente en: las palabras DOUBLE HAPPINESS que se traducen

al castellano como DOBLE FELICIDAD, que servirá para: AMPARAR:

CIGARRILLOS; TABACO; ARTICULOS PARA FUMADORES;

FOSFOROS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de enero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039627-2

No. de Expediente: 2012117097

No. de Presentación: 20120166184

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

Consistente en: la palabra FEBREZE y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS

SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA

LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRO-

DUCTOS DE PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTI-

COS, LOCIONES CAPILARES; DENTIFRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039629-2

DIARIO

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192 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012115613

No. de Presentación: 20120163035

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Nanyang Brothers Tobacco Company Limited, de naciona-lidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: un diseño identificado como LANTERN DEVICE, que servirá para: AMPARAR: CIGARRILLOS; TABACO; ARTICULOS PARA FUMADORES; FOSFOROS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de enero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039630-2

No. de Expediente: 2012117096

No. de Presentación: 20120166183

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN en su calidad de APODERADO ESPECIAL de The Procter & Gamble Company de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-DUCTO,

Consistente en: la palabra FEBREZE y diseño, que servirá para: AMPARAR: ACEITES Y GRASAS PARA USO INDUSTRIAL;

LUBRICANTES; PRODUCTOS PARA ABSORBER, ROCIAR Y ASENTAR EL POLVO; COMBUSTIBLES (INCLUIDA LA GA-SOLINA PARA MOTORES) Y MATERIALES DE ALUMBRADO; VELAS Y MECHAS DE ILUMINACIÓN. Clase: 04.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039632-2

No. de Expediente: 2012115611

No. de Presentación: 20120163033

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Nanyang Brothers Tobacco Company Limited, de naciona-lidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: un diseño identificado como XI, que servirá para: AMPARAR: CIGARRILLOS; TABACO; ARTICULOS PARA FU-MADORES; FOSFOROS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de enero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039633-2

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193DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012.

No. de Expediente: 2012117094

No. de Presentación: 20120166181

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de

The Procter & Gamble Campany de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra febreze y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIENICOS Y SANITARIOS PARA USO MEDICO; SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039634-2

No. de Expediente: 2012115612

No. de Presentación: 20120163034

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de Nanyang Brothers Tobacco Company Limited, de naciona-

lidad CHINA solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: un diseño identificado como HONG SHUANG XI

que servirá para: AMPARAR: CIGARRILLOS; TABACO; ARTICU-

LOS PARA FUMADORES; FOSFOROS Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de enero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039635-2

No. de Expediente: 2012117093

No. de Presentación: 20120166180

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra febreze y diseño, que servirá para:

AMPARAR: APARATOS DE ALUMBRADO, CALEFACCION,

PRODUCCION DE VAPOR, COCCION, REFRIGERACION, SE-

CADO, VENTILACION Y DISTRIBUCION DE AGUA, ASI COMO

INSTALACIONES SANITARIAS. Clase: 11.

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194 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039636-2

No. de Expediente: 2012115766

No. de Presentación: 20120163394

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ

DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de GESTOR

OFICIOSO de Tecnoquímicas S.A., de nacionalidad COLOMBIANA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

TQ

Consistente en: las letras TQ, que servirá para: AMPARAR: CAFE,

TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCEDANEOS

DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREA-

LES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y DE CONFITERIA,

HELADOS; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS

DE HORNEAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDI-

MENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039638-2

No. de Expediente: 2012117086

No. de Presentación: 20120166173

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-DUCTO.

Consistente en: un diseño identificado como FEBREZE (Ebu 1 wave device 11/1 bw), que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA: PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRA-SAR Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTIFRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039639-2

DIARIO

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Page 195: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

195DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 2012117779

No. de Presentación: 20120167315

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de THE GILLETTE COMPANY, de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-

TO.

ProGliDE

Consistente en: la palabra PROGLIDE, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DEL CABELLO;

JABON LIQUIDO PARA EL CUERPO; ANTITRANSPIRANTES

Y DESODORANTES PARA USO PERSONAL; PREPARACIONES

PARA AFEITAR, ES DECIR, CREMAS PARA AFEITAR, GELES

PARA AFEITAR, LOCIONES PARA AFEITAR, Y ESPUMAS PARA

AFEITAR; GELES, BALSAMOS, LOCIONES Y ROCIADORES

PARA DESPUES DE AFEITAR; JABONES LIQUIDOS Y EXFO-

LIANTES FACIALES PARA ANTES DE AFEITAR; CREMAS

HIDRATANTES; Y AGUA DE TOCADOR. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039641-2

No. de Expediente: 2012117780

No. de Presentación: 20120167316

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de THE GILLETTE COMPANY, de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-

TO.

GillETTE fUSioN

Consistente en: las palabras GILLETTE FUSION, que servirá

para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DEL

CABELLO; JABON LIQUIDO PARA EL CUERPO; ANTI-

TRANSPIRANTES Y DESODORANTES PARA USO PERSONAL;

PREPARACIONES PARA AFEITAR, ES DECIR, CREMAS PARA

AFEITAR, GELES PARA AFEITAR, LOCIONES PARA AFEITAR,

Y ESPUMAS PARA AFEITAR; GELES, BALSAMOS, LOCIONES Y

ROCIADORES PARA DESPUES DE AFEITAR; JABONES LIQUI-

DOS Y EXFOLIANTES FACIALES PARA ANTES DE AFEITAR;

CREMAS HIDRATANTES; Y AGUA DE TOCADOR. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039642-2

No. de Expediente: 2012117085

No. de Presentación: 20120166172

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

DIARIO

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Page 196: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

196 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: un diseño identificado como Febreze (Ebu 1 wave

device 11/1 bw), que servirá para: AMPARAR: APARATOS DE ALUM-

BRADO, CALEFACCION, PRODUCCION DE VAPOR, COCCION,

REFRIGERACION, SECADO, VENTILACION Y DISTRIBUCION

DE AGUA, ASI COMO INSTALACIONES SANITARIAS. Clase:

11.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039643-2

No. de Expediente: 2012117159

No. de Presentación: 20120166261

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

de Wella GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: diseño identificado como KOLESTON (Label

10 series of 2), en donde (LABEL 10 SERIES Of 2) se traduce como

ETIQUETA 10 SERIES DE 2, que servirá para: AMPARAR: JABO-

NES; PERFUMERIA; ACEITES ESENCIALES; COSMETICOS;

LOCIONES CAPILARES; PREPARACIONES PARA LA LIMPIEZA,

CUIDADO, TRATAMIENTO Y EMBELLECIMIENTO DE LA PIEL,

CUERO CABELLUDO Y CABELLO, INCLUYENDO CHAMPUS,

ACONDICIONADORES, MOUSSE, GEL Y LACA; COLORANTES

PARA EL CABELLO; TINTES PARA EL CABELLO; PREPARA-

CIONES PARA BLANQUEAR (DECOLORANTES) PARA FINES

COSMETICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039645-2

No. de Expediente: 2012117083

No. de Presentación: 20120166170

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de The Procter & Gamble Compañy, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO.

Consistente en: un diseño identificado como FEBREZE (Ebu 1 wave

device 11/1 bw), que servirá para: AMPARAR: ACEITES Y GRASAS

PARA USO INDUSTRIAL; LUBRICANTES; PRODUCTOS PARA

ABSORBER, ROCIAR Y ASENTAR EL POLVO; COMBUSTIBLES

(INCLUIDA LA GASOLINA PARA MOTORES) Y MATERIALES

DE ALUMBRADO; VELAS Y MECHAS DE ILUMINACION. Clase:

04.

DIARIO

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ARA CONSULT

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NO TIE

NE VALI

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Page 197: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

197DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039646-2

No. de Expediente: 2012117482

No. de Presentación: 20120166833

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO.

fEBrEZE DUal frESH

Consistente en: las palabras FEBREZE DUAL FRESH, que se

traducen al castellano como FEBREZE DOBLE FRESCO, que servirá

para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y

OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES

PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES;

PRODUCTOS DE PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COS-

METICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTIFRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039647-2

No. de Expediente: 2012116923

No. de Presentación: 20120165913

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de PROCTER & GAMBLE BUSINESS SERVICES CA-

NADA COMPANY, de nacionalidad CANADIENSE solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Pro-flEX

Consistente en: las palabras PRO-FLEX, en donde FLEX se tra-

duce al castellano como FLEXIONAR, que servirá para: AMPARAR:

CEPILLOS DE DIENTES. Clase: 21.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039648-2

DIARIO

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Page 198: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

198 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012117481

No. de Presentación: 20120166832

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

FEBREZE DUAL FRESH

Consistente en: las palabras FEBREZE DUAL FRESH, que se traducen

al castellano como FEBREZE DOBLE FRESCO, que servirá para:

AMPARAR: APARATOS DE ALUMBRADO, CALEFACCIÓN,

PRODUCCIÓN DE VAPOR, COCCIÓN, REFRIGERACIÓN, SE-

CADO, VENTILACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA, ASI COMO

INSTALACIONES SANITARIAS. Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de abril del año das mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039650-2

No. de Expediente: 2012117399

No. de Presentación: 20120166683

CLASE: 03

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

FOXCREST

Consistente en: la palabra, FOXCREST que servirá para: AMPARAR:

ANTITRANSPIRANTES Y DESODORANTES, PREPARACIONES

PARA EL CUIDADO DEL CABELLO, PREPARACIONES NO MEDI-

CADAS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL, PREPARACIONES PARA

AFEITAR, FRAGANCIAS, JABÓN LIQUIDO PARA EL CUERPO,

JABÓN DE BARRA Y GEL DE BAÑO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039651-2

No. de Expediente: 2012116818

No. de Presentación 20120165759

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO

de THE GILLETE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

PRO DOUBLE DUTY PROFILE

Consistente en: las palabras PRO DOUBLE DUTY PROFILE. Se

traduce al castellano las palabras DOUBLE DUTY PROFILE como:

DIARIO

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Page 199: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

199DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. doble debido y perfil que servirá para: AMPARAR: CEPILLOS DE

DIENTES. Clase: 21.

La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039652-2

No. de Expediente: 2012117400

No. de Presentación: 20120166684

CLASE: 03.

EL INERASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

WOLFTHORN

Consistente en: la palabra WOLFTHORN, que servirá para: AM-

PARAR: ANTITRANSPIRANTES Y DESODORANTES, PREPARA-

CIONES PARA EL CUIDADO DEL CABELLO, PREPARACIONES

NO MEDICADAS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL, PREPARA-

CIONES PARA AFEITAR, FRAGANCIAS, JABÓN LIQUIDO PARA

EL CUERPO, JABÓN DE BARRA Y GEL DE BAÑO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039653-2

No. de Expediente: 2012117398

No. de Presentación: 20120166681

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

HAWKRIDGE

Consistente en: la palabra HAWKRIDGE, que servirá para: AM-

PARAR: ANTITRANSPIRANTES Y DESODORANTES, PREPARA-

CIONES PARA EL CUIDADO DEL CABELLO, PREPARACIONES

NO MEDICADAS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL, PREPARA-

CIONES PARA AFEITAR, FRAGANCIAS, JABÓN LIQUIDO PARA

EL CUERPO, JABÓN DE BARRA Y GEL DE BAÑO, Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039654-2

DIARIO

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Page 200: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

200 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012117240

No. de Presentación: 20120166408

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

3 POINT

Consistente en: las palabras 3 POINT, en donde la palabra POINT se

traduce como PUNTO, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIO-

NES PARA EL CUIDADO DE LA PIEL. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039657-2

No. de Expediente: 2012116608

No. de Presentación: 20120165320

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

PERT NUTRI+MIEL

Consistente en: las palabras PERT NUTRI+MIEL, donde la palabra Pert se traduce al castellano como Coqueto, que servirá para: AMPARAR: JABONES, PERFUMERÍA. ACEITES ESENCIALES, PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA BELLEZA Y CUER-PO, LOCIONES CAPILARES, CHAMPÚS Y ACONDICIONADORES PARA EL CABELLO Y PRODUCTOS PARA ESTILIZADO DEL CABELLO, DENTIFRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039658-2

No. de Expediente: 2012117102

No, de Presentación: 20120166190

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de FARMACEUTICA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. (FARINTER), de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

FUNGIMAX

Consistente en: la palabra FUNGIMAX, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO;

SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS

PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS;

MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

DIARIO

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Page 201: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

201DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039659-2

No. de Expediente: 2011114780

No. de Presentación: 20110161419

CLASE: 28.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERA-DO ESPECIAL de TRISTAR PRODUCTS, INC. de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-DUCTO,

X-STEP

Consistente en: la palabra X-STEP. en donde STEP se traduce al castellano como "PASO”, que servirá para: AMPARAR: MAQUINAS (APARATOS) PARA EJERCICIOS. Clase: 28.

La solicitud fue presentada el día quince de diciembre del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial. Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039660-2

No. de Expediente: 2012117103

No. de Presentación: 20120166191

CLASE: 05.

EL INERASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de FARMACEUTICA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. (FARINTER), de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

VITOTAL

Consistente en: la palabra VITOTAL, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039661-2

No. de Expediente: 2012116553

No. de Presentación: 20120165164

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INDUSTRIAS CARICIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS CARICIA, S.A.

