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DIARIO OFICIAL S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 388 SAN SALVADOR, VIERNES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2010 NUMERO 178 DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Pág. 4 5-6 6-9 9-10 11-12 Pág. 12-15 15 16-18 19-21 22-24 25 25 Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] ORGANO LEGISLATIVO Acuerdo No. 1104.- Se nombra Comisión Especial Investigadora sobre posibles abusos de la Inspectoría General de la Policía Nacional Civil, contra miembros de esa institución. . Acuerdo No. 1098.- Se llama a Diputados Suplentes, para que concurran a conformar asamblea. ...................................... ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE HACIENDA RAMO DE HACIENDA Acuerdo No. 1059.- Se aprueba la Resolución No. 1-CDF- 876/10, de fecha 10 de septiembre de 2010, emitida por el Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión. .............................. MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 784.- Se autoriza la ampliación de techo industrial, de la sociedad Confecciones del Valle, Sociedad Anónima de Capital Variable..................................................... MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos. 15-0431 y 15-0920.- Reconocimiento de estudios académicos. .................................................................. ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 814-D, 877-D, 937-D, 963-D, 1009-D, 1016-D, 1023-D, 1024-D, 1030-D, 1047-D y 1049-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .................. Acuerdo No. 899-D.- Se modifican los Acuerdos Nos. 768-D y 305-D, de fechas 13 de diciembre de 1999 y 28 de enero de 2004, emitidos a favor de la Licenciada Ana Delia Gómez de Ortiz. .......................................................................................... INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decreto No. 3.- Reforma a la ordenanza sobre tasas por servicios municipales de Sensuntepeque, departamento de Cabañas. ..................................................................................... Decreto No. 9.- Ordenanza transitoria de exención de intereses y multas provenientes de deudas por tasas e impuestos a favor del municipio de Sonzacate. .......................................... Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal San Andrés y Acuerdo No. 2, emitido por la Alcaldía Municipal de Santiago Texacuangos, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. .................................................................... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Declaratoria de Herencia Cartel No. 1067.- María Beatriz Palacios Gómez (1 vez). Cartel No. 1068.- Alexander Antonio Roque Juárez (1 vez) ........................................................................................... DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

DIARIO OFI CIAL

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 388 SAN SALVADOR, VIERNES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2010 NUMERO 178

DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

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Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]

ORGANO LEGISLATIVO

Acuerdo No. 1104.- Se nombra Comisión Especial

Investigadora sobre posibles abusos de la Inspectoría General de

la Policía Nacional Civil, contra miembros de esa institución. .

Acuerdo No. 1098.- Se llama a Diputados Suplentes, para

que concurran a conformar asamblea. ......................................

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE HACIENDARAMO DE HACIENDA

Acuerdo No. 1059.- Se aprueba la Resolución No. 1-CDF-

876/10, de fecha 10 de septiembre de 2010, emitida por el Fondo

Salvadoreño para Estudios de Preinversión. ..............................

MINISTERIO DE ECONOMIARAMO DE ECONOMÍA

Acuerdo No. 784.- Se autoriza la ampliación de techo

industrial, de la sociedad Confecciones del Valle, Sociedad

Anónima de Capital Variable. ....................................................

MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdos Nos. 15-0431 y 15-0920.- Reconocimiento de

estudios académicos. ..................................................................

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 814-D, 877-D, 937-D, 963-D, 1009-D, 1016-D, 1023-D, 1024-D, 1030-D, 1047-D y 1049-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ..................

Acuerdo No. 899-D.- Se modifi can los Acuerdos Nos. 768-D y 305-D, de fechas 13 de diciembre de 1999 y 28 de enero de 2004, emitidos a favor de la Licenciada Ana Delia Gómez de Ortiz. ..........................................................................................

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

Decreto No. 3.- Reforma a la ordenanza sobre tasas por servicios municipales de Sensuntepeque, departamento de Cabañas. .....................................................................................

Decreto No. 9.- Ordenanza transitoria de exención de intereses y multas provenientes de deudas por tasas e impuestos a favor del municipio de Sonzacate. ..........................................

Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal San Andrés y Acuerdo No. 2, emitido por la Alcaldía Municipal de Santiago Texacuangos, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ....................................................................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia

Cartel No. 1067.- María Beatriz Palacios Gómez (1 vez).

Cartel No. 1068.- Alexander Antonio Roque Juárez (1 vez) ...........................................................................................

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Aceptación de Herencia

Cartel No. 1069.- Nuvya Cristy Alfaro Ancheta y otra (3 alt.) ...........................................................................................

Cartel No. 1070.- Graciela Escobar Hernández (3 alt.) ....

Herencia Yacente

Cartel No. 1071.- Anastasio Benítez Jorge, se nombra curador al Lic. Jesús Ulises Melara Rivera (3 alt.) ....................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Cartel No. 1051.- Margarita Elizabeth Aguillón de Cruz y otra (3 alt.) ..................................................................................

Cartel No. 1052.- María Haydee Guzmán de Argumedo (3 alt.) ...........................................................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Cartel No. 1023.- Fátima Lisette Díaz Platero y otros (3 alt.) ...........................................................................................

Herencia Yacente

Cartel No. 1024.- Miguel Angel Meléndez Pérez, se nombra curador al Lic. Ricardo Vásquez Jandres (3 alt.) ......................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia

Carteles Nos. C001539, F026868, F026901, F026929, F026931, F026950, F027018, F027021, F027041, F027062, F027081. ....................................................................................

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. C001527, C001528, C001530, F026873, F026874, F026888, F026915, F026997, F027065, F027068, C001546, F026896, F026946, F027004, F027006, F027008, F027074, F027038. ....................................................................

Título de Propiedad

Cartel No. F027072. ..........................................................

Título Supletorio

Carteles Nos. C001535, C001536, C001537, C001538, F026932, F026982, F026941. ...................................................

Aviso de Inscripción

Cartel No. F026985. ..........................................................

Juicio de Ausencia

Carteles Nos. F026878, F026894, F027016. ....................

Renovación de Marcas

Cartel No. F026977. ..........................................................

Marca de Fábrica

Carteles Nos. F026960, F027290. .....................................

Convocatorias

Cartel No. F027130. ..........................................................

Subasta Pública

Carteles Nos. F026881, F026907, F026908. ....................

Reposición de Certifi cados

Carteles Nos. F027029, F027030, F027033, F027034, F027073, F027075, F027076, F027077, F027078, F027079, F027080, F027644. ....................................................................

Balances de Liquidación

Cartel No. F026880. ..........................................................

Disminución de Capital

Cartel No. C001541. .........................................................

Aviso de Cobro

Cartel No. F026877. ..........................................................

Permiso de Operación de Ruta Aérea

Cartel No. F027025. ..........................................................

Marca Industrial

Cartel No. C001529. .........................................................

Utilidad y Necesidad

Cartel No. C001545. .........................................................

Título Municipal

Cartel No. F026991. ..........................................................

Marca de Servicios

Carteles Nos. F027001, F027003, F027054, F027055. ....

Marca de Producto

Carteles Nos. F026927, F026961, F026962, F026965, F026968, F026972, F026973, F026976. ....................................

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DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia Carteles Nos. C001450, C001451, C001454, C001463, C001481, C001491, F026332, F026350, F026351, F026394, F026429, F026467, F026498, F026507, F026512, F026527, F026554, F026813. ....................................................................

Título de Propiedad Carteles Nos. F026343, F026502. .....................................

Título de Dominio Carteles Nos. F026319, F026321. .....................................

Renovación de Marcas Carteles Nos. F026365, F026367, F026369, F026370, F026371, F026372, F026376, F026378, F026381, F026382, F026385, F026432. ....................................................................

Marca de Fábrica Carteles Nos. C001455, C001456, C001457, C001462, C001464, C001465, C001466, C001467, C001468, C001469, C001470, C001471, C001472, C001473, C001474, C001479, C001480, F026291, F026292, F026296, F026297, F026300, F026302, F026303, F026304, F026306, F026310, F026311, F026312, F026314, F026318, F026388, F026393, F026395, F026396, F026400, F026412. ....................................................

Nombre Comercial Carteles Nos. C001460, C001482, F026283, F026398, F026449, F026539, F026548. ....................................................

Señal de Publicidad Comercial Cartel No. F026410. ..........................................................

Subasta Pública Carteles Nos. C001461, F026355, F026416, F026418, F026420, F026422, F026426, F026427, F026442, F026445, F026448, F026453, F026455, F026464. ....................................

Reposición de Certifi cados Cartel No. F026518. ..........................................................

Aviso de Cobro Carteles Nos. F025912, F025940. .....................................

Marca Industrial Cartel No. F026477. ..........................................................

Título Municipal Carteles Nos. F026340, F026342. .....................................

Marca de Servicios Carteles Nos. C001476, C001477, C001478, F026299, F026309. ....................................................................................

Marca de Producto Carteles Nos. C001459, C001489, F026403, F026406, F026447. ....................................................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. C001412, F025865, F025909, F025917,

F025918, F025919, F025932, F025934, F025937, F025976,

F026014, F026028, F026042. ....................................................

Título Supletorio

Carteles Nos. F025878, F025879, F026015, F026024. ....

Marca de Fábrica

Cartel No. C001422. .........................................................

Convocatorias

Cartel No. F026666. ..........................................................

Subasta Pública

Carteles Nos. C001421, F025851, F025852, F025853,

F025854, F025855, F025951, F025953, F025992, F025993,

F025995, F025996, F025997, F026000, F026002. ...................

Reposición de Certifi cados

Carteles Nos. F025850, F026034. .....................................

Solicitud de Nacionalidad

Cartel No. F026336. ..........................................................

Reposición de Póliza de Seguro

Cartel No. F026009. ..........................................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resoluciones Nos. 1050, 1071, 1100, 1156, 1168, 1186,

1188, 1200, 1205, 1209, 1210, 1212, 1214, 1215, 1216, 1218,

1220, 1221, 1224, 1234 y 1245.- Reposiciones de títulos. ........

MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Estatutos del Sindicato de Trabajadores de Empresas

Administradoras de Personal de El Salvador y Resolución No. 64,

aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. .

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

ORGANO LEGISLATIVO

ACUERDO No. 1104

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, Conocida la moción de varios Diputados en el sentido se con-

forme una Comisión Especial investigadora sobre posibles abusos de la Inspectoría General de la Policía Nacional Civil, contra miembros de esta

institución; ACUERDA: Nombrar "Comisión Especial investigadora sobre posibles abusos de la Inspectoría General de la Policía Nacional Civil,

contra miembros de esta institución", quedando integrada con los Diputados y cargos siguientes: Presidente: Ernesto Antonio Angulo Milla, Adjunto,

César René Florentín Reyes Dheming; Secretario: José Antonio Almendáriz Rivas, Adjunto, Elizardo González Lovo; Relator: Guillermo Antonio

Gallegos Navarrete, Adjunto, Erik Mira Bonilla; Vocales: Sandra Marlene Salgado García, Adjunto, Juan Carlos Mendoza Portillo; y Santos Guevara

Ramos, Adjunto, Rodolfo Antonio Parker Soto. COMUNÍQUESE.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO, San Salvador, a los nueve días del mes de septiembre del año dos mil diez.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA

PRESIDENTE

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE

PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ

TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN

QUINTO VICEPRESIDENTE

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA

PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO

ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA

TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO

QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ

VACANTE SEXTA SECRETARIA

MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO

SÉPTIMO SECRETARIO

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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

ACUERDO No. 1098.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 131, Numeral 4° de la Constitución, ACUERDA: Llamar a conformar Asamblea a Diputados Suplentes, al inicio de la Sesión Plenaria Ordinaria No. 63 de esta fecha, así:

DIPUTADO SUPLENTE DIPUTADO PROPIETARIO

Héctor Antonio Acevedo Moreno en sustitución de Ricardo Bladimir González

Gladis Marina Landaverde Paredes en sustitución de Medardo González Trejo

Ana Lucía Baires de Martínez en sustitución de Guillermo Antonio Olivo Méndez

Pedrina Rivera Hernández en sustitución de Zoila Beatriz Quijada Solís

Marcos Francisco Salazar Umaña en sustitución de Enrique Alberto Luis Valdés Soto

Javier Ernesto Reyes Palacios en sustitución de Abilio Orestes Rodríguez Menjívar

Melvin David González Bonilla en sustitución de Dolores Alberto Rivas Echeverría

Omar Arturo Escobar Oviedo en sustitución de José Rafael Machuca Zelaya

Esdras Samuel Vargas Pérez en sustitución de José Francisco Merino López

Ana Silvia Romero Vargas en sustitución de Gilberto Rivera Mejía

Rosa Alma Cruz de Henríquez en sustitución de Sonia Margarita Rodríguez Sigüenza

Karla Gicela Abrego Cáceres en sustitución de Gaspar Armando Portillo Benítez

Norma Cristina Cornejo Amaya en sustitución de Ana Daysi Villalobos de Cruz

Iris Marisol Guerra Henríquez en sustitución de Luis Alberto Corvera Rivas

Mauricio Ernesto Rodríguez en sustitución de José Orlando Arévalo Pineda

En el transcurso de la Sesión Plenaria, en diferente hora, se realizaron los llamamientos y sustituciones siguientes:

DIPUTADO SUPLENTE DIPUTADO PROPIETARIO HORA

Heidy Carolina Mira Saravia en sustitución de Donato Eugenio Vaquerano 16:35

Yeymi Elizabett Muñoz Morán en sustitución de Irma Lourdes Palacios Vásquez 16:35

Rolando Mata Fuentes en sustitución de Benito Antonio Lara Fernández 16:48

Luis Enrique Salamanca Martínez en sustitución de Gaspar Armando Portillo Benítez 16:48

Julio César Fabián Pérez en sustitución de David Ernesto Reyes Molina 17:02

Valentín Arístides Corpeño en sustitución de Carlos Armando Reyes Ramos 17:40

Edgar Alfonso Montoya Martínez en sustitución de Rodolfo Antonio Parker Soto 17:40

Félix Agreda Chachagua en sustitución de Mariela Peña Pinto 18:44

José Armando Grande Peña en sustitución de Carmen Elena Sol de Escalón 18:44

Juan Carlos Hernández Portillo en sustitución de Rodrigo Samayoa Rivas 18:44

Carlos Mario Zambrano Campos en sustitución de Roberto Lorenzana Durán 19:20

Edgar Alfonso Montoya Martínez en sustitución de Santos Guevara Ramos 19:20

Carlo René Retana Martínez en sustitución de Mario Alberto Tenorio Guerrero 19:29

Jaime Ricardo Handal Samayoa en sustitución de David Ernesto Reyes Molina 19:47

Misael Serrano Chávez en sustitución de Margarita Escobar 19:56

Quedó registrada la incorporación de los Diputados: Carmen Elena Calderón Sol de Escalón, Mariela Peña Pinto, Roberto José d'Aubuisson Munguía, Gloria Elizabeth Gómez de Salgado, Miguel Elías Ahues Karrá, José Nelson Guardado Menjívar, Erik Mira Bonilla, Carlos Walter Guzmán Coto, Guadalupe Antonio Vasquez Martínez, Othon Sigfrido Reyes Morales, Gaspar Armando Portillo Benítez, Sonia Margarita Rodríguez Sigüenza, José Orlando Arévalo Pineda, Ana Guadalupe Martínez Menéndez, Irma Lourdes Palacios Vásquez.

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

DADO EN EL SALÓN AZUL, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, al primer día del mes de septiembre del año dos mil diez.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA

PRESIDENTE

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE

PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ

TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN

QUINTO VICEPRESIDENTE

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA

PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO

ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA

TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO

QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ

VACANTE SEXTA SECRETARIA

MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO

SÉPTIMO SECRETARIO

ACUERDO No. 1059.

San Salvador, 14 de septiembre de 2010.

De conformidad a lo establecido en el Artículo 26 literal b) de la Ley del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión, publicada en el Diario Ofi cial No. 90, Tomo No. 311 del 20 de mayo de 1991, modifi cada mediante Decreto Legislativo No. 32, publicado en el Diario Ofi cial No. 128, Tomo No. 336 del 10 de Julio de 1997; El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, ACUERDA Apruébase lo emitido en la Resolución No. 1-CDF-876/10 emitida por el Consejo Directivo del FOSEP el 10 de septiembre del presente año, que dice:

Conocida la solicitud del Ministerio de Economía en adelante denominado "El Benefi ciario", presentada con el objeto de obtener recursos fi nan-cieros para la contratación de los servicios de consultoría, para la elaboración del estudio "DEFINICIÓN Y DESARROLLO DE LA CADENA DE VALOR PARA LOS PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS PERIFÉRICAS. MODELO PRODUCTIVO PARA LA MIPYME DE LA INDUSTRIA PERIFÉRICA DE EL SALVADOR" y analizado el documento FDI No. 28/10, preparado por la Administración del FOSEP, en el que hace la relación del trámite de fi nanciamiento, de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento Operativo del Programa de Preinversión FOSEP III, el Consejo Directivo Resuelve:

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE HACIENDA

RAMO DE HACIENDADIARI

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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

I. Asignar al Ministerio de Economía, en adelante denominado "El Benefi ciario", la cantidad de OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $ 86,820.00) con carácter reembolsable y con cargo a las recupe-raciones del Préstamo 860/SF-ES o de otra de las fuentes de fondos del FOSEP, que se encuentren disponibles a la fecha de los pagos, para pagar la contratación del Consultor Individual Lic. Ricardo Martí Candray, para la formulación del estudio "DEFINICIÓN Y DESARROLLO DE LA CADENA DE VALOR PARA LOS PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS PERIFÉRICAS. MODELO PRODUCTIVO PARA LA MIPYME DE LA INDUSTRIA PERIFÉRICA DE EL SALVADOR", bajo las condiciones siguientes:

A. MONTO MÁXIMO

Hasta la cantidad de OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $ 86,820.00).

B. TASA DE SERVICIO

El seis punto cinco por ciento (6.5%) anual sobre saldos insolutos revisables semestralmente.

C. COMISIONES:

De compromiso:

Dispensa completa de la comisión sobre los montos no desembolsados del préstamo hasta el 31 de Diciembre de 2010, revisable semestralmente.

De Servicio:

Dispensa completa de la comisión sobre los montos desembolsados del préstamo hasta el 31 de Diciembre de 2010, revisable semes-tralmente.

De Administración :

El tres por ciento (3%) anual sobre saldos de cuotas vencidas.

D. PLAZO

Nueve (9) años, incluyendo dos (2) de gracia, a partir de la fecha de la fi rma de Contrato de Consultoría.

E. DESTINO

Los recursos de este fi nanciamiento únicamente podrán utilizarse para pagar el costo del estudio "DEFINICIÓN Y DESARROLLO DE LA CADENA DE VALOR PARA LOS PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS PERIFÉRICAS. MODELO PRODUCTIVO PARA LA MIPYME DE LA INDUSTRIA PERIFÉRICA DE EL SALVADOR".

F. PERIODO DE DESEMBOLSOS

Máximo dieciocho (18) meses, a partir de la suscripción del "ES CONFORME" del Benefi ciario en el Contrato de Consultoría; vencido dicho plazo se prorrogará automáticamente por el período de seis meses, a partir de la fecha de su vencimiento.

G. FORMA DE DESEMBOLSO

1. Los desembolsos a efectuarse en virtud de este fi nanciamiento serán escalonados, de acuerdo al avance del estudio y deberán de estipularse en el Contrato de Consultoría. El FOSEP para hacer efectivos estos desembolsos, requerirá lo siguiente:

a) Solicitud de desembolso suscrita por el Representante del Benefi ciario, legalmente autorizado y aprobada por el Supervisor del Estudio en original y una copia.

b) Acta del Comité Técnico de Seguimiento en la que se aprueba el informe correspondiente.

c) Recibo o Crédito Fiscal en original y una copia suscrito por el Consultor o su Representante Legal.

d) Para el pago del Informe Final y las retenciones será necesario contar con el Acta de aprobación del Informe Final emitida por el Comité Técnico de Seguimiento, Carta de Satisfacción del Propietario en que notifi ca la aprobación del mismo y la autorización del pago del Informe Final por el Consejo Directivo del FOSEP.

2. El Plazo para solicitar el primer desembolso no podrá exceder de sesenta (60) días a partir de la fecha de suscripción del "ES CONFORME" del benefi ciario en el Contrato de Consultoría, exceptuando los casos de las fi rmas no domiciliadas.

H. CONDICIONES PREVIAS AL PRIMER DESEMBOLSO

Previamente al primer desembolso del fi nanciamiento el benefi ciario deber cumplir lo siguiente:

1. Designación del funcionario que lo representará ante el FOSEP, con autorización para fi rmar solicitudes de desembolso.

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

2. Designación de un Técnico como Delegado ante el Comité Técnico de Seguimiento.

3. Designación de un Técnico con el cargo de Supervisor del estudio.

I. FORMA DE REEMBOLSO

Mediante catorce (14) cuotas semestrales, vencidas y sucesivas, que incluyan capital, tasa de servicio y comisiones. Durante el período de gracia se pagará únicamente las comisiones y la tasa de servicio devengada.

J. OTRAS CONDICIONES

1. La evaluación, control y seguimiento técnico del estudio, estará a cargo del Comité Técnico de Seguimiento respectivo, sujeto a las normas establecidas en el Reglamento Operativo del Programa de Preinversión FOSEP III y Contrato de Consultoría.

2. El Benefi ciario entregará al FOSEP dos ejemplares de cada uno de los informes parciales y del fi nal, presentados por el consultor.

3. El contrato de Consultoría estipulará que el pago fi nal no podrá ser menor del 10% del costo total del estudio y que su desembolso estará sujeto a la aprobación del Informe Final por parte del Comité Técnico de Seguimiento, el Propietario del Estudio y el Consejo Directivo del FOSEP.

4. El benefi ciario se compromete a que si después de efectuado el estudio, obtuviese los recursos necesarios para la inversión del pro-yecto, y ésta incluyese recursos para preinversión el saldo de este fi nanciamiento será reintegrado anticipadamente al FOSEP, con los recursos del primer desembolso de la inversión.

5. El Benefi ciario mantendrá informado al FOSEP, de todas las actividades, avances, reuniones, correspondencia y otras que se generen durante el desarrollo de los estudios.

6. El Benefi ciario se compromete a mencionar al BID y FOSEP como las entidades fi nancieras, en los informes parciales y fi nales de los estudios, así como en la publicidad de cualquier clase que eventualmente se haga de los mismos.

7. El Benefi ciario proveerá al Comité Técnico de Seguimiento y al Supervisor del estudio, las facilidades de local, transporte, servicios secretariales y otros que sean requeridos para el efi ciente desempeño de sus funciones.

K. SUSPENSIÓN DE DESEMBOLSOS

El FOSEP, se reserva el derecho de suspender los desembolsos de este fi nanciamiento, cuando compruebe que el Benefi ciario o los Con-sultores contratados no están cumpliendo a cabalidad las obligaciones contraídas.

II. Asignar al Ministerio de Economía, en adelante denominado "El Benefi ciario", la cantidad de ONCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS 60/100 DÓLARES DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$11,286.60), con carácter reembolsable y con cargo a los Recursos Propios del FOSEP, para pagar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), y completar el monto total necesario para contratar la elaboración del estudio "DEFINICIÓN Y DESARROLLO DE LA CADENA DE VALOR PARA LOS PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS PERIFÉRICAS. MODELO PRODUCTIVO PARA LA MIPYME DE LA INDUSTRIA PERIFÉRICA DE EL SALVADOR", bajo las condiciones siguientes:

A. MONTO MÁXIMO

Hasta la cantidad de ONCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS 60/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$11,286.60)

B. TASA DE SERVICIO

El seis punto cinco por ciento (6.5%) anual sobre saldos insolutos revisables semestralmente.

C. COMISIONES

De compromiso:

Dispensa completa de la comisión sobre los montos no desembolsados del préstamo hasta el 31de diciembre de 2010, revisable semestral-mente.

De Servicio:

Dispensa completa de la comisión sobre los montos desembolsados del préstamo hasta el 31 de diciembre de 2010, revisable semestral-mente.

De Administración :

El tres por ciento (3%) anual sobre saldos de cuotas vencidas.

D. PLAZO

Nueve (9) años, incluyendo dos (2) de gracia, a partir de la fecha de la fi rma del Contrato de Consultoría.

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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

E. DESTINO

Pagar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA) del estudio "DEFINICIÓN Y DESARROLLO DE LA CADENA DE VALOR PARA LOS PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS PERIFÉRICAS. MODELO PRODUCTIVO PARA LA MIPYME DE LA INDUSTRIA PERIFÉRICA DE EL SALVADOR".

F. PERÍODO DE DESEMBOLSOS

Máximo dieciocho (18) meses, a partir de la suscripción del "ES CONFORME" del Benefi ciario en el Contrato de Consultoría, vencido dicho plazo se prorrogará automáticamente por el período de seis meses, a partir de la fecha de su vencimiento.

G. FORMA DE DESEMBOLSO

Los desembolsos serán escalonados, de acuerdo a la presentación del avance del estudio, de conformidad al literal G. del romano I de esta resolución.

H. FORMA DE REEMBOLSO

Mediante catorce (14) cuotas semestrales vencidas y sucesivas, que incluyan capital, tasa de servicio y comisiones. Durante el período de gracia se pagará únicamente las comisiones y la tasa de servicio devengada.

I. CONDICIÓN ESPECIAL

En el caso que la Ley del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA) fuera modifi cada en su porcentaje de pago, esta resolución se modifi cará en el monto necesario, de manera de que se pueda cumplir con la obligación que estipula la Ley.

III. De acuerdo a lo establecido en el artículo 16 literal i) de la Ley del FOSEP, autorizar a la Presidencia del FOSEP para suscribir el Contrato de Consultoría para la realización del estudio "DEFINICIÓN Y DESARROLLO DE LA CADENA DE VALOR PARA LOS PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS PERIFÉRICAS. MODELO PRODUCTIVO PARA LA MIPYME DE LA INDUSTRIA PERIFÉRICA DE EL SALVADOR".

COMUNÍCASE.- El Ministro de Hacienda, C.E. CÁCERES.

ACUERDO No. 784

San Salvador, 2 de septiembre de 2010.

EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA

Vista la solicitud presentada a este Ministerio de fecha 30 de junio de 2010, y escritos posteriores conteniendo información complementaria de fechas 21 y 22 de julio de 2010, suscritos por el Señor José Mauricio Roque, actuando en calidad de Apoderado Administrativo y General Judicial de la Sociedad CONFECCIONES DEL VALLE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse CONFECCIONES DEL VALLE, S.A. de C.V., Sociedad registrada con Número de Identifi cación Tributaria 0614-211290-101-0, relativa a que se le autorice ampliación de techo industrial, de las instalaciones ubicadas en Km. 24 Carretera a Santa Ana, Zona Franca Exportsalva, Edifi cios: 2, 3, 7, 8 y 13, Lourdes, Colón, Departamento de La Libertad; que cuentan con un área total de sus instalaciones de 22,714.30 m2;

CONSIDERANDO:

I. Que la solicitud de mérito fue admitida en este Ministerio en fecha 30 de junio de 2010, y escritos posteriores conteniendo información complementaria de fechas 21 y 22 de julio de 2010;

MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

II. Que la Sociedad CONFECCIONES DEL VALLE, S.A. de C.V., goza de los benefi cios e incentivos fi scales de la Ley del Régimen de Zonas Francas y Recintos Fiscales, según Acuerdo No. 864 de fecha 19 de diciembre de 1991, publicado en el Diario Ofi cial No. 13, Tomo 314 del 22 de enero de 1992; para aplicarlos a la fabricación de prendas de vestir de toda clase de materiales, para hombres, mujeres y niños. Posteriormente se le otorgó adición de Partidas Arancelarias de maquinaria, equipo y materias primas, según Acuerdos Nos. 414, 378 y 194 de fechas 9 de junio de 1992, 4 de julio de 1995 y 27 de mayo de 1996, publicado en los Diarios Ofi ciales Nos. 166, 139 y 100, Tomos Nos. 316, 328 y 331 del 9 de septiembre de 1992, 27 de julio de 1995 y 31 de mayo de 1996 respectivamente. Asimismo, solicitó adición de Partidas Arancelarias de materias primas, equipo, maquinaria y ampliación de actividad, según Acuerdo No. 441 de fecha 30 de junio de 1997 publicado en el Diario Ofi cial No. 136, Tomo No. 336 del 23 de julio de 1997, para hacer extensivos los benefi cios de la ley antes citada, para aplicarlos a la fabricación de todo tipo de prendas, tales como: ropa de cama, de mesa, de cocina, de tocador, de baño y complementos de vestir;

III. Que en virtud de haber entrado en vigencia el Decreto Legislativo No. 405 publicado en el Diario Ofi cial No. 176, Tomo No. 340 del 23 de septiembre de 1998, de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, que de conformidad al Art. 52 inciso 1o. de la Ley en mención, señala que "Las empresas califi cadas de conformidad con la Ley del Régimen de Zonas Francas y Recintos Fiscales que se deroga en el presente Decreto, pasarán de pleno derecho a gozar de los incentivos conforme a lo establecido en la presente Ley";

IV. Que la sociedad tiene nuevos contratos de producción y presenta expansión de operaciones, por lo que se ve en la necesidad de ampliar sus instalaciones y adquirir nuevos techos industriales, para incrementar las áreas de producción y el resguardo de materias primas y producto terminado, por lo que solicita se autorice la petición correspondiente;

V. Que la Dirección de Comercio e Inversión ha emitido opinión favorable, mediante el cual se considera procedente acceder a lo solicitado, según consta en el expediente respectivo;

POR TANTO:

De conformidad a las razones expuestas y artículos 28 Literal a) y 52 inciso 2o., de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, este Ministerio,

ACUERDA:

1. Autorizar la ampliación de techo industrial, de la Sociedad CONFECCIONES DEL VALLE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia CONFECCIONES DEL VALLE, S.A. DE C.V., de las instalaciones ubicadas en Km. 24, Carretera a Santa Ana, Zona Franca Exportsalva, Edifi cio 2, Municipio de Colón, La Libertad, que cuenta con un área de 8,547.67 m2 y agregar las nuevas instalaciones que corresponden a los edifi cios 3, 7, 8 y 13, con las siguientes áreas: Edifi cio 3 con 4,313.27 m2, Edifi cio 7 con 2,518.43 m2, Edifi cio 8 con 5,161.44 m2, y Edifi cio 13 con un área de 2,173.49 m2, que suman un área total de 22,714.30 m2; en donde realizará la actividad de fabricación de prendas de vestir en general, además ropa de cama, de mesa, de cocina, de tocador, de baño y complementos de vestir, que serán exportados fuera de Centroamérica;

2. Queda obligada la sociedad benefi ciaria a cumplir el Artículo 28 literales a), b), c), d), e), f), g), j), k) y m) de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, y demás Leyes de la República, así como también las obligaciones que se le imponen por medio de este Acuerdo y en Resoluciones o Instructivos que emitan las Instituciones competentes;

3. La Sociedad benefi ciaria deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales de carácter laboral y de seguridad social a favor de los traba-jadores según lo establece el Art. 29 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización; así como de mantener las condiciones necesarias de seguridad industrial y laboral que establece el Código de Trabajo y demás normas aplicables;

4. Hágase saber este Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y a la Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacien-da;

5. El presente Acuerdo entrará en vigencia, a partir de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE. MARIO CERNA, VICEMINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIA.

(Registro No. F027026).

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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

ACUERDO No. 15-0431

San Salvador, 21 de Abril de 2010.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó BILLY FERNANDO GARCÍA MORALES, de nacionalidad Salvadoreña, solicitando INCORPORACIÓN de su diploma de High School, extendido por el Clear Lake Christian School, Houston, Texas, Estados Unidos de América en el año 2009; II) Que según Resolución de fecha 20 de abril de 2010 emitida por dicha Dirección, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación de diploma de High School obtenido por BILLY FERNANDO GARCÍA MORALES en el Clear Lake Christian School, Houston, Texas, Estados Unidos de Amé-rica. POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento de Equivalencias, Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media, ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento e Incorporación de High School realizados por BILLY FERNANDO GARCÍA MORALES, en el Clear Lake Christian School, Houston, Texas, Estados Unidos de América, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F026989)

ACUERDO No. 15-0920

San Salvador, 23 de Agosto de 2010.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades

legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó ANDRÉ CRISTIANO DA SILVA, de nacionalidad Brasileña, solicitando INCORPORACIÓN de su diploma de Bachiller Técnico en Procesamiento de Datos, extendido por el Centro Regional de Tecnología Santa Escolástica, Sorocaba, Sao Paulo, República Federativa del Brasil en el año 1999; II) Que según Resolución de fecha 20 de agosto de 2010 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Edu-cación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación de diploma de

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

Bachiller Técnico en Procesamiento de Datos obtenido por ANDRÉ CRISTIANO DA SILVA en el Centro Regional de Tecnología Santa Escolástica,

Sorocaba, Sao Paulo, República Federativa del Brasil. POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación

y Artículo 7 del Reglamento de Equivalencias, Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e incorporación de Títulos de Educación Media.

ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento e Incorporación de Bachiller Técnico en Procesamiento de Datos realizados por ANDRÉ CRISTIANO

DA SILVA en el Centro Regional de Tecnología Santa Escolástica, Sorocaba, Sao Paulo, República Federativa del Brasil, reconociéndole su validez

académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F026979)

ACUERDO No. 814-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de junio de dos mil diez.- El Tribunal con fecha catorce de

mayo de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada DALIA SUSANA MOLINA FRANCO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en

todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE

Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M.

A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F026876)

ACUERDO No. 877-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de junio de dos mil diez.- El Tribunal con fecha treinta de abril

de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA BEATRIZ GUTIERREZ MOREIRA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE

Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA

A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F026980)

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

ACUERDO No. 937-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de julio de dos mil diez.- El Tribunal con fecha uno de junio

de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada INGRID AMARELY ROMERO ECHEVERRIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO

en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍ-

QUESE Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN

H.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F026909)

ACUERDO No. 963-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de julio de dos mil diez.- El Tribunal con fecha quince de

junio de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado MANRIQUE ROMERO REYES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus

ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y

PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M.

TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F026911)

ACUERDO No.1009-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de julio de dos mil diez.- El Tribunal con fecha seis de mayo

de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada KARLA LILIANA ESCOBAR GARCIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y

PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pro-

nunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F026871)

ACUERDO No.1016-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de julio de dos mil diez.- El Tribunal con fecha uno de junio

de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ESTEBAN ARISTIDES ARGUETA ARGUETA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en

todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE

Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M.

TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F026912)

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

ACUERDO No.1023-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de julio de dos mil diez.- El Tribunal con fecha quince de

junio de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado MARÍO EDGARDO RIVAS AQUINO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y

PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M.

TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F026930)

ACUERDO No.1024-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de julio de dos mil diez.- El Tribunal con fecha nueve de junio

de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado MAURICIO ALFREDO FLORES HERRERA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y

PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- GUZMAN

U. D. C.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F026903)

ACUERDO No.1030-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de julio de dos mil diez.- El Tribunal con fecha uno de junio

de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JORGE ALBERTO HERNÁNDEZ JOYA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y

PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M.

POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F026914)

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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

ACUERDO No.1047-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de julio de dos mil diez.- El Tribunal con fecha treinta de

abril de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado SALOMON VICTORIANO CHAVARRIA IGLESIAS, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- E.

R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F026994)

ACUERDO No.1049-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de julio de dos mil diez.- El Tribunal con fecha nueve de

junio de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado PABLO DERMIDIO CRUZ LÓPEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y

PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. POSA-

DA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F026881)

ACUERDO No. 899-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de julio de dos mil diez.- EL TRIBUNAL, de conformidad

con lo resuelto en las respectivas diligencias, por resolución pronunciada a las doce horas y cuarenta minutos del veintiocho de junio de dos mil diez,

ACUERDA: MODIFICAR los acuerdos número 768-D de fecha trece de diciembre de mil novecientos noventa y nueve y el acuerdo número 305-D de

fecha veintiocho de enero de dos mil cuatro, mediante los cuales se autorizó a la Licenciada ANA DELIA GÓMEZ DE ORTIZ, para el ejercicio de la

Abogacía y la función pública del Notariado respectivamente, en el sentido que a partir del veintinueve de julio de dos mil diez, ejercerá la profesión de

Abogado y la función pública del Notariado, con el nombre de ANA DELIA GÓMEZ PINEDA, publíquese en el Diario Ofi cial.- COMUNÍQUESE.- J.

B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA

A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. C001532)

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

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(Registro No. F026952)

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

(Registro No. F027017)

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO

COMUNAL SAN ANDRÉS, MUNICIPIO DE

SANTIAGO TEXACUANGOS

CAPITULO I

DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO Y FINES

Art. 1.- La Asociación que se constituye, estará regulada por el

ordenamiento legal, municipal y las demás disposiciones legales aplica-

bles; estará al servicio de la comunidad para el desarrollo de los planes

y proyectos de interés social, cultural y económico; y se denominará

Asociación de Desarrollo Comunal San Andrés, y la que se podrá abreviar

ADESCO SAN ANDRES.

En los presentes Estatutos el término Asociación, se refi ere a la

Asociación de Desarrollo Comunal San Andrés.

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido,

sin embargo, podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos

previstos de Ordenanzas y Reglamentos Municipales.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será la Lotifi cación San

Andrés, en el Municipio de Santiago Texacuangos.

Art. 4.- Los fi nes de la Asociación son los siguientes:

A.- Fomentar la solidaridad, cooperación y desarrollo de sus

miembros y de todos los habitantes de la comunidad. Entién-

dase por desarrollo, la mejora, progreso de la comunidad.

B.- Impulsar y participar en los proyectos de capacitación de los

dirigentes, y de los grupos comunales con el fi n de contribuir

a mejorar la organización comunal.

C.- Promover el desarrollo de la localidad juntamente con el

Concejo Municipal, y otros organismos que participan en

programas y proyectos.

Art. 5.- La Asociación se propone cubrir sus metas según las

necesidades de la comunidad, el desarrollo integral del hombre es lo

primero en todos sus ámbitos, incentivando a la democratización factor

indispensable para la convivencia pacífi ca, la obra física será producto del

esfuerzo propio. La Asociación se propone desarrollar a corto, mediano

y largo plazo lo siguiente:

A- Dinamizar a la comunidad;

B.- Charlas de promoción humana;

C.- Obtención y legalización de terreno para tanque de captación

de agua;

D.- Empedrado y fraguado de la principal vía de acceso;

E.- Implementar el sistema de agua domiciliar.

Art. 6.- Las clases de asociados serán:

A. - Activo;

B.- Honorario.

Todos los socios deberán ser mayores de 16 años.

Socios Activos: son todas las personas que reúnan el requisito

señalados en el inciso anterior, y además deben ser residentes dentro de

los límites de la unidad vecinal correspondiente.

Socios Honorarios: Son aquellas personas a quienes la Asamblea

General, por su iniciativa o propuesta de la Junta Directiva, les conceda

tal calidad en atención a sus méritos personales o sus servicios prestados

a la comunidad.

Art. 7.- Los socios honorarios gozarán de los derechos que la

Asamblea General les otorgue.

Art. 8.- El gobierno de la asociación será ejercido por la Asamblea

General y la Junta Directiva.

Art.9.- La Asamblea General será el máximo organismo de la

Asociación, y se integrará con la mayoría de socios activos, pudiendo

haber representación de socios, pero cada socio no podrá llevar más de

una representación, la resolución se tomará por mayoría de votos de los

presente o representados.

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez

al año con intervalo de seis meses, y extraordinariamente cuando sea

convocada por la Junta Directiva a iniciativa propia, o a solicitud de diez

miembros afi liados de la Asociación.

Art. 11.- En las Asambleas Generales ordinarias se tratarán asuntos

comprendidos en la agenda y lo que propongan los socios, en las Asam-

bleas extraordinarias sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la

convocatoria, y cualquier decisión sobre otros aspectos no comprendidos

en ella serán tomados en cuenta.

Art. 12.- La convocatoria para la Asamblea General ordinaria o

extraordinaria se hará por medio de circular dirigida a los socios con

ocho de días de anticipación, indicando lugar y hora en que se celebrará

la Asamblea General. Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión

por falta de quórum, ésta se llevará a cabo en nueva fecha con los socios

que concurran, en este último caso las resoluciones que se tomen serán

obligatorias, aún para aquellos que legalmente no asistieron.

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

A.- Elegir y dar posición a los miembros de la Junta Directiva;

B.- Destituir por causa justifi cada a los miembros de la Junta

Directiva, o por no presentarse a tres reuniones consecutivas

sin previo aviso;

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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

C.- Pedir a Junta Directiva los informes que crea conveniente;

D.- Otorgar la calidad de socio honorario;

E.- Acordar la destitución total o parcial de los miembros de la

Junta Directiva;

F.- Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación;

G.- Cumplir y hacer cumplir los Estatutos y Reglamentos que se

dictaren.

Art. 14.- Única y exclusivamente la comunidad podrá elegir los

miembros de la Junta Directiva.

Art. 15.- La Junta Directiva será integrada por siete miembros

domiciliados, electos en la Asamblea General por votación nominal y

pública.

En todo caso la nómina de los cargos será la siguiente: un Presi-

dente un Vicepresidente, un Secretario, Pro-secretario, un Tesorero, un

Síndico y un Vocal.

Art. 16.- La Junta Directiva fungirá por un periodo de dos años,

no reelegible de modo consecutivo.

Art. 17.- La Junta Directiva, sesionará ordinariamente cada treinta

días, y extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el presidente;

para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos, cinco de

sus miembros, y la resolución se tomará por la mayoría de votos. En caso

de empate el presidente o quien haga sus veces tendrá voto de calidad.

CAPITULO II

PATRIMONIO DE LA ASOCIACIÓN

Art. 18.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

A.- El monto de las contribuciones que aporten los asociados;

B.- Los donativos y legados que reciba la asociación;

C.- Los fondos recaudados en las actividades realizadas;

D.- Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier

título.

CAPITULO III

DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN

Art. 19.- La Asociación podrá disolverse cuando las tres cuartas

partes de los socios así lo dispongan en Asamblea General, y en tal caso,

los fondos y bienes que existan a la fecha de su disolución, la comunidad

los destinará en programas de salud, preferentemente en la localidad del

domicilio de la Asociación.

CAPITULO IV

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA REMOCIÓN DE

ASOCIADOS Y MIEMBROS

DIRECTIVOS

Art. 20.- Los miembros de la Asociación, podrán ser retirados de ella por Acuerdo de la Junta Directiva, tomados por mayoría de votos, y previa audiencia del interesado por infracciones a los Estatutos.

Se consideran como causales de retiros o expulsión las siguien-tes:

A.- Por mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación;

B.- Por negarse sin causa justifi cada a cumplir cargos de elección o comisiones, que le sean delegadas por la Asamblea General o Junta Directiva;

C.- Por obtener benefi cios por medio de fraude para sí o para terceros que afecten a la Asociación;

D.- Por cometer algún tipo de delito o falta grave en perjuicio de la misma.

La suspensión defi nitiva o temporal únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General.

Art. 21.- Para proceder a la suspensión temporal o defi nitiva la Asamblea General, se nombrará una Comisión de tres miembros, quienes investigarán los hechos, y al oír el informe de éstos, y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa, resolverá informando al Concejo Municipal.

Art. 22.- De la resolución decretada por la Comisión únicamente podrá interponerse el recurso de apelación ante el Concejo Municipal, dentro de siete días hábiles de la notifi cación y esta resolución no admitirá ningún recurso.

CAPITULO V

ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE

JUNTA DIRECTIVA

Art. 23.- Son atribuciones del Presidente:

A.- Presidir las sesiones de la Junta Directiva y Asamblea Ge-neral;

B.- Convocar a los asociados a sesiones de Asamblea General y Junta Directiva;

C.- Representar Judicial y extrajudicial a la Asociación;

D.- Velar por el cumplimiento de los Acuerdos de la Asamblea General y Junta Directiva de los Estatutos;

E.- Firmar juntamente con el Tesorero los documentos de gastos de la Asociación, debidamente aprobados;

F.- Las demás que le encomienden la Junta Directiva.

Art. 24.- Son Atributos del Vice-presidente:

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

A- Colaborar con el presidente con el desempeño de sus funcio-nes;

B.- Sustituir al presidente en caso de ausencia o impedimento;

C.- Desempeñar las Comisiones que el Presidente le asigne.

Art. 25.- Son Atribuciones del Secretario:

A- Llevar el libro de actas a las sesiones de Asamblea General, y Junta Directiva, debidamente numerado y fi rmado;

B.- Extender las credenciales y certifi caciones;

C.- Llevar el archivo de la Asociación;

D.- Elaborar y enviar las convocatorias a sesiones;

E.- Llevar un libro de registro de los asociados;

F.- Recibir y despachar correspondencia;

G.- Las demás que por razones de cargo le competen;

Art. 26.- Es atribuciones del Pro-secretario reemplazar al Secretario en ausencia de éste.

Art. 27.- Es competencia del Tesorero:

A.- Recibir y custodiar los fondos de la asociación;

B.- Firmar con el Presidente los cheques y documentos de gastos debidamente aprobados por la Directiva;

C.- Elaborar el anteproyecto del presupuesto anual de la Asocia-ción y presentarlo a la Junta Directiva;

D.- Llevar los libros de contabilidad necesarios;

E.- Presentar un informe de ingreso y egresos cuando le sea requerido;

F.- Presentar balance de la situación de la Asociación.

Art. 28.- Son Atributos del Síndico:

A.- Velar por el cumplimiento de las resoluciones de Junta Direc-tiva Asamblea General de los Estatutos y del Reglamento;

B.- Presentar judicial y extrajudicial a la Asociación;

C.- Colaborar en la elaboración de las reformas de los Estatutos y los Reglamentos;

D.- Las demás que le señale la asamblea General y la Junta Directiva.

Art. 29.- Son atribuciones del Vocal:

A.- Reemplazar a cualquier miembro directivo que renuncie o sea expulsado, a fi n de mantener integrada la junta directiva;

B.- Colaborar en la ejecución de actividades planifi cadas.

CAPITULO VI

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 30.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal de su domicilio, en los primeros quince días posteriores a la

elección la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso propor-cionará al Concejo cualquier otra información que le solicite relativo a la asociación.

Art. 31.- Dentro de los treinta días posteriores a la elección la nueva Junta Directiva deberá enviar al Concejo Municipal de su domicilio, el plan de trabajo correspondiente.

Art. 32.- La Junta Directiva, con el apoyo del pleno y en Asamblea General podrá acordar la entrega de certifi caciones, diplomas o medallas al mérito a personas, autoridades o instituciones que demuestren espíritu de servicio a favor de la Asociación o la comunidad.

Art. 33.- Un Reglamento Interno determinará la forma de dar cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cual será sometido por la Junta Directiva a la Asamblea para su aprobación.

Art. 34.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia a los ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL

CERTIFICA: Que en el Libro de Actas y Acuerdos que esta Municipalidad lleva para el presente año dos mil Diez, según ACTA NUMERO VEINTISEIS de fecha Siete de Septiembre: se encuentra el Acuerdo Municipal que literalmente dice: “

ACUERDO NUMERO DOS: El Concejo Municipal visto los Estatutos de la “Asociación de Desarrollo Comunal San Andrés”, y podrá abreviarse ADESCOSANANDRES, de la Ciudad de Santiago Texacuangos, Departamento de San Salvador, que consta de treinta y cuatro Artículos, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la República, al orden público, ni a las buenas costumbres; de conformidad a lo que establece el Art. 119 y 30 numeral 23 del Código Municipal. vigente, ACUERDA:aprobar en todas sus partes los estatu-tos de la Asociación de Desarrollo Comunal San Andrés de Santiago Texacuangos, y conferirle a dicha Asociación el carácter de PERSONA JURÍDICA Certifíquese el presente Acuerdo Municipal para los efectos legales pertinentes. “A. Estupinián. Alcalde Municipal/// Síndico Mun. (ausente) //R de T. 1° Reg/// J.F. A.R. 2° Reg.// Escobar 3° Reg.// V de González 4° Reg.// B. Mendoza 5° Reg.// J.F.López 6° Reg/// “ilegible” 1º Reg. supl." "ilegible"2° Reg. Sup//// H. M. 3º Reg. Supl.///// E. E. Cruz 4º Reg. Supl.///// “ilegible”. Sria. Mpal. Rubricadas”

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CONFRONTO: Alcaldía Municipal de Santiago Texacuangos, a las ocho horas con quince minutos del día ocho de septiembre de dos mil diez. LIC. ALBERTO ESTUPINIÁN RAMIREZ, ALCALDE MU-NICIPAL.- LICDA. CINDY CAROLINA SERRANO HENRIQUEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F026967)

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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las doce horas del día seis de julio del presente año, se ha declarado

heredera con benefi cio de inventario, de la herencia intestada dejada a su

defunción por el causante señor MIGUEL ANGEL PALACIOS, ocurrida

el día treinta de mayo de dos mil ocho, en la ciudad de San Salvador,

siendo esta ciudad, el lugar de su último domicilio, a la señora MARIA

BEATRIZ PALACIOS GOMEZ, en calidad de madre del causante.

Y se ha conferido a la heredera declarada, la Representación

y Administración Defi nitivas de la sucesión, la cual deberá ejercer

conjuntamente con los herederos declarados señores MARIA DE LOS

ANGELES RAMIREZ DE PALACIOS, ANGEL BALTAZAR PA-

LACIOS RAMIREZ y AIDA BEATRIZ PALACIOS RAMIREZ y el

menor JONATHAN MIGUEL PALACIOS RAMIREZ, a quienes por

dicho acto, se les confi rió también la Administración Defi nitiva de la

sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce horas

trece minutos del día doce de julio de dos mil diez.- LIC. YOALMO

ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA

SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 1067

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, Juez de lo Civil del Centro

Judicial Integrado de Soyapango.

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once

horas treinta del día nueve de marzo del presente año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la sucesión intestada

que a su defunción dejó el causante SIMON ANTONIO ROQUE, conocido

por SIMON ANTONIO ROQUE REYES, quien fue de cincuenta y tres

años de edad, motorista, soltero, siendo su último domicilio Soyapango,

originario de Tecoluca, Departamento San Vicente, Salvadoreño, hijo

de Mercedes Roque y Antonio Reyes, quien falleció el veintisiete de

mayo de dos mil ocho; a ALEXANDER ANTONIO ROQUE JUAREZ,

en su calidad de hijo del causante, representado por el Abogado Sergio

Orlando Lacayo Rodríguez, en su calidad de Agente Auxiliar del señor

Procurador General de la República.

Confi érese al aceptante declarado la Administración y Representa-

ción Defi nitiva de la sucesión intestada con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Librado en Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas

del día nueve de marzo de dos mil diez.- LIC. EDGAR ORLANDO

ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA ESTELA

SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 1068

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, JUEZ INTERINO DE

LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las once horas y veinte minutos del día once de marzo del presente año,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,

la herencia intestada, dejada a su defunción por la causante SANDRA

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

MARIA ANCHETA o SANDRA MARIA ANCHETA AGUIRRE, o

SANDRA MARIA ANCHETA DE ALFARO, ocurrida el día trece de

octubre de dos mil nueve, en San Salvador, siendo Talnique, el lugar de

su último domicilio, de parte de las señoras NUVYA CRISTY ALFARO

ANCHETA y LEYLI MARILENA ALFARO ANCHETA, en calidad

de hijas de la causante.

Y se ha conferido a las aceptantes, la Administración y la Repre-

sentación Interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas

cuarenta minutos del día diecinueve de marzo de dos mil diez.- LIC.

ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, JUEZ INTERINO

DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1069-1

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las doce horas y cuarenta minutos del día veintiuno de mayo del co-

rriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, la herencia intestada, dejada a su defunción por el causante

JOSE RUPERTO SAGASTUME ESCOBAR, ocurrida el día once de

julio de dos mil seis; en esta ciudad, lugar de su último domicilio, de

parte de la señora GRACIELA ESCOBAR HERNANDEZ o GRACIE-

LA ESCOBAR HERNANDEZ DE LOPEZ, en calidad de madre del

causante.

Y se ha conferido a la aceptante, la Administración y la Represen-

tación Interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince horas

ocho minutos del día cuatro de junio de dos mil diez.- LIC. YOALMO

ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA

SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1070-1

HERENCIA YACENTE

DRA. INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada o las once horas con

cincuenta minutos del día catorce de mayo del corriente año, se ha de-

clarado yacente la herencia intestada del causante, señor ANASTASIO

BENITEZ JORGE, fallecido el día treinta de septiembre de dos mil ocho,

en esta ciudad, su último domicilio; nombrándose curador de la Herencia

Yacente, al Abogado Jesús Ulises Melara Rivera, para que represente a

la sucesión en proceso de Declaración Judicial de Paternidad del menor

ADONAY ANASTASIO PEREZ.

