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DERECHO DERECHO
PENALPENAL
Dr. Manuel Bastos Cumpa.
Es un medio de control socialEs un medio de control social
Existen dos Existen dos
formas deformas de
control social:control social:
que se manifiesta a través delque se manifiesta a través del
poder del poder del EstadoEstado de reprimir y de reprimir y
controlar a las personas.controlar a las personas.
que no se realiza a que no se realiza a travéstravés
del Estado sino por otrasdel Estado sino por otras
personas o grupos.personas o grupos.
1- El control indirecto 1- El control indirecto ““control informal”control informal”
2- El control directo 2- El control directo ““control formal”control formal”
DERECHO PENALDERECHO PENAL
El derecho penal tiene tres El derecho penal tiene tres aspectos:aspectos:
Derecho Derecho penalpenal
es el conjuntoes el conjuntode normasde normasJurídicasJurídicaspenales.penales.
Ius PunendiIus Punendi o el o el
derecho dederecho de
Sancionar oSancionar o
castigarcastigar
DogmáticaDogmática
penalpenal
Aspectos
ObjetivoObjetivo SubjetivoSubjetivo CientíficoCientífico
La La DogmáticDogmátic
aa
PenalPenal
Es el estudioEs el estudio
concreto de concreto de laslas
normas normas penales.penales.
La CriminologíaLa Criminología
Es la ciencia queEs la ciencia que
estudia cómoestudia cómo
surge el delito y surge el delito y lala
delincuencia en eldelincuencia en el
interior de uninterior de un
sistema.sistema.
La PolíticaLa Política
CriminalCriminal
Es el criterio deEs el criterio de
ConjuntosConjuntos
empleados por elempleados por el
derecho penal enderecho penal en
el tratamiento deel tratamiento de
La criminalidad.La criminalidad.
Estructura tridimensional delEstructura tridimensional delDerecho Penal gira en torna a:Derecho Penal gira en torna a:
La única fuente del derecho penal es la ley; La única fuente del derecho penal es la ley; por por
ello los delitos y las penas sólo pueden ello los delitos y las penas sólo pueden crearsecrearse
mediante ley.mediante ley.
En la analogía la ley se aplica a un hecho noEn la analogía la ley se aplica a un hecho nocomprendido en su texto, por resultar comprendido en su texto, por resultar
semejantesemejanteal caso legislado.al caso legislado.
Para que una conducta sea típica es Para que una conducta sea típica es necesarionecesario
que lesione o ponga en peligro el bien que lesione o ponga en peligro el bien jurídicojurídico
tutelado por ley.tutelado por ley.El bien jurídico es el pilar del sistema El bien jurídico es el pilar del sistema
punitivo ypunitivo ycumple las siguientes funciones:cumple las siguientes funciones: - Función garantizadora - Función garantizadora - Función interpretativa- Función interpretativa - Función clasificadora- Función clasificadora - Función crítica- Función crítica
Principios fundamentales en el Principios fundamentales en el Derecho Penal:Derecho Penal:
11PRINCIPIO DE LEGALIDADPRINCIPIO DE LEGALIDAD
2 2 PRINCIPIO DE PROHIBICIÓNPRINCIPIO DE PROHIBICIÓN
DE LA ANALOGÍADE LA ANALOGÍA
3 3 PRINCIPIO DE PROTECCIÓNPRINCIPIO DE PROTECCIÓN DE LOS BIENES JURÍDICOS DE LOS BIENES JURÍDICOS
Implica que el proceso debe ser conducido Implica que el proceso debe ser conducido yy
concluido bajo la garantía de concluido bajo la garantía de imparcialidad.imparcialidad.
La ejecución de penas debe realizarse conLa ejecución de penas debe realizarse consujeción a la Constitución y al Código desujeción a la Constitución y al Código deEjecución Penal.Ejecución Penal.
Este principio garantiza que la imposición Este principio garantiza que la imposición dede
la pena sólo deba realizarse cuando el la pena sólo deba realizarse cuando el hechohecho
sea reprochable al autor.sea reprochable al autor.
Este principio implica que la pena debe Este principio implica que la pena debe serser
adecuada al fin del Derecho Penal que es adecuada al fin del Derecho Penal que es lala
protección de bienes jurídicos y respeto de protección de bienes jurídicos y respeto de lala
dignidad.dignidad.
El último recurso que va utilizar el Estado,El último recurso que va utilizar el Estado,sólo en este caso se justifica su empleo.sólo en este caso se justifica su empleo.
La ley penal se aplica a todos los La ley penal se aplica a todos los habitantes delhabitantes del
territorio nacional.territorio nacional.
44PRINCIPIO DE JUICIO LEGALPRINCIPIO DE JUICIO LEGAL
O DEBIDO PROCESOO DEBIDO PROCESO
5 5 PRINCIPIO DE EJECUCIÓN PRINCIPIO DE EJECUCIÓN
LEGAL DE LA PENALEGAL DE LA PENA
6 6 PRINCIPIO DE RESPONSABILIDADPRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD
PENAL O DE CULPABILIDADPENAL O DE CULPABILIDAD
7 7 PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDADPRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD
DE LA PENADE LA PENA
88 PRINCIPIO DE ÚLTIMA RATIOPRINCIPIO DE ÚLTIMA RATIO
99 PRINCIPIO DE IGUALDADPRINCIPIO DE IGUALDAD
LA LEY PENALLA LEY PENAL
Es la única y exclusiva fuente del derecho penalEs la única y exclusiva fuente del derecho penal
RequisitosRequisitos : :
- Debe ser - Debe ser escritaescrita S Se descarta el derecho e descarta el derecho consuetudinario.consuetudinario.
- Debe ser - Debe ser previaprevia A Anterior a la comisión delnterior a la comisión del delitodelito
- Debe ser - Debe ser estricta estricta LLos delitos deben os delitos deben estar estar
descritos de la manera descritos de la manera más más
precisa posible precisa posible
Es aquella operación mental por la cual se buscaEs aquella operación mental por la cual se busca
encontrar el sentido de la ley, su verdadera encontrar el sentido de la ley, su verdadera voluntadvoluntad;;
no se busca la voluntad del legislador.no se busca la voluntad del legislador.
Clases de interpretaciónClases de interpretación:: * Por las fuentes* Por las fuentes
* Por los medios* Por los medios
* Por los * Por los resultadosresultados
Interpretación de la ley penalInterpretación de la ley penal
Tiene una limitada extensión y Tiene una limitada extensión y virtualidad-espacial,virtualidad-espacial,
temporal y personal.temporal y personal.
I- Aplicación en el espacioI- Aplicación en el espacio
II- Aplicación temporalII- Aplicación temporal
III- Aplicación personalIII- Aplicación personal
Aplicación de la ley penalAplicación de la ley penal
La ley penal es aplicable a todo hecho La ley penal es aplicable a todo hecho punible cometidopunible cometido
en el territorio nacional.en el territorio nacional.
¿Cómo se determina ¿Cómo se determina
el lugar de comisión?el lugar de comisión?
Por la Por la Teoría de la UbicuidadTeoría de la Ubicuidad
II Aplicación en el espacioAplicación en el espacio
1.1.- Principio de territorialidad1.1.- Principio de territorialidad
1.2 Principio de extraterritorialidad1.2 Principio de extraterritorialidad
a)a) Principio de Pabellón o Territorio Principio de Pabellón o Territorio Flotante.Flotante.
b)b) Principio Real o de Defensa. Principio Real o de Defensa.
Personalidad pasivaPersonalidad pasivac)c) Principio de Personalidad Principio de Personalidad
Personalidad activaPersonalidad activa
d)d) Principio de Universalidad o Justicia Principio de Universalidad o Justicia Universal.Universal.
