derechos conexos al derecho de autor
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Derechos conexos al Derecho de Autor
Derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes
Toda persona natural querepresenta una obra artística oliteraria, resultando unainterpretación y/o ejecuciónque pueda ser difundida porcualquier medio decomunicación o fijada encualquier soporte.
Derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes
Artista intérprete: La personaque mediante su voz,ademanes y/o movimientoscorporales interpreta encualquier forma obras literariaso artísticas o expresiones delfolklore: actores, bailarines,cantantes, mimos, etc.
Juan Diego Flores
Derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes
Artista ejecutante: La personaque con un instrumento ajeno asu cuerpo ejecuta en cualquierforma obras literarias oartísticas. Por ejemplo:Músicos, titiriteros,marionetista.
Pepe Torres
Derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes
Derechos morales: perpetuos, inalienables, imprescriptibles e irrenunciables.
• Derecho de paternidad: Reclamar el reconocimiento de su nombre,nombre artístico y/o seudónimo y reivindicar sus interpretaciones oejecuciones.
• Derecho de integridad: Oponerse a cualquier deformación, mutilación omodificación de sus interpretaciones.
• Derecho de acceso: Acceder al ejemplar único del soporte que contengasu ¿creación? artística y que se encuentre en poder de otro.
Art. 12 de la Ley 28131
Derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes: El caso de Milli Vanilli.
Milli Vanilli fue un “dúo” musical definales de los años 80, el cual eraconsiderado uno de los más exitosos deesa época. Estaba conformado porFabrice Morvan y Rob Pilatus.
El productor alemán Frank Farian decidióformar con ellos un dúo pop, sinembargo, no sabían cantar ni tocar uninstrumento.
Así, Farian contrató a los artistas CharlesShaw, John Davis y Brad Howell para quecantaran en forma anónima. En losconciertos utilizaron el denominado“playback”
Fuente: http://entertainthis.usatoday.com/2015/02/06/the-grammys-6-biggest-new-artist-fails/xxx-milli-vanilli-mus-500-jpg-a-ent/
Derechos patrimoniales de los artistas intérpretes y ejecutantes
Derechos patrimoniales: Tienen una duración de 70 años posteriores alfallecimiento del artista, contados a partir del 1 de enero siguiente a sumuerte. Estos son:
• Derechos respecto de sus interpretaciones no fijadas.
• Derecho de reproducción.
• Derecho de puesta a disposición.
• Derecho al doblaje.
• Derechos de simple remuneración.
Derechos sobre las interpretaciones o ejecuciones no fijadas
Los artistas gozan del derecho a autorizar:
a) La comunicación al público de susinterpretaciones o ejecuciones no fijadas.
b) La fijación de sus interpretaciones oejecuciones no fijadas.
¿Cómo se infringe?
Fuente: http://blogs.elespectador.com/distrito-sonoro/2014/12/10/los-conciertos-en-vivo-o-a-traves-de-la-pantalla-de-un-celular/
Derecho de reproducción
Los artistas gozarán del derecho
exclusivo de realizar, autorizar o
prohibir:
La reproducción directa o
indirecta de sus interpretaciones
o ejecuciones fijadas en
fonogramas o videogramas.
Art. 15 de la Ley 28131
Derecho de reproducción
La sincronización o la incorporación de sus interpretaciones o ejecuciones en cualquier obra audiovisual.
Captura de pantalla de Shrek
Derecho de distribución
Los artistas gozarán del
derecho exclusivo de autorizar
la venta, alquiler, préstamo o
cualquier otra forma de
distribución al público del
original y de los ejemplares de
sus interpretaciones fijadas en
fonogramas o videogramas.
Art. 16 de la Ley 28131
Derecho de puesta a disposición de las interpretaciones o ejecuciones fijadas
Los artistas tienen el derecho
exclusivo de poner a disposición
sus interpretaciones o ejecuciones
fijadas en fonogramas y
videogramas de tal manera que
los miembros del público puedan
tener acceso a ellas desde el
lugar y en el momento que cada
uno de ellos elija.
Youtube Music
Derecho de doblaje
El artista goza delderecho exclusivode autorizar eldoblaje de susinterpretacionesen su propialengua.
Imagen de la película Shrek
Derechos de remuneración
Los artistas tienen el
derecho de percibir
una remuneraciónequitativa por la
radiodifusión o la
comunicación al
público en formadirecta o indirecta de
sus interpretaciones oejecuciones.
Derechos de los Productores de Fonogramas
¿Qué es un fonograma?
Fonograma: Lossonidos de unaejecución o deotros sonidos, oderepresentacionesdigitales de losmismos, fijadospor primera vez,en formaexclusivamentesonora.
