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  • 8/18/2019 Derechos de Poblaciones de Especial Proteccion

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    DERECHOS DE POBLACIONESCON ESPECIAL PROTECCIÓN

    CONSTITUCIONAL

    Programa Presidencial de Derechos Humanos y DerechoInternacional Humanitario

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    INDICE1. Derechos de los niños, niñas y adolescentes

    1.1 Instrumentos Internacionales para la infancia

    1.2 Reclutamiento forzado de niños y niñas

    1.3 Violencia sexual

    1.4 Secuestro1.5 Denegación de acceso a la asistencia humanitaria

    2. Derechos de los adultos mayores

    3. Derechos de las mujeres

    3.1 Normatividad Internacional

    3.2 Normatividad Nacional

    4. Derechos de la población en condición de discapacidad

    5. Derechos de las victimas

    6. Derechos de la población indígena

    7. Derechos de la población afro descendiente

    8. Derechos de la población LGBTI (discriminación)

    9. Liderazgo

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    Para el Sistema Nacional de Derechos Humanos, constituyen

    grupos específicos de derechos en primer lugar los que desde elbloque constitucional han sido reconocidos como sujetos deespecial protección constitucional, en segundo lugar a quienes enrazón de su diversidad le han sido vulnerados sus derechos y porsupuesto a la ciudadanía en general.

    Grupos de especial protección constitucional:1. Niños, niñas y adolescentes2. Adultos mayores3. Mujeres

    4. Población en condición de discapacidad5. Victimas6. Indígenas7. Población afro descendiente8. Población LGBTI (discriminación)9. Ciudadanía en general

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    1. DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS YADOLESCENTES

    De acuerdo con la Ley 1098 de 2006, se entiende por niño o niña,

    las personas entre los 0 y los 12 años de edad, y por adolescente laspersonas entre los 13 y los 18 años de edad, los cuales son sujetostitulares de derecho.

    En la Constitución Política de 1991, los artículos 44 y 45, consagran

    sus derechos fundamentales y establecen la obligación deprotección y asistencia en cabeza del Estado, la sociedad y la familiay la prevalencia de sus derechos sobre los derechos de los demás

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    ¿Cómo se han concebido los niños y niñas en Colombia?Algo de Historia… 

    • El niño como prototipo deladulto, es un ser incompleto

    • Son sujetos invisibles en toda lahistoria latinoamericana

    •Son vistos como propiedad y porlo tanto su función es definidapor el adulto

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    •En la etapa de La Colonia, el abandono y el

    infanticidio hace parte de lo cotidiano

    • En el Siglo XIX son concebidos como manode obra barata, como un bien que puede serexplotado

    •Algunos niños son utilizados en lasguerras civiles de la época (“guerreros

    invisibles”) 

    •Que los niños trabajen, es una práctica“normal” en la sociedad jerarquizada

    de la época

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    • Llegando al siglo XX comienzan a

    cobrar más importancia los niños en lasociedad, no obstante la concepción seencuentra alejada de unreconocimiento como sujeto dederechos

    •Comienzan a regularse las relaciones entre

    los adultos y los pequeños.

    •La visión de familia y del lugar de la madre yel hijo sigue siendo típico de una sociedadpatriarcal

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    1.1. Instrumentos Internacionales para la Infancia

    Instrumentos de la ONU Convención sobre los derechos del niño Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil Reglas de las Naciones Unidas para la protección de menores privados de la

    libertad Declaración Mundial sobre la supervivencia, la protección y el desarrollo del niño Estatuto de Roma (CPI) Protocolo facultativo de la CDN relativo a la participación de los niños en los

    conflictos armados Protocolo facultativo de la CDN relativo a la venta de niños, prostitución infantil y

    utilización de niños en la pornografía

    Instrumentos de la Organización Internacional del Trabajo Convenio sobre la abolición del Trabajo Forzoso Convenio N° 138 relativo a la edad mínima de admisión al empleo Convenio N° 182 relativo a la prohibición de las peores formas de trabajo infantil

    y la acción inmediata para su eliminación

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    • Derechos de Protección (Art. 20)

    Abandono físico, emocional y psicoafectivo.