Principio de Irretroactividad Principio de Irretroactividad de la Leyde la Ley
Penal.-Penal.-
¿ Cuál es el momento de ¿ Cuál es el momento de comisión comisión
del hecho punible?del hecho punible?
- Sucesión de leyes - Sucesión de leyes penales en el tiempopenales en el tiempo
- Leyes temporales y - Leyes temporales y excepcionalesexcepcionales
- Leyes intermedias- Leyes intermedias
IIII Aplicación temporalAplicación temporal
a) Inmunidada) Inmunidad
b) Inviolabilidadb) Inviolabilidad
c) Prerrogativas de otros c) Prerrogativas de otros funcionariosfuncionarios
d) Excepciones del Derecho d) Excepciones del Derecho InternacionalInternacional
IIIIIIAplicación personalAplicación personal
Principio de igualdad ante la leyPrincipio de igualdad ante la ley
Concurso aparente de leyes penalesConcurso aparente de leyes penales
Se presente cuando sobre un hecho Se presente cuando sobre un hecho puniblepunible
concurren diversos preceptos penales concurren diversos preceptos penales excluyentesexcluyentes
entre sí y donde sólo uno de ellos debe entre sí y donde sólo uno de ellos debe de serde ser
aplicado.aplicado.Se aplican los siguientes principios:Se aplican los siguientes principios:
1- Principio de 1- Principio de EspecialidadEspecialidad
2- Principio de consunción2- Principio de consunción 3- Principio de 3- Principio de
subsidiaridadsubsidiaridad 4- Principio de 4- Principio de
AlternatividadAlternatividad
ESTRUCTURA DE LA ESTRUCTURA DE LA NORMA JURÍDICO NORMA JURÍDICO
PENALPENALEs aquella que no precisa la prohibición o la Es aquella que no precisa la prohibición o la
sanción,sanción,dejando la labor de complementación a otra ley.dejando la labor de complementación a otra ley. - Aclaratorios- Aclaratorios - Restrictivos- Restrictivos - Remisivas- Remisivas
Es aquella ley que sólo abarca una sanción Es aquella ley que sólo abarca una sanción penal; y supenal; y su
contenido prohibitivo se remite a leyes o contenido prohibitivo se remite a leyes o reglamentosreglamentos
administrativos que han sido promulgados de administrativos que han sido promulgados de maneramanera
autónoma en otro tiempo y lugar.autónoma en otro tiempo y lugar.
Son tipos penales que requieren ser Son tipos penales que requieren ser complementados complementados
por el juzgador.por el juzgador.
Ley penal incompletaLey penal incompleta
Ley penal en blancoLey penal en blanco
Leyes penales abiertasLeyes penales abiertas
TEORÍA DEL TEORÍA DEL DELITODELITO
Es el instrumento conceptual que permite aclarar Es el instrumento conceptual que permite aclarar todas las cuestiones referentes al hecho todas las cuestiones referentes al hecho
punible.punible.
Clasificación de los hechos puniblesClasificación de los hechos punibles::Nuestro Código Penal adoptaNuestro Código Penal adopta clasificación bipartita:clasificación bipartita:
Distinción entre delitos y faltas:Distinción entre delitos y faltas: - Desde un punto de vista cualitativo- Desde un punto de vista cualitativo - Desde un punto de vista cuantitativo- Desde un punto de vista cuantitativo
DELITOS
FALTAS
1- 1- ConductaConducta
Los hechos puniblesLos hechos punibles no pueden ser otras no pueden ser otras
que conductas humanas.que conductas humanas.
2- 2- TipicidadTipicidad
No hay delito sin tipo legal.No hay delito sin tipo legal.““Causar un mal a otro”Causar un mal a otro”
3-3- Antijuridicidad Antijuridicidad
La tipicidad es elLa tipicidad es el presupuesto de lapresupuesto de la antijuridicidad; antijuridicidad;
significa contrariasignifica contraria al derecho y alal derecho y al
ordenamiento jurídicoordenamiento jurídico
4- Culpabilidad
No hacer lo que debía hacer ohacer algo distinto de lo o
obligado por el mandato o la prohibición por ley.
Elementos del hecho punibleElementos del hecho punible
El Código Penal El Código Penal define al delito define al delito
como como las las acciones u acciones u omisiones omisiones dolosas o dolosas o culposas culposas
penadas por leypenadas por ley
Definición de delitoDefinición de delito
Nuestro Código Penal acoge el Nuestro Código Penal acoge el Derecho Penal de Derecho Penal de acto; estoacto; esto
significa que la reacción punitiva tiene como significa que la reacción punitiva tiene como referencia inicialreferencia inicial
la acción humana.la acción humana.
La acción puede adoptar dos formas diferentesLa acción puede adoptar dos formas diferentes::
1- Positiva.- Acción (en sentido estricto)1- Positiva.- Acción (en sentido estricto)
2- Negativa.- La omisión2- Negativa.- La omisión
La AcciónLa Acción
Sostiene que la voluntad es la Sostiene que la voluntad es la
causa de causa de la conducta.la conducta. El objetivo de esta teoría es El objetivo de esta teoría es
establecer establecer una relación de una relación de
determinación entre determinación entre un consecuente y un un consecuente y un
antecedente.antecedente.
La acción es el comportamiento La acción es el comportamiento humano sometido a la voluntad, humano sometido a la voluntad, pero orientada hacia un pero orientada hacia un resultado determinado.resultado determinado.
LA TEORÍA DE LA LA TEORÍA DE LA CAUSALIDADCAUSALIDAD
LA TEORÍA FINALISTALA TEORÍA FINALISTA
LA TEORÍA FUNCIONALISTALA TEORÍA FUNCIONALISTAJAKOBS considera que la acción JAKOBS considera que la acción es es
unun
Comportamiento exterior Comportamiento exterior evitable.evitable.
Sobre la acción se han desarrollado Sobre la acción se han desarrollado diversas teorías:diversas teorías:
TRATAMIENTO RESPECTOTRATAMIENTO RESPECTOA LAS PERSONAS JURÍDICASA LAS PERSONAS JURÍDICAS
SUPUESTOS DESUPUESTOS DE AUSENCIA DE CONDUCTAAUSENCIA DE CONDUCTA
El Código Penal ha recogido de la El Código Penal ha recogido de la dogmáticadogmática
penal comparada la penal comparada la Teoría del actuar Teoría del actuar por otropor otro,,
teniendo plena vigencia la f fórmula teniendo plena vigencia la f fórmula societassocietas
delinquere non potestdelinquere non potest
No pueden ser calificados como conductasNo pueden ser calificados como conductasaquellas situaciones en la que está ausente aquellas situaciones en la que está ausente
lalaVoluntad:Voluntad:
ConvulsionesConvulsiones 1- Los movimientos reflejos1- Los movimientos reflejos VómitosVómitos
2- La fuerza física irresistible 2- La fuerza física irresistible Sueño Sueño 3- Los movimientos llevados profundo3- Los movimientos llevados profundo a cabo en estado a cabo en estado
EmbriaguezEmbriaguez inconsciente extremainconsciente extrema LetárgicaLetárgica
LA TIPICIDADLA TIPICIDAD
La tipicidad La tipicidad es la cualidad oes la cualidad o
Característica que se atribuye Característica que se atribuye a laa la
conducta que se adecua al conducta que se adecua al tipo penal.tipo penal.
Es un instrumento legal.Es un instrumento legal. Es la Es la
descripción de la acción descripción de la acción humanahumana
considerada punible.considerada punible.
DEFINICIÓNDEFINICIÓN
TIPO PENALTIPO PENAL
Los sujetos: Los sujetos: para la imputación penal se requiere para la imputación penal se requiere identificar el ámbitoidentificar el ámbito
potencial del sujeto activo, y el afectado por el resultado potencial del sujeto activo, y el afectado por el resultado que ocasiona laque ocasiona la
conducta, sujetoconducta, sujeto
pasivo.pasivo.
