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DERECHO CONSTITUCIONAL Tema: PARTICIPACIÓN, FUNCIÓN ELECTORAL Y FUNCIÓN DE CONTROL Y TRANSPARENCIA SOCIAL I. INTRODUCCION Existen 2 clases de participación popular: Plebiscitaria: consulta que se hace al pueblo acerca de una medida fundamental o sobre su voluntad de independencia o anexión (Cuevas, 2001); el derecho que tenemos las personas de elegir y ser elegidos Directa: participar en la toma de decisiones y crear normas para el estado II. OBJETIVOS II.I General Analizar la relación intrínseca del Estado con la noción de “participación” determinado en el proyecto constitucional Ecuatoriano del 2008, estableciendo mecanismo de participación ciudadana en la formulación,

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FUNCIÓN DE CONTROL Y TRANSPARENCIA SOCIAL

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Page 1: Derecho Constituciona1

DERECHO CONSTITUCIONAL

Tema:

PARTICIPACIÓN, FUNCIÓN ELECTORAL

Y

FUNCIÓN DE CONTROL Y TRANSPARENCIA SOCIAL

I. INTRODUCCION

Existen 2 clases de participación popular:

Plebiscitaria: consulta que se hace al pueblo acerca de una medida

fundamental o sobre su voluntad de independencia o anexión

(Cuevas, 2001); el derecho que tenemos las personas de elegir y

ser elegidos

Directa: participar en la toma de decisiones y crear normas para el

estado

II. OBJETIVOS

II.I General

Analizar la relación intrínseca del Estado con la noción de “participación”

determinado en el proyecto constitucional Ecuatoriano del 2008,

estableciendo mecanismo de participación ciudadana en la formulación,

ejecución, evaluación y control de políticas públicas y servicios públicos

II.II Específicos

La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la

autoridad y se ejerce a través de los órganos de poder público y de las

formas de participación directa y democrática previstas en la constitución

Page 2: Derecho Constituciona1

El nuevo texto constitucional ecuatoriano reconoce también otro conjunto

de mecanismos de la llamada Democracia Participativa

La transparencia en las actividades públicas

La nueva Constitución Ecuatoriana rompe la estructura tradicional del

Estado Liberal basada en la tripartición de poderes y crea una estructura de

cinco

III. RESUMEN

Las figuras tradicionales de participación del sistema político liberal son “la

representación” y la “tripartición de poderes”; La Constitución de 1998 reconoció

al Ecuador como un “Estado social de derecho” y estableció las clásicas

Funciones del Estado: Legislativa, Ejecutiva y Judicial. En cambio, la Constitución

vigente desde 2008, define al Ecuador como un “Estado constitucional de

derechos y justicia” y establece cinco Funciones del Estado, agregando a las tres

tradicionales: la “Electoral” y la de “Transparencia y Control Social”;

La Constitución del 2008 en el Art.217 divide el ejercicio de la Función Judicial en

dos organismos de la más alta jerarquía: el Consejo Nacional Electoral y el

Tribunal Contencioso Electoral.

MECANISMOS DE LA DEMOCRACIA REPRESENTATIVA DIRECTA.

En la democracia directa estos mecanismos son:

Page 3: Derecho Constituciona1

a.      Iniciativa popular. Para proponer la creación, reforma o derogatoria

de una ley: Artículos 103, 134, numeral 5 de la Constitución y 7 de la Ley

Orgánica de Participación Ciudadana.

b.      Referéndum o plebiscito, Es el pronunciamiento del pueblo sobre

una propuesta .Este mecanismo consta en el artículo 106 de la

Constitución.

c.       Revocatoria del mandato. Es un derecho y un recurso para que las

autoridades que no han cumplido con responsabilidad sus funciones, dejen

el cargo. Los artículos 105 y 106, inciso segundo de la Constitución vigente

tratan de este mecanismo.

d.      Consulta previa sobre explotación de recursos naturales en los

territorios indígenas

 PARTICIPACIÓN CIUDADANA

 Es un derecho de las personas y un proceso mediante el cual la ciudadanía se

integra en la toma de decisiones de los gobiernos de la ciudad, provincial o

nacional.

El artículo 61 de la Constitución consagra los derechos de participación de los

ecuatorianos.

