dia terpel calbuco nov 09
TRANSCRIPT
-
CONSULTORA: SEGAM CHILE LTDA.
DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL
AMPLIACIN DE LA ESTACION DE SERVICIO ARTURO PRAT ESQUINA LOS HROES,
CALBUCO
NOVIEMBRE - 2009
SEGAM CHILE LTDA AVENIDA PRESIDENTE IBAEZ, PJE. LOS INFANTES N 8, PUERTO MONTT FONO / FAX: 437 944 WWW.SEGAM.CL [email protected]
-
2
TABLA DE CONTENIDO
1. ANTECEDENTES GENERALES. .......................................................................................................................... 41.1. NOMBRE DEL PROYECTO. ................................................................................................................................................... 41.2. ANTECEDENTES DEL TITULAR. ......................................................................................................................................... 41.3. INDICACIN DEL TIPO DE PROYECTO O ACTIVIDAD DE QUE SE TRATA. ....................................................................... 5Identificacin del proyecto. ................................................................................................................................................... 5
2. DESCRIPCIN DE LAS MODIFICACIONES QUE SE INTRODUCIRAN. .................................................... 61.4. OBJETIVO. ............................................................................................................................................................................. 61.5. DESCRIPCIN DEL PROYECTO. .......................................................................................................................................... 61.6. LOCALIZACIN. .................................................................................................................................................................... 61.7. JUSTIFICACIN DE LA LOCALIZACIN. .............................................................................................................................. 91.8. MONTO ESTIMADO DE LA INVERSIN. ............................................................................................................................. 91.9. MANO DE OBRA. ................................................................................................................................................................. 91.10. SUPERFICIE. ...................................................................................................................................................................... 101.11. VIDA TIL. ......................................................................................................................................................................... 101.12. PLAZO ESTIMADO DE INICIO DEL PROYECTO. .............................................................................................................. 101.13. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES. ................................................................................................................................... 101.14. DESCRIPCIN DE SUS DISTINTAS FASES. ....................................................................................................................... 10Levantamiento de la informacin. .................................................................................................................................. 10
Construccin. ........................................................................................................................................................................... 11
Operacin. ................................................................................................................................................................................. 18
Abandono. ................................................................................................................................................................................. 19
Insumos. ..................................................................................................................................................................................... 19
Control operacional. ............................................................................................................................................................. 20
Preparacin para las emergencias. ................................................................................................................................ 20
3. PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO ............................................ 21
4. ANTECEDENTES PARA EVALUAR QUE EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO REQUIERE
PRESENTAR UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL .................................................................................... 24
5. ANTECEDENTES PARA EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS AMBIENTALES. ........ 291.15. NORMATIVA APLICABLE A LA ACTIVIDAD. ................................................................................................................... 29Normativa de carcter general. ....................................................................................................................................... 30
Normativa de carcter especfico. ................................................................................................................................... 32
Cumplimiento de normativa ambiental. ....................................................................................................................... 35
-
3
6. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES. ................................................................................................. 39
7. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS. ..................................................................................... 40
8. FIRMA DE LA DECLARACIN DE IMPACTO AMBIENTAL ..................................................................... 41
9. ANEXOS ................................................................................................................................................................. 42
TABLAS.
Tabla 1: Monto de la inversin. ........................................................................................................... 9
Tabla 2: Mano de obra asociada. ........................................................................................................ 9
Tabla 3: Superficie. ............................................................................................................................ 10
Tabla 4: Cronograma de actividades. ................................................................................................ 10
Tabla 5: Insumos del proyecto. ......................................................................................................... 19
Tabla 6: Identificacin de residuos slidos generados por etapa. .................................................... 22
Tabla 7: Normativa general. .............................................................................................................. 30
Tabla 8: Normativa de carcter especfico. ....................................................................................... 32
Tabla 10: Cumplimiento de normativa ambiental. ........................................................................... 35
ANEXOS.
Anexo 1: Documentos legales de la sociedad y representante legal.
Anexo 2: Resolucin de la Subsecretara de Marina que otorga la Concesin Martima.
Anexo 3: Programa de capacitacin contra derrames de hidrocarburos.
Anexo 4: Procedimiento de manejo de residuos.
Anexo 5: Plan de contingencia contra derrames de combustibles en el mar.
Anexo 6: Listado de permisos ambientales de HIDRONOR.
Anexo 7: Resoluciones del SS.SS. para los camiones de RINO CHILE y certificado de factibilidad de
HIDRONOR.
Anexo 8: Resoluciones ambientales y certificado de factibilidad de COPIULEMU.
-
4
1. ANTECEDENTES GENERALES.
1.1.
Ampliacin de la Estacin de Servicio Arturo Prat esquina Los Hroes, Calbuco.
Nombre del proyecto.
1.2.
Titular : INVERSIONES PIE DE MONTE LIMITADA.
Antecedentes del titular.
R.U.T. : 76.032.256-3
Domicilio : MAC-IV ER 484, OFICINA 94, SANTIAGO-CENTRO
Fono : 2-6731110
Giro : INVERSIONES
Cdigo CIIU : 62536 (Estaciones de Servicios).
Representante Legal : SIMON DOSQUE SAN MARTIN.
R.U.T. : 5.800.674-2
Domicilio : MAC-IVER 484, OFICINA 94, SANTIAGO-CENTRO
Fono : 09.933.181.83
Correo electrnico : [email protected]
Concesionario : Petrleos Transandinos S.A., TERPEL.
Giro : Distribuidor mayorista y minorista de combustibles y
lubricantes.
Ver ANEXO 1: DOCUMENTOS LEGALES:
Constitucin de la Sociedad.
RUT Representante Legal.
ROL Sociedad.
Inscripcin en el conservador de Bienes Races.
Protocolizacin del extracto de la constitucin de la sociedad.
Publicacin en el Diario Oficial y
Registro de Comercio.
-
5
1.3.
Indicacin del tipo de proyecto o actividad de que se trata.
Identificacin del proyecto.
Este proyecto corresponde a una modificacin de un proyecto o actividad en operacin,
por cuanto constituye una complementacin del proyecto ESTACIN DE SERVICIO ARTURO PRAT
ESQUINA LOS HEROES, CALBUCO en operacin, el que fue aprobado mediante Resolucin
Exenta N336 del 2 de Agosto de 2000. Las obras consideradas en esta complementacin,
constituyen un cambio de consideracin de acuerdo a los criterios establecidos por CONAMA,
dado que implican la adicin de un muelle y una plataforma para expendio de combustible diesel y
en consecuencia, ameritaran el ingreso al SEIA. En concordancia con lo establecido en el Art. 124
del Reglamento del SEIA, la calificacin ambiental deber recaer sobre las actividades
contempladas en la presente DIA y no sobre el proyecto ya existente.