Imputación objetivaImputación objetivaObjeto de la acciónObjeto de la acciónLa conducta típicaLa conducta típica
Elementos objetivos del tipo penal
Existen al respecto una serie Existen al respecto una serie de teorías:de teorías:
EjemploEjemplo::
Los padres del asesino sonLos padres del asesino son
causa del homicidio, ya que causa del homicidio, ya que
procrearon a éste.procrearon a éste.
EjemploEjemplo::
Disparar sería causa de la Disparar sería causa de la
muerte, pero no una muerte, pero no una
bofetada.bofetada.
EjemploEjemplo::
Sólo podrá castigarse al Sólo podrá castigarse al
agente por dicho resultadoagente por dicho resultado
cuando es relevante, es cuando es relevante, es decir, decir,
cuando es importante cuando es importante jurídicamente.jurídicamente.
Teoría de la causalidad adecuada
Teoría de la relevancia típica
Teoría de la equivalencia de las condiciones
Es el conocimiento y voluntad de realización de los Es el conocimiento y voluntad de realización de los elementoselementos
objetivos del tipo.objetivos del tipo.
Está constituido por dos aspectos:Está constituido por dos aspectos:
EL DOLOEL DOLO
1 1
Aspecto intelectualAspecto intelectual
Es un conocimiento real, Es un conocimiento real,
actual y efectivo.actual y efectivo.
2 2
Aspecto volitivoAspecto volitivo
La voluntad es la La voluntad es la
facultad de autodeterminarsefacultad de autodeterminarse..
Elementos subjetivos del tipo penalElementos subjetivos del tipo penal
El autor El autor quiere un resultado que la leyquiere un resultado que la ley
Precisamente pretende evitar.Precisamente pretende evitar.
Se subdivide a su vez en:Se subdivide a su vez en:
- Dolo de primer grado o dolo inmediatoDolo de primer grado o dolo inmediato.- .- Predomina el Predomina el propósito o la voluntad del agente.propósito o la voluntad del agente.
- Dolo de segundo grado, dolo inmediato o de Dolo de segundo grado, dolo inmediato o de consecuencias necesariasconsecuencias necesarias.- .- Aquí predomina el elemento Aquí predomina el elemento intelectual o conocimiento.intelectual o conocimiento.
El autor se representa el resultado comoEl autor se representa el resultado como
probable o de posible realización.probable o de posible realización.
DOLO DIRECTO
DOLO EVENTUAL O DOLO CONDICIONADO
Clasificación del doloClasificación del dolo
Se presenta cuando el agente pudo evitar elSe presenta cuando el agente pudo evitar el
error, si hubiera actuado con la debida error, si hubiera actuado con la debida cautelacautela
en este caso, en este caso, el delito será sancionadoel delito será sancionado
como culposocomo culposo..
Incide en el error sobre un elemento Incide en el error sobre un elemento esencialesencial
del tipo: no se pudo evitar o prever. Ladel tipo: no se pudo evitar o prever. La
invencibilidad invencibilidad excluye el dolo y la culpa.excluye el dolo y la culpa.
Si el agente no conoce las circunstanciasSi el agente no conoce las circunstancias
agravantes, no le es imputable la agravantes, no le es imputable la agravaciónagravación
debido a que su dolo no abarca el tipo debido a que su dolo no abarca el tipo objetivoobjetivo
cualificado.cualificado.
Se presenta cuando el agente ignora alguno o todos Se presenta cuando el agente ignora alguno o todos los elementos dellos elementos del
tipo penal; cuando esto sucede, estamos ante el tipo penal; cuando esto sucede, estamos ante el ERROR DE TIPO.ERROR DE TIPO.Error de tipo vencible o relativo
Error de tipoInvencible o absoluto
Error sobreCircunstancias agravantes
o atenuantes
Casos de ausencia de doloCasos de ausencia de dolo
El Código Penal vigente tipifica de manera expresa cada uno de los tipos El Código Penal vigente tipifica de manera expresa cada uno de los tipos culposos.culposos.
Los delitos culposos se caracterizan por la indeterminación, puesto que no seLos delitos culposos se caracterizan por la indeterminación, puesto que no sepueden describir todas las conductas en su forma de realización; por ello son pueden describir todas las conductas en su forma de realización; por ello son
tipostipospenales abiertos.penales abiertos.
LA CULPA
Culpa conscienteo con representación
Culpa inconsciente o sin representación
En principio es la forma más grave de En principio es la forma más grave de responsabilidadresponsabilidad
culposa. Se presenta cuando el sujeto pudo prever elculposa. Se presenta cuando el sujeto pudo prever el
proceso que afectó al bien jurídico, el mismo que proceso que afectó al bien jurídico, el mismo que exigíaexigía
un cuidado determinado.un cuidado determinado.
No sólo no quiere el resultado lesivo, sino que ni No sólo no quiere el resultado lesivo, sino que ni siquierasiquiera
se prevé su responsabilidad, no se advierte el se prevé su responsabilidad, no se advierte el peligro, faltapeligro, falta
en el agente la representación de las posiblesen el agente la representación de las posibles
consecuencias de su conducta.consecuencias de su conducta.
ClasesClases
El derecho establece deberes de cuidado, de El derecho establece deberes de cuidado, de manera quemanera que
no se ocasione caos o se vulneren determinados no se ocasione caos o se vulneren determinados bienesbienes
jurídicos.jurídicos.
La inobservancia del deber de cuidado La inobservancia del deber de cuidado constituye elconstituye el
primer elemento del tipo penal culposos, que se primer elemento del tipo penal culposos, que se puedepuede
deber a:deber a:- NegligenciaNegligencia.-.- Equivale a descuido; el sujeto Equivale a descuido; el sujeto
no realiza la conducta que debe realizar.no realiza la conducta que debe realizar.- ImprudenciaImprudencia.-.- Supone una actitud positiva, Supone una actitud positiva,
que se refiere al obrar irreflexivo sin que se refiere al obrar irreflexivo sin precaución o sin cautela.precaución o sin cautela.
- ImpericiaImpericia.-.- Falta de aptitud suficiente o Falta de aptitud suficiente o inexperiencia.inexperiencia.
El resultado debe ser objetivamente previsible. El resultado debe ser objetivamente previsible. El El
resultado debe ser consecuencia de la resultado debe ser consecuencia de la inobservancia delinobservancia del
deber de cuidado, debe aparecer como posible odeber de cuidado, debe aparecer como posible o
probable el resultado.probable el resultado.
ElementosElementos
La inobservancia del cuidado objetivamente
debido
El resultado debe ser Consecuencia de la
Inobservancia del deber de cuidado
Otros elementos Otros elementos subjetivossubjetivos
En ellos hay un fin ultratípico; es En ellos hay un fin ultratípico; es decir, eldecir, el
autor tiene en vista el resultado que autor tiene en vista el resultado que no tieneno tiene
que alcanzar necesariamente.que alcanzar necesariamente.
La conducta se orienta con un La conducta se orienta con un particularparticular
modo de voluntad del autor que no se modo de voluntad del autor que no se hallahalla
expresada en forma completa.expresada en forma completa.
