dia nueva unidad de alquilacion

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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO “NUEVA UNIDAD DE ALQUILACIÓN” ELABORADO PARA DICIEMBRE DE 2005 Av. Vitacura 2909 Ofic. 617 Las Condes, Santiago, Chile Fono: 562-335 0076; Fax: 562-231 4369 e-mail: [email protected]   www.sga-ltda.cl

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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

PROYECTO

“NUEVA UNIDAD DE ALQUILACIÓN” 

ELABORADO PARA

DICIEMBRE DE 2005

Av. Vitacura 2909 Ofic. 617 Las Condes, Santiago, Chile Fono: 562-335 0076; Fax: 562-231 4369e-mail: [email protected] ▪ www.sga-ltda.cl

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EN LO PRINCIPAL: DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL. PRIMER OTROSI: ACOMPAÑA DOCUMENTOS Y ANTECEDENTES. SEGUNDOOTROSI: ACREDITA PERSONERIA.

SEÑORES COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTEV REGIÓN

Sergio Arévalo Espinoza, de nacionalidad chilena, Cédula de Identidad Nº 4.212.294-7, enrepresentación, según se acreditará, en el segundo otrosí, de Enap Refinerías S.A. RUT Nº87.756.500-9 del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Av.Borgoño Nº 25.777, Concón, a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la V Región,respetuosamente digo:

Que vengo en acompañar la presente Declaración de Impacto Ambiental, relativa al proyecto “ Nueva Unidad de Alquilación”, sometiéndonos al Sistema de Evaluación deImpacto Ambiental según lo dispone el artículo 9 de la Ley sobre Bases Generales delMedio Ambiente y expresando, bajo juramento, que este proyecto cumple con la legislaciónambiental vigente, de conformidad con lo exigido en el artículo 18 de la Ley sobre BasesGenerales del Medio Ambiente y el artículo 14 del Reglamento del Sistema de Evaluaciónde Impacto Ambiental.

El contenido de la Declaración de Impacto Ambiental, de acuerdo con la normativa citada precedentemente y naturaleza del proyecto es el siguiente:

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INDICE

1 Tipo de Proyecto o Actividad ...........................................................................................11.1 Nombre y Tipo de Proyecto.......................................................................................11.2 Identificación del Titular y Representante Legal.........................................................21.3 Objetivo del Proyecto.................................................................................................21.4 Localización............................................................................................................... 21.5 Monto estimado de la Inversión y Mano de Obra.......................................................41.6 Cronograma y Vida Útil del Proyecto.........................................................................41.7 Superficie a Ocupar...................................................................................................61.8 Justificación de la Localización..................................................................................6

2 Descripción del Proyecto..................................................................................................72.1 Partes, Acciones y Obras Físicas del Proyecto........................................................10

2.1.1 Descripción de la Etapa de Construcción..........................................................10

2.1.2 Descripción de la Etapa de Operación..............................................................122.1.3 Transporte y Vialidad.........................................................................................222.1.4 Medidas de Control de Prevención de Riesgos y Control de Emergencias.......232.1.5 Etapa de Abandono...........................................................................................24

2.2 Generación de Emisiones, Efluentes y Desechos....................................................252.2.1 Etapa de Construcción......................................................................................252.2.2 Etapa de Operación...........................................................................................27

3 Antecedentes que Acreditan el Cumplimiento de la Normativa de Carácter Ambiental  Vigente y justifican la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental................34

3.1 Normativa de Carácter Ambiental General Aplicable Al Proyecto............................343.1.1 Ley 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente.................................343.1.2 Decreto Supremo Nº 95/01, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto 

 Ambiental................................................................................................................... 343.2 Normativa Ambiental de Carácter Especial Aplicable al Proyecto............................35

3.2.1 Emisiones a la Atmósfera..................................................................................353.2.2 Residuos...........................................................................................................403.2.3 Referida a la protección y conservación de recursos naturales.........................433.2.4 Patrimonio Cultural............................................................................................44

3.3 Antecedentes necesarios para determinar que el proyecto no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental........................................................45

4 Permisos Ambientales Sectoriales Requeridos por el Proyecto.....................................595 Compromisos ambientales voluntarios...........................................................................64

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1 TIPO DE PROYECTO O ACTIVIDAD

1.1 Nombre y Tipo de Proyecto

El nombre del proyecto es “Nueva Unidad de Alquilación” y consiste en la construcción yoperación de una nueva Planta de Alquilación de butilenos, en recintos de Enap RefineríasAconcagua (ERA) en Concón. Esta planta está orientada a producir alquilato, un compuestode alto octanaje, libre de azufre, benceno, aromáticos y olefinas, de baja presión de vapor,que se utilizará en la formulación de gasolinas que cumplan con especificaciones futuras,aprovechando la disponibilidad en ERA de butilenos, los que en la actualidad sonexportados.

En virtud de lo anterior, la actividad que se somete al SEIA a través de la siguiente DIAestá comprendida en la letra i) del artículo 10 de la Ley 19.300, sobre Bases Generales del

Medio Ambiente, y Artículo 3 del Reglamento del SEIA, el que indica que deben someterseal SEIA los proyectos, o sus modificaciones, de “ Planes de desarrollo minero, incluidos

los de carbón, petróleo y gas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas

 procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la extracción industrial de

áridos, turba o greda”.

En este caso, se trata de la construcción y operación de una Planta procesadora en unaRefinería de petróleo, por lo cual se aplica la letra i) de los artículos 10 y 3 de la Ley deBases y el Reglamento del SEIA, respectivamente, y corresponde que el proyecto ingrese al

SEIA, bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental, según se demuestra en estedocumento.

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1.2 Identificación del Titular y Representante Legal

a) Titular 

 Nombre Titular: Enap Refinerías S.A.Unidad: Refinería AconcaguaRUT: 87.756.500-9Domicilio legal: Av. Borgoño N° 25.777, Concón.Teléfono: 32- 650200Fax: 32- 811243

 b) Representante Legal

 Nombre: Sergio Arévalo Espinoza

RUT: 4.212.294-7Domicilio: Av. Borgoño N° 25.777, Concón.Teléfono: 32- 650301Fax: 32- 811243e-mail: [email protected]

1.3 Objetivo del Proyecto

El proyecto consiste en la construcción de una nueva Unidad de Alquilación de capacidad6.300 BPD1 (1.000 m3/día) de alquilato en la Refinería Aconcagua, la cual reemplazará a la

unidad existente de capacidad 1.100 BPD.

Esta planta se compone de las siguientes unidades de proceso: Unidad de Isomerización deButanos, Unidad de Saturación de Diolefinas, Unidad de Alquilación y Unidad deRegeneración de Ácido Sulfúrico.

1.4 Localización

El proyecto se localiza íntegramente al interior del sitio industrial donde actualmente operala Refinería Aconcagua, de propiedad del titular, en Avenida Borgoño Nº 25.777, Comuna

de Concón, Provincia de Valparaíso, V Región de Valparaíso.

El lugar donde se ubicarán estas unidades dentro de ERA en Concón, se encuentra normado por la Modificación del Plan Intercomunal de Valparaíso, aprobada por Resolución N°1.369 del 12.06.1995 del Gobierno Regional de Valparaíso, y corresponde a una ZonaIndustrial E-7a (ver Figura N° 1), que se encuentra destinada a albergar industriascalificadas como peligrosas. Luego, el emplazamiento del proyecto se ajusta a los usos

1 BPD = barriles por día

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 permitidos por el instrumento de planificación territorial vigente, no requiriéndose el permiso ambiental sectorial de Cambio de Uso de Suelo.

Figura N° 1Localización Nueva Unidad de Alquilación

En el Anexo N° 1 se adjunta plano N° C-10577-p-9A en el cual se muestra la ubicación dela nueva Unidad de Alquilación al interior de las actuales instalaciones de ERA. Al área del proyecto se accede directamente por las instalaciones de la Refinería Aconcagua.

Las coordenadas UTM del terreno de emplazamiento se muestran en la Tabla N° 1:

Tabla N° 1Localización Proyecto (coord. UTM datum PSAD 56)

Punto Coord. Norte Coord. Este1 6.354.148,380 266.082,3962 6.354.097,178 266.210,0673 6.354.071,431 266.051,5354 6.354.020,230 266.179,210

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PROYECTO

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1.5 Monto estimado de la Inversión y Mano de Obra

El monto aproximado de la inversión en el proyecto es de US$ 108 Millones.

El proyecto generará, en promedio, 570 empleos durante la etapa de construcción, privilegiando la contratación de mano de obra local. Durante la operación, se requerirá de 7operadores de proceso por turno, los cuales se distribuyen de la siguiente forma:

Tabla N° 2Mano de Obra - Etapa de Operación

Unidades de Proceso Operadores de ProcesoUnidad de Isomerización de Butanos

1 Sala de Control, 1 PlantaUnidad de Saturación de Diolefinas

Unidad de Alquilación 1 Sala de Control, 2 PlantaUnidad de Regeneración de Ácido Sulfúrico 1 Sala de Control, 1 PlantaTOTAL 7 Operadores

1.6 Cronograma y Vida Útil del Proyecto

El inicio de la construcción del proyecto está contemplado para el segundo semestre del año2007, mientras que el inicio de la operación está previsto para el segundo semestre del año2008.

La vida útil del proyecto se considera indefinida. Esto se logrará mediante la continuarenovación de los equipos de acuerdo a los programas de planificación de mantención yreposición de equipos.

A continuación, en la Figura Nº 2 se presenta un cronograma con las fases del proyecto ycon la duración estimada de las diferentes etapas.

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Figura N° 2Cronograma de Actividades

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1.7 Superficie a Ocupar

La superficie total del terreno de emplazamiento del proyecto es de 13.408 m 2. La

distribución de esta superficie de acuerdo a las unidades proyectadas se indica en la Tabla N° 3.

Tabla N° 3Superficie del proyecto

 

UnidadÁream2 %

Unidad de Isomerización de Butanos 4.420 32,97Unidad de Saturación de Diolefinas 2.070 15,44Unidad de Alquilación 6.318 47,12

Unidad de Regeneración de Ácido Sulfúrico 600 4,47TOTAL 13.408 100

1.8 Justificación de la Localización

El proyecto consiste en la instalación de una nueva Planta de Alquilación, que estaráubicada íntegramente en un sector disponible de la Refinería Aconcagua, reemplazando unaunidad existente de las actuales operaciones de ERA, lo cual justifica la localización del proyecto.

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2 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

La nueva Planta de Alquilación comprende los siguientes procesos y unidades:

- Pretratamiento de la carga de butilenos (Unidad de Saturación de Diolefinas).- Isomerización de butanos normales para producir isobutano (Unidad de

Isomerización de Butanos).- Alquilación (Unidad de Alquilación propiamente tal).- Regeneración de ácido sulfúrico gastado (Unidad de Regeneración de Ácido

Sulfúrico).

El pretratamiento de la carga de butilenos tiene por objeto remover las diolefinasconvirtiéndolas a butilenos. Esto tiene dos ventajas: por un lado aumenta el rendimiento dealquilato y por otro lado reduce el consumo de ácido sulfúrico.

La isomerización de butanos normales tiene por objeto ajustar el balance deisobutano/butilenos para la Planta de Alquilación. Normalmente las Refinerías sondeficitarias en isobutano para alquilar todos los butilenos. Por ello, para ajustar el balance,se isomerizan normal butano (n-butano) a isobutano.

El proceso de Alquilación consiste en la reacción de polimerización de butilenos(hidrocarburos olefínicos de 4 átomos de carbono) con isobutano (hidrocarburo parafínicode 4 átomos de carbono) para producir alquilato (hidrocarburo parafínico de 8 átomos decarbono).  La reacción se produce en fase líquida a baja temperatura y emplea ácidosulfúrico como catalizador. El ácido sulfúrico fresco alimentado a la unidad de Alquilación

tiene una concentración superior a 98,5 % en peso. Luego de la reacción se tiene un ácidosulfúrico gastado de 92-93 % en peso.

La unidad de regeneración de ácido sulfúrico gastado tiene por objeto concentrar el ácido a98,5 % en peso.

En la Tabla N° 4 se presenta un balance de masa global por cada Unidad mientras que en laTabla N° 5 siguiente se indican los principales suministros e insumos requeridos por lanueva Unidad de Alquilación.

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Tabla N° 4Balance de Masa Global - Planta de Alquilación

Unidad de Isomerización de Butanos

Materias Primas kg/h Productos kg/hButanoHidrógeno

11.62429

Isobutano (a Unidad Alquilación)Hidrógeno (a Unidad Saturación Diolefinas)Gas Combustible

11.40115232

Unidad de Saturación de DiolefinasMaterias Primas kg/h Productos kg/h

ButilenoHidrógeno

26.75315

Butileno (a Unidad de Alquilación)Gas Combustible

26.68461

Unidad de AlquilaciónMaterias Primas kg/h Productos kg/h

Isobutano

ButilenoButano Saturado

11.383

26.4586.244

Alquilato

Butano SaturadoPropano

31.174

11.6401.149

Unidad de Regeneración de Ácido SulfúricoMaterias Primas kg/h Productos kg/h

Ácido SulfhídricoÁcido Gastado (de TK)Gas CombustibleAgua de ProcesoAgua DesmineralizadaAireAire de Dilución

182.367173170223

4.4362.281

Acido SulfúricoAcido Débil a Sistema NeutralizaciónGas de ChimeneaVenteo

2.0941.1355.1141.321

 Nota: el balance de masa para la Unidad de Regeneración de Ácido Sulfúrico correspondeal de la capacidad de diseño de esta unidad, de 50 toneladas/día.