DIARIO

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Page 202: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

202 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra JAGUAR y diseño, que servir para: AMPARAR: VESTUARIO, CALZADO Y SOMBRERERIA, Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de febrero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039662-2

No. de Expediente: 2012116554

No. de Presentación: 20120165165

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INDUSTRIAS CARICIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS CARICIA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra JAGUAR y diseño, que servirá para: AMPARAR: VESTUARIO, CALZADO Y SOMBRERERIA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de febrero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039663-2

No. de Expediente: 2011114553

No. de Presentación: 20110160957

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de Alimentos Prosalud Sociedad Anónima que se abrevia: Alimentos Prosalud S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras ALIMENTOS PROSALUD y diseño, que servirá para: AMPARAR: ATUN, PESCADO, MARISCOS Y SARDINAS. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día ocho de diciembre del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039666-2

DIARIO

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Page 203: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

203DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012.

de tercera publicación

acEPTacioN DE HErENcia

LICENCIADA AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las

doce horas y cuarenta minutos del día cinco de Marzo de dos mil ocho,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,

la herencia intestada dejada a su defunción por el señor ALEJANDRO

RODRIGUEZ, conocido por ALEJANDRO RODRIGUEZ RONQUI-

LLO, quien fue de sesenta años de edad, Agricultor, fallecido en Hospital

Rosales de San Salvador, siendo El Paisnal su último domicilio, de parte

de la señora ROSA IRMA RODRIGUEZ CASTANEDA, en el concep-

to de hija del causante, a quien se le ha conferido la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las catorce

horas y diez minutos del día diez de marzo de dos mil ocho.- LICDA.

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.-

LIC. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001421-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI-

TOTO. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este tri-

bunal a las once horas quince minutos de este mismo día, del presente

mes y del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara

el causante FAUSTINO ALAS ALAS o FAUSTINO ALAS, quien

falleció a las cinco horas del día veinticinco de noviembre del dos mil

once, en el Cantón Las Delicias, jurisdicción de Suchitoto, siendo éste

su último domicilio; de parte de la señora MARIA MARTA ALAS DE

ALAS, actuando ésta en su concepto de cónyuge de dicho causante y

a la vez cesionaria de los derechos hereditarios que en dicha sucesión

les pudo corresponder a los señores: Elías Alas Alas, Osmín Alas Alas,

Rosa Miriam Alas de Menjívar, Marta Noemí Alas Alas y Roberto Alas

Alas, todos en su calidad de hijos del referido causante.

Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación

interina de los Bienes Sucesorales con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que se

crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten

a este tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde

el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las once

horas veinte minutos del día ocho de mayo del dos mil doce.- LIC.

OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- PEDRO SANTOS HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001422-3

CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por re-

solución proveída por este Tribunal, a las once horas y trece minutos

del día veintiuno de marzo de dos mil doce, se ha tenido por aceptada

expresamente, con beneficio de inventario, la herencia intestada que a

su defunción ocurrida a las diecisiete horas, veinticinco minutos, del

día cuatro de enero de dos mil once, en el Parqueo de Emergencia del

Hospital Nacional San Juan de Dios, de la ciudad de Santa Ana, siendo

su último domicilio de la ciudad de Chalchuapa; dejó el señor JOSÉ

ÁLVARO LINARES, quien fue de sesenta y un años de edad, contador,

casado; de parte de los señores ANA LUZ LINARES DE CALDERÓN

conocida par ANA LUZ LINARES, en su concepto de madre del causante

señor JOSÉ ÁLVARO LINARES, YOLANDA EMILIA RAMOS DE

LINARES, conocida por YOLANDA EMILIA RAMOS en su concepto

de esposa del referido causante; ALVARO ALEXANDER LINARES

BARRERA, JOSE EDUARDO LINARES BARRERA, ILEANA

PATRICIA LINARES BARRERA y CATHERINE GABRIELA

LINARES RAMOS, en su concepto de hijos del causante señor JOSÉ

ÁLVARO LINARES, a quienes se les nombra INTERINAMENTE

administradores y representantes de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-

cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de

quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

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Page 204: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

204 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las doce horas y siete minutos

del día veintiséis de marzo de dos mil doce. LIC. CARLOS JOSE

MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL CHALCHUAPA. LIC.

HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001426-3

ANA FELÍCITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas quince minutos

del día dieciocho de Mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de Inventario de parte del señor ROBERTO

FLORES, mayor de edad, agricultor, del domicilio de Verapaz, depar-

tamento de San Vicente, con Documento Único de Identidad número

cero tres ocho cinco seis cero ocho ocho -cero y Tarjeta de Identificación

Tributaria número cero novecientos dos -cero diez mil ciento cuarenta

y cinco-cero cero uno-ocho, la herencia intestada que a su defunción

dejó la señora LIDIA RIVAS, quien fue de sesenta y dos años de edad,

de oficios domésticos, soltera, salvadoreña, con Documento Único de

Identidad número cero cero seiscientos diecisiete mil novecientos doce-

cuatro Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil siete -ciento

cincuenta y un mil ciento cuarenta y seis-ciento uno-siete, fallecida el día

veinticinco de Noviembre del año dos mil ocho, en el Hospital Nacional

Santa Gertrudis de esta ciudad, siendo Verapaz, departamento de San

Vicente, el lugar de su último domicilio, en concepto de cesionario de

los derechos hereditarios que en la sucesión le correspondía a Roberto

Israel, Sandra del Carmen y Ana Consuelo, todos de apellido Rivas Flores,

como hijos de la causante y se ha nombrado al aceptante Administrador

y Representante Interino de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los dieciocho días

de Mayo del año dos mil doce.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL. LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001429-3

MARITZA BEATRIZ CHAVEZ SERVANO, Notario, de este domi-

cilio, con oficina jurídica ubicada en Condominio Tutunichapa, local

veinticinco, entre primera Diagonal y Boulevard Tutunichapa, Colonia

Médica de San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de las diecisiete horas con

treinta minutos del día quince de mayo de dos mil doce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, el día DIECIOCHO

DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE, dejó el señor LUIS ALONSO

PÉREZ ESPINOZA, quien era de cincuenta y siete años de edad, co-

merciante, cuyo último domicilio fue Antiguo Cuscatlán, departamento

de La Libertad, hijo de Socorro Pérez y José Santos Espinoza, de parte

de la señora GLADIS JUDITH MEJIA DE PÉREZ, en concepto de

CONYUGE, habiéndosele conferido la Administración y Representación

Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos

los que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten

a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el día

siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina de la Notario MARITZA BEATRIZ CHÁVEZ

SERVANO. En la ciudad de San Salvador, a los dieciséis días del mes

de mayo del año dos mil doce.

LICDA. MARITZA BEATRIZ CHAVEZ SERVANO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. C001457/C001398-3

LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con veinte

minutos del día seis de Marzo del dos mil doce, se ha tenido por aceptada

y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción

dejó el causante FELIPE MONGE ALAS, quien falleció a la primera

hora cincuenta minutos del día catorce de Junio del dos mil cuatro, en

el Núcleo uno de Reubicación del Cantón San Bartolo, de esta jurisdic-

ción; de parte del señor FELIX MONGE ALAS, en la calidad de hijo

sobreviviente del causante.

Se confiere al heredero declarado la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores

de la Herencia Yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a

las diez horas con treinta minutos del día seis de Marzo del dos mil

doce.- LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA. LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039097-3

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205DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. JABIER CALDERON RIVERA, Notario, del domicilio de la ciudad de

Usulután, con Oficina ubicada en Primera Avenida Sur, Plaza Hidalgo,

Local C, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída

a las ocho horas del día cuatro de mayo de dos mil doce; se ha aceptado

expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a

su defunción ocurrida en la Ciudad de El Tránsito, Departamento de San

Miguel, el día seis de marzo de dos mil doce, dejara el señor MIGUEL

VIRGILIO PAZ CISNEROS, conocido por MIGUEL VIRGILIO PAZ y

por VIRGILIO PAZ, de parte de los señores WILFREDO PAZ MACHU-

CA, CARLOS PAZ MACHUCA, MIGUEL ANGEL PAZ MACHUCA,

VIRGILIO ANTONIO PAZ MACHUCA, ISABEL PAZ MACHUCA,

BENJASMIN PAZ MACHUCA, conocido por BENJAMIN PAZ MA-

CHUCA, EVELIO PAZ MACHUCA, ANA FLOR PAZ MACHUCA,

ROSA CANDIDA PAZ MACHUCA, CLEOTILDE PAZ MACHUCA,

ANA CRISTINA PAZ DE CASTRO, conocida por ANA CRISTINA

PAZ MACHUCA, ZOILA ESPERANZA PAZ MACHUCA, NESTOR

ROMEO PAZ QUINTANILLA, y JOSE LEONARDO QUINTANILLA

PAZ, en su concepto de hijos legítimamente reconocidos por el Causante,

habiéndoseles conferido la Administración y Representación INTERINA,

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la

Herencia Yacente.-

En consecuencia por este medio, se cita a todos los que se crean

con derechos en dicha Herencia, para que se presenten a la referida

Oficina, en el término de quince días contados a partir, del día siguiente

a la última publicación del presente Edicto.-

Librado, en Oficina del Notario, situada en Primera Avenida Sur,

Plaza Hidalgo, Local C, de la ciudad de Usulután; a los veintiún días

del mes de mayo de dos mil doce.-

LIC. JABIER CALDERON RIVERA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F039115-3

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado

a las once horas catorce minutos del día veintiséis de abril del año dos

mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el diecio-

cho de diciembre del año dos mil once, en la ciudad de Soyapango, dejó

el causante señor RAUL ERNESTO MARTINEZ GARCIA, siendo su

último domicilio el de esa misma ciudad, de parte de la señora FIDELINA

GARCIA DE MARTINEZ, como madre sobreviviente del causante. Y

se le ha Conferido a la aceptante la administración Y representación

interina de los bienes de la sucesión con las facultades Y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de ley, a hacer uso de sus derechos en la

sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador, a

las ocho horas diez minutos del día dos de mayo de dos mil doce.- LIC.

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL.

LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. F039142-3

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de ley.

HACE SABER Que por resolución de las ocho horas treinta

minutos del día treinta de Abril del corriente año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor

GILBERTO ADILMAN ANGULO BURGOS, mayor de edad, Técnico

en Computación, del domicilio de Somerville, Massachusetts Estados

Unidos de América, con Documento Único de Identidad número cero tres

millones quinientos treinta y dos mil ochocientos ochenta y cinco-siete

y Tarjeta de Identificación Tributaria número mil doscientos siete-cero

siete cero tres cincuenta y cuatro-ciento uno-cinco, la herencia intestada

que a su defunción dejó el señor LUIS FELIPE BURGOS, quien fue

de sesenta y siete años de edad, casado, salvadoreño, comerciante, con

Documento Único de Identidad número cero un millón setecientos se-

tenta mil novecientos dieciocho-seis, Tarjeta de Identificación Tributaria

número uno cero uno cero-uno tres cero nueve tres nueve-cero cero uno-

cuatro, Fallecido el día treinta y uno de Enero del año dos mil siete, en

el Hospital Militar de la ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad de

San Vicente el lugar de su último domicilio, en concepto de cesionario

del derecho hereditario que en la sucesión le correspondía a Williams

Benjamín Burgos Montano conocido por William Benjamín Burgos

Montano, Williams Benjamín Burgos y por William Benjamín Burgos,

como Hijo del causante y se ha nombrado al aceptante Administrador y

Representante Interino de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

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206 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los treinta días del

mes de Abril del año dos mil doce.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL. LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039162-3

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, departamento de La Unión; al público para

los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las nueve

horas del día veinticuatro de abril del corriente año; se tuvo por aceptada

expresamente, y con beneficio de inventario; la herencia intestada que al

fallecer a las diecinueve horas y veinte minutos del día once de junio del

año dos mil once, en la Colonia El Mag, de la ciudad de Santa Rosa de

Lima, departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio,

dejara el causante Florentino Molina, a favor de la señora Alicia Antonia

Rubio de Molina, en concepto de cónyuge sobreviviente y los menores

Yenifer Lisseth, Yoselin María y Eliezer Alexander, todos de apellidos

Molina Rubio, como hijos sobreviviente del causante en mención, éstos

representados por su madre la señora Alicia Antonia Rubio de Molina, de

conformidad con lo establecido en el Art. 988 N°. lo del Código Civil.

En consecuencia, se le confirió a la aceptante, en el carácter dicho,

la Administración y Representación Interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los veintisiete días del mes de abril del año dos

mil doce.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CI-

VIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039178-3

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL

DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve

horas y cuarenta y siete minutos del día veintidós de enero de mil no-

vecientos ochenta y siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida

en esta ciudad, siendo Mejicanos, su último domicilio, a las ocho horas y

treinta y cinco minutos, del día dos de octubre de mil novecientos setenta

y siete, dejó la señora María Ana Lucila Domínguez, de parte de los

menores Víctor Manuel y Mario Antonio, ambos de apellido Domínguez,

en su concepto de hijos ilegítimos de la causante, en la cual se les ha

conferido a los aceptantes la Administración y Representación Interinas

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente, quienes deberán ejercerla por medio de su tutora señora

Santos García de Domínguez.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las

nueve horas y cinco minutos del día once de marzo del año dos mil

nueve.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.