Se trata de especiales tendencias o motivos que el legislador Se trata de especiales tendencias o motivos que el legislador exige en algunosexige en algunos
casos, aparte del dolo, para constituir el tipo de algún delito. casos, aparte del dolo, para constituir el tipo de algún delito. Según esténSegún estén
presentes o no estos elementos, ZAFFARONI considera la presentes o no estos elementos, ZAFFARONI considera la siguientesiguiente
clasificaciónclasificación::Tipos de intencióno tendencia interna
sobrante o trascendente
Tipos de tendencia interna peculiar
AUTORÍA Y AUTORÍA Y PARTICIPACIÓNPARTICIPACIÓN
En los delitos dolosos el autor es aquél En los delitos dolosos el autor es aquél que deque de
manera consciente, buscando alcanzar elmanera consciente, buscando alcanzar el
resultado típico, realiza la acción u resultado típico, realiza la acción u omisiónomisión
descritas en la norma penal.descritas en la norma penal.
El autor es aquél que tiene las riendas de El autor es aquél que tiene las riendas de la acción.la acción.
Formas de dominio del hechoFormas de dominio del hecho::
Se puede dominar los acontecimientos, sin Se puede dominar los acontecimientos, sin
tener que estar presentes en la realización tener que estar presentes en la realización del tipo o que coopere de otra manera.del tipo o que coopere de otra manera.
Se puede dominar la realización del tipo, Se puede dominar la realización del tipo, dividiéndose el trabajo con otros y dividiéndose el trabajo con otros y poseyendo, durante la ejecución, una poseyendo, durante la ejecución, una función esencial para la realización del función esencial para la realización del hecho.hecho.
DEFINICIÓN
TEORÍA DEL DOMINIO DEL
HECHO
1- Dominio de la acción1- Dominio de la acción El autor realiza la acción típica de propia El autor realiza la acción típica de propia
mano.mano.2- Dominio de la voluntad:2- Dominio de la voluntad:
3- Dominio funcional:3- Dominio funcional:
Es aquél que realiza por sí el hecho punible.Es aquél que realiza por sí el hecho punible.
““riendas en las manos”riendas en las manos”
Es aquella en la que el autor no llega a realizar de manera Es aquella en la que el autor no llega a realizar de manera directa odirecta o
personal el delito.personal el delito.
No podrá darse la autoría mediata en los denominados delitos No podrá darse la autoría mediata en los denominados delitos de de
propia mano.propia mano.
Tipos de Autoría mediataTipos de Autoría mediata: :
1- Autoría mediata por acción1- Autoría mediata por acción
2- Autoría mediata por error2- Autoría mediata por error
3- Autoría mediata en aparatos de poder.3- Autoría mediata en aparatos de poder.
Se trata de la Ejecución de un delito cometido conjuntamente Se trata de la Ejecución de un delito cometido conjuntamente porpor
varias personas que participan voluntaria y conscientemente, y varias personas que participan voluntaria y conscientemente, y existeexiste
una división de funciones necesarias.una división de funciones necesarias.
- - Ejecución del hecho comúnEjecución del hecho común
ElementosElementos: : - Aportación esencial necesaria- Aportación esencial necesaria
- Común acuerdo- Común acuerdo
- Existe un condominio del hecho- Existe un condominio del hecho
Autoría directa o inmediata
Autoría directa o mediata
Coautoría
CLASES DE AUTORÍA
El cómplice ayuda o coopera en forma auxiliar oEl cómplice ayuda o coopera en forma auxiliar o
secundaria en la ejecución del delito, a diferencia de lossecundaria en la ejecución del delito, a diferencia de los
coautores que ejecutan directamente el hecho ilícito.coautores que ejecutan directamente el hecho ilícito.
BETTIOL considera que el partícipe es quienBETTIOL considera que el partícipe es quien
concurre a la perpetración de un delitoconcurre a la perpetración de un delito
desplegando una actividad distinta de la de desplegando una actividad distinta de la de autorautor
Principal.Principal.
Por este principio la existencia del hechoPor este principio la existencia del hecho
accesorio (hecho del partícipe) depende de laaccesorio (hecho del partícipe) depende de la
existencia del hecho principal (hecho del existencia del hecho principal (hecho del autor).autor).
El instigador hace surgir en otra persona- llamadoEl instigador hace surgir en otra persona- llamado
instigado- la idea de perpetrar un delito. Quien decideinstigado- la idea de perpetrar un delito. Quien decide
y domina la realización del hecho es precisamente ely domina la realización del hecho es precisamente el
instigador, y por tanto, éste es el autor.instigador, y por tanto, éste es el autor.
Definición
Teoría de la accesoriedad limitada
Formas de participación
Instigación o inducción
Complicidad
Participación
LA LA ANTIJURIDICIDADANTIJURIDICIDAD
Una conducta antijurídica es una Una conducta antijurídica es una conductaconducta
contraria a la normatividad; es decir, contraria a la normatividad; es decir, sese
presenta una violación por parte delpresenta una violación por parte del
comportamiento o se omite actuarcomportamiento o se omite actuar
conforme establece la norma conforme establece la norma jurídica.jurídica.
Constituida por la relación de oposición entreConstituida por la relación de oposición entre
el hecho y la norma penal, hallándoseel hecho y la norma penal, hallándose
concretamente en la lesión de un bien concretamente en la lesión de un bien jurídicojurídico
o en peligro de que sea lesionado.o en peligro de que sea lesionado.
Se presenta cuando existe una Se presenta cuando existe una simplesimple
contradicción entre la acción y elcontradicción entre la acción y el
ordenamiento jurídicoordenamiento jurídico
Antijuridicidad formal
Antijuridicidad material
DEFINICIÓN
CLASES
Son situaciones excepcionales que, siendo típicas, están consentidas por el Son situaciones excepcionales que, siendo típicas, están consentidas por el ordenamientoordenamiento
jurídico, es decir, no son antijurídicas.jurídico, es decir, no son antijurídicas.
Efecto principalEfecto principal: la exclusión total de la responsabilidad penal y civil del autor.: la exclusión total de la responsabilidad penal y civil del autor.
Constituye un derecho del ciudadano, puesto que se reconoce en el Derecho laConstituye un derecho del ciudadano, puesto que se reconoce en el Derecho la
necesidad de la autoprotección frente a la violencia injusta.necesidad de la autoprotección frente a la violencia injusta.
La legítima defensa, para que sea considerada como una causa de justificación, debeLa legítima defensa, para que sea considerada como una causa de justificación, debe
reunir los siguientes reunir los siguientes rrequisitosequisitos::
1Legítima defensa
o defensa necesaria
Falta de provocación
suficiente
Agresión ilegítima
Necesidad y Racionalidad de
la defensa
Elemento subjetivo
CAUSAS QUE EXCLUYEN LA ANTIJURIDICIDAD
Es una situación objetiva de peligro inminente o actual para bienes o Es una situación objetiva de peligro inminente o actual para bienes o intereses protegidosintereses protegidos
por el Derecho, en el cual no queda otra alternativa que la violación por el Derecho, en el cual no queda otra alternativa que la violación de intereses o bienesde intereses o bienes
jurídicos ajenos, o el incumplimiento de un deber jurídico impuesto jurídicos ajenos, o el incumplimiento de un deber jurídico impuesto bajo amenaza de pena.bajo amenaza de pena.
Los elementos o requisitosLos elementos o requisitos del estado del estado de necesidad son del estado del estado de necesidad son los siguientes:los siguientes:
2 Estado de necesidad
justificante
Situación de peligroLa situación De necesidad
Elemento subjetivoAusencia de Obligación de
sacrificio
Ausencia de provocación
Interés preponderante
La acción justificada
La detenciónLa detención
extrajudicial que extrajudicial que realizarealiza
un efectivo policial un efectivo policial enen
flagrancia delictiva.flagrancia delictiva.
El especialista legal que seEl especialista legal que se
encuentra realizando unaencuentra realizando una
diligencia de embargo; endiligencia de embargo; en
ejercicio de su cargo, y ejercicio de su cargo, y afectaafecta
bienes que son bienes que son inembargables.inembargables.