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Tabla N° 5Suministros e Insumos - Planta de Alquilación

Unidad 

Isomerización de ButanosCloro, kg/cada 3 meses 4.398Vapor, kg/h 2.113Condensado, kg/h - 2.113Soda cáustica fresca, kg/cada 1 semana 4.131Agua de proceso, kg/h 145Agua de refrigeración, m3/h 2.119

Saturación de DiolefinasVapor, kg/h 6.776Condensado, kg/h - 6.776Agua de proceso, kg/h 23

Agua de refrigeración, m3/h 6Alquilación

Ácido fresco, kg/h 1.303Soda cáustica fresca, m3/h 6Vapor, kg/h 31.336Condensado, kg/h - 31.336Condensado, kg/h 9.149Agua de refrigeración, m3/h 132

Regeneración de Ácido SulfúricoAgua de refrigeración, m3/h 195

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2.1 Partes, Acciones y Obras Físicas del Proyecto

Tal como se indicó en el punto anterior, la Nueva Planta de Alquilación considera lassiguientes unidades:

• Unidad de Isomerización de Butanos• Unidad de Saturación de Diolefinas• Unidad de Alquilación• Unidad de Regeneración de Ácido Sulfúrico

En las próximas secciones se detallan los procesos, equipos y actividades asociadas a cadaetapa del proyecto.

2.1.1 Descripción de la Etapa de Construcción

El proyecto se desarrollará al amparo de un contrato en la modalidad EPC, esto es, elcontratista seleccionado desarrollará la ingeniería de detalles, realizará el suministro deequipos y materiales y efectuará la construcción de las unidades. La construcción del proyecto se adjudicará a empresas que cumplan con todos los requisitos técnicos,económicos y ambientales que se incorporarán en la licitación. Sin perjuicio de lo anterior,la responsabilidad ambiental recaerá siempre en el titular del proyecto.

Se estima que la construcción de las obras se iniciará en el segundo semestre del año 2007y que su duración aproximada será de 12 meses. En este período se realizarán las siguientesactividades:

Instalación de Faenas

Esta actividad comprende la instalación de la infraestructura necesaria para dar inicio a lasobras que el proyecto demanda. Existirá un área de descarga para los vehículos detransporte. En el lugar de las faenas se contará con baños químicos e instalacionessuministradas por empresas autorizadas que cumplan con todas las condiciones sanitarias yambientales de los lugares de trabajo.

Para las faenas se utilizarán las instalaciones eléctricas de ERA y el abastecimiento de agua

 potable será desde la red de ERA, las que cumplirán con lo establecido en el Reglamentosobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

 No se requiere almacenamiento de combustibles en la zona de las faenas para atender laconstrucción. Los sub-contratistas disponen de fuentes de abastecimiento cercanas enestaciones de servicio de Concón.

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Habilitación del terreno y Obras Civiles

En el área de emplazamiento del proyecto sólo se realizará la habilitación del terreno, lasobras civiles y el montaje de los equipos proyectados, pues la fabricación de los mismos se

llevará a cabo fuera de la Refinería.

La etapa de habilitación del terreno incluye excavación, nivelación, compactación, trazado,relleno y obras civiles, para lo cual se emplearán las maquinarias típicas en este tipo detareas, tales como camiones, retroexcavadoras y cargadores.

Se estima que en la etapa de habilitación del terreno para la construcción de lasfundaciones, se deberán retirar aproximadamente 40.000 m3 de tierra. Una vez completadoel retiro de tierra, se rellenará con aproximadamente 22.000 m3 de material de relleno proveniente desde pozos de áridos debidamente autorizados para proveer este material.

Las obras civiles se pueden caracterizar como típicas de proyectos industriales ycorresponden a fundaciones para recibir equipos, estructuras de hormigón armado yedificaciones de hormigón armado de poca altura.

Montaje Mecánico

Durante esta etapa se contempla ejecutar el montaje de los equipos, instalación deestructuras mecánicas y la instalación de las cañerías para la interconexión de equiposcomo bombas, compresores, reactores, torres, intercambiadores de calor, entre otros.

Montaje Eléctrico e Instrumental

En esta etapa se realizarán las instalaciones eléctricas y se montarán los instrumentos.

En la etapa de montaje mecánico y eléctrico las maquinarias típicas que se emplearán soncamiones y grúas de diferente tamaño y capacidades, máquinas y equipos menores comoequipos de soldar, compresores y otros.

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2.1.2 Descripción de la Etapa de Operación

A continuación se describe la operación de las cuatro unidades incluidas en el proyecto

“Nueva Unidad de Alquilación” de Enap Refinerías S.A.

2.1.2.1 Unidad de Isomerización de Butanos

La Unidad de Proceso de Isomerización de Butanos ha sido diseñada específicamente pararealizar una continua isomerización catalítica de butanos. Las reacciones se llevan a caboen un ambiente hidrogenado, sobre una cama catalítica fija y dentro de condicionesoperativas que promueven la isomerización y minimizan el hidrocraqueo.

El hidrógeno utilizado es primero comprimido y luego secado para remover el agua. Este

hidrógeno se mezcla con los butanos que componen la alimentación, los cuales han sido previamente secados. La mezcla es precalentada en dos intercambiadores de calor, queutilizan la salida de los reactores como medio de calefacción, y en un tercero que utilizavapor. En los reactores (operados en serie) ocurre la transformación de butanos a isobutanoa una presión de 32 kg/cm2 y a una temperatura en el rango de 140-180 ºC. Como promotor de las reacciones se utiliza cloro, el cual es inyectado a la alimentación de los reactores.

La corriente de salida de los reactores es utilizada para calentar la alimentación a losmismos y luego es enviada a una torre de destilación para fraccionar el producto. Por elfondo se obtiene el isobutano y por el tope una corriente de gas. El isobutano se envía a laPlanta de Alquilación, mientras que la corriente gaseosa pasa por un lavador.

En el lavador se utiliza condensado y una solución cáustica para atrapar el ácido clorhídrico(HCl) que se formó en los reactores, debido a la presencia de cloro. El gas purificado seenvía finalmente al circuito de gas combustible de la refinería. Desde esta torre lavadora sedebe eliminar en forma periódica aproximadamente 8 a 16 m3 de solución cáustica por semana, la cual es conducida a la Planta de Desodorización existente de ERA.

En la Figura N° 3 se presenta un diagrama de flujo para la Unidad de Isomerización deButanos.

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Figura N° 3 Diagrama de Flujo - Unidad de Isomerización de Butanos

Hidrógeno

29 kg/h.

Butano

11.624 kg/h.

Cloro

Vapor

Gas Combustible

232 kg/h

Condensado

Soda Cáustica Agotada

Isobutano a Alquilación

11.401kg/h

Lavador

Compresor

Secador

Hidrogeno

Secador

Butano

Precalentador Precalentador

Vapor

Reactor A Reactor B

Condensador Tope

Hervidor

Fondo

Acumulador

Tope

Torre

FraccionamientoCoalescedor

Agua a

tratamiento

efluentes145 kg/h

Enfriador

Hidrógeno

15 kg/h.

Vaporizador

Vapor

Calentador

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2.1.2.2 Unidad de Saturación de Diolefinas

En la unidad de Saturación de Diolefinas, la hidrogenación selectiva pretrata la carga con el

objeto de convertir las diolefinas a butilenos. Esto tiene dos ventajas: por un lado aumentael rendimiento de alquilato y por otro lado reduce el consumo de ácido sulfúrico.

En primer lugar, la carga es calentada hasta 80 ºC en dos intercambiadores de calor. En el primero, el medio de calefacción es la corriente de fondo de la torre desorbedora y en elsegundo vapor. Luego, la carga se mezcla con hidrógeno y entra al reactor, el cual opera auna presión de 31 kg/cm2g. En este reactor el hidrógeno reacciona con las diolefinas(hidrocarburos con dos dobles enlaces) para formar olefinas (hidrocarburos con un dobleenlace como propileno, butileno y penteno).

La corriente de salida del reactor se alimenta a una torre desorbedora, donde por el tope se

separa el gas remanente de la corriente principal. La corriente de fondo de la torredesorbedora, mezcla de butilenos, isobutanos y butano, es enviada a la Planta deAlquilación.

En la Figura N° 4 se presenta el respectivo diagrama de flujo para la Unidad de Saturaciónde Diolefinas.

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Figura N° 4 Diagrama de Flujo - Unidad de Saturación de Diolefinas

BUTILENOS26.753 kg/h

VAPOR

HIDROGENO15 kg/h

BUTILENO A ALQUILACION26.684 kg/h

GAS COMBUSTIBLE61 kg/h

AGUA ATRATAMIENTODE EFLUENTES

23 kg/h.CALENTADOR

PRE - CALENTADOR

REACTOR

TORREFRACCIONAMIENTO

VAPOR

HERVIDORFONDO

ENFRIADOR

CONDENSADOR DETOPE

ACUMULADORTOPE

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2.1.2.3 Unidad de Proceso de Alquilación

En la Figura N° 5 se presenta el respectivo diagrama de flujo para la Unidad de

Alquilación.

La unidad de Alquilación está principalmente formada por 5 secciones:

• Sección de reacción• Sección de refrigeración• Tratamiento de efluentes• Fraccionamiento•  Blowdown

• Sección de reacción.

Se alimenta una corriente de olefinas a la sección de reacción, la cual es inicialmentecombinada con un reciclo de isobutano, y es enfriada por intercambio de calor con lacorriente efluente hasta 9º C. Antes de ingresar al reactor, esta mezcla pasa al coalescedor de alimentación, donde el agua libre es removida minimizando así la dilución del ácidosulfúrico utilizado como catalizador. Luego, esta corriente pasa al reactor donde se formauna emulsión de hidrocarburo y ácido. Una porción de la emulsión del reactor, que esaproximadamente 50 % ácido y 50 % hidrocarburo, es llevada a los separadores de ácido,donde la fase de hidrocarburo es separada de la emulsión.

Por otro lado, el proceso de alquilación (STRATCO) utiliza un sistema de refrigeración delefluente para remover el calor de reacción y controlar la temperatura de reacción. Con larefrigeración, los hidrocarburos en contacto con el ácido sulfúrico son mantenidos en faselíquida.

• Sección de refrigeración.

El compresor de refrigerante comprime la corriente de vapor a cerca de 7,3 kg/cm 2. Elvapor refrigerado es luego condensado en el condensador de refrigerante y en el enfriador de refrigerante.

El refrigerante condensado desde el condensador es recogido en el acumulador derefrigerante, desde el cual, una parte es enviada a la torre depropanizadora y la otra parte esenviada al economizador, previo paso por un enfriador. La alimentación al economizador sealimenta pulverizada a una presión de 2,0 kg/cm2g. A esta presión la corriente derefrigerante es parcialmente vaporizada, resultando una temperatura de 13 ºC en eleconomizador. El vapor del economizador fluye a una etapa intermedia del compresor derefrigerante y el líquido es enviado al tambor  flash.

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La alimentación a la torre depropanizadora es mezclada con soda y luego enviada al tambor de lavado de soda. El lavado con soda cáustica es diseñado para remover las trazas decomponentes ácidos en la corriente de alimentación a la depropanizadora. El hidrocarburoseparado desde el tambor de lavado de soda es luego tratado por contacto con agua, para

retener la soda cáustica que pudiera haber sido arrastrada, y luego fluye hacia la torre.

En la torre se separa el propano del refrigerante. El propano es enviado a los estanques de producto de la refinería, mientras que el refrigerante es devuelto hacia el economizador.

• Sección de tratamiento de efluente.

Luego de la sección de reacción, la corriente efluente que contiene trazas de ácido libre pasa a la sección de tratamiento de efluente. En esta etapa el efluente neto es tratado en elcoalescedor de lavado de ácido donde se extrae el ácido libre. Una porción del ácidorecuperado es enviada a la sección de reacción y otra se mezcla con la alimentación al

coalescedor. El efluente desde el coalescedor de lavado de ácido es mezclado con aguaalcalina caliente y pasa a un tambor de lavado que opera a una temperatura de 49 ºC. Elalquilato caliente es utilizado para mantener la temperatura mediante el intercambiador decalor alquilato/agua alcalina. Finalmente, el efluente fluye al coalescedor de lavado conagua, donde se utiliza agua tratada fresca de proceso para ayudar a remover el agua alcalinadesde la corriente de hidrocarburo.

• Sección de fraccionamiento.

Después de pasar por el tratamiento de efluente, el efluente neto, se dirige a la de-isobutanizadora en la sección de fraccionamiento, donde se separa el isobutano que se

recicla hacia la sección de reacción. La corriente de fondo de la de-isobutanizadora esenviada a la debutanizadora. En esta torre se separa por el tope el butano y por el fondo alalquilato (producto principal). El alquilato se enfría primero con agua alcalina en unintercambiador de tubo y carcasa, luego pasa por un condensador y por último por unaeroenfriador, para salir de la unidad como producto.

• Sección de Blowdown.

El ácido gastado desde los separadores de ácido es enviado al tambor de blowdown. Eltambor de blowdown está separado en dos cámaras mediante baffles internos, estoscumplen la función de separar cualquier hidrocarburo residual presente en el ácido gastado.

El ácido del tambor de blowdown es enviado al estanque de ácido gastado. Loshidrocarburos colectados en el otro lado del tambor de blowdown son recirculados a losreactores.

El gas desde el tambor blowdown es enviado a un tambor lavador donde los componentesácidos son removidos mediante una solución cáustica, antes que la corriente de gases seaenviada al sistema de antorcha de la refinería.

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Figura N° 5 Diagrama de Flujo - Unidad de Alquilación

Depro

paniz

adora

Soda Caustica

AguadeProceso

LavadorconSoda

VAPOR

CoalescedorAgua

Lavador

Gases Acidos

AcumuladordeRefrigerante

Economizador

SodaC austicaGastada

Gases aAntorcha

Isobutano

11.383 kg/h.

VAPOR

TambordeLavadoconAguaAlcalina

CoalescedorLavadorde

Acido

Agua AlcalinaGastada.

CoalescedordeLavadoconAgua

Debut

anizadora

Deisobutaniz

adora

AEstanquedeAcidoGastado

TamborFlash

Reactores

TamborSepa radordeAcido

Coalescedor

6.244kg/hRecicloIsobu tano

Desgacificador

TamborBlowdowndeAcido

SODAS AGOTADAS

AC.GASTADO A

UNIDADREGENERACION

AC.

ESTANQUEAC GASTADO

ACIDOFRESCOUNIDADDE

REG.AC.

