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  • DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA

    GRUPOS ORGANIZADOS DE ADOLESCENTES

    Adolescentes cuentan Las oportunidades de participacin para las nias, nios y adolescentes (de 6 a 17 aos) NNA, implica garantizar que puedan ser escuchada/os, tengan informacin y puedan asociarse de manera libre y espontnea para poder ser agentes de su propio bienestar, desu familia y comunidad. Adems del reconocimiento de aquellos espacios que permitan el ejercicio de sus derechos y deberes.

    con oportunidades de participacin para su desarrollo integral

    LAS INTERVENCIONES CON LAS NIAS, NIOS Y ADOLESCENTES - NNA SON IMPORTANTES PORQUE PERMITEN:

    Desarrollar habilidades socioemocionales, tanto individuales como de interaccin, que

    favorezcan a la construccin de sus proyectos de vida y su integracin social y productiva,

    lo cual contribuye con la prevencin de problemas sociales como la violencia, el abuso de

    sustancias (alcohol, tabaco y drogas) y los embarazos no planificados.

    Contribuir a que sean incluida/os y reconocida/os desde sus diversos intereses, en base a

    sus capacidades y a sus lenguajes; al mismo tiempo que se escuchan sus aportes y acciones

    en favor de ellas y ellos mismos, sus pares, su familia y su comunidad.

    Contar con jvenes que aporten al desarrollo de la comunidad, que participen activamente

    en la vida social, planteen propuestas, participando en la toma de decisiones y en la

    formulacin de polticas pblicas que respondan a sus intereses y necesidades.

    Fortalecer el capital social de la comunidad, permitiendo la construccin

    colectiva de la identidad local y la ciudadana.

    QU NECESITAMOS HACER PARA LOGRARLO?

    1. Municipalidades que participan en el primer nivel: Segn su nivel de avance tenemos dos tipos de municipalidades:

    1.1 Municipalidades que promueven la organizacin de los grupos de nias, nios y

    adolescentes NNA:

    Emiten Ordenanza Municipal que reconozca y promueva la organizacin de

    los grupos de adolescentes en el distrito.

    Emiten Resoluciones de Alcalda desde la Gerencia de Desarrollo Social o la

    instancia que haga sus veces y que reconozca a los grupos de adolescentes

    en la municipalidad.

  • Desarrollo integral niez y adolescencia

  • 1.2 Municipalidades que realizan actividades con grupos de nias, nios y adolescentes - NNA: Elaboran y/o mejoran el plan de trabajo participativo que contemple

    acciones que respondan a los intereses de las nias, nios y adolescentes. Implementan o fortalecen la implementacin del plan de trabajo,

    reportando el cumplimiento de 4 actividades emblemticas. 2. Municipalidades que participan en el segundo nivel:

    2.1 Municipalidades que constituyen el Consejo Consultivo de Nias, Nios y

    Adolescentes (CCONNA) debern:

    Organizar la eleccin -con el soporte de la DEMUNA o quien haga sus veces-,

    de los grupos de adolescentes organizados registrados que ya vienen

    realizando acciones de promocin y capacitacin. Formar el Consejo Consultivo de Adolescentes, el cual deber ser elegido

    democrticamente al interior de cada grupo, permitiendo garantizar una

    interaccin continua entre el grupo de adolescentes y sus autoridades. Elegir el equipo coordinador del CCONNA, constituido por cuatro

    integrantes que representen los intereses e inquietudes de las nias, nios y

    adolescentes de la localidad frente a sus autoridades. Emitir la Ordenanza Municipal que legitime el Consejo Consultivo y que reconozca

    su capacidad de incidir en las decisiones en temas que les interese o afecte.