Lo que hace saber para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil, Centro Judicial Integrado

de Derecho Privado y Social de San Salvador, a las once horas y diez

minutos del día nueve de agosto de dos mil diez.- DRA. INES TAURA

DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTERINA.- LIC.

VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1071-1

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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

ACEPTACION DE HERENCIA

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZA DE LO CIVIL DE APOPA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las ocho horas diecisiete minutos del día doce de agosto del corriente año, se tuvo de parte de las señoras: MARGARITA ELIZABETH AGUILLON DE CRUZ, de treinta y cuatro años de edad, Secretaria, y ROSA ELIA AGUILLON MELGAR, de treinta y siete años de edad, Secretaria Ejecutiva, ambas, del domicilio de San Salvador, en calidad de hijas de la Causante; por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora ROSA ANTONIA MELGAR, quien fue de cincuenta y uno años de edad, Sol-tera, Modista, fallecida el día trece de octubre de dos mil siete, siendo la ciudad de Apopa, lugar de su último domicilio.

Y se les confi rió a las aceptantes en el carácter indicado, la admi-nistración y representación interina de los bienes de la Sucesión; con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las ocho horas treinta y dos minutos del día doce de agosto de dos mil diez.- Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZA DE LO CIVIL.- Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1051-2

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las catorce horas treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora MARIA HAYDEE GUZMAN DE ARGUMEDO o MARIA HAYDEE GUZMAN CHAVEZ de la herencia intestada dejada a su defunción por el señor JOSE LUIS ARGUMEDO, quien falleció a las veintitrés horas cuarenta y cinco minutos del día treinta de marzo del año dos mil nueve, en el Barrio Las Flores, San Juan Opico, Departamento de La Libertad, siendo esta Ciudad su último domicilio, en concepto de cónyuge sobreviviente del referido causante.

Confi éresele a la aceptante expresada en el concepto indicado la administración y representación interinas de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las catorce horas cuarenta minutos del día diecisiete de agosto del año dos mil diez.- Licdo. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1052-2

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

ACEPTACION DE HERENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída a las nueve horas y veinte minutos de este día, se ha tenido por acep-tada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora FATIMA LISETTE DIAZ PLATERO o FATIMA LESETTE DIAZ o FATIMA LISETTE DIAZ DE MEJIA y los menores DAMARIS AILI-NE, DANIEL OSWALDO, todos de apellidos MEJIA DIAZ, quienes son representados legalmente por su madre FATIMA LISETTE DIAZ PLATERO o FATIMA LESETTE DIAZ o FATIMA LISETTE DIAZ DE MEJIA, en calidad de cónyuge la primera y los demás en calidad de hijos del causante de la herencia intestada dejada a su defunción por el señor FRANCISCO OSWALDO MEJIA AREVALO, quien falleció a las once horas del día cuatro de mayo del año dos mil ocho, en el Hospital de Santiago de María, departamento de Usulután, siendo esta Ciudad su último domicilio. Confi érese al aceptante en el concepto indicado, la administración y representación interinas de la referida sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a las personas que se crean con derecho en la sucesión para que se presenten a deducirla a este Juzgado, dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación del edicto respectivo.

Publíquense y fíjense los edictos ordenados por la ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las nueve horas y veinte minutos del día veintiséis de agosto del año dos mil diez.- Licdo. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1023-3

HERENCIA YACENTE

SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO,

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución de este Juzgado, de las nueve horas y veinte minutos del día tres de sep-tiembre de dos mil diez, se ha declarado YACENTE LA HERENCIA dejada a su defunción del causante señor MIGUEL ANGEL MELENDEZ PEREZ, quien era de sesenta años de edad, soltero, de nacionalidad sal-vadoreña, originario de San Salvador, siendo este municipio el lugar de su último domicilio, quien falleció en San Salvador, el día dos de febrero de dos mil nueve, sin que persona alguna se haya presentado alegando algún derecho, y se ha nombrado como CURADOR ESPECIAL de la misma para que lo represente al Licenciado RICARDO VASQUEZ JANDRES.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Salvador, a las doce horas y veinte minutos del día tres de septiembre de dos mil diez.- Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES RUBIO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1024-3

DE TERCERA PUBLICACIÓN

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las doce horas y cuarenta y nueve minutos del día veintitrés de marzo

del presente año, se ha declarado heredero, con benefi cio de inventario,

de la Herencia Intestada, dejada a su defunción por la causante ISIDRA

PALACIOS, conocida por ISIDRA PALACIOS MÉNDEZ y por MARÍA

ISIDRA PALACIOS, ocurrida el día nueve de agosto de dos mil ocho,

en el Hospital General del Seguro Social de San Salvador, siendo esta

ciudad, el lugar de su último domicilio, al señor TOMAS JOSÉ LUIS

RAMÍREZ PALACIOS, en calidad de sobrino de la causante; y se ha

conferido al heredero declarado, la administración y la representación

defi nitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las once

veinticinco minutos del día veinticuatro de junio de dos mil diez.- LIC.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA

VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

1 v. No. C001539

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta y

cinco minutos del día seis de julio de dos mil diez, se han declarado

HEREDEROS DEFINITIVOS ab-intestato con benefi cio de inventario

a los señores ROSA ELVIRA GARCIA DE RUANO o ROSA ELVIRA

GARCIA o ROSA LINO SALAZAR o LINA GARCIA o ROSA LINO,

MARGARITA ISABEL RUANO GARCIA, UBALDO ANTONIO

RUANO GARCIA, DAVID ADILIO RUANO GARCIA o DAVID

ADILIO LINO RUANO, y HENRY ELIAS RUANO GARCIA, la

primera en su calidad de cónyuge sobreviviente, y el resto en su concepto

de hijos del causante señor MARGARITO RUANO MENENDEZ o

MARGARITO RUANO, fallecido a las dieciséis horas del día dieci-

nueve de febrero del año dos mil nueve, en el cantón Ashapuco de esta

jurisdicción, habiendo sido su último domicilio el de esta ciudad; y no

se confía defi nitivamente a los herederos declarados la administración

y representación de la sucesión, hasta que rindan fi anza sufi ciente para

garantizar el derecho o cuota que en la misma les corresponde a los

señores ISAIAS RUANO y FELIPA MENENDEZ, en su concepto de

padres del causante, de conformidad al Art. 1166 Inc. 3º del Código

Civil.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fi nes de

ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas cuarenta

minutos del día seis de julio de dos mil diez.- DR. JULIO CESAR

FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CLAUDIA LELIN GUEVARA

DE PEÑATE, SECRETARIA.

1 v. No. F026868

JOSÉ NICOLAS ASCENCIO HERNÁNDEZ, Notario, de este domicilio,

con Ofi cina en Séptima Avenida Norte, Edifi cio DOS-C, Local Número

ocho, Centro de Gobierno, para los efectos de Ley.

AVISO: Que por resolución de las ocho horas del día dieciocho de

Septiembre del año dos mil diez, se ha declarado heredera defi nitiva con

benefi cio de inventario de la Herencia Intestada que a su defunción dejara

el señor TOMAS ANTONIO GARCIA GALVEZ, conocido por TOMAS

ANTONIO GARCIA y por ANTONIO GARCIA, quien fue de sesenta y

seis años de edad, Jornalero, del domicilio de Jiquilisco, Departamento

de Usulután, siendo ese su último domicilio, quien falleció en Colonia

Las Pampas, cantón El Carao, jurisdicción de Tecoluca, Departamento

de San Vicente, a las once horas y quince minutos del día dieciocho de

Junio de mil novecientos noventa y siete, a la señora LEONOR ORTIZ,

en concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que le correspon-

dían a los señores NICOLAS ANTONIO GARCIA ALFARO, MARÍA

MERCEDES GARCIA ALFARO, y MARÍA VICTORIA GARCIA

ALFARO, en calidad de hijos del expresado causante.

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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

Confi érese a la Heredera Declarada la Administración y Repre-

sentación defi nitiva de la Sucesión.

San Salvador, a los veinte días del mes de Septiembre del año dos

mil diez.

DR. JOSÉ NICOLAS ASCENCIO HERNÁNDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F026901

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, AL PÚ-

BLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las doce horas de este día, se han

declarado herederos defi nitivos con benefi cio de inventario a los seño-

res LUIS ALONSO JOVEL ZELAYA, conocido por LUIS ALONSO

JOVEL, DINORA DEL CARMEN JOVEL DE CUADRA, conocida

por DINORA DEL CARMEN JOVEL y JOSÉ ROBERTO JOVEL, en

calidad de hijos de la causante señora MARÍA ELVA JOVEL, conocida

por ELBA JOVEL, y por MARÍA ELBA JOVEL, en la sucesión intestada

que ésta dejó al fallecer el día treinta de abril del año dos mil diez, en

la Colonia Alberto Masferrer de Usulután, habiendo sido la Ciudad de

Usulután, su último domicilio.

Confi riéndosele a los herederos declarados la administración y

representación defi nitiva de dicha sucesión, con las facultades y restric-

ciones de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los diez días del mes

de septiembre del año dos mil diez.- LIC. JOSÉ ANTONIO GAMEZ,

JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARÁN H.,

SECRETARIA.

1 v. No. F026929

XIOMARA GUADALUPE LÓPEZ MARTINEZ, notario, de este domi-

cilio, con despacho Notarial ubicado en Cuarta Calle Oriente, Lourdes,

Colón, Departamento de La Libertad, contiguo a Agroindustrias Vezel,

telefono 2338-4777.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída a

las ocho horas del día veinte de septiembre del presente año, se ha declarado

a la señora CONCEPCIÓN MANZANARES DE TURCIOS, heredera

defi nitiva con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción

ocurrida en el Cantón Lourdes, Jurisdicción de Colón, Departamento de

La Libertad, el día once de agosto del año dos mil cinco, dejó el señor

JOSÉ APOLONIO TURCIOS VELÁSQUEZ, en concepto de cónyuge

sobreviviente del causante y cesionaria de los derechos hereditarios que les

correspondían en la sucesión a los señores PEDRO ISRAEL TURCIOS

MANZANARES, CARLOS ADALBERTO TURCIOS MANZANA-

RES, ANDREA DELMYS TURCIOS DE ZELAYA, MARÍA DEL

CARMEN TURCIOS MANZANARES, ÁNGEL ABILIO TURCIOS

MANZANARES y SANTOS DOMINGO TURCIOS MANZANARES,

habiéndosele concedido la representación y administración defi nitiva de

la referida sucesión.

Por lo que avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en Lourdes, Colón, Departamento de La Libertad, a los

veinte días del mes de septiembre del año dos mil diez.

LIC. XIOMARA GUADALUPE LÓPEZ MARTINEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F026931

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley.

AVISA: Que por resolución de las diez horas de este día, se ha

declarado heredero defi nitivo con benefi cio de inventario, al señor FRAN-

CISCO HERMINIO ZELAYA, en concepto de cónyuge sobreviviente

de la causante, señora MARÍA LUCIA JIMENEZ DE ZELAYA, en la

sucesión intestada que ésta dejó al fallecer el día treinta de julio del año

dos mil cinco, en el Barrio La Parroquia de la ciudad de Santa María, lugar

que tuvo como último domicilio; confi riéndosele al heredero declarado,

la administración y representación defi nitivas de dicha sucesión con las

facultades de ley.

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los trece días del

mes de agosto del dos mil diez.- LIC. JOSÉ ANTONIO GÁMEZ , JUEZ

DE LO CIVIL.- LIC. MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

1 v. No. F026950

DRA ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al publico para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas de este

día, se ha declarado al señor JOSÉ FILEMÓN ASCENCIO TOBAR,

heredero abintestato con benefi cio de inventario de los bienes que a su

defunción dejó la señora MARTA ASENCIO CACERES, conocida por

MARTA ASCENCIO CACERES, por MARTHA ASENCIO, MARTHA

ASENCIO CASERES, y por MARTHA ASCENCIO, quien fue de setenta

y tres años de edad, ofi cios domésticos, soltera, salvadoreña, originaria

de San Pedro Puxtla y del domicilio de Tecoluca de este departamento,

habiendo fallecido el día doce de Septiembre del año dos mil dos, en

el Caserío Rancho Grande, Cantón San Carlos Lempa, jurisdicción de

Tecoluca de este mismo departamento, lugar de su último domicilio,

en concepto de hijo de la causante.

Y se ha conferido al heredero declarado la administración y repre-

sentación defi nitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los ocho días del

mes de julio del año dos mil diez.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIO.

1 v. No. F027018

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial

al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con veinticinco

minutos del día de hoy, se ha declarado heredera abintestato con benefi cio

de inventario de los bienes que a su defunción dejó el señor MARCIAL

VELA MERINO o INES MARCIAL VELA MERINO o MARCIAL

VELA, quien fue de noventa años de edad, agricultor, casado, salvadoreño,

fallecido el día veintiocho de junio de mil novecientos ochenta y seis, en

San Vicente, en este Distrito Judicial, lugar de su último domicilio, a los

señores XENIA LUISA VELA SOSA, secretaria comercial, de setenta

años de edad, de este domicilio, con documento único de identidad

número cero dos millones cuatrocientos once mil novecientos setenta y

ocho-dos y número de identifi cación tributaria mil diez-cero cincuenta

y un mil treinta y nueve-cero cero dos-tres y ROBERTO ALEJANDRO

VELA, de treinta y seis años de edad, estudiante, de este domicilio con

documento único de identidad número: cero un millón ciento cincuenta

y cinco mil setecientos trece-tres y número de identifi cación tributaria:

mil diez-doscientos noventa mil quinientos setenta y cuatro-ciento

uno-ocho, en concepto de hija del causante la primera y el segundo por

derecho de representación de la Herencia Intestada que correspondía a

su padre señor ROBERTO SEGUNDO VELA SOSA, en concepto de

hijo del causante.

Confi éresele a los herederos declarados la administración y repre-

sentación defi nitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los dieciséis

días del mes de septiembre del dos mil diez.- DRA. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

1 v. No. F027021

CAROLINA DE JESÚS ROMERO GUARDADO, Notario, de este

domicilio con Ofi cina Ubicada en Urbanización Buenos Aires uno,

Avenida San Carlos número ciento veinticuatro, San Salvador, al público

para los efectos de ley.

AVISA: Que por resolución de las diez horas del día seis de julio

del presente año, pronunciada por la Suscrita Notario, en las Diligen-

cias de Aceptación de Herencia intestada dejada a su defunción por la

señora MARIA ESTER SERRANO viuda DE ORELLANA, conocida

por MARÍA ESTER SERRANO DE ORELLANA, MARÍA ESTER

SERRANO y por MARÍA ESTHER SERRANO, fallecida el día ocho

de agosto del año dos mil nueve, en Santa Tecla, Departamento de La

Libertad, siendo su último domicilio San Juan Opico, Departamento

de La Libertad, que ante mis ofi cios notariales siguen los señores

SALVADOR ORELLANA SERRANO, conocido por SALVADOR

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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

ORELLANA; CORINA DE LOS ÁNGELES ORELLANA SERRANO,

conocida por CORINA DE LOS ÁNGELES ORELLANA y por CORINA

ORELLANA; NOÉ DE JESÚS ORELLANA SERRANO, conocido

por NOÉ DE JESÚS ORELLANA, BLANCA DAYSI ORELLANA

DE MARTINEZ, conocida por BLANCA DAYSI ORELLANA, y por

BLANCA DAYSI ORELLANA SERRANO; NORMA ELIZABETH

ORELLANA DE ALVARENGA, conocida por NORMA ELIZABETH

ORELLANA, y por NORMA ELIZABETH ORELLANA SERRANO,

en su calidad personal y como apoderada del señor ANIBAL ESAU

ORELLANA SERRANO, conocido por ANIBAL ESAU ORELLANA,

y RUTH MARÍA ORELLANA DE MONTALVO, conocida por

RUTH MARÍA ORELLANA, y por RUTH MARÍA ORELLANA

SERRANO, se han declarado herederos con benefi cio de inventario a

los expresados señores en concepto de hijos sobrevivientes de la cau-

sante, habiéndoseles conferido a los señores SALVADOR ORELLANA

SERRANO, conocido por SALVADOR ORELLANA; CORINA DE

LOS ÁNGELES ORELLANA SERRANO, conocida por CORINA

DE LOS ÁNGELES ORELLANA y por CORINA ORELLANA; NOÉ

DE JESÚS ORELLANA SERRANO, conocido por NOÉ DE JESÚS

ORELLANA, BLANCA DAYSI ORELLANA DE MARTINEZ, co-

nocida por BLANCA DAYSI ORELLANA, y por BLANCA DAYSI

ORELLANA SERRANO; NORMA ELIZABETH ORELLANA DE

ALVARENGA, conocida por NORMA ELIZABETH ORELLANA,

y por NORMA ELIZABETH ORELLANA SERRANO, en su calidad

personal y como apoderada del señor ANIBAL ESAU ORELLANA

SERRANO, conocido por ANIBAL ESAU ORELLANA, y RUTH

MARÍA ORELLANA DE MONTALVO, conocida por RUTH MA-

RÍA ORELLANA, y por RUTH MARÍA ORELLANA SERRANO, la

Administración y Representación Defi nitiva de la indicada Sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ofi cina jurídica de la Notario Licenciada Carolina de

Jesús Romero Guardado, a las catorce horas del día dieciséis de agosto

del año dos mil diez.

LIC. CAROLINA DE JESÚS ROMERO GUARDADO,

NOTARIO.

1 v. No. F027041

DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE TEJUTLA.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída a

las doce horas y cuarenta minutos del día dos de Julio del presente año,

se ha declarado heredera defi nitiva a la señora Santos Lemus viuda de

Rodríguez, en su calidad de esposa y cesionaria de los derechos que le

correspondían a los señores José Adán Rodríguez Lemus y Marta Teresa

Rodríguez de Tejada en sus calidades de hijos del causante señor Juan

José Rodríguez, de cuarenta y cinco años de edad, casado, agricultor en

pequeño, originario y del domicilio de Nueva Concepción, Salvadoreño,

hijo de Imelda Rodríguez, falleció a las dieciocho horas del día veinticinco

de febrero del dos mil dos.

Confi erese al aceptante la administración y representación defi nitiva

de la sucesión. Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de

Tejutla, a los dos días del mes de Julio del dos mil diez.- DR. DANILO

ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.

ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.

1 v. No. F027062

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha declarado

al señor LUIS ALBERTO SURIO JUÁREZ, heredero benefi ciario

testamentario de los bienes que a su defunción dejó la causante TOMA-

SA JUÁREZ MEJÍA DE SURIO, conocida por TOMASA JUÁREZ,

quien falleció el día diez de abril de dos mil cuatro, en el Hospital Santa

Teresa de Zacatecoluca, su último domicilio, en concepto de heredero

testamentario de la causante.

Confi érase al heredero que se declara la administración y repre-

sentación defi nitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintidós de junio de

dos mil diez.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-

JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F027081

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

JOSÉ EDGARDO ROJAS VÁSQUEZ, Notario, de este domicilio y de

San Salvador, con Ofi cina establecida en Tercera Calle Poniente, Número

3 - 9 B dos, Santa Tecla, Departamento de La Libertad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las diez horas del día dieciséis de junio de dos mil diez, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor

JORGE ALBERTO FLORES LÓPEZ, la Herencia Intestada dejada por

el señor FRANCISCO FLORES, quien falleció en el Cantón La Chapina,

Izalco, Departamento de Sonsonate, siendo también su último domicilio,

el día veintitrés de junio del año dos mil ocho, en concepto de Sobrino

sobreviviente del causante.

Confi érase al aceptante, la Administración y Representación Interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se citan a todos los que se crean

con derecho a la herencia mencionada para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en las ofi cinas del Notario JOSÉ EDGARDO ROJAS

VÁSQUEZ, en la ciudad de Santa Tecla, a las quince horas treinta

minutos del día dieciséis de junio del año dos mil diez.

JOSÉ EDGARDO ROJAS VÁSQUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C001527

JOSÉ EDGARDO ROJAS VÁSQUEZ, Notario, de este domicilio y de

San Salvador, con Ofi cina establecida en Tercera Calle Poniente, Número

3 - 9 B dos, Santa Tecla, Departamento de La Libertad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las diez horas del día dieciséis de junio de dos mil diez, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del

señor JORGE ALBERTO FLORES LÓPEZ, la Herencia Intestada dejada

por el señor JORGE FLORES, quien falleció en el Cantón La Cabaña,

Jurisdicción de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, siendo

también su último domicilio, el día nueve de agosto del año dos mil

cinco, en concepto de hijo sobreviviente del causante.

Confi érase al aceptante, la Administración y Representación Interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se citan a todos los que se crean

con derecho a la herencia mencionada para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en las ofi cinas del Notario JOSÉ EDGARDO ROJAS

VÁSQUEZ, en la ciudad de Santa Tecla, a las quince horas del día

dieciséis de junio del año dos mil diez.

JOSÉ EDGARDO ROJAS VÁSQUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C001528

MARTA YESENIA GUIDOS BARRERA, Notario, de este domicilio,

con Ofi cina ubicada en Veintiuna Avenida Norte, Colonia Layco, Con-

dominios Tequendama, Edifi cio seis, apartamento uno, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las quince horas del día dos de julio del presente año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción, ocurrida en Calle Gabriela Mistral, número setecien-

tos trece, de esta ciudad, el día siete de septiembre de mil novecientos

ochenta y seis, dejó la señora SABAS YOLANDA MEJÍA viuda DE

JOSA, conocida por YOLANDA MEJÍA y por SABAS YOLANDA

MEJÍA, de parte de los señores ANA VIRGINIA YOLANDA JOSA

MEJÍA, RENÉ ADOLFO JOSA MEJÍA y JOSÉ FEDERICO JOSA

MEJÍA, en su concepto de hijos sobrevivientes y Herederos Intestados

de la causante.

Habiéndose conferido la Administración y Representación Interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina, en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

Librado en la Ofi cina de la Notario Marta Yesenia Guidos Barrera.

En la ciudad de San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del

día siete de septiembre de dos mil diez.

LICDA. MARTA YESENIA GUIDOS BARRERA,

NOTARIO.

1 v. No. C001530

GERMAN ATILIO ANAYA, con Ofi cina en Condominio Montemaría,

Edifi cio "B", Local número uno, tercera planta, en Primera Calle Poniente

número dos mil novecientos cuatro, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en esta ciudad,

a las nueve horas del día trece de septiembre del año dos mil diez, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia testamentaria de la señora JULIA ESCOBAR DE ORELLANA

o JULIA ESCOBAR, quien fue de ochenta y ocho años de edad, Se-

cretaria y Jubilada, fallecida en esta ciudad, su último domicilio, el día

siete de agosto del año dos mil diez; y además, que la causante antes

mencionada, otorgó testamento abierto, en esta ciudad, a las catorce horas

y treinta minutos del día treinta de noviembre del año dos mil dos, ante

los ofi cios de la Notaria Ana Isabel Urías Huezo, tiénese por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia testamentaria,

de parte de los señores SONIA MARGARITA SALAZAR CASTI-

LLO, conocida por SONIA MARGARITA SALAZAR y por SONIA

MARGARITA SALAZAR ESCOBAR, de cincuenta y cinco años de

edad, Secretaria, de este domicilio y del de la ciudad de San Francisco,

Estado de California, Estados Unidos de América; FELIX EDGARDO

ORELLANA ESCOBAR, de cuarenta y ocho años de edad, empleado; y

MARCO ANTONIO ORELLANA ESCOBAR, de cuarenta y seis años

de edad, Ingeniero Electricista, ambos de este domicilio, en concepto de

herederos instituidos en el testamento abierto, otorgado en esta ciudad, a

las catorce horas y treinta minutos del día treinta de noviembre del año

dos mil dos, ante los ofi cios de la Notaria Ana Isabel Urías Huezo.

A quienes se les ha conferido la Administración y Representación

Legal de dicha sucesión, en forma Interina, con las facultades y restric-

ciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que hace del conocimiento del público, para los efectos legales

consiguientes.

San Salvador, catorce de septiembre del año dos mil diez.

DR. GERMAN ATILIO ANAYA,

NOTARIO.

1 v. No. F026873

GERMAN ATILIO ANAYA, con Ofi cina en Condominio Montemaría,

Edifi cio ''B'', local número uno, tercera planta, en Primera Calle Poniente,

número dos mil novecientos cuatro, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en esta ciudad,

a las diez horas del día diez de septiembre del año dos mil diez, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la he-

rencia intestada de la señora VICTORIA CAPDEVILLE DE DE LEON,

conocida por VICTORIA CAPDEVILLE DE DELEON, quien fue de

setenta y ocho años de edad, ama de casa, fallecida en esta ciudad, su

último domicilio, el día ocho de agosto del año dos mil siete, de parte

de la señora ANA MERCEDES DE LEON DE SERRANO, conocida

por ANA MERCEDES DE LEON CAPDEVILLE, de cuarenta y cuatro

años de edad, Empleada, y de este domicilio, en concepto de hija de la

causante y además como cesionaria de los derechos hereditarios que en

dicha sucesión les correspondían a los señores JORGE ALBERTO DE

LEON, conocido por JORGE DE LEON, como cónyuge sobreviviente

de la causante y JORGE ERNESTO DE LEON CAPDEVILLE, como

hijo de la misma.

A quien se le ha conferido la Administración y Representación Legal

de dicha sucesión, en forma interina, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que hace del conocimiento del público, para los efectos legales

consiguientes.

San Salvador, diez de enero del año dos mil ocho.

DR. GERMAN ATILIO ANAYA,

NOTARIO.

1 v. No. F026874

MARÍA ISABEL PALACIOS, Notario, de este domicilio y del de

Ayutuxtepeque, con Ofi cina en Treinta y Tres Calle Oriente Bis tres-

cientos dos, Colonia La Rábida, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día veinte

de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario de parte del señor JOSÉ ROBERTO RUBIO

CERNA, la herencia intestada de la causante CONCEPCIÓN CERNA,

en concepto de derecho de representación de los derechos que en dicha

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

sucesión correspondían a la hermana de la causante, BERNARDA DE

MARÍA CERNA DE RUBIO, quien fuera conocida como MARÍA

BERNARDA CERNA, quien a su vez era la madre del aceptante, de

los bienes que la causante dejó a su defunción, ocurrida en el Cantón

Las Ánimas, Jurisdicción de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana,

el día veintitrés de mayo de mil novecientos noventa y dos, siendo su

último domicilio la ciudad de Chalchuapa.

Confi érase al aceptante la Administración y Representación Interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales.

San Salvador, veintiséis de agosto de dos mil diez.

LIC. MARIA ISABEL PALACIOS.

NOTARIO.

1 v. No. F026888

YACIR ERNESTO FERNANDEZ SERRANO, Notario, de este do-

micilio, con ofi cina en Residencial La Cima IV, Polígono F, número

veinte, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las trece horas del día catorce de septiembre de dos mil diez, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad y departamento de

Usulután, el día siete de febrero de dos mil ocho, dejó la señora MARIA

EMMA SERRANO BERMUDEZ, de parte de las señoras JOSEFA

ESTELI SERRANO, hoy DE RIVERA y MARIA RAMONA AGUILAR

SERRANO, hijas de la causante.

Habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario, YACIR ERNESTO FERNANDEZ

SERRANO, en la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día

dieciséis de septiembre del dos mil diez.

YACIR ERNESTO FERNANDEZ SERRANO,

NOTARIO.

1 v. No. F026915

JOSÉ ANTONIO MÁRQUEZ GUZMÁN, Notario, de este domicilio y

del de la ciudad de San Miguel, con Ofi cina ubicada en Tercera Avenida

Norte, Número Veintitrés, Barrio El Calvario, San Luis de la Reina,

Departamento de San Miguel.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las doce horas y veinte minutos del día catorce de septiembre del año

dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, la herencia intestada que a su defunción, dejó el señor LIDIO

AMAYA PORTILLO, fallecido en el Kilómetro ciento treinta y seis,

Carretera Panamericana Frente a Cuerpo de Bomberos, San Miguel, a

consecuencia de Trauma Cerrado de Tórax, ocurrido en hecho de tránsito,

a las cinco horas, del día veintinueve de julio de dos mil cinco, de parte

de la señora FLORA ELCIDA OCHOA DE AMAYA, en concepto de

cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios

de SILVIA BERONICA AMAYA OCHOA, RUBIA LISSETTE

AMAYA OCHOA y LIDIO ALEXANDER AMAYA OCHOA, hijos

sobrevivientes.

Habiéndose conferido la Administración y Representación INTE-

RINA de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la herencia conferida, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario, a las ocho horas del día quince

de septiembre de dos mil diez.-

LIC. JOSE ANTONIO MARQUEZ GUZMAN,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F026997

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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

RENE ANTONIO VIOLANTES AGUIRRE, Notario, de este domicilio,

con Ofi cina Jurídica, situada en Cuarta Calle Poniente, entre Segunda y

Cuarta Avenida Norte, Número Cuatro, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las catorce horas del día veintisiete de agosto del corriente año, se ha

tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario, la

Herencia Intestada que a su defunción dejara la señora ZONIA ESPE-

RANZA DUEÑAS GUERRERO, ocurrida en Candelaria de la Frontera,

el diecisiete de agosto del año dos mil nueve, siendo aquél su último

domicilio, de parte de la señora SULMA LICET MURILLO CHICAS,

en concepto de cesionaria de VERONICA ELIZABETH CERON

DUEÑAS, hija de la causante.

Habiéndose conferido la Administración y Representación Interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

Santa Ana, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil

diez.

RENE ANTONIO VIOLANTES AGUIRRE,

NOTARIO.

1 v. No. F027065

OSCAR NELSON FUENTES RAMIREZ, Notario, de este domicilio,

con Ofi cina Notarial ubicada en la Séptima Avenida Norte, Edifi cio

DOS-C, local doce, Segunda Planta, Urbanización Santa Adela, ciudad,

al público en general.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las doce horas y veinte minutos del día dieciséis de septiembre del

dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor

ANGEL GUADALUPE RAMIREZ FLORES; ocurrida a las diecisiete

horas del día quince de agosto del dos mil diez, en el Hospital Nacional

de Zacamil, Mejicanos, Departamento de San Salvador, siendo su último

domicilio en Colonia San Martín, Pasaje Tres Chorros, número ciento

cuarenta y seis, San Salvador; sucesión que es aceptada de parte del

señor ALEJANDRO RAMIREZ ACOSTA, en concepto de hermano

del causante y heredero abintestato.

A quien se le ha conferido la Administración y Representación

Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales de los

curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio CITA a todos los que se crean con

derecho a la referida sucesión, para que se presenten a esta Ofi cina en el

término de quince días, a partir del día siguiente a la última publicación

del presente edicto.

Librado en la Ofi cina del suscrito Notario, en la ciudad de San

Salvador, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil

diez.

LIC. OSCAR NELSON FUENTES RAMIREZ,

NOTARIO.

1 v. No. F027068

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al

público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta

minutos del día veinticuatro de julio del año dos mil nueve, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante JESUS RENE GUEVARA

ALONZO o RENE GUEVARA ALONZO, quien falleció el día dieciséis

de febrero del dos mil nueve, en el Barrio San Sebastián Analco, de

esta ciudad, su último domicilio, por parte de la señora SANDRA DEL

ROSARIO VALDEZ GUEVARA, en concepto de hija del causante.

Nómbrese al aceptante Interinamente, Administrador y Represen-

tante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro del término de quince días, contados a partir del siguiente

de la tercera publicación de este aviso, se presente a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veinticuatro de julio de

dos mil nueve.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.

JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001546-1

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las catorce horas y treinta minutos

de este día, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON

BENEFICIO DE INVENTARIO la Herencia Intestada que a su defun-

ción dejó el señor FRANCISCO ANTONIO FLORES, al fallecer el día

cuatro de abril del dos mil diez, en el Hospital Metropol de esta ciudad

de Usulután, lugar que tuvo como último domicilio, de parte de la señora

LUCIA INES CERNA FLORES, en calidad de hija del Causante.

Confi riéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-

sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días, después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

once días del mes de Junio del año dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026896-1

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución proveída este día, a las once

horas y cinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente con be-

nefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor TRINIDAD

NUÑEZ conocido por TRINIDAD NUÑEZ RIOS, quien falleció el día

ocho de Noviembre de mil novecientos ochenta y nueve, en el Barrio

de Honduras de esta ciudad de La Unión, siendo ese lugar su último

domicilio, de parte del señor GUILLERMO GUZMAN RIOS conocido

por GUILLERMO RIOS GUZMAN, en concepto de cesionario de

los derechos hereditarios que le correspondían a la señora RAFAELA

NUÑEZ REYES hermana sobreviviente del causante. Confi riéndole a

dicho aceptante, en el carácter indicado la administración y represen-

tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para

que en el termino de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los dos días del

mes de Septiembre de dos mil diez.- Lic. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026946-1

Doctor DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE TEJUTLA,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída

a las doce horas y treinta minutos del día treinta y uno de agosto del

presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ISRAEL

ORTIZ, de ochenta años de edad, casado, Originario y del domicilio de

La Reina, salvadoreño, hijo de Sara Ortiz, falleció el día veinticuatro de

enero del dos mil diez, a las ocho horas con cincuenta minutos en casa de

habitación, por parte de la señora Rosa Cándida Lemus viuda de Ortiz,

en su calidad de esposa y cesionaria de los derechos hereditarios que

le corresponde a Juana Antonia Ortiz Lemus en su calidad de hija del

causante. Confi érese a la aceptante la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les

corresponden a los curadores de la herencia yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla,

a los treinta y un días del mes de agosto del dos mil diez.- Dr. DANILO

ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda.

ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027004-1

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante JULIAN GARCIA, quien

falleció el día once de diciembre de dos mil siete, en el Caserío El Pi-

chiche, Cantón San José de la Montaña, de esta jurisdicción, su último

domicilio; por parte del señor PABLO HERNANDEZ, en concepto de

cesionario del derecho hereditario que en tal sucesión correspondía a

NORMA ARACELY PORTILLO GARCIA conocida por NORMA

ARACELY PORTILLO DE GARCIA, como cónyuge sobreviviente

de dicho causante. Nómbrase al aceptante, interinamente administrador

y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, seis de octubre de dos mil

nueve.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027006-1

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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

MARIO MOISA MARTINEZ, Juez de lo Civil de este Distrito,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas veinte mi-

nutos del día nueve de Junio del corriente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia testamentaria

dejada por la señora MARIA LUISA HERNANDEZ, fallecida el día

veinticinco de Diciembre del dos mil nueve, en la ciudad de Nahuizalco,

siendo dicha ciudad su último domicilio, de parte del señor JOSE ER-

NESTO DELGADO LOPEZ, en concepto de heredero testamentario

del Causante.

Se ha conferido al aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de Ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cuarenta mi-

nutos del día nueve de Junio del dos mil diez.- Dr. MARIO MOISA

MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN

CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027008-1

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado,

a las catorce horas del día catorce de septiembre del año en curso, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada dejada a su defunción por el causante AMADO ENRIQUE

NAVARRO conocido por AMADO ENRIQUE NAVARRO ESCOTO,

ocurrida el día veinticinco de septiembre del año dos mil siete, siendo su

último domicilio el de esta ciudad, de parte del señor ENRIQUE JOSUE

NAVARRO DIAZ en calidad de hijo sobreviviente del causante. Y se

le ha conferido al aceptante la administración y representación interina

de los bienes de la sucesión, con las facultades y restricciones legales.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador,

a las catorce horas diez minutos del día catorce de septiembre de dos

mil diez.- Licda. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ

DE LO CIVIL.- Licda. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027074-1

HUGO ALBERTO AVALOS CANJURA, Notario, de este domicilio,

con ofi cina ubicada en Tercera Avenida Sur, Número Veintitrés, Barrio

San Sebastián, de la ciudad de Apopa, Departamento de San Salvador,

y con teléfono veintidós dieciséis treinta setenta y cinco, al público para

los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada por el Suscrito Notario,

en la ciudad de Apopa, Departamento de San Salvador, a las ocho horas

del día dieciocho de septiembre de dos mil diez, se ha tenido por Aceptada

Expresamente y con Benefi cio de Inventario, la Herencia Intestada que

a su defunción dejara el señor ADRIÁN MELGAR CAMPOS conocido

por ADRIÁN MELGAR, quien fuera a su fecha de defunción de setenta

años de edad, sexo masculino, del domicilio de Apopa, Departamento de

San Salvador, hijo de Rafael Campos y Tomasa Melgar, quien falleció en

el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, a las dieciocho horas

cuarenta y cinco minutos del día siete de junio de mil novecientos noventa

y tres, a consecuencia de Neumonía, Traumatismo Cráneo Encefálico por

caída, siendo su último domicilio la ciudad de Apopa, Departamento de

Salvador, por parte del señor ADRIAN MELGAR CRUZ en su carácter

de Cedatario de los derechos hereditarios que le correspondían a su madre

MARTA JULIA CRUZ viuda DE MELGAR, y de hijo sobreviviente del

causante. Habiéndosele conferido al aceptante referido la Administración

y Representación Interina de la mortual expresada, con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, se cita a todos los que se creen con derechos a

la referida Herencia, para que se presenten a deducir los mismos a esta

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente día a

la última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario HUGO ALBERTO AVALOS

CANJURA, en la ciudad de Apopa, a las once horas del día dieciocho

de septiembre de dos mil diez.

Lic. HUGO ALBERTO AVALOS CANJURA,

NOTARIO.

3 v. c. No. F027038-1

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada

América Beatriz García Herrera, quien es mayor de edad, abogada,

del domicilio de la Ciudad y Departamento de Santa Ana, actuando

en su carácter de Apoderada General Judicial del señor SALVADOR

GONZALO DELGADO VASQUEZ conocido por JOSE ANDRES

DELGADO GARCIA y JOSE ANDRES DELGADO, quien es mayor

de edad, comerciante, del domicilio de la ciudad de San Salvador, con

Documento Unico de Identidad número cero cero cuatrocientos cincuenta

y ocho mil setecientos noventa y siete-tres, con Número de Identifi cación

Tributaria Número: cero setecientos cuatro-trescientos un mil ciento

cincuenta y uno-ciento uno-uno, solicitando se le extienda TITULO

DE PROPIEDAD a favor de su poderdante de un terreno de naturaleza

urbano, situado en el Barrio San Sebastián, Avenida Independencia Sur

y Tercera Avenida Sur, sin número, Calle José Mariano Méndez, de esta

ciudad, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS CUARENTA Y

CUATRO PUNTO SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

METROS CUADRADOS, con los linderos siguientes: AL NORTE: con

la señora Elena Alfaro viuda de Figueroa, calle de por medio y con la

señora Zoila del Carmen Reina hoy de Chávez, calle de por medio; AL

SUR: con el señor Jorge Jaime Saade Barake; AL ORIENTE: Sociedad

Ana María de Figueroa e Hijos S.A.; y AL PONIENTE: con el señor

Jorge Jaime Saade Barake, el cual no tiene cargas ni derechos reales que

puedan respetarse, no está en proindivisión con nadie, ni es dominante

ni sirviente, dicho inmueble lo adquirió por compraventa que le hizo a

la señora ANA MARIA FIGUEROA DE FLORES, quien es mayor de

edad, comerciante, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de

La Libertad, según escritura pública número Dieciséis, Libro Segundo,

otorgada en la Ciudad de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad,

el día doce de octubre del año dos mil nueve, ante los ofi cios de la notario

Fidelina del Rosario Anaya de Barrillas, posesión que unida a la de los

anteriores propietarios suma más de treinta años consecutivos, posesión

que ostenta de forma quieta, pacífi ca, continua e ininterrumpida, y valúa

dicho inmueble en la cantidad de VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS

SETENTA Y UN DOLARES CUARENTA Y DOS CENTAVOS DE

DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Dado en la Alcaldía Municipal de la Ciudad y Departamento de

Santa Ana, a las diez horas del día veinte del mes de agosto del año dos

mil diez.- Licenciado FRANCISCO POLANCO ESTRADA, ALCALDE

MUNICIPAL.- Licenciado CARLOS SALINAS RIVAS, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F027072-1

TITULO SUPLETORIO

La infrascrita Notario CONSUELO RAQUEL SALGADO BOQUIN,

Notario, de este domicilio, con ofi cina jurídica situada en Colonia y Paseo

Miralvalle, casa número doscientos cincuenta y siete, San Salvador, al

público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que ante sus ofi cios notariales se ha presentado el

señor PEDRO BENITEZ GARCIA, de cincuenta y cinco años de edad,

Jornalero, del domicilio de Caserío Las Crucitas, Cantón Huisiltepeque,

Jurisdicción de Tenancingo, Departamento de Cuscatlán, con Documento

Único de Identidad número cero dos cero tres cinco seis ocho cuatro-cinco,

y Número de Identifi cación Tributaria cero siete uno cero-dos tres uno cero

cinco cuatro-uno cero uno-dos, y ME DICE: Que viene a iniciar diligencias

de TITULACIÓN SUPLETORIA, de un terreno de naturaleza rústica,

situado en Cantón HUISILTEPEQUE, Caserío Las Crucitas, jurisdicción

de SAN PEDRO PERULAPÁN, Departamento de CUSCATLÁN. De una

extensión superfi cial de UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO

PUNTO OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS. Descripción

que inicia en el vértice nor-poniente identifi cado con el número uno.

LINDERO NORTE: formado por tres tramos con los siguientes rumbos

y distancias: Tramo uno Sur ochenta y cinco grados veinticinco minutos

cuarenta y cinco segundos Este ocho punto veintitrés metros; Tramo dos

Sur setenta y nueve grados siete minutos siete segundos Este doce punto

cero nueve metros; Tramo tres Sur setenta y seis grados treinta y tres

minutos cuarenta y cinco segundos Este diecisiete punto ochenta y dos

metros, linda en estos tramos con Juan Rosales; LINDERO ORIENTE:

formado por diez tramos con los siguientes rumbos y distancias, tramo

uno: Sur tres grados cuarenta minutos treinta y tres segundos Oeste

cuatro punto noventa y nueve metros; tramo dos: Sur catorce grados

veintiséis minutos veintiocho segundos Oeste siete punto once metros;

tramo tres: Sur cinco grados cincuenta y cinco minutos veinte segundos

Este once punto treinta metros; tramo cuatro: Sur veintiuno grados treinta

y nueve minutos trece segundos Este seis punto sesenta metros; tramo

cinco: Sur veintiocho grados seis minutos cincuenta y siete segundos

Este seis punto setenta y ocho metros; tramo seis: Sur veintisiete grados

cincuenta y uno minutos dieciséis segundos Este seis punto sesenta y

nueve metros; tramo siete: Sur cuarenta grados nueve minutos treinta y

seis segundos Oeste cuatro punto ochenta y cuatro metros; tramo ocho:

Sur cuarenta y ocho grados cincuenta y nueve minutos treinta y nueve

segundos Oeste nueve punto cuarenta y ocho metros; tramo nueve: Sur

trece grados treinta y dos minutos veintisiete segundos Oeste cinco punto

veintiocho metros; tramo diez: Sur setenta y uno grados veinte minutos

catorce segundos Oeste dos punto veintitrés metros, linda en estos tramos

con Sucesión Emeterio Alvarenga; LINDERO SUR: formado por seis

tramos con los siguientes rumbos y distancias, tramo uno: Norte sesenta

y cuatro grados treinta y cuatro minutos diecisiete segundos Oeste doce

punto treinta y siete metros; tramo dos: Norte cuarenta y cinco grados

cuarenta y uno minutos cincuenta y dos segundos Oeste dos punto cero

metros; tramo tres: Norte sesenta y uno grados dieciséis minutos cuarenta

y uno segundos Oeste uno punto noventa y nueve metros; tramo cuatro:

Norte doce grados cuarenta y cuatro minutos seis segundos Oeste cero

punto ochenta y seis metros; tramo cinco: Norte catorce grados cuarenta

y cuatro minutos treinta y seis segundos Oeste seis punto diez metros;

tramo seis: Norte setenta y siete grados cuarenta minutos cincuenta y

ocho segundos Oeste uno punto cincuenta y cuatro metros, linda en

estos tramos con Gabriel Peña; LINDERO PONIENTE: formado por

cinco tramos con los siguientes rumbos y distancias, Tramo uno: Norte

dieciocho grados veintiocho minutos cincuenta y cuatro segundos Este

once punto doce metros; tramo dos: Norte diecisiete grados cuarenta

y cinco minutos veintisiete segundos Este veintiuno punto cuarenta y

uno metros; tramo tres: Norte setenta y siete grados cero minutos trece

segundos Oeste diez punto treinta y tres metros; tramo cuatro: Norte

ochenta grados uno minutos cuarenta y dos segundos Oeste trece punto

noventa y siete metros, linda en estos tramos con Cristabel Benítez Girón,

tramo cinco: Norte uno grados uno minutos treinta y seis segundos Oeste

trece punto cincuenta y cinco metros, linda en estos tramos con José

Reynaldo Acacio Villeda Rodas, linda en estos tramos con. Llegando de

esta manera al punto donde dio inicio la presente descripción. El terreno

descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene

cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; que desde su

adquisición al Señor Juan Rosales Alas, en el año de mil novecientos

noventa y seis, es decir desde hace CATORCE años consecutivos, ha

poseído el referido terreno en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida,

pero carece de Título de dominio inscrito. Que el titulante estima el

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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

terreno en la suma de UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

San Salvador, a los diez días del mes de agosto de dos mil diez.

Lic. CONSUELO RAQUEL SALGADO BOQUIN,

NOTARIO.

1 v. No. C001535

La infrascrita Notario CONSUELO RAQUEL SALGADO BOQUIN, de

este domicilio, con ofi cina jurídica situada en Colonia y Paseo Miralvalle,

casa número doscientos cincuenta y siete, San Salvador, al público para

los efectos de Ley,

HACE SABER: Que ante sus ofi cios notariales se ha presentado

el señor JOSE MARIA GIRON JOAQUIN, de treinta y cinco años de

edad, jornalero, del domicilio del Cantón La Esperanza, Jurisdicción

de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, con Documento

Único de Identidad número cero dos dos seis cuatro nueve cuatro

uno-cuatro, con Número de Identifi cación Tributaria cero siete uno

cero-dos tres uno cero siete cuatro-uno cero cinco-cuatro, y ME DICE:

Que viene a iniciar diligencias de TITULACION SUPLETORIA, de un

terreno de naturaleza rústica, Cantón LA ESPERANZA, jurisdicción

de SAN PEDRO PERULAPAN, Departamento de CUSCATLAN. El

cual posee la siguiente descripción: Parte del esquinero Nor-poniente,

describiendo sus linderos por medio de tramos rectos, cuyos rumbos y

distancias son los siguientes: LINDERO NORTE: parte del esquinero

Nor-poniente, formado por nueve tramos así: Tramo uno, Sureste ochenta

y cuatro grados treinta y cinco minutos diecisiete segundos y distancia

de once punto sesenta y tres metros; Tramo dos, Sureste ochenta y un

grados trece minutos cincuenta y cuatro segundos y distancia de nueve

punto veintinueve metros; Tramo tres, Noreste setenta y cuatro grados

cuatro minutos cuarenta y cinco segundos y distancia de quince punto

cuarenta y ocho metros; Tramo cuatro, Noreste ochenta grados treinta

y un minutos treinta y cinco segundos y distancia de dos punto noventa

y cinco metros; Tramo cinco, Sureste cincuenta y nueve grados quince

minutos cuarenta y seis segundos y distancia de dos punto diecinueve

metros; Tramo seis, Sureste treinta y seis grados treinta y siete minutos

dos segundos y distancia de quince punto ochenta metros; Tramo siete,

Sureste cuarenta y cuatro grados un minuto veintiséis segundos y distan-

cia de ocho punto treinta y nueve metros; Tramo ocho, Sureste ochenta

y siete grados catorce minutos cuarenta y seis segundos y distancia de

cinco punto cincuenta y dos metros; Tramo nueve, Sureste cincuenta y

cuatro grados cuatro minutos cuarenta y ocho segundos y distancia de

siete punto cuarenta y seis metros; colindando con terrenos de Marina

García de Portillo, quebrada de invierno, de por medio. LINDERO

ORIENTE: parte del esquinero Nor-oriente, formado por cuatro tramos

así: Tramo uno, Suroeste cincuenta y siete grados diez minutos diecinueve

segundos y distancia de once punto sesenta y siete metros; Tramo dos,

Suroeste diecinueve grados treinta y nueve minutos veintiséis segundos

y distancia de doce punto veintinueve metros; Tramo tres, Suroeste tres

grados veintitrés minutos cuarenta y un segundos y distancia de seis

punto cuarenta y tres metros; Tramo cuatro, Suroeste quince grados

cuarenta y cuatro minutos nueve segundos y distancia de trece punto

noventa metros; colindando con terrenos de Filadelfo García y Marina

García de Portillo, río El Limón, de por medio. LINDERO SUR: parte

del esquinero Sur-oriente, formado por ocho tramos así: Tramo uno,

Noroeste sesenta y cuatro grados diecisiete minutos once segundos y

distancia de nueve punto cuarenta y tres metros; Tramo dos, Noroeste

sesenta y ocho grados cincuenta y un minutos veinte segundos y dis-

tancia de diez punto diecisiete metros; Tramo tres, Noroeste setenta y

dos grados treinta y seis minutos cincuenta y siete segundos y distancia

de veinticuatro punto cuarenta y cinco metros; Tramo cuatro, Noroeste

setenta y siete grados cinco minutos treinta y dos segundos y distancia

de cinco punto dieciséis metros; Tramo cinco, Noroeste cuarenta y

cuatro grados veintiséis minutos doce segundos y distancia de cuatro

punto cero nueve metros; Tramo seis, Noroeste cincuenta y un grados

cincuenta y siete minutos seis segundos y distancia de siete punto no-

venta y siete metros; Tramo siete, Noroeste sesenta y siete grados treinta

y dos minutos cuarenta y cinco segundos y distancia de once punto

noventa y cinco metros; Tramo ocho, Noroeste cuarenta y un grados

treinta y siete minutos veintinueve segundos y distancia de trece punto

cincuenta y dos metros; colindando con terrenos de José Maximiliano

Girón, línea de Izotes. LINDERO PONIENTE: parte del esquinero

Sur-poniente, formado por cinco tramos así: Tramo uno, Noreste treinta

y cuatro grados cuarenta y siete minutos cuarenta y cinco segundos y

distancia de cuatro punto cincuenta y cuatro metros; Tramo dos, Noreste

dos grados cincuenta y un minutos cuatro segundos y distancia de seis

punto veintisiete metros; Tramo tres, Noreste cuarenta y cuatro grados

cincuenta y nueve minutos cuarenta y dos segundos y distancia de seis

punto cero un metros; Tramo cuatro, Noreste sesenta y un grados dos

minutos diecisiete segundos y distancia de once punto cero nueve metros;

Tramo cinco, Noreste ochenta grados catorce minutos diez segundos y

distancia de nueve punto sesenta y cinco metros; colindando con terre-

nos de Evelio Hernández, quebrada de invierno, de por medio. Así se

llega al esquinero Nor-poniente, que es donde se inició la descripción.

El inmueble así descrito tiene una extensión superfi cial de TRES MIL

CUATROCIENTOS VEINTIDOS PUNTO VEINTIDOS METROS

CUADRADOS. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está

en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras

personas; que desde su adquisición al señor José Maximiliano Girón

Hernández, en el año de mil novecientos noventa y seis, es decir desde

hace CATORCE años consecutivos, se ha poseído el referido terreno

en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida, pero carece de Título de

dominio inscrito. Que el titulante estima el terreno en la suma de TRES

MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

San Salvador, a los diez días el mes de Agosto de dos mil diez.

Lic. CONSUELO RAQUEL SALGADO BOQUIN,

NOTARIO.