ESTANQUEACFRESCO

ESTANQUE ACFRESCO/GASTADO

LAVADORCONSODA

TamborS eparadordeAcido

Alquilato

Producto

31.174 kg/h

Producto n -

Butano

11.640 kg/h

Agua a 

Tratamiento

de

Efluentes

Agua a 

Tratamiento

deEfluentes

A Producto

Propano

1.149 kg/h

Agua a 

Tratamiento

de

Efluentes

Condensador

Acumulador

Acumulador

Condensador

Acumulador

Condensador

Aeroenfriador

Condensador

Enfriador

Condensador

Compresor

Soda

ESTANQUE

NEUTRALIZACIÓN

aAntorcha

Coalescedor

Olefinas26.458 kg/h

Bomba Bomba

Hervidor

Hervidor

VAPOR

VAPOR

HervidorHervidor

VAPOR

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2.1.2.4 Unidad de Regeneración de Ácido Sulfúrico

En la Figura N° 6 se presenta el respectivo diagrama de flujo para la unidad de

Regeneración de Ácido Sulfúrico. El proceso puede ser dividido en 4 etapas:

• Formación de dióxido de azufre por descomposición del ácido gastado y lacombustión de ácido sulfhídrico.

El ácido gastado es inyectado a través de pulverizadores hacia la cámara de combustión, endonde el ácido es descompuesto térmicamente hasta formar dióxido de azufre, oxígeno yvapor de agua. Cualquier hidrocarburo presente en el ácido se quema formando dióxido decarbono y vapor de agua. La combustión del ácido sulfhídrico también aporta calor alsistema y produce SO2.

El calor adicional requerido para mantener la cámara de combustión a una temperatura de1.050 °C es logrado mediante la quema de gas combustible.

Por otra parte, el aire requerido para la combustión es calentado para reducir el volumen delgas que debe manejar la planta. El aire de combustión es calentado hasta aproximadamente500 °C mediante dos etapas de recuperación de calor.

Desde la cámara de combustión sale gas con un contenido de 2,0% de oxígeno en baseseca, el cual es enfriado hasta 650 °C en el recuperador, con gases de proceso, fríos y secos,que son calentados en la carcasa del recuperador.

• Enfriamiento y purificación de gas de proceso.

Los gases ricos en SO2 provenientes del recuperador pasan a través de un equipo de purificación denominado lavador primario. Las partículas de ceniza y trazas de SO3 sonremovidos mediante la recirculación de una solución de ácido débil, mientras que los gases provenientes de la descomposición son enfriados. Una fracción del líquido circulante dellavador es enviada a la torre desorbedora para purgar SO2 disuelto mediante el uso de aire.El aire es devuelto hacia la entrada de la torre de enfriamiento, mientras que el líquido esenviado a la pileta de neutralización (F-1975) de la Unidad de Alquilación.

El flujo líquido dentro del lavador primario es suficiente para enfriar el gas entrante y

remover algunas impurezas como hierro y cenizas. El enfriamiento adicional del gas ycondensación de agua ocurre dentro de la torre de enfriamiento en donde el gas húmedo ycaliente es contactado directamente con ácido débil frío.

La última fase de limpieza de gas es realizada dentro del lavador final, el cual posee pulverizadores de mayor presión. Aquí se remueven más impurezas del gas y neblina ácida.El gas pasa a través de la unidad eliminadora de neblina en donde se recolecta el remanentede neblina ácida y agua.

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Posteriormente, se agrega aire de dilución al gas purificado proveniente del eliminador deneblina para asegurar la oxigenación suficiente para la oxidación catalítica de SO 2 a SO3

dentro del convertidor.

El gas de proceso diluido pasa a través de la torre de secado en contracorriente a un flujo deH2SO4 al 95%, para remover el vapor de agua que se encuentra en el gas. El SO2 seco ylimpio procedente de la torre de secado es comprimido y enviado al recuperador paraaumentar su temperatura. Finalmente, el gas llega al convertidor de cuatros pasos, donde elSO2 se transforma en SO3 en presencia de oxígeno y un catalizador de vanadio cesio.

• Conversión de dióxido de azufre a trióxido de azufre .

El gas parcialmente convertido que deja el primer paso del convertidor es enfriado enintercambiador de aire caliente para luego fluir hacia el segundo paso. Los gases delsegundo paso son enfriados en el intercambiador de calor de intermedio caliente. Los gases

calientes que dejan el paso del tercer convertidor son enfriados en el intercambiador decalor intermedio frío. Los gases que dejan el intercambiador de calor intermedio frío fluyenhacia la torre de absorción intermedia.

El gas frío que deja torre de absorción intermedia contiene SO2 y fluye a través del lado fríode los intercambiadores de calor intermedios hacia el cuarto paso del convertidor.

El flujo de gas pasa desde el cuarto paso a través del lado frío del intercambiador de calor frío. Luego el gas procesado y enfriado entra a la torre de absorción final. El gas que deja latorre de absorción final es descargado hacia la atmósfera a través de la chimenea de la planta.

• Absorción de trióxido de azufre a ácido sulfúrico.

El gas SO3 producido en el convertidor no combina eficientemente con agua, por esta razóndebe ser combinado indirectamente mediante su absorción primaria en ácido sulfúrico.

Los sistemas de absorción y secado están interconectados para permitir el control de laconcentración de ácido. La temperatura e intensidad del secado del ácido debe mantenersedentro de ciertos límites para obtener la absorción de SO 3 desde el gas producido de lamanera más eficiente posible. De la misma manera, para obtener la absorción más efectivadel SO3 desde el gas producido, la intensidad y temperatura del ácido absorbedor debe

mantenerse dentro de ciertos límites.El ácido al 95% que circula en la torre de secado es diluido por el vapor de agua removidodel gas SO2. El ácido que circula sobre la interfase y torre de absorción final es concentradotras la absorción del gas SO3. En la torre absorbedora final, la concentración de ácido al98,5% es controlada mediante adición de agua.

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Figura N° 6 Diagrama de Flujo - Unidad de Regeneración de Ácido Sulfúrico

TorreAbsorbedora

Final

CWR

EnfriadorCWS

Chimenea

Lavador

Final

Sello Seguridad

Eliminador de Neblina

Atorre de secado

Agua deProceso

ENFRIADOR

3ºPASO

2ºPASO

1ºPASO

Intercambiador

4.715[ kg/h]36ºC- 559[ mm H2O ]

170[ kg/h]30ºC

4.714[ kg/h]36ºC-800[ mmH2O ]

6.811 [ kg/h]

5.187[ kg/h]

6.811[kg/h]

5187[ kg/h]

2094[kg/h]38ºC

5.019[ kg/h]312ºC3920[mm H2O ]

5.019[kg/h]106ºC762[mm H2O ]

5.187[ kg/h]204ºC500 [ mmH2O ]

DRENAJE

5.114[kg/h]82ºC

2

HORNO

LavadorPrimario

Convertidor

Cámara

Combustión

CompresorPrincipal

     I    n     t    e    r    c    a    m      b      i    a      d

    o    r

CWR

CWS

Enfriador

Enfriador

CWR

CWS

torresecado

De eliminador de neblina

Bombacirculacionacido

4.165[kg/h]60ºC

CWR

CWS

Intercambiador

TorreFraccionamientoEfluenteAcido

Intercambiador

VentiladorAireProceso

DeIntercambiador

Aire3.015[kg/h]

510ºC

Gas Combustible173[ kg/h]

35ºC

4,2[ kg/cm ] 2

2.367[ kg/h]Acido25ºCGastado11[ kg/cm ]2

Ac. SulfhidricoH S

18[ kg/h ]49ºC1,0[kg/cm ]

2

Recuperador

6.811[ kg/h]420ºC3472[ mmH2O ]

6.811[ kg/h]50ºC-1887[ mmH2O ]2

6.811 [ kg/h]116ºC3675[ mmH2O ]

TorreEnfriamiento

7.215[ kg/h]84ºC-493[ mmH2O ]

B.L.

61 ºC 61 ºC

4 4. 13 1 [ kg /h ] 3 9 .9 55 [ k g/ h ]

PRODUCTO AC

4ºPASO

5.573[ kg/h]731ºC- 305[mm H2o]

6811 [kg/h]

6.811[kg/h]

5.183[ kg/h ]436 ºC693 [ mmH2O ]

ahorno

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2.1.3 Transporte y Vialidad 

El mayor volumen vehicular se generará durante la etapa de construcción, principalmente

en la actividad de movimiento de tierras. En dicha etapa se realizará el transporte del sueloexcedente de las excavaciones entre el sector de construcción al interior de las instalacionesde ERA y los sitios de disposición de materiales de excavación. Adicionalmente, serequerirá el traslado de material de relleno desde los sitios de aprovisionamiento de áridoshasta ERA.

Considerando que un lugar probable para la disposición del material de excavacióncorresponde a pozos de áridos, ubicados en sectores aledaños a la ribera Sur del ríoAconcagua, por el camino entre Concón y Quillota, se utilizarán las rutas F-32 y 60CH.

Los camiones saldrán de la Refinería, cargados con el suelo excedente, por el antiguo

camino Concón Quillota hasta el Camino ESVAL, desde donde tomarán la ruta F-32 y, posteriormente, la ruta 60CH. Esta actividad durará aproximadamente 40 días hábiles, sellevará a cabo durante 9 horas y en horario diurno, lo que implicará un tráfico de 5camiones por hora.

Una vez retirado el material y completada la cota establecida, se procederá con la actividadde relleno. Se considera que los áridos serán transportados desde los pozos de áridosubicados en el mismo sector de los botaderos, en la zona aledaña a la ribera Sur del ríoAconcagua, para lo cual se utilizará el mismo recorrido por el camino entre Concón yQuillota, es decir, las rutas F-32 y 60CH. Esta actividad durará aproximadamente 20 díashábiles, se llevará a cabo durante 9 horas y en horario diurno, lo que implicará un tráfico de

5 camiones por hora.

Respecto del impacto vial de esta actividad en el tránsito de la Ruta F-32 y Ruta 60CH, ytomando como referencia el análisis efectuado para el Proyecto Complejo Industrial (RE159/2003 de COREMA V Región), en el cual se utiliza el mismo recorrido, se puedeconcluir que el nivel de servicio en el período punta en dichas rutas es aceptable en lasituación base y no experimenta cambio en la situación con proyecto.2

El mismo análisis indica que, en cuanto a la situación de las intersecciones simuladas contránsito de la Ruta F-32, la situación analizada poseerá niveles de servicio buenos tanto enla intersección del Camino Esval con la Ruta F-32 y consecuentemente en la intersección

de destino asociada al botadero que se seleccione.

Por otra parte, para la salida desde la Refinería se utilizará la vialidad interna, la cual estáconformada por la calle interna, ex camino Concón-Quillota, hasta el límite oriente de la

2 Estudio de Impacto Vial para el Proyecto Complejo Industrial, elaborado en Agosto 2003. El análisis vial seefectuó considerando que el proyecto aportaría un total de 8 camiones por hora por cada sentido en doce horasdiarias, flujo mayor al aportado por el proyecto en evaluación.

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Refinería, continuando por esta calle hasta el camino ESVAL y por este hasta la Ruta F-32,evitando de esta forma la utilización de la Rotonda Concón.

También, durante esta etapa se generará el transporte de otros materiales menores, los

cuales serán comprados en Valparaíso o Viña del Mar. En esta caso el transporte seefectuará por la Ruta 68, camino Las Palmas, Concón y posteriormente la Ruta 60CH. Seestima un flujo vehicular hacia la faena de 5 camiones, durante los meses de construcción.

Las estructuras metálicas en caso que no sean importadas, se transportarán desde unafábrica en Santiago. En este caso de usará la Ruta 5 Norte y la Ruta 60CH hasta las obras.Se estima un flujo vehicular hacia la faena de 10 camiones, durante los meses deconstrucción.

En caso de requerirse transporte especial de algunos equipos, desde el puerto de Valparaísohacia la Refinería, el Titular solicitará los permisos correspondientes en forma previa. En

estos casos puntuales, las condiciones de transporte y del tránsito vehicular seráncontroladas y asistidas por Carabineros de Chile y se utilizará la Ruta 68, Las Palmas yRuta 60CH hasta las obras.

Durante la etapa de operación, la mayoría de los insumos requeridos en la Nueva Unidad deAlquilación provienen de otras áreas de proceso dentro de la misma Refinería. En todocaso, se estima que para el transporte de materias primas e insumos desde el exterior serequerirá 2 viajes cada 6 meses aproximadamente, por lo tanto, no se prevé la generaciónde impacto vial.

2.1.4 Medidas de Control de Prevención de Riesgos y Control de Emergencias

Esta nueva planta que se integrará a la Refinería, será una más de numerosas plantas queintegran la Refinería Aconcagua de ERA y que ha estado en operación desde 1954. Lasdistintas unidades de la Planta de Alquilación han sido diseñadas por expertos en lamateria, quienes tienen la experiencia de haber diseñados plantas similares en diferentes partes del mundo y que utilizan normas internacionales tales como por ejemplo:

•  Normas API (American Petroleum Institute)•  Normas ASME (American Society of Mechanical Engineers)•  Normas NFPA (National Fire Protection Association)

•  Normas NEC (National Electrical Code)

Los riesgos ambientales de la planta son controlados principalmente por el uso de criteriosde ingeniería y métodos de diseño que garantizan la operación continua y segura de laPlanta, la seguridad del personal, de los equipos y de las personas que se hallen fuera de lainstalación. En segundo término, ERA cuenta con un sistema de seguridad que antecualquier desviación del proceso activa el envío de gases a antorcha y de líquidos aestanques de almacenamiento. En tercer lugar, la Refinería también dispone de sistemas

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contra incendio que son utilizados para combatir y controlar las emergencias al interior delrecinto industrial, y dispone de un Sistema de Respuesta a Emergencia que se adjunta amodo informativo en el Anexo N° 2.