El derecho de retenciónEl derecho de retención
que tiene el acreedor deque tiene el acreedor de
negarse a la entrega de unnegarse a la entrega de un
bien de su deudor, si subien de su deudor, si su
crédito no se encuentracrédito no se encuentra
Suficientemente Suficientemente garantizado.garantizado.
El derecho no puede prohibir y sancionar por un lado lo que por otro El derecho no puede prohibir y sancionar por un lado lo que por otro lado exigelado exige
(cumplimiento de un deber).(cumplimiento de un deber).
3Obrar por disposición de la ley, en cumplimiento de un deber o
en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo
Obrar pordisposición de la ley
Obrar en ejerciciolegítimo de un derecho
Ejercicio de unoficio o cargo
La doctrina parece coincidir en forma unánime en que se trata de laLa doctrina parece coincidir en forma unánime en que se trata de la obediencia que obediencia que sese
debe al superior jerárquico administrativo, debe al superior jerárquico administrativo, siendo relevante por siendo relevante por su naturaleza pública.su naturaleza pública.
EjemploEjemplo.-.-
- El soldado respecto a su Coronel o- El soldado respecto a su Coronel o
- El funcionario público respecto a su superior.- El funcionario público respecto a su superior.
Nosotros adoptamos la posición del sector doctrinario que considera Nosotros adoptamos la posición del sector doctrinario que considera que la obediencia que la obediencia
debida se encuentra en el ámbito de lo antijurídico, según el debida se encuentra en el ámbito de lo antijurídico, según el contenido de la orden.contenido de la orden.
4 Obediencia jerárquica u
obediencia debida
El consentimiento opera en los hechos punibles contra el individuo, El consentimiento opera en los hechos punibles contra el individuo, salvo la vida. Se tratasalvo la vida. Se trata
de bienes de los que se puede renunciar, que sólo afectan a su de bienes de los que se puede renunciar, que sólo afectan a su titular, como:titular, como:
- La propiedad- La propiedad
- La libertad- La libertad
- La integridad física, entre otros.- La integridad física, entre otros.
El consentimiento tiene que ser válido, pues se trata de una El consentimiento tiene que ser válido, pues se trata de una renuncia a la protección querenuncia a la protección que
brinda el Derecho penal.brinda el Derecho penal.
Sus requisitos son los siguientes:Sus requisitos son los siguientes:
5 Consentimiento
Es suficiente la capacidadnatural de
discernimiento
La voluntad debemanifestarse en forma expresa
El consentimientono debe ser conposterioridad al
hecho
La coacción, el errory el engaño cancelan el
consentimiento
LA CULPABILIDADLA CULPABILIDADLa culpabilidad es la conciencia que tiene el La culpabilidad es la conciencia que tiene el
agente de laagente de la
antijuridicidad de su acción.antijuridicidad de su acción.
En el ámbito de la culpabilidad se valoran En el ámbito de la culpabilidad se valoran jurídicamente lasjurídicamente las
características personales del titular del delito características personales del titular del delito (salud(salud
psíquica y madurez mental).psíquica y madurez mental).
Capacidad de culpabilidad.Capacidad de culpabilidad.
El Código Penal establece que es imputable:El Código Penal establece que es imputable:
- Quien tiene la facultad de comprender el - Quien tiene la facultad de comprender el
carácter delictuoso del acto.carácter delictuoso del acto.
- Quien tenga capacidad de determinarse - Quien tenga capacidad de determinarse
según esta comprensión.según esta comprensión.
DEFINICIÓN
ELEMENTOS DE LA
CULPABILIDAD
Imputabilidad
El agente debe conocer que el acto es contrario al derecho
La exigibilidad de comportarse de conformidadcon el ordenamiento jurídico
Son los supuestos en los que el agente no tiene conciencia deSon los supuestos en los que el agente no tiene conciencia de
la antijuridicidad, por lo cual no va a tener responsabilidad porla antijuridicidad, por lo cual no va a tener responsabilidad por
el delito, puesto que éste requiere capacidad psíquica.el delito, puesto que éste requiere capacidad psíquica.
Debe tratarse de una perturbación de tal índole y grado queDebe tratarse de una perturbación de tal índole y grado que
impida la comprensión normal del carácter delictuoso del acto.impida la comprensión normal del carácter delictuoso del acto.
Esta anomalía afecta gravemente la conciencia del sujeto noEsta anomalía afecta gravemente la conciencia del sujeto no
sólo respecto del mundo que lo rodea sino también de sí mismo. sólo respecto del mundo que lo rodea sino también de sí mismo.
EjemploEjemplo: La ebriedad, el sueño, la fiebre, el desmayo, etc.: La ebriedad, el sueño, la fiebre, el desmayo, etc.
Está referida a los sentidos, y la alteración de la percepción de laEstá referida a los sentidos, y la alteración de la percepción de la
realidad debe ser grave.realidad debe ser grave.
EjemploEjemplo: La oligofrenia (insuficiencia del grado de inteligencia).: La oligofrenia (insuficiencia del grado de inteligencia).
Las causas de exclusión de la culpabilidad mantienen intacto el tipo penal.Las causas de exclusión de la culpabilidad mantienen intacto el tipo penal.Las causas de exculpación son las siguientes:Las causas de exculpación son las siguientes:
CAUSAS DE EXCLUSIÓN DE LA CULPABILIDAD
1 Causas de
inimputabilidad
Anomalía psíquica
Grave alteración de la conciencia
Grave alteración de la percepción
Minoría de edad
No recae sobre el tipo, ni sobre lo fáctico, sino No recae sobre el tipo, ni sobre lo fáctico, sino sobre lasobre la
conciencia de la antijuridicidad; el agente conciencia de la antijuridicidad; el agente desconocedesconoce
la antijuridicidad o ilicitud del hecho cometidola antijuridicidad o ilicitud del hecho cometido..Para la comprensión de la criminalidad se Para la comprensión de la criminalidad se
requiererequiere::
- Conocimiento de los elementos del tipo - Conocimiento de los elementos del tipo objetivo.objetivo.
- Conocimiento de la antijuridicidad como - Conocimiento de la antijuridicidad como penalmente penalmente
relevante.relevante.
- Conocimiento de las circunstancias que - Conocimiento de las circunstancias que permite lapermite la
existencia de cierto ámbito de existencia de cierto ámbito de autodeterminación para autodeterminación para
el sujeto.el sujeto.
El error de prohibición se clasifica enEl error de prohibición se clasifica en::
2Error de
prohibición
Error de prohibición o evitable, que permite atenuar la pena
Error de prohibición invencible o inevitable
Se presenta cuando el agente conoce la norma de Se presenta cuando el agente conoce la norma de prohibiciónprohibición
pero no la puede internalizar por razones culturales.pero no la puede internalizar por razones culturales.
EjemploEjemplo:: La posesión de objetos presumiblemente usadosLa posesión de objetos presumiblemente usados en sesiones de curanderismo es prueba suficiente en sesiones de curanderismo es prueba suficiente para demostrar el ejercicio ilegal de la medicina, para demostrar el ejercicio ilegal de la medicina, siendo la práctica de la medicina folclórica un hecho siendo la práctica de la medicina folclórica un hecho habitual en zonas de la serranía de nuestro país.habitual en zonas de la serranía de nuestro país.
Se presenta cuando existe un conflicto de bienes jurídicosSe presenta cuando existe un conflicto de bienes jurídicosequivalentes o de igual valor.equivalentes o de igual valor.EjemploEjemplo: : Dos náufragos sostenidos en una tabla, la que solo Dos náufragos sostenidos en una tabla, la que solo
puede puede soportar el peso de uno de ellos y como consecuencia soportar el peso de uno de ellos y como consecuencia
unouno de ellos mata al otro para sobrevivir.de ellos mata al otro para sobrevivir.