Derechos de exclusiva de los productores de fonogramas
Los productores de fonogramas tienen el derecho exclusivo de realizar,autorizar o prohibir:
• La reproducción directa o indirecta de sus fonogramas.
• La distribución al público, el alquiler, el préstamo público de lascopias de sus fonogramas.
• La puesta a disposición del público de sus fonogramas.
• La inclusión de sus fonogramas en obras audiovisuales.(sincronización).
• La modificación de sus fonogramas por medios técnicos.
Derecho de simple remuneración de los productores de fonogramas
Los productores defonogramas tienen el derechoa recibir una remuneraciónpor la comunicación delfonograma al público, porcualquier medio oprocedimiento, la cual serácompartida, en partes iguales,con los artistas intérpretes yejecutantes.
: http://noFuentechesenlima.com/con/discotecas-comas/
Plazo de protección
La protección concedida al productor defonogramas será de setenta años, contados apartir del primero de enero del año siguiente ala primera publicación del fonograma.
Art. 139 de la LDA
Derechos de los organismos de radiodifusión
¿Qué es un organismo de radiodifusión?
Es la persona natural o jurídicaque decide las emisiones y quedetermina el programa asícomo el día y la hora de laemisión.
Emisión: Difusión a distanciadirecta o indirecta de sonidos,imágenes o de ambos, para surecepción por el público, porcualquier medio oprocedimiento.
Derechos de exclusiva de los organismos de radiodifusión
Los organismos deradiodifusión tienenel derecho exclusivode realizar, autorizaro prohibir:
La retransmisión desus emisiones porcualquier medio oprocedimiento.
Art. 140 de la LDA
Derechos de exclusiva de los organismos de radiodifusión
• La grabación encualquier soporte,sonoro o audiovisual,de sus emisiones,incluso la de algunaimagen aisladadifundida en laemisión o transmisión.
• La reproducción desus emisiones.
Derechos de simple remuneración de los organismos de radiodifusión
Los organismos deradiodifusión tendránderecho a obtener unaremuneración equitativapor la comunicación públicade sus emisiones otransmisiones deradiodifusión, cuando seefectúe en lugares a los queel público acceda medianteel pago de un derecho deadmisión o entrada.
Protección análoga
La LDA reconoce unaprotección análoga a lasestaciones quetransmitan programas alpúblico por medio delcable, hilo, fibra ópticau otro procedimientosimilar.
http://www.cablechincha.com
Plazo de protección
La protección reconocida a los organismos deradiodifusión será de setenta años, contados apartir del primero de enero del año siguiente alde la emisión o transmisión.
Derechos de los titulares de producciones audiovisuales no
considerada obras
Derechos de los titulares de producciones audiovisuales no consideradas obras
- Reproducción.
- Distribución.
- Comunicación pública.
El plazo de protección será de setenta
años, contados a partir del primero de
enero del año siguiente al de la
divulgación de la grabación o al de su
realización, si no se hubiere divulgado.
Derechos de los titulares de fotografías no consideradas obras
Derechos de los titulares de fotografías no consideradas obras
- Reproducción.
- Distribución.
- Comunicación al público.
La duración de estos derechos será de
setenta años contados a partir del
primero de enero del año siguiente de
la realización de la fotografía.
La gestión colectiva del Derecho de Autor
Regla general: Pedir autorización / Pagar una regalía
Art. 37 de la LDA:
Siempre que la Ley no dispusiere expresamente lo contrario, es ilícita toda
reproducción, comunicación, distribución, o cualquier otra modalidad de
explotación de la obra, en forma total o parcial, que se realice sin el
consentimiento previo y escrito del titular del derecho de autor.
Art. 183 de la LDA:
Se considera infracción la vulneración de cualquiera de las disposiciones
contenidas en la presente ley.
Sociedades de gestión colectiva
- Controlan el uso.
- Negocian con los usuarios.
- Conceden licencias globales basadas en tarifas de aplicación general.
- Recaudan las regalías y remuneraciones.
- Distribuyen lo recaudado.
¿Qué señala la Decisión Andina respecto de la gestión colectiva?
Artículo 43.- Las sociedades de gestióncolectiva de Derecho de Autor y de DerechosConexos, estarán sometidas a la inspección yvigilancia por parte del Estado, debiendoobtener de la oficina nacional competente lacorrespondiente autorización defuncionamiento.
¿Cómo funciona una SGC en el Perú?
- Son asociaciones civiles.
- Tienen como objeto social la gestión del derecho de autor o de los derechos conexos.
- Necesitan para su funcionamiento de una autorizaciónde la Dirección de Derecho de Autor del INDECOPI.
- Se encuentra sometida a la fiscalización, inspección yvigilancia del INDECOPI.
Sociedades de gestión colectiva en el Perú
¡Muchas gracias!