LICDA. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039187-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY;

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y veinte

minutos del día siete de este mes, se ha tenido por aceptada expresamente,

y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó

el causante ANDRÉS TOLOZA o ANDRÉS TOLOZA MARTÍNEZ,

quien falleció el día veinte de abril de mil novecientos noventa y seis en

el Cantón San Sebastián Arriba, de la jurisdicción de Santiago Nonualco,

su último domicilio, por parte de JUANA DIAZ viuda DE TOLOZA o

JUANA DIAZ viuda DE TOLOSA, en concepto de cónyuge sobreviviente

del causante. Nómbrese a la aceptante interinamente, administradora y

representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de

la tercera publicación de este aviso, se presente a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, siete de mayo del dos

mil doce.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE

ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039219-3

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207DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. TÍTUlo DE ProPiEDaD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE CONSTAR; Que a esta oficina se ha presentado el señor

Pedro Antonio Cabrera Ramos, mayor de edad, de este domicilio,

solicitando título de propiedad y dominio, de un solar rural, situado en

suburbios del Barrio El Calvario, sin número, Jurisdicción de Oratorio de

Concepción, departamento de Cuscatlán, ubicado catastralmente como

parcela número DIECIOCHO, de una extensión superficial de VEINTIÚN

MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO SETENTA Y CIN-

CO METROS CUADRADOS; de las medidas y linderos siguientes: AL

NORTE: Un tramo, distancia ciento noventa y seis punto cuarenta y dos

metros rumbo Norte setenta y cinco grados siete minutos un segundo

Este, linda con terreno de María Carmen Oporto de Cruz, por este rumbo

en la esquina Nororiente existe una servidumbre de tránsito por el rumbo

Oriente del colindante ya mencionado, servidumbre que da salida al

inmueble hasta la calle vecinal; AL ESTE: Nueve tramos; Tramo uno,

distancia de trece punto once metros rumbo Sur dos grados cincuenta y

ocho minutos tres segundos Este, Tramo dos; Distancia de nueve punto

ochenta y siete metros rumbo Sur veintidós grados cuarenta minutos

once segundos Este, Tramo tres; Distancia de seis punto cuarenta y siete

metros rumbo Sur treinta y cuatro grados cincuenta minutos cincuenta

y cuatro segundos Este, Tramo cuatro; Distancia de cincuenta y seis

punto ochenta y dos metros rumbo Sur cincuenta y cinco grados treinta

y un minutos cincuenta y cuatro segundos Este, Tramo cinco; Distancia

de trece punto veintisiete metros rumbo Sur sesenta grados cincuenta

y nueve minutos treinta y ocho segundos Este, Tramo seis; dos punto

sesenta y nueve metros rumbo Sur setenta y cuatro grados once minutos

cincuenta y dos segundos Este, Tramo siete; Distancia tres punto sesenta

y ocho rumbo Sur dieciocho grados cuarenta y tres minutos cincuenta

segundos Este, Tramo ocho; Distancia quince punto cuarenta y cuatro

metros rumbo Sur once grados cincuenta y ocho minutos treinta y ocho

segundos Oeste, Tramo nueve; Distancia veinticuatro punto treinta y un

metros rumbo Sur un grados treinta y cuatro minutos cincuenta y tres

minutos Este, linda en estos tramos con José Félix Navas, Juan Maldonado,

Carlos Bustamante Urrutia; AL SUR: Quince tramos; Tramo uno;

Distancia de quince punto cincuenta y tres metros rumbo Sur setenta y

siete grados cuarenta y dos minutos veintitrés segundos Oeste, Tramo

dos; Distancia doce punto cincuenta metros rumbo Sur sesenta y cinco

grados treinta y tres minutos treinta segundos Oeste, Tramo tres; Distancia

seis punto ochenta metros rumbo Sur cincuenta y tres grados cuarenta

minutos veintiún segundos Oeste, Tramo cuatro; Distancia de once

punto ochenta y tres metros rumbo Sur cincuenta y tres grados cuarenta

minutos veintiún segundos Oeste, Tramo cinco; Distancia cinco punto

ochenta y ocho metros rumbo Sur cuarenta y nueve grados diecinueve

minutos dos segundos Oeste, Tramo seis; Distancia siete punto veinticinco

metros rumbo Sur ochenta y siete grados treinta y seis minutos catorce

segundos Oeste, Tramo siete; Distancia diez punto setenta y ocho metros

rumbo Norte ochenta y nueve grados dos minutos veintitrés segundos

Oeste, Tramo ocho; Distancia uno punto sesenta y cuatro metros rumbo

Sur cincuenta grados un minuto cuarenta y tres segundos Oeste. Tramo

nueve; Distancia de diez punto veinte metros rumbo Norte cincuenta

y dos grados veinticuatro minutos cincuenta y tres segundos Oeste,

Tramo diez; Distancia veintidós punto treinta y dos metros rumbo Norte

cincuenta y ocho grados treinta minutos cincuenta y un segundos Oeste,

Tramo once; Distancia catorce punto cincuenta y un metros rumbo Norte

setenta y tres grados cuarenta y nueve minutos treinta y tres segundos

Oeste, Tramo doce; Distancia cuarenta y dos punto cuarenta y cuatro

metros rumbo Sur ochenta y dos grados cuarenta y dos minutos cuarenta

y tres segundos Oeste, Tramo trece; Distancia quince punto cincuenta y

seis metros rumbo Norte ochenta y cuatro grados setenta y siete minutos

veintiocho segundos Oeste, Tramo catorce; Distancia veinticinco punto

ochenta y siete metros rumbo Norte cincuenta y seis grados diecisiete

minutos cincuenta y cuatro segundos Oeste, Tramo quince; Distancia

veinte punto cincuenta y siete metros rumbo Sur veinticinco grados treinta

y siete minutos treinta y tres segundos Oeste, linda en estos tramos con

Cristo Jesús Rivera, Marco Tulio Roque Callejas y Tomás Callejas; AL

PONIENTE: Tres tramos; Tramo uno; Distancia treinta y nueve punto

ochenta y tres metros rumbo Norte sesenta y dos grados cincuenta y

nueve minutos catorce segundos, Tramo dos; Distancia quince punto

sesenta y cuatro metros rumbo Norte treinta y nueve grados treinta

y siete minutos cuarenta y tres Oeste, Tramo tres; Distancia cuarenta

y siete punto veinticinco metros Norte veinticinco grados cuarenta y

cinco minutos once segundos Oeste, linda con Melitón Mozo Ruano

y se llega al esquinero Norponiente mojón M- uno, punto de partida

donde se inició la presente descripción técnica, en el terreno no existe

ninguna construcción; Todos los colindantes son de este domicilio, el

terreno antes descrito se sirve de la forma antes relacionada, no tiene

ninguna carga, ni derechos reales que le pertenezcan a terceras personas

o que deba respetarse y no se encuentra en proindivisión con nadie.-

Este inmueble lo adquirió por posesión de sucesoría de su progenitor el

señor CELESTINO CABRERA GÓMEZ, quien no le entregó ningún

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208 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395documento por carecer de él.- La porción que trata de titular lo valúa en

DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA,

y la posesión del mismo por parte de su padre el señor CELESTINO

CABRERA GÓMEZ; sumada a la que actualmente ejerce suman más de

sesenta años consecutivos y siempre lo continúa poseyendo de buena fe,

en forma quieta, pacífica y no interrumpida. Los colindantes son todos

de este domicilio y se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal; Oratorio de Concepción, a los veintitrés días

del mes de mayo del año dos mil doce.- Lic. JOSÉ BALTAZAR

RAMOS CASTRO, ALCALDE MUNICIPAL. ANA LISSET BA-

RRERA GONZÁLEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F039204-3

TÍTUlo SUPlETorio

LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA

DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA

INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE

SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora DELFIDA

DEL CARMEN AMAYA DE CARRANZA, de treinta y nueve años de

edad, de oficios del hogar, del domicilio de Ciudad Barrios, Departamento

de San Miguel, por medio de su Apoderada General Judicial, Licenciada

ANA JULIA INTERIANO GUZMÁN o ANA JULIA INTERIANO

DE GUZMÁN, solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble

de naturaleza rústica; situado en el Cantón Ostucal, jurisdicción de San

Luis de la Reina, Departamento de San Miguel, de la capacidad

superficial de DIECISIETE MIL QUINIENTOS VEINTISÉIS METROS

CUADRADOS OCHENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS,

de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, mide doscientos

cuarenta y dos metros sesenta y dos centímetros; con Orbelina Cabrera,

cerco propio de por medio; AL ORIENTE, mide ciento cuarenta y cinco

metros con setenta y cuatro centímetros, con Eugenio Guevara, quebrada

de por medio; AL SUR, mide cuarenta y seis metros cero punto cinco

centímetros, con Salvador Del Cid, calle de por medio; y AL PONIENTE,

mide doscientos nueve metros cincuenta y ocho centímetros, con Pablino

Amaya, cerco de alambre de por medio. Lo adquirió por compra de po-

sesión material y verbal que le hizo a la señora CLEOTILDE AMAYA

viuda DE DEL CID, y lo valúa en la cantidad de MIL DÓLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,

departamento de San Miguel, a las diez horas del día veintisiete de

abril del año dos mil doce.- Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE

VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA, Lic. EDWIN BLA-

DIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039215-3

LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS,

JUEZA DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE

PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPAR-

TAMENTO DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor

JOSÉ VIRGILIO CENTENO GUEVARA, de sesenta y siete años de

edad, agricultor en pequeño, del domicilio de Ciudad Barrios, Cantón

Belén, departamento de San Miguel, con Documento Único de Identidad

Número cero un millón trescientos ochenta mil ciento diez guión seis,

por medio de su Apoderada General Judicial Licenciada ANA JULIA

INTERIANO GUZMÁN, solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de dos

inmuebles de naturaleza rústica; situados EL PRIMERO, en el Caserío

La Cueva, Cantón Belén. Jurisdicción de Ciudad Barrios, Departamento

de San Miguel, de la capacidad superficial de CUARENTA Y UN MIL

TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO PUNTO TREINTA Y SEIS

METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:

LINDERO NORTE, ciento sesenta y cinco metros con noventa centí-

metros, colindando con Domingo Jurado, Guadalupe Lovo y Fernando

Laso, cerco de alambre de púas de por medio; LINDERO ORIENTE,

trescientos veintidós metros con veintiocho centímetros, colindando con

Fabián Carranza, cerco de alambre de púa de por medio; LINDERO SUR,

doscientos catorce metros con sesenta y nueve centímetros, colindando con

Fabián Carranza, Juan Esteban Jurado y Virgilio Centeno, con cerco de

alambre de púa de por medio; LINDERO PONIENTE, trescientos metros

con cero punto ocho centímetros, colindando con Segundo Carranza,

cerco de alambre de púa de por medio; EL SEGUNDO, de la misma

naturaleza y ubicación, con la Capacidad Superficial de DIECISIETE

MIL CUARENTA Y OCHO PUNTO OCHENTA Y NUEVE METROS

CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes; LINDERO

NORTE, ciento cincuenta y ocho metros con cuarenta y dos centímetros

lindando con el señor Segundo Carranza y Virgilio Centeno, Camino

de por medio; LINDERO ORIENTE, ciento cuarenta y dos metros con

treinta y dos centímetros, lindando con el señor Fabián Carranza, calle de

por medio; LINDERO SUR, ciento sesenta y cinco metros con noventa

y un centímetros, lindando con los señores Valentín Centeno y María

Francisca viuda de Centeno; LINDERO PONIENTE, ciento treinta y dos

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209DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. metros con sesenta y ocho centímetros, lindando con el señor Segundo

Carranza. Los inmuebles antes descritos los valora cada uno de ellos

en la cantidad de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA.-

Que dichos inmuebles los adquirió el PRIMERO, por compra de

posesión que le hizo la señora María Pantaleona Guevara Guzmán, el

día nueve de noviembre de mil novecientos ochenta; y EL SEGUNDO

por compra que le hiciera al señor José Olegario Centeno, el día trece

de mayo de mil novecientos setenta y tres.-

Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIU-

DAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las quince

horas del día seis de junio del año dos mil once.- Licda. ANA LETICIA

ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Lic.

EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039216-3

LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, Jueza de Primera

Instancia del Distrito Judicial de Ciudad Barrios.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora ELVA

DIAZ DE AYALA, de cuarenta y nueve años de edad, de oficios del hogar,

del domicilio de Carolina, Departamento de San Miguel, con Documento

Único de Identidad Número cero un millón setecientos ochenta y tres mil

seiscientos cuarenta y cinco guión cuatro, por medio de su Apoderada

General Judicial y Especial Licda. ANA JULIA INTERIANO GUZMAN

o ANA JULIA INTERIANO DE GUZMAN, solicitando a su favor TI-

TULO SUPLETORIO, de dos inmuebles de naturaleza rústica, ubicados

en el Cantón La Orilla, jurisdicción de Carolina, Departamento de San

Miguel, el primero de la capacidad superficial de VEINTIOCHO MIL

TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS,

de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: ciento cincuenta

metros con ORBELINA PINEDA, cerco propio de alambre de por medio;

AL NORTE: ciento cuarenta metros colinda con DANIEL MARTINEZ,

cerco de piña de por medio; AL PONIENTE: doscientos sesenta y cua-

tro metros, lindando con GENARO ARGUETA y AGUSTIN CRUZ,

calle de por medio; y AL SUR: ciento treinta y cuatro metros, linda

con ELVA DIAZ DE AYALA; el segundo de la capacidad superficial

de TRECE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS METROS

CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes; AL ORIENTE:

ciento dieciocho metros, lindando con GENARO ARGUETA, cerco

de alambre propio de por medio; AL NORTE: ciento veintidós metros

colinda con TRANSITO INTERIANO y GENARO ARGUETA, cerco

de piña de por medio; AL PONIENTE: ciento veinte metros colindando

con DANIEL MARTINEZ y ORBELINA PINEDA; y AL SUR: ciento

veinte metros, lindando con ORBELINA PINEDA, cerco de alambre de

por medio. Los inmuebles fueron adquiridos por compraventa de Pose-

sión Material que hizo la titulante a la señora PAULA DIAZ, mediante

Acta Notarial otorgada ante los oficios de la Notaria MARIA ISABEL

ESPINAL CRUZ, el día veintidós de febrero del año dos mil once y

lo valúa en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,

Departamento de San Miguel, a las quince horas con treinta minutos del

día diecisiete de febrero del año dos mil doce.- LICDA. ANA LETICIA

ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.

EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039217-3

TiTUlo DE DoMiNio

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el Licenciado

Carlos Osmín Rivera Amaya, Abogado, del domicilio de Cojutepeque,

en su calidad de Apoderado General Judicial y Especial de la señora

ZOILA REYNA QUIJANO DE MENDOZA, quien es de ochenta y

dos años de edad, Profesora Jubilada, del domicilio de San Salvador,

Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad cero

cero ocho tres seis siete nueve dos - siete y con Número de Identificación

Tributaria cero setecientos nueve - cero sesenta mil ciento treinta - ciento

uno - cero, solicitando TITULO DE DOMINIO, sobre un inmueble de

naturaleza urbana, ubicado sobre la Tercera Calle Poniente y Primera

Avenida Norte, Casa número Uno del Barrio San Agustín, del Munici-

pio de San José Guayabal, Departamento de Cuscatlán, de la capacidad

superficial de QUINIENTOS DIECIOCHO PUNTO DIECISEIS ME-

TROS CUADRADOS equivalentes a SETECIENTOS CUARENTA Y

UNO PUNTO TREINTA Y OCHO VARAS CUADRADAS, con las

medidas y colindancias siguientes: El vértice Nor Oriente que es el punto

de partida de esta descripción técnica tiene las siguientes coordenadas:

Norte trescientos un mil novecientos veintidós punto setenta y seis.