1 v. No. C001536

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

LA INFRASCRITA NOTARIO CONSUELO RAQUEL SALGADO

BOQUIN, de este domicilio, con Ofi cina Jurídica situada en Colonia y

Paseo Miralvalle, casa número doscientos cincuenta y siete, San Salvador,

al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que ante sus ofi cios Notariales se ha presentado

la señora MARIA FRANCISCA MARTINEZ RAMIREZ, de sesenta

años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Cantón Tecoluco,

Jurisdicción de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, con

Documento Único de Identidad Número cero cero cero siete cuatro siete

ocho siete- dos, y ME DICE: Que viene a iniciar diligencias de TITU-

LACIÓN SUPLETORIA, de un terreno, de naturaleza rústica, situado en

Cantón TECOLUCO, Calle al Cantón LA ESPERANZA, Jurisdicción

de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán. El inmueble así

descrito tiene una extensión superfi cial de SEIS MIL OCHOCIENTOS

DIECISEIS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SIETE

METROS CUADRADOS. El cual posee la siguiente descripción: Parte

del esquinero Nor-poniente y se describen sus linderos por medio de

tramos rectos cuyos rumbos y distancias son los siguientes: LINDERO

NORTE: Partiendo del esquinero Nor-poniente, formado por tres tramos

así: Tramo uno, Sureste, ochenta y dos grados cincuenta y nueve minutos

cincuenta y un segundos y distancia de ocho punto setenta y tres metros:

Tramo dos, Sureste, ochenta y un grados veintisiete minutos dos segun-

dos y distancia de treinta y tres punto once metros: Tramo tres, Sureste,

ochenta y cuatro grados veinticuatro minutos cuarenta y un segundos

y distancia de veintinueve punto catorce metros; colindando con Lino

Ramírez Martínez, línea de izotes de por medio; LINDERO ORIENTE:

Partiendo del esquinero Nor-oriente, formado por ocho tramos así: Tramo

uno, Suroeste, doce grados veintiocho minutos un segundo y distancia

de cinco punto cincuenta metros: Tramo dos, Sureste, cero grados treinta

y cinco minutos cincuenta y ocho segundos y distancia de doce punto

ochenta metros: Tramo tres, Suroeste, nueve grados veintidós minutos

tres segundos y distancia de catorce punto veintiún metros: Tramo

cuatro, Sureste, tres grados cuarenta minutos dos segundos y distancia

de siete punto setenta y siete metros: Tramo cinco, Sureste, dos grados

veintidós minutos treinta y nueve segundos y distancia de diecinueve

punto setenta y cinco metros: Tramo seis, Suroeste, ocho grados treinta

y siete minutos veinte segundos y distancia de trece punto cuarenta y

seis metros: Tramo siete, Suroeste, tres grados veintiséis minutos dieci-

nueve segundos y distancia de diez punto veintitrés metros: Tramo ocho,

Sureste, tres grados dieciocho minutos quince segundos y distancia de

once punto cincuenta y ocho metros; colindando con derecho de vía de

calle vecinal: LINDERO SUR: Partiendo del esquinero Sur-oriente,

formado por cuatro tramos así: Tramo uno, Suroeste, sesenta y cuatro

grados veintiún minutos cincuenta y cinco segundos y distancia de tres

punto noventa y seis metros: Tramo dos, Suroeste, cincuenta y seis

grados cincuenta y nueve minutos siete segundos y distancia de nueve

punto noventa y seis metros: Tramo tres, Suroeste, sesenta y cuatro

grados treinta y tres minutos treinta y dos segundos con una distancia

de dieciocho punto noventa y nueve metros: Tramo cuatro, Suroeste,

sesenta y siete grados treinta y seis minutos cinco segundos y distancia de

doce punto setenta y siete metros; colindando con Rosendo Hernández,

cerco de alambre; LINDERO PONIENTE: Partiendo del esquinero Sur-

poniente, formado por once tramos así: Tramo uno, Noroeste, dieciséis

grados cuatro minutos veinticuatro segundos y distancia de trece punto

veintinueve metros: Tramo dos, Noroeste, once grados cuarenta y cinco

minutos nueve segundos y distancia de doce punto cuarenta y cuatro

metros: Tramo tres, Noroeste, diecisiete grados cincuenta y dos minutos

cuarenta segundos y distancia de diez punto cuarenta y nueve metros:

Tramo cuatro, Noroeste, quince grados quince minutos treinta y cuatro

segundos y distancia de siete punto cincuenta y siete metros; Tramo

cinco, Noroeste, veinticuatro grados treinta y un minutos cuarenta y

cuatro segundos y distancia de veinticinco punto cincuenta y tres metros:

Tramo seis, Noroeste, veintitrés grados cuatro minutos trece segundos

y distancia de dieciocho punto veinticinco metros: Tramo siete, No-

roeste, dieciséis grados cero minutos veintinueve segundos y distancia

de seis punto setenta y tres metros: Tramo ocho, Noroeste, ochenta y

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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

tres grados treinta y ocho minutos cincuenta y dos segundos y distancia

de cuatro punto cincuenta y siete metros: Tramo nueve, Noreste, trece

grados cincuenta y nueve minutos treinta y siete segundos y distancia

de diecisiete punto cincuenta y cuatro metros: Tramo diez, Noreste,

veintisiete grados veinte minutos treinta y cinco segundos y distancia de

nueve punto noventa y ocho metros: Tramo once, Noreste, ocho grados

cero minutos cero segundos y distancia de ocho punto setenta y cuatro

metros; colindando con Marlene Benítez, Luisa Aguilar Pérez, María

Vilma Abrego y Juana González, respectivamente; línea de izotes y

cerco de alambre. Así se llega al esquinero Nor-poniente, que es donde

se inició la descripción. El terreno descrito no es dominante, ni sirviente,

ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a

terceras personas; que desde su adquisición a la señora María Nicolasa

Abrego de Martínez, en el año de mil novecientos noventa y siete, y ésta

lo adquirió del señor Pedro Benítez García, en el año de mil novecientos

noventa, es decir desde hace VEINTE años consecutivos, se ha poseído

el referido terreno en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida, pero

carece de Título de Dominio inscrito. Que la titulante estima el terreno

en la suma de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA.

San Salvador, a los diez días del mes de agosto de dos mil diez.

LIC. CONSUELO RAQUEL SALGADO BOQUIN,

NOTARIO.

1 v. No. C001537

LA INFRASCRITA NOTARIO CONSUELO RAQUEL SALGADO

BOQUIN, de este domicilio, con Ofi cina Jurídica situada en Colonia y

Paseo Miralvalle, casa número doscientos cincuenta y siete, San Salvador,

al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que ante sus ofi cios Notariales se ha presentado

el señor SILVESTRE LOPEZ URIAS, de cincuenta y siete años de edad,

jornalero, del domicilio del Cantón San Francisco Gil Monte, Jurisdic-

ción de Ilobasco, Departamento de Cabañas, con Documento Único de

Identidad Número cero uno cero tres cero cuatro cero siete- cuatro, con

Número de Identifi cación Tributaria cero nueve cero tres- tres uno uno

dos cinco dos- uno cero cuatro- cuatro, y ME DICE: Que viene a iniciar

diligencias de TITULACION SUPLETORIA, de un terreno, de natura-

leza rústica, Cantón NANASTEPEQUE, Jurisdicción de ILOBASCO,

Departamento de CABAÑAS, de una extensión superfi cial de VEINTI-

TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PUNTO CERO

SIETE METROS CUADRADOS, y corresponde a la Parcela CIENTO

SESENTA/DOS del Sector CUARENTA Y SIETE, TREINTA, NO-

VENTA Y CINCO, CERO, CERO, ubicada en el Cantón Nanastepeque,

Municipio de Ilobasco, Departamento de Cabañas, el cual consta de

cuarenta y siete tramos rectos y cuya descripción es como sigue. Par-

tiendo del mojón uno (M1), punto de partida de la presente descripción,

cuyas coordenadas geodésicas son: Longitud, quinientos once mil cua-

trocientos setenta y nueve punto cincuenta y ocho y Latitud, doscientos

noventa y seis mil trescientas noventa y cuatro punto cincuenta y cinco.

LINDERO NORTE: En línea quebrada de dieciocho tramos rectos, del

mojón uno con rumbo Sur, sesenta y dos grados, veintiocho minutos

treinta y cinco segundos Este, y una distancia de ocho punto veintinue-

ve metros se llega al mojón dos (M2); del mojón dos con rumbo Sur,

setenta y siete grados treinta y tres minutos cuarenta y cinco segundos

Este, y una distancia de dieciséis punto setenta y siete metros se llega

al mojón tres (M3); del mojón tres con rumbo Sur, ochenta y un grados

diecinueve minutos veintiún segundos Este, y una distancia de cuatro

punto setenta y nueve metros se llega al mojón cuatro (M4); del mojón

cuatro con rumbo Sur, sesenta grados once minutos veinte segundos

Este, y una distancia de doce punto ochenta y seis metros se llega al

mojón cinco (M5); del mojón cinco con rumbo Sur, ochenta y cuatro

grados cero siete minutos treinta y seis segundos Este, y una distancia

de treinta y dos punto cuarenta y un metros se llega al mojón seis (M6);

del mojón seis con rumbo Sur, cero nueve grados cincuenta y dos mi-

nutos diecinueve segundos Este, y una distancia de once punto setenta

y ocho metros se llega al mojón siete (M7); del mojón siete con rumbo

Sur, treinta y siete grados cincuenta minutos cero ocho segundos Este,

y una distancia de quince punto setenta y nueve metros se llega al mojón

ocho (M8); del mojón ocho con rumbo Sur, setenta grados doce minutos

dieciocho segundos Este, y una distancia de siete punto veintitrés metros

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

se llega al mojón nueve (M9), del mojón nueve con rumbo Sur, cincuen-

ta y dos grados cero dos minutos treinta y cinco segundos Este, y una

distancia de seis punto noventa metros se llega al mojón diez (M10);

del mojón diez con rumbo Sur, veintiocho grados treinta minutos die-

ciocho segundos Este, y una distancia de seis punto setenta y ocho

metros se llega al mojón once (M11); del mojón once con rumbo Sur,

cero tres grados once minutos cero siete segundos Oeste, y una distancia

de once punto cero ocho metros se llega al mojón doce (M12); del

mojón doce con rumbo Sur, cincuenta grados cincuenta y cinco minutos

veinticinco segundos Este, y una distancia de dos punto treinta y dos

metros se llega al mojón trece (M13); del mojón trece con rumbo Sur,

ochenta y cinco grados cuarenta y siete minutos treinta y siete segundos

Este, y una distancia de diecinueve punto treinta y seis metros se llega

al mojón catorce (M14); del mojón catorce con rumbo Norte, catorce

grados dieciséis minutos cincuenta y siete segundos Este, y una distan-

cia de dieciséis punto cero seis metros se llega al mojón quince (M15);

del mojón quince con rumbo Sur, cincuenta y seis grados treinta y tres

minutos treinta y un segundos Este, y una distancia de veintiuno punto

setenta y cuatro metros se llega al mojón dieciséis (M16); del mojón

dieciséis con rumbo Sur, cincuenta y nueve grados once minutos cero

ocho segundos Este, y una distancia de doce punto ochenta y un metros

se llega al mojón diecisiete (M17); del mojón diecisiete con rumbo Sur,

treinta y dos grados cuarenta y tres minutos treinta y ocho segundos

Este, y una distancia de veintitrés punto cero siete metros se llega al

mojón dieciocho (M18); del mojón dieciocho con rumbo Sur, veinticin-

co grados cuarenta y seis minutos cuarenta segundos Este, y una distan-

cia de treinta y tres punto dieciséis metros se llega al mojón diecinueve

(M19); lindando en los cinco primeros tramos descritos, en el presente

lindero, con terreno propiedad de Silvestre López calle nacional de por

medio, en los nueve tramos siguientes con terreno propiedad de Miguel

Tomás Bonilla. Y en los últimos cuatro tramos descritos en el presente

lindero con terreno propiedad de Arsenio Guardado, calle nacional de

por medio. LINDERO ORIENTE: En línea quebrada de nueve tramos

rectos, del mojón diecinueve con rumbo Sur, setenta grados, doce mi-

nutos treinta y un segundos Oeste, y una distancia de treinta y dos

punto treinta y siete metros se llega al mojón veinte (M20); del mojón

veinte con rumbo Sur, sesenta y ocho grados veintitrés minutos cero seis

segundos Oeste, y una distancia de veintinueve punto noventa y siete

metros se llega al mojón veintiuno (M21); del mojón veintiuno con

rumbo Sur, sesenta y cuatro grados veintiséis minutos cuarenta segundos

Oeste, y una distancia de diecinueve punto cero nueve metros se llega

al mojón veintidós (M22); del mojón veintidós con rumbo Sur, cero un

grados veintidós minutos treinta y cinco segundos Este, y una distancia

de cuatro punto setenta y ocho metros se llega al mojón veintitrés (M23);

del mojón veintitrés con rumbo Sur, cero cuatro grados veintinueve

minutos trece segundos Oeste, y una distancia de once punto cero seis

metros se llega al mojón veinticuatro (M24); del mojón veinticuatro con

rumbo Sur, cero ocho grados veintidós minutos cero siete segundos Este,

y una distancia de veintiuno punto diecisiete metros se llega al mojón

veinticinco (M25); del mojón veinticinco con rumbo Sur, cero dos

grados cero minutos quince segundos Oeste, y una distancia de doce

punto cincuenta y cuatro metros se llega al mojón veintiséis (M26); del

mojón veintiséis con rumbo Sur, cero grados veintinueve minutos trein-

ta y cinco segundos Oeste, y una distancia de veintitrés punto cuarenta

y tres metros se llega al mojón veintisiete (M27); del mojón veintiséis

con rumbo Sur, veintiún grados cero un minutos treinta y tres segundos

Oeste, y una distancia de nueve punto treinta y seis metros se llega al

mojón veintiocho (M28); lindando en los siete primeros tramos, descri-

tos en el presente lindero, con terreno propiedad de Wenceslao López,

en el octavo tramo con terreno propiedad de Miguel Tomás Bonilla y

en el último y noveno tramo con terreno propiedad de Luis López.

LINDERO SUR: En línea quebrada de ocho tramos rectos, del mojón

veintiocho con rumbo Sur, setenta grados veintiún minutos cincuenta y

un segundos Oeste, y una distancia de tres punto doce metros se llega

al mojón veintinueve (M29); del mojón veintinueve con rumbo Norte,

setenta grados cero un minutos cuarenta y ocho segundos Oeste, y una

distancia de treinta punto dieciocho metros se llega al mojón treinta

(M30); del mojón treinta con rumbo Norte, cincuenta y ocho grados cero

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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

seis minutos cincuenta y nueve segundos Oeste, y una distancia de

treinta punto noventa y tres metros se llega al mojón treinta y uno (M31);

del mojón treinta y uno con rumbo Norte, sesenta y ocho grados veinte

minutos quince segundos Oeste, y una distancia de seis punto catorce

metros se llega al mojón treinta y dos (M32); del mojón treinta y dos

con rumbo Norte, ochenta y ocho grados cero cinco minutos cincuenta

segundos Oeste, y una distancia de nueve punto cuarenta y dos metros

se llega al mojón treinta y tres (M33); del mojón treinta y tres con

rumbo Sur, ochenta y ocho grados cincuenta y cinco minutos treinta y

cinco segundos Oeste, y una distancia de tres punto setenta y cinco

metros se llega al mojón treinta y cuatro (M34); del mojón treinta y

cuatro con rumbo Norte, setenta y ocho grados treinta minutos veintiún

segundos Oeste, y una distancia de once punto setenta y dos metros se

llega al mojón treinta y cinco (M35); del mojón treinta y cinco con

rumbo Norte, sesenta y cuatro grados catorce minutos doce segundos

Oeste, y una distancia de cinco punto sesenta y cuatro metros se llega

al mojón treinta y seis (M36); lindando en todos los tramos, descritos

en el presente lindero, con terreno propiedad de Silvestre López. LIN-

DERO PONIENTE: En línea quebrada de once tramos rectos, del mojón

treinta y seis con rumbo Norte, cincuenta y ocho grados cuarenta y dos

minutos diecisiete segundos Oeste, y una distancia de ocho punto cua-

renta metros se llega al mojón treinta y siete (M37); del mojón treinta

y siete con rumbo Norte, veintitrés grados cuarenta y un minutos cin-

cuenta y siete segundos Oeste, y una distancia de nueve punto setenta

metros se llega al mojón treinta y ocho (M38); del mojón treinta y ocho

con rumbo Norte, cero siete grados cero cinco minutos cincuenta y tres

segundos Oeste, y una distancia de ocho punto cuarenta y ocho metros

se llega al mojón treinta y nueve (M39); del mojón treinta y nueve con

rumbo Norte, cero cinco grados diecinueve minutos cuarenta y dos se-

gundos Este, y una distancia de ocho punto sesenta y un metros se llega

al mojón cuarenta (M40); del mojón cuarenta con rumbo Norte, diez

grados cuarenta y seis minutos cero ocho segundos Este, y una distancia

de cuarenta y dos punto cuarenta y tres metros se llega al mojón cua-

renta y uno (M41); del mojón cuarenta y uno con rumbo Norte, cero tres

grados doce minutos cero segundos Este, y una distancia de cincuenta

y dos punto veinte metros se llega al mojón cuarenta y dos (M42); del

mojón cuarenta y dos con rumbo Norte, cero un grado treinta y ocho

minutos treinta y un segundos Oeste, y una distancia de cuatro punto

ochenta y dos metros se llega al mojón cuarenta y tres (M43); del mojón

cuarenta y tres con rumbo Norte, cero cinco grados treinta y cuatro

minutos cincuenta y siete segundos Este, y una distancia de veintiuno

punto ochenta y nueve metros se llega al mojón cuarenta y cuatro (M44);

del mojón cuarenta y cuatro con rumbo Norte, treinta y nueve grados

cero seis minutos veintiocho segundos Oeste, y una distancia de veinti-

dós punto sesenta y ocho metros se llega al mojón cuarenta y cinco

(M45); del mojón cuarenta y cinco con rumbo Norte, cero cuatro grados

cero siete minutos cero tres segundos Este, y una distancia de dieciséis

punto veintitrés metros se llega al mojón cuarenta y seis (M46), del

mojón cuarenta y seis con rumbo Norte, catorce grados doce minutos

veintidós segundos Este, y distancia de nueve punto setenta y ocho

metros se llega al mojón cuarenta y siete (M47); del mojón cuarenta y

siete con rumbo Norte, cero grados veintidós minutos cero nueve se-

gundos Oeste, y distancia de cinco punto cincuenta y nueve metros se

llega al mojón uno (M1); punto de partida de la presente descripción,

lindando en los seis primeros tramos, descritos en el presente lindero,

con terreno propiedad de Santos Escobar, y en los cinco tramos restan-

tes con terreno propiedad de Luis López. El terreno descrito no es do-

minante, ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos

que pertenezcan a terceras personas; que desde su adquisición a la se-

ñora María Isabel Cubías, en el año dos mil cuatro, y ésta a Gregoria

Esperanza Martínez González, en el año mil novecientos ochenta y

nueve, es decir desde hace VEINTE años consecutivos, se ha poseído

el referido terreno en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida, pero

carece de Título de Dominio inscrito. Que el titulante estima el terreno

en la suma de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA.

San Salvador, a los diez días del mes de agosto de dos mil diez.

LIC. CONSUELO RAQUEL SALGADO BOQUIN,

NOTARIO.

1 v. No. C001538

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NO TIE

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LEGAL

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

CRUZ FRANCO GALDAMEZ, Notario, de este domicilio, al público

para los efectos de la Ley.

HACE SABER: En mi Ofi cina Jurídica ubicada en Sexta Ca-

lle Poniente, entre Primera y Tercera Avenida Sur, Barrio El Chile,

Chalatenango, se ha presentado el señor JUAN FELIPE ROMERO

CASTILLO, de setenta y nueve años de edad, Agricultor en Pequeño,

casado, del domicilio de Chalatenango, con Documento Único de Iden-

tidad vigente Número cero un millón cincuenta y ocho mil seiscientos

guión ocho, y Número de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos

siete guión doscientos ochenta mil quinientos treinta y uno guión cero

cero uno guión seis, a iniciar DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETO-

RIO, sobre un terreno de naturaleza rústica, situado en el lugar llamado

"Bonete", Cantón San José, de esta Jurisdicción, de una extensión super-

fi cial de SEIS PUNTO DOS MANZANAS equivalentes a CUARENTA

Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS o

sean SESENTA MIL SEISCIENTAS CUARENTA Y OCHO VARAS

CUADRADAS; de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE:

mide trescientos metros, linda con Vicente Landaverde, comenzando de

un mojón de piedra que está a la orilla de un zanjo recto a otro mojón de

piedra, que está a la orilla de un zanjo recto a otro mojón de piedra que

está a la orilla de otro zanjo recto a otro mojón de piedra que está cerca

de un árbol de huilihuiste, y de éste en línea curva por la orilla de un

camino a otro mojón de piedras, y de aquí a otro mojón de piedras cerco

de piedra en parte de por medio del colindante Ramírez; AL NORTE,

mide ciento ochenta metros, colinda con Segundo Romero, del último

mojón de piedra mencionado, en línea curva por la orilla de un camino

hasta llegar a otro mojón de piedra esquinero, y cerco de piña de por

medio, con don Carlos Castillo; AL PONIENTE, mide trescientos ocho,

linda con Ángel Romero Arteaga, del mojón esquinero recto a otro mo-

jón de piedra que está a la orilla de un cerco de piña, éste de por medio

de la colindante; y AL SUR, mide ciento cinco, colinda con Abelino

Landaverde, del mojón último mencionado anteriormente recto a otro

mojón de piedras que está enfrente a un árbol de sálamo, y de éste por

un fi lo a un canto, y de éste a un mojón de piedra y zanjo, de éste a llegar

donde se comenzó, lindando también con Enecon Romero, cerco de

alambre del inmueble en parte de por medio, y lo posee de forma quieta,

pacífi ca e ininterrumpida por más de treinta años, y lo valúa en CINCO

MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, que el

terreno descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión

con otra persona y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras

personas.

Se previene a las personas que deseen presentar oposición a la

pretensión del solicitante lo hagan dentro del término legal y en la

dirección expresada.

Librado en la ciudad de Chalatenango, a los treinta días del mes

de agosto del año dos mil diez.

LIC. CRUZ FRANCO GALDAMEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F026932

LA SUSCRITA NOTARIA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor RENE

CALLES HERNANDEZ, de generales conocidas; actuando en repre-

sentación de la señora BLANCA ISABEL ORELLANA DE MONGE,

de veinticinco años de edad, Estudiante, del domicilio de Chalatenango,

departamento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad

Número cero un millón ochocientos setenta y cinco mil cuatrocientos

noventa y uno -cuatro; y Número de Identifi cación Tributaria cero

cuatrocientos dieciséis - cien mil novecientos ochenta y cuatro - ciento

uno - cuatro: MANIFESTANDO: Que su representada es dueña y ac-

tual poseedora de buena fe, de cuatro inmuebles de naturaleza rústicos,

situados e identifi cados como: I) EL PRIMERO: Situado en Comunidad

de Nueva Trinidad, Jurisdicción de Nueva Trinidad, Departamento de

Chalatenango, con una extensión superfi cial de SESENTA Y UN MIL

TRESCIENTOS TREINTA Y DOS PUNTO CUARENTA Y CUATRO

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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

METROS CUADRADOS equivalente a OCHENTA Y SIETE MIL

SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PUNTO CUARENTA

Y SEIS VARAS CUADRADAS. El cual se describe de la siguiente

manera: LINDERO NORTE: mide ciento treinta y ocho punto treinta y

seis metros; colindando con terrenos de FELIPE FRANCO. LINDERO

ORIENTE: mide cuatrocientos dos punto dieciséis metros y colindando

con terrenos de OSMIN GUARDADO, RAFAEL GUARDADO, y de

HERMENEGILDO ALEMAN. LINDERO SUR: mide trescientos catorce

punto cuarenta y dos metros; colindando con terrenos de COMUNIDAD

DE NUEVA TRINIDAD, con calle de por medio y terrenos de COMU-

NIDAD DE CARASQUE. LINDERO PONIENTE: mide doscientos

seis punto cuarenta y nueve metros; colindando con terrenos de FELIPE

FRANCO. II) EL SEGUNDO: Situado en Comunidad de Nueva Trinidad,

Jurisdicción de Nueva Trinidad, Departamento de Chalatenango, con una

extensión superfi cial de CUARENTA MIL SEISCIENTOS OCHENTA

Y CUATRO PUNTO VEINTIDOS METROS CUADRADOS equiva-

lente a CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS DIEZ PUNTO

NOVENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS. De las medidas y linderos

siguientes: LINDERO NORTE: mide ciento setenta y tres punto quince

metros; colindando con terrenos de COMUNIDAD DE CARASQUE.

LINDERO ORIENTE: mide doscientos cuarenta y tres punto veintisiete

metros; colindando con terrenos de COMUNIDAD DE NUEVA TRINI-

DAD, con calle de por medio. LINDERO SUR: mide doscientos treinta

y dos punto cuarenta y seis metros; colindando con terrenos de ROSA

RIVERA. LINDERO PONIENTE: mide ciento noventa y siete punto

sesenta y ocho metros; colindando con terrenos de ROSA RIVERA. III)

EL TERCERO: Situado en Comunidad de Nueva Trinidad, Jurisdicción

de Nueva Trinidad, Departamento de Chalatenango, con una extensión

superfi cial de VEINTISIETE MIL CUARENTA Y TRES PUNTO SE-

SENTA Y UNO METROS CUADRADOS equivalente a TREINTA Y

OCHO MIL SEISCIENTAS NOVENTA Y TRES PUNTO NOVENTA

Y NUEVE VARAS CUADRADAS. De las medidas y linderos siguientes:

LINDERO NORTE: mide sesenta y siete punto treinta y ocho metros;

colindando con terrenos de COMUNIDAD DE NUEVA TRINIDAD.

LINDERO ORIENTE: mide doscientos noventa y cuatro punto cincuenta

metros; colindando con terrenos de HERMENEGILDO ALEMAN y

con terrenos de ADIN SIBRIAN. LINDERO SUR: mide ciento quince

punto cincuenta y cinco metros; colindando con terrenos de SUCECION

AMELIA RIVERA y PORFIRIO RIVERA. LINDERO PONIENTE:

mide trescientos diecinueve punto noventa y un metros; colindando con

terrenos de SUCECION AMELIA RIVERA y PORFIRIO RIVERA y

con resto del terreno de BLANCA MONGE, con calle de por medio.

IV) EL CUARTO: ubicado en EL CANTON CARASQUE, jurisdicción

del municipio de NUEVA TRINIDAD, departamento de Chalatenango,

con una extensión superfi cial de CIENTO DIEZ MIL DOSCIENTOS

NOVENTA Y SIETE PUNTO SETENTA Y CUATRO METROS

CUADRADOS equivalente a CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL

OCHOCIENTAS TRECE PUNTO NOVENTA Y CINCO VARAS

CUADRADAS. De las medidas y linderos siguientes: LINDE NORTE:

mide ciento treinta y nueve punto sesenta y dos metros: colindando con

terrenos de MIGUEL DELGADO, con calle de por medio. LINDERO

ORIENTE: mide quinientos sesenta y ocho punto setenta y dos metros;

colindando con terrenos de SALVADOR AYALA, RICARDO AYALA,

y con terrenos de ABRAHAN MENJIVAR. LINDERO SUR: mide

doscientos ochenta y cuatro punto treinta y cuatro metros; colindando

con terrenos de VALENTIN y Sucesión de ANTONIO FRANCO, con

calle de por medio. LINDERO PONIENTE: mide setecientos veinte

punto cincuenta y nueve metros; colindando con terrenos de ELISA

MENJIVAR, con cerco de púas; colindando con terrenos de EFRAIN

MENJIVAR, con cerco de púas. Así se llega al vértice Nor Poniente,

que es donde se inició la descripción. Los terrenos descritos no son

dominantes, ni sirvientes, ni están en proindivisión y no tienen cargas o

derechos que pertenezcan a terceras personas y los adquirió por compra

que hizo a la señora María Esperanza Sabrían Viuda de Orellana, el día

veintiocho de febrero del año dos mil diez. Formando ambas porciones

un solo cuerpo cierto. Del cual solicita TITULO SUPLETORIO DE

PROPIEDAD; presentando las fi chas catastrales respectivas de los cuatro

inmuebles. Todos los colindantes son del domicilio de los inmuebles a

titular, del departamento de Chalatenango. Que cada uno de los inmuebles

se valúan en la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que se avisa al público para los fi nes de Ley.

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

Se previene a las personas que deseen presentar oposición a las

pretensiones de la solicitante, lo hagan en el término legal en mi des-

pacho notarial situado en Barrio El Centro, Avenida Libertad número

dos, Chalatenango.

Librado en la ciudad de Chalatenango, a los veinticuatro días del

mes de agosto de dos mil diez.

LUCIA LIDIA ZELAYA TORRES,

NOTARIO.

1 v. No. F026982

ELMER ARTURO VARELA AMAYA, Notario, del domicilio de

Tonacatepeque y de esta ciudad, con Ofi cina en Avenida Libertad,

Número Trece, Local Uno, segunda planta de Variedades Maritza,

Chalatenango.

HACE SABER: Que ante mis Ofi cios Notariales se han iniciado

por el señor JOAQUIN AYALA GUERRA, diligencias de TITULA-

CION SUPLETORIA, manifestando que es dueño de un inmueble

de naturaleza rústico, situado en el lugar llamado Cantón y Caserío,

El Llano Grande, Municipio de Concepción Quezaltepeque, Depar-

tamento de Chalatenango, de la capacidad de SIETE MIL METROS

CUADRADOS DE EXTENSION SUPERFICIAL; el cual se describe

así: LINDERO NORTE, mide ochenta y dos metros, colinda con te-

rreno de César Rivera, por un paredón a llegar a un cerco de alambre;

LINDERO ORIENTE, mide ochenta y dos metros colinda con terreno

de César Rivera, comenzando de un camino vecinal, sigue por un cerco

de alambre medianero, hasta llegar a un cintón de piedras; LINDERO

SUR, mide ochenta y dos metros colinda con terrenos de José Gustavo

Barrera, camino vecinal de por medio y cerco de alambre propio del

señor Elías de Jesús Guerra; y LINDERO PONIENTE, mide ochenta

y dos metros, colinda con César Rivera, dividido por cerco de alambre

medianero a llegar a una quebrada, sigue aguas abajo por la quebrada,

a llegar al camino vecinal. No tiene cargas o derechos reales a respetar

a terceros, y no se encuentra en proindivisión con persona alguna.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

En la ciudad de Chalatenango, a los dos días del mes de agosto del

año dos mil diez.

LIC. ELMER ARTURO VARELA AMAYA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F026941-1

AVISO DE INSCRIPCIÓN

AVISO DE INSCRIPCIÓN

EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-

CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO

DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos

16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 5 Inciso Primero

de su Reglamento.

HACE SABER: Que la "ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE

COMERCIALIZACIÓN, AHORRO, CRÉDITO, SERVICIOS PROFE-

SIONALES Y PRODUCCIÓN AGROINDUSTRIAL DE SAN JORGE

DE SAN MIGUEL, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", que se

abrevia "ACACPROSANJ, de R.L.", con domicilio legal en San Jorge,

Departamento de San Miguel, ha sido INSCRITA en el Registro Nacio-

nal de Asociaciones Cooperativas bajo el número VEINTIUNO, folios

trescientos treinta y cinco frente a folios trescientos cincuenta y cinco

frente del Libro SEGUNDO de Registro e Inscripción de Asociaciones

Cooperativas de COMERCIALIZACIÓN, que lleva el Registro Nacio-

nal de Asociaciones Cooperativas del INSTITUTO SALVADOREÑO

DE FOMENTO COOPERATIVO, el día uno de septiembre de dos mil

diez.

San Salvador, 1 de septiembre de 2010.

MISAEL EDGARDO DIAZ,

JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES

COOPERATIVAS.

1 v. No. F026985

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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

JUICIO DE AUSENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD

DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en las DILIGENCIAS DE NOMBRAMIEN-

TO DE CURADOR AD-LITEM, promovidas por el abogado LUIS

HUMBERTO COSTA MARCHESSINI, en su calidad de apoderado de

la sociedad INVERSIONES VILLANUEVA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, en la solicitud presentado el día veintiuno de

octubre del año dos mil nueve, manifi esta: Que ignoran el paradero de los

señores JORGE ERNESTO CORADO LÓPEZ y DORYS ELIZABETH

AVILA MENENDEZ, y no saben si han dejado Procurador o Represen-

tante legal que los represente en juicio; que ni siquiera han hecho actos

de verdaderos dueños del lote dado en garantía, pues nunca se han hecho

presentes a poseer materialmente el mismo, por lo que con el propósito

de preparar el juicio que en su contra les promoverá viene a entablar

Diligencias de Nombramiento de Curador Ad-litem, en base al Art. 141

Pr. C.

En consecuencia, se previene que si los señores JORGE ERNESTO

CORADO LÓPEZ y DORYS ELIZABETH AVILA MENÉNDEZ,

tuviesen Procurador o Representante legal se presente a este Juzgado a

comprobar dicha circunstancia dentro de los quince días subsiguientes

a la tercera publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las

catorce horas con treinta minutos del día veintiocho de enero del año

dos mil diez.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL.- RICARDO HUMBERTO CORNEJO S., SRIO. INTO.

1 v. No. F026878

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL DEL CEN-

TRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL

DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Sumario Mercantil, promovido

en este Tribunal por la Licenciada AMINTA ESTELA MENJIVAR

SOLANO, mayor de edad, Abogada y Notario, del domicilio de San

Salvador, actuando en calidad de Apoderada Especial Judicial, de la

Sociedad PARCEL-LAND, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, que se puede abreviar PARCEL & LAND, S.A. DE C.V.,

del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad,

contra la SOCIEDAD "PROYECTOS PORTUARIOS, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE", que puede abreviarse "PRO-

YECTOS PORTUARIOS, S.A. DE C.V.", de Nacionalidad Salvadoreña,

del domicilio de San Luis Talpa, Departamento de La Paz.

Posteriormente a la fecha en que se inició el referido Juicio se

presentó la Licenciada AMINTA ESTELA MENJÍVAR SOLANO, en

el carácter antes expresado manifestando que se ignora el paradero de los

señores LUIS FERNANDO PAIZ RODAS, mayor de edad, Ingeniero

Civil, de Nacionalidad Guatemalteca, del domicilio de Guatemala, y

FRANCISCO XAVIER DE LEON MARINELLI, mayor de edad,

Técnico en Administración de Empresas, del domicilio de Guatemala,

de nacionalidad Guatemalteca, en su calidad de Representantes Legales

de la Sociedad Demandada, asimismo si tienen Apoderado, Procurador

o Representante Legal, Factor o Gerente para el caso de la demandada

Sociedad PROYECTOS PORTUARIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, razón por la cual de conformidad al Art. 141

del Código de Procedimientos Civiles, PIDE: se declare que se ignora

el paradero de los señores LUIS FERNANDO PAIZ RODAS y FRAN-

CISCO XAVIER DE LEON MARINELLI, y se les nombre un Curador

Especial para que los represente en la continuación del referido Juicio.

En consecuencia, se previene que si los señores LUIS FERNANDO

PAIZ RODAS y FRANCISCO XAVIER DE LEON MARINELLI,

tuvieren Apoderado, Procurador, u otro Representante legal o Curador

en el país, se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia

dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este

aviso.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil: San Salvador, a las

once horas con treinta minutos del día veintiséis de agosto de dos mil

diez.- Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE

LO MERCANTIL.- Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS,

SECRETARIO JUDICIAL COORDINADOR.

1 v. No. F026894

Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACER SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor

JUAN RAMON PANAMEÑO MARIN conocido por JUAN RAMON

PANAMEÑO, mayor de edad, agricultor en pequeño y del domicilio

de Zacatecoluca, solicitando se les nombre un curador a los ausentes

señores RUFINO LEONARDO y FILADELFO ambos de apellidos

TORRES SORTO, mayores de edad, agricultores y quienes tuvieron su

último domicilio en la ciudad de San Vicente, y actualmente de domicilio

ignorado, por haberse ausentado de su domicilio, para que los represente

en juicio civil ordinario de prescripción adquisitiva que les promoverá

el señor JUAN RAMON PANAMEÑO MARIN conocido por JUAN

RAMON PANAMEÑO.

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

Previénese que si los señores RUFINO LEONARDO y FILA-

DELFO ambos de apellidos TORRES SORTO, tuvieren procurador o

representante legal, se presente a este juzgado dentro de los quince días,

contados a partir de la última publicación de este aviso y compruebe tal

circunstancia.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas con cincuenta

minutos del día veintidós de Junio del dos mil diez.- Dra. ANA FELI-

CITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ

DE SALINAS, SECRETARIO.

1 v. No. F027016

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1996004079

No. de Presentación: 20090126035

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO ESPECIAL de ARMSTRONG LABO-

RATORIOS DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, del domicilio de AVE. DIVISION DEL NORTE 3311,

COL. CANDELARIA, COYOACAN, MEXICO D.F., MEXICO,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la

inscripción Número 00134 del Libro 00094 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra “SUCRATO”, escrita en letras de

molde mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de marzo del año dos

mil diez.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026977-1

MARCA DE FABRICA

No. de Expediente: 2009091042

No. de Presentación: 20090118740

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

de SEMACO SARL de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA,

GELSEA

Consistente en: la palabra GELSEA, que servirá para: AMPARAR:

GELES ÍNTIMOS HIGIÉNICOS, FARMACÉUTICOS O DE USO

MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinte de enero del año dos mil

nueve.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de agosto del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026960-1

No. de Expediente: 2010100172

No. de Presentación: 20100134973

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-

NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO

GENERAL JUDICIAL de ALPARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE

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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

ACELER-CO

Consistente en: la palabra ACELER-CO, que servirá para: AM-

PARAR Y DISTINGUIR; PREPARACIONES FARMACEUTICAS

Y VETERINARIAS; PREPARACIONES SANITARIAS PARA USO

MEDICO; SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO, ALI-

MENTO PARA BEBES; YESO PARA USO MEDICO, MATERIAL

PARA CURACIONES (APOSITOS Y VENDAS); MATERIAL PARA

TAPAR DIENTES; CERA DENTAL; DESINFECTANTES; PREPA-

RACIONES PARA LA DESTRUCCION DE ANIMALES DAÑINOS;

FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de abril del año dos mil diez.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027290-1

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de AMERICAN SOCIETY OF EL SALVADOR

convoca una junta general extraordinaria de sus miembros en el Hotel

Sheraton Presidente, contiguo al museo MARTE, el día 16 de octubre

de 2010 a las 11:00 a.m. y en segunda convocatoria el día 19 de octubre

de 2010 a las 6:30 p.m. La agenda a tratar será la siguiente:

Punto de Carácter Extraordinario

Autorización al Presidente de la Junta Directiva para otorgar

escrituras de rectifi cación en diligencia de modifi cación de estatutos

de modifi cación de estatutos de asociación llevadas al Ministerio de

Gobernación.

San Salvador, 20 de septiembre de 2010.

ROSARIO AREVALO,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F027130-1

SUBASTA PUBLICA

Licenciada MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO AGRICOLA SOCIEDAD

ANONIMA contra los señores ANA CRISTINA CABRERA ESCALON,

MIRIAM ELIZABETH CABRERA ESCALON y MARIA NATALIA

CABRERA DE GARCIA y LA SOCIEDAD FOLLAJES ORNAMEN-

TALES SAN BERNANDO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que puede abreviarse FOSABE, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE y FOSABE, S.A. DE C.V., reclamándoles

cantidad de colones y accesorios de ley, se venderá en pública subasta

en este Tribunal en fecha que oportunamente se determinará, el vehículo

de las siguientes características: Placa particular trescientos sesenta mil

setecientos cuarenta y ocho, clase rústico, tipo Rav-cuatro; marca Toyota,

año mil novecientos noventa y siete, capacidad cinco asientos, número

de Motor tres S-DOS TRES TRES NUEVE DOS OCHO TRES; número

de Chasis vin: SXA uno-uno-siete cero seis nueve siete cuatro seis,

número de Chasis: SXA uno uno-siete cero seis nueve siete cuatro seis,

color Verde, Combustible-Gasolina. Sobre el cual recae una Prenda sin

Desplazamiento a favor de la parte demandante e inscrito en el Registro

de Comercio al Departamento de Documentos Mercantiles en el Registro

de Prenda bajo el número CUARENTA del Libro SEISCIENTOS CUA-

RENTA Y TRES, de fecha cinco de mayo de mil novecientos noventa

y ocho.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la

subasta, que deberán presentar sus respectivos documentos de Identidad

Personal y el NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de

libreta de ahorro, cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u

otro documento similar.

DIARI

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL;

San Salvador, a las diez horas del día trece de marzo de dos mil ocho.- Lic.

MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO

DE LO MERCANTIL.- Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026881-1

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las nueve

horas de esta fecha, en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por el Li-

cenciado MARIO RAFAEL SALAZAR GUERRA, como Apoderado

del señor JUAN RAMON MANCIA CALDERON, en contra de JOSE

ROQUE MOLINA, se ha ordenado vender en pública subasta en el

mejor postor, un predio rústico, inculto, situado en el lugar El Jobo, de

la jurisdicción de Turín, departamento de Ahuachapán, compuesto de

CIENTO VEINTISIETE AREAS CINCUENTA Y DOS CENTIAREAS,

desmembrado al rumbo Poniente de otro de mayor extensión, que linda

especialmente: AL NORTE: con resto de la propiedad partida, o sea

lo adjudicado a Marciano Molina, cerco ajeno en medio; AL SUR:

también resto de la propiedad partida, o sea lo adjudicado a Teresa de

Jesús Molina de Avelar conocida por Teresa de Jesús Molina, cerco

ajeno en medio; AL ORIENTE: calle de tres metros de ancho en medio,

que se constituirá y cerco propio que limitará dicha calle, con terreno

de Mardoqueo Chicas; y AL PONIENTE: con terreno de José Antonio

Cáceres y José Antonio Salaverría, antes de Hilario Valiente y Onofre

Durán, respectivamente, hoy de Antonio Zepeda, el primero mediando la

quebrada del Río Nuevo. SE HACE CONSTAR: que se constituyó una

servidumbre de tránsito para los lotes adjudicados al segundo y tercer

copartícipe, por medio de una calle de tres metros de ancho por ciento

cuarenta y ocho de largo, que se desprende de la esquina nor-oriente

del lote de la última copartícipe, que se dirige de sur a norte, por todo el

rumbo oriente de los lotes adjudicados al primero y segundo copartícipe

hasta salir al rumbo norte del predio total donde hay una calle vecinal;

inscrito a su favor bajo la Matrícula UNO CINCO CERO SIETE CERO

UNO SEIS TRES-CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento DOS

del Centro Nacional de Registros de la Segunda Sección de Occidente

del Departamento de Ahuachapán.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las

nueve horas y quince minutos del día veintiséis de agosto del año dos

mil diez.- Lic. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. HUGO ALCIDES MARTINEZ

SANTILLANA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026907-1

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Juzgado por

la señora XENIA OLIVEL DE LEON, de treinta y seis años de edad,

Comerciante en pequeño, del domicilio de Quezaltepeque, Departamento

de La Libertad, con Número de Identifi cación Tributaria cero cinco

doce-doscientos sesenta mil ciento setenta y tres-ciento tres-tres, en su

carácter personal, contra el señor JUAN DE JESUS BAÑOS QUIJANO,

NIT. 0210-100541-001-4, reclamándole cantidad de dinero, más intereses

legales y costas procesales, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA,

UN INMUEBLE DE NATURALEZA RUSTICA, SIN CULTIVOS NI

CONSTRUCCIONES, el cual se describe así: De la extensión de TRES

HECTAREAS CINCUENTA AREAS, equivalente a cinco mansas, de

las colindancias que se expresan en el respectivo antecedente. Que de

este inmueble central desmembra un lote identifi cado en el plano de

Lotifi cación respectivo como número DIECISEIS del Polígono “M”,

de la extensión superfi cial de CIENTO CUARENTA Y DOS PUNTO

VEINTE METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE,

siete punto veinte metros, lindando con Avenida “K”, calle abierta al

interior del inmueble; AL PONIENTE: siete punto veintiún metros, con

terreno de José María Aquino; AL NORTE: en parte con lote número

quince y lote catorce del mismo polígono “M”; y AL SUR: diecinueve

punto sesenta y ocho, con inmueble del señor Napoleón Umaña, que antes

formó parte del inmueble general. Inmueble propiedad del demandado

señor JUAN JESUS BAÑOS QUIJANO, inscrito al número 88 del Libro

2758, trasladada al Sistema de Registro y Catastro (SIRYC) en la Matrícula

número TRES CERO CERO OCHO TRES OCHO DOS DOS-CERO

CERO CERO CERO CERO, y según razón y constancia de inscripción

de embargo Matrícula TRES CERO CERO OCHO TRES OCHO DOS

DOS-CERO CERO CERO CERO CERO, ASIENTO DOS.

Se admitirán las posturas que sean legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las nueve

horas treinta minutos del día veinte de julio doce horas y diez minutos

del día de dos mil diez.- Licda. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI

FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA

GUEVARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026908-1

DIARI

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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO. S.A., Comunica que a sus ofi cinas

se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No.

20392528 emitido en Suc. Centro Financiero el 20 de Septiembre de

1996, por valor original de ¢20,000.00 a un plazo de 3 meses, el cual

devenga el 8.00% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado

por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la

tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el

certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de septiembre de dos

mil diez.

PEGGY CAROLINA GIRON,

GERENTE DE OPERACIONES.

3 v. alt. No. F027029-1

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A., Comunica que a sus ofi cinas

se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No.

180092062 emitido en Suc. Boulevard el 30 de Noviembre de 1991,

por valor original de ¢1,000.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga

el 8.500% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por

habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la

tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el

certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de septiembre de dos

mil diez.

PEGGY CAROLINA GIRON,

GERENTE DE OPERACIONES.

3 v. alt. No. F027030-1

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO. S.A., Comunica que a sus ofi cinas

se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No.

142227973100 (020849) emitido en Suc. Usulután (Bancasa) el 08 de

Marzo de 1995, por valor original de ¢40,000.00 a un plazo de 90 días,

el cual devenga el 13.00% de interés solicitando la reposición de dicho

certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador. a los diecisiete días del mes de septiembre de dos

mil diez.

PEGGY CAROLINA GIRON,

GERENTE DE OPERACIONES.

3 v. alt. No. F027033-1

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A., Comunica que a sus ofi ci-

nas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo

No. 20392535 emitido en Suc. Centro Financiero el 20 de Septiembre

de 1996, por valor original de ¢5,000.00 a un plazo de 3 meses, el cual

devenga el 8.00% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado

por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de septiembre de dos

mil diez.

PEGGY CAROLINA GIRON,

GERENTE DE OPERACIONES.

3 v. alt. No. F027034-1

DIARI

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CONSU

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.,

AVISA: Que en su agencia SALVADOR DEL MUNDO se ha

presentado el propietario del certifi cado No. 0219480091 del Depósito

a Plazo Fijo aperturado el 27 de julio 2009, a 360 días prorrogables,

solicitando la reposición de dicho certifi cado, lo que se hace del cono-

cimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado

conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 20 de septiembre de 2010.

Licda. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F027073-1

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.,

AVISA: Que en su agencia SAN MIGUEL se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 19160 del Depósito a Plazo Fijo aperturado

el 09 de marzo 2010, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de

dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos

de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486

y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 20 de septiembre de 2010.

Licda. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F027075-1

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.,

AVISA: Que en su agencia CHINAMECA se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 0606475004 del Depósito a Plazo Fijo

aperturado el 29 de octubre de 2004, a 180 días prorrogables, solicitan-

do la reposición de dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento

público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme

a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 20 de septiembre de 2010.

Licda. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F027076-1

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.,

AVISA: Que en su agencia METAPAN se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 1203507719 del Depósito a Plazo Fijo

aperturado el 07 de septiembre de 2000, a 360 días prorrogables, solici-

tando la reposición de dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento

público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme

a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 20 de septiembre de 2010.

Licda. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F027077-1

DIARI

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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.,

AVISA: Que en su agencia LOS HEROES se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 3306474463 del Depósito a Plazo Fijo

aperturado el 14 de agosto de 2006 a 180 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 20 de septiembre de 2010.

Licda. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F027078-1

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.,

AVISA: Que en su agencia MERLIOT se ha presentado el propie-

tario del certifi cado No. 507990 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 10

de octubre de 2008, a 90 días prorrogables, solicitando la reposición de

dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos

de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486

y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 20 de septiembre de 2010.

Licda. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F027079-1

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.,

AVISA: Que en su agencia LOS PROCERES se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 7223470534 del Depósito a Plazo Fijo

emitido el 28 de abril de 2010, a 360 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 20 de septiembre de 2010.

Licda. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F027080-1

AVISO

EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S.A., Comunica que a

sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito a

Plazo Fijo # 11130171802 Agencia San Miguel emitido el día 04/01/2000

a un plazo de 90 días el cual devenga el 2.30% de interés anual, solicitando

la reposición de dicho certifi cado, por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del

Público para los efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de

este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer

el Certifi cado en referencia.

San Salvador, 16 de septiembre del dos mil diez.

JULIO A. GARCIA INGLES,

JEFE DE DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F027644-1

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

BALANCE DE LIQUIDACIÓN

"SYKES CENTRAL AMÉRICA, LTDA.- En Liquidación" Balance Final de Liquidación al 31 de Agosto de 2010

(Expresado en Dólares de los Estados Unidos de América)

ACTIVO PASIVO

Corrientes $ Corrientes

CAPITAL $

Capital Social Pagado $

Utilidades Retenidas $ 893.00

Pérdida del Ejercicio 2008 $ (893.00)

TOTAL ACTIVO $ TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO $

OTTO KARIM GUZMÁN BARRERA, ANGELA OSORIO DE ARGUETA, JOSÉ CARLOS VÁSQUEZ,

LIQUIDADOR. LIQUIDADOR. AUDITORES EXTERNOS, CONTADOR.

3 v. alt. No. F026880-1

DISMINUCIÓN DE CAPITAL

ACUERDO DE DISMINUCIÓN DE CAPITAL SOCIAL PARQUE

JARDÍN LAS ROSAS DE SAN SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA

DE CAPITAL VARIABLE,

INFORMA: Que en cumplimiento de las disposiciones legales hace

del conocimiento que en JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE

ACCIONISTAS, celebrada en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, Depar-

tamento de La Libertad, a las nueve horas del día veintiuno de junio del

año dos mil diez, se acordó dadas las reformas al Código de Comercio,

modifi car el valor nominal de las acciones de un valor nominal de CIEN

COLONES, equivalentes a ONCE DÓLARES CON CUARENTA Y

TRES CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA, cada una, a un valor nominal de UN DÓLAR DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, cada una; y como consecuencia

de dicha modifi cación se disminuye el capital social de la Sociedad así:

en su parte variable en la suma de ochenta y seis dólares con cuarenta y

tres centavos de dólar de los Estados Unidos de América, a efectos de

llevar el capital variable de la sociedad de la suma de TREINTA Y UN

MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS

SETENTA Y UN DÓLARES CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS

DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA a la suma

de TREINTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO

MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; y en su parte mínima en la suma de

CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA a efectos de llevar el capital mínimo de la So-

ciedad de la suma de ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO

DÓLARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA a la suma de ONCE MIL

CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA; por lo que el nuevo capital social de la sociedad

quedará en la suma de TREINTA Y UN MILLONES CUATROCIEN-

TOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TRECE DÓLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA representado y dividido

en TREINTA Y UN MILLONES CUATROCIENTAS TREINTA Y

NUEVE MIL NOVECIENTAS TRECE acciones de un valor nominal

de UN DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, cada

una. Acordando los accionistas que tal disminución se efectúe mediante

el retiro parcial de aportación de los accionistas.

Antiguo Cuscatlán, 13 de Septiembre de 2010.

JEAN CLAUDE KAHN SALOMÓN,

Presidente Junta General Extraordinaria de Accionistas

Parque Jardín Las Rosas de San Salvador. S. A. de C. V.

3 v. alt. No. C001541-1

AVISO DE COBRO

La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de

Hacienda, a quien interese para los efectos de ley

HACE SABER: Que a este Departamento se ha presentado la

señora SILVIA MORENA GONZÁLEZ, quien comparece en calidad

de madre sobreviviente del señor Celso Alberto Martínez González,

solicitando se le autorice fi rmar los documentos pertinentes para que

se le entregue la devolución de CIENTO NOVENTA Y TRES 79/100

DOLARES ($193.79) del ejercicio fi scal 2009, en concepto de excedente

de Impuesto sobre la Renta, que dejó pendiente de cobro, su extinto hijo,

por haber fallecido el día 5 de enero de 2010.

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Page 55: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010. … · 2013. 1. 15. · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010. 3 Pág. 62-67 67 68 68-72 72-87 88-90 90

55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

Lo anterior, se hace de conocimiento del Público de acuerdo a lo

establecido en el artículo 142 de las Disposiciones Generales de Presu-

puestos, con la fi nalidad de que toda persona que se crea con igual o mejor

derecho, se presente a este Departamento, en el término de TRES días

a partir del día siguiente de la tercera y última publicación del presente

aviso, para ejercer su derecho.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los diez días del mes de

septiembre de dos mil diez.-

Licda. NORA LIZETH PÉREZ MARTÍNEZ,Subjefe del Departamento Jurídico

Ministerio de Hacienda.