2.1.5 Etapa de Abandono

El plazo de utilización de esta Unidad es indefinido. Por lo tanto, no está prevista su fechade abandono, ya que los equipos e instalaciones utilizados se someterán periódicamente alabores que permitan su reposición y mantenimiento. En el caso excepcional de requerirseel abandono de la Unidad, ERA elaborará un plan para este objetivo, de acuerdo a lasnormativas vigentes a esa fecha, y lo presentará a COREMA V Región para su aprobación.

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2.2 Generación de Emisiones, Efluentes y Desechos

2.2.1 Etapa de Construcción

2.2.1.1 Emisiones a la Atmósfera

Durante la etapa de construcción del proyecto, las emisiones de material particulado(polvo) serán de carácter temporal y de impacto local, generadas por las máquinas yvehículos usados durante la obra. Se evitará el levantamiento de polvo con un adecuadohumedecimiento de la superficie a intervenir y sus vías de acceso.

En cuanto a las emisiones de CO, NOx, y HC, producto de los gases de escape de losvehículos, se exigirá, el cumplimiento de medidas como la mantención adecuada de lamaquinaria de construcción.

2.2.1.2 Ruido

Los ruidos generados en esta etapa serán los típicos provenientes de maquinaria pesada,transporte de materiales en camiones desde y hacia la faena, etc. y no afectarán más allá delárea de construcción. Se exigirá que los camiones que transporten materiales constructivosemitan ruido sólo al momento de descargar por lo que constituye una fuente emisoraesporádica y no fija. El personal que se encuentre trabajando en dicha área deberá disponer de elementos de protección adecuados, según lo indicado en el D.S. 594/99 de MINSAL.Contractualmente, el constructor encargado de las obras estará obligado a respetar todas las

normas chilenas referidas a los aspectos sanitarios y laborales referidos a la emisión deruidos.

Es importante señalar que el proyecto está inserto dentro de instalaciones industriales deERA y la población más cercana al área del proyecto se emplaza a aproximadamente a 600metros de las instalaciones proyectadas. Además, el Estudio de Impacto Acústico que presenta una modelación con las emisiones de ruido generadas en la Etapa de Construccióndel proyecto indica que la inclusión de las faenas de construcción no alterará la actualcondición acústica del entorno de la Refinería, y el efecto sólo será percibido en una zonamuy localizada en torno a las faenas (ver Anexo Nº 3, punto 5.2).

2.2.1.3 Efluentes Líquidos

Durante esta etapa sólo se generarán los residuos líquidos provenientes de los bañosquímicos que serán instalados y utilizados por la empresa a cargo de las faenas deconstrucción. Los residuos líquidos serán retirados por un contratista especializado yautorizado por la autoridad sanitaria para retirar y disponer este tipo de residuos en lugar autorizado.

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2.2.1.4 Residuos Sólidos

Los residuos resultantes de la construcción, básicamente sobrantes de acero, madera,cartón, etc., junto con los residuos sólidos domésticos y asimilables a domésticos (aprox.

285 kg/día), se recolectarán y serán enviados a disposición final en Vertederos debidamenteautorizados por la Autoridad Sanitaria. Para estos efectos, un destino autorizado es elVertedero El Molle ubicado en Camino La Pólvora, pudiendo utilizar éste u otro sitio dedisposición debidamente autorizado.

En el caso de materiales sobrantes que puedan ser reutilizados, éstos serán almacenados enel patio de excluidos de ERA.

 No se generarán residuos sólidos asociados a la mantención de vehículos ya que estaactividad se realizará fuera del recinto de ERA.

Los excedentes de las excavaciones, que corresponderán a suelo removido, alcanzarán unvolumen de 40.000 m3. Antes de proceder a cualquier trabajo de remoción de tierras se procederá a descartar la posible contaminación del suelo siguiendo el siguiente procedimiento:

i) Ejecución de calicatas equidistantes entre si, formando una malla, de una profundidad no menor a la profundidad requerida para la realización delmejoramiento de suelos.

ii) Al momento de intervenir el suelo, se removerá la primera capa de suelo, de 0.5 a1.0 metros y acopiará diferenciada del resto, para que en caso que se detecte suelo

impregnado en este estrato de tierra, no se mezcle con tierra limpia. La mayoría delos suelos de refinería podrían presentar impregnaciones sólo en las primeras capasde suelo.

iii) Análisis de muestras de suelo y agua: Se tomarán muestras de las paredes abiertasde cada calicata, cada una correspondiente a un estrato de suelo representativo dediferentes profundidades. Para las muestras de agua, es necesario dejar decantar yestabilizar el afloramiento de agua por lo menos 24 horas, previo a la toma demuestras.

iv) Determinación de hidrocarburos fijos y volátiles en ambas matrices, agua y suelo

 por cada calicata, mediante análisis en laboratorio externo acreditado. Los métodosde referencia para estos parámetros se ajustarán a los descritos en la NCh 2313/7,Of97. Aguas Residuales- Métodos de Análisis- Parte 7.

v) Elaboración Informe final, el que contempla un certificado de análisis con firma ytimbre de laboratorio.

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Conforme a los resultados de la caracterización, se determinará la disposición final de estematerial, en sitios autorizados ambiental y sanitariamente para su disposición final. Encualquier caso, ERA informará a la SEREMI de Salud y COREMA V Región una vezdefinido el destino final de los residuos.

Respecto al manejo de posible suelo con presencia de contaminación, de acuerdo a lascondiciones y cantidades específicas que sean detectadas, éste será dispuesto eninstalaciones autorizadas, tales como Hidronor u otra equivalente, o bien se realizará sutratamiento en el mismo lugar en que se encuentren ubicados.

Si este material no se encuentra contaminado será enviado a un sitio autorizado para recibir áridos, entre otras opciones, podría ser llevado al Fundo “El Colmito” perteneciente aÁridos Maggi Ltda. o bien con la empresa Megáridos V Región, tal como se está llevando acabo con el Proyecto Complejo Industrial en construcción.

2.2.2 Etapa de Operación

2.2.2.1 Emisiones a la Atmósfera

Durante la etapa de operación se generarán emisiones provenientes de la Unidad deAlquilación y de Regeneración de Ácido Sulfúrico, según se detalla en la Tabla N° 6. Losdatos de emisiones son provistos por el fabricante de estas Unidades.

Tabla N° 6

Generación de Emisiones Atmosféricas

Unidad Ítem Cantidad Contaminantes

Alquilación Gases a antorcha < 25 kg/día

5 % peso propano85 % peso isobutano

9% peso n-butano1% peso C5

+

Regeneración deÁcido Sulfúrico

Gas efluente dechimenea

< 90,88 kg/día(< 400 ppmv)

SO2

< 16,37 kg/día(< 100 ppmv)

 NOx

121 kg/año Material Particulado

A continuación se presenta un análisis del impacto de las emisiones generadas por elProyecto.

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• Emisiones de SO2

Las emisiones de SO2 generadas por la nueva Unidad de Regeneración de Ácido Sulfúricoreemplazarán a las emisiones de la chimenea de la Planta de Ácido existente. La ejecución

del presente proyecto no modifica el cumplimiento de la emisión máxima 6 t/d de SO 2comprometida por ERA una vez que se inicie la operación del Complejo Industrial,aprobado por RE N° 159/2003 de fecha 09/12/2003, modificada por RE N° 149/2004 defecha 02/08/2004 y RE N° 159/2005 de fecha 13/06/2005, todas de COREMA Región deValparaíso, dado que se aprovecha el cupo generado por el Proyecto Complejo Industrial,el cual contempla mejorar la tecnología utilizada en las Unidades Recuperadoras de Azufre(URA) permitiendo a su vez reducir sus emisiones de SO2.3 

Asimismo, tal como se demostró en el Proyecto “Modificación del Complejo Industrial deENAP Refinerías S.A.” aprobado por RE N° 159/2005, de COREMA Región deValparaíso, a partir de los resultados de la modelación de emisiones manteniendo como

emisión máxima 6 t/d de SO2 y con la consideración de que la reducción de las emisionesde SO2 en las URA se redistribuirá en las restantes unidades de ERA, se concluye quedichas emisiones no impactan sobre el medio ambiente, dado que las concentraciones deSO2 generadas se inscriben dentro de las normas de calidad del aire primarias y secundariasaplicables, según se acredita en la Tabla N° 7.

Tabla N° 7Resultados Modelación Emisiones de Dióxido de Azufre (*)

Modelación SO2(4) Máximo horario

(µg/m3

)

Percentil 99 Valores

Diarios (µg/m3

)

Promedio anual

(µg/m3

)PMI 4327 641 163Ubicación PMI (**) 265600E; 6353800N 265800E; 6353600N 265800E; 6353600NModelado en EM1 no aplica 139 47Modelado en EM2 no aplica 27 5Modelado en EM3 84 11 3Modelado en EM4 194 25 5

 Norma chilena 1000 250 80(*) DIA “Modificación del Complejo Industrial de ENAP Refinerías S.A.”, RE 159/2005 COREMA Región

de Valparaíso.(**) PMI: Punto de máximo impacto, todos se ubicarán dentro de la Refinería Aconcagua.

• Emisiones de NOx3 Proyecto “Modificación del Complejo Industrial de ENAP Refinerías S.A.” aprobado por RE N° 159/2005,de COREMA Región de Valparaíso.4 Las estaciones corresponden a la red de monitoreo de calidad del aire en Concón, que se compone de 2estaciones urbanas y 2 estaciones rurales. Las estaciones urbanas están ubicadas en la calle Cortés N° 740(estación fija EM1), y en calle Los Navegantes N° 563 (Concón Sur, estación móvil EM2), y las estacionesrurales están ubicadas en Colmo, Parcela N° 153-B (estación fija EM3) y Las Gaviotas, Parcela N° 13(estación móvil EM4).

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Las emisiones de NOx generadas por la Unidad de Regeneración de Ácido Sulfúricocorresponden a 16,37 kg/día las cuales se agregan a las emisiones de ERA autorizadas (3,97t/d de NOx) una vez que se inicie la operación del Complejo Industrial, aprobado por RE

 N° 159/2003 de fecha 09/12/2003, modificada por RE N° 149/2004 de fecha 02/08/2004 yRE N° 159/2005 de fecha 13/06/2005, todas de COREMA Región de Valparaíso, según sedetalla en la Tabla N° 8.

Tabla N° 8Emisiones de Óxido de Nitrógeno

Fuente EmisoraEmisión NO2 

(t/d)ERA + Complejo Industrial (RE N° 159/2005) 3,97

Aporte de Nueva Unidad de Alquilación 0,01637TOTAL ERA (t/d) 3,99

Aporte Proyecto Planta de Hidrógeno AGA (RE N° 215/2005) 0,599TOTAL (t/d) 4,59

Se observa en la tabla anterior que para evaluar el impacto de estas emisiones en Concón,también se ha considerado el aporte en emisiones de NO2 asociadas al Proyecto“Fabricación, Envasado y Suministro de Hidrógeno y Anhídrido Carbónico” de AGA,aprobado por RE N° 215/2005 de fecha 08/08/2005 de COREMA Región de Valparaíso.

En este proyecto se demostró que en el caso de las mayores emisiones de NO 2, vale decir cuando los proyectos AGA y Complejo Industrial están operativos, y la emisión es de 4,57t/d NO2, se cumple ampliamente con la normativa vigente respecto de este contaminante,D.S. Nº114/03 del MINSEGPRES, según se acredita en las modelaciones realizadas por AGA, cuyos resultados se indican en la Tabla N° 9.

En el caso de la Nueva Unidad de Alquilación, se tiene que el aumento de la emisión de NO2 generada por la Unidad de Regeneración de Ácido Sulfúrico es marginal (0,5% deltotal) por lo que no tiene efecto sobre las concentraciones ambientales de NO2 ya aprobadasuna vez que se inicie la operación del Complejo Industrial y la Planta de Hidrógeno de

AGA, manteniéndose el cumplimiento de las normas de calidad del aire primariasaplicables.

Tabla N° 9

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Resultados Modelación Emisiones de NO2 (*) 

Modelación NO2Percentil 99 Máximo

Horario (µg/m3)Promedio anual

(µg/m3)

PMI 124,2 45,40Ubicación PMI 265200E; 6354000N 265000E; 6354400N

Modelado EM1 86,46 22,40Modelado EM3 88 17,1

 Norma chilena 400 100(*) DIA “Fabricación, Envasado y Suministro de Hidrógeno y Anhídrido Carbónico” de AGA, RE 215/2005

COREMA Región de Valparaíso. Los valores indicados corresponden a los valores modelados conmeteorología 2002 y corregidos por efectos de sobre y subestimación del modelo, para la Situación Futura“Proyecto ERA +AGA + CI ERA”, según el análisis presentado en Adenda 2 de la DIA referida.

• Emisiones de Material Particulado

Las emisiones de Material Particulado generadas por la Unidad de Regeneración de ÁcidoSulfúrico corresponden a 121 kg/año, aprox. 0,33 kg/día. El aporte de esta chimeneaequivale a un 0,023% del total de emisiones autorizadas para ERA (1,46 t/d de MP10) unavez que se inicie la operación del Complejo Industrial, aprobado por RE N° 159/2003 defecha 09/12/2003, modificada por RE N° 149/2004 de fecha 02/08/2004 y RE N° 159/2005de fecha 13/06/2005, todas de COREMA Región de Valparaíso. Por lo tanto, las emisionesdel presente proyecto no modifican lo aprobado en el EIA del Proyecto Complejo Industrial(ver Tabla N° 10), en el cual se demostró que para emisiones de 1,46 t/d de MP10 lasconcentraciones de MP10 modeladas se inscriben dentro de las normas de calidad del aire

 primarias aplicables, según se acredita en la Tabla N° 11.

Tabla N° 10Emisiones de Material Particulado ERA

Fuente EmisoraEmisión MP10

(t/d)ERA + Complejo Industrial (RE N° 159/2005) 1,46Aporte de Nueva Unidad de Alquilación 0,00033

TOTAL (t/d) 1,46

Tabla N° 11

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Resultados Modelación Emisiones de Material Particulado (*) 

Modelación MP10Percentil 98 Valores

Diarios (µg/m3)Promedio anual

(µg/m3)

PMI 39,8 4,7Ubicación PMI 266027E; 6353191N 266827E; 6353791NModelado en EM1 11,6 1,9Modelado en EM2 8,3 0,5Modelado en EM3 4,2 0,6Modelado en EM4 6,0 0,9

 Norma chilena 150 50(*) EIA “Complejo Industrial para Aumentar la Capacidad de la Refinería de Petróleo de Concón S.A. paraProducir Diesel y Gasolina”, RE 159/2003 COREMA Región de Valparaíso.

