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DERECHO NATURAL TEOLOGICO

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Page 1: Derecho Natural Teologico

DERECHO NATURAL TEOLOGICO

Page 2: Derecho Natural Teologico

Terminológicamente, Iusnaturalismo es la doctrina que cree en la existencia de ius naturable.

“El concepto de derecho debe ser definido de manera tal que contenga elementos morales.

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Ius naturable es una expresión latina  que  llamamos Derecho natural. Pero es muy difícil una noción unitaria y única de

éste, pues lo cierto que a lo largo de la historia se han manifestado muy abundantes doctrinas, todas ellas invocando la existencia

de un derecho natural pero no todas coincidentes ni mucho menos a veces

francamente discrepantes a la hora de concretar que se entiende por Derecho

natural.

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DERECHO NATURAL “Una de las ideas que con mayor

frecuencia han aparecido en la historia del pensamiento humano es la de existencia de un derecho natural, es decir de una ley que no emana de la voluntad humana sino que procede de algo superior, que algunos piensan es Dios, otros la naturaleza humana, otros la razón, y que, de todos modos, es superior  al Derecho Positivo y sirve de fundamento a sus normas.”

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El Iusnaturalismo está, pues, en la línea de un dualismo jurídico en cuanto que afirma la existencia de dos órdenes jurídicos: el derecho natural y el derecho positivo.

Pero no sólo afirma el Iusnaturalismo la realidad de ese otro orden distinto del Derecho positivo, sino que además  establece una posición jerárquica entre uno y otro al sostener que aquél es superior a éste, está más allá y por encima de él. “Lo cual tiene una consecuencia importante: la sumisión del Derecho positivo al Derecho natural o, lo que es lo mismo, la necesidad por parte del legislador, autor del Derecho positivo, de someterse a las prescripciones del Derecho natural, adecuando a éste los preceptos por él formulados.”

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Iusnaturalismo Teológico. De la filosofía medieval con su particular relación con

la teología, considera  a la ley natural como una participación de la ley divina y habrá de expresarse en la ley humana o positiva. San Agustín afirma “no parece que sea ley la que justa no fuese”, y Tomás de Aquino ratifica: “ley injusta no es ley, sino corrupción de ley”. El contenido de la ley natural son los primeros principios prácticos, como procurar el bien y evitar el mal.”

“El Iusnaturalismo teológicas  sus máximos representantes son los filósofos tomistas quienes creen que el origen del derecho natural es Dios y que las leyes positivas deben derivarse de éste.

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El cristianismo aportó tres ideas fundamentales:

1)    La idea de Dios súper- terreno y súper mundano, trascendente, legislador en el sentido absoluto con un mensaje de justicia y caridad.

2)    La idea de la iglesia como institución encargada de la salvación de la Humanidad, funcionando paralelamente al Estado y colocado por encima de él en asuntos de la fé y la moral.

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3)    La idea de la persona en un sentido más profundo y con un objetivo supra-terrestre, eterno que trasciende al Estado, el Derecho la costumbre y la sociedad.

“Estás ideas deberían afectar todo el problema  del derecho natural, en el sentido de explotarlo minuciosamente buscar sus fundamentos y, sobre todo, identificarlo con la ley divina, desarrollándolo y aplicándolo en el campo de las instituciones jurídicas  y también en las de orden político, inclusive en lo que atañe a los fundamentos de la autoridad.”