El artículo 1 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana establece que su

objeto es

1. ‘’propiciar, fomentar y garantizar el ejercicio de los derechos de participación

de las ciudadanos y los ciudadanos’’ y toda forma de organización, en la toma

de decisiones, la organización colectiva autónoma y la vigencia de gestión

pública con el concurso de la ciudadanía;

Page 4: Derecho Constituciona1

2. instituir instancias, mecanismos, instrumentos y procedimientos  de

deliberación pública, entre el Estado y la sociedad, para el seguimiento de las

políticas públicas y la prestación de servicios públicos;

3. fortalecer el poder ciudadano y sus formas de expresión; y,

4. sentar las bases para el funcionamiento de la democracia participativa y de

las iniciativas de rendición de cuentas y control social.

El artículo 95 de la Constitución, establece que la participación se orientará por los

siguientes principios:

a. igualdad de las personas;

b. autonomía;

c. deliberación pública;

d. respeto a la diferencia;

e. control popular; 

f. interculturalidad; y,

g. solidaridad.

Los principales mecanismos de participación ciudadana y control social son los

siguientes: asambleas, cabildos, consejos consultivos, deliberación pública, foros,

mesas de diálogo, redes sociales, silla vacía y observatorios.

Superación de la tripartición de poderes: Función de Transparencia y Control Social y Función Electoral

La nueva Constitución Ecuatoriana rompe la estructura tradicional del Estado Liberal basada en la tripartición de poderes y crea una estructura de5 poderes.

Función Ejecutiva Función Legislativa Función Judicial Función de Transparencia y Control Social Función Electoral

Función de Transparencia y Control Social

Page 5: Derecho Constituciona1

Promoverá e impulsará el control de las entidades y organismos del sector público,

y de las personas naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios o

desarrollen actividades de interés público.

Estará conformada por:

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social,

La Defensoría del Pueblo,

La Contraloría General del Estado y

Las Superintendencias.

 FUNCION ELECTORAL

Garantiza la imparcialidad en los procesos electorales, está compuesta por 2

órganos

Consejo nacional Electoral: encargado de organizar, dirigir, vigilar y

garantizar los procesos electores

Tribunal contencioso electoral encargado de conocer y resolver los recursos

electorales

IV. OPINION y CRITERIO PERSONAL

El Estado ha evolucionado y responde a las necesidades que en un determinado momento exige la sociedad que es la que determina sus fines, así de un estado liberal, se pasó al estado social de derecho que buscó a través del intervencionismo del estado nivelar las desigualdades de los grupos que integran la sociedad, a través de la norma jurídica para tratar de brindar mejor condiciones de vida para las personas.

Actualmente, en el Ecuador se ha establecido un estado constitucional de derechos y justicia, cuya característica principal es que el poder está sometido a la Constitución cuyo eje central son los derechos de las personas, y además tiene como finalidad lograr la justicia, entendida como igualdad y equidad

V. Conclusiones

Page 6: Derecho Constituciona1

La democracia es la forma de organización social que garantiza el respeto y vigencia de los derechos humanos.

La democracia tiene sus debilidades y sufre abusos.

La Rendición de cuentas, tiene como objetivo contribuir a la credibilidad del político.

La constitución del 2008 fomenta la participación e inclusión de las y los ciudadanos en forma individual y colectiva

A través de la consulta popular y el referéndum se toman decisiones importantes para el beneficio del país La nueva constitución rompe estructuras tradicionales del estado liberal

basado en la tripartición de poderes implementando 2 poderes que son:

Función de transparencia y Control social y Función electoral

VI. Bibliografía

SARTORI GEOVANNI. Elementos de teoría política, Madrid, Alianza 2007

CONSTITUCION de la republica de 1998, título I, articulo 1

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA 2008, capitulo XI, articulo 217

Guillermo Cabanellas de Torres. “Diccionario Jurídico Elemental”. Editorial Heliasta S.R.L 2010

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA 2008, título IV, Art. 103 - 106

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA 2008, capitulo II, Art.134 numeral 5

LEY ORGANICA DE PARTICIPACIÓN CUIDADANA, capitulo II Art.1- 7

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA 2008.capitulo V, Art

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA 2008. título IV, Art 95