    Explotación económica.

    Consumo SPA y reclutamiento para tráfico desustancias.

    Formas de explotación sexual, o toda acciónque atente contra la libertad, integridad yformación sexual.

    Secuestro, venta, trata y tráfico de NNA.

    Reclutamiento forzado y utilización porGAOML.

    Tortura, desaparición forzada, detenciónarbitraria. (t,pc,hyd).

    Vida en calle.

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    • Derechos de Protección (Art. 20)Traslados ilícitos y retención en elextranjero.

    Desplazamiento forzado.

    Trabajos peligrosos.

    Peores formas de trabajo infantil.

    Contagio de enfermedades prevenibles oexposición a SPA durante la gestación.

    Riesgos y efectos producidos pordesastres o situaciones de emergencia.

    Cuando el patrimonio este amenazado

    MAP.

    Transmisión de VIH – SIDA y ITS.

    Cualquier otro acto que afecte o amenacederechos de NNA.

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    Familia

    Escuela

    Instituc

    Trabajo

    Comnd

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    Maltrato Físico

    Maltrato Emocional

    Violencia Sexual

    Descuido y Abandono

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    Los niños y niñas según la Ley de Infancia (1098 de 2006)

    • Medidas de Restablecimiento de Derechos (Cap. II)

    • Estado de salud física y psicológica

    • Estado de nutrición y vacunación

    • Inscripción en el registro civil de nacimiento

    • Ubicación de la familia de origen

    • Entorno familiar: factores de riesgo yprotección

    • Vinculación al SSSS

    • Vinculación al sistema educativo

    Verificación

    de Garantía

    • Amonestaciones

    • Retiro del NNA de la amenaza• Ubicación inm en entorno familiar

    • Ubicación en centros de emergencia

    • Adopción

    • Otras que garanticen la protección

    integral

    • Promoción de acciones judiciales

    Medidas

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    Los niños y niñas según la Ley de Infancia (1098 de 2006)

    •  Autoridades competentes (Cap. III)

    Comisarios

    de Familia

    Defensores

    de Familia

    Inspección

    de Policía

    Autoridad

    Tradicional

    Juez de

    Familia

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    1.2 Reclutamiento Forzado de Niños y Niñas

    • Implica la participación de niños, niñas y adolescentes al interior de losgrupos armados que hacen parte de un conflicto.

    •El reclutamiento forzado NUNCA es voluntario

    • El impacto en el niño y la niña son diferenciados y afectanprofundamente su desarrollo emocional, físico y cognitivo

    • Está motivado por factores como los siguientes (WCH):Motivos socio-económicos (“oferta de trabajo”) 

    Motivos socio – económicos (pocas oportunidades) De manera forzada (bajo amenaza)Motivos culturales (admiración por las armas)Motivos ideológicos (convencimiento – adoctrinamiento)Motivos de protección (por venganza)

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    1.3 Violencia Sexual(Ver Resolución 1882 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas)

    • La violencia sexual se ha empleado como táctica de guerra con el fin dehumillar a la población o forzar su desplazamiento.

    • Las consecuencias de esta violencia en niños y niñas es devastadora.Además de traumas psicológicos, genera riesgos de ITS, ETS, SIDA yembarazos precoces.

    • Las comunidades tienden a estigmatizar a las niñas que han sido

    reclutadas forzadamente y que presuntamente han sido abusadassexualmente al interior de estos grupos ilegales.

    • Los niños también son víctimas de violencia sexual. No sólo al sufrirladirectamente, también al presenciarla o al verse obligados a cometerla.