El autor deberá obrar impulsado por un miedo insuperable El autor deberá obrar impulsado por un miedo insuperable de unde un
mal igual o mayor.mal igual o mayor.Esta eximente tiene los siguientes requisitosEsta eximente tiene los siguientes requisitos:: - - El miedo al que alude la norma es un estado psicológico de El miedo al que alude la norma es un estado psicológico de
índole índole individual y que se produce a consecuencia de los estímulos individual y que se produce a consecuencia de los estímulos
externos.externos. - Insuperable- Insuperable - El estímulo que causa el miedo insuperable, además de real, - El estímulo que causa el miedo insuperable, además de real,
ofrece una amenaza igual o mayor a la que al autor ocasiona ofrece una amenaza igual o mayor a la que al autor ocasiona bajo el amparo del miedo.bajo el amparo del miedo.
3Error de
ComprensiónCulturalmente condicionado
4Estado de necesidad exculpante
5Miedo
insuperable
Iter CriminisIter CriminisEs el proceso de realización del delito que comprende unaEs el proceso de realización del delito que comprende unaserie de etapas de realización del hecho punible.serie de etapas de realización del hecho punible.
IdeaciónIdeación
Esta etapa sucede en la esfera del pensamiento Esta etapa sucede en la esfera del pensamiento del autor, que piensa en la posibilidad de realización de del autor, que piensa en la posibilidad de realización de un delito, razona si lo va a cometer o no y la forma cómo un delito, razona si lo va a cometer o no y la forma cómo lo materializaría, para luego decidirse. lo materializaría, para luego decidirse. Preparación Preparación
En esta etapa, el autor selecciona los medios con miras a En esta etapa, el autor selecciona los medios con miras a realizar el delito. Hay excepciones.realizar el delito. Hay excepciones. EjecuciónEjecución
Implica el empleo concreto de los medios seleccionados.Implica el empleo concreto de los medios seleccionados. Para poder distinguir los actos preparatorios de los Para poder distinguir los actos preparatorios de los ejecutivos, se tendrá que ver la configuración de cada ejecutivos, se tendrá que ver la configuración de cada
tipo tipo penal y las circunstancias que acompañan a su penal y las circunstancias que acompañan a su
realización.realización. ConsumaciónConsumación
Es la obtención cabal de la finalidad típica programada.Es la obtención cabal de la finalidad típica programada.
DEFINICIÓN
FASES
Fase internaFase interna
Fase externaFase externa
En la tentativa, el agente da comienzo a la En la tentativa, el agente da comienzo a la ejecución del delito que decidió cometer sin ejecución del delito que decidió cometer sin consumarloconsumarlo
La ley sanciona La ley sanciona a laa la
tentativa porquetentativa porque
implica un implica un peligropeligro
al bien jurídicoal bien jurídico
Se funda en laSe funda en la
voluntad, voluntad, contraria ocontraria o
enemiga del enemiga del DerechoDerecho
Penal de autor.Penal de autor.
Afirma la punibilidad de laAfirma la punibilidad de la
tentativa sólo cuando la tentativa sólo cuando la actuaciónactuación
de la voluntad criminal esde la voluntad criminal es
adecuada para conmover laadecuada para conmover la
vigencia del orden jurídico y vigencia del orden jurídico y elel
sentimiento de seguridadsentimiento de seguridad
jurídica en aquellos que jurídica en aquellos que tengantengan
conocimiento de la misma.conocimiento de la misma.
Teorías que sustentan la punibilidad de la tentativaTeorías que sustentan la punibilidad de la tentativa.- .-
El juez reprime la tentativa disminuyendo prudencialmente la pena.El juez reprime la tentativa disminuyendo prudencialmente la pena.
Existen tres teorías que establecen el fundamento de la punición de la Existen tres teorías que establecen el fundamento de la punición de la punitiva:punitiva:
LA TENTATIVA
Teoría subjetivaTeoría objetivaTeoría de la impresión
Se presenta cuando el actuar del agente es Se presenta cuando el actuar del agente es insuficienteinsuficiente
para la producción del resultado, es decir, no se hanpara la producción del resultado, es decir, no se han
realizado todos los actos ejecutivos necesarios para realizado todos los actos ejecutivos necesarios para lala
consumación del hecho delictivo, ya sea por laconsumación del hecho delictivo, ya sea por la
intervención de un tercero o porque el agente intervención de un tercero o porque el agente interrumpeinterrumpe
la acción ejecutiva, abandonando definitivamente su la acción ejecutiva, abandonando definitivamente su plan.plan.
Conocida también como perfecta o delito frustrado, Conocida también como perfecta o delito frustrado, eses
aquella en la que se ha alcanzado un mayor grado aquella en la que se ha alcanzado un mayor grado dede
ejecución, es decir, un desarrollo más cercano a laejecución, es decir, un desarrollo más cercano a la
consumación, suponiendo como señalaconsumación, suponiendo como señala
VILLAVICENCIO- la práctica de todos los actos deVILLAVICENCIO- la práctica de todos los actos de
ejecución, sin que pese a ellos se alcance la ejecución, sin que pese a ellos se alcance la consumación.consumación.
TENTATIVA ACABA E INACABADA
Tentativa inacabada
Tentativa acabada
Disparar sobre Disparar sobre unun
cadávercadáver
El Código Penal contempla el desistimiento El Código Penal contempla el desistimiento voluntario de consumar el delito; que puede voluntario de consumar el delito; que puede implicar no proseguir con los actos de implicar no proseguir con los actos de consumación del delito consumación del delito (desistimiento(desistimiento) o ) o impedir voluntariamente que se produzca el impedir voluntariamente que se produzca el resultado (resultado (arrepentimiento).arrepentimiento).
El Código Penal prevé otro caso de El Código Penal prevé otro caso de impunidad cuando estamos frente a una impunidad cuando estamos frente a una tentativa inidónea o irreal por el tentativa inidónea o irreal por el medio y objetomedio y objeto; es decir, cuando ; es decir, cuando estamos ante un delito imposible. La estamos ante un delito imposible. La acción no reviste peligro.acción no reviste peligro.
EjemploEjemplo::
Utilizar maleficios o conjuros Utilizar maleficios o conjuros para querer para querer
matar a una persona.matar a una persona.
SUPUESTOS DE IMPUNIDAD
El desistimiento yel arrepentimiento
Tentativa imposible o inidónea
El medio es inidóneoLa impropiedad
del objetoUn vaso con aguaUn vaso con agua
azucarada no mataría a azucarada no mataría a
nadie, excepto a un nadie, excepto a un diabético.diabético.
CONCURSO APARENTE DE CONCURSO APARENTE DE LEYES Y CONCURSO DE LEYES Y CONCURSO DE
DELITOSDELITOS
Si un mismo hecho es normado por dos o más leyes, Si un mismo hecho es normado por dos o más leyes, será aplicable la especial.será aplicable la especial.
EjemploEjemplo::
- Homicidio simple: disposición general.- Homicidio simple: disposición general.
- Parricidio: disposición especial.- Parricidio: disposición especial.
Se presenta cuando un hecho previsto por una ley seSe presenta cuando un hecho previsto por una ley se
comprende en una disposición legal de mayorcomprende en una disposición legal de mayor
vastedad.vastedad.
Una disposición legal es subsidiaria de otra cuando la Una disposición legal es subsidiaria de otra cuando la
ley prescribe que se aplicará ésta, siempre que no seley prescribe que se aplicará ésta, siempre que no se
aplique la figura principal.aplique la figura principal.