DIARIO

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210 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395Este cuatrocientos ochenta y nueve mil seiscientos cuarenta y tres punto

cincuenta. LINDERO ORIENTE: Partiendo del vértice Nor Oriente está

formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

Uno, Sur diez grados cero seis minutos veintitrés segundos Oeste con

una distancia de diecisiete punto cincuenta y seis metros; colindando con

Unidad de Salud, con Calle de por medio; LINDERO SUR: Partiendo

del vértice Sur-Oriente está formado por un tramo con los siguientes

rumbos y distancias: Tramo uno, Norte setenta y nueve grados cuarenta

y cinco minutos veintiocho segundos Oeste, con una distancia de treinta

y uno punto diez metros, colindando con Camilo Portillo Torres y Sonia

Evelyn Acosta Menjívar, con Calle de por medio; LINDERO PONIENTE:

Partiendo del vértice Sur-Poniente está formado por un tramo con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte doce grados cero dos

minutos dieciocho segundos Este con una distancia de dieciséis punto

treinta y cinco metros, colindando con Feliciano Galdámez con pared

de por medio; LINDERO NORTE: Partiendo del vértice sur poniente

está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias:

Tramo uno, Sur setenta y nueve grados cero dos minutos cuarenta y

ocho segundos Este con una distancia de cinco punto dieciséis metros;

colindando con Feliciano Galdámez con pared de por medio; Tramo dos,

Sur ochenta y dos grados treinta y ocho minutos cero siete segundos

Este con una distancia de veinticinco punto cuarenta y un metros; co-

lindando con Rosa Imelda Posada de Calderón, con pared de por medio.

Así se llega al vértice Nor Oriente, que es el punto donde se inició la

descripción. El inmueble así descrito no es dominante, ni sirviente, ni

está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a

terceras personas. Dicho inmueble lo estima en la cantidad de VEINTE

MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo

hubo por Declaratoria de Heredera Definitiva y Traspaso Hereditario

de los bienes intestados que a su defunción dejó su madre ERUDINA

QUIJANO conocida por MARIA QUIJANO, a favor de la titulante y de

su hermana María Consuelo Quijano, pero ésta ha traspasado su derecho

de dicho inmueble a la titulante, y por ende ha demostrado la titulante

tener el cien por ciento del derecho de propiedad del inmueble descrito,

pero carece de Título de Dominio inscrito.

Lo que hace saber al público en general y para los efectos legales

consiguientes.

Alcaldía Municipal de San José Guayabal, a los siete días del mes

de mayo del año dos mil doce.- ING. MAURICIO ARTURO VILANO-

VA, ALCALDE MUNICIPAL.- MIRIAN ESTELA MELARA SALAS,

SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C001428-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el Licenciado

NAPOLEON LOVO SOLORZANO, en calidad de Apoderado General

Judicial, de la señora ROSARIO SOTO ZELAYA, de cuarenta años de

edad, profesora, del domicilio de Nueva Guadalupe, Departamento de San

Miguel, solicitando a favor de su presentada TITULO DE DOMINIO, de

un terreno y casa urbanos, situados en el Barrio El Centro de la antes Villa

hoy Ciudad de Nueva Guadalupe, Distrito de Chinameca, Departamento

de San Miguel, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE:

nueve metros veinte centímetros, colinda con el señor Ángel Hernández

Benavides; AL NORTE: veintitrés metros treinta centímetros, colinda con

el señor Alfre Higuey Soto Zelaya; AL PONIENTE: diez metros veinte

centímetros, colinda con propiedad de la Alcaldía Municipal de Nueva

Guadalupe, calle pública de por medio; y AL SUR: veintitrés metros

treinta centímetros colinda con el señor Andrés Abelino Soto Campos.

En el inmueble descrito últimamente, se encuentra construida una casa de

sistema mixto con todos sus servicios; es de la capacidad superficial de

DOSCIENTOS VEINTISIETE METROS CUADRADOS. El inmueble

antes descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos

reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, y la ad-

quirió mi poderdante por compraventa, que le hizo su hermana, señora

Lorena Soto Zelaya, según Escritura Pública de Compraventa, otorgada

en la Ciudad de San Miguel, a las ocho horas del día quince de marzo

del año dos mil diez, ante los oficios Notariales del Licenciado Napoleón

Lovo Solórzano. Que la posesión que ha ejercido mi poderdante junto

a la de la señora Elia Haydee Zelaya, es por más de veinticinco años

continuos, la cual ha ejercido de manera quieta, pacífica e ininterrumpida;

estima en el inmueble en la cantidad de SEIS MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, los colindantes son todos de este

domicilio, por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de la Ciudad de Nueva Guadalupe, a los ocho

días del mes de agosto del año dos mil once.- OSCAR RICARDO

BRIZUELA APARICIO, ALCALDE MUNICIPAL.- HERBERTH

MAURICIO BENITEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F039144-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el Licenciado

NAPOLEON LOVO SOLORZANO, en calidad de Apoderado General

Judicial, de la señora LORENA SOTO ZELAYA, de cuarenta y cinco

años de edad, profesora, del domicilio de Nueva Guadalupe, Departa-

mento de San Miguel; solicitando a favor de su representada TITULO DE

DIARIO

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211DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. DOMINIO, de un solar y casa urbanos, situados en el Barrio El Centro de

la antes Villa hoy ciudad de Nueva Guadalupe, Distrito de Chinameca,

Departamento de San Miguel, de las medidas y linderos siguientes: AL

ORIENTE: veintidós metros sesenta centímetros, con propiedad del

señor Macario Vidal Zelaya García; AL NORTE: nueve metros cuarenta

centímetros, con propiedad del señor Andrés Abelino Soto Campos; AL

PONIENTE: veintidós metros sesenta centímetros, con propiedad de la

Alcaldía Municipal de Nueva Guadalupe, calle pública de por medio; y

AL SUR: nueve metros cuarenta centímetros, con propiedad del señor

Francisco Zelaya Benavides, calle pública de por medio. En el inmueble

descrito últimamente, se encuentra construida una casa de sistema mixto

con todos sus servicios; es de la capacidad superficial de DOSCIENTOS

NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS. El inmueble antes des-

crito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales

de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, y la adquirió

mi poderdante por compraventa que le hizo el señor Macario Vidal

Zelaya, según escritura pública de Compraventa, otorgada en la Ciudad

de San Miguel, a las nueve horas del día veinticuatro de marzo del año

dos mil diez, ante los oficios Notariales del Licenciado Napoleón Lovo

Solórzano. Que la posesión que ha ejercido mi poderdante junto con el

señor Macario Vidal Zelaya, es por más de veinticinco años continuos,

la cual ha ejercido de manera quieta, pacífica e ininterrumpida; estima el

inmueble en la cantidad de SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA, los colindantes son todos de este domicilio,

por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de la Ciudad de Nueva Guadalupe, a los ocho

días del mes de agosto del año dos mil once.- OSCAR RICARDO

BRIZUELA APARICIO, ALCALDE MUNICIPAL.- HERBERTH

MAURICIO BENITEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F039145-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el Licenciado

NAPOLEON LOVO SOLORZANO, en calidad de Apoderado General

Judicial, de la señora AIDA MARISOL OSORIO DE ANDRADE, de

treinta y un años de edad, profesora, del domicilio de Nueva Guadalu-

pe, Departamento de San Miguel, solicitando a favor de su presentada

TITULO DE DOMINIO, de un solar de naturaleza urbana, situado en

el Barrio San Luis, de la antes Villa, hoy ciudad de Nueva Guadalupe,

Distrito de Chinameca, Departamento de San Miguel, de las medidas y

linderos siguientes: AL ORIENTE: catorce metros y linda con propiedad

de la señora Dorotea Rivera viuda de Márquez; AL SUR: diecinueve

metros, y linda con propiedad del señor José Modesto Osorio Pineda;

AL PONIENTE: catorce metros, y linda con propiedad del señor

Francisco Zelaya Benavides; y AL NORTE: diecinueve metros y linda

con propiedad de la señora Angela Guadalupe Alegría de Zelaya, calle

pública de por medio. En el inmueble descrito últimamente se encuentra

construida una casa de sistema mixto con todos sus servicios; de la ca-

pacidad superficial de DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO METROS

CON DIECINUEVE DECIMETROS CUADRADOS. El inmueble antes

descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales

de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, y la adquirió mi

Poderdante por donación, que le hizo su padre, señor José Modesto Osorio

Pineda, según Escritura Pública de Donación, otorgada en la Ciudad

de San Miguel, a las nueve horas del día veintiocho de diciembre del

año dos mil nueve, ante los oficios Notariales del Licenciado Napoleón

Lovo Solórzano. Que la posesión que ha ejercido mi poderdante es por

más de dieciocho años continuos, la cual ha ejercido de manera quieta,

pacífica e ininterrumpida, estima el inmueble en la cantidad de SEIS

MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, los

colindantes son todos de este domicilio, por lo que se avisa al público

para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de la Ciudad de Nueva Guadalupe, a los ocho

días del mes de agosto del año dos mil once.- OSCAR RICARDO

BRIZUELA APARICIO, ALCALDE MUNICIPAL.- HERBERTH

MAURICIO BENITEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F039147-3

Marca DE faBrica

No. de Expediente 2011113448

No. de Presentación: 20110158668

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Pivot

Point International, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-

citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

METa

Consistente en: la palabra META, que servirá para: AMPARAR:

FOLLETOS, CATÁLOGOS, PUBLICACIONES PERIÓDICAS, LI-

BROS DE TEXTO Y MATERIALES INSTRUCTIVOS, A SABER,

DIARIO

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212 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395GUÍAS PARA ESTUDIANTES Y MAESTROS, LIBROS DE TRABAJO

Y MANUALES, TODO EN LAS ÁREAS DE COSMETOLOGIA, ES-

TÉTICAS, ESTILIZADO DEL CABELLO Y DISEÑO DE CABELLO.

Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veinte de octubre del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001405-3

No. de Expediente: 2012117298

No. de Presentación: 20120166519

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Kimberly-

Clark Worldwide, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

coTToN flEX Consistente en: las palabras COTTON FLEX, que se traduce como ALGODÓN FEXIBLE, que servirá para: AMPARAR: COMPRESAS HIGIÉNICAS Y ROPA INTERIOR PARA LA INCONTINENCIA. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001407-3

No. de Expediente: 2012117214

No. de Presentación: 20120166355

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de L'OREAL Societé Anonyme, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

SHaKE N’color

Consistente en: las palabras SHAKE N'COLOR. Las palabras shake color se traduce al castellano como: batido color, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA COLORAR Y DECOLORAR EL CABELLO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001408-3

No. de Expediente: 2012117295

No. de Presentación: 20120166516

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Serta,

Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra icomfort y diseño, donde la palabra

Comfort se traduce al castellano como Comodidad, que servirá para:

AMPARAR: MUEBLES, CAMAS PARA ANIMALES DE COMPA-

ÑIA; SACOS DE DORMIR DE CAMPING. Clase: 20.

DIARIO

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213DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial. Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001410-3

No. de Expediente: 2012117292

No. de Presentación: 20120166513

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Serta,

Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE: solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra icomfort y diseño, donde la palabra

Comfort se traduce al castellano como Comodidad, que servirá para:

AMPARAR: BASES COLCHÓN; COLCHONES Y ALMOHADAS.

Clase: 20.

