derecho internacional.pptx 2

14
Barquisimeto Septiembre del 2016 UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE-RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Catedra. Derecho Internacional Privado Autor Goar. A Giménez. R CI. V-20,670,734 Domicilio como Factor de Conexión Y Persona Física en el Derecho Internacional Privado

Upload: goar-gimenez

Post on 15-Feb-2017

87 views

Category:

Education


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Derecho internacional.pptx 2

Barquisimeto Septiembre del 2016

UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICE-RECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHO

Catedra. Derecho Internacional Privado

Autor

Goar. A Giménez. R

CI. V-20,670,734

Domicilio como Factor de ConexiónY

Persona Física en el Derecho Internacional

Privado

Page 2: Derecho internacional.pptx 2

El Domicilio como Factor de Conexión

Factor de Conexión

Unidad Necesidad Fijeza

Marco Legal

Teoría Clásica Teoría Concreta

Características

Tipos de Domicilio

Teorías sobre la Naturaleza del Domicilio

Definición de Domicilio

Síntesis de la Presentación

Persona Física en el Derecho Internacional Privado

Tema 7 Tema 8

Extinción de la Personalidad del Ser Humano

Muerte Propiamente

Dicha

Muerte Declarada

Inicio de la Personalidad del Ser Humano

Clasificación de Domicilio

Page 3: Derecho internacional.pptx 2

Teorías sobre la Naturaleza del DomicilioTeoría Clásica: El domicilio no es un lugar, sino que

una noción abstracta que supone una relación jurídica

entre el sujeto y el lugar, por lo cual la persona se le

considera siempre presente en dicho lugar.

Teoría Concreta: El dominio es un lugar concreto en

que la Ley supone que la persona se encuentra

siempre para los efectos jurídicos.

Definición de Domicilio

Para Aubry et Rau el domicilio es la relación jurídica

entre una persona y un lugar donde ejercita sus

principales derechos, y cumplen sus deberes.

Page 4: Derecho internacional.pptx 2

Tipos de Domicilios

Domicilio Político

Indica el lugar en donde una

persona ejerce sus derechos civiles,

aunque conserve la calidad de

extranjero. Este se divide en los

siguientes:

Domicilio Civil

Especial

Domicilio Civil

General

Domicilio Civil

Es el lugar donde un individuo

esta de asiento, o donde ejerce

habitualmente profesión u oficio.

Este se divide en los siguientes:

Residencia

Habitación

Domicilio Voluntario

Page 5: Derecho internacional.pptx 2

Funcionarios Públicos

eclesiásticos o seculares.

Militares en Servicio Activo.

Sociedades, Corporaciones,

establecimientos, y asociaciones

autorizadas por la Ley o el Gobierno.

Compañías con múltiples

Sucursales

Transeúntes y/o de ejercicio ambulante.

Incapaces en el de su

representantes.

Sucesión en I Domicilio que

tenia el difunto.

Clasificación del Domicilio según el

Código Civil

Page 6: Derecho internacional.pptx 2

Marco Legal sobre el Domicilio Cuerpos Legal Artículos

Código Civil Venezolano

Cuerpo Jurídico

(CCV)

Art. 27: El domicilio de una persona se halla en el lugar donde

tiene el asiento principal de sus negocios e intereses.

No Obstante el domicilio se encuentra presente en los

siguientes artículos del 28 al 36, del mismo cuerpo legal

Ley de Derecho

Internacional Privado (LDIP)

Art. 11: El domicilio de una persona física se encuentra en el

territorio del Estado donde tiene su residencia habitual.

Art. 15: Las disposiciones de este articulo se aplican siempre

que esta ley se refiera al domicilio de una persona física y, en

general cuando el constituye un medio de determinar el

Derecho Aplicable o la Jurisdicción de los tribunales.

Asimismo es mencionado en los Artículos 12, 13, y 14.

Page 7: Derecho internacional.pptx 2

Fijeza: El domicilio, aunque no es inmutable, es la sede

jurídica más estable, en especial no varía con cualquier

cambio de habitación o residencia.