3 v. 1 v. c/ 3 d. No. F026877-1

PERMISO DE OPERACIÓN DE RUTA AÉREA

EL SUSCRITO SUBDIRECTOR DE NAVEGACIÓN AÉREA DE

LA AUTORIDAD DE AVIACIÓN CIVIL DE LA REPÚBLICA DE

EL SALVADOR,

HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO: Que el Licenciado

José Daniel Julio Martínez Martínez, en su calidad de Apoderado

General Judicial de la Sociedad "CONTINENTAL AIRLINES, INC",

ha solicitado ante esta Autoridad de Aviación Civil, la modifi cación

temporal del Permiso de Operación de su representada, en lo relacio-

nado a: Incrementar una frecuencia en la ruta: Newark, Estados Unidos

de América - San Salvador, El Salvador - Newark, Estados Unidos de

América, únicamente los días domingos, comprendidos del diecinueve

de Diciembre del presente año al dos de Enero de dos mil once, con

derechos de Tráfi co de Tercera y Cuarta Libertades del Aire.

Que con fundamento en el Artículo setenta, incisos segundo y

tercero de la Ley Orgánica de Aviación Civil, señálense las ofi cinas de

la Autoridad de Aviación Civil, para que el día veinticuatro del mes de

Septiembre del año dos mil diez, a las catorce horas y treinta minutos,

se lleve a cabo la celebración de la Audiencia Pública que manda la

Ley, a fi n de que las partes interesadas puedan apoyar u oponerse a lo

solicitado.

Autoridad de Aviación Civil, al trece de Septiembre de dos mil

diez.-

P. A. MAURICIO EDUARDO RIVAS RODAS,

Subdirector de Navegación Aérea,

AUTORIDAD DE AVIACIÓN CIVIL.

1 v. No. F027025

MARCA INDUSTRIAL

No. de Expediente: 2008090075

No. de Presentación: 20080116919

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA

EUGENIA MANCÍA DADA, en su calidad de APODERADO de

TomTom International B. V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando

el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FÁBRICA.

JAMSHARE

Consistente en: La expresión JAMSHARE, que servirá para:

AMPARAR: EQUIPOS Y ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS

(HARDWARE) Y PROGRAMAS DE ORDENADOR [GRABADOS]

PARA SISTEMAS SATELITALES Y DE NAVEGACIÓN POR

POSICIONAMIENTO GLOBAL (GPS) PARA PROPÓSITOS DE

NAVEGACIÓN; PROGRAMAS DE ORDENADOR [GRABADOS]

PARA PLANEADORES DE RUTAS, MAPAS ELECTRÓNICOS,

Y DICCIONARIOS DIGITALES PARA PROPÓSITOS DE NAVE-

GACIÓN Y TRADUCCIÓN; PROGRAMAS DE ORDENADOR

[GRABADOS] PARA SISTEMAS DE INFORMACIÓN DE VIAJES

PARA PROVEER RECOMENDACIONES DE VIAJES Y/O INFOR-

MACIÓN EN RELACIÓN A GASOLINERAS Y ESTACIONES DE

SERVICIO, ESTACIONAMIENTOS, RESTAURANTES, AGENCIAS

DE VEHÍCULOS Y OTRA INFORMACIÓN RELACIONADA CON

VIAJES Y TRANSPORTE; PROGRAMAS DE ORDENADOR [GRA-

BADOS] PARA LA ADMINISTRACIÓN DE INFORMACIÓN PARA

LA INDUSTRIA DEL TRANSPORTE Y TRAFICO; PROGRAMAS

DE ORDENADOR [GRABADOS] PARA USAR CON MAPAS

ELECTRÓNICOS; PUBLICACIONES DE MAPAS ELECTRÓNICOS

[DESCARGABLES ELECTRÓNICAMENTE]; PROGRAMAS DE

ORDENADOR [GRABADOS] PARA OPERAR PLANEADORES

DE RUTAS; COMPUTADORAS DE MANO PERSONALES QUE

SON PLANEADORES DE RUTAS; PROGRAMAS DE ORDENA-

DOR [GRABADOS] PARA OPERAR DICCIONARIOS DIGITALES

ELECTRÓNICOS; DICCIONARIOS ELECTRÓNICOS; SISTEMAS

DE UBICACIÓN, ORIENTACIÓN Y NAVEGACIÓN Y SISTEMAS

DE POSICIONAMIENTO GLOBAL (GPS), QUE CONSISTEN EN

ORDENADORES, PROGRAMAS DE ORDENADOR [GRABADOS].

EMISORES DE SEÑALES ELECTRÓNICAS, RECEPTORES DE

SEÑALES GPS Y/O SATELITALES, DISPOSITIVOS DE INTER-

FACES DE REDES [INFORMÁTICA]. CABLES ELÉCTRICOS DE

CONEXIÓN; ESTUCHES PARA COMPUTADORAS PERSONALES

DE BOLSILLO; TECNOLOGIA DE APARATOS DE TRANSMISIÓN

DE SATÉLITE Y RADIO, PRINCIPALMENTE PROCESADORES,

TELÉFONOS MÓVILES Y RECEPTORES; INSTALACIONES,

APARATOS Y REDES DE TELECOMUNICACIONES, PRINCI-

PALMENTE RAILES PARA EL MONTAJE DE APARATOS DE

DIARI

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

TELECOMUNICACIONES, CUADROS DE CONEXIÓN E INTE-

RRUPTORES PARA TELECOMUNICACIONES; TERMINALES DE

COMPUTADORA, PARA USO EN SISTEMAS DE NAVEGACIÓN,

PLANEADORES DE RUTAS Y/O MAPAS DIGITALES; SOPORTES

DE DATOS MAGNÉTICOS EN BLANCO Y EN FORMA DE DISCO;

APARATOS DE AUDIO Y VIDEO, PRINCIPALMENTE RECEPTO-

RES DE AUDIO Y VIDEO Y PROCESADORES; COMPUTADORAS

PERSONALES DE MANO; ASISTENTES DIGITALES PERSONA-

LES. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del

año dos mil ocho.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de septiembre del año dos mil diez.-

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001529-1

UTILIDAD Y NECESIDAD

LA INFRASCRITA JUEZA DE FAMILIA DEL DISTRITO JUDICIAL

DE ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ, LICEN-

CIADA SANDRA GUADALUPE CUCHILLA DE HERRARTE, AL

PÚBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que mediante SENTENCIA DEFINITIVA de

las once horas y treinta minutos del día diecinueve de mayo del año

dos mil diez, en las DILIGENCIAS DE UTILIDAD Y NECESIDAD,

clasifi cadas bajo el número ZA-F-796(230)2009 R-2, promovidas por

el Abogado RUTILIO ALFONSO CORTEZ GRANDE, en su calidad

de Apoderado General Judicial de los señores ORLANDO GONZÁLEZ

CERÓN y CONSUELO MENDOZA CHÁVEZ, quienes actúan a su

vez en representación de su hija CONSUELO BEATRIZ GONZÁLEZ

MENDOZA, se ha autorizado la venta en PÚBLICA SUBASTA del

DERECHO PROINDIVISO DE PROPIEDAD, equivalente al DIEZ

POR CIENTO del inmueble, A FAVOR DE LA NIÑA CONSUELO

BEATRIZ GONZÁLEZ MENDOZA, dicho INMUEBLE esta inscrito

con matrícula número 55078270-00000, con un área de 500.0500 metros

cuadrados, folio activo ubicado en lote doce, POLÍGONO A, HACIENDA

COMAPA, ASENT. COMUNITARIO Y LOT. AGRÍCOLA CORRES-

PONDIENTE A LA UBICACIÓN GEOGRÁFICA DE SANTIAGO

NONUALCO, DEPARTAMENTO DE LA PAZ, SIENDO el valor

total del inmueble en CINCO MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, por lo que

siendo que el mismo esta dividido en diez porciones, cada una de ellas

equivale a QUINIENTOS SETENTA Y DOS DÓLARES DE LOS ES-

TADOS UNIDOS DE AMÉRICA. CON CUARENTA CENTAVOS.

Librado en el Juzgado de Familia de Zacatecoluca, a las diez horas

y un minuto del día veinte de julio de dos mil diez.- Licda. SANDRA

GUADALUPE CUCHILLA DE HERRARTE, JUEZ DE FAMILIA.

Lic. JOSÉ DAVID MARTÍNEZ BAIRES, SECRETARIO.

3 v. 1 v. c/ 5 d. No. C001545-1

TÍTULO MUNICIPAL

El Infrascrito Alcalde Municipal de esta Ciudad:

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se presentaron los Señores:

ROSA CLEOTILDE HERNÁNDEZ DE MEJÍA, y WILFREDO DE

JESÚS MEJÍA, la primera de cuarenta y tres años de edad, Comerciante y

del domicilio de esta Ciudad, con Documento Único de identidad número

cero un millón seiscientos veintidós mil quinientos diecisiete - uno y

con número de identifi cación Tributaria cero cuatrocientos seis - tres

cero cero ocho seis seis – ciento dos - nueve, y el segundo de cuarenta

y cinco años de edad, Empleado y del domicilio de esta Ciudad, con

Documento Único de identidad número cero cero doscientos veinte mil

setecientos ochenta y cuatro - nueve y con número de identifi cación

Tributaria uno cero uno dos - uno cinco cero uno seis cinco - uno cero

uno - cero. Solicitando Título Municipal de un inmueble de naturaleza

urbana ubicado en el Barrio San Antonio, Calle al Cantón, El Rosario

de Concepción Quezaltepeque, Departamento de Chalatenango, de una

extensión superfi cial de CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS,

de las medidas siguientes:AL NORTE, mide veinte punto cero cero

metros colinda con propiedad del Señor Carlos Miguel Castillo López,

calle pública de por medio; AL ORIENTE, mide veinte punto cero cero

metros colinda con propiedad del Señor Walter Bladimir López Zamora,

calle pública de por medio; AL SUR, mide veinte punto cero cero metros

colinda con Mélida Esperanza Palma viuda de Castro, dividido por cerco

de alambre propio de la colindante, y AL PONIENTE, mide veinte punto

cero cero metros colinda con Mélida Esperanza Palma viuda de Castro,

dividido por cerco de alambre propio de la colindante. En el inmueble

antes descrito se encuentra construida una casa de sistema mixto techo de

duralita, con su corredor y garaje. Lo estima en mil dólares; Lo adquirieron

por compra venta otorgada ante los Ofi cios del Notario Mario Alberto

Aparicio Urías. NO ES DOMINANTE, NI SIRVIENTE, NO TIENE

CARGAS, NI DERECHOS REALES DE AJENA PERTENENCIA, NI

ESTÁ EN PROINDIVISIÓN CON NADIE.-

Se avisa para efectos de Ley.-

Alcaldía Municipal Concepción Quezaltepeque, Departamento de

Chalatenango, a los dieciséis días del mes de Septiembre del dos mil

diez.- VÍCTOR MANUEL LÓPEZ, ALCALDE MUNICIPAL. OSCAR

JESÚS ORELLANA LÓPEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F026991-1

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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2010102030

No. de Presentación: 20100138249

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ARTURO

XAVIER SAGRERA PALOMO, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: la frase PROYECTO PAIS y diseño, que servirá

para: AMPARAR: EDUCACIÓN; FORMACIÓN; ESPARCIMIENTO;

ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES; Y, EN ESPECIAL:

ACADEMIAS [EDUCACIÓN], Y ORGANIZACIONES DE COMPE-

TENCIAS DEPORTIVAS. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día treinta de junio del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador.

trece de agosto del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027001-1

No. de Expediente: 2010103174

No. de Presentación: 20100140503

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE TOMAS

CALDERON GONZALEZ, en su calidad de APODERADO de ONLINE

MARKETING, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión ¿QUÉ NOS HACEMOS?.COM y

diseño, que servirá para: DISTINGUIR: SERVICIOS DE INFORMA-

CION DE SITIOS TURISTICOS POR MEDIO DE UNA PAGINA

WEB. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año

dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de agosto del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

RAFAEL ANTONIO CASTILLO MEDINA,

SECRETARIO

3 v. alt. No. F027003-1

No. de Expediente: 2010103430

No. de Presentación: 20100141042

CLASE: 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALI-

CIA VICTORINA MEARDI DE SOLANO conocida por ALICIA

VICTORINA MEARDI GUEVARA, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de ORIGEN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: ORIGEN, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-

CIOS,

Consistente en: la frase ¿QUÉ NOS PASA SALVADOREÑOS?,

que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS JURIDICOS; SERVI-

CIOS PERSONALES Y SOCIALES PRESTADOS POR TERCEROS

DESTINADOS A SATISFACER NECESIDADES INDIVIDUALES;

SERVICIOS DE SEGURIDAD PARA LA PROTECCION DE BIENES

Y DE PERSONAS. Clase: 45.

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de septiembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027054-1

No. de Expediente: 2010103431

No. de Presentación: 20100141043

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALI-

CIA VICTORINA MEARDI DE SOLANO conocida por ALICIA

VICTORINA MEARDI GUEVARA, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de ORIGEN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: ORIGEN, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-

CIOS,

Consistente en: la frase ¿QUÉ NOS PASA SALVADOREÑOS?,

que servirá para: AMPARAR: EDUCACION; FORMACION; ESPAR-

CIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase:

41.

La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de septiembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027055-1

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2009095592

No. de Presentación: 20090126875

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LINDA

DINORA SERMEÑO DE BERRIOS, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: la expresión Cherry's Bakery y diseño, traducido al

castellano como Panadería Las Cerezas, que servirá para: AMPARAR:

CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCE-

DANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS

DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS

COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA,

POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS

(CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos

mil nueve.

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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, seis de mayo del año dos mil diez.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026927-1

No. de Expediente: 2010102729

No. de Presentación: 20100139648

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado WILLIAN

ANTONIO LAZO GUATEMALA, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: la expresión PAPOUTSANIS y diseño, que servirá

para: AMPARAR: BARRAS DE JABON, JABON LIQUIDO (GEL),

LOCION PARA CUERPO, JABON PARA EL CABELLO. Clase:

03.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de agosto del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026961-1

No. de Expediente: 2010098609

No. de Presentación: 20100132006

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

de ARMSTRONG LABORATORIOS DE MEXICO, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

RISPEN

Consistente en: la palabra RISPEN, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS

HIGIENICOS Y SANITARIOS PARA USO MEDICO; SUSTANCIAS

DIETETICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBES;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES;

PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGI-

CIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de junio del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026962-1

No. de Expediente: 2010098612

No. de Presentación: 20100132009

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

DIARI

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

de ARMSTRONG LABORATORIOS DE MEXICO, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

CORASPIR

Consistente en: la palabra CORASPIR, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS:

PRODUCTOS HIGIENICOS Y SANITARIOS PARA USO MEDICO;

SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS

PARA BEBES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS;

MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES

DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase; 05.

La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de junio del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026965-1

No. de Expediente: 2010098606

No. de Presentación: 20100132003

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

de ARMSTRONG LABORATORIOS DE MEXICO, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

NOVO ALERPRIV

Consistente en: la expresión NOVO ALERPRIV, que servirá

para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETE-

RINARIOS; PRODUCTOS HIGIENICOS Y SANITARIOS PARA

USO MEDICO; SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO,

ALIMENTOS PARA BEBES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA

APOSITOS;MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DEN-

TALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, nueve de junio del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026968-1

No. de Expediente: 2010098607

No. de Presentación: 20100132004

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

de ARMSTRONG LABORATORIOS DE MEXICO, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

PRINDEX

Consistente en: la palabra PRINDEX, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS PARMACEUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIENICOS Y SANITARIOS PARA USO MEDICO;

SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS

PARA BEBES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS;

MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES

DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de junio del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026972-1

No. de Expediente: 2010098610

No. de Presentación: 20100132007

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERA-

DO ESPECIAL de ARMSTRONG LABORATORIOS DE MEXICO,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad

MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

SINRESOR

Consistente en: la palabra SINRESOR, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIENICOS Y SANITARIOS PARA USO MEDICO;

SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS

PARA BEBES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS;

MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES

DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de junio del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026973-1

No. de Expediente: 2010098605

No. de Presentación: 20100132002

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA. en su calidad de APODERADO

de ARMSTRONG LABORATORIOS DE MEXICO, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

NOCTE

Consistente en: la palabra NOCTE, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS

HIGIENICOS Y SANITARIOS PARA USO MEDICO; SUSTANCIAS

DIETETICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBES;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES;

PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGI-

CIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de junio del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026976-1

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

ACEPTACION DE HERENCIA

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPARTAMENTO

DE LA UNIÓN, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las diez

horas y quince minutos del día treinta y uno de agosto del corriente año,

se declaró herederos expresamente y con benefi cio de inventario de la

herencia intestada que al fallecer a las veinte horas del día diecisiete de

marzo de dos mil diez, en el Hospital Médico Quirúrgico, del Instituto

Salvadoreño del Seguro Social, de la ciudad de San Salvador, siendo su

último domicilio la Villa de Anamorós, de este Distrito, Departamento

de La Unión, dejó el causante GABRIEL REYES REYES o GABRIEL

REYES, de parte de los señores LIDIA ARGENTINA REYES DE RIOS

o LIDIA ARGENTINA REYES, ISIDORA CONCEPCIÓN REYES DE

RUBIO o ISIDORA CONCEPCIÓN REYES, SANTOS LIDUVINA

REYES REYES o SANTOS LIDUVINA REYES, ADÁN ANTONIO

REYES REYES o ADÁN ANTONIO REYES, WILLIAM JAIME

REYES REYES o WILLIAM JAIME REYES, y ÁNGEL ENCAR-

NACIÓN REYES REYES o ÁNGEL ENCARNACIÓN REYES, en

concepto de hijos sobrevivientes del referido causante, de conformidad

con el Artículo 988 numeral 1° C.C.

Se les confi ere a los aceptantes en el carácter dicho la Administración

y Representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los dos

días del mes de septiembre de dos mil diez.- LIC. ÁNGEL ALBINO

ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEP-

CIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001450-2

Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las once

horas del día treinta y uno de agosto del corriente año, se declaró heredero

expresamente y sin benefi cio de inventario de la herencia intestada que

al fallecer el día doce de octubre de mil novecientos noventa y ocho,

en la Colonia Santa María, de esta ciudad, Departamento de La Unión,

su último domicilio dejó la causante MARIA ELIZABETH FLORES,

de parte del señor JOSE YOVANY FLORES, en concepto de hijo

sobreviviente de la referida causante, de conformidad con el Artículo

988 numeral 1° C.C. Se le confi ere al heredero declarado en el carácter

dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de

la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Depar-

tamento de La Unión, a los dos días del mes de septiembre de dos mil

diez.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001451-2

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cuarenta

minutos del día siete de julio del dos mil diez, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que

a su defunción dejó la señora TERESA DE JESUS UMAÑA, quien

falleció a las doce horas del día treinta de enero del dos mil diez, en la

Colonia Quince de Septiembre de la ciudad de San Miguel, siendo este

lugar su último domicilio, de parte del señor JOSE LEONIDAS COLATO

UMAÑA, en calidad de hijo de la causante y como cesionario de los

derechos hereditarios que le corresponden a la señora GUADALUPE

DEL CARMEN COLATO UMAÑA e IRIS YAMARA COLATO

UMAÑA, ambas en calidad de hijas de la causante.

Confi érese a la aceptante en el carácter antes indicado, la admi-

nistración y representación interinas de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las

ocho horas cuarenta y cinco minutos del día siete de julio del dos mil

diez.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001454-2

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, departamento de La Unión, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las doce

horas del día tres de septiembre del corriente año; se tuvo por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia que al fallecer

a las cuatro horas y cincuenta minutos del día veintiocho de mayo del

año dos mil diez, en el Hospital Rosales de la ciudad de San Salvador,

siendo su último domicilio el Barrio Las Delicia de la ciudad de Santa

Rosa de Lima, departamento de La Unión, dejara la causante Blanca

Rosa Meléndez, a los herederos Eva Cecilia Meléndez Reyes y Santos

Antolín Velásquez Umanzor, en concepto de Cesionarios de los derechos

hereditarios que en la referida sucesión le correspondían a los señores

María Catalina Meléndez y Juan Bautista Meléndez conocido por Juan

Bautista Meléndez Velásquez, en concepto de hermanos de la causante

antes mencionada, de conformidad con lo establecido en los Arts. 988

No. 3° y el 1699 del Código Civil. En consecuencia, se les confi rió a

los aceptantes, en el carácter dicho, la administración y representación

interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y res-

tricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los ocho días del mes de septiembre del año

dos mil diez.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO

CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001463-2

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las catorce horas

treinta minutos del día dieciséis de junio de dos mil diez, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la

señora ROSA ANGELICA ALBERTO DE RAMIREZ, en concepto de

hija de la causante LUCIA LUISA ALBERTO, conocida por LUCIA

LUISA ALBERTO PEREZ, LUCIA LUISA ALBERTO HENRIQUEZ

y por LUCIA ALBERTO, la Herencia INTESTADA que a su defunción

defi rió la expresada causante, ocurrida el día ocho de agosto de dos mil

tres, en esta Ciudad, su último domicilio. Confi érase a la aceptante la

administración y representación interina de los bienes de la sucesión

con las facultades y restricciones legales.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las doce

horas diez minutos del día veintitrés de junio de dos mil diez.- Dr. DARIO

VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic.

VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001481-2

ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público,

HACE SABER: Que mediante resolución proveída en este Tribunal,

a las quince horas con treinta minutos del día diecinueve de Julio del año

dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante

FIDELINA ALVARADO ALVARADO, quien falleció a las seis horas

y veinte minutos del día nueve de febrero del año dos mil nueve, en el

Cantón Los Gutiérrez, de esta jurisdicción, siendo dicho cantón su últi-

mo domicilio; de parte de los señores HELDER MEJIA ALVARADO,

TULIO ISMAEL ALVARADO MEJIA, ERMELINDA ALVARADO

LOPEZ, ROSA DELMI ALVARADO MEJIA, VILMA ARELY

MEJIA ALVARADO, MELVIN ALEXANDER MEJIA ALVARADO,

DINORA CAROLINA MEJIA ALVARRADO, DIEGO ERNESTO

MEJIA ALVARADO, ANIBAL AMILCAR MEJIA ALVARADO,

MARICELA MEJIA ALVARADO, MARIA ERLINDA ALVARADO

DE LOPEZ, HUGO ARMANDO ALVARADO MEJIA, ROLANDO

ALVARADO MEJIA y JUAN CARLOS MEJIA ALVARADO,

en sus calidades de hijos sobrevivientes de la causante en mención.

Habiéndoseles conferido a los aceptantes en el concepto antes indicado

la administración y representación interina de la sucesión, con las fa-

cultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en

el término de quince días se presenten a este Tribunal a manifestarlo.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de María,

Departamento de Chalatenango, a los veintiséis días del mes de agosto

del año dos mil diez.- Lic. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. OSCAR IMERY HERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001491-2

Licenciada MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA

DE LO CIVIL DE DELGADO, al público,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y treinta y

cinco minutos del día cinco de julio del año dos mil diez, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia

intestada que a su defunción dejó la causante señora MARIA AUDE-

LIA GONZALEZ, conocida por MARIA AUDELIA GONZALEZ

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

DE PALACIOS, AUDELIA GONZALEZ y por MARIA AUDELIA

GONZALEZ VASQUEZ, quien fue de sesenta y un años de edad,

Casada, de ofi cios domésticos, fallecida el día cuatro de mayo de mil

novecientos noventa y cinco, siendo éste su último domicilio, de parte de

la señora YESENIA ESMERALDA HERNANDEZ PALACIOS, como

cesionaria de los derechos que le correspondían a los señores ISRAEL

PALACIOS GONZALEZ, JOSE SANTOS PALACIOS GONZALEZ

y MARIA ANGELA PALACIOS DE VASQUEZ, hijos de la causan-

te.- Confi riéndosele a la aceptante la administración y representación

INTERINA de la sucesión; con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las ocho horas y

treinta y nueve minutos del día cinco de julio del año dos mil diez.-

Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE

LO CIVIL DE DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO

ARIAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026332-2

Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día

uno de julio del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario la HERENCIA INTESTADA de los bienes que

a su defunción dejó el causante señor NELSON ARISTIDES ROSA

ESCOBAR, quien falleció en el Hospital General del Seguro Social de

la ciudad de San Salvador, a las diecinueve horas y cuarenta minutos del

día veinte de enero del dos mil diez, siendo Ayutuxtepeque su último

domicilio, de parte de la señora YOLANDA QUINTANILLA DE ROSA,

en su carácter de cónyuge sobreviviente del causante.

Confi érase a la aceptante en el carácter antes indicado la adminis-

tración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: A todos los que se crean con derecho en la referida he-

rencia a que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días,

contados a partir de la última publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las once horas y

treinta minutos del día uno de julio de dos mil diez.- Lic. JOSE HUGO

ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN ESTELA

AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026350-2

Licdo. RAFAEL JOSE ANTONIO VELASQUEZ MEJIA, JUEZ DE

LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas treinta y cuatro

minutos del día seis de marzo del año dos mil siete; se ha tenido por

aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción ocurrida a las doce horas del día catorce de enero de

mil novecientos noventa y dos, en el Hospital San Rafael de la ciudad

de Nueva San Salvador dejó el señor CARLOS GUILLERMO LUNA

CALDERON, habiendo sido su último domicilio el de la ciudad de

Ahuachapán; de parte del señor CARLOS FERNANDO LUNA ARAUJO

o CARLOS FERNANDO LUNA, en su calidad de hijo del causante;

a quien se ha nombrado interinamente representante y administrador

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de

Ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las catorce horas seis minutos

del día dieciocho de agosto de dos mil diez.- Lic. RAFAEL JOSE ANTO-

NIO VELASQUEZ MEJIA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- Licda.

CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026351-2

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejó la causante MERCEDES VILLACORTA, quien

falleció el día dieciséis de diciembre de mil novecientos setenta y dos, en

el Barrio Santa Rita de la jurisdicción de San Juan Nonualco, su último

domicilio; por parte del señor MANUEL DE JESUS VILLACORTA, en

concepto de sobrino de la causante. Nómbrase al aceptante, interinamente

administrador y representante de la sucesión, con las facultades y res-

tricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, uno de marzo de dos mil

diez.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026394-2

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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

Licenciado PEDRO ALEJANDRO MENDOZA CALDERON, Notario,

del domicilio de San Salvador, con Despacho Profesional situado en

Ochenta y Tres avenida Norte, número ciento treinta y ocho, Colonia

Escalón, de esta misma ciudad, para los efectos legales,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el suscrito,

a las catorce horas del día cuatro de junio del presente año, se ha tenido

por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario, por parte de

don RONALD ALBERTO ZEPEDA GARCIA, en su calidad de hijo

del causante la herencia intestada que a su defunción dejó el señor

JORGE ALBERTO BATLES, conocido por JORGE ALBERTO

BATLES ZEPEDA, JORGE ALBERTO AREVALO BATRES, JOR-

GE ALBERTO AREVALO, JORGE ALBERTO ZEPEDA BATRES,

JORGE ALBERTO ZEPEDA BATLES, y por JORGE ALBERTO

BATRES ZEPEDA, soltero, obra de banco, salvadoreño, originario de

Juayúa, Departamento de Sonsonate, siendo la ciudad de San Salvador,

su último domicilio, habiendo fallecido en la ciudad de San Salvador,

el día veinticuatro de agosto de dos mil seis, a la edad de cincuenta y

ocho años.- Al aceptante se le confi rió la administración y representación

interina de la sucesión, con facultades y restricciones de ley.

Se cita a quienes se crean con derecho a dicha herencia intestada

para que se presenten al Despacho del suscrito Notario, a deducirlo dentro

de los quince días siguientes a la última publicación de este edicto.

Librado en San Salvador, a los trece días del mes de septiembre

del dos mil diez.

Lic. PEDRO ALEJANDRO MENDOZA CALDERON,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F026429-2

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día

seis de Septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con benefi cio de Inventario de parte de los señores NARCISA

ELIDA BARAHONA DE LOVOS, WENDY FLORIDALMA LOVOS

BARAHONA y FRANCISCO ANTONIO LOVOS BARAHONA, la

herencia testamentaria que a su defunción dejó el señor FRANCISCO

LOVOS ARGUETA o FRANCISCO LOBOS ARGUETA o FRANCIS-

CO LOVO, quien fue de setenta y tres años de edad, mecánico, casado,

salvadoreño, fallecido el día cuatro de septiembre de dos mil ocho, en el

Hospital General del Seguro Social de San Salvador, siendo esta ciudad

el lugar de su último domicilio, en concepto de herederos testamentarios

del causante y se ha nombrado a los aceptantes administradores y repre-

sentantes Interinos de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los seis de

Septiembre del año dos mil diez.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA ARMIDA MEJIA DE MUÑOZ,

SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F026467-2

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las nueve horas del día veintitrés de agosto del año dos mil diez, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia intestada dejada por el causante OSMIN ERNESTO MAGAÑA

FIGUEROA, quien fue de veinticinco años de edad, empleado, fallecido

el día quince de agosto de dos mil siete, siendo su último domicilio la

ciudad de Metapán; de parte de los señores JULIAN FLORES FIGUEROA

y MARIA ELEODIA MARTINEZ DE FIGUEROA hoy viuda DE

FIGUEROA, en concepto de cesionarios de los derechos hereditarios

que le correspondían a la señora MARIA ELEODIA FIGUEROA

MARTINEZ conocida por MARIA ELODIA FIGUEROA, madre del

referido causante.

En consecuencia, se les confi ere a dichos aceptantes la adminis-

tración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.

Se cita a las personas que crean tener derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días,

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas y

veinte minutos del día treinta de agosto del año dos mil diez.- Lic. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026498-2

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

SANDRA ELIZABETH SÁNCHEZ, JUEZA DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE USULUTAN, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las catorce horas y treinta minutos

de este día se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON

BENEFICIO DE INVENTARIO la Herencia Intestada que a su defunción

dejó el señor FRANCISCO ANTONIO REYES, al fallecer el día dos de

Diciembre de mil novecientos noventa y siete, en el Barrio El Molino

de esta ciudad de Usulután, el lugar que tuvo como último domicilio

de parte de la señora ROSA AMALIA REYES DE HERNÁNDEZ, en

calidad de hija del causante.

Confi riéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-

sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a

los diecisiete días del mes de Agosto del año dos mil diez.- LICDA.

SANDRA ELIZABETH SÁNCHEZ, JUEZA DE LO CIVIL SU-

PLENTE.- LICDA MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026507-2

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las ocho horas y treinta minutos del día diez de agosto del corriente año,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,

la Herencia Intestada dejada a su defunción por la causante señora

CIPRIANA RODRÍGUEZ DERAS, conocida por CIPRIANA DERAS,

por SIPRIANA CHOTO y por CIPRIANA RODRÍGUEZ viuda DE

CHOTO, ocurrida el día cinco de abril de mil novecientos ochenta y

ocho, siendo Talnique, el lugar de su último domicilio, de parte del señor

JORGE MAURICIO RODRÍGUEZ CHOTO, en calidad de cesionario

de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora MARÍA

ELENA CHOTO DE PALMA, en calidad de hija de la causante; y se

ha conferido al aceptante la administración y la representación interinas

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce horas

del día dos de septiembre de dos mil diez. Enmendado-PALMA-Vale.-

LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR.

KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026512-2

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a

las diez horas y veintitrés minutos del día veintiuno de mayo del presente

año; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario

la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JOSÉ MARÍA

ZENON MONGE, conocido por JOSÉ MARÍA ZENON MONGE

LEIVA, JOSÉ MARÍA MONGE, ZENON MONGE y por JOSÉ

MARÍA MONGE LEIVA, de ochenta y nueve años de edad, viudo,

Jornalero, fallecido el día doce de febrero de mil novecientos noventa y

ocho, siendo Apopa su último domicilio; de parte del señor SALVADOR

MONGE MENJIVAR, de sesenta y dos años de edad, Mecánico, del

domicilio de Apopa, en calidad de hijo del causante.

Y se le confi rió al aceptante en el carácter indicado, la administración

y representación interina de los bienes de la Sucesión, con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las diez horas y

treinta minutos del día veintiuno de mayo del año dos mil diez.- DRA.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL.- LIC. JOSÉ DULEY CERNA FERNÁNDEZ, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. F026527-2

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y treinta y

cinco minutos del día nueve del presente mes, se ha tenido por aceptada

expresamente, y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que

a su defunción dejó la causante MARÍA ADELINA BONILLA, cono-

cida por MARÍA ADELINA BONILLA DE RAMÍREZ o ADELINA

BONILLA DE RAMÍREZ o ADELINA BONILLA, quien falleció el

día cuatro de septiembre del año dos mil cinco, en el Barrio El Centro

de San Luis Talpa, su último domicilio, por parte de los señores JOSÉ

ANTONIO RAMÍREZ BONILLA y RENE ADRIÁN RAMÍREZ, en

su concepto de hijos; y sea nombrado a los aceptantes interinamente,

administradores y representantes de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de

la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

JUZGADO DE LO CIVIL; Zacatecoluca, nueve de septiembre del dos mil diez.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026554-2

LUIS HERNÁN MARTINEZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina situada en Calle Gabriela Mistral número trescientos siete de San Sal-vador, al público

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las diez horas del día tres de los corrientes, mes y año, se ha tenido por aceptada en forma interina y declarados herederos en tal carácter, con benefi cio de inventario, a los señores: SILMA LÍDYCE ROSALES, ahora viuda de GÓMEZ, por sí y como representante de su menor hijo, JAVIER ALE-JANDRO GÓMEZ ROSALES, y al joven DANIEL EDUARDO GÓMEZ ROSALES, la primera Ingeniero Civil, y los restantes, estudiantes, la primera y el tercero, mayores de edad y el segundo de doce años de edad, todos del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad; todo ello relativo a la SUCESIÓN INTESTADA, dejada a su falleci-miento, ocurrido en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, su último domicilio, el día dieciocho de abril del corriente año, por el causahabiente, Ingeniero DANIEL RAFAEL GÓMEZ MEDINA, quien era mayor de edad, Ingeniero Civil y del domicilio mencionado; herederos a quienes se les ha conferido esa calidad, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que al público se HACE SABER: para que dentro de los quince días siguientes a la última publicación de este edicto, concurran a mi ofi cina a hacer valer sus derechos. Publíquese por tres veces en el Diario Ofi cial y periódicos de circulación particular y comercial El Diario de Hoy y Diario El Mundo.

San Salvador, trece de septiembre de dos mil diez.

DR. LUIS HERNÁN MARTÍNEZ,

NOTARIO.

3 v. c. No. F026813-2

TÍTULO DE PROPIEDAD

El infrascrito Alcalde Municipal de esta Ciudad.

HACE CONSTAR: Que a esta Alcaldía se presentó la señora: Margarita del Carmen Calles Jacobo, solicitando Título de Propiedad de un inmueble de naturaleza rural, situado en Cantón Conacaste de Concepción Quezaltepeque, Departamento de Chalatenango, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS PUNTO TREINTA METROS CUADRADOS, de la descripción siguiente: AL NORTE: mide doce punto treinta metros, linda Ovidio Fuentes, calle de por medio; AL SUR: mide doce punto sesenta y cinco metros, linda con Adán Urbina; AL ORIENTE: mide veintiún punto sesenta y cinco metros, linda con propiedad de María Antonia Urbina Escobar; PO-

NIENTE: dieciocho punto ochenta metros, linda con María Elvira León de Ramos. En el inmueble antes descrito existe construida una casa de sistema mixto. Lo adquirió por compra a la señora María Elvira León de Ramos, de este domicilio, Ama de casa, con Documento Único de Identidad Número cero dos siete tres siete dos siete ocho-siete, lo estima en mil dólares de los Estados Unidos de Norte América.

Se avisa para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal Concepción Quezaltepeque, Departamento de Chalatenango, a los catorce días del mes de Agosto del dos mil diez.- VICTOR MANUEL LÓPEZ, ALCALDE MUNICIPAL INTERINO.- OSCAR JESÚS ORELLANA LÓPEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F026343-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor JOSÉ MISAEL TOBAR SERRANO, de cuarenta y ocho años de edad, albañil, del domicilio de Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad Número cero cero seiscientos sesenta y ocho mil doscientos diecinueve guión tres. Con Número de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos veintiséis guión doscientos cincuenta y un mil doscientos sesenta y uno guión ciento uno guión nueve. Solicitando a su favor TÍTULO DE PROPIEDAD, de un inmueble de naturaleza urbana, con construcción situado en quince calle poniente, Colonia Las Brisas, Barrio El Rosario, jurisdicción de Nueva Concepción, Depar-tamento de Chalatenango, compuesto de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: Al Norte, mide ocho punto cincuenta metros y colinda con José Antonio Rosa Alemán, quince calle poniente de por medio. Al Oriente, en veintinueve metros con sesenta centímetros, colinda con Juana Pineda Lemus y Clemente Alemán, tapial de ladrillo de por medio propio de los colindantes. Al Sur, mide ocho metros con diez centímetros y colinda con Juana Tobar Serrano, tapial de ladrillo de por medio propiedad del colindante. Al Poniente; en veintinueve metros con diez centímetros colinda con Blanca Morelia Menjívar Serrano de Tobar, cerco de alambre de púas de por medio. El inmueble que se pretende Titular, no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión con otras personas, a si mismo no posee cargas ni derechos reales de ajena procedencia. El inmueble relacionado manifi esta que lo adquirió por compra verbal sin documento que le hizo al señor JOSÉ ALFREDO CARÍAS FLORES, y lo valora en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, dicho inmueble no se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la quinta sección del centro, del Departamento de Chalatenango, por carecer de antecedente inscrito.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Librado en la Alcaldía Municipal de Nueva Concepción, Depar-tamento de Chalatenango, a los treinta y un días del mes de Agosto de dos mil diez.- FELIX MANUEL PORTILLO MENJÍVAR, ALCALDE MUNICIPAL.- MARIO RAFAEL VALLE LEMUS, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F026502-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

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LEGAL

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

TÍTULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Señora,

FRANCISCA ELSA LOVOS DE ORELLANA, solicitando a su favor,

Título de Dominio de un Inmueble de Naturaleza Urbana situado en

el Barrio El Centro, Jurisdicción de San Simón, Distrito de Osicala,

departamento de Morazán, que según la fi cha catastral y solicitud de la

Titulante es de la Capacidad Superfi cial de TRESCIENTOS CINCUEN-

TA Y OCHO METROS CUADRADOS, y según Documento anexo

a la solicitud es de la capacidad superfi cial de CIENTO TREINTA Y

UNO PUNTO CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS; de las

medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, mide cinco metros, linda

con terreno de Mario Fredis Hernández Santos, y según solicitud con

terreno de Rosa Lidia Hernández de Santos, calle pública de por medio;

AL NORTE mide diez punto setenta y cinco metros linda con terreno

de Ana Julia González, pared de por medio pero según solicitud linda

con Ana Julia González de Orellana; AL PONIENTE mide doce punto

sesenta y ocho metros linda con propiedad de Julio César Aranda y según

solicitud y fi cha catastral linda con Diócesis de San Miguel y Julio César

Aranda, calle pública de por medio; AL SUR, consta de dos tramos el

primer tramo mide catorce punto cincuenta metros y el segundo tramo

de tres punto noventa metros linda con terreno de Estanislao Aranda,

calle de por medio.- El inmueble antes descrito no es predio dominante ni

sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está

en proindivisión, el cual obtuvo por compraventa de posesión material

que hizo al señor ROMELIO AMAYA GUEVARA. En la Ciudad de

San Salvador, el día veintisiete de enero del año dos mil diez, que al

sumar la anterior posesión suma más de diez años, el inmueble antes

descrito lo valúa en la cantidad de VEINTIDÓS MIL DÓLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Los colindantes son todos

de este domicilio, por lo que se avisa al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Villa San Simón, a los diez días del mes

de septiembre de dos mil diez. MIGUEL ANGEL BARAHONA VEN-

TURA, ALCALDE MUNICIPAL. CARLOS ANTONIO CLAROS,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F026319-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor WILDER

BOANERGES ORELLANA CHICA, solicitando a su favor, Título de

Dominio de un Inmueble de Naturaleza Urbana situado en el Barrio El

Centro, Jurisdicción de San Simón, Distrito de Osicala, departamento

de Morazán, que según la fi cha catastral y solicitud del Titulante es de

la Capacidad Superfi cial de CIENTO CINCUENTA Y SEIS PUNTO

QUINCE METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguien-

tes: AL ORIENTE, mide diez punto veinte metros, linda con terreno de

Lorena Renderos, calle de por medio; AL NORTE mide dieciséis punto

veinticinco metros linda con terreno de Santos Hernández, calle de por

medio; AL PONIENTE mide diez metros linda con propiedad de Ana

Julia Monteagudo, brotones de izote de por medio; AL SUR, mide catorce

punto setenta metros linda con terreno de Ana Julia Monteagudo, pared

de por medio. El inmueble antes descrito no es predio dominante ni sir-

viente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en

proindivisión, el cual obtuvo por compraventa de posesión material que

hizo a la señora Ana Julia Monteagudo. En la Ciudad de San Francisco

Gotera, el día veintisiete de enero del año dos mil nueve, que al sumar

la anterior posesión suma más de diez años, el inmueble antes descrito

lo valúa en la cantidad de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA. Los colindantes son todos de este domicilio,

por lo que se avisa al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Villa San Simón, a los catorce días del

mes de septiembre de dos mil diez. MIGUEL ANGEL BARAHONA

VENTURA, ALCALDE MUNICIPAL. CARLOS ANTONIO CLAROS,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F026321-2

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1999004128

No. de Presentación: 20100138964

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO de LA MADRILEÑA,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de

ARROZ NUMERO OCHENTA Y NUEVE, COLONIA SANTA ISABEL

INDUSTRIAL, NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTE, MEXICO,

DISTRITO FEDERAL, MEXICO, de nacionalidad MEXICANA, so-

licitando RENOVACION, para la inscripción Número 00210 del Libro

00117 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra

“MAYORAZGO”, escrita en letras corrientes, de molde, mayúsculas y

de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 33 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil diez.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026365-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

No. de Expediente: 1999007235

No. de Presentación: 20100139262

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de

THE GILLETTE COMPANY, del domicilio de Prudential Tower

Building, Boston, Massachusetts 02199, Estados Unidos de América, de

nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00195 del Libro 00113 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la expresión DOUBLE DUTY; que ampara

productos comprendidos en la Clase 21 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinte días del mes de agosto del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026367-2

No. de Expediente: 1999001353

No. de Presentación: 20100137087

CLASE: 08.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de THE

GILLETTE COMPANY, del domicilio de PRUDENTIAL TOWER

BUILDING, BOSTON, MASSACHUSETTS 02199, ESTADOS UNI-

DOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00172 del Libro 00107

de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra VENUS;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 08 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los once días del mes de agosto del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026369-2

No. de Expediente: 1997005411

No. de Presentación: 20080103508

CLASE: 35, 41, 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de THE

CARTOON NETWORK, INC., del domicilio de One CNN Center Ciudad

de Atlanta, Estado de Georgia 30348-5366, Estados Unidos de América,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00215 del Libro 00073 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en las palabras CARTOON NETWORK, la

primera arriba de la segunda, ambas enmarcadas en un rectángulo en

posición horizontal. Las letras de estas palabras se muestran encerradas

en pequeños cuadrados, con la característica de que cuando la letra es

blanca, el fondo es negro y viceversa. Esta característica se alterna de

una letra a otra en orden sucesivo; que ampara servicios comprendidos

en las Clase 35, 41, 42 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diez días del mes de agosto del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026370-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

No. de Expediente: 1998008095

No. de Presentación: 20100137086

CLASE: 08.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de THE

GILLETTE COMPANY, del domicilio de PRUDENTIAL TOWER

BUILDING, BOSTON, MASSACHUSETTS 02199, ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-

licitando RENOVACION, para la inscripción Número 00178 del Libro

00106 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA

SENSUELLE: que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 08 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los once días del mes de agosto del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026371-2

No. de Expediente: 1969006131

No. de Presentación: 20100137085

CLASE: 08.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de THE GILLETTE

COMPANY, del domicilio de PRUDENTIAL TOWER BUILDING,

CIUDAD DE BOSTON, MASSACHUSETTS 02199, ESTADOS UNI-

DOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 18173 del Libro 00043 de

REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras “GILLETTE

PLATINUM PLUS”; que ampara productos comprendidos en la Clase

08 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los once días del mes de agosto del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026372-2

No. de Expediente: 2000001000

No. de Presentación: 20100139256

CLASE: 03.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de The Procter

& Gamble Company, del domicilio de ONE PROCTER & GAMBLE

PLAZA, CINCINNATI, OHIO, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00144 del libro 00115 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la palabra LASHFINITY, escrita en letras

de molde mayúsculas y negras; que ampara productos/servicios com-

prendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiuno días del mes de agosto del año dos mil diez.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026376-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

No. de Expediente: 2000000344

No. de Presentación: 20100139267

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, del domicilio de ONE PROCTER & GAMBLE PLAZA, CINCINNATI, OHIO, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00153 del Libro 00115 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la frase "P&G INNOVACENTER"!, escrita en letras de molde mayúsculas y negras; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de agosto del año dos mil diez.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026378-2

No. de Expediente: 2000000353

No. de Presentación: 20100139264

CLASE: 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, del domicilio de ONE PROCTER & GAMBLE PLAZA, CINCINNATI, OHIO, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00169 del Libro 00115 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la frase P&G INNOVACENTER, escrita en letras de molde mayúsculas y negras; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 35 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de agosto del año dos mil diez.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026381-2

No. de Expediente: 1995002998

No. de Presentación: 20100137089

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, del domicilio de ONE PROCTER & GAMBLE PLAZA, CINCINNATI, OHIO, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00248 del Libro 00106 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras "NATURAL INSTINCTS" en letras tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de agosto del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026382-2

No. de Expediente: 2000005247

No. de Presentación: 20100137267

CLASE: 31.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CRIAVES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00129 del Libro 00124 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "CRIAVES" escrita en letras mayúsculas simples; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 31 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta días del mes de junio del año dos mil diez.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026385-2

No. de Expediente: 1999004224

No. de Presentación: 20090128940

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORENA, actuando como APODERADO ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, del domicilio de ONE PROCTER & GAMBLE PLAZA, CINCINNATI, OHIO, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00040 del Libro 00100 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra: SWIFFER, ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS Y NEGRAS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diez días del mes de agosto del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026432-2

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2010102678

No. de Presentación: 20100139552

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO INTERIANO, en su calidad de APODERADO de BAYER AKTIEN-GESELLSCHAFT que se abrevia: BAYER AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

EMESTO

Consistente en: la palabra EMESTO, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES QUIMICAS PARA USO EN LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y FORESTAL; PREPARACIONES QUIMICAS PARA EL TRATAMIENTO DE SEMILLAS. FERTILIZANTES. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de septiembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001455-2

No. de Expediente: 2010102679

No. de Presentación: 20100139553

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO INTERIANO, en su calidad de APODERADO de BAYER AKTIEN-GESELLSCHAFT que se abrevia: BAYER AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

EMESTO

Consistente en: la palabra EMESTO, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA DESTRUIR ANIMALES NOCIVOS,

DIARI

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CIAL

SOLO

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CONSU

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LEGAL

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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

MALAS HIERBAS, INSECTICIDAS, HERBICIDAS Y FUNGIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001456-2

No. de Expediente: 2010102432

No. de Presentación: 20100139117

CLASE: 17.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO

INTERIANO, en su calidad de APODERADO de BAYER AKTIEN-

GESELLSCHAFT que se abrevia: BAYER AG, de nacionalidad

ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y

DE COMERCIO:

CONFIDOR

Consistente en: la palabra CONFIDOR, que servirá para: AM-PARAR: HOJAS PLASTICAS PARA PROPOSITOS AGRICOLAS. Clase: 17.

La solicitud fue presentada el día veinte de julio del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001457-2

No. de Expediente: 2010101072

No. de Presentación: 20100136604

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Merck

KGaA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA:

Consistente en: las palabras Merck Serono y diseño, que

servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y

VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIENICOS Y SANITARIOS

PARA USO MEDICO; SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO

MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBES; EMPLASTOS, MATERIAL

PARA APOSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS

DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001462-2

No. de Expediente: 2010101729

No. de Presentación: 20100137739

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de GESTOR OFI-

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

CIOSO de AHI Roofi ng Limited, de nacionalidad NEOZELANDESA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA:

DECRA

Consistente en: la expresión DECRA, que servirá para: AMPA-RAR: MATERIALES DE CONSTRUCCION PARA TECHUMBRES METALICAS, ES DECIR, TEJAS (BALDOSAS) METALICAS Y HO-JAS DE HIERRO CORRUGADO TRATADO, TEJAS (SHINGLES), TEJAMANÍES PARA TECHUMBRE, TEJAS PARA TECHUMBRE, PANELES PARA TECHUMBRE Y ACCESORIOS DE CONSTRUC-CION PARA TECHUMBRE, PRINCIPALMENTE, CUMBRERA DE CABALLETE, CUMBRERA ARTICULADA (HIP CAPS) Y CUM-BRERAS DE BARCAZA. Clase: 06.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de junio del año dos mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de junio del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001464-2

No. de Expediente: 2010101786

No. de Presentación: 20100137865

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de SIDELA S.A., de nacionalidad URUGUAYA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA:

POXIPOL

Consistente en: La palabra POXIPOL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS QUIMICOS PARA LA INDUSTRIA, LA CIENCIA Y LA FOTOGRAFIA, ASI COMO PARA LA AGRICULTURA, LA HORTICULTURA Y LA SILVICULTURA; RESINAS ARTIFICIALES EN BRUTO, MATERIAS PLASTICAS EN BRUTO; ABONOS PARA EL SUELO; COMPOSICIONES EXTINTORAS; PREPARACIONES PARA TEMPLAR Y SOLDAR METALES; PRODUCTOS QUIMICOS PARA CONSERVAR ALIMENTOS; MATERIAS CURTIENTES; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA INDUSTRIA. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de junio del año dos mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de junio del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001465-2

No. de Expediente: 2010101787

No. de Presentación: 20100137866

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de SIDELA S.A., de nacionalidad URUGUAYA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA:

POXIPOL

Consistente en: la palabra POXIPOL, que servirá para: AMPA-RAR: PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IM-PRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACION; FOTOGRAFIAS; ARTICULOS DE PAPELERIA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERIA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA AR-TISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCION O MATERIAL DIDACTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLASTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPREN-TA. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de junio del año dos mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de junio del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001466-2

DIARI

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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

No. de Expediente: 2005053369

No. de Presentación: 20050070809

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de VITASOY INTERNATIONAL HOLDINGS LIMITED, de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

CALCI-PLUS

Consistente en: la expresión CALCI-PLUS.

La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de julio del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001467-2

No. de Expediente: 2010101333

No. de Presentación: 20100137103

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO de S M Jaleel & Company Ltd, de nacionalidad TRINIDAD Y TOBAGO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las palabras CARIBBEAN COOL y diseño, traducidas al castellano como Caribeño fresco. Sobre las palabras in-

dividualmente consideradas no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: JUGO DE FRUTAS; BEBIDAS CON SABOR A FRUTAS; TRAGOS NO ALCOHOLICOS CON SABOR A FRUTAS; BEBIDAS NO ALCOHOLICAS: PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS NO ALCOHOLICAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de julio del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001468-2

No. de Expediente: 2006059149

No. de Presentación: 20060079884

CLASE: 12.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de STEP TWO, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

IMAGINARIUM

Consistente en: la palabra IMAGINARIUM, que servirá para: AMPARAR: VEHICULOS; APARATOS DE LOCOMOCION TE-RRESTRE, AÉREA O ACUÁTICA. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día seis de julio del año dos mil seis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001469-2

DIARI

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LEGAL

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

No. de Expediente: 2010102567

No. de Presentación: 20100139366

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

TRAUPIX

Consistente en: la palabra TRAUPIX, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de julio del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001470-2

No. de Expediente: 2010101280

No. de Presentación: 20100136975

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Kabushiki Kaisha Komatsu Seisakusho (también comercializando como Komatsu Ltd.), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra KOMTRAX y diseño, que servirá para: AMPARAR: MÁQUINAS Y APARATOS DE MINERIA; PARTES

Y ACCESORIOS DE MÁQUINAS Y APARATOS DE MINERIA; MÁQUINAS Y APARATOS DE CONSTRUCCION: PARTES Y AC-CESORIOS DE MÁQUINAS Y APARATOS DE CONSTRUCCION; MÁQUINAS Y APARATOS DE CARGA-DESCARGA; PARTES Y ACCESORIOS DE MÁQUINAS Y APARATOS DE CARGA-DESCARGA; MÁQUINAS Y HERRAMIENTAS DE METALURGIA; CARGADORAS DE RUEDAS; MÁQUINAS E IMPLEMENTOS PARA ARADO (QUE NO SEAN “HERRAMIENTAS MANUALES”); MÁQUINAS E IMPLEMENTOS PARA CULTIVAR; MÁQUINAS E IMPLEMENTOS PARA COSECHAR; MÁQUINAS E IMPLEMEN-TOS PARA PROCESAMIENTO DE FIBRA DE PLANTA (PARA ASISTENCIA EN PROCESO AGRICOLA DE MATERIALES FI-BROSOS DE VEGETALES EN CRUDO); MÁQUINAS Y SISTEMAS SEMI-CONDUCTORES PARA MANUFACTURA CON LÁSER Y OTRAS MAQUINAS Y SISTEMAS SEMI-CONDUCTORES PARA MANUFACTURA; MOTORES PRIMARIOS O FUERZAS MO-TRICES, NO PARA VEHICULOS TERRESTRES (DISTINTOS A “MOLINOS DE AGUA” Y “MOLINOS DE VIENTO”); MÁQUINAS Y APARATOS COMPACTADORES DE DESECHOS; MÁQUINAS TRITURADORAS DE DESECHOS; GENERADORES DE CARGA ALTERNATIVA (CA) [ALTERNADORES]; GENERADORES DE CORRIENTE DIRECTA (CD) [GENERADORES]. Clase: 07.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de mayo del año dos mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de julio del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001471-2

No. de Expediente: 2010101336

No. de Presentación: 20100137106

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de ABBOTT LABORATORIES, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: un diseño identifi cado como forma de escudo con franja, que servirá para: AMPARAR: FORMULA PARA INFANTES. Clase: 05.