El Artculo 8 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, seala que los proyectos o
actividades sealadas en el Artculo 10, del mismo cuerpo legal, slo podrn ejecutarse o
modificarse previa evaluacin de su impacto ambiental. Considerando lo anterior y el precedente
establecido en la presentacin del proyecto DIA ESTACIN DE SERVICIO ARTURO PRAT ESQUINA
LOS HEROES, el proyecto, AMPLIACIN DE LA ESTACIN DE SERVICIO ARTURO PRAT ESQUINA
LOS HEROES, CALBUCO tipifica como uno de aquellos indicados en el Art. 3 D.S. 95/02
MINSEGPRES, letra f), que seala que deben someterse a evaluacin ambiental los Puertos, vas
de navegacin, astilleros y terminales martimos Se entender por puerto al conjunto de
espacios terrestres, infraestructura e instalaciones .., atraque y permanencia de naves
mayores, todos ellos destinados a la prestacin de servicios a dichas naves, cargas, pasajeros o
tripulantes.
-
6
2. DESCRIPCIN DE LAS MODIFICACIONES QUE SE INTRODUCIRAN.
1.4.
Objetivo.
Instalar una pequea estacin de servicio para el expendio de combustible a
embarcaciones menores, cuyo objetivo es proveer de este insumo a empresas y usuarios
provenientes de las islas cercanas.
1.5.
Descripcin del proyecto.
El proyecto consiste en la construccin de un muelle de fierro cemento y una plataforma
donde se instalar una caseta para el expendio de combustible diesel.
1.6.
Localizacin.
Las instalaciones se encuentran en el siguiente sector:
Sector : Calle Arturo Prat esquina Los Hroes, Calbuco.
Comuna : Calbuco
Provincia : Llanquihue.
Regin : de Los Lagos.
UTM : 5.374.428,9 m S; 655.239, 6 m E.
Coordenadas Geogrficas1
DATUM : WGS-84.
: 41 46 00.49S; 730756.51W.
En el sector donde se emplazar el proyecto no existe concesiones martimas de acuicultura, reas
de manejo, ni reservas marinas.
1 Ver ANEXO 2: DECRETO N 278/2005, MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, SUBSECRETARA DE
MARINA que otorga la ccmm.
-
7
Foto 1: Ubicacin de Calbuco.
-
8
Foto 2: Ubicacin del proyecto en Calbuco.
-
9
1.7.
Justificacin de la localizacin.
El muelle y caseta, se ubican aledaas a la estacin de servicio para vehculos donde se
encuentra el personal de servicio y las instalaciones de apoyo administrativo, logstico y sanitario.
El sector de inters, es altamente concurrido por naves menores, lanchas y botes provenientes de
las islas vecinas debido a que es un rea protegida de los vientos, por lo que la ubicacin escogida
para la instalacin de la plataforma y muelle es propicia.
1.8.
Monto estimado de la inversin.
Tabla 1: Monto de la inversin.
Actividad Monto (Pesos chilenos) Plataforma + muelle + meter 26.650.000 Otros: caeras, varios. 470.000 TOTAL 27.120.000
1.9.
Mano de Obra.
En la siguiente tabla se presenta la mano de obra asociada a cada etapa del proyecto, en
poca de mxima produccin.
Tabla 2: Mano de obra asociada.
Etapa Mano de obra Levantamiento de la informacin 2 Construccin 6 Operacin 1 Abandono 6
-
10
1.10. Tabla 3: Superficie.
Superficie.
Equipos Superficie (m2Plataforma + muelle ) 13,26 Total 13,26
1.11.
Vida til.
La vida til es de 10 aos. Sin embargo, se consideran mantenciones y mejoras en el
tiempo. Una vez terminada su vida til, el titular del proyecto analizar la pertinencia de este.
1.12.
Plazo estimado de inicio del proyecto.
Al instante de ser aprobado por el COREMA de Los Lagos, aproximadamente en Diciembre
del ao 2009.
1.13.
Cronograma de actividades.
El cronograma de actividades se presenta en la siguiente tabla:
Tabla 4: Cronograma de actividades2
Etapa
.
Fecha de inicio Fecha de trmino Levantamiento de informacin Enero 2009 Septiembre 2009. Construccin Enero 2010 Enero 2010 Operacin Febrero 2010 Indefinida Abandono 2020 2020
1.14.
Descripcin de sus distintas fases.
2 Las fechas sealadas corresponden a plazos estimados y dependientes de la obtencin de la Resolucin de Calificacin
Ambiental.
Levantamiento de la informacin.
-
11
La etapa de recopilacin de antecedentes es un trabajo de gabinete que consiste
bsicamente en consultar a los proponentes del proyecto como tambin a empresas que
desarrollen actualmente una actividad productiva similar, acerca del proceso productivo en s, de
manera tal de tener los antecedentes lo ms reales posibles como para evaluar tcnica, econmica
y ambientalmente el proyecto. Esta informacin esta relacionada con las actividades realizadas
para conocer la factibilidad de gestionar los antecedentes necesarios que determinan la necesidad
de instalar una estacin de servicio para abastecer de combustible a embarcaciones.
El proyecto se dise en base a lo siguiente:
El estanque que alimentar la plataforma, es un estanque de 20 m3
Caeras y ductos que atraviesan la calle y se dirigen a la plataforma.
preexistente ubicado
en la estacin de servicio, previamente aprobado segn RCA N 336/00.
Muelle para el atraque de las embarcaciones, desembarco y trnsito de personas3
Plataforma que soporta la caseta donde se ubica el meter para venta de combustible.
.
Construccin.
La maquinaria que se utilizar para el movimiento de la excavacin y remocin del material
duro y roca y tambin para relleno es la siguiente:
Retro excavadora con taladro y pala
Camin tolva
Expansivos
Compactadora
Barrenadora
Gra de 100 toneladas
El trabajo con la maquinaria detallada se efectuar de forma discontinua o intermitente
durante el perodo de construccin, dentro de las ocho horas diarias de trabajo diurno.
3 El muelle y la plataforma se asentarn en la concesin martima otorgada segn decreto N 278/2005, Ministerio de
Defensa Nacional, Subsecretara de Marina.
-
12
A continuacin se presenta una ilustracin que representa la disposicin del muelle y la
plataforma dentro del sector. En la pgina siguiente, se encuentra una figura que ilustra el detalle
de la plataforma y el muelle.
Ilustracin 1: Disposicin de la plataforma y muelle en el sector y relativa a la estacin de servicio.
-
13
Figura 1: Muelle y plataforma.
-
14
Figura 2: Vista lateral d la caseta y plataforma.
-
Figura 3: Vista superior de la plataforma.
-
A continuacin se describir la metdica de construccin:
Instalacin de faenas:
Para las instalaciones sanitarias y bodegaje, se utilizarn las instalaciones que ya se
encuentran en la estacin de servicio.