Necesidad: Todas las personas adquiere un

domicilio al nacer y lo conservan mientras no lo

cambien, aunque esta definición difiere de la mayoría

de los autores franceses.

Unidad: El Código Civil Venezolano, acoge el principio

de la unidad del domicilio, como «El asiento principal de

los negocios e intereses».

Característica del Domicilio

Page 8: Derecho internacional.pptx 2

Factor de Conexión

Es aquel elemento esenciales que conectan un

problema o relaciona con el Derecho Internacional

Privado, con un ordenamiento jurídico determinado.

El objetivo final es decir vincular una persona, cosa,

situación, relación jurídica, entre otro con el

ordenamiento jurídico nacional específicos que las

regule.

Una de las mas importantes modificaciones de

la Ley de Derecho Internacional Privado, es la

sustitución del principio de la nacionalidad por el

principio del domicilio.

Page 9: Derecho internacional.pptx 2

• Estado• Cap

acidad

• Relaciones Familiares y Sucesoras

Mediante esta se establece

el factor de conexión decisivo

en materia de:

Dicha modificación se ajusta a las realidades

demográficas, económicas, y Sociales de

Venezuela.

Vincula a la persona y un lugar determinado

que no supone necesariamente un asiento

temporal fijo o permanente.

Vincula un hecho físico de connotación

temporal, como la residencia habitual o la

residencia principal.

No hay presencia de elemento extranjero.

Hay presencia de elemento extranjero.

Page 10: Derecho internacional.pptx 2

Termina la Esclavitud y la Capacidad total de Derecho del Escenario Jurídico

Declaración de los Derechos Humanos

Seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derecho

Pacto de San José Costa Rica y Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.

Ser humano (Persona)

El Ser humano Tiene derecho al reconocimiento de su personalidad Jurídica.

Persona Física en el Derecho Internacional Privado

Page 11: Derecho internacional.pptx 2

Comienza legalmente la existencia de las Personas

Surgen los derechos que pueden obtener el concebido no nacido y el fallecido recién

nacido.

Inicio de la personalidad del Ser Humano

El Derecho Venezolano, acoge en principio la teoría de la

vitalidad

«Narciturus» (El que habrá

de nacer)

«Conceptus» (Cuando esta aun por concebir)

«Concepturus» (El que habrá de ser concebido)

Page 12: Derecho internacional.pptx 2

Extinción de la Personalidad del Ser Humano

•La personalidad del ser humano, se extiende o dura hasta el

momento de su Muerte, por cuanto luego de ésta desde el punto

de vista jurídico lo que se obtiene es un cadáver.

•Existen normas legales relacionadas a la inhumación y

funerales, con lo que se obtiene la certeza de la muerte y los

medios para hacer respetar el cuerpo del fallecido.

•La extinción de la personalidad no impiden que se realicen

ciertos actos a favor de los descendientes de otros parientes o

de terceros en general.

Page 13: Derecho internacional.pptx 2

Bonnecase (S/F) considera que la

personalidad física puede o no coincidir

con la vida humana, ya que en ciertos

casos la personalidad física tiene más

duración que la vida humana.

Al igual que el inicio de la personalidad,

en el Derecho Internacional Privado, su

extinción se determina conforme a la Ley

personal del domicilio al tiempo de la

muerte.

Page 14: Derecho internacional.pptx 2

Muerte Propiamente

Dicha

Sistema de Premoriencia

El orden de las muertes se determina mediante la presunción de que sobrevive el más fuerte.

Sistema de Conmoriencia

La falta de pruebas se considera que todas las personas murieron al mismo tiempo.

Muerte Declarada

Ausencia PresuntaPersona desaparecida de su último

domicilio, y/o que no se tenga noticias de la persona.

Ausencia Declarada Persona ausente presuntamente durante dos años.

Muerte PresuntaPersona ausente por un espacio de

diez años desde que fue declarada, o si han transcurrido cien años desde su nacimiento.