DIARI

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LEGAL

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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de julio del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001472-2

No. de Expediente: 2009096799

No. de Presentación: 20090128944

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO de Thys-senKrupp AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra ThyssenKrupp y diseño, que servirá para: AMPARAR: MINERALES; METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES, COMO TAMBIEN PRODUCTOS FABRICADOS DE DICHOS METALES Y ALEACIONES, SIEMPRE QUE ESTEN COMPRENDIDOS EN LA CLASE 06; PARTES METÁLICAS FUN-DIDAS; MATERIAL METÁLICO PARA SOLDAR, EN CONCRETO ALAMBRES PARA SOLDAR, VARILLAS PARA SOLDAR FA-BRICADAS DE METAL; PRODUCTOS DE METALES COMUNES COMPRENDIDOS EN LA CLASE 06, ESPECIALMENTE ACCE-SORIOS, CONTENEDORES, HERRAJES, PANELES DE TECHO, PANELES DE FACHADA, RESORTES, VENTANAS, ALFÉIZA-RES, MARCOS DE VENTANA, PIEZAS FORJADAS, TEJIDOS DE ALAMBRE, REJILLAS, GANCHOS, GRAPAS, SOPORTES, RIELES, CLAVOS, PERFILES, CELOSIAS ESPACIALES, ANILLOS, LAZOS, CERRADURAS, TORNILLOS, SILOS, PERNOS, MARCOS PARA PUERTAS Y PORTONES, PUERTAS Y PORTONES, ESTRUCTU-RAS PORTANTES, ESCALERAS, TAMBORES, ENTREPAÑOS DE PUERTA; MANIJAS DE PUERTA, ELEMENTOS DE UNION ROSCADA, PANELES DE PARED, ÁNGULOS, VALLAS Y PAR-

TES DE LAS MISMAS, ACCESORIOS PARA LOS PRODUCTOS ANTEDICHOS SIEMPRE QUE ESTEN COMPRENDIDOS EN LA CLASE 06; ELEMENTOS PREFABRICADOS SEGÚN LA TEC-NICA SANDWICH FABRICADOS PREDOMINANTEMENTE DE CHAPAS METÁLICAS PARA CONSTRUCCION INDUSTRIAL, DE GALPONES Y DE VIVIENDAS; CERRAJERIA Y QUINCALLERIA; CONDUCTOS Y TUBOS METÁLICOS; CABLES Y ALAMBRES METÁLICOS, NO ELECTRICOS; CONSTRUCCIONES METÁ-LICAS TRANSPORTABLES; MATERIALES METÁLICOS DE CONSTRUCCION; ANDAMIOS Y ENCOFRADOS Y PARTES DE LOS MISMOS FABRICADOS DE METAL; RIELES Y AGUJAS DE CAMBIO DE METAL; MATERIALES FERROVIARIOS DE METAL ENCARRILADORES Y CONTRACARRILES PARA VEHICULOS FERROVIARIOS, Clase: 06.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001473-2

No. de Expediente: 2009096810

No. de Presentación: 20090128955

CLASE: 19.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO de Thys-senKrupp AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra ThyssenKrupp y diseño, que servirá para: AMPARAR: ASFALTO, ALQUITRÁN DE HULLA, PEZ Y BETÚN; MATERIALES DE CONSTRUCCION (NO METÁLICOS); ANDAMIAJES Y ENCOFRADOS, Y SUS PARTES NO METÁLICOS, VENTANAS, ALFÉIZARES Y MARCOS DE VENTANA NO METÁ-

DIARI

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LEGAL

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

LICOS; MARCOS DE PUERTAS Y PORTONES, NO METÁLICOS;

PERFILES PARA VENTANAS, PUERTAS, PERSIANAS Y FACHA-

DAS, NO METÁLICOS; PANELES DE TECHO, DE PAREDES Y

DE FACHADAS; ENTREPAÑOS DE PUERTA, NO METÁLICOS;

TRAGALUCES NO METÁLICOS; CAJAS DE DRENAJE, NO

METÁLICAS; MATERIALES REFRACTARIOS; DURMIENTES

FERROVIARIOS, NO METÁLICOS; PUERTAS Y PORTONES,

NO METÁLICOS; CONSTRUCCIONES TRANSPORTABLES NO

METÁLICAS; ESCALERAS NO METÁLICAS; BARANDILLAS

PREFABRICADAS PARA BALCONES, NO METÁLICAS; VALLAS

Y PARTES DE LAS MISMAS, NO METÁLICAS; DEPOSITOS DE

MAMPOSTERIA. Clase: 19.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de junio del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001474-2

No. de Expediente: 2010102086

No. de Presentación: 20100138389

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICENTE

DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de MERIAL,

de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

TRODAX

Consistente en: la palabra TRODAX, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS VETERINARIOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de julio del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001479-2

No. de Expediente: 2010101403

No. de Presentación: 20100137233

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE DANIEL

VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de Boehringer Inge-

lheim International GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

TWINSTA

Consistente en: la palabra TWINSTA, la palabra TWIN en

castellano se traduce como Gemelo, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES FARMACEUTICAS PARA EL TRATAMIENTO

DE ENFERMEDADES Y TRASTORNOS DEL METABOLISMO

Y TRACTO ALIMENTARIO, Y SANGRE Y ORGANOS FORMA-

DORES DE LA SANGRE; PREPARACIONES FARMACEUTICAS

PARA EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES Y TRASTOR-

NOS DEL SISTEMA CARDIOVASCULAR, SISTEMA MUSCULO

ESQUELETICO, SISTEMA NERVIOSO CENTRAL, SISTEMA

NERVIOSO PERIFERICO, SISTEMA GENITOURINARIO Y SIS-

TEMA RESPIRATORIO; Y PREPARACIONES FARMACEUTICAS

PARA EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES Y TRASTORNOS

DERMATOLOGICOS, HORMONALES, INFECCIOSOS, VIRALES

Y ONCOLOGICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil

diez.

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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, siete de junio del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001480-2

No. de Expediente: 2010102916

No. de Presentación: 20100140023

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERA-

DO de THE CONCENTRATE MANUFACTURING COMPANY OF

IRELAND, COMERCIANDO TAMBIEN COMO SEVEN-UP INTER-

NATIONAL, de nacionalidad IRLANDESA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AMACOCO

Consistente en: la palabra AMACOCO, que servirá para: AMPA-

RAR: CERVEZAS, AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS

BEBIDAS NO ALCOHOLICAS, BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS,

SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS.

Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026291-2

No. de Expediente: 2010102917

No. de Presentación: 20100140024

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERA-DO de THE CONCENTRATE MANUFACTURING COMPANY OF IRELAND, COMERCIANDO TAMBIEN COMO SEVEN-UP INTER-NATIONAL, de nacionalidad IRLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

KERO COCO

consistente en: las palabras KERO COCO, sobre la palabra COCO no se le concede exclusividad por ser de uso común, que servirá para: AMPARAR: CERVEZAS, AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS, BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS, SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026292-2

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

No. de Expediente: 2010100782

No. de Presentación: 20100136015

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO

de MERCK SHARP & DOHME CORP, de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y

DE COMERCIO,

SAFLUTAN

Consistente en: la palabra SAFLUTAN, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS, PREPARACIONES

OFTALMICAS PARA EL TRATAMIENTO DE LA GLAUCOMA.

Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de agosto del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026296-2

No. de Expediente: 2010102776

No. de Presentación: 20100139742

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL AL-

BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de

S.C. JOHNSON & SON, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

NATURE’S INFUSION

Consistente en: las palabras NATURE'S INFUSION, que se

traducen al castellano como infusión de la naturaleza, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES REFRESCANTES DEL AIRE PARA

USO DOMESTICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de agosto del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026297-2

No. de Expediente: 2010102871

No. de Presentación: 20100139951

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WAL-

MART STORES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-

tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión Mi Plan de Sostenibilidad mps y diseño,

que servirá para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO,

ARTICULOS DE SOMBRERERIA. Clase: 25.

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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de agosto del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026300-2

No. de Expediente: 2009097499

No. de Presentación: 20090130045

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de LABO-

RATORIOS RECALCINE S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

GYNOCARE

Consistente en: la palabra GYNOCARE, por separado la palabra

“CARE” se traduce al castellano como “cuidado”, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS

E HIGIENICOS, SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS, MATERIAL PARA

EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION DE

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre del año

dos mil nueve.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de agosto del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026302-2

No. de Expediente: 2010102324

No. de Presentación: 20100138853

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Kimberly-

Clark Worldwide, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-

tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

LACTIQUE

Consistente en: la expresión LACTIQUE, que servirá para: AM-

PARAR: COMPRESAS HIGIENICAS FEMENINAS, TOALLAS

HIGIENICAS, PAÑOS MENSTRUALES, PROTECTORES DIARIOS

DE ROPA INTERIOR Y TAMPONES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día trece de julio del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de julio del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026303-2

DIARI

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LEGAL

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

No. de Expediente: 2010099389

No. de Presentación: 20100133613

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Sensorma-

tic Electronics, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AMERICAN DYNAMICS

Consistente en: la frase AMERICAN DYNAMICS, que se traduce

al castellano como dinámicas americana, que servirá para: AMPARAR:

HARDWARE Y SOFTWARE PARA CONTROL DE ACCESO,

MANEJO DE EVENTOS, TELEVISION DE CIRCUITO CERRADO,

VIDEO CAMARAS/CUPULAS, VIDEO DIGITAL DE VIGILANCIA,

GRABACION Y MANEJO DE VIDEO DIGITAL, SEGUIMIENTO

DE ACTIVOS Y MANEJO DE SISTEMAS, ANALISIS DE VIDEO,

MONITOREO DE PUNTOS DE VENTA Y SISTEMA DE SEGURI-

DAD ELECTRONICA INTEGRADA. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de agosto del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026304-2

No. de Expediente: 2010102874

No. de Presentación: 20100139954

CLASE: 26.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WAL-

MART STORES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-

tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la frase My Sustainability Plan msp y diseño, que

se traducen al castellano como “mi plan de sostenibilidad”, que servirá

para: AMPARAR: ENCAJES Y BORDADOS, CINTAS Y CORDO-

NES; BOTONES, GANCHOS Y OJETES, ALFILERES Y AGUJAS;

FLORES ARTIFICIALES. Clase: 26.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de agosto del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026306-2

No. de Expediente: 2010102882

No. de Presentación: 20100139964

CLASE: 26.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WAL-

DIARI

O OFI

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LEGAL

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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

MART STORES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-

tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión Mi Plan de Sostenibilidad mps y diseño,

que servirá para: AMPARAR: ENCAJES Y BORDADOS, CINTAS Y

CORDONES; BOTONES, GANCHOS Y OJETES, ALFILERES Y

AGUJAS; FLORES ARTIFICIALES. Clase: 26.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de agosto del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026310-2

No. de Expediente: 2010102879

No. de Presentación: 20100139961

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WAL-

MART STORES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-

tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: expresión Sostenibilidad para un Mundo Mejor y

diseño, que servirá para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CAL-

ZADO, ARTICULOS DE SOMBRERERIA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de agosto del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026311-2

No. de Expediente: 2010103030

No. de Presentación; 20100140253

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERO N, en su calidad de APODERADO

de SHURE INCORPORATED, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

SHURE

Consistente en: la palabra SHURE, que servirá para: AMPARAR:

PROCESADORES DE SEÑAL DIGITAL, AUDIFONOS, FUNDAS

PARA AUDIFONOS; ESTUCHES PARA AUDIFONOS; AURICU-

DIARI

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

LARES, AURICULARES PARA USAR CON REPRODUCTORES

DE MÚSICA; AURICULARES PARA USAR CON TELEFONOS;

FUNDAS PARA AURICULARES; ADAPTADORES DE INTERFAZ

DE RED; SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA PROCESAMIEN-

TO DE SEÑALES DIGITALES; SOFTWARE DE COMPUTADORA

PARA REDUCCION DE LA RETROALIMENTACION DIGITAL;

Y SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA EL SEGUIMIENTO Y

CONTROL DE SISTEMAS DE AUDIO INALÁMBRICOS; Y PARTES

Y ACCESORIOS DE LOS MISMOS; ANALIZADORES DE ESPEC-

TRO; DISPOSITIVOS DE PUNTO DE ACCESO INALAMBRICO

(WAP); INTERRUPTORES DE ETHERNET; BATERIAS; PAQUETES

DE BATERIAS; CARGADORES DE BATERIAS. Clase:.09.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de agosto del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026312-2

No. de Expediente: 2010102823

No. de Presentación: 20100139847

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de INTEL

CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

INTEL DISEÑANDO EL FUTURO

Consistente en: la expresión INTEL DISEÑANDO EL FUTURO,

que servirá para: AMPARAR: APARATOS ELECTRONICOS DE

SEGURIDAD Y APARATOS DE VIGILANCIA, A SABER, EQUIPO

(HARDWARE) DE COMPUTADORA, CHIPS DE COMPUTADORA

Y MICROCOMPRESORES OPTIMIZADOS PARA VIGILANCIA

DE SEGURIDAD ELECTRONICOS; SOFTWARE DE PROGRA-

MAS DE ALGORITMOS PARA LA OPERACION Y CONTROL DE

COMPUTADORAS; SOFTWARE DE SISTEMA OPERATIVO DE

COMPUTADORA; SISTEMA OPERATIVO DE COMPUTADORAS;

EXTENSIONES, HERRAMIENTAS Y UTILITARIOS DEL SISTEMA

DE COMPUTADORA EN EL CAMPO DE LA APLICACION DE

SOFTWARE PARA CONECTAR COMPUTADORAS PERSONALES,

REDES, APARATOS DE TELECOMUNICACION Y APLICACIONES

DE REDES GLOBALES DE COMPUTADORA; TELECOMUNICA-

CIONES COMPUTARIZADAS Y EQUIPOS DE RED QUE CONSIS-

TEN EN SOFTWARE DEL SISTEMA OPERATIVO; HARDWARE

Y SOFTWARE DE COMPUTADORAS PARA MEJORAR Y PRO-

VEER TRANSFERENCIAS EN TIEMPO REAL, TRANSMISION,

RECEPCION, PROCESAMIENTO Y DIGITALIZACION DE AUDIO

E INFORMACION VIDEO GRÁFICA; CHIPS DE MEMORIA DE

COMPUTADORAS, A SABER, SOFTWARE DEL SISTEMA OPERA-

TIVO, SOFTWARE UTILITARIO PARA COMPUTADORAS Y OTRO

SOFTWARE DE COMPUTADORAS USADO PARA EL MANTENI-

MIENTO Y OPERACION DE SISTEMAS DE COMPUTADORAS;

COMPUTADORAS; COMPUTADORAS DE MANO; MINICOM-

PUTADORAS; INSTALACIONES DE COMPUTADORAS; TAR-

JETAS DE MEMORIA; ASISTENTES PERSONALES DIGITALES;

ORGANIZADORES ELECTRONICAS PERSONALES PORTÁTILES

Y DE MANO; HARDWARE DE COMPUTADORA; CIRCUITOS

INTEGRADOS; CIRCUITOS INTEGRADOS DE MEMORIA;

CHIPS DE CIRCUITOS INTEGRADOS; SETS DE CHIPS DE

COMPUTADORA; PROCESADORES DE SEMICONDUCTORES;

CHIPS DE PROCESADORES DE SEMICONDUCTORES; CHIPS

DE SEMICONDUCTORES; MICROPROCESADORES; TARJETAS

DE CIRCUITO IMPRESO; TARJETAS DE CIRCUITO ELECTRO-

NICO; TARJETA MADRE DE COMPUTADORA; MEMORIA DE

COMPUTADORA; SISTEMA OPERATIVO; MICROCONTRO-

LADORES; PROCESADORES DE DATOS; UNIDAD CENTRAL

DE PROCESAMIENTO; DISPOSITIVOS DE MEMORIA DE SE-

MICONDUCTORES, A SABER, MEMORIAS DE SEMICONDUC-

TORES Y UNIDADES DE MEMORIA DE SEMICONDUCTORES;

PROCESADORES PROGRAMABLES DE SOFTWARE; MICRO-

PROCESADORES DIGITALES Y OPTICOS; PERIFERICOS DE

COMPUTADORA; TARJETA DE CIRCUITO DE VIDEO; TARJETA

DE CIRCUITO DE AUDIO; TARJETA DE CIRCUITO DE AUDIO-

VIDEO; ACELERADORES VIDEOGRÁFICOS; ACELERADORES

DE MULTIMEDIA; PROCESADORES DE VIDEO; TARJETAS DE

VIDEOPROCESADORES; MEMORIAS DE DATOS; DISPOSITIVOS

DE ALMACENAMIENTO, A SABER, CONTROLADORES DE

SALTO, CONTROLADORES TIPO FLASH Y CONTROLADORES

MINIATURA; SISTEMAS DE SEGURIDAD PARA HARDWARE

Y SOFTWARE DE COMPUTADORAS, A SABER, FIREWALLS

(CORTAFUEGOS), HARDWARE PARA REDES CON ACCESO

A SERVIDOR PARA CREAR Y MANTENER FIREWALLS (COR-

TAFUEGOS), RED VIRTUAL PRIVADA (VPN), HARDWARE DE

COMPUTADORA Y SERVIDOR OPERATIVO DE SOFTWARE

PARA CREAR Y MANTENER FIREWALLS (CORTAFUEGOS);

SOFTWARE PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE REDES DE

DIARI

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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

COMPUTADORAS; SOFTWARE PARA EL CONTROL DE ACCESO

Y SEGURIDAD; HARDWARE Y SOFTWARE DE COMPUTADORAS

PARA USO EN LA PROTECCION DE REDES DE COMPUTADORAS

DEL ROBO DE DATOS O DAÑOS POR USUARIOS NO AUTORI-

ZADOS; COMPONENTES PARA COMPUTADORAS; CIRCUITOS

IMPRESOS, A SABER TARJETAS DE CIRCUITOS INTEGRADOS,

TARJETA DE CIRCUITO IMPRESO Y TARJETA DE CIRCUITO

ELECTRICO; TARJETA ACELERADORA DE VOZ PARA COM-

PUTADORA; TARJETAS ACELERADORAS DE VOZ, DATOS,

IMAGEN Y VIDEO PARA COMPUTADORAS; TABLERO DE

MEMORIA FLASH Y TARJETA DE MEMORIA FLASH; EQUIPO

DE TELECOMUNICACIONES Y REDES DE COMPUTADORAS, A

SABER, SISTEMAS PROCESADORES Y OPERATIVOS; APARA-

TOS E INSTRUMENTOS DE TELECOMUNICACIONES, A SABER,

ROUTER (ENCAMINADOR) DE COMPUTADORAS, HUBS (EJES),

SERVIDORES E INTERRUPTORES; HARDWARE Y SOFTWARE

DE COMPUTADORAS PARA EL DESARROLLO, MANTENIMIEN-

TO Y USO DE REDES COMPUTACIONALES LOCALES Y DE

AREAS EXTENSAS; CAJAS DECODIFICADORAS; DISPOSITIVOS

ELECTRICOS DE CONTROL PARA INTERFACE Y CONTROL DE

COMPUTADORAS Y COMPUTADORAS GLOBALES Y REDES DE

TELECOMUNICACIONES CON TELEVISION Y DIFUSION POR

CABLE Y EQUIPOS; APARATOS PARA PROBAR Y PROGRAMAR

CIRCUITOS INTEGRADOS; DISPOSITIVOS Y APARATOS DE

MEMORIA PERIFERICA PARA COMPUTADORAS; SERVIDO-

RES DE COMPUTADORA DE FUNCION FIJA; HARDWARE DE

REDES DE COMPUTADORAS; HARDWARE Y SOFTWARE DE

COMPUTADORAS PARA CREAR, FACILITAR, Y MANEJAR AC-

CESOS REMOTOS A Y COMUNICACION CON REDES DE AREA

LOCAL (LANS), RED VIRTUAL PRIVADA (VPN), REDES DE AREA

EXTENSA (WANS) Y REDES GLOBALES DE COMPUTADORAS;

ROUTER (ENCAMINADOR), INTERRUPTORES, HUBS (EJES)

Y SERVIDORES OPERADORES DE SOFTWARE; HARDWARE

Y SOFTWARE DE COMPUTADORAS PARA SU USO EN PRO-

PORCIONAR ACCESO A USUARIOS MÚLTIPLES A LA RED

DE INFORMACION GLOBAL PARA BUSCAR, RECUPERAR,

TRANSFERIR, MANIPULAR Y DISEMINAR UN AMPLIO RAN-

GO DE INFORMACION; HERRAMIENTAS DE SOFTWARE DE

COMPUTADORAS PARA LA FACILITACION DE LA APLICACION

DE SOFTWARE DE TERCEROS; HARDWARE Y SOFTWARE DE

COMPUTADORAS PARA REDES DE COMUNICACION INALAM-

BRICAS; PUBLICACIONES ELECTRONICAS DESCARGABLES

EN LA NATURALEZA DE PERIODICOS, LIBROS, REVISTAS,

DIARIOS, BROCHURES Y PAGINAS EN BLANCO EN EL AREA

DE ELECTRONICOS, SEMICONDUCTORES, APARATOS Y DIS-

POSITIVOS ELECTRONICOS INTEGRADOS, COMPUTADORAS,

TELECOMUNICACIONES, ENTRETENIMIENTO, TELEFONIA Y

TELECOMUNICACIONES ALAMBRICA E INALAMBRICA; PAR-

TES ESTRUCTURALES Y ACCESORIOS PARA LOS PRODUCTOS

ANTES MENCIONADOS; MANUALES DE INSTRUCCIONES

ELECTRONICOS DESCARGABLES DESDE UNA RED GLOBAL

DE COMPUTADORA. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día nueve de agosto del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de agosto del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO

3 v. alt. No. F026314-2

No. de Expediente: 2010100079

No. de Presentación: 20100134793

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO

de WYETH LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

ILLUMA

Consistente en: la palabra ILLUMA, que servirá para: AMPARAR:

FORMULA PARA INFANTES, ALIMENTOS PARA INFANTES,

DIETETICOS, SUPLEMENTOS Y ALIMENTOS NUTRICIONALES,

VITAMINAS Y MINERALES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de marzo del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de agosto del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026318-2

DIARI

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LEGAL

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

No. de Expediente: 2010101538

No. de Presentación: 20100137463

CLASE: 10.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de Fresenius Medical Care Deutschland GmbH, de nacionalidad ALE-MANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

sleep.safe harmony

Consistente en: las palabras sleep.safe harmony, traducidas al castellano como sueño, seguro y armonía, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS MEDICOS PARA DIALISIS. Clase: 10.

La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de junio del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026388-2

No. de Expediente: 2010102234

No. de Presentación: 20100138717

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE MA-RIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de LA MADRILEÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

COCO BEACH

Consistente en: las palabras COCO BEACH, traducida la palabra BEACH como PLAYA, sobre la palabra COCO individualmente considera no se le concede exclusividad por ser de uso común, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHOLICAS (EXCEPTO CERVEZA). Clase: 33.

La solicitud fue presentada el día ocho de julio del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de agosto del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026393-2

No. de Expediente: 2010102168

No. de Presentación: 20100138575

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de Gynofem Latin America, Sociedad Anónima, de nacio-

nalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

GYNOFEM CORRECTIA

Consistente en: las palabras GYNOFEM CORRECTIA, que servirá

para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS PARA USO

HUMANO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día seis de julio del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de agosto del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026395-2

DIARI

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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

No. de Expediente: 2010102167

No. de Presentación: 20100138574

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Gynofem Latin America, Sociedad Anónima, de nacio-nalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

GYNOFEM OVYLIN

Consistente en: las palabras GYNOFEM OVYLIN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS PARA USO HUMANO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día seis de julio del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de agosto del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026396-2

No. de Expediente: 2010101751

No. de Presentación: 20100137778

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

ACTIMALTA

Consistente en: la palabra ACTIMALTA, que servirá para: AM-PARAR: AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS; BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS; BEBIDAS A BASE DE MALTA. Clase:·32.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de junio del año dos mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de junio del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026400-2

No. de Expediente: 2010102091

No. de Presentación: 20100138399

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de Miller Brewing International, Inc, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras Miller GENUINE DRAFT y diseño, en donde la palabra Miller se traduce al castellano como Molinero, GE-NUINE como Genuino, DRAFT como Versión y LABEL como Etiqueta, que servirá para: AMPARAR: CERVEZAS; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS, Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS; BEBIDAS DE FRUTAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPA-RACIONES PARA HACER BEBIDAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día dos de julio del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de agosto del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026412-2

DIARI

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LEGAL

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2010100216

No. de Presentación: 20100135035

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE

HUMBERTO ROSA CORNEJO, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de J. HUMBERTO ROSA, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras IMPORTADORES NACIONALES

EL MUNDO DEL REPUESTO y diseño, que servirá para: IDENTIFI-

CAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA

VENTA DE PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS DE VEHICULOS

AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS.

La solicitud fue presentada el día nueve de abril del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, trece de abril del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001460-2

No. de Expediente: 2010102707

No. de Presentación: 20100139612

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO

ANTONIO MENDOZA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de MENDOZA ALVARADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: MENDOZA ALVARADO, S.A. DE C.V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: las palabras CLÍNICA RADIOLÓGICA Dr. Mendoza y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR LA EMPRESA Y ESTABLECIMIENTO DE SERVICIO, DEDICADO A PRESTACION DE SERVICIOS DE DIAGNOSTICO MEDICO POR IMAGENES, PARA LA DETECCION DE ENFERMEDADES HUMANAS; ENTRE ELLOS: MAMOGRAFIAS; RAYOS “X” DIGITAL Y CONVENCIO-NAL; ULTRASONOGRAFIA CONVENCIAL, DOPPLER COLOR, 3D Y 4D; TOMOGRAFIA COMPUTARIZADA, Y OTROS SERVICIOS CONOCIDOS O POR CONOCERSE, UBICADO EN 9ª. AVENIDA SUR NO. 411, BARRIO LA MERCED, SAN MIGUEL.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador, trece de agosto del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001482-2

No. de Expediente: 2010102205

No. de Presentación: 20100138628

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS FRANCIS-CO CRUZ AYALA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras COMERCIAL JOSUE y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DE COMERCIO, DE-DICADA A VENTA DE GRANOS BASICOS Y PRODUCTOS DE PRIMERA NECESIDAD, UBICADO EN TERCERA AVENIDA SUR Y PRIMERA CALLE PONIENTE LOCAL 208, SAN MIGUEL.

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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

La solicitud fue presentada el día siete de julio del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de julio del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

RAFAEL ANTONIO CASTILLO MEDINA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026283-2

No. de Expediente: 2010100552

No. de Presentación: 20100135588

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de Gynofem Latin America, Sociedad Anónima, de nacionalidad COS-TARRICENSE, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra Gynofem y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA FABRI-CACION Y DISTRIBUCION DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS PARA USO HUMANO; UBICADO EN: COSTA RICA, CARTAGO, 500 METROS AL SUR DEL CRUCE DE TARAS, SOBRE AUTOPISTA FLORENCIO DEL CASTILLO.

La solicitud fue presentada el día veintidós de abril del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de agosto del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026398-2

No. de Expediente: 2010102564

No. de Presentación: 20100139363

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO

de COMPAÑIA INTERNACIONAL DE DESARROLLOS, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: COINDE, S.A.

DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del

NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la expresión algrano y diseño, que servirá para:

IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA VENTA,

DISTRIBUCION DE BEBIDAS Y ALIMENTOS.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de julio del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dos de septiembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026449-2

No. de Expediente: 2010102946

No. de Presentación: 20100140100

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-

BERTO BUCARO CANDEL, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de COMO EN CASA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

VARIABLE que se abrevia: COMO EN CASA, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: la frase Como en Casa y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A OPERACION DE UN RESTAURANTE, UBICADO EN PRIMERA CALLE PONIENTE, ENTRE SESENTA Y NUEVE Y SETENTA Y UNA AVENIDA NORTE # 3643, COLONIA ESCALON, SAN SAL-VADOR.

La solicitud fue presentada el día trece de agosto del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026539-2

No. de Expediente: 2010099865

No. de Presentación: 20100134342

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SAMUEL LEONARDO ESTRADA IRAHETA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de ZIVAR IMPORT & EXPORT, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ZIVAR IM-PORT & EXPORT, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras ZIVAR Import & Export y diseño, que se traducen al castellano como ZIVAR Importación y Exportación, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO CUYO GIRO Y ACTIVIDAD ES LA EXPORTACION DE MATERIALES FERROSOS Y NO FERROSOS Y SUS DERIVADOS, TALES COMO CHATARRA METALICA, ENTRE OTROS, UBICADO EN OCHEN-TA Y UNA AVENIDA NORTE, EDIFICIO CAPELLI, LOCAL #2 RESIDENCIAL ESCALON.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de marzo del año dos mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de mayo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026548-2

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2010101537

No. de Presentación: 20100137462

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de EL GALLITO INDUSTRIAL, S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

VIVA DULCE CON GALLITO

Consistente en: las palabras VIVA DULCE CON GALLITO, que servirá para: LLAMAR LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMI-DOR DE LOS PRODUCTOS MARCA GALLITO, ESPECIFICAMEN-TE: CONFITES, GOMAS DE DULCE, COMPRIMIDOS O PASTILLAS A BASE DE AZÚCAR EN TODO SABOR, CARAMELOS TIPO TOFFEE, CHOCOLATES SÓLIDOS Y RELLENOS, PREPARADOS A BASE DE CHOCOLATES, CHICLES O GOMAS DE MASCAR, GALLETAS, GALLETITAS Y GALLETAS TIPO SORBETE.

La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de junio del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026410-2

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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

SUBASTA PÚBLICA

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por el Licenciado Oscar Fernando Mendoza Viera, como Apoderado General Judicial de la señora CARMEN HERMINIA SORTO DE REYES, contra los señores JOSÉ CUPERTINO MALDONADO SORTO Y MARÍA SILVERIA SORTO DE MALDONADO, se ha ordenado por resolu-ción de las nueve horas del día quince de julio del corriente año, que se venderá el inmueble embargado en Pública Subasta, consistente en un lote de terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Santa Rosita, Jurisdicción de El Sauce, en este Distrito, Departamento de La Unión, de la capacidad de MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: veintiséis metros, con terreno de José Escobar, por cerco de alambre medianero y de piña del colindante; AL NORTE: veintiséis metros, con el mismo José Escobar; AL PONIENTE: sesenta y seis metros, con resto de la porción principal o sea de Emérito Velásquez, por cerco de alambre del colindante; y AL SUR, treinta y seis metros, primeramente con resto de la porción principal, una calle de por medio y sigue con terreno de Pedro Sorto, por cerco de piña propio de la porción que se describe, actualmente hay construida una casa, techo de tejas, paredes de Block, de veintiséis varas de largo por seis varas de ancho, con sus instalaciones de energía eléctrica, contiene varios árboles frutales, el inmueble aparece inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Oriente, bajo la Matrícula NUEVE CINCO CERO DOS DOS CERO NUEVE CERO, de propiedad del Departamento de La Unión, a favor de la señora MARÍA SILVERIA SORTO DE MALDONADO.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los veinte días del mes de julio de dos mil diez.- LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEP-CIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIO .

3 v. alt. No. C001461-2

DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio Ejecutivo Mercantil número 126-JEM-2009-2, promovido por el Licenciado Julio César Ramos Sánchez, en su carácter de Apoderado General Judicial de la señora CONCEPCIÓN JOSEFINA GARCÍA DE PAREDES, contra el señor JULIO ADALBERTO VALDIVIESO GUEVARA, se venderá en Pública Subasta en este Juzgado, en fecha que posteriormente se señalará, el inmueble embargado que se describe de la siguiente manera: De naturaleza rústica, cultivable, ubicado en el lugar conocido como Los Planes, Cantón El Centro, Jurisdicción de San Ignacio, Departamento de Chalatenango, cuya descripción y linderos son los siguientes: AL NORTE: con el señor Julián Valdivieso Pinto, comen-

zando de un árbol de con seis tatascamite esquinero línea recta hacia el Poniente, se llega al Río Sumpul, es decir a un mojón de pito esquinero, hay cerco de alambre propio del terreno; AL PONIENTE: Río Sumpul de por medio, con la República de Honduras, Aguas Arriba viendo al Sur, se llega al nacimiento del mismo Río; AL SUR: con Armando Jiménez, conocido por Armando Villeda, que antes fue de Florencio Esquivel, y con terrenos de Juan Arriaza Reyes, sigue el lindero del nacimiento del Río Sumpul, mirando al Oriente, se llega a un árbol de ciprés esquinero, que sirve de mojón, la línea es recta se pasa y abarca una montaña; y AL ORIENTE: linda con terrenos de don Miguel Ángel Portillo y Raúl Valdivieso Pinto, de árbol de ciprés en línea curva, pasando por un brotón de pito hacia abajo, hasta llegar a donde se empezó esta descripción. En este predio hay construida una casa de techo de tejas sobre paredes de adobe que mide diez varas y media de largo, por cinco vara y media de ancho, tiene un corredor al Oriente, de dos varas y media de ancho por el largo. El lote antes descrito tiene una extensión superfi cial de TRESCIENTOS QUINCE MIL METROS CUADRADOS, el cual se encuentra inscrito a favor de los señores ROSA ELVIA VALDIVIESO DE MENDOZA, con un porcentaje del DIECISEIS PUNTO SESEN-TA Y SEIS POR CIENTO DE DERECHO que le corresponde sobre el inmueble, JOSE REINALDO VALDIVIESO GUEVARA, con un derecho del DIECISEIS PUNTO SESENTA Y SIETE POR CIENTO que le corresponde sobre el inmueble, OLIVIA GUEVARA viuda DE VALDIVIESO, con un porcentaje del DIECISEIS PUNTO SESENTA Y SIETE POR CIENTO de derecho que le corresponde sobre el inmueble; JOSE LUIS VALDIVIESO GUEVARA, con un porcentaje del DIE-CISEIS PUNTO SESENTA Y SEIS POR CIENTO de derecho que le corresponde sobre el inmueble, CARLOS MAURICIO VALDIVIESO GUEVARA con un porcentaje del DIECISEIS PUNTO SESENTA Y SIETE POR CIENTO de derecho que le corresponde sobre el inmueble, y al demandado señor JULIO ADALBERTO VALDIVIESO GUEVARA, con un porcentaje del DIECISEIS PUNTO SESENTA Y SIETE POR CIENTO de derecho que le corresponde sobre el inmueble, con número de Identifi cación Tributaria CERO CUATROCIENTOS DOCE- CERO DOS CERO SEIS SEIS CUATRO-CERO CERO UNO-SEIS, el inmueble antes descrito se encuentra bajo la Matrícula CUATRO CERO CERO TRES CUATRO SIETE DOS CINCO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, Chalatenango, y el que ha sido valorado en la cantidad de DOCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO DOLARES CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla, Departamento de Chalatenango, a los veintitrés días de agosto del dos mil diez.- DR. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SE-CRETARIA.

3 v. alt. No. F026355-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promo-vido por el Abogado NATIVIDAD DE LEÓN BENÍTEZ, conocido por LEÓN BENÍTEZ, como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

LA VIVIENDA, contra la señora DORIS ELIZABETH HERNÁN-DEZ DE RIVAS, conocida por DORIS ELIZABETH HERNÁNDEZ TENORIO DE RIVAS, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, el inmueble siguiente: ''Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado en el plano respectivo con NUMERO TREINTA Y UNO del Polígono ''G'', Pasaje Siete Poniente, que forma parte de la Urbanización ''BRISAS DEL SUR'', ubicado según antecedente en el lugar llamado Joyas de Morro, Cantón Zacamil, y Joya del Jícaro, y de conformidad a la nomenclatura actual y plano respectivo se conoce como Block ''A'', de la Urbanización ''BRISAS DEL SUR'', Jurisdicción de Soyapango, de este Departamento, de una extensión superfi cial de SESENTA METROS CUADRADOS; cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE: cinco metros; AL ORIENTE: doce metros; AL SUR: cinco metros; y AL PONIENTE: doce metros; y en él hay construida una casa de sistema mixto completamente nueva, con todos sus servicios, en un área de veintiséis metros cuadrados. El inmueble anteriormente descrito es propiedad de la señora DORIS ELIZABETH HERNÁNDEZ DE RIVAS, conocida por DORIS ELIZABETH HERNÁNDEZ TENORIO DE RIVAS, según Matrícula número 60262445-00000, Asiento 1, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, de este Departamento".

Lo que se hace del conocimiento público para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las quince horas y cincuenta minutos del día tres de febrero del año dos mil diez.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. RICARDO HUMBERTO CORNEJO SAMAYOA, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. F026416-2

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-VADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promo-vido por el Abogado NATIVIDAD DE LEÓN BENÍTEZ, conocido por LEÓN BENÍTEZ, como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el demandado señor RICARDO ERNESTO GONZÁLEZ NAVAS, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios de ley, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, el inmueble que se describe a continuación: ''Un lote de terreno urbano y construcciones ubicado en URBANIZACIÓN CIUDAD VERSAI-LLES, DENOMINADA VILLA MÓNACO, ETAPA II, POLÍGONO VEINTINUEVE, LOTE NÚMERO VEINTIUNO CHANMICO, SAN JUAN OPICO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de una ex-tensión superfi cial de SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, cuyas medidas perimetrales son las siguientes: AL NORTE y AL SUR: catorce punto cero cero metros; AL ORIENTE y AL PONIENTE: cinco punto cincuenta metros.'' El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre del señor RICARDO ERNESTO GONZÁLEZ NAVAS, en el Sistema de Folio Real Automatizado Matrícula TRES CERO CERO SIETE OCHO DOS SEIS CERO-CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las diez horas y veinte minutos del día nueve de febrero del año dos mil diez.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. RICARDO HUMBERTO CORNEJO S., SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. F026418-2

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-PEQUE, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Civil promovido por el Licenciado JOSE MARIO DENIS MOLINA, como mandatario del Fondo Social para la Vivienda, por resolución de las catorce horas con cincuenta y ocho minutos del día veintiocho de mayo del corriente año, se ha ordenado la venta del bien inmueble embargado, inmueble urbano que se describe así: lote urbano y construcciones que contiene, identifi cado con el número TRECE, PASAJE CINCO, ZONA D, de la Urbanización Brisas del Norte, situada en Jurisdicción de Tonacatepeque, departamento de San Salvador, de una extensión superfi cial de CIN-CUENTA METROS CUADRADOS, cuyas medidas perimetrales son AL NORTE y AL SUR: diez metros, AL ORIENTE y AL PONIEN-TE: cinco metros. Dicho inmueble es propiedad del señor GERMAN MARTINEZ DOMINGUEZ, según Matrícula número M01277109, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro y hoy embargo a favor del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, que se encuentra debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, con Matrícula 60144676-00000, Asiento 4, y que sobre dicho inmueble el demandado ha constituido PRIMERA HIPOTECA, a favor de dicho FONDO, con inscripción registral y Matrícula M01277109, Asiento 5.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, uno de junio del año de dos mil diez.- LICDA. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. F026420-2

CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO LABORAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado MANUEL ENRIQUE UCEDA NERIO, como Apoderado Especial Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor BERNARDINO SIERRA, conocido por BERNARDINO CIERRA VILLALTA, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha que oportunamente se señalará del inmueble embargado que a continuación

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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

se describe: Un lote de terreno y construcciones que contiene marcado con el número veintisiete, Polígono siete, Pasaje ''D'', Oriente, de una extensión superfi cial de SESENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, situado en Jurisdicción de Apopa, de este departamento, el cual forma parte de la Urbanización denominada ''LOS NARANJOS'', con un área de construcción de TREINTA Y CUATRO PUNTO VEIN-TE METROS CUADRADOS, el cual tiene la localización, medidas y linderos siguientes: Partiendo del punto de la intersección de los ejes de la Avenida Los Naranjos y del Pasaje ''D'', ORIENTE, se mide sobre el eje de este último dos distancias: La primera de SESENTA Y DOS PUNTO VEINTIDOS METROS, con rumbo Norte, cuarenta y cinco grados treinta y cuatro punto cuarenta y cinco minutos Este, y la segunda de cuarenta punto cero cuarenta y ocho metros, con rumbo Norte, treinta y nueve grados once punto cuarenta y nueve minutos Este, llegando así a un punto en donde con defl exión izquierda de noventa grados y distancia de dos punto cincuenta metros, se localiza el esquinero SUR-ORIENTE del lote cuyas medidas y linderos son: AL SUR: Línea recta de rumbo Sur, treinta y nueve grados once punto cuarenta y nueve minutos Oeste y distancia de seis punto cero cero metros, lindando con los lotes núme-ros veintiocho y treinta del Polígono nueve de la misma Urbanización, pasaje ''D'', ORIENTE, de cinco punto cero cero metros de ancho de por medio; AL PONIENTE: Línea recta de rumbo Norte, cincuenta grados cuarenta y ocho punto cincuenta y un minutos Oeste y distancia de diez punto cero cero metros, lindando con el lote número veinticinco del Polígono siete de la misma Urbanización; AL NORTE: Línea recta de rumbo Norte, treinta y nueve grados once punto cuarenta y nueve minutos Este, y distancia de seis punto cero cero metros, lindando con el lote número veintiocho del Polígono siete de la misma Urbanización; AL ORIENTE: Línea recta de rumbo Sur, cincuenta grados cuarenta y ocho punto noventa y un minutos Este, y distancia de diez punto cero metros lindando con el lote número veintinueve del Polígono siete de la misma Urbanización. Llegando así al esquinero SUR-ORIENTE del inmueble, que fue donde dio inicio la presente descripción. El inmueble así descrito tiene una extensión superfi cial de SESENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS. El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor del señor BERNARDINO SIERRA, conocido por BERNARDINO CIERRA VILLALTA, bajo la Matrícula SEIS CERO DOS CERO SEIS SIETE OCHO CERO-CERO CERO CERO CERO CERO, Inscripción TRES, inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de este Departamento.

Se admitirán posturas las que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO QUINTO DE LO LABORAL: San Salvador, a las once horas y treinta minutos del día treinta de octubre del año dos mil ocho.- LIC. CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO LABORAL.- LIC. ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026422-2

LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO.

AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por el Licen-ciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENENDEZ, como Apoderada

General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en

contra del señor ELISEO NAVAS GARCIA, conocido por ELISEO

GARCIA NAVAS, quien es representado por medio de su Curador Ad-

litem Licenciada ALICIA ISABEL RIVERA CAMPOS, se venderán en

Pública Subasta, en este Tribunal, el bien inmueble propiedad del señor

ELISEO NAVAS GARCIA, conocido por ELISEO GARCIA NAVAS,

consistente: Marcado con el número veinticinco del block CH, de una

extensión superfi cial de CUARENTA Y OCHO METROS CUADRA-

DOS equivalentes a SESENTA Y OCHO PUNTO SESENTA Y OCHO

VARAS CUADRADAS, que forman parte de la Urbanización Reparto

San Ramón, ubicado en el Cantón El Limón, Jurisdicción de Soyapango,

con un área construida de sistema mixto, de TREINTA PUNTO SETEN-

TA Y TRES METROS CUADRADOS y un valor de construcción de

VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO COLONES CON

CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS, el cual se describe así: Partiendo

de la intersección de los ejes de la Calle a Tonacatepeque, y la Calle El

Limón, del Reparto San Ramón, hacia el Oriente, y sobre el eje de la

Calle El Limón con un rumbo Sur, ochenta y siete grados doce punto

cero minutos Este, se mide una distancia de ciento veinticuatro punto

cincuenta metros, de aquí con una defl exión derecha de noventa grados

partimos sobre el eje del Pasaje número nueve con un rumbo de Sur,

cero dos grados cuarenta y ocho punto cero minutos Oeste, y medimos

una distancia de setenta y tres punto cero cero metros, de aquí con una

defl exión derecha de noventa grados se mide una distancia de dos punto

cincuenta metros, llegando al esquinero Sur guión Este, del lote número

veinticinco del block CH a describir así: Al Sur: línea recta con rumbo

Norte, ochenta y siete grados doce punto cero minutos Oeste, se mide una

distancia de ocho punto cero cero metros, lindando con el lote número

veintiséis del block CH, del mismo reparto. Al Oeste: línea recta con

rumbo Norte, cero dos grados cuarenta y ocho punto cero minutos Este,

se mide una distancia de seis punto cero cero, lindando con el lote número

once del block CH, del mismo reparto. Al Norte: línea recta con rumbo

Sur, ochenta y siete grados doce punto cero minutos Este, se mide una

distancia de ocho punto cero cero metros, lindando con el lote número

veinticuatro del block CH, del mismo reparto. Al Este: línea recta con

rumbo Sur, cero dos grados cuarenta y ocho punto cero minutos Oeste,

se mide una distancia de seis punto cero cero metros lindando con el

Pasaje número nueve de por medio, con un derecho de vía de cinco

punto cero cero metros, con el lote número once del block D del mismo

reparto. Llegando así al punto de partida. El inmueble antes descrito es

propiedad del señor ELISEO NAVAS GARCIA, conocido por ELISEO

GARCIA NAVAS, según Matrícula Número SEIS CERO CUATRO

UNO UNO OCHO UNO SEIS - CERO CERO CERO CERO CERO,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que avisa al público para los efectos legales consiguientes.

JUZGADO DE LO CIVIL: Delgado, a las doce horas y treinta

minutos del día siete de enero del año dos mil diez.- LICDA. MARIBEL

DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA.

SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026426-2

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE MEJICANOS.

HACE SABER: Que en virtud del Juicio Civil Sumario de Parti-

ción Judicial y Reclamo de Daños y Perjuicios, promovido por la señora

MARÍA DEL ROSARIO SARAVIA, antes DE HERNÁNDEZ, a través

de sus Apoderados Licenciado Jorge Alberto Morán Funes, sustituido

posteriormente por el Licenciado Luis Ernesto Pérez Hernández, en

contra del señor CARLOS ROLANDO HERNÁNDEZ RUIZ, a efecto

que se ordene la partición de un inmueble de naturaleza urbana ubicado

en Urbanización Metrópolis, Diagonal Arturo Romero, sobre Avenida

Bernal, polígono A, Número treinta y tres, jurisdicción de Mejicanos,

Departamento de San Salvador, que se describe así: LOTE NÚMERO

TREINTA Y TRES, polígono A, Urbanización Metrópolis: Partiendo

de la intersección de la Avenida Bernal y Pasaje Número tres, se miden

sobre éste, veintiocho metros cincuenta centímetros, rumbo norte cin-

cuenta y cuatro grados veinte minutos oeste, después defl exión izquierda

de noventa grados y cinco metros cincuenta centímetros, se llega a la

esquina noroeste del lote que mide y linda: NORTE: Nueve metros, sur

cincuenta y cuatro grados veinte minutos Este, lote doce, Pasaje Número

tres de once metros de ancho de por medio; ORIENTE, veinte metros

dieciocho centímetros, sur veinticinco grados cuarenta minutos Oeste,

lote treinta y tres-A; SUR, nueve metros norte cincuenta y cinco grados

cincuenta minutos oeste, terreno del Instituto de Vivienda Urbana; y

PONIENTE, diecinueve metros ochenta y ocho centímetros, Norte

veinticinco grados cuarenta minutos Este, lote treinta y dos. Los lotes

colindantes por los rumbos norte, oriente y poniente, son del Ingeniero

Manuel Álvaro Guevara Baires. El lote así descrito tiene una extensión

superfi cial de CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS VEINTI-

SIETE DECÍMETROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTAS

CINCUENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS NOVENTA Y TRES

CENTÉSIMOS DE VARA CUADRADA. Inmueble inscrito a favor de los

señores MARÍA DEL ROSARIO SARAVIA, antes DE HERNÁNDEZ

y CARLOS ROLANDO HERNÁNDEZ RUIZ, al Número OCHENTA

Y SIETE del LIBRO CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y

OCHO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección del Centro.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las catorce horas y

cuarenta y tres minutos del día veinticinco de febrero de dos mil diez.- LIC.

JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026427-2

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO.

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal por

el señor Gilberto Rubio Rubio contra el señor Luis Antonio García Lara

representado por su Apoderado General Judicial Licenciado Manuel de

Jesús Cea, se venderá en este Juzgado en pública subasta y en fecha

oportuna el siguiente inmueble: Una porción de terreno rústico, des-

membrada hacia el rumbo Sur, de otro de mayor extensión, situado en

el Cantón Huiscoyolate, jurisdicción de Izalco, de este departamento,

de las medidas y linderos especiales siguientes: al NORTE, veintinueve

metros cuarenta centímetros, linda con terreno propiedad del doctor Mi-

guel Antonio Castro Nájera; al SUR, veintinueve metros cuatrocientos

cuarenta milímetros, linda con terreno del señor Juan de Jesús Mancía,

calle nacional de por medio; al ORIENTE, treinta y un metros con

terreno del señor Miguel Ángel Pineda y al PONIENTE, treinta metros

ochenta centímetros con terreno propiedad del señor Mariano Santiago

Pineda Flores, Pasaje de cuatro metros de ancho de por medio. Tiene

una extensión superfi cial de NOVECIENTOS NUEVE METROS CERO

SIETE DECÍMETROS OCHENTA CENTÍMETROS CUADRADOS.

En dicho inmueble actualmente hay una construcción de sistema mixto

inconclusa, de una extensión de sesenta y cuatro metros cuadrados.

Inscrito a favor del deudor bajo el Número TREINTA Y DOS del Tomo

NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO ahora trasladado a la Matrícula

UNO CERO CERO SIETE SIETE CUATRO OCHO CUATRO-CERO

CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de este departamento.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas quince minutos

del día nueve de Septiembre del dos mil diez.- DR. MARIO MOISA

MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN

CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026442-2

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil promovido

por el Licenciado NATIVIDAD DE LEÓN BENÍTEZ conocido por

LEÓN BENÍTEZ, con Documento Único de Identidad Número cero

dos millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil trescientos sesenta y

ocho-uno, Tarjeta de Abogado Número mil cuatrocientos cincuenta y

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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

dos, Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos quince- ciento

sesenta mil quinientos cuarenta y tres- cero cero uno - cero, como Apo-

derado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce - cero

setenta mil quinientos setenta y cinco - cero cero dos - seis, en contra

de la señora BLANCA OLIVIA SANTILLANA DE DIAZ, con Nú-

mero de Identifi cación Tributaria cero ciento cuatro - veintiséis cero

seis sesenta y siete - ciento tres – cero, se venderá en Pública Subasta

en este Tribunal el inmueble embargado a la demandada, consistente

en el inmueble siguiente: un lote de terreno urbano y construcciones

que contiene, marcado con el Número VEINTISÉIS, PASAJE OCHO,

POLÍGONO QUINCE, del proyecto de vivienda denominado URBANI-

ZACIÓN MAJUCLA, CANTÓN SAN LUIS MARIONA, BARRANCA

HONDA Y EL ANGEL, SITUADA EN JURISDICCIÓN DE CUSCA-

TANCINGO Y APOPA, registralmente Jurisdicción de Apopa y según

razón y constancia de inscripción, ubicada en Urbanización Majucla,

lote veintiséis, agrupación quince, Cuscatancingo, San Salvador, el

cual mide y linda: AL PONIENTE; cinco punto cero cero metros, AL

NORTE: diez punto cincuenta metros, AL ORIENTE; dos punto cero

cero metros, AL SUR: diez punto cincuenta metros. Con una Extensión

superfi cial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS

CUADRADOS. Inscritos en su totalidad a favor de la señora BLANCA

OLIVIA SANTILLANA DE DIAZ, bajo el Número de Matrícula SEIS

CERO UNO OCHO CINCO CUATRO CUATRO OCHO - CERO

CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

JUZGADO DE LO CIVIL: DELGADO, a las quince horas y

treinta minutos del día cuatro de febrero del año dos mil diez.- LICDA.

MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL

DE DELGADO.- LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026445-2

JOSÉ MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE

ALAS MENENDEZ, como apoderado del "FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA", Institución Ofi cial de Crédito, de este domicilio, que

se abrevia "EL FONDO", contra el señor BENJAMÍN LÓPEZ HER-

NÁNDEZ, mayor de edad, Músico, de este domicilio, reclamándole

cantidad de colones y demás accesorios legales se venderá en Pública

Subasta en este Tribunal, el bien Inmueble embargado siguiente: Un lote

de terreno urbano y construcciones que contiene marcado con el Número

quince, Edifi cio UNO piso UNO, el cual forma parte del CONDOMINIO

LISBOA, situado en jurisdicción de Soyapango, de este Departamento

y según razón y constancia de inscripción, Condominio Lisboa, Edifi cio

UNO piso UNO apartamento quince, Soyapango, San Salvador, de una

extensión superfi cial de CUARENTA Y SIETE PUNTO SETENTA

Y CINCO METROS CUADRADOS, y tiene las medidas perimetrales

siguientes: AL NORTE en tres tramos, el primero de uno punto diez

metros; el segundo tramo de dos punto cincuenta metros y el tercer

tramo de cuatro punto noventa metros. AL SUR, seis punto cero cero

metros. AL ORIENTE, siete punto cincuenta metros y AL PONIENTE,

diez punto cero cero metros. Dicho inmueble está sometido al régimen

de propiedad inmobiliaria por pisos y apartamentos existentes sobre el

apartamento así como el Reglamento de Administración que lo regula, el

cual se encuentra inscrito a favor de BENJAMÍN LÓPEZ HERNÁNDEZ,

bajo la Matrícula Número SEIS CERO CERO DOS NUEVE SIETE SEIS

TRES - A CERO CERO CERO OCHO, del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las doce

horas con treinta y dos minutos del día veintidós de julio del año dos mil

diez.- DR. JOSÉ MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026448-2

SALVADOR CANO GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL,

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

promovida en este juzgado por la Licenciada DEBORAH JEANNET

CHAVEZ CRESPIN, en su calidad de Apoderada General Judicial del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra de la señora ANA

DOLORES VILLALTA SERRANO, se venderá en pública subasta

en este mismo juzgado en fecha y por el precio que oportunamente

se indicará, el bien inmueble embargado siguiente: Un Lote Urbano y

construcciones que contiene marcado con el Número CINCUENTA Y

SIETE, DEL BLOCK VEINTIUNO, PASAJE "K", DEL REPARTO

LA CAMPANERA III ETAPA, situado en el Cantón El Limón, Juris-

dicción de Soyapango, Departamento de San Salvador, cuyas medidas

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

perimetrales son: AL NORTE y AL SUR, nueve punto cero cero metros;

AL ORIENTE y AL PONIENTE, cinco punto cero cero metros, de

una extensión superfi cial de CUARENTA Y CINCO PUNTO CERO

CERO METROS CUADRADOS, el inmueble anteriormente descrito

es propiedad de la señora ANA DOLORES VILLALTA SERRANO, y

está inscrito bajo la Matrícula Número: 60186119-00000, del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de

este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San

Salvador, a las once horas y treinta minutos del día uno de septiembre de

dos mil diez.- DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUN-

DO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CÁCERES

RUBIO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026453-2

SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CI-

VIL DEL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO Y SOCIAL DE SAN

SALVADOR.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

promovida por el Licenciado NATIVIDAD DE LEÓN BENÍTEZ,

conocido por LEÓN BENÍTEZ, Apoderado del FONDO SOCIAL

PARA LA VIVIENDA con NIT Número 0614-070575-002-6, contra

el señor OSCAR ANIBAL LÓPEZ CASTRO con NIT Número 0307-

060675-102-7, se venderá en pública subasta en este mismo Juzgado, en

fecha y por el precio que oportunamente se indicará, el bien inmueble

embargado siguiente: UN LOTE DE NATURALEZA URBANO Y

CONSTRUCCIONES QUE CONTIENE MARCADO CON EL NÚ-

MERO CINCO, POLÍGONO VEINTIDÓS, URBANIZACIÓN SAN

FRANCISCO, situado en Ciudad Arce, Departamento de La Libertad,

según antecedente es de la Jurisdicción de San Juan Opico, La Libertad,

de una extensión superfi cial de SESENTA PUNTO CERO CERO ME-

TROS CUADRADOS equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO

OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS, el cual se describe

así: A partir de la intersección de la Calle San Andrés y el Pasaje V, se

miden sobre el eje del pasaje V, treinta y uno punto cincuenta metros,

con, defl exión derecha de noventa grados y con distancia de dos punto

cincuenta metros, se llega al esquinero Nor-Este del lote que se describe

el cual tiene los linderos y medidas siguientes: AL ESTE: Con distancia

de cinco punto cero cero metros y rumbo Sur cuatro grados tres minutos

Oeste, linda con terrenos que son o han sido propiedad del Ingeniero

José Mario Olmedo Baratta, linda con lote Número veinticuatro, block

veintitrés, Pasaje V de por medio; AL SUR: Con distancia de doce punto

cero cero metros y rumbo Norte ochenta y cinco grados cincuenta y

siete minutos Oeste, linda con terrenos que son o han sido propiedad del

Ingeniero José Mario Olmedo Baratta; linda con lote número seis, block

veintidós, AL OESTE: Con distancia de cinco punto cero cero metros

y rumbo Norte, cuatro grados, tres minutos Este, linda con terrenos que

son o han sido propiedad del Ingeniero José Mario Olmedo Baratta;

linda con lote número veinticuatro, block veintidós y AL NORTE: Con

distancia de doce punto cero cero metros y rumbo Sur, ochenta y cinco

grados cincuenta y siete minutos Este, linda con terrenos que son o han

sido propiedad del Ingeniero José Mario Olmedo Baratta, linda con lote

número cuatro, block veintidós. El inmueble antes descrito está inscrito

a favor del demandado señor OSCAR ANIBAL LÓPEZ CASTRO,

bajo la Matrícula Número 30074190-00000 del REGISTRO DE LA

PROPIEDAD RAÍZ E HIPOTECAS DE LA CUARTA SECCIÓN DEL

CENTRO, CON SEDE EN SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE

LA LIBERTAD.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las diez horas y cuarenta minutos del día veinte de mayo

del dos mil diez. Entrelíneas: con NIT número 0614-070575-002-6, con

NIT número 0307-060675-102-7, VALEN. Enmendado: NATURALE-

ZA: VALE.- DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ DE LO

CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES RUBIO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026455-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido

por el Abogado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENENDEZ, como

Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el

señor LEOPOLDO DE LA O, conocido por LEOPOLDO DE LA O

SORIANO, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás acce-

sorios, se venderá en pública subasta en este Tribunal el inmueble que se

describe a continuación: un lote de terreno urbano y construcciones de

misto que contiene, marcado en el plano respectivo con el número veinte,

Polígono treinta y seis, Pasaje veintidós, de una extensión superfi cial

de SESENTA METROS CUADRADOS. Dicho lote forma parte de la

“URBANIZACIÓN NUEVOS HORIZONTES”, situada a la altura del

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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

Kilómetro doce de la Carretera Panamericana que va de San Salvador a

San Miguel, jurisdicción de San Martín e Ilopango de este Departamento,

cuyas medidas y linderos son las siguientes: """"""''""AL NORTE: una

distancia de cinco metros; AL ORIENTE: una distancia de doce metros;

AL SUR: una distancia de cinco metros y AL PONIENTE: una distancia

de doce metros'""""'. Contiene un área construida de TREINTA Y CINCO

PUNTO CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS. El inmueble

antes descrito se encuentra inscrito a favor del señor LEOPOLDO DE

LA O, conocido por LEOPOLDO DE LA O SORIANO, a la Matrícula

SEIS CERO UNO SIETE CUATRO CUATRO CERO CUATRO-

CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento UNO del Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las

once horas y dos minutos del día veintitrés de agosto del año dos mil

diez.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL.- LICDA. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SE-

CRETARIA.

3 v. alt. No. F026464-2

REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS

AVISO DE EXTRAVIO

BANCO PROMERICA, S.A. Comunica que en su agencia ubicada en

RESIDENCIAL JARDINES DE MERLIOT y CALLE CHILTIUPAN

# 8-11, LA LIBERTAD, se ha presentado el propietario del Certifi cado

de Depósito a Plazo Fijo número 2710 por US$ 2,000.00 a nombre de

CARLOS HERIBERTO OLANO MOREIRA, con vencimiento el día

16/09/2010, solicitando la reposición de éste por haber extravío.

En consecuencia de lo anterior; se hace del conocimiento del público

en general para los efectos del caso.

Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de

este aviso y si no hubiere ninguna oposición se procederá a reponer el

certifi cado en referencia.

SANTA TECLA, a los 16 días del mes de SEPT. de 2010.

LORENA MARISOL FLORES,

GERENTE DE AGENCIA.

3 v. alt. No. F026518-2

AVISO DE COBRO

La Infrascrita Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Hacienda, a quien interese para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado IRMA ELENA GIL viuda DE MELENDEZ, conocida por IRMA ELENA GIL DE MELENDEZ, y por IRMA ELENA GIL, mayor de edad, Ama de Casa, del domicilio de Apopa, de este Departamento, portadora de su Documento Único de Identidad número 01296363-8 y Número de Identifi cación Tributaria 0602-300666-103-5, quien actúa en su calidad de cónyuge sobreviviente del señor CARLOS ARMANDO MELENDEZ VARGAS, con Número de Identifi cación Tributaria 0602-051265-101-4, solicitando la devolución de excedente del Impuesto sobre la Renta, por la suma de $231.41, que dejó pendiente de cobro el causante al momento de fallecer, quien fue de 44 años de edad, y falleció el día 16 de junio del año 2010.

Lo anterior se hace del conocimiento del público, de conformidad a lo establecido en el artículo 142 de las Disposiciones Generales de Presupuestos, con la fi nalidad de que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a este Ministerio a hacer uso de éste, en el término de 3 días contados a partir del día siguiente en que haya salido a la venta la tercera publicación del presente aviso.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los siete días del mes de septiembre de dos mil diez.

Licda. NORA LIZETH PEREZ MARTINEZ,

SUBJEFE DEL DEPARTAMENTO JURIDICO,

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1 v. c/3 días No. F025912-2

La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Hacienda,

HACE SABER: Que se ha presentado a este Departamento, la señora VERONICA MARLENE BENAVIDES viuda DE LIMA, cono-cida también como Verónica Marlene Benavides García, y por Verónica Marlene Benavides de Lima, quien comparece en calidad de cónyuge sobreviviente del señor Francisco Antonio Lima Alvarado, promoviendo diligencias para que se le autorice fi rmar los documentos respectivos y se le devuelva la cantidad de CIENTO OCHENTA 70/100 DOLARES ($180.70), en concepto de excedente de Impuesto sobre la Renta del ejercicio fi scal 2009, que le correspondían a su extinto cónyuge, y que dejó pendiente de cobro, por haber fallecido el día 2 de septiembre de 2009.

Lo que se hace de conocimiento del público en general, para que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, conforme a lo establecido en el artículo 142 de las Disposiciones Generales de Presupuestos, se presente a este Departamento en el término de 3 días, contados a partir del día siguiente en que haya salido a la venta y circulación el ejemplar del Diario Ofi cial que contenga la tercera y última publicación del presente aviso, para ejercer su derecho.

Ministerio de Hacienda, San Salvador, a los nueve días del mes de septiembre de dos mil diez.

Licda. NORA LIZETH PEREZ MARTINEZ,

SUBJEFE DEL DEPARTAMENTO JURIDICO,

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1 v. c/3 días No. F025940-2

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

MARCA INDUSTRIAL

No. de Expediente: 2010099692

No. de Presentación: 20100134088

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALFREDO

GONZALEZ ELIZONDO, en su calidad de APODERADO de MEDICE

Arzneimittel Pütter GmbH & Co. KG, de nacionalidad ALEMANA, so-

licitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la frase FerMed, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día once de marzo del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de septiembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026477-2

TITULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD:

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se presentaron los Señores:

Marcos Antonio Zalazar Ayala, y María Roxana Orellana Ramírez, el

primero de cuarenta y cinco años de edad, Albañil, del domicilio de

Concepción Quezaltepeque, Departamento de Chalatenango, con Docu-

mento Único de Identidad número cero uno ocho siete dos cuatro cuatro

cinco - seis, y con número de identifi cación Tributaria cero cuatrocientos

seis - dos cuatro cero nueve seis cinco - uno cero dos - cero, y la segunda

de veinticuatro años de edad, Ama de casa, del domicilio de Concepción

Quezaltepeque, Departamento de Chalatenango, con Documento Único

de Identidad número cero tres seis cuatro siete ocho uno seis - ocho,

y con número de Identifi cación Tributaria cero cuatro cero seis - cero

ocho cero cuatro ocho seis - uno cero uno - cuatro. Solicitando Título

Municipal de un inmueble situado en Cantón Llano Grande de esta Ju-

risdicción, de las medidas y colindancias siguientes: NORTE mide doce

punto sesenta metros colinda con Manuel Mejía, PONIENTE mide doce

punto ochenta metros colinda con una quebrada y don Juan Ramos, AL

SUR mide trece punto sesenta metros colinda con Martha Luz Orellana,

y calle pública, donde existe una servidumbre de entrada, ORIENTE,

mide ocho metros colinda con Adolfo Antonio Ramírez. Lo valúan en

mil dólares de los Estados Unidos de Norte América. Lo adquirieron

por compra a don Adolfo Antonio Ramírez. NO ES DOMINANTE

NI SIRVIENTE NO TIENE CARGAS NI DERECHOS REALES DE

AJENA PERTENENCIA.

Se avisa para efectos de Ley.-

Alcaldía Municipal Concepción Quezaltepeque, Departamento de

Chalatenango, a los nueve días del mes de Septiembre del dos mil diez.

VICTOR MANUEL LOPEZ, ALCALDE MUNICIPAL INTERINO.

OSCAR JESUS ORELLANA LOPEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F026340-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD:

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se presentó la Señora: MARIA

MAGDALENA CALDERON DE LANDAVERDE, de cincuenta y un

años de edad, Ama de casa, del domicilio de Concepción Quezaltepeque,

Departamento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad

número cero cero novecientos sesenta y tres mil quinientos noventa y dos

- cinco, y con número de Identifi cación Tributaria NIT cero cuatrocientos

seis - trescientos mil quinientos cincuenta y nueve - ciento uno - uno.

Solicitando Título Municipal, de un terreno ubicado en el Cantón Llano

Grande del Municipio de Concepción Quezaltepeque, Departamento de

Chalatenango, de las limitaciones y colindancias siguientes: ORIENTE

colinda con Faustino Ayala, y don Perfecto Mejía, calle de por medio,

cercos de alambre, SUR colinda con Víctor Galdámez, calle de por medio

y cercos de alambre, PONIENTE, colinda con Juan Miguel Alvarenga,

y cercos de alambre, y don Concepción Casco, camino vecinal de por

medio, NORTE colinda con Víctor Casco y don Roberto Márquez,

calle vecinal de por medio, la extensión superfi cial es de OCHO MIL

SETECIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS. Lo estima en

mil dólares de los Estados Unidos de Norte América. No es dominante

ni sirviente no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni

está en proindivisión con nadie.- Lo adquirió por compra a don Osmaro

de Jesús Calderón Ayala.-

Se avisa para efectos de Ley.-

Alcaldía Municipal Concepción Quezaltepeque, Departamento de

Chalatenango, a los nueve días del mes de Septiembre del dos mil diez.

VICTOR MANUEL LOPEZ, ALCALDE MUNICIPAL INTERINO.

OSCAR JESUS ORELLANA LOPEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F026342-2

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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2009096817

No. de Presentación: 20090128963

CLASE: 40.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO de Thys-senKrupp AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: La palabra ThyssenKrupp y diseño, que servirá para: AMPARAR: TRATAMIENTO DE MATERIALES; FABRICACIÓN DE CARROCERÍAS DE VEHÍCULOS, DE PARTES DE CHASIS, DE COMPONENTES PARA PLATAFORMAS DE VEHÍCULOS Y COMPONENTES DE DISPOSITIVOS DE ACCIONAMIENTO DE VEHÍCULOS, ESPECIALMENTE MOTORES DE COMBUSTION IN-TERNA, PARA TERCEROS; FABRICACIÓN DE HERRAMIENTAS PARA TERCEROS; TRATAMIENTO DE DESECHOS, EFLUEN-TES Y SUSTANCIAS NOCIVAS; RECICLADO DE DESECHOS, EFLUENTES; CHATARRA Y BASURA; ADMINISTRACIÓN DE ÁREAS POLUTAS ABANDONADAS, A SABER SERVICIOS DE PROYECTOS TÉCNICOS DE DESCONTAMINACIÓN DE SUELOS; EVACUACIÓN DE DESECHOS Y DESECHOS PELIGROSOS, COMO TAMBIÉN SUELOS CONTAMINADOS. Clase: 40.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil diez.-

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001476-2

No. de Expediente: 2009096818

No. de Presentación: 20090128964

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO de Thys-

senKrupp AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: La palabra ThyssenKrupp y diseño, que servirá

para: AMPARAR: EDUCACIÓN; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y

CULTURALES; PRODUCCIÓN DE PROGRAMAS DE RADIO, DE

TELEVISIÓN, DE VIDEO Y DE PELÍCULAS; PUBLICACIÓN Y

EDICIÓN DE LIBROS, REVISTAS, DIARIOS Y OTRAS PUBLICA-

CIONES, TAMBIÉN EN PROGRAMAS DE RADIO, TELEVISIÓN,

VIDEO Y PELÍCULAS, Y TAMBIÉN EN FORMA ELECTRÓNICA

A TRAVES DE BASES DE DATOS Y SERVICIOS EN LÍNEA;

ALQUILER DE LIBROS, REVISTAS, DIARIOS; ALQUILER DE

EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y COMPUTADORAS,

DE RADIOS, DE TELEVISORES, GRABADORES DE VIDEO,

EQUIPOS DE FILMACIÓN, REPRODUCTORES Y GRABADORES

DE DISCOS COMPACTOS (CD), CINTAS Y DISCOS DE VIDEO

DIGITAL (DVD), COMO TAMBIÉN CÁMARAS; RECOPILACIÓN,

PROVISION Y TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN, TEXTOS, DI-

BUJOS E IMÁGENES, NOTICIAS Y DATOS, RELACIONADOS A

ESPARCIMIENTO Y EDUCACIÓN; SERVICIOS DE TRADUCCIÓN.

Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de junio del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001477-2

No. de Expediente: 2009096819

No. de Presentación: 20090128965

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EVELYN

MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO de Thys-

DIARI

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

senKrupp AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: la palabra ThyssenKrupp y diseño, que servirá para:

AMPARAR: ARQUITECTURA; PLANIFICACION EN MATERIA

DE URBANISMO; SERVICIOS DE UN INGENIERO CIVIL; SERVI-

CIOS DE UN INGENIERO EN MINERIA; SERVICIOS QUIMICOS;

SERVICIOS DE UN TECNICO INFORMATICO; INGENIERIA;

SERVICIOS DE UN ARQUITECTO DE DECORACION INTERIOR;

SERVICIOS DE UN FISICO; SERVICIOS DE UN PROGRAMADOR

DE SOFTWARE; SERVICIOS DE UN INGENIERO EN CALCULOS

ESTATICOS; SERVICIOS DE UN DIBUJANTE TECNICO; SERVI-

CIOS DE UN AGRIMENSOR; SERVICIOS DE INVESTIGACION;

SERVICIOS DE ENSAYO DE MATERIALES; SERVICIOS DE

CONSULTORIA TECNICA EN EL CAMPO DE LA COMPUTA-

CION; INSTALACION Y MANTENIMIENTO DE SOFTWARE

PARA COMPUTADORAS; SERVICIOS DE UNA BASE DE DATOS,

ESPECIALMENTE ALQUILER DE TIEMPO DE ACCESO A BASES

DE DATOS; ALQUILER DE EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE

DATOS Y COMPUTADORAS. Clase: 42.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001478-2

No. de Expediente: 2010102870

No. de Presentación: 20100139950

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WAL-

MART STORES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: la expresión My Sustainability Plan msp y diseño, el cual se traduce al castellano como "mi plan de sostenibilidad", que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCACION; SERVICIOS DE FORMACION; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVI-DADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026299-2

No. de Expediente: 2010102877

No. de Presentación: 20100139957

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WAL-MART STORES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: la frase sostenibilidad para un Mundo Mejor y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACION COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil diez.

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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de agosto del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026309-2

MARCAS DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2010100217

No. de Presentación: 20100135036

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE HUMBERTO ROSA CORNEJO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de J. HUMBERTO ROSA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO:

Consistente en: las palabras M MEGA HUMRO FILTERS y diseño, que se traducen al castellano como M Mega Humro fi ltros, que servirá para: AMPARAR: FILTRO DE AIRE, FILTRO DE ACEITE, FILTRO DE COMBUSTIBLE. Clase: 07.

La solicitud fue presentada el día nueve de abril del año dos mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de abril del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001459-2

No. de Expediente: 2010102280

No. de Presentación: 20100138794

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE RAUL RIVERA ERAZO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de J. RAUL RIVERA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: J. RAUL RIVERA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO:

Balsavet

Consistente en: la palabra Balsavet, que servirá para: AMPARAR: JABON PARA ANIMALES, SHAMPOO PARA ANIMALES, CRE-MAS PARA ANIMALES MEDICADAS, POMADAS PARA ANI-MALES MEDICADAS, LOCIONES PARA ANIMALES, JARABES PARA ANIMALES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día doce de julio del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de agosto del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001489-2

No. de Expediente: 2010098250

No. de Presentación: 20100131417

CLASE: 16, 35, 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de CENTURIA EDITORES S.A., de nacionalidad PA-NAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO:

Consistente en: las palabras CENTURIA Editores y diseño, que servirá para: AMPARAR:

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Page 102: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010. … · 2013. 1. 15. · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010. 3 Pág. 62-67 67 68 68-72 72-87 88-90 90

102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

PAPEL, CARTON, Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES, INCLUYENDO LIBROS; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNA-CION; FOTOGRAFIAS; ARTICULOS DE PAPELERIA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERIA; MATERIAL DE INSTRUCCION O MATERIAL DIDACTICO (EXCEPTO APARATOS); MATE-RIAS PLASTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES DE IMPRENTA. Clase: 16. Para: AMPARAR: PUBLICIDAD. Clase: 35. Para: AMPARAR: SERVICIOS EDITORIALES; SERVICIOS DE PUBLICACION DE LIBROS IMPRESOS Y OTROS TEXTOS IMPRESOS. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día cinco de enero del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026403-2

No. de Expediente: 2009097843

No. de Presentación: 20090130634

CLASE: 30, 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de GESTOR OFI-CIOSO de BELAL MOHAMMAD AL-HAMWI, de nacionalidad SIRIA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO:

Consistente en: la expresión City Café y diseño, el cual se traduce al castellano como Café Ciudad, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ: Y SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ. Clase: 30. Para: AMPARAR: SER-VICIOS DE RESTAURANTES, CAFÉS Y BARES QUE VENDEN CAFÉ: PREPARADO, SERVICIOS PARA PROVISION DE COMIDA Y BEBIDA. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día ocho de diciembre del año dos mil nueve.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de julio del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026406-2

No. de Expediente: 2010102562

No. de Presentación: 20100139361

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO de COMPAÑIA INTERNACIONAL DE DESARROLLOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: COINDE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO:

Consistente en: la palabra Snap y diseño, traducida al castellano como Chasquido, que servirá para: AMPARAR: HARINAS Y PRE-PARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA; ESPECIALMENTE PREPARACIONES HECHAS DE HARINA, PANES. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de julio del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026447-2

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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

ACEPTACION DE HERENCIA

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL,

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas y

treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con

benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor SECUN-

DINO HERNÁNDEZ, quien falleció el día seis de julio de dos mil ocho,

en el Hospital Nacional Rosales, de la ciudad de San Salvador, siendo

su último domicilio Cantón El Pastor, Caserío El Tejar, Jurisdicción de

Yayantique, de este Distrito y Departamento, de parte de los señores

DORIS MARILU FUENTES HERNÁNDEZ, MIGUEL ÁNGEL FUEN-

TES HERNÁNDEZ, JOSÉ ARNOLDO FUENTES HERNÁNDEZ, en

calidad de hijos del causante y la hija menor MARÍA SALVADORA

FUENTES HERNÁNDEZ, representada por su madre Salvadora Fuentes

Yanes, ésta por medio del Licenciado Juan Antonio López. Confi éraseles

a los aceptantes en el carácter indicado la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los ocho días del

mes de julio de dos mil diez.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PÉREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001412-3

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas diez minutos del día veinticinco de Noviembre del año dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario de parte de la señora GLORIA AZANUDO PINEDA, quien es mayor de edad, doméstica, del domicilio de esta ciudad, con Documento Único de Identidad Número cero dos millones cuatrocientos sesenta y nueve mil novecientos ochenta y tres-nueve; la herencia intestada que a su defunción dejó el señor MANUEL DE JESÚS AZANUDO, quien fue de ochenta y un años de edad, soltero, jornalero, salvadoreño, fallecido el día uno de Septiembre de mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón Antón Flores, jurisdicción de esta ciudad, lugar de su último domicilio, en concepto de hija del referido causante; y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los tres días del mes de Septiembre del año dos mil diez.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025865-3

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta minu-tos del día seis de septiembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada de los bienes que a su defunción dejó la causante JUANA OLIMPIA BENITEZ, conocida por OLIMPIA BENITEZ, quien falleció a las seis horas del día siete de marzo del año de mil novecientos setenta y ocho, en el Cantón San Juan Loma Alta de esta jurisdicción, su último domicilio, la Ciudad de Berlín, Departamento de Usulután, de parte de LORENSO FILIBER-TO BENITES, conocido por LORENZO FILIBERTO BENITEZ y por LORENZO BENITEZ, en calidad de hijo de la causante, confi riéndole al aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que dentro del término de ley, se presenten a este Juzgado, a hacer uso de sus derechos, lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las diez horas y cuarenta minutos del día seis de septiembre del dos mil diez.- LIC. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025909-3

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, Departamento de La Unión; al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las quince horas y veinte minutos del día veinticuatro de agosto del corriente año; se tuvo por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia que al fallecer a las cuatro horas del día dieciocho de septiembre del

DE TERCERA PUBLICACIÓN

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

año dos mil cinco, en el Cantón El Molino, Jurisdicción de Concepción de Oriente, Departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara el causante Santiago Cruz, al heredero Alejandro Cruz Hernández, en concepto de hijo, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 N° 1° del Código Civil. En consecuencia, se le confi rió al aceptante, en el carácter dicho, la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, Depar-tamento de La Unión, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil diez.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025917-3

EL INFRASCRITO JUEZ.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día uno de septiembre del año dos mil diez. Se ha tenido por aceptada ex-presamente con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida a las dieciséis horas veinte minutos del día cuatro de febrero de dos mil diez en fi nal Barrio El Calvario, Tacuba, Departamento de Ahuachapán, su último domicilio, dejó el señor JOSÉ ROLANDO IRENEO JUAREZ MARTINEZ; de parte de la señora PAZ DE MARÍA GOMEZ viuda DE JUAREZ y los menores BRENDA JEAMILETH, ALEXIS ROLANDO y KAREN JASMIN todos de apellido JUÁREZ GÓMEZ, la primera en su calidad de cónyuge y como cesionaria de los derechos que le correspondían a los señores ÁNGEL JUÁREZ y MARÍA LUISA MARTÍNEZ hoy DE JUÁREZ, en calidad de padres del causante y los menores en su calidad de hijos del causante, repre-sentados por medio de su madre PAZ DE MARÍA GÓMEZ viuda DE JUÁREZ. Nómbrase a los aceptantes interinamente representantes y administradores de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, la que ejercerán los menores por medio de su Representante Legal señora PAZ DE MARÍA GÓMEZ viuda DE JUÁREZ.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fi nes de ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las catorce horas quince minutos del día uno de septiembre del año dos mil diez.- DR. JULIO CÉSAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025918-3

DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con veinte minutos del día de hoy; se ha tenido por aceptada con benefi cio de In-ventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor SIMON GRANADOS QUINTANILLA; conocido por SIMON GRANADOS, quien falleció a las dieciséis horas, del día veintitrés de junio de dos mil ocho, en el Cantón El Amate de esta jurisdicción, siendo ése el lugar de su último domicilio; de parte de la señora: ANA JULIA GRANADOS SALMERON, de cincuenta y tres años de edad, Ama de casa, de este domicilio, portadora de su Documento Único de Identidad Número cero cero trescientos dieciocho mil seiscientos cuarenta y nueve- nueve, en concepto de hija del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesión le correspondían a los señores MARIA ANTONIA SALMERON, como esposa del causante; y MIGUEL ANGEL GRANADOS SALMERON, como hijo del causante.

Confi érese a la aceptante en el carácter indicado la administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y res-tricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a los veintitrés días del mes de julio de dos mil diez.- DR. JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025919-3

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado a las diez horas del día nueve de agosto de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, siendo éste su último domicilio el día veinticinco de noviembre de dos mil nueve dejó la señora MARIA CONCEPCION DE LOS REYES GARCIA DE HUETE, de parte de los señores JAIME JOAQUIN HUETE GARCIA y MARISABEL DEL CARMEN HUETE DE RIVAS, en calidad de hijos sobrevivientes de la causante.

Se ha conferido a las aceptantes la administración y representa-ción INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las once horas con treinta y nueve minutos del día nueve de agosto de dos mil diez.- DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- POR BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRE-TARIO.

3 v. alt. No. F025932-3

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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las nueve horas y treinta minutos del día treinta de agosto de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el señor JOSE HERIBERTO SOSA, quien fue de cincuenta y nueve años de edad, Ingeniero Agró-nomo, fallecido el día treinta y uno de marzo de dos mil diez, en San Juan Opico, siendo Quezaltepeque su último domicilio, con Documento Único de Identidad Número cero cero cinco cinco nueve cinco siete seis siete y Número de Identifi cación Tributaria cero quinientos doce- tre-cientos mil trecientos cincuenta y uno- cero cero uno- cero, de parte de la señora ALBA REGINA ALVARADO LOPEZ o ALBA REGINA ALVARADO LOPEZ DE SOSA o ALBA REGINA ALVARADO DE SOSA, con Documento Único de Identidad Número cero dos cero cuatro nueve siete seis cinco- nueve y Número de Identifi cación Tributaria nueve mil quinientos uno- cero diez mil seiscientos cincuenta y cinco- cero cero uno- dos, en el concepto de cónyuge sobreviviente y como cesionaria del derecho hereditario que en la referida sucesión le correspondía a los señores JOSE HERIBERTO, CARLOS HORACIO y CLAUDIA YAMILET, los tres de apellidos SOSA ALVARADO, con Documentos Únicos de Identidad Números cero dos dos nueve dos dos dos- ocho y cero cuatro uno cuatro seis tres dos cuatro- uno, en su orden los dos primeros y la tercera con pasaporte Número C cero cuatro cero dos seis siete dos y con Número de Identifi cación Tributaria cero quinientos doce- ciento sesenta y un mil cero setenta y nueve- ciento tres- cuatro y cero quinientos doce- trescientos mil ochocientos ochenta y nueve- ciento uno- dos, los dos primeros; desconociéndose el Número de Identifi cación Tributaria de la tercera, en el concepto de hijos del causante, a quienes se les ha conferido la administración y representación INTERINA de la sucesión.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las nueve horas y treinta y cinco minutos del día treinta de agosto de dos mil diez.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SE-CRETARIO.

3 v. alt. No. F025934-3

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SALVA-DOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las once horas del día quince de julio del año dos mil diez, se ha tenida por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada,

que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, a las

dieciséis horas del día veintidós de enero del año dos mil diez, dejó la

señora JULIA ERNESTINA DE JESUS AGREDA ANGEL, conocida

por JULIA AGREDA, de parte del señor MILTON AYALA AGREDA,

en su calidad de hijo de la causante antes mencionada.

Se le ha conferida al aceptante la Administración y Representación

Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de las curadores

de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las

once horas con quince minutos del día quince de julio del año dos mil

diez.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-

RICARDO HUMBERTO CORNEJO SAMAYOA, SECRETARIO

INTO.

3 v. alt. No. F025937-3

LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal

a las nueve horas diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora MARÍA

ALICIA AGUILAR DE CHUTÍN, en su calidad de esposa del causante

y como cesionaria de los derechos hereditarios que en calidad de hijos

del causante le correspondían a los señores ALICIA BEATRIZ CHUTÍN

DE GRANADOS y ÁLVARO ALEXANDER CHUTÍN AGUILAR, de

la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor FRANCISCO

ANTONIO CHUTÍN CORPEÑO, quien fue de cincuenta y siete años de

edad, casado, empleado, de nacionalidad salvadoreña, originario de San

Salvador, quien falleció el día veintinueve de agosto de dos mil cinco,

hijo de Beatriz Corpeño y Francisco Chutín y cuyo último domicilio fue

Soyapango.

Confi érese a la aceptante declarada la administración y represen-

tación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Librado el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas del

día dos de septiembre de dos mil diez.- LIC. EDGAR ORLANDO ZÚ-

NIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARÍA ESTELA SORIANO

NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025976-3

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

Departamento de La Unión; al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las nueve

horas y veinte minutos del día diecinueve de agosto del corriente año;

se tuvo por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la

herencia que al fallecer a las nueve horas del día catorce de mayo del

año mil novecientos noventa y seis, en el Cantón Molino, Jurisdicción

de Concepción de Oriente, Departamento de La Unión, siendo dicho

lugar su último domicilio, dejara el causante Anastasio Romero cono-

cido por Anastacio Romero, al heredero José Alcides Bonilla Romero,

en concepto de hijo, de conformidad con lo establecido en el Art. 988

N° 1° del Código Civil. En consecuencia, se le confi rió al aceptante,

en el carácter dicho, la administración y representación interina de los

bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, De-

partamento de La Unión, a los veinticuatro días del mes de agosto

del año dos mil diez.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ

DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE

MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026014-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, Juez Primero de lo

Civil del Distrito Judicial de Santa Ana, AL PUBLICO, PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las diez horas

de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE y

con benefi cio de inventario la Herencia Intestada de la causante, señora

SILVESTRE HERNANDEZ CHINCHILLA, conocida por SILVESTRA

HERNÁNDEZ, quien falleció el día seis de abril de mil novecientos

noventa y dos, en el Barrio San Antonio de El Congo, lugar de su último

domicilio, de parte del señor JOSE ERNESTO HERNÁNDEZ, conocido

por JOSÉ ERNESTO HERNÁNDEZ FLORES, como hijo de la de

cujus; en dicho carácter se le confi ere interinamente la administración

y representación de la sucesión con las formalidades y restricciones que

la ley confi ere a los Curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las diez

horas siete minutos del día dieciséis de abril de dos mil diez.- LIC. FRAN-

CISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL.- LICDA CARMEN GUADALUPE NÚÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026028-3

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las catorce horas del día veintiséis de julio del corriente año, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

Herencia Intestada dejada a su defunción por el causante señor JOSE

ALFREDO DOMINGUEZ LOPEZ, ocurrida el día cinco de enero de

dos mil diez, siendo Colón, el lugar de su último domicilio, de parte de

la señora BLANCA EMELINDA DOMINGUEZ OBANDO, conocida

por BLANCA EMELINDA DOMINGUEZ, en calidad de madre del

causante y de los menores FATIMA LISSETH DOMINGUEZ LOPEZ

y ALFREDO ALEJANDRO DOMINGUEZ LOPEZ, ambos en calidad

de hijos del causante; y se ha conferido a los aceptantes, la administra-

ción y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas

cincuenta y seis minutos del día tres de septiembre de dos mil diez.- En-

mendado- ALFREDO-Vale.- LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA,

JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026042-3

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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

TÍTULO SUPLETORIO

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ

SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDI-

CIAL, al público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licen-

ciada EMMA LETICIA AMAYA GOMEZ, como Apoderada General

Judicial de la señora MARIA JUANA DIAZ PORTILLO, a solicitar

a su favor TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza

rústica ubicado en el lugar conocido como La Ceiba, del Cantón El

Aceituno, de la Jurisdicción de Yoloaiquín, Departamento de Morazán,

de la capacidad superfi cial de OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO

PUNTO NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de las medidas

y colindancias siguientes: AL ORIENTE: mide diez punto cero cinco

metros, colinda con terreno de la señora Lorenza Hernández; AL NOR-

TE: mide cincuenta y seis punto cuarenta metros, colinda con terreno

de la señora Lorenza Hernández; AL PONIENTE: mide veintiuno punto

treinta metros, colinda con el terreno del señor José Adrián Portillo, los

divide calle nacional que de San Francisco Gotera conduce a Perquín,

y viceversa de por medio; AL SUR: mide cincuenta y cuatro metros,

colinda con terreno del señor Antonio Prudencio.

Se estima el inmueble descrito en el precio de UN MIL CUATRO-

CIENTOS DOLARES; lo adquirió por medio de compraventa verbal

que le hizo el señor EMILIANO PORTILLO.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, a las diez horas del día dos de septiembre del dos mil diez.- LIC.

JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE

PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ

SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025878-3

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez

Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para

efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

JOSE OTONIEL ZELAYA HERNANDEZ, como Apoderado General

Judicial del señor SANTOS ARGUETA PEREZ, a solicitar a favor de

éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un terreno de naturaleza rústica

situado en el Cantón El Norte, de la Jurisdicción de San Francisco Gotera,

Departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial de QUINIEN-

TOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS de las medidas

y colindancias siguientes: AL ORIENTE: mide trece metros linda con

terreno propiedad del señor Alejandro Sánchez Martínez y José Amadeo

Sánchez Martínez, carretera que conduce al Municipio de Lolotiquillo

de por medio; AL NORTE: mide veintidós metros linda con terreno

propiedad del señor Francisco Gilberto Márquez Sandoval, cerco de

alambre propio de por medio; AL PONIENTE: mide doce punto cinco

metros, linda con terreno propiedad del señor Francisco Gilberto Márquez

Sandoval, pared de ladrillo propio de por medio; y AL SUR: mide veinte

metros, linda con terreno propiedad de los señores Eliza Salmerón Arriaza

y Lázaro Salmerón Fuentes, pared de ladrillo propio de por medio. El

inmueble lo adquirió el señor ARGUETA PEREZ, por compra venta

verbal de la Posesión Material que le efectuó la señora CONCEPCION

ARRIAZA viuda DE BLANCO, y lo valora en la cantidad de SIETE

MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, a las quince horas y diez minutos del día doce de julio de dos

mil diez.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SE-

GUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA

GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025879-3

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, AL PÚBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licen-

ciada ROSA YESENIA MAJANO DE AVILES, conocida por ROSA

YESENIA MAJANO RODRIGUEZ, en concepto de Apoderada General

Judicial de la señora VILMA GUZMAN DE MARCIA, solicitando TI-

TULO SUPLETORIO sobre: "Un terreno de naturaleza rústica, situado en

el Caserío La Parroquia, Cantón El Colorado, de la Villa de Comacarán,

Departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de UN MIL

NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, que

tiene las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: veinticinco metros,

linda con propiedad de la señora María Elia Hernández, cerco propio de

la compradora; AL NORTE: veintisiete punto dos metros, colinda con

propiedad del señor Carlos Miranda, cerco propio de la compradora;

AL PONIENTE: cuarenta y ocho metros, colindaron propiedad del

señor José Santos Rosa, cerco propio de la compradora; y AL SUR: está

compuesto por tres tramos así, el primer tramo es de veinticinco metros;

el segundo tramo es de veinticinco metros, el tercer tramo es de treinta

metros, haciendo un total de OCHENTA METROS.

Y lo valúan en la cantidad de SIETE MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. El inmueble antes descrito, no

es dominante, ni sirviente, no tiene derechos reales que pertenezcan a

otra persona que deban respetarse, ni se encuentra en proindivisión con

nadie, es decir que se encuentra a cuerpo cierto. El cual fue adquirido

por compra venta de Posesión Material que hizo a la señora GLORIA

GUZMAN DE MERLOS, conocida por ANA GLORIA GUZMAN.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San

Miguel, a los veintidós días del mes de julio de dos mil diez.- DR.

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC.

ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026015-3

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE

PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-

TAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que a este Juzgado, se ha presentado la Licenciada

BRENDA LILLY GRACIAS PORTILLO, como Apoderada General

Judicial de la señora FRANCISCA DE JESUS ARAUJO, solicitando

diligencias de TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza

rústico, ubicado en el Cantón San Juan de La Cruz, conocido como San

Juan del Mono, Jurisdicción de Yamabal, Departamento de Morazán,

de la capacidad superfi cial de NOVECIENTOS SETENTA PUNTO

DIECISIETE METROS CUADRADOS; el cual tiene las medidas y

colindancias siguientes: AL NORTE: cuarenta y seis metros con ochenta

centímetros, colinda con terreno de RUBEN MEMBREÑO, Calle Pública

de por medio; AL SUR: cuarenta y seis metros con ochenta centímetros,

colinda con terreno de LEONIDAS ROMERO BENITEZ; AL ORIENTE:

treinta y dos metros con cuarenta y ocho centímetros, colinda con terreno

de la señora NELLY ECHEVERRIA, Calle Pública de por medio; y AL

PONIENTE: ocho metros con noventa y ocho centímetros, colinda con

terreno del señor HERMINIO GUTIERREZ. En el inmueble descrito

hay construída una casa paredes de bloque, techo de tejas, y madera

aserrada, piso de ladrillo de cemento, con una capacidad de SETENTA

Y DOS PUNTO VEINTICUATRO METROS CUADRADOS; y lo

valúa en la cantidad de MIL DOSCIENTOS DOLARES. El inmueble lo

adquirió por compra venta de Posesión Material que le hizo a la señora

ERNESTINA BONILLA.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a

las quince horas y veinte minutos del día treinta y uno de agosto de dos

mil diez.- LICDA. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA

PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. YESENIA ROSIBEL

VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026024-3

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2010099851

No. de Presentación: 20100134314

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado BENJAMIN

VALDEZ IRAHETA, en su calidad de APODERADO de FARMAME-

DICA, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: FARMAMEDICA,

S.A., de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

VITAFLENACO

Consistente en: la expresión VITAFLENACO, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS MEDICINALES Y FARMACEUTICOS

PARA USO HUMANO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de marzo del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecinueve de marzo del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001422-3

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA

La junta directiva de DELTA INGENIEROS, S.A. DE C.V., por este

medio convoca a sus actuales accionistas a celebrar junta general ordinaria

para elegir o reelegir a la junta directiva que regirá los destinos sociales

para el período de tres años contados a partir de la fecha de su elección,

junta que se celebrará en la 57 Avenida Norte No. 245, Condominio

Miramonte, Apartamento C-4, de esta ciudad, en primera convocatoria,

a las ocho horas treinta minutos del día once de octubre del presente año,

siendo el quórum necesario la mitad más una de las 1060 Acciones que

conforman el capital social; y en segunda convocatoria a la misma hora

del día siguiente, en el mismo lugar, constituyéndose el quórum con

cualquiera que sea el número de las Acciones representadas. En ambos

casos, la resolución se tomará por mayoría de votos presentes. Media

hora antes de cada convocatoria, el director secretario estará recibiendo

las acreditaciones respectivas.

San Salvador, catorce de septiembre de dos mil diez.

Dr. RENE ADAN HERNANDEZ,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F026666-3

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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

SUBASTA PÚBLICA

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado RAFAEL TREJO, como

Apoderado General Judicial de los señores ANA SILVIA FUENTES

GALDAMEZ, MIRZA EDELMIRA FUENTES GALDAMEZ y

NELSON PAIN FUENTES GALDAMEZ, de este domicilio, contra la

señora MARIA ELENA ZELEDON ORELLANA, mayor de edad, de

este domicilio, reclamándoles cantidad de colones y demás accesorios

legales, se venderá en Pública Subasta en este Juzgado, el bien inmueble

embargado siguiente: ''Bien inmueble de naturaleza urbana, ubicado

en la Calle Antigua a Santa Tecla, Barrio Santa Anita, de la ciudad de

San Salvador, y tiene linderos y dimensiones siguientes: AL SUR: Seis

metros sesenta y nueve centímetros, Calle Antigua a Santa Tecla de por

medio, con promedio de Marta Méndez; AL ORIENTE: Quince metros

cincuenta y cuatro centímetros, lote vendido a Julio Corpiño, que fue de

la Sociedad H. DE SOLA E HIJOS; AL NORTE: Seis metros dieciséis

centímetros; AL PONIENTE: Dieciséis metros noventa y cuatro centí-

metros, en estos dos rumbos con resto que le quedó a la Sociedad H. DE

SOLA E HIJOS, el inmueble en mención, se encuentra inscrito según

sus antecedentes en el número: SEIS CERO CERO NUEVE DOS TRES

UNO CINCO - CERO CERO CERO CERO CERO. En el Registro de

la Propiedad de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las

diez horas del día treinta y uno de agosto de dos mil diez.- DR. JOSE

MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR.

ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001421-3

LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, registrado al

número 0316508CMEJC01-C01 N° 209-2, promovido por el Abogado

EDUARDO GARCIA GUTIERREZ, en calidad de Apoderado General

Judicial del BANCO HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA,

o BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, o BANCOSAL,

SOCIEDAD ANONIMA, contra el señor JOSE FERNANDO PEÑA-

TE, conocido por JOSE FERNANDO PEÑATE LOPEZ, se venderá

en Pública Subasta en este Tribunal el bien inmueble embargado en el

presente juicio, el cual es de una extensión superfi cial de CUARENTA

Y CINCO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, y un área

de construcción de VEINTIOCHO PUNTO CERO CINCO METROS

CUADRADOS, el cual es de naturaleza urbana, situado en el lugar

conocido con el nombre de Campanera, a la vera del camino vecinal

que de Soyapango conduce a Tonacatepeque, en el Cantón El Limón,

Jurisdicción de Soyapango, de este Departamento, marcado como Lote

número CUARENTA del Polígono OCHO, Pasaje ''D", Jurisdicción

de Soyapango, de este Departamento, que mide: AL NORTE: Nueve

punto cero cero metros; AL ORIENTE: Cinco punto cero cero metros;

AL SUR: Nueve punto cero cero metros; y AL PONIENTE: Cinco

punto cero cero metros. El inmueble se encuentra inscrito a favor del

señor JOSE FERNANDO PEÑATE, conocido por JOSE FERNANDO

PEÑATE LOPEZ, bajo Matrícula Número M CERO UNO CERO SIETE

DOS TRES TRES TRES, trasladado al Sistema de Folio Real al Número

SEIS CERO DOS SEIS DOS CUATRO CUATRO OCHO-CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección del Centro, San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las once horas y

treinta minutos del día veintiuno de abril de dos mil diez.- LIC. EDGAR

ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA

ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025851-3

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las quince horas y cuarenta minutos del día dieciséis de junio del co-

rriente año, en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el Abogado

Eduardo García Gutiérrez, en calidad de Apoderado del BANCO HSBC

SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, contra los señores MARIA

DE LA O GOMEZ DE RODRIGUEZ y GUILLERMO RODRIGUEZ,

se venderá en PUBLICA SUBASTA en este Juzgado y en fecha que

oportunamente se señalará, el siguiente inmueble: ''Un inmueble urbano y

construcciones que contiene, identifi cado como lote Número TREINTA

Y TRES del Polígono TRES, residencial PINARES DE SUIZA, situado

en las afueras de la ciudad de Nueva San Salvador, hoy Santa Tecla,

Departamento de La Libertad, cuya descripción técnica es la siguiente:

AL NORTE: veinte punto cero cero metros; AL ORIENTE: cinco

punto cincuenta metros; AL SUR: veinte punto cero cero metros; y AL

PONIENTE: cinco punto cincuenta metros, con un área de CIENTO

DIEZ PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS. El inmuebles

antes descrito es propiedad en proindivisión y por partes iguales de los

señores MARIA DE LA O GOMEZ DE RODRIGUEZ y GUILLERMO

RODRIGUEZ, inscrito bajo la Matrícula Número 30168051-00000 del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del

Centro, Departamento de La Libertad."

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce horas

treinta y cinco minutos del día siete de julio de dos mil diez.- LIC.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

CECILIA MARIA MARROQUIN CASTRO, SECRETARIO INTE-

RINO.

3 v. alt. No. F025852-3

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las nueve horas con veinte minutos del día cuatro de junio del corriente

año, en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el Abogado

Eduardo García Gutiérrez, en calidad de Apoderado del Banco Agrícola,

Sociedad Anónima, contra la señora NORMA GLADIS MENJIVAR

TOBAR, conocida por NORMA GLADIS MENJIVAR, se venderá en

PUBLICA SUBASTA en este Juzgado y en fecha que oportunamente

se señalará, el siguiente inmueble: ''Un lote urbano y construcciones que

contiene marcado en el plano de Lotifi cación respectivo con el número

VEINTITRES-A del Polígono M, de una extensión superfi cial de CUA-

RENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, situado en Jurisdicción

de Soyapango, Departamento de San Salvador, el cual forma parte de

la Urbanización denominada LAS MARGARITAS NORTE, tiene un

área construida de TREINTA Y UN METROS CUADRADOS. En dicho

lote hay construida una casa de sistema mixto, con todos sus servicios,

y con la localización, medidas y linderos siguientes: Partiendo de la

intersección de los ejes de la Avenida Prusia y Pasaje Veinte Oriente,

abiertos en la Urbanización, se mide sobre el eje de este último con

rumbo Sur, ochenta y cuatro grados veinticinco punto tres minutos Este,

una distancia de sesenta y tres punto cincuenta metros. De este punto

haciendo una defl exión derecha con rumbo Sur, cero cinco grados treinta

y cuatro punto siete minutos Oeste, y una distancia de dos metros, se llega

al mojón número uno esquina Nor-Oriente del lote que se describre así:

AL ORIENTE: Partiendo del mojón número uno con rumbo Sur, cero

cinco grados treinta y cuatro punto siete minutos Oeste, y distancia de

nueve metros se llega al mojón número dos, lindando por este lado con

lote veintidós-A, del Polígono M, de la misma Urbanización; AL SUR:

Del del mismo mojón número dos con rumbo Norte, ochenta y cuatro

grados veinticinco punto tres minutos Oeste y distancia de cinco metros

se llega al mojón número tres, lindando por este lado con zona verde y

lote de Escuela de la misma Urbanización, curva de dos metros de ancho

de por medio; AL PONIENTE: del mojón número tres con rumbo Norte,

cero cinco grados treinta y cuatro punto siete minutos Este, y distancia de

nueve metros se llega al mojón número cuatro, lindando por este lado con

lote número veinticuatro-A, del Polígono M de la misma Urbanización;

AL NORTE: del mojón número cuatro con rumbo Sur, ochenta y cuatro

grados veinticinco punto tres minutos Este, y distancia de cinco metros

se llega al mojón número uno, donde se inició la presente descripción,

lindando por este lado con lote número veintitrés, del Polígono M de la

misma Urbanización, Pasaje Veinte Oriente de cuatro metros de ancho

de por medio. Dicho lote tiene un área de CUARENTA Y CINCO ME-

TROS CUADRADOS, equivalentes a SESENTA Y CUATRO PUNTO

TREINTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS, y se encuentra inscrito

bajo la Matrícula Número 60188400-00000 a favor de la señora NOR-

MA GLADIS MENJIVAR TOBAR, conocida por NORMA GLADIS

MENJIVAR, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección del Centro, Departamento de San Salvador."

Librado en el Juzgado de lo Civil· de Santa Tecla, a las catorce

horas treinta y seis minutos del día diecisiete de junio de dos mil diez.-

Entrelíneas-minutos Oeste y distancia de cinco metros se llega al mojón

número tres,-Valen. Testado-tres-No Vale.- LIC. YOALMO ANTONIO

HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA

DE SOMOZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025853-3

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS SEÑA-

LADOS EN AUTO.