Corte de calle y vereda:
El corte de la calle, consiste en demoler la mitad de la calle para la instalacin de tuberas,
luego rellenan hasta el nivel de la calle y se repite la misma faena en la otra mitad de la calle.
La tubera instalada consta de 4 tubos de PVC hidrulico (camisas) de 110 mm:
1. Para la tubera de piping.
2. Para las canalizaciones elctricas y corrientes dbiles
3 y 4 son de reserva, por si en el futuro hay que hacer otro tendido.
Construccin de Muelle y plataforma:
Se realizarn las obras civiles, previa limpieza de piedras: emplantillado, moldaje,
enfierradura y hormign. Luego se instalar el piping de ese sector, las caeras elctricas, la
caseta galvanizada encima de la plataforma; se terminarn las instalaciones elctricas, del tablero
de control y de las caeras de impulsin o piping. Luego, se instala la bomba, el meter, filtro y
carrete. Finalmente se realizar la puesta en marcha de los equipos.
Instalacin de Caseta:
La caseta contar con los siguientes equipos:
Medidor de flujo:
Marca: LIQUID CONTROLS.
Modelo: M5-G-1
Producto: Petrleo
Repetivilidad: 0,05%
Conexiones: Flanges de 1 1/2" NPT
Rango de trabajo: 12 a 60 GPM (NOMINAL)
Graduacin: Litros
-
17
Presin mxima de trabajo: 150PSI a 71C
Accesorios incluidos: Medidor, Registrador de 5 dgitos
reseteable, Totalizador de 8 dgitos no reseteable, Impresora
de ticket mecnica (Printer), Filtro de cartucho mesh 40 y
Eliminador de aire.
Filtro de canasto simple: Marca: HAYWARD
Modelo: 30R
Producto: Petrleo
Conexiones: Hilo de 1 1/2" (F) NPT
Presin mxima de trabajo: 200PSI
Accesorios incluidos: Canasta, Malla de acero inoxidable, O-
rong de Buna-N.
Carrete porta manguera:
Marca: HANNAY REELS
Modelo: N818-25-26B-SR, para manguera de 15m de largo y
1" de dimetro.
Conexiones: Entrada con hilo 1" NPT hembra y destorcedor;
Salida con hilo 1" NPT hembra
Presin mxima de trabajo: 1000psi
Accesorios incluidos: Manguera para combustible marca
RPCO-GOODYEAR de 15m y 1" de dimetro para 150 PSI de
presin con terminales de 1" hilo NPT macho en punta libre;
Pistola de corte automtico por sobre-llenado marca OPW
modelo 7H, con conexin de 1" hilo NPT.
Las instalaciones cuentan adems con:
Tuberas entre los estanques y los surtidores de combustible; La unidad de suministro o
surtidor es el conjunto de elementos que permiten el expendio de combustibles al pblico,
formado en general, por la pistola, mangueras, totalizador, medidor, bomba y motor,
separador y eliminador de gases.
Respiradores para venteo de vapores (gases) generados en los estanques de
almacenamiento de combustibles;
-
18
Cmaras separadoras de slidos, aceites y grasas, para el control de los efluentes que se
vierten al sistema de alcantarillado.
Operacin.
Carga del estanque:
La operacin principal de la plataforma comienza con el llenado de los estanques
subterrneos de almacenamiento de combustible4
y la posterior venta de estos combustibles a los
usuarios finales, mediante el llenado de los bidones lo que se produce en la plataforma de
expendio de combustibles.
Figura 4: Carga del estanque.
4 Actividad evaluada y resuelta segn la RCA 336/00.
-
19
Venta de combustible:
Para la venta de combustible se necesitar un bombero ubicado en la caseta de la
plataforma. Este realizar la venta de combustible, recibiendo el bidn de combustible en la
plataforma y llenndolo dentro de la caseta, la que cuenta con un pretl de contencin. El
bombero utilizar los servicios higinicos de la EDS.
Mantencin:
Cada mes y medio, se realizan las revisiones y las calibraciones de los equipo.
Abandono.
De ocurrir el abandono del proyecto, se retirar la caseta y se instalar un tapagorro a la
tubera de piping en los dos extremos (muelle y salida de bomba). La canalizacin elctrica ser
retirada, tambin instalndose un tapagorro.
En caso de generar residuos contaminados, stos sern dispuestos en vertederos
autorizados y transportados con la respectiva autorizacin sanitaria. La maquinaria o equipos que
se encuentren obsoletos son perfectamente negociables como chatarra mecnica.
Insumos.
A continuacin se presenta una tabla que resume el consumo de qumicos de la planta de
tratamiento:
Tabla 5: Insumos del proyecto.
Insumo Etapa Lugar Cantidad Diesel Operacin Plataforma 20 m3Agentes desengrasantes, detergentes /sem Plataforma 3 litros/mes Conduit galvanizado , . Construccin
Plataforma 50 m Conductores THHN 14 awg Plataforma 90 m Sellos A.P.E. Plataforma 5 unidades Cajas APE Plataforma 2 unidades Tablero elctrico Plataforma 1 unidad Caera galvanizada ASTM 2 Plataforma 20 m
-
20
Fiting galvanizado TUPY 2 calse 150 NPT Plataforma 6 unidades Tablero de control con sus protecciones Plataforma 1 Caseta galvanizada con su pretil, carrete, bomba, meter y pistola Plataforma 1 Hormign Muelle y plataforma 4 mFierro 3 Muelle y plataforma 380 Kg
Control operacional.
Las buenas prcticas operacionales son procedimientos normativos o de buenas prcticas,
estas ltimas adoptadas por las empresas en forma voluntaria en base a cumplir polticas
institucionales que dan como resultados la reduccin de los residuos y la prevencin de posibles
accidentes o prdidas. Con este fin, se generaron programas de capacitacin y procedimientos:
Ver ANEXO 3: PROGRAMA DE CAPACITACIN CONTRA DERRAMES DE HIDROCARBUROS y
ANEXO 4: PROCEDIMIENTO DE MANEJO DE RESIDUOS.
Preparacin para las emergencias.
Ver ANEXO 5: PLAN DE EMERGENCIA CONTRA DERRAME DE HIDROCARBUROS AL MAR,
presentado ante la autoridad martima y en el se describe la metdica para prevenir y abordar un
posible derrame de hidrocarburos al mar.
-
21
3. PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO
El titular mantendr en todo momento la responsabilidad sobre el manejo y disposicin final de
basuras, desechos o cualquier otro tipo de residuos slidos o lquidos que se puedan generar del
proceso.
3.1. A travs del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas se
generarn emisiones a la atmsfera?
S, se generan emisiones a la atmsfera en la etapa de construccin y operacin. Las principales
emisiones atmosfricas son:
Las emisiones atmosfricas por la evaporacin de hidrocarburos, principalmente compuestos
orgnicos voltiles (COV), se producen en:
a) La estacin de servicio durante el llenado y respiracin de los estanques subterrneos de
almacenamiento de combustible; y
b) Los estanques de los automviles por prdidas durante el llenado.