La solicitud tue presentada el día veintiocho de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001411-3

No. de Expediente: 2012117785

No. de Presentación: 20120167323

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WRAN-

GLER APPAREL CORP., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-

citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

WraNGlEr

Consistente en: la palabra WRANGLER, que se traduce al caste-

llano como "vaquero", que servirá para: AMPARAR: CUERO E IMI-

TACIONES DE CUERO, Y PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS

NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES, A SABER, BOLSOS,

MONEDEROS, MOCHILAS, CANGURERA (BOLSAS PARA LA

CINTURA), TODO PARA USO CON BOLSAS, BAÚLES [EQUIPA-

JE], BOLSOS DE VIAJE, BOLSAS DE LONA, BOLSAS TIPO TOTE,

PORTAFOLIOS [ARTÍCULOS DE MARROQUINERIA], BOLSAS

PARA COSMÉTICOS VENDIDOS VACÍOS, ESTUCHES PARA

ARTÍCULOS DE TOCADOR VENDIDOS VACÍOS, BILLETERAS,

ESTUCHES PARA TARJETAS DE NEGOCIOS, ESTUCHES DE

CUERO O CARTÓN CUERO; PARAGUAS; BASTONES; LATIGOS;

PRODUCTOS ECUESTRES, A SABER, GUARNICIONERÍA. Clase:

18.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,

veinticuatro de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001413-3

No. de Expediente: 2012117548

No. de Presentación: 20120166960

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société

DIARIO

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Page 214: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

214 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra NESTLE y diseño, que servirá para:

AMPARAR: LEGUMBRES Y PATATAS, FRUTAS Y SETAS EN

CONSERVA, CONGELADAS, SECAS O COCIDAS, CARNE, AVES

DE CORRAL CAZA, PESCADO Y PRODUCTOS ALIMENTICIOS

PROVENIENTES DEL MAR, TODOS ESTOS PRODUCTOS

TAMBIÉN BAJO LA FORMA DE EXTRACTOS, DE SOPAS, DE

GELATINAS, DE PASTAS PARA UNTAR, DE CONSERVAS, DE

PLATOS COCINADOS, CONGELADOS O DESHIDRATADOS;

CONFITURAS; HUEVOS, LECHE, CREMA DE LECHE, MANTE-

QUILLA, QUESO, Y OTRAS PREPARACIONES HECHAS A PARTIR

DE LECHE, SUBSTITUTOS DE LECHE; BEBIDAS A BASE DE

LECHE; SUCEDÁNEOS DE ALIMENTOS LÁCTEOS; POSTRES

HECHOS A PARTIR DE LECHE O DE CREMA DE LECHE; YOGU-

RES; LECHE DE SOYA (SUCEDÁNEOS DE LA LECHE), OTRAS

PREPARACIONES A PARTIR DE SOYA; ACEITES Y GRASAS

COMESTIBLES; PREPARACIONES PROTEINICAS PARA LA

ALIMENTACIÓN; SUBSTITUTOS DE CREMA PARA EL CAFÉ Y/O

EL TÉ; PRODUCTOS DE SALCHICHONERIA, MANTEQUILLA DE

MANI, SOPAS, CONCENTRADOS DE SOPAS, CALDOS, CUBITOS

PARA HACER CALDOS, CONSOMÉS. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día once de abril del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001414-3

No. de Expediente: 2012117549

No. de Presentación: 20120166961

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société

des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra NESTLE y diseño, que servirá para:

AMPARAR: CHOCOLATE, PRODUCTOS DE CHOCOLATERÍA,

PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE CHOCO-

LATE; CONFITERÍA, GOLOSINAS, CARAMELOS; CONFITERÍA

AZUCARADA; AZÚCAR; GOMA DE MASCAR; EDULCORANTES

NATURALES; PRODUCTOS DE PANADERIA, PAN, LEVADURA,

ARTÍCULOS DE PASTELERÍA; BIZCOCHOS, TARTAS, GALLE-

TAS, BARQUILLOS, POSTRES, BUDINES; HELADOS COMESTI-

BLES, HELADOS COMESTIBLES A PARTIR DE AGUA, SORBETES,

CONFITERÍA HELADA, TARTAS HELADAS, CREMAS HELADAS,

POSTRES HELADOS, YOGHURTS HELADOS; PRODUCTOS PARA

LA PREPARACIÓN DE HELADOS COMESTIBLES Y/O HELA-

DOS COMESTIBLES A PARTIR DE AGUA Y/O SORBETES Y/O

CONFITERÍA HELADA Y/O TARTAS HELADAS Y/O CREMAS

HELADAS Y/O POSTRES HELADOS Y/O YOGHURTS HELADOS;

MIEL Y SUBSTITUTOS DE LA MIEL. Clase: 30,

La solicitud fue presentada el día once de abril del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001415-3

No. de Expediente: 2011114155

No. de Presentación: 20110159894

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO

DIARIO

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Page 215: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012 ...€¦ · en todo el país, para la prevención y/o control de la Peste Porcina Clásica..... ORGANO juDICIAL CORTE SupREMA DE

215DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. de THE QUAKER OATS COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

QUaKEr cHEWY

Consistente en: las palabras QUAKER CHEWY, que se traducen al

castellano como "cuáquero masticable", que servirá para: AMPARAR:

CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ, SUCE-

DANEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE

CEREALES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y DE CONFI-

TERIA, HELADOS; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA,

POLVOS DE HORNEAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS

(CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO, BARRAS DE REFRIGERIOS

A BASE DE CEREALES LISTOS PARA COMER, REFRIGERIOS

A BASE DE GRANOS, GRANOLA MEZCLADA CON CEREALES

Y FRUTA SECA, CEREALES LISTOS PARA COMER, CEREALES

PARA EL DESAYUNO, GALLETAS DE ARROZ, GALLETAS

(CRACKERS) Y BIZCOCHOS. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001416-3

No. de Expediente: 2011114877

No. de Presentación: 20110161602

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Pro

Bono Bio Entrepreneur Limited, de nacionalidad INGLESA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

flEXiSEQ

Consistente en: la palabra FLEXISEQ, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS FARMACEUTICAS;

PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS VETERINARIAS E HI-

GIENICAS; PREPARACIONES QUIMICAS PARA PROPOSITOS

FARMACEUTICOS; PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS DE

DIAGNOSTICO, TODO PARA USO EN VIVO; PREPARACIONES

FARMACEUTICAS EN EL CAMPO DE LA OSTEOARTRITIS,

ONCOLOGIA, ENFERMEDADES CARDIOVASCULARES, EN-

FERMEDADES RESPIRATORIAS, INFLAMACION, INFECCION,

ENFERMEDADES GASTROINTESTINALES Y ENFERMEDA-

DES DEL SISTEMA NERVIOSO CENTRAL; PREPARACIONES

DE DIAGNOSTICO PARA USO MEDICO Y VETERINARIO;

PREPARACIONES TOPICAS Y PARENTERALES EN FORMA

DE VESICULAS; PREPARACIONES QUIMICAS EN FORMA DE

VESICULAS PARA PROPOSITOS MEDICOS Y VETERINARIOS;

MEMBRANAS QUIMICAS Y AGREGADOS QUIMICOS PARA

PROPOSITOS MEDICOS Y VETERINARIOS; PREPARACIONES DE

ACIDOS ARAQUIDONICOS; DISPERSIONES Y PREPARACIONES

SECAS PORTADORES DE SUSTANCIA ACTIVA LIPOSOMI-

CA, PARA SUSTANCIAS FARMACEUTICAS, COSMETICOS Y

VETERINARIOS; PREPARACIONES COSMETICAS PARA USO

MEDICO; ANESTESICOS LOCALES; ESTEROIDES; DROGAS

(MEDICAMENTOS) ANTIINFLAMATORIAS; PRODUCTOS FAR-

MACEUTICOS PARA EL TRATAMIENTO DE LAS INFECCIONES

POR HONGOS DE UÑAS; VACUNAS; VACUNAS INMUNOTERA-

PEUTICAS; LIPIDOS DE USO TOPICO Y PARENTERAL; CREMAS,

DISPERSIONES, LOCIONES, UNGÜENTOS, GELS, SOLUCIONES,

ROCIADORES, LACAS Y SOLUCION FORMADORA DE PELICULA

PARA EL TRATAMIENTO DEL DOLOR O LA INFLAMACION;

SURFACTANTES PARA EL USO EN EL TRATAMIENTO O LA

PREVENCION DEL CANCER, ENFERMEDADES INFECCIOSAS,

ENFERMEDADES PRODUCIDAS POR HONGOS, ENFERMEDA-

DES CAUSADAS POR PARASITOS, ENFERMEDADES OCULA-

RES, ENFERMEDADES DEL SISTEMA NERVIOSO CENTRAL

Y EL PERIFERICO, ENFERMEDADES CARDIOVASCULARES,

ENFERMEDADES QUE AFECTAN EL SISTEMA INMUNOLOGICO,

ENFERMEDADES INFLAMATORIAS, ENFERMEDADES HEREDI-

TARIAS, TRASTORNOS DE UN UNICO GEN, ENFERMEDADES

DE LA BOCA, DIENTES, PIEL, PELO Y OREJAS, LOS HUESOS

Y ENFERMEDADES DE LA SANGRE Y TRASTORNOS DEL SIS-

TEMA REPRODUCTIVO, EL TRATAMIENTO DE LA INFLAMA-

CION, ASMA, ECZEMA ATOPICA, ECZEMA DISHIDROTICO DE

MANO, PSORIASIS TIPO PLACA, ECZEMA SEBORREICA, ACNE

VULGAR, BRONCOESPASMO, TRASTORNOS CARDIOVASCU-

LARES ATEROTROMBOTICOS, TRASTORNOS DE TROMBOSIS

VENOSA, DOLOR, DISMENORREA- HIPERCOLESTEROLEMIA,

DIARIO

OFI

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ARA CONSULT

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NO TIE

NE VALI

DEZ LE

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216 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395HIPERTRIGLICERIDEMIA, METABOLISMO DE LOS ACIDOS

GRASOS, TOXICIDAD POR METAL U OTRA, ENFERMEDAD DE

ALZHEIMER, GOTA O DEGENERACION MACULAR, A SABER

AMD, O INFECCION POR HONGOS Y TRASTORNOS RELACIO-

NADOS CON DEFICIENCIAS DE ACIDOS GRASOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de diciembre del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001417-3

NoMBrE coMErcial

No. de Expediente: 2012117786

No. de Presentación: 20120167325

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WRAN-

GLER APPAREL CORP., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

WraNGlEr

Consistente en: la palabra WRANGLER, que se traduce al castellano

como "vaquero", que servirá para: DISTINGUIR UN ESTABLECI-

MIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA VENTA DE PRENDAS DE

VESTIR Y ACCESORIOS DE PRENDAS DE VESTIR, UBICADO EN

3411 SILVERSIDE ROAD, WILMINGTON DELAWARE, ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001406-3

SEÑal DE PUBliciDaD coMErcial

No. de Expediente: 2012116550

No. de Presentación: 20120165161

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA

EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL JUDICIAL Y ADMINISTRATIVO de RESEARCH &

DEVELOPMENT MARKETING, INC., de nacionalidad PANAMEÑA,

solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

ScHilo'S ¡aTrEVETE!DElicioSaMENTE PicaNTE

Consistente en: las palabras SCHILO'S ¡ATREVETE! DELICIO-

SAMENTE PICANTE, que servirá para: LLAMAR LA ATENCIÓN

DEL PUBLICO SOBRE LOS PRODUCTOS SIGUIENTES: SALSAS

PICANTES, ESPECIAS, MOSTAZA, PIMIENTA.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de febrero del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001401-3

DIARIO

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217DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. No. de Expediente: 2012116548

No. de Presentación: 20120165159

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA

EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL JUDICIAL Y ADMINISTRATIVO de RESEARCH &

DEVELOPMENT MARKETING, INC., de nacionalidad PANAMEÑA,

solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

HaZ coSaS aSoMBroSaScoN iSSiMa

Consistente en: las palabras HAZ COSAS ASOMBROSAS CON

ISSIMA, que servirá para: LLAMAR LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO

SOBRE LOS PRODUCTOS SIGUIENTES: CARNE, PESCADO, AVES

Y CAZA, EXTRACTOS DE CARNE, FRUTAS Y LEGUMBRES

EN CONSERVA, SECAS Y COCIDAS. JALEAS, COMPOTAS,

MERMELADAS, HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS,

ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES; CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚ-

CAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ;

HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS CON CEREALES, PAN

BIZCOCHOS, TORTAS, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS

COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POL-

VOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA, PIMIENTA, VINAGRE,

SALSAS, ESPECIAS, HIELO.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de febrero del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001402-3

No. de Expediente: 2012116551

No. de Presentación: 20120165162

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA

EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL JUDICIAL Y ADMINISTRATIVO de RESEARCH &

DEVELOPMENT MARKETING, INC., de nacionalidad PANAMEÑA,

solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

iSSiMa SalSa frESca¡Va BiEN… coN ToDo!

Consistente en: las palabras ISSIMA SALSA FRESCA ¡VA

BIEN… CON TODO!, que servirá para: LLAMAR LA ATENCIÓN

DEL PÚBLICO SOBRE LOS PRODUCTOS SIGUIENTES: CARNE,

PESCADO, AVES Y CAZA, EXTRACTOS DE CARNE, FRUTAS

Y LEGUMBRES EN CONSERVA, SECAS Y COCIDAS, JALEAS,

COMPOTAS, MERMELADAS, HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS

LÁCTEOS, ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES: CAFÉ, TÉ, CA-

CAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ, SUCEDÁNEOS DEL

CAFÉ HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS CON CEREALES,

PAN BIZCOCHOS, TORTAS, PASTELERÍA Y CONFITERIA,

HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVA-

DURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA, PIMIENTA,

VINAGRE, SALSAS, ESPECIAS, HIELO.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de febrero del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001403-3

No. de Expediente: 2012116552

No. de Presentación: 20120165163

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA

EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL, JUDICIAL Y ADMINISTRATIVO de RESEARCH &

DIARIO

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218 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395DEVELOPMENT MARKETING, INC., de nacionalidad PANAMEÑA,

solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

iSSiMa la MEJor PrUEBaES QUE la PrUEBES

Consistente en: las palabras ISSIMA LA MEJOR PRUEBA ES

QUE LA PRUEBES, que servirá para: LLAMAR LA ATENCIÓN

DEL PÚBLICO SOBRE LOS PRODUCTOS SIGUIENTES: CARNE,

PESCADO, AVES Y CAZA, EXTRACTOS DE CARNE, FRUTAS

Y LEGUMBRES EN CONSERVA, SECAS Y COCIDAS, JALEAS,

COMPOTAS, MERMELADAS, HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS

LÁCTEOS, ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES; CAFÉ, TÉ CA-

CAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ, SUCEDÁNEOS DEL

CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS CON CEREALES,

PAN BIZCOCHOS, TORTAS, PASTELERIA Y CONFITERIA,

HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVA-

DURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA, PIMIENTA,

VINAGRE, SALSAS, ESPECIAS, NIELO.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de febrero del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,

cinco de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001404-3

coNVocaToriaS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de SERVICIOS FINANCIEROS ENLACE, S.A.

DE C.V., por medio del suscrito Presidente, convoca a sus accionistas

para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS,

que se llevará a cabo a las 8:30 horas del día 18 de Junio de 2012 en las

Instalaciones de Servicios Financieros Enlace, S.A. de C.V. ubicado en

5ta. Ave. Nte. y Calle Ciriaco López N° 4-1 Santa Tecla, La Libertad,

en caso no hubiere quórum en la hora y fecha antes mencionada, se

convoca por segunda vez, a las 8:30 horas del día 19 de Junio de 2012

en el lugar antes indicado.