    2.2 La municipalidad que tiene el Consejo Consultivo de nias, nios y Adolescentes

    (CCONNA) deber:

    Establecer -de manera simple y clara- la organizacin y atributos de las/os

    integrantes del Consejo Consultivo mediante un reglamento aprobado con

    un Decreto de Alcalda. Elaborar el reglamento de manera participativa, considerando a las nias,

    nios y adolescentes para que puedan ser escuchados y opinar en espacios

    como las juntas vecinales, comits de coordinacin vecinal y asambleas. El

    reglamento del CCONNA tambin deber considerar mecanismos de

    interaccin y dilogo constante entre sus representantes y las autoridades

    locales, estableciendo sesiones especiales para este fin.

    CMO LO HACEMOS? Municipalidades que participan en el primer nivel:

    1.1 Municipalidades que promueven la organizacin de los grupos de nias, nios

    y adolescentes - NNA: Designar a la gerencia de desarrollo social, la DEMUNA o la instancia que

    haga sus veces para la conduccin de este proceso con las NNA. Verificar si la municipalidad cuenta con un registro de organizaciones de

    NNA. Identificar a las organizaciones de NNA (o actualizar el registro si lo

    tienen) en las Instituciones Educativas de nivel primario y secundario,

    parroquias, grupos juveniles, clubes deportivos y culturales y otros.

  • Articular con los sectores involucrados en el trabajo con NNA (establecimiento

    de salud, instituciones educativas, Polica Nacional del Per PNP, RENIEC,

    Gobierno Regional - GR, entre otros) y coordinar prximas acciones.

    Realizar el diagnstico participativo con los NNA para identificar intereses,

    potencialidades y factores de riesgo de la niez y la adolescencia del distrito,

    contando con la participacin de representantes del establecimiento de salud,

    Instituciones Educativas, DEMUNA y PNP. Asimismo, consensuar las acciones

    iniciales relacionadas a los siguientes temas: estilos de vida saludable, prevencin de

    violencia, sexualidad responsable, proyecto de vida y otros temas especficos del

    distrito. Revise la gua para elaboracin del diagnstico participativo para saber

    cmo presentar la informacin recogida en esta actividad. Realizar el reconocimiento de los grupos de adolescentes identificados, mediante la

    resolucin de la gerencia de desarrollo social o la instancia que haga sus veces y

    registrar en el libro de Registro de Organizaciones de Adolescentes (ROA) (segn

    caractersticas descritas en el artculo 10 del modelo de ordenanza). Emitir, registrar, difundir y cumplir con la Ordenanza Municipal que

    promueve la organizacin y formalizacin de los grupos de adolescentes. Enviar oportunamente al correo: [email protected], la

    ordenanza municipal, resoluciones de gerencia de desarrollo social o la que

    haga sus veces, de los grupos organizados en forma escaneada y el

    diagnstico participativo segn formato.

    1.2 Municipalidades que realizan actividades con los grupos de adolescentes. La DEMUNA o la instancia que haga sus veces, retoma la relacin con los

    actores involucrados para coordinar y revisar el diagnstico participativo

    trabajado en la edicin anterior (si no se realiz, debe hacerlo utilizando la

    gua para elaboracin del diagnstico participativo). Actualizar el Registro de Organizaciones de Adolescentes (ROA) (segn

    caractersticas descritas en el artculo 10 del modelo de ordenanza) con los

    nuevos grupos conformados (de existir) de NNA, formalizndolos con la

    resolucin de la gerencia de desarrollo social o la instancia que haga sus veces. Actividad 1: Elaboracin del Plan de Trabajo Participativo o actualizar el existente. --

    Reunin con los actores involucrados para coordinar y definir las lneas generales de

    accin para el plan de trabajo participativo, que luego ser elaborado con los NNA.

    Debern considerar los temas prioritarios (revisar datos de la gua para elaboracin

    del diagnstico participativo): estilos de vida saludable, prevencin de violencia,

    sexualidad responsable, proyecto de vida y otros temas especficos del distrito.