La mayor fuente de emisiones es el llenado de los estanques subterrneos. Las emisiones se
generan cuando los vapores de gasolina en el estanque son desplazados a la atmsfera por la
gasolina que est siendo descargada. La cantidad de emisiones depende de varios factores: el
mtodo y tasa de llenado, la configuracin del tanque y la temperatura, presin de vapor y
composicin de la gasolina.
Otra fuente de emisin es la respiracin de estanques subterrneos. Estas ocurren diariamente y
son atribuibles a cambios en la presin baromtrica.
Finalmente se producen emisiones por derrames de combustibles y posterior secado evaporativo
debido a rebalses, chorreo de mangueras o circunstancias operativas.
Las mayores emisiones evaporativas en las estaciones de servicio son producidas por la gasolina. El
petrleo diesel y kerosene, por tener presiones de vapor muy bajas, no evaporan
considerablemente.
-
22
3.2. A travs del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, se
generarn descargas de efluentes lquidos?
No existirn efluentes de descarga, pero se generan las siguientes externalidades de lquidos5
Identificacin de la fuente de
la descarga
, los
que se describen en la siguiente tabla:
Etapa del proyecto o actividad
Volumen o caudal de
la descarga
Duracin de la
descarga
Frecuencia de la
descarga
Disposicin transitoria
Disposicin final
Goteo de
pistola operacin 2 litros mes mes
Cmara
decantadora
HIDRONOR
Detergentes,
desengrasantes Operacin 3 litros mes mes
Cmara
decantadora
HIDRONOR
La disposicin final de los residuos lquidos se realizar en HIDRONOR ubicado en Santiago
y el transporte ser realizado por camiones autorizados por la autoridad sanitaria, pertenecientes
a RINO CHILE. En el ANEXO 6 se encuentra el listado de autorizaciones ambientales otorgadas a
HIDRONOR. En el ANEXO 7 se encuentra la resolucin del SS.SS. que autoriza a los camiones
utilizados de RINO CHILE en el transporte de RESPEL y el certificado de factibilidad de recepcin
de residuos de HIDRONOR emitido a RINO CHILE.
3.3. A travs del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, se
generan residuos slidos?
S, se generan residuos slidos, en la etapa de operacin, clasificados de la siguiente forma:
Tabla 6: Identificacin de residuos slidos generados por etapa.
Identificacin de la
fuente
Etapa del proyecto o
actividad
Volumen o Peso Disposicin final
Huaipes y paos de Operacin 0,1 m3 COPIULEMU/ao 6
5 La plataforma ser cubierta con una caseta, dentro de la cual se dispondrn todos los elementos para el
expendio de combustible. Esta plataforma contar con pretil. Las aguas lluvia que ingresen al pretil sern
colectadas y dispuestas en la cmara decantadora de la Estacin de Servicio.
-
23
Limpieza.
Envases. Operacin. 0,1 m3 COPIULEMU /ao
Filtros Operacin 0,05 m3 COPIULEMU /ao
El transporte del RESPEL ser realizado por RINO CHILE. La resolucin N 962/01 y N 786/04 de
COPIULEMU se adjunta en al ANEXO 8, junto con el certificado de factibilidad de recepcin de
residuos otorgado a RINO CHILE.
3.4. A travs del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, se
generarn ruidos?
SI, se genera ruido en la etapa de construccin y operacin emitido por los camiones
abastecedores de combustible y embarcaciones de los clientes. Tal ruido no generar un impacto
en la poblacin puesto que estos vehculos cuentan con silenciadores.
3.5. A travs del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, se
generarn formas de energa?
NO, se generarn formas de energa y durante la operacin se utilizar energa del sistema de
electrificacin instalado.
3.6. A travs del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, se
generarn efectos de la combinacin y/o interaccin conocida de los contaminantes emitidos o
generados por el proyecto o actividad?
NO, se estima que la operacin de la estacin de servicio para embarcaciones, no genere efectos
sinrgicos dainos producto de sus emisiones slidas y lquidas.
6 Aprobada ambientalmente bajo la Res. Exenta 81/00, Centro de almacenamiento y transferencia,
recuperacin y revalorizacin de residuos, tratamiento y disposicin de desechos de origen industrial y
domiciliarios.
-
24
4. ANTECEDENTES PARA EVALUAR QUE EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO REQUIERE PRESENTAR UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
A continuacin se analiza el proyecto de acuerdo a los artculos de 5 al 11 del
reglamento (a excepcin del artculo 7) que son los que permiten definir si la modificacin del
proyecto debe presentar una Declaracin de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto
Ambiental (EIA)
4.1. NO afecta el cumplimiento de las normas primarias y secundarias de calidad ambiental y
emisin vigentes. Art. 5 letra a y Art. 6 letra a.
Comentario: El proyecto no afectara normas de calidad del aire.
4.2. NO existen efectos adversos por la combinacin, peligrosidad, cantidad, concentracin,
duracin y lugar de las descargas de los efluentes lquidos y de las emisiones a la atmsfera.
Art. 5 letras b y c Art. 6 letras b y c.
Comentario: Este proyecto no contempla descarga de efluentes.
4.3 NO existen efectos adversos por la combinacin, peligrosidad, cantidad, concentracin,
duracin y lugar del manejo de los residuos slidos. Art. 5 letras d y e Art. 6 letras d y e.
Comentario: Como se mencion anteriormente, segn las caractersticas de los residuos slidos
generados por el proyecto, en la etapa de construccin y operacin tendrn el tratamiento y
disposicin adecuados a sus caractersticas.
4.4. NO existen efectos adversos debido al ruido generado por el proyecto. Art. 5 letras f Art.
6 letras f.
Comentario: Los camiones que van a realizar el transporte, cumplen con toda la normativa
vigente.
-
25
4.5. NO existen efectos adversos debido a la generacin de energa, radiacin o vibraciones
generadas por el proyecto. Art. 5 letras g Art. 6 letras g.
Comentario: De acuerdo a las caractersticas del proyecto no se generarn efectos adversos
debido a la generacin de energa, radiacin o vibraciones, sobre la poblacin.
4.6. NO existen efectos adversos por la combinacin y/o interaccin conocida de los
contaminantes emitidos por el proyecto o actividad. Art. 5 letras h Art. 6 letras h.
Comentario: El proyecto no generar contaminantes que puedan causar efectos adversos sobre la
poblacin o los recursos de la zona. Durante la etapa de construccin y operacin, la gestin de
los efluentes y residuos generados cumplirn con la normativa vigente.
4.7. NO existen efectos adversos debido a la relacin entre las emisiones de los
contaminantes generados y la calidad ambiental de los recursos renovables. Art. 6 letra i.
