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Derecho de Autor y Derechos Conexos Julián David Riatiga Ibáñez Subdirector Técnico de Capacitación, Investigación y Desarrollo

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Derecho de Autor y Derechos Conexos

Julián David Riatiga Ibáñez

Subdirector Técnico de Capacitación, Investigación y Desarrollo

• Convenio de Berna de 1886 “para la protección de las obrasliterarias y artísticas”

• Constitución Política (artículo 61)

• Ley 23 de 1982 “sobre derecho de autor”

• Decisión Andina 351 de 1993 “régimen común sobre derecho deautor y derechos conexos”

• Convención de Roma de 1961 “sobre la protección de los artistasintérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y losorganismos de radiodifusión”

• Convenio de Bruselas de 1974 “sobre la distribución de señalesportadoras de programas transmitidas por satélite”

• Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de PropiedadIntelectual relacionados con el Comercio de 1994 (Acuerdo sobrelos ADPIC)

Marco Legal del Derecho de Autor

¿Qué es la Propiedad Intelectual?

Sistema de Propiedad Intelectual

Variedades Vegetales

Propiedad Industrial

Derecho de Autor –Derechos Conexos

¿En qué consisten?

Derecho de Autor

Obras artísticas, literarias y científicas

Autor

DNDA

Propiedad Industrial

Signos Distintivos y

Nuevas Creaciones

Titular / Inventor

SIC

Variedades Vegetales

Variedades Vegetales

Obtentor

ICA

Sujetos Derecho de Autor y Derechos Conexos

Sujetos Principales

Autores

Artistas, Intérpretes o Ejecutantes

Productores de Fonogramas

Organismos de Radiodifusión

Mandatarios para el ejercicio del Derecho

Sociedades de Gestión Colectiva

Gestores Individuales de Derechos

Entidades Recaudadoras

• Derecho de Paternidad: reivindicar al creador comoautor de la obra en todo momento.

• Derecho de Integridad: oponerse a toda deformación,mutilación o modificación que atente contra el decorode la obra o reputación del autor.

• Derecho de Modificación: por parte del autor encualquier tiempo.

• Derecho de Ineditud: conservar la obra inédita o dedivulgarla.

• Derecho de Retracto: retirar la obra del acceso alpúblico.

Autor – Derechos Morales

• Derecho de Reproducción: Autorizar o prohibir la explotación dela obra en su forma original o derivada, mediante su fijaciónmaterial en cualquier medio y por cualquier procedimiento (v.gr.Sacar copias)

• Derecho de Comunicación Pública: Autorizar o prohibir lacomunicación directa o indirecta.

• Derecho de Puesta a Disposición: Autorizar o prohibir la puesta adisposición al público de obras de tal forma que cualquier personapueda acceder a ellas desde el lugar y momento que elija.

• Derecho de Transformación: Autorizar o prohibir la realización deobras derivadas (v.gr. Adaptaciones, arreglos, compilaciones,traducciones, etc.).

• Derecho de Distribución: Autorizar o prohibir la distribución alpúblico (v.gr. Venta, alquiler, préstamo, etc.).

Autor – Derechos Patrimoniales

• Derechos Patrimoniales:

• Autorizar o prohibir :• La comunicación al público en cualquier forma de sus interpretaciones y

ejecuciones No fijadas.• La fijación y la reproducción de sus interpretaciones o ejecuciones.

• No podrán oponerse a:• La comunicación pública de su interpretación o ejecución, cuando

constituyan por si mismas una ejecución radiodifundida o se hagan apartir de una fijación previamente autorizada.

Derechos Morales:

• Exigir que su nombre figure o esté asociado a cada interpretación o ejecuciónque se realice.

• Oponerse a toda deformación, mutilación o atentado sobre la interpretacióno ejecución que pueda poner lesionar su prestigio o reputación.

Artistas, Intérpretes o Ejecutantes

• Artistas, Intérpretes o Ejecutantes: 50 años a partir del 1de enero del año siguiente a aquel que tuvo lugar lainterpretación o ejecución, o de su fijación.

Derechos Conexos - Duración

• Según sector y tipo de derechos que gestiona:

Sociedades de Gestión Colectiva

Sector: Musical

Gestión Derechos de Autor

Sector: Musical

Gestión Derechos Conexos

Sector: Audiovisual

Gestión Derechos Conexos

Sector: Audiovisual

Gestión Derechos Conexos

Sector: Literario Gestión

Derechos Autor

• Decreto 3942 de 2010 – Artículo 2.6.1.2.1 del Decreto 1066de 2015:

• “Será la que realice el propio titular de derecho de autor ode derechos conexos, no afiliado a ninguna sociedad degestión colectiva”

Gestores Individuales de Derechos

• Organismo de radiodifusión: la empresa de radio o televisiónque trasmite programas al público 1

• Radiodifusión: (la transmisión), la transmisión inalámbrica desonidos o de imágenes y sonidos o de las representaciones deéstos, para su recepción por el público; dicha transmisión porsatélite también es una “radiodifusión”; la transmisión deseñales codificadas será “radiodifusión” cuando los medios dedescodificación sean ofrecidos al público por el organismo deradiodifusión o con su consentimiento 2

Organismos de Radiodifusión -Definiciones

1) Ley 23 de 1982 Art. 8; Decisión Andina 351 de 1993 Art. 3.2) Tratado OMPI sobre Interpretación o Ejecución de Fonogramas (TOIEF) art. 1 literal f

• De conformidad con lo anterior, se define alos organismos de radiodifusión como lasempresas que efectúan la transmisión deprogramas al público, por lo tanto, sontitulares de derechos conexos sobre laretransmisión, fijación y reproducción de lafijación de sus emisiones.

Organismos de Radiodifusión -Definiciones

• Derechos exclusivos de autorizar o prohibir:

• La retransmisión: de sus emisiones por cualquier medio oprocedimiento;

• La fijación: de sus emisiones sobre una base material; y,

• La reproducción de una fijación de sus emisiones.5

El concepto de emisión incluye la producción de señales portadorasde programas con destino a un satélite de radiodifusión otelecomunicación, y comprende la difusión al público por una entidadque emita o difunda emisiones de otras, recibidas a través decualquiera de los mencionados satélites.6

Término de protección: persona natural: vida del titular mas 80 años;persona jurídica: 50 años, contado a partir del primero de enero delaño siguiente a aquél en que se haya realizado la emisión.7

Organismos de Radiodifusión

5) Ley 23 de 1982 Art. 177; Decisión Andina 351 de 1993 Art. 39 6) Decisión Andina 351 de 1993 Art. 407) Ley 44 de 1993 Art. 2; Decisión Andina 351 de 1993 Art. 41

Registro y Protección de las Obras

Creación de la Obra1

Registro ante la DNDA2

Obtención del

Certificado de Registro

3

• Ámbito Civil (Art. 243 Ley 23 de 1982; Ley 1564 de 2012):• Medidas Cautelares: suspensión de ejecución, representación o

exhibición de la obra.

• Proceso Declarativos (v.gr. Pagos de honorarios; cumplimiento deobligaciones)

• Proceso Ejecutivo.

• Ámbito Penal (Art. 270, 271 y 272 Ley 599 de 2000):• Violación de los Derechos Morales de Autor.

• Violación de los Derechos Patrimoniales de Autor y DerechosConexos.

• Violación a los Mecanismos de Protección de Derecho de Autor,Derechos Conexos y otras defraudaciones.

• Ámbito Administrativo (Ley 1437 de 2011).

Infracciones al Derecho de Autor