    Considerar como periodo de trabajo de diciembre 2016 a diciembre

    2017. (Segn gua para elaboracin del plan de trabajo). -- Reunin con los NNA para elaborar el Plan de Trabajo Participativo. A su

    vez, definir roles de forma conjunta con los NNA (en qu actividades

    participarn como protagonistas y otras como participantes). (Segn gua

    para elaboracin del plan de trabajo).

    Desarrollo integral niez y adolescencia

  • Actividad 2: Identificar a las nias, nios y adolescentes del distrito en coordinacin

    con las autoridades comunales e instituciones locales. Los datos se consignarn en un

    listado nominal de NNA. (Segn el Modelo de Listado Nominal de NNA) Actividad 3: Promocin de la orientacin y consejera en salud sexual y

    reproductiva para adolescentes. Coordinar con el establecimiento de salud y/o

    instituciones educativas. Se realizar la promocin en alianza con las IIEE, con los

    grupos organizados de NNA y con los actores involucrados en el proceso. (Ver gua

    sobre la promocin de la orientacin y consejera de salud sexual y reproductiva).

    Actividad 4: Grupos de NNA voluntario en su comunidad. Campaa o intervencin en

    beneficio de la comunidad segn alguno de los temas priorizados en el diagnstico y el

    plan. Se realizar la convocatoria de los grupos organizados de NNA para definir y

    preparar la intervencin. (Ver gua voluntareando por su comunidad)

    Implementar las acciones del plan de trabajo participativo en coordinacin

    con Salud, Educacin, Polica Nacional y otras instituciones. Enviar al correo: [email protected], los reportes de cada una de

    las actividades, segn modelo de reporte. Municipalidades que participan en el segundo nivel: 2.1 Municipalidades que constituyen el Consejo Consultivo de Nias, Nios y

    Adolescentes (CCONNA) debern realizar las siguientes acciones:

    a. Revisar el modelo de Ordenanza Municipal del CCONNA (CD entregado por

    el Sello Municipal o solicitarlo al correo: [email protected]), adaptar y

    completar la informacin solicitada referente a su municipalidad.

    b. La gerencia de desarrollo social, DEMUNA o la que hagas sus veces, presentar una

    propuesta tcnica para la creacin del CCONNA para la opinin tcnica y legal. c. Realizar el seguimiento a las instancias administrativas correspondientes

    para que la propuesta tcnica de creacin del CCONNA est lista para

    evaluacin y opinin del Concejo Municipal. d. Efectuar las gestiones necesarias para que el Concejo Municipal apruebe la

    Ordenanza Municipal de creacin o adecuacin del CCONNA. e. Emitir, registrar, difundir y cumplir la Ordenanza Municipal de creacin del

    CCONNA. El CCONNA distrital est conformado por: La asamblea general: representantes elegidos de las diferentes organizaciones,

    grupos y/o asociaciones de nias, nios y adolescentes existentes en el distrito. El equipo coordinador ser elegido entre los representantes titulares de las

    organizaciones participantes, en asamblea general, y estar integrado por:

    -- Coordinador/a general. - Coordinador/a de actas.

    -- Sub coordinador/a. - Coordinador/a de organizacin. f. Implementar el proceso democrtico y participativo de la eleccin de las/os

    representantes de las/os adolescentes para formar el CCONNA a travs de la

    DEMUNA: Realizar reuniones de sensibilizacin con los grupos de las y los

    adolescentes acerca de la importancia de la participacin y las

    oportunidades que el ejercicio de este derecho involucra. Eleccin de representantes de organizaciones de adolescentes incluidas en el

  • registro de organizaciones de adolescentes (ROA) de la municipalidad. Eleccin del equipo coordinador del CCONNA, constituido por cuatro

    representantes que tendrn como funcin ser interlocutores con las

    autoridades municipales. g. Enviar la ordenanza municipal emitida escaneada a la Direccin de Polticas

    sobre Nias, Nios y Adolescentes del MIMP, correo: [email protected]