Comentario: Las obras y acciones de la presente modificacin, no generarn efectos adversos
sobre la calidad ambiental de los recursos naturales renovables. En cuanto a la descarga de los
residuos lquidos tratados, se cumplir con la normativa vigente. En ningn caso se producirn
efectos adversos significativos sobre la calidad ambiental de los recursos renovables (aire, agua).
Por otra parte, no existen en el rea de influencia del proyecto recursos renovables susceptibles
de verse afectados.
4.8. NO existen efectos adversos sobre la calidad de los recursos, considerando para efectos
de la evaluacin su capacidad de dilucin, dispersin, autodepuracin, asimilacin y
regeneracin. Art. 6 letra j.
Comentario: Las emisiones sern incapaces de alterar la calidad de los recursos naturales
renovables.
4.9. El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas NO considera
intervencin o explotacin de vegetacin y/o fauna nativa. Art. 6 letras k y l.
Comentario: Dada la naturaleza de la modificacin, no se considera la extraccin o explotacin de
flora y fauna.
-
26
4.10. A travs del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, NO
considera la extraccin, explotacin, alteracin o manejo de especies de flora y fauna que se
encuentre en alguna de las siguientes categoras de conservacin: en peligro de extincin,
vulnerables e insuficientemente conocidas? Art. 6 letra m.
Comentario: En el sector de emplazamiento del proyecto no existen especies de flora y fauna
comprometidas en alguna de las categoras de conservacin indicadas.
4.11. A travs del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, NO se
considera la intervencin o explotacin de recursos hdricos en vegas y/o bofedales ubicados en
las regiones I y II, reas o zonas de humedales que pudieren ser afectados por el ascenso o
descenso de los niveles de aguas subterrneas o superficiales; cuerpos de aguas subterrneas o
superficiales; cuerpos de aguas subterrneas que contengan aguas milenarias y/o fsiles; y/o
lagos o lagunas en que se generen fluctuaciones de niveles. Art. 6 letra n.1, n.2, n.3 y n.5.
Comentario: En ninguna de las etapas de la modificacin se considera la intervencin o
explotacin de los recursos hdricos mencionados.
4.12. NO se considera explotacin o intervencin de recursos hdricos de una cuenca o
subcuenca hidrogrfica transvasada a otra. Art. 6 letra n.4.
Comentario: El proyecto no considera explotacin o intervencin de recursos hdricos de una
cuenca o subcuenca hidrogrfica transvasada a otra.
4.13. NO se considera la introduccin al territorio nacional de alguna especie de flora o fauna,
u organismos modificados genticamente o mediante otras tcnicas similares. Art. 6 letra .
Comentario: El proyecto no considera la introduccin al territorio nacional de alguna especie de
flora o fauna, u organismos modificados genticamente o mediante otras tcnicas similares
4.14. NO se considera la prdida de suelo susceptible de perderse o degradarse por erosin,
compactacin o contaminacin. Art. 6 letra o.
Comentario: El proyecto no considera la prdida de suelo de ninguna clase.
4.15. NO se considera alteracin de la diversidad biolgica presente en el rea de influencia
del proyecto. Art. 6 letra p.
-
27
Comentario: El proyecto no considrala alteracin de la diversidad biolgica.
4.16. NO se considera alteraciones significativas referente a la dimensin geogrfica,
consistente en la distribucin de los grupos humanos en el territorio y la estructura espacial de
sus relaciones, considerando la densidad y distribucin espacial de la poblacin ; el tamao de
los predios y la tenencia de la tierra; y los flujos de comunicacin y transporte. Art. 8 letra a.
Comentario: El desarrollo del proyecto no provocar cambios en los ndices de poblacin,
distribucin urbano-rural, poblacin econmicamente activa y/o distribucin por edades y sexo.
4.17. NO se considera alteraciones significativas referente a la dimensin geogrfica,
consistente en la estructura de la poblacin local por edades, sexo, rama de actividad, categora
ocupacional y status migratorio, considerando la estructura urbano rural; la estructura segn
rama de actividad econmica y categora ocupacional; la poblacin econmicamente activa, la
estructura de edad y sexo, la escolaridad y nivel de instruccin; y las migraciones. Art. 8 letra b
Comentario: El proyecto no considera alteracin de ninguno de los puntos descritos.
4.18. No se considera alteraciones significativas referentes a la dimensin antropolgica
considerando las caractersticas tnicas; y las manifestaciones de la cultura. Art. 8 letra c
Comentario: En el rea del proyecto no se realizan ceremonias religiosas ni otras manifestaciones
propias de la cultura o del folklore del pueblo, comunidad o grupo humano que pudiesen ser
afectadas.
4.19. No se considera alteraciones significativas referentes a la dimensin socio econmica,
considerando el empleo y desempleo; la presencia de actividades productivas dependientes de la
extraccin de recursos naturales por parte de un grupo humano. Art. 8 letra d.
Comentario: El proyecto no alterar los ndices de empleo y no afectar las actividades
productivas indicadas. Para la operacin e la caseta slo se utilizar a un operario.
4.20. No se considera alteraciones significativas referentes a la dimensin de bienestar social
bsico, relativo al acceso del grupo humano a bienes, equipamiento y servicios. Art. 8 letra e.
Comentario: El proyecto afectar a las comunidades circundante en forma positiva, suministrando
un bien de consumo bsico para su traslado desde y hacia Calbuco.
-
28
4.21. NO se localiza prximo a poblaciones, recursos y reas protegidas susceptibles de ser
afectados, as como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Art. 9.
Comentario: El proyecto se emplazar cercano a poblaciones, pero en un rea circunscrita de
evidente uso industrial.
4.22. NO se considera la obstruccin de la visibilidad a zonas con valor paisajstico. Art. 10
letra a.
Comentario: Dadas las caractersticas del proyecto, no obstruir ninguna zona de valor
paisajstico.
4.23. NO se considera alteraciones de algn recurso o elemento del medio ambiente de zonas
con valor paisajstico o turstico. Art. 10 letra b.
Comentario: El proyecto no estar cerca de zonas con valor paisajstico o turstico.
4.24. NO se considera obstruccin al acceso a los recursos o elementos del medio ambiente de
zonas con valor paisajstico o turstico. Art. 10 letra c.
Comentario: El proyecto no obstruir de zonas con valor paisajstico o turstico.
4.25. NO se considera intervencin de zonas con valor paisajstico y/o turstico y/o un rea
declarada zona o centro de inters turstico nacional, segn lo dispuesto en el decreto Ley N
1.224 de 1975? Art. 10 letra d.
Comentario: El proyecto no considera la intervencin a las zonas antes mencionadas.
4.26. NO se Considera la remocin, destruccin, excavacin, traslado, deterioro o
modificacin de algn Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N 17.268. Art. 11
letra b.