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

Juzgado, por el Licenciado Eduardo García Gutiérrez, como Apoderado

del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA que puede abreviarse

BANCO AGRICOLA, S.A., en contra de los señores LUZ DE MARIA

DONADO y ROBERTO ANTONIO MOLINA MARENCO, se ha or-

denado la venta en Pública Subasta en este Juzgado, de un inmueble en

pro indiviso propiedad de ambos demandados, inscrito a la Matrícula M

seis cero cero ocho dos ocho nueve cinco, Asiento tres de la Propiedad

de San Salvador, terreno de naturaleza urbano de la extensión superfi cial

de TRESCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS equivalentes

a CUATROCIENTOS CUARENTA PUNTO SESENTA Y NUEVE

VARAS CUADRADAS, marcado en el plano respectivo con el número

uno del Polígono "F", de la Urbanización Metrópolis, Zacamil Mejicanos,

departamento de San Salvador, el que se describe así: Partiendo de la

intersección de las Calles Las Rosas y Diagonal Arturo Romero, ambas

en la Urbanización Metrópolis, se mide sobre el eje de la segunda rumbo

Sur, sesenta y un grado veinte punto dos minutos Este, una distancia

de treinta y nueve metros llegando al punto en el que ascendiendo una

defl exión izquierda de noventa grados y midiendo una distancia de seis

punto cincuenta metros se localiza la esquina Sur Este, del lote número

uno, el cual mide y linda: Al Sur: veintiún metros treinta centímetros rumbo

Norte, sesenta y un grado veinte punto dos minutos Oeste, lindando con

lotes números catorce, quince y dieciséis del Polígono "D", de la misma

Urbanización, diagonal Arturo Romero de por medio; AL PONIENTE:

línea curva de nueve punto setenta metros de longitud y cuatro metros de

radio lindando con lote numero diecisiete del Polígono "D", de la misma

Urbanización, Calle Las Rosas de por medio; AL NORTE: dos tramos

curvo el primero de veinticinco punto cero dos metros de radio y siete

punto cincuenta metros de longitud, recto el segundo de dieciocho punto

veinticinco metros de longitud, rumbo Sur, ochenta grados cincuenta punto

dos minutos Este, el primero lindando con lotes dieciocho y diecinueve

y el segundo con lotes diecinueve, veinte y veintiuno del Polígono "D",

de la misma Urbanización Metrópolis Calle Las Rosas de por medio;

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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

AL ORIENTE; diecisiete metros rumbo Sur, veintiocho grados treinta

y nueve punto ocho minutos Oeste, lindando con lote número dos del

mismo Polígono y de la misma Urbanización, todos los lotes colindantes

mencionados son o han sido de la Urbanización Metrópolis. El inmueble

anteriormente descrito se encuentra debidamente inscrito en proindivisión

y partes iguales a favor de los demandados.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales correspon-

dientes, aceptándose posturas siendo éstas legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las nueve horas

y cinco minutos del día veintiuno de enero de dos mil diez.- LIC. JOSE

HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN

ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025854-3

LICENCIADO JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL INTERINO DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el Juicio

Ejecutivo Mercantil, promovido por BANCO AGRÍCOLA, SOCIE-

DAD ANÓNIMA, que puede abreviarse BANCO AGRÍCOLA, S.A.,

cuyos nombres comerciales son BANCO AGRÍCOLA COMERCIAL

DE EL SALVADOR, BANCO AGRÍCOLA COMERCIAL, BANCO

AGRÍCOLA, o solamente EL AGRÍCOLA y sus siglas BAC, que

antes fue BANCO AGRÍCOLA COMERCIAL DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANÓNIMA, quien absorbió por fusión el BANCO DE

DESARROLLO, SOCIEDAD ANÓNIMA, habiendo adquirido el

primero todos los derechos y obligaciones del último contra la señora

GLADIS ELIZABETH BENITEZ VÁSQUEZ, reclamándole cantidad

de colones y accesorios de ley, se venderá en Pública Subasta en este

Tribunal, en fecha que oportunamente se determinará el bien inmueble

embargado siguiente: ''Un inmueble de naturaleza urbana, situado en

el lugar denominado Lomas de Candelaria, en la Jurisdicción y De-

partamento de San Salvador, identifi cado con el Número TREINTA Y

SEIS, del Polígono A, de la URBANIZACION LA CIMA IV, que se

describe así: AL NORTE: Cinco punto cero seis metros; AL ORIEN-

TE: Dieciséis punto cero cuatro metros; AL SUR: Cinco metros; AL

PONIENTE: Quince punto veintinueve metros. Dicho lote tiene una

extensión superfi cial de SETENTA Y OCHO PUNTO TREINTA Y

DOS METROS CUADRADOS, y se encuentra debidamente inscrito a

favor de la señora GLADIS ELIZABETH BENITEZ VASQUEZ, bajo

el Asiento ONCE de la Matrícula Número SESENTA MILLONES

TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE (60000349) del Registro de

la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de San Salvador.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la

Subasta que deberán presentar sus respectivos Documentos de Identidad

Personal y NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de

libreta de ahorro, cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u

otro documento similar.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las catorce horas del día uno de febrero de dos mil

diez.- LIC. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ PRIMERO

DE LO MERCANTIL.- LIC. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025855-3

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, DEL CEN-

TRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL

DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL,

promovido por el Licenciado JORGE ALBERTO GARCIA FLORES,

mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de la ciudad de Santa

Tecla, Departamento de La Libertad, como Apoderado General Judicial

del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,

antes BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANO-

NIMA, Institución Bancaria del domicilio de Santa Tecla, Departamento

de La Libertad, contra los señores OSCAR HERIBERTO SANCHEZ

MARTINEZ, mayor de edad, Empleado, del domicilio de La Libertad, y

JENY JABCELI PALACIOS RAMOS, mayor de edad, ama de casa, del

domicilio de La Libertad, se venderá en este Tribunal en Pública Subasta

en fecha que más adelante se especifi cará: un inmueble de naturaleza

urbana, y construcciones que contiene, situado en el proyecto urbanístico

denominado Urbanización Brisas de Zaragoza, Polígono diez, casa número

cuatro, de la Jurisdicción de Zaragoza, Departamento de La Libertad, de

una extensión superfi cial de SETENTA Y SIETE PUNTO SETENTA Y

DOS METROS CUADRADOS, con las medidas siguientes: AL NORTE:

con distancia de seis punto cincuenta y un metros; AL ORIENTE: con

distancia de doce punto setenta y dos metros; AL SUR: con distancia de

cinco punto cuarenta y siete metros; y AL PONIENTE: con distancia de

trece punto treinta y siete metros. Inscrito a favor de los señores OSCAR

HERIBERTO SANCHEZ MARTINEZ y JENY JABCELI PALACIOS

RAMOS, en el Sistema de Folio Real Computarizado la Matrícula número

TRES CERO CERO CINCO SIETE CERO DOS UNO-CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca de

la Cuarta Sección del Centro, Departamento de La Libertad.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a

las doce horas y treinta minutos del día veintisiete de agosto de dos mil

diez.- LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE

LO MERCANTIL.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS,

COORDINADOR SECRETARIO JUDICIAL.

3 v. alt. No. F025951-3

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, DEL CEN-

TRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL

DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL,

promovido por el Licenciado JORGE ALBERTO GARCIA FLORES,

mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de la Ciudad de Santa

Tecla, como Apoderado General Judicial del BANCO CITIBANK DE EL

SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA, antes BANCO CUSCATLAN

DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, Institución Bancaria del

domicilio de Santa Tecla, contra los señores ROBIN ZHE HE, mayor

de edad empleado, del domicilio de San Salvador, y WENDY LISETH

CHAVEZ QUEZADA. mayor de edad, Ingeniero Industrial, del domi-

cilio de San Salvador, se venderá en este Tribunal en pública subasta

en fecha que más adelante se especifi cará: A) PRIMER INMUEBLE:

Un inmueble de naturaleza urbana con construcciones Identifi cado

como APARTAMENTO NUMERO CATORCE, Edifi cio Uno, Nivel

Uno, del Condominio Residencial FLORENCIA, ubicado en la Ciudad

y Departamento de San Salvador, que tiene un área de CIENTO DIE-

CINUEVE PUNTO SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS y

mide: AL NORTE, formado por tres tramos rectos, el primero, de seis

punto setenta y cuatro metros; el segundo, de uno punto ochenta y cinco

metros, y el tercero de seis punto cuarenta y dos metros; AL ESTE, línea

recta de siete punto cincuenta y nueve metros; AL SUR, formado por

tres tramos rectos, el primero de siete punto noventa y cinco metros;

el segundo, de uno punto noventa y seis metros; y el tercero de cinco

punto cero tres metros; AL OESTE, formado de dos tramos rectos; el

primero de seis punto sesenta y siete metros; y el segundo, de cuatro

punto treinta metros. B) SEGUNDO INMUEBLE ESTACIONAMIEN-

TO NUMERO DOCE, del primer nivel, del condominio Residencial

FLORENCIA, ubicado en la Ciudad y Departamento de San Salvador,

tiene las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, línea recta de

cinco metros; AL ESTE, línea recta de tres metros; AL SUR, línea

de cinco metros y AL OESTE, línea recta de tres metros, con un área

de QUINCE METROS CUADRADOS; y C) TERCER INMUEBLE:

ESTACIONAMIENTO NUMERO DOCE del sótano del Condominio

Residencial FLORENCIA, ubicado en la Ciudad y Departamento de

San Salvador, que tiene las medidas y linderos siguientes: AL NORTE,

línea recta de cinco punto setenta metros; AL ESTE, línea recta de tres

punto trece metros; AL SUR, línea recta de cinco punto setenta metros

y AL OESTE, línea recta de tres punto trece metros, con un área de

TRECE PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS. Inscritos a

favor de los señores ROBIN ZHE HE y WENDY LISETH CHAVEZ

QUEZADA, en partes iguales equivalentes al cincuenta por ciento para

cada una de ellas, bajo el Sistema de Folio Real Computarizado a las

Matrículas bajo sus respectivas órdenes números SEIS CERO UNO

UNO DOS SEIS SIETE DOS- A CERO CERO CERO CUATRO; SEIS

CERO UNO UNO DOS SEIS SIETE DOS- A CERO CERO CINCO

CINCO; y SEIS CERO UNO UNO DOS SEIS SIETE DOS-A CERO

CERO TRES TRES del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a

las quince horas y treinta minutos del día treinta de agosto de dos mil

diez.- LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE

LO MERCANTIL.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS,

COORDINADOR SECRETARIO JUDICIAL.

3 v. alt. No. F025953-3

MARIO MOISA MARTINEZ JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO.

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal por

el licenciado Benjamín Rodríguez Juárez, como Apoderado General

Judicial del Fondo Social para la Vivienda contra el señor Antonio del

Cid Argueta, se venderá en este Juzgado en publica subasta y en fecha

oportuna el siguiente inmueble: lote Número TREINTA del Block

Veinticuatro, pasaje tres de la Residencial Santa Eugenia de los Altos,

II Etapa, que tiene las medidas siguientes: al NORTE, cinco punto cero

cero metros; al ORIENTE, diez punto cero cero metros; al SUR, cinco

punto cero cero metros; al PONIENTE, diez punto cero cero metros.

El lote de terreno así descrito consta de un área de CINCUENTA

METROS CUADRADOS equivalentes a SETENTA Y UNO PUNTO

CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS y en dicho lote se

encuentra construida una casa de sistema mixto completamente nueva

por la Sociedad vendedora en un área de veintidós metros cuadrados.

Inscrito bajo la matrícula número UNO CERO UNO DOS SIETE CINCO

CERO NUEVE-CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.

Lo que se hace saber público para los efectos de ley.

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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cuarenta y cinco

minutos del día seis de abril del dos mil diez.- Enmendado- cinco-Vale.-

DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA

DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025992-3

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-

CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL promo-

vido por EL FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra de

GILDA YANETH RODRIGUEZ URBINA, reclamándole cantidad de

dinero y accesorios, Exp. No. 112/07, se venderá por este Juzgado en

Pública Subasta, en fecha y precio que oportunamente se determinará, el

INMUEBLE siguiente: Situado en la URBANIZACION EL TREBOL,

lote número DIECINUEVE PASAJE LAS MARGARITAS, POLÍ-

GONO K-DOS, de una extensión superfi cial de SESENTA METROS

CUADRADOS, equivalentes a ochenta y cinco punto ochenta y cinco

varas cuadradas, con un área de construcción de VEINTISEIS METROS

CUADRADOS, y tiene la localización medidas y linderos siguientes:

Partiendo de la intersección formada por el pasaje El Congo y el pasaje

Las Margaritas y midiendo sobre el eje de este último una distancia de

once metros, con rumbo sur ochenta y dos grados veintiséis punto cero

minutos Este se llega a un punto desde el cual haciendo una defl exión

izquierda de Noventa grados y una distancia de seis metros, hasta llegar

el esquinero Sur-Poniente del lote número Diecinueve donde dará inicio

la presente descripción: LADO PONIENTE: Tramo recto, con rumbo

Norte cero siete grados treinta y cuadro punto cero minutos Este distancia

de Doce metros, linda por este rumbo con el lote número dieciocho de

este Polígono; LADO NORTE: Tramo recto, con rumbo Sur ochenta

y dos minutos veintiséis punto cero segundos Este y distancia de cinco

metros, linda por este rumbo con lotes números Dieciséis y diecisiete

de este polígono; LADO ORIENTE: Tramo recto, rumbo Sur cero siete

grados treinta y cuatro punto cero minutos Oeste y distancia de doce

metros, linda por este rumbo con lote número veinte de este polígono;

y LADO SUR: Tramo recto con rumbo Norte ochenta y dos grados

veintiséis punto cero minutos Oeste y distancia de cinco metros, hasta

llegar el esquinero Sur Poniente donde dio inicio esta descripción linda

por este rumbo con zona de uso futuro de esta urbanización pasaje Las

Margaritas de por medio doce metros de derecho de vía, todos los lotes

colindantes son o ha sido propiedad de la Sociedad Vendedora, y se

encuentra inscrito a favor de GILDA YANETH RODRIGUEZ URBINA,

al número de Matrícula DOS CERO UNO TRES DOS UNO UNO

DOS- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad

Raíz de la Primera Sección de Occidente.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: Santa Ana, a las ocho

horas treinta minutos del día veintiocho de abril del año dos mil diez.

LIC.- SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE

LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL CARMEN LEMUS POLANCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025993-3

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-

CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO

PARA LOS EFECTOS LEGALES.

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL expediente

clasifi cado al No. 115/2007, promovido por el FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, por medio de su apoderado Licenciado BENJAMIN

RODRIGUEZ JUAREZ, en contra de JUAN CARLOS GOMEZ

SANDOVAL, se venderá en Pública Subasta por este Juzgado, en fecha

y precio que oportunamente se determinará el inmueble siguiente: Un

inmueble de Naturaleza Urbana situado en el Cantón Los Amates kiló-

metro setenta y seis carretera a Chalchuapa, jurisdicción de San Sebastián

Salitrillo de este Departamento, de la Urbanización Residencial Madrid,

marcado en el plano respectivo como Lote Número dos polígono "VEIN-

TISIETE", de una extensión superfi cial de CINCUENTA METROS

CUADRADOS equivalentes a setenta y uno punto cincuenta y cuatro

varas cuadradas, con Área construida de treinta y un metros cuadrados,

y tiene las medidas siguientes: AL NORTE: DIEZ METROS, AL SUR:

DIEZ METROS, AL ORIENTE: CINCO METROS, AL PONIENTE

CINCO METROS, Inscrito a la Matrícula DOS CERO CERO SEIS UNO

DOS CERO NUEVE GUION CERO CERO CERO CERO CERO, a

nombre del señor JUAN CARLOS GOMEZ SANDOVAL.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las doce horas con del día dieciocho de marzo del año dos mil

diez.- LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-

CERO DE LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL CARMEN LEMUS

POLANCO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025995-3

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este juzgado de las diez horas

de esta fecha, en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por el Licenciado

BENJAMIN RODRIGUEZ JUAREZ, Apoderado General Judicial

Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de

Crédito, de Derecho Público, de la Plaza de la Ciudad de San Salvador,

en contra del señor JORGE ALBERTO CACERES MARROQUIN, se

ha ordenado vender en pública subasta en el mejor postor, un inmueble

de su propiedad consistente en un inmueble urbano y construcciones,

que contiene marcado como Número TRECE, Polígono DIECISIE-

TE, de la Urbanización Residencial Madrid, situado en el Kilómetro

setenta y seis carretera a Chalchuapa, jurisdicción de San Sebastián

Salitrillo, distrito de Chalchuapa, de este departamento; de un área de

CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y

UNA PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS, que

mide al NORTE: cinco metros; AL SUR: cinco metros; AL ORIENTE:

diez metros, y AL PONIENTE: diez metros; Inscrito a favor del deudor

JORGE ALBERTO CACERES MARROQUIN a la Matrícula Número

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

DOS CERO CERO SEIS CERO OCHO OCHO SEIS-CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección del Centro de Santa Ana; la hipoteca se encuentra

inscrita a favor del acreedor al asiento CUATRO de la Matrícula Número

DOS CERO CERO SEIS CERO OCHO OCHO SEIS-CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección del Centro de Santa Ana.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las

diez horas cuarenta minutos del día veintiocho de junio del año dos

mil diez.- LIC. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ALCIDES MARTINEZ

SANTILLANA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025996-3

LICENCIADO RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DE LA CIUDAD DE AR-

MENIA.

HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Civil clasifi cado con

el número 130/09, a solicitud del Licenciado BENJAMIN RODRIGUEZ

JUAREZ, en su calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Es-

pecial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, INSTITUCION DE

CREDITO DE DERECHO PUBLICO DE LA PLAZA DE LA CIUDAD

DE SAN SALVADOR, se venderá en Pública Subasta por razones de

embargo el siguiente inmueble: De naturaleza urbana y construcciones

que contiene, marcado como número TREINTA Y SIETE, polígono uno,

Calle "Paso Hondo", Parcelación "Guadalupe" de la Ciudad de Armenia,

Departamento de Sonsonate, de un área de CIEN PUNTO TREINTA Y

SEIS METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO CUARENTA

Y TRES PUNTO SESENTA VARAS CUADRADAS, cuyas medidas y

linderos son los siguientes: AL NORTE: Once punto cero ocho metros;

AL SUR: Trece punto veinticinco metros; AL ORIENTE: Ocho punto

veinticinco metros; y AL PONIENTE: Ocho punto cincuenta y tres metros;

Inmueble que le corresponde a la deudora señora PATRICIA ANABEL

HERNANDEZ, conocida por PATRICIA ANABEL HERNANDEZ

URIAS, según Asiento Número CERO CERO TRES de la Matrícula

CERO TRES CERO CERO OCHO UNO CUATRO OCHO, inscrito

en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección

de Occidente de la Ciudad de Sonsonate.

Lo que se avisa al Público en general para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Armenia, a los nueve

días del mes de junio del año dos mil diez.- LIC. RAMON HERMINIO

PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLEN-

TE.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. F025997-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Tribunal por

el Licenciado BENJAMIN RODRIGUEZ JUAREZ, como Apoderado

General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el

señor JORGE ALBERTO GARCIA MORAN, mayor de edad, estudiante

y del domicilio de Ahuachapán, reclamándole cantidad de dólares, se

venderá en este Tribunal en pública subasta Un Inmueble Urbano y

construcciones que contiene marcado con el Número UNO, polígono

ONCE de la Urbanización “CIUDAD PACIFICO I” del Departamento

de Ahuachapán; de un área de CIENTO ONCE PUNTO SESENTA Y

TRES METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO CINCUENTA

Y NUEVE PUNTO SETENTA Y DOS VARAS CUADRADAS, cuya

descripción técnica es la siguiente: AL ORIENTE, catorce punto diez

metros; AL SUR, trece punto cero cero metros; AL PONIENTE, doce

punto cero cero metros; y AL NORTE, cinco punto sesenta y un metros,

inscrito bajo el Número de Matrícula UNO CINCO CERO NUEVE

UNO CUATRO SEIS NUEVE, Asiento UNO, Inscrito a favor del señor

JORGE ALBERTO GARCIA MORAN; lo que se pone del conocimiento

del público para los efectos de ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las ocho horas cuarenta

minutos del día seis de Julio del año dos mil diez.- LIC. FRANCISCO

ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CI-

VIL.- LICDA. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026000-3

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Juzgado por

Licenciado BENJAMIN RODRIGUEZ JUAREZ, en su carácter de

Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del FONDO SOCIAL

PARA LA VIVIENDA, INSTITUCION DE CREDITO DE DERECHO

PUBLICO DE LA PLAZA DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR

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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

en contra de la señora MARIA LILIAN MAGAÑA, conocida por MA-

RIA LILIAN MADRID MAGAÑA, reclamándole cantidad de dinero

y accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Juzgado el

inmueble que a continuación se describe: Inmueble situado conforme

antecedente en el Cantón "El Chancuyo",de esta jurisdicción, ahora

Proyecto "CIUDAD PACIFICO I " URBANIZADO IDENTIFICADO

COMO UN LOTE DE TERRENO URBANO Y CONSTRUCCIONES

QUE CONTIENE MARCADO EN EL PLANO RESPECTIVO CON

EL NUMERO VEINTISIETE, Polígono OCHO, Pasaje HERMOSILLO

del Proyecto "CIUDAD PACIFICO I", jurisdicción de Ahuachapán,

de una extensión superfi cial de SESENTA METROS CUADRADOS,

equivalentes a OCHENTA Y OCHO PUNTO OCHENTA Y CINCO

VARAS CUADRADAS, con un área de construcción de TREINTA Y

UN METROS CUADRADOS, y tiene la siguiente descripción: Par-

tiendo de la intersección de los ejes del pasaje Amatecampo y Pasaje

Hermosillo, abiertos para la urbanización, midiendo sobre el eje de este

último una distancia de cincuenta y nueve punto cincuenta metros, luego

con una defl exión izquierda de noventa grados y una distancia de dos

punto cincuenta metros, se llega al esquinero Sur-Poniente inicio de la

presente descripción: AL PONIENTE, Tramo recto con distancia de doce

metros y un rumbo Norte cero dos grados diecinueve minutos dieciocho

segundos Este, lindando con lotes número veintiséis del Block ocho; AL

NORTE, Tramo recto con distancia de cinco metros y un rumbo Sur

ochenta y siete grados cuarenta minutos cuarenta y dos segundos Este,

lindando con el lote número cuatro del Block ocho de la Urbanización;

AL ORIENTE, Tramo recto con distancia de doce metros y un rumbo Sur

cero dos grados diecinueve minutos dieciocho segundos Oeste lindando

con lote número veintiocho del Block ocho de la urbanización; AL SUR,

Tramo recto con distancia de cinco metros y un rumbo Norte ochenta y

siete grados cuarenta minutos cuarenta y dos segundos Oeste, lindando

con el lote número cuatro del Block nueve, pasaje Hermosillo, de cinco

metros de ancho de por medio, de la urbanización, llegando así al inicio

de la presente descripción. El inmueble está inscrito a favor de la señora

MARIA LILIAN MAGAÑA, conocida por MARIA LILIAN MADRID

MAGAÑA bajo el asiento número CERO CERO TRES de la Matrícula

CERO TRES CERO DOS UNO TRES CERO DOS, del Registro Social

de Inmuebles del Departamento de Santa Ana, actualmente trasladada

al Asiento Número UNO de la Matrícula UNO CINCO CERO NUEVE

DOS CERO DOS TRES, del Centro Nacional de Registros de la Segunda

Sección de Occidente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de

Ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las catorce horas trece minutos

del día nueve de julio de dos mil diez.- DR. JULIO CESAR FLORES,

JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE

PEÑATE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026002-3

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en km. 10 Carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 593991, solicitando la reposición de

dicho CERTIFICADO por UN MIL TRESCIENTOS (US$ 1,300.00).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

La Unión, jueves 19 de Agosto de 2010.

SONIA DE ANDRADE,

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA.

AGENCIA LA UNION.

3 v. alt. No. F025850-3

AVISO

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Km. 10 Carretera

a Santa Tecla, se ha Presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 605155, solicitando la reposición de

dicho CERTIFICADO por dos mil trescientos cuarenta y dos 75/100

dolares (US$ 2,342.75).

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso; que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, Lunes 05 de julio de 2010.

RICARDO FLORES,

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA.

AGENCIA SAN LUIS.

3 v. alt. No. F026034-3

SOLICITUD DE NACIONALIDAD

JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ, MINISTRO DE JUSTICIA

Y SEGURIDAD PÚBLICA.

HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado el señor

EMILIO ESPÍN AMPRIMO, solicitando que se le reconozca la calidad

de salvadoreño por NATURALIZACIÓN por ser de origen y naciona-

lidad española; tener domicilio fi jo en El Salvador y estar casado con

salvadoreña.

El peticionario en su solicitud manifi esta ser de sesenta años de

edad, de sexo masculino, casado, Administrador de Empresas, del do-

micilio de San Vicente, originario de la Ciudad de Sabadell, Provincia

de Barcelona, España, lugar donde nació el día once de noviembre de

mil novecientos cuarenta y nueve. Siendo su cónyuge la señora Cristina

Guadalupe Bernabé, de cuarenta y tres años de edad, Optometrista, de

nacionalidad Salvadoreña. Sus padres respondían a los nombres de:

Lorenzo Espín Sanz y Marina Amprimo Martín, ambos de nacionalidad

Española, ya fallecidos.

Ingresó al país por la Delegación Migratoria del Aeropuerto In-

ternacional de El Salvador en Comalapa, el día trece de marzo de mil

novecientos noventa y uno. Expresa su voluntad de adhesión, obediencia

y sumisión a las Leyes y Autoridades de la República de El Salvador.

Lo que hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza a

toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud, para que en el

término de quince días contados desde la fecha de la última publicación

de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un Periódico de circulación

nacional, se presente a este Ministerio justifi cando la oposición con la

prueba pertinente.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, San

Salvador, a las nueve horas con treinta minutos del día ocho de junio

de dos mil diez.

JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ,

MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA.

3 v. c. No. F026336-3

REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO

AVISO

“CHASTIS VIDA, S. A., SEGUROS DE PERSONAS”, Compañía de

Seguros, hace del conocimiento del público en general que a sus ofi cinas

se ha presentado ROBERTO ALFREDO HERRERA LARIN, Ingeniero

Civil, del domicilio de San Miguel, solicitando la reposición de la Póliza

No. VO-21.684, emitida por esta Compañía a su favor, con fecha 19 de

Octubre de 1990; Si dentro de treinta días, contados a partir de la fecha

de la última publicación de este aviso, no se presentare oposición, la

Compañía procederá a reponer la mencionada Póliza.

San Salvador, trece de septiembre del año dos mil diez.

GLADYS L. AGUILAR DE GRANADOS,

SUSCRIPCION SEGUROS DE PERSONAS.

3 v. alt. No. F026009-3

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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESMINISTERIO DE EDUCACIÓN

RESOLUCION No. 1050/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL CANTÓN TIERRA BLANCA, Municipio de Jiquilisco, Departamento de Usulután, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL CANTÓN TIERRA BLANCA, Municipio de Jiquilisco, Departamento de Usulután, a ALMA CECILIA RIVERA TIZNADO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F019668)

RESOLUCION No. 1071/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE JIQUILISCO, Municipio de Jiquilisco, Departamento de Usulután, extendido con fecha 24 de noviembre de 2005 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Comercial Opción Asistencia Administrativa obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE JIQUILISCO, Municipio de Jiquilisco, Departamento de Usulután, a EDITH VANESSA CERNAS RAMÍREZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F019999)

RESOLUCION No. 1100/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SUCHITOTO, Municipio de Suchitoto, Departamento de Cuscatlán, extendido con fecha 12 de diciembre de 1977 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico Opción Humanística obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SUCHITOTO, Municipio de Suchitoto, Departamento de Cuscatlán, a VICTOR MANUEL ALAS ARDÓN. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F023153)

RESOLUCION No. 1156/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diez días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE APASTEPEQUE, Municipio de Apastepeque, Departamento de San Vicente, extendido con fecha 24 de noviembre de 2005 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE APAS-TEPEQUE, Municipio de Apastepeque, Departamento de San Vicente, a YENI GUADALUPE VALLADARES AYALA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F022119)

RESOLUCION No. 1168/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo COLEGIO HISPANOAMERICA, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 20 de diciembre de 1977 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo COLEGIO HIS-PANOAMERICA, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a GLADYS ELIZABETH RUIZ HENRÍQUEZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F022445)

RESOLUCION No. 1186/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecisiete días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO EL SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 28 de noviembre de 2003 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales

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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO EL

SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MARÍA DOLORES VÁSQUEZ RODRÍGUEZ. Para los efectos de ley

PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F022898)

RESOLUCION No. 1188/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Industrial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE LA COLONIA SANTA LUCIA, Municipio de Ilopango, De-

partamento de San Salvador, extendido con fecha 10 de diciembre de 1991 y considerando que después de verifi car la documentación presentada,

con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus

facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Industrial Opción Electricidad obtenido en el Centro Educativo

INSTITUTO NACIONAL DE LA COLONIA SANTA LUCIA Municipio de Ilopango, Departamento de San Salvador, a JOSÉ ORLANDO MEN-

JÍVAR ACOSTA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F024162)

RESOLUCION No. 1200/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE ARMENIA, Municipio de Armenia, Departamento de Sonsonate,

extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del

citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento

RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE ARMENIA, Municipio de

Armenia, Departamento de Sonsonate, a LUIS FERNANDO SIGÜENZA JIMENEZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución

en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F023120)

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

RESOLUCION No. 1205/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO SAN VICENTE DE PAÚL, Municipio de Santa Tecla, De-partamento de La Libertad, extendido con fecha 24 de noviembre de 1997 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO SAN VICENTE DE PAÚL, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a ELENA MARISOL CARRILLO SORIANO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F023247)

RESOLUCION No. 1209/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SANTA ANA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 20 de noviembre de 1986 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico Opción Matemática Física obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SANTA ANA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a GLADIS AIDA POLÍO MENJÍVAR. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F023377)

RESOLUCION No. 1210/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO EUCARÍSTICO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 24 de noviembre de 1997 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO EUCARÍSTICO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ALMA VIOLETA PÉREZ LÓPEZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F023405)

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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

RESOLUCION No. 1212/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller en Salud obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENÉNDEZ, Municipio de San Salvador,

Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 1984 y considerando que después de verifi car la documentación presentada,

con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus

facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Salud Opción Enfermería obtenido en el Centro Educativo

INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENÉNDEZ Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a BLANCA NIEVES

BOLAÑOS DIAZ, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F023423)

RESOLUCION No. 1214/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR DE HUIZUCAR, Municipio de Huizucar, Departamento de La Libertad,

extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del

citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departa-

mento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR DE HUIZUCAR Municipio de

Huizucar, Departamento de La Libertad, a ROSA LINA PALACIOS CHÁVEZ, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el

Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F023550)

RESOLUCION No. 1215/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Ba-

chiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo CENTRO INTERNACIONAL DE PROGRAMACIÓN DE COMPUTADORAS

Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de diciembre de 1992 y considerando que después de verifi car la

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR

TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción

Computación obtenido en el Centro Educativo CENTRO INTERNACIONAL DE PROGRAMACIÓN DE COMPUTADORAS Municipio de San

Salvador, Departamento de San Salvador, a ANA CAROLINA GARCÍA PEÑA, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en

el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F023555)

RESOLUCION No. 1216/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO PROF. CARLOS LOBATO Municipio de

Zacatecoluca, Departamento de La Paz, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verifi car la documentación

presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en

uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría

obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO PROF. CARLOS LOBATO Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a

EDGARDO WILFREDO SÁNCHEZ FLAMENCO, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F023592)

RESOLUCION No. 1218/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO MARÍA AUXILIADORA Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana,

extendido con fecha 02 de julio de 2010 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado

Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento

RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO MARÍA AUXILIADORA Municipio de Santa

Ana, Departamento de Santa Ana, a NATHALIEE BEATRÍZ RUIZ CRUZ, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el

Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F023678)

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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

RESOLUCION No. 1220/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO TÉCNICO DE EXALUMNOS SALESIANOS Municipio de San Salvador, Depar-

tamento de San Salvador, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con

respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus faculta-

des legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO TÉCNICO DE

EXALUMNOS SALESIANOS Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ROSA LETICIA MARTÍNEZ RUIZ, Para los efectos

de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F023687)

RESOLUCION No. 1221/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Industrial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL 14 DE JULIO DE 1875 Municipio de San Francisco Gotera,

Departamento de Morazán, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verifi car la documentación presentada,

con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus

facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Industrial Opción Mecánica Automotriz obtenido en el

Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL 14 DE JULIO DE 1875 Municipio de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a FRANCISCO

ALBERTO CORTEZ MESTANZA, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F023771)

RESOLUCION No. 1224/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo NUEVO LICEO CENTROAMERICANO Municipio de San Salvador,

Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 1982 y considerando que después de verifi car la documentación presentada,

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus

facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido en

el Centro Educativo NUEVO LICEO CENTROAMERICANO Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JOSÉ FERNANDO

REYES CRUZ, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F023793)

RESOLUCION No. 1234/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO BETHANIA Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, extendido

con fecha 10 de diciembre de 1991 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título,

se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:

Repóngase el Título de Bachiller Académico Opción Matemática Física obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO BETHANIA Municipio de

Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a EDITH MARIBEL ROMERO HUEZO, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución

en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F024013)

RESOLUCION No. 1245/2010

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de Agosto de dos mil diez.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL PROF. FRANCISCO VENTURA ZELAYA

Municipio de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, extendido con fecha 20 de enero de 1993 y considerando que después de verifi car la

documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR

TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción

Secretariado obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL PROF. FRANCISCO VENTURA ZELAYA Municipio de Santa Rosa de

Lima, Departamento de La Unión, a SANDRA ELDA REYES VELÁSQUEZ, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el

Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F024230)

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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

ESTATUTOS DEL SINDICATO DE TRABAJADOR DE

EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE PERSONAL DE

EL SALVADOR, QUE PODRA ABREVIARSE ''SITEMAPES''.

CAPITULO I

CONSTITUCIÓN, CLASE, DENOMINACIÓN, DOMICILIO,

LEMA, OBJETO Y FINES

Art. 1.- De conformidad al Acto de Constitución celebrado el

día diecinueve de agosto de dos mil siete, se constituyó legalmente

el Sindicato de Industria denominado: "Sindicato de Trabajadores de

Empresas Administradoras de Personal de El Salvador", cuyas siglas

son "SITEMAPES", y que en los presentes Estatutos se denominará "El

Sindicato.

Art. 2.- El domicilio legal del Sindicato será el Departamento de

San Salvador, República de El Salvador, pero podrá en casos especiales

y cuando las necesidades así lo requieran, trasladarse a otro municipio o

cabecera de cualquier Departamento de la República, de forma temporal

o permanente previo acuerdo de la Asamblea General.

Art. 3.- El lema del Sindicato será: "Unidos por la defensa de

nuestros derechos laborales", y su emblema estará constituido por una

bandera de color blanco, del tamaño del Pabellón Nacional, en el centro

de la bandera un triángulo equilátero, dentro de él, un puño izquierdo del

cual surgen refl ejos del sol, rodeando esta fi gura el nombre del Sindicato

y en la parte inferior las siglas del mismo.

Art. 4.- El Sindicato tiene por objeto el fomento y la defensa de

los intereses económicos, sociales y profesionales de sus miembros; no

persigue más fi nes que los contemplados dentro del presente Estatuto, y

las leyes vigentes del país; para ello, sus órganos de dirección y gobierno

deberán:

a. Incorporar en su seno a los trabajadores pertenecientes a

empresas dedicadas a brindar el servicio de selección, reclu-

tamiento y contratación de recurso humano, así como a la

prestación de servicios de personal, administración de planillas

y consultorías a diferentes empresas, así como luchar por su

unidad y estrechar los vínculos de confraternidad y solidaridad

con las demás organizaciones sindicales y democráticas del

país y del extranjero.

b. Defender los derechos de sus afi liados, en los juicios y con-

fl ictos de trabajo, ante los patronos o los representantes de

éstos, y ante las autoridades administrativas y judiciales.

c. Celebrar Contratos Colectivos de Trabajo, de acuerdo con la

Ley.

d. Crear, administrar o subvencionar obras sociales de utilidad

común para sus miembros tales como cursos de capacitación,

ciclos de conferencias, publicaciones sociales, científi cas o

artísticas, bibliotecas, escuelas y periódicos del Sindicato.

e. Crear y administrar cooperativas, para benefi cio de sus

miembros y de las personas que dependen económicamente

de éstos.

f. Luchar por salarios justos y procurar porque haya un control

efectivo por parte del Estado, sobre los precios de los artículos

de primera necesidad a fi n de evitar que su alza inmoderada

anule las conquistas alcanzadas por los trabajadores.

g. Velar por el estricto cumplimiento de las Leyes y Reglamen-

tos de Trabajo y de los Contratos Colectivos de Trabajo que

celebre, denunciando las irregularidades que en su aplicación

ocurran.

h. Representar a sus miembros a requerimiento escrito de éstos,

en el ejercicio de los derechos que emanen de los Contratos

Individuales de Trabajo.

i. Luchar por el establecimiento efectivo de la Seguridad Social

en el país, para todos los trabajadores de la República y sus

familiares, incluyendo las garantías sociales contra los riesgos

de enfermedad, riesgos profesionales, invalidez, vejez, muerte

y cesantía, etc.

j. Formar parte de una Federación de Trabajadores, ya sea a nivel

nacional o internacional previa aprobación de la Asamblea

General del Sindicato.

k. Luchar por el establecimiento efectivo de un salario mínimo

que sea garantía para la supervivencia de la familia trabajadora

salvadoreña.

l. Luchar porque se establezcan escuelas de artes y ofi cios,

perfeccionamiento técnico, formación profesional y la Uni-

versidad Obrera.

m. Adquirir los bienes que sean necesarios para el buen desarrollo

de las actividades sindicales.

CAPITULO II

DE LOS MIEMBROS DEL SINDICATO, SUS DERECHOS

Y OBLIGACIONES

Art. 5.- Podrán ser miembros del Sindicato los trabajadores per-

tenecientes a empresas dedicadas a brindar el servicio de selección,

reclutamiento y contratación de recurso humano, así como a la prestación

de servicios de personal, administración de planillas y consultorías a

diferentes empresas, que asistieron al acto de Constitución y los que

con posterioridad ingresen a él, los cuales deberán reunir los requisitos

que se establezcan en el presente Estatuto.

MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

Art 6.- Todos los miembros del Sindicato son iguales en el goce

y ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones;

por consiguiente, a nadie podrá reconocérsele ni atribuírsele por ningún

concepto privilegios en el gobierno, administración y funcionamiento

del Sindicato.

Art. 7.- Para la admisión de nuevos miembros son requisitos

indispensables los que a continuación se enumeran.

a. Ser trabajador de cualquier empresa dedicada a brindar el

servicio de selección, reclutamiento y contratación de recurso

humano, así como a la prestación de servicios de personal,

administración de planillas y consultorías a diferentes em-

presas,

b. Ser mayor de catorce años.

c. Solicitar por escrito su admisión, ante la Junta Directiva

General o Seccional, según el caso.

d. Firmar el Libro de inscripción del Sindicato.

e. No haber observado manifi esta conducta contraria a los

intereses de la clase trabajadora,

f. No pertenecer a otro Sindicato.

Art. 8.- Son obligaciones de los miembros del Sindicato las si-

guientes:

a. Cumplir y hacer cumplir el presente Estatuto, acuerdos y

resoluciones de la Asamblea General y de la Junta Directiva

General, o en su caso, de las Asambleas Seccionales y sus

respectivas Juntas Directivas y de los demás órganos de

dirección del Sindicato.

b. Brindar su concurso moral, intelectual y material para la

realización del objeto y fi nes del Sindicato.

c. Pagar con puntualidad las cuotas ordinarias o extraordinarias

exigidas para el sostenimiento del Sindicato.

d. Asistir a las Asambleas Generales o Seccionales, sean éstas

Ordinarias o Extraordinarias, o a cualquier otra reunión que

convoque cualquier órgano de dirección del Sindicato.

e. Presentar excusas, con indicaciones de causa, cuando no

puedan asistir a una sesión, conforme lo especifi que el Re-

glamento Interno del Sindicato.

f. Observar buena conducta, tanto en el Sindicato, como en el

trabajo y ser leal con sus compañeros de labores,

g. Respetar los organismos de dirección del Sindicato, así como

a sus miembros, prestándoles la colaboración necesaria

cuando éstos así lo soliciten, para el buen desempeño de sus

funciones.

h. Contribuir al desarrollo y consolidación del Sindicato.

i. Las demás obligaciones que determinen estos Estatutos y el

Reglamento Interno del Sindicato.

Art. 9.- Los miembros del Sindicato tienen los siguientes dere-

chos:

a. Solicitar y obtener la protección del Sindicato en todos aque-

llos confl ictos, ya sean individuales o colectivos, así como

cuando ocurran violaciones a las leyes de trabajo que afecten

sus derechos e intereses. Para gozar de éstos, será necesario

que el miembro se encuentre solvente con el Sindicato, y

tenga plenos derechos sindicales excepto en los casos en que

se afecten los derechos de los trabajadores en general, o en

aquellos que por justa razón no se encuentre solvente.

b. Poseer un carnet que los identifi que como miembros del

Sindicato, el cual será expedido y fi rmado por el Secretario

General y el Secretario de Organización y Estadística.

c. Participar en los debates de la Asamblea General o Seccional

y tener derecho a voz y voto en las mismas.

d. Nombrar defensores entre los miembros del Sindicato o

defenderse así mismo ante la Comisión de Honor y Justicia

o ante las Asambleas Generales o Seccionales, en caso de ser

acusado de faltas en el trabajo o en sus labores como miembro

del Sindicato.

e. Exigir a los miembros de la Junta Directiva General o

Seccional, explicaciones sobre cualquier aspecto de sus

funciones.

f. Elegir y ser electos para los cargos de Dirección, Comisiones

o Delegaciones del Sindicato, excepto cuando no se hallen

solventes con la Secretaría de Finanzas.

g. Ser eximido de las obligaciones con el Sindicato en caso de

cesantía involuntaria, o por otras razones análogas, a juicio

de la Junta Directiva General o Seccional, según el caso y

previa comprobación de la causa.

h) El miembro que desempeñe un cargo en la Junta Directiva

General o Seccional, Comisiones o Delegaciones, para el

mejor desempeño de sus funciones, percibirá una ayuda

económica por el tiempo que las mismas resten a su jornada

de trabajo.

CAPITULO III

DE LA ESTRUCTURA DEL SINDICATO

Art. 10.- Los órganos de gobierno del Sindicato son los siguien-

tes:

a. La Asamblea General.

b. La Junta Directiva General.

En el caso de una Seccional por Empresa, los órganos de gobierno

y dirección de la misma serán la Asamblea Seccional y la Junta Directiva

Seccional de la misma.

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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

CAPITULO IV

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 11.- La Asamblea General la cual estará integrada por la totalidad

de los miembros del Sindicato o por los delegados de cada Seccional en

su caso, es la máxima autoridad de la Organización y será competente

para resolver todos aquellos asuntos concernientes al mismo, sin más

limitaciones que las establecidas por la ley y el presente Estatuto.

Art. 12.- La Asamblea General puede ser Ordinaria o Extraordinaria.

La Ordinaria se reunirá una vez al año, y la Extraordinaria cuando sea

convocada por la Junta Directiva General, a iniciativa propia o cuando lo

soliciten por lo menos diez de sus miembros activos y solventes, siendo

en este caso obligatoria su celebración.

Art. 13.- La convocatoria para celebrar Asamblea General, ya sea

Ordinaria o Extraordinaria, se hará por cualquier medio de publicidad,

con quince y tres días de anticipación respectivamente, señalando lugar,

día y hora de la sesión y la agenda respectiva.

Para que exista quórum legal para la celebración de la Asamblea,

deberán estar presentes por lo menos la mitad más uno de los miembros

afi liados al Sindicato; en caso de no existir el quórum requerido para

la primera convocatoria, se podrá convocar en el acto para otra sesión,

la cual será considerada como de segunda convocatoria, pudiendo ésta

celebrarse inmediatamente después de aquella para la cual no hubo

quórum y en este caso la sesión se llevará a cabo con el número de

afi liados que asistan, y las resoluciones y acuerdos que en ella se tomen

serán de acatamiento forzoso para todos los miembros afi liados.

Art. 14.- Las Asambleas Generales, ya sean Ordinarias o Ex-

traordinarias, se sujetarán a las siguientes reglas en el desarrollo de sus

sesiones:

a. El Secretario General, o quien haga sus veces, dará lectura

a la agenda y la someterá a consideración de los asistentes

para su respectiva discusión, modifi cación o aprobación y

dará por iniciada la sesión.

b. Puesto a discusión un asunto, el Secretario General o quien

haga sus veces, concederá el uso de la palabra, tomando en

cuenta el orden de la solicitud, permitiendo hasta tres oradores

a favor y tres en contra; agotada la lista de oradores, consul-

tará a la Asamblea si el asunto se encuentra sufi cientemente

discutido y caso contrario, se procederá de la misma forma

hasta agotar el debate.

c. El Secretario General o quien haga sus veces, retirará el uso

de la palabra en los casos siguientes:

- Cuando el orador se exprese en forma inadecuada contra

alguno de los miembros de la Junta Directiva General

o del Sindicato en general.

- Cuando se haga alusión a hechos que dañen u ofendan

la vida privada de alguno de los trabajadores afi liados

al Sindicato.

- Cuando el orador haga referencia a algún asunto que se

encuentre fuera del punto en discusión.

- Cuando el orador se encuentre bajo los efectos de drogas

o bebidas embriagantes.

Art. 15.- Son atribuciones de la Asamblea General, además de las

que señala el Código de Trabajo, las siguientes:

1. Elegir en sesión de Asamblea General Ordinaria, dentro de

los quince días anteriores al diecinueve de agosto de cada año,

por mayoría de votos y en votación secreta, a los miembros

de la Junta Directiva General y las Comisiones de Honor y

Justicia y de Hacienda, los cuales podrán ser reelectos total

o parcialmente en sus cargos.

2. Acordar el monto de las cuotas ordinarias y extraordinarias,

el número de veces que en el año se pueden cobrar estas

últimas, así como la cantidad máxima que se puede cobrar

en su concepto y las formas de cobrar una y otra.

3. Acordar la suspensión y/o expulsión de cualquier miembro

del Sindicato, así como la destitución de un miembro de la

Junta Directiva General o de las Comisiones del mismo, por

violaciones graves al cumplimiento del presente Estatuto

o de los acuerdos y resoluciones tomados por la Asamblea

General.

4. Aprobar las reformas de los presentes Estatutos.

5. Aprobar los Contratos Colectivos de Trabajo que afecten a

todo el Sindicato.

6. Autorizar a la Junta Directiva General para que el Sindicato

se afi lie a una Federación de Sindicatos a nivel nacional o

internacional, y en su caso, el retiro o desafi liación de la

misma, siempre que el acuerdo provenga de una Asamblea

General legalmente constituida y éste sea comunicado por

escrito a los miembros de la Junta Directiva Federal de la

Federación.

7. Aceptar como miembros del Sindicato a los empleados de

confi anza y representantes patronales.

8. Aprobar la Memoria Anual de Labores, y el proyecto del

Presupuesto Anual del Sindicato presentado por la Junta

Directiva General.

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

9. Aprobar las cuentas que anualmente debe rendir la Junta

Directiva General.

10. Aprobar, desaprobar o reformar los dictámenes que sobre las

medidas disciplinarias le presente la Comisión de Honor y

Justicia.

11. Acordar por lo menos, con los dos tercios de votos de los

miembros afi liados, la disolución voluntaria del Sindicato,

de acuerdo con la Ley y el presente Estatuto.

12. Conocer sobre las ponencias e iniciativas que sean sometidas

a su consideración y sobre los asuntos que no estén contem-

plados en el presente Estatuto ni encomendados a otro órgano

de dirección del Sindicato.

CAPITULO V

DE LA JUNTA DIRECTIVA GENERAL

Art. 16.- La Junta Directiva General tendrá a su cargo la dirección

y administración del Sindicato, y estará integrada por once miembros

electos para los cargos siguientes:

1. Secretario General.

2. Secretario de Organización y Estadística.

3. Primer Secretario de Confl ictos.

4. Segundo Secretario de Confl ictos.

5. Secretario de Finanzas.

6. Secretario de Prensa y Propaganda.

7. Secretario de Educación y Cultura.

8. Secretario de Asistencia y Previsión Social.

9. Secretario de Relaciones Nacionales e Internacionales.

10. Secretario de Asuntos Femeninos y Juveniles.

11. Secretario de Actas y Acuerdos.

Art. 17.- La representación judicial y extrajudicial del Sindicato

le corresponderá al Secretario General, al Secretario de Organización

y Estadística, y al Primer Secretario de Confl ictos de la Junta Directiva

General, los cuales podrán actuar conjunta o separadamente; en conse-

cuencia, las personas mencionadas o quienes hicieren sus veces, quedan

facultadas para suscribir toda clase de contratos o escrituras, otorgar

toda clase de poderes, comparecer en juicios y realizar todas aquellas

acciones en las que se requiere actuar por representación, previo acuerdo

de la Junta Directiva General.

Art. 18.- Los miembros de la Junta Directiva General tomarán

posesión, y entrarán en el ejercicio de sus funciones el día diecinueve

de agosto de cada año, y durarán en el ejercicio de las mismas un año,

pudiendo ser reelectos parcial o totalmente en cualquier Secretaría.

Art. 19.-En caso de ausencia o impedimento temporal de un Secre-

tario de la Junta Directiva General, éste será sustituido por otro según

el orden en que el que aparecen nominados en el Art. 16 del presente

Estatuto, teniendo derecho únicamente a un voto. En todo caso, un

miembro no podrá desempeñar cargos en más de dos Secretarías.

Si la ausencia o impedimento durase más de sesenta días, se pondrá

el hecho en conocimiento de la Asamblea General, para que ella verifi que

la remoción y elección que corresponda. En caso de muerte de alguno

de los miembros de la Junta Directiva General, se convocará a sesión de

Asamblea General Extraordinaria, en la cual se elegirá a la persona que

deba sustituirlo. Lo anterior será aplicable en el caso de las Seccionales

por empresa.

Art. 20.- La Junta Directiva General saliente deberá entregar a la

entrante mediante inventario, todos los haberes y asuntos que hayan

estado a su cargo, en un plazo no mayor de diez días, contados a partir

de la fecha de la toma de posesión. Lo anterior se hará constar en acta, la

cual deberá ser fi rmada por los miembros de ambas Juntas Directivas.

Art. 21.- Para ser miembro de la Junta Directiva General se requie-

re:

1. Ser salvadoreño por nacimiento.

2. Ser mayor de 18 años de edad.

3. Ser miembro activo y solvente del Sindicato.

4. Ser de honradez y capacidad notoria.

5. No ser empleado de confi anza ni representante patronal.

6. No formar parte de otro órgano del Sindicato.

Art. 22.- La Junta Directiva General se reunirá Ordinariamente

cada treinta días, y Extraordinariamente, cuando sea convocada por

el Secretario General o por tres de los miembros de la Junta Directiva

General. Los acuerdos tomados por la mayoría obligan a los ausentes.

Art. 23.- Los miembros de la Junta Directiva General, están en la

obligación de asistir a todas las sesiones, salvo causa justifi cada, bajo

una pena de hacerse acreedores a la sanción correspondiente por el

incumplimiento de su deber.

Art. 24.- Son atribuciones de la Junta Directiva General, además de

las propias de administrar y dirigir el Sindicato y de las que le impongan

las leyes y el presente Estatuto, las siguientes:

a. Dirigir y resolver todos los asuntos relacionados con el

Sindicato que sean de su competencia.

b. Nombrar las Comisiones necesarias para el mejor desempeño

de sus funciones.

c. Revisar las operaciones contables de la Secretaría de Finanzas

del Sindicato.

d. Negociar los contratos y convenios colectivos de trabajo de

acuerdo con el presente Estatuto.

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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

e. Velar por el cumplimiento del presente Estatuto y Reglamento

Interno del Sindicato, así como los acuerdos y disposiciones

que emanen de los mismos.

f. Convocar a la Asamblea General, sea ésta Ordinaria o Ex-

traordinaria, en la forma y casos establecidos en el presente

Estatuto.

g. Presentar el Presupuesto Anual del Sindicato ante la Asamblea

General para su aprobación.

h. Atender y resolver todas las solicitudes y reclamos de los

miembros y velar porque los derechos de los miembros

afi liados al Sindicato sean respetados.

i. Elaborar la Memoria Anual del Sindicato, y presentarla a la

Asamblea General para su Aprobación.