2.2.2.2 Ruido

Todos los equipos y sus protecciones contra el ruido serán especificados de manera tal quegeneren una presión sonora menor de 85 dB(A) medidos a un metro de distancia encualquier dirección de la fuente emisora. No obstante, el personal que se encuentreoperando los equipos deberá disponer de elementos de protección adecuados. Cabe señalar que se realizó una modelación de las emisiones de ruido generadas por el proyecto, cuyosresultados indican que la operación de la nueva Planta de Alquilación contribuye en valorestotalmente despreciables en los sectores sensibles. Es decir, su funcionamiento no alteraráel campo sonoro existente, según se detalla en el Estudio de Impacto Acústico adjunto en elAnexo N° 3.

2.2.2.3 Efluentes Líquidos

Durante la etapa de operación se generarán aguas de proceso provenientes de la unidad deIsomerización de Butanos, 145 kg/h; de la unidad de Saturación de Diolefinas, 23 kg/h; yde la unidad de Alquilación, 9.149 kg/h, equivalentes a 10,3 m3/hr. Estos efluentes seránenviados a la Planta de Tratamiento de Efluentes de ERA existente, la cual cuenta concapacidad para recepcionarlos, considerando que el volumen diario que será vertido no serásignificativo.

Dichos efluentes se tratarán en conjunto con los efluentes de la Refinería y posteriormente,los efluentes tratados se descargarán mediante emisario submarino de ENAP Refinerías queconduce los RILES tratados al mar, descarga que se encuentra dentro de la capacidad dediseño del emisario aprobado mediante RE N° 009/2005 de fecha 10/01/2005 de COREMARegión de Valparaíso, cumpliendo con las normas de emisión establecidas en el D.S. N°90/2000 del MINSEGPRES.

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2.2.2.4 Residuos Sólidos

Durante la etapa de operación los residuos sólidos que se generarán corresponden principalmente a catalizadores agotados y tamices moleculares, los cuales ya han cumplido

su vida útil en las etapas del proceso, por lo que deben ser reemplazados.

La vida útil estimada de los catalizadores y tamices utilizados en la Unidad de Alquilaciónva desde 1 a 3 años. Luego de este período serán retirados de las unidades, almacenadostemporalmente en tambores en un área de almacenamiento temporal (AAT) en ERA ysometidos a análisis en un laboratorio acreditado por la Autoridad Sanitaria, con el fin dedeterminar si éstos presentan o no características de peligrosidad, conforme a los procedimientos y metodologías señaladas en el D.S. N° 148/2003 MINSAL ReglamentoSanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Si los resultados de dichos análisis indican que corresponden a residuos peligrosos, éstos

serán enviados a los proveedores para la recuperación de metales y/o retirados para sudisposición final en Instalaciones de Eliminación que cuenten con la debida AutorizaciónSanitaria que comprenda tales residuos. Para estos efectos, en la actualidad ERA cuenta conlos servicios de la empresa Hidronor Chile S.A., pudiendo en el presente proyecto utilizarseésta u otra autorizada.

En el caso que estos residuos no presenten características de peligrosidad, éstos serándispuestos en un depósito de residuos sólidos industriales debidamente autorizado por laAutoridad Sanitaria. En cualquier caso, ERA informará a la SEREMI de Salud y COREMAV Región una vez definido el destino final de los residuos.

En ningún caso ERA realizará actividades de regeneración de los catalizadores, sino que loefectuará el proveedor del mismo y en sus propias instalaciones.

En la Tabla Nº 12 se detalla la generación de residuos por unidad.

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Tabla N° 12Generación de Catalizadores Gastados

Unidad Ítem Cantidad Frecuencia Componentes

Isomerizaciónde Butanos

Catalizador delreactor de

isomerización21.600 kg 2-3 Años

Oxido de AluminioCloruro deAluminioPlatino

Tamiz secador de gas

2.600 kg 3 Años

Oxido de SilicioOxido de AluminioOxido de Magnesio

Oxido de SodioCuarzo

Tamiz secador alimentación 7.600 kg 3 Años

Oxido de SilicioOxido de Aluminio

Oxido de MagnesioOxido de SodioCuarzo

Saturación deDiolefinas

Catalizador reactor 

2.436 kg 3 AñosOxido de Aluminio

 Níquel

Regeneración deÁcido Sulfúrico

Catalizador 10.600 litros

220 litros2 Años1 Año

Sales de Cesio,Potasio y Vanadio,

40-49 % pesoSílica Cristalina,

23-31 % pesoTierra diatomácea,

25-27 % peso

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3 ANTECEDENTES QUE ACREDITAN EL CUMPLIMIENTO DE LANORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL VIGENTE Y JUSTIFICAN LAPRESENTACIÓN DE UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

En el presente capítulo se indica el conjunto de normas de relevancia ambiental aplicablesal proyecto. Además, en conjunto con el resto de la presente Declaración de ImpactoAmbiental, se identifican los antecedentes y documentos que acreditan el cumplimiento dela normativa indicada, y que justifican su evaluación mediante una Declaración de ImpactoAmbiental.

3.1 Normativa de Carácter Ambiental General Aplicable Al Proyecto

3.1.1 Ley 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente

a) De acuerdo al artículo 10 letra i) de la Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente(en adelante Ley de Bases), deben someterse al SEIA los proyectos de " Desarrollominero, incluidos los de carbón,  petróleo y gas comprendiendo las prospecciones,

explotaciones,  plantas procesadoras  y disposición de residuos y estériles, así como la

extracción industrial de áridos, turba o greda”.

 b) Ahora bien, puesto que el Proyecto “Nueva Unidad de Alquilación” en ERA debesometerse al SEIA, procede presentar una Declaración de Impacto Ambiental, ya que,según se expone en el punto 3.3 de esta DIA el proyecto no genera o presenta ninguno

de los efectos, características o circunstancias de aquellos indicados en el artículo 11 dela Ley de Bases.

3.1.2 Decreto Supremo Nº 95/01, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental 

a) En virtud de ello y de conformidad a los artículos 14, 15 y 16 del Reglamento del SEIAy tal cual se indica en la presentación de esta DIA, ésta comprende los siguientesaspectos:

• La indicación del tipo de proyecto o actividad de que se trata, indicando su nombre; laidentificación del titular y su sociedad matriz, si la hubiere; su objetivo; su localizaciónsegún coordenadas geográficas y según división político-administrativa a nivel regional, provincial y comunal; el monto estimado de la inversión; la superficie que comprenderáy la justificación de su localización.

• La descripción del proyecto o actividad que se pretende realizar o de las modificacionesque se le introducirán, definiendo las partes, acciones y obras físicas que lo componen;

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su vida útil; el plazo estimado de inicio de la ejecución o modificación del proyecto oactividad; y la descripción cronológica de sus distintas fases.

• La indicación de los antecedentes necesarios para determinar si el impacto ambiental

que generará o presentará el proyecto o actividad se ajusta a las normas ambientalesvigentes, y que éste no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental,de acuerdo a lo dispuesto en la Ley y en el Reglamento.

• La descripción del contenido de aquellos compromisos ambientales voluntarios, noexigidos por la legislación vigente, que el titular del proyecto contempla realizar.

En consecuencia, en virtud de los antecedentes indicados, y con el mérito de esta presentación se acredita el cumplimiento de la Ley Sobre Bases Generales del MedioAmbiente y del Reglamento del SEIA.

3.2 Normativa Ambiental de Carácter Especial Aplicable al Proyecto

3.2.1 Emisiones a la Atmósfera

3.2.1.1 Calidad de Aire

• D.S. Nº 59 de 1998 Fija Norma Primaria de Calidad del Aire para MaterialParticulado Respirable (MP10), modificado por Decreto Supremo Nº 45 de 2001del MINSEGPRES

 Materia regulada

Fija norma primaria de calidad del aire para el contaminante material particulado respirableMP10, en 150 microgramos por metro cúbico normal (150 µg/m 3 N) como concentración de24 hrs.

Además establece norma primaria de calidad del aire para el contaminante MaterialParticulado Respirable MP10 como concentración anual de cincuenta microgramos por metro cúbico normal (50 µg/m3 N).

Finalmente establece los niveles originarán situaciones de emergencia ambiental, unametodología de medición de la norma, mecanismo de validación de la información demonitoreo de calidad de aire y disposiciones relativas a la fiscalización e implementaciónde la norma.

 Fiscalización

Corresponde a la Autoridad Sanitaria respectiva (ex Servicio de Salud).

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 Forma de cumplimiento

Se evitará el levantamiento de polvo aplicando las siguientes medidas:

Se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vías de circulación interna de lasfaenas, excepto en períodos de lluvia.

Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria yvehículos en las áreas de faenas.

El tránsito de maquinaria y vehículos se realizará a baja velocidad.

Se construirá un cierre perimetral mediante la instalación de mallas tipo raschel, en losfrentes de trabajo que generen por su tipo de labor, material particulado. El cierre serámantenido en un buen estado para impedir la dispersión de polvo y la caída de material al

exterior del área de faenas. Se mantendrá el área de la obra aseada y sin desperdicios.

En la etapa de operación se generarán emisiones de material particulado desde la chimeneade la Unidad de Regeneración de Ácido Sulfúrico. Considerando estas emisiones, no sesupera el total de las emisiones de 1,46 t/d de MP10 que fuera aprobado mediante RE N°159/2003, modificada por RE N° 149/2004 y RE N° 159/2005, de COREMA Región deValparaíso, en donde se acredita que las concentraciones de MP10 generadas por ERA seinscriben dentro de las normas primarias aplicables, según se acredita en la Tabla N° 11 dela sección 2.2.2.1 de esta DIA.

Decreto Supremo Nº 144 de 1961 del Ministerio de Salud Pública que estableceNormas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de CualquierNaturaleza.

 Materia regulada

Se regulan las emisiones de gases, vapores, humos, polvos, emanaciones o contaminantesde cualquiera naturaleza, de cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, en formaque deban captarse o eliminarse de manera de no causar peligro, daño o molestias alvecindario.

Este decreto debe interpretarse en forma coherente con las disposiciones de la Ley 19.300y sus reglamentos sobre normas de calidad ambiental y emisión, y de Planes de Prevencióny Descontaminación, en la medida que respecto de ciertos elementos que están normados,se establecen niveles máximos aceptables de concentraciones ambientales, lo cual entregaun contenido normativo al concepto de molesto respecto de esos contaminantes.

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 Fiscalización

Se faculta al Servicio Nacional de Salud (actual Autoridad Sanitaria) para fiscalizar elcumplimiento de este Decreto.

 Forma de cumplimiento

El Proyecto, como se explicó en la descripción de éste, no supera las normas de calidadambientales con relación a los contaminantes normados y sus emisiones no produciránmolestias a la población.

El tránsito de vehículos será esporádico y reducido, de modo que las emisiones en caminosno serán relevantes.

Los vehículos y maquinaria contarán con las revisiones técnicas y mantención adecuada

 para operar en buenas condiciones, emitirán gases de acuerdo a las normas de emisiónvehicular autorizadas.

• Decreto Supremo Nº 75 de 1987, Establece Condiciones para el Transporte deCarga del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

 Materia Regulada

El presente texto reglamentario señala en su artículo 2, inciso 2º que “en las zonas urbanas,el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc.

deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticosde dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire”.

 Fiscalización

Corresponde a Carabineros de Chile, a los Inspectores Municipales e Inspectores fiscales,como los de MINTRATEL, la supervigilancia del cumplimiento de las normas contenidasen la Ley de Tránsito, sus Reglamentos y las del transporte y tránsito terrestre dictadas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones o por las propias Municipalidades.

 Forma de Cumplimiento

El transporte de materiales de construcción o escombros que produzcan polvo se realizaráen camiones con la carga cubierta por plásticos o lonas.

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• Decreto Supremo Nº 113 de 2002 del MINSEGPRES, que establece NormaPrimaria de Calidad del aire para Dióxido de Azufre (SO2)

 Materia Regulada

Establece normas primarias de calidad del aire para dióxido de Azufre.

Conforme a las disposiciones sobre vigencia y aplicación de la norma, ésta adquiere fuerzadentro de los 3 años siguientes a su publicación, lo que ocurre el día 01 de abril de 2006.

Este decreto mantiene en 80 µg/m3 N la concentración promedio anual, y reduce a 250µg/m3 N la concentración diaria. No fija concentración por hora.

 Fiscalización

Corresponde a la Autoridad Sanitaria respectiva (ex Servicio de Salud).

 Forma de Cumplimiento

En la etapa de operación se generarán emisiones de SO 2 desde la chimenea de la Unidad deRegeneración de Ácido Sulfúrico. Estas emisiones mantienen el volumen total de lasemisiones de 6 t/d de SO2 que fuera aprobado mediante RE N° 159/2003, modificada por RE N° 149/2004 y RE N° 159/2005, de COREMA Región de Valparaíso, en donde seacreditó que las concentraciones de SO2 generadas por las emisiones de ERA de 6 t/d dedicho contaminante, cumplen con las respectivas normas primarias y secundarias decalidad del aire aplicables, según se acredita en Tabla N° 7 de la sección 2.2.2.1 de esta

DIA.

• Decreto Supremo N° 114 de 2002 Ministerio Secretaría General de la PresidenciaNorma Primaria de Calidad del Aire para Dióxido de Nitrógeno (NO2)

 Materia Regulada

Establece norma primaria de calidad del aire para el contaminante dióxido de nitrógeno, yseñala los niveles que originarán situaciones de emergencia.

 Fiscalización

Corresponde a la Autoridad Sanitaria respectiva (ex Servicio de Salud).