    2.2 La municipalidad que aprueba el reglamento de funcionamiento del Consejo Consultivo de

    Nias, Nios y Adolescentes (CCONNA) deber realizar las siguientes acciones:

    a. Establecer el mecanismo de deliberacin participativa y toma de

    decisiones al interior del CCONNA. Este proceso debe ser facilitado por la

    gerencia de desarrollo social, la DEMUNA o quien haga sus veces. b. Sensibilizar a representantes de espacios de toma de decisin (juntas vecinales,

    asambleas) acerca de la importancia de fomentar en sus espacios, la

    participacin de las y los adolescentes representados en el CCONNA.

    c. Establecer espacios de interaccin entre el equipo coordinador del

    CCONNA del distrito y las autoridades municipales, facilitando el dilogo y

    exponer sus propuestas de trabajo. d. Considerar la participacin del CCONNA en los espacios de toma de decisiones

    de la gestin distrital, especialmente cuando se aborde temticas de su inters.

    e. La gerencia de desarrollo social, la DEMUNA o quien haga sus veces, revisa

    y adapta la propuesta de reglamento de funcionamiento del CCONNA a la

    realidad del distrito, el cual deber contener:

    Desarrollo integral niez y adolescencia

    Ms informacin: www.midis.gob.pe/sellomunicipal Dudas y/o consultas a: [email protected] y/o (01) 631 - 8001

  • Funciones y competencias del CCONNA y sus miembros. Normas de convivencia, dilogo y toma de decisiones. Responsabilidades de los representantes y de los miembros del CCONNA. Procedimiento de elecciones de representantes. Procedimiento de participacin en espacios de toma de decisiones.

    f. Preparar el expediente tcnico para la aprobacin del Decreto de Alcalda

    sobre el reglamento de funcionamiento del CCONNA del distrito. g. Emitir, registrar, difundir y cumplir con el Decreto de Alcalda que aprob el

    reglamento de funcionamiento del CCONNA. h. Escanear y enviar el Decreto de Alcalda emitido al MIMP, correo:

    [email protected] CMO MEDIMOS ESTE PRODUCTO? Para medir este producto se tendr en cuenta: Municipalidades que participan en el primer nivel: Municipalidades que promueven la organizacin de los grupos de adolescentes:

    Ordenanza emitida por la municipalidad que promueve la organizacin de los

    grupos de adolescentes.

    Municipalidades que realizan actividades con grupos de adolescentes: Nmero de actividades con los grupos de adolescentes reportadas al Sello Municipal.

    Municipalidades que participan en el segundo nivel: Municipalidad que constituyen el Consejo Consultivo de Nias, Nios y

    Adolescentes (CCONNA): Ordenanza Municipal que constituye el CCONNA, reportada al MIMP.

    Municipalidad tiene el Consejo Consultivo de Nias, Nios y Adolescentes (CCONNA): Decreto de Alcalda que aprueba el reglamento de funcionamiento del CCONNA,

    elaborada con la participacin de las nias, nios y adolescentes, reportada al MIMP.

    CMO VERIFICA EL MIDIS QUE CUMPLIMOS? Para municipalidades que participan en el primer nivel: El MIDIS verifica el cumplimiento de los indicadores, al recibir las copias

    escaneadas de la ordenanza municipal emitida y las resoluciones de

    reconocimiento de grupos organizados. Verificacin de los reportes escaneados de las siguientes actividades:

    -- Actividad 1: Plan de trabajo participativo. -- Actividad 2: Lista nominal de nias, nios y adolescentes del distrito. -- Actividad 3: Reporte de la promocin de la orientacin y consejera en salud

    sexual y reproductiva para adolescentes. -- Actividad 4: Reporte de la accin del voluntariado realizado por su comunidad.

    Para municipalidades que participan en el segundo nivel: Mediante la revisin de la matriz de reporte de cumplimiento de metas remitida

    por la Direccin General de Nias, Nios y Adolescentes del Ministerio de la Mujer

    y Poblaciones Vulnerables (MIMP).

  • Desarrollo integral niez y adolescencia