derecho de la seguridad social -...

14
Derecho de la Seguridad Social Lectura No.4 Sujetos obligados ante el IMSS

Upload: ngodat

Post on 01-Mar-2018

223 views

Category:

Documents


7 download

TRANSCRIPT

Derecho de la Seguridad

Social

Lectura No.4

Sujetos obligados ante el IMSS

Contextualización

El Instituto Mexicano de la Seguridad Social (IMSS) con el objeto de brindar

bienestar social a los mexicanos, ha generado diversos documentos que le

ayudan a conseguir este fin, para que con ello los trabajadores vivan un

ambiente de tranquilidad y seguridad en su condición laboral y para su familia.

El Instituto desempeñándose como órgano gestor y fiscal de las obligaciones

obrero-patronales asegura y regula las prestaciones de los distintos ramos de

seguros, promoviendo la administración y recaudación de las contribuciones

financieras para poder proporcionar las prestaciones en especie y en dinero

correspondientes.

La Ley del Seguro Social (LSS) en el artículo 6

distingue dos tipos de seguro: Régimen obligatorio y

régimen voluntario.

El régimen obligatorio de acuerdo a la Ley del

Seguro Social es aquel al que pertenecen “…los

sujetos que presten en forma permanente o

eventual, a otras…, un servicio remunerado,

personal y subordinado, cualquiera que sea el acto

que le dé origen y cualquiera que sea la

personalidad jurídica o la naturaleza económica del

patrón…” (Ley del Seguro Social, 2012, p.4). De

igual forma los socios de sociedades cooperativas

deben de estar dentro de este tipo de régimen.

Introducción

http://www.pensionesimss.com.mx/regimen_vo

luntario.html

Al hablar de régimen voluntario, se hace

referencia dentro de la Ley el Seguro Social

básicamente al derecho de seguro para los

siguientes sujetos:

El primero, menciona que la familia debe de gozar

de este seguro de salud y maternidad, pagando

una cuota anual establecida por el Instituto de

acuerdo a la edad de los sujetos.

También, abarca la seguridad social en el campo,

tanto para los campesinos de carácter

independiente que no tienen alguna relación

laboral de subordinación y a los trabajadores

asalariados contratados de manera temporal o

definitiva (art. 234, 235 y 237).

Introducción

http://radioraicesdf.net/2013/11/10/cumbre-

climatica-no-conviertan-a-los-campesinos-en-

traficantes-de-carbono/

¿Sabes cuáles son las obligaciones de los patrones o sujeto solidario?

De acuerdo con la LSS y el Reglamento de la Ley del Seguro Social en

materia de afiliación, clasificación, recaudación y fiscalización específica

las obligaciones patronales de manera clara.

En el capítulo I, se establece el registro patronal el cual consiste en la

obligación que tiene cualquier persona ya sea física o moral de registrarse

ante el Instituto como patrón o sujeto obligado desde el momento en que

contrata el servicio de personas que trabajan o desempeñan alguna

actividad, o bien, si establece una sociedad cooperativa.

Una vez que se realice el registro el Instituto le otorgará un número de

registro patronal de acuerdo al lugar donde se encuentre ubicado el centro

de trabajo.

Los patrones, sus obligaciones ante el IMSS

y consecuencias de su incumplimiento

¿Sabes cuáles son las obligaciones de los patrones o sujeto

solidario?

De acuerdo con la LSS y el Reglamento de la Ley del Seguro

Social en materia de afiliación, clasificación, recaudación y

fiscalización específica las obligaciones patronales de manera

clara.

En el capítulo I, se establece el registro patronal el cual

consiste en la obligación que tiene cualquier persona ya sea

física o moral de registrarse ante el Instituto como patrón o

sujeto obligado desde el momento en que contrata el servicio

de personas que trabajan o desempeñan alguna actividad, o

bien, si establece una sociedad cooperativa.

Una vez que se realice el registro el Instituto le otorgará un

número de registro patronal de acuerdo al lugar donde se

encuentre ubicado el centro de trabajo.

Los patrones, sus obligaciones ante el IMSS

y consecuencias de su incumplimiento

http://www.tolucanoticias.com/2012/

08/feria-del-empleo-para-jovenes-2012-

en.html

Es importante que el patrón o sujetos solidarios den

aviso al Instituto Mexicano del Seguro Social en caso

de que alguno de sus datos o actividades sufran alguna

modificación o bien, en su caso la suspensión, clausura

o cambio de razón social dentro de un plazo máximo

de 30 días naturales.

Si ese registro patronal es extraviado, robado o

destruido tendrán que dar aviso inmediato al Instituto

con el objeto de tramitar su reposición bajo cierto

costo.

Con la obtención de este registro patronal, las

empresas deben de autoclasificarse para determinar la

prima en el seguro de riesgos de trabajo, ya que con

base en ello se cubren las prestaciones de este seguro,

inclusive los capitales constitutivos de las rentas

líquidas a fin de año y los gastos administrativos.