 Forma de Cumplimiento

En la etapa de operación se generarán emisiones de NO2 desde la chimenea de la Unidad deRegeneración de Ácido Sulfúrico. Estas emisiones aumentan en 0,5% el volumen total de

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las emisiones (3,97 t/d de NO2) que fuera aprobado mediante RE N° 159/2003, modificada por RE N° 149/2004 y RE N° 159/2005, de COREMA Región de Valparaíso, en donde seacredita que las concentraciones de NO2 generadas por ERA se inscriben dentro de lasnormas primarias aplicables.

En efecto, considerando además el aporte de emisiones de NO 2 en la zona, asociadas alProyecto “Fabricación, Envasado y Suministro de Hidrógeno y Anhídrido Carbónico” deAGA, aprobado por RE N° 215/2005 de fecha 08/08/2005 de COREMA Región deValparaíso, se tiene que el aumento de la emisión de NO 2 a 4,59 t/d NO2 , generado por elaporte de la Unidad de Regeneración de Ácido Sulfúrico, no tiene efecto sobre lasconcentraciones ambientales de NO2 ya aprobadas una vez que se inicie la operación delComplejo Industrial y la Planta de Hidrógeno de AGA, dado que se trata de un incrementomarginal, lo que no altera las concentraciones de NO 2 que acreditan el cumplimiento de lasnormas de calidad del aire primarias aplicables (ver Tabla N° 9 de la sección 2.2.2.1 deesta DIA).

3.2.1.2 Ruido

• Decreto Supremo Nº 146 de 1998 del MINSEGPRES sobre niveles de presiónsonora continua producido por fuentes fijas.

 Materia Regulada

Este reglamento establece los niveles máximos permisibles de presión sonora continua ycriterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos emitidos por fuentes

fijas.

Establece límite de ruido para uso de suelo industrial igual a 70 (NPC) dB(A) lento, valor que no debe excederse en 24 horas

 Fiscalización

Corresponde a la Autoridad Sanitaria respectiva (ex Servicio de Salud), sin perjuicio de lasatribuciones que las ordenanzas municipales otorguen a Carabineros de Chile e InspectoresMunicipales.

 Forma de Cumplimiento

El proyecto se emplaza en una zona industrial, por lo tanto no deberá sobrepasarse la normaque establece 70 dB en cualquier horario. La actividad generará emisiones de ruido durantela etapa de construcción debido a la operación de las maquinarias. Sin embargo, estasemisiones de ruido no serán relevantes, y se atenuarán a corta distancia de las fuentes.

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El proyecto considera la habilitación de unidades de proceso que generarán ruidos debido asu operación. Todos los equipos y sus protecciones contra el ruido serán especificados demanera tal que generen menos de 85 dB(A) medidos a un metro de distancia en cualquier dirección de la fuente emisora. Esta especificación de ruido, que se dará a todos los

fabricantes de los equipos que poseerá la Planta, garantiza que la nueva Planta deAlquilación contribuye en valores totalmente despreciables en los sectores sensibles, ya quela dilución se produce antes de alcanzar a la población más cercana (a 600 metros aprox.).Es decir, su funcionamiento no alterará el campo sonoro existente, según indican losresultados de las modelaciones realizadas en el Estudio de Impacto Acústico adjunto enAnexo N° 3.

3.2.2 Residuos

• Decreto Supremo Nº 594 de 2000 del Ministerio de Salud sobre Reglamento de las

Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo.

 Materia Regulada

Según el Artículo 19, las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de susresiduos industriales fuera del predio, sea directamente o a través de la contratación deterceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades.Para obtener dicha autorización, la empresa que produce los residuos industriales deberá presentar los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como ladisposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por elServicio de Salud correspondiente.

Por su parte, el Artículo 20 señala que “En todos los casos, sea que el tratamiento y/odisposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial,la empresa, previo al inicio de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitariauna declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere,diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos”.

 Fiscalización

Corresponde a la Autoridad Sanitaria (ex Servicio de Salud) respectiva.

 Forma de Cumplimiento

Durante las etapas de construcción se generarán residuos sólidos domésticos e industrialesasimilables a domésticos y su destino final será la reutilización de materiales sobrantes y/osu disposición en el patio de excluidos de ERA, o en un lugar autorizado por la AutoridadSanitaria para depositar este tipo de residuos. Los residuos domésticos se enviarán a undepósito autorizado en la V Región.

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• Decreto Supremo N° 148 de 2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitariosobre Manejo de Residuos Peligrosos.

 Materia Regulada

Establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse lageneración, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposiciónfinal y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos.

 Fiscalización

Corresponde a la Autoridad Sanitaria (ex Servicio de Salud) respectiva.

 Forma de Cumplimiento

Los catalizadores agotados y tamices moleculares retirados de la unidades, aprox. 40 toncada 2-3 años, serán sometidos a análisis en un laboratorio acreditado por la AutoridadSanitaria, con el fin de determinar si éstos presentan o no características de peligrosidad,conforme a los procedimientos y metodologías señaladas en el D.S. N° 148/2003 MINSALReglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Si los resultados de dichos análisis indican que corresponden a residuos peligrosos, éstosserán enviados a los proveedores para la recuperación de metales y/o retirados para sudisposición final en Instalaciones de Eliminación que cuenten con la debida AutorizaciónSanitaria que comprenda tales residuos. Para estos efectos, en la actualidad ERA cuenta conlos servicios de la empresa Hidronor Chile S.A., pudiendo en el presente proyecto utilizarse

ésta u otra autorizada.

3.2.2.1 Residuos Líquidos

• Decreto Supremo Nº 90 de 2000 del Ministerio de la Secretaría General de laPresidencia establece Norma de Emisión para la Regulación de ContaminantesAsociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y ContinentalesSuperficiales.

 Materia regulada

Establece la norma de emisión para la regulación de los contaminantes asociados adescargas en cuerpos de agua superficiales, marítimos y continentales.

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 Fiscalización

Corresponde a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, a la Dirección General delTerritorio Marítimo y Marina Mercante y a la Autoridad Sanitaria (ex Servicio de Salud),

según corresponda.

 Forma de Cumplimiento

La nueva instalación en las dependencias de ERA producirá residuos líquidos industriales,resultantes del proceso, en una cantidad equivalente a 10,3 m 3/hr (los que tienen las mismascaracterísticas de los residuos líquidos industriales que producía la antigua instalación, quecon este proyecto se reemplaza).

Estos residuos líquidos serán conducidos hasta la Planta de Tratamiento de ERA existente,donde se tratarán en conjunto con los efluentes de la Refinería. Posteriormente, los

efluentes tratados se descargarán mediante emisario submarino de ENAP Refinerías queconduce los RILES tratados al mar, descarga que se encuentra dentro de la capacidad dediseño del emisario aprobado mediante RE N° 009/2005 de fecha 10/01/2005 de COREMARegión de Valparaíso, cumpliendo con las normas de emisión establecidas en el D.S. N°90/2000 del MINSEGPRES.

El volumen diario que será vertido en la Planta de Tratamiento de ERA no serásignificativo y se mantendrá dentro del caudal de descarga originalmente autorizado de12.720 m3/d. Por lo tanto, la descarga del emisario de ERA al mar continuará dandocumplimiento con lo dispuesto en la Tabla N° 5 del D.S. N° 90/00.

• Decreto Supremo Nº 594 de 2000 del Ministerio de Salud sobre Reglamento de lasCondiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo.

 Materia regulada

El artículo 23 de la norma citada dispone que en aquellas faenas temporales en que por sunaturaleza no sea materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a una redde alcantarillado, el empleador deberá proveer como mínimo de una letrina sanitaria o bañoquímico. El transporte, habilitación y limpieza de éstos será de responsabilidad delempleador.

 Fiscalización

Corresponde a la Autoridad Sanitaria (ex Servicio de Salud) respectiva.

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 Forma de Cumplimiento

Debido a que las faenas son temporales se utilizarán baños químicos, cuyo manejo,limpieza y posterior reacondicionamiento del lugar será de responsabilidad del contratista,

supervisado por ERA.

El retiro y disposición de los baños químicos estará a cargo de una empresa debidamenteautorizada por la Autoridad Sanitaria.

3.2.3 Referida a la protección y conservación de recursos naturales

• En relación con el uso del suelo

De acuerdo al Plan Intercomunal de Valparaíso, (Modificación del P.I.V. aprobada por 

Resolución N° 1.369 del 12.06.1995 del Gobierno Regional de Valparaíso), el área dondese desarrollará el proyecto corresponde a una Zona destinada a Industrias Peligrosas.Luego, no se requiere solicitar el permiso ambiental sectorial de Cambio de Uso de Suelo(ver Figura N° 1).

• En relación a la Flora

Como se menciona en la descripción del proyecto, el área donde se emplazarán las obras esun área intervenida, zona destinada a Industrias Peligrosas, por lo cual no existe vegetaciónnativa y se constata la absoluta inexistencia de especies arbóreas, por lo que no resulta

necesario aplicar las disposiciones pertinentes.

• Con relación a la Fauna

El área donde se emplazarán las obras es un área con una alta intervención antrópica,destinada a Industrias Peligrosas, por lo cual no existen condiciones de hábitat para fauna,que se pudiese ver afectada por las actividades del proyecto. El proyecto no se emplaza enáreas protegidas y no se prevé realizar caza alguna de especies de la fauna silvestre, por loque no se vislumbra el modo de que la Ley de Caza y su reglamentación complementaria seaaplicable, por lo que no resulta necesario aplicar las disposiciones pertinentes.

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3.2.4 Patrimonio Cultural 

• Ley Nº 17.288, Sobre Monumentos Nacionales, Ministerio de Educación, D.O.04.02.70

 Materia

Define y entrega la tuición al Consejo de Monumentos Nacionales, de los denominadosMonumentos Nacionales, y dentro de estos distingue los Monumentos Históricos, Públicosy Arqueológicos, Zonas Típicas o Pintorescas y Santuarios de la Naturaleza declaradoscomo tales a proposición del Consejo.

El artículo 13 señala que ninguna persona natural o jurídica podrá hacer en el territorionacional excavaciones de carácter científico sin haber obtenido previamente la autorizacióndel Consejo en la forma establecida por el Reglamento.

El artículo 26 de la ley señala que, independientemente del objeto de la excavación, toda persona que encuentre ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico,antropológico o arqueológico, está obligada a denunciarlo inmediatamente al Gobernador de la Provincia, quien ordenará que Carabineros se haga responsable de su vigilancia hastaque el Consejo se haga cargo de los hallazgos.

 Fiscalización

El organismo encargado de la conservación, cuidado y vigilancia de los Monumentos Nacionales es el Consejo de Monumentos Nacionales, el que cuenta con la cooperación delas autoridades civiles y Carabineros de Chile.

 Forma de Cumplimiento

El área designada al proyecto se emplaza en un sector dentro del recinto de ERA, de propiedad del titular, el que se encuentra totalmente intervenido. En caso que durante lasfaenas de excavación para la ejecución de las obras se encontrasen ruinas, yacimientos, piezas o objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, sedebe denunciar el descubrimiento al Gobernador Provincial respectivo, de acuerdo a lodispuesto en el artículo 26 de la Ley sobre Monumentos Nacionales y el artículo 23 delReglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas,

antropológicas y paleontológicas. El proyecto contempla una estricta observancia a lacitada norma.

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3.3 Antecedentes necesarios para determinar que el proyecto no requiere lapresentación de un Estudio de Impacto Ambiental.

Según el artículo 4 del Reglamento del SEIA " El titular de un proyecto o actividad que se someta al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, lo hará presentando una

 Declaración de Impacto Ambiental, salvo que dicho proyecto o actividad genere o presentealguno de los efectos, características o circunstancias contemplados en el artículo 11 de la

 Ley y en los artículos siguientes de este Título, en cuyo caso deberá presentar un Estudio

de Impacto Ambiental ".

A continuación, se analiza el Proyecto de acuerdo a los artículos 5º al 11º del Reglamento(a excepción del artículo 7º) que son los que permiten definir si el Proyecto debe presentar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA).El análisis de pertinencia se presenta en los cuadros siguientes.

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Análisis de Pertinencia de la realización de un EIA o una DIA

Artículo Contenido Evaluación

Artículo 5

El titular deberá presentar un Estudio

de Impacto Ambiental si su proyectoo actividad genera o presenta riesgos para la salud de la población, debido ala cantidad y calidad de los efluentes,emisiones o residuos que genera o produce. A objeto de evaluar si segenera o presenta el riesgo a que serefiere el inciso anterior, seconsiderará:

Conclusión: El Proyecto no genera

riesgo para la salud de la población,debido a la cantidad y calidad de losefluentes, emisiones o residuos quegenera o produce.

Letra a)

Lo establecido en las normas primarias de calidad ambiental y de

emisión vigentes. A falta de talesnormas, se utilizarán como referencialas vigentes en los Estados que seseñalan en el artículo 7 del presenteReglamento.

El proyecto cumple con las normas primarias de calidad y de emisión

vigentes.

Letra b)

La composición, peligrosidad,cantidad y concentración de losefluentes líquidos y de las emisiones ala atmósfera.

El proyecto emite a la atmósfera SO2

(< 90,88 kg/d) dentro del límiteautorizado para SO2 (6 t/d) y de NOx yMP10 en cantidades muy pequeñas(<16,37 y 0,33 kg/d,respectivamente).

Los efluentes líquidos son aguas de proceso (10,3 m3/hr) que se conducena la Planta de Tratamiento deefluentes de ERA.

Letra c)

La frecuencia, duración y lugar de lasdescargas de efluentes líquidos y deemisiones a la atmósfera.

Las emisiones se emiten 24 h/d, a laatmósfera por chimenea en ERA y losefluentes líquidos a la Planta deTratamiento de efluentes de ERAexistente.

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Artículo Contenido Evaluación

Letra d)

La composición, peligrosidad ycantidad de residuos sólidos.

Durante la construcción se generaránRSD (aprox. 285 kg/d) y residuosindustriales sobrantes del material

empleado en la construcción.