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    1.4 Secuestro

    • Es el acto por el cual se priva ilegalmente a un niño o niña de su libertad

    • Este tipo de grave vulneración a los Derechos Humanos, puede coadyuvar

    generar otro tipo de violaciones contra los niños, como la trata, elreclutamiento forzado, la esclavitud sexual y el trabajo forzado

    • Es una manera de intimidación por parte de los grupos armados que seencuentran involucrados en el conflicto

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    1.5 Denegación de acceso a la asistencia

    humanitaria

    • Tiene que ver con el bloqueo a la entrega oportuna de ayudashumanitarias para los niños que necesitan de manera prioritaria este

    auxilio

    • También incluye los ataques deliberados contra los trabajadoreshumanitarios y que prestan asistencia a los niños

    • Este acto esta prohibido por el Cuarto Convenio de Ginebra y susProtocolos Adicionales y pueden constituir un crimen de lesahumanidad y un crimen de guerra.

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    A mayor numerode niños y niñas

    con derechos

    garantizados

    Menores seránlos riesgos devulneración

    ProtecciónIntegral de niñosy niñas, con sus

    cinco tareas

    1. Reconocerles como

    sujetos de derechos

    2. Garantizar sus derechos

    3. Prevenir que seanamenazados o

    vulnerados

    4. Restablecer los derechos

    violados

    5. Asegurar políticas

    publicas

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    2. DERECHOS DE LOS ADULTOS MAYORES

    MARCO DE PROTECCIÓN

    Internacional Declaración de los derechos de la vejez, 1948

    Plan de Acción Internacional sobre envejecimiento, 1982 Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad, 1991 Proclamación sobre el Envejecimiento”, 1992 

    Nacional Plan nacional de atención integral a la tercera edad 1986-1990, 1979

    Constitución Política de Colombia, 1991 Conpes 2793 de 1995 Ley 1276 de 2009 Ley 1251 de 2008 Política nacional de envejecimiento y vejez 2007-2019

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    Derechos de los adultos mayoresEn cumplimiento de la Ley 1276 de 2009, se formuló la Política Nacionalde envejecimiento y vejez 2007-2019, documento en el que seestablece como personas mayores, a mujeres y hombres que tienen 60

    años o más (o mayores de 50 años si son poblaciones de riesgo, porejemplo indigentes o indígenas).

    Los ejes de política establecidos son:Eje 1. Promoción y Garantía de los Derechos Humanos de las PersonasMayores.Eje 2: Protección Social Integral.Eje 3: Envejecimiento Activo.Eje 4: Formación del Talento Humano e Investigación

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    3. DERECHOS DE LAS MUJERES

    “La  mujer es un sujeto de especial protección, de protección reforzada, alinterior de nuestro Cuerpo normativo constitucional. En consecuencia, nose encuentra en la misma situación constitucional que el hombre, que si

    bien es un sujeto de protección constitucional, su protección no es especialni reforzada (…) Por consiguiente, la mujer es sujeto constitucional deespecial protección y en esa medida no sólo sus derechos generales sinoigualmente los específicos, requieren de atención fija por parte de todo elpoder público” 

    Corte Constitucional. Sentencia C- 667 de 2006.

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    3.1 Principales normas internacionales

    Convención sobre los derechos políticos de las mujeres, 1952. Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra las mujeres, 1967. Programa de acción concertada internacional para el avance de las mujeres, 1970. Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la

    mujer y protocolo opcional a la Convención, Res. AG 34/180, 1979. I Conferencia Mundial de la Mujer México. 1975 II Conferencia Mundial de la Mujer Copenhague. 1980 III Conferencia Mundial de la Mujer. Nairobi. 1985 IV Conferencia Mundial de la Mujer Bejing 1995 Declaración de la Asamblea General y Programa de Acción de la Conferencia

    Mundial sobre Derechos Humanos, Viena 1993. Protocolo facultativo de la Asamblea General a la Convención sobre eliminación de

    todas las formas de discriminación contra la mujer (1979), Nueva York, octubre de1999.

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    Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contrala Mujer. Belém Do Pará. Este acuerdo es el único de su naturaleza que existe, fuepromulgado por la Asamblea General de la Organización de los EstadosAmericanos (OEA) en 1995.