La agenda a tratar será la siguientes Puntos:

I. Integración de Quórum.

II. Lectura del Acta anterior para su aprobación

III. Aprobación de política de otorgamiento de créditos Relacio-

nados.

IV. Aprobación de modificaciones a Pacto de Accionistas.

El quórum para celebrar la sesión ordinaria, en primera convocatoria

será de la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar y

para formar resolución se necesitará la mayoría de los votos presentes,

y en la segunda fecha de la convocatoria será necesaria la concurrencia

de cualquiera que sea el número de las acciones representadas y para

formar resolución, se necesitará la mayoría de los votos presentes.

Santa Tecla, 25 de Mayo de 2012.

LUIS ROBERTO GONZALEZ AMAYA,

PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. C001629-3

CONVOCATORIA

PILAR, S.A. DE CV,

La Infrascrita TERCER DIRECTORA de la sociedad PILAR, SOCIE-

DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia PILAR,

S.A. DE C.V., del domicilio de la ciudad y departamento de Santa Ana,

CONVOCA a sus accionistas para que asistan a la Junta General de

Accionistas, para tratar asuntos de carácter Ordinario, que se celebrará

el día dieciséis de junio de 2012, a partir de las diecisiete horas, en la

siguiente dirección Aldea Luna Maya, Senda Mayapan, Polígono "B",

Casa Número ocho, Santa Ana, en primera convocatoria.

La agenda a tratar es la siguiente:

PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO

1. Comprobación de Quórum.

2. Lectura y Aprobación del Acta de la sesión anterior.

3. Presentación y aprobación de la Memoria Anual de Labores

de la Junta Directiva del ejercicio 2011.

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219DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. 4. Presentación y aprobación de Estados Financieros del 1 de

enero al 31 de diciembre del año 2011; y lectura del informe

del Auditor del mismo ejercicio.

5. Nombramiento del Auditor Externo para el periodo del 1 de

enero al 31 de diciembre del 2012 y fijación de sus emolu-

mentos.

6. Distribución de resultados.

7. Autorización para poder vender total o parcial un inmueble

de la sociedad de naturaleza Urbana, ubicado en la ciudad y

departamento de Sonsonate, en los Suburbios del Barrio El

Ángel, inscrita en el Registro de ese departamento.

8. Reconocer la comisión del 5 por ciento sobre el valor total

de venta, del inmueble Urbano, ubicado en la ciudad y dpto.

de Sonsonate, en los Suburbios del Barrio El Angel.

9. Formalizar pagos de obligaciones pendientes a favor de

los señores Ana María Guerra de Costa, Federico Antonio

Manuel Costa Carmona, Patricia Carolina Costa Carmona

de Rodríguez.

10. Cualquier otro asunto sometido legalmente por los accionis-

tas.

La Junta General se tendrá por legalmente reunida en primera

convocatoria, para conocer de los puntos de carácter ORDINARIO, al

encontrarse presentes y/o representadas, por lo menos la mitad más una

de la totalidad de las acciones que conforman el capital social, las reso-

luciones se verán válidas si son tomadas por la mayoría de los votantes

presentes y/o representados.

En caso de no establecerse el quórum requerido para realizar esta

sesión en primera convocatoria por esta misma, se convoca a los accionistas

para celebrar La Junta General en segunda convocatoria el día diecisiete

de junio de 2012, a partir de las diecisiete horas, en el mismo lugar se-

ñalado para la primera convocatoria. Para la segunda convocatoria; para

conocer de los puntos de carácter Ordinaria se considerará válidamente

constituida, al encontrarse presente y/o representadas cualquiera que sea

el número de acciones presente y/o representada, y sus resoluciones se

tomarán por mayoría de los votos presentes.

Santa Ana, veinticuatro de mayo de dos mil doce.

MARIA DEL CARMEN PILAR MAGDALENA COSTA

CARMONA DE LACAYO,

TERCER DIRECTORA.

3 v. alt. No. F039283-3

SUBaSTa PUBlica

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil, promovido por la Licenciada NORA ELIZABETH

HERRERA CARPIO, con Número de Identificación Tributaria: cero

seiscientos catorce-ciento treinta mil quinientos setenta y uno- ciento

tres- tres, como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autó-

noma de Derecho Público, del domicilio de San Salvador, con Número

de Identificación Tributaria: cero seiscientos catorce-cero setenta mil

quinientos setenta y cinco-cero cero dos-seis, contra el señor MARIO

ORTIZ BENITEZ conocido por MARIO BENITEZ ORTIZ, de veintinue-

ve años de edad a la fecha del contrato, obrero, actualmente de paradero

ignorado, con Número de Identificación Tributaria: cero seiscientos diez-

ciento setenta y un mil sesenta y dos- ciento uno- cinco; representado por

medio de su Curador Ad Litem, Licenciado MIGUEL ANGEL MERINO

PALACIOS, de treinta y dos años de edad, Abogado, del domicilio de

Mejicanos; reclamándole el pago de UN MIL DOSCIENTOS NOVEN-

TA Y DOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

CON NOVENTA Y UN CENTAVOS DE DÓLAR, en concepto de

capital; más el interés convencional del SEIS POR CIENTO ANUAL

sobre saldos, contado a partir del día dieciocho de junio del año dos mil

seis en adelante, Primas de Seguro de Vida Colectivo Decreciente y de

Daños a la Propiedad, todo hasta su completo pago, transacción o remate

y Costas Procesales; se ha ordenado VENDER EN PUBLICA SUBAS-

TA, en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente

se indicará, un lote urbano y construcciones que contiene marcado con

el Número CIENTO CUARENTA del Polígono CUATRO Block "I",

de una extensión superficial de CINCUENTA PUNTO CERO CERO

METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y UNO PUNTO

CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS, del Proyecto

Habitacional Valle del Sol-San Leonardo, situado en Cantón San Nicolás,

en jurisdicción de Apopa, con un área construida de DIECIOCHO PUNTO

CERO CERO METROS CUADRADOS, y un valor de construcción de

DIECISIETE MIL CINCUENTA Y CINCO COLONES NOVENTA Y

CUATRO CENTAVOS.- Y tiene la Localización, medidas y linderos

siguientes: LOTE NUMERO CIENTO CUARENTA, POLIGONO

CUATRO, BLOCK "I". Es urbano, está situado en la Urbanización Valle

del Sol- San Leonardo, Cantón, San Nicolás, jurisdicción de Apopa,

departamento de San Salvador, cuya cabida es de CINCUENTA PUNTO

CERO CERO METROS CUADRADOS equivalentes a SETENTA Y

UNO PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS, y

su descripción se inicia: Partiendo de la intersección de los ejes de la

Avenida San Leonardo y el Pasaje "E" Poniente abiertos en dicha Urba-

nización, se mide sobre el eje de este último con rumbo Norte ochenta

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220 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395y nueve grados veinticinco punto tres minutos Oeste, una distancia de

treinta y uno punto cincuenta metros.- Haciendo una deflexión derecha

de noventa grados con rumbo Norte cero cero grados treinta y cuatro

punto siete minutos Este, se mide dos punto cincuenta metros y se llega

al mojón número uno esquinero Sureste del lote que se describe, mide

y linda así: AL ESTE: Recta de diez punto cero cero metros con rumbo

Norte cero cero grados treinta y cuatro punto siete minutos Este, linda

con lote ciento cuarenta y uno, del polígono cuatro block “I”.- AL NOR-

TE: recta de cinco punto cero cero metros, con rumbo Norte ochenta y

nueve grados veinticinco punto tres minutos Oeste, linda con lote ciento

siete del polígono cuatro, block "I".- AL OESTE: Recta de diez punto

cero cero metros, con rumbo Sur cero cero grados treinta y cuatro punto

siete minutos Oeste, linda con lote ciento treinta y nueve, del polígono

cuatro, block “I”.- AL SUR: Recta de cinco punto cero cero metros, con

rumbo Sur ochenta y nueve grados veinticinco punto tres minutos Este,

linda con lote ciento cuarenta y siete, del polígono cinco, block “I”,

pasaje “E” Poniente de por medio de cinco metros de ancho.- Los lotes

que se mencionan en las colindancias son o han sido propiedad de C.G.

INGENIEROS ARQUITECTOS, S.A. DE C.V.- Inscrito en el Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, en

el Sistema de Folio Real Automatizado, en la Matrícula Número, SEIS

CERO UNO NUEVE TRES CINCO TRES CUATRO- CERO CERO

CERO CERO CERO.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas del

día nueve de enero del año dos mil doce. DRA. VIOLETA DEL CAR-

MEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDO.

JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039118-3

LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo

Civil de este Municipio Judicial,

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el juicio

ejecutivo civil, promovido por el licenciado JOSE MARIO DENIS

MOLINA, como apoderado general judicial con cláusula especial del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra la señora MARIA

ESPERANZA PEREZ ROLIN, conocida por MARIA ESPERANZA

ROLIN PEREZ, próximamente se venderá en pública subasta en este

juzgado, el inmueble siguiente: Un lote de terreno y construcciones que

contiene, ubicado en URBANIZACION CIMA DE SAN BARTOLO

II, Pasaje No. CUARENTA Y DOS, grupo número CINCUENTA

Y NUEVE, Número CINCUENTA Y TRES, de la jurisdicción de

Tonacatepeque, departamento de San Salvador, con una extensión super-

ficial de CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, CINCUENTA

CENTESIMOS DE METRO CUADRADO, equivalente a SETENTA

Y CINCO VARAS CUADRADAS DOCE CENTESIMOS DE VARA

CUADRADA, y un área de construcción de sistema mixto de veintisiete

punto treinta y cinco metros cuadrados, el cual se describe especialmente

así: LOTE NUMERO CINCUENTA Y TRES, DEL GRUPO NUMERO

CINCUENTA Y NUEVE, “CIMA DE SAN BARTOLO II”.- A partir

de la intersección del pasaje Las Fuentes y el pasaje número cuarenta y

dos se miden sobre el eje del pasaje número cuarenta y dos, cincuenta

metros y con deflexión derecha de noventa grados y una distancia de

uno punto cincuenta metros se llega al esquinero Nor-oeste del lote que

se describe, el cual tiene las medidas y linderos siguientes: AL NORTE:

con una distancia de cinco punto cero cero metros y rumbo norte ochenta

y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos Este, linda con lote

número treinta y dos del grupo número cincuenta y ocho propiedad de

SURGE, S.A. DE C.V. pasaje número cuarenta y dos de por medio de

tres punto cero cero metros de ancho. AL ESTE: con distancia de diez

punto cincuenta metros y rumbo Sur cero dos grados cero cero punto

tres minutos Este, linda con lote número cincuenta y cuatro del grupo

cincuenta y nueve propiedad de SURGE, S.A. DE C.V. AL SUR: con

una distancia de cinco punto cero cero metros y rumbo Sur ochenta y

siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos oeste, linda con lote

número treinta y dos del grupo número cincuenta y nueve propiedad

de SURGE, S.A. DE C.V. AL OESTE: con distancia de diez punto

cincuenta metros y rumbo norte cero dos grados cero cero punto tres

minutos Oeste, linda con lote número cincuenta y dos del grupo número

cincuenta y nueve, propiedad de SURGE, S.A. DE C.V.

Dicho inmueble está inscrito a favor de la demandada señora MARIA

ESPERANZA PEREZ ROLIN, conocida por MARIA ESPERANZA

ROLIN PEREZ, en el Sistema de Folio Real Automatizado, bajo la

Matrícula número SEIS CERO CUATRO CUATRO CINCO OCHO

UNO DOS – CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Ciudad

de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, depar-

tamento de San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del día

diecisiete de abril del año dos mil doce.- LICDA. JUDITH GUADALUPE

MAZA CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ

GOMEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039120-3

LICDA. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SA-

NABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPE-

QUE, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Civil promovido

por la Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO, como

Mandataria del Fondo Social para la Vivienda, se ha ordenado la venta

DIARIO

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221DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. del bien inmueble embargado, inmueble que se describe así: lote urbano

y construcciones que contiene, marcado con el número treinta y cinco,

polígono veintiocho, pasaje diecisiete Norte, del Proyecto denomina-

do Urbanización Cima de San Bartolo II, Cuarta Etapa, situada en la

Jurisdicción de Tonacatepeque, departamento de San Salvador, de una

extensión superficial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA

METROS CUADRADOS, siendo de las medidas perimetrales siguientes:

AL NORTE: DIEZ PUNTO CINCUENTA METROS; AL ORIENTE:

CINCO PUNTO CERO CERO METROS; AL SUR: DIEZ PUNTO

CINCUENTA METROS Y AL PONIENTE: CINCO PUNTO CERO

CERO METROS. Embargo que se encuentra debidamente inscrito en

el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, con Matrícula 60269301-00000, Asiento 3, a favor del referido

Fondo. Dicho inmueble es propiedad de la señora SILVIA ERNESTINA

GARCIA GALDAMEZ, inscrito en el correspondiente Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas, con Matrícula número M0l116481, y que

sobre dicho inmueble el demandado ha constituido PRIMERA HIPOTE-

CA, a favor del Fondo Social para la Vivienda, con inscripción registral

y Matrícula número M01116481, Asiento 011.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a

los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil doce.- LICDA.

MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA,

JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA LETICIA ARIAS

ZETINO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039121-3

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE

LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL, promo-

vido por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, por medio de su

Apoderada Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO, en

contra de EDUARDO POLANCO HERNANDEZ, reclamándole cantidad

de dinero y accesorios, Exp. N° 784/09, se venderá por este Juzgado en

Pública Subasta, en fecha y precio que oportunamente se determinará, el

inmueble siguiente: De naturaleza urbana, marcado con el Número SEIS

del Block CINCO, Pasaje “E”, de la URBANIZACION SAN FRANCIS-

CO, situada en la Jurisdicción de San Juan Opico, Jurisdicción de Ciudad

Arce, Departamento de La Libertad, cuyas medidas son: AL NORTE,

cinco punto cero cero metros; AL SUR, cinco punto cero cero metros;

AL ORIENTE, doce punto cero cero metros; AL PONIENTE, doce punto

cero cero metros, con una extensión superficial de SESENTA PUNTO

CERO CERO METROS CUADRADOS, en el cual existe construida

una casa de sistema mixto. El inmueble relacionado se encuentra inscrito

a favor del demandado EDUARDO POLANCO HERNANDEZ, bajo el

asiento de inscripción número UNO en la Matrícula TRES CERO UNO

NUEVE NUEVE TRES DOS CUATRO-CERO CERO CERO CERO

CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas Cuarta Sección

del Centro, departamento de La Libertad.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: Santa Ana, a las ocho

horas treinta minutos del día ocho de diciembre del año dos mil once.-

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE

LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL CARMEN LEMUS POLANCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039134-3

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

en este Tribunal por el Licenciado JORGE ADALBERTO SALAZAR

GRANDE, en su carácter de Apoderado General Judicial con Cláusula

Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, del domicilio

de San Salvador; contra la señora ROSA MIRIAN GIL, conocida por

ROSA MIRIAN GIL SURIA, se venderá en Pública Subasta en fecha

que oportunamente se determinará en este Tribunal un inmueble de

naturaleza urbana, situado en Residencial Altavista, marcado como lote

número doscientos dos, Polígono dos, Pasaje treinta y dos, Jurisdicción

de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, de la extensión su-

perficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS. Inscrito a favor

de la demandada señora ROSA MIRIAN GIL, conocida por ROSA

MIRIAN GIL SURIA, bajo la Matrícula SEIS CERO DOS CINCO

CERO CUATRO OCHO SEIS-CERO CERO CERO CERO CERO,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección

del Centro, San Salvador.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas

del día catorce de diciembre del año dos mil once.- LIC. MANUEL PAZ

CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN

MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039135-3

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL INTERINO

DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido

por el Abogado JORGE ADALBERTO SALAZAR GRANDE, como

Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el

señor JOSE SAUL VASQUEZ MEJIA, reclamándole cumplimiento de

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222 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395obligaciones y demás accesorios de Ley, se venderá en Pública Subasta

en este Tribunal, el inmueble que se describe a continuación: “Un lote

urbano y construcciones de sistema mixto, que contiene marcado en el

plano respectivo con el número DIECISEIS del Polígono OCHENTA

Y NUEVE, de una extensión superficial de SESENTA METROS

CUADRADOS. Con un área de construcción de treinta punto cuarenta

y dos metros cuadrados, dicho lote forma parte de la “URBANIZACION

MONTES DE SAN BARTOLO V”, II ETAPA-A, situado en el lugar

llamado Cantón El Limón, Jurisdicción de Soyapango, de este depar-

tamento; cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE: cinco metros;

AL ORIENTE: doce metros; AL SUR: cinco metros; AL PONIENTE:

doce metros”. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nom-

bre del señor JOSE SAUL VASQUEZ MEJIA, a la Matrículo número

60161040-00000, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la

Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.

Lo que se hace del conocimiento público para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las diez

horas y cuarenta minutos del día quince de marzo del año dos mil doce.-

DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL

INTERINO.- LICDA. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039136-3

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio

Civil Ejecutivo, promovido por la Licenciada NORA ELIZABETH

HERRERA CARPIO, como Apoderada del FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, contra el señor DANIEL ENRIQUE NAVES, cono-

cido por DANIEL ENRIQUE REYES NAVES, reclamándole cantidad

de dólares, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble

siguiente: "Un lote de terreno urbano y construcciones de sistema mixto,

que contiene marcado con el NUMERO QUINIENTOS DOS, DEL

POLIGONO NUMERO TRECE, BLOCK "II", PASAJE "M" ORIEN-

TE, del Proyecto Habitacional denominado VALLE DEL SOL SAN

LEONARDO, situado en Cantón San Nicolás, Jurisdicción de Apopa, en

este Departamento, tiene una extensión superficial de CINCUENTA Y

DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, de las medidas

perimetrales siguientes: AL NORTE: Cinco metros. AL ORIENTE: Diez

punto cincuenta metros. AL SUR: Cinco metros. Y AL PONIENTE:

Diez punto cincuenta metros". Inscrito dicho inmueble a favor del se-

ñor DANIEL ENRIQUE NAVES, conocido por DANIEL ENRIQUE

REYES NAVES, según Matrícula Número SEIS CERO DOS SIETE

CERO CUATRO CUATRO OCHO-CERO CERO CERO CERO CERO

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, de este Departamento.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las

once horas treinta minutos del día veintidós de noviembre de dos mil

once.- DR. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE

LO CIVIL.- LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. F039138-3

rEPoSiciÓN DE cErTificaDoS

AVISO

CENTRO PEDIATRICO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.

AVISA: Que a sus oficinas Administrativas, ubicadas en la Colonia

Médica Diagonal Dr. Luis Edmundo Vásquez, No. 222, de la ciudad de

San Salvador, se ha presentado parte interesada manifestando que ha

extraviado los siguientes Certificados de Acciones, de esta sociedad:

Número de Certificado 162-95 por 250 acciones, Número de Certifica-

do 78-96 por 1 acción, Número de certificado N.57 por 47 acciones y

Número de Certificado 58 V-07 por 21 acciones, haciendo un total de

319 acciones extraviadas.

Lo que se hace del conocimiento público para efectos de Reposición

de los siguientes Certificados relacionados, conforme a los Artículos

Nos. 486 y 935 del Código de Comercio vigente.

En caso de que treinta días después de la tercera y última publi-

cación del presente aviso, el Centro Pediátrico de El Salvador, S.A. de

C.V., no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición

de los Certificados arriba enumerados.

San Salvador, 21 de mayo de 2012.

CENTRO PEDIATRICO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.

DR. LUIS ALONSO HERRERA FLORES,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001432-3

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223DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. SoliciTUD DE NacioNaliDaD

DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVI-SIÓN, MINISTRO.

HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado el señor JHON FREDY CARO PÉREZ, solicitando que se le reconozca la calidad de salvadoreño por NATURALIZACIÓN por ser de origen y nacionalidad colombiana y tener domicilio fijo en El Salvador.

El peticionario en su solicitud manifiesta ser de treinta y nueve años de edad, de sexo masculino, soltero, Sacerdote Católico, del domicilio de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, originario del Municipio de Ciudad Bolívar, Departamento de Antioquia, República de Colombia, lugar donde nació el día veintitrés de febrero de mil no-vecientos setenta y dos.

Que sus padres responden a los nombres de LUIS NORBERTO CARO MONTOYA, de sesenta y seis años de edad, Jubilado y AMPARO PÉREZ SERNA, de cincuenta y nueve años de edad, modista, ambos de nacionalidad colombiana y sobrevivientes.

Que ingresó al país por Delegación Migratoria del Aeropuerto Internacional de El Salvador en Comalapa, el día diecisiete de febrero del año dos mil cinco.

Que expresa su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las Leyes y Autoridades de la República de El Salvador.

Lo que hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza a toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud para que en el término de quince días, contados desde la fecha de la última publicación de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un Periódico de Circulación Nacional, se presente a este Ministerio justificando la oposición con la prueba pertinente.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, San Salvador, a las trece horas del día diez de enero del dos mil doce.

DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS,

GENERAL DE DIVISIÓN,

MINISTRO.

3 v. c. No.F039459-3

aDMiNiSTraDor DE coNDoMiNio

Los Infrascritos Miembros del Comité de Administración del Condo-

minio PLAZA SUIZA.

HACEMOS SABER: Que en Asamblea de Propietarios, celebrada

en esta ciudad, a las diecisiete horas del día diecisiete de abril del dos

mil doce, se ACORDO nombrar a la Sociedad ADMINISTRADORA

DE INMUEBLES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que puede abreviarse AISA, para desempeñar el cargo de ADMINIS-

TRADOR DEL CONDOMINIO PLAZA SUIZA, nombramiento que

se hizo efectivo por trece meses, a partir del día uno de abril de dos mil

doce.

Lo que hace del conocimiento del Público, para los efectos legales

pertinentes.

San Salvador, a los treinta días del mes de abril de dos mil doce.

DRA. SONIA DEL CARMEN AGUIRRE DE CESTONI.

LIC. BEATRIZ DE GÓMEZ.

LIC. RICARDO COHEN.

DR. AMANDO GUTIÉRREZ ORIANI.

3 v. alt. No. F039087-3

TiTUlo MUNiciPal

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado

CARLOS ANTONIO GÓMEZ LÓPEZ, como Apoderado Especial

Administrativo y Judicial de la señora ALBA YESENIA GUIDO DE

MIRELES, conocida por ALBA YESENIA GUIDO RODRIGUEZ, de

treinta y siete años de edad, Empleada, de este domicilio y del de Los

Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de América, con Pasaporte

Salvadoreño número: RE cero ocho cero ocho dos siete tres, y Tarjeta

de Identificación Tributaria número: uno cero cero cinco- cero siete cero

seis siete cuatro- uno cero uno- siete, a solicitar TÍTULO MUNICIPAL,

a favor de dicha señora, sobre un inmueble de naturaleza URBANO,

ubicado en Bario San José, entre Octava Calle Poniente y Antigua Ca-

rretera Panamericana, jurisdicción de Santo Domingo, Departamento de

San Vicente, de la extensión superficial de DOSCIENTOS NOVENTA

Y OCHO PUNTO TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS,

de las medidas siguientes: LINDERO NORTE: Partiendo del vértice

Nor Poniente, está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y

distancias: Tramo uno, Sureste, cuarenta y dos grados, cero cero minutos,

cuarenta y ocho segundos, con una distancia de quince punto treinta y

siete metros; Tramo, dos, Sureste, treinta y seis grados, treinta y cinco

minutos, veintiséis segundos, con una distancia de cinco punto noventa

y siete metros; colindando con ASOCIACION CONGREGACIÓN

HERMANAS DE NAZARET, con antigua carretera de por medio.

LINDERO ORIENTE: Partiendo del vértice Nor Oriente, está formado

por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sures-

te, treinta y tres grados, cero nueve minutos, cuarenta y tres segundos,

con una distancia de nueve punto dieciocho metros; colindando con

ASOCIACIÓN CONGREGACION HERMANAS DE NAZARET, con

antigua carretera de por medio. LINDERO SUR: Partiendo del vértice

Sur Oriente, está formado por un tramo con los siguientes rumbos y

distancias: Tramo uno, Noroeste, ochenta grados, cincuenta y siete

minutos, cincuenta y dos segundos, con una distancia de veinticuatro

punto noventa y cuatro metros; colindando con terrenos de MARIA

LUISA VASQUEZ, con Octava Calle Poniente de por medio. LINDERO

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224 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395PONIENTE: Partiendo del vértice Sur Poniente, está formado por dos

tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Noreste,

cero nueve grados, cero cinco minutos, dieciocho segundos, con una

distancia de diecinueve punto dieciocho metros; Tramo dos, Noreste,

sesenta y nueve grados, cero nueve minutos, quince segundos, con una

distancia de dos punto noventa y dos metros; colindando con terrenos

de LUZ MARIA VILLALOBOS y JOSE ANTONIO VILLALOBOS

y otros. Así se llega al vértice Nor Poniente, que es donde se inició la

descripción. El inmueble descrito lo obtuvo la señora Alba Yesenia Guido

de Mireles, conocida por Alba Yesenia Guido Rodríguez por compra

hecha a la señora MARIA JUANA RODRIGUEZ DE GUIDO, conocida

por MARIA JUANA RODRÍGUEZ, posesión de esta última unida a la

de la titulante hacen más de DIEZ AÑOS. El inmueble así descrito no

es dominante, ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca

a otra persona y además no hay proindivisión alguna. Dicho inmueble

se valúa en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que se hace saber al público en general, para los efectos legales

consiguientes.

Alcaldía Municipal de Santo Domingo, San Vicente, a los ocho

días del mes de marzo del año dos mil doce.- DORA DEL CARMEN

GARCIA, ALCALDESA MUNICIPAL.- VICTORIA MAGDALENA

HERNANDEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F039237-3

MarcaS DE SErVicioS

No. de Expediente: 2012117293

No. de Presentación: 20120166514

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Serta,

Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: La palabra icomfort y diseño, donde la palabra

Comfort se traduce al castellano como Comodidad, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE VENTA AL POR MENOR DE COL-

CHONES. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador

trece de abril del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001412-3

No. de Expediente: 2012117532

No. de Presentación: 20120166919

CLASE: 37,

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

JAVIER CORNEJO CASTILLO, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de CORNEJO GUZMÁN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CA-

PITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: La expresión GLOBAL PARTS y diseño. Se traduce

al castellano como: global partes, que servirá para: AMPARAR: SER-

VICIOS DE REPARACIÓN; MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN

DE AUTOMÓVILES; MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE

VEHÍCULOS MOTORIZADOS. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día once de abril del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,

veinticinco de abril del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001425-3

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225DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012.

DEclaraToria DE MUErTE PrESUNTa

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA.

HACE SABER: Que en las Diligencias Sumarias de Muerte

por Desaparecimiento iniciadas por la Licenciada GLORIA CA-

TALINA ASCENCIO ESMAHAN, en su concepto de Apoderada

General Judicial de la señora MARTA ALICIA RIVERA, a efecto de

declarar la muerte presunta y la Posesión Definitiva de los bienes de

la señora ANA GREGORIA RIVERA, se encuentra la sentencia que

literalmente DICE: En el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a

las doce horas del día veintitrés de marzo de dos mil doce.- CONSI-

DERANDO IV.-Habiéndose justificado previamente, que se ignora el

paradero de la señora ANA GREGORIA RIVERA, que se han hecho

en vano las posibles diligencias para averiguarlo, y que desde la fecha

de su última noticia que se tuvieron de su existencia, que fue la última

vez el día trece de agosto de mil novecientos ochenta y tres; día que

se tuvieron las últimas noticias de su desaparecimiento. Con la prueba

testimonial y documental agregada y relacionada en las presentes dili-

gencias, la parte actora ha comprobado de manera plena los extremos

de su solicitud y por consiguiente, es del caso acceder a lo pedido en

ella.- POR TANTO: de conformidad con las razones expuestas y a los

Arts. 80 c.c., 417, 418, 421, 422, 327, 800,801,802, y siguiente del C. Pr.