Comentario: No considera la alteracin en ninguno de los puntos detallados en relacin con algn
monumento nacional.
4.27. NO se considera la modificacin o deterioro en construcciones, lugares o sitios que por
sus caractersticas constructivas, por su antigedad, por su valor cientfico, por su contexto
histrico o por su singularidad, pertenecer al patrimonio cultural. Art. 11 letra c.
-
29
Comentario: No considera la modificacin en ningunos de los aspectos a algn patrimonio
cultural.
4.28. NO se considera la proximidad a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folklore de algn pueblo, comunidad o grupo humano. Art. 11 letra d. Comentario: El proyecto no se encuentra cercano a lugares o sitios donde se lleven a cabo
manifestaciones propias de la cultura o folklore.
5. ANTECEDENTES PARA EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS AMBIENTALES.
En este captulo se analizarn las normas jurdicas de carcter ambiental aplicables al proyecto
sujeto en evaluacin, lo que incluye una enunciacin de las disposiciones aplicables de cada una
de ellas, ms una posterior descripcin de la forma de su cumplimiento por parte de este titular.
Ello, sumado a los antecedentes provedos a lo largo de este documento, permite determinar
si el impacto ambiental que generar el proyecto se ajusta a las normas ambientales vigentes,
segn lo exige el Artculo 15 letra c) del Reglamento del SEIA.
1.15.
Normativa aplicable a la actividad.
La Estacin de Servicio se rige por la normativa vigente para la construccin y operacin de
estaciones de servicio. En lo principal, el manejo del combustible debe cumplir con la normativa de
la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y las construcciones fueron realizadas en
conformidad con ordenanzas municipales de aseo, ornato y ruidos.
La proteccin de las componentes ambientales est basada segn se indica en el punto 3
de la DIA. La seleccin de las normas se ha hecho utilizando como fuente, el Repertorio de
Legislacin de Carcter Ambiental Vigente, de la Comisin Nacional del Medio Ambiente
(CONAMA) y su suplemento.
-
30
Normativa de carcter general.
Tabla 7: Normativa general.
Normativa Descripcin
D.S. 1.150 / 1980 CONSTITUCION POLTICA DE CHILE
El Derecho a vivir en un ambiente libre de contaminacin, siendo deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservacin de la naturaleza, protegiendo el medio ambiente. El Proyecto se somete al Sistema de Evaluacin de Impacto.
LEY 19.300 / 2004 LEY DE BASES DEL MEDIOAMBIENTE MINSEGPRES
El Derecho a vivir en un ambiente libre de contaminacin, la proteccin del medio ambiente, la preservacin de la naturaleza y la preservacin del patrimonio ambiental. Entrega los Instrumentos de Gestin Ambiental, entre ellos, el SEIA. El Proyecto se somete al Sistema de Evaluacin de Impacto Ambiental (SEIA) a travs de la presentacin de una Declaracin de Impacto Ambiental (DIA).
D.S. N 30 MODIFICADA POR EL D.S. 95/2002 REGLAMENTO DEL SISTEMA DE EVALUACIN DE IMPACTO AMBIENTAL MINSEGPRES
Definicin de: los Proyectos que deben ingresar al SEIA; los criterios para ingresar al sistema a travs de un estudio o declaracin de impacto ambiental (EIA o DIA); los plazos y procedimientos de evaluacin; los permisos ambientales sectoriales, entre otros. El Proyecto comprende actividades sealadas en el artculo 10 del Ttulo II de la Ley 19.300. El proyecto se ha sometido a evaluacin en la COREMA respectiva a su lugar de emplazamiento y acatar todas las observaciones de esa comisin, relativas al cumplimiento de Normativa Ambiental aplicable a la actividad.
D.S. N 458 / 1076 LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES. MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Los proponentes debern sealar en el documento ambiental pertinente, el lugar en donde se emplazar el proyecto y el instrumento de planificacin territorial correspondiente en caso aplicable.
D.S. N 47 / 1992 Califica los locales segn sus condiciones
-
31
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIN
acsticas.
D.F.L. N 725 / 1967 EXMINISTERIO DE SALUD PBLICA CDIGO SANITARIO
Aplica el LIBRO TERCERO; DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD DEL AMBIENTE Y DE LOS LUGARES DE TRABAJO.
D.S. N 594 / 1999 REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BSICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO MINISTERIO DE SALUD
Artculo 1: El presente reglamento establece las condiciones sanitarias y ambientales bsicas que deber cumplir todo lugar de trabajo, sin perjuicio de la reglamentacin especfica que se haya dictado o se dicte para aquellas faenas que requieren condiciones especiales. Establece, adems, los lmites permisibles de exposicin ambiental a agentes qumicos y agentes fsicos, y aquellos lmites de tolerancia biolgica para trabajadores expuestos a riesgo ocupacional. Artculo 3: La empresa est obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempean, sean stos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella.(*)
-
32
Normativa de carcter especfico.
Tabla 8: Normativa de carcter especfico.
Normativa Descripcin
D.F.L. NFL /78 MINISTERIO DE MINERIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIN
Regula aspectos relativos a la importacin, refinacin, distribucin, etc. De combustibles derivados del petrleo, gas natural y gas licuado.
D.S. 160/08 SUBSECRETARIA DE ECONOMA Y RECONSTRUCCIN
Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de produccin y refinacin, transporte, almacenamiento, distribucin y abastecimiento de combustibles lquidos. Art. 13: Los propietarios y operadores debern mantener las instalaciones en buen estado y en condiciones de impedir o reducir cualquier filtracin, emanacin o residuo que pueda causar peligro daos o molestias a las personas y/o cosas, cursos de aguas superficiales, subterrneas, lagos o mares.
D.S. N 226 / 1982 MINISTERIO DE ECONOMA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIN
Establece requisitos de seguridad para instalaciones y locales de almacenamiento de combustibles (gas licuado y combustibles lquidos derivados del petrleo).
D.S. N 171 /1989 MINISTERIO DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACIONES
Oficializa NCh N 2.120 / Of. 89. Sustancias peligrosas del Instituto Nacional de Normalizacin. Clases de sustancias peligrosas en la NCh 382 Of.89
D.S. N 193/89 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Oficializa Norma Chilena NCh N 382/Of.89. Sustancias Peligrosas - Terminologa y Clasificacin General.
D.S N 90/93 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Oficializa Norma Chilena NCh N 2.190/Of.93 del Instituto Nacional de Normalizacin. Sustancias Peligrosas - Marcas para Informacin de Riesgos.
D.S. N 1.314/55 MINISTERIO DE ECONOMA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIN.
Oficializa Norma Chilena NCh N 387/Of.55. Medidas de Seguridad en el Empleo y Manejo de Materias Inflamables.
D.S. N 236/60 MINISTERIO DE ECONOMA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIN.