    Pacto Internacional por los derechos económicos sociales y culturales. 1966

    Declaración de los Objetivos de Desarrollo del Milenio 2000 Resolución 3520, Asamblea General de ONU, 1972, proclama 1975 como Año

    Internacional de la Mujer. Resolución 3520, Asamblea General de ONU, 1975, proclama el periodo 1976-

    1985 como Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer: Igualdad, Desarrollo yPaz

    Resolución de la Comisión de Derechos Humanos (56ª sesión, 20 de abril de2000), dirigida a combatir el tráfico de mujeres y niñas, eliminar la violencia contralas mujeres

    Resoluciones 1325, 1820, 1888, 1889 de las Naciones Unidas relacionadas conMujeres, paz y seguridad.

    Principales normas internacionales

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    3.2 Principal normatividad nacional

    Ley 51 de 1981 por medio de la cual se aprobó la Convención sobre la Eliminación de Todas lasFormas de Discriminación contra la Mujer.

    Ley 581 de 2000 "Por la cual se reglamenta la adecuada y efectiva participación de la mujer enlos niveles decisorios de las diferentes ramas y órganos del poder público, de conformidad conlos artículos 13, 40 y 43 de la Constitución Nacional y se dictan otras disposiciones

    Ley 762 de 2002 que aprueba la Convención Interamericana para la Eliminación de todas lasformas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.

    Ley 823 de 2003 que consagra normas para la igualdad de oportunidades para las mujeres.Ley 984 de 2005 aprueba el protocolo facultativo de la Convención sobre la eliminación de

    todas las formas de discriminación de la mujer adoptado en la Asamblea de Naciones Unidas el6 de Octubre de 1999.

    Ley 1450 de junio de 2011. Mediante la cual se establece la formulación de una política públicaNacional de equidad de Género para garantizar los derechos de las mujeres.

    Ley 1257 de 2008 "Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción deformas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, deProcedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones“ 

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    Ley 1413 de 2010 "Por medio de la cual se regula la inclusión de la economía delcuidado en el sistema de cuentas nacionales con el objeto de medir lacontribución de la mujer al desarrollo económico y social del país y comoherramienta fundamental para la definición e implementación de políticas

    públicas Ley 1448 de 2011"Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y

    reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otrasdisposiciones

    Ley 1496 de 2011 "Por medio de la cual se garantiza la igualdad salarial y deretribución laboral entre mujeres y hombres, se establecen mecanismos paraerradicar cualquier forma de discriminación y se dictan otras disposiciones"

    Ley 1475 de 2011 "Por la cual se adoptan reglas de organización y funcionamientode los partidos y movimientos políticos, de los procesos electorales y se dictanotras disposiciones"

    Principal normatividad nacional

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    4. DERECHOS DE LAS PERSONAS ENCONDICIÓN DE DISCAPACIDAD

    En el año 2007 se expidió la Ley 1145 de 2007 por medio de la cual se organiza el

    Sistema Nacional de Discapacidad (SND).

    En 2009, se aprobó la Ley 1346 que ratifica los compromisos suscritos en laConvención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad adoptada por laAsamblea General de la Naciones Unidas en diciembre de 2006.

    Esta ley propende por la generación de medidas orientadas a la igualdad deoportunidades que aporten a al mejoramiento de su calidad de vida, en el marco delos derechos de libertad y autonomía y el principio de accesibilidad universal.

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    Definiciones de la Convención sobre los Derechos de

    las personas con Discapacidad

    Por “ajustes razonables” se entenderán las modificaciones y adaptaciones necesarias y

    adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando serequieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad elgoce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechoshumanos y libertades fundamentales;

    Por “diseño universal” se entenderá el diseño de productos, entornos, programas y

    servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida posible, sinnecesidad de adaptación ni diseño especializado.

    El “diseño universal” no excluirá las ayudas técnicas para grupos particulares de

    personas con discapacidad, cuando se necesiten.