Los residuos sólidos generadosdurante la operación corresponden acatalizadores gastados y tamicesmoleculares, aprox. 40 ton, los cualesserán analizados con el fin dedeterminar si éstos presentan o nocaracterísticas de peligrosidad.

Letra e)

La frecuencia, duración y lugar delmanejo de residuos sólidos.

Los residuos domésticos se generarándiariamente, y los industriales cada 2-

3 años. Los RSD serán dispuestos ensitios debidamente autorizados por laAutoridad Sanitaria.

Si los análisis a los catalizadoresgastados indican que corresponden aresiduos peligrosos, éstos seránenviados a los proveedores para larecuperación de metales y/o retirados para su disposición final enInstalaciones de Eliminación que

cuenten con la debida AutorizaciónSanitaria (Hidronor u otra). Si por elcontrario, éstos no presentancaracterísticas de peligrosidad, serándispuestos en un depósito de residuossólidos industriales debidamenteautorizado por la Autoridad Sanitaria.

Letra f)

La diferencia entre los nivelesestimados de inmisión de ruido con proyecto o actividad y el nivel deruido de fondo representativo y

característico del entorno dondeexista población humana permanente.

Los niveles de ruido que se generarándurante la etapa de operación del proyecto serán similares a los actualesy no superarán lo indicado en el D.S.

 N° 146/97 de MINSEGPRES, segúnse detalla en Anexo N° 3.

Letra g)Las formas de energía, radiación ovibraciones generadas por el proyectoo actividad; y

 No aplica. El proyecto no generaformas de energía, radiación ovibraciones.

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Artículo Contenido Evaluación

Letra h)

Los efectos de la combinación y/ointeracción conocida de loscontaminantes emitidos o generados

 por el proyecto o actividad.

Las emisiones atmosféricas son muy pequeñas, cumplen con las normas deemisión y calidad que les son

aplicables y en virtud de estosantecedentes se considera que noalterará los niveles actuales de calidaddel aire por ozono en Concón.

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Artículo Contenido Evaluación

Artículo 6

El titular deberá presentar un Estudiode Impacto Ambiental si su proyecto

o actividad genera o presenta efectosadversos significativos sobre lacantidad y calidad de los recursosnaturales renovables, incluidos elsuelo, agua, aire. A objeto de evaluar si se generan o presentan los efectosadversos significativos a que serefiere el inciso anterior, seconsiderará:

Conclusión: El proyecto no genera o presenta efectos adversos

significativos sobre la cantidad ycalidad de los recursos naturalesrenovables, incluidos el suelo, agua,aire.

Letra a)

Lo establecido en las normassecundarias de calidad ambiental y de

emisión vigentes. A falta de talesnormas, se utilizarán como referencialas vigentes en los Estados que seseñalan en el artículo 7 del presenteReglamento.

El proyecto cumple con las normassecundarias de calidad y emisión

vigentes.

Letra b)

La composición, peligrosidad,cantidad y concentración de losefluentes líquidos y de las emisiones ala atmósfera.

El proyecto emite a la atmósfera SO2

(< 90,88 kg/d) dentro del límiteautorizado para SO2 (6 t/d) y de NOx yMP10 en cantidades muy pequeñas(<16,37 y 0,33 kg/d,respectivamente).

Los efluentes líquidos son aguas de proceso (10,3 m3/hr) que se conducena la Planta de Tratamiento deefluentes de ERA.

Letra c)

La frecuencia, duración y lugar de lasdescargas de efluentes líquidos y deemisiones a la atmósfera.

Las emisiones se emiten 24 h/d, a laatmósfera por chimenea en ERA y losefluentes líquidos a la Planta deTratamiento de efluentes de ERAexistente.

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Artículo Contenido Evaluación

Letra d)

La composición, peligrosidad ycantidad de residuos sólidos.

Durante la construcción se generaránRSD (aprox. 285 kg/d) y residuosindustriales sobrantes del material

empleado en la construcción.

Los residuos sólidos generadosdurante la operación corresponden acatalizadores gastados y tamicesmoleculares, aprox. 40 ton, los cualesserán analizados con el fin dedeterminar si éstos presentan o nocaracterísticas de peligrosidad.

Letra e)

La frecuencia, duración y lugar delmanejo de residuos sólidos.

Los residuos domésticos se generarándiariamente, y los industriales cada 2-

3 años. Los RSD serán dispuestos ensitios debidamente autorizados por laAutoridad Sanitaria.

Si los análisis a los catalizadoresgastados indican que corresponden aresiduos peligrosos, éstos seránenviados a los proveedores para larecuperación de metales y/o retirados para su disposición final enInstalaciones de Eliminación que

cuenten con la debida AutorizaciónSanitaria (Hidronor u otra). Si por elcontrario, éstos no presentancaracterísticas de peligrosidad, serándispuestos en un depósito de residuossólidos industriales debidamenteautorizado por la Autoridad Sanitaria.

Letra f)

La diferencia entre los nivelesestimados de inmisión de ruido con proyecto o actividad y el nivel deruido de fondo representativo y

característico del entorno donde seconcentre fauna nativa asociada ahábitats de relevancia para sumodificación, reproducción oalimentación.

 No aplica

Letra g)Las formas de energía, radiación ovibraciones generadas por el proyectoo actividad.

 No aplica

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Artículo Contenido Evaluación

Letra h)

Los efectos de la combinación y/ointeracción conocida de loscontaminantes emitidos y/o generados

 por el proyecto o actividad.

Las emisiones atmosféricas son muy pequeñas, cumplen con las normas deemisión y calidad que les son

aplicables y en virtud de estosantecedentes se considera que noalterará los niveles de calidad del aire por ozono en Concón.

Letra i)

La relación entre las emisiones de loscontaminantes generados por el proyecto o actividad y la calidadambiental de los recursos naturalesrenovables.

Las emisiones del proyecto no afectanla calidad ambiental de los recursosnaturales renovables.

Letra j)

La capacidad de dilución, dispersión,auto depuración, asimilación y

regeneración de los recursos naturalesrenovables presentes en el área deinfluencia del proyecto o actividad.

Las emisiones del proyecto no afectanla capacidad de dilución, dispersión,

auto depuración, asimilación yregeneración de los recursos naturalesrenovables.

Letra k)

La cantidad y superficie devegetación nativa intervenida y/oexplotada, así como su forma deintervención y/o explotación.

 No aplica

Letra l)

La cantidad de fauna silvestreintervenida y/o explotada, así comosu forma de intervención y/oexplotación.

 No aplica

Letra m)

El estado de conservación en que seencuentren especies de flora o defauna a extraer, explotar, alterar omanejar, de acuerdo a lo indicado enlos listados nacionales de especies en peligro de extinción, vulnerables,raras o insuficientemente conocidas.

 No aplica

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Artículo Contenido Evaluación

Letra n)

El volumen, caudal y/o superficie,según corresponda, de recursoshídricos a intervenir y/o explotar en:

n.1) Vegas y/o bofedales ubicados enlas Regiones I y II, que pudieren ser afectadas por el ascenso o descensode los niveles de aguas subterráneas.n.2) Áreas o zonas de humedales que pudieren ser afectadas por el ascensoo descenso de los niveles de aguassubterráneas o superficiales.n.3) Cuerpos de aguas subterráneasque contienen aguas milenarias y/ofósiles.

n.4) Una cuenca o subcuencahidrográfica transvasada a otra.n.5) Lagos o lagunas en que segeneren fluctuaciones de niveles.

 No aplica

Letra ñ)

Las alteraciones que pueda generar sobre otros elementos naturales y/oartificiales del medio ambiente laintroducción al territorio nacional dealguna especie de flora o de fauna; asícomo la introducción al territorionacional, o uso, de organismos

modificados genéticamente omediante otras técnicas similares.

 No aplica

Letra o)

La superficie de suelo susceptible de perderse o degradarse por erosión,compactación o contaminación.

 No aplica ya que se trata de un proyecto en suelo intervenido de usoindustrial peligroso según el PlanRegulador Intercomunal deValparaíso.

Letra p)

La diversidad biológica presente en elárea de influencia del proyecto oactividad, y su capacidad deregeneración.

 No aplica

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Artículo Contenido Evaluación

Artículo 8

El titular deberá presentar un Estudiode Impacto Ambiental si su proyecto o

actividad genera reasentamiento decomunidades humanas o alteraciónsignificativa de los sistemas de vida ycostumbres de grupos humanos.A objeto de evaluar si el proyecto oactividad genera reasentamiento decomunidades humanas, se consideraráel desplazamiento y reubicación degrupos humanos que habitan en elárea de influencia del proyecto oactividad, incluidas sus obras y/o

acciones asociadas.Se entenderá por comunidadeshumanas o grupos humanos a todoconjunto de personas que comparte unterritorio, en el que interactúan permanentemente, dando origen a unsistema de vida formado por relaciones sociales, económicas, yculturales, que eventualmente tiendena generar tradiciones, interesescomunitarios y sentimientos de

arraigo.Asimismo, a objeto de evaluar si el proyecto o actividad genera alteraciónsignificativa de los sistemas de vida ycostumbres de grupos humanos, seconsiderará el cambio producido enlas siguientes dimensiones quecaracterizan dicho sistema de vida:

Conclusión: El proyecto no generareasentamiento de comunidades

humanas o alteración significativa delos sistemas de vida y costumbres degrupos humanos.

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Artículo Contenido Evaluación

Letra a)

Dimensión geográfica, consistente en

la distribución de los grupos humanosen el territorio y la estructura espacialde sus relaciones, considerando ladensidad y distribución espacial de la población; el tamaño de los predios ytenencia de la tierra; y los flujos decomunicación y transporte;

 No aplica

Letra b)

Dimensión demográfica, consistenteen la estructura de la población local por edades, sexo, rama de actividad,categoría ocupacional y status

migratorio, considerando la estructuraurbano rural; la estructura según ramade actividad económica y categoríaocupacional; la poblacióneconómicamente activa; la estructurade edad y sexo; la escolaridad y nivelde instrucción; y las migraciones;

 No aplica

Letra c)

Dimensión antropológica,considerando las característicasétnicas; y las manifestaciones de lacultura, tales como ceremonias

religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales,torneos, ferias y mercados;

 No aplica

Letra d)

Dimensión socio-económica,considerando el empleo y desempleo;y la presencia de actividades productivas dependientes de laextracción de recursos naturales por  parte del grupo humano, en formaindividual o asociativa; o

 No aplica

Letra e)

Dimensión de bienestar social básico,

relativo al acceso del grupo humano a bienes, equipamiento y servicios, talescomo vivienda, transporte, energía,salud, educación y sanitarios.

 No aplica

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Artículo Contenido Evaluación

Artículo 9

El titular deberá presentar un Estudiode Impacto Ambiental si su proyectoo actividad se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidassusceptibles de ser afectados, asícomo el valor ambiental del territorioen que se pretende emplazar.A objeto de evaluar si el proyecto oactividad se localiza próximo a población, recursos o áreas protegidassusceptibles de ser afectados, seconsiderará:

Conclusión: El proyecto no selocaliza próximo a población,recursos y áreas protegidassusceptibles de ser afectados, y seemplaza en territorio de uso industrialsegún el Plan Regulador  Intercomunal. En el área de influenciadel proyecto no existe población protegida por leyes especiales.

Letra a)

La magnitud o duración de laintervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor deáreas donde habite población protegida por leyes especiales;

 No aplica

Letra b)

La magnitud o duración de laintervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor deáreas donde existen recursos protegidos en forma oficial; o

 No aplica

Letra c)

La magnitud o duración de laintervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor deáreas protegidas o colocadas bajo protección oficial.

 No aplica

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Artículo Contenido Evaluación

Artículo 10

El titular deberá presentar un Estudiode Impacto Ambiental si su proyecto

o actividad genera alteraciónsignificativa, en términos demagnitud y duración, del valor  paisajístico o turístico de una zona.A objeto de evaluar si el proyecto oactividad, en cualquiera de sus etapas,genera o presenta alteraciónsignificativa, en términos demagnitud y duración, del valor  paisajístico o turístico de una zona, seconsiderará:

Conclusión: El proyecto no generaalteración significativa, en términos

de magnitud y duración, del valor  paisajístico o turístico de una zona, yaque el proyecto se emplaza dentro deERA, zona industrial autorizada y yaintervenida.

Letra a)La duración o la magnitud en que seobstruye la visibilidad a zonas convalor paisajístico;

 No aplica

Letra b)

La duración o magnitud en que sealteren recursos o elementos delmedio ambiente de zonas con valor  paisajístico o turístico;

 No aplica

Letra c)

La duración o la magnitud en que seobstruye el acceso a los recursos oelementos del medio ambiente dezonas con valor paisajístico o

turístico; o.

 No aplica

Letra d)

La intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en un áreadeclarada zona o centro de interésturístico nacional, según lo dispuestoen el Decreto Ley Nº 1.224 de 1975.

 No aplica

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Artículo Contenido Evaluación

Artículo 11

El titular deberá presentar un Estudiode Impacto Ambiental si su proyecto

o actividad genera o presentaalteración de monumentos, sitios convalor antropológico, arqueológico,histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.A objeto de evaluar si el proyecto oactividad, respecto de su área deinfluencia, genera o presentaalteración de monumentos, sitios convalor antropológico, arqueológico,histórico y, en general, los

 pertenecientes al patrimonio cultural,se considerará:

Conclusión: El proyecto se emplazaráen una zona industrial autorizada e

intervenida, en la que no existen sitioscon valor antropológico,arqueológico, histórico y, en general,los pertenecientes al patrimoniocultural. Sin perjuicio, en caso decualquier hallazgo arqueológicodurante la evaluación o construcción,éstos serán debidamente comunicadosa la autoridad competente y las obrasserán detenidas de inmediato. Lostrabajos se reanudarían una vez

efectuadas todas las operaciones desalvataje correspondientes.

Letra a)La proximidad a algún Monumento Nacional de aquellos definidos por laLey 17.288;

 No aplica

Letra b)

La magnitud en que se remueva,destruya, excave, traslade, deteriore ose modifique en forma permanentealgún Monumento Nacional deaquellos definidos por la Ley 17.288;

 No aplica

Letra c)

La magnitud en que se modifique o

deteriore en forma permanenteconstrucciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural; o

 No aplica

Letra d)

La proximidad a lugares o sitios enque se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore dealgún pueblo, comunidad o grupo

humano.