Oficializa Norma Chilena NCh N 393/Of.60. Establece normativa de seguridad para el manejo de explosivos, materias inflamables, municiones y petrleo.
D.S. N 170/71 MINISTERIO DE ECONOMA, FOMENTO
Oficializa Norma Chilena NCh N 758/Of.71. Sustancias Peligrosas - Almacenamiento de Lquidos Inflamables Medidas Particulares de Seguridad.
-
33
Y RECONSTRUCCIN. D.S. N 1.164/74 MINISTERIO DE ECONOMA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIN.
Oficializa Norma Chilena NCh N 389/Of.74. Sustancias Peligrosas - Almacenamiento de Slidos, Lquidos y Gases Inflamables Medidas Generales de Seguridad.
LEY N 18.410, ORGNICA DE LA SEC
Una vez terminadas las Instalaciones de Combustibles Lquidos, pertinentes al proyecto, stas deben ser declaradas ante esta Superintendencia, por un profesional competente, de acuerdo a los procedimientos vigentes.
LEY DE NAVEGACIN D.L N 2.222/78
Establece, en trminos generales, la prohibicin absoluta de arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petrleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que ocasionen daos o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdiccin nacional, y en puertos, ros y lagos.
LEY DE CONCESIONES MARTIMAS DFL N 340/60 Y EL REGLAMENTO DE CONCESIONES MARTIMAS D.S. 660/88 DEL MINISTERIO DE DEFENSA
La concesin martima se encuentra otorgada por Decreto 278/2005, SSMM.
D.F.L. 292/1953. LEY ORGNICA DE LA DIRECCIN GENERAL DEL TERRITORIO MARTIMO Y MARINA MERCANTE.
En el Art. 3 se fijan las funciones de la Directemar, entre otras, ejercer la fiscalizacin y control de las playas y de los terrenos fiscales de playa colindantes con stas en el mar, ros y lagos; de las rocas, fondos de mar y porciones de agua dentro de las bahas, ros y lagos, y a lo largo de las costas del litoral y de las islas, cuyo control y fiscalizacin otorgan las leyes al Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretara de Marina. El Art. 6 estipula que se considerar como jurisdiccin de la Direccin el mar que baa las costas de la Repblica hasta una distancia de doce millas (cuatro leguas marinas) medidas desde la lnea de la ms baja marea, o la extensin de mar territorial que se fije en acuerdos internacionales a los que se adhiera el Gobierno de Chile si es superior a la aqu sealada; las aguas interiores de golfos, bahas, estrechos y canales cualquiera que sea la distancia que exista entre sus costas; las playas, los roqueros hasta donde alcanzan las ms altas mareas; los lagos de dominio pblico, y los ros navegables hasta donde alcanzan los efectos de las mareas; los diques, varaderos, desembarcaderos, muelles, espigones de atraque y, en general, toda construccin que se interne en las aguas martimas, fluviales y lacustres, o construidas en ellas (Obras Martimas);
-
34
la extensin de ochenta metros de ancho en los bienes nacionales y fiscales, medidos desde la costa u orilla de mar, riberas de lagos o de ros navegables hacia tierra firme y caletas. En los recintos portuarios de puertos artificiales la Direccin tendr jurisdiccin slo en cuanto al mantenimiento del orden, seguridad y disciplina.
-
35
Cumplimiento de normativa ambiental.
Tabla 9: Cumplimiento de normativa ambiental.
Normativa
Componente ambiental regulado
Accin de cumplimiento
Etapa
RESOLUCIN 1.215/78 MINISTERIO DE SALUD
Aire
El proyecto no transgrede las normas primarias y secundarias de calidad ambiental y de emisin vigentes. En la etapa de construccin, las empresas contratistas encargadas de las faenas, adoptarn las medidas de carcter constructivo para aminorar la emisin de material particulado, a travs del rociado de superficies y transporte de materiales en camiones cubiertos con lona.
Operacin Construccin
D.S. N 16/98 MINSEGPRES
Aire
Las empresas contratistas adoptarn las medidas de carcter constructivo para aminorar la emisin de material particulado, como rociado de superficies, transporte de materiales en camiones cubiertos con lona y lavado de ruedas de camiones entre otros.
Construccin.
D.S. N 144/61 MINISTERIO DE SALUD
Aire
Las empresas contratistas adoptarn las medidas de carcter constructivo para aminorar la emisin de material particulado, como rociado de superficies y transporte de materiales en camiones cubiertos con lona.
Construccin.
D.S. 148/03 REGLAMENTO SANITARIO SOBRE MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS
Se instalar una bodega al interior de las dependencias administrativas de la EDS donde se dispondr de los filtros, huaipes, paos de Limpieza, envases y filtros generados de la mantencin de los equipos de la plataforma. Este permiso ser solicitado al SS.SS. respectivo.
Operacin
D.S. N 594/99 Agua En la fase de operacin del Operacin
-
36
MINISTERIO DE SALUD
proyecto se generarn nicamente aguas servidas de origen domstico. La Estacin de Servicio contar con conexin a la red pblica. Durante la fase de construccin se producirn aguas servidas de tipo domestico, para lo cual se contar con baos qumicos. Se exigir contractualmente su limpieza y disposicin de los residuos.
Construccin.
D.F.L. N 725 MINISTERIO DE SALUD
Suelo El proyecto generar slo Residuos Slidos Domsticos, los que sern retirados por el Servicio de Aseo Municipal.
Operacin
D.S. N 75/87 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Suelo El transporte de tierra, ridos y en general todos aquellos materiales que produzcan polvo, lo efectuar una empresa contratista acreditada, cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas.
Construccin
D.S. N 146/98 MINISTERIO SECRETARA GENERAL DE LA REPBLICA
Ruido
En virtud de que este proyecto slo considera la comercializacin de combustibles, y no se considera incorporar elementos que emitan ruido, se estima que no se producir un impacto respecto de la situacin sin modificacin. Inspeccin peridica del estado de equipos y maquinaria a ser utilizada. Se privilegiar el uso de maquinaria moderna de baja emisin. No se trabajar domingos ni festivos. El horario de trabajo ser de acuerdo a lo dispuesto por la ordenanza municipal. Ejecucin de un cierre perimetral.
Operacin Construccin.
D.S. N 594/99 MINISTERIO DE SALUD
Ruido Proteccin auditiva en aquellos casos en que se manipule herramientas que as lo ameriten.
Operacin y Construccin.
-
37
D.S. N 148/04 MINISTERIO DE SALUD REGLAMENTO SANITARIO SOBRE MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS
RESPEL Manejo de residuos peligrosos: almacenamiento, transporte, tratamiento y disposicin final. Ser realizado por empresa externa autorizada para el Manejo de este tipo de residuos.
Operacin y Construccin.