J. Vigilar las actividades de cada Seccional y los trabajos de

las Comisiones que se nombren.

k. Autorizar por mayoría de votos los gastos hasta por quinientos

dólares.

l. Depositar los fondos y valores del Sindicato en una o más

instituciones bancarias de la República, sin perjuicio del

mantenimiento de un Fondo de Reserva de la Secretaría de

Finanzas, para atender los gastos imprevistos y urgentes.

m. Rendir anualmente ante la Asamblea General, las cuentas sobre

el estado económico del Sindicato, o cuando la Comisión de

Hacienda o diez o más miembros afi liados lo soliciten por

escrito.

n. Llevar un Libro de Organización para el registro de los miem-

bros del Sindicato, dos de actas y los de Contabilidad que

fueren necesarios. Tales Libros serán autorizados y sellados

por el Departamento Nacional de Organizaciones Sociales

del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

o. Enviar cada año al departamento antes mencionado, la nómina

de los miembros del Sindicato, indicando la edad, nacionali-

dad, fecha de ingreso al Sindicato, y puesto que desempeñan

en la empresa.

p. Informar al mismo departamento los nombres de los miembros

de la Junta Directiva General, dentro de los diez días siguien-

tes, a aquél en que hayan tomado posesión de sus cargos. La

calidad de miembros de una Junta Directiva se tendrá desde

el momento de la toma de posesión expresada, siempre que el

informe dicho se hubiere dado dentro del término establecido

y que, además, sea seguido de la correspondiente inscripción.

Si el informe se diere después de vencido el plazo mencionado,

la calidad de directivo se reconocerá a partir de la fecha en que

aquel se haya presentado al departamento respectivo, siempre

que fuere seguido de la inscripción correspondiente.

q. Comunicar al Departamento Nacional de Organizaciones

Sociales los casos de renuncia, suspensión, o expulsión de

los miembros del Sindicato, expresando los motivos que oca-

sionaron tal circunstancia, dentro de los diez días siguientes a

las mismas. La renuncia a la calidad de afi liado al Sindicato

deberá presentarse por escrito a la Junta Directiva General y

quien la reciba, entregará al interesado constancia del día, y

la hora de la presentación. Si el Sindicato hubiere expulsado

a uno de sus miembros, la Junta Directiva General deberá

comunicarlo al patrono dentro de los diez días siguientes al de

la expulsión; y en este caso, así como cuando el trabajador le

exhiba constancia de haber sido expulsado, el patrono cesará

en la retención de las cuotas sindicales.

r. Recolectar las cuotas sindicales cuando no sean descontadas

por la empresa, debiendo extender en todo caso los recibos

correspondientes.

s. Vigilar las votaciones en las Asambleas Generales, especial-

mente en lo relativo a la singularidad y secreto del voto.

t. Acordar la disolución de una Seccional por Empresa, con

apego a la ley y al presente Estatuto, cuando ésta no esté

cumpliendo o vaya en contra de los objetivos para la cual

fue creada.

u. Convocar a reunión de Asamblea Seccional Extraordinaria

cuando ésta se encuentre en acefalia.

v. Proporcionar los datos e informes que sobre las cuestiones

relativas a las actividades del Sindicato, solicite el Ministerio

de Trabajo y Previsión Social.

w. Resolver todos aquellos asuntos administrativos relacionados

con el Sindicato, que no estuvieren especialmente encomen-

dados a otro órgano del mismo.

Art. 25.- La Junta Directiva General podrá exonerar del pago de las

cuotas ordinarias y extraordinarias al miembro que lo solicite, siempre

que dicha solicitud tenga como causa el desempleo, la enfermedad pro-

longada del solicitante o de la de sus padres, esposa o hijos que dependen

económicamente de él; cada caso deberá comprobarse debidamente.

CAPITULO VI

DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA GENERAL

Art. 26.- Son atribuciones y deberes del Secretario(a) General, las

siguientes:

a. Convocar y presidir las sesiones de Junta Directiva General,

Asamblea General y todo evento realizado por el Sindicato,

pudiendo delegar por escrito esta responsabilidad cuando así

lo considerare necesario.

b. Representar judicial y extrajudicialmente al Sindicato y a los

miembros de éste, previo requerimiento por escrito, conjunta o

separadamente con el Secretario de Organización y Estadística,

y con el Primer Secretario de Confl ictos del mismo.

c. Coordinar la actuación de los demás miembros de la Junta

Directiva General.

d. Convocar a la Junta Directiva General a sesiones Extraordi-

narias.

e. Convocar a sesión de Asamblea General a petición de la Junta

Directiva General o por solicitud escrita de diez miembros

del Sindicato por lo menos.

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

f. Rendir cada tres meses a la Junta Directiva General, un

informe detallado de sus actividades y anualmente a la

Asamblea General, sobre todos los asuntos relacionados con

su Secretaría.

g. Juramentar a los miembros que ingresen al Sindicato, a los

miembros de la Junta Directiva Seccional, Comisiones,

etc.

h. Informar a la Junta Directiva General y a la Comisión de

Honor y Justicia, sobre las faltas cometidas por los miem-

bros afi liados al Sindicato, con el fi n de que se impongan las

medidas disciplinarias correspondientes.

i. Firmar conjuntamente con el Secretario de Finanzas, toda la

documentación relacionada con la actividad económica del

sindicato.

j. Certifi car las actas o acuerdos de sesiones de Junta Directiva

General o Asamblea General, conjunta o separadamente con

el Secretario de Actas y Acuerdos del sindicato.

k. Registrar su fi rma, conjuntamente con la del Secretario de

Finanzas del sindicato, en la o las instituciones bancarias en

que el Sindicato tenga depositados sus fondos. Lo anterior

en relación con lo dispuesto por los Artículos 29 literal d) y

56 de los presentes Estatutos.

l. Autorizar las erogaciones necesarias para el buen funciona-

miento del sindicato.

m. Vigilar el estricto cumplimiento del presente Estatuto, el

Reglamento Interno del Sindicato y los Acuerdos tomados

por la Asamblea General o por la Junta Directiva General.

n. Colaborar con la Secretaría General de la Federación a la

cual se encuentre afi liado el Sindicato.

Art. 27.- Son atribuciones y deberes del Secretario (a) de Organi-

zación y Estadística, las siguientes:

a. Asumir la dirección de la Junta Directiva General y dirigir

la Asamblea General en caso de ausencia del Secretario

General.

b. Llevar un libro de organización debidamente autorizado, en

el cual se registrarán las generales de los miembros afi liados

al Sindicato.

c. Llevar el archivo del Sindicato y un control de cada uno de los

miembros, a fi n de que sirva de base a la Asamblea General

para los nombramientos y elecciones que se efectúen.

d. Representar judicial y extrajudicialmente al Sindicato y a los

miembros de éste, previo requerimiento por escrito, conjunta

o separadamente con el Secretario General y con el Primer

Secretario de Confl ictos del Sindicato.

e. Retirar las credenciales y carnés que acrediten a los miembros

de la Junta Directiva General.

f. Mantener activa la labor de organización, con el objeto de

que pertenezcan al Sindicato la mayoría de los trabajadores

y trabajadoras pertenecientes a empresas dedicadas a brindar

el servicio de selección, reclutamiento y contratación de

recurso humano, así como la prestación de servicios de per-

sonal, administración de planillas y consultorías a diferentes

empresas.

g. Llevar el control de las actividades desarrolladas por las

distintas secretarías del Sindicato.

h. Elaborar los cuadros estadísticos de los salarios devengados

y del costo de la vida y presentarlos a la Junta Directiva

General y a la Asamblea General y Seccional, para que el

Sindicato luche porque los salarios de los trabajadores estén

equiparados al costo de la vida.

i. Colaborar con la Secretaría de Organización y Estadística de

la Federación a la cual se encuentre afi liado el Sindicato.

Art. 28.- Son atribuciones del Primer Secretario(a) y Segundo

Secretario(a) de Confl ictos, las siguientes:

a. Asistir, representar y defender a los miembros del Sindicato en

los confl ictos y litigios que se les presenten con los patronos

o representantes de éstos, ante las autoridades de trabajo,

administrativas, etc.

b. Atender los confl ictos individuales y colectivos de los miem-

bros del sindicato.

c. Estudiar la legislación en materia laboral, así como preparar

anteproyectos de reforma a las mismas y exponerlos a la Junta

Directiva General para que ésta las presente a las autoridades

competentes, velando siempre porque se respeten los dere-

chos de los miembros afi liados al mismo y trabajadores en

general.

d. Velar porque se respeten los derechos de los trabajadores

y mantener informada a la Junta Directiva General y a la

Asamblea General, de la situación de los mismos.

e. Velar porque se cumplan las estipulaciones contenidas en

los Contratos Colectivos de Trabajo y comunicar a la mayor

brevedad posible a la Junta Directiva General sobre cualquier

violación e incumplimiento de los mismos, a fi n de prevenir

confl ictos prematuros.

f. Procurar por todos los medios posibles a su alcance en

casos necesarios, la presencia de los miembros y la efi cacia

de los Estatutos, reglamentos, acuerdos y disposiciones de

la Asamblea General, para fortalecer la buena marcha del

sindicato.

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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

g. En el caso del Primer Secretario de Confl ictos, representar

judicial y extrajudicialmente al Sindicato y a los miembros

de éste, previo requerimiento por escrito, conjunta o sepa-

radamente con el Secretario General y con el Secretario de

Organización y Estadística del Sindicato.

h. Colaborar con las Secretarías de Confl ictos de la Federación

a la cual se encuentre afi liado el Sindicato.

Art. 29.- Son atribuciones y deberes del Secretario(a) de Finanzas,

las siguientes:

a. Dirigir las fi nanzas del Sindicato, así como custodiar los

bienes, responder del estado de caja y elaborar el presupuesto

anual del mismo.

b. Colectar las cuotas de afi liación, así como las ordinarias y

las extraordinarias, extendiendo para ello el recibo corres-

pondiente.

c. Llevar un registro actualizado y detallado de los ingresos

y egresos realizados, utilizando los libros de contabilidad

respectivos previamente autorizados para ello.

d. Depositar los fondos y valores del sindicato en una o más

instituciones bancarias de la República, para lo cual deberá

registrar su fi rma en dichas instituciones, conjuntamente con

la del Secretario General del Sindicato.

e. Preparar los balances fi nancieros que presentará anualmente

la Junta Directiva General ante la Asamblea General.

f. Velar porque los gastos del Sindicato se realicen de forma

acorde al presupuesto aprobado por la Asamblea General, a

excepción de aquellos realizados en caso de urgente necesidad,

los cuales también deberán registrarse.

g. Firmar, conjuntamente con el Secretario General, toda la

documentación referente a la actividad económica del Sin-

dicato.

h. Entregar mediante inventario al Secretario de Finanzas que

resultare electo para ocupar su cargo, todos los bienes y

haberes que posee el Sindicato.

i. De todas sus actividades y proyectos informará debidamente

a la Junta Directiva General.

j. Colaborar con la Secretaría de Finanzas de la Federación a

la cual se encuentre afi liado el Sindicato.

Art. 30.- Son atribuciones del Secretario(a) de Prensa y Propaganda,

las siguientes:

a. Crear y dirigir el órgano ofi cial de divulgación del Sindica-

to.

b. Dar a conocer a los afi liados por cualquier medio de difusión,

los principios y objetivos del Sindicato, su programa de lucha

y la labor que en tal sentido éste realiza.

c. Contestar o aclarar las informaciones que afecten los intereses

del Sindicato o de sus afi liados.

d. Redactar el boletín informativo del Sindicato para que éste

sea repartido en las Seccionales del mismo.

e. Colaborar con la Secretaría de Prensa y Propaganda de la

Federación a la cual se encuentre afi liado el Sindicato.

Art. 31.- Son atribuciones del Secretario(a) de Educación y Cultura,

las siguientes:

a. Velar porque la cultura general del Sindicato alcance un nivel

aceptable y procurar que los afi liados tengan un comporta-

miento decoroso.

b. Organizar cursos de capacitación sindical para los miembros

del Sindicato.

c. Preparar todo tipo de actos culturales, festivales, conferencias,

actividades deportivas, etc.

d. Crear y administrar la biblioteca del Sindicato.

e. Fomentar el aprendizaje y capacitación de los trabajadores

afi liados al Sindicato y sus familias, teniendo en cuenta la

modernización y globalización actual.

f. Implementar y desarrollar la formación sindical sobre

legislación laboral, seguridad social, alfabetización, arte y

cultura.

g. Colaborar con la Secretaría de Educación y Cultura de la

Federación a la cual se encuentre afi liado el Sindicato.

Art. 32.- Son atribuciones y deberes del Secretario(a) de Asistencia

y Previsión Social, las siguientes:

a. Estar pendiente del estado de salud de los miembros del

Sindicato y en los casos necesarios, ponerlos en manos del

Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).

b. Exigir a los patronos que se cumpla con la legislación en

materia de seguridad y previsión social, velando porque en

los centros de trabajo se cumplan las prescripciones sobre

seguridad e higiene en el trabajo para todos los afi liados.

c. Estudiar con esmero la ley y el Reglamento del Instituto

Salvadoreño del Seguro Social vigente, exigiendo su efectivo

cumplimiento, así como presentar nuevos proyectos a fi n de

mejorar las leyes del mismo. Además, deberá realizarse una

amplia divulgación de dichas leyes entre todos los trabaja-

dores.

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

d. Luchar por el mejoramiento de las prestaciones consisten-

tes en asistencia médica y medicamentos brindados por el

ISSS, así como informar a la Junta Directiva General de

las defi ciencias y anomalías en las dependencias del ISSS,

presentando proyectos y sugerencias para corregirlas, para

que éstas sean presentadas por medio del Sindicato a las

Autoridades correspondientes.

e. Estudiar las leyes y reglamentos sobre riesgos profesionales,

seguridad e higiene del trabajo y cualquier otro cuerpo jurídico

en esta materia, así como velar por su cumplimiento.

f. Ilustrar a los trabajadores sobre temas de seguridad social,

organizando para ello conferencias, charlas y seminarios, en

colaboración con las autoridades de trabajo.

g. Informar de sus actividades y difi cultades a la Junta Directiva

General y a la Asamblea General.

h. Colaborar con la Secretaría de Seguridad y Previsión Social de

la Federación a la cual se encuentre afi liado el Sindicato.

Art. 33.- Son atribuciones y deberes del Secretario(a) de Relaciones

Nacionales e Internacionales, las siguientes:

a. Mantener activas las relaciones con los Sindicatos miembros

de la Federación a la que el Sindicato se encuentre afi liado.

b. Estrechar los vínculos de amistad con otras organizaciones

sindicales o gremiales, ya sean nacionales o internacionales

que coincidan con los intereses de la clase trabajadora,

enviándoles publicaciones e informaciones del sindicato,

especialmente periódicos, revistas, etc.

c. Recopilar todas las publicaciones internacionales relativas a la

economía, sociología, tratados internacionales, conferencias,

etc., que puedan orientar al Sindicato en el cumplimiento de

sus fi nes, objetivos y obligaciones.

d. Atender conjuntamente con el Secretario General, a todas las

delegaciones que visiten al Sindicato, sean éstas nacionales

o extranjeras.

e. Informar a la Junta Directiva General y a la Asamblea General

de todas las proposiciones y acuerdos que sean planteadas

por las demás organizaciones sindicales y afi nes.

f. Llevar en forma ordenada el archivo de correspondencia

despachada y recibida del Sindicato, informando a la Junta

Directiva General y Asamblea General, del estado de relación

del Sindicato con otros organismos sindicales o gremiales a

nivel nacional e Internacional.

g. Las demás atribuciones que le confi eran los presentes Estatutos

y el Reglamento Interno del Sindicato.

h. Colaborar con la Secretaría de Relaciones Nacionales e in-

ternacionales de la Federación a la cual se encuentre afi liado

el Sindicato.

Art. 34.- Son atribuciones y deberes del(la) Secretario(a) de Asuntos

Femeninos y Juveniles, las siguientes:

a. Estudiar las necesidades y reivindicaciones laborales, so-

ciales, económicas y culturales de la Mujer y la Juventud de

las empresas dedicadas a brindar el servicio de selección,

reclutamiento y contratación de recurso humano, así como

a la prestación de servicios de personal, administración de

planillas y consultorías a diferentes empresas y buscar las

soluciones correspondientes.

b. Desarrollar una labor permanente, en unidad con los Secre-

tarios de Asuntos Femeninos y Juveniles de cada uno de los

sindicatos miembros de la Federación a la que el Sindicato

se encuentre afi liado, en defensa de los derechos de la niñez

salvadoreña, luchando por la erradicación del trabajo infantil

en sus peores formas.

c. Organizar charlas, cursos y seminarios especialmente dirigidos

a los jóvenes y a las mujeres, en relación con sus propios

derechos e intereses.

d. Organizar actividades deportivas para la recreación de los

jóvenes.

e. Velar porque existan guarderías en los centros de trabajo en

los cuales laboran las afi liadas al Sindicato.

f. Conformar comités femeninos y juveniles en los centros

de trabajo a fi n de que busquen solución a su problemática

específi ca.

g. Luchar por el respeto a la dignidad de la mujer y por el

establecimiento de leyes que protejan y conduzcan a su

integración en todos los ámbitos del país.

h. Luchar por la penalización del acoso sexual en los centros de

trabajo en que laboren las (los) trabajadoras (es) afi liadas(os)

al Sindicato.

i. Luchar por el acceso al trabajo, por la igualdad de salarios,

la oportunidad de cargos y funciones laborales, sindicales,

prestaciones y condiciones de trabajo y contra toda forma de

marginación.

j. Aumentar los niveles de formación de la mujer y la juventud

en las áreas técnicas, académicas y profesionales.

k. Contribuir al buen funcionamiento del Comité Femenino de

la Federación a la que el sindicato se encuentre afi liado y

colaborar con las coordinadoras del mismo.

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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

l. Colaborar con la Secretaría de Asuntos Femeninos y Juveniles

de la Federación a la cual se encuentre afi liado el Sindica-

to.

m. Las demás atribuciones que le confi eran los presentes Estatutos

y el Reglamento Interno del Sindicato.

Art. 35.- Son atribuciones del Secretario (a) de Actas y Acuerdos

las siguientes:

a. Llevar debidamente asentadas las actas de las sesiones de

Junta Directiva General y Asamblea General, así como los

acuerdos tomados por las mismas, extendiendo además las

certifi caciones necesarias, fi rmándolas, conjunta o separada-

mente con el Secretario General.

b. Asistir con puntualidad a las sesiones de Junta Directiva

General y Asamblea General, justifi cando debidamente su

ausencia en caso de no poder hacerlo.

c. Colaborar con la Secretaría de Actas y Acuerdos de la Fede-

ración a la cual se encuentre afi liado el Sindicato.

CAPITULO VII

DE LAS SECCIONALES POR EMPRESA

SECCION “A”

DE SU ORGANIZACION Y JURISDICCION

Art. 36.- La Junta Directiva General, podrá acordar la constitución de

Seccionales por Empresa, previo estudio de la necesidad y conveniencia

de las mismas. En el acuerdo se deberá hacer constar la jurisdicción y

sede de la Seccional, así como el número de miembros que inicialmente

habrán de integrarla. Acordada la constitución de la Seccional, la Junta

Directiva General convocará a los miembros del Sindicato que laboran

en la empresa de que se trate, a una Asamblea de Constitución, la cual

habrá de reunirse en la futura sede de dicha Seccional, debiendo señalar

para tal efecto el día y hora en que se celebrará la sesión.

Art. 37.- Reunida la Asamblea a que se refi ere el artículo anterior,

ésta será presidida por la Junta Directiva General o por los delegados

que ésta nombre al efecto, los cuales harán del conocimiento de los

concurrentes el acuerdo de constitución tomado, procediendo si hubiere

el quórum necesario, a elegir la primera Junta Directiva de la misma,

cuyos miembros deberán reunir los requisitos establecidos en el Art. 21

de los presentes Estatutos y que además laboren en la respectiva empresa.

De todo lo actuado se levantarán las actas correspondientes, las cuales

deberán ser certifi cadas y se enviarán al Departamento correspondiente

del Ministerio de Trabajo y Previsión Social para la inscripción de la

Junta Directiva Seccional respectiva.

SECCION “B”

DE LAS ASAMBLEAS SECCIONALES POR EMPRESA

Art. 38.- La Asamblea Seccional se integrará por todos los miembros

del Sindicato pertenecientes a una misma empresa y podrá ser Ordinaria

o Extraordinaria.

La Asamblea Seccional Ordinaria se reunirá cada año, debiendo

ser convocada con quince días de antelación por lo menos. La Asamblea

Seccional Extraordinaria sesionará cuando sea convocada con tres días

de anticipación por la Junta Directiva Seccional o cuando lo soliciten

por escrito por lo menos cinco de los miembros activos y solventes de

la misma; en este último caso, la Junta Directiva Seccional por ningún

motivo podrá demorar las respectivas convocatorias.

Para que exista quórum legal para la celebración de la Asamblea,

deberán estar presentes por lo menos la mitad más uno de los miembros

afi liados a la Seccional de que se trate; en caso de no existir el quórum

requerido para la primera convocatoria, se podrá convocar en el acto

para otra sesión, la cual será considerada como de segunda convocatoria,

pudiendo ésta celebrarse inmediatamente después de aquella para la cual

no hubo quórum y en este caso la sesión se llevará a cabo con el número

de afi liados que asistan y las resoluciones y acuerdos que en ella se tomen

serán de acatamiento forzoso para todos los miembros afi liados.

Las Asambleas Seccionales, ya sean ordinarias o extraordinarias, se

sujetarán a las reglas que para el desarrollo de las Asambleas Generales,

se encuentran establecidas en el artículo 14 del presente Estatuto.

SECCION “C”

DE LAS ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA SECCIONAL

Art. 39.- Son atribuciones de la Asamblea Seccional, las siguien-

tes:

1. Elegir anualmente a los miembros de la Junta Directiva

Seccional, dentro de los quince días anteriores a la fecha de

aniversario de constitución de cada Seccional.

2. Elegir a los delegados que representarán a la Seccional en la

Asamblea General, de conformidad con lo establecido en el

presente Estatuto.

3. Aprobar el proyecto del presupuesto anual de ingresos y

egresos en las partidas relativas a las Seccionales, el cual

será elaborado por la Junta Directiva respectiva.

4. Aprobar los contratos y convenios colectivos de trabajo que

se relacionen con la Seccional respectiva.

5. Acordar la expulsión de los miembros de la Seccional, de

acuerdo con el presente Estatuto.

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

6. Aceptar como miembros de la Seccional, a los empleados de

confi anza y representantes patronales correspondientes a la

jurisdicción de la misma.

7. Aprobar las cuentas anuales que debe rendir la Junta Directiva

Seccional.

8. Destituir a los miembros de la Junta Directiva Seccional,

cuando legal o estatutariamente haya motivo para ello,

debiéndose elegir en la misma al o los sustitutos de dichos

miembros.

9. Acordar la disolución de la Seccional, con apego a la ley y

al presente Estatuto.

10. Decidir sobre todos aquellos asuntos que interesen exclusi-

vamente a la Seccional y que no estén encomendados a otro

órgano de la misma.

SECCION “D”

DE LAS JUNTAS DIRECTIVAS SECCIONALES

POR EMPRESA

Art. 40.- La Junta Directiva Seccional asumirá la dirección y

administración de la Seccional por Empresa y se compondrá de siete

miembros, los cuales deberán reunir los mismos requisitos exigidos por los

presentes Estatutos para los miembros de la Junta Directiva General.

Art. 41.- Los miembros de la Junta Directiva Seccional serán electos

para los cargos siguientes:

1. Secretario General.

2. Secretario de Organización y Estadística.

3. Secretario de Confl ictos.

4. Secretario de Finanzas.

5. Secretario de Cultura y Propaganda.

6. Secretario de Asistencia y Previsión Social.

7. Secretario de Actas y Relaciones.

Art. 42.- La representación judicial y extrajudicial de la Seccional,

le corresponderá conjunta o separadamente al Secretario General, al

Secretario de Organización y Estadística y al Secretario Confl ictos de

la Junta Directiva Seccional, los cuales la ejercerán únicamente dentro

de su competencia.

Art. 43.- En los casos de ausencia, impedimento o fallecimiento de

cualquiera de los miembros de la Junta Directiva Seccional, se aplicará

lo dispuesto en el Art. 19 de los presentes Estatutos.

Art. 44.- Los miembros de la Junta Directiva Seccional tomarán

posesión y entrarán en el ejercicio de sus funciones el día de la consti-

tución de la Seccional respectiva.

Art. 45.- Los miembros de la Junta Directiva Seccional tendrán, en

su respectiva esfera y cargos, las mismas atribuciones señaladas para los

miembros de la Junta Directiva General, excepto en cuanto a la que se

refi ere a la representación judicial y extrajudicial del Sindicato, la cual

será exclusiva del Secretario General, del Secretario de Organización y

Estadística y del Primer Secretario de Confl ictos de la Junta Directiva

General.

CAPITULO VIII

DE LAS VOTACIONES Y ELECCIONES

Art. 46.- En el caso de elección de los miembros de la Junta Di-

rectiva General o Seccional y de las Comisiones de Honor y Justicia y

de Hacienda del Sindicato y en el caso de aprobación de memorias o

cuentas que deban rendir las Juntas Directivas respectivas, el voto será

individual y secreto, en los demás casos será público o secreto según lo

determinado por la ley o la Asamblea General o Seccional.

Art. 47.- Cuando el voto sea público, se emitirá en la forma deter-

minada por la Asamblea General o Seccional y su recuento se realizará

por los miembros de la Junta Directiva respectiva.

Art. 48.- En caso de una votación secreta se procederá de la siguiente

forma:

a. Se elegirá una Comisión de Escrutinio, la cual estará confor-

mada por tres afi liados al Sindicato activos y solventes, que

se encuentren presentes en la Asamblea General o Seccional,

según sea el caso, quienes serán los encargados de repartir las

papeletas de votación y de vigilar la singularidad y secreto del

voto. Una vez realizadas las respectivas elecciones, caducarán

las funciones de esta Comisión. En caso de que no pueda

realizarse el nombramiento de la Comisión de Escrutinio,

el procedimiento se realizará por los miembros de la Junta

Directiva respectiva.

b. El voto será emitido en papeletas que a cada uno de los

votantes proporcionará la Comisión de Escrutinio.

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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

c. Luego de que se hayan realizado las proposiciones pertinentes,

se llenarán las respectivas papeletas y una vez verifi cado lo

anterior, el recuento de los votos será realizado por la Co-

misión de Escrutinio y el resultado obtenido se comunicará

inmediatamente a la Asamblea General o Seccional, según

el caso.

d. En caso de que no pudiere verifi carse el escrutinio inme-

diatamente, se depositarán los votos recogidos en una urna

sellada, se determinará el número de votos que ésta contenga

y el resultado se hará saber por cualquier medio publicitario

escrito que garantice su conocimiento a todos los afi liados

del Sindicato. De todo lo anterior se levantará acta, la cual

será fi rmada por la Comisión de Escrutinio o la Junta Direc-

tiva General o Seccional en su caso, estando obligada ésta

a poner en conocimiento de la próxima Asamblea General

o Seccional dicho documento, el cual se transcribirá íntegro

en el acta que de esa Asamblea se levante.

Art. 49.- La Asamblea General o Seccional, previo conocimiento

de ofi cio o por denuncia de terceros, de anomalías o irregularidades que

hayan ocurrido en el proceso electoral, declarará total o parcialmente

nulas las elecciones e impondrá a los infractores las sanciones corres-

pondientes, ordenando la realización de nuevas elecciones.

CAPITULO IX

DE LOS FONDOS DEL SINDICATO

Art. 50.- El patrimonio del Sindicato estará constituido por las

cuotas de afi liación que aporten los afi liados de nuevo ingreso, así como

por las cuotas ordinarias o extraordinarias que aporten los que ya son

miembros del mismo. También estará constituido por los bienes, tanto

muebles como inmuebles y además por las aportaciones, las donaciones

nacionales e internacionales que se realicen a favor del Sindicato y por

cualquier otra actividad fi nanciera que se hiciere a favor del mismo.

Art. 51.- Los miembros del Sindicato aportarán para el sostenimiento

del mismo las siguientes cuotas sindicales:

Cuota de afi liación, en el caso de los miembros de nuevo ingre-

so.

Cuotas ordinarias.

Cuotas extraordinarias.

Art. 52.- La cuota de admisión será de un dólar y deberá ser

pagada al Secretario de Finanzas, quien extenderá para ello el recibo

correspondiente, ante el Secretario de Organización para que éste rea-

lice la inscripción del nuevo miembro y le haga entrega del carnet de

identifi cación respectiva.

Art. 53.- Las cuotas ordinarias serán aportadas de forma mensual

y su cuantía será determinada por la Asamblea General. Las cuotas

extraordinarias serán aportadas en un máximo de cuatro veces al año y

sólo en caso de situaciones imprevistas o urgentes, previa aprobación y

determinación de su cuantía por parte de la Asamblea General.

Art. 54.- Las cuotas estipuladas son obligatorias para todos los

miembros del Sindicato.

Art. 55.- El patrimonio de las Seccionales por Empresa estará

formado por el veinticinco por ciento de las cuotas ordinarias y extraor-

dinarias que aporten los miembros de la Seccional respectiva y además

por las donaciones que ésta reciba; el setenta y cinco por ciento restante

pasará a formar parte del patrimonio del Sindicato

Art. 56.- Los fondos del Sindicato, así como los de cada Seccional,

deberán permanecer depositados en una o más instituciones bancarias de

la República, a disposición de los mismos, dejando en poder del Secretario

de Finanzas de la Junta Directiva General o Seccional, según el caso, la

cantidad de quinientos dólares, para gastos imprevistos o urgentes.

Art. 57.- Para el retiro parcial o total de los fondos del Sindicato o

de la Seccional en su caso, se requiere las fi rmas del Secretario General

y del Secretario de Finanzas de la Junta Directiva respectiva, los cuales

para tal efecto las registrarán previamente en las instituciones bancarias

correspondientes.

Art. 58.- La Junta Directiva General o Seccional según el caso,

está facultada para hacer efectivas las cuotas de los miembros afi liados

al Sindicato, extendiendo en todo caso el recibo correspondiente.

La Junta Directiva General del Sindicato comunicará a las empresas

en donde tenga afi liados al Sindicato, los nombres de éstos para que se

hagan efectivos los descuentos de las cuotas sindicales. Esta comunicación

se hará a través del Departamento Nacional de Organizaciones Sociales

del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

Art. 59.- La distribución y autorización de egresos de los fondos

del Sindicato o la Seccional según el caso, se realizará de la siguiente

forma:

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

Los gastos menores de doscientos dólares serán autorizados por el Secre-

tario General de la Junta Directiva General o Seccional respectivamente,

los gastos hasta por quinientos dólares serán autorizados por todos los

miembros de las respectivas Juntas Directivas y los gastos mayores a

dicha cantidad, sólo podrán ser autorizados por la Asamblea General o

Seccional según el caso.

El 90% de los fondos se destinarán para los gastos administrativos

del Sindicato o la Seccional respectiva.

El 10 % de los fondos se destinará para el fondo de reserva del

Sindicato. En caso de que el fondo se gastare parcial o totalmente, se

procurará reintegrarlo tantas veces como se utilice.

Art. 60.- Los miembros de la Junta Directiva General y Seccional

son solidariamente responsables de la custodia, manejo e inversión de

los fondos del Sindicato o de la Seccional en su caso.

CAPITULO X

DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS

Art. 61.- Se establecen como medidas disciplinarias las siguien-

tes:

a. Amonestación pública o privada.

b. Suspensión de derechos sindicales.

c. Destitución.

d. Expulsión.

Estas medidas disciplinarias serán aplicadas por la Asamblea

General o Seccional, según el caso.

Art. 62.- Se aplicarán las penas de amonestación y la suspensión

de derechos sindicales a los miembros afi liados al Sindicato, teniendo

previo conocimiento de ello la Comisión de Honor y Justicia, en los

casos siguientes:

a. Por falta de pago en las cuotas sindicales sin motivo justifi -

cado.

b. Por negarse a desempeñar las comisiones encomendadas sin

causa justa.

c. Por difamar a la Organización, a sus dirigentes o a sus miem-

bros.

d. Por negarse a votar en asuntos de importancia sindical.

e. Por negarse a cumplir los acuerdos y disposiciones emanadas

de la Asamblea respectiva.

f. Por presentarse a las sesiones en estado inconveniente o

alterar el orden en ellas.

Art. 63.- Son causas de destitución de sus cargos para los miem-

bros de la Junta Directiva General o Seccional o de las Comisiones del

Sindicato las siguientes:

a. Falta de efi ciencia o dedicación en el desempeño de las

funciones para las cuales ha sido electo.

b. Usurpación de funciones.

c. Cometer o propiciar fraude electoral.

d. Aprovechamiento de sus funciones para obtener ventajas

personales.

e. Manejo fraudulento de los fondos de la organización.

f. Labor disociadora sindical.

g. Otras causas análogas.

Art. 64.- Son causas de expulsión del Sindicato, las siguientes:

a. Brindarse a maniobras patronales.

b. Negación constante al cumplimiento de los presentes Estatutos,

el Reglamento Interno del Sindicato, acuerdos y demás

disposiciones de la Asamblea General o Seccional.

c. Fraude o malversación de los fondos sindicales.

d. Labor de separación o disolución entre los afi liados.

e. Traición al Sindicato.

f. Grave daño moral o material en la persona y bienes del

Sindicato o de los representantes de los órganos de gobierno

del mismo.

g. Otras faltas de igual gravedad.

Art. 65.- Son causas para que la Junta Directiva General del Sin-

dicato, realice la disolución de una Seccional, las siguientes:

a. Actos difamatorios en contra del Sindicato o de los miembros

del mismo.

b. Aprovechamiento de los directivos para conseguir ventajas

personales.

c. Manejo fraudulento de los fondos o propiedades de la Sec-

cional.

d. Negativa a cumplir las disposiciones y acuerdos importantes

tomados por los órganos del Sindicato.

e. Labor disociadora sindical.

f. Traición sindical o insubordinación mediante maniobras

que pongan en peligro la seguridad y buena marcha de la

Organización.

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137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

CAPITULO XI

DE LAS COMISIONES DEL SINDICATO

SECCION "A"

DE LA COMISION DE HACIENDA

Art. 66.- Se crea la Comisión de Hacienda, la cual controlará la

correcta distribución e inversión de los fondos aprobados en el presu-

puesto anual del Sindicato.

Art. 67.- La Comisión de Hacienda estará formada por tres miem-

bros de honorabilidad y capacidad reconocida los cuales serán electos

para el período de un año, en la misma Asamblea General en la que se

elige a la Junta Directiva General y tomarán posesión de sus cargos en

la misma fecha de esta última.

Art. 68.- Para ser miembro de la Comisión de Hacienda se requiere

cumplir los requisitos exigidos por el presente Estatuto para formar parte

de la Junta Directiva General y además, no pertenecer a esta última ni

a otra comisión u órgano de gobierno del Sindicato.

Art. 69.- La Comisión de Hacienda tendrá las atribuciones siguien-

tes:

a. Revisará, siempre que lo crea conveniente, el estado de cuenta

del Secretario de Finanzas de la Junta Directiva General o

Seccional según el caso, ya sea personalmente o por medio

de auditor que a solicitud de aquella nombre la Asamblea

General o Seccional.

b. Convocará a Asamblea General o Seccional, según el caso,

cuando comprobare con amplio detalle hechos que consti-

tuyan malversación de fondos sindicales, debiendo realizar

por escrito el informe correspondiente.

c. Podrá actuar a iniciativa propia, a solicitud de la Junta Di-

rectiva General o Seccional o cuando recibiere instrucciones

especiales de la Asamblea General o Seccional o si lo solicitan

por escrito por lo menos quince afi liados al Sindicato.

d. Cuando comprobare anomalías en el manejo de los fondos,

remitirá el caso a la Comisión de Honor y Justicia para que

ésta sugiera la sanción aplicable al caso y sea la Asamblea

General o Seccional la que decida Imponer o no dicha san-

ción.

SECCION "B"

DE LA COMISION DE HONOR Y JUSTICIA

Art. 70.- Se creará una Comisión de Honor y Justicia, la cual se

encargará de vigilar el cumplimiento del presente Estatuto, estudiará toda

denuncia interpuesta sobre el incumplimiento del mismo y remitirá el

caso respectivo a la Junta Directiva General o Seccional o a la Asamblea

General o Seccional, según sea el caso, para la aplicación de la sanción

correspondiente.

Art. 71.- La Comisión de Honor y Justicia estará formada por tres

miembros de honorabilidad reconocida, los cuales serán electos para el

período de un año, en la misma Asamblea General en la que se elige a la

Junta Directiva General y tomarán posesión de sus cargos en la misma

fecha de esta última.

Art. 72.- Para ser miembro de la Comisión de Honor y Justicia se

requiere cumplir los requisitos exigidos por el presente Estatuto para

formar parte de la Junta Directiva General y no pertenecer a esta última,

ni a otra Comisión u órgano de gobierno del Sindicato.

Art. 73.- En el ejercicio de sus funciones, la Comisión de Honor

y Justicia se sujetará a las siguientes reglas:

- Conocerá de los hechos que sean de su competencia, ya sea

de ofi cio o mediante denuncia escrita que ante ella hagan los

miembros afi liados, los organismos de dirección del Sindicato

o la Comisión de Hacienda del mismo.

- Recogerá en todo caso la información necesaria, utilizando

para tal efecto los medios probatorios posibles.

- Hará saber por escrito la denuncia al acusado, el cual tendrá

derecho a defenderse personalmente o por medio de defen-

sores, los cuales no podrán ser más de dos.

- Transcurridos ocho días con respecto a las personas naturales

y quince días con respecto a los organismos de dirección y

comisiones del Sindicato, si éstos no comunicaren por es-

crito que se defenderán ellos mismos o no comunicaren los

nombres de los defensores, la comisión les nombrará uno o

dos defensores de ofi cio, los cuales deberán ser miembros

activos y solventes del Sindicato.

- Concluido el trámite anterior, y las investigaciones necesarias,

la Comisión de Honor y Justicia dará su dictamen y lo pondrá

en conocimiento de los organismos competentes para imponer

la sanción correspondiente.

Art. 74.- En los casos en los que proceda las sanciones de amo-

nestación, suspensión de los derechos sindicales, destitución de los

miembros de la Junta Directiva respectiva o Comisiones y en los casos

de expulsión de los miembros del Sindicato, conocerá la Comisión de

Honor y Justicia, ya sea de ofi cio o por denuncia hecha por alguno de

los miembros afi liados del Sindicato.

La Comisión recabará toda la información necesaria, utilizando los

medios probatorios necesarios; si se tratare de imponer las sanciones de

destitución y/o expulsión, la Comisión pondrá el caso en conocimiento

de la Asamblea General o Seccional, recomendándole la solución que

conforme a la ley y los presentes Estatutos convenga, siendo estas últimas

las que dedican en defi nitiva, imponiendo la sanción o absolviendo al

acusado.

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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

CAPITULO XII

DEL PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN CASO DE ACEFALIA

Art. 75.- En caso de que el Sindicato quedare en acefalia, podrán

convocar a Sesión de Asamblea General Extraordinaria, diez o más

miembros activos y solventes, quienes fi rmarán la convocatoria y harán

constar en ella que en esa reunión se tratará únicamente lo relativo a la

acefalia.

Reunida la Asamblea General se nombrará a una comisión integrada

por un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario, quienes presidirán

la sesión y los acuerdos que se tomen en dicha Asamblea serán válidos y

de acatamiento forzoso para todos. Las funciones de los miembros que

conforman la Comisión caducarán al elegir a la nueva Junta Directiva

General del Sindicato. Una vez hecho lo anterior, se deberá convocar

a una nueva Asamblea General Extraordinaria, en la cual se tratarán y

tomarán los acuerdos necesarios para la buena marcha del Sindicato.

En caso de que el Sindicato se encontrare afi liado a una Federación,

la Junta Directiva Federal de la misma, podrá convocar como mínimo

diez miembros afi liados al Sindicato, para la celebración de una Asamblea

General Extraordinaria, haciendo constar en la respectiva convocatoria

que en esa reunión se tratará únicamente lo relativo a la acefalia. Una

vez constituida la Asamblea se seguirá el procedimiento establecido en

los incisos 1° y 2° de este Artículo.

En caso de que fuese una Seccional la que quedare en acefalia,

podrán convocar a Sesión de Asamblea Seccional Extraordinaria, cinco

o más miembros activos y solventes pertenecientes a la Seccional o en

su caso, el Secretario General de la Junta Directiva General del Sindi-

cato, para la celebración de la Asamblea, siguiéndose el procedimiento

establecido en los incisos 1° y 2° de este Artículo.

CAPITULO XIII

DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION

SECCION “A”

DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION DEL SINDICATO

Art. 76.- La disolución voluntaria del Sindicato sólo podrá acor-

darse en Asamblea General convocada al efecto, con los votos de las

dos terceras partes por lo menos de los miembros afi liados, los cuales

deberán encontrarse activos y solventes. En dicha Asamblea General

será obligatorio que se hallen presentes por lo menos tres miembros

de la Junta Directiva Federal de la Federación a la que el Sindicato

pertenezca.

Art. 77.- Decretada la disolución conforme al artículo anterior, la

Asamblea General nombrará un delegado para que conjuntamente con

los delegados gubernamentales, proceda a liquidar los fondos y valores

del Sindicato.

Art. 78.- Practicada la liquidación del Sindicato, los fondos y valores

del mismo pasarán a formar parte del patrimonio de la Federación a la

cual estuviere afi liado el sindicato al momento de la disolución.

SECCION "B"

DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SECCIONAL

Art. 79. - La disolución de la Seccional sólo podrá acordarse en

Asamblea Seccional convocada al efecto, con los votos de las dos terceras

partes por lo menos de los miembros afi liados a la misma, los cuales

deberán encontrarse activos y solventes. Cuando se proceda a realizar

la Asamblea encargada de disolver una Seccional será obligatorio que

se hallen presentes, por lo menos tres delegados de la Junta Directiva

General del Sindicato, so pena de nulidad.

Art. 80.- Después de acordada la disolución de la Seccional, la

Asamblea Seccional nombrará a un delegado para que, proceda a la

liquidación de los bienes y obligaciones de la Seccional.

Art. 81.- Practicada la liquidación de la Seccional, sus fondos,

valores y demás bienes muebles o inmuebles, pasarán a formar parte

del Patrimonio General del Sindicato al cual pertenezca.

CAPITULO XIV

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 82.- El Sindicato no persigue actividades de otra índole fuera

de las dirigidas exclusivamente a defender los intereses económicos y

sociales de los trabajadores. Por lo tanto, queda absolutamente prohibida

la discusión de temas políticos partidistas, confesionales o religiosos en

el seno del mismo. Estas restricciones no implican menoscabo de los

derechos que a cada afi liado le corresponden como ciudadano.

Art. 83.- los miembros de la Junta Directiva General o Seccional

actuarán según las atribuciones establecidas en los presentes estatutos.

Art. 84.- El presente Estatuto podrá reformarse total o parcial-

mente con el voto de la mitad más uno de los afi liados del Sindicato, en

Asamblea General convocada al efecto.

Art. 85.- El presente Estatuto entrará en vigencia el mismo día de

su publicación en el Diario Ofi cial.

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139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 24 de Septiembre de 2010.

Res. 64/2010.

MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: San Sal-

vador, a las once horas y treinta minutos del día catorce de septiembre

del año dos mil diez.

Vista la solicitud presentada por los señores María Matilde

Rodríguez Gómez y Juan José Huezo, en su calidad de Presidenta de la

Junta Directiva Provisional y delegado de la Asamblea de Fundación

respectivamente, del Sindicato denominado SINDICATO DE TRABA-

JADORES DE EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE PERSONAL

DE EL SALVADOR, cuyas siglas son SITEMAPES, a las once horas

con cuarenta y nueve minutos del día veintiuno de agosto del año dos

mil siete, en la cual solicitan el otorgamiento de personalidad jurídica

al referido sindicato, este Ministerio

CONSIDERANDO:

I. El Art. 40 letra d) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso

Administrativa establece que "[e]1 juicio contencioso admi-

nistrativo terminará por resolución de la Sala, en los casos

siguientes: [...] por revocación del acto impugnado". Es decir

que la promoción de un juicio contencioso administrativo

no impide a la autoridad demandada revocar (a instancia

de parte o de ofi cio, según el caso) el acto reclamado. De

esta regla se deduce el principio general - con apoyo en la

jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo,

la doctrina administrativista y el Derecho comparado - de que

la Administración puede de ofi cio, en cualquier momento,

revocar los actos desfavorables para el ciudadano, siempre

que no se afecten derechos de terceros o el interés público.

II. En virtud de lo anterior, este Ministerio considera que en

las presentes diligencias es procedente revocar de ofi cio la

resolución pronunciada a las ocho horas con treinta y seis

minutos del día dieciocho de octubre de dos mil siete, por

las siguientes razones:

1. Mediante la resolución precitada, este Ministerio denegó

personalidad jurídica al Sindicato de Trabajadores de

Empresas Administradoras de Personal de El Salvador,

cuyas siglas son SITEMAPES, en adelante el "Sindicato"

o "SITEMAPES", fundamentando su decisión en el

incumplimiento del requisito mínimo de trabajadores exi-

gidos por la ley para la constitución de un sindicato, dado

que siete de los trabajadores que fueron identifi cados

en la solicitud de otorgamiento de personalidad jurídica

de SITEMAPES, como participantes en la asamblea de

fundación del referido sindicato, manifestaron mediante

escritos y declaraciones juradas rendidas ante notario,

no haber participado en dicha asamblea, documentos

que en el desarrollo de las diligencias de obtención de

personalidad jurídica del sindicato en mención, fueron

presentadas a este Ministerio.

2. De conformidad a lo establecido en el Art. 50 inciso 2°

de la Ley del Notariado, las actas notariales referidas

a las actuaciones que la ley encomienda al notario,

tendrán el valor de instrumento público y "en los demás

casos tendrán el valor que las leyes determinen"; en el

presente caso, los escritos y las declaraciones juradas

presentadas por el apoderado general judicial de la

Sociedad Recursos San José S.A. de C.V., una de las

sociedades en las que se constituyó SITEMAPES, con

la manifi esta intención de impedir que se otorgara perso-

nalidad jurídica a dicho sindicato, a juicio de la suscrita

fueron valoradas de forma errónea por este Ministerio,

puesto que las mencionadas declaraciones juradas no

tienen el valor de instrumento público, toda vez que la

ley, en este caso el código de trabajo, no les asigna este

valor para los efectos pretendidos por la representación

patronal, a diferencia de lo que ocurre en el caso del

acta notarial de constitución de un sindicato, la cual de

conformidad a lo prescrito por el Art. 213 del código

de trabajo, debe ser certifi cada por un notario o en su

defecto por un delegado de esta Secretaría de Estado.

En razón de lo anterior y frente al valor probatorio de un

instrumento público, en este caso el acta de constitución

del sindicato, no podía hacerse prevalecer las declara-

ciones juradas presentadas por uno de los patronos, en

las cuales dicho sea de paso, no se hace referencia a la

constitución del Sindicato de Trabajadores de Empresas

Administradoras de Personal de El Salvador SITEMA-

PES, toda vez que ni siquiera se especifi ca la clase de

sindicato, menos aún su denominación y giro.

3. Uno de los requisitos de fondo e indispensable para

la constitución de un sindicato de trabajadores, con

la única excepción de los sindicatos de trabajadores

independientes, es acreditar la condición de asalariados

de quienes participan en la asamblea de fundación de

una asociación profesional, para tal efecto el Art. 219

Inc. 2° C.Tr. establece la obligación de este Ministerio

de librar ofi cio al empleador para efecto de que éste, en

el plazo que establece la ley, certifi que la condición de

asalariados de los fundadores del sindicato, estableciendo

dicha disposición que de no hacerlo en el plazo antes

mencionado, se tendrá por reconocida su condición de

trabajadores.

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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 388

En tal sentido, es preciso hacer notar que en el presente

caso, ninguno de los patronos a quienes este Ministerio

libró ofi cio para efecto de que acreditasen la condición

de asalariados de los fundadores del sindicato, negaron

dicha calidad; antes bien, dos de los tres patronos a quie-

nes se les remitió el mencionado ofi cio (las sociedades

Outsource, S.A. de C.V. y Servicios San José, S.A. de

C.V.), confi rmaron la condición de trabajadores de los

constituyentes del sindicato, limitándose uno de ellos (en

este caso la Sociedad Recursos San José S.A. de C.V.)

a presentar argumentos que no guardan relación alguna

con la calidad de trabajadores de aquellos, en razón de

los cuales solicitaba la denegatoria de la personalidad

jurídica del sindicato en formación.

En razón de lo anterior y al no haberse pronunciado en

relación a la condición de asalariados de los fundadores

del sindicato, este Ministerio debió tener por reconocida

dicha calidad, en cumplimiento de lo prescrito por el Art.

219 del Código de Trabajo y en consecuencia, proceder

a otorgar personalidad jurídica e inscribir al Sindicato de

Trabajadores de Empresas Administradoras de Personal

de El Salvador.

4. Por otra parte, al no haberse dado a los miembros de la

junta directiva provisional, encargados de realizar los trá-

mites necesarios para el otorgamiento de la personalidad

jurídica e inscripción del sindicato ante las autoridades

del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, la opor-

tunidad de desvirtuar los argumentos esgrimidos por la

patronal con la manifi esta intención de que se denegara

la personalidad jurídica a SITEMAPES, limitándose a

darlos por válidos y en virtud de ello proceder a denegar

la personalidad jurídica al sindicato en formación, este

Ministerio violentó gravemente el derecho de audiencia

de los mencionados trabajadores, consagrado en el Art.

11 de nuestra Carta Magna, dejándoles en una clara

situación de indefensión frente a la pretensión de uno de

los empleadores, de oponerse al ejercicio de un derecho

reconocido por nuestro ordenamiento jurídico.

Pero además de violentar el derecho de audiencia, la

administración incumplió su mandato legal de facilitar

la constitución de organizaciones sindicales, tal como lo

establece el Art. 8 de la Ley de Organización y Funcio-

nes del Sector Trabajo y Previsión Social, vulnerando

además, la obligación que el Art. 11 del Convenio 87

de la OIT establece a los Estados parte de dicho ins-

trumento internacional, en el sentido de "adoptar las

medidas necesarias y apropiadas para garantizar a los

trabajadores y a los empleadores el libre ejercicio del

derecho de sindicación."

5. En razón de lo anteriormente expuesto, este Ministerio concluye que la resolución mediante la cual se declaró sin lugar la solicitud de obtención de personalidad jurídica de SITEMAPES, vulneró el derecho a la libertad sindical y el derecho de audiencia de los trabajadores que parti-ciparon en la constitución de dicho sindicato, quienes cumplieron con todos los requisitos establecidos por la ley para constituir la referida asociación profesional; por lo que resulta procedente revocar de ofi cio dicha resolución y dictar, en su lugar, la que constitucional y legalmente corresponde.

III. En lo que concierne a la solicitud de personalidad jurídica presentada por los señores María Matilde Rodriguez Gómez y Juan José Huezo, en su calidad de Presidenta de la Junta Directiva Provisional y delegado de la Asamblea de Funda-ción respectivamente, del sindicato denominado Sindicato de Trabajadores de Empresas Administradoras de Personal de El Salvador, cuyas siglas son SITEMAPES, se advierte que a tenor del acta de fundación certifi cada por notario, otorgada a las quince horas del día diecinueve de agosto de dos mil siete, se constituyó el sindicato antes mencionado con la presencia de cuarenta miembros fundadores. Además, en la misma acta consta que en esa reunión fue aprobado el texto de los Estatutos, los cuales no adolecen de errores de forma -por haber sido subsanados oportunamente (fs. 65 ss)- ni de fondo, ni de contravenciones a las leyes, al orden público o a las buenas costumbres.

Por las razones anteriores y de conformidad con los Arts. 47 de la Constitución, 2 del Convenio 87 de la OIT y 204 y 219 del Código de Trabajo, este Ministerio

RESUELVE:

I. REVÓCASE en todas sus partes la resolución pronunciada por este Ministerio a las ocho horas con treinta y seis minutos del día dieciocho de octubre del año dos mil siete.

II. APRUÉBASE el texto de los OCHENTA Y CINCO ARTICU-LOS que conforman los Estatutos del sindicato denominado SINDICATO DE TRABAJADORES DE EMPRESAS AD-MINISTRADORAS DE PERSONAL DE EL SALVADOR, cuyas siglas son SITEMAPES, a cuyo efecto se les concede la PERSONALIDAD JURÍDICA solicitada.

III. PUBLÍQUENSE en el Diario Ofi cial dichos Estatutos, así como la presente resolución.

IV. INSCRÍBASE dicho sindicato en el registro correspondien-te.

COMUNÍQUESE. "V. de Avilés", Ministra de Trabajo y Previsión Social.

Imprenta Nacional - Tiraje 430 Ejemplares.

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