Se presenta cuando sobre un hecho punible concurren diversos preceptosSe presenta cuando sobre un hecho punible concurren diversos preceptospenales excluyentes entre sí y donde sólo uno de ellos debe ser aplicado.penales excluyentes entre sí y donde sólo uno de ellos debe ser aplicado.
CONCURSO APARENTE DE LEYES PENALES
Definición
Principios
Principio de especialidadPrincipio de especialidad
Principio de consunción o absorciónPrincipio de consunción o absorción
Principio de subsidiaridadPrincipio de subsidiaridad
Cuando una sola acción configura dos o más delitos. Es decir, una acciónCuando una sola acción configura dos o más delitos. Es decir, una accióninfringe varios tipo legales o infringe el mismo tipo varias veces.infringe varios tipo legales o infringe el mismo tipo varias veces.
1- De acción1- De acciónSe distinguen dos elementosSe distinguen dos elementos:: 2- Pluralidad de delitos2- Pluralidad de delitos
Concurso ideal heterogéneoConcurso ideal heterogéneo Cuando con una acción se realiza Cuando con una acción se realiza varios varios
delitos.delitos. EjemploEjemplo: La violación sexual de una : La violación sexual de una
mujer mujer provocándole lesiones.provocándole lesiones.
Concurso ideal homogéneoConcurso ideal homogéneo Cuando el mismo tipo penal Cuando el mismo tipo penal resulteresulte
aplicable varias veces a la misma aplicable varias veces a la misma acción.acción.
EjemploEjemplo: El causar muerte a : El causar muerte a varias personas varias personas
al hacer explotar una al hacer explotar una bomba.bomba.
Cuando existe la concurrencia de varias acciones o hechos, pero cada unoCuando existe la concurrencia de varias acciones o hechos, pero cada unoconsiderados como delitos independientes, nos encontramos ante la pluralidad considerados como delitos independientes, nos encontramos ante la pluralidad
dedeacciones de un mismo agente y una pluralidad de delitos.acciones de un mismo agente y una pluralidad de delitos.
Entonces se requiere para un concurso real:Entonces se requiere para un concurso real:
- Unidad de sujeto autor de los distintos hechos.- Unidad de sujeto autor de los distintos hechos. - Pluralidad de hechos que responde a diferentes - Pluralidad de hechos que responde a diferentes resoluciones criminales.resoluciones criminales. - Pluralidad de delitos independientes entre sí.- Pluralidad de delitos independientes entre sí. - Inexistencia de sentencia condenatoria por algunos de - Inexistencia de sentencia condenatoria por algunos de estos hechos que concurren (ésta vendría a ser laestos hechos que concurren (ésta vendría a ser la diferencia con la reincidencia, en la cual si media unadiferencia con la reincidencia, en la cual si media una sentencia condenatoria).sentencia condenatoria).
CONCURSO DE
DELITOS
Concurso ideal o formal
Concurso real o material
Esta institución se presenta cuando existe una sentenciaEsta institución se presenta cuando existe una sentenciacondenatoria y posteriormente se descubre que el condenatoria y posteriormente se descubre que el
condenadocondenadoha cometido otro hecho punible, antes de que se dicte o ha cometido otro hecho punible, antes de que se dicte o
expida laexpida laresolución.resolución.
Cuando exista pluralidad de acciones que constituyan faltasCuando exista pluralidad de acciones que constituyan faltasindependientes entre sí (perjudican a varias personas e independientes entre sí (perjudican a varias personas e
infringen elinfringen elmismo precepto penal o preceptos de igual o semejantemismo precepto penal o preceptos de igual o semejantenaturaleza), el agente será sancionado como autor del delito naturaleza), el agente será sancionado como autor del delito
conconpena privativa de libertad prevista para éste, teniendo en pena privativa de libertad prevista para éste, teniendo en
cuenta elcuenta elperjuicio total causado.perjuicio total causado.
Consiste en la realización de acciones similares u Consiste en la realización de acciones similares u homogéneas enhomogéneas en
diversos momentos, pero que transgreden el mismo tipo diversos momentos, pero que transgreden el mismo tipo penal. Lapenal. La
unidad del delito se da en razón de la misma resolución unidad del delito se da en razón de la misma resolución criminalcriminal
de las acciones.de las acciones. Ejemplo:Ejemplo: - Hurto sistemático.- Hurto sistemático.
CONCURSO REAL RETROSPECTIVO
CONCURSO REAL DE FALTAS
DELITO CONTINUADO
CONSECUENCIAS DEL CONSECUENCIAS DEL DELITODELITO
El objeto de estudio de las consecuencias del El objeto de estudio de las consecuencias del derecho son las cargas derecho son las cargas
originadas en la culpabilidad penal, es decir:originadas en la culpabilidad penal, es decir:
- El sistema de penas- El sistema de penas
- Medidas de seguridad- Medidas de seguridad
- La reparación civil- La reparación civil
- Las consecuencias accesorias- Las consecuencias accesorias
La pena es el medio tradicional y más importante, La pena es el medio tradicional y más importante, dada su gravedad,dada su gravedad,
que utiliza el Derecho Penal. Consiste en la que utiliza el Derecho Penal. Consiste en la disminución o anulacióndisminución o anulación
de un bien jurídico.de un bien jurídico.
DEFINICIÓN
LA PENA
Definición
Características de la pena
Es personal Proporcional Legal Humana
Se aplica sobreSe aplica sobre
quien recae laquien recae la
responsabilidadresponsabilidad
Debe estarDebe estar
prevista conprevista con
anterioridad en anterioridad en lala
Ley penalLey penal
Adecuación Adecuación de la de la
pena al casopena al caso
concretoconcreto
El Estado debeEl Estado debe
actuar éticamenteactuar éticamente
rodeando al agente derodeando al agente de
garantías y nogarantías y no
desconocer sudesconocer su
condición de persona.condición de persona.
Implica la perdida deImplica la perdida de
la libertadla libertad
ambulatoria delambulatoria del
condenado, que escondenado, que es
recluido en unrecluido en un
Centro Penitenciario.Centro Penitenciario.
Mínimo------ 2 díasMínimo------ 2 días
Máximo------- 35 añosMáximo------- 35 años
Importa una mínima Importa una mínima restricción de larestricción de la
libertad.libertad.
El Código Penal El Código Penal contempla la contempla la
expulsión del país, expulsión del país, tratándose de tratándose de
extranjeros, la cual extranjeros, la cual se aplica después se aplica después
de cumplida la de cumplida la pena privativa de pena privativa de
libertad.libertad.
- Prestación de Prestación de servicios a la servicios a la comunidad.comunidad.
- Limitación de Limitación de días libresdías libres
- InhabilitaciónInhabilitación
- Principal- Principal
- - AccesoriaAccesoria
Es una pena divisible. Es una pena divisible. ElEl
Código Penal ha Código Penal ha introducido elintroducido el
sistema conocido como sistema conocido como díasdías
multa para los casos en multa para los casos en que seque se
aplique la sanción aplique la sanción pecuniaria.pecuniaria.
Por su forma de aplicación:Por su forma de aplicación:
El Código PenalEl Código Penal clasifica las penas clasifica las penas según el bien jurídico según el bien jurídico
que afecta. Éstas son las siguientes:que afecta. Éstas son las siguientes:
Clases
Penas principales Penas accesorias Penas paralelas
Pena privativa de libertad
Penas restrictivas de libertad
Penas limitativas de derechos
Pena de multa
Tiene la perspectiva de corregir, rehabilitar y asegurar al delincuente. Tiene la perspectiva de corregir, rehabilitar y asegurar al delincuente.