LEY DE NAVEGACIN D.L N 2.222/78
Con respecto al tema ambiental, en el Ttulo 9 De la contaminacin, prohbe el derrame de hidrocarburos y otras sustancias nocivas en las aguas sometidas a la jurisdiccin nacional, y en puertos, ros y lagos. Asigna a la Autoridad Martima la responsabilidad de preservar la flora y fauna martima por contaminacin ocurrida a causa de siniestros martimos. Adems, establece responsabilidades civiles por contaminacin, sanciones y multas, tribunales y procedimientos. Cumplimiento: El proyecto no contempla arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petrleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que ocasionen daos o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdiccin nacional.
Construccin y Operacin
DECRETO SUPREMO N1 DE 1992, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Establece el rgimen de prevencin, vigilancia y combate de la contaminacin en las aguas de mar, puertos, ros y lagos sometidos a la jurisdiccin nacional. Prohbe absolutamente arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petrleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que ocasionen o puedan ocasionar daos o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdiccin nacional y en puertos, ros y lagos. Art. 2. Cumplimiento: El proyecto no contempla arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petrleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que ocasionen daos o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdiccin nacional, y en puertos, ros y lagos.
Construccin y Operacin.
-
38
El Ttulo III est referido a las instalaciones terrestres y terminales martimos asociados a las naves y artefactos navales. Se ingresa a CCPP de Calbuco el PLAN DE CONTINGENCIA CONTRA DERRAMES DE HIDROCARBUROS y se aplicar el PROGRAMA DE CAPCITACIN CONTRA DERRAMES DE HIDROCARBUROS y el PROGRAMA DE CAPACITACIN DE MANEJO DE RESIDUOS, con la finalidad de prevenir y minimizar el riesgo de contaminacin.
D.S 160/08, MINISTRIO DE ECONOMA Y RECONSTRUCCIN Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de produccin y refinacin, transporte, almacenamiento, distribucin y abastecimiento de combustibles lquidos.
Art. 13: Los propietarios y operadores debern mantener las instalaciones en buen estado y en condiciones de impedir o reducir cualquier filtracin, emanacin o residuo que pueda causar peligro daos o molestias a las personas y/o cosas, cursos de aguas superficiales, subterrneas, lagos o mares. Art. 18: Deber implementar un Manual de Seguridad de CL. Art.23: El operador deber disponer de manuales que contengan procedimientos para efectuar la operacin, mantenimiento e inspeccin de dichas instalaciones. Titulo III, de la seguridad de las instalaciones de CL, Cap. 1: El Operador deber implementar un Programa de Seguridad, Manual de seguridad de CL (MSCL), Planes de emergencia y accidentes y accidentes a informar. Art. 283: El operador deber mantener en la instalacin los registros siguientes: - De la instalacin y mantenimiento de los tanques,
surtidores y tuberas. - De la verificacin del inventario diario y de las
fluctuaciones diarias y acumuladas en los ltimos 12 meses en cada tanque.
- De las reparaciones, inspecciones y mantenimiento en general (extintores, red de drenaje y venteos).
- Del tipo e capacitacin y entrenamiento entregado a su personal.
Art. 298: Dar aviso a la SEC del inicio de modificaciones. Art. 302: Dar aviso del trmino definitivo de las operaciones a la SEC. Cumplimiento: Los registros y procedimientos enunciados se implementarn una vez comience a operar la plataforma de expendio de diesel.
OPERACIN
-
39
6. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES.
PERMISO:
Reglamento SEIA, Artculo 72: En los permisos para instalar y operar un terminal martimo y las
caeras conductoras para el transporte de sustancias contaminantes o que sean susceptibles de
contaminar, a que se refiere el artculo 117 del D.S. 1/92 del Ministerio de Defensa Nacional,
Reglamento para el Control de la Contaminacin Acutica, los requisitos para su otorgamiento y
los contenidos tcnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, sern los que se
sealan en el presente artculo.
AUTORIDAD:
Direccin General del Territorio Martimo y Marina Mercante.
REQUISITOS PARA SU OTORGAMIENTO Y CONTENIDOS TCNICOS Y FORMALES NECESARIOS
PARA ACREDITAR SU CUMPLIMIENTO:
La Declaracin de Impacto Ambiental, segn sea el caso, se debern sealar las medidas de
seguridad para prevenir la contaminacin, en conformidad a un estudio de seguridad que
contenga un plan de emergencia o contingencia y que indique el equipamiento bsico para
controlar derrames de hidrocarburos u otras sustancias contaminantes o que sean susceptibles de
contaminar.
En el ANEXO 5, se encuentra el PLAN DE CONTINGENCIAS CONTRA DERRAMES DE
HIDROCARBUROS, ingresado a la CCPP de Calbuco.
-
40
7. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS.
El titular se compromete a realizar lo siguiente:
1. Monitoreo de Hidrocarburos totales: Muestrear hidrocarburos totales en 1 estacin de
agua de mar y 1 estacin de sedimento, ambas aledaas a la plataforma de expendio de
combustible. De cada estacin se extraern 3 rplicas tanto para mar como para
sedimento. Se realizar el primer muestreo antes de comenzar con la operacin de venta
de combustible y para luego repetirlos con una periodicidad de 6 meses.
-
41
8. FIRMA DE LA DECLARACIN DE IMPACTO AMBIENTAL
Bajo juramento declaro que en base a los antecedentes presentados, se cumple con la
normativa ambiental vigente aplicable a la ejecucin del proyecto AMPLIACIN DE LA
ESTACIN DE SERVICIO ARTURO PRAT ESQUINA LOS HEROES, CALBUCO descrito
en la presente Declaracin de Impacto Ambiental, conforme a lo estipulado en la Ley 19.3000
sobre Bases Generales de Medio Ambiente y el D..S. N 95/02 Modificacin al Reglamento del
Sistema de Evaluacin de Impacto Ambiental.
-
42
9. ANEXOS
ANEXO 1 DOCUMENTOS LEGALES DEL TITULAR DEL PROYECTO.
ANEXO 2 RESOLUCIN DE LA SUBSECRETARIA DE MARINA QUE OTORGA LA CCMM.
ANEXO 3 PROGRAMA DE CAPACITACIN CONTRA DERRAMES DE HIROCARBUROS.
ANEXO 4 PROCEDIMIENTO DE MANEJO DE RESIDUOS.
ANEXO 5 PLAN DE CONTINGENCIA CONTRA DERRAMES DE HIDROCARBUROS.
ANEXO 6 LISTADO DE PERMISOS AMBIENTALES DE HIDRONOR.
ANEXO 7 RESOLUCIN DE TRANSPORTE DE RINO Y CERTIFICADO DE FACTIBILIDAD DE
RECEPCIN DE RESIDUOS DE HIDRONOR.
ANEXO 8 RESOLUCIONES DE COPIULEMU Y CERTIFICADO DE FACTIBILIDAD DE RECEPCIN
DE RESIDUOS.