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    Definiciones de la Convención sobre los Derechos de

    las personas con DiscapacidadLa “comunicación” incluirá los lenguajes, la visualización de textos, el Braille, lacomunicación táctil, los macrotipos, los dispositivos multimedia de fácil acceso, asícomo el lenguaje escrito, los sistemas auditivos, el lenguaje sencillo, los medios de vozdigitalizada y otros modos, medios y formatos aumentativos o alternativos de

    comunicación, incluida la tecnología de la información y las comunicaciones de fácilacceso;

    Por “lenguaje” se entenderá tanto el lenguaje oral como la lengua de señas y otrasformas de comunicación no verbal;

    Por “discriminación por motivos de discapacidad” se entenderá cualquier distinción,exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el propósito o el efectode obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad decondiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitospolítico, económico, social, cultural, civil o de otro tipo. Incluye todas las formas de

    discriminación, entre ellas, la denegación de ajustes razonables;

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    5. DERECHOS DE LAS VICTIMAS

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    6. POBLACIÓN INDÍGENA

    En septiembre del año 2007, las Naciones Unidas aprobaron la Declaraciónsobre los derechos de los pueblos indígenas, que en el Artículo 1 establece

    que “Los  indígenas tienen derecho, como pueblos y como individuos, aldisfrute pleno de todos los derechos humanos y las libertadesfundamentales reconocidos en la Carta de las Naciones Unidas, laDeclaración Universal de Derechos Humanos y las normas Internacionalesde derechos humanos”.

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    Los pueblos indígenas como sujetos de derechos

    colectivosLa Corte Constitucional de Colombia distinguió los derechos del sujeto colectivo (lospueblos indígenas) de los derechos colectivos de los colombianos así:

    “Los derechos fundamentales de las comunidades indígenas, como sujeto colectivo dederecho, no deben confundirse con los derechos colectivos de otros grupos humanos.La comunidad indígena es un sujeto colectivo y no una simple sumatoria de sujetosindividuales que comparten los mismos derechos o intereses difusos o colectivos (Art.88 CP). En el primer evento es indiscutible la titularidad de los derechosfundamentales, mientras que en el segundo los afectados pueden proceder a la

    defensa de sus derechos o intereses colectivos mediante el ejercicio de las accionespopulares correspondientes”. ST - 380 /93.

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    Algunos derechos de los pueblos indígenas Principio de igualdad de las culturas Principio de oficialidad de las lenguas indígenas en sus territorios Nacionalidad

    Derecho a educación bilingüe e intercultural Derecho a educación respetuosa de las tradiciones Derecho a elección en Circunscripción especial Derecho de grupo a la propiedad de la tierra Derecho de grupo a administrar justicia Derecho de grupo a la autonomía política Derecho de grupo relativo a la explotación de recursos en territorio

    indígena Derecho de grupo a la autonomía financiera Entidades territoriales indígenas

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    Jurisdicción especial indígena

    El Convenio 169 de la OIT, en su artículo 8 señala que al aplicar la legislaciónnacional a los pueblos indígenas, se deberán tomar en consideración sus

    costumbres o derecho consuetudinario, así mismo dichos pueblos tienen elderecho de conservar sus costumbres e instituciones propias siempre que nosean incompatibles con los derechos humanos reconocidosinternacionalmente y que deben establecerse procedimientos para solucionardichos conflictos.

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    7. LOS DERECHOS DE LA POBLACIÓN

    AFROCOLOMBIANAComunidades NegrasSon el conjunto de familias de ascendencia afrocolombiana que poseen unacultura propia, comparten una historia y tienen sus propias tradiciones y

    costumbres dentro de la relación campo-poblado, que revelan y conservanconciencia e identidad que las distinguen de otros grupos étnicos.

    Comunidades palenquerasSon aquellas provenientes de San Basilio de Palenque, ubicado en el municipio deMahates. Se caracterizan por contar con un dialecto propio y expresionesculturales y religiosas particulares.

    Comunidades raizalesSon originarias del Archipiélago de San Andrés y Providencia, también cuentancon un dialecto propio, el creole, y con expresiones culturales y religiosas propias

    de las Antillas y el Caribe Anglosajón.