InternamientoInternamiento
Tratamiento ambulatorioTratamiento ambulatorio
Las consecuencias jurídicas también genera una serie de consecuencias que Las consecuencias jurídicas también genera una serie de consecuencias que afectan el patrimonio del agente, con la idea de resarcir el daño que se afectan el patrimonio del agente, con la idea de resarcir el daño que se
hubierahubieraocasionado a la víctima.ocasionado a la víctima.Entre su principales características tenemos:Entre su principales características tenemos: - Es un derecho irrenunciable- Es un derecho irrenunciable - La reparación civil no se extingue con la muerte del autor de - La reparación civil no se extingue con la muerte del autor de
delito, sino quedelito, sino que es transmisible a los herederos.es transmisible a los herederos. - La reparación civil no se establece sobre la base del delito - La reparación civil no se establece sobre la base del delito
cometido, sino cometido, sino basándose en los efectos que ha producido, pues se pretende basándose en los efectos que ha producido, pues se pretende
compensar a la compensar a la persona por el daño que se le hubiere ocasionado con la persona por el daño que se le hubiere ocasionado con la
comisión del delito.comisión del delito. - Los herederos del agraviado pueden exigir el pago de la - Los herederos del agraviado pueden exigir el pago de la
reparación civil..reparación civil.. - En caso de amnistía, indulto y causas de exculpación, subsiste - En caso de amnistía, indulto y causas de exculpación, subsiste
la la responsabilidad civil..responsabilidad civil..
- Restitución del bien o su equivalente en dinero.- Restitución del bien o su equivalente en dinero. - Indemnización de daños y perjuicios.- Indemnización de daños y perjuicios.
MEDIDAS DE SEGURIDAD
Definición
Modalidades
REPARACIÓNCIVIL
Definición
Elementos
DecomisoDecomiso
Privación de beneficios Privación de beneficios a a
personas jurídicas y personas jurídicas y otrasotras
consecuenciasconsecuencias
Se considera como consecuencia adicionales a la pena, por unaSe considera como consecuencia adicionales a la pena, por unaresponsabilidad subsidiaria que corresponde a la persona jurídicaresponsabilidad subsidiaria que corresponde a la persona jurídicaque estuviera vinculada a la actividad criminal.que estuviera vinculada a la actividad criminal.
Consecuencias accesorias
Concepto
Medidas
LA CONMINACIÓN Y LA CONMINACIÓN Y APLICACIÓN CONCRETA DE APLICACIÓN CONCRETA DE
LA PENALA PENA
Cuando hacemos Cuando hacemos referenciareferencia
a la conminación de a la conminación de la pena,la pena,
nos referimos a su nos referimos a su fase defase de
determinación legal, determinación legal, que seque se
manifiesta en la labor manifiesta en la labor queque
efectúa el legislador efectúa el legislador de fijarde fijar
una sanción para una sanción para cadacada
conducta.conducta.
El reincidenteEl reincidente.- Es aquel .- Es aquel
sujeto que cumplió total osujeto que cumplió total o
parcialmente una parcialmente una condenacondena
firme privativa de libertadfirme privativa de libertad
(no incluye otro tipo de(no incluye otro tipo de
penas) dictada por penas) dictada por cualquiercualquier
tribunal del país y estribunal del país y es
condenado por un nuevocondenado por un nuevo
delito.delito.
La habitualidadLa habitualidad.- .- Aquel Aquel queque
se dedica a la actividadse dedica a la actividad
delictiva por lo quedelictiva por lo que
representa un mayor representa un mayor peligro.peligro.
El Código Penal El Código Penal estableceestablece
algunos criterios que algunos criterios que sese
debe tomar en cuenta debe tomar en cuenta alal
realizar esta labor:realizar esta labor:
- La - La corresponsabilidacorresponsabilidad ded de
la sociedad. la sociedad.
- La existencia de una- La existencia de una
pluralidad cultural ypluralidad cultural y
- La situación de la - La situación de la víctimavíctima
Se produce cuando se Se produce cuando se haha
cumplido la pena o cumplido la pena o medida demedida de
seguridad impuesta o seguridad impuesta o cuandocuando
de otro modo se hayade otro modo se haya
extinguido la extinguido la responsabilidad.responsabilidad.
DefiniciónReglas para la determinación
judicial
La reincidencia y habitualidad
Rehabilitación
INSTITUCIONES DE INSTITUCIONES DE DESPENALIZACIÓNDESPENALIZACIÓN
Son instituciones destinadas a evitar el ingreso Son instituciones destinadas a evitar el ingreso a la prisióna la prisión
cuando se trata de penas de escasa gravedad.cuando se trata de penas de escasa gravedad.
Se trata de la suspensión del cumplimiento de Se trata de la suspensión del cumplimiento de la condenala condena
durante cierto período en el que se establecen durante cierto período en el que se establecen determinadasdeterminadas
condiciones.condiciones.
Los requisitos para su aplicaciónLos requisitos para su aplicación::
- La pena privativa de libertad impuesta no - La pena privativa de libertad impuesta no debe ser mayor de 4 añosdebe ser mayor de 4 años
- La naturaleza, modalidad del hecho punible - La naturaleza, modalidad del hecho punible y la personalidad del agente hiciera prever y la personalidad del agente hiciera prever que esta medida le impedirá cometer nuevo que esta medida le impedirá cometer nuevo delito.delito.
DEFINICIÓN
SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN
DE LA PENA
Consiste en la suspensión de la pronunciación del fallo; es decir, seConsiste en la suspensión de la pronunciación del fallo; es decir, se
tiene una sentencia con la parte expositiva y considerativa; pero tiene una sentencia con la parte expositiva y considerativa; pero queque
carece de parte resolutiva, y se somete al beneficiado a ciertas carece de parte resolutiva, y se somete al beneficiado a ciertas reglas dereglas de
conducta.conducta.
El Código Penal establece las siguientes condiciones para suEl Código Penal establece las siguientes condiciones para su
aplicaciónaplicación::
- Que el delito esté sancionado con pena privativa de libertad no - Que el delito esté sancionado con pena privativa de libertad no mayor de 3 años o con multa.mayor de 3 años o con multa.
- Que la pena no supere las noventa jornadas de prestación de - Que la pena no supere las noventa jornadas de prestación de
servicios a la comunidad o de limitación de días libres.servicios a la comunidad o de limitación de días libres.
- Que la pena a imponerse no supere los dos años de - Que la pena a imponerse no supere los dos años de inhabilitación inhabilitación
o se imponga pena de multa.o se imponga pena de multa.
- La jurisprudencia vinculante señalada establece que la - La jurisprudencia vinculante señalada establece que la reserva del reserva del
fallo condenatorio es aplicable en caso de penas conjuntas o fallo condenatorio es aplicable en caso de penas conjuntas o
alternativas, siempre que tales sanciones se adecuen a los alternativas, siempre que tales sanciones se adecuen a los marcos marcos
cualitativos y cuantitativos mencionados.cualitativos y cuantitativos mencionados.
RESERVA DEL FALLO
CONDENATORIO
No se trata de un acto de gracia sino de abstención No se trata de un acto de gracia sino de abstención por parte del por parte del
Estado de aplicar una pena por la responsabilidad Estado de aplicar una pena por la responsabilidad mínima del mínima del
agente.agente.
La exención de la pena no debe inscribirse en el La exención de la pena no debe inscribirse en el Registro Judicial Registro Judicial
de Condenas.de Condenas.
La conversión no es otra que la sustitución de una La conversión no es otra que la sustitución de una pena por otra, pena por otra,
y en nuestro caso, sería reemplazar la pena privativa y en nuestro caso, sería reemplazar la pena privativa de libertad de libertad
por otra de menor gravedad (multa, prestación de por otra de menor gravedad (multa, prestación de servicios a la servicios a la
comunidad o limitación de días libres).comunidad o limitación de días libres).
LA EXENCIÓN DE LAPENA
CONVERSIÓN DE LAS PENAS