 No aplica

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En consecuencia, puesto que el Proyecto “Nueva Unidad de Alquilación”   no produceninguno de los efectos, características o circunstancias mencionados en el artículo 11 de laLey sobre Bases Generales del Medio Ambiente, desarrollados en los artículos 5, 6, 8, 9, 10y 11 del Título II del Reglamento del SEIA, sólo procede presentar una Declaración de

Impacto Ambiental (DIA), todo ello de conformidad a lo indicado en el artículo 4 delmencionado Reglamento.

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4 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES REQUERIDOS POR ELPROYECTO

De acuerdo con lo indicado en el Título VII del Reglamento del SEIA, toda Declaración deImpacto Ambiental debe identificar los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales paraacreditar su cumplimiento.

Artículo 68. Permiso para arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o susderivados o residuos, aguas de relave de minerales u otras materias nocivas o peligrosas de cualquier especie, que ocasionen daños o perjuicios en lasaguas sometidas a jurisdicción nacional, y en puertos, ríos y lagos, a que serefiere el artículo 142 del D.L. 2222/78 Ley de Navegación: No se requiere.

Artículo 69 Permisos para efectuar vertimientos en aguas sometidas a jurisdicciónnacional o en alta mar, desde naves, aeronaves, artefactos navales oconstrucciones portuarias, a que se refieren los artículos 108 y 109 del D.S.1/92 del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento para el Control de laContaminación Acuática: No se requiere.

Artículo 70 Permiso para emplazar instalaciones terrestres de recepción de mezclasoleosas en puertos y terminales marítimos del país, a que se refiere elartículo 113 del D.S. 1/92 del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática: No se requiere.

Artículo 71 Permiso para descargar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, aguasque contengan mezclas oleosas, provenientes de una planta de tratamiento deinstalaciones terrestres de recepción de mezclas oleosas, a que se refiere elartículo 116 del D.S. 1/92 del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática: No se requiere.

Artículo 72 Permisos para instalar y operar un terminal marítimo y las cañeríasconductoras para el transporte de sustancias contaminantes o que seansusceptibles de contaminar, a que se refiere el artículo 117 del D.S. 1/92 delMinisterio de Defensa Nacional, Reglamento para el Control de laContaminación Acuática: No se requiere.

Artículo 73 Permiso para introducir o descargar en aguas sometidas a la jurisdicciónnacional, materias, energía o sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie, que no ocasionen daños o perjuicios en las aguas, la flora o la fauna,a que se refiere el artículo 140 del D.S. 1/92 del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática: No serequiere.

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Artículo 74 Permisos para realizar actividades de cultivo y producción de recursoshidrobiológicos, a que se refiere el Título VI de la Ley N° 18.892, LeyGeneral de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones, cuyo texto refundido

se contiene en el D.S. N° 430 de 1992 del Ministerio de Economía, Fomentoy Reconstrucción: No se requiere.

Artículo 75 Permisos para realizar trabajos de conservación, reparación o restauración deMonumentos Históricos; para destruir, transformar o reparar un MonumentoHistórico o hacer construcciones en sus alrededores; o para excavar oedificar si el Monumento Histórico fuere un lugar o sitio eriazo, a que serefieren los artículos 11 y 12 de la Ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales: No se requiere.

Artículo 76 Permisos para hacer excavaciones de carácter arqueológico, antropológico,

 paleontológico o antropoarqueológico, a que se refieren los artículos 22 y 23de la Ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales y su Reglamento sobreExcavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas yPaleontológicas, aprobado por D.S. 484/90, del Ministerio de Educación: Nose requiere.

Artículo 77 Permiso para hacer construcciones nuevas en zonas declaradas típicas o pintorescas, o para ejecutar una obra de reconstrucción o de meraconservación en ellas, a que se refiere el artículo 30 de la Ley N° 17.288sobre Monumentos Nacionales: No se requiere.

Artículo 78 Permiso para iniciar trabajos de construcción o excavación, o paradesarrollar actividades como pesca, caza, explotación rural o cualquiera otraactividad que pudiera alterar el estado natural de un Santuario de la Naturaleza, a que se refiere el artículo 31 de la Ley N° 17.288 sobreMonumentos Nacionales. No se requiere.

Artículo 79 Permiso para efectuar exploraciones de aguas subterráneas en terrenos públicos o privados de zonas que alimenten áreas de vegas y de los llamados bofedales, en las regiones de Tarapacá y Antofagasta, a que se refiere elinciso tercero del artículo 58 del D.F.L. 1.122/81, Código de Aguas: No serequiere.

Artículo 80 Permiso para realizar nuevas explotaciones o mayores extracciones de aguassubterráneas que las autorizadas, en zonas de prohibición, a que se refiere elartículo 63 del D.F.L. 1.122/81, Código de Aguas: No se requiere.

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Artículo 81 Permiso para emplazar, construir, poner en servicio u operar, cerrar ydesmantelar, en su caso, instalaciones, plantas, centros, laboratorios,establecimientos y equipos nucleares, a que se refiere el artículo 4 de la Ley N° 18.302, Ley de Seguridad Nuclear: No se requiere.

Artículo 82 Permiso para centrales nucleares de potencia, plantas de enriquecimiento, plantas de reprocesamiento y depósitos de almacenamiento permanente dedesechos calientes de larga vida, a que se refiere el artículo 4 de la Ley N°18.302, Ley de Seguridad Nuclear: No se requiere.

Artículo 83 Permiso para transportar materiales radioactivos por vía terrestre, acuática oaérea, mientras tales materiales radioactivos no formen parte del medio detransporte, a que se refiere el artículo 1 del D.S. N° 12/85 del Ministerio deMinería, que aprueba Reglamento para el Transporte Seguro de MaterialesRadioactivos: No se requiere.

Artículo 84 Permiso para emprender la construcción de tranques de relave, a que serefiere el artículo 47 del D.S. N° 86/70 del Ministerio de Minería,Reglamento de Construcción y Operación de Tranques de Relave: No serequiere.

Artículo 85 Permiso para ejecutar labores mineras dentro de una ciudad o población, encementerios y otros lugares a que se refiere el artículo 17 N° 1 de la Ley N°18.248, Código de Minería: No se requiere.

Artículo 86 Permiso para ejecutar labores mineras en lugares declarados parques

nacionales, reservas nacionales o monumentos naturales, a que se refiere elartículo 17 N° 2 de la Ley N° 18.248, Código de Minería: No se requiere.

Artículo 87 Permiso para ejecutar labores mineras en covaderas o en lugares que hayansido declarados de interés histórico o científico, a que se refiere el artículo17 N° 6 de la Ley N° 18.248, Código de Minería: No se requiere.

Artículo 88 Permiso para establecer un apilamiento de residuos mineros a que se refiereel inciso 2° del artículo 233 y botaderos de estériles a que se refiere elartículo 318, ambos del D.S. N° 72/85 del Ministerio de Minería,Reglamento de Seguridad Minera: No se requiere.

Artículo 89 Permiso para la extracción de ripio y arena en los cauces de los ríos y esterosa que se refiere el artículo 11 de la Ley N° 11.402: No se requiere.

Artículo 90 Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición finalde residuos industriales o mineros, a que se refiere el artículo 71 letra b) delD.F.L. 725/67, Código Sanitario: No se requiere.

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Artículo 91 Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición finalde desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere elartículo 71 letra b) del D.F.L. 725/67, Código Sanitario: No se requiere.

Artículo 92 Permiso para ejecutar labores mineras en sitios donde se han alumbradoaguas subterráneas en terrenos particulares o en aquellos lugares cuyaexplotación pueda afectar el caudal o la calidad natural del agua, a que serefiere el artículo 74 del D.F.L. 725/67, Código Sanitario: No se requiere.

Artículo 93 Permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier  planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para lainstalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección,industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios decualquier clase a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. 725/67,

Código Sanitario: No se requiere.

Artículo 94 En la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que serefiere el artículo 4.14.2 del D.S. 47/92, del Ministerio de Vivienda yUrbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones: No serequiere.

Artículo 95 En los permisos para realizar pesca de investigación que sea necesaria parael seguimiento de la condición de poblaciones de especies hidrobiológicas enla aplicación del primer año del plan de seguimiento ambiental, a que serefiere el Título VII de la Ley Nº 18.892, Ley General de Pesca y

Acuicultura y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado ysistematizado se contiene en el D.S. Nº 430, de 1992, del Ministerio deEconomía, Fomento y Reconstrucción: No se requiere.

Artículo 96 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algúnsector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para lasconstrucciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuerade los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3° y 4° del Artículo 55del D.F.L. N° 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo: No serequiere.

Artículo 97 El permiso para la instalación de un cementerio, o de un crematorio, a que serefiere el art. 5º del D.S. 374/70 de MINSAL: No se requiere.

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Artículo 98 En el permiso para la recolección de huevos y crías con fines científicos o dereproducción, a que se refiere el artículo 5º de la Ley Nº 4.601, sobre Caza,los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formalesnecesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el

 presente artículo: No se requiere.

Artículo 99 En el permiso para la caza o captura de los ejemplares de animales de lasespecies protegidas, a que se refiere el artículo 9º de la Ley Nº 4.601, sobreCaza, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos yformales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalanen el presente artículo: No se requiere.

Artículo 100 En el permiso para la introducción en el territorio nacional de ejemplaresvivos de especies exóticas de la fauna silvestre, semen, embriones, huevos para incubar y larvas, a que se refiere el artículo 25º de la Ley Nº 4.601,

sobre Caza, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos yformales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalanen el presente artículo: No se requiere.

Artículo 101 En el permiso para la construcción de las obras a que se refiere el artículo294 del D.F.L. Nº 1.122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Código deAguas, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos yformales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalanen el presente artículo: No se requiere.

Artículo 102 En el permiso para corta o explotación de bosque nativo, en cualquier tipo de

terrenos, o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentementeforestal, a que se refiere el artículo 21 del Decreto Ley Nº 701, de 1974,sobre Fomento Forestal, cuya corta o explotación sea necesaria para laejecución de cualquier proyecto o actividad de las señaladas en el artículo 3del presente Reglamento, con excepción de los proyectos a que se refiere elliteral m.1., los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos yformales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalanen el presente artículo: No se requiere.

Artículo 103 En el permiso para la corta o explotación de la especie vegetal de carácter forestal denominada Alerce – Fitzroya cupressoides (Mol.) Johnston -,

cuando ésta tenga por objeto la habilitación de terrenos para la construcciónde obras públicas, a que se refiere el Decreto Supremo Nº 490, de 1976, delMinisterio de Agricultura, los requisitos para su otorgamiento y loscontenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento,serán los que se señalan en el presente artículo: No se requiere.

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Artículo 104 En el permiso para la corta o explotación de la especie vegetal de carácter forestal denominada Pehuén –Araucaria araucana (Mol.) K. Koch-, cuandoésta tenga por objeto la habilitación de terrenos para la construcción de obras públicas, a que se refiere el Decreto Supremo Nº 43, de 1990, del Ministerio

de Agricultura, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicosy formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que seseñalan en el presente artículo: No se requiere.

Artículo 105 En el permiso para la corta o explotación de Queule -Gomortega keule(Mol.) Baillon-, Pitao –Pitauia punctata (Mol.)-, Belloto del Sur – Beilschmiedia berteroana (Gay) Kostern-, Ruil –Nothofagus alessandriiEspinoza-, Belloto del Norte –Beilschmiedia miersii (Gay) Kostern-, cuandoésta tenga por objeto habilitar terrenos para la construcción de obras públicas, a que se refiere el Decreto Supremo Nº 13, de 1995, del Ministeriode Agricultura, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos

y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que seseñalan en el presente artículo: No se requiere.

Artículo 106 En el permiso para las obras de regularización y defensa de cauces naturales,a que se refiere el segundo inciso del artículo 171 del D.F.L. Nº 1.122 de1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas, los requisitos para suotorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo: No serequiere.

En resumen, de acuerdo a la naturaleza y características del presente proyecto, éste norequiere obtener ninguno de los permisos ambientales sectoriales, de aquellos indicados enel Título VII del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

5 COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS

 No existen compromisos ambientales voluntarios.

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POR TANTO, de conformidad con lo expuesto precedentemente y de acuerdo con loestablecido en la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente y en el Reglamento delSistema de Evaluación de Impacto Ambiental,

A LA COMISION REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE DE LA REGIÓN DEVALPARAÍSO SOLICITO: Tener por presentada la Declaración de Impacto Ambientalcontenida en este escrito, admitirla a tramitación, y una vez concluido el periodo derevisión de la misma, aprobarla, calificando el presente proyecto ambientalmente demanera favorable y dictando al efecto la resolución pertinente.

PRIMER OTROSI: Ruego tener por acompañados a la presente Declaración de ImpactoAmbiental los siguientes antecedentes y documentos que acreditan el cumplimiento de lalegislación vigente. Se anexa:

• Anexo N° 1 Plano de Localización•

Anexo N° 2 Sistema de Respuesta de Emergencia• Anexo N° 3 Estudio de Impacto Acústico

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SEGUNDO OTROSI: Sírvase la Comisión Regional del Medio Ambiente de la V Regiónde Valparaíso, tener presente que mi personería para representar a Enap Refinerías S.A.consta en la “Delegación Especial de Mandato Enap Refinerías S.A. a Sergio ArévaloEspinoza” de fecha 26 de enero de 2004, cuya copia se adjunta.

 ______________________ Sergio Arévalo Espinoza

Representante LegalEnap Refinerías S.A.

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PRIMER OTROSI

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ANEXO Nº 1PLANO DE LOCALIZACIÓN

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ANEXO Nº 2SISTEMA DE RESPUESTA DE EMERGENCIA

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ANEXO Nº 3ESTUDIO DE IMPACTO ACÚSTICO

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SEGUNDO OTROSI