Los patrones, sus obligaciones ante el IMSS

y consecuencias de su incumplimiento

http://www.cursosdeprimerosauxilios.mx/guia_no

m_002_stps_2010/guia_nom-002-stps-2010.html

¿Cuáles son los derechos del trabajador

respecto de su inscripción en el IMSS?

Tal y como se ha estudiado todo

trabajador tiene derecho a ser inscrito

por su patrón o representante legal del

patrón ante el Instituto Mexicano del

Seguro Social, lo anterior con la

finalidad de que éste y sus beneficiarios

puedan recibir los servicios médicos y

las prestaciones económicas y sociales

correspondientes.

Derechos de los trabajadores a solicitar

su inscripción ante el IMSS

http://www.mimorelia.com/noticias/45284

¿Cuáles son los efectos de los avisos de afiliación?

Tal y como lo establece el artículo 15 de la Ley

del Seguro Social, el plazo de 5 días hábiles será

aquel que tengan los patrones para hacer del

conocimiento del Instituto Mexicano del Seguro

Social, los movimientos que hagan ante éste,

tales como altas, bajas o modificaciones de

salario.

Respecto del alta del trabajador, el plazo

comenzará a correr a partir del día en que

comiencen sus labores, incluso será posible darlo

de alta un día anterior a que comience sus

actividades laborales.

Efectos de los avisos de afiliación de los

trabajadores ante el IMSS

http://www.univa.mx/rrhh/index.php?option=co

m_content&view=article&id=71&Itemid=87

¿Qué son los avisos de modificación de salario y baja que se presentan ante el

Instituto?

Es de todos conocido que en la práctica laboral encontremos que en las

empresas algunas ocasiones se trabaja de manera extra, es por ello que los

patrones tal y como lo señala la Ley Federal del Trabajo, estén obligados al

pago de dicha horas extras, lo que tiene como consecuencia que algunas

ocasiones se realicen modificaciones en los salarios de los trabajadores, y

también dada la constante rotación que se da en las empresas, es que se

encuentren constantemente dando de baja a trabajadores, por ello y en el caso

en particular que tal y como lo establece el artículo 15 de la Ley del seguro

social, será una obligación del patrón además de comunicar la alta o

inscripción del trabajador, ante el Instituto, realizar y notificar las

modificaciones de salario, así como las bajas correspondientes.

Avisos de modificación de salarios y de

baja ante el IMSS

Es así que cuando un mismo trabajador continúe estando con un

mismo patrón y este realice modificaciones en el salario del

trabajador, dicho patrón estará obligado a comunicar al Instituto

dentro de los 5 días hábiles siguientes al cambio de salario,

siempre y cuando encuadre en lo señalado en la fracción I del

artículo 30 de la LSS.

Tratándose de la fracción II del artículo 30 los patrones estarán

obligados a notificar al Instituto dentro de los primeros 5 días

hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre, y

noviembre, las modificaciones de salario promedio obtenido en

el bimestre anterior.

En otro supuesto y tratándose de un sindicato, si la modificación

de salario se origina por revisión de contrato colectivo, deberá

comunicarse al Instituto Mexicano del Seguro Social, dentro de

los 30 días naturales siguientes al que se celebró dicho cambio.

Cabe señalar que lo anterior también aplicará para las

sociedades cooperativas, las cuales deberán presentar los avisos

de modificación de salario base de sus socios.

Avisos de modificación de salarios y de

baja ante el IMSS

http://elempresario.mx/actualidad/evita-

riesgos-registra-tus-trabajadores-imms

El IMSS como el organismo descentralizado y con autonomía fiscal, ha elaborado la

Ley del Seguro Social y diversos reglamentos de apoyo y complementación a ésta que

le permiten ampliar y regular con mayor detalle los sujetos asegurados bajo régimen

obligatorio y voluntarios, así como determinar de manera clara y precisa las

obligaciones de su patrón en caso de algún incumplimiento en estos.

Lo anterior, logra que los patrones o sujetos obligados estén dentro de la ley y

regulados constantemente por el Instituto, no permitiendo abusos o malos manejos

económicos de las cuotas obrero patronales, así como de los derechos de los

trabajadores, garantizando que en caso de incumplimiento de ellos habrá

consecuencias al respecto y con ello hace que los trabajadores logren estar en una

situación más estable y de seguridad laboral, médica y prestaciones diversas por su

aseguramiento.

Conclusión

Referencias

• Reglamento para la imposición de multas por infracción a las disposiciones

de la LSS y sus reglamentos. (1998). México.

• Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación,

clasificación de empresas, recaudación y fiscalización. (01 de Noviembre de

2001). México.

• Ley del Seguro Social. (28 de mayo de 2012). México.