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    Principal normatividad nacional para lascomunidades afrodescendientes

    Principales Leyes Principales Decretos

    Ley 70 de 1993:12

    Ley 99 de 1993:13

    Ley 152 de 1994:14

    Ley 160 de 1994:15

    Ley 115 de 1994:16

    Ley 191 de 1995:17

    Ley 301 de 1996:18

    Ley 375 de 1997:19

    Ley 397 de 1997:20

    Ley 725 de 2001:21

    Ley 685 de 2001:22

    Decreto 0804 de 1995:27

    Decreto 1745 de 1995:28

    Decreto 2249 de 1995:29

    Decreto 0851 de 1996:30

    Decreto 1627 de 1996:31

    Decreto 3050 de 2002:32

    Decreto 1523 de 2003:33

    Decreto 4007 de 2006:34

    Decreto 3323 de 2005 y Decreto 140 de

    2006:35

    Decreto 4181 de 2007 y Decreto 4100 de 2011

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    8. DERECHOS DE LA POBLACIÓN LGBTIEn Colombia, los derechos de las personas de la comunidad LGBTI, son reconocidosdesde la Constitución Política de 1991, Derecho a la igualdad (art 13), derechosinalienables sin discriminación alguna (art 5), a la vida (art 11), inaceptabilidad de

    tratos crueles o degradantes (art 12), al debido proceso (art 14) a la intimidad ybuen nombre (art 15), al libre desarrollo de la personalidad (art 16), la libertad deconciencia (art 16), entre otros. Adicionalmente la Corte Constitucional se haexpresado en cerca de 60 Sentencias, considerando el tema de orientación sexual eidentidades de género como condiciones de la autonomía personal protegidas porla Constitución.

    Si bien no existe una política pública formulada (en este momento se encuentra enproceso de formulación), se han desarrollado algunas acciones, como las Directivasemitidas por la Policía Nacional.

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    Adicionalmente, el movimiento LGBTI Colombia, se encuentra liderando lareivindicación de los siguientes derechos partiendo de los pactos, declaraciones, leyes,etc. internacionales y nacionales : Derecho a no ser discriminado por su orientación sexual e identidad de género LGBT, por

    funcionarios/as públicos ni por particulares, ni por personas jurídicas (asociaciones, clubes,equipos, establecimientos comerciales).

    No ser despedido del trabajo por su orientación sexual o identidad de género. No ser expulsados de ninguna, escuela, colegio, universidad o centro educativo público o privado.

    Cambiar el nombre por uno “femenino” o “masculino” independientemente de su sexo biológico oidentidad de género. Mantener la patria potestad y custodia de los hijos. Adoptar niños o niñas como individuo. Hacerse tratamientos de reproducción asistida (inseminación artificial). En caso de intersexualidad, los niños/as que están en capacidad de decidir, son soberanos para

    optar sobre procedimientos y cirugías de reasignación de sexo. No lo puede hacer el personal de

    salud, ni jueces, ni padres/madres de familia. No ser golpeados ni maltratadas física o verbalmente por personal de la policía. No ser expulsados de los espacios públicos como parques, plazas o espacios privados abiertos al

    público, como bares, centros comerciales, por expresar afecto con la pareja (besos, caricias, omanifestaciones de afecto no sexualmente explícitos).

    Los menores de edad LGBTI, tienen especial protección de las autoridades colombianas.

    Las parejas del mismo sexo gozan de los mismos derechos que las personas heterosexuales.Pagina web de Colombia Diversa

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    9. Liderazgo: los niños enseñan a los niños a noenfrentarse

    Un hecho sin precedentes, que los adultos mas realistas no habían dudado decalificar como inviable, divisivo, demasiado peligros. 2,7 millones de niños

    colombianos dieron la cara a las elecciones a favor a sus propios derechos ydemostraron a los adultos, que los niños poseen el potencial necesario paradirigir la sociedad en la realización de cambios fundamentales.Cecilio Adorna