C., A NOMBRE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, FALLO:

I.- Declárase la muerte presunta por desaparecimiento de la señora ANA

GREGORIA RIVERA, nacida a las dos horas del día veinte de enero

de mil novecientos cincuenta y uno en el Barrio San Juan de San Rafael

Oriente, de este Distrito. Departamento de San Miguel, fijándose el día

presuntivo de la muerte de la señora ANA GREGORIA RIVERA, el

día trece de agosto de mil novecientos ochenta y cinco; siendo la señora

ANA GREGORIA RIVERA quien al momento de su desaparecimiento

era de treinta y dos años de edad, oficios domésticos, del domicilio

de San Rafael Oriente, Departamento de San Miguel hija de Pastora

Rivera, ya fallecida; habiendo desaparecido del Barrio San Juan de la

Jurisdicción de San Rafael Oriente, de este Distrito, Departamento de

San Miguel el día trece de agosto de mil novecientos ochenta y tres,

fecha de las últimas noticias. II- Concédase la posesión definitiva de

los bienes de la desaparecida, señora ANA GREGORIA RIVERA, a la

señora MARTA ALICIA RIVERA, de sesenta y cuatro años de edad,

empleada, del domicilio del Municipio de San Rafael Oriente, Departa-

mento de San Miguel, en su calidad de hermana de la desaparecida señora

ANA GREGORIA RIVERA. III.- Publíquese la presente sentencia por

tres veces en el Diario Oficial. HAGASE SABER.- Lo que se pone en

conocimiento del público para los efectos de Ley.

LIBRADO: En el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las

once horas del día diecisiete de mayo de dos mil doce. LIC. DINORA

DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA. BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

3 v. c. No. C001595-3

Marca DE ProDUcTo

No. de Expediente: 2012116836

No. de Presentación: 20120165792

CLASE: 29, 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA BEATRIZ

TICAS DE MONGE, de nacionalidad SALVADOREÑA y ROBERTO

EDGARDO MONGE GALLEGOS, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en calidad de PROPIETARIOS, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: La palabra MAKI y diseño, que se traduce al

castellano como enrrollado, que servirá para: AMPARAR: PESCA-

DO. Clase: 29. Para: AMPARAR: AZÚCAR, ARROZ, HARINA, Y

PREPARACIONES HECHAS DE CEREAL, VINAGRE, SALSAS,

CONDIMENTOS, ESPECIAS. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintidós de marzo del año dos mil doce.-

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001427-3

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226 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395

RESOLUCIÓN No. 549/2012.-

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de marzo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SUIZO SALVADOREÑO, Municipio de San Salvador, Departamento de San

Salvador, extendido con fecha 10 de diciembre de 1991 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad

del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO, en uso de sus facultades legales este

Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Humanidades obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SUIZO

SALVADOREÑO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a GEMA IVONNE VARELA GALLEGOS. Para los efectos de ley

PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F033140)

RESOLUCIÓN No. 550/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de marzo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN LUIS LA HERRADURA, Municipio de San Luis La Herradura,

Departamento de La Paz, extendido con fecha 15 de enero de 2007 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto

a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO, en uso de sus facultades legales

este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN

LUIS LA HERRADURA, Municipio de San Luis La Herradura, Departamento de La Paz, a ANA MARITZA ESCOBAR CRUZ. Para los efectos de

ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F032994)

RESOLUCIÓN No. 553/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de marzo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional en Salud obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE ANTIGUO CUSCATLÁN, Municipio de

Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verificar la

documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR

TANTO, en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud, obtenido

en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE ANTIGUO CUSCATLÁN, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, a

JOSÉ DAVID GÓMEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.-

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F33061)

SECCION DOCuMENTOS OFICIALESMinisterio de educación

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227DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. RESOLUCIÓN No. 556/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de marzo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller en Salud obtenido en el Centro Educativo LICEO RAÚL CONTRERAS, Municipio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, extendido

con fecha 22 de noviembre de 1996 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título,

se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO, en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:

Repóngase el Título de Bachiller en Salud, Opción Enfermería, obtenido en el Centro Educativo LICEO RAÚL CONTRERAS, Municipio de

Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, a LETICIA DEL CARMEN MELÉNDEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución

en el Diario Oficial.-

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F033055)

RESOLUCIÓN No. 557/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE EL CONGO, Municipio de El Congo, Departamento de Santa Ana,

extendido con fecha 13 de agosto de 2010 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado

Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO, en uso de sus facultades legales este Departamento

RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE EL CONGO, Municipio de

El Congo, Departamento de Santa Ana, a VERÓNICA LETICIA RAMOS GUIDO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en

el Diario Oficial.-

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F033760)

RESOLUCIÓN No. 558/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de marzo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título

de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSÉ SIMEÓN CAÑAS, Municipio de

Zacatecoluca, Departamento de La Paz, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verificar la documentación

presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO, en

uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría

obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSÉ SIMEÓN CAÑAS, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a MARCOS

ALFREDO HERNÁNDEZ PANAMEÑO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.-

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F033115)

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228 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395RESOLUCIÓN No. 564/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diez días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo CENTRO HISPANOAMERICANO DE CULTURA, Municipio de San Salvador, Departamento

de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 1979 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a

la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO, en uso de sus facultades legales

este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Humanidades obtenido en el Centro Educativo CENTRO

HISPANOAMERICANO DE CULTURA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MIGUEL SANTIAGO MOLINA DURÁN.

Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.-

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F033225)

RESOLUCIÓN No. 565/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintinueve días del mes de marzo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN MARCOS, Municipio de San Marcos, Departamento de San

Salvador, extendido con fecha 26 de noviembre de 2007 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la

legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO, en uso de sus facultades legales

este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN

MARCOS, Municipio de San Marcos, Departamento de San Salvador, a JORGE MATEO LÓPEZ URQUILLA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE

la presente Resolución en el Diario Oficial.-

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F033246)

RESOLUCIÓN No. 566/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintinueve días del mes de marzo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo LICEO CRISTIANO REVERENDO JUAN BUENO CENTRAL, Municipio de San Salvador,

Departamento de San Salvador, extendido con fecha 22 de noviembre de 1996 y considerando que después de verificar la documentación presentada,

con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO, en uso de sus

facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Ciencias Naturales obtenido en el Centro

Educativo LICEO CRISTIANO REVERENDO JUAN BUENO CENTRAL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JORGE

ALBERTO GUARDADO TOVAR. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.-

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F033273)

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229DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. RESOLUCIÓN No. 567/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diez días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller en Ciencias, Letras y Matemáticas obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENÉNDEZ,

Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de diciembre de 1966 y considerando que después de verificar

la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo,

POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Ciencias, Letras y Matemáticas,

obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENÉNDEZ, Municipio de San Salvador, Departamento de

San Salvador, a RAFAEL EDUARDO LÓPEZ HERNÁNDEZ. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F033279)

RESOLUCIÓN No. 569/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintinueve días del mes de marzo de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR DE HUIZUCAR, Municipio de Huizucar, Departamento de La Libertad,

extendido con fecha 24 de noviembre de 2005 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del

citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departa-

mento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR DE HUIZUCAR, Municipio de

Huizucar, Departamento de La Libertad, a CLAUDIA MARICELA GÓMEZ ZEPEDA. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución

en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F033388)

RESOLUCIÓN No. 575/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diez días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO CULTURAL OXFORD, Municipio de San Salvador, De-

partamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 1994 y considerando que después de verificar la documentación presentada,

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230 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO CULTURAL OXFORD, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a SARA MARIBEL UMAÑA DOMINGUEZ. Para los electos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F033515)

RESOLUCIÓN No. 578/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diez días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO TÉCNICO DE EXALUMNOS SALESIANOS, Municipio de San Salvador, Depar-tamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facul-tades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO TÉCNICO DE EXALUMNOS SALESIANOS, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JOSÉ NAHUN RIVERA PORTILLO. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F033495)

RESOLUCIÓN No. 579/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO MARÍA MENDOZA DE BARATTA, Muni-cipio de Santa Isabel Ishuatán, Departamento de Sonsonate, extendido con fecha 28 de noviembre de 2003 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO MARÍA MENDOZA DE BARATTA, Municipio de Santa Isabel Ishuatán, Departamento de Sonsonate, a JOSÉ NAPOLEÓN FRANCO TORRES. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F033498)

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231DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. RESOLUCIÓN No. 583/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diez días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SAGRADO CORAZÓN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador,

extendido con fecha 20 de noviembre de 2000 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del

citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departa-

mento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SAGRADO CORAZÓN, Municipio de

San Salvador, Departamento de San Salvador, a TATIANA ALEXANDRA ESPINOZA RAMOS. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente

Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F033597)

RESOLUCIÓN No. 586/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diez días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MORAZÁN, Municipio de San Salvador,

Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de diciembre de 1978 y considerando que después de verificar la documentación presentada,

con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus

facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Ciencias Naturales obtenido en el Centro

Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MORAZÁN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MIRNA

ALTAGRACIA ALDANA NAVIDAD. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F033664)

RESOLUCIÓN No. 587/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diez días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CRISTOBAL COLÓN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador,

extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del

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232 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departa-

mento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CRISTOBAL COLÓN, Municipio de San

Salvador, Departamento de San Salvador, a IRIS JEANNETTE CANJURA MORENO. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución

en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F033700)

RESOLUCIÓN No. 589/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL 14 DE JULIO DE 1875, Municipio de San Francisco Gotera, Departa-

mento de Morazán, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto

a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales

este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL 14 DE JULIO

DE 1875, Municipio de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a DELMY ELIZABETH FUENTES. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE

la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F033731)

RESOLUCIÓN No. 590/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diez días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL SUCHITOTO, Municipio de Suchitoto, Departamento de Cuscatlán,

extendido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del

citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento

RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL SUCHITOTO, Municipio de

Suchitoto, Departamento de Cuscatlán, a JOSÉ GEREMIAS ACOSTA ARÉVALO. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución

en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F033745)

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233DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. RESOLUCION No. 598/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo EXTERNADO JOHN F. KENNEDY, Municipio de Zacatecoluca, Departa-

mento de La Paz, extendido con fecha 29 de noviembre de 2002 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a

la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales

este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo

EXTERNADO JOHN F. KENNEDY, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a MILAGRO GUADALUPE VENTURA GONZÁLEZ.

Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F034057)

RESOLUCION No. 604/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo NUEVO LICEO CENTROAMERICANO, Municipio de San Salvador,

Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 1983 y considerando que después de verificar la documentación presentada,

con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus

facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, opción Contaduría obtenido

en el Centro Educativo NUEVO LICEO CENTROAMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a BLANCA LIDIA

AYALA TORRES. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F034132)

RESOLUCION No. 605/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional Industrial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO EMILIANI, Municipio de San Salvador, Departamento de

San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 2000 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la

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234 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este

Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, opción Electrotecnia obtenido en el Centro Educativo

INSTITUTO EMILIANI, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JOSUÉ NATANAEL PEÑA OCHOA. Para los efectos de

ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F034067)

RESOLUCION No. 609/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller en Salud obtenido en el Centro Educativo CENTRO ACADÉMICO ALFRED NOBEL, Municipio de San Salvador, Departamento de San

Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la le-

galidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este

Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Salud, opción Enfermería obtenido en el Centro Educativo CENTRO ACADÉMICO

ALFRED NOBEL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a YOLANDA YESSENIA RAMÍREZ MADRID. Para los efectos

de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F034306)

RESOLUCION No. 614/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN MARCOS, Municipio de San Marcos,

Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verificar la documentación presentada,

con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus

facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría obtenido

en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN MARCOS, Municipio de San Marcos, Departamento de San Salvador, a ALEJANDRO

ANTONIO PÉREZ ACEVEDO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F034337)

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235DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 31 de Mayo de 2012. RESOLUCION No. 615/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL MAESTRO ALBERTO MASFERRER, Municipio de Mejicanos,

Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verificar la documentación presentada,

con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus

facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIO-

NAL MAESTRO ALBERTO MASFERRER, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JOSÉ RAÚL ALAS CISNEROS. Para

los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F034367)

RESOLUCION No. 617/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR GENERAL FRANCISCO MORAZÁN, Municipio de

San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 24 de noviembre de 2005 y considerando que después de verificar la documentación

presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En

uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Secretariado

obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR GENERAL FRANCISCO MORAZÁN, Municipio de San Salvador, Departamento de San

Salvador, a DAYSI ANTONIETA MONTES PINEDA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F034438)

RESOLUCION No. 621/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CRISTIANO NUEVO PACTO, Municipio de San Salvador, Departamento de San

Salvador, extendido con fecha 24 de noviembre de 2005 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la le-

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236 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395galidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este

Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CRISTIANO NUEVO PACTO,

Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a NANCY LISSETH RODRÍGUEZ CASTILLO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE

la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F034763)

RESOLUCION No. 643/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO LUZ DE ISRAEL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, exten-

dido con fecha 24 de noviembre de 2005 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado

Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento

RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO LUZ DE ISRAEL, Municipio de San Salvador,

Departamento de San Salvador, a AMINTA BEATRIZ GÓMEZ MONTES. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F035250)

RESOLUCION No. 644/2012

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de abril de dos mil doce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE DULCE NOMBRE DE MARIA, Municipio de Dulce Nombre

de María, Departamento de Chalatenango, extendido con fecha 28 de noviembre de 2003 y considerando que después de verificar la documentación

presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En

uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO

NACIONAL DE DULCE NOMBRE DE MARÍA, Municipio de Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango, a CLAUDIA JEANNETTE

LARA PALMA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F035380)

Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.

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